introducción a los productos financieros derivados

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INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACION UNIDAD TEPEPAN “INTRODUCCION A LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS, FUTUROS Y OPCIONES” T E S I S Que para obtener el titulo de Contador Publico. PRESENTA Víctor Javier Pacheco Sánchez Asesores: C.P. Ivette Karina Castro Rodríguez. L.C. María Guadalupe Muñoz Guzmán.

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Page 1: Introducción a los Productos Financieros Derivados

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y

ADMINISTRACION

UNIDAD TEPEPAN

“INTRODUCCION A LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS,

FUTUROS Y OPCIONES”

T E S I S

Que para obtener el titulo de Contador Publico.

PRESENTA

Víctor Javier Pacheco Sánchez

Asesores: C.P. Ivette Karina Castro Rodríguez.

L.C. María Guadalupe Muñoz Guzmán.

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Page 3: Introducción a los Productos Financieros Derivados

MI ESPECIAL AGRADECIMIENTO AL INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL POR SER UNA INSTITUCION QUE BRINDA OPORTUNIDADES A LAS PERSONAS QUE DESEAN DESTACAR EN UNA CARRERA PROFESIONAL.

A LA E.S.C.A. UNIDAD TEPEPAN POR LA CALIDAD Y SUPERACION CONSTANTE EN SUS PLANES DE ESTUDIO, QUE COADYUVARON A LA FORMACION DE MIS PRINCIPIOS PROFESIONALES.

Page 4: Introducción a los Productos Financieros Derivados

4

A IVETTE LE DOY GRACIAS POR LA ASESORIA, SU PACIENCIA Y DEDICACION A ESTA TESIS Y LE DESEO LO MEJOR PARA ELLA Y SU FAMILIA.

A GUADALUPE POR SU GRAN APOYO A LA REALIZACION DE LA TESIS, YA QUE SIN SU AYUDA NO HUBIERA SIDO POSIBLE LLEVAR A CABO LA ELABORACION DE LA MISMA.

Page 5: Introducción a los Productos Financieros Derivados

LE DOY GRACIAS A MIS PADRES POR SU APOYO INCONDICIONAL DE TODOS MIS PROYECTOS INCLUYENDO ESTE Y EN ESPECIAL EN TODA MI VIDA.

EN ESPECIAL LE DEDICO ESTA TESIS A MI MAMA, GRACIAS POR DARME LA OPOTUNIDAD DE VIVIR.

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6

I N D I C E

Page 7: Introducción a los Productos Financieros Derivados

INTRODUCCION. --------------------------------------------------------------------------------------------------------10

CAPITULO I

1. Antecedentes.

1.1. Antecedentes y definición.--------------------------------------------------------------------------------------14

1.2. Funciones y ventajas de los productos financieros derivados.---------------------------------------------16

1.3. La transferencia de riesgos asociados a la tenencia y uso de activos y productos.----------------------17

1.4. Constitución.------------------------------------------------------------------------------------------------------17

1.5. Figuras que participan en el mercado.-------------------------------------------------------------------------17

1.6. Mercado Mexicano de Derivados (MexDer) .----------------------------------------------------------------18

1.7. Cámara de compensación (Asigna).---------------------------------------------------------------------------20

1.8. Importancia y Potencial de crecimiento de los Derivados en MexDer.-----------------------------------21

1.9. Innovaciones Tecnológicas y Jurídicas.----------------------------------------------------------------------22

1.10 Conclusiones.----------------------------------------------------------------------------------------------------23

CAPITULO II

2. Marco Legal del Mercado de Derivados.

2.1. Introducción.----------------------------------------------------------------------------------------------------25

2.2. Definiciones Generales.---------------------------------------------------------------------------------------25

2.3. Estructura del Mercado de Derivados Mexicano.---------------------------------------------------------27

2.3.1.Participantes.--------------------------------------------------------------------------------------------27

a) Bolsa de Derivados (MexDer)------------------------------------------------------------27

b) Cámara de Compensación (Asigna)----------------------------------------------------33

c) Socios Liquidadores.----------------------------------------------------------------------40

d) Socios Operadores.------------------------------------------------------------------------43

e) Autoridades Regulatorias.----------------------------------------------------------------45

CAPITULO III

3. Marco Fiscal del Mercado de Derivados.

3.1. Impuestos, derechos y contribuciones.--------------------------------------------------------------------49

3.2. Régimen fiscal de las operaciones financieras derivadas.----------------------------------------------49

3.3. Régimen aplicable a personas físicas.---------------------------------------------------------------------50

3.4. Régimen aplicable a personas morales.-------------------------------------------------------------------52

3.5. Régimen aplicable a operaciones celebradas con residentes en el extranjero.-----------------------53

3.6. Tratamiento fiscal de las coberturas cambiarias y operaciones con divisas.-------------------------54

3.7. Mercado reconocidos.---------------------------------------------------------------------------------------56

Page 8: Introducción a los Productos Financieros Derivados

8

CAPITULO IV

4. Criterios Contables para Instrumentos Financieros Derivados.

4.1 Boletín C-2 “Instrumentos Financieros” del I.M.C.P.

4.1.1 Introducción.----------------------------------------------------------------------------------------------62

4.1.2. Antecedentes.---------------------------------------------------------------------------------------------66

4.1.3 Objetivo.---------------------------------------------------------------------------------------------------66

4.1.4.Alcance.----------------------------------------------------------------------------------------------------66

4.1.5. Definiciones.----------------------------------------------------------------------------------------------67

4.1.6. Reglas de Valuación.------------------------------------------------------------------------------------71

4.1.7. Reglas de Presentación.---------------------------------------------------------------------------------73

4.1.8.Reglas de Revelación.------------------------------------------------------------------------------------76

4.1.9 Vigencia---------------------------------------------------------------------------------------------------77

4.1.10 Transitorio.----------------------------------------------------------------------------------------------77

4.2. B-5 Instrumentos Financieros Derivados de la C.N.B.V.

4.2.1 Objetivo-----------------------------------------------------------------------------------------------------79

4.2.2. Alcance-----------------------------------------------------------------------------------------------------79

4.2.3. Definiciones-----------------------------------------------------------------------------------------------80

4.2.4.Características---------------------------------------------------------------------------------------------82

4.2.5. Intencionalidad de los Instrumentos Financieros Derivados---------------------------------------84

4.2.6. Reglas de registro y valuación-------------------------------------------------------------------------85

4.2.7. Derivados con fines de Negociación------------------------------------------------------------------86

4.2.8 Derivados con fines de Cobertura----------------------------------------------------------------------89

4.2.9 Reglas de Presentación----------------------------------------------------------------------------------94

4.2.10 Reglas de Valuación------------------------------------------------------------------------------------96

CAPITULO V

5. Futuros Financieros.

5.1. Futuros en General.-----------------------------------------------------------------------------------------99

5.1.1. Funcionamiento de un Futuro.---------------------------------------------------------------------99

5.1.2. Posiciones de futuros, cortas, largas, pérdidas y ganancias.----------------------------------103

5.1.3. Base, riesgo de base y sus determinantes.-------------------------------------------------------109

5.1.4. Convergencia de los precios de futuro hacia los precios de contado.-----------------------112

Page 9: Introducción a los Productos Financieros Derivados

5.2 Tipo de Futuros------------------------------------------------------------------------------------------------------114

5.2.1 Futuros sobre Materias Primas.-----------------------------------------------------------------------115

5.2.2 Futuro sobre Divisas.-----------------------------------------------------------------------------------115

5.2.3 Futuro sobre Acciones.---------------------------------------------------------------------------------119

5.2.4 Futuros sobre Tasas de Interés.------------------------------------------------------------------------123

5.2.5 Futuros sobre I.P.C.--------------------------------------------------------------------------------------127

5.2.6 Futuros sobre UDI.--------------------------------------------------------------------------------------130

CAPITULO VI

6. Opciones Financieros.

6.1.1. Definición de opciones.-----------------------------------------------------------------------------134

6.1.2. Terminología.-----------------------------------------------------------------------------------------134

6.1.3. Clases y series de opciones.------------------------------------------------------------------------135

6.1.4. Factores que afectan el Precio de una Opción. -------------------------------------------------138

6.1.5. Tipos de subyacente.--------------------------------------------------------------------------------140

6.2. Estrategias con opciones.-----------------------------------------------------------------------------------145

6.2.1. Estrategia especulativas utilizando opciones.--------------------------------------------------145

6.2.2. Diferenciales alcistas (Bull Spreads).-----------------------------------------------------------145

6.2.3. Diferenciales bajista (Bear Spread)-------------------------------------------------------------147

6.2.4. Mariposa (Butterfly).-----------------------------------------------------------------------------148

6.2.5. Cono (Straddle).-----------------------------------------------------------------------------------149

6.2.6. Cunas de las acciones (Strangle).---------------------------------------------------------------150

6.2.7. Posición sintéticas.--------------------------------------------------------------------------------151

6.3. Valuación teórica de las opciones.--------------------------------------------------------------------------151

6.3.1 Representación del modelo binomial.------------------------------------------------------------151

6.3.2 Factores que determinan la valuación del precio de la opción (griegas).--------------------152

6.3.3 El Modelo de Black y Scholes.--------------------------------------------------------------------153

CONCLUSIONES-----------------------------------------------------------------------------------------------------155

GLOSARIO------------------------------------------------------------------------------------------------------------158

BIBLIOGRAFIA------------------------------------------------------------------------------------------------------166

Page 10: Introducción a los Productos Financieros Derivados

10

I N T R O D U C C I O N

Page 11: Introducción a los Productos Financieros Derivados

La globalización de la economía es hoy un proceso generalizado, y su incidencia en todas aquellas naciones

que se han integrado a este nuevo contexto es indiscutible. En la actualidad no hay lugar para aislamientos y

el mercado de valores no podía escapar a la tendencia moderna de la integración de las fronteras, dirigiéndose

paulatinamente a la estandarización de sus mecanismos de negociación y liquidación de operaciones.

Las actividades financieras a nivel mundial presentan entre sus principales características la globalización de

los mercados, la menor presencia relativa de financiamiento indirecto y el fortalecimiento del Mercado de

Valores (crédito de riesgo), la institucionalización de los inversionistas, el crecimiento notable de

transacciones con productos derivados, la constante introducción de innovaciones financieras, y el desarrollo

tecnológico. Todo ello viene acompañado de un proceso de apertura de los sectores real y financiero de las

economías, con el fin de entrar a competir por la captación de los capitales en el ámbito mundial.

El inversionista actual se encuentra de este modo en la posibilidad de ir en busca de inversiones incluso fuera

de los límites geográficos de su mercado, canalizando sus recursos financieros hacia aquellas plazas y valores

que, entre otros, les ofrezcan mercados estables, eficientes y la existencia de valores reconocidos

internacionalmente que garanticen la transparencia de la información y de las operaciones. Esto permite que

inversionistas de distintos puntos geográficos del mundo puedan conformar portafolios con valores de

distintos países, obteniendo una mayor diversificación y un menor riesgo, contribuyendo a su vez a consolidar

la integración de los mercados a nivel mundial.

En este proceso ha contribuido enormemente, el avance de la electrónica conjuntamente con el desarrollo de

la tecnología de las comunicaciones lo cual ha sido determinante para que los capitales se desplacen con

facilidad de un país a otro, orientándose hacia aquellos países donde las condiciones se presenten más

favorables, y dentro de ellos hacia los sectores con mayores perspectivas de crecimiento. Es por esto, que la

capacidad de competir por la obtención de recursos financieros, definirá las oportunidades de fortalecimiento

del aparato productivo de los países en los próximos años.

Así, en los últimos años a nivel latinoamericano se ha podido apreciar la consolidación de los llamados

mercados de valores emergentes tales como México, Brasil, Chile y Argentina, que se han desarrollado

vertiginosamente como producto, principalmente, de los cambios introducidos para estabilizar sus economías,

despertando el interés de un número significativo de inversionistas de distintas partes del mundo.

El mercado de valores de México no es extraño a esta tendencia y es, desde inicios de los años noventa, uno

de los países latinoamericanos de mayor atractivo para la inversión extranjera. La adopción de programas de

liberalización de mercados, desregulación de precios, control fiscal y monetario, igualdad de condiciones para

capitales nacionales y extranjeros, a lo que se suma un importante conjunto de reformas estructurales en los

campos económico, laboral, fiscal, entre otros, se han constituido en las bases de la estabilización económica

Page 12: Introducción a los Productos Financieros Derivados

12

y del futuro desarrollo del país, y por ende del atractivo que ha despertado el México a los ojos de los

distintos inversionistas extranjeros.

Ejemplo de este proceso, lo constituye el ingreso de empresas mexicanas al mercado financiero internacional

a través de la colocación de instrumentos como los EUROBONOS y los American Depositary Receipts

(ADRs), los mismos que han marcado el inicio del proceso de internacionalización de nuestro mercado. Por

medio de dichas emisiones, muchas naciones vienen integrando gradualmente sus mercados de valores en la

compleja red de mercados financieros internacionales pero sobre todo, les permitirá captar recursos

financieros del exterior, complementando de este modo sus esfuerzos internos de financiamiento.

Las perspectivas en la colocación de estos instrumentos para los próximos años son favorables, teniendo en

cuenta los importantes recursos financieros que demandarán las nuevas inversiones de las empresas, en

sectores como telecomunicaciones, electricidad y financiero; así como la necesidad de las empresas

nacionales por reestructurar sus aparatos productivos a fin de alcanzar niveles que les permitan encontrarse

acordes con los estándares internacionales.

Frente a esto, la responsabilidad que tienen los organismos reguladores en la transformación y consolidación

de los mercados emergentes tiene gran importancia. En este aspecto juega un papel estratégico contar con un

marco de referencia que garantice la transparencia en la información y que además genere un clima de

confianza para el inversionista extranjero, tarea en la cual la Comisión Nacional Bancaria y de Valores se

encuentra abocada, en su papel como controlador, supervisor y promotor del mercado de valores en México.

El mercado mexicano derivados (MexDer) surge en 1998, como un proceso natural dentro del desarrollo del

sistema financiero de México. En nuestro país, la importancia de los productos financieros derivados se hizo

evidente a finales de la década de los setenta, con la negociación de instrumentos como los petrobonos. A

mediados de la década de los años ochenta se inició la negociación de coberturas cambiarias, y a principios de

la década de los años noventa se inició la operación de títulos opcionales, mejor conocidos como Warrants.

El éxito del mercado de Warrants, motivo al consejo de administración de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.

de C.V. (BMV), autorizar en 1994, un presupuesto para desarrollar el mercado de futuros y opciones

financieras. A partir de ese año se trabajo en el diseño de un nuevo mercado seguro, confiable y competitivo.

El diseño contempla la creación de una nueva Bolsa (MexDer) y de una Cámara de Compensación y

Liquidación (Asigna), funcionales y la contratación de sistemas con tecnología de punta que soporten la

operación adecuadamente. Asimismo, se incorpora la figura del formador de mercado, la del contralor

normativo y la aprobación de estándares internacionales para emisión de normas.

Page 13: Introducción a los Productos Financieros Derivados

A N T E C E D E N T E S

Page 14: Introducción a los Productos Financieros Derivados

14

1.1. ANTECEDENTES Y DEFINICIÓN.

La historia de los futuros modernos comenzó a principios del siglo XIX, estuvo vinculada estrechamente al

comercio de granos en Estados Unidos. Sin embargo, el crecimiento espectacular y éxitos de los contratos de

futuros se evidenciaron hasta principios de los años setenta, con introducción de subyacentes financieros.

Es difícil establecer con exactitud cuando tuvo lugar la primera operación tipo Bolsa, como las que

conocemos en la actualidad. Se plantea que la primera operación comercial para entrega futura tuvo lugar en

Japón, en el siglo XVI. En esa época los señores feudales imponían a los cosechadores de arroz una renta por

el uso de sus tierras, que se pagaba en especie al concluir la cosecha arrocera. De manera que, durante el

periodo de cosecha, el señor feudal recibía grandes cantidades de arroz que podía vender sólo en forma

gradual durante el año. Pero las necesidades de efectivo del señor feudal no siempre se ajustaban al flujo de

ingresos que recibía por la venta gradual de sus ahorros.

En un esfuerzo por adquirir el efectivo cuando fuera necesario, se hizo costumbre que los señores feudales

emitieran documentos de venta conocidos como "tickets" de ahorros. Estos le otorgaban al portador el

derecho de extraer una cantidad específica de arroz, de los almacenes del señor feudal, a su conveniencia.

Aunque originalmente fueron emitidos como contratos bilaterales entre vendedor y comprador, los "tickets"

de arroz se convirtieron en documentos transferibles que cambiaban de mano contra el pago hasta su

vencimiento.

En el siglo XVI, los balleneros holandeses concibieron un sistema para financiar su empresa y garantizar un

precio justo para su mercancía, aún no capturada, contrayendo un compromiso de entrega a precio fijo al final

de sus viajes. Las ventajas que podían derivarse de tales contratos sobre la base de entrega de mercancía "por

llegar" fueron rápidamente apreciadas por los vendedores y compradores de otros productos. Los

importadores europeos e ingleses de grano y algodón norteamericano se exponían a los riesgos de los cambios

de precios inherentes a la posesión de las mercancías, desde el momento que sus agentes compraban los

bienes en los Estados Unidos hasta que éstos eran recibidos y finalmente vendidos en Europa.

A fin de disminuir los riesgos de los precios, los importadores organizaron un sistema mediante el cual sus

agentes de Norteamérica podían adelantar detalles del contrato, conjuntamente con las muestras que traían los

rápidos veleros, mientras que la carga se enviaba a bordo de buques más lentos. De esta manera, los

comerciantes podían vender sus productos sobre la base de entrega de la mercancía "por llegar".

Los mercados de futuros o Bolsas para grano de algodón se formaron en Chicago y Liverpool, a mediados del

siglo XIX, cuando éstas ciudades no eran más que un modesto establecimiento a orillas del lago Michigan, y

un conocido, pero discreto, puerto inglés. En la segunda mitad del siglo XIX, las Bolsas de futuros, como las

Page 15: Introducción a los Productos Financieros Derivados

conocemos hoy, se establecieron en el Reino Unido y los Estados Unidos. Conforme los colonizadores se

abrieron paso por las vastas llanuras del medio oeste, y la medida en que se crecieron las redes ferroviarias,

comenzó la compra y venta de granos en mercados organizados en Chicago.

Los agricultores y procesadores de granos se enfrentaban al enorme riesgo de variaciones inesperadas de los

precios. A menudo, los agricultores cosechado su producto lo enviaban por ferrocarril a Chicago, para

descubrir que la oferta en el mercado era de tal magnitud que no podían venderlo al precio necesario para

cubrir los costos. De hecho, cuando la oferta superaba ampliamente la demanda, el grano era arrojado al lago

Michigan. Por otra parte, los compradores de granos descubrían con frecuencia que los precios estaban muy

por encima de lo que esperaban pagar. Ante la necesidad de eliminar los riesgos de precios en la compra y

venta del grano, se establecieron el Chicago Board of Trade y el Chicago Produce Exchange –posteriormente

llamado Chicago Mercantile Exchange -, cuyo propósito que era manejar las transacciones al contado y

revisar contratos al arribo. Dichos contratos, en esencia, eran contratos adelantados que especificaban la

cantidad de grano y su precio para entrega en una fecha futura. Sin embargo, estas operaciones dieron lugar a

otros problemas: si los precios subían durante la época de cosecha, los agricultores se enfrentaban a la enorme

tentación de incumplir su contrato al arribo, ya que este exigía vender el grano a un precio menor del que

podían pedir en el mercado al contado. Además, cuando el alza de precios se debía a sequías o plagas, muchos

agricultores no tenían la mercancía que se habían comprometido a entregar, no obstante que estuvieran

dispuestos a cumplir con las condiciones del contrato. Asimismo, cuando los precios se desplomaban, a

menudo los compradores no cumplían con el contrato al arribo, pues preferían adquirir el grano a precios más

bajos en el mercado al contado.

Los empresarios de Chicago reconocieron que, para beneficio de todos era necesario encontrar una forma que

permitiera estandarizar y hacer valer estos contratos adelantados. Para lograrlo establecieron Bolsas de grano

y una institución con procedimientos de arbitraje para resolver las disputas, conocida como casa de

compensación, que además de garantizar financieramente el cumplimiento de todos los contratos y de las

obligaciones derivadas. Su función era romper con el vínculo entre el comprador y el vendedor que tenían en

los contratos de futuros, quedando como contraparte legal frente a cada vendedor y comprador.

El desarrollo de los instrumentos financieros derivados cobra importancia debido a los cambios registrados en

el sistema financiero mundial.

La introducción de un régimen de libre flotación y la necesidad de controlar el déficit público y la inflación,

en un contexto de globalización de la producción y comercio, propiciaron el aumento de la volatilidad del

dinero y otros activos financieros (precios de los activos, tipos de cambio y tasas de interés). El interés de las

empresas y los inversionistas por cubrir dicha volatilidad impulso las operaciones con productos derivados

financieros.

Page 16: Introducción a los Productos Financieros Derivados

16

Los productos derivados son instrumentos de cobertura cuyo valor depende del precio de otro activo

denominado subyacente. Por el volumen negociado, entre los productos derivados más importantes resaltan

las opciones (estandarizadas y negociadas en los mercados sobre mostrador, mejor conocidos como Over the

Counter Markets, OTC), los futuros, los forwards y los swaps.

Las opciones son contratos que otorgan a su tenedor el derecho de comprar (opciones de compra Call), o de

vender (opciones de venta ó Put) un activo subyacente en una fecha futura. Por ese derecho, el comprador de

la opción paga una prima. La contraparte recibe la prima y se compromete a realizar la venta o la compra del

activo a un precio de ejercicio pactado.

Los futuros son contratos que obligan a las partes a comprar y vender el activo de referencia a un precio en

una fecha predeterminada. Las variaciones en el precio pactado y el precio de mercado diario, se liquidan

diariamente. En la negociación de estos instrumentos, ambas partes están obligadas a cumplir con el contrato,

a diferencia de la opción, la cual solamente obliga al vendedor.

La creación del Mercado de Derivados listados, inició en 1994 cuando la BMV y la S.D. Indeval, asumieron

el compromiso de crear este mercado. La BMV financió el proyecto de crear la bolsa de opciones y futuros

que se denomina MexDer, Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V. Por su parte Indeval tomó la

responsabilidad de promover la creación de la cámara de compensación de derivados que se denomina

Asigna, Compensación y Liquidación, realizando las erogaciones correspondientes desde 1994, hasta las

fechas de constitución de las empresas.

Inicio de Operaciones:

MexDer y Asigna iniciaron operaciones el 15 de diciembre de 1998 con la participación de cuatro Socios,

Banamex, Bancomer, BBV e Inverlat, quienes constituyeron Fideicomisos de Administración y Pago para

participar en el Mercado de Derivados.

Por el momento únicamente se están negociando futuros sobre tipo de cambio peso/dólar, índices, tasas y las

seis acciones más bursátiles, la introducción del resto de los subyacentes será paulatina en función de las

necesidades del mercado. También se tiene previsto listar Contratos de Opciones sobre distintos subyacentes

1.2 FUNCIONES Y VENTAJAS DE LOS PRODUCTOS FINANCIEROS DERIVADOS.

Los productos derivados constituyen instrumentos financieros flexibles y poderosos que permiten administrar

los patrones de riesgo de una manera más eficiente. En este proceso se pueden transferir los riesgos de corto a

largo plazo, permitiendo que la exposición al riesgo disminuya.

Page 17: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Además de las posibilidades que presentan los productos derivados para realizar coberturas contra riesgos a

costos menores, y con una flexibilidad mayor a la que se obtiene con los procesos tradicionales de

inmunización, estos productos ofrecen las siguientes ventajas:

1.3 LA TRANSFERENCIA DE RIESGOS ASOCIADOS A LA TENENCIA Y USO DE ACTIVOS

Y PRODUCTOS.

Establecer límites para pérdidas y ganancias previamente realizadas en portafolios de inversión, sin necesidad

de cambiar la composición del mismo.

Reducir costos de transacción y costos de reasignación de activos para realizar arbitrajes entre mercados.

Incrementar la eficiencia y liquidez del mercado, alineando los precios de instrumentos de deuda, acciones y

derivados.

Obtener o prestar recursos a tasas más favorables.

Realizar alternativamente ventas en corto de valores.

Controlar y reducir los costos asociados con la constitución de márgenes.

1.4 CONSTITUCIÓN.

El 31 de diciembre de 1996, las autoridades del sector financiero publicaron de manera conjunta en el diario

oficial las reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos que participen en la constitución

y operación del mercado de derivados listados en la Bolsa. Dichas reglas permiten la constitución formal de

MexDer y Asigna y norman las actividades de los participantes en el mercado. La publicación de las reglas se

convirtió en un acontecimiento de primer orden, ya que por primera ocasión en México se fusionaron las

iniciativas de tres autoridades financieras distintas, en un fin común: La instrumentación del mercado

mexicano de derivados.

Estas reglas se complementaron con un marco de regulación prudencia que la Comisión Nacional Bancaria y

de Valores (CNBV) emitió el 16 de mayo de 1997. Dicho marco define, en particular, los esquemas

operativos, de control de riesgos y, de supervisión y vigilancia que norman las actividades del nuevo mercado.

La institución que supervisará las operaciones de las sociedades y los fideicomisos es la propia CNBV.

1.5 FIGURAS QUE PARTICIPAN EN EL MERCADO.

Las entidades que participan en el mercado mexicano de productos derivados son:

Bolsas de Productos Derivados (MexDer).

Cámaras de Compensación de Liquidación (Asigna).

Socios Liquidadores: Casas de Bolsa y bancos, que se constituyen como liquidadores y operadores.

Page 18: Introducción a los Productos Financieros Derivados

18

Socios Operadores: Casas de Bolsa y bancos que únicamente se constituyen para celebrar operaciones en el

piso de negociación del MexDer y que mediante un contrato con cualquier miembro liquidador se pueden

realizar las operaciones.

Socios Operadores: Personas morales no financieras, que constituyan una empresa con el fin de realizar

operaciones en el MexDer y realiza la liquidación ante un miembro liquidador.

Es necesario recalcar que aunque en las reglas del 31 de diciembre de 1996, se permite la participación de

personas físicas en esta Bolsas de derivados, MexDer no lo ha permitido hasta el momento.

1.6 MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS (MEXDER)

MexDer.- El logotipo de MexDer, está basado en la evolución de la letra

griega delta mayúscula representada por un triángulo, que a través del uso

cotidiano se deformó dando lugar a la letra delta minúscula.

Para el Mercado Mexicano de Derivados, es sumamente significativo ya que la

delta minúscula se utiliza como notación para las derivadas parciales y la

mayúscula denota una tasa de cambio de una variable respecto a otra.

El mercado mexicano de derivados, (MexDer) es una sociedad anónima de capital variable que tiene como

principales objetivos:

- Ofrecer la infraestructura física para la cotización, negociación y difusión de información de contratos de

futuros y contratos de opciones.

- Establecer el marco reglamentario para la cotización, negociación y difusión de información de contratos

de futuros y contratos de opciones.

- Llevar programas permanentes de auditoría a sus miembros.

- Vigilar la transparencia, corrección de integridad de los procesos de formación de los precios, así como la

estricta observancia de la normativa aplicable en la contratación de las operaciones, y

- Establecer los procedimientos disciplinarios para sancionar aquellas infracciones cometidas por los

miembros y garantizar que las operaciones se lleven a cabo en un marco de transparencia y

confidencialidad absoluta.

- MexDer fortalecerá la actividad económica de México mediante el listado de productos derivados que

permitan a sus miembros y a sus clientes la cobertura de riesgos en la administración de portafolios.

Page 19: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Las siguientes personas pueden presentar solicitud para ser miembros de MexDer:

- Las Casas de Bolsa.

- Las instituciones de crédito.

- Las casas de cambio autorizados.

- Otras personas morales no financieras.

Para obtener la calidad de miembro, los solicitantes deben adquirir al menos una acción representativa del

capital social del MexDer; cumplir los requisitos de admisión establecidos en el reglamento interior y el

manual operativo y no ser detectados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el caso de aspirantes

a Socios Liquidadores.

Los accionistas que pretendan adquirir el derecho a celebrar operaciones en MexDer, deben presentar la

solicitud correspondiente, cumplir los requisitos de operación que a continuación se mencionan y ser

autorizados a operar por el consejo de administración de la Bolsa:

- Presentar los planes generales que contengan: forma de coordinar las funciones de las distintas áreas

involucradas en la negociación de los derivados listados: las personas que forman parte de su Consejo de

Administración o Comité Técnico y sus principales directivos y empleados, así como programa de

revisión de objetivos, metas y procedimientos de operación y control de sociedad o fideicomisos.

- Contar con un manual de políticas, procedimientos de operación, contralor de riesgos y liquidez.

- Contar con un sistema de administración de cuentas de clientes.

- Contar con un sistema (software) que controle el riesgo que contenga algunos de los estándares

internacionales aceptados para el cálculo de aportaciones (márgenes) y riesgos:

- Contar con una función de seguimiento de riesgos en diferentes áreas que contengan riesgos.

- Contar con contratos de intermediación que utilizara con sus clientes para la negociación de productos

derivados.

- Presentar los certificados expedidos por el comité de certificación que acreditan que los responsables y

suplentes, administrador general, promotor de derivados, operador de productos derivados, administrador

de riesgo y administrador de cuenta, tienen la capacidad de conocimientos requeridos.

- Contar con la infraestructura de sistemas en términos de equipo de computo, así como los protocolos de

comunicación para el envío y recepción de la información entre los sistemas que soportan la operación en

la Bolsa y la Cámara, mismos que se encuentran descritos en el documento denominado interfases de

MexDer.

- Contar con sistema de recepción de orden y asignación de operación de compra y venta de derivados,

sólo en los casos en que la operación contempla a clientes.

- Contar con una área encargada de realizar funciones de auditoría, las cuales tendrán que incluirse en el

manual de control de riesgos y tener por objeto revisar por lo menos una vez al año el cumplimiento de

Page 20: Introducción a los Productos Financieros Derivados

20

las políticas y procedimientos de operación y de control interno, así como la adecuada documentación de

las operaciones que realice la sociedad o fideicomisos.

Los instrumentos que el MexDer pondrá a disposición de los inversionistas en forma progresiva son:

- Futuros sobre IPC.

- Futuro sobre dólar.

- Futuro sobre bonos.

- Opciones sobre el IPC.

- Primer paquete de opciones sobre acciones individuales.

- Segundo paquete de opciones sobre acciones individuales.

- Opciones sobre dólar y

- Opciones sobre bonos.

En etapas paulatinas se listarán contratos de futuros y contratos de opciones sobre instrumentos con

vencimientos más amplios. Las características de los contratos (tamaño, plazos y liquidación) se han diseñado

con participación de intermediarios financieros a fin de atender las necesidades del mercado mexicano.

Asimismo, se han incorporado las recomendaciones de Chicago Board Options Exchnage (CBOE) y del

Chicago Mercantile Exchange (CME).

1.7 CÁMARA DE COMPENSACION (ASIGNA)

Asigna.- El logotipo de Asigna está basado en la garantía de cumplimiento

que esta empresa debe ofrecer como contraparte de cada uno de los

participantes. Está compuesto por dos lazos (la solidez y la seguridad) que

forman un nudo mesoamericano; estos lazos rematan con los extremos hacia

adentro envolviendo dos círculos (el que compra y él que vende) el ovalo

central representa a Asigna en actitud de protección. El logotipo es

completamente simétrico, representando el equilibrio, la solidez y la

seguridad.

El objetivo de Asigna, compensación y liquidación es proveer la infraestructura y los mecanismos necesarios

para asegurar el registro, compensación de liquidación de las operaciones que realicen con los miembros de

MexDer. Asigna se constituye como un fideicomiso de pago en una de las instituciones de crédito (fiduciario)

más sólidas de México. Para ello, los Socios Liquidadores (fideicomitentes y fideicomisarios) aportarán

recursos para constituir el patrimonio de dicho fideicomiso.

Page 21: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Asigna cuenta con la más alta calidad crediticia del sector bursátil y financiero, tiene facultades

autorregulatorias que le permitan actuar con oportunidad ante eventos que pudiesen distorsionar al mercado.

Asigna es la contraparte de todas las operaciones que se celebren en MexDer, así como la receptora de los

riesgos créditicios de los contratos.

Asigna tendrá como contrapartes a todos los participantes que asuman una posición.

Para cumplir con su objetivo, Asigna cuenta con una organización interna integrada por los siguientes

órganos:

- Comité Técnico.

- Subcomité de administración de riesgos.

- Subcomité de auditoría.

- Subcomité normativo.

- Subcomité disciplinario.

Asigna establece un fondo de compensación, que puede ser utilizado en contingencias de mercado. El fondo

se integra a partir de un porcentaje de las aportaciones de los Socios Liquidadores a Asigna y se actualiza con

base en los riesgos y posiciones del mercado. Dicho fondo estará constituido con recursos en efectivo y/o

valores gubernamentales con vencimiento menor a 90 días.

Las aportaciones en general que los Socios Liquidadores entreguen a Asigna cubrirá en todo momento hasta

el 99% de las pérdidas potenciales. No obstante, Asigna cuenta con una red de seguridad, que siempre

garantizará niveles mínimos de solidez, pudiendo utilizarse para cubrir pérdidas probabilísticas superiores al

99%.

1.8 IMPORTANCIA Y POTENCIAL DE CRECIMIENTO DE LOS DERIVADOS EN MEXDER.

La importancia de los derivados se puede dimensionar señalando el volumen de operación que han observado

en el mundo. Utilizando las cifras de la International Financial Corporation al cierre de 1995, el valor operado

mundialmente con productos derivados representó 58% más que el valor de capitalización de todas las Bolsas

del mundo. Del total (27, 100 millones de dólares), el 34% corresponde a productos listados y, la diferencia a

productos no listados como es el caso de los swaps.

En los mercados de derivados, los productos financieros son los dominantes. Los contratos más negociados

son los de tasas de interés y los referidos a índices accionarios. En tercer lugar se ubican los derivados sobre

productos agropecuarios. Bajo esta tendencia mundial, el potencial de crecimiento es muy grande. Para

dimensionarlo, a continuación se reseña la historia de los derivados en nuestro país.

Page 22: Introducción a los Productos Financieros Derivados

22

- Futuro sobre pesos en el CBOT.

- Futuro sobre acciones individuales y petrobonos en la BMV.

- Instrumentos gubernamentales como: petrobonos, pagafes, tesobonos y ajustabonos.

- Coberturas cambiarias de corto plazo.

- Cláusulas de red compra de bonos Brady, opción ligada al precio promedio del petróleo Istmo.

- Forwards entre reportos de instrumentos gubernamentales.

- Warrants accionarios, canastas de índices accionarios.

- ADRs Mexicanos.

- Opciones sobre ADRs mexicanos, (opción de Telmex, segunda más negociada mundialmente).

- Futuro sobre el peso en el CME.

- Opciones sobre futuros de IPC, en el CME y de opciones sobre el IPC, en el CBOE

En el Mercado Mexicano de Derivados se listan contratos estandarizados de futuros y de opciones. De

acuerdo con el desarrollo y profundidad que alcance la negociación de los instrumentos previstos para las

primeras fases, se podrán listar contratos de mayor complejidad en cuanto a activos subyacentes, plazos de

vencimiento y otras características

1.9 INNOVACIONES TECNOLOGICAS Y JURIDICAS.

La competitividad de MexDer a nivel internacional se sustenta en la capacidad de las nuevas instituciones

para instrumentar un nuevo mercado con bajos costos de acceso y requerimientos de capitalización. El diseño

del mercado contempla la promoción de la autorregulación como mecanismo para la eficiente y ordenada

operación y supervisión de sus participantes, e incorpora sinergías operativas entre los distintos miembros. El

uso de plataformas tecnológicas y jurídicas de primer orden contribuyen también a incrementar la

competitividad de este nuevo mercado.

Page 23: Introducción a los Productos Financieros Derivados

La operación de MexDer implica la incorporación de estándares internacionales para la interconexión de los

distintos sistemas que la integran (negociación, divulgación de información, Compensación y Liquidación,

custodia de garantías, control de riesgos y Back Office). Atendiendo las recomendaciones del grupo de los

treinta, MexDer utiliza tecnología de punta en sus sistemas de negociación: SIVA futuros y Sentra derivados.

El primero se utiliza para las negociaciones de futuros a viva voz. El segundo para las negociaciones

electrónicas de opciones.

1.10 CONCLUSIONES.

La importancia de este mercado en nuestro país es sin lugar a duda el control de los riesgos, ya que

anteriormente no existía modo de controlarlo, de ahí su importancia para el desarrollo de la economía

nacional, sin embargo no todos los participantes de la economía podrán entrar a este mercado ya que no

cuentan con el capital suficiente para invertir en estos instrumentos.

Page 24: Introducción a los Productos Financieros Derivados

24

MARCO LEGAL

DEL

MERCADO DE DERIVADOS

Page 25: Introducción a los Productos Financieros Derivados

2.1 INTRODUCCION.

El 31 de diciembre de 1996, las autoridades financieras Mexicanas: Banco de México, Secretaría de Hacienda

y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en conjunto publicaron en el Diario Oficial

las reglas del mercado mexicano de productos derivados en donde se establecen los participantes de ese

mercado, sus funciones, sus características y sus mecanismos de acceso, entre otros.

Con la emisión de las disposiciones de carácter prudencial a las que se sujetarán en sus operaciones los

participantes en el mercado de futuros y opciones cotizados en Bolsa se redondea el marco que normará a

este mercado. Dichas disposiciones buscan establecer un marco de regulación prudencia que procure proteger

los intereses de los participantes en este mercado, sobre todo para el público inversionista; permitiendo que el

mercado sea equitativo, abierto, eficiente y competitivo.

Asimismo, las autoridades establecen estas normas con el fin de preservar la solvencia y liquidez de los

participantes basándose en el principio de autorregulación coadyuvando a fomentar el orden, la transparencia

y la seguridad de este mercado.

2.2 DEFINICIONES GENERALES.

A continuación se presentan algunas definiciones tanto de figuras como de conceptos necesarios para la

familiarización del estudiante.

Bolsa de Productos Derivados: Es el lugar físico donde se celebran las operaciones de compraventa de

contratos de futuros y opciones. Su función es facilitar las transacciones de este mercado, considerando un

marco prudencial que asegure un sano desarrollo del mismo.

Cámara de Compensación: Su objetivo es proveer la infraestructura y mecanismos necesarios para asegurar

el registro, la compensación y la liquidación de las operaciones realizadas por los miembros del mercado de

derivados. En México, la Cámara de Compensación y Liquidación es un fideicomiso cuya función consiste en

compensar y liquidar diariamente las operaciones realizadas en el piso de negociación del MexDer.

Fideicomiso: Es un contrato donde la persona llamada fideicomitente designa a ciertos bienes para un fin

determinado, cediendo al fiduciario la administración de estos con el propósito de beneficiar a un destinatario

llamado fideicomisario.

Fideicomitente: Persona moral o física que aporta el capital para constituir el fideicomiso.

Fiduciario: Institución de crédito y/o Casa de Bolsa cuya función es administrar la aportación del

Fideicomitente.

Page 26: Introducción a los Productos Financieros Derivados

26

Fideicomisario: Beneficiario de los bienes o recursos que fueron afectados por el fiduciario.

Formador de Mercado: Socio de la Bolsa que mantiene de forma permanente por cuenta propia cotizaciones

de compra y venta respecto del contrato en el que se encuentre registrado, con el propósito de generar

liquidez, garantizar una eficiente formación de precios, estabilizar precios y reforzar la transparencia en el

proceso de negociación.

Cuenta de Formador de Mercado: Es el registro de las posiciones abiertas sobre la base de la cual se

realiza la compensación y el cálculo de aportaciones iniciales mínimas, aportaciones al fondo de

compensación y demás conceptos de objeto de Compensación y Liquidación de la cámara llevada por cada

uno de los Socios Operadores que únicamente participan como formadores de mercado.

Aportaciones Iniciales Mínimas: En otros mercados es llamado Margen y es la cantidad de efectivo o

valores depositada por los Socios Liquidadores antes de celebrar contratos de futuros u opciones con el

propósito de asegurar el cumplimiento de la compra - venta de los contratos abiertos.

Liquidaciones Extraordinaria: En otros mercados se conoce como Llamada de Margen y es el

requerimiento que solicita la Cámara de Compensación debido a la variación de precios (volatilidad del

subyacente). Es calculado conforme a parámetros de fluctuación establecidos en el Comité Técnico de Asigna

todos los días.

Patrimonio de la Cámara: Se constituirán por el patrimonio mínimo, el fondo de aportaciones y el fondo de

compensación.

Patrimonio Mínimo de la Cámara: Es el equivalente a 15 millones de unidades inversión, (Udi´s).

El Fondo de Aportaciones: Es el fondo constituido con las aportaciones iniciales mínimas entregadas

únicamente por los Socios Liquidadores a la cámara, ya sea por cuenta propia o de clientes.

El Fondo de Compensación: Es el fondo constituido con el 10% de la suma de todas las aportaciones

iniciales mínimas que la cámara solicite a los Socios Liquidadores, así como cualquier otra cantidad solicitada

por la cámara para este fondo.

Operación de Apertura: Para efectos del registro es una operación por la cual se crea o incrementa la

posición abierta en un contrato. En el caso de la compra, la operación de apertura crea o incrementa la

posición larga. Para el caso de la venta, se crea o incrementa la posición corta.

Page 27: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Fecha de Vencimiento: Es el día hábil en que se expira el plazo de un contrato conforme a las condiciones

generales de contratación.

Liquidación Diaria: Son las sumas de dinero que deban solicitarse, recibirse y/o entregarse diariamente

según corresponda y que resulta de la valuación diaria que realice la Cámara de Compensación por las

variaciones en el precio de liquidación diaria de cada contrato abierto con respecto al precio de cierre del día

hábil inmediato anterior, o en su caso, al precio de concertación.

Operación: Es el acto mediante el cual se celebra indistintamente un contrato de futuros u opciones en la

Bolsa, por virtud del cual un cliente y la Cámara de Compensación se adhiere a los términos establecidos en

las condiciones generales de contratación.

Clase: Son todos los contratos de futuros o de opciones cuyos activos subyacentes es el mismo.

Serie: Son todos contratos pertenecientes a una misma clase con igual fecha de vencimiento.

Posición Abierta: Es el número de contratos de cada una de las series que se encuentran registrados en la

cuenta.

Posición Opuesta: Para efecto de la aportación inicial mínima, es la posición que se integra con un número

igual de contratos largos y cortos. Asimismo, se formaran sucesivamente con los futuros pertenecientes a las

series cuyas fechas de vencimiento sean las más próximas.

Posición individual: Para efecto de las aportaciones iniciales mínimas, es la posición larga o corta en

contratos pertenecientes a una misma serie que no forman parte de una posición opuesta.

2.3 ESTRUCTURA DEL MERCADO DE DERIVADOS MEXICANO.

Para efectuar el análisis de la armonización del mercado de derivados es necesario empezar con la descripción

de las entidades que en él intervienen, así como las operaciones y actividades que los mismos pueden llevar a

cabo.

2.3.1. PARTICIPANTES.

A) BOLSA DE DERIVADOS (MEXDER)

La Bolsa de Derivados es el lugar donde se llevan a cabo las operaciones de compra - venta de contratos de

futuros y de contratos de opciones, su función es facilitar las transacciones con contratos procurando el sano

desarrollo del mercado.

Page 28: Introducción a los Productos Financieros Derivados

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Requisitos de Constitución:

Para actuar como Bolsa es necesaria la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien le

otorgara previa opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Las Bolsas

deben ser sociedades anónimas con la posibilidad de adoptar la modalidad de capital variable y se encuentran

sujetas a requisitos de aplicación especial, dentro de las cuales se encuentran los siguientes:

En caso de encontrarse bajo la modalidad de capital variable, deben pactarse en la escritura constitutiva que el

capital mínimo obligatorio deberá estar integrado por acciones sin derecho a retiro y que el monto del capital

con derecho a retiro en ningún caso puede ser superior al capital pagado sin derecho a retiro.

El capital mínimo es el equivalente en moneda nacional a 4 millones de unidades de inversión. Además,

requerirá autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para invertir su capital en títulos

representativos del capital social de empresas que les prestan servicios complementarios o auxiliares en su

administración o en la realización de su objeto.

El capital social debe estar integrado por dos series accionarias, el 51% corresponderá a acciones ordinarias,

es decir acciones que confieren derechos corporativos y patrimoniales plenos y sólo podrán ser adquiridas por

quienes participen en el mercado como Socios Liquidadores y Socios Operadores, el resto puede estar

representado por acciones de voto limitado, acciones que otorgan derechos patrimoniales plenos y

corporativos restringidos, y son libres de suscripción, debiendo notificar a la Bolsa y a las autoridades de

cualquier transmisión de dichos títulos, antes de realizar la inscripción en el registro de acciones

correspondientes.

Los accionistas de la Bolsa pueden ser personas físicas y morales, sin estar limitados a una acción por socio,

sin embargo, existe la limitante de que ninguna persona física o moral está facultado para adquirir de manera

directa o indirecta el control de acciones ordinarias de la Bolsa por más del 5% del total de dichas acciones,

excepto en el caso de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa a las opiniones correspondientes

del Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores lo autorice, en cuyo caso dicho

porcentaje no podrá ser mayor al 20%. Está limitante, no será aplicable durante el año inmediato siguiente a

aquel en que se constituya la Bolsa de que se trate.

Debe contar con reglamentos de organización y funcionamiento interior, el cual deberá estar autorizado por la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al igual que las modificaciones que al mismo se realicen.

Debe contar con manuales de políticas y procedimientos de operación. Cualquier modificación de estos

documentos debe ser aprobado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Page 29: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Debe contar con programas de auditoría y vigilancia a los Socios Operadores, Socios Liquidadores y Cámara

de Compensación.

Someter sus estatutos y modificación de los mismos a la previa autorización de la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público.

Estructura corporativa:

La administración de la Bolsa debe recaer en un consejo de administración, sin limitación de número,

designado por los socios de la Bolsa. En caso de existir acciones de voto limitado, los accionistas suscriptores

tienen derecho a nombrar en su conjunto, como máximo, el 10% de los integrantes del consejo de

administración, pero en todo caso nombrará por lo menos un consejero.

Los integrantes del consejo que representen a los Socios Operadores y Socio Liquidadores no deberán ser

mayor al 50% del número de consejeros designados, debiendo recaer los demás nombramientos en miembros

independientes. Asimismo, los nombramientos de los consejeros deberán recaer en personas que hayan

prestado por lo menos 5 años de sus servicios en puestos de alto nivel decisorio, cuyo desempeñó requiera

conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa, además de no haber sido condenados por

sentencia definitiva por delito patrimonial.

El consejo de administración de las Bolsas, además de las funciones que la ley de sociedades mercantiles

establece, cuentan con:

Facultades administrativas.

- Dictar políticas con relación a los asuntos de la sociedad, naturaleza de los servicios y las tarifas que

cobrará por los mismos.

- Aprobar los comités que estime necesario.

- Designar al director general.

- Aprobar el presupuesto anual.

- Resolver solicitudes de admisión de nuevos socios.

- Aprobar el nombramiento de auditores externos.

- Aprobar resultados de auditorías.

- Establecer mecanismos para actuar en situaciones de emergencia.

Facultades de mercado.

- Determinar los sistemas de negociación, las mecánicas operativas y horario de operación.

- Aprobar el desarrollo de nuevos instrumentos y condiciones generales de contratación.

- Aprobar estrategias para el desarrollo de promoción del mercado.

Page 30: Introducción a los Productos Financieros Derivados

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Facultades Normativas.

- Actuar como organismo autorregulatorio del mercado.

- Dictar normas de conducta a los Socios Liquidadores y Socios Operadores respecto a la celebración de

contratos.

- Expedir el reglamento interior de la Bolsa.

- Expedir el código de ética del mercado.

Facultades Disciplinarias.

- Investiga actos que hagan suponer en el incumplimiento de alguna norma.

- Sancionar el incumplimiento de las normas expedidas.

- Conocer las controversias que se susciten con motivo de la contratación de servicios u operaciones entre

los Socios Operadores y Socios Liquidadores con su clientela, cuando por vía de reclamación le sea

presentado por el cliente afectado.

Facultades de Vigilancia.

- Vigilar a los socios en el cumplimiento de sus obligaciones y sus requisitos financieros y no financieros.

- Vigilar que las operaciones en Bolsa no se alejen de los usos bursátiles y sanas prácticas de mercado y se

ajusten a las disposiciones aplicables.

- Vigilar las actividades de los Socios Operadores, Socios Liquidadores, Cámaras de Compensación y

clientes.

- Auditar a los Socios Operadores, Socios Liquidadores y Cámara de Compensación.

Además del consejo de administración de la Bolsa existen órganos colegiados (comités) cuya función es la de

apoyar al consejo de administración en el desarrollo y realización de ciertas funciones que le son

expresamente asignadas. Asimismo, existe otro órgano corporativo que es el responsable de vigilar que la

Bolsa, Cámara de Compensación, Socios Operadores y Socios Liquidadores cumplan con la normatividad

aplicable.

Órganos colegiados.

Las bolsas están obligadas a crear los comités necesarios para atender, al menos, los asuntos relativos a:

Cámara de Compensación, finanzas, admisión, contencioso y disciplina, ética, autorregulación, conciliación y

arbitraje. Los comités deberán informar periódicamente de sus actividades al consejo de administración,

debiéndose designar una persona responsable para cada uno de los comités que se constituyan. Los

integrantes de los comités deberán contar con conocimiento y experiencia en la función que desarrollan y ser

Page 31: Introducción a los Productos Financieros Derivados

nombrados por el consejo de administración, con la limitación de que los suscriptores de acciones de voto

limitado no podrán formar parte de los comités que la Bolsa establezca.

Contralor normativo.

La asamblea de accionistas es el órgano facultado para nombrar al contralor normativo, debiendo ser el

nombramiento en una persona que cuente con reconocido prestigio en materia financiera y jurídica, no haya

sido condenado por sentencia definitiva por delito patrimonial y no participe en el capital o patrimonio de

Socios Operadores, Socio Liquidadores o entidades financieras que participen en el capital o patrimonio de

estos últimos, a fin de evitar que en el desempeño de sus funciones existan conflictos de interés.

El contralor normativo debe reportar sus actividades directamente al consejo de administración. Dentro de sus

obligaciones principales se encuentran:

La de vigilar que se observen todas las disposiciones que emitan las autoridades de mercado, así como

aquellas que emita en las Bolsas y Cámara de Compensación, como organismos autorregulados.

Analizar los informes de los comisarios y dictámenes de los auditores externos.

Proponer al consejo de administración modificaciones a las normas de autorregulación.

Informará a la Comisión Nacional Bancaria de Valores de las irregularidades en el mercado de que tenga

conocimiento en el ejercicio de sus funciones.

Funciones y obligaciones de la Bolsa.

La Bolsa, como sociedad cuyo objetivo es facilitar las instalaciones y demás servicios para que se coticen y

negocien los contratos de futuros y de opciones, está obligada a proveer las instalaciones, mecanismos y

procedimientos adecuados para que las operaciones de compraventa de contratos se lleven a cabo, para lo cual

debe contar con:

- Sistemas operativos de negociación para contratos que permitan igualdad en las condiciones en el acceso

de piso o sistemas electrónicos.

- Sistemas de control interno que capturen en forma ordenada y completa la información generada en cada

transacción.

- Sistemas de monitoreo y revisión de las operaciones celebradas.

- Sistemas de monitoreo y de revisión de las posiciones límites por contrato abierto.

- Sistemas eficientes de información histórica y a tiempo real de las transacciones.

- Procedimientos de seguridad en caso de contingencias.

- Sistemas de divulgación en caso de incumplimiento.

- Mecanismos para vigilar la actuación de la cámara compensación.

Page 32: Introducción a los Productos Financieros Derivados

32

- Tomar medidas necesarias para evitar que las operaciones que se celebren por cada tipo de contrato de

futuros y contrato de opciones, existan concentración de mercado por parte de sus liquidadores, sus

operadores u operadores de piso.

Igualmente, la Bolsa esta obligada a diseñar y, previa autorización correspondiente, incorpora los contratos de

futuros y opciones que se pretendan negociar, establecer un código de ética aplicable a los participantes,

definir los programas de capacitación y actualización ética y los lineamientos para certificar la capacitación

del personal de los Socios Operadores, Socios Liquidadores y Cámara de Compensación que intervengan

directamente en la celebración de operaciones.

Sin embargo, la función más importante de la Bolsa es actuar como órgano autorregulador del mercado; es

decir, como organismo que se encuentra dotado de facultades reguladoras, sancionadoras, de vigilancia y

auditoria respecto de sí misma y de los demás participantes de mercado.

Implicaciones.

La Bolsa, a través de su reglamento interior y por medio de los manuales operativos que establezca, se

encuentra facultada para expedir y dictar todas las normas que regulan la conducta de los participantes, a fin

de procurar que el ejercicio de sus actividades se lleve a cabo de manera honesta y diligente, proteger los

intereses del público y la integridad de mercado. Asimismo, esta facultada para dictar las normas

operacionales que juzgue convenientes para el mejor desempeño de su función y la del mercado en general,

las cuales son de carácter obligatorio para Cámara de Compensación, Socios Operadores y Socios

Liquidadores.

Las Bolsas se encuentran también facultades para vigilar y auditar las actividades de los Socios Operadores,

Socios Liquidadores y de la Cámara de Compensación, para lo cual están obligadas a establecer en su

reglamento interior los lineamientos para llevar a cabo las actividades de vigilancia y de auditoría a través de

programas de acción continuos y sistemáticos, revisión permanente de las operaciones concertadas a través de

los sistemas operativos de negociación, observación de las áreas donde se revisan las operaciones, auditoría

de registro y sistemas y el análisis de la información que generan los participantes.

La efectividad real de la autorregulación de los mercados, depende del poder de coacción conferido a los

organismos autorregulados. En este sentido, es importante señalar que de nada serviría tener la facultad de

regular la conducta y vigilar que las actividades se desarrollen con apego a la norma, si no se tiene la facultad

de sancionar las conductas contrarias a la norma. Es por ello que el carácter sancionador del organismo es lo

que dota de fortalecer la función que en su conjunto desarrolle.

Page 33: Introducción a los Productos Financieros Derivados

En ese sentido, la Bolsa se encuentra facultada para sancionar aquellas actividades contrarias a las normas de

autorregulación que hayan dictado. Sin embargo, dichos procedimientos, así como las investigaciones

inherentes a estos, deberán en todo momento garantizar el derecho de audiencia del afectado y cumplir con las

formalidades esenciales establecidas en la constitución.

Resolución de conflictos.

Por último, y como aspecto innovador, la Bolsa es el organismo encargado de resolver las controversias que

se susciten con motivo de la contratación de servicios u operaciones entre los Socios Operadores y Socios

Liquidadores con su clientela, cuando el propio cliente haya presentado su reclamación a la Bolsa, de tal

suerte que es la propia Bolsa quien debe actuar como conciliadora.

En caso de no lograr la conciliación, la Bolsa está facultada para proponer a árbitros, a efecto de que las partes

en conflicto resuelvan su controversia a través de un juicio arbitrar en amigable posición o de estricto

derecho.

B) CAMARA DE COMPENSACION (ASIGNA).

La Cámara de Compensación es un fideicomiso cuya función consiste en determinar diariamente el saldo de

las operaciones realizadas por cada Socio Liquidador y calcular las aportaciones correspondientes,

abonándolas en la cuenta del socio correspondiente cuando éstos son positivos o cargándolos en el caso

contrario, exigiendo de más aportaciones de fondos complementarios y liquidando las operaciones de los

operadores cuando ello sea necesario. Solamente los Socios Liquidadores son miembros de la Cámara de

Compensación y son los únicos que pueden realizar aportaciones a la cámara; los Socios Operadores y

clientes lo harán indirectamente por medio de los Socios Liquidadores.

Fideicomiso Concepción legal.

Un fideicomiso es un contrato por virtud del cual una persona llamada fideicomitente designa y afecta ciertos

bienes a un fin lícito determinado, encomendándole a otra llamada fiduciario, la administración de estos, para

beneficiar a un destinatario llamado fideicomisario.

El objeto de los de fideicomisos son los bienes que el fideicomitente decida afectar y que para poder hacerlo

debe reunir los siguientes requisitos:

- Que los bienes no sean estrictamente personales de su titular.

- Que exista en la naturaleza.

- Que sean determinados o determinables en cuanto a su especie.

- Que estén comprendidos dentro del comercio.

Page 34: Introducción a los Productos Financieros Derivados

34

El fin del fideicomiso es el destino que el fideicomitente ha escogido darle al objeto de fideicomiso.

Elementos:

- Fideicomitentes. Persona (moral o físicas) que decide aceptar bienes para su propia efecto y de llegar a un

objetivo específico.

- Fiduciario. Institución de crédito y Casa de Bolsa cuya función es administrar el patrimonio afecto

- Fideicomisario. Beneficiario jurídico de los bienes que fueron afectados por el fideicomitente.

Requisitos de constitución.

Para actuar como Cámara de Compensación, al igual que en el caso de la Bolsa, es necesario la autorización

de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien le otorgara previa opinión del Banco de México y de la

Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Las cámaras de compensación deberán ser fideicomisos cuyo fin

sea actuar como contraparte de cada operación con contratos de futuros u opciones que se celebren en la

Bolsa, así como compensarle liquidar los mismos.

Los fideicomisos a que se ha hecho referencia se encuentran sujetos a reglas de aplicación especial, dentro de

las cuales se encuentran las siguientes:

Las cámaras de compensación únicamente pueden contar con dos tipos de fideicomitentes: los que participen

en el mercado como Socios Liquidadores, quienes tendrán derechos corporativos y patrimoniales plenos, y los

que deseen invertir en tales fideicomisos, quienes deberán contar con autorización de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público (previa opinión favorable del Banco de México y Comisión Nacional Bancaria y

de Valores) y tendrá derechos corporativos restringidos y patrimoniales plenos. Únicamente pueden ser

fiduciario las acciones de Banca Múltiple.

La Cámara de Compensación debe de contar con, por lo menos, cinco Socios Liquidadores.

El 51% del patrimonio del fideicomiso deberá ser aportado por los Socios Liquidadores.

El patrimonio de la cámara estará integrado por el patrimonio mínimo, el fondo de aportaciones y el fondo de

compensación.

El patrimonio mínimo es equivalente en moneda nacional a 15 millones de unidades inversión.

El fondo de aportaciones es el fondo constituido por las aportaciones iniciales mínimas entregadas por los

Socios Liquidadores a la cámara por cada contrato abierto.

Page 35: Introducción a los Productos Financieros Derivados

El fondo de compensación es el fondo constituido con recursos adicionales a las aportaciones iniciales

mínimas que la propia Cámara de Compensación solicite a los Socios Liquidadores por el equivalente al 10%

de las citadas aportaciones iniciales mínimas, así como cualquier otra cantidad que se les requiera para este

fondo.

Los fideicomitentes de la Cámara de Compensación que no sean Socio Liquidadores pueden ser personas

físicas y morales, sin estar limitados a una constancia por fideicomitentes. Sin embargo, existe la limitante de

que ninguna persona física o moral está facultada para adquirir de manera directa o indirecta el control de

constancias de derechos fiduciarios de la cámara por más de 5% del total de dichas constancias, excepto en el

caso de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previas las opiniones correspondientes del Banco de

México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, lo autorice, en cuyo caso dicho porcentaje no podrá

ser mayor del 20%. Esta limitación no es aplicable durante el año inmediato siguiente a aquel en que se

constituye la Cámara.

Debe contar con reglamentos de organizaciones y funcionamiento interior, el cual es autorizado por la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al igual que las modificaciones que al mismo se realicen.

Deben contar con manuales de políticas y procedimiento de operación. Cualquier modificación a estos

documentos debe ser aprobado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Deben contar con programas de auditoria y vigilancias a sus Socios Liquidadores.

Debe someter el contrato de fideicomiso y las modificaciones al mismo a la previa autorización de la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Estructura orgánica.

El Comité Técnico es el encargado de administrar a la Cámara de Compensación de conformidad con las

políticas y lineamientos establecidos en el contrato de fideicomiso. El Comité Técnico no se encuentra

limitado en número y los miembros son designados por los fideicomitentes, en caso de existir fideicomitentes

que no tengan el carácter de socio operador liquidador, éstos tienen derecho a nombrar en su conjunto, como

máximo, el 10 % de los integrantes del Comité Técnico, pero en todo caso se nombrara cuando menos un

integrante.

La integración del Comité Técnico debe prever la participación proporcional de consejeros de la Bolsa,

Socios Liquidadores y miembros independientes. Asimismo, los nombramientos de miembros deberán recaer

en personas que hayan prestado por lo menos 5 años de servicios en puestos de alto nivel decisorio, cuyo

desempeño requiera conocimiento y experiencia en materia financiera y administrativa, además de no haber

sido condenados por sentencia definitiva por delito patrimonial.

Page 36: Introducción a los Productos Financieros Derivados

36

El Comité Técnico de la cámara cuenta, entre otras, con las siguientes facultades:

Facultades administrativas.

- Dictar políticas en relación a los asuntos de la Cámara de Compensación.

- Aprobar los comités que estime necesario, debiendo contar con, por lo menos, un comité de auditoría y

un comité de administración de riesgos.

- Realizar auditorías y supervisar a los Socios Liquidadores.

- Aprobar directrices y políticas del fideicomiso.

- Aprobar la naturaleza de los servicios y determinar las tarifas.

- Designar director general.

- Aprobar el presupuesto anual.

- Resolver solicitudes de admisión de nuevos fideicomitente.

- Aprobar el nombramiento de auditores externos.

- Aprobar resultados de auditoría.

- Establecer mecanismos para actuar en situaciones de emergencia.

Facultades de mercado.

- Determinar los sistemas de liquidación y compensación.

- Determina el horario de liquidación.

- Actuar en caso de incumplimientos.

- Aprobar condiciones generales de contratación del servicio de liquidación y compensación.

- Aprobar estrategias para el desarrollo y promoción de la Cámara de Compensación.

Facultades normativas.

- Actuar como organismo autorregulatorio del mercado.

- Dictar normas de conducta a los Socios Liquidadores respecto a la liquidación de contratos de futuros y

de opciones.

- Expedir el reglamento interior.

- Expedir los manuales operativos necesarios.

Facultades disciplinarias.

- Investigar actos que hagan suponer el incumplimiento de alguna norma por parte de los Socios

Liquidadores.

- Sancionar el incumplimiento de las normas expedidas.

- Establecer mecanismos para resolución de controversias.

Page 37: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Facultades de vigilancia.

- Vigilar a los Socios Liquidadores el cumplimiento de sus obligaciones y sus requisitos financieros y no

financieros.

- Vigilar la liquidación de contratos.

- Auditar a los Socios Liquidadores.

- Intervenir administrativamente a los Socios Liquidadores.

- Además del Comité Técnico de la Cámara de Compensación existen órganos colegiados (comités), cuya

función es la de apoyar al Comité Técnico en el desarrollo y realización de ciertas funciones que les son

expresamente asignadas.

Organos colegiados.

Las cámaras están obligadas a crear los comités que estimen necesarios debiendo en todo caso constituir,

además del comité de auditoría y del comité de administración de riesgos, los que atiendan al menos los

asuntos relativos a la admisión de Socios Liquidadores, autorregulación, disciplina y ética. Los comités

deberán informar periódicamente de sus actividades al Comité Técnico, debiéndose designar una persona

responsable para cada uno de los comités que se constituyan. Los integrantes de los comités deberán contar

con conocimiento y experiencia en la función que desarrollan y son nombrados por el Comité Técnico, con la

limitación de que fideicomitentes no Socios Liquidadores no pueden formar parte de los comités que la

cámara establezca.

De conformidad con lo establecido en las reglas en las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos

que intervengan en el establecimiento y operación de un mercado de futuros y opciones cotizados en Bolsa, la

Cámara de Compensación debe cuando menos crear dos comités: el comité de auditoria y el comité de

administración de riesgos.

Corresponde al comité de auditoría:

- Evaluar y proponer controles para la administración de la cámara.

- Evaluar que los servicios que presté la sociedad y el cobro de las tarifas correspondientes se apeguen a

los previamente aprobados por Comité Técnico.

- Vigilar la conducta de los Socios Liquidadores respecto a la liquidación de los contratos.

- Revisar políticas administrativas y observar su cumplimiento.

- Evaluar que las inversiones realizadas se ajusten a las políticas establecidas.

- Ordenar auditorias externas y evaluar estados financieros anuales auditados y trimestrales sin auditar.

- Auditar las actividades de los Socios Liquidadores.

Page 38: Introducción a los Productos Financieros Derivados

38

Corresponde al Comité de Administración de Riesgos:

- Determinar, coordinadamente con la Bolsa los supuestos para la imposición de posiciones límites por

cliente para cada tipo de contrato de futuros y opción.

- Establecer las redes de administración de riesgos que deben funcionar en caso de incumplimiento.

- Establecer mecanismos de divulgación por los casos de incumplimiento.

Funciones y obligaciones de la Cámara de Compensación.

La Cámara de Compensación cuenta con cierto número de miembros (Socios Liquidadores), los cuales

realizan funciones relacionadas con esta. Los intermediarios que no son miembros de la cámara deben

canalizar sus operaciones con contratos de futuros y de opciones a través de un Socio Liquidador, a fin de que

sean liquidadas y compensadas a través de la cámara.

La función principal de la cámara es la de realizar un seguimiento de todas las transacciones en bolsa que han

tenido lugar durante el día, a fin de calcular la posición neta de cada uno de sus Socios Liquidadores, de tal

manera que al final del día, la cámara realice un ajuste de las ganancias y pérdidas en las posiciones de los

Socios Liquidadores y en las posiciones de los clientes de los Socios Liquidadores a fin de que se mantenga

siempre un equilibrio de la cuenta para cada contrato, en una cantidad igual a la de la aportación inicial

multiplicada por el número de contratos abiertos. De esta forma, dependiendo de las transacciones realizadas

durante el día y de los movimientos del precio, el Socio Liquidador al final del día debe añadir o retirar

aportaciones iniciales mínimas.

Para efectuar la función que tiene asignada, la Cámara de Compensación debe contar con:

- Sistemas de Compensación y Liquidación de contratos capaz de validar toda la información que le

transmiten los Socios Liquidadores respecto de los contratos negociados en Bolsa.

- Sistema que valúe diariamente, a precios de mercado las posiciones en contratos de los Socios

Liquidadores.

- Sistemas de medición de riesgo capaz de verificar la situación de los Socios Liquidadores con respecto a

su patrimonio mínimo para operar.

- Sistemas de monitoreo y revisión de las operaciones compensadas.

- Sistemas de información completa respecto de las operaciones compensadas y liquidadas.

- Mecanismos que procuren la entrega del activo subyacente de los contratos.

- Procedimientos de seguridad en caso de contingencias.

- Sistemas de divulgación en caso de incumplimiento.

- Mecanismos para vigilar la actuación de los Socios Liquidadores.

Page 39: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Asimismo, la Cámara es el organismo encargado de:

- Establecer los requisitos y procedimientos de admisión de fideicomitentes,

- Establecer las obligaciones y derechos que en la liquidación de contratos tienen tanto la propia cámara

como los Socios Liquidadores,

- Fijar, coordinadamente con la Bolsa los supuestos para la determinación de posiciones límite por cliente

para cada tipo de contrato abierto.

- Determinar la operación, cobertura y régimen de inversión del fondo compensación.

- Determinar los términos y condiciones para requerir las aportaciones iniciales mínimas, liquidaciones

diarias a socios de la Bolsa y liquidaciones extraordinarias.

- Establecer la red de seguridad que debe operar en caso de que un cliente o Socio Liquidador incumpla

con sus obligaciones.

- Someterse a la supervisión y vigilancia de la Bolsa.

- Pactar con los Socios Liquidados la intervención administrativa de la cámara en los asuntos de los Socios

Liquidadores.

- Proporcionar a las autoridades información sobre sus actividades y la de los Socios Liquidadores.

- Publicar estados financieros y presentar los resultados de las auditorías practicadas.

- Informar al público en general sobre su actuación.

Asimismo y como en caso de la Bolsa de futuros y opciones, la Cámara de Compensación es también un

órgano autorregulado del mercado, y por lo tanto se encuentra dotado de facultades reguladoras,

sancionadoras, de vigilancia y auditoría. Sin embargo, estas facultades se circunscriben a su propia actuación

y respecto de la actuación de los Socios Liquidadores en el proceso de Compensación y Liquidación de

contratos.

Implicaciones.

La cámara, a través de su reglamento interior y por medio de los manuales operativos que establezca, se

encuentra facultada para expedir y dictar normas que regulan la conducta de los Socios Liquidadores respecto

a la liquidación de los contratos. Asimismo, esta facultada para dictar las normas operacionales que juzgue

convenientes para el mejor desempeño de resolución, las cuales son de carácter obligatorio únicamente para

los Socios Liquidadores. Los procedimientos para sancionar las violaciones a las normas de autorregulación

que dicte, así como las investigaciones inherentes a estos, deberán en todo momento garantizar el derecho de

audiencia del afectado y cumplir con las formalidades esenciales establecidas en la constitución.

En cuanto a las facultades de vigilancia de auditoría, éstas se encuentran igualmente restringidas a los Socios

Liquidadores y en el caso de auditorías, estas deberán realizarse coordinadamente con la Bolsa.

Page 40: Introducción a los Productos Financieros Derivados

40

C) SOCIOS LIQUIDADORES.

Los Socios Liquidadores se definen como los fideicomisos que sean socios de la Bolsa y que participen en el

patrimonio de la Cámara de Compensación, teniendo como finalidad liquidar y, en su caso, celebrar por

cuenta de clientes, contratos de futuros y contratos de opciones operados en la Bolsa.

Los Socios Liquidadores son intermediarios capaces de liquidar a la Cámara de Compensación

constituyéndose en obligado solidario de la propia cámara, respecto de las obligaciones que esta última tenga

frente a los contratantes o clientes, en su caso, también pueden celebrar, por cuenta de clientes operaciones

con contratos de futuros y opciones.

Requisitos de constitución:

Para actuar como Socio Liquidador es necesario contar con la aprobación correspondiente de la Bolsa en que

pretendan celebrar operaciones y de la Cámara de Compensación dónde pretendan liquidarlas. Aquellos

Socios Liquidadores que sean fideicomitentes de la Cámara de Compensación únicamente deberán obtener la

aprobación de la Bolsa correspondiente.

Por su parte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, previa opinión del Banco de México y de la

Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se reserva el derecho de vetar las aprobaciones mencionadas,

cuando considere que los fideicomitentes o miembros del Comité Técnico, no cuenten con la suficiente

calidad técnica o moral para el desempeño de sus funciones, o cuando el procedimiento de aprobación no se

haya ajustado a lo establecido en los reglamentos internos de la Bolsa y Cámara de Compensación

correspondientes.

Solamente pueden ser fiduciarias de fideicomisos que tengan como fin actuar como Socios Liquidadores las

instituciones de crédito y las Casas de Bolsa debiendo, una vez obtenida la aprobación de la Bolsa y Cámara

de Compensación, enviar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público:

- Proyecto de contrato de fideicomiso.

- Plan general de funcionamiento.

- Manuales de políticas y procedimientos de operación y de liquidez.

- Informe detallado sobre los sistemas de administración y control de riesgos.

- Proyectos de contratos que utilizaran con su clientela para la celebración de operaciones con contratos de

futuros y opciones.

Si en un plazo de 60 días naturales, contando a partir de la fecha de recepción de la documentación anterior la

Secretaría de Hacienda, no ejerce su derecho de veto, el fideicomiso respectivo puede iniciar operaciones.

Page 41: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Los Socios Liquidadores constituidos por instituciones de Banca Múltiple o Casas de Bolsa para liquidar

contratos exclusivamente por cuenta de las propias Casas de Bolsa o instituciones de Banca Múltiple, deberán

contar con un solo fideicomitente.

Las instituciones de Banca Múltiple y las Casas de Bolsa que pertenezcan a un mismo grupo financiero

pueden ser fideicomitentes en un mismo fideicomiso.

Las entidades financieras que formen parte de un grupo financiero, cuya institución de Banca Múltiple o Casa

de Bolsa de la fiduciaria y fideicomitente de un Socio Liquidador de la clase a que se refiere el párrafo

anterior, pueden liquidar contratos de futuros y contratos de opciones a través de dicho Socio Liquidador,

pudiendo ser también fideicomitentes en este último, pero en ningún caso liquidarán dichos contratos través

del Socio Liquidador que liquide operaciones por cuenta de personas distintas a las instituciones de Banca

Múltiple o Casa de Bolsa que actúe con el carácter de fideicomitente y fiduciario, cuando estas últimas

pertenezcan al grupo financiero de los cuales sean integrantes tales entidades financieras.

Las instituciones de Banca Múltiple y las Casas de Bolsa podrán actuar como fiduciarias y/o fideicomitentes

en Socios Liquidadores que liquiden exclusivamente por cuenta propia (por cuenta de tales intermediarios) y,

en su caso de las entidades financieras a que se refiere el último párrafo de las disposiciones anteriores,

cuando los contratos de futuros y opciones tengan como objeto un activo subyacente sobre el cual los citados

intermediarios están autorizados a operar.

Se limita expresamente a las Casas de Bolsas a celebrar operaciones a través de Socios Liquidadores y Socios

Operadores cuando el activo subyacente sea una divisa.

Tratándose de Socios Liquidadores que actúen exclusivamente por cuenta de terceros, en términos generales

estos realizan operaciones con contratos por cuenta de personas distintas a las instituciones de crédito o Casas

de Bolsa que actúan con carácter de fiduciaria y/o fideicomitente, sin embargo, a este respecto existen varias

reglas especiales:

En todos los casos, la fiduciaria debe ser Institución de crédito o Casa de Bolsa.

Las instituciones de banca de desarrollo únicamente pueden actuar como fiduciarias en Socios Liquidadores

que liquiden operaciones por cuenta de personas distintas de ellas, independientemente del activo subyacente

objeto de los contratos.

Las instituciones de Banca Múltiple pueden actuar como fiduciarias y fideicomitentes en Socios Liquidadores

que liquiden operaciones por cuenta de personas distintas a ellas, independientemente del activo subyacente

objeto de los contratos.

Page 42: Introducción a los Productos Financieros Derivados

42

Las Casas de Bolsa pueden actuar como fiduciarias de Socios Liquidadores que liquiden operaciones por

cuenta de personas distintas a ellas cuando los contratos tengan por objeto un activo subyacente sobre el cual

estén autorizadas a operar.

Las Casas de Bolsa pueden actuar como fideicomitentes de Socios Liquidadores que liquiden operaciones por

cuenta de personas distintas a ellas, independientemente del activo subyacente objeto de los contratos.

Los intermediarios financieros pueden actuar como fideicomitentes a efecto de celebrar contratos de futuros y

opciones (en carácter de clientes), únicamente cuando los contratos tengan por objeto un activo subyacente

sobre el cuál estén autorizados a operar.

Los intermediarios financieros distintos a Casas de Bolsa e Instituciones de crédito, no podrán constituir

fideicomisos Socios Liquidadores; salvo las entidades financieras que formen parte de un grupo financiero,

cuya institución de Banca Múltiple o Casa de Bolsa sea fiduciaria y fideicomitente en un Socio Liquidador

que liquide operaciones exclusivamente por cuenta propia.

Las personas físicas y morales distintas a las anteriores podrán actuar como fideicomitentes en Socios

Liquidadores que celebren contratos sobre cualquier activo subyacente.

Funciones y obligaciones.

- Elaborar prospectos de información respecto de la clase y tipo de operaciones que líquida y en su caso

celebren.

- Obtener su inscripción en el registro de Socios Operadores y Socios Liquidadores a cargo de la Bolsa y

contar con sistema de recepción de órdenes y designación de operaciones. Las Instituciones de Banca

Múltiple o Casas de Bolsa que sean fideicomitentes de un fideicomiso que tenga como fin operar como

Socio Liquidador que celebre operaciones por cuenta propia y a la vez actúen como fiduciarias en Socios

Liquidadores que celebren operaciones por cuenta de terceros, deberán utilizar un solo sistema de

recepción de órdenes y asignación de operaciones para ambos Socios Liquidadores.

- Obtener su inscripción en el registro de Socios Liquidadores a cargo de la Cámara de Compensación.

- Entregar a la cámara las aportaciones iniciales mínimas, liquidaciones diarias a socios de la Bolsa y

liquidaciones extraordinarias a fin de procurar el cumplimiento de las operaciones en las que intervenga.

- Solicitar y devolver a los clientes las aportaciones.

- Responder solidariamente ante la Cámara de Compensación por las operaciones que realice.

- Evaluar la situación financiera de sus clientes.

- Someterse a los programas de vigilancia y auditoria de la Bolsa y de la Cámara de Compensación.

- Contar con sistemas que le permitan tener un control diario de los contratos liquidados.

Page 43: Introducción a los Productos Financieros Derivados

- Contar con sistemas de valuación diaria de contratos abiertos que mantienen en posición.

- Contar con sistemas de recolección y devolución de aportaciones.

- Elaborar boleta comprobante de cada transacción.

- Enviar estados de cuenta a sus clientes.

- Invertir los excedentes de las aportaciones iniciales mínimas en depósitos bancarios de dinero a la vista.

- Valores gubernamentales con plazo de vencimiento menor a 90 días, o reportos al referido plazo sobre

dichos títulos, así como en los demás valores que, en su caso, aprueben las autoridades.

Al igual que la cámara y en virtud de que los Socios Liquidadores se constituyen en obligados solidarios de

ésta ultima, están obligados a contar con sistemas de administración de riesgos que les permitan calcular los

movimientos diarios de los precios de los contratos que mantienen en posición, a fin de solicitar o en su caso

devolver liquidaciones diarias o liquidaciones extraordinarias a sus clientes, y con ello procurar evitar

cualquier riesgo de incumplimiento de contrato.

D) SOCIOS OPERADORES

Los Socios Operadores son socios de la Bolsa, que pueden ser personas físicas o morales y, cuya función es la

de actuar como comisionista de uno o más Socios Liquidadores en la celebración de contratos, capaces

también de celebrar operaciones por cuenta propia, actuando como cliente de un Socio Liquidador. Los

Socios Operadores no pueden participar en el patrimonio de la Cámara de Compensación.

Los Socios Operadores, son intermediarios facultados para tener acceso a las instalaciones de la Bolsa y por

tal motivo celebrar operaciones con contratos. Sin embargo al momento de liquidar dichos contratos deberán

hacerlo necesariamente a través de los Socios Liquidadores, en virtud de que no son miembros de la Cámara

de Compensación y por lo tanto esta función no les esta permitida.

Requisitos de Constitución.

Para actuar como socio operador es necesario contar con la aprobación correspondiente de la Bolsa en que

pretendan celebrar operaciones. Asimismo, deben estar inscritos en el Registro de Socios Operadores y Socios

Liquidadores a cargo de la Bolsa. La regulación relativa al mercado de derivados no establece requisitos

formales de constitución respecto a este tipo de intermediarios, así como tampoco se establece la facultad de

la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de vetar la aprobación e inscripción que realice la Bolsa. Sin

embargo, sí se establecen algunos requisitos mínimos que los Socios Operadores deben observan como lo es

el contar con un capital mínimo equivalente en moneda nacional a 100 mil unidades de inversión. Tratándose

de Socios Operadores personas físicas, deberán acreditar por cualquier medio, tener la solvencia económica y,

en su caso, con las garantías necesarias para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la

Celebración de Contratos de Futuros y Contratos de Opciones.

Page 44: Introducción a los Productos Financieros Derivados

44

Las instituciones de crédito, Casas de Bolsa y demás entidades financieras no podrán actuar directamente

como Socios Operadores, sino que deberán hacerlo a través de sociedades anónimas que constituyan para ese

único fin, ajustándose a lo establecido en las disposiciones que las rigen.

Los Socios Operadores que tengan como accionistas a instituciones de banca Múltiple y/o Casas de Bolsa que

simultáneamente sean fideicomitentes de Socios Liquidadores que liquiden y celebren contratos de futuros y

contratos de opciones, exclusivamente podrán operar como formadores de Mercado. Dicha limitante también

se observará cuando sean accionistas del socio operador, las demás entidades del grupo financiero al que

pertenezca la institución de Banca Múltiple y/o Casa de Bolsa que sean fideicomitentes de los citados Socios

Liquidadores, o bien los accionistas del mismo grupo o de las citadas entidades financieras.

Clases de Socios Operadores.

Socios Operadores que celebran operaciones por cuenta de Socios Liquidadores. (En su carácter de

comisionistas).

Socios Operadores que celebran operaciones por cuenta propia (Son clientes de los Socios Liquidadores

porque sin ellos no podrían liquidar los contratos).

Funciones y Obligaciones.

- Elaborar prospectos de información respecto de la clase y tipo de operaciones que celebran.

- Obtener su inscripción en el registro de Socios Operadores y Socios Liquidadores a cargo de la Bolsa.

- Contar con un sistema de recepción de órdenes y asignación de operaciones.

- Contar con un programa de segregación de cuentas que permitan identificar claramente las operaciones

que realice por cuenta propia de aquellas realizadas en su carácter de comisionista.

- Recibir aportaciones de sus clientes y entregarlas de inmediato al Socio Liquidador correspondiente,

estando expresamente prohibido administrarlas o mantenerlas.

- Solicitar y entregar a los clientes las liquidaciones diarias que les correspondan cuando se hayan

convenido así en el contrato de Comisión respectivo.

- Solicitar y devolver a los clientes las aportaciones.

- Responder solidariamente con el Socio Liquidador frente a la Cámara de Compensación por las

operaciones que el Socio Liquidador realice por su cuenta.

- Someterse a los programas de vigilancia y auditoria de la Bolsa.

- Contar con un sistema de recolección y devolución de aportaciones.

- Elaborar boleta comprobante de cada transacción

- Enviar estados de cuenta a sus clientes.

- Tanto los Socios Liquidadores como los Socios Operadores en los contratos que suscriban, se deberá

recabar su autorización para que la información derivada de las operaciones que se celebren por cuenta de

Page 45: Introducción a los Productos Financieros Derivados

éstos últimos pueda ser proporcionada a las Bolsas; a entidades de supervisión y regulación financiera de

otros países por conducto de las autoridades, así como a los Socios Liquidadores en los casos de

incumplimiento de contratos de futuros o contratos de opciones, cesión de contratos abiertos por cuenta

de un Socio Liquidador que lleve a cabo la Cámara de Compensación y en cualquier otro supuesto que

autorice la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Cláusulas mínimas en los contratos de intermediación suscritos por Socios Liquidadores, Socios

Operadores y Clientes.

- Adhesión de los clientes a las normas de autorregulación que expida la Bolsa.

- Características principales y uso de los sistemas de recepción de órdenes y asignación de operaciones.

- Valor probatorio de negativos.

- Prohibición a los clientes de llevar acabo indirectamente, a través de sus contratos de intermediación,

operaciones de otras personas.

- Destino de las aportaciones entregadas por el cliente a través del Socio Liquidador.

- Penas convencionales aplicables.

- Deberá consignarse en los contratos de intermediación que el monto de las penas convencionales se

destinarán a la constitución de una reserva patrimonial de la Cámara de Compensación, misma que se

aplicaría una vez agotado el fondo de compensación.

- Los contratos de intermediación se elaborarán en papel membretado del socio operador o del Socio

Liquidador en el que se contenga claramente la denominación social o nombre comercial de uno u otro, y

que deberá ser distinto al que utilicen los accionistas del socio operador o de las personas físicas que

actúen con tal carácter o bien los fideicomitentes del Socio Liquidador.

E) AUTORIDADES REGULATORIAS.

Se definen como autoridades conjuntas o indistintamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, a la

Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Publico es la dependencia del Gobierno Federal que representa la

máxima autoridad dentro de la estructura del sistema financiero, en virtud de que le corresponde, entre otros

''Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país, que comprende al Banco Central, a la

Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar servicio público de banca y

crédito '', así como ''Ejercer las atribuciones que les señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y

de organizaciones y actividades auxiliares de crédito''.

El Banco de México es la persona de derecho público y con carácter autónomo. que ejerce la función de

Banco central y cuyo objetivo es promover el sano desarrollo del sistema financiero y proporcionar el buen

funcionamiento de los sistemas de pagos. Dentro de sus funciones encontramos la de regular la emisión de

Page 46: Introducción a los Productos Financieros Derivados

46

circulante, los cambios, la intermediación y los servicios financieros, así como los sistemas de pagos, operar

como banco de reserva de las instituciones de crédito y acreditante de última instancia, prestar los servicios de

Tesorería del Gobierno Federal y actuar como agente financiero del mismo.

Por su parte, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es el órgano desconcentrado de la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público, cuyo objetivo es supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las

entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y

fomentar el sano y equilibrado desarrollo del sistema financiero en su conjunto en protección de los intereses

del público.

De lo anterior se desprende que las tres autoridades mencionadas, en el ámbito de sus respectivas

competencias, son responsables para autorizar la creación de un mercado de derivados, y por tanto deben

mantener una estrecha relación con el propósito de conservar la integridad del mismo, de tal manera que la

cooperación entre autoridades, y organismos autorregulados, permita la consecución de un mercado ordenado

y coadyuve a la transparencia del mismo.

FACULTADES ESPECIFICAS

A) SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO

Con la previa opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores se encargará de:

- Autorizar la constitución y funcionamiento de las Bolsas de futuros y de opciones.

- Autorizar la constitución y funcionamiento de la Cámara de Compensación.

- Esta facultada para vetar las autorizaciones de la Bolsa y Cámara de Compensación respecto de la

constitución de los Socios Liquidadores.

- Autorizar fideicomitentes de la Cámara de Compensación que no sean Socios Liquidadores.

- Autorización de porcentajes mayores al 5% y menores al 20% del total de acciones de la Bolsa o de

constancias de derechos patrimoniales de Cámara de Compensación.

- Revocar, escuchando la opinión de la sociedad o fideicomiso correspondiente, la autorización para actuar

como Bolsa o como Cámara de Compensación.

Todas las facultades que de manera genérica son atribuidas a las Autoridades:

-Aprobar términos y condiciones de los contratos de futuro y opciones.

-Solicitar la información y documentación a los participantes.

Page 47: Introducción a los Productos Financieros Derivados

B) SECRETARÍA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Sin necesidad de consultar previa opinión:

- Aprobar la constitución y modificaciones a estatutos de Bolsa

- Aprobar contrato de fideicomiso y modificaciones al mismo.

- Aprobar reglamento interior de Bolsa y modificaciones.

- Aprobar reglamento interior de Cámara de Compensación y modificaciones.

- Autorización para que grupos de personas vinculadas adquieran el control de Bolsas de futuros o

Cámaras de Compensación.

- Autorización para la fusión de dos o más Bolsas.

- Autorización para la transmisión del patrimonio de una Cámara de Compensación a otra u otras.

- Revocación de autorización para actuar como Bolsa y como Cámara.

C) COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES:

- Emitir normas de carácter prudencial, con la previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito

Publico y del Banco de México.

- Supervisar directamente a la Bolsa, Cámaras, Socios Liquidadores y Socios Operadores.

- Instruir a la Bolsa para suspender temporal o permanentemente operaciones.

- Designar a las personas que sustituirán al consejo de administración de la Bolsa o Comité Técnico de la

Cámara de Compensación o Socios Liquidadores, en caso de irregularidades que afecten la estabilidad o

solvencia de tales entidades.

- Aprobación de los nombramientos de consejeros, comisarios, contralor normativo, director general y

directivos de las Bolsas.

- Aprobación de nombramientos de miembros del Comité Técnico, director general y directivos de Cámara

de Compensación.

- Solicitar la remoción de los integrantes del consejo de administración, director general, comisarios,

directores, gerentes y delegados fiduciarios de las Bolsas, Cámara de Compensación, Socios

Liquidadores y Socios Operadores.

- Dictar las bases a las que se sujetara la aprobación de estados financieros y del balance general de las

Bolsas, Cámara de Compensación, Socios Liquidadores y Socios Operadores.

Page 48: Introducción a los Productos Financieros Derivados

48

-

MARCO FISCAL

DEL

MERCADO DE DERIVADOS

Page 49: Introducción a los Productos Financieros Derivados

3.1 IMPUESTOS, DERECHOS Y CONTRIBUCIONES.

Impuesto.

El impuesto es la obligación coactiva y sin contraprestación de efectuar una transmisión de valores

económicos (casi siempre es dinero) a favor del estado y las entidades autorizadas jurídicamente para

recibirlos, por un sujeto económico, con fundamentos en una ley, siendo fijadas las condiciones de la

prestación en forma autoritaria y unilateral por el sujeto activo de la obligación tributaria.

Para el código fiscal de la federación, los impuestos son las contribuciones establecidas en la ley que deberán

pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho previstas por la

misma y que sean distintas de las señaladas en la fracción 2 y 3 del artículo 2º que definen los conceptos de

aportaciones de seguridad social y derechos.

Derecho.

Es una permisión otorgada al alguien o algunos para ser u omitirse cierta conducta, con la garantía de la

protección judicial.

Contribución.

Es un ingreso fiscal ordinario del estado que tiene por objeto cubrir los gastos públicos. En México, la

fracción 4 del artículo 31 constitucional, que determina las obligaciones de los mexicanos, señala la de

contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como del estado y municipio en que resida, de la

manera proporcional y equitativa que determinen las leyes. De esta forma, las contribuciones en México

deben reunir los requisitos referidos.

3.2 REGIMEN FISCAL DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS.

Concepto de operaciones financieras derivadas.

De conformidad con el artículo 16-A del Código Fiscal de la Federación, se entiende por operaciones

financieras derivadas a las siguientes:

Aquellas que se realicen en mercados reconocidos, en las que una de las partes adquiera el derecho o la

obligación de adquirir o enajenar a futuro mercancías, acciones, títulos, valores, divisas u otros bienes a un

precio establecido al celebrarlas o a recibir o a pagar la diferencia entre dicho precio y el que tengan esos

bienes a su vencimiento.

Page 50: Introducción a los Productos Financieros Derivados

50

Aquellas, en las que realizándose en mercados reconocidos, se liquiden diferencias entre los precios, índices,

canastas de precios o tasas de interés y cuyo vencimiento dependa de las fluctuaciones qué estos tengan en el

mercado a una fecha determinada.

La enajenación en el mercado secundario de los títulos de crédito en los que se contengan las operaciones

anteriores.

Para que las operaciones financieras derivadas sean consideradas como tales, habrán de cumplir con los

requisitos que mediante reglas de carácter general, establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

respecto a los instrumentos, mercados y condiciones en las que estas se realicen.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta distingue en su artículo 7-D, entre las operaciones financieras derivadas

de deuda y de capital, conceptualizando a las primeras, como aquellas referidas a tasas de interés, títulos de

deuda y el índice de precios al consumidor, y a las de capital como aquellas operaciones referidas a otros

títulos, mercancías, divisas, canastas o cualquier otro indicador, acorde con lo que al efecto señale la

Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante disposiciones de carácter general.

En términos generales y como mencionamos, a través de disposiciones generales, la Secretaría de Hacienda y

Crédito Público determina las características de las operaciones financieras derivadas, señalando los

instrumentos, mercados y condiciones respectivas. Entre otras, se considera como operaciones financieras

derivadas de deuda a las celebradas con títulos opcionales referidos al Indice Nacional de Precios al

Consumidor en los términos de la circular 10-157 y sus respectivas bises, expedidas por la CNBV y por

operaciones financieras de capital, entre otras a las coberturas cambiarías de corto plazo y a las realizadas con

títulos opcionales referidas a acciones y canastas de acciones, así como el IPC, celebradas de conformidad

con la mencionada circular 10-157.

Respecto de los contratos de futuros y de opciones cotizadas en un mercado organizado no se menciona un

régimen fiscal expreso para dichos instrumentos. Sin embargo, la negociación de los mismos si debe

considerarse como operaciones financieras derivadas.

3.3. REGIMEN APLICABLE A PERSONAS FISICAS.

La fracción XIV del artículo 133 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta considera ingresos acumulables a los

provenientes de operaciones financieras derivadas, en el monto en que al momento de obtenerlos incremente

el patrimonio de las personas físicas.

Operaciones financieras derivadas de deuda:

Page 51: Introducción a los Productos Financieros Derivados

En términos del artículo 7-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, cuando durante la vigencia de estas

operaciones se liquiden diferencias entre los precios de títulos de deuda, el Indice Nacional de Precios al

Consumidor o de las tasas de interés a los que se encuentran referidas dichas operaciones, se considera como

interés a favor o a cargo el monto de cada diferencia y el interés acumulable o deducible se determina

restando el componente inflacionario del total de los créditos o de las deudas según se trate (Art. 7-B de la

LISR).

Cuando en estas operaciones se hubiere percibido o pagado una cantidad para celebrarlas o adquirir el

derecho u obligación a participar en ella, esta deberá ser sumada o restada a la última liquidación para

determinar el interés a favor o a cargo sin actualización (Art. 7-A, de la LISR).

En las operaciones en las que no se liquiden diferencias durante su vigencia, el interés acumulable o deducible

es el que resulte de conformidad con los supuestos señalados en lo referente a operaciones financieras

derivadas de capital, sin que se calcule el componente inflacionario de los créditos y deudas originadas en

tales operaciones.

Las Casas de Bolsa, instituciones de crédito y, en general, las personas que efectúen los pagos por concepto

de estás operaciones, están obligadas a retener como pago provisional el 15% sobre el interés o la ganancia

acumulable de la operación, proporcionando constancia de la retención efectuada.

Los contribuyentes están obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales, que se determinarán aplicando

la tarifa que corresponda según lo previsto en el segundo párrafo del artículo 86 de la Ley del Impuesto Sobre

la Renta, a la diferencia que resulte de disminuir en las ganancias del trimestre, las pérdidas del periodo.

Las ganancias que se obtengan deberán acumularse en la declaración anual, pudiendo disminuir las pérdidas

generadas en dichas operaciones financieras derivadas, por el ejercicio que corresponda y hasta por el límite

de las ganancias ( Art. 135 de la LISR).

Operaciones Financieras Derivadas de Capital.

De conformidad con el artículo 135-A, en estas operaciones la ganancia acumulable o la pérdida deducible se

determina en atención a la forma de liquidación de la operación, como sigue:

En efectivo, se considera ganancia o pérdida, según se trate, a la diferencia entre la cantidad final que se

perciba o entregue como consecuencia de la liquidación o, en su caso, de los derechos u obligaciones y de la

cantidad inicial que se haya percibido o pagado al celebrar la operación.

En especie, se considera que los bienes objeto de la operación se enajenan o adquieren, según sea el caso, al

precio percibido pagado al celebrar la operación.

Page 52: Introducción a los Productos Financieros Derivados

52

Enajenación de derechos u obligaciones consignados en los títulos o contratos en que se documente la

operación, antes de su vencimiento, se considera como ganancia o pérdida a la diferencia entre la cantidad que

se perciba por enajenación de la cantidad inicial que, en su caso, se haya pagado por su adquisición.

El no ejercer los derechos u obligaciones consignados en el título o contrato en que conste la operación, en

este caso se considera como ganancia o pérdida la cantidad que se perciba por la enajenación y la cantidad

inicial pagada o percibida al concertar la operación.

Cuando lo que se quiera sea el derecho u obligación de celebrar una de estas operaciones, la ganancia o

pérdida se determinará en términos de los incisos anteriores hasta la fecha de liquidación, adicionando, en su

caso, la cantidad inicial recibida o pagada, y

Las diferencias durante su vigencia, se consideran como ganancia o pérdida en cada liquidación, el monto de

la diferencia liquidada.

Las Casas de Bolsa, instituciones de crédito y, en general, las personas que efectúen los pagos por concepto

de estas operaciones están obligadas a retener como pago provisional el 15% sobre el interés o la ganancia

acumulable de la operación, proporcionando constancia de la retención efectuada.

Las contribuyentes están obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales, que se determinarán

aplicando la tarifa que corresponda según lo previsto en el segundo párrafo del artículo 86 de la Ley de

Impuesto Sobre la Renta, a la diferencia que resulte de disminuir a las ganancias del trimestre, las pérdidas del

periodo.

Las ganancias que se obtengan deberán acumularse en la declaración anual, pudiendo disminuirlas con las

pérdidas generadas en dichas operaciones financieras derivadas, por el ejercicio que corresponda a ellas por el

importe de las ganancias (Art. 135 de la LISR).

3.4 REGIMEN APLICABLE A PERSONAS MORALES.

Operaciones financieras derivadas de deuda.

La fracción X del artículo 17 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, considera ingresos acumulables a los

intereses y a la ganancia inflacionaria en términos del artículo 7-B de la propia ley, y como se ha señalado, a

las operaciones financieras derivadas de deuda se les da el tratamiento de ingresos por intereses.

Las Casas de Bolsa, instituciones de crédito y, en general, las personas que efectúen los pagos por concepto

de estas operaciones, están obligadas a retener como pago provisional del 1.7% sobre el interés o la ganancia

acumulable de la operación, proporcionando constancia de la retención efectuada.

Page 53: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Las personas morales deberán acumular este ingreso para efectos de su declaración anual, en la cual podrá

acreditar el monto ya retenido.

Operaciones financieras derivadas de capital.

La ganancia acumulable o pérdida deducible, en estas operaciones se determina de conformidad con el

artículo 18-A de la ley del Impuesto Sobre la Renta, acumulando los ingresos a la declaración anual, con la

obligación de presentar pagos provisionales mensuales.

3.5 REGIMEN APLICABLE A OPERACIONES CELEBRADAS CON RESIDENTES EN EL

EXTRANJERO.

De conformidad con la fracción VIII del artículo 162 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se consideran

ingresos para los residentes en el extranjero, los provenientes de operaciones financieras derivadas.

Operaciones financieras de deuda:

El artículo 154 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, considera que la fuente de riqueza se encuentra en

territorio nacional cuando las operaciones que nos ocupan se celebren respecto de créditos o instrumentos por

los que se deriven ingresos por intereses, los cuales se encuentran gravados a una tasa del 15% o bien de

4.9%, siempre que la institución que los reciba se encuentre inscrito para tales efectos, ante la Secretaría de

Hacienda y Crédito Público.

Por lo que respecta a las operaciones celebradas por extranjeros con residencia en el país, referidas a títulos de

deuda colocados entre el gran público inversionista, a través de la Miscelánea fiscal, la Secretaría de Hacienda

y Crédito Público estableció una tasa del 15% o del 4.9% según corresponda, por los ingresos por intereses

que se obtengan, excepto en enajenación de valores a cargo del gobierno federal inscritos en el registro

Nacional de Valores e Intermediarios, resultado de la liquidación en especie de las operaciones de que se

trate, los cuales se encuentran exentos, siempre que la suma de la prima y el precio de ejercicio no exceda el

valor de mercado.

Operaciones financieras derivadas de capital.

El artículo 151-B de la Ley de Impuesto Sobre la Renta considera que en este supuesto la fuente de riqueza se

encuentra en territorio nacional cuando dichas operaciones se celebren con acciones o títulos valor que

representen la propiedad de bienes, siempre que sean residentes en México las personas que los emitan o que

Page 54: Introducción a los Productos Financieros Derivados

54

su valor contable provenga en más de un 50% de bienes inmuebles ubicados en el país, gravando dichas

operaciones a una tasa del 20% sin deducción.

3.6 TRATAMIENTO FISCAL DE LAS COBERTURAS CAMBIARIAS Y OPERACIONES CON

DIVISAS.

Las operaciones financieras derivadas referidas a divisas son consideradas como operaciones financieras de

capital, con fundamento en los artículos 16-A del Código Fiscal de la Federación y 7-D de la Ley del

Impuesto sobre la Renta, por lo que el régimen aplicable a los contratos de compraventa a futuro de dólares de

los E.U.A., contra pesos mexicanos y de opciones de compra o venta de los mencionados dólares, cuando

sean negociados en algún mercado reconocido, es el siguiente:

Personas Morales.

Los ingresos obtenidos por estos conceptos se acumulan a los demás de las personas morales, sin retención

alguna. El interés acumulable o la pérdida deducible se determinan en términos del Artículo 18-A de la Ley

del Impuesto Sobre la Renta, teniendo la obligación de realizar pagos provisionales mensuales de

conformidad con el artículo 12 de la mencionada Ley.

Personas Físicas.

La fracción XIV del artículo 133 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta considera ingresos acumulables a los

provenientes de operaciones financieras derivadas en el monto en que al momento de obtenerlos, incremente

el patrimonio de las personas físicas.

De conformidad con el artículo 135-A, de la mencionada ley, en estas operaciones la ganancia acumulable o

la pérdida deducible se determina en atención a la forma de liquidación de la operación, como sigue:

La fracción II del artículo 18-A, dispone que cuando una operación se liquide con entrega de divisas, se

considera que los bienes objeto de la operación se enajenaron o adquirieron según sea el caso, el precio

recibido o pagado en la liquidación adicionando la cantidad inicial que se haya pagado o recibido por la

celebración de la operación.

Compraventa de dólares a futuro:

Page 55: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Dado que estas operaciones se liquidan en especie, sin que exista cantidad inicial alguna para su celebración,

el intermediario financiero de que se trate deberá considerar como interés la cantidad que éste obligado a

entregar en la fecha de liquidación al comprador, la cual se obtendrá de multiplicar el monto de referencia por

tipo de cambio pactado.

Opciones de compra ó de venta de dólares:

En el momento de que este tipo de opciones se ejerza en la fecha de ejercicio concertada, el interés o pérdida

se determinara en términos del artículo 18-A de la Ley del Impuestos Sobre la Renta, adicionando o

sustrayendo la cantidad inicial pagada (prima), actualizada por el periodo, a la cantidad que el vendedor

entregue como producto del ejercicio de la opción de que se trate.

Por lo que respecta a aquellas opciones que no sean ejercidas, extinguiéndose el derecho del comprador de la

opción, se considera como ganancia o pérdida la cantidad inicial que, en su caso, se haya percibido o pagado

por la celebración de dicha operación, actualizada por el periodo de que se trate.

Los intermediarios financieros que efectúen los pagos por concepto de estas operaciones, están obligadas a

retener como pago provisional el 15% sobre el interés o la ganancia acumulable de la operación, debiendo

proporcionar constancia de la retención efectuada.

Los contribuyentes están obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales, que se determinarán aplicando

la tarifa que corresponda, a la diferencia que resulte de disminuir las ganancias del trimestre.

Las pérdidas del periodo contra el impuesto a su cargo podrá acreditar el impuesto que se les hubiere retenido

en el periodo de que se trate.

Las ganancias que se obtengan deberán acumularse en la declaración anual pudiendo disminuirlas con las

pérdidas generadas en dichas operaciones financieras derivadas, por el ejercicio que corresponda y está por el

importe de las ganancias.

En el caso de operaciones con contratos de futuros y opciones de compra o venta de dólares, así como de

coberturas cambiarías de corto plazo, éstas no se encuentran gravadas respecto del impuesto sobre la renta al

no colocarse en el supuesto de fuentes de riqueza en territorio nacional, de conformidad con los artículos 151

y 151-B de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La causación del impuesto referido se aplica a los ingresos obtenidos por residentes en el extranjero, sólo

cuando las operaciones de que se trate se celebren referidas a acciones o títulos valor que representen la

Page 56: Introducción a los Productos Financieros Derivados

56

propiedad de bienes, siempre que sea residente en México la persona que los emita o que el valor contable de

dichas acciones provenga en más del 50% de bienes inmuebles ubicados en el país.

3.7 MERCADOS RECONOCIDOS.

De conformidad con las reglas de carácter general de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,

expresamente en las resoluciones que establecen reglas de carácter general aplicables a los impuestos y

derechos federales, excepto a los relacionados en el comercio exterior, a partir de 1994 a la fecha, se ha

considerado como mercados reconocidos a los siguientes:

La Bolsa Mexicana de Valores.

Las Bolsas de Valores de los sistemas de cotización, que cuenten con autorización para operar como tales,

de conformidad con las leyes aplicables del país en el que se encuentren.

Cuando alguna de las partes sea un Banco o Casa de Bolsa residente en México o residente en el extranjero

para efectos fiscales, con autorización para operar como tal, de conformidad con las leyes aplicables en el país

de residencia y siempre que el residente en el país que intervenga en la operación cumpla con lo siguiente:

Proporcione a la autoridad fiscal, en caso de que le sea requerida, la documentación necesaria para acreditar la

identidad de las personas con las que celebró la operación financiera derivada correspondiente y, en su caso,

el interés existente entre las mismas, de acuerdo con lo previsto en fracción XX del artículo 25 de la Ley

Impuestos Sobre la Renta.

Cuente con la documentación necesaria para demostrar que las operaciones de que se trate, se realicen en

términos y condiciones similares a los que hubieran pactado en transacciones independientes, con o entre las

partes, sin interés relacionado y bajo condiciones similares, y proporcione dicha documentación a la autoridad

en caso de que le sea solicitada.

Conservar la documentación necesaria para acreditar las cantidades que, directa o indirectamente, se paguen o

perciban por motivo de la operación celebrada.

Page 57: Introducción a los Productos Financieros Derivados

RÉGIMEN FISCAL PARA OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS CONCERTADAS

EN MEXDER, (MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS, S.A. DE C.V.).

Contrato de

Futuros

Ganancias o

pérdidas

consideradas

para fines

fiscales

Retención por parte del socio liquidador de

posición de terceros

Personas

Físicas con

actividad

empresarial

Personas

Morales

Personas

Físicas Extranjeros

DIVISAS

(DEUA.- Dólar

de los Estados

Unidos de

América)

Operaciones

financieras

derivadas

Capital.

Exentas de

retención

Exentas

de

retención

Retención

del 15%

mensual *

Exentos de

retención.

ÍNDICES

(IPC.- Índice de

precios y

cotizaciones)

Operaciones

financieras

derivadas

Capital.

Exentas de

retención

Exentas

de

retención

Exentas

de

retención

Exentas de

retención

TASAS

(CT91.-

Certificados de

la Tesorería a

91 días

TI28.- Tasa

interbancaria de

equilibrio a 28

días)

Operaciones

financieras

derivadas de

deuda.

Exentas de

retención

Exentas

de

retención

Retención

del 15%

mensual *

Retención del 4.9% sobre las ganancias devengadas diariamente, si residen en un país con el cual México mantiene un tratado vigente para evitar doble tributación. Retención del 15% para los demás extranjeros.

ACCIONES

(BNCO, CMXC,

FEMD, GCAA

GFBO, TMXL)

Operaciones

financieras

derivadas

Capital.

Exentas de

retención.

Exentas

de

retención.

Exentas

de

retención.

Exentas de

retención.

NOTA: La retención la lleva a cabo el Socio Liquidador por posición de Terceros sobre el

resultado mensual de enfrentar ganancias y pérdidas realizadas sobre estas clases gravables, de

conformidad con el numeral 3.4.3 de la Resolución Fiscal Miscelánea para 1999 publicada el 3 de

marzo.

Page 58: Introducción a los Productos Financieros Derivados

58

REGIMEN FISCAL APLICABLE A LOS USUARIOS DE CONTRATOS DE FUTURO LISTADOS

EN MEXDER, (MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS, S.A. DE C.V).

El régimen fiscal aplicable a las operaciones que celebren los participantes de este mercado,

básicamente se encuentra en función a dos variables: la personalidad o perfil fiscal del

participante - incluyendo su residencia y el tipo de operaciones o contratos sobre los cuales

participa en MexDer:

La personalidad o perfil fiscal del participante, se refiere a si se trata de empresas o

individuos, y si su residencia es en territorio nacional o en el extranjero, pudiendo

clasificarlos en:

Empresas (personas morales) o individuos reconocidos por las autoridades fiscales

mexicanas como Personas Físicas con actividad empresarial, ambos con residencia efectiva

en México,

Individuos (personas físicas sin actividad empresarial) residentes en México.

Extranjeros (personas físicas o morales), no residentes en México.

El tipo de contratos sobre los cuales celebraron operaciones de compra o venta de

contratos de Futuros en MexDer, clasificando éstos para fines Fiscales en aquéllos del tipo:

2.1 Deuda, entendiendo por éstos, aquéllos contratos que se encuentran referidos a

tasas de interés, títulos de deuda o el índice de precios al consumidor entre otros. A las

ganancias resultantes sobre derivadas de este tipo, las autoridades fiscales las asimilan

a intereses a favor o en contra en el caso de pérdidas.

2.2 Capital, que incluye aquéllos contratos cuyo subyacente se refiere al precio de

divisas, títulos accionarios, canastas o índices sobre títulos accionarios y mercancías,

entre otros. A las resultantes en este tipo de derivadas, las autoridades fiscales las

asimilan a ganancias o pérdidas en su caso.

Actualmente, en MexDer se encuentran listados diferentes contratos de Futuros:

Divisas.

Dólar de los Estados Unidos de América (DEUA).

Índices.

Precios y Cotizaciones (IPC) de la Bolsa Mexicana de Valores.

Page 59: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Tasas.

Certificados de la Tesorería de la Federación - Cetes - a 91 días

(CT91)

Tasa Interbancaria de Equilibrio - TIIE - a 28 días (TI28)

Acciones Individuales.

Cementos Mexicanos, S.A. de C.V. CEMEX CPO (CMXC)

Fomento Económico Mexicano, S.A. de C.V. FEMSA UBD (FEMD)

Grupo Carso, S.A. de C.V. GCARSO (GCAA)

Teléfonos de México, S.A. de C.V. (TMXL)

Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V. GFB (GFBO)

Grupo Financiero Banamex-Accival, S.A. de C.V. BANACCI O (BNCO)

Los participantes que celebren de ciertas OFD, van a estar ya sea exentos o sujetos a

retenciones de tipo fiscal sobre las resultantes de las mismas por parte del Socio Liquidador

(Fideicomiso) con el cual se adhirió, dependiendo del perfil fiscal, residencia y clase operada.

Con el fin de auxiliar al lector en el entendimiento de las implicaciones fiscales que se generan

en la celebración de OFD en MexDer, a continuación se muestra un cuadro que presenta las

retenciones que se efectuarán por parte del Socio Liquidador sobre los intereses o ganancias

que se deriven de dichas operaciones.

Nota: NO, significa que no se instrumenta retención alguna.

Page 60: Introducción a los Productos Financieros Derivados

60

Personalidad del cliente

(Perfil Fiscal)

OPERACIONES FINANCIERAS DERIVADAS DE

CAPITAL DEUDA

INDICES

IPC

ACCIONES

CMCX, FEMD,

GCAA, TMXL,

GFBO, BNCO

DIVISAS

DEUDA

TASA

TI28, CT91

1 Persona moral o persona física

con Actividad Empresarial.

NO

NO

NO

NO

2 Personas físicas residentes en

México, sujetos a un 15% de

retención sobre la resultante de

compensar ganancias v.s. las

pérdidas realizadas acumuladas

en el mes, sobre Derivadas en

Divisas y otras OFD de Deuda.

NO

SI

NO

SI

3 Extranjeros – no residentes en

México - sujetos a un % de

retención basado en el país o

jurisdicción de residencia, y solo

sobre el monto de los Intereses a

favor acumulados sobre derivadas

de Deuda.

NO

NO

NO

SI

En adición, es importante mencionar que las personas físicas residentes en México que celebren

este tipo de operaciones, deberán presentar declaraciones trimestrales de pagos provisionales a

cuenta del Impuesto Sobre la Renta anual durante los meses de abril, julio, octubre y enero del

siguiente año. Adicionalmente deberá presentar su declaración anual utilizando el formato que

al respecto publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para ingresos adicionales a la

percepción de salarios.

Esta información sólo pretende dar un panorama muy general de las implicaciones fiscales que

se generan por este tipo de inversiones, por lo que el cumplimiento y la aplicación de las

disposiciones fiscales correspondientes es absoluta responsabilidad del inversionista en función

a la asesoría especializada que en su caso decida contratar.

Page 61: Introducción a los Productos Financieros Derivados

CRITERIOS CONTABLES

PARA

I N S T R U M E N T O S

F I N A N C I E R O S

DERIVADOS

Boletín C – 2

y

Boletín B-5

Page 62: Introducción a los Productos Financieros Derivados

62

4.1.1 INTRODUCCIÓN.

La Comisión de Principios de Contabilidad (C.P.C.) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos

(I.M.C.P.), emitió para su revisión el Boletín C- 2 “Instrumentos Financieros “, el cual será de aplicación

obligatoria a partir del 1° de enero del año 2000. El plazo para recibir comentarios venció el 31 de julio de

1999. Al mismo tiempo la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (C.N.B.V.) emitió los criterios contables

obligatorios para Bancos y Casas de Bolsa, de los que se desprende el Boletín B-5 “Instrumentos Financieros

Derivados”.

Los Boletínes vinieron a cubrir un faltante fundamental en los Principios de Contabilidad Generalmente

Aceptados en México (P.C.G.A.), ya que la normatividad existente al respecto, contenida básicamente en el

Boletín C – 1 “Efectivo e Inversiones Temporales”, establece en forma escueta lo siguiente:

• Define las inversiones temporales como valores negociables u otros instrumentos de inversión

convertibles en efectivo en el corto plazo.

• Señala que los valores negociables, son los que cotizan en bolsas de valores o son operados por el sistema

financiero y deben ser valuados a su valor neto de realización.

• Qué las inversiones en otros instrumentos se deben de valuar a su costo de adquisición más los

rendimientos generados o su valor neto estimado, el que sea menor.

• Que los rendimientos sobre inversiones deben reconocerse en resultados conforme se devengan.

• Establece las reglas de presentación.

De lo anterior se puede concluir, que estas disposiciones son insuficientes para el registro, valuación y

presentación de los instrumentos financieros en la información de las empresas, a la evolución que se ha

observado en las necesidades de financiamiento e inversión de los participantes de la economía, que han

resultado en el diseño y operación de instrumentos financieros cada vez más flexible y en consecuencia más

complejos entre los que se encuentran los Productos Financieros Derivados.

En el ámbito internacional, la problemática señala ha sido estudiada por el International Accounting Standards

Board (F.A.S.B.) de los estados Unidos de América, quienes en años recientes emitió sus disposiciones de

normas Internacionales de Contabilidad (N.I.C.) 32 “Instrumentos Financieros: presentación y revelación” y

el F.A.S. 115 “Accounting for Certain Investments in Debt and Equity Securities” y el F.A.S. 119” Disclosure

about Derivative Financial Instruments and Fair Value of Financial Instruments: Recognition and

Measurement”, que entrará en vigor el 1° de enero de 2001, aun cuando se permite su aplicación anticipada.

Una de las tendencias internacionales ha preparado el proyecto del Boletín C-2 el cual, en forma resumida,

contempla lo siguiente:

Page 63: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Establecer las reglas generales de valuación, presentación y revelación en la información financiera que deben

seguir los emisores o inversionistas financieros, entre éstas, las condiciones que se deben cumplir para poder

compensar activos y pasivos financieros.

Se establece que son objeto de este Boletín, temas como cuentas por cobrar, otros pasivos, inversiones en

subsidiarias y asociadas, obligaciones laborales, planes de opción de acciones, inversiones conjuntas (joint

ventures) y arrendamientos.

El proyecto de boletín incluye diversas definiciones relacionadas con los instrumentos financieros como

primarios, derivados (opciones, futuros, forwards, swaps, implícitos) valor razonable (fair value), costo de

adquisición, valor de mercado, instrumentos conservados a vencimientos, con fines de negociación y

disponibles para su venta, riesgo, riesgo de mercado (cambiario, de tasa de interés, de precio) riesgo de

crédito, riesgo de liquidez, riesgo de flujo de efectivo y transacción de cobertura.

Se establece como regla general que los instrumentos financieros deben valuarse a su valor razonable “fair

value”, excepto aquellos clasificados como conservados hasta su vencimiento, los cuales deben ser valuados a

su costo de adquisición.

Se considera que cuando existe un valor de mercado para una transacción en libre competencia, es un valor

razonable. De no existir el valor de mercado, se deberán utilizar determinadas técnicas para establecer el valor

razonable (modelos técnicos de valuación reconocidos en el ámbito financiero, respaldados por información

suficiente, confiable y comprobable).

Los efectos por la valuación deberán reconocerse en los resultados del periodo; los costos y rendimientos de

los instrumentos financieros se tienen que reconocer en resultados conforme se devengan.

De existir deterioro en la capacidad de pago del emisor, el quebranto esperado debe de reconocerse en los

resultados.

Con relación a los instrumentos financieros que son conservados hasta su vencimiento, se establece que de

tener un derivado implícito, este último, se debe de separar y valuarse a su valor razonable.

Los pasivos por instrumentos financieros de deuda deben de registrarse al valor de la obligación que

representan y los gastos relacionados con su emisión deberán amortizarse en la vida de la misma con base en

el saldo insoluto.

Las operaciones con fines de cobertura y los derivados implícitos, se valuarán con el mismo criterio llevado a

los activos o pasivos cubiertos, aplicando a resultados los efectos de valuación.

Page 64: Introducción a los Productos Financieros Derivados

64

Los activos y pasivos resultantes de instrumentos financieros, deben registrarse en el balance general.

Se presentarán como inversiones temporales (circulante) los que tienen vencimiento menor a un año y que

cotizan en mercados de valores, las inversiones clasificadas en disposiciones para la venta y con fines de

negociación, así como la porción de los instrumentos financieros que se mantendrán hasta su vencimiento con

plazo menor a un año deben clasificarse como activos circulantes.

Se clasificarán como activos no circulantes, las inversiones en instrumentos financieros relacionados con la

adquisición de activos no circulantes o la amortización de pasivos a largo plazo, las clasificaciones como

retenidas a vencimiento cuando éste sea superior a un año, instrumentos de capital y derivados no cotizados

en mercados de valores.

En lo referente al pasivo, se presentarán como circulantes los instrumentos financieros emitidos a plazo

menor a un año y la porción de emisiones a plazo mayor que se liquidarán en el siguiente año.

Los activos y pasivos financieros, se deberán compensar y presentar en un importe neto en el balance cuando

se tiene el derecho contractual de compensar ambos importes, que se puedan liquidar sobre una base neta o la

intención de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente. Cuando los activos y pasivos financieros

son de la misma naturaleza, tienen el mismo lazo, liquidándose simultáneamente.

El proyecto del Boletín establece, que las condiciones anteriores no se satisfacen, cuando:

Se usan varios instrumentos financieros con características diferentes para lograr efectos que se tendrían con

un solo instrumento.

Cuando los activos y pasivos financieros se originan por diferentes contrapartes.

Cuando los pasivos sólo garantizan los pasivos financieros.

Cuando un deudor entregue activos a un fideicomiso para el plazo de obligaciones, sin que el acreedor haya

aceptado los activos financieros

Los activos y pasivos financieros involucrados en operaciones de cobertura deben de presentarse en el balance

general, neto por el importe de los activos y pasivos cuyos riesgos se estén cubriendo.

Se establecen como revelaciones mínimas respecto a los instrumentos financieros, las siguientes:

Políticas contables

Base de valuación y en su caso descripción de las valuaciones técnicas del valor razonable.

Criterios para el registro y presentación de resultados.

Page 65: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Criterios y bases utilizados para el reconocimiento de quebrantos.

Otras revelaciones

Políticas de administración de riesgos establecida por la entidad.

Características de los instrumentos financieros, fechas de vencimiento, tasas promedio de rendimiento y tipo

de riesgos que generan los instrumentos financieros.

También se deberá proporcionar el detalle suficiente de los instrumentos principales.

Clasificación a corto y largo plazo.

Conservados al vencimiento.

Activos y pasivos financieros compensados y sus características.

Descripción de instrumentos derivados.

Se propone que la vigencia se inicie a partir del 1° de enero del año 2000, recomendándose su aplicación

anticipada.

Las reglas del boletín son aplicables a todos los instrumentos financieros incluyendo aquellos contratos con

fecha anterior a la aplicación inicial de este Boletín.

Si se hubiese aplicado normatividad supletoria y reconocido instrumentos financieros como disponibles para

la venta, el efecto de valuación registrado en el capital contable, deberá reconocerse en los resultados del

ejercicio.

Por lo que a continuación se presentan los boletines C-2 y B-5, tal y como se han presentado para su

auscultación.

Page 66: Introducción a los Productos Financieros Derivados

66

Boletín C –2

4.1.2. ANTECEDENTES

Las necesidades de financiamiento e inversión y de administración de riesgo que tienen los

participantes de la economía; han originado que se cree una amplia gama de instrumentos que permitan

satisfacer dichas necesidades con flexibilidad. La emisión de instrumentos que satisfagan el requisito

de cubrir las necesidades de los usuarios y que a la vez sean flexibles obliga a que se tengan que

combinar diversos instrumentos financieros que hace compleja su valuación, presentación y revelación

en la información financiera.

1

4.1.3. OBJETIVO

El objetivo del presente Boletín es establecer las reglas generales de valuación, presentación y

revelación en la información financiera que debe seguir los inversores de o inversionistas en

instrumentos financieros.

2

4.1.4. ALCANCE

El alcance del presente Boletín es el siguiente:

Definir los conceptos y elementos relativos a instrumentos financieros.

Establecer las reglas generales de valuación de los instrumentos financieros.

Señalar las condiciones que deben cumplirse para compensar activos financieros y pasivos financieros.

Establecer las reglas de presentación y revelación de los instrumentos financieros en la información

financiera.

3

No es objeto de este Boletín, el tratamiento de:

a) Las cuentas y documentos por cobrar y/o por pagar provenientes de las actividades comerciales de

las entidades, las cuales se tratan conforme a lo señalado en el Boletín C-3, Cuentas por Cobrar y

el Boletín C-9, Pasivos.

b) La inversión en acciones de subsidiarias, asociadas y otras inversiones permanentes en acciones,

según se definen en el Boletín B – 8 “Estados Financieros Consolidados y Combinados y

Valuación de Inversiones Permanentes en Acciones”

c) Las obligaciones laborales de los patrones y las derivadas de planes para beneficios de cualquier

tipo posteriores al empleo, incluyendo beneficios por retiro según se describe en el Boletín D – 3

Obligaciones laborales.

4

Page 67: Introducción a los Productos Financieros Derivados

d) Las obligaciones de los patrones derivadas de planes de opción de acciones otorgados a los

empleados y planes de compra de acciones.

e) Las obligaciones que se originan por contratos de seguros tal como se explica en el párrafo 5.

f) Participación en el capital contable de negocios conjuntos, según se definen en la Norma

Internacional de Contabilidad NIC – 31, Informes Financieros de los intereses en Negocios

Conjuntos.

g) Derechos y obligaciones derivadas de los contratos de arrendamientos financieros y de

arrendamiento operativo, tal como se define y regulan en el Boletín D – 5 Arrendamientos.

h) Derechos y obligaciones derivadas de contratos de compra - venta y suministro de activos físicos

tales como Inventarios, inmuebles, maquinaria y equipo, así como de activos intangibles y pagos

anticipados relacionados con patentes y marcas, publicidad, comisiones, etc. Siempre y cuando no

den origen a recibir un activo financiero según se define en el párrafo 9.

Para propósito de lo establecido en el inciso e) del párrafo anterior, los contratos de seguros a excluir

del alcance de este Boletín, se definen como contratos que protegen al asegurado y exponen al

asegurador riesgos identificados de pérdidas por sucesos o circunstancias que ocurran o se descubran

en un periodo establecido como por ejemplo: La muerte, enfermedad, incapacidad, daño a la

propiedad, lesiones a terceros e interrupción del negocio. Sin embargo, las reglas de este boletín si se

aplican a aquellos instrumentos financieros que adoptan la forma de contrato de seguros y se utilizan

fundamentalmente para administrar el riesgo según se define en el párrafo 30.

5

Las reglas de los boletines de la serie C sobre partidas especificas del balance general y las del Boletín

B – 10 reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera, prevalecen y en su

caso las partidas relativas deberán complementarse en su tratamiento de valuación, presentación y

revelación con lo indicado en este Boletín.

6

Aunque con base al párrafo 4, esta norma no se aplica a la inversión de una empresa en subsidiarias o a

la participación en negocios conjuntos, sí se aplica a todos los instrumentos financieros, incluidos en

los estados financieros consolidados sin importar si dichos instrumentos son poseídos o emitidos por la

tenedora o una subsidiaria.

7

4.1.5. DEFINICIONES

Los siguientes términos se usan en el Boletín con los significados que se especifican.

Un instrumento financiero es cualquier contrato que de origen tanto a un activo financiero de una

entidad como a un pasivo financiero o instrumento de capital de otra entidad.

8

Page 68: Introducción a los Productos Financieros Derivados

68

Un activo financiero es cualquier activo que sea:

Efectivo.

Un derecho contractual para recibir de otra entidad efectivo u otro activo financiero.

Un derecho contractual para intercambiar instrumentos financieros con otra entidad que fundamentada

se espera que darán beneficios futuros y controlados por la entidad.

Unos instrumentos de capital de otra entidad.

9

Un pasivo financiero es cualquier compromiso que sea una obligación contractual para entregar

efectivo y otro activo financiero a otra entidad, o intercambiar instrumentos financieros con otra

entidad cuando existe un alto grado de posibilidad de que se tenga que dar cumplimiento a la

obligación.

10

Instrumentos Financieros de Deuda. Son contratos celebrados para satisfacer las necesidades de

financiamiento temporal en la entidad emisora y se puede dividir en:

Instrumentos de deuda que pueden ser colocados a descuento sin cláusulas de interés. Para los efectos

de este Boletín la diferencia entre el costo neto de adquisición y el monto al vencimiento del mismo

representa intereses.

Instrumentos de deuda con cláusula de interés, los cuales pueden colocarse con un premio o descuento.

Dichos premios o descuentos forman parte de los intereses por los efectos de este Boletín.

11

Instrumentos de Capital. Es cualquier contrato, documento o titulo referido a un contrato, que

evidencie la participación en el capital contable de una entidad. Estos instrumentos financieros pueden

ser utilizados y mantenidos por sus tenedores, para efectos de control y participación en la emisora, o

bien, pueden utilizarse para generar ganancias por sus cambios de valor en el tiempo. Solo en este

último sentido es cuando los instrumentos de capital están sujetos a las reglas de este Boletín.

12

Instrumentos Financieros Combinados. Son instrumentos que implican el uso de un instrumento

financiero de deuda junto con un instrumento de capital.

13

Los instrumentos financieros pueden clasificarse en:

Instrumentos financieros primarios representados por los instrumentos financieros de deuda e

instrumentos de capital.

Instrumentos financieros derivados representados por contratos que se celebran con el objeto de crear

derechos y obligaciones a las partes que intervienen en los mismos y cuyo único propósito es transferir

14

Page 69: Introducción a los Productos Financieros Derivados

entre dichas partes uno o más de los riesgos asociados con un bien o valor subyacente. Los

instrumentos derivados no crean la obligación de transferir la propiedad del bien o valor subyacente al

inicio del contrato y dicha transferencia no necesariamente se da el término del contrato.

Los instrumentos financieros derivados básicos que existen actualmente son:

Opciones.

Futuros y Forwards.

Swaps.

15

Las opciones son contratos que confieren el derecho de comprar o vender un bien a un precio

determinado en una fecha definida o dentro de un periodo de tiempo determinado cambio del pago de

una prima. Cuando el derecho que se adquiere es de vender, la opción se conoce como Put. Cuando el

derecho que se adquiere es de comprar, la opción se conoce como Call.

16

Los futuros son contratos que obligan a las partes a intercambiar un bien o un valor en una cantidad,

calidad y precio preestablecido en una fecha futura. Los futuros operan con términos estandarizados,

tienen mercado secundario y requieren del establecimiento obligatorio de colaterales.

17

Los forwards (contratos de precio adelantado) son futuros que se operan en forma privada por lo que

no tienen un mercado secundario y el establecimiento de colaterales es negociable entre las partes.

18

Los Swaps son contratos mediante los cuales se establece la obligación bilateral de intercambiar flujos

de efectivo en fechas futuras preestablecidas, sobre un valor de referencia (conocido como Notional

Amout).

19

Los derivados implícitos (embediled derivatives), son aquellos componentes de un contrato que en

forma explícita no pretenden originar un instrumento financiero derivado por sí mismo, pero que los

riesgos implícitos generados o cubiertos por esos componentes difieren en sus características

económicas y riesgos de los de dicho contrato.

20

Reconocimiento. Es la incorporación de los efectos de las transacciones y otros eventos cuantificables

en los estados financieros, que incluye la transacción inicial y sus cambios en periodos posteriores,

provenientes de eventos económicos o derivado de las consecuencias del paso del tiempo.

21

Valor Razonable. (fair value). Es la cantidad por la cual puede intercambiarse un activo financiero, o

liquidarse un pasivo financiero, entre partes interesadas y dispuestas, en una transacción en libre

competencia.

22

Page 70: Introducción a los Productos Financieros Derivados

70

Costo de Adquisición. Es la cantidad de efectivo o de su equivalente entregado a cambio de un activo

financiero. Los gastos de compra, primas o descuentos son parte integrante del costo de adquisición.

Para todos los efectos de este Boletín el costo de adquisición de los activos financieros y pasivos

financieros denominados en moneda extranjera o en unidades de Inversión (UDIS), es el expresado en

la moneda extranjera o en UDIS en el momento de su adquisición y, en consecuencia, deberán ser

convertidos a su equivalente en moneda nacional al cierre de cada periodo contable.

23

Valor de Mercado. Es la cantidad que se puede obtener de la venta o la cantidad que debe pagarse por

la adquisición de un instrumento financiero en un mercado de valores organizado o reconocido.

24

Determinación Técnicas del Valor Razonable. Son estimaciones del valor razonable de los

instrumentos financieros realizadas con base en modelos técnicos de valuación reconocidos en el

ámbito financiero respaldados por información suficiente, confiable y comprobable.

25

Conservados a Vencimiento. Son los instrumentos financieros de deuda en los que al momento de

invertir en ello, se tiene la intención comprobada de mantener dicha inversión hasta su vencimiento. La

intención comprobada podrá representarse a través de la capacidad financiera de la entidad para

sostener la inversión durante toda la vigencia de la emisión.

26

Con Fines de Negociación. Son los instrumentos financieros en los que desde el momento de invertir

en ellos, se tiene la intención de negociarlos en cualquier fecha antes de su vencimiento, con el objeto

de obtener ganancias no sólo a través de los rendimientos inherentes a los mismos, sino también con

base en sus cambios de valor de mercado.

27

Compensación de Activos Financieros y Pasivos Financieros. Es la posibilidad de compensar las cifras

de activo financiero y las cifras de pasivo financiero en el balance general para presentar

consecuentemente el valor neto correspondiente.

28

Riesgo. Es la posibilidad de que ocurra algún evento o acontecimiento en el futuro que cambia las

circunstancias actuales o esperadas, que han servido de fundamento a la valuación de activos

financieros y pasivos financieros, y que de ocurrir dicho evento o acontecimiento puede ocasionar una

pérdida o ganancia, o cambios, en los flujos de efectivo futuros. El riesgo se clasifica en riesgos de

mercado, de crédito, de liquidez y de flujo de efectivo.

29

Hay tres tipos de riesgos de mercado: Cambiario, de tasa de interés y de precio:

Riesgo cambiario, es el riesgo de que el valor de los instrumentos financieros fluctúe debido a

30

Page 71: Introducción a los Productos Financieros Derivados

movimientos en los tipos de cambio de divisas extranjeras.

Riesgo de tasas de interés, es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe debido a

cambios en las tasas de interés.

Riesgo de precio, es el riesgo de que el valor de un instrumento financiero fluctúe como resultado de

los cambios en los precios del mercado, ya sea que esos cambios sean causados por factores específicos

del valor particular o de su emisor o a factores que afecten a todos los valores negociados en el

mercado.

Riesgo de crédito, es el riesgo de que una de las partes involucradas en una transacción con un

instrumento financiero deje de cubrir su obligación y cause que la otra parte incurra en una pérdida.

31

Riesgo de liquidez, es el riesgo de que una de las partes involucradas en una transacción con un

instrumento financiero tenga dificultades para reunir los recursos necesarios para cumplir con sus

compromisos asociados con el instrumento financiero. El riesgo de liquidez puede resultar de la

imposibilidad de vender rápidamente un activo financiero a un valor cercano a su valor razonable.

32

Riesgo de flujo de efectivo, es el riesgo de que los flujos de efectivo asociados con un instrumento

financiero fluctúe en sus montos. En el caso de un instrumento de deuda con tasa variable, por ejemplo,

dichas fluctuaciones dan como resultado un cambio en la tasa de interés efectiva del instrumento

financiero, generalmente sin un cambio correspondiente en su valor razonable.

33

Transacciones con fines de cobertura, son las que lleva a cabo una entidad invirtiendo en o emitiendo

instrumentos financieros derivados con el sólo propósito de cubrir un riesgo asociado con otros activos

o pasivos. Para que los instrumentos financieros derivados se identifiquen con transacciones con fines

de coberturas que deben cumplir los siguientes requisitos:

Que exista la intención comprobada de cubrir cualquiera de los riesgos antes definidos con activos o

pasivos de la entidad.

Que el riesgo del instrumento financiero derivado sea de la misma naturaleza del riesgo intrínseco del

activo o pasivo que se pretende cubrir.

34

4.1.6. REGLAS DE VALUACION

Con excepción de lo establecido en los párrafos 41 al 45, todos los activos financieros y pasivos

financieros resultantes de cualquier tipo de instrumento financiero en el cual participa una entidad, así

como los derivados implícitos cuyo contrato base no necesariamente es un instrumento financiero,

deben a su valor razonable.

35

Page 72: Introducción a los Productos Financieros Derivados

72

Cuando el valor de mercado satisface las condiciones de pactarse entre parte interesadas y dispuestas y

en una transacción en libre competencia, establecidas en la definición de valor razonable, debe

considerarse que dicho valor de mercado es el valor razonable.

36

Cuando no exista un valor de mercado o el valor de mercado no sea una referencia apropiada por no

satisfacer las condiciones establecidas en la definición de valor razonable, los activos y pasivos

financieros deberán valuarse utilizando determinaciones técnicas del valor razonable.

37

La diferencia en la valuación de un periodo a otro de cualquier activo financiero o pasivo financiero

deberá registrarse en el estado de resultados del periodo en el que ocurre.

38

Debido a que el valor razonable de un instrumento de capital disminuye por el efecto de los dividendos

provenientes de dichos instrumentos, estos dividendos deben ser reconocidos como ingreso en el

estado de resultados del poseedor, en el mismo periodo en que se afecta el valor razonable del

instrumento de capital.

39

Los costos y los rendimientos provenientes de los instrumentos financieros deben ser reconocidos en el

estado de resultado del periodo en que se devengan.

40

Las inversiones en instrumentos financieros conservados a vencimientos deberán ser valuadas a su

costo de adquisición. Al efectuar esta valuación deberán tomarse en cuenta las siguientes

consideraciones.

Cuando existan amortizaciones parciales del principal, deberá considerarse la parte proporcional del

costo de adquisición con base en el saldo insoluto.

Cuando existan costos relacionados con la adquisición del instrumento, que de acuerdo con el párrafo

23 forman parte del costo de adquisición, estos costos deberán ser amortizados durante la vida de la

inversión con base en su saldo insoluto.

Cuando un instrumento financiero conservado a vencimiento contenga un derivado implícito, éste

deberá separase para efectos de valuación del contrato de referencia y valuarse a su valor razonable.

41

Ante la evidencia de que un activo financiero conservado a vencimiento no se recuperará en su

totalidad, debido al deterioro en la capacidad de pago del emisor, el quebranto esperado deberá

reconocerse en los resultados del periodo.

42

Page 73: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Los pasivos financieros resultantes de la emisión de instrumentos financieros de deuda deben ser

registrados al valor de la obligación que representan. Los gastos, primas y descuentos relacionados con

la emisión del instrumento financiero, deberán ser amortizados durante la vida de la emisión con base

al saldo insoluto de dicha emisión.

43

Cuando una entidad realice transacciones con fines de cobertura, los instrumentos financieros

derivados, involucrados en dichas transacciones deberán ser valuados, utilizando el mismo criterio de

valuación aplicado a los activos o pasivos cubiertos. Este mismo criterio deberá aplicarse a los

derivados implícitos que resulten en la cobertura de algún riesgo que de otra forma hubiese sido

cubierto por una transacción con un instrumento financiero derivado con fines de cobertura.

Congruente con esta regla, los efectos de valuación de los instrumentos financieros derivados deberán

reconocerse en el estado de resultados netos de los costos, gastos o ingresos provenientes de los activos

o pasivos cuyos riesgos están siendo cubiertos. Asimismo, las primas pactadas en relación con dichos

instrumentos, deberán amortizarse durante su vigencia sobre la base del saldo insoluto de los activos o

pasivos cubiertos.

44

4.1.7. REGLAS DE PRESENTACIÓN.

Todos los activos financieros y los pasivos financieros resultante de cualquier tipo de instrumentos

financieros en el cual participa una entidad, deben registrarse en el balance general de dicha entidad.

45

Los activos financieros o pasivos financieros deberán permanecer en el balance hasta que la entidad

deje de tener los derechos o sea liberada de las obligaciones originadas por el instrumento financiero.

La eliminación de un activo financiero o pasivo financiero podrá suceder en forma parcial en la medida

en que se dejen de tener los derechos o que se liberen las obligaciones.

Se considerará que las obligaciones han sido liberadas o los derechos se han dejado de tener, cuando el

contrato que dio origen a los mismos se da por finiquitado o se transfiere los derechos y

responsabilidades a un tercero sin que exista en ambos casos una responsabilidad de ninguna especie

para las partes.

46

Los instrumentos financieros de deuda, de capital y derivados que constituyen inversiones temporales

con plazo menor de un año y que cotizan en los mercados de valores, así como aquellas inversiones en

dichos instrumentos que se realizan con fines de negociación o para mantenerlos disponibles para su

venta, deben clasificarse como inversiones temporales y presentarse en el activo circulante.

Igualmente, deberá clasificarse en el activo circulante la porción correspondiente a vencimientos

menores a un año, de los instrumentos financieros mantenidos a su vencimiento.

47

Page 74: Introducción a los Productos Financieros Derivados

74

Deberán clasificarse como activos no circulantes las inversiones en:

Instrumentos financieros de deuda y de capital cotizaciones en el mercado de valores, cuyo destino está

relacionado con la adquisición de activos no circulantes o con la amortización de pasivos a largo plazo.

Instrumentos financieros de deuda cotizados en el mercado de valores y los que mantienen hasta su

vencimiento cuando éste sea superior a un año a partir de la fecha de los estados financieros.

Instrumentos de capital no cotizados en el mercado de valores por los que no exista evidencia de su

realización a corto plazo.

Instrumentos financieros derivados no cotizados en mercado de valores reconocidos, con un plazo de

vencimiento superior a un año y cuyo valor subyacente mantenga o exceda dicho plazo.

48

Los instrumentos financieros clasificados conforme a lo establecido en los párrafos anteriores deberán

presentarse segregados con observancia a las categorías según se definen en los párrafos 26 y 27.

Considerando que estas categorías se establecen en el momento de realizar la inversión, no se deberán

efectuar reclasificaciones entre dichas categorías.

49

Deberán reconocerse como pasivo circulantes:

El saldo insoluto de las emisiones de instrumentos financieros de deuda cuyo vencimiento sea menor a

un año.

La porción del saldo insoluto de las emisiones de instrumentos financieros de deuda que se tendrá que

liquidar dentro del siguiente año.

50

Los instrumentos financieros o sus partes componentes, deberán clasificarse al efectuar el registro

inicial como pasivo o como capital tomando en cuenta la sustancia del convenio y las definiciones de

pasivo financiero y de instrumento de capital establecidas en los párrafos 11 y 12.

51

La sustancia de un instrumento financiero, y no su forma legal, determina su clasificación en el balance

general del emisor. Si bien la sustancia y la forma legal son frecuentemente similares, no siempre

coinciden. Cuando un instrumento financiero se registra por primera vez, la clasificación del mismo se

hace con base en la evaluación de su sustancia. Esta clasificación se debe mantener en la información

financiera que se emita en los periodos subsecuentes al registro inicial del instrumento financiero y

hasta la fecha en que el mismo es removido del balance general.

52

Una restricción a la capacidad que el emisor tenga para satisfacer una obligación, no elimina dicha

obligación ni el derecho conferido al poseedor del instrumento financiero.

53

Page 75: Introducción a los Productos Financieros Derivados

La característica crítica para identificar un pasivo financiero es la obligación contractual del emisor de

entregar efectivo u otro activo financiero al poseedor. O de intercambiar con éste, otro instrumento

financiero de deuda.

54

La característica crítica para identificar un instrumento financiero derivado de capital de un pasivo

financiero, es que el poseedor del instrumento financiero participe equitativamente tanto en los

beneficios como en los riesgos patrimoniales del emisor, independientemente tanto en los beneficios

como en los riesgos patrimoniales del emisor, independientemente de la forma en que éste se liquide.

55

Las partes componentes de un instrumento financiero derivado que contiene tanto un elemento de

pasivo como un elemento de capital deben clasificarse por separado de acuerdo a su naturaleza. Es más

cuestión de forma que de sustancia el que tanto los pasivos como el capital puedan ser creados por un

solo instrumento financiero.

56

Un activo financiero y un pasivo financiero deberán ser compensados y el monto neto presentado en el

balance general, cuando una entidad:

Tiene el derecho contractual de compensar las cantidades registradas, al mismo tiempo que tiene la

intención de liquidarlas sobre un a base neta o bien, de realizar el activo y liquidar el pasivo

simultáneamente.

Los activos y pasivos financieros son de la misma naturaleza o surgen de un mismo contrato, tienen el

mismo plazo de vencimiento y se liquidarán simultáneamente.

57

La razón por la que los activos financieros y pasivos financieros deben presentarse sobre una base neta

es porque así se reflejan los flujos de efectivo que una entidad espera recibir o entregar al liquidarse el

o los instrumentos financieros. Cuando una entidad tiene el derecho a recibir o pagar una cantidad neta,

tiene de hecho un solo activo financiero o un solo pasivo financiero.

58

Se considera que las condiciones expuestas en el párrafo 57, no se satisfacen cuando:

Se usan varios instrumentos financieros con características diferentes para lograr los mismos efectos

económicos que tendrían solo instrumento financiero.

Los activos financieros y pasivos financieros se originan por instrumentos financieros que tienen la

misma exposición primaria al riesgo pero se originan por diferentes contrapartes.

Se destinan activos financieros sólo a garantizar pasivos financieros.

Un deudor entrega a un fideicomiso activos financieros con el fin de utilizarlos para liquidar una

obligación sin que el acreedor hubiera aceptado esos activos financieros en pago de la obligación.

59

Page 76: Introducción a los Productos Financieros Derivados

76

Tratándose de transacciones con fines de cobertura, los activos financieros y los pasivos financieros

generados por los instrumentos financieros derivados involucrados, deberán presentarse en el balance

general netos de los activos o pasivos cuyos riesgos están siendo cubiertos.

60

4.1.8. REGLAS DE REVELACIÓN.

El objetivo de las revelaciones como parte integrante de los estados financieros de una entidad con

referencia a instrumentos financieros es proporcionar información que amplíe y facilite al usuario la

compresión de los estados financieros.

61

Las revelaciones mínimas que deberán incluirse en las notas a los estados financieros son:

62

Políticas Contables.

Las bases de valuación de los instrumentos financieros. En caso de que se utilicen valuaciones técnicas

del valor razonable, deberá explicarse la metodología utilizada para determinar dicho valor razonable.

El criterio seguido por la entidad para el registro y presentación de los resultados provenientes de:

La valuación de los instrumentos financieros.

Los costos, rendimientos y dividendos generados por transacciones con instrumentos financieros.

El criterio y bases utilizadas para el reconocimiento del quebranto esperando por el deterioro en la

capacidad de pago del emisor de un instrumento financiero mantenido a vencimiento por la entidad.

63

Otras Revelaciones.

La política de administración de los riesgos que la entidad tenga establecida.

64

Las principales características de los instrumentos financieros utilizadas para su clasificación como

deuda o capital, así como sus fechas de vencimiento, tasas promedio de rendimiento, y tipo de riesgos

que dichos instrumentos financieros generan a la entidad.

65

El detalle de los principales:

Instrumentos financieros clasificados a corto y largo plazo.

Instrumentos financieros conservados a vencimiento.

Activos y pasivos financieros que se presentan compensados en el balance general de la entidad,

explicando sus características.

Instrumentos financieros considerado derivados, describiendo las características de los contratos,

valores de referencia, garantías y riesgos inherentes, así como la metodología de valuación y las

políticas seguidas por la entidad para el registro de los resultados originados por la valuación y el

66

Page 77: Introducción a los Productos Financieros Derivados

plazo de amortización de las primas. En el caso de los instrumentos utilizados con fines de cobertura

deberán revelarse adicionalmente los riesgos cubiertos.

Con respecto al nivel de detalle de las revelaciones mínimas antes expuestas, es necesario el ejercicio

del juicio, tomando en cuenta la importancia relativa de los instrumentos financieros. En algunos casos

bastará con presentar la información financiera, agrupando los instrumentos financieros que tengan

características similares con respecto a riesgo, plazo, moneda y tasa de interés fija o variable.

67

4.1.9. VIGENCIA.

Las disposiciones contenidas en este boletín son de observancia obligatoria a partir de los ejercicios

sociales que comienzan él o después del 1 de enero del año 2000. Sin embargo, esta Comisión

recomienda su aplicación en anterioridad a la fecha señalada.

68

4.1.10. TRANSITORIO.

Las reglas del presente boletín deberán ser aplicadas a todos los instrumentos financieros que tengan

contratados una entidad con fecha anterior a la aplicación inicial de estas reglas.

69

Para efecto de aplicar las reglas de valuación establecidas en los párrafos 41 y 42, así como la regla de

presentación del párrafo 49, las cuales están basadas en las categorías definidas en los párrafos 26 y 27,

la intención de la inversión deberá considerarse en el momento de aplicar por primera vez las reglas de

este boletín.

70

Si un instrumento financiero ya había sido reconocido con anterioridad mediante la aplicación

supletoria de normatividad contable internacional, la entidad deberá mantener la clasificación

previamente asignada y no aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior. Si dicho instrumento financiero

formaba parte de la categoría de disponer para su venta, el efecto de valuación reconocido en el capital

contable hasta antes de la aplicación inicial de las reglas de este boletín, deberá reconocerse en los

resultados del ejercicio.

71

El efecto inicial de la aplicación de la regla de valuación establecida en el párrafo 35 de este boletín

deberá reconocerse en los resultados del ejercicio, observando lo dispuesto en el inciso b) del párrafo

24 del boletín A- 7.

72

No deberán reestructurarse los estados financieros básicos de los ejercicios anteriores a la aplicación

inicial de las reglas del presente boletín. Tampoco deberá revelarse la distribución del efecto

acumulado inicial por cada uno de dichos ejercicios anteriores.

73

Page 78: Introducción a los Productos Financieros Derivados

78

La aplicación de las reglas del presente boletín deja sin efecto las establecidas en:

El boletín C – 1 en lo que respecta a inversiones temporales.

El boletín C – 9 en todo lo que se contrapone a las establecidas en este boletín.

El boletín C - 3 en lo que se refiere a cuentas por cobrar que no sean provenientes de las actividades

comerciales de las entidades.

La Circular número 47, en lo que se contrapone a las reglas de presentación establecidas en el párrafo

59 de este boletín.

74

Page 79: Introducción a los Productos Financieros Derivados

B-5 INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS

4.2.1.OBJETIVO

El presente criterio tiene por objetivo definir las reglas particulares de aplicación de los principios de

contabilidad relativos al registro, valuación, presentación y revelación de las operaciones con

instrumentos financieros derivados o, en su caso, del componente derivado en las denominadas

operaciones estructuradas, en los estados financieros de las casas de bolsa.

4.2.2. ALCANCE

1

Son objeto de este criterio todas las operaciones efectuadas con instrumentos financieros derivados,

incluyendo los paquetes de instrumentos derivados, así como la porción derivada correspondiente a

operaciones estructuradas.

2

No es objeto de este criterio las siguientes operaciones:

a) Aquellos contratos que la casa de bolsa emite y cuyo valor está indexado al de sus propias

acciones y que pudieran ser considerados dentro de su capital contable, tales como los derechos

de suscripción de acciones.

b) Los contratos emitidos en relación a planes de incentivos para empleados para adquirir acciones

de la casa de bolsa.

c) Aquellas operaciones de compraventa de divisas, efectuadas de conformidad con la legislación

aplicable, cuya liquidación se pacte a un plazo de 48 horas o menor ya que las divisas se

consideran disponibilidades.

d) Las operaciones de compraventa de valores en directo, efectuadas de conformidad con las

disposiciones legales aplicables, aún y cuando la liquidación se efectúe en un periodo mayor a

48 horas (compraventas fecha-valor).

e) Aquellas operaciones de compraventa de mercancías.

f) Los contratos de seguros en donde el tenedor obtenga el derecho a recibir el pago de

determinadas cantidades de dinero cuando ocurra algún evento distinto al cambio en un precio,

que propicie el que dicho tenedor incurra en una obligación o sufra una pérdida en el valor de

algún activo, y

g) Aquellos contratos no negociados en un mercado específico en los cuales el bien subyacente

tenga alguna de las siguientes características:

i. Que sea un activo, bien o evento no comerciable, como por ejemplo los fenómenos de

la naturaleza.

3

Page 80: Introducción a los Productos Financieros Derivados

80

ii. Que sea un activo no financiero difícilmente convertible en efectivo, o que sea una

obligación cuya liquidación no requiera la entrega de un activo fácilmente convertible

en efectivo, y

iii. Que represente volúmenes específicos de ventas de mercancías para alguna de las

partes.

4.2.3. DEFINICIONES

Activos financieros.- Es todo aquel efectivo, valores, o títulos de crédito, así como el derecho de recibir

efectivo o valores en propiedad.

4

Bien subyacente.- Se refiere a cualquier variable que determina el valor de un instrumento derivado,

como por ejemplo, una tasa de interés específica, el precio de un título o mercancía, los índices de

precios, entre otros.

5

Cobertura de una posición abierta de riesgo.- Consiste en celebrar operaciones con instrumentos

financieros derivados, con objeto de compensar el riesgo para una casa de bolsa originado por una

transacción o conjunto de transacciones.

6

Colateral.- Garantía constituida para el pago de las contraprestaciones pactadas en contratos con

instrumentos financieros derivados en mercados sobre el mostrador, o en otros distintos a los mercados

reconocidos.

7

Cuentas de margen.- Efectivo o valores que debe entregar la casa de bolsa para procurar el

cumplimiento de las obligaciones correspondientes a los contratos con instrumentos financieros

derivados celebrados en mercados reconocidos. Dicho monto corresponde al margen inicial y a las

provisiones de pago que se efectúen durante la vigencia del contrato.

8

Instrumento financiero derivado.- Es aquel contrato que reúne todas y cada una de las siguientes

características:

a) Su precio se determina de acuerdo al precio de otro u otros bienes subyacentes.

b) Se incorpora uno o más montos nominales o provisiones de pago, o ambos.

c) Los subyacentes, montos nominales o provisiones de pago, determinan, junto con las

características específicas de cada contrato, las condiciones de la liquidación del instrumento o, en

algunos casos como las opciones, determinan si se requiere o no una liquidación, y

d) Se permiten liquidaciones en efectivo o, en su caso, las liquidaciones se efectúan mediante la

entrega de un bien, de tal forma que la contraparte se vea en condiciones similares a que si la

liquidación hubiese sido en efectivo.

9

Page 81: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Liquidación en efectivo.- Para efectos de los contratos de instrumentos financieros derivados, se

considerará que existe una liquidación en efectivo cuando ninguna de las partes queda obligada a

entregar un activo idéntico o, en su caso, de características similares al bien subyacente objeto del

contrato.

10

Liquidación en especie.- Es el mecanismo para la extinción de obligaciones en donde el emisor del

instrumento recibe o entrega el bien subyacente pactado, de acuerdo con lo establecido en el contrato.

11

Monto nominal.- Es la cantidad que resulta de multiplicar el número de acciones, divisas u otras

unidades de medición especificadas en el contrato, por el precio unitario de las mismas pactado en el

mismo.

12

Operaciones estructuradas.- Son aquellos contratos que no cumplen íntegramente con las condiciones

de un instrumento derivado, pero que incorporan una serie de características específicas que hacen que

una porción o segmento de los contratos que le dieron origen (porción derivada), se comporte o afecte

su rendimiento de la misma forma en que lo haría la tenencia o emisión de un instrumento derivado.

13

Operaciones sintéticas con instrumentos derivados.- Operaciones donde participan uno o varios

instrumentos financieros derivados y en algunos casos activos no derivados, formando en conjunto una

posición específica. A diferencia de las operaciones estructuradas, estas operaciones tienen la

característica de estar amparadas bajo distintos contratos.

14

Paquetes de instrumentos derivados.- Son aquellas operaciones donde en un mismo contrato se incluye

la emisión, adquisición o venta de dos o más instrumentos financieros derivados.

15

Posición con fines de negociación.- Aquella posición que asumen las casas de bolsa como participantes

en el mercado, con fin diferente a cubrir posiciones de riesgo.

16

Posición primaria.- Únicamente para los instrumentos financieros derivados con fines de cobertura, se

entiende por ésta a cualquier activo o pasivo que se tenga registrado en el balance general que genera

una posición de riesgo y sobre la cual se está realizando la cobertura.

17

Precio pactado.- Precio o equivalente determinado en el presente, para comprar o vender el o los

activos subyacentes en una fecha futura determinada.

18

Precio spot.- Precio o equivalente del bien subyacente, vigente en el mercado a la fecha de la valuación

de los contratos. Para el caso de divisas, el precio spot será el tipo de cambio para efectos de valuación

a que hace referencia el criterio A-2 “Aplicación de reglas particulares”.

19

Page 82: Introducción a los Productos Financieros Derivados

82

Prima.- Es el importe que se paga o que se cobra para tener derecho de ejercer o no las condiciones

establecidas en los contratos de opciones.

20

Provisión de pago.- Es aquélla especificación contractual que obliga a una o a ambas partes a efectuar

liquidaciones fijas o determinadas en caso de que el subyacente salga de los límites preestablecidos o

pactados. Este concepto incluye las denominadas llamadas de margen.

21

Riesgo de mercado.- Es la contingencia que enfrentan los suscriptores o contrapartes de los

instrumentos financieros derivados, resultante de cambios en los precios de los bienes o valores

subyacentes, o bien, del propio instrumento derivado.

22

Técnicas formales de valuación.- Son métodos de estimación de los posibles valores de los derechos y

obligaciones de los contratos, realizados por terceras personas sin conflictos de interés. Estas

valuaciones deben fundamentarse en elementos suficientes y objetivos para determinar adecuadamente

el valor razonable de los citados derechos y obligaciones de los contratos.

23

Transacción adelantada.- Aquella transacción que con cierta razonabilidad, una casa de bolsa espera

llevar a cabo, pero que por no haberse concertado, o que por observar ciertas características, no se

encuentra registrada en el balance general como un activo o un pasivo.

24

Valor de mercado.- El valor o precio de un instrumento indicado por las cotizaciones de mercados de

valores o de instrumentos financieros derivados organizados o reconocidos, tanto nacionales como

internacionales, así como los denominados “sobre el mostrador” en donde se tengan cotizaciones

públicas de los precios de los contratos.

25

Valor razonable.- Representa aquella cantidad por la cual un instrumento puede ser intercambiado,

entre partes dispuestas a realizar la transacción en un ambiente libre de influencias.

4.2.4. CARACTERISTICAS

Contratos de futuros y contratos adelantados

26

Los contratos de futuros, así como los contratos adelantados son aquéllos mediante los cuales se

establece una obligación para comprar o vender un bien subyacente en una fecha futura, en una

cantidad, calidad y precios preestablecidos en el contrato. En estas transacciones se entiende que la

parte que se obliga a comprar asume una posición larga en el subyacente y la parte que se obliga a

vender asume una posición corta en el mismo subyacente. La liquidación de los contratos de futuros y

contratos adelantados podrá hacerse en especie o en efectivo, dependiendo de las especificaciones de

cada contrato.

27

Page 83: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Existen diferencias básicas entre los contratos adelantados y los de futuros. Los contratos adelantados

son esencialmente negociables en lo que se refiere al precio, plazo, cantidad, calidad, colateral, lugar

de entrega y forma de liquidación, además de que no tienen mercado secundario. Los contratos de

futuros por otra parte, tienen plazo, cantidad, calidad, lugar de entrega y forma de liquidación

estandarizados; su precio es negociable; tienen mercado secundario; el establecimiento de cuentas de

margen es obligatorio; y la contraparte siempre es una cámara de compensación.

Contratos de opciones

28

Las opciones son contratos mediante los cuales se establece para el adquirente el derecho, mas no la

obligación, de comprar o vender un bien subyacente a un precio determinado denominado precio de

ejercicio, en una fecha o periodo establecidos.

29

En los contratos de opciones intervienen dos partes:

a) La parte que compra la opción es quien paga una prima por la adquisición de ésta, y a su vez

obtiene un derecho, mas no una obligación, y

b) La parte que emite o vende la opción es quien recibe una prima por este hecho, y a su vez

adquiere una obligación mas no un derecho.

30

Para las opciones de compra y de venta, el hecho de comprar o vender la opción tendrá las siguientes

implicaciones financieras:

a) Quien asume una posición larga de compra obtiene el derecho de adquirir el bien subyacente,

pagando por éste el precio de ejercicio.

b) Quien asume una posición larga de venta, adquiere el derecho de vender el bien subyacente,

recibiendo por éste el precio de ejercicio.

c) Quien asume una posición corta de compra, contrae la obligación contingente de vender el bien

subyacente al precio de ejercicio, en caso de que el tenedor de la opción decida ejercerla, y

d) Quien asume una posición corta de venta, contrae la obligación contingente de adquirir el bien

subyacente al precio de ejercicio, en caso de que el tenedor de la opción decida ejercerla.

31

La liquidación de la opción, en caso de que ésta sea ejercida, podrá hacerse en especie o en efectivo, de

acuerdo con las condiciones pactadas en el contrato.

Derivados de rendimiento total

32

Los derivados de rendimiento total son contratos en los que además de efectuarse liquidaciones

iniciales y finales de intereses y rendimientos inherentes a una emisión de títulos, se transfieren el

33

Page 84: Introducción a los Productos Financieros Derivados

84

riesgo de mercado de éstos en forma total. En dichos contratos se puede pactar el pago de primas

iniciales por la celebración de los mismos.

Operaciones estructuradas y paquetes de instrumentos derivados

Para efectos del presente criterio, se considera que las operaciones estructuradas y los paquetes de

instrumentos derivados tienen las características siguientes:

a) Operaciones estructuradas: en las cuales se tiene un contrato principal referido a activos o

pasivos no derivados (generalmente emisiones de bonos u otros títulos de deuda), y una

porción derivada representada por uno o más instrumentos financieros derivados

(generalmente opciones). En este tipo de instrumentos, el contrato principal implica la emisión

o adquisición de títulos o cualquier otro acto generador de activos diferentes a los

instrumentos financieros derivados, pero que en adición a lo anterior, implican necesariamente

la celebración, de una o más operaciones derivadas.

b) Paquetes de instrumentos derivados: en los cuales se tiene una conjunción de instrumentos

derivados sin ninguna porción no derivada. En este tipo de instrumentos, únicamente

interactúan dos o más instrumentos derivados en una sola operación.

34

A diferencia de las operaciones sintéticas con instrumentos derivados, las operaciones estructuradas

tienen forzosamente que estar amparados bajo un solo contrato.

4.2.5. INTENCIONALIDAD DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DERIVADOS.

35

Los contratos derivados descritos anteriormente pueden utilizarse en dos sentidos:

a) Como cobertura de una posición abierta de riesgo, o

b) Con fines de negociación.

Condiciones necesarias para reconocer al instrumento financiero derivado como cobertura.

36

Las casas de bolsa podrán cubrir sus posiciones activas o pasivas de manera individual (por

transacción), o de manera global (posición neta de algún portafolio de la propia casa de bolsa).

37

No se dará tratamiento de cobertura a aquellos instrumentos financieros derivados que se utilicen para

cubrir transacciones adelantadas. Asimismo, tampoco se considerará como instrumentos de cobertura

aquellas operaciones en las que se utilicen activos que no cumplan con todas las características de

instrumento derivado, de conformidad con el párrafo 9 del presente criterio.

38

Page 85: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Se considerará que las casas de bolsa están utilizando instrumentos financieros derivados como

cobertura de una posición abierta de riesgo, únicamente cuando los activos o pasivos cuyo riesgo se

cubre, cumplan con todas y cada una de las siguientes condiciones:

a) Que éstos cuenten con valor de mercado determinable, con el propósito de que la valuación a

valor razonable del instrumento financiero derivado sea consistente con la valuación de la

operación o posición primaria; o bien, que no contando con valor de mercado, su valor

razonable pueda ser fácilmente determinado de manera que el valor del bien subyacente del

instrumento financiero derivado afecte el valor del activo o pasivo cubierto.

b) El activo o pasivo cubierto deberá contribuir al riesgo en precios de mercado.

c) Para determinar si se cumple con la condición de contribuir al riesgo de mercado, la entidad

deberá considerar si otros activos, pasivos, o compromisos, compensan o reducen la

exposición al riesgo del activo o pasivo cubierto.

39

Además, para que el instrumento derivado sea reconocido como cobertura, éste deberá cumplir la

totalidad de las siguientes condiciones:

a) El instrumento financiero derivado deberá reducir la exposición al riesgo y tendrá que ser

designado como cobertura.

b) A partir del momento en que se pacta el contrato derivado, y durante la vida del mismo,

deberá existir una relación inversa significativa entre los cambios en el valor razonable del

instrumento derivado y el valor razonable de la posición primaria, así como entre el ingreso o

gasto asociado con el activo o pasivo cubiertos, de manera que los resultados del instrumento

financiero derivado compensen significativamente los efectos en resultados de la posición

primaria. Esta relación deberá ser sustentada por evidencia estadística suficiente, y

c) En caso de coberturas de riesgos de mercado en donde el bien subyacente del instrumento

derivado difiera del activo o pasivo que se pretenda cubrir, se reconocerá al contrato como una

cobertura, siempre y cuando exista una relación económica clara entre los precios del

subyacente y los precios del activo o pasivo cubierto, y la relación inversa entre las

variaciones explicadas en el inciso anterior se cumpla. Asimismo, dicha relación deberá estar

sustentada por evidencia estadística suficiente.

4.2.6. REGLAS DE REGISTRO Y VALUACIÓN

40

Las casas de bolsa deberán reconocer en el balance general el importe de los instrumentos financieros

derivados que tengan en su posición, ya sea en el activo, pasivo o ambos, de acuerdo con los derechos

y obligaciones contenidas en cada instrumento.

41

Page 86: Introducción a los Productos Financieros Derivados

86

Para el caso de contratos de futuros, así como las opciones cotizadas en mercados de derivados

reconocidos, se considerará que ya no se tienen los citados derechos u obligaciones cuando se cierre la

posición de los mismos, es decir, cuando se efectúe una operación contraria con un contrato de las

mismas características con la misma contraparte (cámara de compensación).

42

Tratándose de contratos adelantados, así como otros instrumentos financieros derivados que no se

hayan celebrado en bolsas de derivados reconocidas, se considerará que los derechos y obligaciones

contenidas en los contratos permanecen hasta que suceda lo siguiente:

a) Llegue el término del contrato.

b) El ejercicio de los derechos del contrato por cualquiera de las partes, o

c) Cuando las partes acuerden la terminación anticipada de los contratos y que además se

liquiden todas las cantidades adeudadas por virtud de los mismos.

4.2.7. DERIVADOS CON FINES DE NEGOCIACIÓN. Contratos adelantados

Comprador

43

El comprador del contrato reconocerá una posición activa y una posición pasiva. Al momento del

registro inicial, la posición activa reflejará el monto nominal del contrato determinado conforme a lo

establecido en el párrafo 12 y subsecuentemente, ésta se valuará de acuerdo con el valor razonable de

los derechos del contrato.

44

La posición pasiva se mantendrá valuada al monto nominal del contrato, por lo que no sufrirá

variaciones en su valor.

Vendedor

45

El vendedor del contrato registrará una posición activa y una pasiva. La posición activa se mantendrá

valuada al monto nominal, por lo que no sufrirá variaciones en su valor.

46

La posición pasiva para contratos adelantados se registrará inicialmente al monto nominal al inicio de

la operación determinado conforme a lo establecido el párrafo 12, mientras que en periodos

subsecuentes, se valuará de acuerdo con el valor razonable de las obligaciones del contrato.

Valor razonable de los derechos y obligaciones en contratos adelantados

47

Page 87: Introducción a los Productos Financieros Derivados

En el caso de contratos adelantados, el valor razonable de los derechos u obligaciones será el precio pactado

teórico que para un contrato de la misma naturaleza (plazo remanente, bien subyacente, monto nominal,

entre otros), correspondería a la fecha de valuación, el cual será determinado de conformidad con alguna de

las técnicas formales de valuación a que hace referencia el párrafo 23 del presente criterio.

Contratos de futuros

48

Tanto el comprador como el vendedor del contrato registrarán una parte activa y una pasiva. Sin

embargo, dado que las liquidaciones por parte de la cámara de compensación se realizan diariamente,

el valor de la parte activa siempre será igual al de la parte pasiva, por lo que ambas deberán

actualizarse diariamente para reflejar el valor razonable de los derechos y obligaciones en cualquier

fecha de valuación, el cual corresponderá al monto nominal al que se pactaría un contrato de igual

naturaleza en cada fecha de valuación. Por lo anterior, el reconocimiento de las fluctuaciones en el

precio de los contratos se registrará directamente en las cuentas de margen.

49

Las fluctuaciones en las cuentas de margen generadas por movimientos en los precios de los contratos,

serán reconocidas diariamente por las casas de bolsa como resultados por intermediación, afectando en

contrapartida el valor de las citadas cuentas de margen de conformidad con el párrafo 79 del presente

criterio.

Contratos de opciones

Comprador

50

Cuando la casa de bolsa actúe como comprador de la opción registrará la prima pagada en la operación,

formando parte de las operaciones con instrumentos financieros derivados, en el rubro de operaciones

con valores y derivadas. Esta se valuará posteriormente de acuerdo con el valor razonable de la opción.

Emisor

51

Cuando la casa de bolsa actúe como emisora de la opción, registrará en su balance general la entrada de

efectivo contra la prima cobrada en la operación, la cual se considerará como parte de las operaciones

con instrumentos financieros derivados, dentro del rubro de operaciones con valores y derivadas en el

pasivo de la casa de bolsa. Esta se valuará posteriormente de acuerdo con el valor razonable de la

opción.

Valor razonable en opciones.

52

Para efectos de este tipo de instrumentos, el valor razonable estará representado por el valor de

mercado o, en caso de no existir, el valor teórico de la opción determinado de conformidad con alguna

de las técnicas formales de valuación a que hace referencia el párrafo 23 del presente criterio.

53

Page 88: Introducción a los Productos Financieros Derivados

88

Derivados de rendimiento total

Los instrumentos derivados de rendimiento total se valuarán conforme al valor razonable de la prima o

primas implícitas en el contrato.

Operaciones estructuradas y paquetes de instrumentos derivados

Operaciones estructuradas

54

La porción o porciones derivadas incorporadas en las operaciones estructuradas se valuarán cada una

en forma independiente a la porción no derivada (contrato principal), observando para tales efectos, las

disposiciones de valuación aplicables al instrumento derivado al cual se asemejen, de conformidad con

lo establecido en los párrafos anteriores para contratos de futuros, adelantados y opciones.

55

Con objeto de identificar y registrar adecuadamente la porción o porciones derivadas del contrato

principal, al inicio de la operación se deberá observar lo siguiente:

a) Se determinarán todas y cada una de las porciones derivadas, identificando si se trata de

opciones, contratos adelantados, o algún otro.

b) Se valuarán dichas porciones, una por una conforme a los lineamientos establecidos para cada

instrumento derivado con fines de negociación contenidas en los párrafos anteriores.

c) Por último, la diferencia entre el monto recibido o pagado y el valor de las porciones

derivadas, corresponderá al valor de la porción no derivada o contrato principal, el cual no

necesariamente deberá coincidir con el monto nominal contenido en el contrato.

56

Posteriormente, cada porción derivada se seguirá valuando conforme los lineamientos aplicables a cada

instrumento financiero derivado, mientras que el contrato principal se valuará conforme a la regla de

valuación que le corresponda según su naturaleza.

Paquetes de instrumentos derivados

57

Los paquetes de instrumentos derivados deberán valuarse a su valor razonable, considerando para tal

efecto lo siguiente:

a) En caso de que el paquete de instrumentos derivados cotice en algún mercado reconocido, se

utilizará el valor de mercado establecido en dicho mercado, o

b) En caso de no tener un mercado reconocido, el valor razonable se obtendrá de adicionar los

valores razonables de cada instrumento derivado incluido en el contrato, en forma

independiente, lo cual implica que se deberán desagregar todos los instrumentos financieros

58

Page 89: Introducción a los Productos Financieros Derivados

derivados incorporados en la operación y, una vez separados, se deberán valuar

individualmente, de conformidad con lo establecido en los párrafos anteriores para contratos

de futuros, contratos adelantados y opciones.

Derivados con fines de negociación cuyo subyacente sea un instrumento financiero derivado

Los instrumentos financieros derivados cuyo activo subyacente sea otro instrumento derivado recibirán

el tratamiento aplicable al derivado primario, por lo que no se considerarán paquetes de instrumentos

derivados. Por ejemplo, en el caso de opciones sobre futuros se aplicarán los lineamientos contables

establecidos para el caso de opciones; mientras que para un contrato adelantado sobre opciones se

estará a lo dispuesto para los contratos adelantados.

Derivados con fines de negociación denominados en moneda extranjera

59

En caso de que el valor razonable de los instrumentos financieros derivados con fines de negociación

mencionados en los párrafos anteriores esté denominado en moneda extranjera, una vez efectuada la

valuación del instrumento derivado conforme los párrafos anteriores, dicho valor se deberá convertir a

moneda nacional utilizando el tipo de cambio a que hace referencia el criterio A-2 “Aplicación de

reglas particulares”.

4.2.8. DERIVADOS CON FINES DE COBERTURA.

Contratos de futuros y contratos adelantados

Comprador

60

El comprador del contrato reconocerá una posición activa y una posición pasiva. La posición activa

reflejará el precio spot, multiplicado por el número de unidades del bien subyacente objeto del contrato

aplicable al inicio del mismo,. Subsecuentemente, la parte activa se valuará conforme al valor

razonable del bien subyacente, es decir, utilizando los mismos métodos o técnicas de valuación y

reconocimiento de ingresos y gastos, que la posición primaria cubierta.

61

En caso de que la posición primaria haya sufrido disminuciones en su valor por concepto de pago de

dividendos, cupones de intereses o algunos otros de naturaleza análoga, la valuación del derivado

incorporará adicionalmente los ajustes que por disposición contractual acuerden las partes.

62

La posición pasiva se mantendrá registrada al monto nominal del contrato, por lo que no sufrirá

variaciones en su valor.

63

La diferencia entre el monto nominal (parte pasiva) y el precio spot del bien subyacente al inicio del 64

Page 90: Introducción a los Productos Financieros Derivados

90

contrato multiplicado por el número de unidades (parte activa), representa el gasto o en algunos casos

el ingreso en que incurre el comprador al realizar la cobertura, por lo cual se registrará como un cargo

o crédito diferido y se amortizará en línea recta durante la vigencia del contrato.

Vendedor

El vendedor del contrato registrará una posición activa y una pasiva de la operación. La parte activa se

mantendrá registrada al monto nominal, por lo que no sufrirá variaciones en su valor.

65

La parte pasiva reflejará el precio spot, multiplicado por el número de unidades del bien subyacente

objeto del contrato al inicio del mismo. Subsecuentemente, la parte pasiva se valuará conforme al valor

razonable del bien subyacente, es decir, utilizando los mismos métodos o técnicas de valuación y

reconocimiento de ingresos y gastos, que la posición primaria cubierta.

66

En caso de que la posición primaria haya sufrido disminuciones en su valor por concepto de

dividendos, pago de cupones de intereses u otros de naturaleza análoga, la valuación de la parte pasiva

del derivado incorporará adicionalmente, los ajustes que por disposición contractual acuerden las

partes.

67

La diferencia entre el monto nominal (parte activa) y el precio spot del bien subyacente al inicio del

contrato (parte pasiva), representa el ingreso o en algunos casos, el gasto que habrá asegurado el

vendedor al realizar la cobertura, por lo cual se registrará como un crédito diferido, o en su caso, como

un cargo diferido y se amortizará en línea recta durante la vigencia del contrato.

Contratos de opciones

Comprador

68

Cuando la casa de bolsa actúe como compradora de la opción para cubrir una posición abierta de

riesgo, registrará en el activo, la prima pagada en la operación contra la salida de efectivo. La prima

pagada se valuará posteriormente de acuerdo con el valor razonable de la opción.

Emisor

69

Cuando la casa de bolsa actúe como vendedor o emisor de la opción para cubrir una posición abierta de

riesgo, registrará en su balance la entrada de efectivo contra la prima cobrada en la operación, que se

considerará como un pasivo. La prima cobrada se valuará posteriormente de acuerdo con el valor

razonable de la opción.

Valor razonable en opciones

70

Page 91: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Para efectos de este tipo de instrumentos, el valor razonable estará representado por el valor de

mercado o, en caso de no existir, el valor teórico de la opción determinado de conformidad con alguna

de las técnicas formales de valuación a que hace referencia el párrafo 23 del presente criterio.

Derivados de rendimiento total

71

Los derivados de rendimiento total se valuarán conforme al valor razonable de las opciones

involucradas en los contratos, determinado con alguna metodología ampliamente aceptada.

Paquetes de instrumentos derivados

72

Los paquetes de instrumentos derivados deberán valuarse a su valor razonable, considerando para tal

efecto lo siguiente:

a) En caso de que el paquete de instrumentos derivados cotice en algún mercado reconocido, se

utilizará el valor de mercado establecido en dicho mercado, o

b) En caso de no tener un mercado reconocido, el valor razonable se obtendrá de adicionar los

valores razonables de cada instrumento derivado incluido en el contrato, en forma

independiente, lo cual implica que se deberán desagregar todos los instrumentos derivados

incorporados en la operación y, una vez separados, se deberán valuar individualmente, de

conformidad con lo establecido en los párrafos anteriores para contratos de futuros y contratos

adelantados y opciones.

Derivados con fines de cobertura cuyo subyacente sea un instrumento financiero derivado

73

Los instrumentos financieros derivados cuyo activo subyacente sea otro instrumento financiero

derivado recibirán el tratamiento aplicable al derivado primario por lo que no se considerarán paquetes

de instrumentos derivados.

Derivados con fines de cobertura denominados en moneda extranjera

74

En caso de que el valor razonable de los instrumentos financieros derivados con fines de cobertura

mencionados en los párrafos anteriores esté denominado en moneda extranjera, una vez efectuada la

valuación del instrumento derivado conforme los párrafos anteriores, dicho valor se deberá convertir a

moneda nacional utilizando el tipo de cambio a que hace referencia el criterio A-2 “Aplicación de

reglas particulares”.

Registro y valuación del colateral recibido y otorgado

75

Page 92: Introducción a los Productos Financieros Derivados

92

Colateral recibido

En caso de que en la operación la casa de bolsa reciba un colateral, éste deberá registrarse en cuentas

de orden mientras no le sean transferidos la propiedad y el control de dicho colateral, de conformidad

con el criterio C-1 “Transferencia de activos”. Asimismo, mientras el colateral se encuentre registrado

en cuentas de orden, su valuación se regirá por lo dispuesto en el criterio B-7 “Custodia y

administración de bienes”.

Colateral otorgado en operaciones con instrumentos financieros derivados no cotizados en bolsas

reconocidas.

76

El colateral requerido a las casas de bolsa que celebren operaciones derivadas que no estén cotizadas

en bolsas de derivados reconocidas, se considerará como un activo restringido, debiéndose revelar este

hecho, sin embargo, se seguirá presentando en el mismo rubro del balance general en el que se venía

presentando antes de fungir como colateral.

Colateral otorgado en operaciones con instrumentos financieros derivados celebrados en bolsas

reconocidas con fines de negociación.

77

Las cuentas de margen requeridas a las casas de bolsa por motivo de la celebración de operaciones en

bolsas de derivados reconocidas con fines de negociación cambiarán de valor por virtud de las

liquidaciones parciales o totales que la cámara de compensación les efectúe o les otorgue, por las

aportaciones adicionales o retiros efectuados a las mismas, así como por los rendimientos que sean

generados por dichos depósitos, de conformidad con lo estipulado contractualmente con la citada

cámara de compensación.

78

Como se menciona en los párrafos 49 y 50 del presente criterio, las fluctuaciones en las cuentas de

margen generadas por movimientos en los precios de los contratos serán reconocidas diariamente como

incrementos o disminuciones en la cuenta de margen por el importe total de la fluctuación del precio de

los contratos afectando los resultados de la casa de bolsa, lo anterior con independencia de que la casa

de bolsa retire recursos de la cuenta de margen o aporte cantidades adicionales a la misma por

instrucciones de la cámara de compensación.

79

Los rendimientos generados por las cuentas de margen de conformidad con lo establecido con la

cámara de compensación y que por su naturaleza sean distintos a aquellas ganancias atribuibles a

fluctuaciones en el precio de los contratos, se reconocerán incrementando el valor de la cuenta de

margen contra los resultados de la casa de bolsa.

80

Page 93: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Las aportaciones adicionales, así como los retiros que las casas de bolsa efectúen de las cuentas de

margen incrementarán o disminuirán el valor de las citadas cuentas de margen afectando en

contrapartida las cuentas de disponibilidades o inversiones en valores de la casa de bolsa según se trate

por lo que estas aportaciones adicionales o retiros no se considerarán en el estado de resultados.

Colateral otorgado en operaciones con instrumentos financieros derivados celebrados en bolsas

reconocidas con fines de cobertura

81

Las cuentas de margen requeridas a las casas de bolsa por motivo de la celebración de operaciones en

bolsas de derivados reconocidas utilizadas con fines de cobertura, tendrán el carácter de depósitos en

garantía, los cuales únicamente cambiarán de valor por virtud de las liquidaciones parciales o totales

que la cámara de compensación les efectúe o les otorgue, por las aportaciones adicionales o retiros

efectuados a las mismas, así como por los rendimientos que sean generados por dichos depósitos, de

conformidad con lo estipulado contractualmente con la citada cámara de compensación.

82

Las liquidaciones parciales efectuadas u otorgadas por la cámara de compensación no se considerarán

como parte de los resultados del periodo, por lo que deberán seguir los lineamientos establecidos en los

siguientes dos párrafos.

83

Cuando la cámara de compensación efectúe retiros disminuyendo el saldo de la cuenta de margen, pero

sin exigir nuevas aportaciones de recursos, se considerará que la casa de bolsa ha otorgado un

financiamiento parcial para la liquidación de los contratos, por lo que se reclasificará el citado retiro,

de la cuenta de margen a una cuenta por cobrar.

84

Cuando la cámara de compensación efectúe depósitos incrementando el saldo de la cuenta de margen,

se considerará que la casa de bolsa ha recibido un financiamiento parcial para la liquidación de los

contratos, por lo que además de incrementar el saldo de la cuenta de margen, se registrará el citado

monto como un pasivo recibido de la cámara de compensación.

85

Los intereses y rendimientos que generen las cuentas de margen aportadas en efectivo por disposición

contractual incrementarán el saldo de las citadas cuentas, reflejándose en el estado de resultados como

un ingreso por intereses. Asimismo, el efecto por la valuación de valores que integren las cuentas de

margen se determinará de conformidad con lo establecido en el criterio B-2 “Inversiones en valores”.

86

En caso de que la cámara de compensación requiera a la casa de bolsa recursos adicionales, el importe

entregado será disminuido de las disponibilidades o inversiones en valores de la casa de bolsa, según

corresponda, afectando la cuenta de margen correspondiente.

87

Page 94: Introducción a los Productos Financieros Derivados

94

En caso de que la casa de bolsa retire de la cuenta de margen recursos excedentes, el importe recibido

disminuirá el saldo de la cuenta de margen correspondiente registrando en el activo de la casa de bolsa

la entrada del efectivo o valores retirados de la cuenta de margen.

4.2.9. REGLAS DE PRESENTACIÓN.

Fines de negociación

Balance general

88

Para los instrumentos financieros derivados que incorporen a la vez derechos y obligaciones, tales

como los futuros o contratos adelantados, se compensarán las posiciones activas y pasivas; en caso de

que la compensación resulte en un saldo deudor, la diferencia se presentará en el activo, dentro de las

operaciones con valores y derivadas, en caso de tener un saldo acreedor, éste se presentará en el pasivo,

como parte de las operaciones con valores y derivadas.

89

Para los instrumentos financieros derivados que únicamente otorguen derechos u obligaciones, pero no

ambos, como lo sería el caso de opciones, el importe correspondiente a dichos derechos u obligaciones

se presentará en el activo o pasivo respectivamente, dentro de las operaciones con valores y derivadas.

90

Los instrumentos derivados de rendimiento total con fines de negociación se presentarán en el activo,

dentro de las operaciones con valores y derivadas.

91

Para el caso de operaciones estructuradas con fines de negociación, la presentación de la porción o

porciones derivadas se hará por separado de la correspondiente al contrato principal, considerándose a

dicha porción o porciones derivadas como operaciones con fines de negociación, por lo que se seguirán

los lineamientos de presentación mencionados en los párrafos anteriores según el tipo o tipos de

derivados implícitos o incluidos en la operación estructurada.

92

Para el caso de paquetes de instrumentos derivados que coticen en algún mercado reconocido como un

solo instrumento, dicho paquete se presentará en conjunto, sin desagregar cada instrumento derivado en

forma individual en el activo o pasivo respectivamente, dentro de las operaciones con valores y

derivadas.

93

En el caso de paquetes de instrumentos derivados con fines de negociación no cotizados en algún

mercado reconocido, la presentación de los mismos en el balance general de las casas de bolsa seguirá

los lineamientos establecidos para cada instrumento derivado con fines de negociación en forma

individual.

94

Las cuentas de margen derivadas de operaciones celebradas en bolsas de derivados reconocidas, así

como el colateral otorgado en operaciones con instrumentos derivados no cotizados se presentarán en

95

Page 95: Introducción a los Productos Financieros Derivados

el rubro de disponibilidades o en la cartera de valores, según corresponda a la naturaleza del colateral

otorgado.

Estado de resultados

Los incrementos o disminuciones que, de conformidad con el valor razonable, se determinen de la

valuación de los activos o pasivos correspondientes a los instrumentos financieros derivados con fines

de negociación, se reconocerán en el estado de resultados como parte del resultado por valuación a

valor razonable.

Fines de cobertura

Balance general

96

Por aquellos instrumentos financieros derivados que incorporen a la vez derechos y obligaciones, tales

como futuros o contratos adelantados, se compensarán las posiciones activas y pasivas, así como en su

caso, el saldo del cargo o crédito diferido pendiente de amortizar. El resultado de dicha compensación,

ya sea deudor o acreedor, se presentará conjuntamente con la posición primaria.

97

Tratándose de instrumentos financieros derivados que únicamente otorguen derechos u obligaciones,

pero no ambos, como es el caso de las opciones, el importe correspondiente a la valuación del derecho

u obligación se presentará de manera conjunta con la posición primaria.

98

Para el caso de derivados de rendimiento total, el importe correspondiente a la valuación del derecho u

obligación se presentará de manera conjunta con la posición primaria.

99

La totalidad de derivados que conformen paquetes de instrumentos derivados con fines de cobertura se

presentarán junto con la posición primaria.

100

La cuenta por cobrar y el pasivo a que hacen referencia los párrafos 84 y 85 del presente criterio

asociados a instrumentos financieros derivados con fines de cobertura, deberán ser compensados y el

resultado de dicha compensación deberá presentarse en el rubro donde se incluya la cuenta de margen

correspondiente a los contratos de instrumentos financieros derivados celebrados en bolsas

reconocidas, por lo que estos conceptos no se presentarán junto con la posición primaria.

Estado de resultados

101

Los incrementos o disminuciones que se determinen de la valuación de las posiciones activas o pasivas 102

Page 96: Introducción a los Productos Financieros Derivados

96

correspondientes a instrumentos financieros derivados con fines de cobertura, se reconocerán en el

mismo rubro del estado de resultados en donde se registre el resultado por valuación de la posición

primaria.

Para el caso de operaciones estructuradas, deberá presentarse el resultado por valuación de la totalidad

de los componentes derivados de la operación en el mismo rubro en donde se registre el resultado por

valuación del contrato principal.

103

Para el caso de paquetes de instrumentos derivados, deberá presentarse el resultado por valuación de

cada una de las operaciones derivadas incluidas en el contrato en el mismo rubro donde se reconozca el

resultado por valuación de la posición primaria que se está cubriendo.

104

La amortización de los diferenciales a que hacen referencia los párrafos 64 y 68, se presentará en el

mismo rubro del estado de resultados donde se refleja el ingreso o gasto de la posición primaria.

4.2.10. REGLAS DE VALUACIÓN.

105

Las casas de bolsa deberán revelar la siguiente información cualitativa en notas a los estados

financieros:

a) La descripción de las políticas de administración de riesgo, así como el análisis sobre los

riesgos a los que está expuesta la casa de bolsa bajo su propia perspectiva.

b) La descripción de los objetivos generales de la casa de bolsa al celebrar operaciones

derivadas, así como la justificación de cómo los contratos derivados que celebra la casa de

bolsa son adecuados a los citados objetivos generales.

c) Los procedimientos de control interno para administrar los riesgos inherentes a estos

contratos;

d) la descripción genérica sobre las técnicas de valuación usadas por la casa de bolsa para tomar

las decisiones inherentes a estos instrumentos (valor en riesgo), duración, análisis de

escenarios, etc.), así como los supuestos del modelo utilizado.

e) Una breve descripción sobre la calidad de los créditos de los portafolios involucrados en los

derivados de rendimiento total.

f) Métodos y supuestos utilizados para determinar el valor razonable de los instrumentos

financieros derivados que no tengan cotizaciones en los mercados.

g) Una breve relación de las obligaciones a que pueda estar sujeta la casa de bolsa en

operaciones derivadas.

h) Cuando se utilicen derivados de rendimiento total para cubrir posiciones globales, éstos se

deberán desglosar de acuerdo con las distintas posiciones primarias cubiertas, y

106

Page 97: Introducción a los Productos Financieros Derivados

i) Las operaciones estructuradas utilizadas para cubrir posiciones de riesgo.

A efectos de presentar información cuantitativa de las operaciones con instrumentos financieros

derivados, se deberán considerar las siguientes distinciones:

a) Se distinguirán las operaciones con fines de negociación de las efectuadas con fines de

cobertura.

b) Posiciones largas y posiciones cortas.

c) Los instrumentos financieros derivados sobre el mostrador y los cotizados en bolsa.

d) El tipo de riesgo asumido, y

e) El tipo de instrumento financiero derivado.

107

La información cuantitativa a que hace referencia el párrafo anterior será la siguiente:

a) Montos nominales de los contratos con instrumentos financieros derivados.

b) Los montos y el tipo de colaterales otorgados por la casa de bolsa, distinguiendo el tipo de

instrumento derivado de que se trate.

c) La composición del portafolio de instrumentos financieros derivados con fines de

negociación.

d) El valor de la exposición al riesgo de mercado (de acuerdo con la técnica de valuación de

riesgo específica empleada por la casa de bolsa), así como las estimaciones de la

administración respecto a dichos riesgos. La revelación se podrá efectuar a través de la

comparación de montos nominales con valores de mercado, el saldo al final del periodo y el

saldo promedio de los valores de mercado de los diferentes tipos de instrumento, el desglose

de las tasas contractuales pagadas y recibidas (para el caso de futuros y contratos adelantados),

mediante la interrelación del valor en riesgo junto con los cambios en el valor del portafolio,

entre otros.

e) El monto de colaterales requeridos a las casas de bolsa que celebren operaciones con

instrumentos financieros derivados en mercados sobre el mostrador o fuera de mercados de

derivados reconocidos, y

f) El impacto de los resultados con instrumentos financieros derivados utilizados con fines de

cobertura, especificando el resultado favorable o desfavorable que se hubiera tenido de no

haber cubierto la posición con un contrato derivado.

108

Page 98: Introducción a los Productos Financieros Derivados

98

F U T U R O S

F I N A N C I E R O S

Page 99: Introducción a los Productos Financieros Derivados

5.1 FUTUROS EN GENERAL.

Los contratos de opciones y futuros son ejemplos de lo que se denomina activos derivados. Se trata de

instrumentos cuyo valor depende del valor de otras variables más básicas.

La incertidumbre sobre el comportamiento de los precios en un mercado constituye el principal elemento

determinante de la existencia de los mercados de futuros. Mediante los contratos de futuros, las partes

contratantes se obligan a comprar o vender activos reales y/o financieros, en una fecha futura especificada de

antemano, a un precio acordado en el momento de la firma del contrato. El contrato está totalmente

estandarizadas, en el sentido que en él se especifica claramente el activo en cuestión y sus características:

dónde va a ser entregado, el plazo al cual se va a entregarse, el monto pactado; la única variable es el precio.

De acuerdo a los flujos que se generan, las operaciones con futuros resultan en un juego de suma cero, en el

sentido de que lo que pierden un participante lo gana el otro, esto es, la suma de pérdidas y ganancias es igual

a cero.

5.1.1. FUNCIONAMIENTO DE UN FUTURO.

Los futuros son los instrumentos derivados más antiguos, hicieron su aparición en Chicago a partir de los

mercados de grano locales, y han extendido la gama de activos subyacentes hasta abarcar el grano, carne, y

otros productos agrícolas, metales preciosos, petróleo, bonos del tesoro americano, tasas de interés, índices

bursátiles, incluso ha habido discusiones sobre las posibilidades de lanzar futuro sobre la inflación.

Las operaciones del mercado de futuros son operaciones financieras que pueden llevar a la entrega o no de la

mercancía. Casi nunca se realiza esta entrega pues existe un magnífico mercado secundario en el que se

pueden cancelar los contratos realizando la operación del contraria antes del vencimiento; ahí obtienen una

utilidad o pérdida que se compensa en la operación.

Debido a que en la primera etapa sólo se listarán Contratos de Futuros, las definiciones que a continuación se

presentan están referidas únicamente a este tipo de instrumentos.

Clases y series

La negociación de futuros se efectúa mediante contratos estandarizados en plazo, monto, cantidad

y número de activos subyacentes objeto del contrato, cuya liquidación se efectúa en una fecha

futura, denominada fecha de vencimiento. La clase está integrada por todos los Contratos de

Futuros que están referidos a un mismo activo subyacente; la serie está integrada por todos

aquellos Contratos de Futuros que pertenecen a la misma clase con igual fecha de vencimiento.

Page 100: Introducción a los Productos Financieros Derivados

100

Vigencia de los contratos

Un contrato puede ser negociado a partir de la fecha de emisión o puesta en mercado, hasta la fecha de

vencimiento, que es el último día definido por las Condiciones Generales de Contratación para su operación,

antes de su fecha de liquidación final. En cuanto a la liquidación, MexDer aplica la modalidad americana,

mediante la cual los participantes pueden ejercer el derecho a liquidar anticipadamente un contrato, dando

aviso previo de su intención. También se puede extinguir la obligación implícita en un contrato, tomando una

posición opuesta sobre la misma clase y serie.

Liquidación de un contrato

La liquidación final de un contrato puede ser efectuada en especie (entrega del activo subyacente, como en el

caso de acciones y divisas) o en efectivo; según se disponga en las Condiciones Generales de Contratación.

Condiciones Generales de Contratación

Las Condiciones Generales de Contratación son el medio en virtud del cual MexDer, establece los derechos y

obligaciones, así como los términos y condiciones a los que se sujetarán los participantes que celebren,

compensen y liquiden una clase determinada de Contratos de Futuros.

Las Condiciones Generales de Contratación de cada clase especificarán al menos los elementos siguientes:

• Activo subyacente y unidades que ampara un contrato.

• Ciclo de los contratos de futuro.

• Símbolo o clave en MexDer.

• Unidad de cotización y puja.

• Mecánicas y horario de negociación.

• Fecha de vencimiento.

• Fecha de inicio de negociación de las nuevas series de Contratos de Futuros y límites a las

posiciones.

• Ultimo día de negociación.

• Fecha de Liquidación.

• Forma de Liquidación.

• Límites a las posiciones.

• Parámetros de fluctuación.

• Subyacentes.

Page 101: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Los activos utilizados como referencia en los Contratos de Futuros son activos reales que podrán ser

traspasados en especie al vencimiento del contrato, o indicadores que se expresan en dinero y cuyo

equivalente será liquidado al vencimiento.

En sus primeras fases, la negociación de Contratos de Futuros en MexDer, se efectúa teniendo como activos

de referencia paquetes de acciones, divisas (dólares), Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana

de Valores (IPC) y tasas de interés.

Tamaño del contrato

Especifica la cantidad de unidades del subyacente que debe ser liquidada por un contrato. El tamaño del

contrato no debe ser muy grande para que tenga liquidez, ni muy pequeño para evitar un costo de negociación

excesivo.

Fecha de liquidación

Es el día hábil en que son exigibles las obligaciones derivadas de un Contrato de Futuros conforme a las

Condiciones Generales de Contratación.

Precio de Liquidación Diaria

Es el precio de referencia por unidad de activo subyacente que MexDer da a conocer a la Cámara de

Compensación (Asigna) para efectos del cálculo de aportaciones y la liquidación diaria de los Contratos de

Futuros.

Precio de Liquidación al Vencimiento

El precio de referencia que da a conocer MexDer y con base al cual Asigna realiza la liquidación de los

Contratos de Futuros en la fecha de liquidación.

Posiciones Límite

Es el número máximo de contratos abiertos de una misma clase que podrá tener un Cliente. El propósito de

este límite es prevenir que los especuladores no tengan una influencia indebida en el mercado o que asuman

un riesgo imprudente.

Page 102: Introducción a los Productos Financieros Derivados

102

Contrato abierto

Es aquella operación celebrada en MexDer por un Cliente a través de un Socio Liquidador, que no haya sido

cancelada por la celebración de una operación de naturaleza contraria.

Operación de cierre o cancelación

Para efectos de registro, es aquella que reduce o cancela la posición abierta de un cliente en una serie de

contratos a través de la celebración de una operación contraria.

Aportación inicial mínima

Es el efectivo, valores o cualquier otro bien aprobado por las Autoridades Financieras que deberán entregar

los Socios Liquidadores a la Cámara de Compensación (Asigna) por cada contrato abierto.

Excedente(s) de Aportaciones

Es la diferencia entre la aportación inicial solicitada al cliente por el Socio Liquidador y la aportación inicial

mínima solicitada al Socio Liquidador por Asigna.

Posición Corta

Es el número de contratos de cada una de las series, respecto de los cuales el cliente actúa como vendedor.

Posición Larga

Es el número de contratos de cada una de las series respecto de los cuales el cliente actúa como comprador.

Un futuro es una especie de forward estandarizado y negociable en un mercado organizado, con dispositivos

de márgenes y capital para respaldar su integridad.

Los puntos principales del contrato son los siguientes:

El Activo – Es una mercancía que puede darse una gran variedad de calidad disponibles. Se hace por tanto

imprescindible que el mercado estipule la calidad o calidades de la mercancía que son aceptables.

Tamaño del contrato – Especifica la cantidad del activo que se debe entregar con un único contrato. Ésta es

una decisión importante del mercado. Si el tamaño del contrato es demasiado grande, muchos inversionistas a

Page 103: Introducción a los Productos Financieros Derivados

quienes podrían realizar coberturas de inversiones modestas o que desearían realizar operaciones

especulativas relativamente pequeñas, no podrán utilizar el mercado. Por otro lado, si el tamaño del contrato

es demasiado pequeño, la negociación puede ser costosa al existir un costo asociado a cada transacción

realizado.

Disposiciones para la entrega – El lugar donde debe realizarse la entrega debe ser especificado por el

mercado. Esto es de especial importancia para la mercancía con sotos de transporte es significativo. Cuando

se especifica lugares alternativos para la entrega, el precio recibido por la parte contratante con la posición

corta se ajusta en ocasiones al lugar elegido por esa parte.

Meses de Entrega – Los meses de entrega varían de contrato a contrato y se escoge por el mercado para

adaptarse a las necesidades de los participantes. En el MexDer los meses de entrega con marzo, junio,

septiembre y diciembre.

Posición Límite – Son el máximo número de contratos que un participante del mercado puede mantener en

cartera.

Cantidad - Con posible tolerancia cuando sea difícil medir con precisión el subyacente.

Calidad aceptable - Definida cuidadosamente, con tablas de posibles sustitutos, a veces con algún ajuste de

precios si se entrega una calidad ligeramente distinta a la especificada.

Fechas de contratación.

Horarios de mercado.

Márgenes , depósitos de garantía y mantenimiento para respaldar posiciones.

5.1.2 POSICIONES DE FUTUROS, CORTAS, LARGAS, PERDIDAS Y GANANCIA.

Pérdidas y Ganancias de la Posición Larga.

La posición larga la toman las personas o empresas que utilizan un producto como materia prima o insumo y

que carecen de él, pero deben comprarlo en el futuro para poder operar. La cobertura se realiza llevando a

cabo la operación contraria a lo que tienen. En este caso les interesa garantizar el precio del producto para

poder comprarlo y entonces poder realizar sus planes con precios estables.

El patrón de ganancias y pérdidas de una posición la larga, es decir, una posición de compra, sobre un futuro

se muestra en la siguiente gráfica. En una posición de compra, sobre un futuro se observa que un agente que

Page 104: Introducción a los Productos Financieros Derivados

104

mantiene una posición larga acumulando las ganancias conforme precio del valor del subyacente sube, ya que

se pacto de comprar a un determinado precio en el mercado, dicho subyacentes cada vez más caro, con lo que

su posición en el futuro se va valorando. Al vencimiento del contrato, sus ganancias serán las diferencias entre

el precio existente en el mercado menos del precio pactado en el futuro. Evidentemente, si el precio del valor

del subyacente baja en el mercado, el inversionistas con una posición larga, estaría acumulando pérdidas

debido que suposición está perdiendo valor.

Pérdidas y Ganancias de la Posición Corta.

La posición corta la utilizan las personas o empresas que tienen la mercancía física sus almacenes, y protegen

la fluctuación del precio tomando esta posición corta o venta de contrato de futuro.

Para el agente que mantiene una posición corta, es decir de venta, su patrón de ganancias va a ser contrario a

la de posición larga, es decir conforme precio del subyacente sube, el valor de la posición corta se reduce lo

que se convierte en pérdidas para el accionista. Por el contrario, si el precio del valor subyacente baja, la

posición corta se revalua ya que el inversionista va a vender el activo a un precio que el observa en mercado.

Ganancia

Pérdida

Precio del Subyacente

Ganancia

Pérdida

Precio del Subyacente

Page 105: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Cualquiera que sea el sistema de negociación con que se cuente el mercado, es decir, de viva voz, electrónico

o mixto, una vez realizada la transacción, éstas pasan a la Cámara de Compensación que pasa a ser la

contraparte de cada una de las posiciones y será la responsable de que se cumplan los compromisos que se

contraen con la operación de estos instrumentos.

Los participantes en el mercado de futuros.

El mercado de futuros reúne a varias clases de participantes con distintos motivos para participar en el mismo.

En primer lugar, están los llamados coberturistas (hedgers) - aquellos participantes que acuden al mercado

principalmente, para cubrir los riesgos que surgen de su actividad comercial normal - productores y

consumidores de materias primas, gestores de fondos, otro inversionistas, y cualquier otra compañía cuya

actividad genere riesgos de mercado en las categorías que los futuros abarcan.

En segundo lugar, se encuentran los participantes cuya motivación para participación en el mercado es de una

naturaleza esencialmente especulativa, y que dan liquidez al mercado con sus actividades algunos de ellos

llegan a ser participantes muy importantes de gran peso en el mercado, funcionan como una especie de

"Formadores de Mercado". Tales posiciones suponen una apuesta, bien de que el precio irá al alza o de que

irá a la baja.

El último grupo son los "brokers" o agentes, cuya misión es traer órdenes de sus clientes al mercado y

ejecutarlas cobrando una Comisión, ellos no toman riesgo de precio en el mercado y viven puramente de las

comisiones que generan.

La importancia de los márgenes de garantía.

En los mercados de futuros los compradores y vendedores no se ponen en contacto directo, ya que existe una

cámara de compensación (Asigna) que actúa como comprador y vendedor, según se a el caso, exige a los

participantes que depositen una cantidad de dinero y/o valores llamada de margen para garantizar el

cumplimiento del contrato.

Los márgenes de garantía hacen posible el funcionamiento del mercado, porque sirven de capital para

respaldar el mercado y evitan que este tome riesgo de crédito sobre algún participante. Cuando abrimos

posiciones se depositan márgenes (en dinero o en especie), este pasa a la cuenta de la Cámara de

Compensación. Todas las posiciones abiertas en el mercado están respaldadas con depósitos de dinero o

especie en la cámara, y dado que por cada participante que pierde hay uno que gane, la cámara transfiere

dinero a la cuenta de aquellos participantes que perdieron dinero a las cuentas de los que lo ganaron. El

margen inicial sirve de "colchón" para aislar la cámara de riesgos de crédito que representan todos sus

clientes, que sea un margen mínimo requerido para mantener una posición abierta (el margen mantenimiento),

Page 106: Introducción a los Productos Financieros Derivados

106

que es varias veces superior al movimiento estándar diarios del mercado, la cámara jamás toma de riesgo de

crédito sobre sus clientes porque cierra las cuentas de los clientes problemáticos antes de que éstos

representen un peligro. En situaciones de volatilidad extrema, los márgenes de garantía son aumentados por la

cámara.

Al momento en que se pacta un contrato, las contrapartes depositan en la cuenta una cantidad de dinero y/o de

valores conocida como margen, a favor de la Cámara de Compensación. Este margen, generalmente

comprende entre el 2 y 10% del valor de la posición y está determinado por la volatilidad del precio del futuro

y por la naturaleza de la oposición en mercado. El margen tiene principalmente las siguientes finalidades:

Servir como garantía de cumplimiento del contrato por parte de cada uno de los participantes.

Concretamente, el margen cumple la función de cubrir la pérdida potencia de cada uno de los agentes

debido movimientos en el precio del contrato.

Crear un fondo del que se nutra la Cámara de Compensación para atender la cancelaciones de

contratos con ganancia.

Permite a los agentes realizar sus ganancias diarias, asociadas a movimientos favorables en el precio.

El margen iniciar se cubre el mismo día en el que se establece la posición, aunque el monto acumulado por un

cliente en la cámara compensación se puede anunciar varias veces al día durante el horario de remates y al

término del mismo. Esta práctica permite a los participantes verificar la suficiencia de sus recursos durante el

curso de las operaciones del mercado, antes de terminar la jornada; y ello les permite obtener liquidez en los

casos en que sea necesario.

El valor neto de la posición de los compradores y vendedores que se iguala el importe del margen inicia,

depositado en la Cámara de Compensación para establecer contrato, más la suma de toda las ganancias

diarias, menos la suma de todas pérdidas diarias. En el caso del comprador de futuros, se realiza una pérdida

cuando el precio de futuro del valor subyacente cae. Lo opuesto sucede para el vendedor de contratos. Cuando

aumenta el precio de futuros, la cámara compensación transfiere diariamente de la cuenta del vendedor hacia

la cuenta del comprador el importe de diferencia entre los precios futuros, según las condiciones del cierre del

mercado.

Un miembro de la Cámara de Compensación recibe "aviso de margen" cuando el margen se mueve en su

contra y el valor neto depositado en la cuenta de margen cae por abajo de un nivel mínimo definido como

porcentaje del depósito inicial de margen. Este "llamado", requiere que el inversionista reconstituya sus

garantías hasta el nivel de deposito inicial.

Page 107: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Si el mercado se mueve a favor del inversionista y el valor neto de cuenta de margen supera el requisito de

mantenimiento, entonces el inversionistas puede retirar efectivo y / o valores por un monto igual al excedente

del valor neto sobre imagen inicial.

Las cámaras de compensación están facultadas para emitir, además de los llamados de margen de

mantenimiento, los llamados de "súper" margen o llamada de margen intradía que se constituyen con

depósitos adicionales que exceden el margen de mantenimiento. Esta práctica se aplica solamente en aquellos

casos en los que el mercado de tasas de interés y / o el mercado de los títulos subyacentes a los contratos de

futuros pasan por condiciones excepcionales de inestabilidad.

Si se presenta el caso de que el valor de mercado de los valores depositados en la cuenta de margen rebasa su

margen de mantenimiento y no realizar las aportaciones necesarias, su contrato queda automáticamente

cancelado, sin opción de resarcirse de las pérdidas acumuladas hasta ese momento. El margen de mínimo de

mantenimiento, es expresado como una proporción de margen inicial.

REALIZACION DE LLAMADA DE MARGEN Y RETIRO DE GANANCIAS

Cobertura de Riesgo.

Los precios de las materias primas han sido siempre una de las variables más volátiles, los productores y los

consumidores de materias primas han sido entre los primeros en acogerse a los mercados de futuros para

cubrir su riesgo de precio. También las empresas que tengan operaciones extranjeras constantes donde el tipo

de cambio sobre cualquier moneda pueda afectarlos, podrán cubrirse de este riesgo.

Margen de Mantenimiento

Llamada de

Margen

Margen Retiro de Ganancia

Margen inicial

Page 108: Introducción a los Productos Financieros Derivados

108

Cobertura Imperfecta y el Riesgo mediante Futuros - Riesgos Residuales.

Aunque los futuros son un instrumento de cobertura de riesgos muy flexibles y enormemente útil, su

utilización no suele permitir una cobertura exacta de riesgo de variación en el plazo de cualquier variable

financiera. Siempre suele quedar pequeño riesgo residual que cae, normalmente, bajo dos apartados

principales:

Riesgo de indivisibilidad. Los contratos de futuros tienen tamaños estandarizadas que son a menudo distintos

del tamaño exacto requerido por el usuario final.

Riesgo de base("Basis Risk"). Este riesgo es el que existe entre el diferenciar del precio de futuro y el precio

del activo subyacente.

ESQUEMA DE OPERACIÓN DEL MERCADO DE FUTUROS.

ASIGNA Cámara de Compensación

Envía Posición Corta

Envía posición larga

MexDer Bolsa de Opciones y Futuros

Notifica Operación

Confirmación Operación

En t r e g a Ma r g e n I n i c i a

Rel iza llamada de margen

O ent rega de ganacia

En t r e g a Ma r g e n I n i c i a

Rel iza llamada de margen

O ent rega de ganacia

Casa de Bolsa

Casa de Bolsa

Page 109: Introducción a los Productos Financieros Derivados

5.1.3 BASE, RIESGO DE BASE Y SUS DETERMINANTES.

La base en una situación de cobertura es la siguiente:

Si el activo que es cubierto y el activo subyacente del contrato de futuros son el mismo, la base debería ser

cero al vencimiento del contrato de futuro. Antes del vencimiento, la base puede ser positiva o negativa.

Cuando el precio de contado aumenta más que el precio del futuro, la base se incrementa. A esto se le llama

un reforzamiento de la base. Cuando el precio del futuro aumenta más que el precio de contado, la base se

reduce. A esto se le llama debilitación de la base.

Si la base, de forma como la definimos, es negativa vamos a decir que los precios están completamente

descritos por una relación determinada solamente por los costos de acarreo y esta condición es comúnmente

Contango

Mercado en situación Backwardation

Precio Spot Precio a Futuro

BASE = PRECIO DE CONTADO DEL ACTIVO QUE ES CUBIERTO -

PRECIO DEL FUTURO DEL CONTRATO UTILIZADO

-3-2.5

-2-1.5

-1-0.5

00.5

11.5

22.5

3

Page 110: Introducción a los Productos Financieros Derivados

110

conocida como Contango. Por el contrario, si la Base es positiva, lo que significa que el precio Spot es mayor

al precio futuro, el mercado se dice que se encuentra Backwardation, y en esta situación se dice que el precio

futuro está determinado por los costos de acarreo más otros factores diferentes como pueden ser expectativas,

exceso de ofertas de ventas a futuro, etc. Si solamente los costos de acarreo están determinando la relación

entre los precios futuros por ninguna razón pueden ser inferior al precio Spot.

Los dos términos Backwardation y Cotango, pueden ser utilizados para descubrir la senda de evolución de los

precios futuros, desde los contratos más próximos a vencimiento hasta los más alejados. Un mercado que se

encuentra en una situación de Cotango es caracterizado por presentar un crecimiento progresivo en los precios

a futuro conforme más alejado de la fecha de vencimiento se encuentre el contrato, por otro lado, un mercado

en situación de Backwardation se caracteriza porque los precios a futuro son progresivamente menores

mientras más alejados se encuentren los contratos de la fecha de su vencimiento.

De todo lo anterior, entonces podemos decir que cuando un mercado se encuentra en una situación como la

conocida como Cotango, los precios a futuro vamos a decir que se encuentran totalmente explicados por el

tiempo y los costos de acarreo. Por el contrario, si el precio a futuro es inferior al precio Spot, y decimos que

el mercado se encuentra en situación Backwardation, el precio a futuro no esta explicado por la relación

establecida por los costos de acarreo. Es importante aclarar que ambas situaciones de mercado no son

permanentes, esto significa que en día o en periodo el mercado de un contrato puede tener precio a futuro

inferior al precio Spot, pero al otro día o en otro periodo se puede observar la relación inversa en los precios.

Utilización de la Base.

El riesgo de la Base, es el riesgo asociado a la diferencia entre el precio Spot y el precio a futuro,

esencialmente a un agente que esta interesado en cubrir alguna posición, le interesa cambiar el riesgo precio,

esto es el riesgo asociado a movimientos en los precios, por el riesgo de la base. Para entender un poco más

sobre esto, consideramos a un inversionista quien mantiene una posición corta o larga sobre un activo cuyo

precio Spot es S0 el riesgo precio que se corre es que el precio del activo cambie a S'1, esto significa que el

riesgo al que se encuentra propenso el inversionista es el cambio en el precio del activo, éste es, S'1-S0=^S'.

Para cubrir este riesgo, el inversionista utiliza un futuro sobre un subyacente correlacionado positivamente

con el precio del activo que se desea cubrir, por lo que el riesgo se reduce a la diferencia entre el cambio en el

precio del activo que mantiene en su poder y la diferencia del precio futuro con el cual se está cubriendo, esto

es:

(S'1-S0) - (F'1-F0)

Utilizamos la diferencia entre ambas cantidades por el hecho que el inversionista toma una posición contraria

en el futuro a la que tiene en el activo. Si reagrupamos términos de la expresión anterior tenemos que:

Page 111: Introducción a los Productos Financieros Derivados

(S'1-F'1) - (S0-F0)

Por como fue definida la base la expresión anterior la podemos reexpresar de la siguiente forma:

Base'1-Base0

La Base es conocida, no así la segunda la cual es desconocida actualmente, en ese sentido su valor es

aleatorio.

Un inversionista que no se cubre se enfrenta al riesgo asociado con cambios en el precio de su activo. Por su

parte, un inversionista que cubre su posición contra movimientos en el precio de su activo, enfrenta solamente

el riesgo de la Base, esto es que el valor de ella pueda cambiar. Por definición la Base es S-F y el precio a un

futuro, de acuerdo a la teoría de los costos de acarreo, es F = S + CA, si sustituimos el precio futuro en la

expresión de la Base, encontramos que:

Base = F + C A – F = CA

Esto significa que la Base es igual a los costos de acarreos y dado que estos costos son conocidos y si

pudiéramos conocer su evolución a lo largo de la vigencia del contrato, entonces el valor de la Base pudiera

ser perfectamente conocida, con lo que la cobertura sería perfecta, sin embargo, siempre van a existir algunos

elementos aleatorios que van a ser que la cobertura no sea cien por ciento perfecta. Para minimizar este

riesgo, siempre desearíamos que el precio del activo y el precio futuro estén altamente correlacionados. Si se

encontrará una correlación de 1.0, entonces el riesgo Base se eliminaría totalmente, con lo que la cobertura

sería perfecta. Pero a pesar de que no lo es, lo que si sucede es que el riesgo Base siempre va a ser menor que

el riesgo precio. Para entender aun más lo anterior recurramos a un ejemplo.

Es importante evaluar si la Base se fortalece o se debilita. Mientras más positiva (o menos negativa) sea la

Base diremos que más se fortalece. En cambio, mientras más negativa (o mas pequeña en términos positivos)

sea, se dice que la Base se debilita. Por ejemplo un cambio en la Base de 10 puntos abajo, esto es el precio

Spot $0.10 inferior al precio a futuro, a 5 puntos abajo (precio Spot $0.05 abajo del precio a futuro) se dice

que la Base se ha fortalecido, aun a pesar de continuar siendo negativa. En otro caso supongamos que

tenemos una Base positiva de 20 puntos ($0.20) y esta cambia a ser de 15 puntos arriba ($0.15) se dice que la

Base se debilita, aún a pesar de que continua siendo positiva.

Supongamos que algún inversionista realiza la siguiente transacción, con el objeto de cubrir una posición que

mantiene sobre un activo y desea transferir el riesgo precio y tomar solamente el riesgo de la Base. Las

operaciones se resumen en el cuadro siguiente:

Page 112: Introducción a los Productos Financieros Derivados

112

Mercado Spot Mercado de Futuros Base

30 Dic. Precio del activo $ 3.15 Vende futuro de junio a $

3.50

- 0.35

25 Junio Vende el activo en $ 265 Compra futuro de Junio a

$ 3.00

- 0.35

Cambio $ 0.50 0.00

Precio Spot al Vender el

activo

$ 2.65

Ganancia en la posición

con futuros

+ 0.50

Precio neto de venta $ 3.15

El ejemplo anterior demuestra que utilizando el indicador de la Base, una venta a futuro puede ser más

efectiva, lo contrario se puede ver si la Base es positiva, ya que nos generaría una cobertura larga, lo que se

observaría en una mejor compra a futuro.

Finalmente, habría que señalar que si tanto el precio Spot como el precio a futuro cambian en la misma

magnitud, la Base no cambia. En este caso, la magnitud en unidades de la posición en que se tienen en el

activo y en los futuros son idénticas con lo que cualquier pérdida (o ganancia) en la posición sobre activo va a

ser compensada totalmente con la posición en futuros, con lo que se elimina totalmente el riesgo precio.

También, si la Base cambia pero el inversionista puede adelantarse a los cambios, se puede cubrir

perfectamente la posición que se tenga sobre el activo.

5.1.4 Convergencia de los precios de futuros hacia los precios de

contado.

Cuando se acerca el mes de entrega de un contrato de futuros, el precio del futuro converge hacía el precio de

contado (Spot) del activo subyacente. Al llegar el periodo de entrega el precio del futuro se iguala o está muy

cercano al precio de contado.

Para mostrar las razones de ello, supongamos primero que el precio del futuro, esté por encima del precio de

contado durante el periodo de entrega. Esto daría lugar a una clara oportunidad de arbitraje:

Venta de un contrato de futuros.

Compra de activo.

Realizar la entrega.

Page 113: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Esta serie de operaciones producirá un beneficio cierto igual a la diferencia entre el precio del futuro y el

precio de contado. A medida que los operadores exploten esta oportunidad de arbitraje, el precio del futuro

caerá.

Supongamos ahora que el precio del futuro esté por debajo del precio de contado en el periodo de entrega. Las

empresas interesadas en adquirir el activo comprarán el contrato de futuros y esperarán la entrega. En la

medida en que eso ocurra, el precio del futuro tenderá a subir.

Precio del Futuro

Precio del Futuro

Precio de contado

Precio de contado

Tiempo Tiempo

Page 114: Introducción a los Productos Financieros Derivados

114

5.2 TIPOS DE FUTUROS.

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS CONTRATOS DE FUTUROS LISTADOS EN

MEXDER, MERCADO MEXICANO DE DERIVADOS, S.A. DE C.V.

DIVISAS

Dólar de los Estados Unidos de América

DEUA

ÍNDICES

Indice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores

IPC

TASAS

Tasa Interbancaria de Equilibrio a

28 días (TIIE)

TI28

Certificados de la Tesorería de la

Federación a 91 días (CETES)

CT91

ACCIONES INDIVIDUALES

Cementos Mexicanos,

S.A. de C.V.

(CEMEX CPO)

CMXC

Fomento Económico

Mexicano, S.A. de

C.V. (FEMSA UBD)

FEMD

Grupo Carso, S.A. de

C.V.

(GCARSO)

GCAA

Grupo Financiero

Banamex-Accival, S.A.

de C.V. (BANACCI O)

BNCO

Grupo Financiero

Bancomer, S.A. de

C.V. (GFB O)

BNCO

Teléfonos de México,

S.A. de C.V.

(TELMEX L)

TMXL

Page 115: Introducción a los Productos Financieros Derivados

5.2.1.FUTUROS SOBRE MATERIAS PRIMAS.

Los mercados de futuros tuvieron sus orígenes en los mercados de materias primas, la mayor parte de los

contratos de futuros siguen siendo los futuros sobre materias primas, entre los que se encuentran:

Agrícolas Carnes Metales Energía

Trigo Cerdos Cobre Petróleo WTI

Maíz Reses Aluminio Petróleo brent

Habas de soja Pollo Plomo Gasóleo

Aceite de soja Estaño Gas natural

Harinas de soja Zinc Gasolina

Cacao Níquel Fuel oil

Café Oro

Zumo de naranja Plata

Algodón Platino

Azúcar Paladio

En México existen muchos problemas para poder empezar con estos mercados de materias primas, por la

corrupción en que vive los campesinos.

5.2.2 FUTUROS SOBRE DIVISAS.

Futuros sobre el Dólar.

En el mercado de coberturas cambiarias los participantes fijan el tipo cambiario del dólar americano en los

meses de vencimiento, evitando la incertidumbre de las fluctuaciones cambiarias al fijar la paridad en el

futuro. En este mercado participan personas físicas o morales que quieren cubrirse ante el riesgo de una

devaluación.

En este momento en el MexDer, únicamente hay futuro sobre el dólar americano.

Formula:

Page 116: Introducción a los Productos Financieros Derivados

116

Donde:

=Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre el Dólar en el día t, redondeado a la puja más

cercana.

=Tipo de cambio para solventar las obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la

República Mexicana, determinado en el día t, publicado en el Diario Oficial de la Federación en el

Día Hábil siguiente, (ajustado por la diferencia en días naturales de la fecha valor de dicho tipo de

cambio y la fecha valor de operaciones a 48 horas).

= Tasa de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación observada el día t, para el

plazo de vigencia del futuro, derivada de la curva de Descuento de CETES, publicada en el Boletín

Bursátil (Sección de Análisis y Valuación de los Instrumentos de Deuda) por la Bolsa Mexicana de

Valores.

=Tasa de rendimiento de los Treasury Bill de los Estados Unidos de América para el plazo de

vigencia del futuro, derivada de la curva calculada por la Bolsa Mexicana de Valores, publicada en

los Indicadores del Mercado de Productos Derivados.

M = Número de días por vencer del Contrato de Futuro.

T = Día de la valuación o de liquidación

Caso practico.

Cuando por cualquier concepto se tiene que hacer un pago en dólares americanos y se tienen el temor a una

devaluación, se compra contratos de futuros. En esta operación se paga una cantidad que se obtiene al

multiplicar el precio por el importe de dólares americanos que se desea cubrir. Supóngase una cobertura a 120

días por un millón de dólares americanos el 4 de marzo del 2000 a un precio de $11.00.

Cantidad de $1 000 000 x $ 11.00 = 11 000 000.00

La persona que compra cobertura tiene derecho a recibir del intermediario la diferencia entre el tipo de

cambio final y el tipo de cambio inicial multiplicado por la cantidad de dólares si el peso se devalúa.

Supóngase que el tipo de cambio inicial es de $ 9.90 y que una vez transcurridos los 120 días el tipo de

cambio final llegó a $10.70.

$ 10.70 – $ 9.90 = $ 0.80

$ 0.80 x $ 1 000 000 = $ 800,000.00

Page 117: Introducción a los Productos Financieros Derivados

El coberturista pagó $ 11 000 000 para protegerse de una devaluación brusca y recibió $ 800 000 debido a la

ligera devaluación que sufrió el peso.

Si en lugar de devaluarse el peso se revaluara, entonces tendría que pagar al intermediario la diferencia que

resultara del restar al tipo de cambio final el tipo de cambio inicial multiplicando por la cantidad de dólares.

Supóngase que el tipo de cambio llegó a $9.50.

$ 9.50 – $ 9.90 = $ 0.40

$ 0.40 x $ 1 000 000 = $ 400,000.00

Si el tipo de cambio permanece igual, no se tiene que pagar ni cobrar nada.

Especificaciones del contrato : Entrega Física.

I.- Estructura del Contrato:

1.-Subyacente.

Dólar de Estados unidos de Norteamérica (USD).

2.- Tamaño del contrato.

USD 10,000.00

3.- Periodo del contrato.

Ciclo trimestral: marzo, junio, septiembre y diciembre hasta por un año.

II.- Cotización.

1.- Clave de pizarra.

DEUA más mes y año de vencimiento. DEUASP98 (septiembre de 1998)

2.- Unidad de Cotización.

Pesos por dólar.

3.-Tamaño minimo de la puja.

$ 0.001.

4.-Valor de la puja por contrato.

$ 10.00

III.- Negociación.

1-Mecánica de Negociación.

Page 118: Introducción a los Productos Financieros Derivados

118

Viva voz en mercado continuo.

2.-Horario de negociación (tiempo de la CD de México).

8:30 a 14:00 hrs.

3.-Horario de Negociación a precio de liquidación:

Recepción de posturas. De 14:50 a 15:00 hrs.

4.-Último día de negociación.

Segundo día hábil previo al día de liquidación.

5.-fecha de vencimiento de la serie.

Segundo día hábil previo al día de liquidación.

6.-Negociación de nuevas series calendarizadas.

Comenzará el día anterior al día de la liquidación.

7.-Periodos de negociación de nuevas series.

Se listarán nuevos vencimientos para la negociación de contratos, si el MexDer lo considera necesario.

IV.- Liquidación.

1.-Liquidación al vencimiento.

Un día hábil después de la fecha de vencimiento.

2.-Procedimiento para la liquidación.

Liquidación en efectivo ($ Pesos)

3.-Estimación del precio para la liquidación diaria.

La liquidación diaria se efectúa el día hábil siguiente t+1, utilizando los precios de liquidación del día t.

El criterio para la estimación del precio de liquidación diario tendrá el siguiente orden:

El precio promedio ponderado de los futuros, de los últimos cinco minutos e la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

El precio que resulte de la subasta del MexDer.

El precio promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta del a subasta.

El precio que se derive de la curva de descuento de CETES, publicada en el Boletín Bursátil de la BMV.

4.-Precio de liquidación al vencimiento.

El criterio para la estimación del precio de liquidación final tendrá el siguiente orden:

El precio de la subasta primaria realizada por Banco de México el último día de negociación.

El precio derivado de la tasa del mercado secundario de Cetes a 91 días dada a conocer por la BMV a través

de sus medios.

El precio promedio ponderado de los futuros de los últimos cinco minutos de la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

Page 119: Introducción a los Productos Financieros Derivados

V.- Posiciones Limites por Cuenta Propia y Terceros de los Contratos de Futuros.

1.-Posiciones por clientes o por cuenta propia.

Posición individual: 40,000 contratos máximo para toda la clase y por un solo lado del mercado.

Posición opuesta: 50.000 contratos máximo para toda la clase, para posiciones en ambos lados del mercado.

Posición individual en la serie a vencer, tres semanas antes del vencimiento: 20,000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Posición individual en la serie a vencer, una semana antes del vencimiento: 10.000 contratos máximo del

contrato a vencer.

2.- Posiciones límites de cobertura:

la posición de una cuenta podrá ser mayor al límite general para quienes comprueben que han establecido

estrategias de cobertura de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara.

5.2.3 FUTUROS SOBRE ACCIONES.

Las acciones que se cotizan en este momento en la bolsa son de las empresas Cementos

Mexicanos, S.A. de C.V., Fomento Económico Mexicano, S.A.de C.V., Grupo Carso, S.A. de C.V.,

Grupo Financiero Banamex-Accival, S.A. de C.V., Grupo Financiero Bancomer, S.A. de C.V.,

Teléfonos de México, S,A, de C.V.

Se pretende que coticen más acciones en el futuro, estas son consideradas como las más

bursátiles en estos momentos.

La formula a utilizar en este tipo de instrumento de derivados es la siguiente:

Donde:

=Precio de liquidación del Contrato de Futuro sobre GFBO, en el día t, redondeado a la puja más

cercana.

= Precio de cierre de GFBO serie O , establecido por la BMV, mediante el procedimiento que esté

vigente en dicho mercado de contado.

= Tasa de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación observada el día t, para el

Page 120: Introducción a los Productos Financieros Derivados

120

plazo de vigencia del Contrato de Futuro, derivada de la curva de Descuento de CETES, publicada

en el Boletín Bursátil (Sección de Análisis y Valuación de los Instrumentos de Deuda) por la Bolsa

Mexicana de Valores.

M = Número de días por vencer del Contrato de Futuro.

T = Día de la valuación o de liquidación.

Especificaciones del Contrato: Entrega Física.

1.-Estructura y Forma de Negociación del Contrato.

Subyacente

Tamaño del

contrato

Clave de

pizarra

Tamaño

minimo de la

puja

Valor de la

puja por

contrato

Ciclo trimestral

iniciando

Telmex L 1,000 TMXL FB99 0.05 $ 50.00 Febrero

Alfa A 1,000 ALFA FB99 0.05 $ 50.00 Febrero

Elektra CPO 1,000 ELKC ENE99 0.02 $ 20.00 Enero

Apasco * 1,000 APA* ENE99 0.02 $ 20.00 Enero

Vitro A 1,000 VTRA FB99 0.02 $ 20.00 Marzo

GFB B 1,000 GFBB FB99 0.01 $ 10.00 Febrero

Gcarso A1 1,000 GCAA MR99 0.05 $ 50.00 Enero

Comerci UBC 1,000 CCMU MR99 0.02 $ 20.00 Marzo

Tvazteca CPO 1,000 TZAC MR99 0.02 $ 20.00 Marzo

Tamsa * 1,000 TAM* FB 99 0.10 $ 100.00 Enero

Femsa UBD 1,000 FEMD FB99 0.05 $ 50.00 Febrero

Banacci B 1,000 BNCB MR99 0.02 $ 20.00 Marzo

Ica * 1,000 ICA* MR99 0.02 $ 20.00 Marzo

Gmodelo C 1,000 MOD FB99 0.10 $ 100.00 Febrero

Televisa CPO 1,000 TLVC EN99 0.10 $ 100.00 Enero

Cifra V 1,000 CFRV EN99 0.02 $ 20.00 Enero

Cemex CPO 1,000 CMXC ENE99 0.05 $ 50.00 Enero

Kimber A 1,000 KIMA MR99 0.05 $ 50.00 Marzo

Soriana B 1,000 SORB FB99 0.05 $ 50.00 Febrero

Desc B 1,000 DSCB MR99 0.10 $ 100.00 Marzo

El tamaño de la puja será igual a la del subyacente.

Page 121: Introducción a los Productos Financieros Derivados

II.- Negociación.

1-Mecánica de Negociación.

Viva voz en mercado continuo.

2.-Horario de negociación (tiempo de la CD de México).

8:30 a 15:00 hrs.

3.-Horario de Negociación a precio de liquidación:

Recepción de posturas. De 15:50 a 16:00 hrs.

4.-Último día de negociación.

Segundo día hábil previo a la fecha de liquidación.

5.-Fecha de vencimiento de la serie.

Segundo día hábil previo a la fecha de liquidación.

6.-Negociación de nuevas series calendarizadas.

Comenzará el día hábil siguiente al último día de negociación

7.-Periodos de negociación de nuevas series.

Se listarán nuevos vencimientos para la negociación de contratos, si el MexDer lo considera necesario.

III.- Liquidación.

1.-Liquidación al vencimiento.

El cuarto miércoles del mes de vencimiento o el día laborable siguiente, si el primero es día no laborable.

2.-Procedimiento para la liquidación.

Entrega física del subyacente y pago del precio de liquidación al vencimiento a través de una Casa de Bolsa

Agente, conforme al reglamento Interior de Asigna.

3.-Estimación del precio para la liquidación diaria.

La liquidación diaria se efectúa el día hábil siguiente t+1, utilizando los precios de liquidación del día t.

El criterio para la estimación del precio de liquidación diario tendrá el siguiente orden:

El precio promedio ponderado de los futuros, de los últimos cinco minutos e la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

El precio que resulte de la subasta del MexDer.

El precio promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta del a subasta.

El precio se deriva de acuerdo a los niveles de tasas y del valor subyacente para tener una referencia teórica.

4.-Precio de liquidación al vencimiento.

El precio de cierre del valor subyacente que determine la Bolsa Mexicana de Valores el último día de

negociación.

El precio promedio ponderado de los futuros de los últimos cinco minutos de la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

Page 122: Introducción a los Productos Financieros Derivados

122

IV.- Posiciones Limites por Cuenta Propia y Terceros de los Contratos de Futuros.

Posición 3 semanas antes del

vencimiento

Subyacente

Spread

Individual

Spread

Posición al

vencimiento

Telmex L 10,000 20,000 5.000 10,000 500

Alfa A 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Elektra CPO 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Apasco * 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Vitro A 2,000 4,000 1.000 2,000 100

GFB B 10,000 20,000 5.000 10,000 500

Gcarso A1 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Comerci UBC 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Tvazteca CPO 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Tamsa * 500 1,000 250 500 100

Femsa UBD 10,000 20,000 5.000 10,000 500

Banacci B 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Ica * 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Gmodelo C 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Televisa CPO 500 1,000 250 500 25

Cifra V 10,000 20,000 5.000 10,000 500

Cemex CPO 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Kimber A 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Soriana B 2,000 4,000 1.000 2,000 100

Desc B 2,000 4,000 1.000 2,000 100

2.-Posiciones límites de cobertura.

La posición de una cuenta podrá ser mayor al limite general para quienes comprueben que han establecido

estrategias de cobertura de acuerdo con los dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara.

V.- Suspensiones.

Cualquier suspensión del subyacente en el mercado ocasionará que la negociación de los contratos de futuros

también se suspenda.

Page 123: Introducción a los Productos Financieros Derivados

VI.- Ejercicio de Derechos.

MexDer y Asigna, ajustarán los Contratos de Futuro sobre acciones individuales en los términos decretados

por la emisora e implementados por la Bolsa en que se encuentre listado dicho titulo accionario subyacente.

El ejercicio de derechos puede ser origen a títulos accionarios nuevos o con características diferentes al

subyacente original.

MexDer y Asigna, procurarán preservar los derechos y obligaciones previamente pactados, ajustando las

características de la(s) Clase(s) de contratos de Futuro, buscando utilizar la(s) serie(s) con mayores niveles de

liquidez que resulten del ajuste de derechos.

En el caso de dividendos en efectivo, MexDer y Asigna no realizarán ajustes a los Contratos de Futuros.

Los ajustes a los Contratos de Futuro, conforme a lo establecido en el reglamento interior de Asigna, podrán

implicar el desliste, el vencimiento anticipado, la reducción o agregación de acciones para completar locales y

eliminar picos, ajuste en el precio de liquidación, modificaciones en las posiciones abiertas, entre otros.

MexDer y Asigna informarán sobre la forma en que se realizarán los ajustes, con la oportunidad que permita

la disponibilidad de información obre los ajustes en la Bolsa en que se encuentre listado el Subyacente.

5.2.4 FUTUROS SOBRE TASAS DE INTERES.

El propósito de este mercado es que los participantes cuenten con un mecanismo que les permita fijar de

manera anticipada las tasas de interés nominales y cubrirse ante la volatilidad de éstas. Los montos deberán

estimarse en múltiplos de 1,000 y aun cuando originalmente la tasa sobre la que se realiza las operaciones es

la TIIP (Tasa de Interés Interbancaria Promedio), ahora se realizan sobre la TIIE (Tasa de Interés

Interbancaria de Equilibrio), teniendo como plazo 28 días, a pesar de que se señale que el plazo es el que

elijan las partes entre las que dé a conocer el Banco de México. Para plazos mayores a 28 días es necesario

hacer varios contratos.

En este mercado se trabaja sobre una tasa expresada en porcentaje anual con año comercial (360 días) pactada

por las partes para el plazo de TIIE de referencia. A esta se le llama Tasa Acordada. Por supuesto es común

encontrar que al vencimiento del plazo la tasa acordada no es la misma que la observada, la que realmente se

dio.

Otras de sus características son:

Page 124: Introducción a los Productos Financieros Derivados

124

Se debe buscar que la tasa de vencimiento coincida con los miércoles, que es normalmente el día de

publicación de la TIIE. La Fecha de liquidación es 24 horas después del vencimiento.

El monto lo decide el cliente del socio operador o socio liquidador y se denomina monto de referencia.

Sólo deben existir garantías para su operación y ningún desembolso inicial o prima.

El día de vencimiento, se conoce cuánto se debe pagar o cobrar en función de la tasa observada, la tasa

pactada, el periodo y el monto, siempre en efectivo, nunca en especie.

Este mercado cubre parcialmente, pues los créditos o inversiones pueden estar pactados en tasas diferentes a

al a TIIE.

Fórmulas de cálculo. Si la TIIE observada es mayor que la acordada, el vendedor tendrá derecho a recibir del

comprador una cantidad en moneda nacional resultante de la siguiente fórmula:

Donde:

= Precio de Liquidación del Contrato de Futuro sobre la TIIE a 28 días en el día t, redondeado a la

puja más cercana.

= Tasa de rendimiento forward de 28 días, dentro del plazo de vencimiento del Contrato de Futuro

estimada el día t.

=Tasa de rendimiento de Aceptaciones Bancarias y Pagarés con Rendimiento Liquidable al

Vencimiento observada el día t, para el plazo de vigencia del contrato más el plazo del subyacente,

publicada en el Boletín Bursátil (Sección de Análisis y Valuación de los Instrumentos de Deuda) por

la Bolsa Mexicana de Valores.*

=Tasa de rendimiento de Aceptaciones Bancarias y Pagarés con Rendimiento Liquidable al

Vencimiento observada el día t, para el plazo de vigencia del Contrato de Futuro, publicada en el

Boletín Bursátil (Sección de Análisis y Valuación de los Instrumentos de Deuda) por la Bolsa

Mexicana de Valores.

Page 125: Introducción a los Productos Financieros Derivados

M = Número de días por vencer del Contrato de Futuro.

t = Día de la valuación o de liquidación.

*Nota: En caso de que la tasa forward calculada sobre la curva de descuento de Aceptaciones Bancarias y

PRLV resulte ser inferior a la tasa forward de rendimiento de Cetes, para el mismo plazo, se tomará como tasa

para la liquidación, la tasa forward de rendimiento de Cetes a 28 días más una prima riesgo calculada como el

promedio de los últimos 30 días entre la tasa de rendimiento de los Cetes y la tasa de rendimiento calculada a

partir de la curva de Aceptaciones Bancarias y PRLV al mismo plazo.

El cliente de un banco tiene un crédito de $1 000 000 y le interesa fijar la tasa de interés para cubrirse ante

una probable alza. El 5 de septiembre de 1999 la TIIE que estaba vigente era del 36.10% y la fecha más

próxima para cubrirse era el 5 de noviembre de 1999. El 5 de septiembre las tasas que cotizaban en el

mercado eran compra 38%. El 4 de octubre de 1999 encontró que la TIIE ya estaba a un nivel de 41.175% y

que su operación vencía el día 5. ¿Fue adecuada la cobertura?

El deudor recibió del intermediario $2392.81 y así cubrió parcialmente el alza de la tasa de interés. Su crédito

pudo haber estado pactado a otra tasa y esto le ayudó a cubrir el alza. En el mercado donde pactó su crédito,

tuvo que pagar más interés; esta pago mayor se compensó con lo que recibió en este mercado de futuros.

Si la tasa TIIE observada es menor que la acordada, el comprador tendrá derecho a recibir del vendedor una

cantidad en moneda nacional resultante.

Futuros sobre la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a 28 días.

Especificaciones del Contrato.

I.-Estructura del Contrato.

1.-Subyacente.

Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio "TIIE" a 28 días. La TIIE fue autorizada por Banco de México en

marzo de 1995 y es la tasa a la cual los bancos están dispuestos a ofrecer o recibir préstamos a 28 días.

2.-Tamaño del contrato.

$ 100,000.

3.-Periodo del contrato.

Ciclo mensual por hasta tres meses y semestral por hasta dos años.

II.- Cotización.

TI28 más mes y año de vencimiento: TI28SP98 (septiembre de 1998)

Page 126: Introducción a los Productos Financieros Derivados

126

2.-Unidad de cotización.

Indice de 10 menos tasa de rendimiento anualizada.

3.-Tamaño de la puja.

0.01puntos del Indice.

Valor de la puja por contrato.

0.7778 centavos.

III.- Negociación.

1-Mecánica de Negociación.

Viva voz en mercado continuo.

2.-Horario de negociación (tiempo de la CD de México).

8:30 a 14:00 hrs.

3.-Horario de Negociación a precio de liquidación:

Recepción de posturas. De 14:50 a 15:00 hrs.

4.-Último día de negociación.

El mismo día de la fecha de vencimiento.

5.-Fecha de vencimiento de la serie.

El tercer miércoles del mes de vencimiento del contrato . Si es día no laborable, entonces el día hábil

siguiente.

6.-Negociación de nuevas series calendarizadas.

Comenzará el día anterior al día de la liquidación.

7.-Periodos de negociación de nuevas series.

Se listarán nuevos vencimientos para la negociación de contratos, si el MexDer lo considera necesario.

IV.- Liquidación.

1.-Liquidación al vencimiento.

Un día hábil después de la fecha de vencimiento.

2.-Procedimiento para la liquidación.

Liquidación en efectivo ($ Pesos)

3.-Estimación del precio para la liquidación diaria.

La liquidación diaria se efectúa el día hábil siguiente t+1, utilizando los precios de liquidación del día t.

El criterio para la estimación del precio de liquidación diario tendrá el siguiente orden:

El precio promedio ponderado de los futuros, de los últimos cinco minutos e la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

El precio que resulte de la subasta del MexDer.

Page 127: Introducción a los Productos Financieros Derivados

El precio promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta del a subasta.

El precio que resulte del algoritmo del MexDer.

4.-Precio de liquidación al vencimiento.

El criterio para la estimación del precio de liquidación final tendrá el siguiente orden:

La tasa que publique Banco de México en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al último día de

negociación.

El precio que resulte del promedio ponderado de los futuros registrado en los últimos cinco minutos de la

sesión.

El precio que resulte del promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de vena al cierre de la sesión.

El precio que resulte de la última operación del día.

V.- Posiciones Limites por Cuenta Propia y Terceros de los Contratos de Futuros.

1.-Posiciones por clientes o por cuenta propia.

Posición individual: 40,000 contratos máximo para toda la clase y por un solo lado del mercado.

Posición opuesta: 50.000 contratos máximo para toda la clase, para posiciones en ambos lados del mercado.

Posición individual en la serie a vencer, tres semanas antes del vencimiento: 20,000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Posición individual en la serie a vencer, una semana antes del vencimiento: 10.000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Ningún cliente podrá tener mas del 20 % del interés abierto del mercado en cualquier momento de la vigencia

de una Serie, con excepción de los primeros diez días hábiles de operación de la misma.

2.- Posiciones límites de cobertura:

la posición de una cuenta podrá ser mayor al límite general para quienes comprueben que han establecido

estrategias de cobertura de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara.

5.2.5. FUTUROS SOBRE INDICE DE PRECIOS Y COTIZACION (I.P.C.).

A principios de los años ochenta aparecieron los futuros sobre índices bursátiles, que han experimentado un

enorme crecimiento de volumen y popularidad.

Los futuros sobre índices bursátiles encuentran su principal aplicación en el manejo de carteras y como

instrumento de cobertura para posiciones en instrumentos de derivados sobre índices bursátiles. Al igual que

otros futuro su ventaja con respecto mercados subyacente es su enorme liquidez y facilidad ejecución, así

como los bajos costos de transacción con respecto transacciones en acciones.

El 30 de mayo de 1996, se inició la operación de futuros sobre el Indice de Precios y Cotizaciones

(IPC) de la Bolsa Mexicana de Valores en el Chicago Mercantile Exchange (CME) gracias al

Page 128: Introducción a los Productos Financieros Derivados

128

contrato de licencia firmado entre instituciones, el 22 de febrero de 1996. La clave de pizarra para

los contratos de futuros es MX.

Los contratos de futuros que se cotizan en el CME se valúan a 25 dólares estadounidenses el precio de los

futuros. Si el precio de los futuros del IPC es de 5200, el valor del contrato es de 130,000 dólares (25 dólares

x 5200 puntos), si el precio es de 5500 puntos, el precio del contrato es de 137,500 (25 dólares x 5500

puntos).

Para el MexDer, el precio de cada punto es de $10 y no $ 25 dólares como en el CME.

Fórmula:

Donde:

=Precio de liquidación del Contrato de Futuro sobre el IPC en el día t, redondeado a la puja más

cercana.

=Valor del IPC al cierre del día t.

=Tasa de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación observada el día t, para el

plazo de vencimiento del Contrato, derivada de la curva de Descuento de CETES, publicada en el

Boletín Bursátil (Sección de Análisis y Valuación de los Instrumentos de Deuda) por la Bolsa

Mexicana de Valores.

M = Número de días por vencer del Contrato de Futuro.

t = Día de la valuación o de liquidación.

Especificaciones del Contrato.

I.-Estructura del Contrato.

1.-Subyacente.

Page 129: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Indice de Precios y cotización de la BMV (en adelante IPC). El IPC es un índice que pondera la capitalización

de las acciones más negociadas en la Bolsa Mexicana de Valores.

La estructura del índice refleja los pagos por dividendos en efectivo (que se asumen capitalizados en valores),

así como los ajustes por cambios en la capitalización y sustitución de muestras.

2.-Tamaño del contrato.

$ 10.00 multiplicados por el valor del IPC.

3.-Periodo del contrato.

Ciclo trimestral: marzo, junio, septiembre y diciembre hasta por un año.

II.- Cotización.

1.-Clave de Pizarra.

IPC más mes y año de vencimiento IPCSP98 (septiembre de 1998)

2.-Unidad de cotización.

Puntos del Indice de Precios y Cotizaciones de la BMV.

3.-Tamaño de la puja.

Un punto del IPC.

Valor de la puja por contrato.

$ 10.00

III.- Negociación.

1-Mecánica de Negociación.

Viva voz en mercado continuo.

2.-Horario de negociación (tiempo de la CD de México).

8:30 a 14:00 hrs.

3.-Horario de Negociación a precio de liquidación:

Recepción de posturas. De 14:50 a 15:00 hrs.

4.-Último día de negociación.

El día hábil anterior a la fecha de liquidación.

5.-Fecha de vencimiento de la serie.

El día hábil anterior a la fecha de liquidación.

6.-Negociación de nuevas series calendarizadas.

Iniciará el ía de liquidación de la serie vencida.

7.-Periodos de negociación de nuevas series.

Se listarán nuevos vencimientos para la negociación de contratos, si el MexDer lo considera necesario.

Page 130: Introducción a los Productos Financieros Derivados

130

IV.- Liquidación.

1.-Liquidación al vencimiento.

El cuarto miércoles del mes de vencimiento o el día laborable siguiente, si el primero es día no laborable.

2.-Procedimiento para la liquidación.

Liquidación en efectivo de las diferencias en los valores del IPC.

3.-Estimación del precio para la liquidación diaria.

La liquidación diaria se efectúa el día hábil siguiente t+1, utilizando los precios de liquidación del día t.

El criterio para la estimación del precio de liquidación diario tendrá el siguiente orden:

El precio promedio ponderado de los futuros, de los últimos cinco minutos e la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

El precio que resulte de la subasta del MexDer.

El precio promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta del a subasta.

El precio que se derive de acuerdo a los niveles de tasas y del mercado Spot para tener una referencia teórica.

4.-Precio de liquidación al vencimiento.

El precio de liquidación será el valor de cierre del IPC registrado por la Bolsa Mexicana de Valores en el

último día de negociación multiplicado por $ 10.00.

V.- Posiciones Limites por Cuenta Propia y Terceros de los Contratos de Futuros.

1.-Posiciones por clientes o por cuenta propia.

Posición individual: 40,000 contratos máximo para toda la clase y por un solo lado del mercado.

Posición opuesta: 50.000 contratos máximo para toda la clase, para posiciones en ambos lados del mercado.

Posición individual en la serie a vencer, tres semanas antes del vencimiento: 20,000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Posición individual en la serie a vencer, una semana antes del vencimiento: 10.000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Ningún cliente podrá tener mas del 20 % del interés abierto del mercado en cualquier momento de la vigencia

de una Serie, con excepción de los primeros diez días hábiles de operación de la misma.

2.- Posiciones límites de cobertura:

la posición de una cuenta podrá ser mayor al límite general para quienes comprueben que han establecido

estrategias de cobertura de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara.

5.2.6 FUTUROS SOBRE LA UNIDAD DE INVERSIÓN (UDI).

Especificaciones del Contrato.

Page 131: Introducción a los Productos Financieros Derivados

I.-Estructura del Contrato.

1.-Subyacente.

Unidad de Inversión (UDI)

2.-Tamaño del contrato.

50,000 por UDI's.

3.-Periodo del contrato.

Ciclo trimestral: marzo, junio, septiembre y diciembre hasta por un año.

II.- Cotización.

1.-Clave de Pizarra.

UDI más mes y año de vencimiento: UDISP98 (septiembre de 1998)

2.-Unidad de cotización.

Pesos por UDI.

3.-Tamaño de la puja.

0.0002

Valor de la puja por contrato.

$ 10.00

III.- Negociación.

1-Mecánica de Negociación.

Viva voz en mercado continuo.

2.-Horario de negociación (tiempo de la CD de México).

8:30 a 14:00 hrs.

3.-Horario de Negociación a precio de liquidación:

Recepción de posturas. De 14:50 a 15:00 hrs.

4.-Último día de negociación.

El día hábil anterior a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación del valor del UDI,

considerando la que se publique dentro de las primeras dos semanas del mes de vencimiento.

5.-Fecha de vencimiento de la serie.

El día hábil de Publicación en el Diario Oficial de la Federación del valor del UDI, considerando la que se

publique den tro de las primeras dos semanas del vencimiento.

6.-Negociación de nuevas series calendarizadas.

El día de vencimiento después de las 13:30 horas.

7.-Periodos de negociación de nuevas series.

Se listarán nuevos vencimientos para la negociación de contratos, si el MexDer lo considera necesario.

Page 132: Introducción a los Productos Financieros Derivados

132

IV.- Liquidación.

1.-Liquidación al vencimiento.

Un día hábil después de la fecha de vencimiento, siempre y cuando el vencimiento sea el mismo día de

publicación en del diario Oficial de la federación de la UDI.

2.-Procedimiento para la liquidación.

Liquidación en efectivo ($ Pesos).

3.-Estimación del precio para la liquidación diaria.

La liquidación diaria se efectúa el día hábil siguiente t+1, utilizando los precios de liquidación del día t.

El criterio para la estimación del precio de liquidación diario tendrá el siguiente orden:

El precio promedio ponderado de los futuros, de los últimos cinco minutos e la sesión.

El promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta al cierre.

El precio de la última operación del día.

El precio que resulte de la subasta del MexDer.

El precio promedio ponderado de la mejor oferta de compra y de venta del a subasta.

El precio que se derive de la curva de descuentos de CETES, publicada en el Boletín Bursátil de la BMV,

ajustada por la tasa real que se derive de la negociación de Ajustabonos, publicada en el Boletín Bursátil de la

BMV, multiplicado por el valor del a UDI, correspondiente a ese día.

4.-Precio de liquidación al vencimiento.

Valor de la UDI, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día de

vencimiento para el siguiente día hábil:

V.- Posiciones Limites por Cuenta Propia y Terceros de los Contratos de Futuros.

1.-Posiciones por clientes o por cuenta propia.

Posición individual: 40,000 contratos máximo para toda la clase y por un solo lado del mercado.

Posición opuesta: 50.000 contratos máximo para toda la clase, para posiciones en ambos lados del mercado.

Posición individual en la serie a vencer, tres semanas antes del vencimiento: 20,000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Posición individual en la serie a vencer, una semana antes del vencimiento: 10.000 contratos máximo del

contrato a vencer.

Ningún cliente podrá tener mas del 20 % del interés abierto del mercado en cualquier momento de la vigencia

de una Serie, con excepción de los primeros diez días hábiles de operación de la misma.

2.- Posiciones límites de cobertura:

la posición de una cuenta podrá ser mayor al límite general para quienes comprueben que han establecido

estrategias de cobertura de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Interior de la Cámara.

Page 133: Introducción a los Productos Financieros Derivados

O P C I O N E S

F I N A N C I E R A S

Page 134: Introducción a los Productos Financieros Derivados

134

6.1.1. DEFINICION DE OPCIONES.

La historia de las opciones es más reciente que la historia de los mercados de futuros, Pereztol dice que es

1968 el año que se remonta su nacimiento. Una Opción es un contrato que le da al tenedor comprador el

derecho, mas no la obligación, de comprar o de vender una opción o valor a una fecha determinada (o antes) y

a un precio preestablecido.

Se puede comparar con las pólizas de seguros, pues al adquirir una póliza lo que se está adquiriendo es la

opción de recibir cierta cantidad de dinero si se tienen un accidente.

6.1.2.TERMINOLOGIA:

S Subyacente K o X Precio de Ejercicio

T Vencimiento t Inicio

R Tasa de Interes

C Call Americana c Cal Europea

P Put Americana p Put Europea

° Volatilidad Pr Prima

Fecha de Vencimiento. Es el último día en que puede ejercerse el derecho que otorga la opción.

Periodo de Vigencia de la Opción. Es el tiempo que falta para la fecha de vencimiento de la opción.

Precio de Ejercicio. Su nombre en ingles es “strike price”, y es el precio al que el comprador de un opción de

compra puede comprar el bien subyacente que ampara la emisión de esa opción. O el precio al que el

comprador de una opción de venta puede vender el bien subyacente que ampara la emisión de esa opción.

Prima de Emisión. Es el precio que el comprador inicial de una opción paga el emisor o vendedor primario

de la misma a cambio de los derechos establecidos en ella. En caso de mantener la opción hasta su

vencimiento, será la máxima pérdida que su propietario pueda tener.

Precio del Bien Subyacente. Es el precio al cual se cotiza el bien del cual se tiene la opción. Comparar este

precio con el precio de ejercicio sirve para conocer si la opción tienen un valor intrínseco.

Valor Intrínseco. Es la diferencia positiva entre el precio del bien subyacente y el precio de ejercicio. Dicho

de otra forma, es la cantidad que se puede obtener al ejercer la opción a un precio de ejercicio dado. Si no

vales la pena ejercer el derecho porque el valor intrínseco es menor o igual a cero, se dice que la opción no

tienen valor intrínseco.

Page 135: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Precio de la Opción. Es el cual se cotiza la opción en el mercado. Comparando con el valor intrínseco , sirve

para conocer si la opción considera un calor en el tiempo. Además,, es la máxima pérdida que puede tener el

que invierte en la opción en caso de mantenerlas hasta su vencimiento.

Valor en el Tiempo. Cuando el precio de mercado es mayor que el valor intrínseco , se dice que la opción

tiene valor en el tiempo. De hecho, las opciones que están fuera del mercado tienen valor en el tiempo, con la

esperanza de los inversionistas de que el precio se recupere. El valor en el tiempo se encuentra afectado por

dos variables: 1) el periodo de vigencia de la opción, y 2) la volatilidad de los precios del bien subyacente.

Volatilidad de precio del bien subyacente. Se refiere a la desviación estándar de los precios del bien

subyacente en un periodo de tiempo, normalmente un año.

6.1.3. CLASES Y SERIES DE OPCIONES.

De esta forma, por el derecho que otorga la opción al comprador de la misma, existen dos tipos:

Opciones de comp-ra (Call).

Opciones de venta (Put).

Opciones de compra o venta de un activo.

Una opción que da derecho a comprar o vender algo a un precio determinado (el precio de ejercicio) en una

fecha o serie de fechas determinadas; por ejemplo, una opción que da el derecho a comprar dólares a once

pesos dentro de un año.

Opciones sobre una transacción.

También existen opciones de otros tipos, en que el derecho que la opción concede no es el derecho de

comprar o vender un activo, sino simplemente de derecho a efectuar una transacción determinada a un

periodo de tiempo dado, como por ejemplo, una opción sobre un swaps. Si una opción que nos da el derecho

durante el próximo año entra en un Swap en el que pagamos una tasa de terminada recibimos tasa variable

durante dos años, es evidente que de ejercer nuestra opción no hemos comprado ni vendido nada:

sencillamente hemos hecho un Swap.

Opciones liquidadas.

Existen también acciones liquidadas como podría ser una opción sobre un índice bursátil. Puede darse el caso

que una opción sobre el índice de precios de cotización cuyo comprador recibe dentro de tres meses cien

Page 136: Introducción a los Productos Financieros Derivados

136

pesos por cada punto que el índice de esté por encima de cuatro mil quinientos. Si dentro de tres meses el

índice está por debajo de cuatro mil quinientos, el comprador de la acción no recibe nada, pero si el índice

sube, digamos hasta cinco mil el comprador de la acción recibe la diferencia. En este caso la opción del

comprador no adquiere el derecho de comprar ni vender nada, ni efectuar transacción alguna como en el caso

de la opción sobre un Swap. El comprador de la opción a adquiere simplemente el derecho a recibir una

cantidad determinada de dinero si se da una serie de circunstancias determinadas (aumento del índice por

arriba de cuatro mil quinientos).

Opciones escondidas.

Muchos tipos de actividad comercial normal que en opciones implícitas que no son opciones de compra ni

venta, ni liquidadas, pero también tienen valor. Por ejemplo, en una opción la compañía que tiene el derecho

de recibir hace un contrato que le permita especificar, poco antes de la llegada de la mercancía, donde desea la

entrega de la mercancía, si es en una ciudad o en otra.

Opciones Call y Put.

La terminología de las opciones es en su mayor parte anglosajona, por lo que conviene definir pronto los

términos, “Call” y “Put”. Los equivalentes habituales en castellano (opciones de compra y opciones de venta)

no resultan tan aplicables cómo explicamos antes en los muchos casos en que la acción no da derecho a

comprar ni vender nada, pero los términos, “Call” y “Put” pueden ser generalizados como explicaremos a

continuación.

Una opción, Call da al comprador de la opción del derecho de comprar el activo subyacente a un precio

determinado en una fecha o fechas futuras.

Una opción, Put da al comprador de la opción el derecho a vender el activo subyacente a un precio

determinado a una fecha o fechas futuras.

GANANCIA

PERDIDA

K

K

CALL LARGO CALL CORTO

BREAK EVEN

BREAK EVEN

PRIMA

PRIMA

Page 137: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Cualquiera que sea su mecánica una opción será un Call cuando su poseedor gana si el subyacente sube, y un

Put cuando su poseedor gana si el subyacente baja.

Supongamos que una opción ésta hoy a 100 pesos. El comprador de un Call a 105 gana dinero si una acción

sube de precio por encima de 105, porque puede comprarla a 105 gracias a la opción y luego venderla al

precio de mercado. De manera análoga el comprador de un Put a 105 ganar dinero si la acción baja de precio

por debajo de 105, porque puede comprarla por debajo de los 105 en el mercado y luego venderla 105 gracias

a la opción.

El break even es cuando la ganancia o perdida absorben el costo de la prima.

Esta terminología apareció inicialmente en el mercado de opciones sobre acciones, en el que estaba muy claro

que las opciones daban el derecho a comprar acciones (Call) o vender acciones (Put). Hoy en día existen

muchos más tipo de opciones, pero la terminología sigue siendo la misma,: Calls y Puts.

Una opción de compra de la compra y venta de la opción de compra, el perfil de pérdidas y ganancias ocurre

de forma contraria como si los que en la gráfica.

Las opciones se puede clasificar también de acuerdo al tiempo que se pueden ejercer derecho que ella se

otorgan el:

Opciones europeas

Opciones americanas

Las óperas europeas son aquellas que sólo pueden ser ejercidos es en la fecha de vencimiento; mientras que

las otras americanas son aquellas que pueden ejercer durante la vida de la pasión, en cualquier momento antes

de expresión.

La distinción tiene orígenes históricos, dado que en Estados Unidos las primeras opciones sobre acciones que

se hicieron en Chicago se podían ejercer cualquier día hasta su vencimiento, mientras que en la bolsa de

Londres era tradicional que las opciones se pudiesen ejercer únicamente en el último día de su vida.

GANANCIA

PERDIDA

K

K

PUT LARGO PUT CORTO

BREAK EVEN

BREAK EVEN

PRIMA

PRIMA

Page 138: Introducción a los Productos Financieros Derivados

138

Oyen día la distensión hall se ahorra críticas existe únicamente en el nombre; tanto en América como en

Europa y Asia es correctamente posible hacer concesiones con cualquiera de los dos posibles mecanismos de

ejercicio.

Aunque en algunos casos su valor puede ser idéntico, en general las opciones americanas son más valiosos

que las europeas de Precio del Ejercicio (strike) y vencimiento idénticos sobre el mismo activo, dado que

otorga más derechos que estas últimas. Una opción americana tiene que valer por lo menos, lo mismo tono

opciones europea, porque siendo la ejercemos hasta su vencimiento se comporta exactamente igual, y demás

es posible que tenga más valor por que en algunos casos puede resultar ventajoso ejercerla antes de su

vencimiento.

Observe que en la definición de las ocasiones se encuentra una serie de variables: El precio que aparece en el

contrato es conocido como el precio de ejercicio, La fecha en que vencer la pensión a comprar o vender es la

fecha de ejercicio por la madurez de la acción o fecha de vencimiento. La o párroco la acción de dar tenedor

sólo la ocasión de comprar o vender a un valor, de ABC serenamente que de la obligación. La opción se

puede ejercer cuando el tenedor así lo deseen, siempre y cuando esté dentro de la fecha de ejercicio. Este es

una característica que distinguía las ocasiones de los contratos de los futuros, el contrato futuro es definitivo,

el costo de este último es prácticamente nulo, mientras que el de las Opciones tiene un precio, es la prima.

Existen cuatro tipos de participantes en los mercados de opciones:

Compradores de opciones de compra.

Vendedores de opciones de compra.

Compradores de opciones de venta.

Vendedores de opciones de venta.

Se considera que los compradores tienen “posiciones largas” y los vendedores “posiciones cortas”.

6.1.4. FACTORES QUE AFECTAN EL PRECIO DE UNA OPCION.

Subyacente.

Precio Ejercicio.

Tiempo.

Tasa de interés.

Volatilidad.

Dividendos.

Call Americana Call Europea Put Americana Put europea

Subyacente + + - -

Precio Ejercicio - - + +

Page 139: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Tiempo + + * + + * Tasa de Interés + + - - Volatilidad + + + + Dividendos - - + +

Cuando se tiene mas probabilidad de ejercer una opción , vale más y cuando se tiene menos probabilidad vale

menos.

A mayor riesgo mayor rendimiento.

A mayor tasa menos el valor presente.

El factor subyacente tiene una tendencia positiva en el Call ya que si sube de precio de este, hay más

posibilidades de que llegue y rebase el Precio de Ejercicio (strike) y la opción se ejerza, por el contrario con

el Put ya que tiene menos posibilidades de que el precio del subyacente este por debajo del Precio de ejercicio

(strike) y este no se pueda ejercer.

En el factor del Precio de Ejercicio si este es muy alto la opción Call tendrá menos posibilidades de que el

precio Spot llegue a este, por lo tanto será mas barato, provocando una perdida, por el contrario el Put valdrá

mas ya que tiene más posibilidades de que el precio Spot no llegue al Precio de ejercicio y esto provoque una

ganancia para este.

El factor tiempo es positivo para las dos opciones (Call y Put), ya que entre más tiempo tengan para llegar al

precio de ejercicio de una opción será difícil saber cual será su tendencia en ese lanzo de tiempo (puede bajar

o subir), si el tiempo es corto es más fácil saber si tiene tendencia de estar por arriba o por debajo del precio

de ejercicio.

*Hay que tomar en cuenta que en las opciones americanas valen mas que las europeas ya que estas

pueden alcanzar en cualquier momento de su vida el precio de ejercicio y ser ejercidas, por el contrario

las europeas solo en su vencimiento.

El factor de tasa de intereses actúa igual que el factor subyacente, ya que este también toma la forma de un

subyacente en las opciones.

El factor volatilidad es positivo para las dos opciones (Call y Put), ya que el mercado es tan inesperado que no

se sabrá con certeza si el precio Spot terminara por arriba o por debajo del Precio de Ejercicio, sin importar si

el tiempo es corto o largo, por la inestabilidad del mercado.

Page 140: Introducción a los Productos Financieros Derivados

140

El factor dividendo solo es aplicable a las opciones con acciones, si hay un pago de dividendos en el periodo

una opción disminuye ya que el precio Spot bajaría y no tendría muchas posibilidades de alcanzar un precio

de ejercicio alto, por el contrario el Put aumentaría su valor por tener más posibilidades de estar por debajo

del precio de ejercicio.

6.1.5. TIPOS DE SUBYACENTES.

El activo subyacente sobre el que funciona la opción puede ser cualquier cosa: acciones, bonos, oro, materias

primas, edificios, o incluso otra acción (una opción que del derecho de comprar otra acción,).

Las Opciones pueden ser emitidos sobre un buen número de valores, siendo los más comunes las opciones,

los índices de mercados accionarios, las divisas extranjeras, los futuros, certificados de la ser el que era diestra

los swaps.

OPCIONES DE ACCIONES

En los mercados de opciones, el más antiguo y más amplio en el mundo son con las opciones sobre acciones

comunes.

Limites de las opciones.

Riesgo Utilidad Costo de entrada

Call Largo Limitado

(Prima)

Ilimitado Positivo

Call corto Ilimitado * Limitado

(Prima)

Negativo

Put Largo Limitado

(Prima)

Ilimitado* Positivo

Put Corto Ilimitado Limitado

(Prima)

Negativo

Fronteras en el precio de las opciones (Máximo y Mínimo)

Supuestos:

No hay costos de transacción.

Page 141: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Puedes prestar y pedir prestado a tasa de mercado

Existen las ventas en corto.

Obligación que implica una posición corta en un Call.

Una opción Call le da al tenedor el derecho, mas no la obligación, de comprar un valor hasta una fecha

predeterminada y a un precio preestablecido.

Por lo tanto no existe una obligación.

Obligación que implica una posición corta en un Put.

Una opción Put le da al tenedor el derecho, mas no la obligación , de vender un valor hasta una fecha

predeterminada y a un precio preestablecido.

Al igual que la posición corta de un Call no hay obligación.

Valor intrínseco y valor tiempo.

Supongamos que tanto el precio Spot como forward de una activo determinados que hoy 100. Si tenemos una

opción que nos permite comprar en activo a 95, por ejemplo, la opción tiene 5 unidades de valor intrínseco, el

valor que una opción tendría si la ejerciésemos hoy. Cuando un Call tiene un Precio del Ejercicio (strike) que

esta por debajo del precio de subyacente o cuando Put tiene un Precio del Ejercicio (strike) que está por

encima del precio tal de subyacentes, se dice que ésta dentro del dinero y tiene un valor intrínseco porque si

lo ejercemos hoy recibimos dinero.

Call Put

Dentro del dinero S – K > 0 K – S < 0

En el dinero S = K K = S

Fuera del dinero S – K < 0 K – S > 0

Una opción está en el dinero, cuando su Precio del Ejercicio (strike) es igual al precio del subyacente, y fuera

del dinero cuando está alejado del subyacente de manera que ejercer la opción daría lugar a la pérdida.

Supongamos que la opción vales 15, 10 de estas 15 son el valor intrínseco de la opción (evidentemente la

opción no puede valer menos en su valor intrínseco, por si así fuese podríamos ganar dinero por arbitraje) y

los cinco restantes son el llamado valor tiempo, que deriva del hecho de que existe una probabilidad de que la

opción acabe todavía dentro del dinero si esperamos al vencimiento.

Page 142: Introducción a los Productos Financieros Derivados

142

Evidentemente, el valor tiempo de una opción es pequeño cuando ésta se halla muy fuera del dinero, porque

la probabilidad de que el subyacente se mueva lo bastante como para que la opción acabe sus días dentro del

dinero es pequeña. Cuando se halla muy dentro del dinero pasa lo mismo, la probabilidad de que el

subyacente se mueva lo bastante como para que la opción acabe fuera del dinero es pequeña, por lo que el

valor tiempo es pequeño. En general, las opciones tienen la máxima cantidad de valor tiempo cuando el

subyacente está cerca del Precio del Ejercicio (strike).

Objetivos.

Los objetivos de las opciones se pueden agrupar generalmente en dos categorías de acuerdo a nivel agregado.

A nivel microeconómico.

Nivel macroeconómico.

Una opción es un instrumento financiero que tiene básicamente dos atractivos a nivel microeconómico:

Es un producto con el cual un inversionista puede protegerse del riesgo.

El segundo, es que el inversionistas lo que puede gozar simplemente para invertir o especular.

A nivel macroeconómico podemos encontrar los siguientes objetivos:

Formación más eficiente de precios de los valores y presentes.

Mejorar los niveles de liquidez en mercado.

Ampliar las oportunidades de arbitraje.

Permitir perfiles de riesgos y rendimientos controlables.

VALOR CALL

PRECIO DEL SUBYACENTE

VALOR TIEMPO

VALOR INTRINSECO

Page 143: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Ventajas y desventajas.

Los usuarios potenciales de futuros y Opciones brevemente de las ventajas las desventajas de estos mercados.

Estas ventajas desventajas incluye micro factores y maduro actor. Los marco factores afectan a todos los

participantes al mercado, así como la economía. Los únicos factores afectan principalmente a los usuarios

específico de los mercados de acciones y futuros.

Las Opciones representan un tipo alternativo de cobertura y contrato especulativo para un subía al usuario.

Las Opciones tiene un límite de pérdida potencia equivalente al precio de la misma; aquí y que éste tanto

comprador como un vendedor de la opción. Se las posiciones son descubiertas uno tiene un potencial limitado

de pérdidas y como ganancia y el otro u potencial ilimitado de pérdidas ó ganancias, según sea su punción.

Las opiniones difieren. tanto de los contratos de futuros y esto implica que los participantes deben escoger el

mercado específico desea consistente con sus objetivos y necesidades.

Existencia de los tractores que determinación no debe invertir en ocasiones un futuros. De los cuales pueden

ser los siguientes:

Los futuros utilizados de la siguiente manera:

Para cubrirse del riesgo de la variación de un valor suficiente a un costo mínimo.

La invertir efectivo temporalmente hasta que se pueda comprar los valores que uno desee; esto es, los grupos

no nos dan la oportunidad de sustituir temporalmente inversiones y una manera rápida y barata.

Salvo método para especializarse en la selección de acciones que remover riesgo de movimientos en el si de

mercado.

Es un medio de modificar designaciones en acciones del sus bonos rápidamente y bajo costo, sin afectar en

mercado en los errores individuales.

Las Opciones son utilizadas de las siguientes maneras:

Para ajustar el riesgo y rendimiento de la oposición determinada a un costo muy bajo.

Para cubrirse de los riesgos de movimientos en los precios de las cantidades; las opciones son mejores que los

futuros cuando la cantidad que uno desea proteger es incierta.

Uso de una opción con el propósito de protección.

El uso de las opciones para la protección de los movimientos del mercado que son desconocidos y que no

quiere sufrir ningún riesgo. Considere un inversionista que en Diciembre tiene 10,000 acciones de Telmex el

precio actual es de $ 50.00 cada una. El inversionista esta preocupado por la posible baja de las acciones por

los próximos meses pero desea vender las acciones, por lo que únicamente quiere protegerse.

Page 144: Introducción a los Productos Financieros Derivados

144

Fundamentos en la valuación de Opciones.

Para poder comprender el funcionamiento de las Opciones y así tomar posiciones adecuadas, se necesita

conocer los actores intervienen para determinar su precio más interesa saber que que depende el precio de una

opción, encontraremos los límites dentro de los cuales puede encontrarse el precio de una pasión,

posteriormente, de terminaremos el precio de una opción de compra.

Determinación de los límites.

El valor de las opciones se encuentran entre determinados límites, uno superior y un inferior, determinar

hemos dicho límites entre los que se deben en contra el precio de una opción. En el día de espiración, el

precio de ejercicio es mayor o igual que el precio de la opción.

En conceptos de opciones en el vencimiento el precio que la opción está determinado por la diferencia entre el

precio de la acción en el periodo del precio de ejercicio. Nos interesa saber cuánto cuesta la acción en el año

cero. Presentaremos un método simple de que nos arrojada los determinantes del valor de una opción y la

manera como éstos la influyen.

Límite superior.

Una opción de compra otorgada el derecho de comprar una acción por lo que nunca puede valer más de lo que

cuesta una opción. Por ello, con opción de compra se venderá siempre por debajo de la acción.

Límite inferior.

El primer aspecto considera aquí es el valor que tiene que ser igual o mayor a cero. Si el precio de la opción

es mayor al precio de ejercicio, entonces el orden la ocasión de comprobar legan menos la diferencia entre

dichos conceptos.

Para apreciar esto suponga que el precio de una opción X desde el 100 del precio de ejercicio de noventa. La

diferencia de diez. Entonces la acción valdría 8, entonces podremos comprar la opción y inmediatamente

ejercer. Resultado de ejercer la opción es lo que ganamos casi instantáneamente.

Esto definitivamente no puede durar mucho tiempo ya que desapareciera por medio del arbitraje. El precio de

la opción tenga que subir a cuando menos a 10. Esto demuestra que el límite inferior sobre el valor de la

compra desde cero o diferencia entre la acción y la opción cualquiera que sea mayor.

El límite inferior es llamado el valor intrínseco de la acción sino dice lo que la acción valdría si fuera a expirar

ahora. Una opción vale su valor intrínseco, la acción valdrá algo más antes de la expiración.

Page 145: Introducción a los Productos Financieros Derivados

6.2.1.ESTRATEGIAS ESPECULATIVAS UTILIZANDO OPCIONES.

Varias estrategias especulativas integran una sola opción y la acción subyacente. Una opción de compra

cubierta se logra comprando las acciones y remitiendo la opción de venta y comprar las acciones. La primera

es similar a vender una opción de venta; la segunda es similar a comprar una opción de compra.

Los spreads implican tanto tomar una posición en dos o más opciones de compra como tomar una posición en

dos o más opciones de compra como tomar una posición en dos o más opciones de venta. Un Bull Spread

puede crearse comprando una opción de compra (de venta) con un precio de ejercicio bajo y remitiendo una

opción de compra (de venta) con un precio de ejercicio alto. Un Bear Spread puede crearse comprando una

opción de compra (de venta) a un precio de ejercicio alto y remitiendo una opción de compra (de venta) con

un precio de ejercicio intermedio, un Calendar Spread, implica remitir una opción de compra (de venta) con

un corto periodo de tiempo hasta el vencimiento y comprar una opción de compra (de venta) con un periodo

de tiempo más largo el vencimiento. Un diagonal Spread, implica una posición larga en una opción y una

posición a corto en otra opción donde tanto el precio de ejercicio como la fecha de vencimiento son

diferentes.

Las combinaciones implican tomar una posición tanto en opciones de compra como en opciones de venta

sobre las mismas acciones. Una combinación Straddle, implica tomar una posición larga en una opción de

compra y una posición de venta con el mismo precio de ejercicio y vencimiento.

6.2.2.Diferenciales alcistas (Bull spreads)

Este puede crearse comprando una opción de compra sobre acciones con cierto precio de ejercicio y

vendiendo una opción de compra sobre las mismas acciones a un precio de ejercicio más alto. Ambas

opciones tienen la misma fecha de vencimiento. los beneficios de las dos posiciones en opciones separadas lo

muestran las líneas discontinuas. El beneficio de la estrategia conjunta es la suma de los beneficios que dan

las líneas discontinuas y viene indicado por la línea continua ya que el precio de una opción de compra

siempre decrece cuando el precio de ejercicio aumenta, el valor de la opción vendida siempre es menor que el

valor de la opción comprada. Un bull spread, cuando se crea a partir de opciones de compra necesita de una

inversión inicial.

Supongamos que X1 es el precio de ejercicio de la opción de compra, X2 es el precio de ejercicio de la

opción de la compra vendido, y St es el precio de las acciones en la fecha de vencimiento de las opciones. La

tabla muestra el resultado total que se obtendrá con un Bull Spread en diferentes circunstancias. Si el precio

de las opciones va bien y es mayor que el precio de ejercicio, el resultado será la diferencia entre los dos

precio de ejercicio, X2 – X1. Si el precio de las opciones en el vencimiento se encuentran entre los dos precio

de ejercicio, el resultado será St – X1. Si el precio de las opciones de vencimiento está por debajo del precio

de ejercicio más bajo, el resultado es cero,. El beneficio neto se calcula sustrayendo la inversión inicial del

resultado.

Page 146: Introducción a los Productos Financieros Derivados

146

Una estrategia Bull Spread limita el máximo potencial del inversionista y su riesgo inferior. El inversionista

tiene una opción de compra con un precio de ejercicio igual a X1 y ha decidido renunciar a ciertos beneficios

vendiendo una opción de compra con un precio de ejercicio de X2 ( X2 > X1 ). Por el contrario, a cambio de

renunciar al potencial alcista, el inversionista consigue el precio de la opción con el precio de ejercicio de X2.

Puede distinguirse tres tipos de Bull Spreads:

Ambas opciones de compra inicialmente fuera de dinero.

Una opción de compra inicialmente en dinero, la otra opción de compra inicialmente fuera de dinero.

Ambas opciones de compra inicialmente en dinero.

Los Bull Spreads más agresivos son los del tipo 1. Formales tiene poco costo y tienen una pequeña

probabilidad de dar un resultado relativamente alto (=X2 – X1 ). Cuando nos movemos del tipo 1 al 2 y del

tipo 2 al tipo 3, los Spreads son cada vez más conservadores. Los Bull Spreads también pueden crearse

comprando una opción de venta con un precio de ejercicio bajo y vendiendo una opción de venta con un

precio de ejercicio alto. A diferencia del Bull Spread creado utilizando opciones de compra, los Bull Spreads

creados a partir de las opciones de venta implican un flujo de caja positivo para el inversionista (ignorando

requisitos de garantía). Los resultados finales de los Bull Spreads creado utilizando opciones de venta son más

bajos que los creados utilizando opciones de compra.

PRECIOS DE LAS

ACCIONES

RESULTADO DE UNA

OPCION DE COMPRA

A LARGO PLAZO

RESULTADO DE UNA

OPCION DE COMPRA

A CORTO

RESULTADO

TOTAL

St > X2 St – X X2 – St X2 – X1

X1 < St < X2 St – X1 0 St – X1

St < X1 0 0 0

X1 X2 St

Beneficio

Page 147: Introducción a los Productos Financieros Derivados

6.2.3.Diferencial Bajista (Bear Spreads)

Un inversionista que firma un Bear Spread, espera que el precio de las acciones baje. Puede crearse

comprando una opción de compra con un precio de ejercicio y vendiendo una opción de compra con otro

precio de ejercicio. No obstante, el precio de ejercicio de la opción comprada es mayor que el precio de

ejercicio de la opción vendida. Un bear spread creado a partir de opciones de compra implica una entrada e

efectivo inicial (ignorando los requisitos de garantía), si el precio de la opción de compra vendida es mayor

que el precio de la opción de compra adquirida.

Considerando que los precios de ejercicio son X1 y X2 con X1 y X2 con X1 < X2 el beneficio bruto que se

obtendrá con un bear spread en diferentes circunstancias. Si el precio de las acciones es mayor que X2, el

beneficio bruto es negativo en –(X2 – X1). Si el precio de las acciones es menor que X1 el resultado es cero.

Si el precio de las acciones está entre X1 y X2, el resultado es –(St – X1). El beneficio neto se calcula

añadiendo al ingreso líquido inicial el resultado.

Los bear spreads limitan el beneficio potencial y el riesgo de pérdida. Los bear spread pueden crearse

utilizando opciones de venta en vez de opciones de compra. El inversionista compra una opción de venta con

un precio de ejercicio alto y vende una opción de venta con un precio de ejercicio bajo. Los bear spreads

creados con opciones de venta necesitan una inversión inicial. En esencial el inversionista ha comprado una

opción de venta con cierto precio de ejercicio y la elegida renuncia al beneficio potencial emitiendo una

opción de venta con un precio de ejercicio más bajo. A cambio del beneficio al que se renuncia, el

inversionista consigue el precio de la opción vendida.

PRECIOS DE LAS

ACCIONES

RESULTADO DE UNA

OPCION DE COMPRA

A LARGO PLAZO

RESULTADO DE UNA

OPCION DE COMPRA

A CORTO PLAZO

RESULTADO

TOTAL

St > X2 St – X2 X1 – St - (X2-X1)

X1 < St < X2 0 X1 - St - (St –X1)

St < X1 0 0 0

St X1 X2

Beneficio

Page 148: Introducción a los Productos Financieros Derivados

148

6.2.4 Mariposa (Butterfly Spread)

Un butterfly spread implica posiciones en opciones con tres precios de ejercicio distintos. Puede crearse

comprando una opción de compra con un precio de ejercicio relativamente bajo, X1 comprando una opción de

compra con un precio de ejercicio relativamente alto X3, y el vendiendo dos opciones de compra con un

precio de ejercicio X2, la media entre X1 y X3. Generalmente X2, es similar al precio actual de las acciones.

Un butterfly spread produce beneficios si el precio de las acciones permanece cerca de X2 pero da una

pequeña pérdida si hay un movimiento significativo en el precio de las acciones en cualquier dirección, es por

lo tanto una estrategia apropiada para un inversionista que piensa que grandes movimientos del precio de las

acciones son improbables. La estrategia necesita una pequeña inversión inicial.

Los butterfly spread pueden crearse utilizando opciones de venta. El inversionista compra una opción de

venta con un precio de ejercicio bajo, otra con un precio de ejercicio alto, y vende dos opciones de venta con

un precio de ejercicio intermedio.

PRECIO DE

LAS

ACCIONES

RESULTADO DE

LA PRIMERA

OPCION DE

COMPRA A

LARGO

RESULTADO DE

LA SEGUNDA

OPCION DE

COMPRA A

LARGO

RESULTADO DE

LAS OPCIONES DE

COMPRA A

CORTO

RESULTADO

TOTAL

St < X1 0 0 0 0

X1 < St < X2 St – X1 0 0 St –X1

X2 < St < X3 St – X1 0 - 2 (St –X2) X3 – St

X1

X2

X3

Beneficio

St

Page 149: Introducción a los Productos Financieros Derivados

St > X3 St –X1 St – X3 -2 (St – X2) 0

6.2.5 Cono (Straddle)

Ésta implica comprar una opción de compra y una opción de venta igual precio de ejercicio y vencimiento. El

precio de ejercicio se denota por X. Si el precio de la acción es similar a este precio de ejercicio al

vencimiento de las opciones, el straddle produce una pérdida. Sin embargo, si hay un movimiento

suficientemente grande en cualquier dirección resultará un beneficio significativo.

Un straddle es apropiado cuando un inversionista espera un movimiento grande en el precio de las acciones

pero no sabe en qué dirección va a ser éste. Para que un straddle sea una estrategia efectiva, las expectativas

del inversionista sobre las acciones deben ser diferentes de las de la mayoría de todos los participantes en el

mercado. Si el punto de vista general del mercado es que habrá un gran salto en el precio de las acciones, éste

se refleja en los precios de las opciones. Cuando el inversionista intente comprar opciones sobre acciones, las

encontrará bastante más caras que otras sobre acciones parecidas donde no se espere ningún salto.

Al straddle a veces se le llama bottom stradle o straddle purchaes. La posición inversa es un diferencial

superior (top straddle o straddle write). Este se crea emitiendo una opción de compra y una opción de venta

con igual precio de ejercicio y fecha de vencimiento. Se trata de una estrategia muy arriesgada. Si el precio de

las acciones en la fecha de vencimiento es similar al precio de ejercicio, produce un beneficio significativo.

No obstante, la pérdida que surge de un gran movimiento en cualquier dirección es ilimitada.

PRECIO DE LAS

ACCIONES

RESULTADO DE LA

OPCION DE COMPRA

RESULTADO DE LA

OPCION DE VENTA

RESULTADO

TOTAL

X

Beneficio

St

Page 150: Introducción a los Productos Financieros Derivados

150

St < X 0 X – St X – St

St > X St – X 0 St - X

6.2.6.Cunas de las acciones (Strangles)

En un strangle, a veces llamado combinación vertical de fondo Bottom vertical combitation, un inversionista

compra una opción de venta con igual vencimiento y diferentes precios de ejercicio. El precio de ejercicio de

la opción de compra X2, es mayor que el precio de ejercicio de la opción de la opción de venta X1.

Un strangle es una estrategia parecida a un straddle. El inversionista está apostando a que habrá un gran

movimiento en el precio pero no está seguro si será un incremento o un decremento. Los precios de las

acciones tienen que moverse más en un strangle que en un straddle para que el inversionista obtenga

beneficios. Sin embargo, el riesgo de pérdida, si el precio de las acciones finaliza en un valor central, es

menos con un strangle.

El modelo de beneficios obtenido con un strangle depende de que tan cercanos están los precios de ejercicio.

Cuando más apartados estén menor será el riesgo de perdida y el precio de las acciones deberá moverse allá

para poder obtener un beneficio.

PRECIO DE LAS

ACCIONES

RESULTADO DE LA

OPCION DE COMPRA

RESULTADO DE LA

OPCION DE VENTA

RESULTADO

TOTAL

St > X2 St – X2 X1 – St - (X2 – X1)

X1 < St < X2 0 X1 – St - (St – X1)

X1 X2

St

Beneficio

Page 151: Introducción a los Productos Financieros Derivados

St < X1 0 0 0

6.2.7. Posiciones Sintéticas.

Largo Prima Largo Delta

Call largo Call largo

Put largo Put corto

Corto Prima Corto Delta

Call corto Call corto

Put corto Put largo

6.3. VALUACION TEORICA DE LAS OPCIONES.

No existe hasta la fecha ninguna fórmula que permita valorar de manera analítica una opción americana. Las

opciones americanas son muy frecuentes en el mercado y todos los participantes saben valorarlas con

diferentes métodos uno de ellos es el binomial

6.3.1. REPRESENTACION DEL MODELO BINOMIAL.

En este modelo asumimos que sólo puede haber dos precio de la acción a la fecha de maduración del contrato,

en un periodo muy corto de tiempo. En cada uno de estos subperiodos, el precio puede tomar solamente dos

valores, uno a la alza (Sa) y otro a la baja (Sb), cada uno con cierta probabilidad de ocurrencia el modelo se

ilustra de la siguiente manera:

Movimientos del Precio de la Acción en un corto periodo

S

P

1 - P

Sa

Sb

Page 152: Introducción a los Productos Financieros Derivados

152

Donde P es la probabilidad de que el precio de la acción vaya a la alza y ( 1-P ) de que vaya a la baja. El

método binomial consiste en adicionar el valor presente de todos los posibles resultados de los sudperiodos.

El árbol completo se presenta a continuación:

Observe en la gráfica que en el inicio, el precio de la acción es conocido; con el avance del tiempo existen dos

posibles precios, Sa y Sb, y así sucesivamente.

Así las opciones se valúan comenzando por las ramas finales del árbol y hacia la rama inicial. El valor de la

opción es conocida al tiempo T.

El método es el siguiente:

Empezamos desde el final del árbol.

Dividimos el tiempo hasta el vencimiento t en n intervalos.

Calculamos el calor del subyacente en cada rama hasta el final del árbol.

Calculamos el valor intrínseco de la opción al final de cada rama.

Seguimos retrocediendo un nivel en el árbol y recalculamos hasta llegar al principio.

6.3.2. FACTORES QUE DETERMINAN LA VALUACION DEL PRECIO DE LA OPCION

(GRIEGAS).

Sa4

Sa3 Sa2 Sa2

Sa Sa S S S Sb Sb Sb2 Sb2

Sb3

Sb4

Page 153: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Delta.

El delta de la opción es sencillamente la primera derivada del precio, y representa la sensibilidad de valor de

la opción a movimientos pequeños en el precio del subyacente

Mide el cambio en el precio de la opción dado los cambios en el subyacente.

Las opciones Call suben de precio al subir el subyacente, por lo que tiene delta positivo, mientras que las

opciones Put suben de precio al bajar el subyacente, por lo que su delta es negativa.

Volatilidad.

Es la dispersión de los precios del bien subyacente, ya que no existen dos casas de bolsa que tengan la misma

medida de volatilidad.

Gamma.

Indica en cuánto variará ña delta de la opción cpn una variación de $1.00 en el precio del bien subyacente.

Vega.

Es el indicador que nos dice por cada punto porcentual que varíe la volatilidad cuánto variará el precio de la

opción.

Theta.

Este indicador se basa en el tiempo y, conforme avanza éste, se reduce la posibilidad de que el precio se

recupere.

Rho.

Mide el cambio del precio de la opción dado el cambio en la tasa.

6.3.3.EL MODELO DE BLACK Y SCHOLES.

Este modelo desarrollado por Fischer Black y Myron Scholes, busca valorar las opciones ( C ), en función del

periodo de vigencia de la opción (T), la tasa de interés de riesgo ( i ), el precio de ejerccio de la opción (Pe).

El precio del bien subyacente (S) y la tasa de rendimiento instantánea ( R ).

C = S x N ( D¹) – Pe x e x N ( d² )

El modelo parte, entre otros, de los siguientes supuestos:

El precio del subyacente (S) cambia suave y continuamente teniendo una tasa de rendimiento instantánea (R)

en un periodo de tiempo corto (Dt). Entonces el cambio aleatorio (Ds²), se explicaría con la siguiente fórmula:

Page 154: Introducción a los Productos Financieros Derivados

154

Esta fórmula implica certeza y, por ende, resulta irreal. Para adaptarla a la realidad es necesario agregarle

un componente impredecible que depende de la volatilidad del precio del subyacente y de un componente

aleatorio distribuido normalmente. Entonces el cambio aleatorio (Ds²), está dado por la multiplicación del

precio del subyacente (S), por la volatilidad elevada al cuadrada (V²), y por un número aleatorio normal

(Z) con la siguiente fórmula:

La acción subyacente no paga dividendos.

La volatilidad es conocida y constante durante la vigencia de la opción.

La tasa de interés libre de riesgo ( i ) se mantiene también constante durante la vigencia de opción.

No hay costos de transacción para las acciones o las opciones.

No considera el aspecto impositivo.

La opción es estilo europeo, es decir, sólo se puede ejercer a vencimiento.

Como es evidente, el modelo matemático tiene muchas limitaciones; sin embargo, es muy utilizado pues el

valor teórico de la opción se obtienen con una sola fórmula, y para su cálculo sólo se requiere la estimación de

la volatilidad, considerada ésta como la desviación estándar de los precios del bien subyacente en un periodo,

normalmente un año. La volatilidad se puede obtener de casas de bolsa, de cálculos personales o de lo

indicadores bursátiles editados por la Bolsa Mexicana de Valores.

Dada la dificultad que puede tener el cálculo del calor de una opción o warrant utilizando la fórmula de Black

y Scholes, y dado que es un modelo estático pues considera volatilidad y tasa de interés constantes a través de

la vida de la opción, algunas personas que conocen los riesgos y beneficios de este mercado y tienen

experiencia con el análisis técnico, prefieren utilizar esta herramienta.

Page 155: Introducción a los Productos Financieros Derivados

CONCLUSIONES.

Los Productos Financieros Derivados tienen una larga historia. En 1865 se negociaron los primeros contratos

de futuros sobre productos agrícolas y en los siguientes años se desarrollaron contratos de futuros sobre

metales y otros productos. Los contratos de futuros y opciones de carácter financiero como divisas,

instrumentos de deuda e índices accionarios aparecieron en la década de los setenta y ochenta.

Se llevo demasiado tiempo para que en México iniciara la negociación con uno de los tipos de productos

derivados listados que a diferencia de los productos derivados “over the counter”, requieren de una

infraestructura legal y operativa más compleja. Los principios contables y las leyes fiscales están cambiando a

fin de adaptarse a este mercado, que es consecuencia de la apertura comercial a nivel mundial que se ha

venido experimentando a finales del siglo.

Cuando no era posible cubrir los riesgos de mercado, no existía la responsabilidad de medirlos y analizarlos,

puesto no se podía hacer nada con ellos; sin embargo, hoy en día, se pueden utilizar otros instrumentos para

cubrirlos como lo son los futuros, opciones, forwads, mismos que han ido aumentado en los últimos años,

convirtiéndose en internacionales; sin embargo, la interrelación de los mercados mundiales de otros países

también nos afecta.

En otros países se considera como negligencia no cubrir el riesgo, el desconocimiento de los instrumentos

financieros derivados, no es excusa para no usarlos en la gestión de una empresa.

El proyecto formal para la constitución de una Bolsa de Productos Derivados inició en México en 1994. El 15

de diciembre de 1998 MexDer y Asigna, iniciaron operaciones con la cotización de futuros sobre el dólar

estadounidense. En el transcurso de un año, se han incorporado en este mercado, futuros sobre nueve

instrumentos como son: Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a 28 días, Certificados de la

Tesorería de la Federación (CETES) a 90 días, Indice de Precios y Cotizaciones (IPC) de la Bolsa Mexicana

de Valores (BMV) y sobre las acciones más bursátiles de la BMV: CEMEX CPO, FEMSA UBD, GCARSO

A, BANACCI O, GFB O y TELMEX L.

El lanzamiento de los contratos fue gradual, ya que mientras el futuro del dólar inició

operaciones en el mes de diciembre de 1998, en abril y mayo de 1999 se listaron los futuros

de IPC y Tasas de Interés, respectivamente. Los últimos futuros que se listaron fueron las

acciones, iniciando operaciones el 29 de julio de 1999, pero antes de iniciar la operación en

la Bolsa de estos instrumentos, había que hacer el diseño del mercado en términos de reglas

que lo normaran, es decir, infraestructura operativa. Los funcionarios del Sector Financiero

esperaron quizá 30 años para que en México se iniciara la negociación con uno de los

productos derivados que se conocen: los Futuros.

Page 156: Introducción a los Productos Financieros Derivados

156

Los instrumentos financieros derivados son enormemente flexibles y representan un enorme avance, ya que su

aplicación es bastante sencilla una vez que se aprenden los principios básicos.

Se pueden realizar contratos de futuros sobre una gran cantidad de productos o activos, que en la terminología

del mercado de derivados, se conocen como productos subyacentes. Por ejemplo en los mercados extranjeros

existen contratos de futuros sobre productos como el azúcar, maíz, trigo, café, carne, petróleo, etc. y sobre

productos financieros como las divisas, las tasas de interés, acciones y en general sobre cualquier instrumento

financiero, sujeto a condiciones de negociación que se puedan estandarizar: como calidad, cantidad, precio y

vencimiento.

Una característica adicional de los contratos de futuros es que se negocian en bolsas organizadas, que cuentan

con una cámara de compensación que garantiza que el trato se cumplirá, ya que esta cámara se convierte en

contraparte de cada vendedor y de cada comprador, además de una serie de regulaciones y salvaguardas

tecnológicas y jurídicas para garantizar que cada participante cumplirá con lo acordado.

La función principal de los contratos de futuros es cubrir los riesgos que se presentan, debido a movimientos

inesperados en el precio del producto o en las principales variables económicas, como el tipo de cambio o las

tasas de interés.

Como empresario uno puede controlar muchos aspectos de la producción y mantenerlos de acuerdo con su

demanda, pero pensemos por un momento ¿qué pasaría si de pronto el costo financiero se incrementa debido

a un movimiento adverso de la tasa de interés? o ¿si el costo de la materia prima se incrementa debido a una

variación adversa en el tipo de cambio? esto seguramente haría que modifique su planeación financiera para

hacer frente a las nuevas condiciones del mercado. Precisamente una de las mayores ventajas de los contratos

de futuros es que si, los usa adecuadamente, puede fijar desde ahora las condiciones que desea en el futuro a

diversos plazos previamente establecidos.

Probablemente ha escuchado que los futuros son herramientas financieras altamente sofisticadas, reservadas

solamente a las grandes corporaciones, pero este tipo de herramientas en otros países están disponibles a

empresas chicas, medianas y también para personas físicas. Ahora con el inicio de operaciones de MexDer,

están disponibles contratos de futuros sobre dólar, tasas de interés, índice de precios y cotizaciones, así como

las acciones más bursátiles cotizadas en la Bolsa Mexicana de Valores.

Es probable que también haya escuchado o leído historias que se refieren a personas o instituciones que han

perdido mucho dinero especulando con futuros u otros productos derivados. Pero nadie se entera de los miles

de millones de pesos que se ahorran los empresarios y las personas físicas cuando se protegen usando futuros

para compensar su exposición a los riesgos del mercado. El propósito de estas herramientas financieras no es

correr riesgos, es exactamente lo contrario: proteger los negocios y a los inversionistas de pérdidas

financieras causadas por cambios inesperados de los precios.

Page 157: Introducción a los Productos Financieros Derivados

"MexDer en su primer año ha demostrado que ya es una alternativa confiable para la administración de

riesgos de tipo financiero y se ha convertido en un símbolo de desarrollo del Sistema Financiero Mexicano".

Al término de sus primeros 12 meses, MexDer operó 596 mil contratos con un importe de 56,280 millones de

pesos, superando ampliamente las expectativas de operación.

Entre los aspectos que destacan en este primer año de operaciones están los siguientes:

• MexDer, operó en promedio el 34% del importe operado en el mercado de capitales de la BMV,

tomando como referencia el mes de agosto de 1999, fecha en que estaban disponibles los diez

contratos de futuros, señalados anteriormente.

• El número de Socios pasó de 5 en diciembre de 1998 a 21 en diciembre de 1999, considerando

Socios Operadores y Liquidadores.

• En materia de certificación el mercado cuenta con 483 personas certificadas para ejercer las

funciones de administrador de riegos, de cuentas, promotores, responsables de la operación y

operadores de piso. El proceso de certificación hace igual énfasis en materia de conocimiento de

código de ética y sanas prácticas que en aspectos técnicos y legales del mercado.

• Se mantuvo la continuidad operativa sin errores (252 días de operación).

• Aunque la mayor parte de las operaciones se realizaron para cobertura de riesgos de los participantes

directos del mercado el número de clientes se está incrementando gradualmente incorporando

empresas comerciales, industriales y de servicio líderes.

Los propósitos del MexDer son:

• Incrementar el número de participantes en el Mercado de Derivados.

• Promover la cultura de administración del riesgo a nivel nacional.

• Consolidar la autorregulación como filosofía del Mercado.

• Promover la liquidez en el mercado.

Esta tesis tiene como finalidad la de apoyar al contador y a todo aquel que se interese en los Productos

Financieros Derivados, proporcionándole las herramientas que existen en nuestro país. Se ha recopilado todo

tipo de información hasta la fecha, desde financiera hasta fiscal, ya que el MexDer, tendrá un crecimiento

importante para el desarrollo de la economía, el contador profesional debe de tener conocimientos del manejo

adecuado de estos instrumentos.

Page 158: Introducción a los Productos Financieros Derivados

158

GLOSARIO.

Activo Subyacente: Bien o índice de referencia, objeto de un Contrato de Futuro o de un Contrato de Opción,

concertado en la Bolsa de Derivados.

Agente: Intermediario autorizado para responsabilizarse de la ejecución de los procedimientos de ejercicio y

liquidación de contratos de futuros y opciones; función que en MexDer es efectuada por los Socios

Liquidadores.

Apalancamiento Financiero: Operación con productos derivados, a través de la cual el inversionista busca

beneficiarse íntegramente de la totalidad de la apreciación (en los Calls) o de la depreciación (en los Puts) de

los títulos de referencia, con una inversión inferior al precio de mercado de dichos títulos.

Aportación Inicial Mínima: Efectivo, valores o cualquier otro bien aprobado por las Autoridades

Financieras, que deberán entregar los Socios Liquidadores a la Cámara de Compensación por cada contrato

abierto.

Aportaciones: Efectivo, valores o cualquier otro bien que aprueben las Autoridades Financieras, que deban

entregar los clientes a los Socios Liquidadores y, en su caso, a los Socios Operadores, por cada contrato

abierto, para procurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de futuros o contratos de

opciones correspondientes.

Arbitraje: En el mercado de opciones y otros productos derivados, el arbitraje implica una estrategia que

combina la compra de un contrato que se considera subvaluado y la venta de otro considerado sobrevaluado;

vinculados a dos activos subyacentes relacionados; esperando obtener un beneficio libre de riesgo, sin que

medie una inversión.

Asigna: Fideicomiso administrado por Bancomer S.A., identificado como Asigna, Compensación y

Liquidación, cuyo fin es el de compensar y liquidar contratos de Futuros y Contratos de opciones, y para

actuar como contraparte en cada operación que se celebre en MexDer.

Autoridades Financieras: En el Mercado Mexicano de Derivados, conjunta o indistintamente, la Secretaría

de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México.

Bolsa de Derivados: Véase MexDer.

Cámara de Compensación: Véase Asigna.

Canasta Accionaria: Conjunto de acciones de diferentes series y emisoras que constituye una unidad de

referencia para la emisión de contratos de derivados.

Clase: Todos los contratos de futuros y contratos de opciones que tienen como objeto o referencia un mismo

activo subyacente.

Cliente: Es la persona que celebra contratos de futuros y/o contratos de opciones en MexDer, a través de un

Socio Liquidador o de un Socio Operador que actúe como comisionista de un Socio Liquidador, y cuya

contraparte es la Cámara de Compensación.

Comisionado de Ejecución: Persona designada por el Comité Técnico para asumir la administración de un

Socio Liquidador, cuando se presente cualquiera de los supuestos de intervención previstos en el Reglamento.

Page 159: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Comité de Certificación: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar al Consejo en sus facultades

de certificación al personal responsable de cada Miembro.

Comité Disciplinario y Arbitral: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar al Consejo en sus

facultades disciplinarias.

Comité Normativo y de Etica: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar al Consejo en sus

facultades normativas.

Comité de Admisión y Nuevos Productos: Organo colegiado de MexDer encargado de auxiliar al Consejo

en sus facultades técnicas, de admisión de socios y de autorización de Miembros.

Comité Técnico: Organo de gobierno de un fideicomiso.

Comité de la Cámara de Compensación: Organo colegiado para vigilar la prestación de servicios

contratados entre MexDer y Asigna, así como las comisiones y tarifas cobradas por los mismos.

Commodities: Palabra inglesa que se utiliza para nombrar al conjunto de mercaderías como metales,

productos agrícolas, etc., negociados en una bolsa o en el mercado spot.

Compradores: (Contrato de Futuro). Es la parte que se obliga a pagar al vendedor en la fecha de liquidación,

el saldo de liquidación al vencimiento.

Conciliador: Persona que ha sido designada en términos del Reglamento para desempeñar el cargo de

conciliador entre las partes, en caso de controversia.

Condiciones Generales de Contratación: Características estandarizadas para cada uno de los contratos de

futuros y contratos de opciones.

Consejo de Administración de MexDer: Organo de gobierno de MexDer, elegido por la Asamblea de

Accionistas.

Contralor Normativo: Persona designada, en los términos de los estatutos sociales de MexDer y aprobada

por las Autoridades Financieras, como responsable de vigilar que MexDer y Asigna, así como los Socios

Operadores y los Socios Liquidadores, cumplan con la normatividad aplicable al Mercado.

Contrato Abierto: Operación celebrada en MexDer por un cliente a través de un Socio Liquidador, que no

haya sido cancelada por el mismo cliente, por la celebración de una operación de naturaleza contraria de la

misma Serie, a través del mismo Socio Liquidador.

Contrato de Futuro: Contrato estandarizado en plazo, monto, cantidad y calidad, entre otros, para comprar o

vender un activo subyacente, a un cierto precio, cuya liquidación se realizará en una fecha futura. Si en el

contrato de futuro se pacta el pago por diferencias, no se realizará la entrega del activo subyacente. De

acuerdo con el subyacente es como se determina el tipo de futuro, así se tiene que un futuro sobre divisas se

está refiriendo a que el valor subyacente objeto del contrato es una cantidad determinada de cierta moneda

extranjera.

Contrato de Opción: Contrato estandarizado, en el cual el comprador, mediante el pago de una prima,

adquiere del vendedor el derecho, pero no la obligación, de comprar (Call) o vender (Put) un activo

subyacente a un precio pactado (precio de ejercicio) en una fecha futura, y el vendedor se obliga a vender o

comprar, según corresponda, el activo subyacente al precio convenido. El comprador puede ejercer dicho

Page 160: Introducción a los Productos Financieros Derivados

160

derecho, según se haya acordado en el contrato respectivo. Si en el contrato de opción se pacta el pago por

diferencias, no se realizará la entrega del activo subyacente.

Contrato forward: El realizado por dos partes que acuerdan comprar o vender un artículo específico en una

fecha futura. Difiere de un futuro en que es contratado directamente entre las partes, sin intervención de una

cámara de compensación y sólo puede realizarse hasta su vencimiento.

Contrato: Instrumento legal en el que se establecen las partes que se obligan y sus respectivos derechos y

obligaciones.

Cuenta Propia: Registro de las operaciones con base en el cual se realiza la compensación y el cálculo de

Aportaciones Iniciales Mínimas, aportaciones al Fondo de Compensación y demás conceptos objeto de

compensación y liquidación que la Cámara de Compensación lleva de cada Socio Liquidador de Posición

Propia.

Cuentas: Conjunto de registros de las operaciones con base al cual Asigna realiza la compensación y el

cálculo de Aportaciones Iniciales Mínimas, aportaciones al Fondo de Compensación y demás conceptos

objeto de compensación y liquidación que la Cámara de Compensación llevará por cada Socio Liquidador.

Día Hábil: Cualquier día en que las instituciones de crédito y las casas de bolsa deben mantener abiertas su

oficinas y celebrar operaciones en términos de la regulación vigente.

Disposiciones: "Disposiciones de carácter prudencial a las que se sujetarán en sus operaciones los

participantes en el mercado de futuros y opciones cotizados en Bolsa", publicadas en el Diario Oficial de la

Federación de fecha 26 de mayo de 1997, así como las modificaciones, adiciones y aquellas disposiciones que

sustituyan a las antes mencionadas.

Ejecución de Garantías: Venta extrajudicial de los valores dados en garantía a través de un ejecutor de la

caución bursátil, designado de común acuerdo por las partes.

Ejercicio en Efectivo: Especificación en el contrato de derivados, cuya liquidación no requiere la entrega

física del valor de referencia.

Ejercicio en Especie: Especificación en el contrato de derivados, cuya liquidación implica la entrega física

del valor de referencia.

Entrega: Transportación de un activo (real o financiero) a un destino específico, indicado en el contrato,

debido a que un futuro se realiza y debe ser saldado. En opciones se procede a la entrega cuando ésta es

ejercida al precio de ejercicio pactado.

Excedente de la Aportación Inicial Mínima: Diferencia entre la aportación solicitada al Cliente por el Socio

Liquidador y la Aportación Inicial Mínima solicitada al Socio Liquidador por la Cámara de Compensación,

que administra el Socio Liquidador correspondiente.

Fecha de Cancelación: Día en que se extingue una operación que hubiere sido celebrada por un Cliente, a

través de un Socio Liquidador, por haber vencido el plazo de tal operación, o por la celebración de una

operación contraria del mismo tipo por dicho Cliente, a través del mismo Socio Liquidador.

Fecha de Liquidación: Día Hábil en que expira el plazo de un Contrato conforme a las Condiciones

Generales de Contratación y son exigibles las obligaciones derivadas.

Fecha de Vencimiento: Ultima fecha en la cual un contrato puede ser negociado o ejercido.

Page 161: Introducción a los Productos Financieros Derivados

Fideicomiso: Figura jurídica que ampara la entrega de determinados bienes por parte de una persona física o

moral (el fideicomitente) a una institución que garantice su adecuada administración y conservación (el

fiduciario) y cuyos beneficios serán recibidos por la persona que se designe (el fideicomisario) en las

condiciones y términos establecidos en el contrato de fideicomiso.

Fideicomitente: Persona que ordena la creación de un fideicomiso.

Fideicomitente de la Cámara de Compensación: Persona que afecte recursos al patrimonio de la Cámara de

Compensación.

Fiduciario: Banco, casa de bolsa u otra institución bancaria de desarrollo autorizada para realizar operaciones

de fideicomiso, en los términos jurídicos correspondientes. Institución encargada de cumplir las instrucciones

del mandante o fideicomitente, con respecto a bienes puestos a su nombre y beneficio del mismo o de

terceros.

Fondo de Aportaciones: Fondo constituido en la Cámara de Compensación con las Aportaciones Iniciales

Mínimas entregadas por los Socios Liquidadores, por cada contrato abierto.

Fondo de Compensación: Fondo constituido en la Cámara de Compensación con, al menos, el porcentaje de

la suma de todas las Aportaciones Iniciales Mínimas que fijen las Autoridades en las disposiciones legales

aplicables y que la Cámara de Compensación le solicite al Socio Liquidador, así como por cualquier otra

cantidad solicitada por la Cámara de Compensación para este fondo.

Formador de Mercado: Socio Operador que se obliga a mantener, en forma permanente y por cuenta propia,

cotizaciones respecto de la Clase en la que se encuentre registrado.

Indice de Precios y Cotizaciones (IPC): Es el principal indicador del mercado accionario mexicano, el cual

ilustra el comportamiento de una muestra de emisoras representativas del universo de empresas que cotizan en

Bolsa, con respecto a su valor de capitalización.

Liquidación: Cerrar una posición cualquiera que ella sea, larga o corta. Para una posición larga abierta, se

puede liquidar la posición vendiendo el contrato. Para una posición corta, se logra mediante compra de un

contrato de futuro de la misma serie.

Liquidaciones Diarias: Sumas de dinero que deban solicitarse, recibirse y entregarse diariamente, según

corresponda, y que resulten de la valuación diaria que realice la Cámara de Compensación por aportaciones

iniciales mínimas, Fondo de Compensación y por variaciones en el precio de cierre de cada contrato abierto,

con respecto al precio de cierre del día hábil inmediato anterior o, en su caso, con respecto al precio de

concertación.

Liquidación Extraordinaria: Cantidad de dinero que la Cámara de Compensación exige a cada Socio

Liquidador, en las situaciones de emergencia previstas en el Reglamento Interior de la Cámara de

Compensación.

Manual Operativo de Asigna: Manual de Políticas y Procedimientos, en el cual se establecen los

procedimientos, metodología, especificaciones y horarios a los que deben ajustarse la Cámara de

Compensación y los Socios Liquidadores en el cumplimiento de sus funciones.

Page 162: Introducción a los Productos Financieros Derivados

162

Manual Operativo de MexDer: Manual de Políticas y Procedimientos, en el cual se establecen los

procedimientos y especificaciones a los que deben ajustarse MexDer, sus Miembros y la Cámara de

Compensación, en el cumplimiento de sus funciones.

Mark-to-Market: Práctica de acreditar o disminuir la cuenta de margen de los agentes, debido a los

movimientos diarios en el precio de cierre del subyacente del futuro.

Mercado Spot: Aquel en que la entrega y pago del bien negociado se efectúan al momento de la

concertación. El precio al cual se negocian se le conoce como precio spot o de contado.

MexDer: Sociedad anónima denominada MexDer, Mercado Mexicano de Derivados, S.A. de C.V., que tiene

por objeto proveer las instalaciones y demás servicios para que se coticen y negocien los contratos de futuros

y contratos de opciones.

Miembro: Socio de MexDer autorizado para celebrar contratos de futuros y contratos de opciones, ya sea en

el carácter de Socio Liquidador o de Socio Operador.

Operación: Acto mediante el cual se celebra indistintamente un Contrato de Futuro o un Contrato de Opción

en MexDer, por virtud del cual, un cliente y la Cámara de Compensación se adhieren a los términos

establecidos en las Condiciones Generales de Contratación.

Operación de Apertura: Para efectos de registro, es aquella operación por la cual se crea o incrementa la

posición abierta de un Cliente en una Serie de Contratos de Futuro. Para la parte que compra, la operación de

apertura crea o incrementa la posición larga; para la parte que vende, la operación de apertura crea o

incrementa la posición corta.

Operación de Cierre o Cancelación: Para efectos de registro, es aquella operación por virtud de la cual se

reduce o cancela la posición abierta de un Cliente en una Serie de Contratos, a través de la celebración de una

operación contraria. Para la parte que compra, la operación de cierre reduce o cancela la posición corta; para

la parte que vende, la operación de cierre reduce o cancela la posición larga.

Operaciones por Cuenta de terceros:Operaciones que celebren y liquiden los Socios Liquidadores por

cuenta de personas distintas a la institución de crédito y/o casa de bolsa fideicomitente, así como las que

celebren los Socios Operadores actuando como comisionistas de un Socio Liquidador.

Operaciones por Cuenta Propia: Operaciones que celebren y liquiden los Socios Liquidadores

exclusivamente por cuenta de su fideicomitente, institución de banca múltiple y/o casa de bolsa, así como las

que celebren los Socios Operadores como clientes de un Socio Liquidador.

Operador de Piso: Persona física contratada por un Socio Operador o por un Socio Liquidador, para ejecutar

órdenes contratos de futuros y contratos de opciones, en las instalaciones de MexDer.

Over the Counter (OTC): Es el término que se utiliza para denominar a todas aquellas operaciones o

productos que se negocian fuera de una bolsa organizada de valores. En Estados Unidos existe un mercado

conocido como OTC en el cual se negocian bonos, productos derivados y acciones de empresas, el cual tiene

requisitos de cotización más flexibles que las grandes bolsas de valores.

En México se refiere principalmente a la compra-venta a futuro de dólares, tasas de interés y otros

instrumentos autorizados, que se realizan directamente entre participantes e intermediarios, entendiéndose

como participantes a las personas físicas nacionales y extranjeras y los intermediarios a las instituciones de

Page 163: Introducción a los Productos Financieros Derivados

crédito o casas de bolsa que obtienen autorización por escrito del Banco de México para realizar operaciones

de compra-venta con otros intermediarios y participantes.

Patrimonio Mínimo: Es el fondo que los fideicomitentes del Fideicomiso deben mantener constituido, cuyo

monto en ningún momento deberá ser menor al establecido por las Autoridades Financieras.

Personal Acreditado: Aquellas personas que han sido designadas por los Miembros como promotores,

operadores de piso, responsables de la operación, administradores de riesgos y administradores de cuentas, así

como sus respectivos suplentes y que han sido acreditadas por el Comité de Admisión y Nuevos Productos.

Posición Corta sobre un Futuro: Posición que mantiene un inversionista que se compromete a vender un

bien subyacente, mediante un contrato de futuro. Número de Contratos de cada una de las Series respecto de

las cuales el Cliente actúa como Vendedor.

Posición Individual: Para efecto de la constitución de las Aportaciones Iniciales Mínimas, es la Posición

Larga o la Posición Corta en contratos pertenecientes a una misma Serie que no forman parte de una Posición

Opuesta.

Posición Larga Sobre un Futuro: Posición que mantiene el comprador de un futuro. número de contratos de

cada una de las Series, respecto de los cuales el Cliente actúa como comprador.

Posición Opuesta: Para efecto de la constitución de Aportaciones Iniciales Mínimas, es la posición que se

integra con un número de contratos en posición larga de una Serie con igual número de contratos en posición

corta de otra Serie, cuando ambas Series son de una misma Clase. Las posiciones opuestas se formarán

sucesivamente con los contratos pertenecientes a las Series cuyas fechas de vencimiento sean las más

próximas.

Posiciones Límite: Número máximo de Contratos Abiertos de una misma Clase que podrá tener un cliente,

por razones de administración de riesgo.

Postura: Oferta para comprar o vender un número de Contratos de una Serie a un precio determinado,

formulada de manera expresa por un Operador de Piso en el área de negociación.

Precio de Liquidación Diaria o Precio de Cierre: Precio de referencia por unidad de activo subyacente que

MexDer da a conocer a la Cámara de Compensación, para efectos del cálculo de aportaciones y la liquidación

diaria de los contratos de futuros y/o contratos de opciones.

Precio de Liquidación al Vencimiento: Precio de referencia que da a conocer MexDer y con base al cual

Asigna realiza la liquidación de los contratos de futuros y/o contratos de opciones en la fecha de liquidación.

El precio de liquidación al vencimiento se determina por unidad de activo subyacente.

Precio Futuro: Precio por unidad de activo subyacente acordado en un Contrato de Futuro en la fecha de

celebración. Este se ajustará diariamente para efecto de reflejar las pérdidas y ganancias.

Productos Derivados: Familia o conjunto de instrumentos financieros, cuya principal característica es que

están vinculados a un valor subyacente o de referencia. Los principales productos derivados son los futuros,

las opciones, los warrants, las opciones sobre futuros y los swaps.

Promotor: Persona facultada por un Miembro para atender las instrucciones que reciba de parte de sus

clientes para la celebración de operaciones en MexDer.

Page 164: Introducción a los Productos Financieros Derivados

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Prospecto: Documento que contiene la información relativa a una emisión de títulos opcionales, preparado

por el emisor para la colocación del instrumento.

Puja: Variación mínima permitida en el movimiento del precio de una Serie de contratos de futuros o

contratos de opciones.

Reglas: Son las "Reglas a las que habrán de sujetarse las sociedades y fideicomisos que intervengan en el

establecimiento y operación de un mercado de futuros y opciones cotizados en Bolsa", publicadas en el Diario

Oficial de la Federación, de fecha 31 de diciembre de 1996, así como las modificaciones, adiciones y aquellas

reglas que sustituyan a las antes mencionadas.

Riesgo Contraparte: Se produce cuando no hay una Cámara de Compensación que actúe como contraparte

de todas las posiciones.

Riesgo Crédito: Conocido también como riesgo de incumplimiento y se refiere al incumplimiento de la

obligación adquirida con el comprador de un contrato de opción.

Riesgo de Mercado: Es el que afecta al tenedor de cualquier tipo de valor, ante las fluctuaciones de precio

ocasionadas por los movimientos normales del mercado.

Riesgo Precio: Es el riesgo asociado con movimientos adversos en el precio del activo o valor sobre el cual

se mantiene alguna posición.

Saldo de Liquidación al Vencimiento: En caso de una Posición Larga liquidable en especie, es la cantidad

que resulte de multiplicar el precio de liquidación al vencimiento por el número de unidades del activo

subyacente que ampare un Contrato de Futuro. En caso de una posición corta liquidable en especie, es el

número de unidades del activo subyacente que ampara un Contrato de Futuro. En caso de una posición larga o

una posición corta liquidable en efectivo, es la diferencia entre el precio de liquidación diaria del día anterior

a la fecha de vencimiento y el precio de liquidación al vencimiento, multiplicado por el número de unidades

del Activo Subyacente que ampara el Contrato de Futuro.

Serie: Tratándose de contratos de futuros, son todos los Contratos pertenecientes a una misma Clase con igual

fecha de vencimiento. Todas las opciones de la misma Clase, con igual precio y fecha de vencimiento.

Socio Liquidador: Fideicomiso Miembro de la Bolsa que participa en el patrimonio de la Cámara de

Compensación, teniendo como finalidad celebrar y liquidar, por cuenta propia o de clientes, contratos de

futuros y contratos de opciones operados en Bolsa.

Socio Operador: Es el miembro de MexDer, cuya función es actuar como comisionista de uno o más Socios

Liquidadores, en la celebración de Contratos de Futuros y Contratos de Opciones y que puede tener acceso a

las instalaciones de MexDer, para la celebración de dichos contratos.

Títulos Opcionales (warrants): Es la denominación que las Autoridades Financieras le dieron a los

instrumentos que internacionalmente se denominan como warrants. Son instrumentos que conceden a su

tenedor, pero no la obligación, de comprar o vender otro título o canasta de títulos o un índice de precios,

denominado como valor subyacente a un precio establecido con anticipación y durante un periodo

determinado. Al igual que las opciones, pueden ser títulos opcionales de venta (Put) o de compra (Call) y se

ejercen en especie o efectivo, de acuerdo con las estipulaciones del acta de emisión.

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Unidad de Inversión (UDI): Unida de cuenta, cuyo valor en moneda nacional publica el Banco de México,

en el Diario Oficial de la Federación.

Valor de Capitalización del Mercado Accionario: Valor total del conjunto de empresas inscritas en la Bolsa

Mexicana de Valores, el cual se deriva de la interacción de oferentes y demandantes.

Valor de Capitalización o Valor de Mercado de una Empresa: Valor que los oferentes y demandantes

determinan para una compañía cotizada en Bolsa y se calcula por el precio de cada acción en una determinada

fecha, multiplicado por el total de acciones en circulación.

Valor de Referencia: Véase Activo Subyacente.

Valuación Diaria a Precio de Mercado (Mark to market): Práctica de acreditar o disminuir la cuenta de

margen de los agentes, debido a los movimientos diarios en el precio de cierre del subyacente del futuro.

Volatilidad: Grado de fluctuación que manifiesta el precio del subyacente a través del tiempo.

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BIBLIOGRAFÍA.

• Futuros y Opciones Finanacieras

Autores: Diaz Tinoco, Hernández Trillo.

Editorial Limusa Noriega

• Introducción al análisis de Productos Financieros Derivados

Autor: Rodríguez de Castro

Editorial Limusa Noriega

• Introducción a los mercados de Futuros y Opciones.

Autor: John C. Hull

Editorial Prentice Hall.

• Options, Futures, and other Derivatives

Autor: John C. Hull

Editorial Prentice Hall.

• Valor en Riesgo

Autor :John F. O. Bilson

Editorial Limusa Noriega

• Circulares del Colegio de Contadores Públicos de México.

• Circulares de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

• Diario Oficial del 31 de diciembre de 1996.

• www.mexder.com.mx

• www.bmv.com.mx