introducciÓn al derecho ciudadano
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INTRODUCCIN AL DERECHO CIUDADANOJOSE ORLANDO MELO NARANJO
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DEDICATORIA
Dedico este ensayo a las personas que se interesan por la administracin del
derecho y la respectiva aplicacin de la justicia que dicha ciencia jurdica puede
generar. A fin de que el orden normativo y constitucional permita resolver los
conflictos sociales que generan malestar social, cuando la eficacia del derecho
es aplicada ineficientemente por quienes tienen el poder para administrar la
justicia. Es evidente que este ensayo sirve para proponer una serie de ideas
muy sencillas en el desarrollo de las normas constitucionales, las cuales desde
luego deben garantizar la participacin ciudadana.
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AGRADECIMIENTOS
Agradezco a todos aquellos que se han interesado por leer mis obras, es un
privilegio que una sociedad tan consumista como la actual un pequeo numerode personas se interesen por leer, criticar y refutar una serie de planteamientos
que surgen como principio de reflexin. No es el aporte si no ms bien la
organizacin de la teora ciudadana expuesta aqu la que le puede brindar
consciencia a los ciudadanos de un sin numero de derechos que desconocen.
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TABLA DE CONTENIDO
JOSE ORLANDO MELO NARANJO
1. Esquema de mecanismos de participacin ciudadana regulados en laLey 134 de mayo 31 de 1994, en cumplimiento de lo dispuesto en elartculo 103 de la Constitucin Poltica Colombiana.
1.1 mapa conceptual donde se describe y caracteriza la divisin de lasdiversas disciplinas del derecho
2. Esquema y anlisis de las caractersticas de los diferentes MecanismosAlternativos para la solucin deconflictos.
2.1 esquema donde se muestra la iniciativa Legislativa y el procedimientoformativo, derogacin y clasificacin de las leyes. (Arts. 150 a 170Constitucin Poltica)
3. anlisis del concepto de Derecho de acuerdo con la lectura del primercaptulo del texto, tomando como base el aporte de Santo Toms de Aquinoa la consolidacin de la nocin del Derecho.
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INTRODUCCIN
Ley 134 de mayo 31 de 1994 Artculo 1.-Objeto de la ley. La presente LeyEstatutaria de los mecanismos de participacin del pueblo regula la iniciativapopular legislativa y normativa; el referendo; la consulta Popular, del ordennacional, departamental, distrital, municipal y local; la revocatoria del mandato;el plebiscito y el cabildo abierto.
Establece las normas fundamentales por las que se regir la participacindemocrtica de las organizaciones civiles.
La regulacin de estos mecanismos no impedir el desarrollo de otras formasde participacin ciudadana en la vida poltica, econmica, social, cultural,universitaria, sindical o gremial del pas ni el ejercicio de otros derechospolticos no mencionados en esta ley.
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BIBLIOGRAFIA
(1) Ley 134 de mayo 31 de 1994 articulo 2
(2) Hombres y mujeres al servicio de la democraciaMoe misin de observacin electoral - calidad de ciudadanaProyecto articulo 40
(3) Fuentes consultadas: Dr. Bernardita Prez, coordinadora del Posgrado deDerecho Constitucional U. de A. | Constitucin Poltica de Colombia, 1991 |
Pedagoga de la Participacin Ciudadana de Nelson A. Romero, Ed. AulaAbierta Magisterio, Santaf de Bogot, 1996. | Centro de InformacinPeriodstica EL COLOMBIANO.
(4) constitucin poltica de Colombia de 1991 articulo 103
(5) http://docencia.udea.edu.co/derecho/constitucion/cabildo_abierto.html
(6) www.entor.no
(7) Conciliacin mecanismo alternativo de solucin de conflictos por excelencia
Autora Anglica Mara Osorio Villegas, pontificia universidad javeriana facultadde ciencias jurdicas departamento de derecho procesal Bogot de 2002
(8) testamento del poder monografas de derecho,Autor Jos Orlando Melo naranjo - ao 2007 publicado por monografias.com
(9) Articulo 150 constitucin poltica de Colombia 1 a 10
(10) Articulo 152 y 153 constitucin poltica de Colombia
(11) constitucional poltica de Colombia de 1991
(12) "ARBIL, Anotaciones de Pensamiento y Crtica", es editado por el Foro
Arbil pagina 1 Espaa
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Ley 134 de mayo 31 de 1994
JOSE ORLANDO MELO NARANJO
Analisis
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(1) Ley 134 de mayo 31 de 1994 articulo 2
(2)Hombres y mujeres al servicio de la democracia pagina 3Moe misin de observacin electoral - calidad de ciudadana proyecto
Articulo 40 pagina 3 1
Derecho poltico y
constitucional
Es importante saber que un grupo
de personas puede presentar
Proyecto de Acto legislativo y de
ley ante el Congreso de la
Repblica. (1) pie de pgina
Qu es un acto
legislativo?
Norma expedida por el
congreso de la repblica
que tiene por objeto
modificar, reformar,
adicionar o derogar los
textos constitucionales.
(2) pie de pgina
Esta primera parte demuestra que los ciudadanos
colombianos pueden ejercer sus derechos
constitucionales, entre los cuales se encuentra el poder
entregarle al estado mediante mecanismos judiciales y
de participacin ciudadana un proyecto legislativo. A fin
de que se mejoren o se deroguen textos constitucionales
que pueden afectar o afectan a la poblacin civil. Desde
luego estos pasara por una ardua revisin de cada uno
de los planteamientos a fin de verificar si fue creado en
beneficio de los derechos colectivos de los ciudadanos, o
si por el contrario a favor de una minora con intereses
individuales y arbitrarios. Es importante pues que losfilsofos o docentes de constitucin en los colegios le
enseen a los estudiantes como pueden ellos a travs
de las leyes presentar proyectos a las instituciones
estatales en beneficios de las comunidades; antes de
cualquier acto de violencia.
Articulo 2
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JOSE ORLANDO MELO NARANJO
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(3) Fuentes consultadas: Dr. Bernardita Prez, coordinadora del Posgrado de DerechoConstitucional U. de A. | Constitucin Poltica de Colombia, 1991 | Pedagoga de laParticipacin Ciudadana de Nelson A. Romero, Ed. Aula Abierta Magisterio, Santaf de Bogot,1996. | Centro de Informacin Periodstica EL COLOMBIANO. Pagina 1
2
Artculo 3.- Referendo. Es la convocatoria que se hace al pueblo para queapruebe o rechace un proyecto de norma jurdica o derogue o no una normaya vigente.
Referendo
Convocatoria que se hace alpueblo. (3) pie de pgina
El pueblo acepta o rechaza
la norma de orden jurdico.
(3) pie de pgina
Puede ser nacional,
regional, departamental,
distrital, municipal o local.
(3) pie de pgina
Quin puedeUn nmero de ciudadanos no
menor al 10 por ciento del
censo electoral, segn el
mbito territorial, puede
convocar a un referendo ante
la Registraduria del Estado
Civil, para aprobar o derogar
proyectos de ley.
(3) pie de pgina
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Constitucin poltica de 1991
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(4) constitucin poltica de Colombia de 1991 articulo 103
(5) http://docencia.udea.edu.co/derecho/constitucion/cabildo_abierto.htmlpagina 13
ARTICULO 103. Son mecanismos de participacin del pueblo enejercicio de su soberana: el voto, el plebiscito, el referendo, la
consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y larevocatoria del mandato. La ley los reglamentar. (4) Pie de pgina
El pueblo a travs del voto escoge, pero
algunas veces selecciona ms por la
propaganda publicitaria, que por el valor
mismo de los programas de gobierno
propuestos por los candidatos.
Si el estado permite el plebiscito, es decir la consulta
para aprobar o rechazar las propuestas, el pueblo al no
hacer uso de este derecho se afecta a voluntad propia; O
si escoge equivocadamente asume las consecuencias.
Si el cabildo son reuniones de juntas
locales y concejos distritales porque no
se hace uso de dicho derecho? A caso
en la formacin acadmica no se ensea
esto? O las juntas comunales o los
concejos distritales no les ensean a las
personas la importancia de la
participacin ciudadana? O ests son las
estrategias de estos organismos a fin de
que el ciudadano desconozca sus
derechos?
(5) pie de
pgina
Anlisis
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Mapa conceptual donde se describe y caracteriza la divisin de lasdiversas disciplinas del derecho
(6) pie de pgina
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(6) www.entor.no pagina 1 4
Derecho constitucional
Normas que tienen que ver
con el estado.
Como funciona el estado,
relaciones entre si y con los
particulares.
Caracterstica: la constitucinpoltica de Colombia 1991 y sus
modificaciones.
Derecho administrativo
Tiene que ver con la
administracin pblica de los
recursos del pas.
Involucra a los auxiliares en
funcin de sus deberes.
Caracterstica: Deben rendircuentas peridicas de la
administracin, aparte de ser
vigilados por entidades
udiciales
Derecho penal
Normas que determinan la
calidad de los delitos.
Penas condenatorias y
medidas de aseguramiento.
Caracterstica: persecucin y juicio contra actividades ilcitas y
criminales.
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(6) pie de pagina
(6) www.entor.no pagina 1 5
Derecho penal disciplinario militar
Normas que juzgan los actos criminalescometidos contra la poblacin o las
mismas fuerzas militares.
Caracterstica: se juzga de acuerdo a las imposiciones delestado, aparte de los juicios que se hacen por haber
violado las normas militares; las cuales agravan la pena.
Derecho internacional
publico
Normas para determinar los
derechos y deberes que poseen los
estados entre si.
Derecho civil
Actos, deberes y
derechos de la vida
humana con relacin a
la situacin jurdica de
cada persona.
1. Derecho de las personas
2. Derecho familiar
3. Derecho de los bienes
4. Derecho sucesorio
5. Derecho de lasobligaciones
Caracterstica:derecho aplicado a las
cuestiones sociales de
las comunidades.
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Esquema y anlisis de las caractersticas de los diferentesMecanismos Alternativos para la solucin deconflictos
Anlisis: es necesario que un ser externo pueda intervenir como mediador,puesto que al no estar involucrado en ninguna de las partes, puede juzgarmejor los hechos con relacin a los sucesos manifestados por las partesdeclarantes, cuestin que no requiere de teora mas que de una lgica formalde los acontecimientos que a diario suceden en las calles de Bogot y enespecial en los lugares marginales. La conciliacin puede agilizar el proceso ypermitir que los involucrados acepten sus responsabilidades para aminorar elmalestar social que tales querellas producen. Siempre en naturaleza de lo quenos conviene los mecanismos alternativos en la resolucin de conflictosdebern ofrecer hasta donde sea posible, las mejores opciones de reparacin o
restitucin con relacin al dao. Lo cual indudablemente seria una excelenteadministracin de los derechos y la justicia que merece cada ciudadano. Laparte afectada gozara de mayor privilegio, sin olvidar que la que es objeto deacusacin en un porcentaje deber recibir respaldo. Finalmente la solucin seencontrara en una excelente negociacin de los mediadores de conflictos,estos tendrn que agudizar los sentidos para que cada detalle les guie de lamejor manera posible. deduccin de la tesis 48, 58, 75,76 del testamento del poder (8) testamentodel podermonografas de derecho, autor Jos Orlando Melo naranjo ao 2007 monografias.com----------------------------------------------------------------------------------------------------(7) Conciliacin mecanismo alternativo de solucin de conflictos por excelenciaAutora Anglica Mara Osorio Villegas, pontificia universidad javeriana facultad de ciencias jurdicas departamento dederecho procesal Bogot de 2002Pagina 6, Pagina 7
(8) testamento del poder monografas de derecho, autor Jos Orlando Melo naranjo ao 2007 monografias.com
pagina 3 6
Conciliacin y mediacin
(7) Pie de paginaSolucin de conflictos entre laspartes (7) Pie de pagina
La mejor conciliacin es la
que ofrece mejores opciones
(7) Pie de pagina
Negociar un buen
entendimiento entre las partes
es la clave
(7) Pie de pagina
Estas estrategias deben servir para
que los juzgados y tribunales, no se
ocupen por hechos que se pueden
conciliar desde la participacin
ciudadana de los enfrentados
(7) Pie de pagina
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Esquema donde se muestra la iniciativa Legislativa y el procedimientoformativo, derogacin y clasificacin de las leyes.
(Arts. 150a 170 Constitucin Poltica de Colombia de 1991)
Para poder formar una ley o un decreto debe hacerse una observacin
detallada de los postulados establecidos en la constitucin poltica de Colombia
de 1991, ya que el artculo 4 de la constitucin poltica manifiesta que esta es
norma de normas. Segn la interpretacin de esta mxima los reglamentos
institucionales, leyes o decretos deben ser compatibles con la norma
constitucional establecida en todos sus artculos de observancia y aplicacin en
todo el territorio nacional. -------------------------------------------------------------
(9) Articulo 150 constitucin poltica de Colombia 1 a 10 7
Artculo 150. Corresponde al Congreso hacer las leyes. Por medio de ellasejerce las siguientes funciones
(9) pie de pgina
Interpretar
Reformar
Derogar
Analizar como se interpretar la divisin general delterritorio con lo previsto en la constitucin.
Variar, en circunstancias extraordinarias y por graves motivos deconveniencia pblica, la actual residencia de los altos poderesnacionales.
El Congreso podr, en todo tiempo y por iniciativa propia,modificar los decretos leyes dictados por el Gobierno en usode facultades extraordinarias.
Abolir, dejar sin efecto
una ley o costumbre.
Anlisis
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(10) Articulo 152 y 153 constitucin poltica de Colombia 1 a 10 8
Artculo 152. Mediante las leyes estatutarias, el Congreso dela Repblica regular las siguientes materias:
Interpretar
a) Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos yrecursos Para su proteccin;b) Administracin de justicia;c) Organizacin y rgimen de los partidos y movimientos polticos; estatuto de laOposicin y funciones electorales;d) Instituciones y mecanismos de participacin ciudadana;e) Estados de excepcin.
AnlisisDel anexo a derechos y deberes. Para interpretar esta norma elabogado debe investigar las instituciones encargadas de estas funcionesy como las interpretan.
Del anexo b la interpretacin debe abordarse segn los lineamientosde los entes encargados de administrar justicia. El abogado debe saberhasta que punto puede llegar su labor o hasta donde se vera
interrumpida por poderes que no sean de su competencia, o si quizs porinfluencias de poder se ve obstaculizado en el uso de sus funciones, sernecesario que conozca que entes le pueden respaldar como participe deuna investidura judicial.
Pasemos al rea de reformar y derogar
Artculo 153. La aprobacin, modificacin o derogacin delas leyes estatutarias exigir la mayora absoluta de losmiembros del Congreso y deber efectuarse dentro de unasola legislatura.
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(11) constitucional poltica de Colombia de 1991 9
Que es el congreso?
La rama legislativa est conformada por el Congreso, el cual se divide en
dos: el Senado de la Repblica y la Cmara de Representantes; y por lasAsambleas departamentales y los Concejos municipales.
Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular paraperiodos de cuatro aos, y sus funciones esenciales son las de hacer lasleyes, mantener el control poltico dentro de la nacin y reformar laConstitucin cuando sea necesario; sin embargo, tanto el Senado comola Cmara de Representantes tienen diferentes funciones yres onsabilidades
Proyecto ser ley si cumple
1. Haber sido publicado oficialmente por el Congreso, antes de darle curso enla comisin respectiva.
Anlisis: es decir que tiene que ser revisado por el senado de la repblica,cmara de representantes y los concejos municipales.
Valor numrico
102
senadores
Los representantes se distribuyen de la siguiente manera: 161 entre las 32
circunscripciones departamentales y una circunscripcin para el Distrito Capital cuyo
nmero de curules es proporcional a la poblacin de las respectivas circunscripciones,
adems de 2 representantes elegidos por una circunscripcin especial (nacional) para
las negritudes, un representante de los colombianos en el exterior, un representante
de los indgenas y otro por las minoras polticas que no hayan alcanzado
representacin parlamentaria.
Para conocer el nmero de integrantes se debe consultar el artculo 313 de la constitucin
(11) Pie de pagina
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Anlisis del concepto de Derecho de acuerdo con la lectura del primer captulo
del texto tomando como base el aporte de Santo Toms de Aquino a la
consolidacin de la nocin del Derecho
Para l, la Poltica y el derecho no es un negocio pragmtico carente devalores, como propondr ms tarde Maquiavelo, sino una ciencia, ya que esparte de la moral. Santo Toms de Aquino manifest que el hombre ha sidohecho para vivir en sociedad, pero sin una autoridad no puede haber sociedad,ya que la anarqua es esencialmente antisocial. (12)"ARBIL, Anotaciones dePensamiento y Crtica", es editado por el Foro Arbil Espaa pagina 1
Evidentemente la poltica en esencia debe servir para el bien comn de losindividuos, solo que se la tiene en baja estima porque los ciudadanos hanpensado que la poltica es politiquera, es decir: aquella que usan los polticosen sus discursos donde prometen mil cosas de las cuales algunas o ningunacumplen en el ejercicio del poder. Dado que su existencia ha sobrepasado lossiglos debe contener algn valor prctico y abstracto, cuando la poltica abusadel poder y la autoridad debe ser refrenada por el derecho. el cualevidentemente debe ser una ciencia superior a la poltica, puesto que es eldefensor de los derechos colectivos y naturales que los hombres tienen comoseres vivientes los cuales necesitan la proteccin de su existencia en las
diferentes manifestaciones de un ser social y participativo o como dice santotomas un hombre que ha sido hecho para vivir en sociedad. Es natural que loshombres reconozcan la autoridad, pues sin ella a lo justo se le llamara injusto ya lo injusto, justo. Un relativismo de las normas sociales que afectara a todaslas naciones de la tierra; tambin podramos establecer como manifiesta JosOrlando Melo naranjo en la conferencia titulada defensa del derechoconstitucional si es mayor el numero de injusticias o el numero de justicias yque hace el derecho frente a los ndices de injusticia como consecuencia de lascompras econmicas, en palabras colombianas el derecho tiene un precio quees no es el de la justicia y si el del peso monetario lo cual se podra definircomo una anarqua de los principios naturales del derecho que versan sobre la
observacin y aplicacin de la justicia.
--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(12)"ARBIL, Anotaciones de Pensamiento y Crtica", es editado por el Foro Arbil pagina 1EspaaJos Orlando Melo naranjo conferencia en video you tube defensa del derecho constitucional
parte 110
Anlisis
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