invima agencia nacional de referencia regional en ... · el ejercicio de sus competencias se...
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consecutivo N° Módulo Indicador Subindicador Clasif. Estado Soporte documental EvidenciasPeriodicidad de la
recolección de evidencia
Analisis de la
calidad de la
evidencia del
Primer
trimestre 2014
abril Mayo Junio
Analisis de la
calidad de la
evidencia del
segundo
trimestre 2014
Julio Agosto Septiembre
Analisis de la
calidad de la
evidencia del
tercer trimestre
2014
Octubre Noviembre Diciembre
Analisis de la
calidad de la
evidencia del
cuarto
trimestre 2014
1 2.1.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
La regulación sanitaria de medicamentos se encuentra bajo
la jurisdicción del Ministerio de Salud y de otros organismos
(instituciones, agencias, autoridades reguladoras) en los
mismos o diferentes niveles de gobierno.
INFO I
Ley 100 de 1993 "Por la cual se crea el sistema de
seguridad social integral y se dictan otras disposiciones",
artículo 245.
“…Créase el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos Invima, como un
establecimiento público del orden nacional, adscrito al
Ministerio de Salud, con personería jurídica, patrimonio
independiente y autonomía administrativa, cuyo objeto es la
ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y
de control de calidad de medicamentos, productos
biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y
elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos
naturales homeopáticos y los generados por biotecnología,
reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto
en la salud individual y colectiva.”
La normatividad se encuentra publicada en la página web
del Instituto
Ley 100 de 1993 Artículo 245 y su
publicación en el Diario oficial No. Xxxx y
en la página web del Instituto
2 2.1.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Las responsabilidades, funciones, organización, poderes y
estructura del/de los organismo/s responsables de la
regulación farmacéutica se encuentran claramente definidos
en los documentos constitutivos y otros complementarios, en
particular en lo relacionado a las competencias y objetivos de
la regulación farmacéutica que tiene bajo su control como las
categorías de productos regulados y funciones reguladoras.
CRIT I
Las responsabilidades, funciones, organización, poderes y
estructura del/de los organismo/s responsables de la
regulación farmacéutica se encuentran claramente definidos
en:
Ley 100 de 1993 "Por la cual se crea el sistema de
seguridad social integral y se dictan otras disposiciones",
artículo 245.
Decretos 2078 y 2079 de 2012 crean y establecen las
funciones y estructura de INVIMA respectivamente.
A su vez, el Decreto 677 de 1995, Decreto 549 de 2001 y
Decreto 162 de 2004 (Buenas Prácticas de Manufactura) y
demás normas asociadas a la regulación de medicamentos
reglamentan específicamente la actividad de INVIMA en
este tema.
La Resolución 3619 del 17 de septiembre de 2012 (buenas
prácticas de laboratorio de control de calidad de productos
farmacéuticos y se establece la guía de evaluación)
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
3 2.1.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Todas las funciones de regula- se encuentran bajo la
responsabilidad y supervisión de al menos un organismo/
autoridad reguladora.CRIT I
Efectivamente, las funciones de regulación se encuentran
bajo la supervisión de al menos un organismo u autoridad
que en este caso sería el INVIMA establecimiento público
adscrito al MSPS del cual recibe lineamientos y directrices
conforme a los Decretos 2078 (Artículos 1, 2 y 4) y 2079 de
2012 que establecen la estructura y funciones de INVIMA
como autoridad de carácter nacional
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
4 2.1.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
La legislación define las instituciones involucradas en el
sistema regulatorio de medicamentos, sus competencias,
funciones, roles, responsabilidades y poderes
CRIT I
La legislación sí define las instituciones involucradas en la
regulación de medicamentos, sus funciones y
competencias, en ese sentido, la Ley 100 de 1993 establece
el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que
comprende como ente regulador al Ministerio de Salud, al
cual el INVIMA se encuentra adscrito.
Por su parte, los Decretos 2078 y 2079 de 2012 establecen
las funciones y estructura de INVIMA.
Adicionalmente actualmente se cuenta con la Resolución
1229 de 2013 “Por la cual se establecen el modelo de
inspección, vigilancia y control sanitario para los productos
de uso y consumo humano”.
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
5 2.1.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Cuando más de un organismo/autoridad reguladora se
encuentra involucrado en actividades reguladoras, la
legislación define los canales de coordinación, y existe un
mecanismo administrativo definido para ello.
NEC I
De acuerdo con la Ley 715 de 2001 que dicta normas
orgánicas en materia de recursos y competencias para
organizar entre otros la prestación de servicios en salud,
determina la forma de interactuar y articularse entre las
instancias nacionales y territoriales garantizando así que en
el ejercicio de sus competencias se manejen los mismos
estándares, lineamientos y procedimientos. (artículo 43 Ley
715 de 2001 – 43.3.7). Así mismo, encontramos que
conforme lo establece el Decreto 2078 de 2012 corresponde
al INVIMA impartir directrices técnicas y lineamientos a
ejecutar por parte de los entes territoriales (Artículo 4o
Numeral 5o) así como, "Brindar asistencia técnica y
asesorar a las entidades territoriales en la correcta
aplicación de normas y procedimientos previstos en materia
de vigilancia sanitaria y control de calidad en los temas de
su competencia". (Artículo 4o Numeral 7o).
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
6 2.1.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Las actividades de Regulación son organizadas y
desarrolladas a nivel central del país.INFO I
La Ley 100 de 1993 que establece el Sistema General de
Seguridad Social en Salud, establece como ente regulador
al Ministerio de Salud y Protección Social, al cual el INVIMA
se encuentra adscrito.
La normatividad se encuentra disponible en la página web
del Instituto
7 2.1.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Si existen actividades descentralizadas a cargo de otras
agencias/autoridades éstas siguen los mismos estándares,
lineamientos y procedimientos.
CRIT I
En el estricto sentido jurídico no existen actividades
descentralizadas a cargo de otras agencias o autoridades,
lo que haría en principio inaplicable este indicador, ahora
bien si el término "descentralizadas" debe entenderse como
“acciones de articulación funcional del nivel nacional con el
nivel territorial que se realizan en el ámbito de las
competencias de cada una de las respectivas instancias
nacional y territorial”, este debe entenderse cumplido en la
medida que el marco normativo colombiano prevé el
principio de "colaboración armónica" en su artículo 113 de la
CN.
En lo que respecta a la creación y competencias del
INVIMA legalmente conferidas por las Leyes 100 de 1993 y
1122 de 2007, encontramos que de acuerdo a la Ley 715 de
2001 que dicta normas orgánicas en materia de recursos y
competencias para organizar entre otros la prestación de
servicios en salud, determina la forma de interactuar y
articularse entre las instancias nacionales y territoriales
garantizando así que en el ejercicio de sus competencias se
manejen los mismos estándares, lineamientos y
procedimientos. (artículo 43 Ley 715 de 2001 – 43.3.7). Así
mismo, encontramos que conforme lo establece el Decreto
2078 de 2012 corresponde al INVIMA impartir directrices
técnicas y lineamientos a ejecutar por parte de los entes
territoriales (Artículo 4o Numeral 5o) así como, "Brindar
asistencia técnica y asesorar a las entidades territoriales en
la correcta aplicación de normas y procedimientos previstos
en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad en los
temas de su competencia". (Artículo 4o Numeral 7o).
Resolución 1229 de 2013 del Ministerio de Salud y
Protección Social, que establece pautas y procedimientos
armónicos en el Artículo 17 literal g).
INVIMA AGENCIA NACIONAL DE REFERENCIA REGIONAL EN MEDICAMENTOS Y VACUNAS 2014. EVIDENCIAS GENERADAS POR INDICADORES OPS. DMPB 2014. CUADRO DE MANDO
Información del requisito a cumplir Caracteristicas de la evidencia Evidencias generadas en 2014
8 2.1.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
En caso de descentralización, está establecido e
implementado un mecanismo de intercambio de información
de forma que el organismo descentralizado recibe los
requisitos y/o directivas e informes de la autoridad central y
le envía sus informes a la misma.
CRIT I
Se evidencia IMPLEMENTACIÓN plena, precisamente en
las normas enunciadas Ley 715 de 2001, Resolución 1229
de 2013 y de manera concreta el principio de colaboración
consagrado en el artículo 7o de la Ley 489 de 1989.
Al respecto, se debe mencionar que el Comité Sectorial de
desarrollo administrativo del Sector Salud fue recientemente
creado a través de la Resolución 2626 del 18 de julio de
2013, el cual cuenta con la función de hacer evaluaciones
periódicas del estado de los sistemas de información en el
Sector administrativo de Salud y Protección Social y
propender por su simplificación, entre otros.
9 2.1.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Organización y estructura
Los mecanismos permiten una adecuada cooperación y
colaboración entre las organizaciones descentralizadas.CRIT I
Muestra de IMPLEMENTACIÓN se relaciona con
“actividades de cooperación INVIMA – direcciones
territoriales de salud en farmacovigilancia”, específicamente
en lo relacionado con el establecimiento y puesta en marcha
de la agenda caribe de farmacovigilancia en 2013 que
incluye claros compromisos de cooperación entre
direcciones territoriales de salud de dicha región. Además
de las herramientas normativas enunciadas, encontramos
instrumentos jurídicos tales como convenios, acuerdos o
circulares que materializan el intercambio de información en
cumplimiento del principio de armonía y colaboración; en lo
relacionado con Farmacovigilancia según mecanismos
establecidos en la Circular de INVIMA 600-1058-2013 (20
de febrero de 2013) y actas de reuniones suscritas por
representantes de Direcciones Territoriales de Salud de los
distritos de Bogotá, Barranquilla y Cartagena y de los
departamentos de Antioquia y Atlántico. Así como el
convenio INVIMA – INS como intercambio de información
referente a los eventos adversos por vacunación (15 de
agosto de 2013)
10 2.2.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
La legislación define la creación de la ARN, su misión,
términos de referencia, así como también su alcance,
funciones y responsabilidades.
CRIT I
Se cuenta con la normatividad que define la creación,
misión y funciones del Instituto, esto es, las Leyes 100 de
1993 (Art. 245) y 1122 de 2007.
Además los Decretos 2078 y 2079 del 8 de octubre de
2012 definen la estructura y funciones del Instituto.
La evidencia es la promulgación y publicación de cada una
de ellas, así como su inclusión en la página web del instituto
11 2.2.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Si existe mas de un organismo/ autoridad involucrada en la
regulación farmacéutica, la legislación proporciona y define
canales claros de coordinación entre los mismos y el
respectivo empoderamiento.
CRIT I
El marco normativo colombiano prevé el principio de
"colaboración armónica" en su artículo 113 de la
constitución Política. De acuerdo a la Ley 715 de 2001 que
dicta normas orgánicas en materia de recursos y
competencias para organizar entre otros la prestación de
servicios en salud, determina la forma de interactuar y
articularse entre las instancias nacionales y territoriales
garantizando así que en el ejercicio de sus competencias se
manejen los mismos estándares, lineamientos y
procedimientos. (artículo 43 Ley 715 de 2001 – 43.3.7). Así
mismo, encontramos que conforme lo establece el Decreto
2078 de 2012 corresponde al INVIMA impartir directrices
técnicas y lineamientos a ejecutar por parte de los entes
territoriales (Artículo 4o Numeral 5o) así como, "Brindar
asistencia técnica y asesorar a las entidades territoriales en
la correcta aplicación de normas y procedimientos previstos
en materia de vigilancia sanitaria y control de calidad en los
temas de su competencia". (Artículo 4o Numeral 7o).
Resolución 1229 de 2013 del Ministerio de Salud y
Protección Social, que establece pautas y procedimientos
armónicos en el Artículo 17 literal g).
se materializa en normas publicadas y en
la informacion que reposa en la Direccion
de Medicamentos y Productos Biologicos
12 2.2.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
El desarrollo de las regulaciones involucra a la Autoridad
Reguladora a cargo de su implementación y cumplimiento.CRIT I
Se encuentra relacionado con el indicador anterior, en el
sentido de que para la promulgación de normatividad que
deba ser implementada y acatada en el ejercicio de sus
funciones por parte de este Instituto, el Ministerio de Salud
y Protección Social, solicita concepto previo.
Así mismo, existen proyectos de norma que surgen de la
iniciativa del INVIMA, razón por la cual se garantiza la
participación del instituto.
La articulación, en ese sentido se encuentra garantizada
con la participación activa en las mesas de trabajo entre
otras a cargo del Grupo de Apoyo Reglamentario de la OAJ.
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
13 2.2.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Durante el proceso de desarrollo de la legislación y de las
regulaciones se involucra a través de diferentes mecanismos
a sectores de la sociedad civil tales como ONG's,
representantes de la salud, industria, consumidores,
pacientes y otras partes interes
CRIT I
En cumplimiento del mandato legal consagrado en el
artículo 2º de la constitución Política de Colombia, según el
cual es un fin esencial del Estado facilitar la participación
de todos en las decisiones que les afecta, en el desarrollo
de la legislación se involucra a los gremios (industria),
academias y organizaciones de profesionales, secretarias
regionales, instituciones, garantizando así la participación
ciudadana, a través de la publicación que realiza el
Ministerio de Salud y protección Social de cada Proyecto de
Decreto y Resolución en la página web del Ministerio, con el
objeto de recibir las observaciones de la industria y los
particulares y en general de todos los ciudadanos, en
cumplimiento de las directrices presidenciales establecidas
en el Decreto 1345 de 2010 y en la Directiva Presidencial
No. 1 de 2005.
La normatividad citada se encuentra
publicada en la página web del Instituto
14 2.2.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Las regulaciones han sido aprobadas y publicadas
oficialmente. CRIT I
Si han sido publicadas en el Diario oficial (físico y virtual).
Página web del Ministerio e INVIMA.
15 2.2.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
La legislación y regulaciones se encuentran públicamente
disponibles para los actores que deben cumplirla y se
dispone de adecuados medios y canales de comunicación
para su conocimiento
CRIT ISi han sido publicadas en el Diario oficial (físico y virtual).
Página web del Ministerio e INVIMA.
16 2.2.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Las bases legales específicas de la ARN le confieren la
autoridad para decidir si un producto específico es un
medicamento, un dispositivo médico u otra categoría de
productos.
CRIT I
La normatividad emitida para cada clase de producto
contiene la definición de cada uno de ellos, herramienta
jurídica bajo la cual se conceden los registro sanitarios.
En ese sentido, la evidencia reposa en el artículo
correspondiente de cada norma (ejemplo Art 2, Decreto
677 (medicamento).
En caso tal que la naturaleza del producto no pueda ser
clasificada inicialmente a partir de la definición dada por la
norma, existe un procedimiento que involucra a la sala
especializada que define la categoría del producto.
17 2.2.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Las bases legales específicas de la ARN le confieren la
autoridad para realizar las inspecciones en los
establecimientos donde se realicen o pretendan realizar
actividades relacionadas con los medicamentos regulados y
para designar inspectores para conduc
CRIT I
El Instituto se encuentra facultado para adelantar la
inspección de los laboratorios farmacéuticos con
fundamento legal en el artículo 245 de la ley 100 de 1993 ,
en el Decreto 677 de 1995 (art. 103) y en los artículos 19 y
23 del Decreto 2078 de 2012.
18 2.2.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Las bases legales específicas de la ARN ofrecen adecuado
soporte, procedimientos y responsabilidades para luchar
contra la falsificación.
CRIT I
La normatividad sanitaria vigente ( ART-, 2º Dec. 677/95)
establece desde el aspecto sanitario cuando un producto es
alterado o fraudulento. En el ámbito penal, el Código
establece que el INVIMA es soporte técnico.
Así mismo, actualmente se tiene participación activa en los
Mecanismos de países miembros para medicamentos
falsificados de la OMS.
No obstante, de acuerdo al literal d) del artículo 34 de la Ley
1122 de 2007 corresponde al INVIMA “…La garantía
mediante una tecnología de señalización de medicamentos,
su identificación en cualquier parte de la cadena de
distribución, desde la producción hasta el consumidor final
con el objetivo de evitar, la falsificación, adulteración,
vencimiento y
contrabando…”
19 2.2.10Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
La legislación confiere autoridad a la ANR para convocar
expertos y comités, definir sus funciones y las circunstancias
en las que debe ser convocado.
CRIT I
Existe la Comisión Revisora del INVIMA conformada por
Salas Especializadas, las cuales cuentan con un
reglamento interno y unas funciones propias que les permite
además convocar a expertos. (Decreto 2078 de 2012-
Acuerdo 003 de 2006)
20 2.2.11Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Base Legal
Las disposiciones legales establecen mecanismos de
apelación para los productores y/o titulares y otras figuras
reguladas que han sido sancionadas, así como también
mecanismos para el manejo de quejas y reclamaciones.
CRIT I
De acuerdo al procedimiento sancionatorio y a la estructura
de la entidad es procedente interponer el recurso de
reposición y no el de apelación por el hecho de no contar
con un superior jerárquico.
No obstante, se debe advertir que el sancionado cuenta con
el medio de control ( antes acción) de la Nulidad y
restablecimiento del derecho.
En relación a la atención de quejas y reclamaciones existe
el procedimiento PA01-DAC-PR01 PROCEDIMIENTO
RECEPCIÓN,
DIRECCIONAMIENTO Y RESPUESTA A
DENUNCIAS, QUEJAS, RECLAMOS,
DERECHOS DE PETICIÓN Y SUGERENCIAS a cargo de
la Oficina de Atención al ciudadano (( numeral 10 artículo 16
del Decreto 2078 de 2012)
21 2.3.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Se encuentra definido en la organización de la ARN un
Consejo Directivo, Dirección, Comité u Órgano administrativo
responsable de establecer el Plan de desarrollo estratégico.
NEC ILa dirección del INVIMA estará a cargo de un Consejo
Directivo y un Director General, como lo establece el
Artículo sexto del Decreto 2078 de 2012.
Artículo sexto del Decreto 2078 de 2012.
22 2.3.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Las funciones de ese Consejo Directivo, Dirección, Comité u
Órgano administrativo se encuentran definidas,
documentadas e implementadas en particular en lo relativo a
asesorar sobre estrategias y orientaciones de la ARN.
NEC I
Dentro de las funciones estabelcidas en el Artículo noveno
numeral 1, para el Consejo Directivo en el Decreto 2078 de
2012 se encuentra la de ... "...Formular a propuesta del
representante legal, la política general del organismo, los
planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de
Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben
proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y
a través de éstos, al Plan Nacional de Desarrollo..." entre
otras..
Artículo noveno numeral 1, para el
Consejo Directivo en el Decreto 2078 de
2012
23 2.3.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Existen estructuras (dirección/unidad/departamento de
planificación), dentro de la ARN encargadas de manejar y
organizar las actividades de trabajo.
NEC IExiste la resolución No 2012033945 de 15 de Noviembre
de 2012, donde se crean los grupos Internos de trabajo:
24 2.3.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Los roles y responsabilidades de tales estructuras se
encuentran definidos, documentados e implementados en
particular sobre las decisiones de rutina, reportes e
implementación de estrategias.
NEC I
Si, se encuentran documentadas en el manual de funciones
del Instituto Resolución 2013015103 del 31 de Mayo de
2013
25 2.3.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Están establecidos los canales de comunicación entre las
estructuras dentro de la ARN encargadas de manejar y
organizar las actividades de trabajo, cuando existen varias y
esta/s a su vez con los demás departamentos /unidades de
la ARN.
NEC N.I
26 2.3.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Modelo de Administración
Existe un Comité Científico para asesorar a la ARN sobre
temas científicos de interés yorientaciones futuras. NEC N.I
27 2.4.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Desarrollo Institucional
La ARN posee un plan de desarrollo institucional
implementado y actualizado.NEC I Si el Plan Estratégico esta actualizado mediante un informe
el cual esta publicado en la página web del INVIMA
Ruta: Nuestra entidad/gestión/Plan
estratégico/avance plan estratégico 2013
28 2.4.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Desarrollo Institucional La ARN ha establecido y declarado su Visión y Misión. CRIT I
La Misión y la visión están establecidas y declaradas y se
encuentra publicada en la página web del INVIMA
Ruta: Nuestra entidad/misión y visión
29 2.4.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Desarrollo Institucional
Están establecidos los objetivos generales de la ARN y han
sido desglosados en objetivos específicos con plazos
definidos para las diferentes funciones reguladoras.
CRIT ILos Objetivos generales están establecidos y estos a su
vez están desglosados en Objetivos estrategias y proyectos
lo cual podemos ver en el Plan estratégico
Ruta: Nuestra entidad/Gestion/Planes y
Proyectos
30 2.4.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Desarrollo Institucional
Existen planes de acción para alcanzar los objetivos
establecidos.CRIT I Existe el Plan Operativo Anual
\\excinvima\Plan_Operativo_Anual_2013.
31 2.4.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Desarrollo Institucional
Existen indicadores establecidos para monitorear/evaluar el
progreso de cumplimiento con los objetivos/ plan de
desarrollo institucional.
NEC IExisten indicadores y están establecidos en el Plan
Estratégico y en el Plan Operativo Anual y los indicadores
de proceso relacionados con la gestión de los mismos
\\excinvima\Plan_Operativo_Anual_2013
32 2.5.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La ARN tiene implementado un sistema de gestión de
calidad (SGC) para todos los procesos reguladores.NEC I
La autoridad cuenta con una Sistema Integrado de Gestión
certificado bajo la NTC GP 1000, ISO 9001, NTC ISO IEC
17025 y la documentación que soporta los procesos y
procedimientos reguladores se encuentran controlados por
el Sistema.
33 2.5.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La máxima dirección de la ARN está comprometida con el
desarrollo e implementación de un sistema de gestión de
calidad y en particular en proveer financiamiento y soporte
organizacional para el mismo.
CRIT I
La alta dirección asigna recursos para planes y proyectos y
se ha asignado recurso humano por proceso como
facilitadores para la implementación, seguimiento y
evaluación en el mejoramiento de calidad.
34 2.5.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
El sistema de gestión de calidad está basado o reconoce
estándares de referencia (OMS, PIC/S, ISO, otros).NEC I
La política de Calidad de la Autoridad involucra los
requisitos de OPS y la caracterización de los procesos
relacionados involucra los requisitos de OPS.
35 2.5.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La política y objetivos de calidad están definidos y
documentados.NEC I
Se encuentran definidos, documentados y publicados en
página web y su despliegue se realiza por Sistem plus y en
reuniones de grupo primario.
La Política y objetivos del SIG han sido revisada, evaluada y
actualizada en Julio de 2013.
36 2.5.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La política y el plan de desarrollo han sido establecidos para
la implementación del sistema de gestión de calidad para
todas las funciones regulatorias.
INFO I
La implementación y mantenimiento del SIG cuenta con el
compromiso de la alta dirección los cuales se reflejan a
travéz de; el cumplimiento de los requisitos en los procesos,
la revisión del SIG, el compromiso con la satisfacción del
cliente y el mejoramieto continuo.
La política, objetivos, planes y proyectos institucionales
involucran su función reguladora
37 2.5.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Está designada una persona calificada como responsable de
desarrollar e implementar el sistema de gestión de calidad. CRIT I
El SIG cuenta con un grupo de trabajo asignado a la
oficina asesora de Planeación y un coordinador con
formación y experiencia en la implementación de
seguimiento de sistemas de gestión de la calidad.
ResoluciónNo 2012033945 de 15 de Noviembre de
2012,conformación de grupos
38 2.5.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Se destinan y asignan recursos humanos para implementar
el Sistema de Gestión de Calidad.INFO I
La institución asigna talento humano para la gestión del
SIG, asigna recurso humano para los procesos
denominados facilitadores de calidad y asigna recursos para
capacitación a través de los proyectos de inversión.
La alta dirección ha asignado un grupo primario y
facilitadores de calidad para cada proceso.
39 2.5.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Está definido el sistema de documentación necesario para
establecer, implementar y mantener el SGC (Manual de
calidad, registros, políticas, procedimientos de calidad,
procedimientos operativos).
INFO I
El SIG cuenta con Manual de Calidad actualizado en Agosto
de 2013, adicionalmente cuenta con un procedimiento para
el Control de Documentos -PA07-SIG-PR01 y Control de
Registros PA07-SIG-PR02
40 2.5.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La documentación requerida por el sistema de gestión de
calidad (SGC) se controla siguiendo un procedimiento
escrito.
NEC I
La documentación se encuentra controlada mediante el
procedimiento de Control de Documentos - PA07-SIG-PR01
la Guía para la Elaboración de documentos PA07-SIG-G1 y
el Listado Maestro F01-PA07-SIG
41 2.5.10Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Existe un procedimiento documentado para evaluar la
organización y el desempeño del Sistema de Gestión de
Calidad (SGC) y los registros de los resultados.
NEC I
Existe un procedimiento del Proceso de Gestión Directiva:
Revisión por la Dirección al Sistema Integrado de Gestión
PE01-GD-PR01.
42 2.5.11Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Se realizan Auditorías internas del SGC como mínimo una
vez cada 12 meses.NEC I
La Autoridad cuenta con un procedimiento documentado
para la realización de las auditorias internas con ciclos
cada 12 meses. PEC01-GCI-PR01
43 2.5.12Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
Las acciones correctivas y preventivas tomadas como
resultado de auditorías o de no conformidades son
implementadas y documentadas y se verifica su eficacia.
CRIT I
El sistema cuenta con un procedimiento para el tratamiento
y evaluación de la efectividad del Plan de Acción para las
acciones correctivas El sistema cuenta con un
procedimiento para el tratamiento y evaluación de la
efectividad del Plan de Acción para las acciones correctivas
PA07-SIG-PR04.
El sistema cuenta con un procedimiento para el tratamiento
y evaluación de la efectividad del Plan de Acción para las
acciones preventivas PA07-SIG-PR03
44 2.5.13Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Calidad
La Dirección de la ARN revisa la organización del SGC
conforme a las bases reguladoras al menos una vez cada 12
meses y están disponibles las evidencias documentadas.
NEC I
La alta dirección realiza seguimientos periódicos al SIG y
realiza Revisión por la dirección al SIG una vez al año y una
de las entras al sistema son las auditorias de control Interno
que incluyen los Indicadores del Manual para la evaluación
de autoridades reguladoras nacionales de referencia.
45 2.6.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN
Están establecidas las fuentes de financiamiento de la ARN
para desarrollar todas sus funciones reguladoras.CRIT I
Marco Legal Ley 1485 de 2011, Decreto No 4970 de 2011
El INVIMA actualmente se financia con recursos propios
provenientes de los siguientes rubros :
Venta de bienes y servicios: Ley 399 de 1.997
Otros Ingresos:
Multas Decreto 1290 de 1994 numeral 15 Art. 4o.
Fotocopias.
Bases de datos
Rendimientos financieros Decreto 1013 de 1995 y 411 de
1998 en títulos TES.
Ley 1485 de 2011, Decreto No 4970 de
2011
Venta de bienes y servicios: Ley 399 de
1.997
46 2.6.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN
Están publicados los montos de las cuotas, tasas, tarifas o
aranceles a pagar por los servicios que presta la ANR.CRIT I
Marco Legal Ley 399 de 1.997 Resolución 2012028065 de
17 septiembre de 2012
http://web.invima.gov.co/portal/faces/index.jsp?id=88274
Las tarifas que cobra el INVIMA están publicadas en la
Pagina Web Link:
http://web.invima.gov.co/portal/faces/index.jsp?id=88274
http://web.invima.gov.co/portal/faces/index.
jsp?id=88274
http://web.invima.gov.co/portal/faces/index.
jsp?id=88274
47 2.6.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN
Existen disposiciones relacionadas con la reducción o
exención de aranceles, tasas, tarifas o cuotas, a fin de
garantizar la disponibilidad de medicamentos esenciales
para la sobrevida o los de un mercado muy limitado.
INFO I
El no establece reducciones o exenciones de aranceles,
tasas, tarifas o cuotas en medicamentos de uso humano,
solo se da la exclusión del IVA si es solicitado por usuario
Decreto 3733 de 2004
Decreto 3733 de 2004
48 2.6.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN La ARN es financiada con fondos del presupuesto público. INFO I
Si mediante el Decreto 2715 de 2012 Por el cual se liquida
el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal
de 2013, se detallan las apropiaciones y se clasifican y se
definen los gastos
Decreto 2715 de 2012
49 2.6.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN
El financiamiento es parcialmente proporcionado por
donantes tales como la OMS, Banco Mundial, etc.INFO I N.P N.P.
50 2.6.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Financiamiento de la ARN
La ARN tiene la autoridad para recaudar y utilizar
internamente los fondos generados.INFO I
La ARN recauda sus ingresos mediante La Ley 399 de
1.997, pero no tiene autonomía , puesto que esta regulado
por la Ley 617 de 2000, que modifica la Ley 136 de 1994 y
Decretos 1222 de 1986 y1421 de 1993 se dictan otras
normas tendientes a fortalecer la descentralización y se
dictan normas para la racionalización del gasto público
nacional.
Ley 617 de 2000, que modifica la Ley 136
de 1994 y Decretos 1222 de 1986 y1421
de 1993
51 2.7.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos Existe un organigrama de la estructura de la ARN. CRIT I
Decreto 2078 de 2012, Decreto 2079 de 2012, Resolución
2013015102 del 31 de mayo de 2013 “Por la cual se
distribuyen los Cargos de la Planta Global del Invima y se
toman otras disposiciones” y Resolución 2014001878 DEL
29 DE ENERO DE 2014 “Por la cual establece el Manual
Específico de Funciones y de Competencias Laborales para
los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional
de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA” En la
(Intranet/ Secretaria / Grupo Talento Humano)
Resolución No. 2014001876 del 29 de Enero de 2014 “Por
la cual se crean los Grupos Internos de Trabajo en el
INVIMA y se determinan sus Funciones” Resolución No.
2014001877 del 29 de Enero de 2014 “Por la cual se
conforman los Grupos Internos de Trabajo creados
mediante Resolución No. 2014001876 del 29 de Enero de
2014, en el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos INVIMA”. (Pagina
www.Invima.gov.co/ Normatividad Institucional/2014)
52 2.7.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos Está identificado el personal clave de la ARN. CRIT I
Resolución 2013015102 del 31 de mayo de 2013 “Por la
cual se distribuyen los Cargos de la Planta Global del
Invima y se toman otras disposiciones” y Resolución
2014001878 DEL 29 DE ENERO DE 2014 “Por la cual
establece el Manual Específico de Funciones y de
Competencias Laborales para los empleos de la Planta de
Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos INVIMA” (Intranet/ Secretaria /
Grupo Talento Humano).
Resolución No. 2014005585 del 4 de marzo de 2014 “Por la
cual se modifica parcialmente la Resolución No.
2014001876 del 29 de Enero de 2014, que creó los Grupos
Internos de Trabajo en el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos INVIMA”. (Pagina
www.Invima.gov.co/ Normatividad Institucional/2014)
53 2.7.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
Están establecidas las obligaciones, funciones y
responsabilidades del personal clave en la descripción de
cargos.
CRIT I
Resolución 2013015103 del 31 de Mayo de 2013 “Por la
cual establece el Manual Específico de Funciones y de
Competencias Laborales para los empleos de la Planta de
Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos INVIMA” (Intranet/ Secretaria /
Grupo Talento Humano)
54 2.7.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
La ARN ha establecido las competencias necesarias
(educación, entrenamiento, capacidad y experiencia) para el
personal clave a fin de realizar el trabajo asignado.
CRIT I
Decreto 2772 del 10 de agosto de 2005 “por el cual se
establecen las funciones y requisitos generales para los
diferentes empleos públicos de los organismos y entidades
del orden nacional y se dictan otras disposiciones”.
Decreto 2539 del 22 de julio de 2005 “por el cual se
establecen las competencias laborales generales para los
empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las
entidades a las cuales se aplican los Decretos-ley 770 y 785
de 2005”.
Resolución 2014001878 DEL 29 DE ENERO DE 2014 “Por
la cual establece el Manual Específico de Funciones y de
Competencias Laborales para los empleos de la Planta de
Personal del Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos INVIMA”. (Intranet/ Secretaria /
Grupo Talento Humano)
55 2.7.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
La ARN posee la facultad para seleccionar y reclutar su
propio personal siguiendo un procedimiento documentado
basado en criterios escritos propios (experiencia, educación
mínima, entrenamiento de alto nivel, etc.).
NEC I
Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo publico, la carrera
administrativa, gerencia publica y se expiden otras
disposiciones.
Mapa de Procesos http://190.27.195.147/procesos/
PROCEDIMIENTO VINCULACIÓN DE PERSONAL
Código: PA05-GTH-PR01
56 2.7.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
Está establecido un periodo inicial de evaluación del
personal, para revisar el desempeño, identificar necesidades
de entrenamiento y establecer acuerdos sobre los objetivos a
desarrollar.
NEC P.I
Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo publico, la carrera
administrativa, gerencia publica y se expiden otras
disposiciones.
Acuerdo No. 137 y 138 de 2010 de la Comisión Nacional del
Servicio Civil.
Resolución 2014008394 del 28 de Marzo de 2014 “Por la
cual se establecen unos factores de calificación para el
acceso al nivel sobresaliente dentro de la evaluación de
desempeño laboral de los funcionarios de carrera y en
periodo de prueba del INVIMA” y Resolución No.
2014005430 del 03 de marzo de 2014 “ Por la cual se
conforman las Comisiones Evaluadoras para la Evaluación
del Desempeño Laboral de los empleados de carrera
administrativa o en período de prueba del Instituto Nacional
de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -MINVIMA”
Propuesta elaborada para adoptar el instrumento especifico
y metodología para la medición del rendimiento laboral de
los servidores públicos vinculados provisionalmente al
INVIMA
.
57 2.7.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
Existe un programa de inducción del personal recientemente
reclutado.NEC I
Mapa de Procesos http://190.27.195.147/procesos/
PROCEDIMIENTO INDUCCIÓN, RE INDUCCIÓN Y
ENTRENAMIENTO EN EL PUESTO DE TRABAJO Código:
PA05-GTH-PR02
En la Intranet/ Secretaria / Grupo Talento Humano se
encuentran todas las presentaciones y videos utilizados en
la Inducción.
58 2.7.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
Está establecido un plan de entrenamiento para todo el
personal para cumplir con las necesidades identificadas.NEC I
Decreto 1567 del 5 de agosto de 1998 “por el cual se crean
(sic) el sistema nacional de capacitación y el sistema de
estímulos para los empleados del Estado” .
Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo publico, la carrera
administrativa, gerencia publica y se expiden otras
disposiciones.
Guía para la formulación del plan institucional de
capacitación PIC
Resolución 2012035267 del 27 de Noviembre de 2012 “ Por
la cual se ajusta el Sistema de Capacitación y el Sistema de
Estímulos para los servidores públicos del INVIMA a la
normatividad vigente”
Resolución 2014006510 del 12 de Marzo de 2014 “Por la
cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación no
formal para el desarrollo de competencias de los
funcionarios públicos del INVIMA”
Mapa de Procesos http://190.27.195.147/procesos/
CAPACITACIÓN : EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL
DESARROLLO HUMANO Código: PA05-GTH-PR23
59 2.7.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
La ARN realiza y mantiene registros de las actividades de
entrenamiento del personal. Está establecido un mecanismo
para evaluar y demostrar la efectividad de las actividades de
entrenamiento.
NEC I
Decreto 1567 del 5 de agosto de 1998 “por el cual se crean
(sic) el sistema nacional de capacitación y el sistema de
estímulos para los empleados del Estado” .
Ley 909 del 23 de septiembre de 2004 Por la cual se
expiden normas que regulan el empleo publico, la carrera
administrativa, gerencia publica y se expiden otras
disposiciones.
Guía para la formulación del plan institucional de
capacitación PIC
Resolución 2014006510 del 12 de Marzo de 2014 “Por la
cual se adopta el Plan Institucional de Capacitación no
formal para el desarrollo de competencias de los
funcionarios públicos del INVIMA”
Mapa de Procesos http://190.27.195.147/procesos/
CAPACITACIÓN : EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL
DESARROLLO HUMANO Código: PA05-GTH-PR23, en la
actividad Evaluar el evento y mediante el formato F17-PA05-
GTH se evalúa el impacto de la capacitación o
entrenamiento recibido por los funcionarios, informe de
evaluación impacto año 2012.
60 2.7.10Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Gestión de Recursos Humanos
Existe fondo presupuestario para realizar entrenamiento del
personal.NEC I
Proyectos de INVERSION $ 1.941.389.545 Capacitación y
Entrenamiento de los Inspectores de la Autoridad Nacional
INVIMA y de las Entidades de la Salud, Se ha entrenado en
los siguientes temas
2- Dirección Medicamentos
Radiofármacos
Buenas Prácticas de Laboratorio y Control de Calidad
Siguiendo las Tendencias Analíticas
Buenas Prácticas de Manufactura ¿cómo lograr la
interpretación adecuada
Medicamentos Homeopáticos
Gases Medicinales
Buenas Practicas Clínicas
Farmacovigilancia
Diseño, Ejecución y Evaluación de los Ensayos de
Biodisponibilidad y Bioequivalencia
Vacunas, métodos de producción, control de calidad y
evaluación
Validación de sistemas computarizados
Salud Publica
61 2.8.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
La ARN ha establecido un Comité Asesor (en el que pueden
participar especialistas internos y expertos externos)
involucrados en los procesos reguladores de la ARN.
INFO IACUERDO 003 DE 2006, ACUERDO 008 DE 2007,
ACUERDO 009 DE 2009, ACUERDO 007 DE 2012.
62 2.8.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
La ARN utiliza expertos externos en sus procesos
reguladores.NEC I
ACUERDO 003 DE 2006, ACUERDO 008 DE 2007,
ACUERDO 009 DE 2009, ACUERDO 007 DE 2012.
63 2.8.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe un modelo de contrato entre la ARN y cada uno de los
expertos externos definiendo roles y con responsabilidades
establecidas y firmadas por ambas partes.
NEC I
Cada convenio tiene sus cláusulas, son firmados los
representantes legales de la instituciones y por INVIMA la
secretaria General por delegación del Director.
Los expertos que forman las salas especializadas se rigen
por Acuerdo 3 del 2006 y acuerdo 8 de 2007
64 2.8.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe una política escrita/ procedimiento para la designación
y captación de expertos externos, definiendo la selección de
los candidatos mediante un panel / jurado de selección y
designación y haciendo pública la decisión final.
CRIT I ACUERDO 003 DE 2006
65 2.8.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe un procedimiento escrito para la gestión del Comité
Asesor.NEC I
ACUERDO 008 DE 2007
66 2.8.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe una política general sobre potenciales conflictos de
interés para expertos externos ad hoc y miembros del
Comité Asesor.
CRIT I
Actas de Presala RESOLUCIÓN 2010009467 DE 2010
67 2.8.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe una política general sobre confidencialidad y código
de conducta para expertos externos “ad hoc” y miembros del
Comité Asesor.
NEC
68 2.8.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
Existe un mecanismo escrito para manejar potenciales
conflictos de interés de expertos internos o externos y
miembros de comités, para recopilar declaraciones de
interés y garantizar la actualización de estas declaraciones
para todas las funciones de regu
NEC
69 2.8.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
La agenda del Comité Asesor es elaborada antes de la
reunión y se registran las notas de la discusión (acta).NEC I Actas de Presala RESOLUCIÓN 2010009467 DE 2010
70 2.8.10Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Comités y Expertos Externos
La ARN participa en alguna red global con asociaciones
científicas de prestigio y sociedades de profesionales.INFO intenal DG
71 2.9.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La legislación provee los requerimientos para garantizar
confidencialidad y transparencia en el trabajo de la ARN.CRIT
La transparencia se considera una polítia pública que
incluso recientemente conllevó a la expedición de a ley 1712
de 2014 Transparencia y del Derecho de Acceso a la
Información Pública Nacional y se dictan otras
disposiciones . Confidencialidad clausulas contractuales y
artículo 15 del Acuerdo 03 de 2006 (Comisión Revisora).
72 2.9.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Se dispone de un mecanismo adecuado para la gestión del
material/ información confidencial.NEC planeacion
73 2.9.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Existe una política documentada sobre el acceso público a la
información con exenciones/excepciones.NEC planeacion
74 2.9.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La información sobre la legislación, regulación,
procedimientos y lineamientos está disponible públicamente
en páginas Web u otros mecanismos que garanticen la
adecuada disponibilidad de información y se mantiene
debidamente actualizada.
CRIT
En la página web del INVIMA se encuentra el link
normatividad que contiene la correspondiente a cada
producto competencia para el Instituto.
https://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&v
iew=article&id=55&Itemid=67
75 2.9.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Se mantiene públicamente disponible un informe anual con
el presupuesto asignado a la ARN sobre un periodo base.NEC presupuesto marlon/ serrano
76 2.9.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
El proceso de toma de decisiones relacionado con la
actividades reguladoras tales como emisión o denegatoria de
un registro; aplicación de medidas sanitarias de seguridad,
liberación un lote; aprobación o denegatoria de un ensayo
clínico, autorización de
NEC
77 2.9.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La información sobre decisiones está públicamente
disponible, incluyendo las decisiones negativas en casos
específicos (cuando la legislación lo permite) de manera
oportuna.
NEC
78 2.9.8Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La información sobre los resultados de la actuación de la
ARN en todas sus funciones se encuentra públicamente
disponible y está permanentemente actualizada.
NEC
79 2.9.9Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La información sobre sanciones, retiros y precauciones de
salud pública está publicada y disponible a todo el público.CRIT
80 2.9.10Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Están disponibles lineamientos sobre reclamos y
apelaciones contra decisiones de la ARN en cualquiera de
sus funciones.
CRIT
81 2.9.11Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Se dispone de mecanismos y procedimientos detallados
para formular la apelación contra decisiones de la ARN y
para su manejo al interior de la ARN.
CRIT
82 2.9.12Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La ARN consulta o involucra a sectores específicos de la
sociedad civil (tales como ONGs, representantes de
profesionales de la salud, la industria, consumidores y
pacientes) durante el desarrollo de guías o lineamientos.
NEC
83 2.9.13Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La ARN ha establecido e implementado un procedimiento
escrito para consultar, compilar y evaluar los comentarios
recibidos durante el desarrollo de guías o lineamientos.
NEC
84 2.9.14Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Las declaraciones de conflicto de interés de expertos
internos y externos están públicamente disponibles.NEC
85 2.9.15Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La industria, consumidores y representantes de los pacientes
participan como observadores en reuniones técnicas/Comité
de asesores.
NEC
86 2.9.16Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
Las agendas de los Comités técnicos/Asesores se circulan a
sus participantes con anticipación, las notas (actas) de las
reuniones se registran y se brinda información pública de los
tópicos discutidos de conformidad con las políticas
nacionales vigentes
NEC
87 2.9.17Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La ARN ha establecido una persona de contacto competente
o una Unidad de relaciones públicas, que es conocida por las
partes interesadas.
NEC
88 2.9.18Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La ARN organiza reuniones regularmente con los actores
relevantes y brinda espacio para las consultas al público en
general, como por ejemplo con días abiertos al público.
NEC
89 2.9.19Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Transparencia y Confidencialidad
La ARN participa cuando considera de su interés de
reuniones organizadas por los actores del sector
(asociaciones de industriales, asociaciones de profesionales
médicos, asociación de pacientes, etc.).
NEC
90 2.10.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
Existe un "Código de conducta" documentado para los
miembros del personal involucrado en las funciones de
regulación.
CRIT
91 2.10.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
Existe una política interna / establecido un mecanismo sobre
potenciales conflictos de interés para los miembros del
personal.
CRIT
92 2.10.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
Existe un modelo de formulario para realizar la declaración
de conflicto de interés.NEC
93 2.10.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
Existe una política escrita/procedimiento para evitar que
coincidan responsabilidades en un mismo miembro del
personal de la ANR que comprometan la imparcialidad, que
puedan considerarse incompatibles y conlleven a conflictos
de intereses, como por ejempl
NEC
94 2.10.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
La ARN mantiene independencia respecto de investigadores,
productores, distribuidores, y mayoristas de medicamentosCRIT
95 2.10.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Independencia e Imparcialidad
La ARN mantiene independencia respecto del sistema/
instituciones proveedoras de medicamentos.CRIT
96 2.11.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Infraestructra
Los espacios, el ambiente de trabajo y el espacio disponible
para archivar la documentación son adecuados.NEC I
A través de la licitación publica No. 04 de 2014 y otros
procesos de selección abreviada se tiene proyectado, para
este año, la adecuación y dotación de áreas especiales para
suplir la necesidad total de almacenamiento de archivo para
cada dependencia de la entidad en los edificios, ubicados
en la carrera 10 con calle 64, en la ciudad de Bogotá, para
tales afines se pretende adecuar aproximadamente, 5,500
m2 de área para oficinas con una proyección alrededor de
650 puestos de trabajo,
Por otro lado con el contrato No. 721 de 2013, se adecuaron
áreas y se instalaron equipos para el almacenamiento de
archivo y demás insumos de los laboratorios. (Nivel de
avance 100%)
97 2.11.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Infraestructra
La ARN dispone del equipamiento necesario y adecuado
para realizar las funciones regulatoriasNEC I
El Instituto tiene dotados a los laboratorios con los equipos
e insumos necesarios para realizar las funciones
regulatorias.
Así mismo la entidad en el año 2013, adquirió inmuebles en
muy buenas condiciones de espacio en la ciudad de Cali,
Armenia y Villavicencio, donde mediante los contratos No.
814 de 2013, 827 de 2013 y 953 de 2013, se adecuó y
dotaron de equipos las oficinas necesario y adecuado para
realizar las funciones regulatorias. (Nivel de avance 100%)
98 2.11.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Infraestructra
Los servicios de apoyo disponibles (por ejemplo en términos
de transporte y comunicación) son adecuados para el
desarrollo de las actividades.
NEC I
Ya se cuenta con el servicio de transporte Terrestre de
acuerdo con el Contrato de Prestacion de Servicios No. 249
de 2014 el cual inicio el dia 22 de marzo del presente año,
el cual cuenta con un total de 50 carros a nivel nacional,
distribuidos en los 9 Grupos de Trabajo Territorial, en los
sitios de CPB Cucuta, Ipiales, Pasto, Buenaventura,
Aeropuerto el dorado, Ibague, y en los GTT de Barranquilla,
Monteria, Bucaramanga, Bogota, Neiva, Villavicencio,
Armenia, Medellin y Cali, como tambien el servicio prestado
en la ciudad de Bogota al nivel central Direcciones
Misionales para visitas de IVC, es importante mencionar
que el servicio contempla que 10 de los 50 vehiculos son 24
horas, para poder ofrecer el servicio de inspeccion
permanente a los medicos veterianarios. (Nivel de avance
100%)
99 2.12.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Monitoreo y Responsabilización
La legislación establece requerimientos para que otras
instituciones puedan monitorear, supervisar y revisar el
desempeño de la ARN en cuanto al cumplimiento de las
funciones reguladoras que le fueron asignadas.
CRIT
100 2.12.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Monitoreo y Responsabilización
Las funciones o procesos reguladores son monitoreados y
revisados en forma regular y sistemática para identificar
problemas, brechas, debilidades e inconsistencias dentro de
la ARN.
NEC
101 2.12.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Monitoreo y Responsabilización
La ARN prepara informes generales y temáticos a intervalos
regulares sobre las funciones/procesos reguladores
ejecutados, los que son enviados al/ a los organismo/s,
institución/es o entidad/es que tengan a cargo la supervisión
y revisión de la ARN.
NEC
102 2.13.1Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN usa sistemas informáticos para la automatización de
actividades repetitivas y para reportes de actividades.NEC I
La ARN sí usa sistemas de información para la
automatización de actividades repetitivas y para el reporte
de actividades, como son el aplicativo de Registros
Sanitarios, Sivicos, Tecnovigilancia, Correspondencia,
Comisión Revisora entre otras.
103 2.13.2Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN usa sistemas informáticos para el eficiente manejo
de datos de forma tal que la información sea recolectada,
ingresada en una base de datos y recuperada en informes
para su consulta.
NEC I
La ARN sí usa Sistemas informáticos para el eficiente
manejo de datos, para que la información sea recolectada e
ingresada a una base de datos para la generación de
informes y consultas.
104 2.13.3Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN usa sistemas informáticos para acceder a
información técnica/científica.NEC I
La ARN sí usa Sistemas informáticos para acceder a
información técnico científica, por ejemplo la Dirección de
Medicamentos y Productos Biológicos en el grupo de
Registros sanitarios tiene herramientas en línea como
FARMACOPEA DE LOS EE.UU
105 2.13.4Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN ha desarrollado una red en la que se integran todas
las computadoras relacionadas con la información de las
funciones reguladoras.
NEC I
La ARN tiene una red de comunicaciones y de datos que
integra las diferentes sedes en la ciudad de Bogotá junto
con los GTTs, Laboratorios y pasos de Primera Barrera Esta
red la integran todas las computadoras con la información
de las funciones reguladoras para los casos de los
aplicativos de Registros Sanitarios, Comisión Revisora y
SE SUIT, en implementación Frmacovigilancia, BPM y BPC
Para el año 2014 con el proyecto PPT, se tiene como
objetivo la automatización de procesos y la interrelación con
los datos en una única base de datos.
106 2.13.5Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN tiene su propia página Web o tiene algún acuerdo
para utilizar la de otras instituciones.CRIT I
La ARN cuenta actualmente con su propia página web, en
el año 2012 se hizo el rediseño de la página web acorde con
los requerimientos de Gobierno en Línea y el Rediseño
Institucional proyectando una estructura con un enfoque de
procesos dimensionado de manera transversal que permita
visualizar la información de forma amigable a los usuarios
en general. De igual forma la página web del instituto su
contenido es actualizado mediante el procedimiento
"Actualización contenido sitio web", el cual hace parte
del hace parte del proceso de Soporte Tecnológico y su
objetivo es mantene ectualizada y disponible en el Sitio
Web la información del Instituto para todo tipo de usuarios.
El proceso en mención, acttúa como una herramienta que
permite a todas las Direcciones y Oficinas del Instituto
realizar la actualización de la información que es
comunicada a los usuarios en general.
107 2.13.6Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
La ARN emplea su propio personal técnico-informático o
tiene garantizado el acceso a servicios informáticos.CRIT I
Con el Rediseño Institucional, Decreto 2078 de 2012 donde
se establece la estructura del INVIMA, se crea la Oficinade
Tecnologías de la Información, así mismo el grupo de
Soporte Tecnológico adscrito a la Secretería General, el
cual garantiza el personal técnico para prestar los servicios
informáticos y otras funciones establecidas mediante
Resolución 2012 034015 del 19 de Noviembre de 2012 . Así
mismo la ARN garantiza a los funcionarios y contratistas el
acceso a los servicios informáticos según el procedimiento
"Gestión de Acceso a los servicio Tecnológicos de la
Información " el cual hace parte del proceso de Soporte
Tecnológico y su objetivo es describir y seguir los pasos
para crear, modificay y/o deshabilitar los usuarios en los
aplicativos y/ servicios de tecnología de acuerdo con los
requerimientos de los Directores, Jefes de Oficina y/o
Coordinadores de grupo de la Institución para garantizar la
disponibilidad de la información y de los servicios de
tecnología de la institución
108 2.13.7Autoridad Reguladora
Nacional (ARN) Sistema de Gestión de la Información
Existen procedimientos para reunir datos, usar las
aplicaciones o los programas y herramientas de consultas.NEC I
ada profesional de la Dirección de Medicamentos y
Productos Biológicos, tiene acceso a los procesos definidos
por el Sistema de Gestión de Calidad donde se especifica
cómo debe proceder para cada trámite. Así miso existe el
procedimiento "Generación de la Información de las Bases
de Datos, del proceso de Gestión de Tecnologías de la
Información, el cual describe las actividades cuando un
usuario ya sea interno o externo solicita información de las
Bases de Datos del INVIMA
109 3.1.1 Registro Sanitario Base LegalEl soporte legal obliga a que las compañías tengan registro
sanitario antes de poner un medicamento en el mercado.CRIT I
El Código Sanitario, establecido en la Ley 9 de 1979 en su
artículo 457 de establece que existe necesidad del registro
para importación, exportación, fabricación y venta de
productos.
Las compañías son obligadas a tener registro sanitario
antes de poner un producto farmacéutico en el mercado,
dispuesto en el artículo 13 del Decreto 677 de 1995.
Complementa: Existe disposición legal para exigir que los
solicitantes demuestren calidad, seguridad y eficacia de los
productos farmacéuticos sometidos a la solicitud de RS por
medio del Arts. 27, 28, 22 y 31 del Decreto 677 de 1995.
Ley 9 de 1979
Decreto 677 de 1995Diaria
110 3.1.2 Registro Sanitario Base LegalLa legislación faculta a la ARN para conceder registro
sanitario.CRIT E.I
Artículo 93 del Decreto 677 de 1995. Norma de Vacunas en
trámite
Decreto 677 de 1995 Norma de Vacunas
en trámite
111 3.1.3 Registro Sanitario Base LegalLa legislación faculta a la ARN para solicitar la suspensión,
retiro o cancelación de registro sanitario.CRIT I
Existe disposición legal para exigir que los solicitantes
demuestren calidad, seguridad y eficacia de los productos
farmacéuticos sometidos a la solicitud de RS por medio del
Art. 27, 28, 22 y 31 del decreto 677 de 1995.
Decreto 677 de 1995
112 3.1.4 Registro Sanitario Base Legal
Existe reglamentación para exigir que los solicitantes
demuestren calidad, seguridad y eficacia de los
medicamentos sometidos a la solicitud de registro sanitario.
CRIT I Art. 27, 28, 22 y 31 del decreto 677 de 1995. Decreto 677 de 1995
113 3.1.5 Registro Sanitario Base Legal
Existe reglamentación para garantizar que el fabricante del
medicamento cumple con las Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM).
CRIT P.I
Ley 9 de 1979, artículos 447 - 457, artículo 21, 22, 69 al 78
del decreto 677 de 1995
Decreto 549 de 2001, artículo primero exige el cumplimiento
de las BPM, tanto para laboratorios fabricantes de
medicamentos que se importen o fabriquen en el país.
Resolución 3183 de 1995, que acoge el Informe 32 de la
OMS, de 1992, para los productos fabricados en el país.
Resolución 1672 de 2004, para gases medicinales.
Resolución 3028 de 2008, indica define las áreas.
En tramite BPM biologicos
Ley 9 de 1979
Decreto 677 de 1995
Decreto 549 de 2001
Resolución 3183 de 1995
Resolución 1672 de 2004
Resolución 3028 de 2008 En tramite BPM
biologicos
114 3.1.6 Registro Sanitario Base Legal
Existe reglamentación relativa a la información que debe ser
entregada con los productos (envase, etiquetado, folletos,
resumen de las características del producto etc).
CRIT I Artículo 72 y 74 Decreto 677 de 1995 Decreto 677 de 1995
115 3.1.7 Registro Sanitario Base LegalExiste requerimiento legal relativo al tiempo de validez del
registro sanitario.CRIT I
Artículo 16 y 17 del decreto 677 de 1995.
Artículo 5 del Decreto 2086 de 2010
Decreto 677 de 1995
Decreto 2086 de 2010
116 3.1.8 Registro Sanitario Base Legal
Existe requerimiento legal para obligar a la actualización
periódica del registro sanitario, por ejemplo, al momento de
la renovación o durante la aprobación de cambios post-
registro.
CRIT IArtículo 18 del Decreto 677 de 1995
Artículo 4 Decreto 2086 de 2010
Decreto 677 de 1995
Decreto 2086 de 2010
117 3.1.9 Registro Sanitario Base Legal
Existe reglamentación que exija la notificación a la ARN de
cambios / variaciones significativas del RS inicial que puedan
afectar la calidad, seguridad y eficacia de los productos.
CRIT I Art. 18 del Decreto 677 de 1995 Decreto 677 de 1995
118 3.1.10 Registro Sanitario Base LegalLa reglamentación prevé los casos que requieren
demostración de equivalencia terapéutica.CRIT E.I norma de Bioequivalencia en trámite en el Ministerio norma en trámite
119 3.1.11 Registro Sanitario Base Legal
Las reglamentaciones prevén los casos de RS condicional o
provisorio eximiendo de requisitos específicos basados en
criterios establecidos (como por ejemplo, para drogas
huérfanas, interés de salud pública, presunto balance riesgo
/ beneficio positivo).
NEC I
Existe regulación específica para vitales no disponibles:
Decreto 481 de 2004 Por el cual se dictan normas
tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no
disponibles en el país.
Decreto 677 de 1995, art 96 modificado por el Decreto 822
de 2003, modificado por el Decreto 249 de 2013.
Decreto 481 de 2004
Decreto 677 de 1995
Decreto 822 de 2003
Decreto 249 de 2013
120 3.1.12 Registro Sanitario Base LegalEstá contemplada una exención de registro sanitario para
medicamentos donados, siguiendo criterios establecidos.NEC I Decreto 919 de 2004, Artículo 3. Decreto 919 de 2004
121 3.1.13 Registro Sanitario Base LegalLas reglamentaciones especifican que el titular del RS es el
responsable ante la autoridad sanitaria de los medicamentos.CRIT I
Artículo 77 parágrafo tercero y Artículo 102 del decreto 677
de 1995Decreto 677 de 1995
122 3.2.1 Registro Sanitario Lineamientos y guías
Existen guías que señalen los antecedentes a presentar para
demostrar calidad, seguridad y eficacia de los productos
cuando se solicita registro sanitario (o licenciamiento de
producto).
NEC I
Registro Sanitario: F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Registro Sanitario Vacunas: Guía de para Solicitud de
Concesión o Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
Evaluación Farmacológica: PM01-RS-G48 Guía para la
Presentación de la Evaluación Farmacológica-SEMPB
F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Guía de para Solicitud de Concesión o
Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
PM01-RS-G48 Guía para la Presentación
de la Evaluación Farmacológica-SEMPB
Diaria
123 3.2.2 Registro Sanitario Lineamientos y guías
Existen lineamientos sobre el contenido de los folletos de
información de productos, resumen de las características del
producto, envase y etiquetado.
NEC I
Registro Sanitario: F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Registro Sanitario Vacunas: Guía de para Solicitud de
Concesión o Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
PM01-RS-G50: Guía para la Elaboración y Armonización de
Insertos e Información para el Prescriptor de Medicamentos
y Productos Biológicos
F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Guía de para Solicitud de Concesión o
Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
Guía para la Elaboración y Armonización
de Insertos e Información para el
Prescriptor de Medicamentos y Productos
Biológicos
Diaria
124 3.2.3 Registro Sanitario Lineamientos y guíasExisten lineamientos para la solicitud de RS en cuanto a
requerimientos sobre validación de métodos analíticos.NEC I
F05-PM01-RS Formulario único de solicitudes
Registro Sanitario Vacunas: Guía de para Solicitud de
Concesión o Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Guía de para Solicitud de Concesión o
Renovación de Registro Sanitario para
Vacunas PM01-RS-G53
Diaria
125 3.2.4 Registro Sanitario Lineamientos y guíasExisten lineamientos para la solicitud de RS en cuanto a
requerimientos de estabilidad.NEC I
Registro Sanitario: F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Registro Sanitario Vacunas: PM01-RS-G53 Guía de para
Solicitud de Concesión o Renovación de Registro Sanitario
para Vacunas
F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
PM01-RS-G53 Guía de para Solicitud de
Concesión o Renovación de Registro
Sanitario para Vacunas
Diaria
126 3.2.5 Registro Sanitario Lineamientos y guías
Existen lineamientos para optar a ciertas exenciones de
requerimientos, como por ejemplo, para solicitar bio-
exenciones para estudios de bioequivalencia.
NEC E.I
PM01-RS-G13 Guía de autorización de donaciones
internacionales de Medicamentos, Dispositivos Médicos y
Equipos Biomédicos
Resolución 1400 de 2001 (Numeral 11 - 3)
PM01-RS-G13 Guía de autorización de
donaciones internacionales de
Medicamentos, Dispositivos Médicos y
Equipos Biomédicos
Diaria
127 3.2.6 Registro Sanitario Lineamientos y guías
Existen lineamientos para los solicitantes (aplicantes) sobre
el contenido, el formato y los procedimientos a seguir para
presentar una solicitud de registro sanitario.
NEC I
Registro Sanitario: F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
Registro Sanitario Vacunas: PM01-RS-G53 Guía de para
Solicitud de Concesión o Renovación de Registro Sanitario
para Vacunas.
Evaluación Farmacológica:
Solicitud de Protección de información no divulgada:
F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
PM01-RS-G53 Guía de para Solicitud de
Concesión o Renovación de Registro
Sanitario para Vacunas.
Evaluación Farmacológica:
PM01-RS-G6 Guía de evaluación técnica y
legal para concesión de Registro Sanitario
nuevo con solicitud de protección.
Diaria
128 3.2.7 Registro Sanitario Lineamientos y guías
Existen lineamientos para los solicitantes definiendo los tipos
y objetivos de las modificaciones, el formato y la
documentación requerida y especificando que las
modificaciones son sometidas a aprobación previa.
NEC I
Registro Sanitario: F05-PM01-RS Formulario único de
solicitudes
PM01-RS-G54 Guía para Solicitud de Modificaciones de
Cambio de Cepa para Vacunas Estacionales
PM01-RS-G55 Guía para Solicitud de Modificaciones de
Productos Biológicos
Evaluación Farmacológica: PM01-RS-G48 Guía para la
Presentación de la Evaluación Farmacológica-SEMPB
Registro Sanitario: F05-PM01-RS
Formulario único de solicitudes
PM01-RS-G54 Guía para Solicitud de
Modificaciones de Cambio de Cepa para
Vacunas Estacionales
PM01-RS-G55 Guía para Solicitud de
Modificaciones de Productos Biológicos
Evaluación Farmacológica: PM01-RS-G48
Guía para la Presentación de la
Evaluación Farmacológica-SEMPB
Diaria
129 3.2.8 Registro Sanitario Lineamientos y guíasExisten lineamientos sobre la forma de proceder de la
autoridad con los medicamentos donados.NEC I
PM01-RS-G13 Guía de autorización de donaciones
internacionales de Medicamentos, Dispositivos Médicos y
Equipos Biomédicos
PM01-RS-G13 Guía de autorización de
donaciones internacionales de
Medicamentos, Dispositivos Médicos y
Equipos Biomédicos
Diaria
130 3.3.1 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Existe un procedimiento escrito implementado que permita a
los solicitantes reunirse con la ARN antes de presentar la
solicitud de RS.
INFO I
PA01-DAC-PR02 Procedimiento Información y Atención al
Ciudadano
PA01-DAC-G3 Guía para la Atención al Ciudadano por
Medios de Comunicación Virtual (Chat / Contáctenos /
Redes Sociales)
F04-PA01-DAC Formato de Atención a Ciudadano -
Registro de Reunión
F11-PA01-DAC Formato Citas a Ciudadanos
PA01-DAC-PR02 Procedimiento
Información y Atención al Ciudadano
PA01-DAC-G3 Guía para la Atención al
Ciudadano por Medios de Comunicación
Virtual (Chat / Contáctenos / Redes
Sociales)
F04-PA01-DAC Formato de Atención a
Ciudadano - Registro de Reunión
F11-PA01-DAC Formato Citas a
Ciudadanos
Diaria
131 3.3.2 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExisten procedimientos escritos / herramientas para la
evaluación de las diferentes partes de la solicitud. CRIT I
F60-PM01-RS Formato de informe de evaluación legal
PM01-RS-I32 Instructivo para la Evaluación Farmacológica
SEMPB-CR
F80-PM01-RS Formato de Evaluación y Presentación de la
Evaluación Farmacológica SEMPB-CR
PM01-RS-I33 Instructivo de Evaluación para Inserto e
Información para Prescribir - IPP
F93-PM01-RS Formato de Evaluación de Inserto o
Información para el Prescriptor (IPP)
PM01-RS-G1 Guía para la evaluación técnica y legal de
registros sanitarios en la modalidad fabricar y vender
F16-PM01-RS Formato para informe de evaluación técnica
Registro Sanitario Medicamentos Fabricación Nacional
PM01-RS-G4 Guía de evaluación técnica y legal para
concesión de registro sanitario nuevo o Renovación en la
modalidad importar y vender
F15-PM01-RS Formato de informe de evaluación -registro
sanitario modalidad importar y vender
PM01-RS-G31 Guía de evaluación técnica y legal para
concesión de registro sanitario nuevo para productos
biológicos y biotecnológicos
F20-PM01-RS Formato de informe de evaluación-registro
sanitario para medicamentos biológicos/biotecnológicos
PM01-RS-G6 Guía de evaluación técnica y legal para
concesión de registro sanitario con solicitud de
protección.Decreto 2085 de 2002
F13-PM01-RS Formato para informe de evaluación-registro
sanitario con solicitud de protección decreto 2085 de 2002
F60-PM01-RS Formato de informe de
evaluación legal
PM01-RS-I32 Instructivo para la
Evaluación Farmacológica SEMPB-CR
F80-PM01-RS Formato de Evaluación y
Presentación de la Evaluación
Farmacológica SEMPB-CR
PM01-RS-I33 Instructivo de Evaluación
para Inserto e Información para Prescribir -
IPP
F93-PM01-RS Formato de Evaluación de
Inserto o Información para el Prescriptor
(IPP)
PM01-RS-G1 Guía para la evaluación
técnica y legal de registros sanitarios en la
modalidad fabricar y vender
F16-PM01-RS Formato para informe de
evaluación técnica Registro Sanitario
Medicamentos Fabricación Nacional
PM01-RS-G4 Guía de evaluación técnica y
legal para concesión de registro sanitario
nuevo o Renovación en la modalidad
importar y vender
F15-PM01-RS Formato de informe de
evaluación -registro sanitario modalidad
importar y vender
PM01-RS-G31 Guía de evaluación técnica
y legal para concesión de registro
sanitario nuevo para productos biológicos
y biotecnológicos
F20-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-registro sanitario para
medicamentos biológicos/biotecnológicos
PM01-RS-G6 Guía de evaluación técnica y
legal para concesión de registro sanitario
con solicitud de protección.Decreto 2085
de 2002
F13-PM01-RS Formato para informe de
evaluación-registro sanitario con solicitud
Diaria
132 3.3.3 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Existen procedimientos escritos /herramientas para la
evaluación de requerimientos específicos de ciertas
categorías de productos (ej. genéricos, productos que
contienen nuevas sustancias activas, nuevas
concentraciones, productos innovadores, etc.).
CRIT I
PM01-RS-G6 Guía de evaluación técnica y legal para
concesión de registro sanitario con solicitud de
protección.Decreto 2085 de 2002
F13-PM01-RS Formato para informe de evaluación-registro
sanitario con solicitud de protección decreto 2085 de 2002
F108-PM01-RS Formato de Presentación y Evaluación de
Protocolos de Estudios Farmacocinético
PM01-RS-G31 Guía de evaluación técnica y legal para
concesión de registro sanitario nuevo para productos
biológicos y biotecnológicos
F20-PM01-RS Formato de informe de evaluación-registro
sanitario para medicamentos biológicos/biotecnológicos
Documento interno de trabajo: Listado de chequeo para la
verificación del proceso de fabricación de vacunas.
PM01-RS-G6 Guía de evaluación técnica y
legal para concesión de registro sanitario
con solicitud de protección.Decreto 2085
de 2002
F13-PM01-RS Formato para informe de
evaluación-registro sanitario con solicitud
de protección decreto 2085 de 2002
F108-PM01-RS Formato de Presentación
y Evaluación de Protocolos de Estudios
Farmacocinético
PM01-RS-G31 Guía de evaluación técnica
y legal para concesión de registro sanitario
nuevo para productos biológicos y
biotecnológicos
F20-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-registro sanitario para
medicamentos biológicos/biotecnológicos
Documento interno de trabajo: Listado de
chequeo para la verificación del proceso
de fabricación de vacunas.
Diaria
133 3.3.4 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un procedimiento para el intercambio de información
entre el solicitante y la ARN cuando es necesario.NEC I
Si, en cada procedimiento existe la oportunidad de requerir
por única vez al interesado. Adicionalmente, existe:
PM01-RS-I4 Instructivo para comunicación de autos
PM01-RS-I4 Instructivo para comunicación
de autosDiaria
134 3.3.5 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExisten procedimientos para revisar periódicamente los RSs
otorgados.NEC P.I PM01-RS-PR12 Procedimiento Revisión de oficio
PM01-RS-PR12 Procedimiento Revisión
de oficioDiaria
135 3.3.6 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExisten procedimientos para la evaluación de solicitudes de
modificación de RSs.CRIT I
PM01-RS-PR06 Procedimiento Modificación
PM01-RS-I34 Instructivo para la Evaluación de
Modificaciones SEMPB-CR
F91-PM01-RS Formato para Presentación y Evaluación de
Modificaciones - SEMPB
PM01-RS-G3 Guía para realizar modificaciones de registros
sanitarios de medicamentos
F23-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-adicion de presentaciones
comerciales
F26-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación cambio de excipientes medicamentos
Importados
F27-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación a registro sanitario
cambio de vida útil productos nacionales
F28-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Artes de Material de Empaque y Envase
F29-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación cambio de material de envase nacional.
F30-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-cambio de modalidad
F31-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-cambio de nombre del
medicamento
F33-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Modificación a registro sanitario medicamentos nacionales
cambio / adicion de fabricante / envasador y/o
acondicionador
F34-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación a registro sanitario cambio de titular
F63-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Modificación a registro sanitario medicamentos importados
cambio / adicion de fabricante / envasador y/o
acondicionador
F64-PM01-RS Formato de informe de evaluación técnica-
Modificación a registro sanitario cambio en información
farmacologica
F65-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
PM01-RS-PR06 Procedimiento
Modificación
PM01-RS-I34 Instructivo para la
Evaluación de Modificaciones SEMPB-CR
F91-PM01-RS Formato para Presentación
y Evaluación de Modificaciones - SEMPB
PM01-RS-G3 Guía para realizar
modificaciones de registros sanitarios de
medicamentos
F23-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-adicion de presentaciones
comerciales
F26-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-modificación cambio de
excipientes medicamentos Importados
F27-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-modificación a registro
sanitario
cambio de vida útil productos nacionales
F28-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-Artes de Material de
Empaque y Envase
F29-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación cambio de
material de envase nacional.
F30-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-cambio de modalidad
F31-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-cambio de nombre del
medicamento
F33-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-Modificación a registro
sanitario medicamentos nacionales
cambio / adicion de fabricante / envasador
y/o acondicionador
F34-PM01-RS Formato de informe de
Diaria
136 3.3.7 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un formato modelo para el informe de evaluación y
este informe entrega evidencia para la toma de decisiones.NEC I
PM01-RS-PR06 Procedimiento Modificación
PM01-RS-I34 Instructivo para la Evaluación de
Modificaciones SEMPB-CR
F91-PM01-RS Formato para Presentación y Evaluación de
Modificaciones - SEMPB
PM01-RS-G3 Guía para realizar modificaciones de registros
sanitarios de medicamentos
F23-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-adicion de presentaciones
comerciales
F26-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación cambio de excipientes medicamentos
Importados
F27-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación a registro sanitario
cambio de vida útil productos nacionales
F28-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Artes de Material de Empaque y Envase
F29-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación cambio de material de envase nacional.
F30-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-cambio de modalidad
F31-PM01-RS Formato de informe de evaluación-
modificación a registro sanitario-cambio de nombre del
medicamento
F33-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Modificación a registro sanitario medicamentos nacionales
cambio / adicion de fabricante / envasador y/o
acondicionador
F34-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
modificación a registro sanitario cambio de titular
F63-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
Modificación a registro sanitario medicamentos importados
cambio / adicion de fabricante / envasador y/o
acondicionador
F64-PM01-RS Formato de informe de evaluación técnica-
Modificación a registro sanitario cambio en información
farmacologica
F65-PM01-RS Formato de informe de evaluación tecnica-
PM01-RS-PR06 Procedimiento
Modificación
PM01-RS-I34 Instructivo para la
Evaluación de Modificaciones SEMPB-CR
F91-PM01-RS Formato para Presentación
y Evaluación de Modificaciones - SEMPB
PM01-RS-G3 Guía para realizar
modificaciones de registros sanitarios de
medicamentos
F23-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-adicion de presentaciones
comerciales
F26-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-modificación cambio de
excipientes medicamentos Importados
F27-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-modificación a registro
sanitario
cambio de vida útil productos nacionales
F28-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-Artes de Material de
Empaque y Envase
F29-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación cambio de
material de envase nacional.
F30-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-cambio de modalidad
F31-PM01-RS Formato de informe de
evaluación-modificación a registro
sanitario-cambio de nombre del
medicamento
F33-PM01-RS Formato de informe de
evaluación tecnica-Modificación a registro
sanitario medicamentos nacionales
cambio / adicion de fabricante / envasador
y/o acondicionador
F34-PM01-RS Formato de informe de
Diaria
137 3.3.8 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Se aplican los mismos criterios para la evaluación de
solicitudes independiente del origen o destino de uso de los
productos (ej: nacional, importado, sector público/privado).
CRIT I
Si, los criterios de calidad, seguridad y eficacia son los
mismos. La diferencia con los documentos es de tipo legal,
conforme a lo estipulado por el Decreto 677 de 1995,
artículo 22, 24, 31.
Los productos que fabrica una empresa de caracter público
tienen los mismos requisitos que una empresa de caracter
privado.
Diaria
138 3.3.9 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
La información del producto, resumen de las características
del producto, folletos de información al profesional y al
paciente (o prospecto interno) y el etiquetado es aprobado
por la ARN como parte del RS.
CRIT IDentro de los requisitos del Decreto 677 de 1995 se tiene la
aprobación del etiquetado de los artes.
Todas las resoluciones de registro
sanitarioDiaria
139 3.3.10 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
La información externa (fuentes de información y materiales
de referencia) para la toma de decisiones sobre las
solicitudes presentadas están fácilmente disponibles.
NEC I
Actualmente, se tiene acceso a la USP 36 de forma virtual,
con las claves correspondientes. La obtención de las
mismas esta sujeta al proceso de solicitud de material de
trabajo y presupuesto.Las farmacopeas mas recientes con
las que contamos en este momento son:Farmacopea
europea versión 7,0USP 34 / NF29 Farmacopea Británica
2014.
Actualmente, se tiene acceso a la USP 36
de forma virtual, con las claves
correspondientes. La obtención de las
mismas esta sujeta al proceso de solicitud
de material de trabajo y presupuesto.Las
farmacopeas mas recientes con las que
contamos en este momento
son:Farmacopea europea versión 7,0USP
34 / NF29Farmacopea Británica 2011.
Diaria
140 3.3.11 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un control de calidad de la evaluación del dossier y
éste está documentado.NEC I
PM01-RS-I24 Instructivo para la aplicación de Evaluación
por pares.
F48-PM01-RS Formato para análisis de resultados en la
evaluación por pares.
Carpeta de evaluación por pares
PM01-RS-I24 Instructivo para la aplicación
de Evaluación por pares.
F48-PM01-RS Formato para análisis de
resultados en la evaluación por pares.
Carpeta de evaluación por pares
Mensual
141 3.3.12 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónEn la evaluación de las solicitudes de RS, hay expertos
externos involucrados.INFO I
Los miembros de la Sala Especializada de Medicamentos y
Productos Biológicos
Actas de la Sala Especializada de
Medicamentos y Productos BiológicosMensual
142 3.3.13 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónEn la revisión de solicitudes de RS, hay un Comité Asesor de
expertos que está involucrado.INFO I
Los miembros de la Sala Especializada de Medicamentos y
Productos Biológicos
Actas de la Sala Especializada de
Medicamentos y Productos BiológicosMensual
143 3.3.14 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación Existe un procedimiento para la toma de decisiones. CRIT I
PM01-RS-G1 GUÍA PARA LA EVALUACIÓN TÉCNICA Y
LEGAL DE REGISTROS SANITARIOS EN LA MODALIDAD
FABRICAR Y VENDER. Ver el diagrama explicativo al final
del documento
PM01-RS-G1 GUÍA PARA LA
EVALUACIÓN TÉCNICA Y LEGAL DE
REGISTROS SANITARIOS EN LA
MODALIDAD FABRICAR Y VENDER. Ver
el diagrama explicativo al final del
documento
Diaria
144 3.3.15 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónEl procedimiento de toma de decisiones considera un
análisis de costo / beneficio.INFO N.A
No, no es de nuestra competencia, dado que el INVIMA
evalúa únicamente los aspectos de seguridad y calidad del
medicamento.
145 3.3.16 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un procedimiento para emitir la autorización del Rs y
se realiza éste en formato estandarizado.NEC I
Se aplica el procedimiento del estudio del trámite y se
genera la resolución con una plantilla emitida por el sistema.
Se aplica el procedimiento del estudio del
trámite y se genera la resolución con una
plantilla emitida por el sistema.
Diaria
146 3.3.17 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
La ARN reconoce o usa decisiones reguladoras, informes o
antecedentes de otras ARNs u organismos internacionales
para la toma de decisiones.
NEC I
PM01-RS-G1 Guía para la evaluación técnica y legal de
registros sanitarios en la modalidad fabricar y vender
F16-PM01-RS Formato para informe de evaluación técnica
Registro Sanitario Medicamentos Fabricación Nacional
PM01-RS-G1 Guía para la evaluación
técnica y legal de registros sanitarios en la
modalidad fabricar y vender
F16-PM01-RS Formato para informe de
evaluación técnica Registro Sanitario
Medicamentos Fabricación Nacional
Diaria
147 3.3.18 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Si la ARN reconoce o usa decisiones reguladoras, informes o
antecedentes de otras ARNs u organismos internacionales
para la toma de decisiones; existen criterios o
procedimientos establecidos para este reconocimiento.
NEC ISe documentan en todos los FIEs.
PM02-IVC-PR04 Procedimiento Alertas Sanitarias
Se documentan en todos los FIEs.
PM02-IVC-PR04 Procedimiento Alertas
Sanitarias
Diaria
148 3.3.19 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
El procedimiento toma en cuenta la integración de las
diferentes partes del dossier incorporando un análisis de
evaluación general riesgo / beneficio.
CRIT I
El análisis riesgo beneficio se realiza en la Sala
Especializada de Medicamentos y Productos Biológicos.
PM02-IVC-PR04 Instructivo para la Evaluación
Farmacológica SEMPB-CR.
El análisis riesgo beneficio se realiza en la
Sala Especializada de Medicamentos y
Productos Biológicos.
PM02-IVC-PR04 Instructivo para la
Evaluación Farmacológica SEMPB-CR.
Diaria
149 3.3.20 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Existe un procedimiento para asegurar la participación y
comunicación entre los evaluadores de la solicitud de
registro y el personal del laboratorio de control de calidad
para el cumplimiento del producto y/o de las inspecciones
regulares para garantizar
NEC P.I
PM01-RS-PR02 Procedimiento Registro sanitario nuevo o
renovación con estudio previo
F40-PM01-RS Formato para comunicación Inter.-
Dependencias grupo medicamentos- Subdirección de
Registros Sanitarios.
También se establece que si es necesario participar en
alguna visita programada, un evaluador escogido del grupo
de registros sanitarios puede apoyar el área, se toman
muestras y se analiza en el laboratorio, para tomar medidas
acerca del registros sanitario.
PM01-RS-PR02 Procedimiento Registro
sanitario nuevo o renovación con estudio
previo
F40-PM01-RS Formato para comunicación
Inter.-Dependencias grupo medicamentos-
Subdirección de Registros Sanitarios.
También se establece que si es necesario
participar en alguna visita programada, un
evaluador escogido del grupo de registros
sanitarios puede apoyar el área, se toman
muestras y se analiza en el laboratorio,
para tomar medidas acerca del registros
sanitario.
Diaria
150 3.3.21 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación Existen plazos para la evaluación de las solicitudes. NEC I Si, en el decreto 019 de 2012. Decreto 019 de 2012 Diaria
151 3.3.22 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónLa ARN cumple los plazos establecidos reglamentariamente
para la concesión de registros o de sus modificaciones.NEC P.I
No, se detectó durante la auditoría interna, podemos
visualizar la acciones tomadas en la acción correctiva No. 4-
13AUD.
No, se detectó durante la auditoría interna,
podemos visualizar la acciones tomadas
en la acción correctiva No. 4-13AUD.
Diaria
152 3.3.23 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un sistema interno de seguimiento establecido para
revisar los objetivos programados.NEC P.I
Si existe, se puede visualizar por la caracterización del
proceso.
Si existe, se puede visualizar por la
caracterización del proceso.Diaria
153 3.3.24 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Existe documentado un mecanismo acelerado con requisitos
específicos de registro para situaciones especiales (por
ejemplo drogas huérfanas, interés de salud pública) con
requisitos específicos, presunto balance riesgo / beneficio.
NEC P.I
Cuando se trata de productos con interés en Salud Pública
se aplica el Decreto 822 de 2003 y el 249 de 2013.
PM01-RS-G54 Guía para Solicitud de Modificaciones de
Cambio de Cepa para Vacunas Estacionales
Cuando se trata de productos con interés
en Salud Pública se aplica el Decreto 822
de 2003 y el 249 de 2013.
PM01-RS-G54 Guía para Solicitud de
Modificaciones de Cambio de Cepa para
Vacunas Estacionales
Diaria
154 3.3.25 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónLos pasos/requerimientos para la evaluación de retiro /
cancelación de Rs están documentados.CRIT I
PM01-RS-PR13 Procedimiento Cancelación de Registro
Sanitario y pérdida de ejecutoriedad
PM01-RS-PR13 Procedimiento
Cancelación de Registro Sanitario y
pérdida de ejecutoriedad
Diaria
155 3.3.26 Registro Sanitario Procedimientos de evaluaciónExiste un formato modelo para la aprobación de una solicitud
de registro sanitario.NEC I
Si, el aplicativo tiene una plantilla al generar los diferentes
actos adminitrativos.
Si, el aplicativo tiene una plantilla al
generar los diferentes actos adminitrativos.Diaria
156 3.3.27 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Una resolución escrita del RS, firmada por una persona con
delegación oficial es comunicada al solicitante acompañada
por la información aprobada del producto, incluyendo
condiciones o restricciones de su aprobación.
CRIT I
Si, el Director Técnico de la Dirección de Medicamentos y
Productos Biológicos, Carlos Augusto Sánchez Estupiñán,
fue designado por la Dirección General mediante
Resolución 201203403 del 13 de noviembre de 2012 (la
resolución reposa en el Grupo de Talento Humano) , es el
encargado de firmar los actos administrativos.
Si, el Director Técnico de la Dirección de
Medicamentos y Productos Biológicos,
Carlos Augusto Sánchez Estupiñán, fue
designado por la Dirección General
mediante Resolución 201203403 del 13 de
noviembre de 2012 (la resolución reposa
en el Grupo de Talento Humano) , es el
encargado de firmar los actos
administrativos.
Diaria
157 3.3.28 Registro Sanitario Procedimientos de evaluación
Cada medicamento recibe un número único de identificación
que debe aparecer en el envase/etiquetado e información del
producto.
CRIT I
Si, el sistema arroja un número de consecutivo, una vez ha
sido realizado el Registro Sanitario, incluyendo la
renovación.
Si, el sistema arroja un número de
consecutivo, una vez ha sido realizado el
Registro Sanitario, incluyendo la
renovación.
Diaria
158 3.4.1 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
La descripción de cargos está definida para los siguientes
miembros del personal: jefe de registro (supervisor), jefe de
unidad de registro por tipo de productos y asesores con sus
áreas de evaluación (bioequivalencia, química, clínica,
microbiológica, es
NEC I
Si, la actualización de la descripción de cargos se realizó
mediante la Resolución 2013015103 del 31 de Mayo de
2013
Si, la actualización de la descripción de
cargos se realizó mediante la Resolución
2013015103 del 31 de Mayo de 2013
Diaria
159 3.4.2 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
Existe una adecuada pericia tanto interna como externa
(educación, experiencia y entrenamiento) para la evaluación
de las diferentes partes de solicitud de RS.
CRIT I
Si, los evaluadores son Químicos Farmacéuticos.
Adicionalmente, se tiene un programa de aprendizaje en
equipo, del cual reposan las evidencias en talento Humano.
Las últimas capacitaciones recibidas han sido
Biodisponibilidad y bioequivalencia y Vacunas.
Si, los evaluadores son Químicos
Farmacéuticos. Adicionalmente, se tiene
un programa de aprendizaje en equipo, del
cual reposan las evidencias en talento
Humano. Las últimas capacitaciones
recibidas han sido Biodisponibilidad y
bioequivalencia y Vacunas.
Diaria
160 3.4.3 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
Existe una planificación interna de recursos humanos para
desarrollo y actualización y la misma es periódicamente
revisada.
NEC I
161 3.4.4 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursosExiste monitoreo de las habilidades desarrolladas después
de las actividades de entrenamiento.NEC I Evaluación por pares Carpeta de evaluación por pares Semestral
162 3.4.5 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
Los productores o titulares de licencia nunca están
involucrados en el trabajo de evaluación de cualquier
nivel/estado, incluyendo comités de expertos.
CRIT N.I No están involucrados. Conflicto de interés Cada vez que se contrata
el personal
163 3.4.6 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
Existen líneas de autoridad que reflejan la independencia en
la toma de decisiones en el sistema de registro sanitario con
relación a productores, proveedores o gobierno.
CRIT I
Decreto 2078 de 2012 Por el cual se establece la estructura
del instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las funciones de sus
dependencias.
Código de Ética de INVIMA
Organigrama
Decreto 2078 de 2012
Código de Ética de INVIMA
Organigrama
Cada vez que se
determina la estructura del
instituo
164 3.4.7 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursosExiste una oficina adecuada y espacio de almacenamiento
para los archivos de RSs.NEC I
Sede para el almacenamiento del archivo. Además se
cuenta con sistema informatizado para búsqueda y
clasificación de los dossiers.
Sede para el almacenamiento del archivo.
Acceso a SE Suite:
http://172.16.10.14/se/index.php
Diaria
165 3.4.8 Registro Sanitario Recursos humanos y otros recursos
El recurso humano es adecuado en cantidad para
desempeñar las funciones involucradas con el RS en forma
oportuna, de acuerdo a la demanda y a los plazos fijados
para dar respuesta.
NEC P.IDurante todo el año se ha realizado un proceso de
contratación para estar al día.
Durante todo el año se ha realizado un
proceso de contratación para estar al día.Mensual
166 3.5.1 Registro Sanitario Registros y resultados
Existe un listado/ base de datos actualizado de todos los
productos aprobados, suspendidos o retirados y las
solicitudes rechazadas.
CRIT I Pagina web Pagina web Diaria
167 3.5.2 Registro Sanitario Registros y resultados
La ARN conserva un dossier de cada producto registrado así
como también de las modificaciones y renovaciones con la
documentación de apoyo, incluyendo la solicitud, información
aprobada del medicamento, informe de evaluación,
evaluación riesgo/beneficio,
CRIT I
Se implemento visualización del expediente mediante
sistema virtual SE-Suite. A partir de octubre de 2013,
apoyados en la política de 0 papel, la Dirección adjunta los
informes de evaluación en el SE Suite.
Se implemento visualización del
expediente mediante sistema virtual SE-
Suite. A partir de octubre de 2013,
apoyados en la política de 0 papel, la
Dirección adjunta los informes de
evaluación en el SE Suite.
Diaria
168 3.5.3 Registro Sanitario Registros y resultadosLa ARN conserva un registro (archivo o expediente) de cada
aplicación rechazada.NEC I
Si, se puede visualizar con el número de expediente
cualquier tipo de solicitud, rechazada o aprobada, con su
respectivo informe de evaluación.
www.invima.gov.co / Consulte el registro
sanitarioDiaria
169 3.6.1 Registro Sanitario Disponibilidad de la informaciónExiste una lista actualizada, pública y disponible para todo
público de todos los productos aprobados.CRIT I
Si, a través de la página web en el link consulta de registro
sanitario
www.invima.gov.co / Consulte el registro
sanitarioDiaria
170 3.6.2 Registro Sanitario Disponibilidad de la información
Se encuentra publicada y disponible para todo público, un
resumen de las características del producto y/o resumen del
informe técnico de evaluación como base para la toma de
decisión.
NEC P.I
Si, a través de la página web en el link consulta de registro
sanitario, se ingresa el nombre del medicamento, el número
de registro, el principio activo o el expediente
www.invima.gov.co / Consulte el registro
sanitarioDiaria
171 3.6.3 Registro Sanitario Disponibilidad de la información
Se encuentra publicada y disponible para todo público una
lista/base de datos de todas las licencias retiradas,
suspendidas o rechazadas.
NEC ISi, a través del link trámites y servicios, consulta Registros y
Documentos asociados
Si, a través del link trámites y servicios,
consulta Registros y Documentos
asociados
Diaria
172 4.1.1Actividades de
licenciamientoBase Legal
La legislación exige que una compañía que produce o que
planea producir un medicamento y vacunas deba tener
licencia o certificado de BPM que avale que el
establecimiento cumple con las BPM recomendadas por la
Organización Mundial de la Salud, acorde con
CRIT I
Para el caso de Decretos Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001.
-Decreto 677_de_1995.
-Decreto_2086_de_2010
Resoluciones Medicamentos:
-Resolución No_03183_de_ agosto_23_ de_2001. "La cual
acoge el Informe 32 de la OMS"
-Resolución No_03028_de_ agosto_13_ de_2008. "Define
áreas especiales de manufactura para la fabricación de
medicamentos"
-Resolución No_01087_de_ Julio_5_ de_2001. "Guía de
inspección de BPM para establecimientos de producción
farmacéutica"
Productos Biológicos:
-Proyecto de Resolución y guia de inspección para
establecimeitnos que fabriquen productos biológicos que se
encuentra publicado en la página del Ministerio de Salud y
Protección Social.
-MANUAL DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA
PARA LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS
PM07-AC-PR01 vigente desde el 15/10/2013 y el
INSTRUCTIVO PARA LA VERIFICACIÓN DE LAS
BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA PARA LA
FABRICACIÓN DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS PM07-AC-
I12 vigente desde el 20/09/2013 y que se encuentra en el
mapa de procesos y cuya versión antes de ser publicada en
el mapa de procesos fue desafiada en los establecimientos
KOREA VACCINES CO. LTD (Exp Nro. 436E), MEDYTOX
CO. LTD. (Exp Nro. 305E), INSTITUTO COLOMBIANO DE
MEDICINA TROPICAL (Exp. Nro. 1867) E INSTITUTO
NACIONAL DE SALUD (Exp. Nro. 391).
1. Toda la normatividad sanitaria vigente
se encuentran en la página web del
INVIMA, siguiendo el link:
http://web.invima.gov.co/
Normatividad/Medicamentos:
2. Actas de inspección al cumplimiento de
las BPM a establecimietnos
farmaceuticos, incluyendo aquellos que
fabrican productos biológicos.
3. Manuales e instrumentos de verificación
diligenciados para el caso de los
establecimientos visitados que realizan
fabricación de productos biológicos
incluyendo vacunas.
4. Expedientes Nros. XXXXXXXXXXXXXX
5. Adicionalmente se envio un correo
electrónico el día 17 de octubre de 2013 a
los profesionales del grupo técnico de
Medicamentos con el manual y el
instrumento para la verificación de BPM
para la fabricación de productos biológicos
en su versión vigente a fin que los mismos
sean leídos y difundidos. De igual manera
se acordó con la Coordinadora del Grupo
Técnico de Medicamentos dejar
constancia de la aplicación de estos
documentos en las próximas visitas de
certificación lo cual quedará descrito en el
acta de reunión agendada para el 25 de
octubre de 2013.
Cada vez que se lleve a
cabo una visita de
inspección al
cumplimiento de las BPM
(incluidos productos
biológicos)
173 4.1.2Actividades de
licenciamientoBase Legal
La legislación faculta a la ARN para emitir la licencia pero
también para suspender y cerrar / detener actividades de
producción.
CRIT I
Decretos Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001.
-Decreto 677_de_1995.
Artículos 5, 6, 8 y 9º Decreto 549/2001 Cancelación del
Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
Art 93 y 125 del Decreto 677/95 sanciones como: a)
Amonestación; b) Multas; c) Decomiso; d) Suspensión o
cancelación del registro o de la licencia respectiva; e) Cierre
temporal o definitivo del establecimiento, laboratorio
farmacéutico o edificación o servicio respectivo. (medida
sanitaria de suspensión de actividades)
03 de mayo de 2013:Exp Nro. 735:
LABORATORIOS PROBIOL S.A.,: Se
emitió concepto de NO CUMPLE con las
BPM para la fabricación de sueros
antiofídicos.
19 de julio de 2013: Se emitió concepto de
NO CUMPLE para el establecimeinto IPCA
LABORATORIES LTD.(Exp. Nro. 307E)
09 de septiembre de 2013: Exp Nro. 601:
LABORATORIOS LISTER S.A.:
RESOLUCIÓN No. 2013027900 del 18 de
SEPTIEMBRE de 2013 "Por la cual se
CANCELA de la Certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura Farmacéutica a
LABORATORIOS LISTER S.A.
17 de octubre de 2013:
Exp Nro. 711: QUÍMICA PATRIC
LIMITADA, en visita de seguimiento a las
condiciones certificadas se emitió
concepto de "NO MANTIENE las BPM y
se aplicó medida sanitaria
de SUSPENSIÓN TOTAL TEMPORAL DE
ACTIVIDADES de fabricación de
medicamentos, en consecuencia mediante
Resolución Nro. 2013031463 del 21 de
octubre de 2013 se CANCELA la
Certificación en Buenas Prácticas de
Manufactura Farmacéutica a QUIMICA
PATRIC LIMITADA
Cada vez que se lleve a
cabo una de las siguientes
actividades:
1. visita de inspección al
cumplimiento de las BPM.
2. Visita de ampliación y
renovación de las BPM.
3. Visitas de seguimiento
al manetenimiento de las
BPM.
174 4.1.3Actividades de
licenciamientoBase Legal
Las disposiciones legales exigen a los productores cumplir
con las BPM para solicitar el licenciamiento.CRIT I
Decretos Medicamentos:
-Decreto 549/01. Establece el procedimiento para la
obtención del certificado de BPM. Art. 6 Autoridad
competente. Parágrafo art. 9. Para fabricar se exige la
certificación en BPM.
-Decreto 677/95. En Colombia es obligatorio contar con
BPM para fabricar los productos. Para otorgar el Registro
Sanitario verifican que el fabricante cuente con BPM,
artículo 6, certificado de BPM para fabricantes.
1. Solicitudes de visitas de certificación en
BPM que se encuentran en cada uno de
los expedientes.
Cada vez que un
establecimietno solicita
certificación en BPM para
la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
175 4.1.4Actividades de
licenciamientoBase Legal
Las disposiciones legales exigen la notificación por parte del
fabricante a la ARN, para su aprobación, de
cambios/variaciones significativas a las condiciones bajo las
cuales fue expedida la licencia inicial que pudieran afectar la
calidad, seguridad y eficacia de los productos.
CRIT I
Decretos Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001., Artículo 8.
Dentro del proceso de Auditorias y Certificaciones del mapa
de procesos se dispone del INSTRUCTIVO EVALUACIÓN
DE LA NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA PM07-AC-I11, que incluye el "FORMATO LISTA DE
VERIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA F49-PM07-AC", en donde se registran los cambios
notificados por los usuarios en las condiciones certificadas.
Dichos cambios incluyen al personal principal, instalaciones
o áreas de producción y control de calidad, capacidad de
equipos, procesos productivos, contratos con terceros y
sistemas de apoyo critico.
1. En las actas de Inspección al
Cumplimiento de las Buenas Prácticas de
Manufactura Farmacéutica se deja la nota
aclaratoria:
"Cualquier modificación que se haga en
las condiciones evaluadas y certificadas
durante la presente auditoria, respecto a
equipos, áreas, procesos productivos,
personal técnico principal o de las
empresas con las que se contrató la
realización de actividades críticas de
producción y control de calidad, deberán
ser notificadas al INVIMA con el fin de que
éste evalúe y verifique si se requiere una
visita de ampliación o verificación del
concepto técnico emitido".
2. En los respectivos expedientes se
encuentran los formatos con la solicitud de
cambio de las condiciones certificadas por
parte de los usuarios (Modificación de
áreas, equipos, nuevos procesos, cambio
de personal técnico principal, entre otros) .
EJEMPLOS: Expedientes Nros.:
BLISTECO S.A.93, PHARMETIQUE 95:
Se evidencia notificación del cambio de
D.T.
Expedientes Nros.: Se evidencia cambio
en las condiciones certificadas:
PHARMETIQUE 95, LABINCO 1282,
LABORATORIOS PiSA S.A DE C.V
MEXICO D.F 241E Y LABORATORIOS
PISA S.A. DE C.V. 2E
Cada vez que se presente
una solicitud de
modificación respecto a
equipos, áreas, procesos
productivos, personal
técnico principal o de las
empresas con las que se
contrató la realización de
actividades críticas de
producción y control de
calidad por parte de los
usuarios.
176 4.1.5Actividades de
licenciamientoBase Legal
Existen disposiciones legales que requieren al menos de una
persona calificada responsable de cada local de producción.CRIT I
Art. 2 de la Resolución 3183 de 1995: Acoge el Informe 32:
En Colombia debe ser un Químico Farmacéutico el
responsable de producción y de control de calidad. Art. 3 y 5
Ley 212/95.
En las actas de inspección al
cumplimiento de las BPM se verifica y se
describe en la misma que el
establecimiento disponga de Quimicos
farmaceuticos para las áreas de
Producción, Control de Calaidad y
Dirección Técnica.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
177 4.1.6Actividades de
licenciamientoBase Legal
En el caso de existir exenciones legales de requisitos para el
licenciamiento o certificación de BPM, están definidos los
criterios para su aplicación?
NEC I
Decretos Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001.
-Decreto_162_de_2004: Define los certificados de
aceptación de BPM de otras Agencias Reguladoras.
Certificados de Homologación.
Cada vez que haya una
solicitud de aceptación de
la certificación de BPM.
178 4.2.1Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
Un documento escrito provee información detallada sobre el
cumplimiento de los requerimientos de las BPM, incluyendo
productos en investigación. El documento está basado
principalmente en el modelo de la OMS y sus guías
suplementarias.
CRIT I
PM02-IVC-G8: Guía para generar el expediente maestro del
sitio (Site Master file, se mencionan los productos en
investigación).
Se elaboró la GUÍA PARA REALIZAR AUDITORIA DE
BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA A
ESTABLECIMIENTOS FABRICANTES DE
MEDICAMENTOS EMPLEADOS EN INVESTIGACIÓN
CLÍNICA PM02-IVC-G12
En los site master file de cada uno de los
establecimientos certificados, así como en
las actas de visita.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
179 4.2.2Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
Existen guías para los productores sobre el contenido de la
solicitud, el formato y el procedimiento a seguir para
presentar una solicitud de licencia de producción según
corresponda.
CRIT I
Para el caso de Decretos Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001.
En la página web del INVIMA, siguiendo el link: Trámites y
Servicios/Formatos/ Formato Solicitud de trámites (visitas,
certificaciones y certificados) F34-PM07-AC
Link Gobierno en línea
El formato F34-PM07-AC se actualizó el
05/08/2013
Cada vez que un
establecimiento solicita
certificación en BPM para
la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
180 4.2.3Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
En el caso de no aplicar requerimientos específicos para el
licenciamiento existen criterios definidos para su no
aplicación
NEC I N.A. N.A. N.A.
181 4.2.4Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
Existen guías para los solicitantes sobre la definición de los
tipos y objetivos de las modificaciones, el formato y la
documentación requerida.
NEC I
Decretos Medicamentos:
1.-Decreto_549_de_ 2001.
2.En las actas de Inspección al Cumplimiento de las Buenas
Prácticas de Manufactura Farmacéutica se deja la nota
aclaratoria, relacionada con la modificación de las
condiciones evaluadas y certificadas.
3. "FORMATO LISTA DE VERIFICACIÓN DE
NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS CONDICIONES
CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA F49-PM07-AC".
1. En las actas de Inspección al
Cumplimiento de las Buenas Prácticas de
Manufactura Farmacéutica se deja la nota
aclaratoria:
"Cualquier modificación que se haga en
las condiciones evaluadas y certificadas
durante la presente auditoria, respecto a
equipos, áreas, procesos productivos,
personal técnico principal o de las
empresas con las que se contrató la
realización de actividades críticas de
producción y control de calidad, deberán
ser notificadas al INVIMA con el fin de que
éste evalúe y verifique si se requiere una
visita de ampliación o verificación del
concepto técnico emitido".
2."FORMATO LISTA DE VERIFICACIÓN
DE NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y
PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL INVIMA
F49-PM07-AC", en donde se registran los
cambios notificados por los usuarios en las
condiciones certificadas. Dichos cambios
incluyen al personal principal,
instalaciones o áreas de producción y
control de calidad, capacidad de equipos,
procesos productivos, contratos con
terceros y sistemas de apoyo critico.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
182 4.2.5Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
Existe(n) disposición(es), sobre el contenido del Expediente
Maestro del Sitio (Site Master File), o Planta de Fabricación,
el cual corresponde como mínimo con lo recomendado por la
OMS o PIC/S
NEC I
1. Guia para generar el expediente maestro del Sitio que se
encuentra disponible al público en la página
web.invima.gov.co siguiendo la ruta: Inspección, Vigilancia y
Control/Formatos/Guías y Formatos de la Dirección de
Medicamentos y Productos Biológicos/Guía para generar el
expediente maestro del sitio (site master file).
PM07-AC-G2: Guía para generar el expediente maestro del
sitio.
Cada establecimiento cuenta con el
expediente maestro de sitio de manera
electrónica.
Cada vez que un
establecimiento solicita
certificación en BPM para
la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
183 4.2.6Actividades de
licenciamientoLineamientos y guías
Existen documentos sobre la designación y calificación del
profesional responsable de cada local de producciónNEC I
Resolución 3183 de 1995: acoge el Informe 32: En
Colombia debe ser un Químico Farmacéutico el
responsable de producción y de control de calidad.
En las actas de inspección al
cumplimiento de las BPM se describe el
nombre y el número de la tarjeta
profesional y/o registro sanitario de la
persona autorizada.
Así mismo se dispone de una base de
laboratorios en la que se detalla el nombre
del responsable sanitario de cada uno de
los establecimientos.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
o se notifique el cambio
del personal técnico
principal por parte del
interesado.
184 4.3.1Actividades de
licenciamientoOrganización y estructura
Las actividades de licenciamiento son organizadas y
desarrolladas a nivel central del país.INFO I Las actividades son centralizadas.
Actas de inspección al cumplimiento de
las BPM.
Carta de presentación del equipo auditor.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
para la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
185 4.3.2Actividades de
licenciamientoOrganización y estructura
Actividades descentralizadas de otras agencias/autoridades
deben seguir los mismos estándares, guías y
procedimientos.
CRIT I N.A. N.A. N.A.
186 4.3.3Actividades de
licenciamientoOrganización y estructura
En caso de descentralización un mecanismo de intercambio
de información debe ser establecido e implementado para
que la organización descentralizada reciba requisitos y/o
directrices desde la autoridad central y se le reporte a ésta.
CRIT I N.A. N.A. N.A.
187 4.3.4Actividades de
licenciamientoOrganización y estructura
El mecanismo debe permitir una apropiada cooperación y
colaboración entre organismos descentralizados.CRIT I N.A. N.A. N.A.
188 4.4.1Actividades de
licenciamiento
Sistema de aseguramiento de la calidad para las
actividades de licenciamiento
Organigrama definido y responsabilidades para implementar
el sistema de Aseguramiento de Calidad.CRIT I
1. Para los usuarios: Informe 32 de la OMS y guia de
inspección al cumplimiento de las BPM.
2. Para el INVIMA: Conformación de Grupos Internos de
Trabajo establecidos en la Resolución No.2012033945 del
15 de Noviembre de 2012 y 2012038692 del 17/12/2012
Para los usuarios: En las actas de visita se
evidencia la evaluación del Sistema de
Aseguramiento de Calidad incluida la
estructrura organizacional.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
para la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
189 4.4.2Actividades de
licenciamiento
Sistema de aseguramiento de la calidad para las
actividades de licenciamiento
Documentación escrita para la realización de actividades de
licencia de fabricación.CRIT I
Procedimiento de Auditorias y Certificaciones PM07-AC-
PR01 versión 11, última actualización 17/01/2014.
-Decreto_549_de_ 2001.
-Decreto 677_de_1995.
-Decreto_2086_de_2010
-Resolución No_03183_de_ agosto_23_ de_2001.
-Resolución No_03028_de_ agosto_13_ de_2008.
-Resolución No_01087_de_ Julio_5_ de_2001.
Expedientes de cada uno de los
establecimientos.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
para la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
190 4.4.3Actividades de
licenciamiento
Sistema de aseguramiento de la calidad para las
actividades de licenciamiento
Auditoría del sistema implementado y documentado (interna
y/o externa).CRIT I
Procedimiento de Auditoria Interna PEC01-GCI-PR01, el
cual establece el cumplimiento de la NTCGP 1000:2009
acoge en su contenido la ISO 9001:2008, se entiende que al
evaluar la conformidad del Sistema de Gestión de Calidad
frente a la NTCGP 1000: 2009 se están auditando también
los requisitos de la ISO 9001:2008.
NOTA 2: Para la ejecución de las auditorias en los
Laboratorios en el marco de la ISO 17025, el informe 44
OPS/OMS.
Control Interno.
En el mapa de procesos se pueden
evidenciar las auditorias internas y
externas realizadas al Instituto.
RESULTADOS AUDITORIAS INTERNAS
COMBINADAS
MECI – NTCGP ISO 9001:2008, ISO
17025:2005 E INFORME 44:2010 OMS
Control Interno
191 4.5.1Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existe un procedimiento para reunirse con los solicitantes
antes de que la solicitud sea oficialmente presentada.INFO I
En el PROCEDIMIENTO INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL
CIUDADANO PA01-DAC-PR02, se incluye el FORMATO
DE ATENCIÓN A CIUDADANO - REGISTRO DE REUNIÓN
F04-PA01-DAC, en el cual quedan registradas las
respuestas a las inquietudes de los usuarios que solicitan
cita en la Dirección de Medicamentos y Productos
Biológicos.
Carpeta de Dirección de Medicamentos y
Productos Biológicos Atención al Usuario
2013.
Cada vez que el usuario lo
reuqiere.
192 4.5.2Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existe un procedimiento/lista de chequeo para evaluar las
solicitudes de licenciamiento.NEC I
En el Formato F05-PM07-AC “FORMATO LISTA DE
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD
DE INSPECCIÓN DE BPM O BPE Y ASPECTOS A TENER
EN CUENTA PARA PREPARACIÓN DE VISITAS”, que se
diligancia por parte del profesional del Grupo Técnico de
Medicamentos y se encuentra anexa con cada solicitud de
certificación o renovación de visita de BPM
Expedientes de cada uno de los
establecimientos.
Cada vez que un
establecimiento solicita
certificación en BPM para
la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
193 4.5.3Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Cuando proceda, existen criterios definidos para no aplicar
ciertos requisitos o pasos específicos.NEC I
Decreto 549 de 2001. Parágrafo 1 del Articulo 2: Si del
resultado de la visita se establece que el laboratorio
fabricante de medicamentos cumple con las Buenas
Prácticas de Manufactura, el Invima expedirá el Certificado
de Cumplimiento dentro de los siguientes quince (15) días
calendario, contados a partir de la fecha de la visita de
Certificación.
Todos los fabricantes deben cumplir los requisitos exigidos
para la respectiva certificación en BPM.
Se evidencia que no existen criterios
definidos para no aplicar ciertos requisitos
o pasos específicos, lo cual queda descrito
en el acta de inspección y deben
cumplirse el 100% de las oportunidades de
mejora para emitir concepto técnico de
cumple. En caso contrario se evidencia en
las actas de visita en las que se ha emitido
concepto de no cumple con la relación de
las oportunidades de mejora a las que no
se dió cumplimiento al 100%.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
para la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
194 4.5.4Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existe un procedimiento para la evaluación de solicitudes de
modificaciones de las licencias otorgadas. NEC I
Dentro del proceso de Auditorias y Certificaciones del mapa
de procesos se dispone del INSTRUCTIVO EVALUACIÓN
DE LA NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA PM07-AC-I11, que incluye el "FORMATO LISTA DE
VERIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA F49-PM07-AC".
"FORMATO LISTA DE VERIFICACIÓN
DE NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y
PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL INVIMA
F49-PM07-AC", en donde se registran los
cambios notificados por los usuarios en las
condiciones certificadas. Dichos cambios
incluyen al personal principal,
instalaciones o áreas de producción y
control de calidad, capacidad de equipos,
procesos productivos, contratos con
terceros y sistemas de apoyo critico.
Resoluciones de modificación.
Cada vez que se presente
una solicitud de
modificación respecto a
equipos, áreas, procesos
productivos, personal
técnico principal o de las
empresas con las que se
contrató la realización de
actividades críticas de
producción y control de
calidad por parte de los
usuarios.
195 4.5.5Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existen y están documentadas las medidas de control de
calidad al proceso de evaluación de la solicitud.NEC I
1. Decreto 549 de 2001, Artículo 1.
2. En el Formato F05-PM07-AC “FORMATO LISTA DE
VERIFICACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD
DE INSPECCIÓN DE BPM O BPE Y ASPECTOS A TENER
EN CUENTA PARA PREPARACIÓN DE VISITAS”
3. Site Master File.
4. En el procedimiento de Auditorias y Certificaciones PM07-
AC-PR01 versión 6, última actualización: 15/10/2013, están
definidos los PUNTOS DE CONTROL tales como: Oficio de
solicitud radicado, Cronograma de visitas, Oficio de solicitud
de comisión, Resolución de comisión firmada, viáticos,
pasajes.
Documento de presentación firmado y fechado como
constancia de recibido, Listado de oportunidades /
requerimientos cumplidos o no cumplidos, Acta de visita,
Base de datos actualizada, Resolución firmada, Oficio o
registro de notificación, Acta de notificación personal
escrita, entre otros.
Expedientes de cada uno de los
establecimientos.
Cada vez que se presente
una solicitud de
certificación de BPM.
196 4.5.6Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existe un procedimiento para la toma de decisiones en la
emisión, renovación, modificación o revocación de las
licencia.
CRIT IEn el procedimiento de Auditorias y Certificaciones PM07-
AC-PR01 .
Actas de inspección al cumplimiento de
las BPM, donde queda descrito el
concepto técnico: CUMPLE o NO
CUMPLE.
Cada vez que se realice
una visita de inspección al
cumplimiento de las BPM
para la fabricación de
medicamentos (nuevos,
ampliaciones y
renovaciones)
197 4.5.7Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
La licencia se emite en un formato estandarizado (siguiendo
un procedimiento u otro documento que garantice la
uniformidad en contenido y formato).
NEC I
Se dispone del INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN
DE
RESOLUCIONES DE CERTIFICACIÓN PM07-AC-I2, donde
se encuentra anexo el formato empelado para la
elaboración de resoluciones F26-PM07-AC V1 05/08/2013.
F45-PM07-AC: FORMATO CERTIFICADO DE BUENAS
PRÁCTICAS DE MANUFACTURA - BPM – GMP.
1. Resoluciones de certificación al
cumplimiento de BPM
2. Certificados de cumplimiento de BPM a
solicitud del usuario.
1.Cada vez que se emite
concepto técnico de
"CUMPLE".
2. A solicitud del
interesado.
198 4.5.8Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
La ARN reconoce y/o usa decisiones reguladoras, reportes o
información de otras ARNs u Organismos internacionales
para la toma de decisiones.
INFO I
Decretos 549/2001 y 162/2004. Se homologan
certificaciones de BPM emitidas por países de “referencia”.
Certificados de Homologación.
INSTRUCTIVO PARA LA ACEPTACIÓN DE
CERTIFICADOS DE BUENAS PRÁCTICAS DE
MANUFACTURA FARMACÉUTICA PM07-AC-I5.
FORMATO CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN DE
CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE
MANUFACTURA - BPM – GMP – DECRETOS 549 DE 2001
Y 162 DE 2004 F22-PM07-AC
1.Base de datos de homologaciones.
2. Certificados de homologaciones.A solicitud del interesado
199 4.5.9Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
En caso de reconocer y/o usar decisiones reguladoras,
reportes o información de otras ARN u Organismos
internacionales para la toma de decisiones, existen criterios
establecidos y procedimientos escritos.
NEC I
INSTRUCTIVO PARA LA ACEPTACIÓN DE
CERTIFICADOS DE BUENAS PRÁCTICAS DE
MANUFACTURA FARMACÉUTICA PM07-AC-I5.
FORMATO CERTIFICADO DE ACEPTACIÓN DE
CERTIFICACIÓN DE BUENAS PRÁCTICAS DE
MANUFACTURA - BPM – GMP – DECRETOS 549 DE 2001
Y 162 DE 2004 F22-PM07-AC.
BASE DE HOMOLOGACIONES REGISTROS
SANITARIOS.
1.Base de datos de homologaciones.A solicitud del interesado
200 4.5.10Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existe un procedimiento operativo estándar (POE) en el lugar
para garantizar la participación y comunicación entre los
evaluadores y los inspectores para el cumplimiento y
aplicación de las BPM.
NEC IN.A.Los inspectores son los mismos evaluadores y emiten
el concepto técnico al finalizar la auditoria.
1.Actas de inspección al cumplimiento de
las BPM.
2. Carta de presentación del equipo
auditor
Cada vez que se realice
una visita de certificación
de cumplimiento de BPM.
201 4.5.11Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
El mismo estándar de BPM es usado para el licenciamiento,
independiente de la fuente (Ej. nacional, extranjero, público o
sector privado) de la producción.
CRIT I
Si para todos los establecimientos se aplican los mismos
criterios Procedimiento de Auditorias y Certificaciones PM07-
AC-PR01 .
Y la Normatividad sanitaria Vigente para Medicamentos:
-Decreto_549_de_ 2001.
-Decreto 677_de_1995.
-Decreto_2086_de_2010
Resoluciones Medicamentos:
-Resolución No_03183_de_ agosto_23_ de_2001.
-Resolución No_03028_de_ agosto_13_ de_2008.
-Resolución No_01087_de_ Julio_5_ de_2001.
1.Actas de inspección al cumplimiento de
las BPM. De establecimientos nacionales,
internacionales, públicos y privados
Cada vez que se realice
una visita de certificación
de cumplimiento de BPM.
202 4.5.12Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Existen plazos definidos para la evaluación de las nuevas
solicitudes, renovaciones y modificaciones de las licencias,
según corresponda.
NEC I
Artículo 2º del Decreto 549 de 2001. Visita de Certificación.
Radicada la solicitud ante el Instituto Nacional de Vigilancia
de Medicamentos y Alimentos, Invima, con sus respectivos
soportes, el Instituto evaluará la documentación y
determinará si es procedente efectuar la visita de
Certificación de BPM. De ser procedente, programará la
visita dentro de noventa (90) días calendario siguientes,
para lo cual establecerá un cronograma con el fin de realizar
la Visita de Certificación en las instalaciones del laboratorio
y/o establecimiento fabricante.
Adicionalmente, en el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01 la Dirección de
Medicamentos y Productos Biológicos se establecen los
plazos máximos de ejecución del procedimietno:Dirección
de Medicamentos y Productos Biológicos: Para el caso de
certificaciones de productos tales como medicamentos,
productos fitoterapeúticos, suplementos dietarios,
medicamentos homeopáticos, inicialmente son quince (15)
días para realizar estudio previo de la solicitud y
posteriormente noventa (90) días para programar la fecha
de la visita. Adicionalmente en total, para la visita de
certificación de Plantas con BPM, a nivel nacional el tiempo
para ejecutar la visita no deberá exceder los 6 meses y para
los internacionales no deberá exceder los 8 meses, desde el
momento en el que el usuario allega la información
completa.
En cada uno de los expedientes se
evidencia la evaluación de la solicitud de
visita
Para cada solicitud de de
renovación, certificación
y/o modificación de las
BPM
203 4.5.13Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Un sistema de seguimiento interno está establecido para
verificar el cumplimiento de los objetivos programados.NEC I
Anualmente se establece el POA, del cual se lleva un
control mensual en los informes de gestión.
Se verificó plan operativo e informes de auditorias internas
de seguimiento e informe de resultados a la Contraloria
General de la Republica
Anualmente se establece el POA, del cual
se lleva un control mensual en los
informes de gestión.
Se verificó plan operativo e informes de
auditorias internas de seguimiento e
informe de resultados a la Contraloria
General de la Republica
Informes mensuales de
gestión
Auditorias internas
204 4.5.14Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Una licencia escrita, firmada por una persona con la
adecuada delegación es enviada al solicitante incluyendo
condiciones o restricciones relacionadas con las licencias.
CRIT I
El Director de Medicamentos y Productos Biológicos del
Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos, INVIMA, en ejercicio de las facultades conferidas
en el Decreto 549 de 2001 y en concordancia con lo
dispuesto en el Decreto 2078 de 2012.
Tanto las certificaciones de BPM como las
Resoluciones son firmadas por el Director
de Medicamentos y Productos Biológicos;
dichas Resoluciones reposan en el
expediente de cada establecimiento.
Cada vez que se emita
una Resolución
205 4.5.15Actividades de
licenciamientoProcedimientos de evaluación de licenciamiento.
Se encuentra establecido que las actualizaciones de los
establecimientos y del producto sean proporcionados por los
productores a la ARN para mantener la información
actualizada y de acuerdo con los términos de la licencia.
NEC I
Dentro del proceso de Auditorias y Certificaciones del mapa
de procesos se dispone del INSTRUCTIVO EVALUACIÓN
DE LA NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA PM07-AC-I11, que incluye el "FORMATO LISTA DE
VERIFICACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE CAMBIO DE LAS
CONDICIONES CERTIFICADAS POR LA DIRECCIÓN DE
MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS BIOLÓGICOS DEL
INVIMA F49-PM07-AC", en donde se registran los cambios
notificados por los usuarios en las condiciones certificadas.
Dichos cambios incluyen al personal principal, instalaciones
o áreas de producción y control de calidad, capacidad de
equipos, procesos productivos, contratos con terceros y
sistemas de apoyo critico.
Expedientes de cada uno de los
establecimientos.
Cada vez que el usuario
notifique un cambio o
modificación en las
condiciones certificadas.
206 4.6.1Actividades de
licenciamientoRecursos humanos y otros
Existe personal calificado en cantidad suficiente para la
evaluación de las solicitudes y la emisión de licencias.CRIT I
Se cuenta con personal suficiente y calificado, así como un
procedimiento de instrucción y reinducción PA05-GTH-
PR02 , así como también un manual de funciones perfiles
que se deben cumplir asociado a la ley 909, 2004 (Ley de
carrera administrativa, incluye capacitación, selección de
personal, evaluación de desempeño, etc.) .
Se dispone de una guia de entrenamiento para el personal
del Grupo Técnico de Medicamento existen registros de
autocapacitación de los procedimientos, guias e instructivos
que se han generado en su versión vigente.
1.Carpetas de hojas de vida.
2. Registros de capacitaciones
Cronograma de
capacitación anual.
207 4.6.2Actividades de
licenciamientoRecursos humanos y otros
Existen requisitos a cumplir para el personal que evalúa las
solicitudes y la emisión de licencias; dicho personal es
evaluado periódicamente a fin de determinar si se encuentra
capacitado para cumplir sus funciones.
NEC I
Si existen requisitos, los cuales estan descritos en el
Manual de funciones.
Se realizan evaluaciones de desempeño semestralmente.
Se realiza una evaluación de los conceptos técnicos
emitidos y d elas actas de inspección, así mismo las
Resoluciones emitidas por el personal que realiza la
inspección son revisadas por personal de mayor experiencia
y por legalmente (por un abogado)
1. Lista de verificación de documentación
para solicitud de inspección de BPM o
BPE.
2. Revisión de las Resoluciones por parte
de un profesional de mayor experiencia y
un profesional abogado.
3. Revisiones aleatorias de las actas de
inspección.
1 y2. Cada vez que hay
una solicitud y emisión de
resolución.
3. Trimestralmente.
208 4.6.3Actividades de
licenciamientoRecursos humanos y otros
Existen procedimientos escritos para selección y uso de
expertos externos.CRIT I
El INVIMA cuenta con un Ente Asesor denominado
Comisión Revisora. Los miembros de las diferentes Salas
Especializadas con nombrados de acuerdo con los perfiles
establecidos por el Consejo Directivo del INVIMA.
Acuerdo 3 de 2006 Por el cual se modifica la composición y
funciones de la Comisión Revisora del Instituto Nacional de
Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA. En el que
se establece la conformación de la Sala especializada de
Medicamentos y productos Biológicos en su artículo 21. y
en el artículo 22 se establecen las funciones tales como:
a.Llevar a cabo las evaluaciones farmacológicas de los
medicamentos
nuevos, biológicos, medicamentos desarrollados por
biotecnología y de las
nuevas entidades químicas en el país, de acuerdo con las
disposiciones
sanitarias vigentes.
b. Actualizar el listado de medicamentos vitales no
disponibles de acuerdo con las disposiciones sanitarias
vigentes.
c. Incluir y actualizar de manera permanente las normas
farmacológicas.
d. Llevar a cabo las evaluaciones que resulten
científicamente pertinentes de los medicamentos, productos
biológicos y productos desarrollados por biotecnología.
e. Proponer a la luz de los avances técnico- científicos, la
actualización de los requisitos exigidos por las normas
sanitarias vigentes, en el proceso de obtención de los
registros sanitarios de los medicamentos, productos
biológicos y los medicamentos desarrollados por
biotecnología y sobre las modificaciones a los
procedimientos de vigilancia y control de calidad de estos
productos, entre otros.
1.Conformación y actas de reunión de los
miembros de las salas especializadas.
2. Las actas de las salas especializadas
se encuentran disponibles en la página
web del INVIMA siguiendo la ruta: Salas
especializadas.
2. Se dispone de un
cronograma anual para
llevar a cabo la reunión de
los miembros de expertos
que conforman las
diferentes salas
Especializadas
209 4.6.4Actividades de
licenciamientoRecursos humanos y otros
Existe espacio para el almacenamiento de documentación y
el equipamiento y demás recursos materiales y de apoyo
(computadoras, impresoras, fotocopiadoras, papelería,
equipos de comunicación, movilidad).
NEC I
1.Se disponde un archivo donde se ubica cada uno de los
expedientes identificados con nombres de establecimiento,
número de expediente asignado.
2. Se llevan registros electrónicos actualizada de la
información de cada uno de los establecimientos de
Dirección de Medicamentos y Biológicos, donde se
relacionan los siguientes aspectos: nombre, dirección, NIT,
Nombres del representante Legal y del Director Técnico,
Número y fecha de Resolución de certificación de BPM, así
como la vigencia de dicha certificación, fecha del concepto
técnico, concepto técnico, visitas de seguimiento, entre
otros.
3. Se lleva un archivo fisico en la DMPB donde se
almacenan los Cds o USB con la información
correspondiente a Listado de Anexos, Site Master File y
Soportes de Cumplimiento de las oportunidades de mejora
generadas durante las visitas de certificación.
1. Expedientes.
2. Base de Datos de Laboratorios.
3. CDs o USBs
N.A.
210 4.6.5Actividades de
licenciamientoRecursos humanos y otros
Los servicios de apoyo están disponibles adecuadamente en
términos de comunicación e infraestructura. NEC I
Están disponibles los servicios de apoyo en términos de
comunicación e infraestructura.
Correo electrónico, página web, teléfonos, entre otros.
N.A. N.A.
211 4.7.1Actividades de
licenciamientoRegistros y resultados
Existe una lista/base de datos de todos los productores
licenciados.CRIT I
Si existe una base de datos en acces con la información de
los establecimientos certificados y no certificados por el
INVIMA.
Base de Datos de laboratorios
Se actualiza cada vez que
se reciben solicitudes, se
realizan certificaciones,
renovaciones,
ampliaciones, o cuando se
realizan inspecciones de
seguimeintos o se emiten
conceptos de no cumple
con las BPM
212 4.7.2Actividades de
licenciamientoRegistros y resultados
La ARN retiene un Expediente Maestro del Sitio de
Fabricación de cada sitio licenciado, incluyendo los cambios
aprobados con la documentación de soporte. Estos
contienen a lo menos la siguiente información: empresa,
personal, recintos, equipos, lista de medicamentos
producidos (si es adecuado). Todas las exenciones deben
estar documentadas en este expediente.
CRIT I
1. Existe la Guia para generar el expediente maestro del
Sitio PM07-AC-G2, que se encuentra disponible al público
en la página web.invima.gov.co siguiendo la ruta:
Inspección, Vigilancia y Control/Formatos/Guías y Formatos
de la Dirección de Medicamentos y Productos
Biológicos/Guía para generar el expediente maestro del sitio
(site master file).
El site master file se encuentra en medio
electrónico para cada uno de los
expedientes de los establecimientos.
Cada vez que se realice
una solicitud o se realice
una visita de certificación
en BPM
213 4.8.1Actividades de
licenciamientoDisponibilidad de la información
La lista / base de datos de todos los productores licenciados
es publicada y está públicamente disponibleCRIT I
Si de acuerdo con el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01 , el listado de
establecimientos autorizados es actualizado mensualmente
en la página web del Instituto.
Página web siguiendo la ruta: Inspección,
Vigilancia y Control, Establecimientos
Vigilados.
Mensualmente es
actualizada.
214 4.8.2Actividades de
licenciamientoDisponibilidad de la información
La lista/base de datos de todas las licencias de los
productores: retiradas, suspendidas o rechazadas es pública
y está públicamente disponible.
NEC I
Si de acuerdo con el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01 , el listado de
establecimientos no autorizados es actualizado
mensualmente en la página web del Instituto.
Página web siguiendo la ruta: Inspección,
Vigilancia y Control, Establecimientos
Vigilados.
Mensualmente es
actualizada.
215 5.1.1
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
La legislación requiere que una compañía que importa o
intenta importar medicamentos y productos biológicos
medicamentos debe tener licencia o autorización sanitaria
específica para ejercer su actividad emitida por la ARN.
CRIT I
Decreto 677/95, Art. 19
Decreto 549 de 2001, Art. 1, Parágrafo Primero.
Decreto 2510 de 2003, Art. 1. (Por el cual se modifica el
artículo 13 del Decreto 677 de 1995).
Resolución 1478 de 2006, art. 49 numeral d). (Por la cual se
expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de
la importación, exportación, procesamiento, síntesis,
fabricación, distribución, dispensación, compra, venta,
destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización,
medicamentos o
cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas
que son Monopolio del Estado).
Resolución 6980/1991, art. 12, numeral. 3. (“Por la cual se
expiden normas para el control de la importación,
exportación, fabricación, distribución y venta de
medicamentos, materias primas y precursores de control
especial'').
Decreto 4406 de 2004, Artículos 1 y 2 (Obligatoriedad de
Licencia de Importación).
Decreto: 481/2004 (Medicamentos Vitales No Disponibles)
Donaciones Decreto 919/2004 (Por el cual se reglamentan
las donaciones internacionales de medicamentos y
dispositivos médicos).
Decreto 822/2003 (por el cual se modifica el artículo 96 del
Decreto 677 de 1995 - De las medidas especiales: El Invima
podrá autorizar, excepcionalmente, la importación de los
productos de que trata el presente Decreto sin haber
obtenido el registro sanitario. Para ello se requerirá una
solicitud acompañada del certificado de venta libre expedido
por la autoridad sanitaria del país de origen, la prueba de la
constitución, existencia y representación del peticionario y
los recibos de pago por concepto de derechos de análisis
...).
Decreto 925 de mayo 9 de 2013 (Registro y Licencia de
Importación)
Decreto 249 de 2013 (Por el cual se establecen requisitos
para la importación de medicamentos e insumos críticos por
parte de las entidades públicas a través de la OPS).
Los medicamentos que se comercializan
en el territorio Colombiano deben contar
con Registro Sanitario y los
establecimiento fabricantes deben cumplir
con las BPM, a excepción de los
medicamentos vitales no disponibles que
no requieren Registro Sanitario
Bases de datos de
Registros Sanitarios de los
Medicamentos y
Productos Biológicos y
establecimientos
certificados en BPM
216 5.1.2
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
La legislación requiere que una compañía que exporta o
intenta exportar medicamentos y productos biológicos
medicamentos debe tener licencia o autorización sanitaria
específica para ejercer su actividad, emitida por la ARN.
CRIT I
Decreto 677/95, Art. 19.
Decreto 2510/03, Art. 2
Resolución 1478 de 2006, Art. 66 Numeral 2C.
Expedientes de los registros sanitarios de
los medicamentos para exportar
Cada vez que se solicite
un registro sanitario
217 5.1.3
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
La legislación exige que una compañía que actúa como
mayorista o distribuidor de medicamentos deba tener licencia
o autorización específica para ejercer su actividad.
CRIT I
Resolución 1403/07, Art 22 b).
Decreto 2200 de 2005, Art. 11, Parág 5 y Cap VII.
Resolución 10911 de 1992, Ar 2, (Por la cual se determinan
los requisitos para apertura y traslado de las Droguerías o
Farmacias Droguerías).
Decreto 1879 de 2006 (Requisitos documentales exigibles a
los establecimientos de comercio para su apertura y
operación), (sin embargo, se aclara que la distribucción y
almacenamiento es competencia de las Secretarias
Departamentales de Salud, segun normatividad).
Expedientes de los establecimientos
certificados por el INVIMA
Cada vez que se solicite
una visita de certificación
o en visita de seguimiento
218 5.1.4
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
La legislación faculta a la ARN a suspender o restringir la
importación, exportación, distribución y dispensación de
medicamentos.
CRIT I
Decreto 677/95, art 103, 104.
Decreto 2200/05, art. 26
Resolución 1403 de 2007, Art 2, Parágrafo segundo.
Expedientes de establecimientos
certificados en BPE
Cada vez que se solicite
una visita de certificación
o en visita de seguimiento
219 5.1.5
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base LegalExisten disposiciones legales concernientes a reenvasado/re-
etiquetado.CRIT I
Decreto 2200/05, Artículo 11, numeral 4, literal b) y
Parágrafo 5°.
Resolución 1403/07, Capitulo II, Capítulo VI, Art 22 (Manual
de condiciones esenciales y procedimientos del Servicio
Farmacéutico).
Resolución 3183 de 1995 (Aplica el artículo 18.5 del informe
32 OMS) .
Expedientes de establecimientos
certificados con BPM y BPE
Visitas de certificación,
renovación y seguimiento
de establecimientos
certificados en BPM y
BPE
220 5.1.6
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
Las disposiciones legales requieren que los importadores,
exportadores, mayoristas y distribuidores cumplan con la
aplicación de Buenas Prácticas de Almacenamiento y de
distribución para obtener su licencia o autorización sanitaria
CRIT IResolución 1403 de 2007, Art. 8, Parágrafo.
Decreto 2200 de 2005, Art. 11.
Expedientes de establecimientos
certificados con BPE
Visitas de certificación,
renovación y seguimiento
de establecimientos
certificados en BPE
221 5.1.7
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
Las disposiciones legales requieren la notificación a la ARN
de cambios/variaciones significativas respecto de la licencia
inicial que puedan afectar la calidad, seguridad y eficacia de
los productos.
CRIT I Decreto 677 art. 18, literal a)Existe base de datos de registros
sanitarios de medicamentos
cada vez que se realicen
cambios en la formulación
o cuando se solicite a
revisión de oficios.
222 5.1.8
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
Existe disposición legal que establezca que debe haber a lo
menos una persona responsable de la calidad para cada
importador, exportador, mayoristas y distribuidores.
CRIT I
Decreto 2200 de 2005, art. 11.
Decreto 2330 de 2006, Art 2 (Modifica el 2200 en algunos
aspectos).
Decreto 2510 de 2003, art. 2.
Ley 212 de 1995 (Por el cual se reglamenta la profesión de
químico farmacéutico)
Para estos establecimientos debe haber
un profesional responsable químico
farmacéutico como director técnico
en cada visita de
certificación, renovación y
seguimiento de las BPM y
BPE
223 5.1.9
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Base Legal
En caso de haber disposiciones legales para exenciones de
requerimientos para el licenciamiento o autorización
sanitaria, están formalmente establecidos los criterios para
su concesión.
CRIT I
Decreto 677 de 1995, Art. 96.
Decreto 822 de 2003, art. 1 y parágrafos 1 y 2.
Decreto 2510 de 2003, art. 2.
Decreto 481 de 2004 (Medicamentos Vitales No
Disponibles)
Decreto 919 de 2004 (Por el cual se reglamentan las
donaciones internacionales de medicamentos y dispositivos
médicos).
Decreto 249 de 2013 (Por el cual se establecen requisitos
para la importación de medicamentos e insumos críticos por
parte de las entidades públicas a través de la OPS).
Se cuenta con Decretos para realizar
dichas actividades
Cada vez que se radica
información sobre el tema
224 5.2.1
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las disposiciones legales exigen que los medicamentos que
se importan cuenten con registro sanitario previo al trámite
de importación.
CRIT I Decreto 677 de 1995, art 13.Expedientes de establecimientos
certificados en BPM
Cada vez que se solicita el
registro sanitario de un
producto se verifica que el
establecimiento esté
certificado en BPM por el
INVIMA.
225 5.2.2
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las disposiciones legales exigen a los importadores que
tengan autorización para cada acto de importación de un
medicamento.
CRIT I
Decreto 4406 de 2004, Art. 1 y 2 (Regula Registro de
importación)
Decreto 925 de 2013, Art. 25, Num 6.
Existe una plataforma informática que
permite el trámite electrónico de permisos,
autorizaciones o vistos buenos previos
exigidos por las respectivas entidades del
Estado para la realización de las
operaciones de comercio exterior
denominada VUCE.
Cada vez que se importe
un medicamento
226 5.2.3
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las disposiciones legales exigen a los exportadores que
tengan autorización para cada acto de exportación de un
medicamento.
NEC I
Decreto 2510 de 2003, art. 2. (Certificado de Exportación -
Registro Sanitario).
Decreto 677/95 , Art 13, Art 14 Parágrafo 1 (Certificado de
Venta Libre - R.S. modalidad Fabricar y vender).
Existe una plataforma informática que
permite el trámite electrónico de permisos,
autorizaciones o vistos buenos previos
exigidos por las respectivas entidades del
Estado para la realización de las
operaciones de comercio exterior
denominada VUCE.
Cada vez que se exporte
un medicamento
227 5.2.4
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las disposiciones legales exigen a los importadores que
registren la información sobre el origen y el destino de los
productos importados.
CRIT I
Decreto 925 de 2013, Art 3 "Por el cual se establecen
disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y
licencia de importación".
Decreto 677/95 Art 13 Modalidad de RS Importar y vender.
Cuando se otorga RS para importar se exige fabricante y
país de origen.
Existe una plataforma informática que
permite el trámite electrónico de permisos,
autorizaciones o vistos buenos previos
exigidos por las respectivas entidades del
Estado para la realización de las
operaciones de comercio exterior
denominada VUCE.
Cada vez que se importe
un medicamento
228 5.2.5
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las disposiciones legales exigen a los exportadores que
registren la información sobre el origen y el destino de los
productos exportados.
NEC I
Decreto 2510 de 2003, Art 2
F57-PM01-RS (Formato único de diligenciamiento para
certificado de exportación-). Actualizado.
Formato único de diligenciamiento para
certificados de exportación
Cada vez que se exporte
un medicamento
229 5.2.6
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen guías para los importadores y exportadores sobre el
formato y contenido de las solicitudes y el procedimiento a
seguir para la obtención de estas autorizaciones.
NEC I
Certificado de Exportación-(Guía PM01-RS-G14).
F57-PM01-RS (Formato único de diligenciamiento para
certificado de exportación-)
Guía para el usuario en trámites en línea.
Guía diligenciamiento visto bueno de importación (Página
web - Normatividad - Vo.Bo. de importación).
Exportación: Solicitud de Certificados de Venta Libre para
Exportar ( Registros Sanitarios).
Existe guía de diligenciamiento de visto
bueno de importación y exportación
Cada vez que se requiera
la importación o
exportación de un
medicamento
230 5.2.7
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLas actividades se definen y organizan en el nivel central del
país y se desarrollan bajo su responsabilidad y control.INFO I
Ley 100 de 1993, art. 245.
Decreto 2078 de 2012
Existe base de datos para delegaciones a
Direcciones Territoriales de Salud.
Cada vez que se requiera
realizar actividades de IVC
231 5.2.8
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las actividades descentralizadas a otras agencias o
autoridades siguen los mismos estándares, guías y
procedimientos.
CRIT I
Asitencias Técnicas dirigidas a las Direcciones Territoriales
de Salud, realizadas por la Dirección de Medicamentos y
Productos Biológicos. Procedimeinto PM06-CAT-PR02
Oficios de delegaciones de actividades de vigilancia y
control dirigidos a las Direcciones Territoriales de Salud
Se cuenta con programa para brindar
asistencia técnica y base de delegaciones
a las Direcciones territoriales
Cada vez que exista
nueva normativa y
acciones de IVC
232 5.2.9
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
En el caso de descentralización, está establecido e
implementado un mecanismo de intercambio de información
para que la organización descentralizada reciba solicitudes
y/o directivas de la autoridad central y a la vez pueda
reportar a ésta.
CRIT I
Oficios remitidos por sistema de correspondencia del
Instituto a las Direcciones Territoriales de Salud.
PM02-IVC-I7 “Instructivo Delegación de Inspección
Vigilancia y Control a Direcciones Territoriales de Salud”
Base de delegaciones a las Direcciones Territoriales de
Salud generada por año
Existe base de datos para delegaciones a
Direcciones Territoriales de Salud.
Cada vez que se requiera
realizar actividades de IVC
233 5.2.10
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLos mecanismos permiten la cooperación y la colaboración
apropiada entre las organizaciones descentralizadas.CRIT I
Oficios respuesta de las delgaciones remitidas a las
Direcciones Territoriales de Salud
Ley 715 de 2001, establece las competencias de vigilancia y
control, así mismo las direcciones territoriales de salud
actúan de acuerdo a herramientas estandarizadas como
son el Decreto 2200/2005 y la Resolución 1403/2007
Se dispone de Ley de la República y
decretos
Cada vez que se requiera
realizar actividades de IVC
234 5.2.11
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos documentados en la ARN para
evaluar la solicitud de importación o exportación de
medicamentos.
NEC I
PM01-RS-PR07 (Procedimiento de Certificación y a éste se
le liga el Formato F58-PM01-RS (Informe de evaluación de
exportaciones-Decreto 2010, Art 2).
PM01-RS-G14 (Guía para Visto Bueno de Importación de
materias primas y producto terminado).
PM02-RS-PR08 (Autorizaciones de importación) (En
actualización)
PM02-RS-PR09 (Visto Bueno de Importación) (En
actualización)
PM01-RS-G12 (Guía de autorización de medicamentos
vitales no disponibles). (En actualización)
PM01-RS-G13 (Guía de autorización de donaciones
internacionales de medicamentos, dispositivos médicos y
equipos biomédicos) (En actualización)
Formulario de solicitud de Certificados de Venta Libre
(Elaboración RS).
Se cuenta con un mapa de procesos
donde se encuentran codificados los
procedimientos estandarizados para llevar
a cabo dicha actividad
Cada vez que se requiera
la importación de un
medicamento
235 5.2.12
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos documentados para otorgar las
autorizaciones de importaciones y los certificados de
exportación con formatos estandarizados.
CRIT I
PM01-RS-G14 (Guía para Visto Bueno de Importación de
materias primas y producto terminado). Agosto de 2013.
PM01-RS-PR07 (Certificaciones - Formato general de
certificaciones y se encuentra el certificado de exportación
en las definiciones). Octubre de 2013.
PM01-RS-PR08 (Autorizaciones de importación) Agosto de
2013.
PM01-RS-PR09 (Visto Bueno de Importación) Agosto de
2013.
Se cuenta con un mapa de procesos
donde se encuentran codificados los
procedimientos estandarizados para llevar
a cabo dicha actividad
Cada vez que se requiera
la importación de un
medicamento
236 5.2.13
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLa ARN mantiene registros o una base de datos sobre
productos importados y exportados.NEC I
Base de datos de medicamentos y productos biológicos en
la dirección 172.16.10.7.
En la página www.vuce.gov.co se evidencia lo que
realmente se importó.
La DIAN emite Declaración de Importación.
Se cuenta con base de datos y con el
VUCE
Cada vez que se requiera
la importación de un
medicamento
237 5.2.14
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe colaboración o un convenio con la aduana u otra
agencia de fiscalización en el control de las importaciones y
exportaciones.
NEC I
En la licencia de importación, las entidades relacionadas
emiten concepto sobre la intención de importación (18
entidades relacionadas y en cada intención de importación
se da el visto bueno según aplique). La DIAN es la entidad
que tiene la información sobre la declaración de importación
y no existe una herramienta que le permita al INVIMA
compartir la información relacionada sobre las intenciones
de importación aprobadas que se ejecutan.
Decreto 4149 del 2004, Art. 1
El VUCE interacciona con 21 entidades
gubernamentales de fiscalización
Cada vez que se requiera
la importación de un
medicamento
238 5.3.1
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónHay disposiciones legales con la definición de medicamentos
falsificados y de un delito farmacéutico.CRIT I
Decreto 677 de 1995, art. 2.
Ley 1120 de 2008, ArtÍculos. 5, 6 y 8 (Delito contra la Salud
Pública).
Se cuenta Ley de la República y Decreto
Cada vez que se detecte
desviación a las normas
sanitarias vigentes.
239 5.3.2
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónHay una disposición legal para el muestreo y análisis de
muestras de los medicamentos comercializados.CRIT I Decreto 677/95, art. 92
Existen procedimientos estandarizados de
muestreo y farmacopeas oficiales para los
respectivos análisis de las muestras
Cada vez que se requiera
visitas de IVC y la
obtención de registros
sanitario de un
medicamento
240 5.3.3
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónHay procedimientos documentados para muestrear y
analizar los productos vendidos o disponibles en el mercado.NEC I
PM02-IVC-PR05 (Procedimiento toma de muestras.
Guía Programa DeMuestra La Calidad con los documetos
externos de toma de muestra y análisis.
Existen procedimientos estandarizados de
muestreo y farmacopeas oficiales para los
respectivos análisis de las muestras
Cada vez que se requiera
visitas de IVC y la
obtención de registros
sanitario de un
medicamento
241 5.3.4
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLos criterios para la recolección de muestras se basan en la
evaluación de riesgos.NEC I
Guía Programa DeMuestra La Calidad PM02-IVC-G14.
(Anexado al procedimiento PM02-IVC-PR01)
Existe un programa de control de
medicamentos poscomercialización con
basado en la evaluación del riesgo
Se realiza anualmente
desde 2005
242 5.3.5
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónHay disposiciones y criterios para la compensación de las
muestras recolectadas.INFO I
Guía Programa DeMuestra La Calidad PM02-IVC-G14.
(Anexado al procedimiento PM02-IVC-PR01)
Existen Decretos y procedimientos
estandarizados que obligan la reposición
de los medicamentos que han sido
muetreados para su respectivo control
poscomercialización.
Cada vez que se realice
muestreo de
medicamentos en visitas
de IVC
243 5.3.6
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLas actividades se organizan y desarrollan en el nivel central
del país.INFO I Convenio Programa DeMuestra La Calidad 2012 Y 2013.
Se tienen convenios con Universidades y
las reuniones se pueden realizar en
diferentes partes del país
mínimo dos reuniones al
año
244 5.3.7
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Las actividades descentralizadas a otras agencias o
autoridades, siguen los mismos estándares, guías y
procedimientos.
CRIT I
Guía DeMuestra La Calidad, documentos externos
asociados: Manual de toma de muestras, plan de toma de
muestras, Procedimiento de capacitación y actualización a
Direcciones Seccionales de Salud, Procedimiento de toma
de muestra, Manual de Normas Técnicas de Calidad, Guía
Técnica de Análisis.
PM06-CAT-PR01 (Capacitación a entes territoriales de
asuntos competencia.
Se realizan asistencias tecnicas a las
diferentes Direcciones Territoriales de
Salud con base en la normatividad que
aplica la ARN
Cada vez que se realizan
las asistencias técnicas
245 5.3.8
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
En el caso de descentralización, está establecido e
implementado un mecanismo de intercambio de información
para que la organización descentralizada reciba solicitudes
y/o directivas de la autoridad central y a la vez pueda
reportar a ésta.
CRIT I
Manual de funciones derl Comité de enlace Operativo-
Técnico Programa DeMuestra La Calidad (Documento
externo).
Actas reuniones de enlace Convenio DeMuestra la Calidad.
Procedimiento PM02-IVC-I7.
Se cuenta con manual, procedimiento y
acta de reuniones para las diferentes
directrices y solicitudes de la información
En cada reunión del
Comité de Enlace del
programa
246 5.3.9
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLos mecanismos propician la apropiada colaboración entre
las organizaciones descentralizadas.CRIT I Actas reuniones de enlace Convenio DeMuestra la Calidad
En las reuniones del comité de enlace se
brinda toda la colaboración de las ARN y
el comité
En cada reunión del
Comité de Enlace del
programa
247 5.3.10
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Hay procedimientos documentados para recopilar
información, detectar y combatir la falsificación, los
productos sub estándares, los productos sin registro y el
comercio ilegal de medicamentos tal como la venta de
medicamentos de origen desconocida o en es
CRIT I
PA01-DAC-PR01 (Procedimientos de quejas y denuncias)
PA01-DAC-I1 (Instructivo Análisis Técnico de las
Denuncias)
Proyecto trazabilidad de medicamentos).
Se cuenta con base de datos de
denuncias por año
Cada vez que se radica
información sobre los
temas
248 5.3.11
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Se ha establecido y se aplica una estrategia de vigilancia de
mercados basada en inspecciones, programas de análisis en
laboratorio y / u otras informaciones.
CRIT I
Convenio Programa DeMuestra la Calidad.
Programación de visitas de Inspección, Vigilancia y Control
originadas de Denuncias y Farmacovigilancia (Fallo
terapéutico).
Se cuenta con programa de IVC sobre
medicamentos poscomercializaciónCada año desde el 2004
249 5.3.12
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Se ha establecido un programa de vigilancia estructurado
con tareas, procedimientos y responsables para abarcar
diversas formas farmacéuticas de diferentes
drogas/medicamentos, basado en criterios de riesgo
sanitario.
CRIT I Convenio y Programa Demuestra la Calidad.
Existe un convenio entre las universidades
de Antioquia, Atlántico, Cartagena y
Nacional de Colombia para realizar control
de los medicamentos poscomercialización
Cada año desde el 2004
250 5.3.13
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos describiendo actividades de
investigación de casos o sospechas de productos con desvío
de cualidad.
CRIT I
PA01-DAC-I1, Instructivo análisis técnico de las denuncias
en el proceso Inspección, Vigilancia y Control Sanitario.
Guía DeMuestra La Calidad.
Se cuenta con instructivos y guías
cada vez que se
muestrean medicamentos
dentro del programa
DeMuestra la Calidad
251 5.3.14
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónEl programa de vigilancia se examina periódicamente y se
evalúa su eficacia.NEC I
Manual de Funciones del Comité de Enlace Operativo -
Técnico (Documento externo, código M-8516-01-DM01).
Guía Programa DeMuestra La Calidad donde se incluyeron
indicadores del programa.
Actas reuniones del Comité de enlace.
Se cuenta con actas de reuniones y guías
donde se verifican los indicadores del
programa
Cada vez que se reune el
comité
252 5.3.15
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Hay un programa especial/específico para detectar y
combatir la falsificación y el comercio ilegal de
medicamentos tal como la venta de medicamentos de origen
desconocida o en establecimientos no
licenciados/autorizados
CRIT I Expedientes de denuncias y Base de datos.
Existen convenios con diferentes entes de
control del estado y se llava una base de
datos.
Cada vez que se solicita la
coopperación de la ARN.
253 5.3.16
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos describiendo actividades de
investigación, retención y procesamiento en casos o
sospechas de productos falsificados.
CRIT I
PM02-IVC-PR01. (Procedimeinto Inspecciín, Vigilancia y
Control).
PM02-IVC-PR06 (Medidas Sanitarias)
PM02-IVC-PR05 (Toma de Muestras)
PA01-DAC-I1 (Procedimiento de denuncias)
Se cuenta con diferentes procedimientos
para realizar dichas actividades
Cada vez que se realizan
actividades de IVC
254 5.3.17
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La ARN mantiene los registros o información / base de datos
de las muestras recogidas (de productos falsificados y sub
estándares y del comercio ilegal) y de los resultados de sus
análisis.
NEC I Expedientes de denuncias y Base de datos.Se cuenta con base de datos para realizar
dicha actividad
Cada vez que se realizan
actividades de IVC
255 5.3.18
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Se ha establecido e implementado un acuerdo de
colaboración entre las aduanas u otro organismo de
fiscalización para las actividades de control de mercado.
NEC I
Convenio Nacional de Lucha contra el Mercado Ilegal de
Medicamentos, ANDI, FENALCO, INVIMA, DIAN, POLICIA
2004.
Red FALFRA (En implementación)
Actas de reunión con fiscalía y policía
Se cuenta con la colaboración de 21
entidades de control del estado
Cada vez que exista una
desviación a la
normatividad de los entes
de control
256 5.3.19
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónExiste una estructura reguladora de coordinación para
combatir los medicamentos falsificados.NEC I
ACTIVIDADES DE IVC COORDINADAS CON
OPERACIONES SANITARIAS Y SECRETARÍAS DE
SALUD Y FISCALÍA.
PA01-DAC-I1 (Procedimientos de quejas y denuncias)
PA01-DAC-I1 (Instructivo Análisis Técnico de las
Denuncias)
Proyecto trazabilidad de medicamentos).
Existe coordinación entre las Direcciones
Territoriales de Salud, la Dirección de
Operaciones Sanitarias y la Dirección de
Responsabilidad Sanitaria
Cada vez que se detecte
desviación a las normas
sanitarias vigentes.
257 5.3.20
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe un procedimiento documentado para la comunicación
con las autoridades de salud y de la jurisdicción pertinente y
para cooperar en las investigaciones y los incumplimientos
de la reglamentación.
NEC I
PM02-IVC-I7 "Instructivo delegación de inspección vigilancia
y control a direcciones territoriales de salud".
PA01-DAC-I1 " Instructivo análisis técnico de las denuncias
en el proceso insspección, Vigilancia y Control Sanitario".
Se cuenta con instructivos para realizas
las actividades de IVC
Cada vez que se realicen
actividades de IVC
258 5.4.1
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La legislación le permite a la ARN exigir el retiro de
medicamentos cuando se encuentren en una situación de
infracción respectos de las normas vigentes.
CRIT I Decreto 677/95, Título VIII, Art. 104 y 107.Se cuenta con Decretos y base de datos
para realizar dichas actividades
Cada vez que exista un
medicamento que no
cumpla con las
especificaciones y
normatividad establecida.
259 5.4.2
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La legislación le permite a la ARN suspender o impedir la
fabricación, importación, exportación, distribución, venta y el
uso de medicamentos.
CRIT I
Decreto 677/95, Título VIII, art. 104 y 107.
Decreto 549 de 2001.
Decreto 162 de 2004
Decreto 426 de 2009
Existen Decretos que autorizan a la ARN
para impedir la comercialización de los
medicamentos que no cumplan con la
normatividad vigente.
Cada vez que exista un
medicamento que no
cumpla con las
especificaciones y
normatividad establecida.
260 5.4.3
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La legislación le permite a la ARN suspender o impedir la
comercialización o campañas de promoción y detener la
distribución de material promocional.
CRIT I
Decreto 677 de 1995, Art. 79 (Medicamentos en general)
Resolución 4320 de 2004, Art. 10, Paragrafo (Medicamento
de venta libre)
Procedimiento PM02-IVC-PR10 )- PROCEDIMIENTO PARA
LA APROBACIÓN PREVIA DE PUBLICIDADActualizado
Se cuenta con Decretos, resoluciones y
procedimientos estandarizados que
autorizan a la ARN impedir la distribución
de material promocional que no esté
autorizado.
Cada vez que se
promocionen productos
que no estén autorizados
261 5.4.4
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe un requisito legal de un sistema de registro en la
cadena de distribución para asegurar la trazabilidad de los
lotes para facilitar un sistema eficaz de retiro.
CRIT I
Resolución 1403 de 2007, Art. 26
Resolución 3183 de 1995 adopta informe 32 OMS (numeral
7)
Resolución 1087 de 2001, art. 1, anexo 1 (Guía de
Verificación), numeral 10.4.
Se cuenta con Resoluciones y con base
de datos
Cada vez que se evidencie
que los mismos no
cumplen con la calidad y
la normatividad vigente
262 5.4.5
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe una disposición legal que faculte a la ARN para
dictaminar la eliminación de productos defectuosos o que no
cumplen con las normas.
CRIT I
Decreto 677/95, Titulo VIII, art. 104
Resolución 1403, Art. 25
Resolución No. 1164 de 2002
Se dispone de Decretos, resoluciones y
base de datos
Cada vez que se evidencie
que los mismos no
cumplen con la calidad y
la normatividad vigente
263 5.4.6
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe un requerimiento legal para los
fabricantes/importadores de notificar a la ARN el inicio de un
retiro.
CRIT I
Decreto 677 de 1995, art. 94. Resolución 1403/2007, art.
26. Resolución 3183 de 1995 Adopta informe 32 OMS
(numeral 6,9). Artículo 26 Resolución 1403 del 2007,
Resolucion 1087 del 2001. Fabricantes, tirulares
ydistribuidores avisarán al INVIMA en un lapso específico
para el retiro.
Existen Decretos y resoluciones que
obligan a los fabricantes a notificar a la
ARN del retiro del producto del mercado
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
264 5.4.7
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existe un requerimiento legal para los
fabricantes/importadores de notificar a la ARN sobre quejas
acerca de la calidad de los productos.
CRIT I
Resolución 3183/1995 (Por el cual se adopta oficialmente el
Manual de Buenas Prácticas de Manufactura, de la
Organización Mundial de la Salud) TRS_823_32, numeral
6.9., Resolucion 1087 del 2001, se pueden ver actas en las
que se evaluan estos temas
Existen Resoluciones que obligan a los
fabricantes o importadores notificar a la
ARN de las no conformidades de los
medicamentos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
265 5.4.8
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen disposiciones legales que instruyan a los fabricantes,
importadores y exportadores acerca del procedimiento que
deben usar para el retiro y la eliminación de productos
defectuosos o que no cumplen con las normas.
CRIT IResolución 1403/2007, art. 25 y 26
Resolución 1164 de 2002.
Existen resoluciones que indican a los
fabricantes e importadores sobre el
procedimiento que deben seguir para el
retiro del producto del mercado
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
266 5.4.9
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos documentados e implementados en
la ARN para asegurar la evaluación de la notificación de los
retiros y de las quejas sobre los productos.
NEC I
Procedimiento PM02-IVC-136 Actualizado
PA01-AU-I1 Instructivo análisis técnico de las denuncias en
el proceso Inspección, Vigilancia y Control Sanitario.
Actualizado (DE MARZO DEL 2010 VERSION 2) y el PA01-
AU-PR01 (SEPTIEMBRE DEL 2012, VERSION 9)
Se cuent5a con resoluciones,
procedimientos y base de datos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
267 5.4.10
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen procedimientos documentados e implementados en
la ARN para garantizar la remoción de los productos
defectuosos o que no cumplen con las normas; que permitan
organizar un retiro efectivo y su posterior eliminación.
CRIT I
Procedimiento PM02-IVC-I36 Actualizado
Procedimiento Gestión de residuos (en actualización,
Planeación). Su version es la numero 3 y es de junio del
2013
Se cuent5a con resoluciones,
procedimientos y base de datos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
268 5.4.11
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
Existen criterios definidos para determinar los medios
apropiados y el nivel de la comunicación del retiro con un
mecanismo de retroalimentación.
NEC I
PM02-IVC-I36: "Instructivo retiro del producto del mercado"
(Oficios, página web y medios de comunicación). La
mayoria son retiros voluntarios y son los mecionados en los
siguientes numerales sin embargo un ejemplo de un retiro
que se solicitó es mediante oficio 600-4985-13 del 17 de
junio
Se cuenta con instructivo y base de datos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
269 5.4.12
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportaciónLa ARN utiliza mecanismos para evaluar la efectividad del
retiro de un producto defectuoso del mercado.NEC I
PM02-IVC-I36: "Instructivo retiro del producto del mercado",
al funcionario llega el informe final del usuario quien en la
evaluación se verifica los porcentajes y que cumplan con los
requerimientos de no cumplir se hace requerimieno.
Se cuenta con instructivo y base de datos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
270 5.4.13
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La ARN aprueba la finalización del retiro y confirma la
eliminación de los productos defectuosos o que no cumplen
con las normas.
NEC I
Procedimiento PM02-IVC-I36 y base de datos (BASE DE
REGISTROS DE MEDICAMENTOS NO CONFORMES) y
los respectivos radicados del retiro ejm 13019038 DEL
08/03/2013, 13051613 DEL 27/06/2013, entre otros
Existe procedimiento estandarizado y base
de datos
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
271 5.4.14
Vigilancia y control
posteriores a la
comercialización -
Controles de Importación
y Exportación.
Controles de importación y exportación
La ARN mantiene los registros o información/una base de
datos sobre retiros y productos defectuosos o que no
cumplen normas que han sido desechados.
NEC I
Base de Datos (BASE DE REGISTROS DE
MEDICAMENTOS NO CONFORMES) la cual se encuentra
ubicada en el controlador de medicamentos y se
implementó durante este año
Se cuenta con una base de datos para el
registro de los medicamentos no
conformes
Cada vez que existan
desviaciones de la calidad
del producto
272 6.1.1 Farmacovigilancia Base LegalExiste bases legales sobre la vigilancia post-comercialización
de la seguridad de los medicamentos.CRIT I
1. Ley 100 / 1993 Art. 245 (Congreso de la República)
2. Decreto 677/1995 Art. 1, 146 (Presidencia de la
República)
3. Decreto 3518/2006 Art. 8 (Ministerio de Salud y
Protección Social)
4. Decreto 2078/2012 Art. 14-20-21 (Ministerio de Salud y
protección Social). Derogó el decreto 1290/1995
5. Decreto 2200/2005 Art. 7 numeral 6, Art. 15 numeral 2
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link Normatividad INVIMA
medicamentos
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.1.1 20/11/2013
273 6.1.2 Farmacovigilancia Base Legal
Las bases legales exigen a la ARN que implemente un
sistema de vigilancia para recopilar información útil en
farmacovigilancia, para evaluar esta información y tomar las
decisiones.
CRIT I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Capítulo 3 numeral 5.2 y 5.3 del programa
institucional de farmacovigilancia
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 4
3. Decreto 2200/2005
4. Decreto 677/1995 Art. 146
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link Normatividad INVIMA
medicamentos
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.1.2 20/11/2013
4. Acta autocapacitación ítem 6.1.2
11/12/2013
274 6.1.3 Farmacovigilancia Base Legal
Existen bases legales para los Laboratorios farmacéuticos y
titulares de RS, que dispongan el registro, la recolección y
mantenimiento de datos, la evaluación y el monitoreo de las
reacciones/eventos adversos y para reportarlos a la ARN
bajo los requisito
CRIT I
1. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 1, 3, 4, 6,
7 y 8
2. Resolución 1403/2007 Capítulo 3 numeral 5.2 del
programa institucional de FV.
1. Controlador de Farmacovigilancia :
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link Normatividad INVIMA
medicamentos
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.1.3 20/11/2013
275 6.1.4 Farmacovigilancia Base Legal
Las bases legales exigen a distribuidores e importadores
que reporten las reacciones o eventos adversos al titular de
RS o a la ARN bajo los requisitos establecidos.
CRIT I
1. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 1, 3, 4 y 9
2. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Título II Capítulo III Numeral 5.4, Art. 5 numeral 7.
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link Normatividad INVIMA
medicamentos
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.1.4 20/11/2013
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.1.4 17/12/2013
276 6.1.5 Farmacovigilancia Base Legal
Las disposiciones legales exigen a los profesionales de la
salud que reporten las reacciones o eventos adversos a los
titulares del RS o a la ARN u otra autoridad a cargo.
NEC I 1. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 4, 5
2. Resolución 1403/2007 Art. 5 numeral 7
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link Normatividad INVIMA
medicamentos
277 6.1.6 Farmacovigilancia Base Legal
Existen requisitos específicos para reportar temas de
seguridad relacionados con categorías específicas de los
productos (vacunas, productos biológicos, biotecnológicos,
etc.)
NEC I
1. Resolución 1403/2007 Capítulo III numeral 5.1
2. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización"-
ESAVI
3. Formato FORAM
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link página web INVIMA :
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Nueva%20Guia%20P
M02-IVC-G15.pdf
4. Acta autocapacitación ítem 6.1.6
15/01/2014
278 6.1.7 Farmacovigilancia Base Legal
Existen requisitos específicos para Laboratorios
Farmacéuticos y titulares del RS, designar una persona
capacitada a cargo del monitoreo de la seguridad post
comercialización.
NEC I Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 3.
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link página web INVIMA normatividad
279 6.1.8 Farmacovigilancia Base Legal
Existen bases legales para definir la terminología utilizada
como por ejemplo evento adverso, reacción adversa,
eventos adversos serios, etc.
CRIT I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio farmacéutico: Título II Capítulo I numeral 2
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 2.
1. Listado asiastentes autocapacitación
numeral 6.1.8 13/11/2013
2. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
4. Link página web INVIMA normatividad
280 6.1.9 Farmacovigilancia Base LegalLas bases legales establecen la demora y/o la periodicidad
para informar sobre eventos adversos.CRIT I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio farmacéutico: Título II Capítulo III numeral 5.4
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 6.
1.Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link página web INVIMA normatividad
281 6.1.10 Farmacovigilancia Base Legal
Existen requisitos específicos para las instituciones de salud
(clínicas, hospitales, etc.) para designar a una persona
encargada del monitoreo de la seguridad post
comercialización.
CRIT I
Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio farmacéutico: Título II Capítulo I numeral 1.1 y
1.4 b) y Capítulo III numeral 5.2.4
1.Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link página web INVIMA normatividad
282 6.2.1 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
Existen guías sobre el monitoreo de la seguridad post -
comercialización en relación con el registro, el reporte y el
formato que debe ser usado
NEC I
1. PM02-IVC-I32 "Instructivo para el diligenciamiento del
formato de Reportes de reacciones adversas a
medicamentos (FORAM)"
2. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio farmacéutico: Título II Capítulo III numeral 5.2.1
y 5.2.2
3. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 5.
4. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
1. Acta autocapacitación ítem 6.2.1
21/01/2014
2. Link descarga formato FORAM página
web INVIMA:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=753:report
e-de-reacciones-
adversas&catid=191:farmacovigilancia&Ite
mid=335
3. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
FORMATO FORAM e Instructivo para el
diligenciamiento del formato de Reportes
de reacciones adversas a medicamentos
(FORAM)")
4. Link consulta en página web para la
Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o
inmunización- ESAVI:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Nueva%20Guia%20P
M02-IVC-G15.pdf
283 6.2.2 Farmacovigilancia Lineamientos y guíasExisten guías sobre la clasificación de eventos relacionados
con la seguridad.NEC I
1. PM02-IVC-I53 "Instructivo de clasificación de reportes de
eventos Adversos a medicamentos"
2. PM02-IVC-I27 "Instructivo manejo de reportes de
reacciones adversas a medicamentos – farmacovigilancia"
1. Acta autocapacitación ítem 6.2.2
22/01/2014
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
"Instructivo de clasificación de reportes de
eventos Adversos a medicamentos")
284 6.2.3 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
La guía sobre reportes de seguridad aporta a la evaluación
científica del balance entre riesgo/beneficio de los
medicamentos.
CRIT P.I
1. PM02-IVC-I62 "Instructivo para analisis de reportes
periodicos de seguridad (PSUR)"
2. F137-PM02-IVC "Formato Solicitud del "Periodic Safety
Update Report" (PSUR)"
3. PM02-IVC-G10 "Guia de farmacovigilancia para la
elaboración de Reportes periódicos de seguridad (PSUR)"
1. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.2.3 18/11/2013
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales
3. Link consulta guía en la página web del
INVIMA:
http://www.invima.gov.co/images/stories/fo
rmatotramite/PM02-IVC-G10.pdf
4. Base de datos en excel :
Z:\FARMACO\Archivos 2013-2014\BASES
EN EXCEL\PSURS 2013
285 6.2.4 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
Existen pautas que definen los conocimientos científicos y el
entrenamiento adecuado a las personas calificadas y los
puntos focales a cargo de la farmacovigilancia.
NEC I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Capítulo 3.
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 3
1. Listado de asistentes y acta de
autocapacitación ítem 6.2.4 23/12/2013
2. Acta autocapacitación ítem 6.2.4
22/01/2014
3. Link circular publicada en la web del
INVIMA dirigida a los puntos focales
(ETS):
http://www.invima.gov.co/images/pdf/anun
cios/circular%20600-001058-2013.pdf
4. Controlador Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\CIRCULARES
286 6.2.5 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
Existen guías sobre el criterio para determinar los plazos y
los medios para reportar los eventos adversos (severos,
esperados, etc,)
NEC I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Manual de condiciones esenciales y procedimientos
del Servicio farmacéutico: Capítulo III numeral 5.4.
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 5 y 6
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\CIRCULARES
2. Link página web INVIMA normatividad
3. Oficio publicado en la página web del
INVIMA
http://www.invima.gov.co/images/pdf/anun
cios/8oficio_206_de_2012.pdf
287 6.2.6 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
Existen guías y regulaciones para la vigilancia pos
comercialización que incluyen monitoreo y manejo del evento
adverso posterior a la inmunización.
CRIT I
1. PM02-IVC-I25 "Instructivo para la gestión de información
de seguridad sobre medicamentos y productos biológicos"
2. PM02-IVC-I84 "Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización"
3. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
4. Formato FORAM
5. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
6. Ley 1626 Abril 2013
7. Resolución 002 de 2003 Art. 3 numeral 3.3
8. Resolución 2823 de 2011
9. Resolución 03990 de 2009 Art. 2
10. Resolución 3518 de 2006 Art. 8
11. Decreto 272/2004. Art. 4 y 5
1. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.2.6 19/11/2013
2. Link consulta en página web para la
Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o
inmunización- ESAVI:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Nueva%20Guia%20P
M02-IVC-G15.pdf
3. Formato reporte ESAVI: PC con código
de inventario No 10869 Grupo de
Programas Especiales - Farmacovigilancia
4. Link descarga formato FORAM página
web INVIMA:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=753:report
e-de-reacciones-
adversas&catid=191:farmacovigilancia&Ite
mid=335
288 6.2.7 Farmacovigilancia Lineamientos y guías
Las Guías existentes para el seguimiento de eventos
adversos con productos biológicos se encuentran publicadas
y distribuidas a los actores de la vigilancia.
CRIT I
PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
1. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.2.7 14/11/2013
2. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.2.7 19/11/2013
3. Link consulta en página web para la
Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o
inmunización- ESAVI:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Nueva%20Guia%20P
M02-IVC-G15.pdf
4. Correo institucional
5. Link descarga formato FORAM página
web INVIMA:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=753:report
e-de-reacciones-
adversas&catid=191:farmacovigilancia&Ite
mid=335
289 6.3.1 Farmacovigilancia Organización y estructuraLas actividades de vigilancia se organizan e implementan a
nivel central del país.INFO I
1. Decreto 3518/2006 Art. 8 (Ministerio de Salud y
Protección Social)
2. Resolución 2004009455 de 2004 (Invima) del 2004,
Articulos 3y 6.
3. Resolución 1403/2007(Ministerio de Salud y Protección
Social), capitulo 3, numerales 5.3 y 5.4.
1. Actas Mesa Trabajo con Ministerio de
Salud y Protección Social-INVIMA-INS:
Acta No1 14/03/2013
Acta No2 21/03/2013
Acta No3 18/04/2013
Acta No4 26/04/2013
Acta No5 02/05/2013
Acta no6 09/05/2013
Acta No7 30/05/2013
Acta No8 11/07/2013
Acta No9 12/07/2013
Acta No19 25/07/2013
Acta del 28/10/2013
Acta No1 20/11/2013
Acta No2 25/11/2013
Acta No3 02/12/2013
2. Controlador Farmacovigilancia, link:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
290 6.3.2 Farmacovigilancia Organización y estructura
Las actividades descentralizadas a otras agencias o
autoridades siguen los mismos estándares, guías y
procedimientos.
CRIT I
1. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
2. PM02-IVC-G10 "Guia de farmacovigilancia para la
elaboración de Reportes periódicos de seguridad (PSUR)"
3. Circular 600-1058-2013, se hace público pautas de
trabajo en farmacovigilancia con los Entes Territoriales de
Salud.
4. Resolución 1403/2007 parágrafo 2
5. Resolución 1441/2013 Manual de habilitación de
prestadores de servicios de salud, Capítulo 2 numeral
2.3.2.1 exige para habilitación de IPS programa de
farmacovigilancia
1. Link consulta en página web para la
Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o
inmunización- ESAVI:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Nueva%20Guia%20P
M02-IVC-G15.pdf
2. Link consulta guía en la página web del
INVIMA:
http://www.invima.gov.co/images/stories/fo
rmatotramite/PM02-IVC-G10.pdf
3. Controlador Farmacovigilancia, link:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\CIRCULARES
3. Link circular publicada en la web del
INVIMA dirigida a los puntos focales
(GTT):
http://www.invima.gov.co/images/pdf/anun
cios/circular%20600-001058-2013.pdf
291 6.3.3 Farmacovigilancia Organización y estructura
En el caso de descentralización está establecido o
implementado un mecanismo de intercambio de información
para que la organización descentralizada reciba solicitudes
y/o directivas de la autoridad central y a la vez pueda
reportar a ésta.
CRIT I
Circular 600-1058-2013, se hacen públicas las pautas de
trabajo en farmacovigilancia con los Entes Territoriales de
Salud.
1. Link circular publicada en la web del
INVIMA dirigida a los puntos focales
(ETS):
http://www.invima.gov.co/images/pdf/anun
cios/circular%20600-001058-2013.pdf
2. Controlador Farmacovigilancia, link:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\CIRCULARES
292 6.3.4 Farmacovigilancia Organización y estructuraLos mecanismos permiten la cooperación y la colaboración
apropiada entre las organizaciones descentralizadas.CRIT I
1. Circular 600-1058-2013, se hacen públicas las pautas de
trabajo en farmacovigilancia con los Entes Territoriales de
Salud.
2. PM02-IVC-I65 Instructivo actividades de cooperación
invima – direcciones territoriales de salud en
farmacovigilancia
1. Link circular publicada en la web del
INVIMA dirigida a los puntos focales
(ETS):
http://www.invima.gov.co/images/pdf/anun
cios/circular%20600-001058-2013.pdf
2. Directorio de instancias de
farmacovigilancia de direcciones
territoriales de salud, publicado en la
página WEB del INVIMA, link:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/Directorio%2003%20d
e%20Diciembre%20de%202013.pdf
3. Agenda Caribe de farmacovigilancia y
los nodos territorial y regional asociados a
ella, publicada en el Boletin del INVIMA,
Junio de 2013, link:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Jun-DEF.pdf
4. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
293 6.4.1 Farmacovigilancia Procedimientos internos
La información externa (fuentes de información y materiales
de referencia) para la toma de decisiones sobre reacciones
adversas a medicamentos y el monitoreo de la seguridad
está fácilmente disponible.
CRIT IPM02-IVC-I25 "Instructivo para la gestión de información de
seguridad sobre medicamentos y productos biológicos"
1. Listado asistentes autocapacitación
ítem 6.4.1 12/11/2013
2. Base de datos en excel para captura de
alertas internacionales
3. Link ingreso a micromedex para
consulta:
http://www.micromedexsolutions.com/hom
e/dispatch
4. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\LINKS DE
INTERES FV
294 6.4.2 Farmacovigilancia Procedimientos internos
La información externa (fuentes de información y materiales
de referencia) para la toma de decisiones para los eventos
sospechosos atribuidos a la inmunización y el monitoreo de
la seguridad está fácilmente disponible.
CRIT I
1. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
2. PM02-IVC-I84 "Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización"
3. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
1. Actas capacitación en SIVIGILA:
Acta 12/12/2013
Acta 26/11/2013
Acta 12/11/2103
2. Controlador farmacovigilancia, link:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\KIT SIVIGILA
INVIMA
3. SIVIGILA
4. Link ingreso a micromedex para
consulta:
http://www.micromedexsolutions.com/hom
e/dispatch
295 6.4.3 Farmacovigilancia Procedimientos internos
Existen procedimientos documentados en la ARN para
registrar y evaluar los reportes diarios de reacciones
adversas.
CRIT I
1. PM02-IVC-I27 "Instructivo manejo de reportes de
reacciones adversas a medicamentos – farmacovigilancia"
2. PM02-IVC-I30 "Instructivo para el análisis de los reportes
de reacciones adversas a medicamentos"
3. PM02-IVC-I31 "Instructivo de registro de reacciones
adversas a medicamentos en la base de datos del sistema
de Control de vigilancia sanitaria (SIVICOS)"
4. PM02-IVC-I53 "Instructivo de clasificación de reportes de
eventos Adversos a medicamentos"
5. PM02-IVC-I32 "Instructivo para el diligenciamiento del
formato de Reportes de reacciones adversas a
medicamentos (FORAM)"
1. Acta autocapacitación OPS
(procedimientos para análisis, registro y
evaluación de eventos adversos)
30/01/2014
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
para unificación de instructivos PM02-IVC-
I27, PM02-IVC-I30, PM02-IVC-I53 y
generación de un procedimiento para
manejo-análisis y evaluación de eventos
adversos a medicamentos)
3. Formato FIE para análisis y clasificación
de eventos adversos (en prueba)
4. Instructivo para el diligenciamiento FIE
para análisis y clasificación de eventos
adversos (en prueba)
5. Formato FORAM (en proceso de
actualización e inclusión en el listado
maestro)
6. Acta Capacitación manejo de
correspondencia Grupo Programas
Especiales -FV 29/01/2013
7. Acta Ajustes SIVICOS/Archivo plano
17/01/2013
296 6.4.4 Farmacovigilancia Procedimientos internos
Existen procedimientos documentados en la ARN para
analizar las tendencias de seguridad para la detección de
señales.
NEC E.I PM02-IVC-I61 "Instructivo para la detección de señales"
1. Acta 26/11/2013 "Presentación
propuesta 1. Instructivo Generación de
Señales para el Grupo de Programas
Especiales- Farmacovigilancia"
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
PM02-IVC-I61 para ajustes con la
propuesta realizada en reunión del
26/11/2013)
3. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
297 6.4.5 Farmacovigilancia Procedimientos internos
Se ha establecido un sistema para la priorización de las
señales de seguridad de acuerdo al impacto de salud pública
y para demostrar que los temas de alto riesgo se investigan
inmediatamente, o en una primera instancia.
CRIT I
1. PM02-IVC-I25 "Instructivo para la gestión de información
de seguridad sobre medicamentos y productos biológicos"
2. PM02-IVC-I78 "Instructivo desarrollo de información de
seguridad para Pacientes y cuidadores"
3. PM02-IVC-I79 "Instructivo desarrollo de información de
seguridad para profesionales de la salud"
4. PM02-IVC-I80 Instructivo para el desarrollo del informe
de seguridad
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales
298 6.4.6 Farmacovigilancia Procedimientos internosSe ha establecido un sistema de seguimiento interno (legal o
no) para seguir los plazos programados en el proceso.NEC I
1. Resolución 1403/2007 (Ministerio de Salud y Protección
Social) Capítulo III numeral 5.4.
2. Resolución 2004009455 de 2004 (INVIMA) Art. 6
3. PM02-IVC-I27 "Instructivo manejo de reportes de
reacciones adversas a medicamentos – farmacovigilancia"
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Link página web INVIMA normatividad
3. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
299 6.4.7 Farmacovigilancia Procedimientos internos
La falta de eficacia debida a medicamentos bajo sospecha
de ser falsificados, se contempla durante el proceso de
evaluación.
CRIT IPM02-IVC-I55 "Instructivo manejo de reportes adversos o
alertas sanitarias de productos falsificados"
1. Controlador de Farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\NORMATIVIDAD
FV
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
PM02-IVC-I55 para revisión y ajustes)
300 6.4.8 Farmacovigilancia Procedimientos internos
La falta de eficacia debida a productos biológicos bajo
sospecha de ser falsificados, se contempla durante el
proceso de evaluación.
CRIT E.IPM02-IVC-I55 "Instructivo manejo de reportes adversos o
alertas sanitarias de productos falsificados"
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
PM02-IVC-I55 para revisión y ajustes)
301 6.4.9 Farmacovigilancia Procedimientos internos
Hay procedimientos documentados para la toma de
decisiones y para definir las acciones recomendadas a ser
tomadas por la ARN y/o el fabricante u otros interesados
directos.
CRIT I
1. PM05-ECT-PR01 "Evaluación técnica científica"
2. PM05-ECT-I3 "Instructivo para conceptualización por
parte de la sala especializada de medicamentos y productos
biológicos respecto a informes de seguridad y de
farmacovigilancia".
3. PM02-IVC-I27 "Instructivo manejo de reportes de
reacciones adversas a medicamentos – farmacovigilancia"
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\FORMATOS
302 6.4.10 Farmacovigilancia Procedimientos internos
La ARN organiza regularmente campañas para promover la
adhesión a la vigilancia, Incluyendo los actores del programa
nacional de inmunización.
NEC I
1. PM02-IVC-PR10 Aprobación Previa de Publicidad
2. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
3. PM02-IVC-I33 Instructivo visitas de seguimiento a los
programas de farmacovigilancia – tecnovigilancia en
instituciones Prestadoras de servicios de salud
4. PM02-IVC-I58 Instructivo visitas de seguimiento al
programa de farmacovigilancia en laboratorios
farmacéuticos y/o Titulares de registro sanitario de
medicamentos
5. F124-PM02-IVC Acta seguimiento a la implementación
del programa de farmacovigilancia en instituciones
prestadoras de servicios de salud (IPS)
6. F125-PM02-IVC Acta seguimiento a la implementación
del programa de farmacovigilancia en laboratorios
farmaceuticos
1. Controlador de farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\PROCEDIMIENT
OS
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\FORMATOS
2.Boletines de Farmacovigilancia:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=751&Itemi
d=334
3. Asistencias técnicas a los diferentes
Entes Territoriales
4. Visitas de seguimiento a Programas de
Farmacovigilancia en Instituciones
303 6.4.11 Farmacovigilancia Procedimientos internosLos consumidores están involucrados en el programa de
monitoreo de la seguridad.NEC I
PM02-IVC-I78 "Instructivo desarrollo de información de
seguridad para Pacientes y cuidadores"
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2.Información para Pacientes y
Cuidadores:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=2994%3Ai
nformacion-para-pacientes-y-
cuidadores&catid=308%3Ainformacion-
para-profesionales&Itemid=323
3. Información para Profesionales de la
Salud:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=2842%3Ai
nformacion-para-profesionales-de-la-
salud&catid=308%3Ainformacion-para-
profesionales&Itemid=323
304 6.4.12 Farmacovigilancia Procedimientos internosLa ARN tiene capacidad para detectar problemas
relacionados con la seguridad de las vacunas.CRIT I
1. PM02-IVC-G15 "Guía de notificación de evento
supuestamente atribuido a la vacunación o inmunización-
ESAVI"
2. PM02-IVC-I84 "Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización"
1. Actas capacitación en SIVIGILA:
Acta 12/12/2013
Acta 26/11/2013
Acta 12/11/2103
2. Actas Mesa Trabajo con Ministerio de
Salud y Protección Social-INVIMA-INS:
Acta No1 14/03/2013
Acta No2 21/03/2013
Acta No3 18/04/2013
Acta No4 26/04/2013
Acta No5 02/05/2013
Acta no6 09/05/2013
Acta No7 30/05/2013
Acta No8 11/07/2013
Acta No9 12/07/2013
Acta No19 25/07/2013
Acta del 28/10/2013
Acta No1 20/11/2013
Acta No2 25/11/2013
Acta No3 02/12/2013
3. Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.4.12 27/11/2014
4. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
305 6.5.1 Farmacovigilancia Recursos humanos y otros
Existe personal adecuado y pericia (educación, experiencia y
capacitación) para las actividades de monitoreo de seguridad
de medicamentos y productos biológicos.
CRIT IRESOLUCIÓN 2013015103 del 31 de Mayo de 2013
RESOLUCION 2013015103
http://www.invima.gov.co/images/pdf/nuest
ra-entidad/Gestion/gestion-talento-
humano/manual-funciones-
resoluciones/RESOLUCION%2020130151
03_31_MAYO_2013.pdf
306 6.5.2 Farmacovigilancia Recursos humanos y otrosSe han implementado medidas de control de calidad
documentadas como la revisión por pares.NEC E.I
PM02-IVC-I64 "Instructivo control de calidad del tratamiento
de reacciones adversas medicamentosas"
1. Registro de Evaluación de Clasificación
y Análisis de Reportes de
Farmacovigilancia (En Prueba) 26/02/2013
2. Registro de Evaluación de Clasificación
y Análisis de Reportes de ESAVI (En
Prueba) 09/08/2013
3. Registro de Evaluación de Clasificación
y Análisis de Reportes de Eventos
Adversos 15/05/2013 (en prueba)
4. Registro de Evaluación de Clasificación
y Análisis de Reportes de Eventos
Adversos 16/09/2013 (en prueba)
5. Formato informe de evaluación para
análisis y clasificación de eventos
adversos (en prueba)
6. Instructivo para el diligenciamiento FIE
para análisis y clasificación de eventos
adversos (en prueba)
307 6.5.3 Farmacovigilancia Recursos humanos y otros
Hay expertos externos participando en la evaluación de la
información sobre seguridad transmitida a través de la red de
vigilancia.
NEC I Contratos
El INVIMA cuenta con la comisión revisora
y en ella la sala especializada en
medicamentos y productos biológicos,
instancia técnica conformada por expertos
externos. Dicha instancia decide y
conceptúa sobre información de
seguridad. Instructivo para el desarrollo del
informe de seguridad
Contratación de asesor externo:
Dra. Adriana Jiménez: Médico-Esp.
Epidemiología-Msc. Epidemiología y
enfermedades Infecciosas.
308 6.5.4 Farmacovigilancia Recursos humanos y otros
Existe un comité consultivo de expertos que participa en la
revisión de la información sobre seguridad transmitida a
través de la red de vigilancia.
NEC I Contratos
El INVIMA cuenta con la comisión revisora
y en ella la sala especializada en
medicamentos y productos biológicos,
instancia técnica conformada por expertos
externos. Dicha instancia decide y
conceptúa sobre información de
seguridad. Instructivo para el desarrollo del
informe de seguridad
Contratación de asesor externo:
Dra. Adriana Jiménez: Médico-Esp.
Epidemiología-Msc. Epidemiología y
enfermedades Infecciosas.
309 6.6.1 Farmacovigilancia Registros y resultados
La información sobre seguridad recolectada se utiliza para
tomar o modificar decisiones sobre autorizaciones de
comercialización originales para medicamentos como
biológicos (agregando información, restringiendo el uso,
retiro de productos, etc.)
CRIT I
1. PM02-IVC-I80 Instructivo para el desarrollo del informe
de seguridad
2. PM05-ECT-I3 Instructivo para conceptualización por parte
de la sala especializada de medicamentos y productos
biológicos respecto a informes de seguridad y de
farmacovigilancia
3. PM02-IVC-I26 Generación informe de seguridad
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2. Controlador de Alertas:
Base datos de información de seguridad
farmacovigilancia-BPC.
Informes preliminares de Seguridad
3. Cronograma de actualización de
documentación farmacovigilancia- Grupo
de Programas Especiales (en modificación
PM02-IVC-I26 para modificación a
procedimiento)
4. Informe de eventos adversos de enero y
febrero - ESAVI 2013:
X:\FARMACOVIGILANCIA\Archivos 2013
310 6.6.2 Farmacovigilancia Registros y resultados
La ARN mantiene la información/base de datos sobre
eventos de seguridad reportados y las acciones tomadas. La
terminología utilizada es la recomendada por la OMS.
CRIT I
1. PM02-IVC-I25 Instructivo para la gestión de información
de seguridad sobre medicamentos y productos biológicos
2. PM02-IVC-G2 Guía definición de causalidad OMS
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2. Controlador de Alertas:
Base datos de información de seguridad
farmacovigilancia-BPC.
Informes preliminares de Seguridad
Comunicados a profesionales, pacientes y
cuidadores
3. Página web INVIMA link:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=752&Itemi
d=333
311 6.6.3 Farmacovigilancia Registros y resultadosLa ARN mantiene un archivo maestro de cada RAM, ESAVI
con la documentación comprobatoria.CRIT I
1. PM02-IVC-I27 Instructivo manejo de reportes de
reacciones adversas a medicamentos – Farmacovigilancia
2. PM02-IVC-I84 Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización
1. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
2. Base de datos SIVICOS
3. Listado Asistencia Reunión:
Reunión18/10/2013 "Armonización
Registro de Radicados Analizados a
Bases de Datos"
4. Actas Generales:
Acta 29/01/2013
312 6.6.4 Farmacovigilancia Registros y resultados
La herramienta de consulta en los datos recolectados
permite a la ARN evaluar e interpretar las señales de
seguridad (cálculo de tasa de incidencia, evaluación de
causalidad).
NEC E.I PM02-IVC-I61 "Instructivo para la detección de señales"
1. Controlador Farmacovigilancia:
Informe farmacovigilancia detección de
sañales sivicos 2002-2013
X:\FARMACOVIGILANCIA\Archivos 2013
Informe de eventos adversos de enero y
febrero - ESAVI 2013:
X:\FARMACOVIGILANCIA\Archivos 2013
313 6.6.5 Farmacovigilancia Registros y resultados
La información de ESAVIs serios es compartida con las otras
autoridades nacionales relacionadas con la inmunización
como el programa nacional de inmunizaciónCRIT E.I
1. PM02-IVC-I84 Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización
2. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
2. Ley 1626 Abril 2013
1. Actas Unidad de Análisis
Acta 08/08/2013
ESAVI/INVIMA/INS/DADIS
Acta 06/06/2013 ESAVI caso Arauca,
Córdoba
Acta 08/10/2013 ESAVI Antitetánico-
Diftérico
Acta 08/10/2013 ESAVI VPH
2. Controlador farmacovigilancia:
Z:\FARMACO\Archivos 2013-
2014\DOCUMENTACION
FARMACOVIGILANCIA\INSTRUCTIVOS
314 6.7.1 Farmacovigilancia Registros y resultados
La información sobre las RAM, ESAVIs y sobre las medidas
tomadas respecto del monitoreo de la seguridad se
comunican al público incluyendo el aviso sobre seguridadCRIT I
1. PM02-IVC-I25 Instructivo para la gestión de información
de seguridad sobre medicamentos y productos biológicos
2. PM02-IVC-I78 "Instructivo desarrollo de información de
seguridad para Pacientes y cuidadores"
3. PM02-IVC-I79"Instructivo desarrollo de información de
seguridad para profesionales de la salud"
4. PM02-IVC-I84 Instructivo para el trámite de sospecha de
reacciones adversas asociadas a vacunación o
inmunización
5. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
1. Página web INVIMA link: Boletín Junio
2013:
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Jun-DEF.pdf
Boletín Abril 2013
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Abril.pdf
Boletín Mayo 2013
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Mayo-doc-.pdf
Boletín Julio 2013
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Jul-DEF.pdf
Boletín Agosto 2013
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad-Ago.pdf
Boletín Septiembre 2013
http://www.invima.gov.co/images/pdf/farma
covigilancia_alertas/boletines/2013/Farma
Seguridad%20SEPTIEMBRE%20FINAL.p
df
2. Informes de seguridad, link página
INVIMA:
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=2994%3Ai
nformacion-para-pacientes-y-
cuidadores&catid=308%3Ainformacion-
para-profesionales&Itemid=323
http://www.invima.gov.co/index.php?option
=com_content&view=article&id=2842%3Ai
nformacion-para-profesionales-de-la-
salud&catid=308%3Ainformacion-para-
profesionales&Itemid=323
315 6.7.2 Farmacovigilancia Registros y resultados
Existe un Sistema para retroalimentar a todos los niveles del
sistema nacional de salud sobre eventos asociados a la
inmunización.
NEC I
1. Convenio interadministrativo No 646 del 2013 celebbrado
entre el INVIMA e INS
2. Ley 1626 Abril 2013
3. Resolución 002 de 2003 Art. 3 numeral 3.3
4. Resolución 2823 de 2011
5. Resolución 03990 de 2009 Art. 2
6. Resolución 3518 de 2006 Art. 8
7. Decreto 272/2004. Art. 4 y 5
1.Listado de asistentes autocapacitación
ítem 6.7.2 20/11/2013
2. Actas Unidad de Análisis
Acta 08/08/2013
ESAVI/INVIMA/INS/DADIS
Acta 06/06/2013 ESAVI caso Arauca,
Córdoba
Acta 08/10/2013 ESAVI Antitetánico-
Diftérico
Acta 08/10/2013 ESAVI VPH
2. Copia Boletines emitidos por el INS
sobre vacunación
316 7.1.1 Ensayos Clínicos Base Legal
Existe una base legal (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) para la autorización de los ensayos clínicos así
como también para su suspensión por la ARNo por otra
autoridad delegada.
CRIT I Resolucion 2378 de 2008, Articulo 5 y 6 respectivamente.
Oficio de aprobacion de protocolos nuevos
mayor a 50 y una circular de suspensión
del protocolo SPPP100E2337 ALTITUDE
(Aliskireno)
Promedio sometimiento 95
anual
317 7.1.2 Ensayos Clínicos Base Legal
Existe una base legal (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) de la ARN o de otra autoridad delegada que exige la
conformación del Comité revisor de ética.
CRIT IResolucion 2378 de 2008, Articulo 7 y resolución 8430 de
1993 articulo 2.
Certificaciones en Buenas Practicas
Clinicas donde un requisito para obtenerla
y poder realizar actividades de
investigacion es contar con un Comité de
Etica en Investigación.
Centros certificados 122
318 7.1.3 Ensayos Clínicos Base Legal
Existe una base legal (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) de la ARN o de otra autoridad delegada que exige el
pronunciamiento ético científico del EC por parte del Comité
revisor de ética.
CRIT IResolucion 2378 de 2008, paragrafo 1 del articulo 7 y
Resolucion 8430 de1993 articulo 50,
Sometimientos de estudios clinicos, donde
se anexa la evaluacion previa realizada
por al menos un Comité de etica y de
documentos relacionados con el estudio
clinico.
95 anual en promedio
319 7.1.4 Ensayos Clínicos Base Legal
Las bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas u
otros) requieren la notificación a la ARN sobre cambios /
variaciones (enmiendas) en el protocolo original del EC.
CRIT I
Anexo Tecnico de la resolucion 2378 de 2008, guia de
evaluacion y seguimiento de protocolos de investigacion y
guias de sometimiento para evaluacion de enmiedas
Formato de sometimiento, FIE de
enmiendas y oficio de respuesta al usuario promedio mensual 20
320 7.1.5 Ensayos Clínicos Base Legal
Las bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas u
otros) exigen a los centros de investigación, investigadores,
patrocinadores, CRO y todos los involucrados en el ensayo
clínico que cumplan con Buenas Prácticas Clínicas.
CRIT I Resolucion 2378 de 2008, Articulo 1 Actas de visita de certificacion Centros certificados 122
321 7.1.6 Ensayos Clínicos Base Legal
Las bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas u
otros) exigen a los laboratorios o centros de ensayo cumplir
las Buenas Prácticas de Laboratorio.
CRIT I Resolucion 3619 de 2013
Se encuentra en periodo de transitoriedad.
Actas de visitas Grupo Tecnico de
Medicamentos
322 7.1.7 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) sobre el licenciamiento (autorización de
funcionamiento) de productores e importadores de productos
de investigación.
CRIT IResolcuion 3183 de 1995, el Decreto 549 de 2001 y el
decreto 162 de 2004
Actas de visitas de BPM, Solicitud de
importacion de productos en investigacionSemanal
323 7.1.8 Ensayos Clínicos Base Legal
Existe una base legal (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) exigiendo que los productos para investigación
cumplan con BPM.
CRIT I Decreto 549 de 2001
Evaluacion de la documenacion del
Laboratorio fabricante en cuanto al
cumplimiento de BPM, en el proceso de
evaluacion de un protocolo nuevo.
Promedio 95 anual
324 7.1.9 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) sobre los requerimientos específicos del etiquetado
para los establecimientos que producen productos de
investigación.
CRIT IGuía de Medicamentos y Suministros de Investigación
Clínica PM01-RS-G51.
Evaluacion de la etiqueta del producto en
investigacion, en el proceso de evaluacion
de un protocolo nuevo.
Promedio 95 anual
325 7.1.10 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) requiriendo la autorización de la importación y
exportación de los productos de investigación.
CRIT IDecreto 822 de 2003. art 1 y Guía de Medicamentos y
Suministros de Investigación Clínica PM01-RS-G51
Notificaciones para importacion y
exportacion de productos de investigaciónSemanal
326 7.1.11 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) exigiendo durante el desarrollo del ensayo clínico, la
notificación, recolección de datos, evaluación y monitoreo de
eventos/reacciones adversas y el reporte a la ARN bajo
condiciones e
CRIT I Resolución 2011020764 de 2011Notificaciones de eventos adversos bajo
formatos F138 y F181.Diaria
327 7.1.12 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) definiendo la terminología utilizada para los fines del
ensayo clínico como por ejemplo evento adverso, reacción
adversa, evento adverso serio, inesperado, etc.
NEC IResolución 2011020764 de 2011 y Resolucion 2378 de
2008.No aplica No Aplica
328 7.1.13 Ensayos Clínicos Base Legal
Las bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas u
otros) establecen los plazos y/o la periodicidad para informar
sobre los eventos adversos durante el ensayo clínico.
CRIT I Resolución 2011020764 de 2011.
Notificaciones de eventos adversos bajo
formatos F138 y F181, reportes de
seguimiento.
Diaria
329 7.1.14 Ensayos Clínicos Base Legal
Existen bases legales (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) sobre excepciones a los requisitos para la
evaluación de los ensayos clínicos basados en criterios
establecidos.
NEC I Guia de evaluación y seguimiento de protocolosA la fecha no hay casos de evaluacion de
excepcionesNo se puede determinar
330 7.2.1 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Hay guías para los solicitantes sobre el contenido, el formato
y el procedimiento a seguir para presentar una solicitud para
la realización de los ensayos clínicos.
NEC IGuía para la presentación de protocolos de investigación
PM01-RS-G36
Notificacion de protocolos nuevos
(Formato F84-PM01-RS)Promedio 95 anual
331 7.2.2 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Existen guías para los solicitantes sobre la documentación
requerida, tipos, alcances y condiciones adjuntas de las
enmiendas/modificaciones de los ensayos clínicos.
NEC IGuía para la presentación y evaluación operativa y
administrativa de enmiendas al protocolo (PM01-RS-G37)
Notificacion para evaluación de enmiendas
(Formato F75-PM01-RS)Promedio 20 mensual
332 7.2.3 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Existe una guía para los solicitantes sobre el monitoreo que
dan a las notificaciones de reacciones adversas y sobre el
informe periódico de sus resultados a la ARN.
NEC I
Guía para el diligenciamiento de los formatos de reporte de
evento adverso en protocolos de investigacion (PM02-IVC-
G6)
Notificaciones de eventos adversos repirte
inicial y de seguimiento con formatos F138
y F181, e informes de seguridad con
formato F180.
Diaria
333 7.2.4 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Hay una guía para los solicitantes sobre los criterios para
seleccionar el investigador principal y sobre sus funciones y
responsabilidades.
NEC I
Guía para la evaluación de protocolos de investigacion.
(PM01-RS-G45) y Guia para la selección de investigador
principal.
Notificacion para evaluación de
investigadores (Formato F79-PM01-RS)Diaria
334 7.2.5 Ensayos Clínicos Lineamientos y guíasHay guías para autorizar a los productores y los
importadores de los productos de investigación.NEC I
Autorizacion: Plan Marco de inspección para la certificación
de BPM (PM02-IVC-I40), Guía para generar el expediente
maestro de sitio (Site Master File) PM02-IVC-G8.
Importadores: Guía para la presentación de solicitudes de
importación de suministros y exportación de muestras
biológicas y/o genéticas para protocolos de investigación.
(PM01-RS-G42), Guia para visto bueno de importación de
materias primas y producto terminado (PM01-RS-G14)
Paguina web INVIMA Mensual
335 7.2.6 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Hay guías para los fabricantes de los productos de
investigación sobre el cumplimiento de los requisitos de
BPM.
NEC I
Guía para generar el expediente maestro de sitio (Site
Master File) PM02-IVC-G8 y Plan Marco de inspección para
la certificación de BPM PM02-IVC-I40.
Paguina web INVIMA y notificaciones de
visitas BPMMensual
336 7.2.7 Ensayos Clínicos Lineamientos y guías
Se proporciona información detallada sobre los requisitos de
cumplimiento con BPC en una guía para los centros de
investigación, investigadores, patrocinadores, CRO y todos
los involucrados en el ensayo clínico. Esta guía está de
acuerdo con el modelo de OMS.
NEC I
Anexo tecnico de la Resolución 2378 de 2008, Guia de CEI
(PM01-RS-G46) y guía para la evaluación de protocolos de
investigación (PM01-RS-G45)
Actas de visitas de certificacion en BPC Centros certificados 122
337 7.2.8 Ensayos Clínicos Lineamientos y guíasHay guías para el control de la importación, exportación o
destrucción de los productos de investigación.NEC I
Guia para la presentacion de solicitudes de importacion de
suministros y exportacion de muestras biologicas y/o
geneticas para protocolos de investigacion. PM01-RS-G42
Guía de medicamentos y suministros de investigacion
clinica: PM01-RS-G51
Notificaciones de importacion F81-PM01-
RS y exportacion F82-PM01-RS, informes
anuales
Mensual
338 7.3.1 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)El marco ético que se ha establecido se basa en la
Declaración de Helsinki y otras normativas internacionales.CRIT I
Resolución 8430 de 1993 "Titulo II de la investigación en
seres humanos" Resolución 2378 de 2008, tabla 5
Competencias del investigador. Guia y ABC para los CEI
(PM01-RS-G46),
Esta normativa y guias se basan en el
respeto a las personas, la beneficiencia, la
justicia
No Aplica
339 7.3.2 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)Hay requisitos en la composición, funciones y forma de
operar del Comité de Ética.NEC I
Anexo Tecnico de la Resolución 2378 de 2008. ABC del
Comité de etica en investigacion, Guía para los Comités de
ética en investigación PM01-RS-G46
Actas de visita de certificacion de BPC Centros certificados 122
340 7.3.3 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Existen procedimientos documentados para los Comités de
Ética para examinar el ensayo, especialmente los protocolos
y enmiendas, la documentación del consentimiento
informado y el procedimiento de reclutamiento.
NEC I
Guia para la evaluación y seguimiento de protocolos de
investigacion (PM01-RS-G45). Guía para los Comités de
ética en investigación PM01-RS-G46.
En los formatos de sometimiento de
protocolos y enmiendas se dejan pautas
para la evaluacion de CEI.
Mensual
341 7.3.4 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Existe una base legal (leyes, decretos, resoluciones, normas
u otros) para el establecimiento y funcionamiento de una
autoridad nacional supervisora de los Comités de Ética.
CRIT I Resolución 2378 de 2008, Articulo 3Actas de visitas de seguimiento a la
certificacionMensual
342 7.3.5 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)Hay un procedimiento para la aprobación y supervisión de
los comités de ética.NEC P.I
Resolución 2378 de 2008 Anexo técnico "Evaluación del
CEI". Procedimiento de Auditorias y certificaciones PM07-
AC-PR01
Actas de visitas de certificacion en BPC y
seguimientoMensual
343 7.3.6 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)El financiamiento del Comité de Ética se basa en los
honorarios por los servicios prestados.INFO I
Anexo tecnico de la resolucion 2378 responsabilidades del
CEI. ABC del Comité de etica en investigacion y Guía para
los Comités de ética en investigación PM01-RS-G46.
Actas de visitas de certificacion en BPC y
seguimientoMensual
344 7.3.7 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)Existe claridad en cuanto al financiamiento del Comité de
ética y sus miembros.CRIT I
Anexo tecnico de la resolucion 2378 responsabilidades del
CEI. ABC del Comité de etica en investigacion y Guía para
los Comités de ética en investigación PM01-RS-G46.
Actas de visitas de certificacion en BPC y
seguimientoMensual
345 7.3.8 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Se ha establecido e implementado una política general sobre
potenciales conflictos de interés para los miembros del
comité de ética.
CRIT IABC del Comité de etica en investigacion y Guía para los
Comités de ética en investigación PM01-RS-G46.
Actas de visitas de certificacion en BPC y
seguimientoMensual
346 7.3.9 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Se ha establecido e implementado una política general sobre
la confidencialidad y un código de conducta para los
miembros del comité de ética.
CRIT IABC del Comité de etica en investigacion y Guía para los
Comités de ética en investigación PM01-RS-G46.
Actas de visitas de certificacion en BPC y
seguimientoMensual
347 7.3.10 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Se ha establecido e implementado una política general sobre
potenciales conflictos de interés para la autoridad nacional
supervisora de los comités de ética.
CRIT P.IPolitica de declaracion de conflictos de interes, codigo
PM01-RSM1.
Formato de piloto de conflicto de interes y
confidencialidad
Cada nuevo ingreso de
personal
348 7.3.11 Ensayos Clínicos Marco ético (supervisión ética)
Se ha establecido e implementado una política general sobre
la confidencialidad y un código de conducta para la autoridad
nacional supervisora de los comités de ética.
CRIT P.I Politica de confidencialidad, codigo PM01-RS-M2
Contratos de personal numeral 41,
referente a obligaciones del contratista.
Formato de piloto de conflicto de interes y
confidencialidad
Cada nuevo ingreso de
personal
349 7.4.1 Ensayos Clínicos Organización y estructuraLas actividades se organizan y desarrollan a nivel central del
país.INFO P.I
Resolución 2378 de 2008 actividades realizadas por el
INVIMA. Organigrama de la Direccion ubica las actividades
unicamente en la sede principal INVIMA.
Recursdo humano, instalaciones y
documentacion unicamente en sede
principal
Diaria
350 7.4.2 Ensayos Clínicos Organización y estructura
Las actividades centralizadas o descentralizadas a otras
agencias o autoridades siguen los mismos estándares, guías
y procedimientos.
CRIT P.I
Con respecto a los GTT, se ha realizado socialización y
capacitación sobre Ensayos clínicos
Actas de asistencia técnica
Acta de capacitacion a los GTT que tiene el grupo de apoyo
(Cali, Bucaramanga, Armenia y Bogotá)
En proceso la entrega de la información al Grupo técnico
para que los GTT realicen visita a las IPS de riesgo
No aplica No Aplica
351 7.4.3 Ensayos Clínicos Organización y estructura
En el caso de descentralización, se ha establecido e
implementado un mecanismo de intercambio de información
para que la organización descentralizada reciba solicitudes
y/o directivas de la autoridad central y a la vez pueda
reportar a ésta.
CRIT P.I
En proceso el diseño del formato para solicitudes y formato
de reporte por parte de los GTT No aplica No Aplica
352 7.4.4 Ensayos Clínicos Organización y estructura
Los mecanismos deben permitir la armonización y la
cooperación apropiada entre las organizaciones
descentralizadas.
CRIT P.I
En proceso el diseño del instructivo para los casos que
aplican a ensayos clínicos a los GTT No aplica No Aplica
353 7.5.1 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Existen procedimientos documentados para la evaluación del
protocolo y toda la documentación presentada con las
solicitudes EC.
CRIT I
Instructivo evaluacion protocolos de investigación PM01-RS-
I28. Procedimiento de evaluación y seguimiento a
protocolos de investigación PM01-RS-PR17
F84-PM01-RS por CR y F101-PM01-RS
“EVALUACION DE CALIDAD DEL
PROTOCOLO Y EL MEDICAMENTO EN
INVESTIGACION” por Grupo de Ensayos
clinicos
Promedio 95 anual
354 7.5.2 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
El manual del Investigador, el procedimiento para el
consentimiento informado, el plan de investigación y las
herramientas de recolección de datos se evalúan y aprueban
como parte de la aprobación del ensayo clínico.
CRIT IProcedimiento de evaluación y seguimiento a protocolos de
investigación PM01-RS-PR17
F101-PM01-RS “EVALUACION DE
CALIDAD DEL PROTOCOLO Y EL
MEDICAMENTO EN INVESTIGACION”
por Grupo de Ensayos clinicos
Promedio 95 anual
355 7.5.3 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Hay procedimientos documentados para la evaluación de la
documentación presentada de variación/enmienda de los
protocolos de ensayos clínicos.
CRIT IProcedimiento de evaluación y seguimiento a protocolos de
investigación PM01-RS-PR17
FIE de EVALUACIÓN DE ENMIENDAS A
PROTOCOLOS DE INVESTIGACION
codigo F99-PM01-RS
Promedio 20 mensual
356 7.5.4 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Expertos externos participan en la evaluación de la
documentación presentada para la aprobación de ensayos
clínicos.
INFO I Acuerdo 003 de 2006. ARTÍCULO 9Actas de Sesiones de SEMPB Comisiopn
revisoraMensual
357 7.5.5 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Un comité consultivo de expertos participa en la evaluación
de la documentación presentada para la aprobación de
ensayos clínicos.
INFO I Acuerdo 003 de 2006Actas de Sesiones de SEMPB Comisiopn
revisoraMensual
358 7.5.6 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluaciónHay procedimientos documentados para documentar la
toma de decisiones sobre EC.CRIT I
Instructivo evaluacion protocolos de investigación PM01-RS-
I28
Actas de Comision revisora y oficios de
aprobacion de protocolosMensual
359 7.5.7 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluaciónHay un formato estándar para la elaboración del informe final
de la evaluación del EC.NEC I
Procedimiento de evaluación y seguimiento a protocolos de
investigación PM01-RS-PR17
FIE F101-PM01-RS y Oficio de aprobacion
de protocolosMensual
360 7.5.8 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Existen procedimientos documentados e implementados
para asegurar la participación y comunicación entre los
asesores y los inspectores del área reguladora para el
cumplimiento a las Buenas Prácticas Aplicables (BPM, BPC
y BPL)
NEC P.I
En proceso el diseño del instructivo para los casos que
aplican a ensayos clínicos a los GTT No aplica No Aplica
361 7.5.9 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Los Comités de Ética, investigadores, IRB/IEC y
patrocinadores, son inspeccionados periódicamente por el
cuerpo de inspectores.
CRIT IGuia de visita de seguimiento a protocolos de estudios
clinicos PM01-RS-G52Actas de visitas realizadas y programacion Mensual
362 7.5.10 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Se emplean los mismos criterios para la evaluación de la
documentación de EC independientemente el origen de la
solicitud (por ejemplo: sector nacional, extranjero,
público/privado).
NEC IGuía para la presentacion de protocolos de investigacion
PM01-RS-G36.
Sometimientos de estudios clinicos. F84-
PM01-RSMensual
363 7.5.11 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluaciónExisten límites de tiempo para la evaluación de la
documentación de EC y la toma de decisiones.NEC I
Guia para la evaluacion y seguimiento de protocolos de
investigación PM01-RS-G45 Resolucion anual de SEMPB
donde establece tiempos de sometimiento.
Formato de seguimiento a tiempos de
evaluacion de protocolos nuevos Mensual
364 7.5.12 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Hay un mecanismo acelerado para la evaluación de la
documentación y la toma de decisiones de EC de valor
particular en salud pública.
NEC IGuia para la evaluacion y seguimiento de protocolos de
investigación PM01-RS-G45No se ha reportado algun caso. No Aplica
365 7.5.13 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluaciónSe ha establecido un sistema de seguimiento interno para
seguir los plazos proyectados al evaluar un EC.NEC I
Formato de seguimiento a tiempos de evaluacion de
protocolos nuevos Protocolos 2013 Mensual
366 7.5.14 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluaciónExiste un procedimiento documentado para otorgar la
autorización de EC en un formato estandarizado.NEC I
Procedimiento de evaluación y seguimiento a protocolos de
investigación PM01-RS-PR17Oficio de aprobacion de protocolos nuevos Mensual
367 7.5.15 Ensayos Clínicos Procedimientos de evaluación
Una autorización escrita, firmada por una persona con la
delegación adecuada, que incluye condiciones o
restricciones adjuntas a la autorización es enviada al
patrocinador.
NEC IProcedimiento de evaluación y seguimiento a protocolos de
investigación PM01-RS-PR17Oficio de aprobacion de protocolos nuevos Mensual
368 7.6.1 Ensayos Clínicos Recursos humanos y otros
Existe la experticia adecuada interna y externa (educación,
experiencia y capacitación) para la evaluación de la
documentación de EC.
CRIT IHojas de vida de comisionados e integrantes del grupo de
ensayos clinicosSoportes de capacitaciones
Cada nuevo ingreso de
personal
369 7.6.2 Ensayos Clínicos Recursos humanos y otros
Los representantes del productor o del patrocinador o los
investigadores nunca están involucrados en la evaluación del
EC (en cualquier nivel/etapa, incluidos los comités de
expertos)
CRIT I Acuerdo 003 de 2006 Articulo 5. Formato de piloto de conflicto de interes y
confidencialidadMensual
370 7.6.3 Ensayos Clínicos Recursos humanos y otros
Hay líneas de la autoridad que reflejan la independencia en
la toma de decisiones en el sistema de aprobación de EC
respecto de los patrocinadores, los investigadores o el
gobierno.
CRIT I Acuerdo 003 de 2006 Articulo 8.
Formato de piloto de conflicto de interes y
confidencialidad de asesores de la SEMPB
de la Comision Revisora
Mensual
371 7.6.4 Ensayos Clínicos Recursos humanos y otrosSe cuenta con los servicios de apoyo adecuados en términos
de comunicación, materiales, equipos e infraestructura.NEC I No procede Instalaciones, equipos y bases de datos No Aplica
372 7.7.1 Ensayos Clínicos Registros y resultadosHay una lista/base de datos interna de todos los EC
aprobados y rechazados.NEC I Registro de protocolos de investigacion clinica Publicacion en pagina web Diaria
373 7.7.2 Ensayos Clínicos Registros y resultados
La ARN mantiene un expediente de cada EC aprobado y
rechazado, que incluye toda la documentación presentada
para la revisión del EC y los informes de evaluación.
CRIT IProcedimiento Organización, clasificacion y conservacion
documental. PA02- GA-PR14
Expedientes de protocolos y de Centros de
investigaciónDiaria
374 7.8.1 Ensayos Clínicos Disponibilidad de la información
Los ensayos clínicos aprobados por la ANR están
públicamente disponibles o registrados en una base de datos
nacional o internacional.
NEC I Registro de protocolos de investigacion clinica Publicacion en pagina web Diaria
375 7.8.2 Ensayos Clínicos Disponibilidad de la información
La lista de solicitudes de EC rechazadas, incluidos los
informes de evaluación resumidos está públicamente
disponible.
NEC I Registro de protocolos de investigacion clinica Publicacion en pagina web Diaria
376 8.1.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base Legal
Existen disposiciones legales para inspeccionar a los
establecimientos, a fin de verificar el cumplimiento de
normativas, estándares y buenas prácticas.
CRIT I
Existe la normatividad soporte: Decreto 549 de 2001 y
Decreto 2086 de 2010 y 677 de 1995, Resol. 3028 de 2008,
Resol 1403 de 2007
Actas de visitas de certificación de BPM
efectuadas desde 1997 hasta hoy.
Las actas de las 160
visitas de certificación de
BPM en 2012, 186 visitas
en 2013 y 8 visitas en lo
que va del 2014, las
cuales reposan en los
respectivos expedientes.
377 8.1.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base LegalExiste disposición legal que especifique la periodicidad de
inspecciones del cumplimiento de la regulación.CRIT I
Para BPM la normatividad especifica frecuencia Decreto
2086 de 2010, Para IVC El Procedimiento de VISITAS DE
INSPECCIÓN VIGILANCIA Y CONTROL PM02-IVC-PR01
V,10 feb 04/13, establece realizar visitas de seguimiento
con base en denuncias, RAMs, etc. Para efectos de
planeación de las mismas, se define periodicidad.
Resoluciones de Certificaciones
otorgadas desde junio de 2010 hasta la
fecha.
Para la periodicidad actual
que es de tres (3) años, se
tienen las Resoluciones
emitidas desde el mes de
junio del año 2010 cuando
entró en vigencia el
Decreto 2086; 160 para
2012, 186 para 2013 y 8
en lo que va del 2014, las
cuales reposan en los
respectivos expedientes.
378 8.1.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base LegalExiste disposición legal que permita la inspección de plantas/
sitios o productores extranjeros. CRIT I Existe la normatividad soporte: Decreto 549 de 2001
Actas de visitas de certificación de BPM
efectuadas desde 2001 hasta hoy.
52 actas visitas de
Certificación de BPM en
2012 y 67 en 2013, las
cuales reposan en los
respectivos expedientes.
379 8.1.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base LegalExiste disposición legal para la designación de inspectores y
sus facultades.CRIT I
Ya se venía manejando esta disposición pero no estaba
documentada:
1. Se documentó en el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01.
2. Se elaboró la Guía para la selección y entrenamiento de
auditores como documento interno de trabajo y se incluye la
autocapacitación de contratistas.
Actas de visitas de BPM realizadas desde
que se documentó la disposición.
1. El procedimiento se
documentó en julio de
2013, desde entonces se
han realizado 98 visitas en
2012; 123 visitas en 2013
y 8 en lo que va del 2014,
.
2. La guía fue adoptada
desde el mes de octubre
de 2013, la evidencia es la
autocapacitación reaizada
en el mes de marzo a
personal contratista que
ahora es de planta y se
encuentra en el acta
respectiva.
380 8.1.5
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base Legal Los inspectores tienen las facultades y autoridad adecuadas. CRIT I
Los inspectores de IVC cuentan con auto comisorio; los
inspectores de BPM cuentan con Carta de presentación del
grupo y/o Auto Comisorio, documentos que presentan a su
ingreso al establecimiento objeto de visita. Decreto 2078 de
2012
Se tienen evidencias en los exped/tes de
certificación de BPM desde 2001 hasta
hoy.
Aunque siempre se ha
manejado la carta de
presentación y/o el Auto
Comisorio en las visitas de
Certificación; para el
periodo solicitado se han
realizado 160 visitas para
2012, 186 para 2013 y 8
en lo que va del 2014, las
cuales reposan en los
respectivos expedientes.
381 8.1.6
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base LegalAutoridad para tener acceso a cualquier sitio de producción y
documentos que son relevantes para la inspección.CRIT I
Existe la normatividad soporte : Artículos 103 y 143 del
Decreto 677 de 1995 y el Artículo 35 de Decreto Ley 1355
de 1970 (el Carné es la evidencia) y los autos comisorios.
Cartas de presentación, Autos Comisorios
y carné. Actas de Certificaciones en
exped/tes de BPM desde 2001 hasta
hoy.
Siempre se ha manejado
la carta de presentación
y/o el Auto Comisorio en
las visitas de Certificación;
160 visitas para 2012, 186
para 2013 y 8 en lo que va
del 2014 las cuales
reposan en los respectivos
expedientes y los carnés
del equipo de auditores
actual.
382 8.1.7
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base LegalEn el caso de existir exenciones de los requerimientos a
inspeccionar, están definidos los criterios para su aplicación. CRIT I
Existe la normatividad soporte: Decreto 481 de 2004,
vitales no disponibles Art. 5. También hay exención de
Registro Sanitario para Magistrales - R. 1403/07 Art. 23,
numeral 3, literal a., Drecreto 249 de 2013, Decreto 919 de
2004, 549 de 2001 y 162 de 2004 (aceptacion de
certificados emitidos por ARN extranjera) y Medicamentos
que ingresan al pais bajo PAI (Dec. 822).
Existen múltiples evidencias según la
norma aplicada en el Grupo de Registros
Sanitarios y el GTM.
En lo relacionado con
aceptacion de certificados
emitidos por ARN
extranjera se tienen: en
2012 se emiten 54, en
2013 se emiten 60 y en lo
que va de 2014 se emiten
7, copia de las cuales se
encuentran en la Oficina
de Atención al Usuario y/o
en este grupo
dependiendo de la fecha
de emisión.
383 8.1.8
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base Legal
La legislación contempla sanciones adecuadas y
proporcionales, multas y procesamiento penal ante la
convicción de infracciones a la legislación vigente.
CRIT I
Existe la normatividad soporte: Decreto 677/1995 - Art. 104
y 125. También junto con autoridades policivas para
asuntos penales, Código Penal. Ley 1220 de 2008 Art. 5;
Decreto. 549 de 2001 - Art. 9 Cancelación de certificación
BPM.
Evidencias de medidas tomadas en esta
dependencia que reposan en exped/tes
desde 2001 hasta hoy en relación con
nuestra competencia. La parte jurídica del
Instituto también cuenta con información
de procesos sancionatorios, de acuerdo
con las competencias.
Durante el año 2012 se
aplicaron 31 medidas
sanitarias, en 2013 se
aplicaron 6 medias
sanitarias en la DMPB.
Consultar tambien a la
D.O.S. por las medidas
sanitarias y a Jurídica por
las Sanciones proferidas.
384 8.1.9
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Base Legal
Atribución para inspeccionar y tomar muestras en cualquier
establecimiento en el país, en el que se produzcan
medicamentos y productos biológicos.
CRIT I
Existe la normatividad soporte: El Artículo 92 del Decreto
677 de 1995 le da la atribución al INVIMA para la toma de
muestras en cualquier parte, el tamaño de muestra está
definido en la guía de análisis y el INVIMA cuenta con el
procedimiento TOMA DE MUESTRAS PM02-IVC-PR05
Actas de Toma de muestras en exped/tes.
En 2012 se programaron
66 tomas de muestras en
la DMPB.
Para 2013 y 2014
Consultar a la D.O.S.
385 8.2.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Lineamientos y guías
Existe un documento que describa los criterios para la
aplicación de sanciones de acuerdo a la naturaleza de la
infracción.
NEC I
El procedimiento MEDIDAS SANITARIAS DE SEGURIDAD
PM02-IVC-PR01 V 8 fue modificado incluyendo la
descripción de lineamientos para aplicar cada medida
sanitaria.
El procedimiento con las nuevas
disposiciones acogido el 22/07/2013.
Actas de visitas en las que se aplican
medidas sanitarias.
Durante el año 2012 se
aplicaron 31 medidas
sanitarias en la DMPB, en
2013 se aplicaron 6
medias sanitarias en la
DMPB. Consultar tambien
a la D.O.S. por las
medidas sanitarias
aplicadas.
386 8.2.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Lineamientos y guías
Existe un plazo para el cumplimiento de BPM, BPC, BPL y
BPD en todas las instalaciones nacionales (en caso de que
las disposiciones legales hayan sido adoptadas
recientemente).
CRIT I
Existe la normatividad soporte: para BPM: El plazo venció
desde el 28 de febrero de 2000 (decreto 1792 de 1998), a la
fecha a todos los laboratorios fabricantes de medicamentos
se les exige BPM y los nuevos deben obtener la
certificación para iniciar actividades.
Para BPC según Res. 2378 de 2008 el plazo venció en el
año 2010.
Para BPL la Res. 3619 de 2013 establece el plazo máximo
para certificarse: 19/03/2014. Para BPD aplica Art. 22
Numeral 2 Resol. 1403/07.
Actas de Certificación en exped/tes para
cada tipo de BPX, excepto para BPL por la
transitoriedad de aplicación de la norma y
para BPD por ser competencia de las
Entidades Territoriales de Salud.
Plazos: Para BPM desde 1998, para BPC
desde el año 2010, para BPL hay seis
meses de transitoriedad para iniciar la
exigencia de los plazos establecidos y
para BPD aunque no es competencia del
Invima, desde el año 2007 los Entes
Territoriales autorizan y controlan esta
actividad,
Sobre la existencia de los
plazos se tienen las
respectivas normativas de
acuerdo al tipo de
Certificación.
387 8.2.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Lineamientos y guíasExisten directrices para conducir inspecciones pre y post
licenciamiento.CRIT I
En la normatividad no está contempladas visitas de
prelicenciamiento. 1. El procedimiento de AUDITORÍAS Y
CERTIFICACIONES PM02-AC-PR01 V 6 actualizado en
cuanto a que el archivo maestro del sitio debe ser solicitado
previo a la visita para mejor conocimiento preliminar del
establecimiento (en la página se indica esto al usuario). Así
mismo, la Resol. 1087 de 2001 adoptó la guía de BPM para
establecimientos Farmacéuticos.
2. post – licenciamiento: Visitas de Seguimiento BPM de
acuerdo con el Art. 9 del Decreto 549/01, se definieron
criterios y frecuencia para realizar seguimiento en el citado
procedimiento, incluyendo la elaboración del cronograma de
visitas para verificar el mantenimiento de condiciones
certificadas.
3. Post licenciamiento de productos: Programas Especiales
(FV y Demuestra), Tomas de Muestra Visitas rutinarias
PROCEDIMIENTO TOMA DE MUESTRAS POE PM02-IVC-
PR05 V3.
Aunque el proced/to fue acogido el
15/10/2013, la solicitud del Site Master File
se venía haciendo desde el mes de julio
hay evidencias múltiples en exped/tes.
El cronograma de seguim/to de BPM se
implementó desde el mes de agosto/13,
con evidencias de su cumplim/to.
La Resol. 1087 de 2001 que adoptó la guía
de BPM para establecimientos de
producción Farmacéutica está disponible
en la págima web.
Como parte de la
aplicación del
procedimiento de
Auditorias Y
Certificaciones PM02-AC-
PR01 V 6 del 15/10/2013
se solicita el Site Master
File antes de las visitas:
123 visitas desde julio en
2013. Cronograma de
seguimiento de BPM
implementado
Guía de BPM diligenciada
por los usuarios en cada
solicitud de visita de BPM:
160 en 2012, 186 en 2013
y 8 visitas en lo que va del
2014, las cuales reposan
en los respectivos
expedientes.
388 8.2.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Lineamientos y guías
El código de BPM nacional está publicado y es equivalente a
las BPM de la OMS (TRS 902 11, TRS 908, TRS 822 o
cualquier actualización) o algún otro estándar reconocido.
CRIT I
El informe 32 de la Serie de Informes Técnicos 823 de la
OMS, acogido por Resol. 03183 de 1995, está publicado en
la página institucional, igualmente son aplicadas las
versiones vigentes de las farmacopeas oficiales citadas en
el Decreto 677 de 1995 Parágrafo 1o del Art. 22 y la guía de
inspección de BPM de establecimientos de producción
farmacéutica adoptada mediante la Resolución 1087 de
2001, publicada igualmente en la página web institucional.
La normatividad de BPM antes mencionada es un
instrumento de verificación de cumplim/to de las BPM de la
OMS (TRS 902 11, TRS 908, TRS 822) "o cualquier
actualización".
De la aplicación del Informe 32 de la OMS
existen múltiples evidencias en actas de
visitas en exped/tes.
El Informe 32 de la OMS y
guía de BPM vienen
siendo aplicados desde su
adopción en el año 2001 y
se encuentran publicados
en la página web del
Instituto.
389 8.2.5
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Lineamientos y guías
Disposiciones (o criterios escritos) para el reconocimiento de
certificados/reportes/decisiones de otras ARN (de ser
procedente).
NEC I
1. Están definidos en el Art. 1 del Decreto 162 de 2004 y en
el Decreto 549/01. Se emite “Certificado de Aceptación de
Certificación de BPM a través del formato F22-PM07-AC.
Estas Agencias se consideran de Referencia por ser
altam/te desarrolladas y de paises de alto nivel de vigilancia,
2. Para convenios con otras ARN de las Américas que
permita revisión de informes de BPM existe procedimiento
con lineamientos a seguir, NOTA: OPS en 2010 recomendó
documentar reeval/on periodica de agencias de referencia.
Para la certificación como Autoridades Reguladoras
Nacionales de Referencia la OPS sigue el procedimiento
estandarizado HHS/MT/ARN/001, (el cual está disponible en
www.paho.org.) conducente a planificar y organizar la
evaluación y dar seguimiento periódico a dichos organismos
de regulación.(renovación de la certificación)
Se tienen múltiples certificados emitidos,
los cuales reposan en el archivo de la
Institución, así mismo, la información es
alimentada en la base de laboratorios.
1. Registros de emisión de
Certificados de Aceptación
de certificados de BPM de
otras ARN: en 2012 se
emiten 54, en 2013 se
emiten 60 y en lo que va
de 2014 se emiten 7,
copia de las cuales se
encuentran en la Oficina
de Atención al Usuario y/o
en este grupo
dependiendo de la fecha
de emisión.
2. N.A. por cuanto aún no
se ha implementado. Este
tema aún se encuentra en
proceso de revisión para
adopción.
390 8.3.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Organización y EstructuraLas actividades de inspección son organizadas y
desarrolladas a nivel central del país.INFO I
1. Para BPM las actividades de inspección si están
centralizadas en el GTM (Decretos 677 de 1995, 549 de
2001, 2078 de 2012 y Resolución 2012033945 del 15 de
Noviembre de 2012.
2. Para IVC Las actividades de fisalización son planificadas
a nivel central pero se desarrollan en todo el territorio
nacional y en algunas ocasiones con el apoyo del personal
de los Grupos Territoriales de Trabajo del INVIMA según
Decreto 2078/12 y la Resolución 2012033945 del 15 de
Noviembre de 2012 que modificó la estructura del INVIMA.
Eventualmente con el apoyo de las Entidades Territoriales
de Salud, esto último de conformidad con la Ley 715 de
2004.
Así mismo, con base en el Decreto 2078/12 y la
Resolución. 2012033945 del 15 de Noviembre de 2012 que
modificó la estructura del INVIMA, existe la Dirección de
Operaciones Sanitarias (Grupos IVC y GTT) con funciones
propias para IVC.
1. Para BPM se tienen múltiples
evidencias en la programación de visitas y
en actas de visita de Certificación
realizadas a nivel central.
2. Para actividades descentralizadas se
tienen oficios delegatorios y de entrega de
lineamientos para IVC en la carpeta
D.O.S. y en base de datos.
1. Para Certificaciones de
BPM actas: 160 en 2012,
186 en 2013 y 8 visitas en
lo que va del 2014.
2. Desde Oct. de 2012 con
base en el Decreto
2078/12, las actividades
de IVC a cargo de la
Dirección de Operaciones
Sanitarias (Grupos IVC y
GTT): la DMPB entregó a
la D.O.S. Bases de datos:
Rads: 13009401
07/02/2013: programación
de actividades, 13008736
feb 2013: plan de apoyo y
13015883 28/02/2013,
13004794 24/01/2013:
lineamientos para hacer
las visitas.
En 2013 se realizaron 668
delegaciones desde la
DMPB y en lo que va de
2014: 12. Los datos de
legeaciones a ETS lo tiene
D.O.S.
391 8.3.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Organización y Estructura
En caso de actividades descentralizadas de otras
agencias/autoridades siguen los mismos estándares,
directrices y procedimientos.
CRIT I
Para BPM todas las vistas se hacen por un mismo grupo.
Para IVC según Decreto 2078 de 2012, las actividades de
IVC son delegadas a la Dirección de Operaciones Sanitarias
y a través de esta a los GTTs del INVIMA para ejecución,
siguiendo los procedimientos Institucionales y lineamientos
entregados por la DMPB.
Algunas actividades de IVC son delegadas a las
Direcciones Territoriales de Salud, según PM02-IVC-I7 V4
del 26/06/2013 “Instructivo Delegación de IVC a DTS” Las
competencias sobre los establecimientos farmacéuticos
están definidas en el art. 22 de la Resolución 1403/07 y art.
26 del Decreto. 2200/05.
Los oficios de entrega están en la carpeta
D.O.S. y en base de datos.
Desde Oct. de 2012 con
base en el Decreto
2078/12, actividades de
IVC realizadas por la
Dirección de Operaciones
Sanitarias (Grupos IVC y
GTT): la DMPB entregó a
la D.O.S. Bases de datos:
Rads: 13009401
07/02/2013: programación
de actividades, 13008736
feb 2013: plan de apoyo y
13015883 28/02/2013,
13004794 24/01/2013:
lineamientos para hacer
las visitas.
En 2013 se realizaron 668
delegaciones desde la
DMPB y en lo que va de
2014: 12. Los datos de
legeaciones a ETS lo tiene
D.O.S.
392 8.3.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Organización y Estructura
En caso de descentralización, un mecanismo de intercambio
de información está establecido e implementado para que
los organismos descentralizados reciban los requerimientos
y/o directivas desde la autoridad central y reporten a ésta.
CRIT I
1. Aunque no existe descentralización como tal, para las
delegaciones a la Dirección de Operaciones Sanitarias y a
través de esta a los GTTs se tienen Oficios relacionados en
base de datos y Correo electrónico.
2. Para las Entidades Territoriales de Salud existe el PM02-
IVC-I7 V4 del 26/06/2013 “Instructivo Delegación de
Inspección Vigilancia y Control a Direcciones Territoriales
de Salud” en el que se establece el registro y seguimiento a
las delegegaciones. Se solicitó por oficio y por correo
electrónico a la DOS evidencias de la implementación del
control de las delegaciones y las respuestas.
Se tienen oficios delegatorios por vía
oficina de correos y vía mail desde la
DMPB hacia la DOS.
Desde febrero de 2013 se
han realizado 668
delegaciones de
actividades de IVC a la
D.O.S.
La evidencia de
delegaciones de esta
última hacia los GTT se
encuentra en la D.O.S.
393 8.3.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Organización y EstructuraLos mecanismos permiten colaboración y cooperación
apropiada entre los organismos descentralizados.CRIT I
1. Aunque no existe descentralización como tal, para la
DOS y GTTs el Decreto 2078 de 2012 define la estructura y
funciones y se siguen los procedimientos Institucionales del
Mapa de procesos, se realizan reuniones, comunicación
escrita, telefónica, vía web y capacitación teorico práctica de
la DMPB a DOS y GTTs, de lo cual se tienen registros.
2. Para Seccionales de Salud la Ley 715 de 2004, establece
las competencias de vigilancia y control. Las Secretarías de
Salud son autónomas y actúan de acuerdo a herramientas
estandarizadas Decreto 2200/2005; Resolución 1403/2007,
Anualmente el INVIMA desarrolla Asistencia Técnica a las
Direcciones Territoriales de Salud. Se tiene cronograma de
Asistencia técnica y registros como listado de asistentes
con sus firmas y calificación del expositor.
1. Se tienen registros de reuniones,
comunicación escrita, correos electrónicos
y capacitación efectuada a GTTs.
2. Se tienen registros de comunicación y
cronograma y registros de asistencia
técnica ofrecida a DTS.
No existe
descentralización como
tal.
En 2012: se hicieron 31
Asistencias técnicas a
Entidades Territoriales de
Salud.
En 2013 se realizan 668
delegaciones por oficios a
la D.O.S., nueve (9)
capacitaciones a GTTs y
Una (1) Asistencia técnica
a ETS.
La D.O.S., también realiza
capacitación a GTTs.
394 8.4.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadEstá implementado un sistema de gestión de calidad para
las inspeccionesNEC I
1. El INVIMA está certificado bajo las normas NTCGP
1000:2009 (para entidades Gubernamentales) e ISO
9001:2008, el sistema de gestión de calidad institucional es
universal para todas las dependencias, no existe uno
particular para las inspecciones. Existe el Proceso Sistema
Integrado de Gestión CA-PA07-SIG de 20/08/2013, se
cuenta con el Manual de calidad MC V7 del 17/09/2013 y se
tienen procedimientos y registros de la implementación,
cuya responsabilidad se encuentra a cargo de la Oficina
Asesora de Planeación.
2. Existe el Proceso de Auditorias y Certificaciones CA-
PM07-AC en BPM a fabricantes nacionales e
internacionales y el respectivo procedimiento PM07-AC-
PR01 V6 del 15/10/2013. La exigencia se realiza de acuerdo
con los lineamientos del Informe 32 de la OMS y guía de
Inspección: Resol. 1087 de 2001.
En lo relacionado con el Instituto existen
registros que permiten evidenciarlo
incluyendo las certificaciones otorgadas, la
caracterización del proceso Sistema
Integrado de Gestión, el Manual de
Calidad, los registros de socialización de
procedimientos y de su implementación.
En las inspecciones a fabricantes se
aplican los lineamientos del Informe 32 de
la OMS y guía de Inspección: Resol. 1087
de 2001.
El SGC del Instituto si está
implementado bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
395 8.4.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
La gestión de la unidad de inspección está comprometida
con el desarrollo e implementación del sistema de gestión de
calidad.
CRIT I
1. El INVIMA está certificado bajo las normas NTCGP
1000:2009 (para entidades Gubernamentales) e ISO
9001:2008, el sistema de gestión de calidad institucional es
universal para todas las dependencias, no existe uno
particular para las inspecciones. Existe el Proceso Sistema
Integrado de Gestión CA-PA07-SIG de 20/08/2013, se
cuenta con el Manual de calidad MC V7 del 17/09/2013 y se
tienen procedimientos y registros de la implementación,
cuya responsabilidad se encuentra a cargo de la Oficina
Asesora de Planeación.
2. Existe el Proceso de Auditorias y Certificaciones CA-
PM07-AC en BPM a fabricantes nacionales e
internacionales y el respectivo procedimiento PM07-AC-
PR01 V6 del 15/10/2013, así como los formatos de actas de
visitas, resoluciones y certificados de cumplimiento en BPM.
Así mismo, para IVC existe el PM02-IVC-PR01 V14 del
16/10/2013, actas de diligencia de inspección, vigilancia y
control, formatos de congelación y cadenas de custodia
para los productos objeto de decomiso, entre otros.
Registros de todo el proceso; desde la
recepción de la solicitud hasta la ejecución
de la misma y la emisión de la Resolución
que concede las BPM, así como los
registros de socialización de
procedimientos y de su implementación.
El SGC del Instituto si está
implementado bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
396 8.4.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
El sistema de gestión de calidad está basado en el
reconocimiento de estándares de referencia (OMS, PIC/S,
ISO, otros).
NEC I
1. El sistema de Calidad está basado en las normas
NTCGP 1000:2009 (para entidades Gubernamentales) e
ISO 9001:2008. Con oficio 0600-3566-13 se recordó a la
Oficina de Planeación el cumplimiento del indicador
SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD compuesto por 11
subindicadores. Verbalmente, representantes del área de
planeación han informado que ya se dispone de todos los
soportes que evidencian el cumplimiento. Mediante correo
electrónico del 21/10/2013 se reiteró la solicitud de
responder por escrito.
2. En todos los casos de inspecciones de BPM se sigue el
informe 32/OMS acogido mediante la Resolución 3183/95
Igualmente, se tiene la Guía de Inspección acogida con
Resolución 1087/01.
Registros de socialización de
procedimientos y de su implementación.
El SGC del Instituto si está
implementado bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
397 8.4.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Una persona calificada está designada como responsable en
la Unidad de Inspección para el desarrollo e implementación
de un sistema de gestión de calidad.
CRIT I
Desde la conformación de la estructura del Invima. En la
entidad la Oficina de Planeación y la Oficna de Control
Interno son responsables del mantenimiento del SGC
incluyendo el manejo de las auditorias internas. En la DMPB
existe una persona designada como facilitador del sistema
de calidad.
Para las certificaciones de BPM el grupo dispone de un
Coordinador y profesionales con funciones definidas, así
mismo el procedimiento de Auditorias y Certificaciones
define claramente las responsabilidades.
Las funciones de cada área, así como las
funciones de cargos y los registros de
implementación de los procedimientos
permite evidenciarlo.
En las inspecciones a fabricantes se
aplican los lineamientos del Informe 32 de
la OMS y guía de Inspección: Resol. 1087
de 2001.
Desde la estructura
Organizacional del Invima;
Oficina Asesora de
Planeación.
En visitas a fabricantes
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
398 8.4.5
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Está definida la documentación necesaria para establecer,
implementar y mantener el SGC (manual de calidad,
registros y procedimientos).
NEC I
1. Se tiene el Manual de Calidad y listado maestro de
procedimientos, así como el mapa de caracterización de
procesos, entre estos, el Proceso Sistema Integrado de
Gestión CA-PA07-SIG de 20/08/2013 y el Proceso de
Auditorias y Certificaciones CA-PM07-AC en BPM.
También se dispone de procedimientos para realizar
auditorias internas, control documental, control de registros,
acciones correctivas y preventivas, control del producto no
conforme.
2. Para BPM está el procedimiento para auditorias y
certificaciones en BPM a fabricantes nacionales e
internacionales PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013, según
lineamientos del Inform 32 de la OMS y Guía de
autoinspección de BPM (Resol. 1087 de 2001) .
Manual de Calidad, listado maestro de
procedimientos y registros de
cumplimiento.
El SGC del Instituto si está
implementado bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
399 8.4.6
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadLa documentación requerida por el SGC es controlada
siguiendo un procedimiento escrito.NEC I
Existe procedimiento para el control de la documentación
PA07-SIG-PR01 V1 del 20/08/2013.
Documentos aprobados, oficializados y
actualizados, así como los registros de
control.
El SGC del Instituto si está
implementado bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes
400 8.4.7
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadExiste un plan documentado para evaluar la organización y el
desarrollo del SGC y los registros de resultados.CRIT I
1. Al interior del Invima se tienen funciones definidas para el
grupo de control interno en Decreto 2078 de 2012
responsable de las auditorias internas, las cuales se
realizan según el programa respectivo.
2. Para BPM se sigue el procedimiento, la guía y el plan
marco.
Procedimientos y documentos descritos.
1. Procedimiento de
auditorias internas PECO1-
GCI-PR01 Versión 14 del
30/04/2013, la actividad se
viene realizando bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
2. Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes
401 8.4.8
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadDocumentación escrita para llevar a cabo la inspección y
actividades relacionadas.CRIT I
1. Al interior del Invima se cuenta con el procedimiento para
auditorias internas PECO1-GCI-PR01 V14 del 30/04/2013,
cuya responsabilidad es del Área de Planeación; grupo de
control interno.
2. En certificaciones a fabricantes en todos los casos de
inspección al cumplimiento de las BPM se sigue el informe
32/OMS acogido mediante la Resolución 3183/95
Igualmente, se tiene la Guía de Inspección acogida con
Resolución 1087/01 y el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013.
Procedimientos y documentos descritos.
1. El proceso de Auditorias
Internas se viene
realizando desde hace ya
varios años bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
2. Actas de visitas para
inspecciones a fabricates
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes
402 8.4.9
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadSistema de auditoría documentado e instrumentado (externo
o interno).CRIT I
1. Internamente se cuenta con el procedimiento para
auditorias internas PECO1-GCI-PR01 V14 del 30/04/2013.
2. En certificaciones a fabricantes en todos los casos de
inspección al cumplimiento de las BPM se sigue el informe
32/OMS acogido mediante la Resolución 3183/95
Igualmente, se tiene la Guía de Inspección acogida con
Resolución 1087/01 y el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013.
Procedimientos y documentos citados y
los registros de su cumplimiento,
incluyendo informes de auditorias y/o
actas de visitas generados durante los
últimos años.
1. El proceso de Auditorias
Internas se viene
realizando bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación, la última
versión del procedimiento
es del 30/04/2013.
2. Actas de visitas para
inspecciones a fabricantes
según lineamientos del
Informe 32 de la OMS y
guía de Inspección: Resol.
1087 de 2001: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes
403 8.4.10
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadSon realizadas auditorías al SGC de la Unidad de inspección
al menos una vez cada 12 meses.NEC I
Registros de las auditorias internas realizadas por el área de
Control Interno para el cumplimiento del
Sistema MECI-Calidad según el procedimiento PEC01-GCI-
PR01 V. 14 al 30/04/2013 y sus anexos.
Con Oficio 600-3566-13 se solicitó a Control Interno:
Complementar el procedimiento de Auditorias Internas en
cuanto a la frecuencia. Mediante correo del 21/10/2013 se
reitera la solicitud, entre otros, para evidenciar en los
registros si la frecuencia se ajusta a la anual requerida y si
se documentó la periodicidad.
Informes de las auditorias internas de
cada año generados por el área de Control
Interno, incluyendo acciones correctivas o
preventivas y seguimiento. La última
versión del procedimiento es del
30/04/2013,
El proceso de Auditorias
Internas se realiza bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación. Oficio O.C.I
103-048 informan que las
auditorias si se hacen por
lo menos una vez cada 12
meses.
404 8.4.11
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Las acciones correctivas o preventivas tomadas como
resultado de auditorías o de otras no conformidades son
implementadas y documentadas y su eficacia es verificada.
CRIT I
el procedimiento para auditorias internas PECO1-GCI-PR01
V14 del 30/04/2013, describe la implementación y
documentación de las acciones correctivas o preventivas a
tomar como resultado de las auditorias u otras no
conformidades, así mismo, se establece la verificación de
su eficacia y se realiza seguimiento y cierre de las acciones.
Informes de los seguimientos a los planes
de acción, que reposan en la Oficina de
Control Interno.
El proceso de Auditorias
Internas se realiza bajo la
responsabilidad de la
Oficina Asesora de
Planeación.
405 8.4.12
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadInstrumentación del Sistema de Gestión de Calidad para
asegurar la trazabilidad de las actividades. CRIT I
El sistema de Gestión de Calidad cuenta con Tablas de
Retención documental para el grupo, manejo de trazabilidad
y resguardo. Así mismo, se dispone de un "Instructivo de
Archivo y Correspondencia Grupo Técnico de
Medicamentos" en el que se define el recibo, clasificación,
revisión, radicación, registro, distribución, trámite, control
elaboración, entrega de solicitudes y manejo de tablas de
retención aplicables según las reglas y principios que
regulan la función archivística del Estado.
Las actividades son realizadas con base en la programación
de las mismas.
Archivo con tablas de retención de
documentos aplicables, registros de
recepción y entrega de documentos y libro
de prestamo de expedientes, entre otros.
El Instructivo de manejo
interno fue concluido y
socializado en el mes de
Octubre de 2013, se
tienen registros de
divulgación y de
cumplimiento: Para 2012
se realiza archivo y
custodia de expedientes
(prestamo) según registro
en libro y Control de
Resoluciones y
Certificados de BPM
emitidos según registros
en bases de datos del
Grupo. Para 2013:
además de lo anterior, se
realizó Arreglo y
organización de
Expedientes en forma
cronológica con reporte en
hoja de excel.
406 8.5.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Las inspecciones son establecidas conforme a un programa
de monitoreo basado en actividades que serán evaluadas
(BPM, BPD, BPC, Farmacias, distribuidoras, etc).
NEC I
Las visitas de IVC y BPM nacionales se programan con dos
semanas de anticipación, las internacionales de BPM con 2
meses de anticipación cuando inicia el trámite de la
comisión, semanalmente es publicada la programación de
actividades a realizar, lo cual se documentó en el
procedimiento de Auditorias y Certificaciones incluyendo
cómo se establece el cronograma de visitas basado en
análisis de riesgos.
Para BPC se tiene una matriz de riesgos en el Mapa de
Procesos en la Guía de IVC PM02-IVC-69, la cual es tenida
en cuenta para programar y realizar los seguimientos. Lo
relacionado con BPD, Farmacias y Distribuidores; es
competencia de las ETS según Decreto 2200 de 2005 y
Resolución 1403 de 2007.
Se tienen bases de programación y
cronogramas de visitas, solicitudes previas
de comisiones.
La Programacón y
Cronograma de visitas
para los años 2012, 2013
y lo que va del 2014. La
última versión del
Procedimiento de
Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-
PR01 V 6 es del
15/10/2013.
407 8.5.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad Existe un procedimiento para la designación de inspectores. NEC I
Procedimientos de Auditorias y certificaciones y de IVC
documentados con criterios definidos para designar los
responsables de realizar la inspección dependiendo del tipo
de establecimiento, objetivo, productos y procesos.
Así mismo, se elaboró la Guía de Formación o capacitación
de auditores, a manejarse como un documento interno de
trabajo.
Cartas de presentación y/o actas de visitas
realizadas antes y a partir del momento en
que se documentó en el procedimiento ya
existente y en la Guía de Formación de
auditores.
La última versión del
Procedimiento de
Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-
PR01 V 6 es del
15/10/2013, sin embargo
las visitas ya se venian
realizando según criterio
para designar auditores.
La Guía de Formación o
capacitación de auditores
se acoge en octubre de
2013.
Se tienen Cartas de
presentación y/o actas de
visitas de 160 visitas de
BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes
408 8.5.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos /herramientas para la planificación de
actividades de inspección señalando en particular la duración
y frecuencia de las inspecciones.
NEC I
Para las inspecciones de BPM la duración de la inspección
se encuentra definida en el procedimiento PM02-IVC-PR02
AUDITORÍAS Y CERTIFICACIONES la frecuencia está
definida en el Decreto 2086 de 2010 que modificó el
Decreto 549 de 2001, Se complementó el procedimiento
ajustando el tiempo de visita.
Cartas de presentación y/o actas o
informes de las visitas realizadas.
La última versión del
Procedimiento de
Auditorias y
Certificaciones PM07-AC-
PR01 V 6 es del
15/10/2013, sin embargo
las visitas ya se venian
realizando según criterio
en cuanto a duración y
frecuencia.
Se tienen Cartas de
presentación y/o actas de
visitas de 160 visitas de
BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes según criterio
definido.
409 8.5.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
La planificación interna para las actividades de inspección
está establecida y actualizada para cubrir todas las
actividades de regulación.
NEC I
Existe una base de programación de visitas solicitadas y a
realizar, así como cronogramas para la atención de
denuncias (basado en el riesgo), para la atención de visitas
solicitadas el programa es estructurado teniendo en cuenta
los lineamientos de la Ley antitrámites es decir en orden
cronológico de recepción, tambien están contempladas las
visitas de seguimiento de los establecimientos certificados
en BPM.
Bases de programación y cronogramas de
visitas a realizar en medios magnéticos
desde el año 2004 hasta el día de hoy.
Archivos magnéticos con
Programación y
Cronogramas de visitas de
los años 2012, 2013 y lo
va del 2014.
410 8.5.5
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos/herramientas para preparar las
actividades previas a la inspección y la elaboración de
planes de inspección.
NEC I
Procedimiento de Auditorías y Certificaciones PM07-AC-
PR01 define los aspectos a tener en cuenta desde la
recepción de la solicitud, evaluación, preparación, ejecución
incluyendo reunión de apertura, verificación de
requerimientos, diligenciar formato de acta, reunión de
cierre, actualización de base de datos, elaboración de
resoluciones, certificados y archivo, entre otros. Este
procedimiento fue complementado en diversos aspectos
que se reunen en la última versión Nro. 6 del 15/10/2013
(solicitud previa del Site Master File, lista de preparación de
la visita y revisión de la calidad de actas de BPM).
De la mayoría de las actividades se tienen
registros desde hace varios años. Sin
embargo los registros de: solicitud previa
del Site Master File, preparación de visitas
y revisión de actas de BPM, vienen siendo
levantados desde el mes de julio de 2013.
Registros en 73 actas de
visitas realizadas a partir
de Octubre del año 2013 y
8 actas de visitas
realizadas en lo que va
corrido del 2014
incluyendo aspectos que
se adicionaron y/o
modificaron; todos estos
acogidos en su totalidad
en la versión 6 del
procedimiento de
Auditorias y
Certificaciones del
15/10/2013.
411 8.5.6
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos /herramientas para desarrollar las
inspecciones en BPM, y en particular sobre la evaluación de
pasos críticos de los procesos y validación.
NEC I
El informe 32 de la OMS adoptado mediante la resolución
3183 de 1995, la guía de autoevaluación adoptada con la
Resolución 1087/01, así como PM07-AC-PR01 V6 del
15/10/2013. Así mismo, la Resolución 3028 de 2008 que
define lineamientos del manejo de áreas técnicas de
producción.
Se tienen las actas o informes de las
visitas realizadas desde el año 2001, en
donde se evidencia su aplicación.
Actas de visitasde 160
visitas de BPM en 2012,
186 en 2013 y 8 visitas en
lo que va del 2014, que
reposan en los respectivos
expedientes
412 8.5.7
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos /herramientas para verificar el
cumplimiento con las BPM, BPD, BPC, BPL, Buenas
Prácticas de Vigilancia y Buenas Prácticas de dispensación.
CRIT I
Para BPM farmacéutica existen el Informe 32 de la OMS
adoptado mediante la resolución 3183 de 1995, la guía de
autoevaluación adoptada con la Resolución 1087 de 2001,
así como el procedimiento PM07-AC-PR01 V6 del
15/10/2013.
Para BPL la Res. 3619 de 2013 reglamenta lo relacionado
con el proceso de Certificación de laboratorios de Control de
Calidad.
Para BPD lo reglamenta el Decreto 2200 de 2005 y las
Resol. 1403 de 2007 y 444 de 2008, la competencia es de
las Seccionales de Salud que habilitan IPS incluyendo los
Servicios Farmacéuticos de primer nivel (baja complejidad)
y autorizan Depósitos, Droguerías, Farmacias y Bodegas
incluyendo el almacenamiento y Distribución.
El Invima en visitas de BPE se revisa el SDMDU incluyendo
recepción, almacenamiento y distribución al interior de las
IPS de alto nivel (mediana y alta complejidad).
Para BPM y BPE se tienen actas de visitas
en expedientes, las cuales se realizan
según procedimientos y herramientas
descritos.
Para BPM Actas de
visitasde 160 visitas de
BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes. Para BPL
hay seis (6) meses de
transitoriedad para iniciar
la exigencia de su
implementación con plazo
19/03/2014 y para BPD
desde el año 2007 por
parte de las Entidades
Territoriales de Salud.
413 8.5.8
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadReportes disponibles para todos los tipos de inspecciones de
BPM.CRIT I
1. Informes o actas de visita de Certificación de BPM en
formato oficial. Actualmente F06-PM07-AC v1 del
05/08/2013, tiene alcance para visitas de primera vez,
ampliaciones, renovación de la certificación, de
medicamentos de síntesis o biológicos.
2. Lista de verificación de documentación y preparación de
la visita de BPM F05-PM07-AC V1 del 05/08/2013. Estos
registros reposan en los diferentes expedientes .
Actas de visita, listas de revisión de
documentos de visitas de BPM y Lista de
preparación de visitas realizadas desde el
mes de julio de 2013.
Las actas del proceso de
certificación de BPM
incluyendo lista de
revisión, así: 160 visitas
de BPM en 2012, 186 en
2013 y 8 visitas en lo que
va del 2014, que reposan
en los respectivos
expedientes.
Las lista de preparación
de la visita, se implementó
desde el mes de julio de
2013, en 123 actas de
visita de BPM.
414 8.5.9
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Las inspecciones están basadas en requerimientos
específicos para categorías especificas de productos o
instalaciones (biológicos, productos estériles, radiofármacos,
etc).
NEC I
1. Para medicamentos estériles y no estériles se aplica lo
contemplado en el Informe 32 de la OMS y en las
farmacopeas oficiales vigentes acogidas por parágrafo 1 del
Art. 22 del Decreto 677/1995. Para medicamentos de origen
biológico, se aplica esta misma normatividad teniendo en
cuenta la aclaración específica contenida en la Resolución
3028 del 2008, (que contempla áreas especiales de
manufactura de acuerdo con la naturaleza del producto).
No obstante lo anterior, en cumplimiento del módulo 4 OPS,
se ha presentado al MInisterio de Salud proyectos
normativos basados en los informes 33 y 44 de la OMS
para complementar la evaluación de BPM en medicamentos
Biológicos y formas Estériles, para lo cual se han acogido
en el sistema documental del Invima, los instructivos o
guías respectivas.
2. Para radio fármacos se tiene en cuenta la Resolución
1403/2007 y 0444/2008 que reglamenta las BPE en los
Servicios Farmacéuticos, aplicando la normatividad de
medicamentos y se tiene un proyecto normativo en curso.
Para BPM de medicamentos se tienen
actas de visitas en expedientes.
Para certificaciones en Biológicos con
normatividad específica se tienen actas de
visitas de BPM en las que se ha realizado
el desafío de los proyectos enviados al
Ministerio.
Para BPM de
medicamentos 160 visitas
en 2012, 186 en 2013 y 8
visitas en lo que va del
2014.
Para Medicamentos de
origen biológico y formas
estériles como parte del
desafío de los instructivos
internos adoptados, se
tienen seis 6 actas de
visitas de 2013, las cuales
reposan en los
expedientes respectivos
(Con Módulo 4).
415 8.5.10
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad Está definido un formato estándar para reportar deficiencias. NEC I
Para visitas de BPM las deficiencias son descritas en el
acta como Oportunidades de mejoramiento. En el caso de
detectarse deficiencias en visitas de vigilancia, éstas se
describen en el acta de visita o de diligencia. Se
complementó el procedimiento de auditorías y
certificaciones PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013, en el
manejo de las observaciones.
Registros en las actas de visitas en donde
se puede evidenciar las deficiencias
(oportunidades de mejora) en las actas de
visitas con concepto Cumple y deficiencias
tipo observaciones en las actas con
ceoncepto No Cumple.
Actas de visitas de 160
visitas de BPM en 2012,
186 en 2013 y 8 visitas en
lo que va del 2014, con
descripción de las
deficiencias, que reposan
en los respectivos
expedientes. La versión 6
del procedimiento que
incluye el manejo de las
observaciones es del
15/10/2013: Actas de 4
visitas de certificación de
BPM con concepto No
Cumple realizadas desde
octubre a diciembre de
2013.
416 8.5.11
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad Existen registros de los reportes acordes al procedimiento. NEC I
Las actas de inspección, elaboradas según los lineamientos
descritos en el procedimiento de Auditorias y
Certificaciones, al cual se le realizaron diferentes ajustes,
algunos de los cuales son nuevos y se vienen
implementando desde el mes de julio de 2013.
Registros de las actas de BPM en los
expedientes incluyendo los ajustes
implementados en el mes de julio de 2013.
160 visitas de BPM en
2012, 186 en 2013 y 8
visitas en lo que va del
2014, que reposan en los
respectivos expedientes.
Algunos registros como la
lista de preparación de la
visita y el desafío de la
lista de revisión de la
calidad de las actas se
implementaron desde los
meses de julio y mayo de
2013 respectivamente:
123 actas desde julio de
2013 y 146 actas de BPM
desde mayo de 2013.
417 8.5.12
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadLas observaciones de no cumplimiento son clasificados
/categorizados de acuerdo al riesgo (crítico, mayor y menor).NEC I
En los informes todas las no conformidades mayores y/o
críticas se manejan como oportunidades de mejoramiento y
las menores como observaciones, procedimiento de
Auditorías y Certificaciones PM07-AC-PR01 V6 del
15/10/2013. En este se incluyó la notificación en la reunión
de apertura de la categorización de los hallazgos según lo
establecido en la guía de autoisnpección de BPM acogida
mediate la Resolución 1087 de 2001.
Actas de las visita de BPM.
Actas de visitas de 160
visitas de BPM en 2012,
186 en 2013 y 8 visitas en
lo que va del 2014, con
descripción de las
deficiencias (no
conformidades mayores y
críticas), que reposan en
los respectivos
expedientes.
La versión 6 del
procedimiento que incluye
el manejo de las
observaciones (no
conformidades menores)
es del 15/10/2013: Se
tienen Actas de 4 visitas
de certificación de BPM
con concepto No Cumple
realizadas desde octubre
a diciembre de 2013.
418 8.5.13
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Hay mecanismos y medidas de control de calidad
documentadas para verificar el cumplimiento del
procedimiento de inspección establecido.
NEC I
El numeral 5 del art. 3 de la Resolución 2012032570 del 7
de Noviembre de 2012 crea el Comité Asesor Interno de la
Dirección de Medicamentos y Productos Biológicos y
menciona que el mismo se reúne trimestralmente para
evaluar las actas de BPM. En este sentido el procedimiento
de AUDITORIAS Y CERTIFICACIONES PM07-AC-PR01
fue complementado, para cumplir con este propósito se
elaboró la Herramienta LISTA REPORTE DE
VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LAS ACTAS DE BPM
a realizarse por parte de la DMPB para presentar al comité
Asesor Interno de la Dirección de Medicamentos, lo cual se
describe en el procedimiento de AUDITORIAS Y
CERTIFICAIONES PM07-AC-PR01. Esta lista esta en
proceso de ser acogida en el sistema documental, según lo
informado el 25/10/2013 por Nelson Acosta este mismo día
estará subida en el sistema.
Se tienen registros del desafío de la
Heramienta "Lista de revisión de la calidad
de las actas de BPM" para dos trimestres
(mayo a julio y agosto a octubre).
La versión 6 oficial del
procedimiento que incluye
este manejo es del
15/10/2013 con frecuencia
de ejecución trimestral. La
herramienta de revisión de
la calidad de las actas de
BPM viene siendo
desafiada desde el mes de
mayo de 2013, ya se
encuentra subida al SGC y
se tienen registros de
revisión de los trimestres
(mayo a julio y agosto a
octubre de 2013, para
2014 aún no se cumple el
primer trimestre.
419 8.5.14
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadEstán involucrados en los procesos de inspección los
expertos externos.INFO I
No procede. El proceso de inspección es ejecutado sólo por
el INVIMAN.A. N.A.
420 8.5.15
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
En los casos que proceda, un Comité de expertos internos
de la ARN está involucrada en la inspección, evaluación de
informes de la inspección y toma de decisiones.
NEC I
Está incluido en las funciones del Comité Asesor Interno de
la DMPB creado mediante R. 2012032570 del 07/11/2012.
La conformación del Comité se actualizó en el
procedimiento de AUDITORIAS Y CERTIFICAIONES PM07-
AC-PR01 V6 del 15/10/2013. Para cumplir con este
propósito se elaboró la Herramienta LISTA REPORTE DE
VERIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LAS ACTAS DE BPM
a realizarse por parte de la DMPB para presentar al comité
Asesor Interno de la Dirección de Medicamentos, lo cual se
describe en el procedimiento de AUDITORIAS Y
CERTIFICAIONES PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013.
Esta lista esta en proceso de ser acogida en el sistema
documental, según lo informado el 25/10/2013 por Nelson
Acosta este mismo día estará subida en el sistema. Así
mismo, se documentó en el citado procedimiento de
Auditorias y Certificaciones que frente a situaciones
dudosas e interrogantes que se puedan presentar en las
inspecciones, el grupo auditor se comunicará con el Instituto
para que sea el Comité, quien se pronuncie para definir el
manejo a seguir.
La versión 6 del procedimiento que incluye
estas adiciones, es del 15/10/2013.
Se tienen registros del desafío de la
Heramienta de revisión de la calidad de las
actas de BPM para dos trimestres (mayo a
julio y agosto a octubre).
La herramienta de
revisión de la calidad de
las actas de BPM viene
siendo desafiada desde el
mes de mayo de 2013
(trimestres (mayo a julio y
agosto a octubre de 2013),
y se encuentra subida al
SGC e incluye en la
revisión del Concepto
Técnico la nota: "SI SE
PRESENTÓ ALGUNA
SITUACIÓN ESPECIAL
QUE REQUIRIÓ SER
CONSULTADA A LA
DIRECCIÓN, ESTA SE
DESCRIBE EN EL ACTA
Y LA DESICIÓN TOMADA
RESPECTO A LA MISMA,
SE AJUSTA A LOS
LINEAMIENTOS
IMPARTIDOS?" .
421 8.5.16
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad Existen procedimientos para la toma de decisiones. CRIT I
Para visitas de BPM, el Decreto 549 de 2001 establece que
si el establecimiento cumpe las BPM, se emite resolución
concediendo la certificación.
En el procedimiento de AUDITORIAS Y
CERTIFICACIONES PM07-AC-PR01 V. 6 al 15/10/2013, se
define cuando emitir concepto CUMPLE o NO CUMPLE, y
se documentó qué hacer en caso de visitas tendientes a la
renovación de la certificación donde se emita concepto NO
CUMPLE (aplicación de medida sanitaria a cargo del GTM
según Resolución Nro. 2013011893 del 08 de mayo de
2013), este manejo ya se venia realizando. Así mismo, se
documentó el mecanismo de consulta a la DMPB en visitas
de BPM.
Procedimiento de AUDITORIAS Y
CERTIFICACIONES PM07-AC-PR01 V. 6
al 15/10/2013 que incluye que en caso de
visitas tendientes a la renovación de la
certificación donde se emita concepto NO
CUMPLE, se aplique medida sanitaria y la
realización de consultas a la DMPB.
Actas de las visitas realizadas incluyendo
registros de aplicación de medida sanitaria
cuando sea procedente y consultas a la
DMPB. De estas dos actividades por haber
sido recientemente implementadas, se
tienen muy pocos registros.
Acta visita BPM a Cifarma
S.A. (exp. 264E) del
05/04/2013 (consulta a la
DMPB), Acta Química
Patric Ltda. del 17/10/2013
(exp. 711 Tomo IV) Susp.
De Actividades, Acta visita
a Probiol del 03/05/2013
No cumple y se aplica
medid sanitaria, Acta a
Inversiones del Pilar (exp.
194 T III) de 15/03/2012
por Renv de BPM No
cumple se aplica Susp. De
Actividades, Acta a
Manuel Arboleda y CIA
(exp. 38) de Renov de
BPM de 27/09/2012 No
cumple, se aplica Susp.
de Actividades y Acta a
IPCA LAB. de India No
cumple, se informa a
Jurídica y a Registros.
422 8.5.17
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos para seguimiento de deficiencias /
infracciones exigiendo su cumplimiento (incluyendo plazos) y
emitir advertencias sobre las mismas.
CRIT I
El Art.9 del Dct 549/2001 establece que no se puede dar
plazos. En cualquier momento los establecimientos deben
cumplir las BPM. Si hubiese deficiencias se suspenden las
actividades y se cancela la certificación. Las instituciones
deben esperar 4 meses para presentar una nueva solicitud
de visita. Los 4 meses aplican cuando se emite concepto
No Cumple en visitas de certificación, renovación y
ampliación y no en las de seguimiento.
Se documenta en el procedimiento que aparte del acta de
visita y la resolución de cancelación de la certificación, se
publique mensualmente en la página Web del Instituto, el
listado de establecimientos autorizados y no autorizados.
Así mismo, se creó una base de datos en Excel de
"Comunicados a otras Dependencias"en cuanto a
incumplimientos, exclusión de áreas y formas farmacéuticas
del Concepto Técnico, por ejemplo: Ofic. de Responsab.
Sanitaria, Grupo de Registros Sanitarios y/o Dirección de
Operaciones Sanitarias, con el fin de tomar las acciones
pertinentes.
Se tiene actas de las visitas realizadas. La
publicación de listados incluyendo los no
autorizados, se inició desde el mes de
agosto de 2013. Base de datos de Excel
creada y alimentada.
La Versión del
procedimiento en la cual
se incluye la publicación
mensual del listado de
establecimientos
autorizados y no
autorizados es del julio de
2013, Bases de datos
publicadas en página web.
Y base de datos de Excel
con oficios generados a
otras dependencias en
2013.
423 8.5.18
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidad
Existen procedimientos o mecanismos internos para
asegurar una adecuada integración y comunicación entre los
inspectores, Laboratorio de CC y personal de licenciamiento
o registro.
NEC I
La socialización de eventos y asunto de interés intergrupos
se realiza en las reuniones periódicas de cada grupo
cuando se necesita, mediante boletines informativos del
Invima, página web y correo electrónico institucional.
Así mismo, se creó una base en excel en la ruta
"Controlador de Dominio/Grupo Técnico de
Medicamentos/Bases Varias/Archivo en Excel con
Comunicados a otras dependencias" y cuando se requiere,
se realiza comunicación por vía escrita alimentando dicha
base con la información pertinente para hacer seguimiento a
las respuestas.
Múltiples actas de reuniones, boletines
emitidos durante los últimos años, página
web y correos enviados y recibidos, así
como la base de datos en Excel de
"Comunicados a otras Dependencias"
implementada.
Desde hace varios años
atrás en actas de
reuniones que reposan en
esta Dirección. Emisión de
boletines Institucionalesy
existencia de la página
web. Así mismo, se
manejan correos
Institucionales en poder de
los diferentes
profesionales.
La base en excel se creo
en el mes de octubre de
2013 y se está
alimentando con
comunicados emitidos
desde el mes de mayo de
2013, la cual está
disponible para ser
consultada en cualquier
momento con 16 reportes
desde que se creó hasta
la fecha.
424 8.5.19
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadEl mismo criterio es usado para realizar las inspecciones;
nacionales, extranjeras, públicas o privadas.CRIT I
Los criterios se encuentran definidos en el Drecreto 549 de
2001, utilizando además los mismos instrumetos de
verificación (Informe 32 de la OMS y Guía de Inspección
acogida por Resolución 1087 de 2001) para verificar el
cumplimiento de la Normatividad sanitaria vigente para
todos los laboratorios ubicados dentro o fuera del país. Se
modificó el procedimiento de Auditorias y Certificaciones
asignando una duración de la visita entre 5 o 4 días,
dependiendo de los procesos y líneas a evaluar.
Se tienen las actas de visitas realizadas
con los mismos criterios para auditorias
nacionales y en el extranjero, así mismo,
se evidencia el tiempo diferenciado de
duración de las visitas, según la
complejidad de la Inspección.
Desde el 2012 en cada
una de las actas de las
visitas realizadas se
evidencia el manejo de los
mismo criterios y los
tiempos de duración entre
3, 4 o 5 días dependiendo
de los procesos y líneas a
evaluar, lo cual se definió
y documentó en el
procedimiento de
AUDITORIAS Y
CERTIFICACIONES
PM07-AC-PR01 V de julio
de 2013: 2, 3, 4 o 5 días.
425 8.5.20
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadExisten tiempos límites para la presentación y entrega de
informes de inspección.NEC I
En todas las visitas de BPM se genera y notifica el acta al
final de la diligencia, según lo descrito en el procedimiento
PM07-AC-PR01 de Auditorias y Certificaciones.
Se tienen actas de visita en las cuales se
evidencia la notificación al final de la
diligencia.
Todas y cada una de las
actas de visitas de
Certificación de BPM
incluyendo los años 2012,
2013 y lo que va corrido
del 2014.
426 8.5.21
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Sistema de gestión de la calidadEstá establecido un sistema interno de seguimiento para
revisar los objetivos programados.NEC I
Se hace seguimiento mes a mes a la gestión realizada, con
informes en los cuales se miden las actividades realizadas a
través de indicadores según el plan operativo anual.
Todos los informes de actividades
generados mes a mes durante los últimos
años.
Informes de mensual de
actividades, consolidado
anual e indicadores para
los años 2012, 2013 y lo
que va corrido del año.
427 8.6.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Inspección a canales de distribuciónDisposición para el monitoreo subsecuente de la distribución,
según proceda.NEC I
El cumplimiento de esta actividad no es competencia de
este Instituto, sino de las Direcciones Territoriales de Salud
del país. Existen lineamientos definidos en el Decreto
2200/05 y la Resol. 1403/07.
El Invima cuando lo considera pertinente o necesario,
realiza actividades de IVC a nivel de los canales de
Distribución según Legislación vigente incluyendo Decreto
677 de 1995.
Por parte del Invima múltiples actas de
visitas realizadas a lo largo de los últimos
años.
La competencia directa es
de los Entes Territoriales
de Salud.
Para el Invima en 2012
por ejeemplo se realizaron
72 visitas de IVC a
fabricantes y/o Distribuid,
167 visitas de IVC a
fabricantes y/o Distrib por
Denuncias, 38 visitas de
IVC en apoyo a otras
dependencias, 15 visitas
de IVC en apoyo a otras
Entidades.
En 2013 las visitas de IVC
se realizaron por parte de
la D.O.S., en este sentido,
por Eje. esta Dirección les
delegó la IVC a
importadores de Vacunas
con oficio 600-6211-13.
428 8.6.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Inspección a canales de distribución
El Código Nacional de Buenas Prácticas de Distribución
deberá ser equivalente con el de la OMS (en TRS 9377 o
cualquier actualización) y deberá estar publicado.
NEC I
La Dra. Rosabel Rubiano del Ministerio informa que la
Resolución 1403/07 fue elaborada teniendo en cuenta los
lineamientos de la OMS y que de esta manera se sustentó
en la auditoria del año 2010.
Se remite oficio 4660-13 al Ministerio solicitando lineamiento
sobre la equivalencia de las normas citadas con el TRS
9377 de la OMS. Con 600-9429-13 del mes de octubre de
2013 se reitera la solicitud.
Con oficio rad. 13096784 de 14/11/2013 MinSalud Rponde:
Revisados y comparados el anexo 5 del Informe 44 de 2010
de la OMS y la normarividad vigente se encuentra que en el
Decreto 2200 de 2005 y la Resolución 1403 sobre el modelo
de Gestión del Servicio Farmacéutico, se toman
lineamientos establecidos en dicho anexo y se sugiere que
el indicador 8.6.2 se demuestre con los contenidos de las
citadas normas, concluyendo: "(...) el país cuenta con
Buenas Prácticas de Distribución contempladas en los
Decretos 677 de 1995; 2200 de 2005 y las Resoluciones
1403 de 2007 y 4444 de 2008 (...)".
Las normas Decreto 2200 de 2005, la
Resolución 1403 sobre el modelo de
Gestión del Servicio Farmacéutico y la
Resolución 0444 de 2008.
Con oficio rad. 13096784 de 14/11/2013
MinSalud Rponde: "(...) el país cuenta con
Buenas Prácticas de Distribución
contempladas en los Decretos 677 de
1995; 2200 de 2005 y las Resoluciones
1403 de 2007 y 4444 de 2008 (...)".
Oficio rad. 13096784 de
14/11/2013 de MinSalud
en donde Rponde: que el
Decreto 2200 de 2005 y la
Resolución 1403 sobre el
modelo de Gestión del
Servicio Farmacéutico
contemplan y exigen:
Estructura del Servicio
Farmacéutico
(infraestructura física,
dotación completa de
equipos, instrumentos,
bibliografía y materiales);
programas de
mejoramiento para el
Recurso Humano
(actualización,
capacitación y
adiestramiento), requisitos
de transporte que
garanticen la estabilidad
del medicamento hasta su
entrega al usuario final,
exigencias de reempaque
y reenvase incluyendo
mecanismos de control,
existencia del SGC que
evalue el desempeño en
calidad y satisfacción de
usuarios, importación por
Decreto 677/95 y accones
de IVC en apoyo a otras
entidades cubren lo
relacionado con productos
falsificados de que trata el
anexo 5 del Informe 44 de
la OMS.
429 8.6.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Inspección a canales de distribuciónSolamente los productos autorizados se
distribuyen.(DISTRIBUCION DE VACUNAS)CRIT I
Todos los medicamentos comercializados deben contar con
Registro Sanitario para su comercialización - Título III D.
677/95.
Las preparaciones magistrales y los gases medicinales
obtenidos en sitio por compresión o tamiz molecular no
requieren de Registro Sanitario, pero requieren ser
elaborados en establecimientos autorizados por el INVIMA.
Decreto. 2200/05, R1403/07 y R. 4410/09.
El control en la Distribución de Productos se reglamenta en
el Decreto. 2200/2005 y la Resolución.1403/07 a cargo de
las ETS.
También la Norma contempla la exigencia de liberación de
productos Biológicos antes de su comercialización a cargo
del Lab. de INVIMA. Y se está trabajando la norma para
hacer exigible el uso de una tecnología de señalización de
medicamentos que permita contrarestar fraudulencia
incluyendo falsificación y contrabando: ver numeral 8,6.
Existe Procedimiento PM02-IVC-PR-04 DE ALERTAS
SANITARIAS como forma de detectar productos no
autorizados de circulación a nivel mundial.
Normatividad mencionada, Base de
registros Sanitarios otorgados y soportes
de lo trabajado sobre tecnologías de
señalización ver soportes numeral 8,6.
En la competencia del
INVIMA lo relacionado con
la exigencia de liberación
de productos Biológicos
antes de su
comercialización, la
responsabilidad es de la
Oficina de Laboratorios y
es allí en donde se
encuentran los datos de
las liberaciones realizadas
durante los años 2012,
2013 y 2014.
430 8.6.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Inspección a canales de distribución
Mandato para inspeccionar y recolectar muestras en
cualquier punto de la cadena de distribución de vacunas en
el país.
CRIT I
El Artículo 92 del Decreto 677 de 1995 le da la atribución
al INVIMA para la toma de muestras en cualquier parte de la
cadena. El tamaño de muestra está definido en la guía de
análisis y el INVIMA y la actividad se realiza siguiendo el
procedimiento interno de “Tomas de muestras” PM02-IVC-
PR05 V3 del 12/06/2013, el cual fue revisado y actualizado.
Se tienen actas de visitas en las que se
evidencia la ejecución de esta actividad.
431 8.7.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros Administración de los recursos humanos CRIT I
Existen los procedimientos PA05-GTH-PR01 V. 6 al
29/07/2013 VINCULACIÓN DEL PERSONAL, PA05-GTH-
PR02 V. 7 al 03/10/2013 INDUCCIÓN Y REINDUCCION y
PA05-GTH-PR23 v. 7 al 06/09/2013 CAPACITACION:
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO
HUMANO. Se envió un correo al ártea de RH. para preparar
evidencias. (Soportes de Capacitación e Inducción,
carpetas por profesional Planta y Contratistas). Se elaboró
una Guía de Formación o capacitación de auditores.
Se tiene el Plan de capacitación PAE aprobado.
Carpetas en Recursos Humanos de los
profesionales con los registros de
inducción, capacitación y entrenamientos.
432 8.7.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
La descripción de cargo/funciones están establecidos para
los siguientes miembros del personal: jefe de la unidad de
inspección (supervisor), jefe de la unidad de inspección por
productos, líder del equipo de inspección e inspector.
CRIT I
El MANUAL DE FUNCIONES, Ley 909 de 2004 y guía de
formación o capacitación de auditores.
Para contratistas y provisionales se elaboró guía de
formación de auditores. Existen cartas de presentación y el
acta de BPM respectiva, que muestren los roles de auditor
líder, auditor y observador, este último cuando aplique.
Registros de las descripciones de cargos y
cartas de presentación.
433 8.7.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Está definida la experticia requerida para ser designado
como experto externo o interno en base a educación,
experiencia y entrenamiento.
CRIT I
Listado de personal calificado, procedimiento de inducción y
reinducción PA05-GTH-PR02 V. 7 al 03/10/2013, manual de
funciones con perfiles que se deben cumplir. Esto asociado
a la Ley 909 de 2004 (Ley de Carrera Administrativa, incluye
capacitación, selección de personal, evaluación de
desempeño, etc.)
Así mismo, se elaboró la Guía para la selección y
entrenamiento de auditores como documento interno de
trabajo en donde se describe este manejo incluyendo la
autocapacitación de personal de contrato.
Múltiples registros en carpetas del
personal que evidencian que este cumple
con requisitos
Académicos en una disciplina reconocida
relacionada con las ciencias
farmacéuticas y
Conocimiento práctico de las directrices
aplicbles a las BPM de los medicamentos.
434 8.7.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Personal debidamente calificado (estudios, capacitación,
habilidades y experiencia) para llevar a cabo inspecciones y
actividades relacionadas.
CRIT I
Listado de personal calificado, procedimiento de inducción y
reinducción PA05-GTH-PR02 V. 7 al 03/10/2013, manual de
funciones con perfiles que se deben cumplir. Esto asociado
a la Ley 909 de 2004 (Ley de Carrera Administrativa,
registros incluyendo capacitación, selección de personal,
evaluación de desempeño, etc.)
Registros que evidencian experiencia de auditores en
producción y control de Calidad y cursos relacionados.
Soportes de capacitación en el manejo de auditorías de
BPM, conocimiento práctico de las directrices aplicables
BPM de los medicamentos, procedimientos de Auditorias y
Certificaciones de BPM PM07-AC-PR01 V. 6 al 15/10/2013.
Actas y registros en que se incluyen auditores observadores
en proceso de formación, capacitación o autocapacitación
en los procedimientos y técnicas actuales para inspecciones
BPM antes de que se conduzca una inspección.
Código de ética con aspectos a tener en cuenta para
inspectores y soportes de evaluaciones comportamentales
de personal de planta.
Este aspecto lo sustenta Recursos Humanos, se envió
oficio recordando su responsabilidad en este sentido. El
GTM de la DMPB apoya la revisión y recopilación de
documentos citados en preparación de la auditoria.
Múltiples evidencias en carpetas de la
formación, inducción, capacitación,
entrenamiento, autocapacitación y
evaluación del personal, algunos de los
cuales reposan en Talento Humano y otros
en la DMPB.
435 8.7.5
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otrosPlan de capacitación del personal desarrollado e
instrumentado.NEC I
PAE aprobado (Proyecto de Aprendizaje en Equipo)
elaborado para cada uno de los grupos y registros de su
cumplimiento.
Para el GTM 4 evantos de capacitación
diferentes.
436 8.7.6
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otrosMonitoreo del desarrollo de habilidades posterior a las
actividades de capacitación.NEC I
Experiencia del personal en al menos 11 meses en
inspecciones, evaluación de competencias del personal de
nuevo ingreso: el cual inicialmente acompaña la visita como
observador, posteriormente es evaluado en campo por
medio de la observación de un auditor con mayor
experiencia.
Así mismo, se implementó una LISTA DE VERIFICACIÓN
DE LA CALIDAD DE LAS ACTAS de BPM como
herramienta complementaria para evaluar el desempeño y
las habilidades del inspector, recientemente acogida en el
sistema documental.
Por Ley 909 de 2004 de Carrera Administrativa, se tienen
registros de evaluación de desempeño del personal.
Esta lista esta en proceso de ser acogida en el sistema
documental, según lo informado el 25/10/2013 por Nelson
Acosta este mismo día estará subida en el sistema.
Múltiples evidencias en las carpetas del
personal incluyendo los registros del
presente año para el nuevo personal
vinculado.
437 8.7.7
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Está definida la calificación mínima, experiencia y
entrenamiento para desarrollar todos los tipos de
inspecciones.
CRIT I
Manual de funciones tenido en cuenta al momento de la
selección y vinculación del personal. Experiencia del
personal en al menos 11 meses en inspecciones,
evaluación de competencias del personal de nuevo ingreso:
el cual inicialmente acompaña la visita como observador,
posteriormente es evaluado en campo por medio de la
observación de un auditor con mayor experiencia; esto se
aplica para los diferentes tipos de inspecciones.
Para personal contratista: El INVIMA determina la
competencia de los particulares que ejercen funciones
públicas o que afecten la conformidad con los requisitos de
las actividades que se ejecutan con la aplicación del
Procedimiento de Adquisición de Bienes y Servicios PA02-
GA-PR02 y el Manual de Contratación de la Entidad PA02-
GA-M1, los soportes son los estudios de oportunidad y
conveniencia.- Ver Carpetas de Contratistas del Grupo.
Según Acuerdo 137 y la Ley 909; el personal de planta
provisional no puede ser evaluado, sin embargo se aplica la
evaluación de la calidad de las actas de BPM.
Múltiples para el personal vinculado, las
cuales reposan en Talento Humano y
DMPB.
438 8.7.8
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Los inspectores tienen conocimiento de los procedimientos
judiciales locales si se supone que inicien acciones en las
cortes de justicia.
NEC I
Registros de capacitación de la Oficina Asesora Jurídica
para el personal que realiza Visitas en cuanto a la forma de
redactar las actas de manera que puedan ser entendidas
por abogados, citando normas, y que a su vez sean
evidencia legal de lo encontrado incluyendo actividades de
vigilancia y registros de capacitación en Proceso
Sancionatorio.
Cartillas emitidas por la a Dirección de Responsabilidad
Sanitaria con algunos temas que se ajustan a la necesidad
descrita.
Registos de las dos (2) jornadas de
capacitación realizadas.
439 8.7.9
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Existe un procedimiento para calificar, supervisar y/o
confirmar la competencia requerida para inspectores
principiantes.
NEC I
La calificación de competencias y de desempeño durante el
periodo de prueba de 6 meses y posterior.
Para calificar la competencia de los inspectores
principiantes se elaboró una Guía para el entrenamiento en
el puesto de trabajo en la DMPB que incluye la capacitación
de auditores de BPM de planta y contratistas, incluyendo la
capacitación especifica en BPM que es dada por otro
profesional con experiencia designado para dar a conocer
la normatvidad, bases de datos , lineamientos respecto a
compotamiento, conductas y presentación personal de los
auditores. De esta manera se define si el personal nuevo
se encuentra listo o no para desepeñarse solo despues de
haber participado en un número definido de visitas de cada
tipo como observador.
Múltiples para el personal vinculado, las
cuales reposan en Talento Humano y
DMPB.
440 8.7.10
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
Los inspectores son entrenados para áreas específicas
(BPM, BPD, BPC, BPL).Siguiendo un programa de
entrenamiento. Las actividades de entrenamiento son
registradas y tales registros se actualizan.
CRIT I
Si se realiza entrenamiento especifico de inspectores de
BPM, el cual es realizado a cargo del personal con mayor
experiencia en varias visitas de BPM con evaluación en
campo, según se describe en la Guía para entrenamiento
en el puesto de trabajo como documento interno de trabajo
adoptado recientemente.
Hay reuniones y convenios con las Facultades de Química
farmacéutica, entrenamientos dirigidos a BPL. Las
capacitaciones incluidas en el PAE son direccionadas al
personal de acuerdo con el área específica que este evalúa,
lo cual se evidencia en las hojas de vida del personal.
Registros de los cuatro (4) eventos de
capacitaciones llevadas a cabo y de
capacitación (autocapacitación) del
personal contratista nuevo que
actualmente es de planta.
441 8.7.11
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otrosLos productores o representantes de los titulares de licencia
nunca son convocados para conducir las inspecciones.CRIT I
Para mantener la transparencia e independencia, los
productores o representantes de los titulares de las licencias
nunca son convocados para conducir inspecciones. No
procede para el INVIMA.
En las actas de visita se puede evidenciar que quienes
firman el acta son únicamente los profesionales del la
empresa objeto de la certificación y los inspectores.
Se tienen actas de visitas en los
expedientes de la DMPB, en las que se
evidencia lo descrito.
442 8.7.12
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otros
La lista de inspectores que están calificados en sus
respectivas áreas de competencia está disponible y se
mantiene actualizada.
NEC ILa lista de inspectores que incluye el nombre y perfil
profesional así como el área que audita cada uno. Lista de auditores.
443 8.7.13
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otrosExiste una oficina adecuada y espacio de almacenamiento
suficientes para las actividades de inspectorado.NEC I
Existen oficinas y puestos de trabajo para cada profesional
con capacidad de almacenamiento de documentos de
acuerdo con el trabajo actual. Igualmente se cuenta con
espacio para archivo muerto en otra sede de la entidad.
Espacio físico de oficinas y archivador
444 8.7.14
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Recursos humanos y otrosAdecuados servicios de apoyo son provistos en términos de
transporte y comunicación.NEC I
La entidad suministra al personal que lo requiere, el
Transporte terrestre local, y aéreo mediante agencia de
viajes cuando aplica. La comunicación se realiza por vía
telefónica, mediante la página web y el correo Institucional a
travéz de la Internet.
N.A.
445 8.8.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultadosExiste una lista/base de datos actualizada de todas las
instalaciones inspeccionadas.CRIT I
La base de datos de LABORATORIOS en ACCES, la cual
incluye datos adicionales como fecha de la inspección, y
concepto emitido, fecha de emisión de la resolución y
notificación de la misma para establecer la vigencia de la
certificación.
Base de datos de Laboratorios.
446 8.8.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultados
La ARN retiene un archivo de cada inspección incluyendo la
información sobre la misión, el informe de inspección, los
comentarios de la empresa inspeccionada y la decisión
tomada finalmente con la documentación que la avala, y
cada exención está documenta
CRIT I
Actas de visita, en donde se describen entre otros, la
información general de la empresa, requisitos a evaluar y
así mismo contempla la descripción de las fortalezas y
oportunidades de mejora evidenciadas durante la inspección
del establecimiento, adicionalmente describe el
cumplimiento de los hallazgos (oportunidades de mejora) y
el concepto técnico, que puede ser cumple o no cumple. En
las visitas de BPM los interesados entregan adicionalmente
en medio electrónico copia de los documentos que apliquen
del listado de documentos que se solicita en la reunión de
apertura.
Se tienen expedientes en el archivo de la
DMPB en donde reposan las actas de
visita.
447 8.8.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultados
La información recopilada de las compañías es usada para
tomar o corregir decisiones reguladoras sobre la licencia
inicial o RS (recogida o retiro de productos, etc.).
CRIT I
En caso de solicitudes de corrección o aclaración son
consultadas las actas y los anexos de las mismas con el fin
de establecer si es procedente la aclaración y/o corrección
solicitados.
Se documentó en el instructivo de ELABORACIÓN DE
RESOLUCIONES PM07-AC-12 V1 DEL 05/08/2013 el
manejo de las modificaciones de Resoluciones, incluyendo
la inclusión de la revisión legal.
Nota: el instructivo adicionado fue subido al sistema
documental del SGC, sin embargo posteriormente se
evidenció la publicación de la versión anterior que no incluye
lo descrito, esto fue informado y se solicitó la corrección
pero al día de hoy 24/10/2013 se mantiene igual. Se envía
nuevo correo informando al enlace de calidad esta situación
para la corrección.
Se tienen los expedientes en los que
reposan las evidencias de aclaraciones de
actas de visita y/o de Resoluciones
modificatorias emitidas.
448 8.9.1
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultados
Existe un documento de notificación a las compañías que
indique los inspectores asignados para realizar la
inspección.
NEC I
La carta de presentación dirigida al establecimiento objeto
de inspección, en la cual se describen los nombres de los
auditores, sus profesiones y así mismo define el
responsable de ser el auditor líder.
Se tienen expedientes en los que reposan
las citadas cartas de presentación.
449 8.9.2
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultadosLa lista/base de datos actualizada de todas las instalaciones
inspeccionadas es pública y está disponible públicamente.NEC I
Pág. Web ruta: Inspección, vigilancia y
control/Establecimientos Vigilados. Se actualiza con
frecuencia mensual.
Página Web
450 8.9.3
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultadosLos datos de la última inspección están públicamente
disponible.NEC I
Solo datos generales extraídos del acta de inspección. No
se publican ni las actas ni las resoluciones. Página Web
451 8.9.4
Inspecciones
Reguladoras y
actividades de
fiscalización
Registros y resultados
La información actualizada relacionada con actividades de
fiscalización, tales como advertencias de conformidad,
multas, procesamientos, etc., son públicas y están
públicamente disponibles.
NEC I
En el procedimiento de AUDITORÍAS Y
CERTIFICACIONES PM07-AC-PR01 V6 del 15/10/2013 se
adicionó la publicación de establecimientos no autorizados. Desde el mes de agosto de 2013.
452 9.1.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Base Legal
Existen bases legales para el establecimiento de un
Laboratorio Oficial de Control de Medicamentos (LOCM) o
acuerdos operacionales para usar un Laboratorio de Control
Externo.
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Decreto 1290, 1994 Artículo 4 establece
funciones del INVIMA derogado por el
Decreto 2018 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias
Decreto 2323, 2006 establece en su
Artículo 3, la definición del LNC de
referencia, en su Artículo 8 los integrantes
de los LNC de referencia. El Instituto
Nacional de Salud y el INVIMA serán
Laboratorio de referencia Nacional.
Artículo 9 establece las funciones de estos
Laboratorios de referencia
Decreto 2078 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del lnstituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias.
24/06/1994, 26/07/2006 y
08/10/2012
453 9.1.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Base Legal El LOCM es parte de la ARN. INFO IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Artículo 8 parágrafo Decreto 2323 de
2006
Decreto 2078 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias
26/07/2006 y 08/10/2012
454 9.1.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Base Legal
En caso de que el LOCM no forme parte de la ARN, existe
una base legal que establezca los mecanismos de relación
entre ambos.
CRIT I No Procede No Procede No Procede
455 9.1.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Base Legal
La legislación faculta al LOCM para desarrollar pruebas de
control de calidad de medicamentos y vacunas y emitir
resultados oficiales.
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Decreto 2078 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias.
Resolución No. 2012033945 del 15 de
Noviembre de 2012 Por la cual se crean
los grupos internos de Trabajo en el
INVIMA, se determinan sus funciones y se
dictan otras disposiciones"
Resolución No. 2012034015 del 19 de
noviembre de 2012 “Por la cual se
conforman los grupos internos de trabajo
creados por la Resolución No.
2012033945 del 15 de Noviembre de 2012
en el INVIMA.
Resolución No. 2012038435 del 14 de
diciembre de 2012 “Por la cual se adiciona
a la Resolución No. 2012034015 del 19
de noviembre de 2012 que conforman los
grupos internos de trabajo del INVIMA y se
dictan otras disposiciones.
08/10/2012, 15/11/2012,
19/11/2012 y 14/12/2012
456 9.2.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
DirectricesExisten lineamientos establecidos para el cumplimiento de
Buenas Prácticas de Laboratorio en el LOCM.CRIT I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Referencia la implementación de las
Buenas Prácticas de Laboratorio basadas
en el informe 44 OMS/OPS, TRS N° 957,
2010 e Informe 45 OMS/OPS, TRS N°
961, 2011.
La inspección por parte de la OMS se
recibió del 15 al 17 de abril 2013, se
recibió el informe el 16 mayo de 2013 y se
enviaron los planes de acción a los
hallazgos encontrados el 07 de Junio de
2013
28/02/2013 y 17/06/2013
457 9.2.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Directrices El LOCM es parte de la ARN. CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Para pre-comercialización de:
Productos biológicos: se emitió la
Resolución N°2010022392 del 23 Julio
2010 de toma de muestras para liberación
de lotes.
Medicamentos: El DECRETO 677 de
1995. Título VI Disposiciones comunes a
los registros sanitarios, Articulo 92 De las
muestras establece que “la presentación
de muestras del producto al Invima, no
será requisito para la expedición de
registro sanitario. Sin embargo la autoridad
sanitaria podrá exigirlas en cualquier
momento o tomarlas del mercado para los
análisis pertinentes .
Para post-comercialización de
medicamentos y productos biológicos los
laboratorios apoyan las acciones de
Inspección, vigilancia y control.
El Laboratorio de medicamentos apoya
programas especiales como Demuestre la
calidad.
23/07/2010 y 26/07/1995
458 9.2.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Directrices
El LOCM está involucrado en la definición de métodos de
control y especificaciones durante la evaluación de la
documentación de registro de producto.
NEC IF104-PM01-RS Informe de Evaluación Técnica-Análisis de
la Metodología Analítica
LPB: Participó en reunión con los
responsables de Registro Sanitario de la
Dirección de Medicamentos y Productos
Biológicos el 2013-03-08 y se incluyó en
el documento FIE (Formato Informe
Evaluación) una revisión metodológica por
parte de los Laboratorios respecto a
insumos, reactivos, y estándares
utilizados. Se realizó la revisión del
producto SHANVAC con
expedientes2012151208 expediente
20048612.
Vacuna pentaxim: El Laboratorio de
Productos Biológicos y los Laboratorios
de Medicamentos evaluaron la vacuna
Pentaxim,
El 2013-09-19 Se crea el formato F104-
PM01-RS. Informe de Evaluación Técnica-
Análisis de la Metodología Analítica
Hasta el momento se ha participado en la
revisión de dos productos.
23/07/2010 y 26/07/1996
459 9.2.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Directrices Existen lineamientos generales sobre toma de muestras. CRIT I PM02-IVC-PR05 Procedimiento Toma de Muestras
El INVIMA realiza operaciones de
muestreo; llevadas a cabo por el personal
Inspección, Vigilancia y Control de la
Dirección de Medicamentos y Productos
Biológicos, funciones que se están
direccionando a la Dirección de
Operaciones Sanitarias.
12/06/2013
460 9.2.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Directrices
Existen lineamientos establecidos sobre los estándares
aplicados por el LOCM. Si existen diferencias con los
establecidos por OPS/OMS, cuentan con adecuada
justificación.
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
El Decreto 677 en el Articulo 22 párrafo
primero establece que “Las farmacopeas
oficialmente aceptadas en Colombia son
las siguientes: Estados Unidos de
Norteamérica (USP), Británica (BP),
Codex Francés, Alemana (DAB), Europea
e Internacional (OMS) o la que en su
momento rija para la Unión Europea. En
todos los casos se aplicarán las técnicas
establecidas en la edición vigente de la
farmacopea respectiva.” Adicionalmente
se establece la posibilidad de seguir
estándares farmacopéicos, técnicas de
fabricantes o de las Series de Informes
Técnicos de la OMS.
Adicionalmente se emite Resolución
2010022393 de 23 de julio de 2010, para
la liberación de Lotes, en donde se
establecen las funciones y competencias
del LOCM.
En el Manual de gestión de los
Laboratorios se describe el uso de los
lineamientos del los Informe 44 OMS/OPS,
TRS N° 957, 2010 e Informe 45
OMS/OPS, TRS N° 961, 2011 dentro del
sistema de gestión de calidad de los
Laboratorios
26/07/1995, 23/07/2010 y
28/02/2013
461 9.2.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
DirectricesExisten lineamientos establecidos para tratar con
medicamentos en que se sospecha falsificación.INFO I
PA02-PM-602/7-P001 Procedimiento para Solicitud de
Muestras, Planificación de Análisis y Selección de
Metodología Analítica
El laboratorio lleva a cabo sus análisis de
acuerdo a las metodologías analíticas
oficiales o validadas por el fabricante. Los
resultados de estas técnicas pueden
arrojar resultados de falsificación o
adulteración.
El Decreto 677 de 1995 en el Titulo 1
Disposiciones generales y definiciones.
Articulo 2 Definiciones, se emite concepto
sobre el cumplimiento de las
especificaciones de calidad, no se emite
concepto sobre autenticidad.
En el PA02-PM-602/7-P001
Procedimiento para Solicitud de Muestras,
Planificación de Análisis y Selección de
Metodología Analítica, se especifica que el
Laboratorio trata con igual rigurosidad
todas las muestras que llegan al mismo.
26/07/1995 y 22/07/2013
462 9.2.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
DirectricesExisten lineamientos establecidos sobre manejo de quejas y
reclamos contra las actividades del LOCM.NEC I
PA01-DAC-PR01 Procedimiento Recepción,
Direccionamiento Y Respuesta A Denuncias, Quejas,
Reclamos, Derechos De Petición Y Sugerencias
Los laboratorios siguen los lineamientos
establecidos en:
Procedimiento institucional bajo GP 1000:
• PA01-DAC-PR01 Procedimiento
Recepción, Direccionamiento Y Respuesta
A Denuncias, Quejas, Reclamos,
Derechos De Petición Y Sugerencias, en
donde se establecen los lineamientos y
las instancias institucionales para
recepción, direccionamiento y respuesta a
denuncias, quejas, reclamos y derechos
de petición.
• Indicador No.2 RECLAMACIONES del
proceso institucional de Control de Calidad
de Producto.
10/09/2013 y 30/09/2013
463 9.2.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
DirectricesExisten lineamientos establecidos sobre manejo de
apelaciones contra las decisiones del LOCMNEC I
PA01-DAC-PR01 Procedimiento Recepción,
Direccionamiento Y Respuesta A Denuncias, Quejas,
Reclamos, Derechos De Petición Y Sugerencias
PA01-DAC-PR01 Procedimiento
Recepción, Direccionamiento Y Respuesta
A Denuncias, Quejas, Reclamos,
Derechos De Petición Y Sugerencias, se
encuentra articulado y vigente desde 08 de
agosto 2013 e incluye lineamientos para
apelaciones.
10/09/2013
464 9.3.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Organización y EstructuraLas actividades de ensayos son organizadas y desarrolladas
a nivel central del país.INFO I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Las actividades de control de
medicamentos y productos biológicos son
organizadas y desarrolladas a nivel central
en el país, en el Laboratorio Nacional de
Referencia del INVIMA
Según:
• Decreto 1290, 1994 Artículo 4 establece
funciones del INVIMA derogado por el
Decreto 2018 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del Instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias
• Decreto 2323, 2006 establece en su
Artículo 3, la definición del LNC de
referencia, en su Artículo 8 los integrantes
de los LNC de referencia. El Instituto
Nacional de Salud y el INVIMA serán
Laboratorio de referencia Nacional; y
Artículo 9 establece las funciones de estos
Laboratorios de referencia.
• Decreto 2078 de 2012 Por el cual se
establece la estructura del instituto
Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos -INVIMA y se determinan las
funciones de sus dependencias.
22/06/1994, 12/07/2006 y
08/10/2012
465 9.3.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Organización y Estructura
Las actividades descentralizadas de otras
agencias/autoridades siguen los mismos estándares, guías y
procedimientos. (No aplica en caso que las actividades del
LOCM estén centralizadas).
CRIT I No Procede No Procede No Procede
466 9.3.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Organización y Estructura
En caso de descentralización, un mecanismo de intercambio
de información está establecido e implementado para que la
organización descentralizada reciba requerimientos y/o
directivas de la autoridad central y reportar a ésta. (No aplica
en caso que las ac
CRIT I No Pocede No Pocede No Pocede
467 9.3.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Organización y Estructura
Los mecanismos permiten apropiada colaboración entre los
organismos descentralizados. (No aplica en caso que las
actividades del LOCM estén centralizadas).
CRIT I No Procede No Procede No Procede
468 9.4.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Existe un Sistema de Gestión de Calidad establecido,
implementado y mantenido por el LOCM y está orientado a
demostrar la competencia técnica del mismo
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Los laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos cuentan con un
Sistema de Gestión de Calidad basado
en: la NTC GP1000:2009, la NTC-
ISO/IEC 17025:2005, informe 44
OMS/OPS, TRS N° 957, 2010 , Informe 45
OMS/OPS, TRS N° 961, 2011, Módulos
LOCM y de Liberación de Lotes de ARN;
el cual permite demostrar la competencia
técnica para los análisis de control de
calidad de los medicamentos y Productos
Biológicos. El INVIMA se encuentra
certificado bajo la NTC GP 1000:2009.
Adicionalmente el LOCM participa
continuamente en pruebas
interlaboratorios, cuyos resultados
demuestran su competencia técnica, y ha
sido evaluado en diferentes escenarios y
contextos normativos.
El LOCM, participó en la inspección por
parte de la OMS del 15 al 17 de abril 2013
y se recibió el informe el 16 mayo de 2013
y se enviaron los planes de acción a los
hallazgos encontrados el 07 de Junio de
2013
11/2009, 2005/10/26,
22/07/2010, 11/2011 y
07/06/2013
469 9.4.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidadLa gestión del LOCM está comprometida con el desarrollo e
implementación del sistema de gestión de calidad.CRIT I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios, Resolución 2013019704 del 05 de Julio de
2013
La Directora General ejerce la
responsabilidad y la autoridad en la
implementación, mantenimiento y mejora
del Sistema de calidad, el liderazgo en la
formulación de políticas y objetivos, la
asignación de recursos, el establecimiento
de procedimientos de comunicación
eficaces, establece evidencias de
compromiso con el desarrollo, la
implementación del sistema de gestión de
calidad, el aseguramiento de la integridad
del sistema cuando realicen cambios y la
revisión periódica para el mejoramiento
continuo del SGC.
Se crea la Oficia de Laboratorios y Control
de Calidad, según decreto 2078 de 2012,
comprometida igualmente con la
implementación y mantenimiento de SGC
bajo lineamientos de la NTC ISO IEC
17025:2005, el Informe 44 OMS/OPS,
TRS N° 957, 2010 e Informe 45
OMS/OPS, TRS N° 961, 2011 y todo lo
que apoye la implementación de los
módulos de la presente evaluación y que
correspondan a la gestión de los
Laboratorios.
08/10/2012 22/07/2010
11/2011
470 9.4.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidadEl SGC está basado o reconoce estándares de referencia
(OMS; PIC/SISO, otros).NEC I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestion de los
Laboratorios
Los laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos cuentan con un
Sistema de Gestión de Calidad basado
en: la NTC GP1000:2009, la NTC-
ISO/IEC 17025:2005, informe 44
OMS/OPS, TRS N° 957, 2010 , Informe 45
OMS/OPS, TRS N° 961, 2011, Módulos
LOCM y de Liberación de Lotes de ARN;
el cual permite demostrar la competencia
técnica para los análisis de control de
calidad de los medicamentos y Productos
Biológicos.
Se estableció Lista cruzada de requisitos
para el Sistema de Gestión de Calidad de
los Laboratorios considerando las normas:
GP 1000:2009, ISO IEC 17025:2005,
Informe 44 OMS/OPS, TRS N° 957, 2010
e Informe 45 OMS/OPS, TRS N° 961,
2011.
28/02/2013, 22/07/2010 y
11/2012
471 9.4.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidadEstá definido el organigrama y las responsabilidades para la
implementación del SGC.CRIT I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de Calidad de
los Laboratorios.
Según decreto 2078 de 2012, los
Laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos tienen una
organización claramente definida, desde la
creación de la Oficina de Laboratorios y
control de calidad.
Se han designado responsabilidades/roles
para la implementación, mantenimiento y
mejora del Sistema de Gestión de Calidad
de los Laboratorios, así como sus
suplentes
08/10/2012 y 28/02/2013
472 9.4.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Una persona calificada está designada como responsable en
el LOCM para el desarrollo, implementación y ejecución del
SGC.
NEC IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de Calidad de
los Laboratorios.
Se designa personal responsable de la
implementación, mantenimiento, mejora y
ejecución del Sistema de Gestión de
Calidad para la Oficina de Laboratorios y
Control de Calidad, a través de la
Designación de alta dirección para Control
Calidad Producto y de la Designación de
Responsable de Calidad
30/03/2013
473 9.4.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Está definida la documentación necesaria para establecer,
implementar y mantener el SGC (Manual de Calidad,
Registros, Procedimientos, etc.).
NEC IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de Calidad de
los Laboratorios
Los Laboratorios del INVIMA, cuentan con
la documentación necesaria para
garantizar la operación estandarizada. La
estructura de la documentación así como
los lineamientos para su elaboración y
aplicación.
15/11/2013
474 9.4.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Toda la documentación que forma parte del SGC está
controlada y revisada siguiendo un procedimiento
documentado.
NEC IPE02-GC-LABS-P001 Control de Documentos y PE02-GC-
LABS-P002 Procedimiento Control de Registros
Se definen y se siguen los lineamientos
establecidos en:
• PE02-GC-LABS-P001 Control de
Documentos, en el cual se establecen los
parámetros para una documentación
unificada y estandarizada de todos los
procesos, procedimientos y documentos
involucrados dentro del Sistema de
Gestión de Calidad de los Laboratorios del
INVIMA,
• PE02-GC-LABS-P002 Procedimiento
Control de Registros, en el cual se
establece la metodología para la
identificación, acceso, protección y
almacenamiento de los registros que se
generan dentro del Sistema de Gestión de
Calidad de los Laboratorios del INVIMA.
29/07/2013 y 03/10/2013
475 9.4.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Existe documentación que establezca el mecanismo de
evaluación periódica de la organización y el desarrollo del
SGC, los registros y resultados.
NEC IPE01-GD-LABS-G001 Guía para Elaboración y
Actualización del Plan de Calidad
Existe un Plan de Calidad para controlar
el Sistema de Gestión de Calidad en los
Laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos .
20/05/2013
476 9.4.9
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidadExiste un sistema de gestión para garantizar la trazabilidad
de las actividades.CRIT I
• PO06-SS-607-P001 Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados.
• PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados de Ensayo
• PO06-SS-602-P001 Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados de ensayo
• PE02-GC-LABS-P003 Procedimiento para Auditorías
Internas
Los Laboratorios cuentan con
procedimientos, instructivos, formatos,
guías y registros que establecen
lineamientos para realizar desde la
recepción de la solicitud de análisis hasta
la emisión de reportes de resultados
incluidos todos los procesos estratégicos,
operativos y de apoyo.
Para asegurar la trazabilidad de los
ensayos, se establecen y se dan
cumplimiento a los lineamientos de los
procedimientos de aseguramiento de la
calidad de los resultados.
Además, se hace seguimiento a la
implementación de los lineamientos a
través de Auditorías Internas .
Laboratorio de Productos Biológicos: no se
le detectaron hallazgos que representaran
una No conformidad durante auditoría de
29 y 30 de octubre de 2012.
El 5 y 6 de agosto recibió auditoría
combinada bajo NTC ISO/IEC 17025:2005
y NTC GP1000:2009 y el 2013-08-27 se
recibió auditoria bajo lineamientos OPS
El Laboratorio de Productos Biológicos
documentó planes de acción para levantar
las 3 no conformidades establecidas
durante las auditorias e inició la ejecución
de Oportunidades de mejora generadas
las mismas.
LOCM: El laboratorio de medicamentos
recibió la visita de precalificación de la
OMS del 15 al 17 de Abril de 2013.
El 20 y 21 de agosto de 2013 recibió
auditoría combinada bajo NTC ISO/IEC
17025:2005, Informe 44 OMS/OPS, TRS
N° 957, 2010, Informe 45 OMS/OPS, TRS
N° 961, 2011. y NTC GP1000:2009.
Se documentaron las acciones correctivas
05/03/2012, 2012/12/13,
11/09/2012, 04/07/2012,
06/08/2013, 17/04/2013 y
21/08/2013
477 9.4.10
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Las acciones correctivas, preventivas y de mejora definidas
para tratar los hallazgos evidenciados como resultado de
auditorías (no conformidades u observaciones) o de otras
actividades (autocontrol, revisiones por la dirección) son
implementadas y docume
NEC I
PE02-GC-LABS-P4 Acciones Correctivas y Preventivas
-PO01-SC-LABS-P2 Procedimiento Evaluación del Servicio
H488F10-PEC02-GC Plan de mejoramiento interno I488
Registro F12-PEC02-GC Mapa de Riesgos
Los Laboratorios tienen documentados:
Bajo lineamientos NTC ISO/IEC
17025:2005:
• Procedimiento PE02-GC-LABS-P004
Acciones Correctivas y Preventivas que
permite establecer los mecanismos para
eliminar las causas de las no
conformidades reales o potenciales,
detectadas durante el desarrollo de las
actividades de los Laboratorios del
INVIMA.
• Procedimiento Evaluación del Servicio
PO01-SC-LABS-P002 del que se genera
el formato Oportunidades de Mejora PO01-
SC-LABS-F006 donde se consignan todas
aquellas oportunidades de mejora del
SGC.
Bajo lineamientos GP 1000:2009:
• Formato F10-PEC02-GC Plan de
mejoramiento interno, para dar tratamiento
a acciones correctivas o desviaciones a la
norma GP1000:2009 o a los
procedimientos propios.
• Formato F12-PEC02-GC Mapa de
Riesgos para el manejo de acciones
preventivas.
La verificación y seguimiento de planes de
acción derivados de No conformidades de
Auditoria, es realizada por los auditores,
durante Auditorías Internas.
24/11/2010, 10/07/2013,
18/10/2013 y 18/10/2013
478 9.4.11
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidadExiste un sistema documentado de auditorías internas y
externas.NEC I
Existe el procedimiento PE02-GC-LABS-
P003 Procedimiento para Auditorías
Internas realizados en el marco normativo
de la NTC ISO IEC 17025:2005, el Informe
44:2010 e informe 45:2011.
Existe el Procedimiento Institucional
PEC01-GCI-PR01, Auditoría Interna para
realizar las auditorias en el marco
normativo GP 1000:2009.
Existe el documento PE01-GD-LABS-
MC001 Manual de Gestión de Calidad de
los Laboratorios donde se establece
política de auditorías internas y externas.
04/07/2012 30/04/2013
28/02/2013
479 9.4.12
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Existen evidencias de que El LOCM participa en esquemas
internacionales de estudios de desempeño, estudios
colaborativos y/ o comparaciones interlaboratorios.
NEC I
• PO06-SS-602-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
• PO06-SS-607-P001 Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados.
El Laboratorio de Medicamentos participa
en:
• El programa externo de Control de
calidad organizado por la OPS-USP,
• El External Quality Assurance
Assessment Scheme organizado por la
OMS,
• En la ronda internacional de ensayos
interlaboratorios organizado por el Comité
de Ensayos Interlaboratorios del Instituto
Nacional de Salud de Perú y LGC
Standars.
Actualmente se encuentra a la espera de
resultados enviados el 2013/09/13 al
Ministerio de Salud del Perú.
Bajo los lineamientos de la NTC ISO/IEC
17025: 2005 establecidos en los
procedimientos de aseguramiento de la
calidad en los laboratorios.
El Laboratorio de Productos Biológicos no
participa en esquemas internacionales de
estudios de desempeño, estudios
colaborativos y/ o comparaciones
interlaboratorios., debido a la oferta
inexistente en el mercado de este tipo de
pruebas.
13/09/2013 05/03/2012
11/09/2012
480 9.4.13
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sistema de gestión de la calidad
Los resultados indican un rendimiento adecuado en
esquemas de evaluación de desempeño, estudios
colaborativos y/o comparaciones interlaboratorios.
NEC I Informes de Participacion en interlaboratorios
LOCM: Los datos presentados en Cuadro
comparativo de los resultados obtenidos
año tras año, evidencian resultados
satisfactorios, cuando se ha tenido la
oportunidad de participar.
2011/10/31 y 30/03/2013
481 9.5.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExisten procedimientos o mecanismos de comunicación
efectiva con usuarios y partes interesadas.NEC I
• PA01-DAC-PR-01 Procedimiento Recepción,
Direccionamiento y Respuesta a Deuncias, Quejas,
Reclamos, Derechos de Petición y Sugerencias.
• PA01-DAC-PR-02 Procedimiento Información y Atención al
Ciudadano
• PA01-DAC-PR-03 Procedimiento Gestión de
Comunicaciones
Los Laboratorios especifican los
lineamientos para la prestación y
suministro de sus servicios, desde los
requerimientos del INVIMA, los cuales se
establecen a partir de las necesidades de
inspección, vigilancia y control, así como
aquellos aspectos encaminados a
asegurar la calidad e inocuidad de los
productos que se suministran a la
población colombiana.
Para ello interactúa con el proceso de
INSPECCION VIGILANCIA Y CONTROL
(IVC), como principal cliente de los
laboratorios, así como el proceso de
DIVULGACION Y ATENCION AL
CIUDADANO (DAC), en donde se
determinan las directrices que garantizan
la atención al cliente de manera eficaz,
eficiente y oportuna a través de
mecanismos que aseguran una
comunicación adecuada y permanente con
los usuarios.
A nivel institucional se definen
lineamientos en los procedimientos
10/09/2013, 17/09/2013 y
17/09/2013
482 9.5.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExisten procedimientos /herramientas para la preparación de
estándares, muestras , etc.CRIT I
PA01-MR-602-P004, Procedimiento para el Manejo de
Estándares , PA02-PA-602/7-P001, Procedimiento para
Solicitud de Muestras, Planificación de Análisis y Selección
de Metodología Analítica.
PA01-MR-607-P003, Procedimiento para el Manejo de
Materiales de Referencia
El Laboratorio Fisicoquímico de
medicamentos, compra estándares
primarios y prepara estándares
secundarios a partir de materias primas de
alta pureza, basándose en el PA01-MR-
602-P004, Procedimiento para el Manejo
de Estándares
Respecto a preparación de muestras, se
aplica la metodología del registro sanitario
o en las farmacopeas oficiales, siguiendo
adicionalmente, PA02-PA-602/7-P001,
Procedimiento para Solicitud de Muestras,
Planificación de Análisis y Selección de
Metodología Analítica.
El Laboratorio de Microbiología de
Medicamentos, compra y maneja
estándares primarios según el PA01-MR-
607-P003, Procedimiento para el Manejo
de Materiales de Referencia
LPB no prepara estándares. Cuando se
requiere, el Laboratorio de Productos
Biológicos prepara las muestras de
acuerdo a lo establecido en los
procedimientos operativos de desarrollo
del servicio.
17/11/2011, 20/12/2012 y
22/07/2013
483 9.5.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de Calidad Existen procedimientos escritos para desarrollar los ensayos CRIT I
LABORATORIO DE FISICOQUÍMICA DE
MEDICAMENTOS:
- PO04-DS-602-P002: Procedimiento para Realización de
Análisis por Metodología HPLC
- PO04-DS-602-P003: Consignación de Datos de los
Análisis, Revisión y Aprobación de Informes.
- PO04-DS-602-P004: Procedimiento para Realización de la
Prueba de Disolución
- PO04-DS-602-P005: Procedimiento para Realización de
Análisis por la Técnica TLC
- PO04-DS-602-P006: Procedimiento para Realizar Análisis
por la Técnica Espectrofotometría UV-VIS.
- PO04-DS-602-P007: Procedimiento para Medición de pH.
- PO04-DS-602-P008: Procedimiento para la Cuantificación
de Timerosal en Soluciones
- PA02-PM-602-P003: Estimacion de la Incertidumbre De
Medicion
LABORATORIO DE MICROBIOLOGÍA DE
MEDICAMENTOS:
- PO04-DS-607-P001: Detección de Endotoxinas por
Método de LAL.
- PO04-DS-607-P002: Prueba de Esterilidad
- PO04-DS-607-P003: Prueba de Límite Microbiano para
Medicamentos No Estériles.
- PO04-DS-607-P004: Prueba Biológica para Detección de
Pirógenos en Conejos.
- PO04-DS-607-P006: Detección de Endotoxinas por
Método de LAL Cromogénico y Turbidimétrico.
LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS:
- PO04-DS-603-P001 Evaluación de Protocolos.
- PO04-DS-603-P002 Determinación de la dosis letal 50
(DL50) de venenos ofídicos.
- PO04-DS-603-P003 Título neutralizante de suero
antiofídico
- PO04-DS-603-P004 prueba de inocuidad para vacuna y
sueros de origen animal.
- PO04-DS-603-P005 Prueba de identidad para vacuna de
hepatitis B por ADN recombinante
- PO04-DS-603-P006 Determinación de contenido de
Cada uno de los Laboratorios cuenta con
los procedimientos de ensayo
debidamente documentados, cuyo soporte
son las farmacopeas oficialmente
aceptadas en Colombia: Estados Unidos
de Norteamérica (USP), Británica (BP),
Codex Francés, Alemana (DAB), Europea
e Internacional (OMS) o la que en su
momento rija para la Unión Europea.
09/05/2012, 31/05/2012,
13/11/2012, 25/09/2013 y
14/06/2013
484 9.5.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExiste una planificación adecuada de ensayos y coordinación
de actividades.NEC I
PO03-RM-602/7-G002 Guía para Radicación de Muestras
para Análisis en el Laboratorio de Medicamentos
En el LOCM la planificación es realizada
por los líderes técnicos o profesional
asignado, por medio de la base de datos
ACCESS, donde se controla y registra el
ingreso de las muestras y la designación a
los analistas.
El Laboratorio de Productos Biológicos
define los análisis a ejecutar sobre cada
muestra y asigna un analista para ejecutar
cada uno en la Base de Datos de
muestras y/o Protocolos, para programar
las actividades de cada analista y
coordinar y supervisar ejecución y
resultados de análisis.
Con la implementación de la base de
datos de ACCES del LOCM se unificarán
los requerimientos de los informes de
resultados.
El 12 de agosto 2013 se instaló Base de
datos en el LPB para iniciar el desafío del
formato según requerimientos del
Laboratorio.Una vez desafiada la base de
datos y el formato de emisión de concepto
emitido desde la base de datos, se
requirieron ajustes para dar cumplimiento
a requisitos del LPB, una vez recibidos los
ajustes requeridos se terminará el ajuste
de documentación pertinente para
establecer la implementación bajo
lineamiento NTC ISO IEC 17025:2005. El
2013-11-06 se inicia revisión de
Coordinador de Laboratorio de Productos
Biológicos de la documentación creada y
modificada.
16/08/2012 y 12/08/2013
485 9.5.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExisten procedimientos para el manejo y retención de
muestras.NEC I
PO03-RM-LABS-P001 Manipulación del ítem de ensayo,
PO03-RM-602/7-G001 Guía de Manejo de Muestras y PO03-
RM-602/7-G001 Guía de Manejo de Muestras
El LOCM cuenta con el , en la cual se
describen las actividades para la
recepción, manipulación, protección,
almacenamiento, conservación y/o
disposición final de las muestras recibidas
en los laboratorios de medicamentos.
El Laboratorio de Productos Biológicos
establece la PO03-RM-603-G003 Guía
manejo del ítem de ensayo del Laboratorio
de Productos Biológicos para establecer
los requisitos para la recepción,
radicación, asignación, almacenamiento y
disposición final de muestras y protocolos
recibidos por el Laboratorio de Productos
Biológicos.
10/10/2013, 08/08/2013 y
24/04/2013
486 9.5.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExisten procedimientos para ensayos de categorías de
productos que requieren consideraciones especialesNEC I
PO02-PM-602/7-P001, Procedimiento para la Solicitud de
Muestras, Planificación de Análisis y Selección de
Metodología Analítica
El Laboratorio de Medicamentos realiza
sus ensayos manejando las metodologías
farmacopéicas descritas en el numeral
9.5.3, o metodologías de productos no
Farmacopéicos teniendo en cuenta el
expediente con el cual se aprobó el
registro sanitario.
El Laboratorio de Productos Biológicos
cubre en el alcance de todos sus
procedimientos operativos (de acuerdo al
ensayo) de manera general a todas las
vacunas, sueros de origen animal y
hemoderivados allegados al Laboratorio de
Productos Biológicos, sin establecer
consideraciones especiales.
20/12/2012
487 9.5.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadEstán definidos las especificaciones y criterios de validez
para cada ensayo.CRIT I
PA02-PM-602/7-P001 Procedimiento para Solicitud de
Muestras, Planificación de Análisis y Selección de
Metodología Analítica
Se toman las especificaciones aprobadas
en la información técnica enviada al
INVIMA para la aprobación del Registro
Sanitario de cada producto, Farmacopeas
oficiales en Colombia y Series de Informes
Técnicos de la OMS.
El Laboratorio de Microbiología de
medicamentos también sigue lo
establecido el PO02-SA-607-G001 Guía
para Consulta de Expediente.
Las especificaciones y criterios de validez
también se obtienen de FARMACOPEAS,
series de informes técnicos.
El Laboratorio de Productos Biológicos
establece los criterios de validez de cada
ensayo desde la validación o verificación
de metodologías y las especificaciones de
cada ensayo desde cada procedimiento
operativo.
20/12/2012 y 30/11/2012
488 9.5.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExisten estrategias, programas y procedimientos para la
implementación y validación de nuevas/mejoras de ensayos.NEC I
PA02-PM-602-P002 Procedimiento de Validaciones y
Verificaciones, para el Laboratorio de Fisicoquimica, PA02-
PM-603-P001: Protocolo de validación y verificación de
métodos analíticos y PA02-PM-607-P006 Procedimiento de
Validación y/o Verificación de Metodologías Analíticas
Anualmente dentro de las actividades de
los laboratorios se realizan validaciones o
verificaciones de técnicas analíticas
empleadas en los laboratorios, en el caso
del Laboratorio Fisicoquímico existe el
existe el PA02-PM-607-P006
Procedimiento de Validación y/o
Verificación de Metodologías Analíticas.
El Laboratorio de Productos Biológicos
posee el procedimiento PA02-PM-603-
P001: Protocolo de validación y
verificación de métodos analíticos.
PO06-SS-603-F001 Revisión y
actualización de metodología analíticas.
El LOCM establece la planeación de sus
validación
es o verificaciones de metodologías desde
el Plan de Calidad PE01-GD-LABS-F003
y el Plan Operativo Anual del Laboratorio.
04/07/2013, 12/12/2012,
01/02/2010 y 2013/05/20
489 9.5.9
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de CalidadExiste/n procedimiento/s para la evaluación de los resultados
de los ensayos y toma de decisiones.CRIT I
• PO06-SS-602-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
• PO06-SS-607-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados.
• PO02-SA-607-G001, Guía consulta de Expediente
• PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
• PO06-SS-603-D001 Política de Reensayo
• PO06-SS-603P002 Control de Datos
Los laboratorios comparan los resultados
de acuerdo a las especificaciones
aprobadas en registro sanitario.
Contando además, cada laboratorio con
procedimientos específicos para el
aseguramiento de la calidad de los
resultados
11/09/2012 y 30/11/2012
490 9.5.10
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de Calidad
Existe/n procedimiento/s para el manejo de resultados fuera
de especificaciones que incluyan la política que incluyan la
política de reensayo
CRIT IPA06-SS-LABS-P001 Procedimiento de Control de trabajo
de ensayo y ensayo no conforme
Los Laboratorios de Medicamentos
cuentan con el PO06-SS-602/7-P001
Manejo de Resultados Fuera de
Especificaciones, dónde se encuentran
incluidas las políticas de reensayo en cada
caso.
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con:
• PO06-SS-603-D001 Política de reensayo
• Políticas de reensayo especificas para
algunas metodologías
2010/12/15 2013/10/10
491 9.5.11
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de Calidad
Existe un formato estándar de hoja de trabajo analítico o
como se le denomine, para registrar información sobre la
muestra, los procedimientos de ensayo, los datos primarios
obtenidos en el análisis, cálculos (cuando aplique) y
resultados de análisis.
NEC I
El Laboratorio Fisicoquímico de Medicamentos cuenta con
los formatos: PO04-DS-602-F004 Datos de Análisis de
Muestras y PO04-DS-602-F001 Formato para Consignación
de Datos de los Análisis el Laboratorio.
El Laboratorio de Microbiología de Medicamentos cuenta
con varios formatos para consignación de datos de los
análisis el laboratorio:
PO04-DS-607-F001 Hoja de Trabajo Prueba de LAL
PO04-DS-607-F002 Hoja de Trabajo Prueba de Esterilidad
PO04-DS-607-F003 Hoja de Trabajo Limite Microbiano
PO04-DS-607-F004 Hoja de registro diario prueba de
esterilidad
PO04-DS-607-F005 Formato de Realización de
Spike/Unspike en la prueba de L.A.L
PO04-DS-607-F009 Hoja de cálculos prueba de L.A.L
PO04-DS-607-F010 Hoja de trabajo Prueba de Pirógenos
PO04-DS-607-F011 Prueba en Blanco para Pirógenos.
PO04-DS-607-F013 Control de Técnicas
PO04-DS-607-F014 Hoja de Trabajo Prueba de LAL
Cromogénico
PO04-DS-607-F015 Hoja de Trabajo Prueba de LAL
Turbidimétrico
El Laboratorio de Productos Biológicos implementa
diferentes formatos de toma de datos primarios según los
requerimientos individuales de las metodologías realizadas
en el Laboratorio:
PO04-DS-603-F015 Hoja de Trabajo Analítico
PO04-DS-603-F0016 Hoja de trabajo prueba de identidad
para vacuna hepatitis b obtenida por ADN recombinante
PO04-DS-603-F004 Prueba de inocuidad
- PO04-DS-603-F025 Prueba de homogeneidad en vacuna
B.C.G
- PO04-DS-603-F026 Prueba de identidad para vacuna
B.C.G.
- PO04-DS-603-F027 Prueba de termoestabilidad para
vacuna B.C.G. liofilizada
- PO04-DS-603-F028 Prueba de Viabilidad para vacuna
BCG liofilizada
-PO04-DS-603-F033 HOJA DE TRABAJO DE LA PRUEBA
El Laboratorio de Medicamentos establece
un formato estándar para reporte de
resultados, que se encuentra en base de
datos.
11/04/2013, 18/07/2013,
31/05/2012, 24/12/2012,
29/07/2013,22/10/2012,
08/08/2012, 23/10/2013 y
29/07/2013
492 9.5.12
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Procedimientos de Control de Calidad
Los criterios adoptados por el LOCM para la evaluación de
un producto son seleccionados de acuerdo al principio activo
y los tipos de muestras a evaluar, independientemente del
origen del producto.
CRIT I
PO02 -SA-LABS-P001 Revisión de solicitud de análisis,
O03-RM-602/7-G002 Guía para Radicación de Muestras
Para Análisis en el Laboratorio de medicamentos y adicional
a ello aplican el PA02-PM-602/7-P001 Procedimiento para
solicitud de muestras, planificación de análisis y selección
de metodología analítica.
En el Laboratorio de Microbiología de Medicamentos se
aplica el procedimiento PO03-RM-607-G001 Guía para la
recepción, revisión y radicación de las muestras en el
laboratorio de microbiología de medicamentos.
El Laboratorio de Productos Biológicos cuenta con la PO02-
SA-603-G001 Guía para la Revisión de la solicitud de
análisis en el Laboratorio de Productos Biológicos, el
Portafolio de Servicios PO02-SA-603-D001 y los registros
de las Ficha Técnica de Productos Biológicos PO04-DS-
603-F003.
Los productos, independientemente de su
fuente, siguen el mismo criterio de ensayo
y/o evaluación:
El Laboratorio de Medicamentos cuenta
con el PO03-RM-602/7-G002 Guía para
Radicación de Muestras Para Análisis en
el Laboratorio de medicamentos y
adicional a ello aplican el PA02-PM-602/7-
P001 Procedimiento para solicitud de
muestras, planificación de análisis y
selección de metodología analítica.
En el Laboratorio de Microbiología de
Medicamentos se aplica el procedimiento
PO03-RM-607-G001 Guía para la
recepción, revisión y radicación de las
muestras en el laboratorio de
microbiología de medicamentos.
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con la PO02-SA-603-G001 Guía
para la Revisión de la solicitud de análisis
en el Laboratorio de Productos Biológicos,
el Portafolio de Servicios PO02-SA-603-
D001 y los registros de las Ficha Técnica
de Productos Biológicos PO04-DS-603-
F003.
25/06/2013, 16/08/2012,
31/07/2012 y 22/07/2013
493 9.6.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
Existe un mecanismo para la designación de analistas y la
definición de sus responsabilidades y facultades en el
LOCM.
CRIT I PA03-GP-LABS-P001 Gestión Interna de Personal
Cada analista tiene un proceso de
inducción y de entrenamiento y se evalúa
la competencia siguiendo el
procedimiento PA03-GP-LABS-P001
Gestión Interna de Personal.
Existe la Matriz de Autorizaciones PA03-
GP-LABS-F004.
Una vez definidas las autorizaciones,
responsabilidades e interacciones de cada
grupo en la matriz se designan análisis en
la Base de datos de muestras y/o
protocolos PO03-RM-603-F002.
14/12/2012
494 9.6.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
Las descripciones de cargo están establecidas para
directivos, técnicos, y personal involucrado en los ensayos,
y/o calibraciones, validaciones y verificaciones.
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de los
Laboratorios y Manual de Funciones del INVIMA
La versión vigente del manual de calidad:
señala los perfiles de ROLES del SGC
(Alta Dirección, coordinador de laboratorio,
líder técnico, facilitador de calidad,
analista, personal técnico operativo,
auxiliar de laboratorio, secretaria) Existen
dos tipos de vinculación de personal: de
planta y contractual.
Así mismo, para personal de planta,
existe el Manual Especifico de Funciones y
de Competencias Laborales y para el
personal vinculado por contrato de
prestación de servicios, las condiciones
específicas se encuentran establecidas en
cada contrato.
28/02/2013 y 2013/05/31
495 9.6.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
Está definida la experticia requerida para ser designado
como analista en base a educación, experiencia y
entrenamiento
CRIT IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de los
Laboratorios y Manual de Funciones del INVIMA
La versión vigente del PE01-GD-LABS-
MC001 Manual de Gestión de los
Laboratorios define el perfil, experiencia y
entrenamiento requerido para el rol de
analista de los laboratorios del INVIMA.
28/02/2013
496 9.6.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos Existe un plan de capacitación del personal desarrollado e
implementadoNEC I
PA03-GP-LABS-P001 Gestión Interna de Personal, PA05-
GTH-PR02 Procedimiento Inducción, Reinducción y
Entrenamiento en el Puesto de Trabajo y PA05-GTH-PR23
Capacitación: Educación para el trabajo y el desarrollo
humano.
En el momento de ingresar el personal al
laboratorio recibe una induccion y
entrenamiento en el puesto de trabajo en
cada uno de los laboratorios, aplicando el
procedimiento PA03-GP-LABS-P001
Gestión Interna de Personal, con las guías
de entrenamiento especificas por
Laboratorio.
Existe un programa anual de capacitación
acorde a las necesidades de cada
dependencia. Este programa es definido a
nivel institucional e incorpora los
requerimientos de las áreas técnicas.
PA05-GTH-PR02 Procedimiento
Inducción, Reinducción y Entrenamiento
en el Puesto de Trabajo.
PA05-GTH-PR23 Capacitación: Educación
para el trabajo y el desarrollo humano.
14/12/2012, 03/10/2013 y
06/09/2013
497 9.6.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos Se realiza el monitoreo del desarrollo de las competencias
adquiridas después de las actividades de entrenamiento.NEC I
Informes de resultados de pruebas intralaboratorios y
registros PA03-GP-LABS-F007 Evaluación y Seguimiento
de la Competencia del Personal.
Se evalúa anualmente la competencia del
personal, mediante el formato PA03-GP-
LABS-F007 Evaluación y Seguimiento de
la Competencia del Personal,
adicionalmente los analistas participan en
pruebas intralaboratorios que permitan
realizar seguimiento a la competencia
técnica del personal.
31/12/2012
498 9.6.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
Existe un mecanismo para manejar conflictos de interés
garantizando la actualización de la declaración de conflictos
de interés
CRIT I
PE01-GD-LABS-P002 Procedimiento de Confidencialidad,
Protección de la Información Confidencial, Imparcialidad e
Integridad
Todo el personal vinculado al INVIMA
desde su ingreso debe seguir el código de
ética y de buen gobierno de la Institución.
Existe el PE01-GD-LABS-P002
Procedimiento de Confidencialidad,
Protección de la Información Confidencial,
Imparcialidad e Integridad
18/02/2013
499 9.6.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
Existe un mecanismo para garantizar los requerimientos de
confidencialidad, por ejemplo la observancia de un código de
conducta por los analistas.
CRIT I
PE01-GD-LABS-P002 Procedimiento de Confidencialidad,
Protección de la Información Confidencial, Imparcialidad e
Integridad
Se ha establecido PE01-GD-LABS-P002
Procedimiento de Confidencialidad,
Protección de la Información Confidencial,
Imparcialidad e Integridad. En este
contexto cada funcionario firma una
declaración de Contrato de
confidencialidad.
Adicionalmente en las cláusulas de los
contratos se contempla este aspecto, así
como en los manuales de funciones
específicos
18/02/2013 y 31/05/2013
500 9.6.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos Existe un número de analistas adecuado para implementar el
plan de trabajo.INFO I
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de los
Laboratorios y Manual de Funciones del INVIMA
El Laboratorio de Medicamentos cuenta
con 1 coordinador y 1 secretaria.
El LFQM cuenta con 10 profesionales y 2
técnicos
1 Profesional Líder Técnico
1 Profesional Facilitador de calidad
9 Analistas
2 Técnicos Operativo
El LMM cuenta con 6 profesionales 1
técnico
1 Profesional analista (Líder Técnico)
1 Profesional analista (Facilitador de
Calidad)
4 Analistas
1 Técnico Operativo
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con:
1 Coordinador/Analista
1 Líder Técnico/Analista
1 Facilitador de Calidad
6 analistas (2 en entrenamiento técnico)
1 técnico operativo
08/10/2013
501 9.6.9
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Recursos humanos
El LOCM participa de manera efectiva y suficiente en las
actividades de fiscalización / vigilancia conforme a lo
establecido.
INFO IPE01-GD-LABS-MC001 Manual de Gestión de los
Laboratorios y Manual de Funciones del INVIMA
El laboratorio apoya las actividades de
Inpección, Vigilancia y Conttol (IVC), con
los resultados y soportes técnicos de los
análisis a muestras tomadas durante el
proceso de inspección, vigilancia y control.
El Laboratorio de Productos Biológicos no
aplica a este indicador.
12/06/2013
502 9.7.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoExiste un espacio de trabajo, ambiente y almacenamiento
adecuados para las actividades del laboratorio.CRIT I
PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
PO06-SS-602-P002 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
PO06-SS-607-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados.
Se adjudicó la Licitación 10/2013 para realizar adecuaciones
a los Laboratorios de la sede del CAN. Estas adecuaciones
se ejecutan actualmente.
Los Laboratorios incluido el Laboratorio de
Productos Biológicos cuenta con varias
áreas separadas y adecuadas de acuerdo
a sus actividades.
Actualmente el Laboratorio de
Microbiología de medicamentos cuenta
con áreas separadas para cepas, análisis
de Esterilidad, prueba de LAL y Límite
microbiano.
Cada laboratorio cuenta con
procedimientos de aseguramiento de la
calidad.
11/09/2012
503 9.7.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoExiste un adecuado equipamiento e instrumentos para
realizar los ensayosCRIT I PA06-GM-LABS-P001 Gestión Metrológica
Los laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos cuentan con los
equipos adecuados para el Control de
Calidad de los productos de su
competencia.
28/01/2013
504 9.7.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y Equipamiento Existen protocolos de calificación y sus respectivos registros. CRIT IPA06-GM-602/3/7-D001 Requerimientos y criterios de
aceptación para la calificación de equipos e instrumentos
Los laboratorios cuentan con el PA06-GM-
602/3/7-D001 Requerimientos y criterios
de aceptación para la calificación de
equipos e instrumentos
09/04/2013
505 9.7.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoHay manuales de operación, procedimientos operativos y
sus correspondientes registros (uso y mantenimiento).CRIT I PA06-GM-LABS-P001 Gestión Metrológica
Los laboratorios cuentan con un
procedimiento PA06-GM-LABS-P001
Gestión Metrológica
El laboratorio cuenta con guías operativas
e instructivos para el uso de equipos.
El mantenimiento de los equipos se hace a
través de proveedores externos.
28/01/2013
506 9.7.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoExiste un plan de calibración y mantenimiento de los
equiposCRIT I PA06-GM-LABS-P001 Gestión Metrológica
Se cuenta con el formato PA06-GM-LABS-
F003 Plan de control de equipos o
instrumentos.
28/01/2013
507 9.7.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoAdecuados servicios de apoyo son suministrados en
términos de transporte y comunicaciónNEC I No Aplica
En el laboratorio cuenta con el siguiente
sistema de información:
- Correo institucional
- Líneas telefónicas independientes para
cada laboratorio
- Base de Datos ACCES (respaldada en el
servidor del INVIMA)
- Plataforma SE SUITE
- Internet
- Fax
- Página institucional
- Mensajería interna
No Procede
508 9.7.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoLa relación de analistas/área de laboratorio permite que las
actividades de LOCM se lleven a cabo de manera eficiente.INFO I Manual de Funciones del INVIMA
Se cuenta con un número de profesionales
acorde con la capacidad física de los
laboratorios, sin embargo se proyecta
adecuación física del diseño de los
laboratorios de microbiología,
fisicoquímica de medicamentos y de
productos biológicos.
Se adjudicó la Licitación 10/2013 para
realizar adecuaciones a los Laboratorios
de la sede del CAN. Estas se ejecutan
actualmente.
11/01/2013
509 9.7.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Infraestructura y EquipamientoLa capacidad instalada y analítica del LOCM es suficiente
para dar respuesta a todas las solicitudes de análisis.INFO I No Aplica
Las áreas y los equipos que hay
actualmente garantizan la respuesta
oportuna a todas las solicitudes de
análisis.25/06/2013
510 9.8.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Política de Validación
Existe un Plan Maestro de Validación, se han validados los
métodos no compendiados y verificados los métodos
compendiados.
CRIT I
El laboratorio fisicoquímico de medicamentos cuenta con el
:
- PA02-PM-602-P002 Procedimiento General de Validación
del cual se desprenden las diferentes guías de validación
como son:
- PA02-GM-602-G001: Guía de Verificación de la Técnica
Analítica de Acetaminofen en Jarabe por HPLC,
- PA02-GM-602-G002: Guía de Verificación Técnica
Analítico de TLC para Trimetoprim Sulfa Suspensión,
- PA02-GM-602-G003: Guía de Verificación Técnica
Analítica de Albendazol Tabletas por Espectrofotometría
UV,
- PA02-GM-602-G004: Guía De Verificación Técnica
Analítica Por Espectrofotometría Ir Para Identificación de
Metaformina Clorhidrato Tabletas.
- -PA02-PM-602-G005: Guía de Validación Técnica
Analítica de Cloruros en Soluciones por Volumetria.
-PA02-PM-602-G006 Guía de Validación Técnica Analítica
de Timerosal en Soluciones por Espectrofotometría UV/VIS.
-PA02-PM-602-G007 Guía de Verificación del
Procedimiento de Disolución con Tabletas de Prednisona
USP.
El laboratorio de Microbiología cuenta con el PA02-PM-607-
P006, Procedimiento para Validación y/o Verificación de
Métodos Analíticos del cual se derivan los siguientes
procedimientos:
- PA02-PM-607-P001: Procedimiento para la validación de
la prueba endotoxinas por el método de Limulus Amebocito
Lisado (LAL).
- PA02-PM-607-P002: Procedimiento para la validación de
la prueba de esterilidad.
- PA02-PM-607-P003 Procedimiento para la estimación de
la incertidumbre de métodos microbiológicos
- PA02-PM-607-P004: Procedimiento para la validación de
la Técnica de Límite Microbiano.
- PA02-PM-607-P005: Procedimiento para la Validación de
la Prueba de Pirógenos.
El Laboratorio de Productos Biológicos cuenta con el
Procedimiento PA02-PM-603-P001 Protocolo de Validación
Por norma general, los laboratorios deben
utilizar métodos oficiales con
reconocimiento internacional a los cuales
se les realizan verificaciones internas.
Los laboratorios cuentan con
procedimientos y guias de validacion y/o
verificación de técnicas analíticas.
31/05/2012, 2011/09/01,
2011/11/01, 2013/04/08 y
2012/12/07
511 9.8.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Política de ValidaciónExisten procedimientos para la transferencia de métodos
validados (por ejemplo, desde el fabricante).CRIT I
Procedimiento Transferencia de Métodos PA02-PM-602/3/7-
P001 y en el formato PA06-PM-602/3/7-F001 Transferencia
de Métodos
Los Laboratorios de Medicamentos y
Productos Biológicos crearon lineamientos
en el Procedimiento Transferencia de
Métodos PA02-PM-602/3/7-P001, y en el
formato PA06-PM-602/3/7-F001
Transferencia de Métodos.
Para el laboratorio de Productos
Biológicos, adicionalmente existe una
disposición en la resolución 2010022392
de 2010. Articulo 2, Parágrafo 2.
2010/02/23 2013/05/29
512 9.9.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y Reactivos
En caso de contar con estándares/materiales de referencia
nacionales de sustancias químicas, existe un sistema para
establecer y calificar dichos materiales.
CRIT I PA01-MR-607-P001 Materiales de Referncia
Se emplean estándares de referencia
internacionales. El Laboratorio de
medicamentos emplea estándares
primarios USP.
Como estándares de trabajo se emplean
materias primas valoradas contra estándar
primario.
No Procede
513 9.9.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExisten criterios definidos para la selección de
estándares/materiales de referencia.CRIT I Registro PA04-GS-LABS-F001 Solicitud de Compras 2014
En el Plan de compras institucional se
definen las características o
especificaciones técnicas que deben
cumplir los estándares de referencia, las
cuales se evalúan técnicamente cuando
los diferentes oferentes presentan sus
propuestas comerciales.
LPB: acorde al expediente de RS,
estándares utilizados por el productor
según expediente y disponibilidad de
estándares por la OMS y NIBSC.
31/01/2013
514 9.9.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExiste un sistema regular de suministro que asegure la
disponibilidad de estándares/materiales de referencia.NEC I Registro PA04-GS-LABS-F001 Solicitud de Compras 2014
Se obtienen a través de plan de compras
de bienes de consumo y devolutivos y/o
los servicios que se requieren en la
vigencia fiscal correspondiente.
31/01/2013
515 9.9.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExiste/n procedimiento/s para el adecuado manejo, uso y
verificación de estándares/materiales de referencia.CRIT I
PA01-MR-607-P003 Manejo de Materiales de Referencia,
PA01-MR-602-P004 Manejo de Estándares y PPA01-MR-
603-P006 Manejo de Materiales de Referencia y
Aseguramiento de la Calidad de los Resultados de Ensayo
PO06-SS-603-P001
En el laboratorio fisicoquímico, cuenta con
el procedimiento manejo de estándares
PA01-MR-602-P004
El laboratorio microbiología de
medicamentos, cuenta con el
procedimiento PA01-MR-607-P003
Manejo de Materiales de Referencia
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con el procedimiento PA01-MR-603-
P006 Manejo de Materiales de Referencia
y Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados de Ensayo PO06-SS-603-
P001
20/12/2012
516 9.9.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExiste/n procedimiento/s para recepción, almacenamiento y
uso de reactivos de calidad garantizada.CRIT I
Manejo de reactivos PA01-MR-607-P004 y Recepción y
Almacenamiento de Reactivos y Sustancias Químicas PA01-
MR-603-P005
En el laboratorio fisicoquímico, cuenta con
el procedimiento para la recepción,
manipulación, almacenamiento y entrega
de reactivos PA01-MR-602-P007
El laboratorio microbiología de
medicamentos, cuenta con el
procedimiento para el manejo de reactivos
PA01-MR-607-P004.
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con el Procedimiento Recepción y
Almacenamiento de Reactivos y
Sustancias Químicas PA01-MR-603-P005
20/12/2012
517 9.9.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExiste/n procedimiento/s para la preparación de reactivos en
el laboratorio.NEC I
PA01-MR-602-P006 Procedimiento para Manejo de
Soluciones, PA01-MR-607-P004, Procedimiento para el
Manejo de Reactivos y PA01-MR-603-D001 Preparación de
reactivos para el ensayo “determinación de fenol¨
En el laboratorio fisicoquímico, se cuenta
con el PA01-MR-602-P006 Procedimiento
para Manejo de Soluciones.
El laboratorio microbiología de
medicamentos, cuenta con el PA01-MR-
607-P004, Procedimiento para el Manejo
de Reactivos.
El laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con tres documentos para la
preparación de reactivos según los
ensayos
PA01-MR-603-D001 Preparación de
reactivos para el ensayo “determinación de
fenol
PA01-MR-603-D002 Preparación de
reactivos para el ensayo “prueba de
identidad para la vacuna de hepatitis b
obtenida por ADN recombinante
PA01-MR-603-D004 Preparación de
reactivos ensayo cloruro de sodio
20/12/2012
518 9.9.7
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExisten registros de la preparación y estandarización de
soluciones volumétricas.NEC I
PA01-MR-602-P006 Procedimiento para Manejo de
Soluciones, PA01-MR-602-F010 Formato de preparación
y/o valoración de soluciones y PA01-MR-603-I003
Preparación de Soluciones, Estándar y soluciones
Volumétricas
En el laboratorio fisicoquímico, se cuenta
con el PA01-MR-602-P006 Procedimiento
para Manejo de Soluciones.
PA01-MR-602-F010 Formato de
preparación y/o valoración de soluciones.
El Laboratorio de microbiología no prepara
soluciones.
El Laboratorio de Productos Biológicos
cuenta con Instructivo PA01-MR-603-I003
Preparación de Soluciones, Estándar y
soluciones Volumétricas y los registros se
diligencian en las hojas de
PA01-MR-603-F014 Preparación y control
de soluciones
PA01-MR-603-F015 Hoja de trabajo
analítico
20/12/2012
519 9.9.8
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Estándares de Referencia, materiales y ReactivosExiste un sistema regular de abastecimiento de estándares o
materiales de referencia.CRIT I Registro PA04-GS-LABS-F001 Solicitud de Compras 2014
Se obtienen a través de plan de compras
de bienes de consumo y devolutivos y/o
los servicios que se requieren en la
vigencia fiscal correspondiente.
31/01/2013
520 9.10.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunas
Se lleva a cabo la verificación (el chequeo) sistemática(o) del
cumplimiento de las especificaciones.CRIT I
PO04-DS-603-F023 Control de Tendencia de Productos.
PO04-DS-603-P001 Evaluación de Protocolos
El Laboratorio de Productos Biológicos
realiza control de especificaciones a través
de:
PO04-DS-603-F023 Control de Tendencia
de Productos.
PO04-DS-603-P001 Evaluación de
Protocolos
17/04/2013
521 9.10.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunasSon tomadas acciones correctivas en caso de desvíos CRIT I
PO04-DS-603-D002 Política de ensayo para liberación de
lotes.
PO06-SS-603-D001 Política de reensayo
El Laboratorio de Productos Biológicos
sigue los lineamientos de:
PO04-DS-603-D002 Política de ensayo
para liberación de lotes.
PO06-SS-603-D001 Política de reensayo
18/04/2013
522 9.10.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunas
Existe documentación que establezca el mecanismo de
evaluación periódica de la organización y el desarrollo del
SGC, los registros y resultados.
CRIT I
PM02-IVC-PR04 Procedimiento Alertas Sanitarias y PM02-
IVC-PR06 PROCEDIMIENTO MEDIDAS SANITARIAS DE
SEGURIDAD
Ya que el objetivo, del proceso
EXPEDICIÓN DE REGISTROS
SANITARIOS Y TRÁMITES ASOCIADOS
es adelantar estudios sobre los trámites de
expedición de Registros Sanitarios y
trámites asociados a los productos de
competencia del INVIMA, emitiendo, de
conformidad con la normatividad sanitaria
vigente, actuaciones administrativas que
cumplan con los términos de
oportunidad establecidos y con calidad, la
entidad establece lineamientos, que
deben ser ejecutados por cada Grupo de
Registros sanitarios de cada dirección
técnica, en el procedimiento PM01-RS-
PR12 Revisión de oficio.
Ya que el objetivo del proceso Inspección
Vigilancia y Control sanitario es realizar la
planeación, ejecución y evaluación de las
actividades de inspección, vigilancia y
control, y temas asociados, basadas en un
enfoque de riesgo con el propósito de
garantizar el cumplimiento de los
requisitos sanitarios establecidos en la
normatividad vigente, la entidad establece
lineamientos, que deben ser ejecutados
por Grupo de IVC de la Direccción de
Operaciones Sanitarias, en el
procedimiento PM02-IVC-PR04
Procedimiento Alertas Sanitarias y PM02-
IVC-PR06 PROCEDIMIENTO MEDIDAS
SANITARIAS DE SEGURIDAD
28/09/2012 y 03/07/2013
523 9.10.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunas
Se lleva a cabo el seguimiento y análisis de tendencias de
datos de los resultados de laboratorio.CRIT I
Se realizó análisis de datos e informe
consolidado de tendencias para el 2012
Se convierte en indicador mensual para
garantizar mantenimiento.
En el laboratorio de microbiología de
medicamentos, se encuentran los
indicadores actualizados a Diciembre 31
de 2013 en archivo Excel.
El Laboratorio de Productos Biológicos
realiza control actualizado de
especificaciones a través del PO04-DS-
603-F023 Control de Tendencia de
Productos y PO06-SS-603-F002 Carta de
Control.
08/10/2013
524 9.10.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunas
Se lleva a cabo el seguimiento y análisis de tendencia de los
datos obtenidos de materiales de referencia.CRIT I
PA01-MR-602-P004, Procedimiento de Manejo de
Estándares, PA01-MR-607-P002 Manejo de Cepario y
PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
Se cuenta con el PA01-MR-602-P004,
Procedimiento de Manejo de Estándares,
el cual se encuentra implementado
PA01-MR-607-P002 Manejo de Cepario
LMM cuenta con el seguimiento y análisis
de tendencia de los datos obtenidos de
materiales de referencia en archivo Excel.
Actualizado desde noviembre 2010 hasta
el 31 diciembre 2013 en cepas, desde
enero 2011 hasta el 31 diciembre 2013
para endotoxinas (LAL Gel Clot, LAL
Cromogénico y LAL Turbidimétrico).
El Laboratorio de Productos Biológicos
sigue los lineamientos del procedimiento
PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la
calidad de los resultados de ensayo,
donde se establecen lineamientos de
seguimiento y análisis de los resultados
obtenidos de los materiales de referencia
utilizados en las diferentes metodologías.
31/10/2012 y 08/10/2013
525 9.10.6
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Monitoreo, análisis, y manejo regulatorio de los
resultados LOCM de vacunas
Se lleva a cabo la comparación de los resultados obtenidos
con los del fabricante.CRIT I PA01-MR-607-P002 Manejo de Cepario
Si. Los resultados deben estar de acuerdo
con lo aprobado por registro Sanitario y es
lo declarado por el fabricante.
El Laboratorio de Productos Biológicos
realiza comparación de los resultados
obtenidos con los del fabricante.
11/10/2012
526 9.11.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Programa de Seguridad Las listas de sustancias peligrosas están disponibles. NEC I
PA01-MR-602-F014 Listado General de Reactivos que se
encuentra en el almacén, PA01-MR-607-F007 Listado de
estándares y/o reactivos y PA01-MR-603-F009 Listado de
Reactivos.
El laboratorio fisicoquímico de
medicamentos cuenta con PA01-MR-602-
F014 Listado General de Reactivos que se
encuentra en el almacén.
El laboratorio microbiológico de
medicamentos cuenta con un PA01-MR-
607-F007 Listado de estándares y/o
reactivos.
El Laboratorio de Productos Biológicos
implementa Formato PA01-MR-603-F009
Listado de Reactivos.
08/10/2013
527 9.11.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Programa de SeguridadEstá designado un responsable del equipo para la gestión
del programa de seguridad.NEC I No Aplica
Si, cada laboratorio tiene designados
brigadistas convocados periódicamente o
según requerimientos para ejecución de
actividades de capacitación o informativas.
No Procede
528 9.11.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Programa de SeguridadExiste un procedimiento para el almacenamiento, manejo y
disposición de sustancias peligrosas.CRIT I No Aplica
Laboratorio Medicamentos cuentan con un
almacén de reactivos donde se encuentran
clasificados según su peligrosidad.
Se cuenta con el procedimiento
transversal PA05-GF-LABS-P001
Procedimiento de Bioseguridad, dónde se
contempla éste aspecto.
Adicionalmente, el Laboratorio
fisicoquímico de medicamentos, cuenta
con el PA01-MR-602-P007 Procedimiento
para la Recepción, Manipulación,
Almacenamiento y Entrega de reactivos.
PA05-GF-602-P001 Procedimiento para el
Manejo y Eliminación de Desechos de
Análisis en el Laboratorio Fisicoquímico de
medicamentos.
El laboratorio de microbiología de
medicamentos, cuenta con:
PA01-MR-607-P004, Procedimiento para
el Manejo de Reactivos.
PA05-GF-607-P004 procedimiento para el
manejo y eliminación de residuos
microbiológicos y químicos.
El Laboratorio de Productos Biológicos
implementa los lineamientos establecidos
en el procedimiento Manejo y disposición
final de desechos en el laboratorio de
productos biológicos PA05-GF-603-P004.
2011/11/17 2013/08/08
2012/12/20
529 9.11.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Programa de SeguridadEstán definidos los requerimientos de inmunización del
personal y los mismos se han cumplimentado.NEC I
El proceso de Gestión de Talento humano
se encuentra desarrollando jornadas de
Vacunación en el marco del programa de
Riesgo Biológico.
A la fecha se han llevado a cabo jornadas
de vacunas contra Hepatitis B y Tetanos,
con cobertura a personal de planta.
Los soportes se encuentran en Talento
Humano.
No Procede
530 9.12.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sub ContrataciónEstá establecida la lista de todos los ensayos, que el LOCM
contrata a otros laboratorios y organizaciones.CRIT I No Procede No Procede No Procede
531 9.12.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sub ContrataciónExiste un acuerdo/contrato formal definiendo el alcance y
responsabilidades de cada parte.CRIT I No Procede No Procede No Procede
532 9.12.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sub Contratación
El acuerdo tiene en consideración los puntos relacionados a
conflictos de interés y confidencialidad del laboratorio
contratado.
CRIT I No Procede No Procede No Procede
533 9.12.4
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sub Contratación
El acuerdo/contrato formal asegura que los requerimientos
establecidos por el LOCM son aplicados de la misma
manera por la organización sub contratada?
CRIT I No Procede No Procede No Procede
534 9.12.5
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Sub Contratación
Existe un mecanismo o procedimiento documentado que
asegura la competencia técnica del laboratorio sub –
contratista.
NEC I No Procede No Procede No Procede
535 9.13.1
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Registros y ResultadosExiste una lista /base de datos de todos los productos
ensayadosCRIT I
Base de Datos Acces y registro Control de Tendencia de
Producto PO04-DS-603-F023
El laboratorio de Medicamentos:
cuentan con una base de datos ACCES
(respaldada en el servidor del INVIMA) con
los productos ensayados y donde se le
hace la trazabilidad a los mismos.
En el Laboratorio de Productos Biológicos:
existe una base de datos de Muestras y/o
Protocolos en la cual se encuentra la
información relacionada de los productos
que entran para análisis al Laboratorio.
En el formato Control de Tendencia de
Producto PO04-DS-603-F023 se registran
todos los productos allegados al
Laboratorio con sus respectivos
resultados de análisis.
12/08/2013
536 9.13.2
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Registros y ResultadosLos registros de ensayos se mantienen fácilmente
disponibles en el LOCM.CRIT I
A06-GM-602/7-P001 Control de Datos y la Guía interna de
gestión metrológica PA06-GM-603-G029.
Los Laboratorios cuentan con el formato
PE02-GC-LABS-F005 Control de
Registros, en el cual se estipula que los
registros en medio físico se mantienen
disponibles por un periodo de tiempo en el
laboratorio y después, cuando van al
archivo central de INVIMA donde
permanecen hasta 10 años por norma
legal de Archivo General de la Nación.
Posteriormente se disponen de acuerdo a
lo que determine el Comité de archivo y el
jefe de laboratorios.
Se realizan Back ups de los equipos
instrumentales periódicamente teniendo en
cuenta el PA06-GM-602/7-P001 Control de
Datos y la Guía interna de gestión
metrológica PA06-GM-603-G029.
03/10/2013
537 9.13.3
Laboratorio Oficial de
Control de
Medicamentos (LOCM)
Registros y Resultados
Existe un formato estándar de informe de resultados de
ensayo emitido por el laboratorio, con la información
necesaria para la correcta identificación del solicitante, la
muestra, el tipo de ensayo realizado, los resultados y las
conclusiones del análisis
CRIT I PE05-ER-602/7-P001 Emision de Informes de Resultados
Para el LOCM la base de datos de
medicamentos emite un formato de
emisión de resultados con requerimientos
estándar.
El Laboratorio de Medicamentos cuenta
con la base de datos Acces dónde realiza
sus informes de ensayo en los formatos
PO05-ER-602-F001 Reporte de Análisis
Fisicoquímico y PO05-ER-607-F001
Reporte de Análisis Microbiológico.
El Laboratorio de Productos Biológicos
implementa el PO05-ER-603-F001
Informe de concepto de calidad.
Con la implementación de la base de
datos de ACCES del LOCM se unificarán
los requerimientos de los informes de
resultados de los Laboratorios.
El 12 de agosto 2013 se instaló Base de
datos en el LPB para iniciar el desafío del
formato según requerimientos del
Laboratorio.Una vez desafiada la base de
datos y el formato de emisión de concepto
emitido desde la base de datos, se
requirieron ajustes para dar cumplimiento
a requisitos del LPB, una vez recibidos los
ajustes requeridos se terminará el ajuste
de documentación pertinente para
establecer la implementación bajo
lineamiento NTC ISO IEC 17025:2005. El
2013-11-06 se inicia revisión de
Coordinador de Laboratorio de Productos
Biológicos de la documentación creada y
modificada.
13/11/2012, 31/01/2013 y
12/08/2013
538 10.1.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de LoteDisposición para la liberación de lotes, incluido el funcionario
responsable para firmar el certificado de liberación de lotes.CRIT I
Sí, además aplica a hemoderivados y sueros de origen
animal.
R esolución 2010022392 de 2010. Por la cual se reglamenta
la toma de muestras pre-comercialización de productos
biológicos.
Carpeta de cada productor que contiene
cada solicitud de liberación de lote y el
respectivo certificado de liberación de lote
539 10.1.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de Lote La liberación de lotes se aplica a todas las vacunas. CRIT I
Sí, además aplica a hemoderivados y sueros de origen
animal.
R esolución 2010022392 de 2010. Por la cual se reglamenta
la toma de muestras pre-comercialización de productos
biológicos.
Carpeta de cada productor que contiene
cada solicitud de liberación de lote y el
respectivo certificado de liberación de lote
540 10.1.3
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de LoteBasado como mínimo en la revisión del protocolo resumen
de fabricación y control del lote.CRIT I
PO04-DS-603-P001 Evaluación de protocolos
PO04-DS-603-F017 Evaluación de protocolo de vacunas y
sueros de origen animal.
PO04-DS-603-F019 Evaluación de protocolo de
hemoderivados.
Carpeta de cada productor que contiene
cada solicitud de liberación de lote y el
respectivo certificado de liberación de lote,
con la revisión del protocolo resumido de
producción
541 10.1.4
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de Lote
Es obligatorio el protocolo resumen de fabricación y control
del lote como parte de los requisitos de concesión del
registro de las vacunas.
CRIT I
Procedimiento Institucional PM01-RS-G31 Guía de
evaluación técnica y legal para concesión de registro
sanitario nuevo para productos biológicos y biotecnológicos,
y PM01-RS-G53 GUÍA PARA LA SOLICITUD DE
CONCESIÓN O
RENOVACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA
VACUNAS
Base de Isosystem
542 10.1.5
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de Lote
Existe Política/criterios de aceptación de la liberación de
lotes realizada por otras ARN (ej. el certificado de liberación
de lotes del país de origen).
NEC I
Resolución 2010022392 de 2010. Por la cual se reglamenta
la toma de muestras pre-comercialización de productos
biológicos. Artículo 2, numeral 2
PO04-DS-603-P001 Evaluación de protocolos
PO04-DS-603-F017 Evaluación de protocolo de vacunas y
sueros de origen animal.
PO04-DS-603-F019 Evaluación de protocolo de
hemoderivados.
Carpeta de cada productor que contiene
cada solicitud de liberación de lote, con la
revisión del protocolo resumido de
producción que además contiene el
certificado de liberación por la autoridad
del país de origen
543 10.1.6
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Liberación de Lote Política de ensayo y frecuencia con que se realizan. CRIT I
La PO04-DS-603-D002 Política de ensayo para liberación
de lotes establece los casos, las condiciones en las que se
deben ejecutar ensayos o análisis de control de calidad a
los productos biológicos para su respectiva liberación de
lote.
Se envío oficio de política de ensayo y se acordaron las
frecuencias de los ensayos, se liberó por análisis 15 lotes
de vacunas.
Se aplica para todos los sueros antiofídicos. Se inicia
liberación de hemoderivados factor VIII por análisis en el
2014
Actas con los productores y programación
de las liberaciones por análisis.
544 10.2.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Gestión de Calidad para liberación de
lotes
Organigrama y responsabilidades definidas para
implementar el Sistema de Gestión de Calidad.CRIT I
El Laboratorio cuenta con una organización claramente
establecida, desde la creación de la Oficina de Laboratorios
y control de calidad.
Dentro del SGC se han designado responsables (Líder
técnico y facilitador de calidad) para la implementación del
SGC de los Laboratorios, así como sus suplentes.
PE01-GD-LABS-MC001 Manual de gestión de calidad de
los Laboratorios.
Documentación que se encuentra dentro
del SGC
545 10.2.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Gestión de Calidad para liberación de
lotes
Existe disponible documentación escrita para el desarrollo de
actividades de liberación de lotes.CRIT I
PO04-DS-603-P001 Evaluación de protocolos
PO04-DS-603-P011 Liberación de lotes
PO04-DS-603-F003 Ficha técnica de productos biológicos.
Documentación que se encuentra dentro
del SGC
546 10.2.3
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Gestión de Calidad para liberación de
lotes
Existe un Sistema de Gestión para garantizar trazabilidad de
las actividades de liberación de lotes.CRIT I
Se cuenta con procedimientos, instructivos, formatos, guías
y registros bajo lineamientos de la NTC ISO IEC
17025:2005.
El Manual de Gestión de los Laboratorios establece un
marco bajo los lineamientos NTC ISO IEC 17025:2005
informe 44 OMS/OPS, TRS N° 957, 2010 e Informe 45
OMS/OPS, TRS N° 961, 2011.
PE02-GC-LABS-P002 PROCEDIMIENTO
CONTROL DE REGISTROS establece el acceso a la
documentación y los tiempos de almacenamiento.
Para el LPB Los procedimientos.
PO04-DS-603-P011 Liberación de lotes
PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la calidad de los
resultados de ensayo
establecen lineamientos liberación de lote y resultados fuera
de especificación.
El procedimiento
PO05-ER-603-P001 Elaboración, revisión, emisión y
modificación de informe de concepto de calidad establece
lineamientos para reportar, cuando sea necesario,
-La incertidumbre de medición estimada cuando aplique
-Límites de confianza cuando aplique
Documentación que se encuentra dentro
del SGC
547 10.2.4
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Sistema de Gestión de Calidad para liberación de
lotes
Existe un Sistema de auditoría documentado e
implementado (interno o externo).CRIT I
Si. PE02-GC-LABS-P003 Procedimiento de Auditorías
Internas y el PEC01-GCI-PR01 AUDITORÍA INTERNA
institucional.
Auditorias internas y externas realizadas a
los Labs.
548 10.3.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de Recursos Humanos
Personal adecuadamente calificado (educación,
entrenamiento, aptitudes y experiencia) para desarrollar la
liberación de lotes.
CRIT I
PA03-GP-LABS-P001 Gestión interna de personal y la
PA03-GP-603-G003 GUÍA PARA LA EVALUACIÓN Y
SEGUIMIENTO DE LA COMPETENCIA DEL PERSONAL
EN EL LABORATORIO DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS
establecen lineamientos para inducción y entrenamiento del
personal.
La PA03-GP-LABS-F004 Matriz de autorizaciones establece
la autoridad y responsabilidad de las actividades del
Laboratorio.
En el formato Hoja de vida PA03-GP-LABS-F003 se
registra la experiencia y formación del personal del
Laboratorio. Cada Hoja tiene anexo las certificaciones
respectivas.
El Manual de gestión de Calidad se encuentran las
responsabilidades de los roles del personal clave de los
Laboratorios.
El Manual de funciones del Invima estable los requisitos de
formación y experiencia que debe cumplir el personal del
Laboratorio.
Personal entrenado, hojas de vida
549 10.3.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de Recursos HumanosPlan de capacitación del personal desarrollado e
implementado.CRIT I
F21-PA05-GTH Formato de seguimiento y evaluación
proyecto de aprendizaje en equipo (P.A.E) 2012.
F19-PA05-GTH Ficha de formulación del proyecto de
aprendizaje en equipo
PA03-GP-LABS-P001 Gestión interna de personal
proyecto de aprendizaje en equipo-PAE
550 10.3.3
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de Recursos HumanosExiste monitoreo de las actitudes desarrolladas después de
actividades de entrenamiento.CRIT I
Los procedimientos
-PA03-GP-LABS-P001 Gestión interna de personal.
-PA03-GP-LABS-F007 Evaluación y seguimiento de la
competencia del personal
-PA03-GP-603-P003 Guía para la evaluación y seguimiento
de la competencia del personal del laboratorio de Productos
Biológicos.
establecen lineamientos para mantener las autorizaciones
del personal para ejecutar metodologías analíticas
Formatos diligenciados
551 10.3.4
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de Recursos HumanosExiste un número suficiente de personal para implementar el
plan de trabajo.CRIT I
Actualmente el laboratorio emite documentación de
liberación de lote de manera oportuna con:
1 coordinador de Laboratorio
1 Líder Técnico-analista
6 Analistas
1 Facilitador de calidad
1 Técnico de Laboratorio.
Resolución de nombramiento de personal
552 10.4.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de procesos de liberación de lotesPOE´s desarrollados y usados para la revisión del protocolo
resumen de fabricación y control del lote.CRIT I
PO04-DS-603-P001. Evaluación de protocolos.
PO04-DS-603-F003 Fichas técnicas de Productos
Biológicos
PO04-DS-603-F017 Evaluación de protocolo de vacunas y
sueros de origen animal.
PO04-DS-603-F019 Evaluación de protocolo de
hemoderivados.
Formatos diligenciados en cada carpeta de
cada productor de cada producto sometido
a liberación.
553 10.4.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de procesos de liberación de lotes Criterios definidos de aceptación para la liberación de lotes. CRIT I
Según lo aprobado en el Registro Sanitario PO04-DS-603-
P001 Evaluación de protocolos
PO04-DS-603-F003 Fichas técnicas de Productos
Biológicos
PO04-DS-603-F017 Evaluación de protocolo de vacunas y
sueros de origen animal.
PO04-DS-603-F019 Evaluación de protocolo de
hemoderivados
Fichas técnicas y aprobación de Registro
sanitario
554 10.4.3
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de procesos de liberación de lotesRegistros de liberación de lotes, informes y certificados
disponibles.CRIT I
Vacunas y sueros antiofidicos: Archivados por productor y
por año.
Hemoderivados: Por año
El procedimiento PE02-GC-LABS-P002 Procedimiento
Control de Registros establece el acceso a la
documentación y los tiempos de almacenamiento.
Carpeta de cada productor según tiempos
de almacenamientos
555 10.4.4
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Gestión de procesos de liberación de lotes Procedimientos para exención de liberación de lote. CRIT I
PO04-DS-603-D001 Exención de liberación de lote.
PE02-GC-LABS-F005 Control de Registros
SGC
556 10.5.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Acceso a la documentación relacionada de
productos para guiar las áreas particulares del
escrutinio en la liberación de lotes
Componentes relevantes del dossier de Registro Sanitario
aprobado están actualizadas y disponibles para el personal
involucrado en la liberación de lotes (Ej. Modificaciones al
registro sanitario otorgado).
CRIT I
El dossier del registro sanitario se encuentra disponible en
SE SUITE.
Se instala base de datos de Registro Sanitario en el
Laboratorio de Productos Biológicos con acceso al personal
del Laboratorio
Base de datos de Registro sanitario,
Isosystem
557 10.5.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Acceso a la documentación relacionada de
productos para guiar las áreas particulares del
escrutinio en la liberación de lotes
Acceso al resumen de características del producto (RCP) e
informes cuando sea necesario (incluida inspección de BPM,
datos de laboratorio, defectos de calidad, desempeño de
vacuna y ESAVIs).
CRIT
Acceso a :
RCP: usuarios del LPB se encuentran habilitados para
consultar la base de datos de RS.
BPM, datos de Laboratorio, Informes: No hay acceso a
BPM. El Jefe de Oficina envía oficio número de radicado
13074470 el 2013-09-05 al Director de Medicamentos y
Productos Biológicos para solicitar acceso a la base de
datos de Laboratorios de la Dirección de Medicamentos y
Productos Biológicos donde reposa la información
relacionada con BPM de fabricantes. El LPB se encuentra a
la espera de la respuesta a la solcitud.
ESAVIS: Debido a que actualmente el manejo de ESAVIs
es función del Instituto Nacional de Salud-INS, el LPB
asistió a reunión con el INS donde se plantearon los
requerimientos de comunicación y/o acceso a la información
sobre éste tema 2013-03-21. Se revisó el documento
Protocolo-ESAVIS INS-INVIMA el 2013-05-30 para
establecer un convenio interadministrativo entre las dos
entidades.
El 2013-08-15 se estableció el convenio interadministrativo
INS-INVIMA No. 646 de 2013 con el fin de establecer
cooperación mutua INS-INVIMA para optimizar las acciones
conjuntas referentes a la vigilancia epidemiológica en los
eventos supuestamente atribuidos a vacunación o
inmunización-ESAVI a través de reuniones de un comité
técnico que: genere información sobre comercialización de
vacunas, retroalimente alertas que surjan de la vigilancia de
los ESAVI, actualice protocolo de vigilancia y control de
ESAVI y ficha única de notificación del evento dentro del
SIVIGILA, realice seguimiento a INVIMA como unidad
notificadora, realice seguimiento a INS como unidad que
realiza informe del comportamiento del evento por periodo
epidemiológico, defina estrategias de sensibilización del
reporte de ESAVI y errores programáticos en la vacunación,
desarrolle procedimientos para evitar fallas terapéuticas y
efectividad de la vacuna, asesore y que establezca
recomendaciones relacionadas con el ESAVI.
La Base de datos de BPM se encuentra
lista para instalar, se espera la instalación
de los nuevos computadores en el LPB la
primera semana de febrero. Falta
publicación por parte del INS del
documento de los Esavis.
558 10.6.1
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Vigilancia y análisis de datos para liberación de lotes Análisis de la consistencia de lotes. CRIT IPO04-DS-603-P011 Liberación de lotes.
PO04-DS-603-F023 Control de tendencia de producto
Base de daos con la tendencia de
productos
559 10.6.2
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Vigilancia y análisis de datos para liberación de lotes Medidas correctivas tomadas en el caso de desviación. CRIT I
Se siguen los lineamientos establecidos en:
• PO04-DS-603-D002 Política de ensayo para liberación de
lotes.
• PO06-SS-603-D001 Política de Reensayo
Política de ensayo y reensayo
560 10.6.3
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Vigilancia y análisis de datos para liberación de lotesMedidas reglamentarias son tomadas en el caso de
incumplimiento.CRIT I
Ya que el objetivo, del proceso Expedición de Registros
Sanitarios y PE02-GC-LABS-P002 Procedimiento
Control de Registros establece el acceso a la
documentación y los tiempos de almacenamiento.
Trámites Asociados es adelantar estudios sobre los
trámites de expedición de Registros Sanitarios y trámites
asociados a los productos de competencia del INVIMA,
emitiendo, de conformidad con la normatividad sanitaria
vigente, actuaciones administrativas que cumplan con los
términos de
oportunidad establecidos y con calidad, la entidad
establece lineamientos, que deben ser ejecutados por cada
Grupo de Registros sanitarios de cada dirección técnica, en
el procedimiento PM01-RS-PR12 Revisión de oficio.
Ya que el objetivo del proceso Inspección Vigilancia y
Control sanitario es realizar la planeación, ejecución y
evaluación de las actividades de inspección, vigilancia y
control, y temas asociados, basadas en un
enfoque de riesgo con el propósito de garantizar el
cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos en la
normatividad vigente, la entidad establece lineamientos,
que deben ser ejecutados por Grupo de IVC de la
Direccción de Operaciones Sanitarias, en los
procedimientos PM02-IVC-PR06 Procedimiento Medidas
Sanitarias de Seguridad y PM02-IVC-PR04 Procedimiento
Alertas Sanitarias.
El procedimiento PO04-DS-603-P011 Liberación de lotes
establece la comunicación de resultados a la Dirección de
Medicamentos y Productos Biológicos para que se tomen
las medidas reglamentarias en caso de incumplimiento.
Hasta la fecha no se ha requerido la toma de medidas
reglamentarias.
Revisión de oficio, articulación con
Registro sanitario, Dirección de
Operaciones y Laboratorio de Productos
Biológicos
561 10.6.4
Liberación de lotes de
productos biológicos
(vacunas)
Vigilancia y análisis de datos para liberación de lotesSeguimiento de la comunicación sobre datos de la calidad
con los actores involucrados incluyendo los productores.NEC I
Se establecen lineamientos en:
PO04-DS-603-P011 Liberación de lotes
PO06-SS-603-P001 Aseguramiento de la Calidad de los
Resultados de Ensayo
a través de Reuniones de la Dirección Técnica de
Medicamentos y Productos Biológicos o la Oficina de
Laboratorios y control de calidad y/o el Laboratorio de
Productos Biológicos con productores o comercializadores
(a solicitud de cualquiera de los actores involucrados) para
aclarar datos relacionados con la calidad.
Reuniones con productores,
comercializadores