la fiscalizaciÓn ambiental de actividades mineras en … · estado actual del área de actuación,...
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Rosario Luz Cabrera C.
LA FISCALIZACIÓN AMBIENTAL
DE ACTIVIDADES MINERAS EN EL
PERÚ: Casos prácticos
¿Cuáles son los controles ambientales por
parte del Estado peruano?
• Aprobación de Instrumentos
de Gestión Ambiental
• Autorizaciones previas para
el inicio de operaciones
Control Previo Control Posterior
Fiscalización
ambiental
Ministerio de
Energía y Minas
OEFA
(MINAM)
OEFA
El Macro Proceso de la Fiscalización
Ambiental
A QUIENES SUPERVISA EL OEFA??? Competencia Ambiental en el Sector Minería
Estrato Tamaño de la
Concesión
Capacidad
instalada de
producción
Entidad
competente
para fiscalizar
Gran Minería No se ha
establecido un
límite
Más de 5000
TMD OEFA
Mediana Minería No se ha
establecido un
límite
Entre 350 y 5000
TMD OEFA
Pequeña Minería Hasta 2000 Ha Hasta 350 TMD Gobierno
Regional
Minería
Artesanal
Hasta 1000 Ha Hasta 25 TMD Gobierno
Regional
QUÉ SUPERVISA EL OEFA???
Obligaciones Ambientales
Fiscalizables
Normativa
ambiental
Instrumentos
de gestión
ambiental
Disposiciones y
mandatos
emitidos por los
órganos
competentes
del OEFA
EL OEFA NO OTORGA CERTIFICACIONES AMBIENTALES!!!!!!!
LA SUPERVISIÓN AMBIENTAL DIRECTA
1. Puede ser regular o especial (inopinada) y en campo o documental.
2. Emisión de documentos durante y después de la supervisión:
Acta de Supervisión Directa.
Reporte preliminar de las acciones de supervisión: Preventivas o mandato carácter particular.
Reporte público
Reporte público al administrado
LA SUPERVISIÓN AMBIENTAL DIRECTA
DEFINICIONES RELEVANTES
DEL REGLAMENTO (RCD N° 007- 2013-OEFA/CD 26/02/2013)
Hallazgo: Hecho relacionado al cumplimiento
o presunto incumplimiento de las obligaciones
ambientales fiscalizables.
Medida preventiva: Disposición por la cual se
ordena al administrado la ejecución de una
obligación en particular, cuando se evidencia
un peligro inminente o alto riesgo de la
generación de daño grave al ambiente, los
recursos naturales y la salud de las personas.
MEDIDA PREVENTIVA
Medida Preventiva - QUIRUVILCA
Aguas ácidas provenientes del depósito de Relaves discurriendo por la
quebrada Santa Catalina, con un pH de 2.62 y caudal de 10.01 l/s.
La descarga de dichas aguas tuvo como destino la quebrada Santa
Catalina (que tiene una longitud aproximada de 2 km.), siguiendo su
recorrido hasta llegar al río Shorey, afluente del río Moche.
Personal del OEFA realizando la medición de pH en el río Shorey (lugar
de la descarga) con un resultado de 5.5, aguas arriba de la descarga
en el mismo río el pH 7.16.
Frente a estos hallazgos y ante el riesgo inminente de producirse un daño grave al ambiente, la Dirección de
Supervisión (DS) dictó una medida preventiva mediante Resolución Directoral N° 008-2014-OEFA/DS (13/06/14),
ordenando las siguientes medidas:
La paralización inmediata del vertimiento de las aguas ácidas
provenientes del depósito de relaves Santa Catalina
La realización de estudios técnicos para determinar los impactos ambientales a la
quebrada Santa Catalina, al río Shorey, así como a la flora y fauna del área de influencia directa e indirecta, como
consecuencia del vertimiento de las aguas ácidas.
La adopción de las medidas de remediación inmediatas y a largo plazo que permitan revertir esta
situación de manera permanente.
La RD fue notificada
el 13/06/14 a
Compañía Minera
Quiruvilca S.A. en sus
oficinas
administrativas (en
Lima) y en la misma
unidad minera, donde
el personal de la DS
se apersonó para
verificar la ejecución
de la medida.
Qué ordenó la medida preventiva???
Descarga de efluentes ácidos a las Lagunas
Huacracocha y Huascacocha
El EIA de la unidad
minera Toromocho
indica que no se
descargarían efluentes
al ambiente
El numeral 22 del artc. 2 de la
Constitución Política del Perú,
reconoce el derecho fundamental
que tiene todo ciudadano de gozar
de un ambiente equilibrado y
adecuado para el desarrollo de su
vida.
Medida Preventiva Toromocho
Acciones de Supervisión Supervisión regular en la unidad minera Toromocho de Minera Chinalco
Perú S.A, del 16 al 20 de marzo de 2014. Hallazgos:
Las aguas de escorrentía del
depósito de desmonte Oeste, con características ácidas, estaban discurriendo sobre suelo natural hasta llegar a las lagunas
Huacracocha y Huascacocha. Las aguas del sistema de
subdrenaje del depósito de mineral de mediana y baja ley, con características ácidas,
estaban discurriendo sobre suelo natural hasta llegar a la laguna Huascacocha.
• OEFA ordenó a Chinalco la paralización inmediata de las Actividades de operaciones de mina y todas aquellas causantes de la generación de los efluentes que descargan en las Lagunas Huacracocha y Huascacocha, hasta revertir dicha situación y acreditarlo mediante estudios técnicos ante el OEFA.
RD N° 003-2014-OEFA/DS (27/03/14)
La RD fue notificada el 28/03/14 a Minera Chinalco Perú S.A. en sus oficinas
administrativas (en Lima) y en la misma unidad minera, donde el personal de
la DS se apersonó para verificar la ejecución de la medida.
La Medida Preventiva
DE LOS LMPs Y ECAs
Qué supervisa el OEFA LMPs o ECAs???
Límite máximo permisible (LMP) (D.S. N° 010-2010-MINAM
del 20/08/2010): Medida de la concentración o del grado de
elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos,
que caracterizan al efluente líquido de actividades
minerometalúrgicas, y que al ser excedida causa o puede causar
daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente.
Estándar de calidad ambiental (ECA) (DS N° 002-2008-
MINAM del 30/07/2008): es la medida que establece el nivel de
concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros
físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en
su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo
significativo para la salud de las personas ni al ambiente.
AUTORIDAD COMPETENTE ANA
De la Línea Base
Estado actual del área de actuación, previa a
la ejecución de un proyecto. Comprende la
descripción detallada de los atributos o
características socio ambientales del área de
emplazamiento de un proyecto, incluyendo los
peligros naturales que pudieran afectar su
viabilidad. (Reglamento de la Ley del sistema Nacional de
Evaluación del Impacto Ambiental)
Caso Práctico de aplicación de la
Línea Base en las acciones de
Supervisión
Depósito de Trióxido de arsénico de Vado
PASIVO AMBIENTAL MINERO EN LA OROYA
Depósito de Vado
DEPÓSITO DE TRIÓXIDO DE
ARSÉNICO DE VADO
Río Mantaro 5M-3
5Mdd-3
5SM-3
SV5: Piezómetro del depósito
de trióxido de arsénico
E-104: Río Mantaro aguas
abajo del depósito de Vado
E-103: Río Mantaro aguas
arriba del depósito de Vado
PASIVO AMBIENTAL MINERO EN LA OROYA
Depósito de Malpaso
5M-3
DEPÓSITO DE TRIOXIDO DE
ARSENICO DE MALPASO
Río Mantaro
SM-3
SM-3: Piezómetro del depósito de
trióxido de arsénico
SM-5: Piezómetro del
depósito de trióxido de
arsénico
5M-3
E-102: Río Mantaro
aguas abajo del
depósito de Malpaso
5M-3
E-101: Río Mantaro aguas arriba
del depósito de Malpaso
PASIVO AMBIENTAL MINERO EN LA OROYA
RESULTADOS CALIDAD AGUA SUBTERRÁNEA
(1) Programa de Adecuación y Manejo Ambiental - PAMA – Complejo Metalúrgico de La Oroya 28-4-95
(2) IGA: Instrumentos de Gestión Ambiental –
(3) Plan de Cierre del Complejo Metalúrgico de la Oroya de DOE RUN PERU SRL de Febrero de 2008 – Cuadro 3-31
Resultados de Análisis Químicos de Calidad de Agua Subterránea en el depósito VADO Piezómetro 01-VAD
PUNTOS DE CONTROL MEDICION EN CAMPO MUESTRAS ANALIZADAS EN LABORATORIO
Estación de monitoreo pH T
(ºC) CE
(uS/cm)
Oxígeno Disuelto (mg/L)
Caudal (L/s)
Cu total
(mg/L)
Pb total
(mg/L)
Zn total
(mg/L)
Fe total
(mg/L)
As total
(mg(L)
E-101 8,03 10,8 444 7,92 -- 0,0248 0,0048 0,1981 0,2149 0,0073
Línea Base de IGAs (2) -- -- -- -- -- -- -- -- -- --
E-102 8,10 21,7 360 7,95 -- 0,0241 0,0058 0,2122 0,2070 0,0162
Línea Base de IGAs (2) -- -- -- -- -- -- -- -- -- --
E-103 7,12 3,0 487 8,66 -- 0,0236 0,0048 0,1955 0,2188 0,0099
Línea Base de IGAs (2) -- -- -- -- -- 0,52(1) 0,35(1) -- 4,30(1) 0,04(1)
E-104 7,15 13,2 480 8,17 -- 0,0238 0,0053 0,1861 0,1887 0,0121
Línea Base de IGAs (2) -- -- -- -- -- 0,55 (1) 0,40 (1) -- 3,90(1) 0,44 (1)
SM-3 6,85 16,8 1095 5,63 -- 0,0090 0,0118 0,0518 0,2858 0,0061
Línea Base de IGAs (3) No se encontró información para Malpaso -- -- -- --
SM-5 7,03 18,2 555 5,94 -- 0,0083 0,0232 0,0545 2,3174 39,4335
Línea Base de IGAs (3) No se encontró información para Malpaso -- -- -- --
SV-5 6,91 18,1 2 840 5,02 -- 0,0050 0,0196 0,0378 1,2944 50,9427 Línea Base de IGAs (3) 6,49 15,9 3 105 -- -- 0,0179 0,004 0,094 0,015 0,0015
ANALISIS TECNICO DE LOS HALLAZGOS Se debe precisar que la remediación ambiental
efectuada por CENTROMIN, en los antiguos depósitos de Trióxido de Arsénico denominados Malpaso y Vado, tuvieron como objetivo final el garantizar la impermeabilización mediante geomembranas de estos depósitos con fines de evitar la liberación de contaminantes en el medio ambiente y eliminar cualquier posibilidad de fuga del arsénico encapsulado. Para ese fin y tomando en cuenta la toxicidad del arsénico, que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) es una de las 10 sustancias químicas más preocupantes para la salud pública, se perforaron pozos alrededor de cada depósito y cercanos al río Mantaro, para controlar mediante piezómetros la calidad de las aguas subterráneas en el entorno de ambos depósitos.
SUPERVISIÓN – EMERGENCIA AMBIENTAL
U.M. ATACOCHA 29-08-2012 Según información del representante de la unidad
minera, a las 5:30 am se produjo el desempalme de dos tapones, ubicados a 1.30 y 1.50 metros de altura, los cuales fallaron y originaron la fuga de agua clarificada mezclado con sedimento (lodo del proceso de sedimentación) con contenidos de elementos metálicos (ver cuadro N° 8 y fotografías Nº 14, 15 y 16 del anexo N° 02).
Se tomó muestra del efluente (E-9), se recolectaron 04 muestras de agua superficial (río Huallaga) incluyendo un blanco aguas arriba del hecho sucedido y muestra del sedimento de la poza de sedimentación.
SEDIMENTOS A LO LARGO DEL RIO HUALLAGA
Punto
Control Día
Cu
(mg/Kg)
As
(mg/Kg)
Cd
(mg/Kg)
Cr
(mg/Kg)
Hg
(mg/Kg)
Pb
(mg/Kg)
Zn
(mg/Kg)
Mn
(mg/Kg)
P-1
29/8 797,73 931,08 40,074 11,83 <0,0025 961,40 8712,54 9, 108.27
30/8 197.27 103.18 13.392 13.86 0.4800 1284.14 3209.70 656.32
P-2 29/8 375,65 220,68 19,302 28,30 7,3678 1372,40 4549,39 1,452.83
P-3 29/8 197,10 149,20 11,646 24,21 3,4010 844,49 3082,59 2,244.40
30/8 260,56 180,42 14,513 21,43 3,6682 891,93 3518,03 1,359.33
ISQG* 35,7 5,9 0,6 37,3 0,17 35,0 123,0
PS-02** 789.99 979.82 34.598 12.15 0.1594 985.69 7452.58 8728.15
- *Canadian Sediment Quality Guidelines for the protection of Aquatic Life (Directrices
de calidad de sedimento para la protección de la vida acuática – Canada)
- **Muestra tomada a la salida de la Poza de sedimentación del 30 de agosto del 2012 –
Referencial.
SUPERVISIÓN – PROYECTO DE EXPLORACIÓN
PROYECTO DE EXPLORACIÓN EN CENTRO DEL PAÍS
MEJORA MANIFIESTAMENTE EVIDENTE????
D.S. 054-2013-PCM: Modificación de componentes auxiliares o ampliación en proyectos
de inversión o mejoras tecnológicas en las operaciones que tienen
impacto ambiental no significativo, no se requerirá modificación del
instrumento ambiental. Conformidad plazo máx. 15 días hábiles.
PROYECTO DE EXPLORACIÓN EN EL
CENTRO DEL PAÍS
PROYECTO DE EXPLORACIÓN EN EL
CENTRO DEL PAÍS
REGLAMENTO AMBIENTAL PARA LAS
ACTIVIDADES DE EXPLORACION MINERA – DS
020-2008-EM
Art. 13.- Perforaciones obturadas
En caso que los sondajes intersecten
cuerpos de agua subterránea o aguas
artesianas, las perforaciones deben de ser
inmediatamente obturadas.
…… DS 020-2008-EM
Art. 39.- Cierre progresivo
El titular deberá iniciar las labores de rehabilitación de
aquellas áreas perturbadas inmediatamente después de
haber concluido su utilización, incluyendo el lugar
donde se colocaron, las plataformas, las perforaciones,
trincheras o túneles construidos y las vías de acceso,
salvo que la comunidad, ……., tengan interés en el uso
alternativo ……. Para fines de uso o interés público. En
ese caso, los interesados solicitarán conjuntamente con
el Titular que dicha instalación o infraestructura sea
excluida de los compromisos de cierre.
Dicha solicitud debe ser presentada por escrito ante la
DGAAM.
ENFOQUE TÉCNICO DE LA SUPERVISIÓN
En función del
Componente
crítico del Proceso
Productivo
En función al
componente crítico
ambiental de mayor
riesgo
Hallazgos de Menor trascendencia: Los hallazgos de menor trascendencia están referidos a posibles incumplimientos que no generen daño potencial o real al ambiente o a la salud de las personas, que puedan ser subsanados y que no afecten la eficacia de la función de supervisión directa ejercida por el OEFA. (RCD Nº 046-2013-OEFA/CD - 28/11/2013)
Gracias