la historia en hechos abunda reinando isabel segunda

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Goya

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España siglo XX

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¿España ¿España

siglo XXI?siglo XXI?

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1.Cuestión militar: recurso a la violencia para llegar al poder

2.Cuestión religiosa: los españoles siempre detrás de los curas, con un

cirio o con un palo

3.Cuestión regional: uniformidad –diversidad

4.Cuestión social y agraria: propiedad de la tierra, movimiento obrero

Obstáculos de España para construir un Estado liberal o democrático

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Oriamendi

Por Dios, por la patria y el ReyLucharon nuestros padres.Por Dios, por la patria y el ReyLucharemos nosotros también.

Lucharemos todos juntosTodos juntos en uniónDefendiendo la banderaDe la Santa Tradición.

Cueste lo que cuesteSe ha de conseguirVenga el rey de EspañaA la corte de Madrid. [que los boinas rojas entren en Madrid, versión franquista]

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La primera guerra carlista

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Jerónimo Merino Cob (Villoviado, Burgos 1769 - Alençon, Francia, 1844), conocido como «El Cura Merino», fue sacerdote y guerrillero español. Siguió la carrera eclesiástica y tomó las órdenes, pasando a ser párroco de su pueblo natal.

Durante la guerra de la Independencia contra el ejército napoleónico, se convirtió en uno de los más prestigiosos guerrilleros de la resistencia española

Acabada la guerra, volvió a su ministerio en Villoviado. Sus ideas absolutistas le valieron ser recompensado por Fernando VII a su regreso con una canonjía en Valencia. Durante el Trienio Liberal (1820-1823) retomó la guerrilla, y se enroló en las partidas que marchaban apoyando la invasión de los «Cien Mil Hijos de San Luis» que acabaría con el gobierno liberal. A la muerte de Fernando VII, se alistó en el bando también absolutista del pretendiente don Carlos y dirigió el alzamiento carlista en Castilla la Vieja, participando en los sitios de Morella y de Bilbao.

Derrotado el pretendiente Carlos María Isidro de Borbón, se opuso al Convenio de Vergara y habiendo finalizado temporalmente en 1839 la primera guerra carlista en el Norte se exilió en la localidad francesa de Alençon

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episodio de la Primera Guerra Carlista en que las tropas carlistas al mando de Zumalacárregui asesinaron a más de 100 prisioneros enemigos que habían rendido sus armas

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Ramón Cabrera, “el Tigre del Maestrazgo”

El colectivo de presos de ETA expulsa a Idoia López Riaño, 'La Tigresa‘, por pedir

perdón a las víctimas. Nov. 2011

La Tigresa está condenada a más de 2.000 años de cárcel por asesinar a 23 personas. El verano de 2010 firmó el documento que exige Interior a los presos de la banda que quieren acogerse a las medidas individualizadas que permiten progresar de grado, optar a beneficios penitenciarios y ser acercados al País Vasco a cambio de cumplir con lo que exige la ley para los presos por terrorismo: que pidan perdón a las víctimas, que rechacen la violencia y que asuman las reparaciones económicas para las víctimas.

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Documentos destinados a promover la deserción en las filas carlistas, que ofrecen, en nombre de la reina gobernadora, el perdón y una serie de remuneraciones por abandonar las filas carlistas y presentarse ante las autoridades liberales. Sin fecha ni firma, podemos datarlos a principios de 1836

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La Vanguardia lleva hoy a su primera página noticia del asunto que aquí se reproduce: cómo hacer una tortilla de patatas. He aquí una iniciativa interesante por la cohesión de la España plural y diversa, una muestra de antropología recreativa que permite a los lectores asomarse a usos y costumbres exóticos en materia gastronómica. ¿Y qué mejor que una guía para la acción, unas instrucciones prácticas para que los lectores más aplicados puedan sorprender a sus amistades con un plato sofisticado que no requiera el uso del sifón para hacer espumas comprado en el Corte Inglés? Los periódicos deben vigilarse o sus departamentos comerciales acabarán regalando los domingos puzles de dos piezas.Antaño se le llamó española, quizá por la misma razón que se llama francesa a la de huevo solo. De ser cierta la leyenda que atribuye su invención al general carlista Tomás de Zumalacárregui durante el asedio de sus tropas a Bilbao, la legitimidad de esta denominación es considerable, porque las guerras carlistas  fueron una de las españoladas más consistentes de nuestra historia común. Españolada por partida doble si se atiende a que otra leyenda cuenta el nacimiento de otra seña de identidad de nuestros fogones (y, a despecho de Finkielkraut, de nuestra cultura)  en las trincheras de enfrente: la leyenda que atribuye la invención del bacalao al pil pil al bando enemigo: un atribulado cocinero que no tenía en su alacena más que  aceite y bacalao, y al juntarlos en cazuela y mover esta dulcemente a fuego lento fue desprendiendo el pez esa suave gelatina que caracteriza la salsa de este plato. Será leyenda, pero la razón de que aquel buen hombre tuviera bacalao en el sitio de Bilbao no lo es, aunque lo parece:

Un modesto comerciante arratiano afincado en Bilbao y llamado Juan Gurtubay Meana ordenó a un dependiente suyo que enviara a su proveedor noruego el siguiente telegrama: «Envíenme primer barco que toque el puerto de Bilbao 100 ó 120 bacaladas primera superior». El mandado escribió tal cual el telegrama, con la cantidad en números, pero sin cuidarse de separar convenientemente ambas cantidades ni de acentuar la disyuntiva.Un tiempo después recibió 1.000.200 fardos de bacalao, un barco entero. Tras superar la tentación de suicidarse, se conformó con afear al contable su conducta y comenzó a hacer gestiones para ver si podía vender parte de aquello en otras provincias del litoral cantábrico. Era 1836 y, mientras se afanaba en estas cuestiones, estalló la primera guerra carlista. Los insurrectos pusieron sitio a Bilbao y el error de aquel muchacho permitió al mismo tiempo alimentar a los bilbaínos durante el sitio y, además, convirtió a Juan Gurtubay en un hombre inmensamente rico. Tanto, que llegó a ser uno de los más importantes empresarios bilbaínos del siglo XIX. Estuvo en la constitución del Banco de Bilbao, en la puesta en marcha de la Cámara de Comercio y fue uno de los principales impulsores del Ensanche bilbaíno y del ferrocarril Bilbao-Tudela.La ascensión social de los Gurtubay fue también muy notable. Su hija única, Mª del Rosario Gurtubay y González de Castejón, fue educada en Inglaterra y emparentó con la aristocracia al casarse con Alfonso de Silva y Fernández de Córdoba, duque de Híjar y Aliaga. La nieta que le dio este matrimonio, Mª del Rosario de Silva y Gurtubay, mejoró aún más la posición de la familia por su matrimonio con Jacobo Fitz-James Stuart y Falcó. Ambos fueron en 1926 padres de una niña: Cayetana* Fitz-James Stuart y de Silva Falcó y Gurtubay, actual duquesa de Alba y la anécdota que se cuenta en estas líneas explica uno de los orígenes de su fortuna.

*Su nombre de pila completo es: María del Rosario Cayetana Paloma Alfonsa Victoria Eugenia Fernanda Teresa Francisca de Paula Lourdes Antonia Josefa Fausta Rita Castor Dorotea Santa Esperanza.

Santiago González. Antropología recreativa. Elmundo.es 19-02-2011

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El 25 de Febrero de 1838 se produjo uno de los

episodios más sangrientos de las guerras

carlistas teniendo gran repercusión en Calzada

de Calatrava cuando la partida del guerrillero

don Basilio incendió su iglesia parroquial,

donde se habían refugiado alrededor de 400

personas, entre soldados milicianos nacionales,

numerosas mujeres y niños, debido a que gran

parte de la población se inclinó por el bando

Carlista. Murieron 300 personas.

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Pendientes con el anagrama C7 (Carlos séptimo) procedentes de la tercera guerra carlista (1869-1875), propiedad de una familia de Ciudad Real

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Ilustración en el periódico anticlerical Quijote que muestralos vicios del clero, enemigo acérrimo de la libertad

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Bombardeo de Barcelona ordenado por Espartero en 1842

Suya es la frase "a Barcelona hay que bombardearla al menos una vez cada 50 años”

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Retrato de Isabel II y Francisco de Asis, 1865

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“La Majestad de Isabel II, pomposa, frondosa, bombona, campaneando sobre los erguidos chapines, pasó del camarín a la vecina saleta. La dama de servicio, con el aire maquinal de los sacristanes viejos cuando mascullan sacros latines, le prendió en los hombros el manto de armiño. Los regios ojos, los claros ojos parleros, el labio popular y amable, agradecieron con una sonrisa a la cotorrona de casa y boca. Aquella estantigua de credo apostólico, nobleza rancia, cacumen escaso, chismes de monja y cascarrillos de fraile, también intrigaba en las tertulias de antecámara desde el año feliz de las bodas reales. Era Duquesa de Fitero y Marquesa de Villanueva de los Olivares, con otros títulos y sobrenombres de claro abolengo, mucha hacienda en cortijos, dehesas, ganados, paneras, cotos, granjas, castillos y palacios. El escudo de sus armas está repartido por toda la redondez de España. La vejancona, confusamente, se sabía de un gran linaje, sangre bastarda de reyes aragoneses y judíos castellanos….

…Entre un cortejo de plumas fatuas y chafados visajes pasó la Reina Nuestra Señora al salón de Gasparini. Una gran mesa fulgente de cristal y argentería estaba dispuesta a fin de que hubiesen reparo para sus fallecidos ánimos, las ilustres personas que habían recibido el pan eucarístico en la solemne función de Capilla. Para todos tenía una zumba popular y amable la Majestad de Isabel II. El rey Don Francisco hacía chifles de faldero al flanco opulento de la Reina… El Rey, menudo y rosado, tenía un lindo empaque de bailarín de porcelana. La Reina, con el pavo sanguíneo, se abanicaba. El Espadón, puesto en medio, abría las zancas y miraba de revés, bajando una ceja, a las Personas Reales”

VALLE-INCLÁN: La corte de los milagros, de la serie El ruedo ibérico.

“La Majestad de Isabel II, pomposa, frondosa, bombona, campaneando sobre los erguidos chapines, pasó del camarín a la vecina saleta. La dama de servicio, con el aire maquinal de los sacristanes viejos cuando mascullan sacros latines, le prendió en los hombros el manto de armiño. Los regios ojos, los claros ojos parleros, el labio popular y amable, agradecieron con una sonrisa a la cotorrona de casa y boca. Aquella estantigua de credo apostólico, nobleza rancia, cacumen escaso, chismes de monja y cascarrillos de fraile, también intrigaba en las tertulias de antecámara desde el año feliz de las bodas reales. Era Duquesa de Fitero y Marquesa de Villanueva de los Olivares, con otros títulos y sobrenombres de claro abolengo, mucha hacienda en cortijos, dehesas, ganados, paneras, cotos, granjas, castillos y palacios. El escudo de sus armas está repartido por toda la redondez de España. La vejancona, confusamente, se sabía de un gran linaje, sangre bastarda de reyes aragoneses y judíos castellanos….

…Entre un cortejo de plumas fatuas y chafados visajes pasó la Reina Nuestra Señora al salón de Gasparini. Una gran mesa fulgente de cristal y argentería estaba dispuesta a fin de que hubiesen reparo para sus fallecidos ánimos, las ilustres personas que habían recibido el pan eucarístico en la solemne función de Capilla. Para todos tenía una zumba popular y amable la Majestad de Isabel II. El rey Don Francisco hacía chifles de faldero al flanco opulento de la Reina… El Rey, menudo y rosado, tenía un lindo empaque de bailarín de porcelana. La Reina, con el pavo sanguíneo, se abanicaba. El Espadón, puesto en medio, abría las zancas y miraba de revés, bajando una ceja, a las Personas Reales”

VALLE-INCLÁN: La corte de los milagros, de la serie El ruedo ibérico.

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General Narváez, El espadón de Loja,

respondió al sacerdote que en el lecho de

muerte le pedía que perdonase a sus

enemigos: «Padre, no tengo enemigos; los

he matado a todos».

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EL CONSTITUCIONALISMO ESPAÑOL EN EL SIGLO XIXAÑO 1812 1834 1837 1845 1856 1869 1873 1876

CONSTITUCIÓN O PROYECTO

PRIMERA CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA

ESTATUTO REAL

SEGUNDA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

TERCERA CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA

PROYECTO CONSTITUCIONA

L(NON NATA)

CUARTA CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA

PROYECTO CONSTITUCIONA

L

QUINTA CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA

SOBERANÍA NacionalReal (carta otorgada)

Nacional Cortes con el rey Nacional NacionalNacionalFederal

RepublicanaCortes con el rey

FORMA DE GOBIERNO

Monarquía Monarquía Monarquía Monarquía Monarquía Monarquía República Monarquía

RELACIÓN ENTRE PODERES

SeparaciónNo hay

separaciónColaboración Cortes-Rey

No hay separación Separación Separación

SeparaciónCuarto poder “relacional”

interfederal (el presidente)

Colaboración y equilibrio

PODER LEGISLATIVO

Unicameral (incluye ley electoral)

Bicameral (próceres y

procuradores)Bicameral

BicameralSenado de

designación realBicameral Bicameral

Bicameral (senado federalista)

Bicameral

PODER EJECUTIVO

Rey (con refrendo ministerial)

Rey Rey Rey Rey ReyConsejo de ministros

Rey

DECLARACIÓN DE DERECHOSCARÁCTER

IDEOLÓGICO

Sí. Muy extensaProgresista

NoConservador

SíProgresista

NoConservador

SíProgresista

Sí. Introduce el jurado

Progresista

Sí. Hay un tribunal constitucional

ProgresistaSuprime títulos

nobiliarios

Sí (copia la de 1869)

Conservador

ORGANIZACIÓNTERRITORIAL

Uniforme(prevé posibles

cambios)Uniforme Uniforme Uniforme Uniforme Uniforme

Federación de repúblicas

Uniforme

RELACIÓN IGLESIA-ESTADO

Confesional ConfesionalProtege el culto

católico

Confesional(autor DONOSO

CORTÉS)

“La religión católica es la de la

mayoría de los españoles”

Tolerante con otras religiones Aconfesional

Confesional Tolerante

SUFRAGIOUniversal

(masculino)

Censitario muy restringido

(-1%)Censitario Censitario Censitario

Universal (masculino)

Universal (masculino)

Censitario (universal

masculino desde 1890)

VIGENCIA1812-18141820-18231836-1837

1834-1836 1837-18451845-18541856-1868

1869-1873 1876-1923

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“DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente:CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA (…).Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.Art. 3. Todo español tiene derecho de dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, como determinen las leyes.Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía (…).Art. 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma en que las leyes prescriban.Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban (…).Art. 11. La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica, Romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: El Senado y el Congreso de los Diputados.Art. 14. El número de senadores es limitado: su nombramiento pertenece al Rey (…).Art. 17. El cargo de Senador es vitalicio. Art. 20. El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas Electorales en la forma que determine la ley. Se nombrará un diputado al menos por cada cincuenta mil almas de población. (…).Art. 22. Para ser diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija. (…).Art. 45. Además de las prerrogativas que la Constitución otorga al Rey, le corresponde (…) Expedir los decretos, reglamentos e instrucciones que sean conducentes para la ejecución de las leyes (…) Decretar la inversión de los fondos destinados a cada uno de los ramos de la Administración pública (…) Nombrar y separar libremente los ministros.

1845

TERCERA CONSTITUCIÓN

ESPAÑOLA

Cortes con el rey

Monarquía

No hay separación

BicameralSenado de

designación real

Rey

No

Conservador

Uniforme

Confesional(autor DONOSO

CORTÉS)

Censitario

AÑO

CONSTITUCIÓN O PROYECTO

SOBERANÍA

FORMA DE GOBIERNO

RELACIÓN ENTRE PODERES

PODER LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO

DECLARACIÓN DE DERECHOS

CARÁCTER IDEOLÓGICO

ORGANIZACIÓNTERRITORIAL

RELACIÓN IGLESIA-ESTADO

SUFRAGIO

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Senado

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El ejecutivo que llegó al poder en 1844, presidido por Narváez, emprendió una reforma tributaria impulsada por su ministro de Hacienda Alejandro Mon y que se basó en el Dictamen de una comisión en la que jugó un papel fundamental un hombre poco brillante pero admirablemente lógico y ordenado, Ramón de Santillán; la reforma estableció las bases del sistema fiscal vigente, rompiendo con los esquemas del Antiguo Régimen.El sistema anterior mantenía regímenes distintos para el antiguo reino de Aragón, Navarra, País Vasco y el resto del territorio y se articulaba sobre una gran variedad de impuestos, en su mayor parte de origen medieval.La reforma trataba de introducir los principios tributarios liberales: legalidad, suficiencia y generalidad e implantar un sistema fiscal unificado para todo el país y eliminar las trabas al crecimiento económico y así se suprimieron las aduanas interiores, los diezmos, la alcabala y los millones. En el nuevo sistema tributario se dio mucha más importancia a los impuestos directos que a los impuestos indirectos, la base del nuevo sistema estaba compuesta por estos impuestos:Impuestos directos

Contribución sobre bienes inmuebles, cultivos y ganadería: según las previsiones presupuestarias debía cubrir aproximadamente el 25% de los ingresos del Estado.Subsidio industrial y del comercio: Gravaba las actividades industriales y comerciales, dividiéndose en dos partes, una fija y otra variable proporcional.

Impuestos indirectos Impuesto de consumo de especies determinadas, rentas de estancos y monopolios (tabaco, sal y loterías) y el gravamen del consumo de bebidas alcohólicas, el aceite de oliva, el jabón y la carne.Derecho de hipotecas, gravaba la transmisión, arrendamiento y el establecimiento de cargas sobre bienes inmuebles.

Junto a estos impuestos también tenían importancia destacada las rentas de aduanas y monopolios de tabacos y loterías.

El subsidio industrial y comercial suscitó numerosas protestas y dio lugar a un alto nivel de fraude. La Administración no estaba preparada para la gestión de este nuevo sistema tributario y ésta se encomendó a los ayuntamientos y a los gremios, utilizándose el sistema de reparto de cupos. Más protestas aún suscitó el derecho de consumos (entrada de artículos en la ciudad, o su venta en los mercados) que perjudicaba a las clases más modestas y que pronto se hizo muy impopular.

Reforma tributaria de Mon-Santillán

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Pronunciamientos en los que han tomado parte guardias civiles

En el año en 1846 el capitán del Tercio de Pontevedra Manuel Buceta intentó arrastrar a sus hombres a una sublevación dirigida a derribar el

moderantismo establecido en el poder. No prosperó y fue sometido a un consejo de guerra supervisado por el propio duque de Ahumada.

El día 3 de enero de 1874, el llamado Golpe de Pavía, y en el que tuvo intervención destacada el coronel José de la Iglesia Tompes. Ese día

fue el final de la Primera República Federalista.

El primero del siglo XX, el día 10 de agosto de 1932, cuando se sublevó el director general de la Guardia Civil José Sanjurjo Sacanell

(Zaragoza, 1872-1936) contra la Segunda República. Por estos hechos fue condenado a muerte, pero se le conmutó la pena por cadena

perpetua y finalmente fue amnistiado habiendo cumplido sólo 16 meses de condena en el Penal de El Dueso en Cantabria. Murió en accidente

de aviación cuando iba a dirigir la sublevación del 18 de julio en el año 1936 que originaría la Guerra Civil Española.

El último pronunciamiento fue el día 23 de febrero de 1981, al irrumpir en el Congreso de los Diputados el teniente coronel del Cuerpo Antonio

Tejero Molina con un contingente de 200 guardias civiles bajo su mando. El Jefe del Estado, el rey Juan Carlos I, llamó al orden a las Fuerzas

Armadas, en su calidad de Jefe del Ejército. Por este hecho, el teniente coronel Tejero fue separado (expulsado) del Cuerpo y condenado a 30

años de prisión.

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Posesiones españolas de ultramar

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La guerra de la Cochinchina. Cuando los españoles conquistaron Vietnam

(1858-1862)

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¡Españoles!: la ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su puerto y todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete de los ciudadanos (…) y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.

¿Habrá algún español tan ajeno a la desventura de su país que nos pregunte las causas de tan grave acontecimiento? (…)

Hollada (pisoteada) la ley fundamental, convertida siempre antes en celada (oculta) que en defensa del ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno; dependiente la seguridad individual, no del derecho propio, sino de la irresponsable voluntad cualquiera de las autoridades, muerto el municipio, pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio (del negocio), tiranizada la enseñanza, muda la prensa …¡Españoles!, ¿quién la aborrece tanto que se atreva a exclamar: “Así ha de ser siempre”? (…)

(…) Queremos vivir la vida de la honra y de la libertad.Queremos que un Gobierno Provisional que represente todas las fuerzas vivas de su

país asegure el orden, en tanto que el Sufragio Universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política.

Contamos para realizarlo(…) con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de especuladores y favoritos (…) con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio y del ejemplo; con el pueblo todo y con la aprobación…

Acudid a las armas no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada.

¡Viva España con honra! Cádiz 19 de septiembre de 1868. Generales Juan Topete, Dulce, Serrano, Rafael

Primo de Rivera…

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División provincial de Javier de Burgos y agrupaciones regionales