las personas y las organizaciones para subir
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JAVIER NUMA NUMAAdministrador de Empresas
Especialista en Práctica Docente Universitaria
13/04/2023
LAS PERSONASY
LAS ORGANIZACIONES
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
LA RELACIÓN ENTRE PERSONAS Y ORGANIZACIÒN, NO SIEMPRE ES DE COOPERACIÓN, NI DE TOTAL SATISFACCIÓN. MUCHAS VECES LA SITUACIÓN SE HACE TENSA Y CONFLICTIVA, DEBIDO A QUE LA CONSECUCIÓN DE OBJETIVOS DE UNA PARTE, TRUNCA EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS DE LA OTRA
13/04/2023
OBJETIVOS INDIVIDUALES EN COMPARACIÓN A LOS OBJETIVOS
INSTITUCIONALES
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
OBJETIVOS ORGANIZACIONALES
VSOBJETIVOS PERSONALES
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
OBJETIVOSORGANIZACIONALES
UTILIDADESECONÓMIC
AS
PRODUCTIVIDAD
PARTICIPACIÓN
EN EL MERCADO
PRODUCTO Y SERVICIO DE
CALIDADRECONOCIMIENTO
POSICIONAMIENTO
REDUCCIÓN DE
COSTOS
SATISFACCIÒN
DELCLIENTE
UTILIDADES
SOCIALES
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
OBJETIVOS
INDIVIDUALES
SALARIOS
BENEFICIOS
LABORALES
BENEFICIOS
SOCIALESESTABILIDAD
LABORAL
CRECIMIENTO
PERSONAL
CONDICIONESADCUADAS
DETRABAJO
INCENTIVOS
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SIN EMBARGO, EL OBJETIVO DEBE SER UNO SOLO. LA PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS EN LA ORGANIZACIÒN, DEBE CONDUCIR AL
CUMPLIMIENTO DE LA MISIÓNCUMPLIMIENTO DE LA VISION
DESARROLLO DEL OBJETO SOCIAL DE EMPRESA
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LA MISIÓN ES LA RAZÓN DE SER DE EMPRESA;
DESCRIBE EL PROPÓSITO GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN.
LA MISIÓN IDENTIFICA LA ORGANIZACIÓN, SIN IMPORTAR EL TAMAÑO.
DESCRIPCIÓN DE LO QUE LA EMPRESA HACE
PARA QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO EL ESFUERZO13/04/2023
MISIÓN EMPRESARIAL
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
LA VISIÓN ES UNA IMAGEN DEL FUTURO QUE SE BUSCA CREAR CON LOS ESFUERZOS Y ACCIONES DEL RECURSO HUMANO. ES LA BRÚJULA QUE GUIARÁ A LÍDERES Y COLABORADORES. SERÁ AQUELLO QUE PERMITIRÁ QUE TODAS LAS COSAS QUE SE HAGAN, TENGAN SENTIDO Y COHERENCIA. ES LA ORGANIZACIÓN EN EL FUTURO.
LA VISIÓN DEBE SER FACTIBLE, ALCANZABLE, NO DEBE SER UNA FANTASÍA.
LA VISIÓN DEBE SER MOTIVADORA E INSPIRADORA DEBE SER COMPARTIDA. DEBE SER CLARA Y SENCILLA, DE FÁCIL
COMUNICACIÓN13/04/2023
VISIÓN EMPRESARIAL
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
CONFUCIO DIJO: “NADA ES IMPORTANTE PARA QUIEN NO TIENE UN OBJETIVO”. LOS OBJETIVOS FORMALES PROVEEN CRITERIOS DE DECISIÓN QUE GUÍAN A LAS UNIDADES DE NEGOCIOS Y EMPLEADOS DE UNA ORGANIZACIÓN HACIA DIMENSIONES Y ÁMBITOS DE DESEMPEÑO ESPECÍFICOS.
13/04/2023
OBJETIVOS CORPORATIVOS
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
“TODA PERSONA NECESITA SER EFICIENTE PARA SATISFACER SUS NECESIDADES INDIVIDUALES, MEDIANTE SU PARTICIPACIÓN EN LA ORGANIZACIÓN, PERO TAMBIÉN NECESITA SER EFICAZ PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES, POR MEDIO DE SU PARTICIPACIÓN EN LA ORGANIZACIÓN”
BERNARD
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
PARTICIPACIÓN DE LAS
PERSONAS EN LA ORGANIZACIÓN
EFICIENCIA
LOGRO DE OBJETIVOSINDIVIDUALES
Mejoramiento personal,Prestigio, carrera,
Mejor salario,Seguridad personal, etc.
EFICACIA
LOGRO DE OBJETIVOSORGANIZACIONALES
Mayor productividad,Reducción de costos, Utilidad, crecimiento
de la organización, etc.
13/04/2023 JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
LA INTERACCIÓN ENTRE EMPLEADOS Y ORGANIZACIÓN ES, BÁSICAMENTE, UN PROCESO DE RECIPROCIDAD.
LA ORGANZIACIÓN HACE CIERTAS COSAS PARA Y POR EL R.H., COMO REMUNERACIÓN, SEGURIDAD Y STATUS.
RECÍPROCAMENTE, EL PARTICIPANTE RESPONDE CON TRABAJO, RESPONSABILIDAD EN SUS FUNCIONES Y LEALTAD.
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RECIPROCIDAD ENTRE INDIVIDUOS Y ORGANIZACIÓN
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UN EXCELENTE LUGAR DE TRABAJO OPORTUNIDAD DE CRECIMIENTO, EDUCACIÓN Y
CARRERA RECONICIMIENTO Y RECOMPENSA (SALARIO,
BENEFICIOS E INCENTIVOS) APOYO COMPAÑERISMO BUEN TRATO MOTIVACIÓN CALIDAD DE VIDA EN EL TRABAJO BENEFICIOS SOCIALES ETC.
13/04/2023
LO QUE LAS PERSONAS ESPERAN DE LA ORGANIZACIÓN
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CUMPLIMIENTO DE LA MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS INSTITUCIONALES
COMPROMISO Y DEDICACIÓN ÉTICA Y RESPONSABILIDAD SOCIAL TALENTO, HABILIDADES, COMPETENCIA ENFOCARSE EN LAS METAS Y RESULTADOS
A ALCANZAR ENFOCARSE EN EL CLIENTE INTERNO Y
EXTERNO TRABAJO EN EQUIPO
13/04/2023
LO QUE LA ORGANIZACIÓN ESPERA DE LAS PERSONAS
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
CONTRIBUYEN
PROPORCIONA
RELACIÓN DE INTERCAMBIO ENTRE PERSONAS Y ORGANIZACIÓN
13/04/2023
LASPERSONAS
LAORGANIZACIÓN
PARA ATENDER LAS NECESIDADES DELA O. (Trabajo, tiempo,Habilidades, esfuerzo,
Compromiso, etc)
PARA ATENDER LAS NECESIDADES DE
LAS PERSONAS (Salario,Beneficios, seguridad,
Capacitación, etc.)
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EN REALIDAD, CADA PARTE HACE INVERSIONES Y ESPERA QUE LA OTRA PARTE LE PROPORCIONES GANANCIAS
13/04/2023
EL COSTO-BENEFICIO DE LAS INVERSIONES
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13/04/2023
EMPRESA
PERSONAS
BENEFICIOS
DINERO
TRABAJO
EQUILIBRIOORGANIZACIONAL
JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
EL EQUILIBRIO ORGANIZACIONAL, REFLEJA EL ÉXITO DE LA ORGANIZACIÓN AL “REMUNERAR” A SUS INTEGRANTES CON INCENTIVOS ADECUADOS Y MOTIVARLOS PARA CONTINUAR CON SUS CONTRIBUCIONES EN LA EMPRESA, GARANBTIZANDO ASÍ, SU SUPERVICENCIA Y EFICACIA.
13/04/2023
EQUILIBRIO ORGANIZACIONAL
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ASPECTOS LEGALES DE LA CONTRATACIÓN EN COLOMBIA
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Una empresa sin personas trabajando, no es más que un depósito de mercancías, máquinas, equipos y herramientas. Definitivamente, son las personas quienes les imprimen vida y dinamismo a las empresas. De allí, que el recurso más importante en cualquier empresa, es el humano, sin importar el tamaño y la clase de negocio o empresa y de acuerdo como se haga una selección y contratación de personal, depende el éxito o el fracaso de la empresa
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Es toda actividad humana, libre y lícita, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente, al servicio de otra natural o jurídica, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato
¿QUÉ ES TRABAJO?
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Constitución Política de Colombia
El Código Sustantivo del Trabajo
La ley 50 de 1990 “Por la cual se introducen reformas al código sustantivo del trabajo y se dictan otras disposiciones)
Ley 789 de 2002 “por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del CST”
El Reglamento Interno de Trabajo
ASPECTOS LEGALES DE LAS RELACIONES LABORALES
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
El artículo 39 de la Constitución Nacional, establece el derecho que tienen los trabajadores de constituir sindicatos, sin la intervención del Estado.
El artículo 354 del C.S.T, protege el derecho de asociación, prohibiendo a toda persona, atentar contra el derecho de asociación sindical. Quien atente contra ese derecho, tendrá una multa que oscila entre cinco (5) a cien (100) SMMLV, sin perjuicio de las sanciones penales a que haya lugar
DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Se consideran actos atentatorios contra el derecho de asociación, los siguientes: 1. Obstruir o dificultar la afiliación de su personal, a una organización sindical de las protegidas por la ley, mediante dádivas o promesas, o condicionar a esas circunstancias, la obtención o conservación del empleo o el reconocimiento de mejoras o beneficios.
2. Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de los empleados, en razón de sus actividades encaminadas a la fundación de las organizaciones sindicales.
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3. Negarse a negociar con las organizaciones sindicales que hubieren presentado sus peticiones, de acuerdo con los procedimientos legales.
4. Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de su personal sindicalizado, con el objeto de impedir o difundir el ejercicio del derecho de asociación
5. Adoptar medida de represión contra los trabajadores, por haber acusado, testimoniado o intervenido en las investigaciones administrativas, tendientes a comprobar la violación de esta norma.
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El derecho de asociación sindical, nace cuando se trata de defender intereses derivados del ejercicio de una profesión, oficio, etc, por lo tanto, Sindicato puede definir como la facultad de unirse, en defensa de los intereses comunes. Su número mínimo para la creación es de 25 personas.
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DE EMPRESA: Conformados por individuos de varias profesiones, oficios o especialidades, que prestan sus servicios en una misma empresa
DE INDUSTRIA O POR RAMA DE ACTIVIDAD ECONOMICA: Conformados por individuos que prestan sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividades económica
GREMIALES: Conformados por individuos de una misma profesión, oficio o especialidad
4. DE OFICIOS VARIOS: Conformados por trabajadores de diversas profesiones, disímiles o inconexas.
CLASES DE SINDICATOS (Art. 356 C.S.T.)
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DE PRIMER GRADO. Son los sindicatos de cualquier clase DE SEGUNDO GRADO. Son la Federaciones (unión de sindicatos) DE TERCER GRADO. Son las Confederaciones (unión de federaciones). Los Sindicatos pueden afiliarse a confederaciones, cuando sus estatutos lo permitan
ORGANIZACIONES SINDICALES
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LIMITACIÓN ABSOLUTA. Son aquellas personas que no pueden pertenecer a ningún sindicato. Ejemplo: La fuerza pública (policía, ejército, fuerzas armadas, naval)
LIMITACIÓN RELATIVA. Se prohíbe a una persona, ser miembros de varios sindicatos de la misma clase.
LIMITACIÓN DE CARÁCTER RELATIVO. Los empleados directivos, de confianza y manejo, pueden ser parte del sindicato de la empresa pero no a su junta directiva ni ser designado de la misma
LIMITACIONES AL DERECHO DE ASOCIACIÓN SINDICAL
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Todo Sindicato, para formarse, debe realizar un asamblea o reunión inicial, en la cual se deberá levantar un “Acta de Fundación”, en la cual, debe quedar consignado, los nombres de todos los fundadores, los número de sus documentos de identificación, la actividad que ejerzan y que los vincule y el nombre y el objeto del sindicato. En la misma reunión o en otra posterior, se discuten y aprueban los estatutos y se designa una junta provisional.
CREACIÓN DE UN SINDICATO
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Toda organización sindical de trabajadores, por el solo hecho de su fundación, y a partir de la fecha de la asamblea constitutiva, goza de personería jurídica. Sin embargo, deberá inscribirse en el registro que para tales efectos, lleva el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, solicitud que debe hacer dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en los que deberá anexar una serie de documentos. (Art. 365 C.S.T.)
Una vez recibida la documentación, el Ministerio tiene un plazo de quince (15) días hábiles improrrogables, para admitir, formular objeciones o negar la inscripción.
Una vez aprobado el Sindicato, se deberá publicar, a cuenta de este, en un diario de amplia circulación en Colombia.
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Se denomina “fuero sindical” a la garantía de que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos, ni desmejorados en sus condiciones de trabajo,ni trasladados a otros establecimientos de la misma empresa o a un municipiodistinto, sin justa causa, previamente calificada por el juez de trabajo. (Art.405 C.S.T)
FUERO SINDICAL
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a) Los fundadores de un sindicato, desde el día de su constitución hasta dos (2) meses después de la inscripción en el registro sindical, sin exceder de seis (6) meses;
b) Los trabajadores que, con anterioridad a la inscripción en el registro sindical, ingresen al sindicato, para quienes el amparo rige por el mismo tiempo que para los fundadores;
Trabajadores amparados por el fuero sindical
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
c) Los miembros de la junta directiva y subdirectivas de todo sindicato, federación o confederación de sindicatos, sin pasar de cinco (5) principales y cinco (5) suplentes, y los miembros de los comités seccionales, sin pasar deun (1) principal y un (1) suplente. Este amparo se hará efectivo por el tiempo que dure el mandato y seis (6) meses más.
d) Dos (2) de los miembros de la comisión estatutaria de reclamos, que designen los sindicatos, las federaciones o confederaciones sindicales, por el mismo período de la junta directiva y por seis (6) meses más, sin que pueda existir en una empresa más de una (1) comisión estatutariade reclamos.
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
PARARAGRAFO 1º—Gozan de la garantía del fuero sindical, en los términos de este artículo, los servidores públicos, exceptuando aquellos servidores que ejerzan jurisdicción, autoridad civil, política o cargos de dirección o administración.
PARARAGRAFO 2º—Para todos los efectos legales y procesales la calidad del fuero sindical se demuestra con la copia del certificado de inscripción de la junta directiva y/o comité ejecutivo, o con la copia de la comunicaciónal empleador. (Art. 406 C.S.T) 13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
a) La liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento y la suspensión total o parcial de actividades por parte del patrono durante más de ciento veinte (120) días, y
b) Las causales enumeradas en los artículos 62 y 63 del CódigoSustantivo del Trabajo para dar por terminado el contrato. (Art. 410 C.S.T)
Justas causas del despido de un trabajador
con fuero sindical
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La empresa esta en la obligación de conceder los permisos necesarios para que el trabajador sindicalizado puede cumplir con las actividades y funciones propias del sindicato, esto en los términos establecidos en los artículos 57 y 59 del código sustantivo del trabajo
Permisos sindicales
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
Las relaciones de trabajo generan con frecuencia hechos y omisiones que afectan su curso normal, originando diferencias de distinta naturaleza, denominadas conflictos de trabajo o conflictos laborales, que no son más que las disputas de derecho o de interés que, en ocasión, se suscitan entre empleadores, empleados, sindicatos y el estado.
CONFLICTOS LABORALES
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Este concepto de conflicto laboral incluye las disputas de hecho y las contiendas de derecho:
Entre empleadores y empleados De empleados entre sí Entre miembros del sindicato Entre empleadores y sindicatos de
empleados Entre la entidad gremial y sus afiliados Entre empleadores, sindicatos y empleados
con el estado o funcionarios administrativos y judiciales, encargados de la aplicación de la ley laboral.
Entre empleadores, sindicatos y empleados con terceros 13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
LEGÍTIMAS: Cuando la empresa no cumple con los convenios firmados.
IMAGINARIAS: Cuando el sindicato cree que no le están cumpliendo con lo pactado (este conflicto es fácil de resolver)
DE CARÁCTER POLÍTICO: Se presenta antes de la negociación, cuando los representantes de las partes (sea de la empresa o del sindicato), están sometidos a presiones considerables para defender los puntos de vista
CLASES DE QUEJAS QUE PRESENTAN LOS SINDICALISTAS
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
La existencia de un sindicato, no significa que la empresa esté atravesando por serios problemas; sin embargo, cuando estos sindicatos generen conflictos, se procede a la negociación.
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PREPARACIÓN NEGOCIACIÓN ADMINISTRACIÓNInvestigación del Entorno
Integración de un plan de apoyo
Aprobación del plan por parte de la gerencia
Prever contingencia de huelga
Negociación con el sindicato
Aprobación por las partes(Empresa – Sindicato)
Ajustes en Compensaciones y
políticas
Verificar el cumplimiento de las partes
Administración del contrato colectivo
Socialización a todo el personal por parte de la empresa y del sindicato
NEGOCIACIONES COLECTIVAS
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QUÉ HACER Buscar más de lo que planea recibir y
ofrecer menos de los que está dispuesto a conceder
Negocie en privado, no en público Permita que su adversario gane algunos
puntos Empiece primero con los puntos fáciles Cuando la negociación se estanque,
destaque los avances obtenidos, pase a otro punto y haga contraofertas
Una vez firmado el acuerdo, hágale seguimiento
GUÍA BÁSICA PARA LA NEGOCIACIÓN
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
QUÉ NO HACER Nunca inicie el proceso ofreciendo su
límite. Recuerde que su adversario siempre buscará más
No explore posibilidades que no desee que se transformen en realidad
Jamás exprese un NO rotundo, a menos que cuente con el apoyo de su organización
No traicione la confianza que depositó en usted el otro negociador
No llegue a soluciones aceleradas. Si el proceso es demasiado corto, la solución podría no ser la mejor.
Desaliente la participación de personas no experimentadas, aunque sean directivos de la empresa
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas
GRACIAS POR SU ATENCIÓN
13/04/2023JAVIER NUMA NUMA Administrador de Empresas