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Acción protectora: las prestaciones Las prestaciones son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la Seguridad Social para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos, que suelen originar una pérdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los sufren. En su mayoría económicas, las prestaciones son las siguientes: Asistencia sanitaria Tiene por objeto la prestación de los servicios médicos y farmacéuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, así como su aptitud para el trabajo. Proporciona, también, los servicios convenientes para completar las prestaciones médicas y farmacéuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitación física precisa para lograr una completa recuperación profesional del trabajador. Incapacidad temporal Trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Riesgo durante el embarazo La prestación económica trata de cubrir la pérdida de ingresos que se produce, cuando la trabajadora es declarada en situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, en los supuestos en que, debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados. Riesgo durante la lactancia natural La prestación económica trata de cubrir la pérdida de ingresos que se produce, cuando la trabajadora es declarada

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Accin protectora: las prestacionesLas prestaciones son un conjunto de medidas que pone en funcionamiento la Seguridad Social para prever, reparar o superar determinadas situaciones de infortunio o estados de necesidad concretos, que suelen originar una prdida de ingresos o un exceso de gastos en las personas que los sufren.En su mayora econmicas,las prestaciones son las siguientes:Asistencia sanitaria Tiene por objeto la prestacin de los servicios mdicos y farmacuticos necesarios para conservar o restablecer la salud de sus beneficiarios, as como su aptitud para el trabajo. Proporciona, tambin, los servicios convenientes para completar las prestaciones mdicas y farmacuticas, atendiendo, de forma especial, a la rehabilitacin fsica precisa para lograr una completa recuperacin profesional del trabajador.Incapacidad temporal Trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, est imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.Riesgo durante el embarazoLa prestacin econmicatrata decubrir la prdida de ingresos que se produce, cuando la trabajadora es declarada en situacin de suspensin del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo, en los supuestos en que, debiendocambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambiono resulte tcnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.Riesgo durante la lactancia naturalLa prestacin econmicatrata decubrir la prdida de ingresos que se produce, cuando la trabajadora es declarada en situacin desuspensin del contrato de trabajo por riesgo durante la lactancia natural de un menor de9 meses, en los supuestos en que, debiendocambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su situacin, dicho cambio no resulte tcnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados. Esta nueva prestacin est incluida dentro de la accin protectora de todoslos regmenesdel Sistema de la Seguridad Social yse podr reconocer a partir del 24-03-07, aunque el parto se haya producido con anterioridad,siempre que el lactante no haya cumplido los 9 meses. MaternidadLasprestaciones econmicas por maternidadtratan de cubrir la prdida de rentas del trabajo o de ingresos que sufren los trabajadores, por cuenta ajena o por cuenta propia, cuando se suspende su contrato o se interrumpe su actividad para disfrutar de los perodos de descanso por maternidad, adopcin y acogimiento, legalmente establecidos. Cuidado de menores afectados por cncer u otra enfermedad gravePrestacin econmica destinada a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado del menor a su cargo afectado por cncer u otra grave enfermedad.El subsidio tiene por objeto compensar la prdida de ingresos que sufren los interesados al tener que reducir su jornada, con la consiguiente disminucin de su salario, por la necesidad de cuidar de manera directa, continua y permanente a los hijos o menores a su cargo, durante el tiempo de su hospitalizacin y tratamiento continuado de la enfermedad.Incapacidad permanentePrestacin econmica que, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la prdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona, cuando estando afectada por un proceso patolgico o traumtico derivado de una enfermedad o accidente, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma presumiblemente definitiva.JubilacinLa prestacin por jubilacin, en su modalidad contributiva, cubre la prdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los trminos legalmente establecidos. Muerte y supervivenciaLas prestaciones por muerte y supervivencia estn destinadas a compensar la situacin de necesidad econmica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)Es un rgimen residual que se aplica aaquellos trabajadores y sus derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislacin del extinguidorgimen, no tengan derecho a pensin del actual Sistema de la Seguridad Social, con excepcin de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.El rgimen de responsabilidadLa seguridad social en Venezuela est, hasta ahora, bsicamente en manos del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSS. El mismo sta constituido como un sistema de seguros obligatorios que recibe aportes de los trabajadores, los patronos y el sector pblico, fue ampliando su cobertura y expandindose durante un largo perodo en que funcion razonablemente bien. Se organiza de la siguiente manera: el sistema recibe cotizaciones mensuales y, con ellas, paga las pensiones y jubilaciones de los beneficiarios, utilizando para eso el sistema de financiamiento sobre la marcha o de "reparto", lo que significa que todo el dinero llega a un fondo comn y luego es gastado segn las obligaciones contradas ao a ao. Con esos fondos, adems, el IVSS fue generando, en su primera etapa, una red de centros de atencin de salud que, si bien no logr cubrir todo el territorio nacional, al menos represent en su momento un perceptible avance con respecto a la situacin anterior.Responsabilidades en materia de contingencias profesionalesCuando el trabajador sufre un accidente de trabajo o padece una enfermedad profesional se pueden generar una serie de responsabilidades, en caso de que no se haya dado cumplimiento a las normas que regulan tanto la prevencin de riesgos laborales o las del sistema de Seguridad Social. A saber: responsabilidades en materia de prestaciones de seguridad social, las prestaciones que pueden generarse son subsidio de incapacidad temporal; invalidez (en los grados de incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez); lesiones permanentes no invalidantes; y prestaciones por muerte y supervivencia (auxilio de defuncin, viudedad, orfandad, indemnizacin a tanto alzado); responsabilidad por falta de medidas de seguridad o higiene en el trabajo, junto a la responsabilidad en las prestaciones de seguridad social, tambin es posible que el empresario sea declarado responsable cuando, como consecuencia del incumplimiento de las medidas de prevencin, seguridad e higiene, el trabajador sufra un accidente de trabajo o padezca una enfermedad profesional. En esta situacin pueden surgir tipos de responsabilidades:Responsabilidad civil por daos y perjuiciosCon las anteriores responsabilidades no se agotan todas las posibilidades indemnizatorias que las contingencias profesionales pueden originar, ya que es posible plantear tambin una accin de indemnizacin de daos y perjuicios por responsabilidad civil derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Explico que "las prestaciones de Seguridad Social no agotan la indemnizacin total que pudiera proceder en concepto de responsabilidad civil por culpa o negligencia del empresario en la produccin de un accidente de trabajo, pero se integran en ese total indemnizatorio y son, por lo tanto, deducibles del importe que hubiera tenido que abonarse si no hubieran existido tales prestaciones, ya que las mismas no alteran ese importe total y no pueden adicionarse al mismo porque se producira un exceso carente de causa, como resulta evidente si se tiene en cuenta que el asegurado social percibira indemnizacin superior a quien no estuviese cubierto por tal aseguramiento y hubiese sufrido dao equivalente por culpa tambin equiparable.

Responsable por la seguridad socialLas prestaciones sociales impuestas por la Ley del Trabajo funcionaron, durante mucho tiempo, en parte como un seguro de desempleo y en parte como un fondo de retiro individual, a cobrar por el trabajador en el momento en que cesaba la relacin contractual de trabajo. Luego, en los ltimos aos, se fueron aadiendo otras responsabilidades a las empresas: comedores, guarderas, etc. La seguridad social esta se consider, primero, como responsabilidad casi exclusiva del Estado y luego del Estado y los empleadores. Al trabajador se lo dej al margen, siendo la parte ms dbil de la relacin, Pienso que la seguridad del trabajador debe ser, en primera instancia, su propia responsabilidad. La afirmacin, aunque a primera vista suena un poco fuerte, se basa en consideraciones ticas y econmicas Lo primero que puede decirse en tal sentido es que a nadie interesa ms su seguridad frente a las contingencias casi inevitables que ha de sufrir (enfermedad, envejecimiento, muerte, etc.) que al propio trabajador. El papel del Estado en la seguridad social, por otra parte, ha mostrado profundas limitaciones: ha sido mal administrador de fondos que no eran suyos, ha descuidado la atencin de los trabajadores y ha impedido que se buscasen nuevas vas para solucionar los problemas que se han ido creando.Las responsabilidades indemnizatorias Implican una obligacin de dar, es decir el pago de indemnizaciones al operario infortunado o sus causahabientes.

REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN ALDEA UNIVERSITARIA ESCUELA BSICA SAN PABLOMISION SUCRESAN PABLO YARACUY

LAS PRESTACIONES

INTEGRANTES: Lpez Yadira Lucambio Alberzibeth Torrealba Liliana Profesor: Jerry Goyo Semestre VIII Mayo 2015