ley contra delitos informáticos y ley sobre armas y explosivos
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- LEY C
ONTRA DELITOS
INFORMÁTI
COS
- LEY S
OBRE ARMAS Y
EXPLOSIVOS
L E G I SL A C I Ó
N PE N A L E
S P E C I AL
Universidad Fermín ToroEscuela de Derecho
Lapso 2015/BSAIA
Yennibel Canela de Acosta
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
¿Qué son Delitos
Informáticos?
Son conductas
ilícitas
Sancionadas por
el Derecho Penal Donde se
hace un uso indebido de «cualquier»
medio informático
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
OBJETO
Protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información
Prevención y sanción de los delitos informáticos
Prevención y sanción de delitos cometidos mediante con el uso de dichas tecnologías
Protección contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes
Base legal contenida en el Art. 1 de la Ley.
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
Delitos contra los sistemas que utilizan
tecnologías de información Delitos
contra la
propiedadDelitos contra
la privacidad de las
personas y de las
comunicaciones
Delitos contra los niños, niñas y adolescenteDelitos contra
el orden económico.
Tipos de Delitos Informáticos
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) El acceso indebido a un sistema, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 10 a 50 unidades tributarias (UT)
b) El sabotaje o daño a sistemas, incluyendo cualquier acto que altere su funcionamiento, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT, que aumentará a prisión de cinco a diez años y multa de 500 a 1.000 UT si para su comisión se utiliza un virus o medio análogo. Si se trata de sabotaje o daño culposo, la pena se reduce entre la mitad y dos tercios. Si se trata de sabotaje o acceso indebido a sistemas protegidos, la pena aumenta entre la tercera parte y la mitad;
c) La posesión de equipos o prestación de servicios para actividades de sabotaje, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT;
d) El espionaje informático, que incluye la obtención, difusión y revelación de información, hechos o conceptos contenidos en un sistema, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. El aumento será de la mitad a dos tercios si se pone en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las personas afectadas o si como resultado de la revelación alguna persona sufre un daño; y
e) La falsificación de documentos mediante el uso de tecnologías de información o la creación, modificación o alteración de datos en un documento, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. Si el hecho resulta en un perjuicio para otro, el aumento será de la mitad a dos tercios
Delitos contra los sistemas que utilizan
tecnologías de información
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOSa) El hurto, apropiación indebida de un bien, sustrayéndolo a
su tenedor mediante el acceso, interceptación, interferencia, manipulación o uso de un sistema que utilice tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa
de 200 a 600 UT;
b) El fraude realizado mediante el uso indebido de tecnologías de información, penado con prisión de tres a siete años y multa
de 300 a 700 UT;
c) La obtención indebida de bienes o servicios mediante el uso de tarjetas inteligentes, penado con prisión de dos a seis años y
multa de 200 a 600 UT;
d) El manejo fraudulento de tarjetas inteligentes, o la creación, duplicación o incorporación indebida de datos a registros, listas de consumo o similares, penado con prisión de cinco a diez años
y multa de 500 a 1.000 UT.
e) La apropiación indebida de tarjetas inteligentes, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 10 a 50 UT. La misma pena se impondrá a quien reciba o adquiera dichas tarjeta
f) Provisión indebida de bienes o servicios utilizando una tarjeta inteligente, a sabiendas de que dicho instrumento ha sido
falsificado, está vencido o ha sido alterado, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; y
g) La posesión de equipos para falsificaciones, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT.
Delitos contra la propiedad
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) La violación de la privacidad de la data o información de carácter personal que se encuentre en un sistema que use tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si como consecuencia del delito descrito resulta un perjuicio para el titular de la información o para un tercero;
b) La violación de la privacidad de las comunicaciones, penado con prisión de dos a seis años de prisión y una multa de 200 a 600 UT; y
c) La revelación indebida de datos o información obtenidos por los medios descritos en los literales a) o b) anteriores, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si el delito se cometió con fines de lucro o si resulta en un perjuicio para otro.
Delitos contra la privacidad
de las personas y de
las comunicacion
es
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Delitos contra los niños, niñas y adolescente
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
La difusión o exhibición de material pornográfico sin la
debida advertencia para que se restrinja el acceso a
menores de edad, penado con prisión de dos a seis
años y multa de 200 a 600 UT; y b) La exhibición
pornográfica de niños o adolescentes, penado con prisión de cuatro a ocho
años y multa de 400 a 800 UT.
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
a) La apropiación indebida de propiedad intelectual
mediante la reproducción, divulgación, modificación o
copia de un software, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500
UT; y
b) La oferta engañosa de bienes o servicios
mediante la utilización de tecnologías de la
información, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a
500 UT, sin perjuicio de la comisión de un delito más
grave.
Delitos contra el
orden económico.
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LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
Pena
s Ac
ceso
rias
El decomiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles, herramientas y cualquier otro objeto que haya sido utilizado para la comisión de los delitos previstos en los artículos 10 y 19 de la Ley
(posesión de equipos o prestación de servicios de sabotaje y posesión de equipos para falsificaciones).
Trabajo comunitario por el término de hasta tres años en los casos de los delitos previstos los artículos 6 y 8 de la Ley (acceso indebido y
favorecimiento culposo del sabotaje o daño).
La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos; para el ejercicio de la profesión, arte o industria; o para laborar en instituciones o empresas del ramo por un período de hasta tres años después de cumplida o conmutada la
sanción principal, cuando el delito se haya cometido con abuso de la posición de acceso a data o información reservadas, o al conocimiento privilegiado de
contraseñas, en razón del ejercicio de un cargo o función público, del ejercicio privado de una profesión u oficio, o del desempeño en una institución o empresa
privada.La suspensión del permiso, registro o autorización para operar o para ejercer cargos directivos y de representación de personas jurídicas vinculadas con el uso de tecnologías de información, hasta por el
período de tres años después de cumplida o conmutada la sanción principal, si para cometer el delito el agente se valió de o hizo figurar a
una persona jurídica.Además, el tribunal podrá disponer la publicación o difusión de la sentencia
condenatoria por el medio que considere más idóneo.
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Establece principios generales
diferentes a los
establecidos en el libro
primero del Código Penal
No tutela el uso debido de
Internet
Tutela los sistemas de
información sin referirse a su contenido ni
sus aplicaciones
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMÁTICOS
Deficiencias y Problemas de la Ley
Repite delitos ya existentes en el Código Penal y en otras leyes
penales
No tipifica delito alguno relativo a la seguridad e
integridad de la firma
electrónica y a su registro
Utiliza términos en el idioma inglés
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Disposiciones generales: Son armas, en general todos los instrumentos
propios para maltratar o herir. Su regulación se encuentra primeramente en el capítulo VIII, título
V de los Delitos Contra el Orden Público en los artículos 272 al 282 del Código Penal Venezolano
Objeto. Artículo 1°.-Se consideran delictuosos la introducción,
fabricación, comercio, detención, porte y
ocultamiento de armas y explosivos que se efectúen
en contravención de las disposiciones del Código
Penal y de la presente Ley.
Ámbito y competencia de la ley:
Para los efectos de la presente Ley, sólo se
consideran como armas las que en ella se indican.
LEY SOBRE ARMAS Y
EXPLOSIVOS
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Son armas de guerra todas las que se usen o puedan usarse en el Ejército, la Guardia Nacional y demás Cuerpos de Seguridad, para la defensa de la
Nación y resguardo del orden público.En cuanto a la clasificación de las armas,
municiones, explosivos, químicos y afines, se encuentran previstas en el Reglamento de la Ley sobre Armas y explosivos específicamente en los
art. del 1 al 13.
LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
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LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOSa) Las escopetas de uno o más cañones rayados para usar balas rasas.
b) Revólveres y pistolas de toda clase y calibre. A excepción de aquellos previamente autorizadosc) Los rifles de cacería de cañón rayado, de largo alcance y bala blindada de calibre 22 o 5 milímetros en adelante. d) Los bastones pistolas, puñales, dagas y estoques.
e) Los cartuchos correspondientes a las mencionadas armas de fuego. f) Las pólvoras piróxiladas para las cargas de los cartuchos de pistolas, revólveres y rifles de cañón rayado. g) Los cuchillos y machetes que no sean de uso doméstico, industrial o agrícola.
Armas de prohibida importación fabricación, comercio, porte y detención
En cuanto al Uso Ilícito de armas, armas de guerra y otras armas; se encuentran previstos en el art. 76, 77 y 78 de la Ley respectivamente
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Los Explosiv
os
Es toda materia
sólida, líquida o mezcla de ambas que, por reacción
química
Emite gases a altas temperatura, presión
y velocidad, desplegando gran
cantidad de energía calórica que impacta
físicamente su entorno.
Se Clasifica
en:
militares, industriale
s, comerciale
s, pirotécnico caseros e
improvisados
LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
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LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
Sanciones. El porte, la detentación o el
ocultamiento de las armas se castigarán con pena de
prisión de 3 a 5 años; de conformidad con lo
establecido en el art. 277 del Código Penal Venezolano.
Gracias por su atención…!!!