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LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO DE HIDALGO
U.R. POEH 31-diciembre-2016
GENERALIDADES
TÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES
La LAASSPEH es de orden público e interés general, tiene por objeto
reglamentar la aplicación del artículo 108 CPEH en materia de adquisiciones,
arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios que realicen:Artículo 1 LAASSPEH
I. El Estado;
II. Las Entidades de la Administración Pública Paraestatal;
II. Los Ayuntamientos del Estado;
IV. Las Entidades de la Administración Pública Paramunicipal; y
V. Las personas de Derecho Público de carácter estatal, con autonomía
derivada de la CPEH o de la ley que los crea.
I. Adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles;
II. Adquisiciones de bienes muebles que debanincorporarse o destinarse a un inmueble;III. Adquisiciones de bienes muebles que incluyan lainstalación por parte del proveedor;IV. Adquisiciones, arrendamientos y servicios, que realiceel Estado a comunidades indígenas;
V. Contratación de servicios relacionados con bienesmuebles, incorporados o adheridos a inmuebles, cuyaconservación, mantenimiento o reparación, no impliquenmodificación estructural alguna al propio inmueble;
VI. Reconstrucción y mantenimiento de bienes muebles;maquila, seguros, transportación de personas o bienesmuebles, servicios de limpieza, fumigación, conservaciónde áreas verdes y vigilancia de bienes muebles einmuebles;
La LAASSPEH es aplicable a:
Art. 5 LAASSPEH
VII. Contratos de arrendamiento financiero de bienesmuebles;VIII. Prestación de servicios de largo plazo no mayores a 5años que involucren recursos de varios ejercicios fiscales, acargo de un proveedor;
IX. Prestación de servicios de personas físicas, excepto lacontratación de servicios personales subordinados o bajoel régimen de honorarios;
X. Contratación de servicios de cualquier naturaleza,cuya prestación genere una obligación de pago para losconvocantes, siempre que su procedimiento decontratación no se encuentre regulado en formaespecífica por otras disposiciones legales.
Adquisiciones,arrendamientos yservicios con cargototal o parcial afondos estatales
Se sujetarán a la LAASSPEH
Adquisiciones con cargototal o parcial a fondosFederales o recursosprocedentes decréditos externos,conforme a losConvenios que secelebren entre elEstado y la Federación
Se sujetarán a lasdisposiciones de laLegislación Federal enla materia.
Art. 6 LAASSPEH
El gasto deadquisiciones,arrendamientos yservicios sesujetará a:
* Ley de Presupuestoy ContabilidadGubernamental delEstado de Hidalgo.
*PEELSH (ejerciciofiscal quecorresponda)
Art.7 LAASSPEH
Serán aplicables demanera supletoria:
* Ley Estatal delProcedimientoAdministrativo p/Edo Hgo* Código Civil para elEstado de Hidalgo* Código ProcedimientosCiviles p/Estado Hgo*Ley Federal deCompetencia Económica(monopolios).
Art. 14 LAASSPEH
En la planeación de adquisiciones, arrendamientos y servicios, los
convocantes deberán sujetarse a:
I. Objetivos, políticas y prioridades del Plan Estatal de Desarrollo,
Programas Anuales Sectoriales, Regionales y Especiales.
II. Objetivos, metas y previsiones de recursos establecidos en PEELSH del
ejercicio fiscal que corresponda.
Artículo 18 LAASSPEH
I. Acciones previas, durante y posteriores a realizar operaciones;
II. Objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo;
III. Calendarización física y financiera de utilización de recursos;
IV. Unidades administrativas responsables de su instrumentación;
V. Programas sustantivos, de apoyo administrativo y deinversiones
VI. Existencia en cantidad suficiente de los bienes, plazos estimadosde suministro y, en su caso los planos, proyectos y especificaciones;
VII. Requerimiento de mantenimiento de bienes muebles/inmuebles
VIII. Atención especial a sectores económicos (comprendidos en PlanEstatal Desarrollo, programas especiales, institucionales, sectoriales,municipales);
IX. Necesidades de bienes, arrendamientos y servicios de usogeneralizado y, demás previsiones.
Convocantes formularán programas anuales de adquisiciones,arrendamientos y servicios considerando:
Art. 20 LAASSPEH
FACULTADES DEL COMITÉ
Artículo 23 LAASSPEH
I. Elaborar yaprobar susreglas deintegración yfuncionamiento.
IV. Dictaminar sobrela no celebración delicitaciones públicas,por encontrarse enalgún supuesto deexcepción. (Art. 55LAASSPEH)
VII. Autorizar lacreación deSubcomités ysus reglas deintegración yfunciones.
VIII. Analizar para opiniónlos dictámenes o fallosemitidos por Subcomitésde las dependencias.
V. Proponer políticasinternas, bases ylineamientos en materiade adquisiciones,arrendamientos yservicios relativos a lasdependencias.
II. Revisar elPrograma Anualde Adquisiciones,Arrendamientos yServicios
III. Analizar ladocumentaciónpreparatoria deprocedimientos decontratación.
VI. Realizar losactos relativos alos procedimientosde contratación(licitación pública einvitación a tres)hasta el fallo.
IX. Autorizar lareducción de plazode presentación yapertura deproposiciones enlicitación pública.
Las Entidades, los Ayuntamientos y Organismos Públicos Autónomos, deberán
establecer Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios cuya
integración, funcionamiento y facultades se sujetarán a lo establecido en la
LAASSPEH y, demás disposiciones aplicables.Artículo 24 LAASSPEH
Los convocantes bajo su responsabilidad podrán convocar, adjudicar o
contratar adquisiciones, arrendamientos y servicios con cargo a su
presupuesto autorizado y calendario de gasto correspondiente
EXCEPCIÓN: Dependencias y Entidades podrán solicitar a la SFyA «aprobación» para convocar,
adjudicar y formalizar contratos, vigencia inicie en ejercicio fiscal siguiente al que se
formalizan (sujetos a disponibilidad presupuestal del año en que iniciará su vigencia)
Si rebasa un ejercicio presupuestario «determinar» el presupuesto total como el de
los ejercicios subsecuentes. Artículo 25 LAASSPEH
TÍTULO CUARTODE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,
calidad, financiamiento y oportunidad:
I. Licitación Pública
II. Invitación a cuando menos tres personas y,
III. Adjudicación directa
Los convocantes «deberán» realizar una investigación de mercado para
conocer las condiciones que imperan en éste respecto del bien,
arrendamiento o servicio objeto de la contratación que aseguren las mejores
condiciones para el Estado.
Artículo 33 LAASSPEH
La licitación pública
conforme a los medios que se utilicen podrá
ser:
Artículo 34 LAASSPEH
Electrónica
Participación del licitante a través de medios
electrónicos que establezca la SCyTG (actos de junta de
aclaraciones, de presentación y apertura de
proposiciones y, de fallo sin la presencia de licitantes
participantes).
Presencial Presentación física del
licitante en: junta de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones
(recepción de proposiciones en forma documental, por
escrito en sobre cerrado o en su caso por servicio postal o
mensajería) y, de fallo. Mixta
El licitante a su elecciónpodrá participar en forma presencial o electrónicaen los actos de: junta de
aclaraciones, de presentación y apertura de proposiciones y, de fallo.
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Internacionales
I. Nombre, denominación o
razón social de la Convocante
II. Descripción detallada de los
bienes, arrendamientos o
servicios …
III. Fecha, hora, lugar de celebración de los actos, de la firma del
contrato si será presencial,
electrónica o mixta
IV. Carácter de la licitación (nacional o internacional); idioma(s) de las proposiciones, anexos,folletos
VIII. Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado una
declaración de NO encontrarse en los supuestos del artículo 77
de la LAASSPEH.
VII. Acreditación de existencia legal y
personalidad jurídica de los licitantes para suscribir
proposiciones y firmar contrato.
VI. Presentar un escrito bajo protesta de decir verdad que se cuenta con facultades para
comprometerse
V. Requisitos que cumplirán los
interesados (No limitar la libre participación y competencia económica
IX. Los licitantes presentarán una
declaración de integridad que se abstendrán de adoptar conductas u
aspectos que otorguen condiciones ventajosas con
otros participantes
X. Si se requiere realizar pruebas
(método de ejecución y el resultado que deba
obtenerse).
Contenido de la Convocatoria a la Licitación PúblicaArtículo 40 LAASSPEH
XI. Indicar si la contratación abarcará uno o más ejercicios
fiscales
XII. Indicar si la totalidad de los bienes,
arrendamientos o servicios se
adjudicarán por partida o concepto
XIII. Domicilio de oficinas de la
Contraloría u Órgano de Control Interno (presentación de inconformidades)
XVI. Forma de garantizar las proposiciones
XV. Modelo de contrato
(requisitos del artículo 60
LAASSPEH)
XIV. Señalar causas de desechamiento de
las partidas o proposiciones
XVII. Posibilidad de existencia de ofertas
subsecuentes de descuentos
Publicación de la ConvocatoriaArts. 41 LAASSPEH y 46 RLAASSPEH
Publicación del resumen de la
convocatoria en el P.O:
Nombre de Convocante,
Número de licitación,
Objeto de la licitación,Volumen a adquirir
Fecha, hora y lugar de celebración de los actos.
Difusión de la convocatoria en medios
electrónicos en días hábiles y por una sola
ocasión.
Un ejemplar impreso o en medio electrónico de la Convocatoria en las
oficinas de la convocante, para
consulta de los licitantes participantes.
Previo al inicio de la junta o en dicho acto, los licitantes
participantes enviarán sus solicitudes de aclaración
(personalmente o a través de medios electrónicos)
En la junta de aclaraciones, los licitantes participantes
deberán presentar un escritomanifestando su interés en
participar en el procedimiento de licitación
El acto será presidido por el Presidente del Comité (asistido por un representante del área técnica o usuaria) se dará respuesta oportuna
a las aclaraciones)
Una vez que la Convocante haya dado respuesta, los licitantes participantes formularán preguntas relacionadas con las respuestas recibidas
Acto de junta de aclaracionesArtículos 44 LAASSPEH, 52 y 53 RLAASSPEH
La Convocante de igual manera dará respuesta
oportuna, clara y precisa a las dudas de los participantes
Si de manera extemporánea se reciben solicitudes de
aclaración, no serán contestadas por la
Convocante , excepto cuando se cite a otra junta
Al concluir la junta, podrá señalarse fecha y hora para la celebración de
ulteriores juntas; entre la última y el acto de presentación y apertura de proposiciones debe existir un plazo
de al menos dos días hábiles
Se levantará un acta de cada junta de aclaraciones (la falta de firma de
algún licitante no invalidará su contenido y efectos)
• Se llevará a cabo el día, hora y lugar previstos en la Convocatoria,cuando sea de manera presencial, el Presidente del Comiténombrará a cada uno de los licitantes presentes y recibirá lasproposiciones en sobre cerrado (propuesta técnica y económica).
• La documentación distinta a las proposiciones «podrá»entregarse dentro o fuera del sobre (en el mismo acto).
• Se procederá a la apertura del sobre, haciéndose constar en elacta la documentación presentada sin llevar a cabo el análisistécnico, legal o administrativo.
• La evaluación de las proposiciones se efectuará posteriormente alacto, empleándose los criterios indicados en la Convocatoria.
• El criterio de evaluación «preferentemente será el binario».(cumplir con los requisitos establecidos y ofertar precio solventemás bajo)
Acto de presentación y apertura de proposicionesArts. 45 y 47 LAASSPEH, 54, 56 y 57 RLAASSPEH
• El Presidente del Comité podrá dar lectura al precio unitario decada partida o concepto, o al importe total de cada proposición,debiendo anexar en este supuesto al acta, copia de lapropuesta económica de los licitantes
• Los licitantes elegirán a un representante, que en formaconjunta con el Presidente rubricarán las partes de lasproposiciones que se hayan determinado en la Convocatoria;se levantará acta, señalándose lugar fecha y hora del acto defallo (dentro de los 5 días hábiles siguientes a este acto)
Documentación que además se deberá
presentar :
• 1. Escrito que acredite la personalidad del licitante o surepresentante:
• * Del licitante (apoderado o representante): RFC, nombre ydomicilio.En caso de personas morales, la descripción del objetosocial de la empresa, los datos de las escrituras públicas; susreformas, modificaciones y, el nombre de los socios.
•
• * Del representante legal: Los datos de las escrituras públicasen las se le otorgaron facultades para suscribir laspropuestas.
•
• 2. Original y copia fotostática para cotejo, de identificaciónoficial vigente, para personas físicas, en caso de personamoral de quien firme la proposición.
** Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar para
cotejo, original y copia de los documentos con los que acredite su existencia legal y facultades de su
representante para suscribir contrato; así como del Padrón de Proveedores.
• 3. Declaración de no encontrarse en alguno de lossupuestos del artículo 77 de la LAASSPEH.4. Declaración de Integridad5. Manifestación de la estratificación a la quepertenece una empresa MIPYME6. Formato de verificación de los documentos queel licitante entregue en relación con losdocumentos requeridos en la Convocatoria
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I. Relación de licitantes cuyas proposiciones se desecharon
II. Relación de licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes
III. Nombre licitante(s) adjudicado(s), indicando partida(s), concepto(s) y
monto(s) asignado(s)
IV. Fecha, lugar y hora firma del contrato, presentación de garantía y
anticipos (en su caso)
V. Nombre, cargo, firma y facultades de los integrantes del Comité.
* Nombre y cargo de los responsables de la evaluación
Contra el fallo procede la inconformidad (Título Octavo Capítulo Primero LAASSPEH)
Excepciones a Licitación PúblicaArts. 53 al 59 LAASSPEH
Mediante escrito se deberá fundar y motivar
el procedimiento de excepción, firmando el
titular del área usuaria o solicitante
Invitación a cuando menos tres personas
Adjudicación directa
Los convocantes bajo su responsabilidad «pueden»
no celebrar procedimiento de Licitación Pública y
llevar a cabo:
I. No existan bienes, arrendamientos o servicios alternativos o sustitutos
técnicamente razonables o bien, que en el mercado sólo existe un posible oferente o
se trate de una persona que posee la titularidad o el licenciamiento exclusivo de
patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos o por tratarse de obras de
arte, de acuerdo a investigaciones de mercado;
II. Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la
salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del Estado como
consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales, de caso fortuito o
de fuerza mayor;
III. Se realicen con fines exclusivamente de seguridad pública o sean necesarios
para salvaguardar y garantizar la seguridad interior en el Estado;
IV. Derivado de caso fortuito, fuerza mayor, no sea posible obtener bienes,
arrendamientos o servicios mediante el procedimiento de licitación pública en el
tiempo requerido, para atender la eventualidad de que se trate, en este supuesto las
cantidades o conceptos deberán limitarse a lo estrictamente necesario para
afrontarla;
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V. Existan razones justificadas que consten por escrito, para la adquisición,
arrendamiento o servicio de bienes de marca determinada;
VI. Se trate de adquisiciones de bienes perecederos, granos, semillas y
productos alimenticios básicos o semiprocesados, semovientes, bienes usados o
reconstruidos.
…
VII. Cuando la índole técnica de los bienes, arrendamientos o servicios hace que
sea necesaria la negociación con los proveedores para definir las especificaciones
del producto;
VIII. Cuando se trate de un contrato para fines de investigación, experimentación o
estudio;
IX. Sea necesaria la confidencialidad porque involucra la defensa o seguridad delEstado o la Nación;
X. Si en dos convocatorias a licitación no se presentaron ofertas;
XI. Se acepte la adquisición o arrendamiento de bienes o prestación de servicios atítulo de dación en pago;
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XII. El objeto del contrato, sea el diseño y fabricación de un bien que sirva como
prototipo, para producir otros en la cantidad necesaria para efectuar las pruebas
que demuestren su funcionamiento (los derechos sobre el diseño, uso o cualquier otro
derecho exclusivo, se constituyan a favor de los convocantes);
XIII. Se trate de equipos especializados, sustancias y materiales de origen
químico, físico químico o bioquímico, para ser utilizados en actividades
experimentales requeridas en proyectos de investigación científica y desarrollo
tecnológico, siempre que dichos proyectos se encuentren autorizados por el
convocante respectivo;
XIV. Se trate de los servicios prestados por una persona física a que se refiere la
fracción VIII del artículo 5 de esta Ley, siempre que éstos sean realizados por ella
misma sin requerir de la utilización de más de un especialista o técnico;
XV. Suscripción de contratos específicos que deriven de un Contrato Marco;
XVI. Adquisiciones de armamento necesario para el desempeño de las funciones
propias de las áreas de seguridad pública; y
XVII. Medicamentos, material de curación y equipo especial para los hospitales,
clínicas, ó necesarios para los servicios de salud en caso de emergencia
decretada por autoridad competente.
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HI. Descripción de los bienes, arrendamientos o
servicios, especificaciones o datos técnicos de losmismos y, demás información que explique el objeto yalcance de la contratación;
ll. Plazos y condiciones de entrega de los bienes,arrendamientos o de prestación de los servicios;
III. Resultado de la investigación de mercado, quesoporte el procedimiento de contratación propuesto;
IV. El procedimiento de contratación propuesto,fundando el supuesto de excepción y, motivando lapropuesta mediante la descripción de manera clara delas razones en que se sustente la misma;
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HV. El monto estimado de la contratación y la forma depago propuesta;
Vl. En caso de adjudicación directa, el nombre de lapersona propuesta y sus datos generales;
VII. Acreditación y razonamiento de criterio(s) deeconomía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez ytransparencia, en que se funde y motive la selección delprocedimiento de excepción, y
VIII. El lugar y fecha de emisión.
** Se debe acompañar la requisición o solicitud de
contratación, acreditando la existencia de recursos para
iniciar el procedimiento de contratación.
Se podrá contratar mediante adjudicación
directa:
Art. 56 LAASSPEH
Servicios de consultoría,asesorías, estudios,investigaciones, serviciosprofesionales nosubordinados (de personasfísicas o morales)
Previa verificación enarchivos, la existencia deestudios, proyectos o trabajossimilares.
Requiriéndose autorizaciónpor escrito del titular de laConvocante y el dictamen quejustifique el acto.
Se podrá contratar mediante invitación o adjudicación directa:
Art. 57 LAASSPEH
Adquisiciones, arrendamientos yservicios, adicionales a lossupuestos del art. 55 LAASSPEH,conforme a lo dispuesto en la Leyde Presupuesto y ContabilidadGubernamental del Estado
(Art. 36: En términos de lalegislación aplicable y, que losrecursos se ejerzan oportunamenteen el ejercicio fiscalcorrespondiente)
* La suma de operaciones no excederádel 20% del monto total anualautorizado en cada ejerciciopresupuestal.
Procedimiento de invitación a cuando menos tres personasArts. 58 LAASSPEH
I. Difusión de la invitación a cuando menos tres personas
II. El acto de presentación y apertura de proposicionespodrá celebrarse sin la presencia de los licitantes, pero side un representante del Órgano Interno de Control.
III. Para efectos de adjudicación, se deberá invitar a un mínimo detres personas a efecto de analizar técnicamente sus propuestas;en caso contrario: se declarará desierta la invitación, seevaluará las dos propuestas susceptibles de analizarse, sisolo se cuenta con una propuesta se declarará desierta lainvitación.
IV. Las solicitudes de cotización indicarán mínimocantidad, descripción de los bienes, arrendamientos oservicios, plazo y lugar de entrega y, condiciones de pago
V. Los plazos para la presentación de las proposiciones sefijarán atendiendo el tipo de bienes, arrendamientos o serviciosrequeridos, la complejidad de elaborar y evaluar la proposición.
VI. Las demás disposiciones aplicables a la LicitaciónPública; siendo optativo para el Convocante realizar lajunta de aclaraciones.
Contenido de los contratosTítulo Quinto Capítulo Único, artículos 60 al 77 LAASSPEH
I. Nombre, datos deidentificación y capacidadjurídica de las partes;
II. Personalidad de losrepresentantes legales;III. Domicilio en el Estadode Hidalgo;
IV. Objeto del contrato;
V. Derechos yobligaciones de laspartes;
VI. Indicar procedimientode adjudicación delcontrato;
VII. Datos deautorización delpresupuesto para cubrirel contrato;
VIII. Acreditar la existenciay personalidad del licitanteadjudicado;
IX. Descripción de bienes,arrendamientos o servicios(conforme a proposición)
X. Precio unitario, importetotal a pagar;
XI. Precio fijo o sujeto aajustes;
XII. En caso dearrendamiento indicar si eso no con opción a compra;
XIII. Porcentajes deanticipos (no más de 50%del monto contrato);
XIV. Forma, términos yporcentaje de las garantíasde anticipo y decumplimiento;
(Art. 66 LAASSPEH)
XV. Fecha, plazo, lugar ycondiciones de entrega;
XVI. Moneda en que seefectuará el pago;
XVII. Plazo y condicionesde pago del precio;
XVIII. Prorrogas paracumplimiento de lasobligaciones contractuales;
XIX. Causas de rescisión(Art. 76 LAASSPEH)
XX. Condiciones para ladevolución y reposición debienes, por fallas decalidad o incumplimientode especificacionesconvenidas;
XXI. En su caso, señalará las licencias,autorizaciones y permisos necesariospara la adquisición, arrendamiento debienes o prestación de servicios;
XXII. Condiciones, términos yaplicaciones para aplicación de penasconvencionales por atraso en entregade los bienes, arrendamientos oservicios por causas imputables alproveedor; (Art. 72 LAASSPEH);
XXIII. Indicar en caso de violación enmateria de derechos de propiedadintelectual que la responsabilidad será acargo del licitante o proveedor;
XXIV. Procedimientos para resoluciónde controversias (distinto a conciliación);
XXV. Los demás aspectos y requisitosprevistos en la Convocatoria a lalicitación; en las invitaciones, así comolos relativos al tipo de contrato.
El contrato se firmará en la fecha, hora y lugar señalado en el
Fallo, en la Convocatoria o dentro de los 15 días naturales
siguientes a notificar el fallo.
• Sancionados por SCyTG o por el ÓrganoInterno de Control con multa equivalente ala cantidad de 50 hasta 1000 vecesSMGVEH.
Licitantes o proveedores que
infrinjan disposiciones de la LAASSPEH
• Que por causas imputables a ellos noformalicen contratos, sancionados con multaequivalente al 30% del valor total delcontrato.
Proveedores
• Dentro de los 5 días hábiles siguientes quetengan conocimiento de alguna infracción,remitirá a SCyTG u Órganos Internos de Controldocumentación comprobatoria de hechospresumiblemente constitutivos de infracción.
La Convocante
Título Séptimo Capítulo Único
De las infracciones y sanciones. Artículos 81 al 86 LAASSPEH
• Impondrán las sancionesadministrativas mediante a unprocedimiento similar que laLAASSPEH señala para cancelación oregistro del Padrón de Proveedores
• (Art. 32 LAASSPEH).
La SCyTG u Órgano Interno de Control
• Serán sancionados por la SCyTG o porel Órgano Interno de Control entérminos de lo dispuesto en la Ley deResponsabilidades de los ServidoresPúblicos para el Estado. (Título TerceroResponsabilidades Administrativas)
Los servidores públicos que infrinjan disposiciones de la
LAASSPEH
Gracias por su atención
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C.P. 42080, Pachuca de Soto, Hidalgo. Teléfono 01 (771) 7171910