ley de promocion y fomento de las mypes

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0 LEY DE PROMOCION Y FOMENTO DE LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

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Ley de Promocion

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  • 0LEY DE PROMOCION Y

    FOMENTO DE LAS MICRO Y

    PEQUEAS EMPRESAS

  • 1MICROEMPRESAS

    Caractersticas. Requisitos Beneficios

  • 2Qu es una MICROEMPRESA

    Una Microempresa, es toda unidad econmica constituida por unapersona natural (conocida tambin como conductor, empresa

    unipersonal o persona natural con negocio) o jurdica.

    Puede adoptar cualquier forma u organizacin o gestinempresarial puede ser persona natural con negocio (empresa

    unipersonal), o EIRL, sociedad civil, sociedad colectiva, S.A.,

    S.R.L., S.A.A., S.A.C., entre otros y est dedicada a la extraccin,

    transformacin, produccin, comercializacin de bienes o

    prestacin de servicios .)

    No superar las 150 UIT en ventas anuales. Cada UIT para el 2015tiene un valor de S/. 3,850.00 mensual.

    En tanto que no puede ser persona natural sin negocio,asociacin, fundacin, institucin pblica, institucin religiosa,

    gobierno central, regional y local, misin diplomtica y organismo

    internacional, colegio profesional, comit inscrito, entre otros.

    No superar los 10 trabajadores en promedio al ao (inclusive eldueo), todos en planilla.

    Rgimen especial laboral. Contratar con el estado y participar en los programas de promocin

    del mismo.

  • 3PEQUEAS EMPRESAS

    Caractersticas. Requisitos Beneficios

  • 4Qu es una PEQUEA EMPRESA

    Una Pequea empresa, es toda unidad econmica constituida por una persona natural (conocida tambin como conductor,

    empresa unipersonal o persona natural con negocio) o jurdica.

    Puede adoptar cualquier forma u organizacin o gestin empresarial puede ser persona natural con negocio (empresa

    unipersonal), o EIRL, sociedad civil, sociedad colectiva, S.A.,

    S.R.L., S.A.A., S.A.C., entre otros y est dedicada a la

    extraccin, transformacin, produccin, comercializacin de

    bienes o prestacin de servicios .)

    No superar las 850 UIT en ventas anuales. Cada UIT para el 2015 tiene un valor de S/. 3,850.00 mensual.

    No superar los 50 trabajadores en promedio al ao. Contratar con el estado y participar en los programas de

    promocin del mismo

  • 5MICRO EMPRESA PEQUEA EMPRESA

    Remuneracin Mnima Vital (RMV) Remuneracin Mnima Vital (RMV)Jornada de trabajo de 8 horas Jornada de trabajo de 8 horas

    Descanso semanal y en das feriados Descanso semanal y en das feriados

    Remuneracin por trabajo en sobretiempo Remuneracin por trabajo en sobretiempo

    Descanso vacacional de 15 dascalendarios Descanso vacacional de 15 das calendarios

    Cobertura de seguridad social en salud a travs del SIS (SEGURO INTEGRAL DE

    SALUD)

    Cobertura de seguridad social en salud a travs del ESSALUD

    Cobertura Previsional Cobertura Previsional

    Indemnizacin por despido de 10 das de remuneracin por ao de servicios (con

    un tope de 90 das de remuneracin)

    Indemnizacin por despido de 20 das de remuneracin por ao de servicios (con un tope

    de 120 das de remuneracin)

    Cobertura de Seguro de Vida y Seguro Complementario de trabajo de Riesgo (SCTR)

    Derecho a percibir 2 gratificaciones al ao (Fiestas Patrias y Navidad)

    Derecho a participar en las utilidades de la empresa

    Derecho a la Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente a 15 das de remuneracin por ao

    de servicio con tope de 90 das de remuneracin.

    Derechos colectivos segn las normas del Rgimen General de la actividad privada.

    CUADRO COMPARATIVO ENTRE UNA MICRO Y

    PEQUEA EMPRESA CUESTIONES LABORALES

  • 6REQUISITOS Y BENEFICIOS PARA LAS

    MICROS Y PEQUEAS EMPRESES (MYPE)

  • 7Qu requisitos debe cumplir para registrarse como micro

    empresa en la oficina de tramite documentario del Ministerio

    de trabajo y promocin del empleo o a las direcciones

    regionales de trabajo y promocin del empleo de tu

    localidad?

    Declaracin jurada de no superar las 150 UIT en ventasanuales y no superar los 10 trabajadores en promedio al

    ao (inclusive el dueo), todos en planilla.

    Fotocopia simple de la ficha RUC Un croquis de la ubicacin de la empresa. Declaracin jurada de impuesto a la Renta del ao

    anterior, si en caso inicia operaciones no ser necesario

    la presentacin de este documento.

    Solicitud de acogimiento al rgimen laboral especial dela microempresa automticamente si cumples con todos

    los requisitos estas acogido.

  • 8Simplificacin de trmites:

    Las empresas constituidas como Personas Jurdicas, lo harn mediante escritura pblica sin exigencia de la presentacin de la

    Minuta de Constitucin.

    constitucin y formalizacin de la empresa podr ser concluida en 72 horas.

    La Beneficios Tributarios

    Slo asumirn el 30% de los derechos de pago por trmites realizados ante el Ministerio de Trabajo.

    Las MYPES estarn exoneradas del pago de tasas a las Municipalidades por trmites tales como renovacin, actualizacin

    de datos entre otros relacionados a la misma, excepto en el

    cambio de uso.

    Las Personas Naturales que se inscriban en el RUS slo efectuaran el pago de una cuota de S/. 20 cuyo importe incluye el

    pago de impuesto a la renta e IGV.

    La microempresa que se inscriban en el Rgimen Especial de Renta (RER), slo pagaran el 1.5% de sus ingresos netos

    mensuales.

  • 9Contabilidad Simplificada

    Rgimen General de la Renta (siempre que los ingresos netos anuales no superen las 150

    UIT:

    - Registro de Ventas

    - Registro de Compras

    - Libro Diario Simplificado

    Rgimen Especial de la Renta:- Registro de Compras

    - Registro de Ventas e Ingresos

  • 10

    Beneficios Laborales (Rgimen Laboral Especial de las

    Microempresas)

    Para los Empleados:- Tienen derecho a percibir una Remuneracin Mnima Legal.

    - Jornada Laboral de 8 horas y 45 minutos de refrigerio adicional a la

    horas laborales.

    - Tienen derecho a percibir remuneracin por sobretiempo.

    - Gozan de descanso semanal y en das feriados.

    - Tienen derecho a 15 das de vacaciones.

    - Tienen acceso al seguro de salud, tanto el asegurado como sus

    derechohabientes.

    - El aportar a una Administradora Privada de Pensiones (AFP) o a la

    Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), es opcional.

    - Podr suscribirse al Sistema de Pensiones Sociales (SPS) cuyo

    pago ser asumido por el Estado en un 50%.

    -Indemnizacin por despido arbitrario, correspondiente a 15 das de

    remuneracin por cada ao de servicio o su proporcional.

  • 11

    Beneficios Laborales (Rgimen Laboral Especial de las

    Microempresas)

    Para el Empleador:- No hay obligacin de realizar el pago por CTS.

    - Los trabajadores slo gozan de 15 das de vacaciones.

    - No est obligada a pagar recarga del 35% por trabajo nocturno.

    - No realiza pago de gratificaciones por Fiestas Patrias o Navidad.

    - No hay obligacin de pagar Asignacin Familiar.

    - No hay pago de utilidades.

    - Tiene acceso al seguro de salud, tanto el asegurado como sus

    derechohabientes.

    - Podr optar por el Sistema Integral de Salud (SIS) por el cual solo

    realizar el pago mensual de 15 Nuevos Soles, ya que ser

    subsidiado por el estado y cuya cobertura es de S/ 12000 anuales

    por enfermedad.

    - El aportar a una Administradora Privada de Pensiones (AFP) o a la

    Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), es opcional.

    - Podr suscribirse al Sistema de Pensiones Sociales (SPS) cuyo

    pago ser asumido por el Estado en un 50%.

  • 12

    Beneficios Financieros

    Factoring, mediante el programa Per Factoring promovido por COFIDE, permitir al microempresario, que realice sus operaciones de

    ventas al crdito, obtener efectivo inmediato a travs de la venta de sus

    facturas.

    El Fondo de Garanta Empresarial (FOGEM) posibilita los crditos otorgados.

    El Programa Especial de Apoyo Financiero para la MYPE (PROPYME) canaliza recursos, para el otorgamiento de crditos directos, a travs de

    las entidades financieras.

    Acceso a lneas de crdito en los principales bancos del pas y cajas de ahorro y crdito.

    Otros Beneficios

    El Estado reserva el 40% de las compras nacionales para las MYPES.Realizan una Declaracin Jurada Anual de inventarios al finalizar cada periodo (31 de diciembre).

    El Fondo de Investigacin y Desarrollo para la Competitividad (FIDECOM), es un fondo concursable cuyo objetivo es cofinanciar

    proyectos de innovacin productiva.

  • 13

    Quines estn excluidos del marco jurdico de las Ley MYPE?

    No estn comprendidas en el presente rgimen laboral especial las

    micros y pequeas empresas que, no obstante de cumplir con los

    requisitos para pertenecer al rgimen laboral especial tengan las

    siguientes particularidades:

    Constituyan grupo econmico o vinculacin econmica. Tengan vinculacin econmica con otras empresas o grupos

    econmicos nacionales o extranjeros que no cumplan con dichas

    caractersticas;

    Falseen informacin; Dividan sus unidades empresariales; o, Se dediquen al rubro de bares, discotecas, juegos de azar y

    afines. Las actividades afines son determinadas por el Ministerio

    de Trabajo y Promocin del Empleo.

    El Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, supervisar la

    existencia de estas causales de exclusin, aplicando las sanciones

    correspondientes.

  • 14

    Qu se entiende por Grupo Econmico y Vinculacin Econmica?Se considera como grupo econmico al conjunto de empresas, cualquiera sea su actividad u

    objeto social, que estn sujetas al control de una misma persona natural o jurdica o de un mismo

    conjunto de personas naturales o jurdicas.

    Se considera que dos (2) o ms empresas tienen vinculacin econmica cuando:

    Una persona natural o jurdica posea ms de treinta por ciento (30%) del capital de otra personajurdica, directamente o por intermedio de un tercero.

    Ms del treinta por ciento (30%) del capital de dos (2) o ms personas jurdicas pertenezca a unamisma persona natural o jurdica, directamente o por intermedio de un tercero.

    En cualquiera de los casos anteriores, cuando la indicada proporcin del capital pertenezca acnyuges o convivientes entre s o a personas naturales vinculadas hasta el segundo grado de

    consanguinidad o afinidad.

    El capital de dos (2) o ms personas jurdicas pertenezca en ms del treinta por ciento (30%) asocios comunes a stas.

    Cuando las personas naturales titulares de negocios unipersonales son cnyuges, convivientes oparientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y cuenten con ms del veinticinco

    por ciento (25%) de trabajadores en comn.

    Las personas jurdicas o entidades cuenten con uno o ms directores, gerentes, administradoresu otros directivos comunes, que tengan poder de decisin en los acuerdos financieros, operativos

    o comerciales que se adopten.

    Una empresa no domiciliada tenga uno o ms establecimientos permanentes en el pas, en cuyocaso existir vinculacin entre la empresa no domiciliada y cada uno de sus establecimientos

    permanentes y entre todos ellos entre s.

    Una empresa venda a una misma empresa o a empresas vinculadas entre s, el ochenta porciento (80%) o ms de sus ventas.

    Una misma garanta respalde las obligaciones de dos empresas, o cuando ms del cincuenta porciento (50%) de las de una de ellas son garantizadas por la otra, y esta otra no es empresa del

    sistema financiero.

    Ms del cincuenta por ciento (50%) de las obligaciones de una persona jurdica sean acreenciasde la otra, y esta otra no sea empresa del sistema financiero.

  • 15

    Cmo opera la permanencia en el Rgimen Laboral

    Especial?

    La microempresa que durante 02 aos calendario

    consecutivos supere el nivel de ventas establecido en la

    presente norma, podr conservar por un ao adicional el

    mismo rgimen laboral, luego del cual pasar al que le

    corresponda. En el caso de las pequeas empresas, de

    superar durante 02 aos consecutivos el nivel de ventas

    establecido en la presente norma, podrn conservar

    durante 03 aos adicionales el mismo rgimen laboral,

    luego del cual pasar al que le corresponda.

  • 16

    Ley N 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar

    la inversin, impulsar el desarrollo productivo y el

    crecimiento empresarial, publicada el 2 de julio de 2013.

    Se ha eliminado el nmero mximo de trabajadores comoelemento para categorizar a las empresas, quedando solo el

    volumen de ventas como criterio de categorizacin; adems,

    se ha creado un nuevo nivel de empresas.

    Microempresa: ventas anuales hasta el monto mximo de150 UIT.

    Pequea empresa: ventas anuales superiores a 150 UIT yhasta el monto mximo de 1700 UIT.

    Mediana empresa: ventas anuales superiores a 1700 UIT yhasta el monto mximo de 2300 UIT.

    Se ratifica el carcter permanente del rgimen laboral,precisando que es nicamente para las micro y pequeas

    empresas, excluyndose a las medianas empresas

  • 17

    Adems, en caso de superar los lmites para permanecer en el rgimen de las pequeas empresas, se ha ampliado a

    3 aos el perodo adicional durante el que se puede

    mantener dicho rgimen, antes de pasar al rgimen

    general.

    La administracin de la Remype, en este momento a cargo del MTPE, pasar a manos de la SUNAT en un

    plazo de 180 das despus de la reglamentacin de la

    presente norma.

    Las empresas actualmente inscritas en la REMYPE sern trasladas a la Remype administrado por la SUNAT.

    La SUNAT publicar el listado de empresas que no cumplen con los requisitos establecidos para pertenecer a

    los regmenes especiales, dichas empresas tendrn un

    plazo de 60 das para adecuarse a los requisitos del nuevo

    registro.

  • 18

    El Rgimen de Promocin y Formalizacin de las MYPES se aplica atodos los trabajadores sujetos al rgimen laboral de la actividad privada

    , que presten servicios en las Micro y Pequeas Empresas, as como a

    sus conductores y empleadores.

    Los trabajadores contratados al amparo de la legislacin anteriorcontinuarn rigindose por las normas vigentes al momento de su

    celebracin.

    No estn incluidos en el mbito de aplicacin laboral los trabajadoressujetos al rgimen laboral comn, que cesen despus de la entrada en

    vigencia del Decreto Legislativo N 1086 y sean inmediatamentecontratados por el mismo empleador, salvo que haya transcurrido un (1)

    ao desde el cese.

    Los trabajadores de la Pequea Empresa debern obligatoriamenteafiliarse al SNP (ONP) o al SPP (AFP), pero no podrn afiliarse al

    Sistema de Pensiones Sociales (SPS) que es de carcter exclusivo de

    la Microempresa.

    Crase el Rgimen Laboral Especial dirigido a fomentar laformalizacin y desarrollo de las Micro y Pequea Empresa, y mejorar

    las condiciones de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza

    laboral de los trabajadores de las mismas.

  • 19

    TAREA

    Investigar sobre las funciones de cada una de las siguientes instituciones:

    - INDECOPI

    -SUNAT

    -SUNARP

    -MINTRA.

    Visitar las instituciones anteriores y recabar informacin sobre las tramitaciones que se

    realice en cada una de ellas y los costos, as

    como formularios o folletos.

    Realizar un croquis de ubicacin de cada uno.

    El trabajo se presenta el da del examen y es

    grupal segn los grupos de exposicin.(18 al 22

    es semana de examen)