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Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública COLIMA COLIMA Elaboró: Licda. Ma. Isabel Anzar Delgado LEY DE TRANSPARENCIA Artículo 10 MANUAL DESCRIPTIVO

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LEY DE TRANSPARENCIA Artículo 10. MANUAL DESCRIPTIVO. P R E S E N T AC I O N - PowerPoint PPT Presentation

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LEY DE TRANSPARENCIA

Artículo 10

MANUAL DESCRIPTIVO

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• P R E S E N T AC I O N

– Ante la necesidad de poder contar con material de apoyo que nos permita interpretar cada una de las fracciones que conforman el Artículo 10 de la Ley de Transparencia, nos dimos a la tarea de elaborar un MANUAL DESCRIPTIVO con su CONCENTRADO, mismo que a continuación presentamos.

– El presente manual es sólo un documento de apoyo y consulta que esperamos sea de gran utilidad y que contribuya a despejar las dudas relacionadas al tipo de información que precisa presentar cada organismo como parte del compromiso asumido en materia de transparencia.

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• Fracción I– Estructura Orgánica

• Disposición sistemática de los órganos que integran a una institución, conforme a criterios de jerarquía y especialización, ordenados y codificados de tal forma que sea posible visualizar los niveles jerárquicos y sus relaciones de dependencia.

– I.- Gobernador– I.1.- Secretario– I.1.1.-Director– I.1.1.1.- Subdirector– I.1.1.1.1. Jefe de Departamento, etc.

• Organigrama: Representación gráfica de la estructura orgánica de una institución o parte de ella y de las relaciones que guardan entre sí los órganos que la integran. Esta presentación permite al usuario que en una sola fijación ocular se visualice toda la información.

Nota: Generalmente en el Reglamento Interno aparecen las áreas existentes

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• Fracción I– Servicios que presta

• Son aquellos que con o sin contraprestación, están destinados a satisfacer necesidades colectivas en forma general, permanente y continua, bajo la dirección, regulación y control del Estado.

– Características:» Continuidad: la prestación no puede interrumpirse ni paralizarse. El Estado tiene el deber de asegurar la

continuidad; a tal efecto, la Administración puede reservarse en el contrato de concesión, si se hubiese dado, la facultad de aplicar sanciones al concesionario que interrumpe la prestación de servicio.

» Regularidad: un servicio es regular cuando se presta en forma correcta y de acuerdo con la reglamentación vigente.

» Igualdad: el servicio debe prestarse en igualdad de condiciones, pero ello no impide que se establezcan diversas categorías de usuarios manteniéndose en estricta igualdad a todos los que están en la misma situación.

» Generalidad: el servicio público es para todos y no para determinadas personas. No pueden negarse las prestaciones a quienes las solicitan, si están en condiciones reglamentarias.

– Tipos de Servicio Público según su alcance:» Actividad administrativa: de cualquier índole como actas de nacimiento, altas de predios, etc. » Actividades de servicio público: aquellas que en todo momento debe ser garantizada por el Estado,

como la educación, la salud, la seguridad, la sanidad, el predial, el agua, el alumbrado público, etc. » Servicios públicos impropios: aquellos que sin estar reservados expresamente al Estado ni calificadas

como actividades de servicio público, no pueden desarrollarse en un régimen puro de libertad económica puesto que tienden a la satisfacción de intereses generales pero su titularidad y responsabilidad no corresponden a las Administraciones Públicas. Las condiciones que los poderes públicos imponen para su autorización (cargas tarifarias, autorización previa, control e inspección por parte de la Administración Pública) son muy parecidas a las de las concesiones (servicio de taxis).

» Obligaciones de servicio público

– Formas de prestar los servicios públicos:» Gestión directa: la Administración territorial ofrece el servicio directamente con sus propios medios. » Gestión interesada y gestión a través de sociedad de economía mixta. » Gestión privada o indirecta: el arrendamiento, el concierto y la concesión.

Nota: Todos aquellos a los que puede acceder la ciudadanía por cada área de su Estructura Orgánica

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• Fracción I– Atribuciones por Unidad Administrativa

• Atribuciones: conjunto regulado de actividades profesionales que ciertas personas pueden desempeñar en su ámbito laboral, establecidas generalmente mediante Ley.

• Atribuciones: actos que debe ejercer el empleado público; sus facultades son los usos que puede hacer del poder que la ley le confía. Para diferenciar podemos decir que una de las atribuciones del juez es examinar los testigos; una de sus facultades es imponer penas al infractor.

– Normatividad que las rige• Regla, disposición o criterio que establece una autoridad para regular acciones de los distintos

agentes económicos, o bien para regular los procedimientos que se deben seguir para la realización de las tareas asignadas. Generalmente la norma conlleva una estructura de sanciones para quienes no la observen.

– Información de su Organización y Funcionamiento• Organización: estructuración técnica de las relaciones que deben existir entre las funciones,

niveles y actividades de los elementos materiales, humanos y financieros de la organización social con el objeto de lograr máxima eficiencia dentro de los planes y objetivos señalados.

• Funcionamiento: conjunto de actividades genéricas, que desempeña uno o varios elementos, de forma complementaria para conseguir un objetivo concreto y definido.

• Organización y Funcionamiento: estructura de las relaciones que deben existir entre las funciones, niveles y actividades de los elementos materiales y humanos de un organismo social, con el fin de lograr su máxima eficiencia dentro de los planes y objetivos señalados.

Nota: Atribuciones (aparecen en Reglamento Interno). Normatividad (Ley y Reglamento). Organización y Funcionamiento (titular, quien depende de quién, cómo se da el seguimiento y la relación de sus actividades)

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• Fracción II– Directorio de Servidores Públicos desde Jefes de Departamento o equivalentes

• Directorio: lista o guía de direcciones y nombres.

• Servidor Público: persona física, contratada o designada mediante elección o nombramiento, para desempeñar actividades atribuidas al Estado, a sus Órganos Gubernamentales o a los de la Administración Pública.

Nota: Elementos a considerar (nombre,cargo,domicilio oficial,tel.y ext., correo, fotografía si así lo considera)

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• Fracción III– Presupuesto de Egresos

• Documento jurídico, contable y de política económica, aprobado por el H. Congreso del Estado a iniciativa del Gobernador, en el cual se consigna el gasto público, de acuerdo con su naturaleza y cuantía, que deben realizar el sector central y el sector paraestatal de control directo, en el desempeño de sus funciones en un ejercicio fiscal.

• Estimación programada en forma sistemática de los egresos que maneja un organismo en un periodo determinado.

– Aplicación del Presupuesto de Egresos• Partidas descritas a las cuales se les ha asignado un monto económico para su operatividad.

– Remuneración mensual por puesto con compensación• Remuneración mensual: es el íntegro (económico) de lo que el trabajador recibe por sus servicios,

que aparece como percepción en el documento que recibe (talón de cheque), la cual se da de manera permanente, sin considerar aquel que sólo recibe por única vez o de manera extraordinaria.

• Compensación: incentivo extra que se da al trabajador para compensar sus servicios en un horario complementario o por la responsabilidad que conlleva el cargo que desempeña.

– La remuneración es quincenal, se requiere la suma correspondiente para su información mensual.

Nota: Presupuesto y Aplicación (aparece en Periódico Oficial). Remuneración (aparece en nómina)

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• Fracción IV– Las Motivaciones y Fundamentaciones finales contenidos en los Expedientes

Administrativos que justifican el Otorgamiento de Permisos, Concesiones o Licencias que la Ley confiere autorizar a cualquiera de las Entidades Públicas

• Entendiendo por motivación el señalar con precisión, las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, es decir el cuerpo normativo en que se apoyan, la ley que les otorga la potestad que ejercen, así como los artículos, fracciones y, en su caso, incisos o subincisos de la misma y que resultan aplicables al caso específico. Y por fundamentación la cita correcta y completa de los preceptos jurídicos que regulan la actuación autoritaria de que se trate. Es decir, ha de expresarse con precisión el precepto legal aplicable al caso. Siendo necesario además, que exista adecuación entre los motivos aducidos y las normas aplicables, es decir, que en el caso concreto se configure la hipótesis normativa. Así, resulta correcto sostener que todo acto de autoridad, sin excepción por cuanto o contenido, naturaleza u alcance corresponde, debe de encontrarse debidamente fundado y motivado.

• Acto de autoridad debidamente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero la obligación de la autoridad que lo emite, para citar los preceptos legales, sustantivos y adjetivos, en que se apoye la determinación adoptada; y por lo segundo, que exprese una serie de razonamientos lógico-jurídicos sobre el porque considero que el caso concreto se ajusta a la hipótesis normativa.

• Artículo 16 de nuestra Carta Magna que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, no alude únicamente a las resoluciones definitivas o que pongan fin a un procedimiento, sino que se refiere, en sentido amplio, a cualquier acto de autoridad en ejercicio de sus funciones, como sería, por ejemplo, la simple contestación recaída a cualquier solicitud del gobernado, a la cual la ley no exime de cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación contenidos en tal precepto constitucional

• Expediente: conjunto de documentos que constituyen la historia de un asunto en trámite o ya terminado.

Nota: Motivación (Acorde a sus atribuciones citadas en Reglamento Interno y a las Facultades que la Ley le otorga). Fundamentación (Ley de que se trate y su Reglamento)

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• Fracción IV– Permiso:

• Acto o documento a través del cual se permite a una persona realizar aquello que solicita, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por las leyes para cada caso (repartir o colocar publicidad, vender productos por temporada, cerrar calles por eventos, ausentarse del cargo aún cuando este último pudiera entrar en licencias, etc.).

– Concesión: • Acto jurídico administrativo por medio del cual el Estado autoriza a un particular (concesionario) para

desarrollar por cierto tiempo y a su riesgo, salvo pacto en contrario, un servicio público, recibiendo de los usuarios, como contraprestación económica, la cantidad determinada en las oportunas tarifas.

– Licencia: • Permiso formal, personal y no transferible otorgado por una Administración para la realización de una

acción (obras en el local o la vivienda) o para una actividad (autorización para la apertura de un negocio). Así como bajas temporales que se otorgan a un trabajador por un período de tiempo en casos de enfermedad, accidente, ausentarse del cargo, etc.

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• Fracción IV– Contrataciones

• Acto jurídico que suscriben dos o más personas, en donde se crean o transmiten derechos y obligaciones entre las partes que lo suscriben. Operación mediante la cual se llevan a cabo las adquisiciones en el Sector Público. Procedimientos: licitación simplificada (adjudicación que se hace habiendo convocado por lo menos dos proveedores); adjudicación (cuando se convoca por lo menos tres proveedores); adjudicación directa (cuando se contrata directamente a un proveedor); y licitación pública (cuando se hace concurrir libremente a los oferentes de bienes y/o servicios para concursar en los contratos del Sector Público).

• La contratación administrativa se regula por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (bienes muebles) y por la Ley de Obras Públicas y Servicios (bienes inmuebles). Dicha contratación se divide en tres campos: El de Adquisiciones; El de Arrendamiento; y El de Obra Pública. Los dos primeros se regulan por la primera ley y el tercero por la segunda. Ambas leyes coinciden en tres caminos para adquirir o contratar obras públicas: Licitación pública; Invitación a cuando menos tres personas, o Adjudicación directa.

• La mayoría de los contratos se llevan a cabo por medio de la licitación pública, que no es más que un contrato de concurso de recompensa llevado a cabo por órganos de la administración pública con el fin de adquirir, arrendar o contratar un servicio o una obra pública.

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• Fracción IV– Licitaciones

• Procedimiento observado para las contrataciones del las entidades públicas. Procedimiento de selección del co-contratante, que sobre las bases de una previa justificación de la idoneidad ética, técnica y financiera de los intervinientes, tiende a establecer la mejor oferta, el precio más conveniente, para la adquisición o enajenación de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras. Sus características son: la libre concurrencia y la igualdad entre los ofertantes. Procedimientos: licitación simplificada (adjudicación que se hace habiendo convocado por lo menos dos proveedores); adjudicación (cuando se convoca por lo menos tres proveedores); adjudicación directa (cuando se contrata directamente a un proveedor); y licitación pública (cuando se hace concurrir libremente a los oferentes de bienes y/o servicios para concursar en los contratos del Sector Público). Acto de subastar o someter a concurso público los contratos de obras o servicios, compras, adquisiciones etc. con el propósito de obtener la mejor oferta en calidad y precio de los contratistas o proveedores

– Los Procesos de toda adquisición de bienes o servicios• El proceso administrativo comprende las actividades interrelacionadas de: planificación,

organización, dirección y control de todas las actividades que implican relaciones humanas y tiempo.

– Permiso (solicitud, respuesta, etc.)– Concesión (solicitud, respuesta, etc.)– Licencia (solicitud, respuesta, etc.)– Contratación (oficio de invitación, carta de aceptación, propuestas técnicas y económicas,

contrato, etc.)– Licitación Pública: Etapas (Convocatoria, Bases, Junta de Aclaraciones, Presentación de

Propuestas Técnicas y Económicas, Apertura de Propuestas Técnicas, Dictamen Técnico, Apertura de Propuestas Económicas, Dictamen Económico y Adjudicación del Contrato)

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• Fracción V– Normas Básicas de Competencia que incluyan trámites

• Normas: criterios aceptados o medidas de desempeño, práctica o diseño. Constituyen especificaciones técnicas consensuadas y documentadas, de carácter voluntario, elaboradas por las partes interesadas y, en todos los casos, aprobadas por un organismo reconocido. Se considera una solución a un problema común establecido por peritos confiables, y redactado por un cuerpo reconocido con el propósito de que todos puedan utilizarla. El proceso de creación de normas se expresa como una transición del pensamiento individual al pensamiento colectivo, pasar del desorden al orden y de lo arbitrario a la legalidad.

• Competencia: posesión de calificaciones intelectuales, físicas y conductuales suficientes

(conocimientos, habilidades y actitudes) para realizar una tarea o desempeñar un papel de manera adecuada para lograr un resultado deseado.

– Trámites• Conjunto, serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para

adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la Administración Pública se pronuncia sobre esté, aceptando o denegando la solicitud.

– Requisitos• Son todos los documentos que se solicitan para dar tramite a algún servicio.

– Formatos• Son todas las formas preestablecidas que deberán requisitarse para la realización de un trámite.

Nota: Normas Básicas (están en los Reglamentos de cada una de las áreas)

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• Fracción V– Manual de Organización

• Documento que registra y actualiza información detallada de una organización acerca de sus antecedentes, atribuciones, estructura orgánica, funciones, niveles jerárquicos, líneas de comunicación y coordinación y los organigramas que representan en forma esquemática la estructura.

– Elementos:» Contenido» Introducción» Antecedentes» Base Legal» Atribuciones » Misión y Visión » Organigrama General» Descripción de áreas del Organigrama con su propósito y sus funciones

– Base Legal que fundamente la actuación de las entidades públicas• Decretos, Leyes, Reglamentos, Resoluciones, etc. que deben ser considerados para todos los

procesos que la administración lleva a cabo.

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• Fracción VI– Resultados de Auditorias concluidas hechas al Ejercicio Presupuestal

• Examen objetivo y sistemático de las operaciones financieras y administrativas de una entidad, practicado con posterioridad a su ejecución y para su evaluación.

– Minutas de las reuniones oficiales • Expediente escrito que proporcionan una descripción de la estructura de la reunión, comenzando con

lista de presentes, seguido de los planteamientos y las respuestas de cada uno de los asistentes. Pudiendo ser tan detallados y comprehensivos como una transcripción, o tan brevemente y sucintas como una lista simple de las resoluciones o decisiones tomadas.

Nota: Minutas relacionadas con las auditorias o sobre las observaciones a las mismas

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• Fracción VII– Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica del servidor público encargado

de gestionar y resolver las solicitudes de información pública • Servidor Público: persona física, contratada o designada mediante elección o nombramiento, para

desempeñar actividades atribuidas al Estado, a sus Órganos Gubernamentales o a los de la Administración Pública.

• Persona que puede gestionar y resolver las solicitudes de información pública.

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• Fracción VIII– Servicios y Programas de Apoyo que ofrecen

• Servicios de Apoyo (sociales): aquellos considerados fundamentales para el bienestar social como los referidos a la salud, promoción y asistencia social, seguridad social, educación y cultura, ciencia y técnica, trabajo, vivienda y urbanismo, agua potable y alcantarillado, etc., están destinados normalmente para la atención y mejora de las personas necesitadas.

• Programas de Apoyo (sociales): acciones concretas cuya finalidad es la contribución directa (impacto positivo) sobre la calidad de vida y el modo de vida de una población o sociedad. Están destinados a la atención de los sectores más pobres de la sociedad, es decir los tradicionalmente excluidos. Tienen carácter netamente paliativo, asistencialista y compensatorios de los efectos económicos. Su finalidad es amortizar los efectos perturbadores que los ajustes estructurales económicos tienen sobre la población en la fase de estabilización económica.

– Servicio en Educación» Programa: ver bien para aprender mejor (lentes)» Programa: becas escolares

– Servicio en Salud» Programa: higiene bucal

– Servicio en Vivienda» Programa: vivienda digna (pisos firmes, láminas)

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• Fracción VIII– Trámites

• Conjunto, serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la Administración Pública se pronuncia sobre esté, aceptando o denegando la solicitud.

– Requisitos• Documentos que se solicitan para dar tramite a algún servicio.

– Formatos• Formas preestablecidas que deberán requisitarse para la realización de un trámite.

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• Fracción IX– Balances Generales

• Estado básico demostrativo de la situación financiera de una empresa, a una fecha determinada, preparado de acuerdo con los principios básicos de contabilidad gubernamental que incluye el activo, el pasivo y el capital contable

– Activo: lo constituyen todos los bienes y derechos que tiene la entidad (efectivo, propiedades, equipos, títulos valor, entre otros).

– Pasivo: lo constituyen todas las deudas a terceras personas, que representa los derechos que tienen los acreedores y los propietarios sobre su activo.

– Capital Contable: es la diferencia entre los activos y pasivos, está constituido por la suma de todas las cuentas de capital, es decir, incluye capital social, reservas, utilidades acumuladas y utilidades del ejercicio

– Estado Financiero• Informe que refleja la situación financiera. Las clases son balance general, estado de resultado u

operaciones o estado de flujos.

– Estado de Resultados u Operaciones: documento que muestra el resultado de las operaciones (utilidad, pérdida remanente y excedente) de una entidad durante un periodo determinado. Son los compromisos de pago de las dependencias con cargo al presupuesto de egresos a favor de terceros, por importes retenidos derivados de relaciones contractuales y legales, como impuestos, cuotas, primas y aportaciones a que dé lugar el pago de remuneraciones a favor de algunos beneficiarios como el ISSSTE, Cuotas Sindicales, etc.

– Estado de Flujos: movimiento o circulación de cierta variable en el interior del sistema económico. Las variables de flujo, suponen la existencia de una corriente económica y se caracterizan por una dimensión temporal; se expresan de manera necesaria en cantidades medidas durante un periodo, como por ejemplo, el consumo, la inversión, la producción, las exportaciones, las importaciones, el ingreso nacional, etc. Los flujos se relacionan en forma íntima con los fondos, pues unos proceden de los otros. De esta manera, la variable fondo “inmovilizado en inmuebles” da lugar a la variable flujo “alquileres”, en tanto que la variable flujo “producción de trigo en el periodo X” da lugar a la variable fondo “trigo almacenado”.

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• Fracción X– Informes que por Ley tienen que presentarse

• Testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones por instituciones o personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, registrado en una unidad de información en cualquier tipo de soporte (papel, cintas, discos magnéticos, películas, fotografías, etcétera), en lengua natural o convencional.

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• Fracción XI– Convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos,

prestación de servicios, concesiones, permisos y autorizaciones • Convocatoria: acto mediante el cual inicia formalmente el procedimiento de licitación. Es la

invitación de la Administración Pública al público en general para que si se encuentra interesado en contratar con el Estado, ya sea para vender, arrendar, realizar una obra o prestar un servicio, acuda al llamado y cumpla con los requisitos señalados. Debe establecer lugar, fecha y horarios para consultar las bases de licitación, debiendo indicar el costo de las mismas. Teniendo derecho el participante de consultarlas sin necesidad de comprarlas.

• Bases de Licitación: instrumento que se pública junto con la convocatoria, o al menos en la convocatoria se debe establecer el lugar, fecha y horarios donde se pueden consultar. Deben ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de Internet www.compranet.gob.mx el mismo día en que se publica la convocatoria.

• Junta de Aclaraciones: junta que se señala en la convocatoria con fecha y lugar ha realizarse, en la cual las dependencias explican todas y cada una de las bases de licitación que los licitantes no comprendan, Debiendo levantar el acta correspondiente, con los requisitos establecidos para ello.

• Presentación de Propuestas: acto mediante el cual los participantes, entregan a la dependencia convocante, las propuestas tanto técnicas como económicas en sobre cerrados, de acuerdo a la hora y fecha establecida en la convocatoria, así como la documentación referente al régimen jurídico o legal de los participantes.

• Apertura de Propuestas Técnicas: se abren los sobres frente a los participantes, debiendo revisar la dependencia que cumplan con los requisitos formales,  rechazando en ese mismo acto las que hayan omitido cualquiera de los requisitos exigidos en las bases de licitación, se califica a los participantes de manera formal.

Nota: Los result.de conv.deben contener: Ident.del contrato, monto, proveedor o contratista, plazo para cumplimiento, part.ciudadana. Tratándose de concesión, permiso o autorización a particulares: nombre o razón social, concepto y vigencia. Tratándose de obra directa: monto, lugar, plazo de ejec., ident.del resp. Vigilancia soc. civil

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• Fracción XI–

• Emisión de Dictamen Técnico: la dependencia deberá emitir el dictamen en el cuál mencionará quienes son solventes técnicamente o quienes no cumplen las bases de licitación, ya que el incumplimiento a cualquier base produce el desechamiento de las mismas y en consecuencia la descalificación del participante. En dicho dictamen deberá de fundar y motivar la aceptación o en su caso el desechamiento o descalificación correspondiente, sobre todo estos, ya que el aceptado es difícil que se oponga a este acto.

• Apertura de Propuestas Económicas: sólo se abren los sobres de licitantes que hayan aprobado el dictamen técnico, dándose lectura a los importes totales y verificando que cumpla al menos con los requisitos de forma, teniéndose que levantar un acta, en donde se establece el dictamen técnico y la apertura de propuestas económicas, así como la fecha, hora y lugar en donde se dará a conocer el fallo licitatorio. En esta etapa se refleja cual de las propuestas aceptadas técnicamente, es parcialmente ganadora, ya que se dan a conocer los montos totales cotizados.

• Emisión de Dictamen Económico: En junta pública citada la dependencia convocante deberá emitir el dictamen económico y fallo licitatorio o adjudicatario del contrato, levantando el acta correspondiente en la cual se deberán dar las razones a los licitantes no ganadores, del porque no resultaron ganadores. Esta acta deberá firmarse por los asistentes y cuando menos dos servidores públicos, entregándole copia de la misma a cada uno de ellos y poniéndola a disposición ante la dependencia para los que no asistieron.

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• Fracción XI–

– El fallo deberá contener lo siguiente:» Nombre del participante ganador y el monto total de su propuesta, acompañando copia

del dictamen» La forma, lugar y plazo para la presentación de las garantías» En su caso, el lugar y plazo para la entrega de los anticipos» El lugar y fecha estimada en que el licitante ganador deberá firmar el contrato, y» La fecha de inicio de los trabajos y el plazo de ejecución de los mismos

– Cuando el fallo se dé a conocer en junta pública, ésta comenzará con la lectura del resultado del dictamen que sirvió de base para determinar el fallo y el licitante ganador, debiendo levantar el acta donde conste la participación de los interesados, así como la información antes requerida.

– Con el fallo y el modelo de contrato en su poder, el licitante ganador podrá tramitar las garantías.

– En sustitución a dicha junta pública la dependencia convocante puede notificar por escrito, dentro de los cinco días naturales el fallo licitatorio a cada uno de los participantes.

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• Fracción XI

– • Toda licitación pude declararse desierta, por causas como: que los licitantes no fueron solventes

dentro del procedimiento, que siendo solvente el importe de precios no fue aceptable, porque los trabajos convocados ya no son necesarios. debiendo notificar por escrito a los licitantes y al órgano interno de control, las razones justificadas y cubriendo los gastos no recuperables que estén debidamente comprobados y se relacionen con la operación correspondiente. Sin embargo en caso de cancelación por caso fortuito o fuerza mayor, no será responsable del pago de los gastos no recuperables, siguiendo la excepción del cumplimiento de obligaciones.

• Concluyendo que la licitación pública inicia con la convocatoria y termina con el fallo de adjudicación o en su caso con la calificación de desierta de la licitación.

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• Fracción XI– Adquisiciones

• Acto jurídico por el cual se obtienen los bienes y servicios que utiliza la administración publica para su funcionamiento y para la satisfacción del mosaico de necesidades que tiene bajo su responsabilidad. Estas adquisiciones de bienes muebles y contrataciones de servicios deben de realizarse con eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, asegurando al Estado la obtención de las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. Puede tener efecto a título oneroso o gratuito; a título singular o universal, por cesión o herencia.

– Los procesos de compra se realizan conforme al origen de los recursos y apegados a la normatividad y de acuerdo a sus características serán definidos por el comité de adquisiciones, respaldados por escrito mediante cotizaciones, facturas, ordenes de compra y contratos de compraventa especificando condiciones de precios, pago, calidad, soporte técnico, tiempo de entrega y garantía.

– No se deberá fraccionar las compras, dentro de cada operación será posible elegir el o los equipos con diferentes proveedores. Por lo que no se deben de ejecutar adquisiciones de un solo tipo de equipo, mobiliario o suministros en distintas ocasiones. El responsable del pedido y de las compras debe consolidar estas. adjudicación o en su caso con la calificación de desierta de la licitación.

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• Fracción XI– Arrendamientos

• Arrendamiento: contrato por el cual una de las partes (arrendador) se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra parte (arrendatario), quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

– Los arrendamientos pueden ser de tres especies:» De cosas: éste crea un vínculo personal, por virtud del cual puede exigir el arrendatario,

el uso y disfrute de aquellas, en tanto pesa sobre él la obligación de pagar la merced convenida.

» De servicios: en éste el arrendador se obliga a trabajar o a prestar determinados servicios al arrendatario en forma, lugar y tiempo convenidos mediante un pago. El arrendatario está obligado a retribuir los servicios. Puede concluir por incumplimiento de obligaciones, por terminación de contrato o por la muerte.

» De obra: en este contrato una persona se compromete con otra a realizar una obra o un trabajo determinado mediante el pago de un precio. Esto recae sobre el resultado de un trabajo, sobre el producto del mismo, ya acabado como: la confección de un traje o la construcción de una casa.

» De servicios (prestación de servicios): contrato por el cual un profesional se obliga a prestar a una persona física o moral un servicio a cambio de una retribución.

– Prestación de Servicios• Es un modelo de contrato mediante el cual una de las partes (empresa o profesional autónomo) se

compromete a prestar una serie de servicios a otra, que, a su vez, se compromete a pagar un precio a cambio. El contrato está elaborado de forma que pueda adaptarse a las necesidades propias de cada actividad. Incluye, además, explicaciones y comentarios para la correcta elaboración del contrato.

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• Fracción XI– Concesiones

• Acto jurídico por el cual se otorga al particular, persona física o moral, el derecho para explotar, usar o aprovechar un bien del Estado o para establecer y explotar un servicio público.

• Es el medio más eficaces dentro del estado para entregar a particulares ciertas actividades o la explotación de recursos que la administración publica no esta en condiciones de desarrollar ya sea por incosteabilidad económica o por impedimentos organizacionales propios o por inconveniencia política. Destacan la insuficiencia de recursos, o la incapacidad financiera, técnica u organizacional por parte de la Administración Pública, que le impiden cumplir de manera directa con la gran cantidad de tareas que tiene atribuidas; por ello, recurre a los particulares para encomendarles la prestación de determinados servicios o bien permitirles que usen y aprovechen bienes públicos. De ésta manera, el particular realizará una actividad que originalmente le corresponde al Estado y que aún llevada a cabo por persona distinta, perseguirá satisfacer necesidades generales.

– Puede ser para:» Venta: (concesionaria de autos)» Prestación de un servicio no público: (restaurante dentro de una escuela privada)» Ejecución de obra pública: (que construya a nombre de la administración por resultar

esto más económico para el Estado)» Utilización de infraestructura: en donde la concesión es la única forma de retribución

(autopista de peaje el usuario de la vía paga por la utilización de la vía y no por el servicio).

» Gestión de un servicio público: (el servicio de un autobús, taxi, etc. el objetivo es asegurar un servicio adecuado y barato a los consumidores, permitiendo que la empresa concesionaria pueda obtener beneficios, parte de los cuales se podrán reinvertir en el servicio público que se ofrece)

» Aprovechamiento de un patrimonio colectivo como es el dominio público: (el aprovechamiento especial y el uso privativo con instalaciones desmontables o muebles por más de cuatro años. La ocupación con obras o instalaciones fijas).

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• Fracción XI– Permisos

• Acto jurídico administrativo mediante el cual el estado otorga a una persona la facultad de prestar servicios complementarios, de cualquier índole, ya sean públicos o privados (servicio público) o a través del cual se permite a una persona realizar aquello que solicita, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por las leyes para cada caso (actividades económicas).

– Autorización• Proceso que determina si se permite o no a una identidad autenticada tener acceso a un recurso

solicitado o ejecutar una operación solicitada

– Resultados• Todo aquello que resulto de cada uno de los procesos anteriores

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• Fracción XII– Periódico Oficial

• Nombre dado a la publicación oficial que un Estado tiene para publicar las constituciones, tratados, leyes, decretos, reglamentos y otras normas jurídicas.

• Una vez que las normas han sido aprobadas o sancionadas por uno o más órganos de los poderes del Estado, deben ser promulgadas y publicadas, para que tengan efectos jurídicos y por tanto sean acatadas y reconocidas como parte del ordenamiento público del Estado. Esto en base al principio de que la ley debe ser conocida por el público para que sea legítima.

• Otras organizaciones, tales como servicios públicos, empresas estatales, municipalidades o entidades subnacionales, también pueden tener una publicación oficial para dar a conocer sus normas jurídicas propias y demás decisiones internas, en los casos que sea requerido por disposición constitucional o legal.

– Decretos Administrativos• Toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa que

produce efectos jurídicos individuales de forma inmediata.

– Reglamentos• Norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. Su rango en el orden jerárquico es

inmediatamente inferior a la Ley y generalmente la desarrolla.

– Circulares• Normativa de carácter general que emite una autoridad para su cumplimiento por el personal

competente.

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• Fracción XII– Bandos

• Disposición pública ordenada o impuesta por una autoridad.

• Edicto o mandato publicado por orden superior

– Demás disposiciones de observancia general• Toda otra información que no haya sido contemplada en las anteriores

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• Fracción XIII– Cuentas Públicas del Gobierno del Estado y de los Ayuntamientos

• Revisión semestral que realiza la Órgano Superior de Fiscalización para ver lo ejercido y su correcta ejecución

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• Fracción XIV– Sentencias que recaigan en las controversias entre poderes públicos

• Sentencias: resoluciones judiciales dictadas por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal. La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla

• Sentencias: actos jurisdiccionales que por definición establecen de manera formal los derechos de las partes en conflicto, actos que terminan un proceso judicial

• Controversia: Es el juicio de única instancia que, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, plantea la Federación, un estado, el distrito federal o un municipio, para demandar la reparación de un agravio producido por una norma general o un acto, que en ejercicio excesivo de sus atribuciones constitucionales fue responsabilidad de alguno de los órganos de gobierno citados, lo que conculca el federalismo, transgrede el reparto de competencias consagrado en la constitución y daña la soberanía popular.

• La Entidad, Poder u Órgano Público de que se trate, cuenta con los procedimientos para impugnar un acto o norma emitido por otro órgano, y así se da la posibilidad de que los conflictos entre ellos encuentren una vía jurídica de solución.

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• Fracción XV– Iniciativas y Dictámenes que se presenten en el Congreso

• Iniciativas: proyectos de ley cuya facultad constitucional la tienen, diputados, senadores y Presidente de la República.

• Dictamen: documento preparado, discutido, votado y aprobado por la mayoría de los miembros de

una comisión dictaminadora mediante el cual, dicho órgano legislativo produce y presenta un informe razonado dirigido a la mesa directiva para que lo someta a la consideración del pleno de la asamblea. En el informe da a conocer y relaciona los puntos de vista, resultados o conclusiones a los que haya llegado la comisión, producto del análisis colectivo y consensado en que concluyan sus miembros.

• Dictamen: documento escrito que acredita y justifica el cumplimiento de un requisito de trámite procesal legislativo; y que es expedido por un órgano del Congreso, declarando que se ha realizado el estudio de una iniciativa o proposición de ley y, por tal razón se emite un juicio objetivo para calificar su viabilidad, reformabilidad, o determinar la inviabilidad técnico y jurídica de su contenido, así como para que sea o no, documento constitutivo para formalizar otras etapas del procedimiento

– Actas de Sesiones• Acta: documento escrito en el que se hacen constar, la relación de lo acontecido durante la

celebración de la sesión y de los acuerdos o decisiones tomados

• Acta: relación de la sesiones como hecho o evento, en todo su ambiente de lugar y tiempo y sus incidencias de hecho. Da fe de todo lo acaecido en la sesión y el trámite legal de la misma, incluyendo votación y la mayoría. Condiciona no solo la existencia, sino también la eficacia y la validez de la deliberación colegial. Si falta uno de tales elementos o momentos, el acto colegial no existe y por lo tanto es nulo e ineficaz.

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• Fracción XV– Puntos de Acuerdo

• Es un pronunciamiento del Poder Legislativo que produce efectos de definición respecto de problemas o soluciones de carácter nacional o estatal.

– Decreto• Tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo y que, generalmente, posee

un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.

– Acuerdos• Decisiones tomadas en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. Es, por lo

tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos.

• Acto formal emitido por la Corporación Municipal o por el Alcalde Municipal, de conformidad con las facultades que la ley les otorga, mediante el cual se regulan acciones propias de este.

– Leyes• Normas jurídicas dictada por el legislador. Es decir, preceptos establecido por la autoridad

competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción o estatal.

• Sistema de reglas que regulan el comportamiento social, político y económico

– Transcripciones magnetofonicas• El proceso de crear una representación escrita del audio de un programa con la que se crearán

captions.

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• Fracción XV– Diario de los Debates

• Diario: Documento donde se registran eventos en orden cronológico. Herramienta muy útil para ir registrando las conversaciones y acciones realizadas y poder releerlas con detenimiento

• Debate: técnica de comunicación oral donde se expone un tema y una problemática. Hay integrantes, un moderador, un secretario y un público que participa. No se aportan soluciones solo se exponen argumentos.

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• Fracción XVI– Sentencias y resoluciones que hayan causado estado, pudiendo las partes

oponerse a la publicación de sus datos personales• Sentencia: resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia,

mercantil, laboral, contencioso-administrativo, etc.) o causa penal. La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla

• Resolución: poner fin a las cuestiones planteadas en un proceso.

• Estado: es cuando contra ella no quepa recurso, salvo el de revisión u otros extraordinarios que establezca la ley

– En la Administración local causan estado: » a) los actos del Pleno, Alcaldes o Presidentes y las Comisiones de Gobierno; » b) los actos de autoridades y órganos inferiores, cuando resuelvan por delegación del

Alcalde; » c) los de cualquier otra autoridad u órgano cuando así lo establezca una disposición legal

• Oposición: acción o efecto de oponerse

• Publicación: publicar, anunciar

• Datos Personales: información relacionada con la vida privada de las personas tal como domicilio, número telefónico, etc.

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• Fracción XVI– Aplicación del Fondo Auxiliar para la Administración de la Justicia

• En donde se ejerce y montos.

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• Fracción XVII– Informes presentados por los partidos políticos ante la autoridad estatal

electoral, tan pronto sean recibidos por la autoridad en cuestión• Informe: testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones por

instituciones o personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, registrado en una unidad de información en cualquier tipo de soporte (papel, cintas, discos magnéticos, películas, fotografías, etcétera), en lengua natural o convencional.

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• Fracción XVIII– Destinatarios y uso autorizado de toda entrega de recursos públicos cualquiera

que sea su destino• Destinatario: toda persona natural o jurídica, organización o gobierno que reciba una mercancía

• Destinatario: persona natural o jurídica a cuyo nombre están manifestadas, consignadas, o se envían las mercancías y que como tal es designada en el conocimiento de embarque que ampara su transporte, o que por una orden posterior a su emisión o por endoso, le corresponde.

• Recursos Públicos: son todos los recursos que administran las Entidades del Sector Público para el logro de sus Objetivos Institucionales, debidamente expresados a nivel de Metas Presupuestarias. Los Recursos Públicos se desagregan a nivel de Fuentes de Financiamiento y se registran a nivel de Categoría de Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Específica del Ingreso.

– Aplicación semestral de los recursos públicos• Informe semestral detallado de la aplicación de los recursos publico

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• Fracción XIX– Conformación de organizaciones ciudadanas que participan en la toma de

decisiones de las entidades publicas• La participación ciudadana: es la forma en que el ciudadano individual o colectivamente se

transforma en actor de un proceso que es responsabilidad de todos

• La Participación Ciudadana: es el encuentro entre instituciones del Estado por una parte y los movimientos, asociaciones y organizaciones sociales que representan y expresan los intereses de los ciudadanos; esto implica un proceso de interacción social entre grupos con poder formal y los que carecen de él, significa que en el proceso de formulación, definición y ejecución de políticas públicas el Estado debe renunciar al monopolio del poder político y administrativo.

• Participación Ciudadana: es el conjunto de actividades, procesos y técnicas por los que la población interviene en los asuntos públicos que le afectan.

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• Fracción XX– Información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión

• Indicadores: medidas cuantitativas o cualitativas que se utilizan para analizar el progreso que se obtiene en términos de los resultados deseados. Son instrumentos que permiten medir los insumos que entran en la producción de un bien o servicio. Además, de la eficiencia y efectividad en términos de calidad, satisfacción y servicio.

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• Fracción XXI– Toda otra información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de

acceso a la información pública• Cualquier información que maneje y no se encuentre descrita en las fracciones anteriores

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LEY DE TRANSPARENCIA

Artículo 10

MANUAL DESCRIPTIVOCONCENTRADO

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• FRACCIONES

– I• Estructura Orgánica

– Disposición sistemática de los órganos que integran a una institución– Organigrama (representación gráfica)

• Servicios – Los que se llevan a cabo por cada área del organigrama

• Atribuciones – Las que señala su Reglamento Interno para cada área

• Normatividad – Ley de Creación y Reglamento Interno

• Información de su Organización y Funcionamiento – Estructura de las relaciones que existen entre las funciones, niveles y actividades de los elementos materiales y

humanos del organismo, para lograr su máxima eficiencia dentro de los planes y objetivos señalados

– II• Directorio de Servidores Públicos desde Jefe de Departamento o equivalente

– Directorio con nombre, cargo, domicilio oficial, teléfono con extensión, fotografía si así lo considera

– III• Presupuesto de Egresos

– Presupuesto aprobado por el Congreso y que aparece en el Periódico oficial• Aplicación

– Presupuesto aprobado por el Congreso y que aparece en el Periódico oficial• Remuneración mensual con compensación

– Nómina con percepciones íntegras del talón de cheque del trabajador, presentándolo mensual y con compensación

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• FRACCIONES

– IV• Motivaciones y Fundamentaciones finales contenidas en los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento

de permisos, concesiones o licencias que la ley le confiere autorizar a cualquiera de las entidades públicas– Que motive con base en las atribuciones de su Reglamento y las Facultades que la Ley le confiere como servidor

público, y fundamente con base en las Leyes aplicables su actuación para otorgar:» Permisos: autorización que se da a una persona para realizar lo que solicita si cumple con los requisitos» Concesiones: autorización a un particular para desarrollar un servicio público, recibiendo del usuario

contra prestación económica» Licencias: permiso para realizar una acción (obra en vivienda), una actividad (apertura de negocio), bajas

temporales a trabajadores (enfermedad, accidente, ausentarse del cargo» Contrataciones: acto que suscriben 2 o más personas, creando o transmitiendo derechos y obligaciones» Licitaciones: procedimiento de selección del co-contratante para la adquisición o enajenación de bienes,

prestación de servicios o ejecución de obras, y» Los Procesos de toda adquisición de bienes o servicios: como se llevó a cabo cada proceso para

todo lo anterior

– V• Normas Básicas de Competencia que incluyan trámites

– Las especificaciones técnicas que fueron elaboradas por las partes interesadas y aprobadas por el organismo para utilización de todos, que les permita pasar del desorden al orden y de lo arbitrario a lo legal, con base en la competencia de cada uno (conocimientos, habilidades y actitudes), para desarrollar ciertas tareas y obtener el resultado deseado.

» Trámites: pasos o acciones que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley

» Requisitos: documentos que se solicitan para dar tramite a algún servicio» Formatos: formas preestablecidas que deberán requisitarse para la realización de un trámite» Manual de Organización: Documento que registra y actualiza información detallada de una organización, cuyos

elementos son: Contenido, Introducción, Antecedentes, Base Legal, Atribuciones, Misión y Visión, Organigrama General, Descripción de áreas del Organigrama con su propósito y sus funciones

» Base Legal: Decretos, Leyes, Reglamentos, Resoluciones, a considerar para los procesos de la administración

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• FRACCIONES

– VI• Resultados de Auditorias concluidas hechas al Ejercicio Presupuestal

– Examen de las operaciones financieras y administrativas, posterior a su ejecución y para su evaluación. • Minutas de las reuniones oficiales

– Expediente escrito que proporcionan una descripción de la estructura de la reunión o reuniones de las auditorias realizadas.

– VII• Nombre, domicilio oficial y dirección electrónica del servidor público encargado de gestionar y resolver las solicitudes de

información pública – Datos completos de la persona que puede gestionar y resolver las solicitudes de información pública.

– VIII• Servicios y Programas de Apoyo que ofrecen

– Aquellos considerados fundamentales para el bienestar social y destinados normalmente para la atención y mejora de las personas necesitadas, mediante acciones concretas que contribuyen directamente sobre la calidad y el modo de vida de las personas. Servicio: Educación / Programa: ver bien para aprender mejor (lentes), becas escolares. Servicio: Salud / Programa: higiene bucal. Servicio: Vivienda / Programa: vivienda digna (pisos firmes, láminas).

» Trámites: pasos o acciones que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley

» Requisitos: documentos que se solicitan para dar tramite a algún servicio» Formatos: formas preestablecidas que deberán requisitarse para la realización de un trámite

– IX• Balances Generales

– Estado básico demostrativo de la situación financiera de una empresa, a una fecha determinada, preparado de acuerdo con los principios básicos de contabilidad gubernamental que incluye el activo, el pasivo y el capital contable.

• Estado Financiero– Informe que refleja la situación financiera. Las clases son balance general, estado de resultado u operaciones o

estado de flujos.

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• FRACCIONES

– X• Informes que por Ley tienen que presentarse

– Testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones

– XI• Convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, concesiones,

permisos y autorizaciones – Licitación de obra: proceso:

» Convocatoria: acto mediante el cual inicia formalmente el procedimiento de licitación. para vender, arrendar, realizar una obra o prestar un servicio

» Bases de Licitación: instrumento que se pública junto con la convocatoria estableciendo el lugar, fecha y horarios donde se pueden consultar.

» Junta de Aclaraciones: junta en la cual las se explican todas y cada una de las bases de licitación» Presentación de Propuestas: acto de entregan de propuestas técnicas y económicas en sobre cerrados,

así como la documentación referente al régimen jurídico o legal de los participantes.» Apertura de Propuestas Técnicas: apertura de sobres para revisar el cumplimiento de requisitos

formales – Adquisiciones: acto jurídico por el cual se obtienen los bienes y servicios que utiliza la administración publica

para su funcionamiento y para la satisfacción del mosaico de necesidades que tiene bajo su responsabilidad. – Arrendamientos: cesión de una persona a otra, del uso de un bien mueble o inmueble, terreno, edificio,

automóvil, maquinaria o de una parte de uno o de otro, durante un periodo especificado de tiempo a cambio de una renta u otra compensación.

– Prestación de Servicios: modelo de contrato mediante el cual una de las partes (empresa o profesional autónomo) se compromete a prestar una serie de servicios a otra, que, a su vez, se compromete a pagar un precio a cambio.

– Concesiones: acto jurídico por el cual se otorga al particular, persona física o moral, el derecho para explotar, usar o aprovechar un bien del Estado o para establecer y explotar un servicio público.

– Permisos: autorización que se da a una persona para realizar lo que solicita si cumple con los requisitos– Autorizaciones: proceso que determina si se permite o no a una identidad autenticada tener acceso a un

recurso solicitado o ejecutar una operación solicitada.– Resultados: todo aquello que resulto de cada uno de los procesos anteriores

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• FRACCIONES

– XII• Periódico Oficial

– Documento en donde se publican constituciones, tratados, leyes, decretos, reglamentos y otras normas jurídicas.

• Decretos Administrativos– Toda declaración unilateral de voluntad realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos

jurídicos individuales de forma inmediata.

• Reglamentos– Norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. Su rango en el orden jerárquico es

inmediatamente inferior a la Ley y generalmente la desarrolla.

• Circulares– Normativa de carácter general que emite una autoridad para su cumplimiento por el personal competente.

• Bandos– Disposición pública ordenada o impuesta por una autoridad. Edicto o mandato publicado por orden superior

• Demás disposiciones de observancia general– Toda otra información que no haya sido contemplada en las anteriores

– XIII• Cuentas Públicas del Gobierno del Estado y de los Ayuntamientos

– Revisión semestral que realiza la Órgano Superior de Fiscalización para ver lo ejercido y su correcta ejecución

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• FRACCIONES

– XIV• Sentencias que recaigan en las controversias entre poderes públicos

– Resoluciones judiciales dictadas por un juez o tribunal con relación a la controversia presentada por el Estado o Municipio para demandar la reparación de un agravio producido por una norma general o un acto, que en ejercicio excesivo de sus atribuciones constitucionales fue responsabilidad de alguno de los órganos de gobierno, lo que transgrede el reparto de competencias consagrado en alguna norma jurídica y daña su soberanía.

– XV• Iniciativas y Dictámenes que se presenten en el Congreso

– Iniciativas: proyectos de ley cuya facultad constitucional la tienen, diputados, senadores, Presidente de la República.

– Dictamen: documento preparado, discutido, votado y aprobado por la mayoría de los miembros de una comisión dictaminadora mediante el cual, dicho órgano legislativo produce y presenta un informe razonado dirigido a la mesa directiva para que lo someta a la consideración del pleno de la asamblea.

– Actas de Sesiones: documento en el que se hacen constar, la relación de lo acontecido durante la celebración de la sesión y de los acuerdos o decisiones tomados

– Puntos de Acuerdo: pronunciamiento del Poder Legislativo que produce efectos de definición respecto de problemas o soluciones de carácter nacional o estatal.

– Decreto: tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo y que posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes.

– Acuerdos: decisiones tomadas en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. Es la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos.

– Leyes: normas jurídicas dictada por el legislador. – Transcripciones magnetofonicas: proceso de crear una representación escrita del audio de un programa con

la que se crearán captions.– Diario de los Debates: Documento donde se registran eventos en orden cronológico. Herramienta muy útil para

ir registrando las conversaciones y acciones realizadas y poder releerlas con detenimiento

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• FRACCIONES

– XVI• Sentencias y resoluciones que hayan causado estado, pudiendo las partes oponerse a la publicación de sus datos

personales– Resolución judicial dictada por un juez o tribunal que pone fin a la litis (civil, de familia, mercantil, laboral,

contencioso-administrativo) o causa penal. La sentencia declara o reconoce el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a pasar por tal declaración y cumplirla, en virtud de que contra ella no quepa recurso, salvo el de revisión u otros extraordinarios que establezca la ley

• Aplicación del Fondo Auxiliar para la Administración de la Justicia– En donde se ejerce y montos.

– XVII• Informes presentados por los partidos políticos ante la autoridad estatal electoral, tan pronto sean recibidos por la

autoridad en cuestión– Testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones registrado en una unidad de

información en cualquier tipo de soporte (papel, cintas, discos magnéticos, películas, fotografías, etcétera).

– XVIII• Destinatarios y uso autorizado de toda entrega de recursos públicos cualquiera que sea su destino

– Toda persona natural o jurídica, organización o gobierno que reciba un recursos publico.

• Aplicación semestral de los recursos públicos– Informe semestral detallado de la aplicación de los recursos publico.

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• FRACCIONES

– XIX• Conformación de organizaciones ciudadanas que participan en la toma de decisiones de las entidades publicas

– Quienes son las personas que participan en la toma de decisiones

– XX• Información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión

– De acuerdo a los compromisos adquiridos, como se califican hasta el momento

– XXI• Toda otra información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública

– Cualquier información que maneje y no se encuentre descrita en las fracciones anteriores