ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de la paz

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c*o,IüiEé8o' LEY MUNTcTPALAUTRX33BBA.. o, "ororr*ot PARA EL CONTROL DEL SERVICI ART|CULO 1 - Derogar ra Ley IVun croal 'F -ransoole v Tránsiro Uóano aprobada oor las Leles l\,'lJnicrpares No 15' 18 y '¿J n'ooiflcando los an culos '2' 10A 1A2y :07 parágrafos lV y V e'.cl¡yenoo "' :t"¡to ql en el parág'afo ll del anicuo 58 coñforme al siguiente texlo: ART¡CULO 12 (AcctoNES DE CON'ROL) L¿s activtdades de^conlral del sewíc¡o P(¡btica y Pr¡vado de íÁn'ipo't" ¿" Pasajeros y/a 9":1" :::,!: áJi¡rláu"lo''ú"'t'"mbros de ta Gua;d¡a Mun¡cipal de rranspotle en-seNtc'o 'JlÁTiio{i¡"ip"')¡uuo"t"t'f,ii¿Á¿Mun¡c¡patdeTranspaftevrÉns¡to^ iÁnon¡"iao /as ia'ciones r' aptrcando medidas precaulonas y/o percuastvas ';:;;';;";,;";;";;"iiui á úl oÁ'"¿o'"s v conductorcs de tos se';cios oúbltco v pivado cte (ansporie uú;no de pasaieros v/o Í"9?-9fl?19,1 t'" ft)naanes suletas u ogt"t"nt""'ii-"itu'anáo cón ooietividad irnparcial¡dad y '!"ii á) Ziti".'Zi"g""a ta constiiucii potn¡ca de! Estado v ta üese'te Lev Mun¡ciPal. ARTICULO 58 (,BLIGACIONES DE LOS OPERAOORES)', ll. En ésle narco, los operadores del SeN¡cio Pública de Trcnspode de Pasaieras t¡enen las s¡gu¡entes obl¡gac¡ones : o) lnolernenlar mecdntsmos de conlrot inle.7,o paft el cLtmphñienla del "' d"ii"ii ii¡t¡"i'J" r'u'"iáná- oi eut"¡etos conto'ne a ta prcsente Lev Muarcipat "'" n"g'áí;;oí-v ias árspos¡c;o"es de ta Auloidad Uúnrc¡Pat de Ttans1ode Y T'ánsilo ARTiCULO 100 (}NFF(/ICC',ONES DE LOS CONDIJCTORES DEL SFRVtclo PÚBLICO OE TRANSPORrE) t Se constiü)yen en inrraccrcnes de tos conductores det Sevicia Público de üÁ"ii"iá ,Á"¡eros las deternnadas en et prcsenrc afticulo tt. san tnÍracc¡anes Gr"u¡5¡r¡65 1¿5 5rgur'enles - das aprcbadas y at)torizados .\ ModÍtcar la ruta asgnada Y las -' exce:otuando casos de luerza rnayat o caso foduilo: "';:;;;;;;;;;;;;;'áá "p'or"do' v autoizado' exceptuando casas de fueza ma|ot o caso foftu¡ta; ", ii"li¡or", ", ,""otdo aprabado y autanzado generando et cobrc de la Érúa vrqen'e pot lramos irameai1l dl lncuñpv las frecuencÉs de paso y haranos según to definida por la i n sla nc¡ a mu n rc P a t co m P e I enle; ", ;:',,; ; ; ;;;; ; ; ;"i; *: ^-:i!!;1" "!;,':::, ":, ::;':::,: ";;"::::::," f) Poñat Hoja de Ruta que ño ca¡nc en la lun¡naria; g) Efecluar cobros que excedan Munic¡Pal coñPetente; D No tener tarjeta mun¡ci1ai de de afil¡ación: tas tanfas establecidas por la autaridad opemc¡ón veh¡cular (|MAV) y credencial

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Page 1: Ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de La Paz

c*o,IüiEé8o'

LEY MUNTcTPALAUTRX33BBA.. o, "ororr*otPARA EL CONTROL DEL SERVICI

ART|CULO 1 - Derogar ra Ley IVun croal 'F -ransoole v Tránsiro Uóano aprobada

oor las Leles l\,'lJnicrpares No 15' 18 y '¿J n'ooiflcando los an culos '2' 10A 1A2y

:07 parágrafos lV y V e'.cl¡yenoo "' :t"¡to ql en el parág'afo ll del anicuo 58

coñforme al siguiente texlo:

ART¡CULO 12 (AcctoNES DE CON'ROL) L¿s activtdades de^conlral del

sewíc¡o P(¡btica y Pr¡vado de íÁn'ipo't" ¿" Pasajeros y/a 9":1" :::,!:áJi¡rláu"lo''ú"'t'"mbros de ta Gua;d¡a Mun¡cipal de rranspotle en-seNtc'o'JlÁTiio{i¡"ip"')¡uuo"t"t'f,ii¿Á¿Mun¡c¡patdeTranspaftevrÉns¡to^

iÁnon¡"iao /as ia'ciones r' aptrcando medidas precaulonas y/o percuastvas

';:;;';;";,;";;";;"iiui á úl oÁ'"¿o'"s v conductorcs de tos se';cios

oúbltco v pivado cte (ansporie uú;no de pasaieros v/o Í"9?-9fl?19,1 t'"

ft)naanes suletas u ogt"t"nt""'ii-"itu'anáo cón ooietividad irnparcial¡dad y

'!"ii á) Ziti".'Zi"g""a ta constiiucii potn¡ca de! Estado v ta üese'te Lev

Mun¡ciPal.

ARTICULO 58 (,BLIGACIONES DE LOS OPERAOORES)',

ll. En ésle narco, los operadores del SeN¡cio Pública de Trcnspode de

Pasaieras t¡enen las s¡gu¡entes obl¡gac¡ones :

o) lnolernenlar mecdntsmos de conlrot inle.7,o paft el cLtmphñienla del

"' d"ii"ii ii¡t¡"i'J" r'u'"iáná- oi eut"¡etos conto'ne a ta prcsente

Lev Muarcipat "'" n"g'áí;;oí-v ias árspos¡c;o"es de ta Auloidad

Uúnrc¡Pat de Ttans1ode Y T'ánsilo

ARTiCULO 100 (}NFF(/ICC',ONES DE LOS CONDIJCTORES DEL SFRVtclo

PÚBLICO OE TRANSPORrE)

t Se constiü)yen en inrraccrcnes de tos conductores det Sevicia Público de

üÁ"ii"iá ,Á"¡eros las deternnadas en et prcsenrc afticulo

tt. san tnÍracc¡anes Gr"u¡5¡r¡65 1¿5 5rgur'enles - das aprcbadas y at)torizados.\ ModÍtcar la ruta asgnada Y las-' exce:otuando casos de luerza rnayat o caso foduilo:

"';:;;;;;;;;;;;;;'áá "p'or"do' v autoizado' exceptuando casas de

fueza ma|ot o caso foftu¡ta;

", ii"li¡or", ",

,""otdo aprabado y autanzado generando et cobrc de la

Érúa vrqen'e pot lramos irameai1l

dl lncuñpv las frecuencÉs de paso y haranos según to definida por la

i n sla nc¡ a mu n rc P a t co m P e I enle;

", ;:',,; ; ; ;;;; ; ; ;"i; *: ^-:i!!;1"

"!;,':::, ":, ::;':::,: ";;"::::::,"f) Poñat Hoja de Ruta que ño ca¡nc

en la lun¡naria;g) Efecluar cobros que excedan

Munic¡Pal coñPetente;

D No tener tarjeta mun¡ci1ai de

de afil¡ación:

tas tanfas establecidas por la autaridad

opemc¡ón veh¡cular (|MAV) y credencial

Page 2: Ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de La Paz

{*#

S-?t-üSütB¡'

Destinat y manlener en c¡tculación para el SeNic¡o Públ¡co de

rr"n"poná de Pasajeros, vehículos que no cumplan los patáñetas

lecniios y de calidad eslablecidos en la notnativa nun¡cipal vigenle

Neoarse a llevar Pasajetos,p.iÁ¡t¡

"tcon"u^o d" bebdas atcohÓl¡cas al¡Neiar del veh¡culo:

No bindar atención prefetencial a perconas con discapacidad' adultas

mayorcs, muiercs etnbarazadas' niños y n¡ñas;

l.)t:¡zar el vehículo para fines dist¡ntos a los autonzadas;

IJt¡1¡zat como paradas espacias no aulotizados para elefecto

CiLrcutar lnnsportanao usuaias en la pafte exteior de Ia carrc'ceria o

iern¡t¡r que sobresa/ga paie del cuerpo de /asls) persona(s)

i)k)

0

nl)n)

o)

transloñada(s) en e I veh ícu la

p¡ No cunptlr las nornas y regias previs¿as en ta presente Ley Municipaly

su Reg¡anentac¡ón

tlt. Soo Infracc¡ones Graves /as slguienlesl

a) No rcspetar tos dercchas de los usuarios

U n""ogu a deiar pasaietos fuera de los puntos de parcda de ruta

autonzados;

c) No rcspetar la caqac¡dad

pasa-/eros;

ü Acupar el asiento del conductor con

cond u cc¡ón del ve h í cu la :

del vehiculo motorizado para el transpoñe de

an¡nales u objetos que ¡mPidan la

e) l.Jt¡Izar los espac¡os públ¡cas como ñingitotíos;

Vt Son lnfracciones Leves /as s¡gru/enles' Zi Ñ" áil¡iiiú" ,atÍas apt;badas por ta autoidad rrún¡cgdt competente

í' iil"ir,oi ", tos programas de capacitacñn an lemas de mowtidad

-' i- ri"""i'Á v o" ,ittu'" cúdadana que iñptemenrc el órgalo

eiecutívo munic¡Pal;

"l Éíiir", "i*rl"

bteros o sinitarcs 6on un cantenido lasc¡vo v/o

discrim¡nador;¿) Ñi .anr"ner el vehículo a su cargo en cond¡c¡ones de higiene y

liñp¡eza;o) No nantener el vehículo a su cargo desprcvisto de obietos que pangan

en r¡esgo Ia seg,fidad l¡s¡ca de las pe6onas;

ApTicULO 102 IINFRACCIONES DE LOS OPERADORES DEL SERY,C,O'p:iiuóó

oe rne¡tsPoRTE DE PASAJERoS)'

I se considean lntaccanes G'avismas las s/gule'¡es' *,;P;"",;; ;;;";ic,o de transpone de pasaieros rnat'ricanda tas rutas v-'

oiir,oo" ""¡nn"oos

y aprobados pot ta AMTT sir'auloruac¡ón. -

t1 Uoa,f,ca, tas frecuenc¡as de paso y noranos defntdos pot tnslanctas

ca n Pete nte s' s¡ n autaizac¡ó n :

" lr"iá)- "' serticio púhtico de transpotte de pasaieros en rutas y

rccoffidas na autoizaclas y/o aprabados;

Page 3: Ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de La Paz

co,IüfElPo'

d) lnstruÍ el incump¡iniento de Ia taifas aprobadas pat el GAMLP:

é¡ fransterir y/o conparti las autoizaciones otoryadas por autoidad

rn u n ¡ci pa I co n Pele nte;

D Real¡zar act¡vidades soc¡a/es el,

plazas que imPlnuen el uso de

nunicipal:g) No otonat Ia hoia de ruta a los

trcnspofte de Pasajeros:

las paradas y/o avenidas, aalles,

espac¡os públ¡cos s¡n autoizac¡ón

canductorcs del sev¡c¡o Pública de

a las parcdas de oigen Ypúbl¡ca de lransqatle de

h) No registrcr el honio de sal¡da y egada

deslino, de /os conducfo¡es oel seN¡c¡a

pasaleras;

i) Incorpoar y/o ret¡rct vehiculos y conductorcs s¡n conoc¡niento y/o

autorizac¡ón Previa de la AMTT;j) Promovet acciones que inc¡ten a los conductorcs del SeN¡c¡o Pirbl¡co

de Trcnspoñe de Pasalercs el ¡ncunpl¡miento de las nornas

municipales apl¡cables a la mateia de transpoñe;

k) 'No ¡nptenontar mecan¡snos de control ¡nterno pata el cumplimiento

del Sevic¡a Público de Transpofte de Pasaiercs conforme a la

prcsenle Ley Mun¡c¡paL sus Reglamentos y las disposíc¡ones de la

AMTT:l) No cunpt¡ las d¡spos¡c¡ones nun¡c¡pates apl¡cables a la prestación del

Sev¡cio Público de franspoño de Pasaieros:

tl serán considercdas como infrccc¡ones graves /as slgulen¿es;

a) No propotc¡onat ]a infomaoión que la AMTT rcquíera;

bi) No someter a rcvis¡ón lécnica los vehiculos que prestan el SeNíc¡o

Púbtico de Tran'Po¡te de Pasaiercs;

c) No garcnt¡z{ que los vehículos que prcslan el Sev¡cio Públ¡co de.'

Traisporfe de Pasajetos' cunplan las d/sposiclo'es em¡l¡das por el

GAMLP:d) No extender a1 conductor su credenc¡al de af¡l¡ac¡ón

Itl Se consdercn nfraccro4es /eves /as s/guiedlesl

a) No contrclat que los conduüores y ayudantes a bordo del venlculo oe

Sevicio Púbj¡co de Transpofte de Pasajeros, mantengan cond¡c¡ones

de hg¡ene Pe'sonaLb) No controtat que las conductorcs y ayudantes, mantengan condrctones

de l¡mpieza del vehiculo del Sevic¡o Públ¡co de Transpoñe de

Pasajetosl

d No i;stut Ia íncorparcción innediata alÍrcyect'o autoizado y aprcbada'

en el caso de que éste haya s¡do nod¡flcado tenpom¡nente deb¡do a

conf¡ngenc¡as;

ü No c;nfubr que las vehiculos cuenten con un bot¡quín de pt¡meros

auxil¡os Y con un basurero.

Page 4: Ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de La Paz

ARr¡CULO 107 (SANC¡ONÉS PECUNTARTAS).

lV. Las sanc¡ones pecuniaias para 6u aplicac¡ón, deberán ser prcv¡amenle

aprcbadas pot et Órgano Ejeculivo Mun¡cipal; siendo la unldad de cálculÓ el

¿ía muttl. El cálculo del monto de las sanciones deberá set detetm¡nada

cons¡derando como parámetro un salaio min¡mo nac¡onal, pudiendo ser

actu a I iz a d o pei ód íca mente.V. En caso de incuñpl¡miento del pago de sanc¡ones pecuniañas dentro delplazo atargado, el nonto deterninado deberá ser actual¡zado, tomendo en

cuenta cí¡ter¡os de acumulac¡ón y prcgresividad, confotme a reglanentac¡ón "

ARTíCULO SEGUNDO.- Para ls identifcación de las ¡ntracciones que sean

cometjdas por los conductores y/u operadores del Servicio Público de Transpode de

Pasajeros además de los mecanismos ya eslablecidos por el Organo Ejecutivo

[¡uni¿ipa], se deberá implementar aplicaciones informáticas que puedan ser

utllizadas por la ciudadanía como canal habilitado para la recepción de incidentes y

denuñcias.

ARTICULO TERCERO.- En €l marco de la Ley N4unicipal de Transporte y Tránsito

Urbano, el Órgano Ejecutivo Munlcipal debeÉ establecer los parámekos y

eslándares técÑcos y de calidad de los vehiculos rnotorizados uiilizados para la

- prestación del Servicio Público de Transporte de Pasaieros

DISPOSICIONES fRANSITORIAS

DlSPOSlclóN TRANSIToRIA PRIMERA.- El Órgano Ejecutivo l\¡unlcipal deberá

aprobar en el plazo máimo de quince (15) dias calendario compulables a padrr de

lá promulgación de la presente Ley Municrpal, los parámetros y eslándares lecnicos

v áe cal¡¿id de los v¿hículos motor¡zados utilizados para la prestación del Servic¡o

Fúblico de Transpolte de Pasajeros; debendo realizar la difusión correspondientepara conocimiento de los conductores y operadores.

DlsPoslclÓN TRANSIToRIA SEGUNDA.' I Una vez aprobados los parámetros y

estándares técnicos y de calidad de los vehiculos moiorizados ulilizados para la

prestaclón de los SeÑicios Públicos de Transpode Colectivo e lndividual o Exclusivo

ie Pasajeros tendrán el plazo improrrogable de noventa (90) días calendario para la

adecuación de los vehículos motorizados en los tipos furgoneias y m¡crofurgonetas,

seoún coresoonda. ba,o altemativa de sa'lción en c€so de incumplimieltoIt.'ns¡mismo, los conductores y operadores del servicio público de transporto de

pasa¡eros en la modaljdad de automóviles y trufs, deberá¡ adecuar sus vehícrrlos

tonfórme a los parámetros y estándares técnicos y de calidad que se aprueben en

un plazo máximo de treinta (30) días calendario

DlsPoslclÓN TFiANSITORIA ÍERCERA - Los conductores y operadores del

Servicio Públioo de T¡añspo¡1e Coleciivo de Pasaje'os, una v€z aprobados los

o"rerétro" v estándares técnicos y de calidad de los vehículos motorizados en los

ioÁ 0"a""'u Á'"l.oouses, terdrái el plazo rrlprorogable oe crenlo ocl-elta ('80)

d.as calendaro para la adecuación de los r¡ smos bajo alemeliva de sanclÓ1 en

caso de incur¡pllmiento

DlsPoslclÓN TRANSITORIA CUARTA.- El Órgano Ejecutivo Munjcipal debera

¡rpl"tánt", en el plazo máximo de quince (15) días calendario las aplicaciones

Page 5: Ley municipal que aumenta faltas sancionables contra los choferes de La Paz

t,--l{q:lco,Iü$,il8o..

informáticas que correspondan para generar nuevosdenuncias, conforme a reglamentación

DlsPoslclóN TMNSITORIA QUlNfA.- Los operadores del servicio Público de

Transporte de Pasajercs en el plezo de sesenta (60) dias calendario, deberán ajustar

sus Eltatutos e initrumentos internos, a las disposiciones de la Ley Municipal de

Transporte y Tránsito Urbano (Texto Ordenado), debiendo remltlr a la Autorjdad

Municipal d! Transporte Tránsito el documento debidamente aprobado por el

Nlinisterio de Tlabajo, Empl€o y Previsión Social, bajo altemativa d€ sanción en caso

de incumplirniento.

DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS

D¡spostctÓN ABRoGAfoRla Y oERoGAToRIA ÚNlcA.- Quedan abrogadas y

derogadas todas las normas de simila. o menor jerarquía normativa contrarias a lapresente Ley l\,4unicipa

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.- Se ratifca la Ley Municipal de Transporte y

TÉnsiio Urbano y sus modificaciones, en lodo cuanto no sea contrario a la presente

Ley Municlpal.

DlsPOSlclÓN FINAL sEGUNDA.- El Órgano Ejecutivo l\''lunicipal queda encargado

de elaborar el fexto Ordenado de la Ley lvlunicipal de fransporle y Tráns¡to Urbano

conforme a las r¡odifcaciones establecidas en la presente Ley lMunlcipal, para su

respect¡va d¡fusión mediante la publicación en un medio de prensa escrito

Es dada en la Sala de Sesiones del Conceio Municipalde La Paz,

rnes de febrero de dos mil dieciséis añosa los....... díás del

canales de recepción de

},q l

li o. to tot