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LICITACIÓN PUBLICA
No. 2 DE 2018
OBJETO: SELECCIONAR AL OFERENTE QUE PRESTE EL SERVICIO INTEGRAL PARA LAREALIZACIÓN DE LAS OCTAVAS OLIMPIADAS DEPORTIVAS Y RECREATIVAS DE LA
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN 2018.
La Procuraduría General de la Nación por medio del presente documento da respuesta a las
observaciones presentadas al proyecto de pliego de condiciones de la Licitación Pública No. 2 de 2018.Para el efecto y teniendo en cuenta el orden de numeración del proyecto de pliego, se indican en primer
lugar las inquietudes que se formulan y luego la respuesta que sobre las mismas otorga la Entidad.
1. NUMERAL 3.1.9 Registro Nacional de Turismo
1 1 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR CATHERINE PÉÑATE GONZÁLEZ, JEFE DIVISIÓN DERECREACIÓN, DEPORTE Y TURISMO DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COFREM
MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 11 DE MAYO DE 2018
"2. Nosotros contamos con el Registro Nacional de Turismo pero de la Agencia de Viajes, se puedepresentar ese o es obligatorio el de Operador Profesional de Congresos, Ferias y Convenciones?"
RESPUESTA
Es obligatorio que los proponentes se encuentren registrados como operadores profesionales deCongresos, Ferias y Convenciones en el Registro Nacional de Turismo, teniendo en cuenta que de
conformidad con la Ley 300 de 19961, artículo 100: "Son operadores profesionales de congresos, ferias
y convenciones, las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas que se dediquen a la
organización de certámenes como congresos, convenciones, ferias, seminarios y reuniones similares,
en sus etapas de gerenciamiento, planeación, promoción y realización, así como a la asesoría y/o
producción de estos certámenes en forma total o parcial."
En este sentido, dentro de los requisitos para demostrar la idoneidad del proponente para la ejecución
del objeto contractual, se encuentra la exigencia del Registro Nacional de Turismo en esta categoría,
pues en el Decreto No. 1074 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario delSector Comercio, Industria y Turismo", artículo2.2.4.4.11.1 se establecen expresamente las reglas que
deben observar los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones:
"7. Asesorar en forma profesional a los clientes en la organización de congresos, ferias,
convenciones y demás eventos propios de su actividad.
2. Gerenciar los eventos propios y de terceros en sus etapas de planeación, promoción y
realización.
3. Garantizar a los usuarios de los servicios contratados por los clientes las condiciones de
seguridad que se requieran durante el desarrollo de los eventos.
4. Establecer programas de capacitación relacionados con la prestación del servicio, para un
mejor ejercicio de su actividad profesional.
5. Prestar atención y asistencia profesional a los clientes y a los participantes de los eventos.
6. Asesorar profesionalmente a los clientes sobre las alternativas más convenientes en materia
de contratación, comercialización y en general en todo lo relacionado con el desarrollo de los
eventos.
7. Informar veraz y oportunamente los costos y tarifas de todos los servicios que hacen parte del
evento.
8. Extender a los clientes un comprobante que especifique los servicios contratados"
Por otro lado, el artículo 2.2.4.3.2.9 de la norma citada con antelación señala: "Otras funciones que
requieren inscripción. En los eventos en que las agencias de viajes pretendan desempeñar
adicionalmente las funciones de otro prestador de servicios turísticos, deberán realizarla inscripción en
'por la cual se expide la ley general de turismo y se dictan otras disposiciones
RESPUESTA OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONCIDIONES
LICITACIÓN PUBLICA No. 2 de 2018
el Registro Nacional de Turismo con el cumplimiento de los requisitos establecidos para talesprestadores.
1.2 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR ALEXANDER RODRÍGUEZ COORDINADOR DEPROCESOS DE PUBBLICA GRUPO INTEGRAL DE COMUNICACIONES MEDIANTE CORREOELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"Solicitamos a la entidad establecer el listado de ciudades para así aportar el registro nacional de turismoidóneo, solicitamos que se incluya la ciudad de Villavicencio en este listado"
1.3. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DENOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"Muy respetuosamente solicitamos a la entidad indicarnos los lugares en los cuales se llevaran acabo
(sic) las olimpiadas para de esta manera poder realizar la solicitud de los registros nacional de turismo
y poder cumplir con este requisito habilitante".
RESPUESTA
La Entidad no señala lugar de ejecución del contrato, toda vez que de conformidad con lo mencionado
en el numeral 9.6 del proyecto de pliego de condiciones, dicho lugar será el que señale el oferente en
su propuesta teniendo en cuenta que éste cumpla con las especificaciones técnicas señaladas por la
Entidad en dicho documento.
2. NUMERAL 3.2 CAPACIDAD FINANCIERA
2.1 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR ÓSCAR IGNACIO PATINO ARANGO, JEFE OFICINA DENEGOCIOS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFATOLIMA MEDIANTE CORREOELECTRÓNICO DEL 22 DE MAYO DE 2018.
"Se solicita no tener en cuenta el indicador Capital de Trabajo ya que las Cajas de Compensación al
tener una contabilidad especial nos es muy complicado cumplir con este indicador tan alto, en aras de
la igual y participación plural solicitamos este cambio".
RESPUESTA
No se acepta la observación. Tal y como se indicó en el documento de estudios previos publicado con
el proyecto de pliego de condiciones, el análisis de las capacidades financiera y organizacional se
efectuó teniendo en cuenta la información financiera con corte a diciembre 31 de 2017 obtenida del
Registro Único Empresarial y Social Cámaras de Comercio RÚES2 especialmente de las Cajas deCompensación, dado que de acuerdo con el estudio de mercado se identificó que la mayoría son
consideradas como potenciales proponentes que estarían en la capacidad logística y administrativa
para para proveer los servicios del objeto contractual, adicionalmente revisada la contratación de otras
entidades se encontró que los participantes en el proceso en su gran mayoría fueron Cajas de
Compensación, de ahí que el análisis financiero se realizará sobre este tipo de proveedores.
3. NUMERAL 5.1 PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DELAS PROPUESTAS
3.1. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR PAOLA CARVAJAL CIFUENTES, GERENTE DECONTRATACIÓN DE CONVETUR SAS, MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 25 DE MAYODE 2018
"2. A) Aclarar la formulación del sistema de evaluación económica. Pareciera que se puede presentar
para confusión en el tema de la desviación estándar y en el cálculo final. Entendemos que todo ese
esfuerzo se hace para evitar que cualquier oferente pueda manipule (sic) el resultado B) Sugerimos, de
2 http://www.rues.org.co/RUES Web/Consultas#: consulta realizada el día 12 de abril de 2018.
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la manera más respetuosa, aplicar una formulación estadística menos compleja para la asignación de
puntaje de la evaluación económica".
RESPUESTA
De conformidad con lo señalado en el numeral 5.1 del proyecto de pliego de condiciones "(...) El
procedimiento de selección del contratista está sometido al deber de selección objetiva y a los principios
de transparencia e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter
a todos los oferentes las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones (...)".
Igualmente, en la selección del contratista la Entidad aplica los principios de economía, transparencia y
responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993, así como los postulados que rigen la función
administrativa. Con base en lo anterior, la Procuraduría aplica el procedimiento expuesto en el proyecto
de pliego de condiciones para la evaluación económica y fija los parámetros para identificar ofertas que
pueden ser artificialmente bajas, de acuerdo a lo establecido por Colombia Compra Eficiente en su
calidad de ente rector del Sistema de Compra Pública, por tanto se hace necesario en este aspecto la
aplicación de la fórmula de la desviación estándar, la cual nos permite medir qué tan desviadas se
encuentran las ofertas respecto al promedio de lo ofertado por la totalidad de los proponentes.
Adicionalmente, se precisa que en el procedimiento expuesto para la evaluación económica FACTOR
PRECIO (700 puntos), en ninguna parte se hace referencia a la desviación estándar. La Entidad
considera que la explicación dada en el proyecto de pliego de condiciones es lo suficientemente clara,
y expresa paso a paso cómo obtener los puntajes para cada oferta para este factor. Esta metodología
ha sido empleada por la Entidad en diferentes procesos licitatorios y nos ha permitido seleccionar ofertas
que cumple los objetivos fijados por la ley.
Por lo tanto, se mantiene el procedimiento y las explicaciones de los mismos para la determinación de
los puntajes por factor precio y para identificar ofertas que pueden ser artificialmente bajas.
4. NUMERAL 8.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
4.1. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LACAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL24 DE MAYO DE 2018.
"1. Referente al numeral 8.2 de manera atenta solicitamos a la entidad establecerlas garantías de la
siguiente manera
• Cumplimiento del contrato: 10% por el tiempo de ejecución del contrato y 4 meses más.
• Calidad del servicio: 10% por el tiempo de ejecución del contrato y 4 meses más.
• Pago de salarios: 5% por el tiempo de ejecución del contrato y 4 meses más".
4.2. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DE
NOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"2Muy respetuosamente solicitamos a la entidad disminuir el porcentaje de Cumplimiento del contrato y
Calidad del Servicio en un 20%".
RESPUESTA
Se aceptan parcialmente las observaciones.
El Decreto 1082 del 2015, en el Capítulo 2, Sección 3, Subsección 1, respecto de la suficiencia de los
amparos de cumplimiento, calidad del servicio y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales
establece:
"Artículo 2.2.1.2.3.1.12. Suficiencia de la garantía de cumplimiento. La garantía de cumplimiento
del contrato debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación del contrato. El valor de esta garantía
debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del contrato a menos que el valor del contrato
sea superior a un millón (1.000.000) (...)
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Artículo 2.2.1.2.3.1.13. Suficiencia de la garantía de pago de salarios, prestaciones sociales
legales e indemnizaciones laborales. Esta garantía debe estar vigente por el plazo del contrato y tres
(3) años más. El valor de la garantía no puede ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor total del
contrato.
Artículo 2.2.1.2.3.1.15. Suficiencia de la garantía de calidad del servicio. La Entidad Estatal debe
determinar el valor y el plazo de la garantía de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las
obligaciones contenidas en el contrato".
Teniendo en cuenta lo anterior los valores asegurados y vigencias de los amparos de cumplimiento y
de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales requeridos por la entidad
cumplen con los parámetros señalados en la normatividad antes mencionada, los porcentajes se
establecieron atendiendo la naturaleza del objeto contractual, su alcance, la complejidad y multiplicidad
de actividades que lo conforman y la cuantía del proceso de selección.
En relación con el amparo de calidad del servicio, se modifica el valor asegurado y la vigencia,
atendiendo el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en el contrato, razón por la
cual se señala en el 10% del valor del contrato y su vigencia por el tiempo de ejecución del mismo y dos
(2) meses más, ajuste que se efectuará en el pliego de condiciones.
5. NUMERAL 9.5. - PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.5.1 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DENOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"¿Muy respetuosamente solicitamos a la entidad indicarnos las fechas en las cuales se desarrollaran
los eventos?"
RESPUESTA
Los proponentes deben tener en cuenta lo establecido en el numeral 9.5 del proyecto de pliego de
condiciones que señala: "El plazo de ejecución del contrato que se suscriba como consecuencia de la
adjudicación del proceso de selección es de CUATRO (4) MESES contados a partir de la suscripción
del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de legalización del contrato.
Las Olimpiadas Deportivas y recreativas de la Procuraduría General de la Nación se llevarán a cabo
durante cuatro (4) días calendario (del 12 al 15 de septiembre 2018) o en fecha posterior acordada por
el contratista y la Entidad previo a la suscripción del acta de inicio...".
6. NUMERAL 9.7 FORMA DE PAGO
6.1. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR CATHERINE PÉÑATE GONZÁLEZ, JEFE DIVISIÓN DERECREACIÓN, DEPORTE Y TURISMO DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COFREM
MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 11 DE MAYO DE 2018
"1 Por tratarse de un contrato de prestación de servicios es posible que se haga un pago del 40% del
valor del contrato una vez se suscriba el acta de inicio teniendo en cuenta que para realizarlas reservas
de alojamiento y transporte se debe hacer un anticipo".
RESPUESTA
No se acepta la observación, toda vez que como se indica en el Anexo No. 2 especificaciones
técnicas, el proponente debe manifestar en la carta de presentación de la oferta que cumplirá con todas las
especificaciones técnicas, requerimientos mínimos obligatorios, procedimientos y demás condiciones
contenidas en este anexo y además en el Anexo No. 3 el oferente debe indicar la ubicación de las
instalaciones y los escenarios deportivos de los cuales dispone para la ejecución del contrato.
De otro lado se tiene que de acuerdo con el análisis efectuado de la capacidad financiera de los
proveedores del servicio identificados en el estudio de mercado, se determinó que deben acreditar un
capital de trabajo mayor o igual al presupuesto oficial del proceso, con el fin de apalancar el
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cumplimiento de la ejecución contractual de servicio, sin considerar la posibilidad de efectuar anticipo o
pagos anticipados, pues de conformidad con el Manual de Requisitos Habilitantes de Colombia Compra
Eficiente versión M-DVRHPC-04,actualizado el 27 de abril de 2017, un capital de trabajo positivo
contribuye con el desarrollo eficiente de la actividad económica del proponente.
6.2. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DENOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"Se solicita tener en cuenta que debemos cumplir los compromisos de pagos con los diferentes
proveedores de manera anticipada, porlo que la facturación tendría que ser financiada por el proponente
durante el amplio periodo que se tomaría la entidad para efectuar el correspondiente pago, situación
que podría llegar a configurar una restricción a la garantía que un proceso de selección objetivo debe
dar en cuanto a la existencia real y efectiva de la pluralidad de oferentes.
Por lo anterior, se solicita muy amablemente a la entidad permitir efectuar los pagos de forma quincenal
después de radicada la factura".
RESPUESTA
No se acepta la observación. Es pertinente señalar que la liquidez de la Entidad depende de la
disponibilidad de recursos en el Programa Anual Mensualizado de Caja, aprobado por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público.
La solicitud y aprobación de PAC es una actividad que realiza solamente una vez al mes, lo que implica
que la Procuraduría no puede comprometerse a efectuar pagos quincenales toda vez que el tiempo de
flujo de recursos y el trámite de la cadena presupuestal impiden el cumplimiento oportuno de las
obligaciones contractuales.
7. ANEXO 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
7.1 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR ÓSCAR IGNACIO PATINO ARANGO, JEFE OFICINA DENEGOCIOS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFATOLIMA MEDIANTE CORREOELECTRÓNICO DEL 22 DE MAYO DE 2018.
"Cambiar el requerimiento de altura sobre el nivel del mar para realizar las gestas deportivas,
aumentando unos 500 mts, lo que permite que más ciudades puedan ofertar"
RESPUESTA
Se acepta la observación.
La inquietud se trasladó al Grupo de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo quien por intermedio
de la Dra. Saly Avila Romero Md. Especialista emitió el 17 de enero de 2018 el siguiente concepto: "se
recomienda que las olimpiadas se realizan en una ciudad a una altura de menos de 1000 metros sobre
el nivel del mar".
Como resultado de la revisión se emite un nuevo concepto del 24 de mayo de 2018, en el que se
establece "el llamado mal de altura es una manifestación de otro nivel de actitud y corresponde con
cotas muy superiores a los 1500 metros y se manifiesta con nauseas, debilidad general,
hiperventilación, dolores fuertes de cabeza, lentitud mental, Insomnio, apatía, descenso en el
rendimiento físico muy pronunciado, alteración de las emociones. Por lo anteriormente expuesto y
teniendo en cuenta el cronograma en el cumplimiento adecuado de acondicionamiento físico de los
funcionarios que van a participar, se recomienda que las olimpiadas se realicen en una ciudad a una
altura de menos de 1500 metros sobre el nivel de mar. En aras de la igualdad y la participación de más
ciudades".
7.2 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR ALEXANDER RODRÍGUEZ COORDINADOR DEPROCESOS DE PUBBLICA GRUPO INTEGRAL DE COMUNICACIONES MEDIANTE CORREO
ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
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"Solicitamos a la entidad, establecer las ciudades que cumplirían con el requisito técnico, ya que de no
hacerlo se presentarían diferencias sustanciales en las propuestas económicas no estando en igualdad
de condiciones, también al no tener las ciudades claras se puede presentar entendimientos disimiles
entre los oferentes y la entidad, aduciendo a que la ciudad propuesta cumple o no con los requerimientos
de altura solicitado"
RESPUESTA
La Entidad no señala lugar de ejecución del contrato, toda vez que de conformidad con lo mencionado
en el numeral 9.6 del proyecto de pliego de condiciones, dicho lugar será el que señale el oferente en
su propuesta teniendo en cuenta que éste cumpla con las especificaciones técnicas señaladas por la
Entidad en dicho documento.
7.3. OBSERVACIÓN PRESENTADA MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LA CAJADE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DEMAYO DE 2018.
"2. Referente al ítem, literal Escenarios deportivos, se solicita a la Entidad modificarlas especificaciones
en la disciplina de voleibol por una cancha de voleibol múltiple para la realización de dos hexagonales".
RESPUESTA
No se acepta la observación. La Entidad realiza el requerimiento de dos (2) canchas de Voleibol para
la realización de dos (2) hexagonales y no de una sola cancha, con el fin de desarrollar simultáneamente
los encuentros deportivos en esta disciplina y de esta manera poder dar cumplimiento al tiempo previsto
para los diferentes torneos deportivos.
7.4. OBSERVACIÓN PRESENTADA MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LA CAJADE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DEMAYO DE 2018.
"3. Referente al ítem, literal Escenarios deportivos, se solicita a la Entidad modificarlas especificaciones
en la disciplina de microfútbol por una cancha de microfútbol múltiple para la realización de dos
hexagonales".
RESPUESTA
La Entidad realiza el requerimiento de dos (2) canchas de microfútbol para la realización de dos (2)
hexagonales y no de una sola cancha, con el fin de desarrollar simultáneamente los encuentros
deportivos en esta disciplina y de esta manera poder dar cumplimiento al tiempo previsto para los
diferentes torneos deportivos.
7.5. OBSERVACIÓN PRESENTADA MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LA CAJADE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DEMAYO DE 2018.
"4. Referente al ítem, literal Escenarios deportivos, se solicita a la Entidad modificar las especificaciones
en la disciplina de atletismo por pista de atletismo en carboncilla. 5 "
RESPUESTA
No se acepta la observación. Teniendo en cuenta que la Entidad en el Anexo No. 2 Especificaciones
Técnicas, numeral 2.5 Escenarios deportivos, para la disciplina de atletismo, únicamente se establece
la siguiente especificación: "un (1) espacio adecuado que cumpla con las condiciones estándar para la
realización de la competencia de 10 metros planos y 1500 metros mixtos clasificación individual y por
género".
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7.6. OBSERVACIÓN PRESENTADA MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LA CAJADE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DEMAYO DE 2018.
"5. Referente al ítem, literal Escenarios deportivos, se solicita a la Entidad aclarar para cada una de las
disciplinas deportivas en: Baloncesto, Voleibol Mixto, Microfútbol, Fútbol, bolos, Tejo y Minitejo el
número de equipos de cada deporte y la cantidad de participantes para cada equipo".
RESPUESTA
De acuerdo a la preinscripción realizada al evento deportivo en el mes de enero del presente año, el
número de equipos participantes y cantidad de integrantes estimados porcada equipo, de las disciplinas
deportivas Baloncesto, Voleibol Mixto, Microfútbol, Fútbol, bolos, Tejo y Minitejo, es la siguiente:
Disciplina
Deportiva
Baloncesto femenino
Voleibol mixto
Microfútbol
Fútbol Masculino
Fútbol Femenino
Bolos
Tejo
Minitejo
Número de equipos
participantes
8
12
12
6
6
11
7
12
Número de Integrantes por
Equipo
10
9a8
9a8
20
10
4
4
4
Total Participantes por Disciplina
Deportiva
80
100
100
120
60
45
30
50
7.7. OBSERVACIÓN PRESENTADA MARCELA DÍAZ, ANALISTA DE LICITACIONES DE LA CAJADE COMPENSACIÓN FAMILIAR COLSUBSIDIO MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DEMAYO DE 2018.
"6. Referente al ítem, literal Escenarios deportivos, se solicita a la Entidad aclarar para cada una de las
disciplinas deportivas individuales para: Tenis de mesa, Ajedrez, Atletismo, Tenis de Campo, Billar y
Natación el número de participantes en las ramas masculinas y féminas".
RESPUESTA
De acuerdo a la preinscripción realizada al evento deportivo en el mes de enero del presente año, el
número de participantes en la rama masculina y femenina estimados, de las disciplinas deportivas tenis
de mesa, ajedrez, atletismo, tenis de campo, billar y natación, es la siguiente:
Disciplina
Deportiva
Tenis de campo
Tenis de mesa
Ajedrez
Atletismo
Billar
Natación
Número de participantes rama
femenina
6
8
7
16
4
10
Número de participantes rama
masculina
14
12
18
24
16
30
Total Participantes por Disciplina
Deportiva
20
20
25
40
20
40
7.8. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARTHA CECILIA NAVAS GONZÁLEZ ÁREA DEGESTIÓN DE CONVOCATORIAS CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CAFAM MEDIANTE
CORREO ELECTRÓNICO DEL 22 DE MAYO DE 2018
"Respetuosamente sugerimos que esta visita de verificación sea previa a la adjudicación del contrato, y
que sea contemplada como requisito técnico la aprobación de las instalaciones por parte de la
7RESPUESTA OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONCIDIONES
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Procuraduría. Lo anterior, en razón a que una vez adjudicado el contrato, no habría lugar a modificar las
instalaciones ofrecidas".
RESPUESTA:
No se acepta la observación, teniendo en cuenta que los oferentes participantes en el proceso de
selección, aceptan el cumplimiento de las condiciones técnicas mínimas, con la suscripción del formato
de la carta de presentación y con el diligenciamiento en el anexo No. 3 denominado formato localización
geográfica. La no verificación del lugar donde se ejecutará el contrato en forma previa a la adjudicación
del proceso de selección y como parte del cumplimiento de los requisitos técnicos, no compromete la
capacidad del proponente para efectuar su ofrecimiento y la responsabilidad de éste en la elaboración
de la propuesta.
Por otra parte, en el Anexo N° 2 Especificaciones Técnicas numeral 2.1 capacidad operativa y
organización del evento establece: "La supervisión una vez se suscriba el acta de inicio, realizará una
visita de verificación a los espacios ofrecidos para la ejecución del contrato, en caso de que se presenten
observaciones por parte de la supervisión, el contratista deberá acogerla en el término establecido por
la supervisión".
7.9. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR PAOLA CARVAJAL CIFUENTES, GERENTE DECONTRATACIÓN DE CONVETUR SAS, MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 25 DE MAYODE 2018
"3. A) Sugerimos que se permita una distancia hasta de 20 KLM de distancia cuando al menos 17
kilómetros se recorran en vía 4G. Esto en el entendido que los vehículos de más de 35 pasajeros tienen
la posibilidad de velocidad entre 80 y 100 KLM/H y el promedio de velocidad de estas vías es igual a
esta misma, lo que equivale a 15 o 20 minutos de recorrido en tiempo. B) Justificación. Esto garantiza
que puedan ofertar excelentes escenarios e infraestructura hotelera para beneficio de la entidad, los
usuarios, el contratista y los proveedores. C) Que se permita esta consideración en una propuesta
alternativa".
RESPUESTA
No se acepta la observación. No es procedente aumentar la distancia solicitada para la realización de
los eventos teniendo como justificación la utilización de vías 4G, ya que en este momento no está
determinado en qué lugar se realizarían las olimpiadas y si estos cuentan con las vías señaladas por
ustedes. Por lo anterior el proceso se encuentra abierto a cualquier oferente que cumpla con las
condiciones solicitadas en el Anexo No. 2 Especificaciones Técnicas.
7.10. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DENOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"Muy respetuosamente nos permitimos indicar a la entidad que ningún hotel cuenta con acomodación
máximo de 8 personas, los hoteles manejan acomodación triple o cuádruple, por lo anterior solicitamos
a la entidad modificarla solicitud a triple o cuádruple".
RESPUESTA
No se acepta la observación. Al señalar la Entidad en el proyecto de pliego de condiciones de ''máximo
8 personas por alojamiento", establece un límite en la acomodación de acuerdo a la disponibilidad de
los alojamientos que ofrezca el proponente, permitiendo una pluralidad en los rangos de acomodación
en las propuestas presentadas, es decir que dependiendo de la oferta que presenten lo pueden hacer
de 3, 4, 5 y hasta 8 personas, en el caso donde no se ofrezca hotel.
7.11. OBSERVACIÓN PRESENTADA POR MARÍA ARDILA, AUXILIAR ADMINISTRATIVA DENOVATOURS LTDA MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"¿Muy respetuosamente solicitamos a la entidad indicarnos si las hojas de vida del personal requerido
se deben adjuntar con la propuesta?"
RESPUESTA OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONCIDIONES
LICITACIÓN PUBLICA No. 2 de 2018
RESPUESTA:
De acuerdo con lo mencionado en el numeral 2.10 Personal mínimo Requerido del Anexo No. 2 de
especificaciones técnicas "El contratista debe contar con un equipo mínimo de cuatro (4) personas, los
cuales cumplirán con las condiciones exigidas a través de la presentación de las hojas de vida, posteriora la suscripción del acta de inicio..." (Subrayado fuera de texto).
3.ANEXO 3FORMATO DE LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA
3.1 OBSERVACIÓN PRESENTADA POR ALEXANDER RODRÍGUEZ COORDINADOR DEPROCESOS DE PUBBLICA GRUPO INTEGRAL DE COMUNICACIONES MEDIANTE CORREOELECTRÓNICO DEL 24 DE MAYO DE 2018.
"Solicitamos a la entidad suprimir y remplazar la exigencia del anexo tres, toda vez que al momento de
la presentación de la oferta el proponente no se puede comprometer con pre bloqueos o separacionesque permitan una vez adjudicado el contrato sostener las locaciones oferta, adicional una vez en
proceso de ejecución se pueden presentar circunstancias que requieran el cambio de las mismas".
RESPUESTA
No se acepta la observación.
Teniendo en cuenta que el Anexo No. 3 Formato de Localización Geográfica, permite identificar que ladistancia entre los espacios destinados para realizar las actividades programadas no afecte elcumplimiento del cronograma establecido, y a su vez validar lo contenido en el Anexo No. 2Especificaciones Técnicas numeral 2.2 Lugar. La Entidad solicita que "tos escenarios deportivos,alojamiento, alimentación, juzgamiento, dirección, organización, inauguración, clausura, cena depremiación del evento, podrán ser en un mismo lugar o en diferentes espacios siempre y cuando el
proponente garantice que el desplazamiento de las personas sea máximo de 10 kilómetros, entrelugares a desarrollar las actividades".
Dada en Bogotá, D.C. a los 2 6 MAY 2Q4E
Secretaria General
Proyectó: Andrea Viviana Socarras Yani - Profesional Universitario Grupo Bienestar (A' J 'Iván Alonso Rodríguez Arteaga - División de Gestión Humana^fl.. ^-y 'Gloria Elizabeth Gómez Gutiérrez - Profesional División FinancieVa^^^'Paola Andrea García Zuluaga - Profesional Oficina Jurídica £í.O*C&*Carlos Alberto Cortés Olaya - Grupo de Inmuebles, Jenny Carolina Becerra Alipio - División Administrativa
Revisó: Diana Duran Mejía - Coordinadora Grupo Bienestar Social Integral *""'María Cristina Figueredo BáeW,Asesora Oficina Jurídica^/Alvaro Andrés Torres AndradAjefe (e) Oficina Jurídica
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