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Abril 2010

Los Consejos Locales de la Mujer en AndalucíaDiagnóstico de la situaciónRevisión sobre el marco legal-normativo en el que se basan los Consejos Locales de la Mujer. Estudio exploratorio sobre características principales de los mismos.

Primera versión: Abril 2009.Segunda versión: Abril 2010.

Instituto Andaluz de la Mujer.Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.Junta de Andalucía.Análisis e informe: Taraceas S. Coop. And.

ÍNDICE

Página

1. Introducción 1

2. Contextualización jurídica 32.1 Igualdad entre mujeres y hombres y participación en la legislación española y andaluza

3

1.

2.

2.1

2.1.1. Marco nacional y autonómico andaluz

3

2.1.2. Marco local 42.2 Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres 62.3 El Consejo Sectorial como fórmula de participación de la mujer 9

3. Metodología de investigación 11

4. Diagnóstico de la situación en Andalucía 134.1 Aspectos jurídico-formales 134.2 Distribución espacial y cobertura poblacional 13

4.2.1 Representación del tejido asociativo 244.3 Antigüedad 304.4 Composición de los Consejos 324.5 Naturaleza de los Consejos 334.6 Principales líneas de trabajo de los Consejos 354.7 Entidades promotoras 39

5. Conclusiones 42

6. Índice de gráficos, tablas e ilustraciones 46Anexo 1: Ficha de recogida de datos. 48

Anexo 2: Fichas recibidas. 49

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

1. INTRODUCCIÓN

Hoy en día, a pesar de que la igualdad de derechos está facilitando la participación social de la mujer en los diferentes ámbitos de la vida, la realidad es que planes y programas destinados a la ciudadanía, con frecuencia, siguen reproduciendo modelos masculinos. Por ello es fundamental que a nivel local existan órganos que permitan una comunicación directa y efectiva entre las asociaciones de mujeres, como entidades que pueden transmitir las visiones, necesidades y deseos de las mujeres de los municipios, y las Corporaciones Locales. Esta comunicación puede fomentar que las políticas y acciones municipales contemplen plenamente la perspectiva de género, facilitando la construcción de modelos nuevos que repercutan directamente y de un modo diferente sobre la sociedad en su conjunto.

En este sentido y puesto que las Corporaciones Locales, como administración más cercana a la ciudadanía, tienen que asumir el establecimiento de unas líneas claras y eficaces para luchar activamente contra las diversas situaciones de discriminación y desigualdad que sufren las mujeres y establecer los mecanismos para hacerlas efectivas, resulta fundamental la constitución de organismos de participación de las asociaciones de mujeres en la vida política de los municipios. Como veremos en las siguientes páginas, la legislación española permite y fomenta la constitución de los Consejos Locales o Municipales de la Mujer (hemos detectado ambas denominaciones pero en las siguientes páginas nos referiremos a este tipo de órganos siempre como Consejos Locales de la Mujer).

El siguiente informe es el resultado de una investigación desarrollada entre enero y marzo de 2009, revisada y ampliada entre enero y

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marzo de 2010. El primer objetivo de esta investigación era la localización de los diferentes Consejos de este tipo existentes en nuestra comunidad autónoma y la elaboración de un directorio de los mismos. Para ello se contactó vía telefónica o telemática con diferentes órganos y entidades públicas vinculadas con la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres (Instituto Andaluz de la Mujer, Centros Municipales de Información, allí donde se detectaba la existencia de un órgano de este tipo, se solicitaba una ficha con los datos fundamentales y los estatutos/reglamento del Consejo. Aunque no se consiguió recuperar la ficha cumplimentada de todos los Consejos contactados, para este análisis se han incluido todos aquellos de los que se tiene constancia, ya sea mediante la recepción de la ficha (un total de 52), de los estatutos/reglamentos (un total de 24) o por la información obtenida de las fuentes anteriormente citadas.

Como resultado presentamos este documento que define un 'estado de la cuestión' en cuanto a la presencia de Consejos Locales de la Mujer en la Comunidad Autónoma de Andalucía, a fecha de abril de 2010. Para ello analiza los aspectos formales –figura legal en la que se enmarcan-, la distribución espacial en las ocho provincias –dónde se concentran y donde su presencia es menos evidente-, la antigüedad –cuánto tiempo llevan constituidos-, la composición –quién los forma-, las principales líneas de trabajo –sus finalidades y acciones que lleva a cabo- y los entes promotores -si el Consejo ha sido promovido por el ayuntamiento, las propias asociaciones, los Centros o Puntos Municipales de Información a la Mujer...-.

Por dotar de mayor claridad al documento, éste ha sido dividido en tres apartados: comenzamos con los aspectos jurídico-conceptuales, continuamos con las cuestiones vinculadas a la metodología utilizada en esta investigación y posteriormente nos centramos en la

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radiografía de la situación en Andalucía. Cierra este informe un apartado de conclusiones.

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La Constitución Española ya

establece principios para fomentar la

participación de la ciudadanía en los

asuntos públicos, en la vida política,

económica, social y cultural

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2. CONTEXTUALIZACIÓN JURÍDICA

Las siguientes páginas tienen por objeto situar en un marco legislativo concreto las actuaciones que, en materia de participación de la mujer en el ámbito local, se vienen desarrollando en Andalucía en los últimos tiempos. Para ello, revisaremos las diferentes normas jurídicas y su naturaleza, en el ámbito tanto español como andaluz, que refieren este aspecto. En este sentido, es imprescindible considerar la legislación a todos los niveles1 y tener presente que estas referencias jurídicas se ordenan jerárquicamente según lo establecido por el artículo (en adelante art.) 1 del Código Civil, y por

lo tanto de la siguiente manera: la Constitución Española de 1978; la Ley 7/1985, Reguladora de

las Bases del Régimen Local y sus modificaciones, principalmente la Ley 57/2003 de medidas para la modernización del régimen local; la Ley 3/2007 para la Igualdad

Efectiva de Mujeres y Hombres; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 12/2007 para la

Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía; el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y

Hombres en Andalucía 2010-2013; y una serie de ejemplos de reglamentos municipales vigentes que regulan Consejos Locales de la Mujer en Andalucía. 2.1 Igualdad entre mujeres y hombres y participación en la legislación española y andaluza

1.

1

1 La mayoría de la legislación de los entes locales se encuentra en la Ley Orgánica 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local de 1985 y en sus sucesivas modificaciones, especialmente la correspondiente al año 2003.

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2.1

2.1.1 Marco nacional y autonómico andaluzLa Constitución Española de 27 de Diciembre de 1978, consagra el Principio de Igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico en el art. 1.1, y lo reconoce en el art. 14 como derecho fundamental, estableciendo que “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición personal o social”. El art. 9.2 del texto constitucional consagra, junto con la igualdad material, el principio de fomento de la participación efectiva, ordenando a los poderes públicos facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, social y cultural. El derecho de todas las personas a participar en los asuntos públicos se reconoce expresamente en el art. 23.

Por su parte, el art. 22 establece que “se reconoce el derecho de asociación”. Sin embargo, la Constitución apenas plantea ninguna medida que fomente el asociacionismo de mujeres. La realidad es que tampoco realiza apenas ninguna promoción del asociacionismo a ningún nivel, excepto en el de juventud, para el que en el art. 48 establece que “Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural”. En cuanto a las políticas positivas hacia las mujeres, la Constitución del 78 refleja el atraso histórico de nuestro país y, a pesar de la importante presencia del movimiento feminista en aquellos años, no recoge medidas claras de este tipo.

En el ámbito autonómico, el Estatuto de Autonomía para Andalucía de 2007 (Ley Orgánica 2/2007 de 19 de Marzo de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía) recoge también este interés en el Título I: Derechos sociales, deberes y políticas públicas. Así el art. 30

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Los Ayuntamientos deben proteger el

derecho de la ciudadanía a la participación,

promoviendo el asociacionismo y

dotándolo con ayudas, así como creando

Consejos sectoriales

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de “Participación Política” en su apartado 1.e señala “el derecho a participar activamente en la vida pública andaluza para lo cual se establecerán los mecanismos necesarios de información, comunicación y recepción de propuestas” y art. 31 de “Buena Administración” el derecho “a participar plenamente en las decisiones que les afecten, obteniendo de ellas una información veraz”.

2.1.2 Marco localEn España rigen dos leyes que tratan el asunto de los gobiernos locales que son la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local y un Real Decreto, el 2568/1986 de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En la ley 7/1985, se establecen los mecanismos básicos de funcionamiento de los ayuntamientos democráticos. Éstos asumen una serie de competencias entre las que, para nuestro caso, resulta significativa la recogida en el art. 70 bis: “Los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local”. En este artículo ya queda patente la voluntad de dotar a la ciudadanía con herramientas de participación en el ámbito local. En este sentido, el art. 72 incide en el aspecto del asociacionismo: “Las Corporaciones locales favorecen el desarrollo de las asociaciones para la defensa de los intereses generales o sectoriales de los vecinos, les facilitan la más amplia información sobre sus actividades, y, dentro de sus posibilidades, el uso de los medios públicos y el acceso a las ayudas económicas para la

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realización de sus actividades e impulsan su participación en la gestión de la Corporación”.

Ya de forma más específica el art. 130 establece que “El Pleno de la Corporación podrá acordar el establecimiento de consejos sectoriales, cuya finalidad será la de canalizar la participación de los ciudadanos y de sus asociaciones en los asuntos municipales”. En cuanto a las funciones de estos Consejos, el art. 131 señala que “Los Consejos sectoriales desarrollarán exclusivamente funciones de informe y, en su caso, propuesta, en relación con las iniciativas municipales relativas al sector de actividad al que corresponda cada Consejo.” Por su parte, el art. 235 vehicula la participación de las asociaciones a través de una serie de órganos, entre otros, los consejos sectoriales.

La ley 57/2003 propone algunas modificaciones respecto a la norma anterior. En el Título X, el art. 123 expresa que “Corresponde al Pleno [...] la regulación de los órganos complementarios y los procedimientos de participación ciudadana”. Esta ley ensancha el panorama de auto organización local, bastante encorsetado hasta 2003, permitiendo la creación y promoción de organismos, como los que nos atañen, referentes a la participación ciudadana de la mujer a través de asociaciones municipales y, sobre todo, abriendo las puertas a nuevos procedimientos e iniciativas de participación ciudadana, como los presupuestos participativos, presentes, a día de hoy, en una docena de municipios españoles.

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2.2 Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombresPor otro lado, una serie de normas obligan a las

instituciones públicas a promover y facilitar las herramientas necesarias para la consecución de igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres. En el ámbito nacional es fundamental señalar la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Concentrándonos en las cuestiones a las que este informe hace referencia, el preámbulo de esta ley expresa la preocupación por la relación entre participación política y alcance de la igualdad efectiva. Así señala expresamente en el art. 1.1.2 “De la preocupación por el alcance de la igualdad efectiva en nuestra sociedad no podía quedar fuera el ámbito de la participación política, tanto en su nivel estatal como en los niveles autonómico y local... ”. Estas cuestiones se ven concretadas en el art. 78, por

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“1. Los poderes públicos de Andalucía impulsarán el movimiento asociativo de mujeres y establecerán acciones adecuadas para facilitar su participación en la sociedad.

2. Asimismo, potenciarán todas aquellas iniciativas que persigan la creación de redes de asociaciones de mujeres con el objetivo de incorporar a las mujeres en la actividad pública y facilitar su participación social.Igualmente, fomentarán la creación de órganos locales de participación en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y su coordinación con otros órganos de ámbito territorial similares.”

Ley Andaluza 12/2007. Art. 55

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ejemplo, donde plantea la creación de un Consejo de Participación de la Mujeres.

Ya a nivel andaluz, encontramos referencias a estas cuestiones por un lado en el Estatuto de Autonomía y por otro en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de Igualdad de Género en Andalucía. En cuanto al primero, el art. 12 de nuestro Estatuto, refleja lo prescrito en el art.9.2 Constitución Española, disponiendo igualmente la obligación de la Comunidad Autónoma en la promoción de la igualdad y la participación real y efectiva. Así, establece de manera expresa en su párrafo 2 que “la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política”. El art. 10, por su parte, expresa en su apartado 2, que “la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquélla en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social”. En el art. 15, por otro lado, sostiene el principio de igualdad de oportunidades.

Por su parte, la Ley Andaluza 12/2007 de 26 de noviembre, para la promoción de igualdad de género en Andalucía pone el acento de forma clara en la participación social en el ámbito local desde del fomento del asociacionismo femenino; prueba de ello es que dedica capítulo VI específicamente al asunto de la participación de las mujeres. Así por ejemplo el art. 54 decreta el fomento de

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“1. Se crea el Consejo de Participación de la Mujer, como órgano colegiado de consulta y

asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución

efectiva del principio de igualdad de trato y de

oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de

sexo.”

LO 3/2007. Art. 78

La estrategia de empoderamiento de las mujeres abarca actuaciones en las

áreas de educación, empleo, participación

económica y política, y fortalecimiento

personal y asociacionismo, de

manera simultánea e

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la participación social de las mujeres y de la cooperación con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género. El art. 55 establece exactamente la necesidad de establecer de mecanismos de participación locales que fomenten el asociacionismo.

Además, como desarrollo normativo de dicha ley cabe destacar la aprobación del I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres de Andalucía por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en fecha del 19 de enero de 2010, dentro del cual se recoge en la Línea de Actuación número 7 (Participación), y en el Objetivo 2 (Promocionar la participación equilibrada entre mujeres y hombres en el ámbito social, ambiental, político, económico, cultural y deportivo) una medida que establece el “desarrollo de acciones de sensibilización sobre la importancia de participar en los diversos consejos de participación, así como en el ámbito político y potenciar la creación de los consejos locales de participación de las mujeres.” Dicha redacción alude directamente a estos órganos, lo cual revela su importancia en el desarrollo legal andaluz.

Finalmente, resulta interesante recabar información procedente del Plan Estratégico de Igualdad 2008-2011, elaborado por el Ministerio de Igualdad, y que, si bien por su novedad, aún no es un referente claro en las políticas participativas de los municipios andaluces, sí que puede serlo en el futuro. El Plan de Igualdad recoge en once puntos estratégicos en los que centra sus medidas para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, situando la participación social y política en

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primer lugar, como parte de una estrategia de empoderamiento (“empowerment”).

Sin embargo, este Plan de Igualdad, entre sus ocho objetivos relativos a la participación social de las mujeres, no dedica ninguno a las asociaciones de mujeres o a su participación en el ámbito local. La única mención al ámbito local es la paridad en las listas electorales de las elecciones municipales.

En definitiva, tras todo lo dicho, gráficamente, el marco jurídico y normativo que sustenta los Consejos Sectoriales de la Mujer podemos apreciarlo en el siguiente esquema:

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2.3 El Consejo Sectorial como fórmula de participación de la mujer: definición y aspectos jurídicos

Los Consejos Sectoriales son una de las formas más comunes de estructurar el derecho a la participación ciudadana directa en los asuntos de interés público, instituidos en virtud, como se ha dicho,

12

Ilustración 1: Esquema de fuentes de derecho de los

Los Consejos locales de la Mujer se encargan

de realizar tareas consultivas relativas a

la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres

canalizando la participación

ciudadana en la vida política, económica,

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del art. 23 de la Constitución Española y los arts. 30 y 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Asimismo, la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, obliga a las Corporaciones Locales a facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida social. La normativa básica reguladora de dichos órganos en el ámbito local se recoge en los arts. 130 y 131 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre) que a nivel local suelen estar incorporados en el Reglamento Orgánico Municipal, estableciendo, por ejemplo, la posibilidad de creación de organismos de participación sectorial con la finalidad de integrar la participación de la ciudadanía y sus asociaciones. Así mismo, el marco normativo específico para los órganos de participación sectorial pueden encontrarse en los Reglamentos Municipales de Participación Ciudadana. En algunos casos estos reglamentos conceden a los propios Consejos Sectoriales la potestad para dotarse de su propio Reglamento Interno de Funcionamiento. Volviendo a la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, y en concreto a su art. 72 que, según se ha señalado anteriormente, prescribe el desarrollo de las asociaciones, hay que puntualizar el párrafo que dice expresamente “impulsan su participación en la gestión de la Corporación en los términos del número 2 del art. 69. A tales efectos pueden ser declaradas de utilidad pública”. El art. 69 al que hace mención dota de margen suficiente a los ayuntamientos para impulsar, dentro del enfoque de la auto organización municipal, los procedimientos para desarrollar la participación ciudadana en el municipio, expresa además de la

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prohibición de que estos mecanismos menoscaben las leyes de organización establecidas. Así mismo el art. 131 señala que “Los Consejos sectoriales desarrollarán exclusivamente funciones de informe”. En definitiva, acorde con la legislación, un Consejo Local no puede tener carácter vinculante en sus decisiones para el gobierno local y por lo tanto se tratan de órganos de carácter consultivo.

Existen diferentes tipos de Consejos Locales -de bienestar social, educación, de deportes, juventud, infancia, mayores...-. Los que interesan a afectos de este informe son, evidentemente, los Consejos Locales de la Mujer.

3. METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN

En este apartado describimos la metodología y las diferentes fases de la investigación que han culminado en este documento.

Mediante la realización de un sondeo entre los organismos más representativos de las políticas de igualdad en el ámbito municipal se fueron localizando los Consejos Locales de la Mujer existentes en los municipios andaluces. Dicho sondeo se realizó entre los meses de enero y marzo de 2009 de manera telefónica y telemática, y posterior entre enero y marzo de 2010. Como fuentes de información se seleccionaron, en primer lugar, las ocho Diputaciones Provinciales, como organismos representativos de los municipios y en segundo lugar con los Centros de la Mujer provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer. A partir de la información obtenida en esta primera fase, se contactó con los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM)2 y con los propios ayuntamientos.2 Centros surgidos de la colaboración entre el Instituto Andaluz de la Mujer y los ayuntamientos andaluces, desde los que se articula “una intervención global dirigida a las mujeres, [que] ofrecen información, atención y asesoramiento en políticas de igualdad y el fomento de la participación.” (http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/-Centros-municipales-de-informacion-.html)

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De esta manera se han localizado un total de 89 Consejos Locales de la Mujer en Andalucía. Una vez localizados los Consejos se solicitó a las personas de contacto que rellenaran una ficha con datos básicos y algunas características del Consejo y nos la remitieran a través de correo electrónico. Aunque no se consiguió recuperar la ficha cumplimentada de todos los Consejos contactados, para este análisis se han incluido todos aquellos de los que se tiene constancia, ya sea mediante la recepción de la ficha (un total de 52), de los estatutos/reglamentos (un total de 24) o por la información obtenida de las fuentes contactadas en la primera y segunda fase.

Ilustración 2: Secuencia de recogida de información

Los datos recogidos mediante este sondeo permiten una aproximación de tipo exploratorio sobre distribución y características de estos mecanismos de participación ciudadana de las mujeres. A continuación los siguientes apartados, presentan los datos referidos a algunas dimensiones esenciales, como son la distribución espacial de los Consejos, su antigüedad, composición, principales líneas de trabajo y origen.

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4. DIAGNÓSTICO DE LOS CONSEJOS LOCALES DE LA MUJER EN ANDALUCÍA

Presentamos a continuación los resultados del análisis descriptivo de la distribución geográfica y algunas de las características principales de los órganos municipales de participación de las mujeres andaluzas, los Consejos Locales de la Mujer.

4.1 Aspectos jurídico-formalesEl término de Consejo Local de la Mujer que se maneja en este estudio engloba toda estructura de participación de las mujeres en las políticas locales, incluyendo en esta definición a estructuras con diversas denominaciones (Consejos Locales de la Mujer, Foro de las Mujeres o Consejos Sectoriales de la Mujer, entre otros). Asimismo, también se han incluido aquellos Consejos estructurados en torno a varios municipios cercanos, generalmente una mancomunidad o un consorcio, pues sus características y ámbito de actuación son similares. De igual modo, incorporamos algunas estructuras existentes en al menos tres municipios, que si bien no están formalizadas desarrollan actividades similares a las de los órganos formalizados.

La inmensa mayoría de los Consejos analizados en profundidad, es decir de aquellos con los que contamos con ficha y estatuto/reglamento, responde a la figura de consejo sectorial que se ha analizado en el primer apartado de este informe. Sin embargo resulta interesante señalar que en algunos casos no es así, como puede ser el caso de El Viso del Alcor (Sevilla) cuyo Consejo se plasma como una Comisión de seguimiento del Plan de Igualdad formada por responsables políticos, personal técnico de igualdad y representantes de las Asociaciones de Mujeres del Municipio y de las agrupaciones políticas locales, constituida formalmente por acuerdo

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del pleno de la Corporación, quedando su organigrama y competencias recogidas en dicho plan de igualdad. Otro caso llamativo es el del Consejo de Comarcal de la Mujer del Guadiato (Córdoba), que se enmarca legalmente en organización de naturaleza asociativa sin ánimo de lucro, es decir por una asociación constituida según lo dispuesto en el art. 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 del 22 de Marzo reguladora del derecho de asociación y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo de aquella.

4.2 Distribución espacial y cobertura poblacionalAl finalizar la recogida de información se contabilizan un total de 89 organismos de participación de las mujeres en las políticas municipales. Esta cifra supone un incremento de 20 Consejos respecto a este mismo sondeo realizado durante 2009. Este incremento no responde en su totalidad a la creación de Consejos en el periodo interanual, sino a la mejora en la recepción de la información.

Gráfico 1: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer sobre municipios andaluces

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Teniendo en cuenta que el número total de municipios andaluces es de 7703 tan sólo el 16,75% de ellos cuenta con Consejos Locales de la Mujer. Esta cifra supone un incremento del 7,8% respecto a los datos de 2009.

Se observan importantes diferencias en cuanto a la distribución de los Consejos por cada una de las provincias andaluzas. Destaca, en cifras absolutas, la importancia de estos órganos en las provincias de Granada, con 24 Consejos detectados, y de Cádiz, con 18. En el otro extremo, las provincias con menor número de Consejos son, como en 2009, las de Huelva (3 Consejos) y Almería (4).

Gráfico 2: Consejos Locales de la Mujer por provincia

En términos relativos, el 27% de los Consejos Locales de la Mujer andaluces se encuentra en la provincia de Granada. Entre las provincias de Granada y Cádiz acumulan más del 47% de todos los Consejos andaluces.

3 Instituto de Estadística de Andalucía. Datos Básicos 2008. Consejería de Economía y Hacienda. Junta de Andalucía.

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Gráfico 3: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer por provincia

No obstante, es relevante tener en cuenta el número de municipios en cada provincia, con la intención de comprobar la proporción entre éstos y el número de consejos existentes. A pesar de la relevancia de este dato cabe precisar que algunos de los Consejos aquí considerados tienen carácter supramunicipal, al estar mancomunados o consorciados, por lo que su radio de acción comprende varios municipios simultáneamente. Los Consejos Locales de la Mujer que se hallan en esta situación de agrupación se pueden consultar en la siguiente tabla:

PROVINCIA

NOMBRE AGRUPACION MUNICIPIOS

CÓRDOBA VALLE DEL GUADIATO BELMEZBLAZQUEZ, LOSESPIELFUENTE LA LANCHAFUENTE OBEJUNAGRANJUELA, LAHINOJOSA DEL DUQUEOBEJOPEÑARROYA-PUEBLONUEVOVALSEQUILLOVILLAHARTAVILLANUEVA DEL REY

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VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA

MÁLAGA

GUADALTEBA

ALMARGENARDALESCAMPILLOSCAÑETE LA REALCARRATRACACUEVAS DEL BECERROSIERRA DE YEGUASTEBA

MONTES ALTA AXARQUÍA

ALCAUCÍNALFARNATEALFARNATEJOALMOGIACANILLAS DE ACEITUNOCASABERMEJACOLMENARCOMARESPERIANARIOGORDOVIÑUELA, LA

SIERRA DE LAS NIEVES Y ENTORNO

ALOZAINACASARABONELAGUAROISTÁNMONDAOJÉNTOLOXYUNQUERA

Tabla 1: Congregaciones municipales. Consejos mancomunados o consorciados.

En un primer análisis de los datos relativos, calculados en función del número de Consejos Locales de la Mujer y su representatividad en los municipios de cada provincia, destaca enormemente la cifra de Cádiz. Aunque no es la provincia que cuenta con mayor número de Consejos, sí tiene una cantidad de municipios mucho menor a la del resto de provincias, por lo que sus 18 Consejos suponen una cobertura del 41% de sus municipios.

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Gráfico 4: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer sobre municipios por provincia

En la provincia de Málaga, a pesar de contar con un número reducido de Consejos, destaca el hecho de que tres de ellos dan cobertura a varios municipios, al estar consorciados o mancomunados, por lo que en realidad dan cobertura a un total de 36 municipios, que representa un 36% del total de municipios malagueños. Un caso similar, aunque menos acusado, sucede en la provincia de Córdoba, donde el Consejo del Valle del Guadiato ofrece servicios a 13 municipios, de tal manera que un total de 20 municipios cuentan con servicios de participación, lo que representa un 26,7% de la provincia. El resto de provincias se sitúan en cifras que van desde el 11% al 15%, excepto los casos ya mencionados de Almería y Huelva, que no llegan al 4%.

consejos municipios municipios % sobre 22

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

locales con CLM en la provincia

municipios

Almería 4 4 102 3,92Cádiz 18 18 44 40,91

Córdoba 7 20 75 26,67Granada 24 24 168 14,29Huelva 3 3 79 3,80

Jaén 11 11 97 11,34Málaga 9 36 100 36,00Sevilla 13 13 105 12,38Total

Andalucía 89 129 770 16,75Tabla 2: Consejos Locales de la Mujer sobre municipios por provincia

Otro análisis interesante para conocer el alcance de la cobertura de los Consejos es el de la población a la que representa. Los datos para realizar este cálculo se han obtenido del Padrón Municipal de Habitantes con datos consolidados a 1 de enero de 20084.

Almería:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Almería 187.521 95.475 92.046Roquetas de

Mar 77.423 37.385 40.038Vícar 21.515 10.177 11.338

Vélez-Rubio 7.147 3.646 3.501SUB-TOTAL 293.606 146.683 146.923

Tabla 3: Cobertura poblacional de los Consejos en Almería

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

323.919

4 Instituto de Estadística de Andalucía. Datos Básicos 2008. Consejería de Economía y Hacienda. Junta de Andalucía.

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Los cuatro Consejos de Almería representan a 146.638 mujeres que habitan en la provincia, de un total de 323.919. Esta cifra supone el 45,28%.

Cádiz:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Algeciras 115.333 55.535 59.798Arcos de la Frontera 31.017 15.456 15.561Barbate 22.851 11.406 11.445

Benalup-Casas Viejas 7.139 3.495 3.644Cádiz 127.200 66.595 60.605

Chiclana de la Frontera 76.171 37.581 38.590Chipiona 18.447 9.203 9.244

Conil de la Frontera 20.752 10.184 10.568

El puerto de Sta. María 86.288 43.605 42.683

Jerez de la Frontera 205.364 104.974 100.390

La línea de la Concepción 64.240 32.306 31.934

Olvera 8.629 4.353 4.276Puerto real 39.648 19.654 19.994Sanlúcar de Barrameda 64.434 32.258 32.176Trebujena 6.920 3.337 3.583Ubrique 17.071 8.613 8.458

Vejer de la Frontera 12.991 6.432 6.559

Villamartín 12.385 6.184 6.201SUB-TOTAL 936.880 471.171 465.709

Tabla 4: Cobertura poblacional de los Consejos en Cádiz

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

611.851

En Cádiz los Consejos representan a un total de 471.171 mujeres, de las 611.851, lo cual supone un 77% de representación.Córdoba:

MUNICIPIO con POBLACIÓN POBLACIÓN POBLACIÓN 24

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

CLM FEMENINA MASCULINAPeñarroya 39.792 20.128 19.664Córdoba 325.453 168.788 156.665

La Victoria 2.132 1.069 1.063Lucena 41.698 20.926 20.772Montilla 23.811 11.989 11.822

Puente Genil 29.503 14.824 14.679SUB-TOTAL 462.389 237.724 224.665

Tabla 5: Cobertura poblacional de los Consejos en Córdoba

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

406.164

Teniendo en cuenta que la población de Peñarroya-Pueblonuevo es la cabeza de la comarca del Guadiato, y que el Consejo se define como Comarcal, y entendiendo que representa a todos los municipios incluidos en dicha comarca, la población femenina total a la que se le da cobertura con los Consejos ascendería hasta las 237.724 mujeres, y su índice de cobertura alcanzaría el 58,5%.

Granada:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Algarinejo 3.817 1.863 1.954Armilla 20.882 10.033 10.849Baza 23.287 11.636 11.651

Calahorra (La) 760 363 397Cúllar Vega 6.503 3.212 3.291Gabias (Las) 14.945 7.174 7.771

Granada 236.988 126.797 110.191Guadix 20.326 10.243 10.083Huéscar 8.226 4.125 4.101

Huétor-Vega 11.103 5.526 5.577Íllora 10.399 5.204 5.195

Iznalloz 7.150 3.494 3.656Loja 21.570 10.767 10.803

Maracena 20.297 10.228 10.069Monachil 6.644 3.211 3.433Montefrio 6.357 3.165 3.192

Motril 59.163 29.702 29.461Órgiva 5.640 2.778 2.862

25

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Padul 8.224 4.111 4.113Peligros 10.848 5.213 5.635

Pinos Puente 13.551 6.570 6.981Salobreña 12.684 6.335 6.349Santa Fe 15.107 7.609 7.498

Zubia (La) 17.434 8.769 8.665SUB-TOTAL 561.905 288.128 273.777

Tabla 6: Cobertura poblacional de los Consejos en Granada

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

453.940

Se observa que los Consejos de la provincia de Granada representan a 288.128 mujeres, de un total de 453.940, lo que supone un 63,47%.

Huelva:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Campillo (El) 2.258 1.176 1.082Huelva 148.027 76.238 71.789Moguer 19.032 9.463 9.569

SUB-TOTAL 169.317 86.877 82.440Tabla 7: Cobertura poblacional de los Consejos en Huelva

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

255.521

Por su parte, la provincia de Huelva cuenta con representación en sus Consejos de un total de 86.877 mujeres, de las 255.521 que habitan en la provincia (un 34%).

Jaén:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Bailén 18.798 9.157 9.641Cazorla 8.170 4.181 3.989Huelma 6.233 3.079 3.154

Jaén 116.417 60.062 56.355La Carolina 15.649 7.931 7.718La Guardia 3.928 1.859 2.069

26

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Linares 61.340 31.205 30.135Martos 24.520 12.470 12.050

Puerto Segura 2.631 1.325 1.306Torredelcampo 14.565 7.216 7.349

Úbeda 34.462 17.592 16.870SUB-TOTAL 306.713 156.077 150.636

Tabla 8: Cobertura poblacional de los Consejos en Jaén

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

334.870

En el caso de la provincia de Jaén, los Consejos representan a 156.077 mujeres de las 334.870 que habitan en la provincia, es decir, a un 46,6%.

Málaga:MUNICIPIO con

CLM POBLACIÓN POBLACIÓN FEMENINA

POBLACIÓN MASCULINA

Alhaurín el Grande 22.785 11.281 11.504

Campillos 25.906 12.874 13.032Colmenar 28.350 13.792 14.558Málaga 566.447 293.148 273.299Mijas 70.437 35.026 35.411Nerja 21.621 10.873 10.748Ronda 36.532 18.380 18.152

Vélez-Málaga 72.842 36.447 36.395Guaro 19.292 9.389 9.903

SUB-TOTAL 864.212 441.210 423.002Tabla 9: Cobertura poblacional de los Consejos en Málaga

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

790.249

Contando con la población de los municipios contenidos en los Consorcios de Guadalteba, Monte Axarquía y en la Mancomunidad de

27

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

la Sierra de las Nieves, la cobertura es de 441.210 mujeres, lo que eleva el porcentaje de representación hasta el 55,83%.

Sevilla:MUNICIPIO con CLM POBLACIÓN POBLACIÓN

FEMENINAPOBLACIÓN MASCULINA

Alcalá de Guadaira 68.452 34.326 34.126Arahal (el) 19.150 9.671 9.479

Cabezas de San Juan 16.292 7.986 8.306

Carmona 27.950 13.708 14.242Castilblanco de los

Arroyos 5.028 2.485 2.543Coria del Río 27.528 13.674 13.854

Dos Hermanas 120.323 60.636 59.687Écija 40.143 20.374 19.769

Estepa 12.547 6.312 6.235Marchena 19.497 9.776 9.721

Sevilla 699.759 366.269 333.490Utrera 50.098 25.004 25.094

Viso del Alcor 18.059 8.962 9.097SUB-TOTAL 1.124.826 579.183 545.643

Tabla 10: Cobertura poblacional de los Consejos en Sevilla

POBLACIÓN FEMENINA TOTAL PROVINCIA

954.206

Por último, en la provincia de Sevilla, las 579.183 mujeres representadas en los Consejos suponen el 60,7% de las 954.206 que habitan en ella.

En términos globales se puede afirmar que los 89 órganos de participación municipales representan a 2.407.053 mujeres. Teniendo en cuenta que la población femenina total de Andalucía es de 4.130.720, se establece que el porcentaje de cobertura de estos órganos a nivel autonómico es del 58,27%.

En términos absolutos, de número de mujeres representadas por provincia, se puede representar gráficamente de esta manera:

28

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Gráfico 5: Cobertura poblacional de los Consejos en Andalucía

Para entender el peso específico de los Consejos, el porcentaje de cobertura, independientemente del tamaño poblacional, se usan los valores relativos porcentuales:

Gráfico 6: Porcentaje de cobertura poblacional de los Consejos en Andalucía

La media de porcentaje de cobertura de los Consejos Locales de la Mujer para toda Andalucía es del 58,27%. Destacan las provincias de Cádiz, donde el nivel de cobertura es del 77%, Granada (63,5%) y

29

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Sevilla (60,7%) por tener porcentajes superiores a la media regional. Asimismo, las provincias de Huelva (34%), Almería (45,3%) y Jaén (46,6%) obtienen puntuaciones por debajo de la media, que sugieren la necesidad de un mayor desarrollo de este tipo de órganos de participación. Las provincias de Córdoba y de Málaga (55,83% y 58,53% respectivamente) se encuentran en una situación cercana a la media andaluza.

4.2.1 Representación del tejido asociativoTeniendo en cuenta que los Consejos son el órgano de representación de las asociaciones de mujeres en la interlocución con los entes municipales, resulta interesante conocer el alcance que tienen en cuanto a representatividad del tejido asociativo de mujeres. Antes de comenzar el análisis se deben explicitar dos premisas fundamentales para entender el mismo. Por un lado, la representatividad de los Consejos alcanza a todo el tejido asociativo del municipio o agrupación de municipios al que pertenece, independientemente de que todas esas asociaciones formen parte activa del Consejo o no. Es decir, aunque haya asociaciones que no formen parte del Consejo Local de la Mujer, éste las representa a todas. En segundo lugar, en lo referente a las fuentes de datos para este análisis, no existe un registro específico de asociaciones de mujeres, por lo que se ha tomado como fuente el listado del programa Asocia del Instituto Andaluz de la Mujer5.

Almería:MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

ALMERÍA 28ROQUETAS DE MAR 18VELEZ-RUBIO 2VICAR 5TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

53

5 http://www.juntadeandalucia.es/iam/-Listado-de-Asociaciones-de-Mujeres-.html30

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Tabla 11: Asociaciones por municipio de Almería

Existen 199 asociaciones de mujeres en la provincia de Almería. Teniendo en cuenta la presencia de Consejos en esta provincia, se sabe que éstos representan a 53 de estas asociaciones, lo que significa un 26,63%.

Asociaciones en la provincia 199Asociaciones en Consejos Locales 53Porcentaje de asociaciones representadas

26,63%

Tabla 12: Resumen asociaciones por municipio de Almería

Cádiz:MUNICIPIO Nº ASOCIACIONES MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

ALGECIRAS 12 LINEA DE LA CONCEPCION (LA)

5ARCOS DE LA FRONTERA

9 PUERTO DE SANTA MARIA (EL) 8BARBATE 13 PUERTO REAL 7BENALUP-CASAS VIEJAS

2 SANLUCAR DE BARRAMEDA 12CADIZ 28 TREBUJENA 3CHICLANA DE LA FRONTERA

7 UBRIQUE 2CHIPIONA 3 VEJER DE LA FRONTERA 6CONIL DE LA FRONTERA

5 VILLAMARTIN 3JEREZ DE LA FRONTERA

67 TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

193

Tabla 13: Asociaciones por municipio de Cádiz

De las 261 asociaciones de mujeres de Cádiz, en los Consejos están representadas 193, lo que equivale a un 74%.

Asociaciones en la provincia 261Asociaciones en Consejos Locales 193Porcentaje de asociaciones representadas

73,94%

Tabla 14: Resumen asociaciones por municipio de Almería

Córdoba:MUNICIPIO Nº ASOCIACIONES MUNICIPIO Nº

31

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

ASOCIACIONES

BELMEZ 2 OBEJO 2BLÁZQUEZ (LOS) 1 PEÑARROYA-PUEBLONUEVO 4CORDOBA 69 PUENTE GENIL 9ESPIEL 2 VALSEQUILLO 1FUENTE OBEJUNA 7 VICTORIA (LA) 1GRANJUELA (LA) 1 VILLAHARTA 1HINOJOSA DEL DUQUE 1 VILLANUEVA DEL REY 1LUCENA 9 VILLAVICIOSA DE CORDOBA 1MONTILLA 8 TOTAL ASOCIACIONES EN

CLM120

Tabla 15: Asociaciones por municipio de Córdoba

Los Consejos de la provincia de Córdoba, teniendo en cuenta la representación del Consejo del Valle del Guadiato, abarcan 120 de las 225 asociaciones de mujeres de la provincia, lo que significa un porcentaje de representación del 53,3%.

Asociaciones en la provincia 225Asociaciones en Consejos Locales 120Porcentaje de asociaciones representadas

53,33%

Tabla 16: Resumen asociaciones por municipio de Córdoba

Granada:MUNICIPIO Nº ASOCIACIONES MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

ALGARINEJO 3 LOJA 5ARMILLA 2 MARACENA 5BAZA 3 MONACHIL 2CULLAR-VEGA 3 MONTEFRIO 3GABIAS (LAS) 6 MOTRIL 9GRANADA 59 ORGIVA 2GUADIX 10 PADUL 2HUESCAR 4 PELIGROS 2HUETOR-VEGA 3 PINOS PUENTE 9ILLORA 5 SALOBREÑA 2IZNALLOZ 2 SANTA FE 3LACALAHORRA 2 ZUBIA (LA) 2

TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

148

Tabla 17: Asociaciones por municipio de Granada

32

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

En la provincia de Granada 148 asociaciones de mujeres, de las 346 que hay registradas, están representadas en los Consejos Locales de la provincia, lo cual es un 42,77%.

Asociaciones en la provincia 346Asociaciones en Consejos Locales 148Porcentaje de asociaciones representadas

42,77%

Tabla 18: Resumen asociaciones por municipio de Granada

Huelva:MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

CAMPILLO (EL) 2HUELVA 32MOGUER 4TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

38

Tabla 19: Asociaciones por municipio de Huelva

En Huelva son 38 las asociaciones de mujeres representadas en los Consejos. Existen 164 asociaciones en la provincia, por lo que está representado un 23% del total.

Asociaciones en la provincia 164Asociaciones en Consejos Locales 38Porcentaje de asociaciones representadas

23,17%

Tabla 20: Resumen asociaciones por municipio de Huelva

Jaén:

MUNICIPIO Nº ASOCIACIONES

BAILEN 3CAROLINA (LA) 4CAZORLA 1GUARDIA DE JAEN (LA) 1HUELMA 1JAEN 33LINARES 8MARTOS 5

33

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

PUERTA DE SEGURA (LA) 2TORRE DEL CAMPO 3UBEDA 8TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

69

Tabla 21: Asociaciones por municipio de Jaén

En Jaén existen 225 asociaciones de mujeres, de las cuales están en municipios con Consejo Local un total de 69, lo que es un 31%.

Asociaciones en la provincia 225Asociaciones en Consejos Locales 69Porcentaje de asociaciones representadas

30,66%

Tabla 22: Resumen asociaciones por municipio de Jaén

Málaga:MUNICIPIO Nº ASOCIACIONES MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

ALCAUCIN 3 GUARO 1ALFARNATE 1 ISTAN 1ALFARNATEJO 3 MALAGA 74ALHAURIN EL GRANDE 3 MIJAS 3ALMARGEN 1 MONDA 1ALMOGIA 1 NERJA 6ALOZAINA 1 OJEN 1ARDALES 2 PERIANA 4CAMPILLOS 4 RIOGORDO 1CANILLAS DE ACEITUNO

3 RONDA 8CAÑETE LA REAL 2 SIERRA DE YEGUAS 3CASABERMEJA 1 TEBA 1CASARABONELA 1 TOLOX 1COLMENAR 1 VELEZ-MALAGA 10COMARES 1 VIÑUELA 2CUEVAS DEL BECERRO

1 YUNQUERA 1TOTAL ASOCIACIONES EN CLM

147

Tabla 23: Asociaciones por municipio de Málaga

En Málaga, contando los municipios agrupados en los consejos mancomunados y consorciados, existe representación de 147 de las 260 asociaciones de mujeres de la provincia, es decir, un 56,5%.

34

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Asociaciones en la provincia 260Asociaciones en Consejos Locales 147Porcentaje de asociaciones representadas

56,54%

Tabla 24: Resumen asociaciones por municipio de Málaga

Sevilla:MUNICIPIO Nº

ASOCIACIONES

MUNICIPIO Nº ASOCIACIONE

SALCALA DE GUADAIRA 2 DOS HERMANAS 10ARAHAL (EL) 3 ESTEPA 6CABEZAS DE SAN JUAN (LAS)

3 MARCHENA 2CARMONA 2 SEVILLA 57CARRION DE LOS CESPEDES 1 UTRERA 1CASTILBLANCO DE LOS ARROYOS

3 VISO DEL ALCOR (EL) 3CORIA DEL RIO 4 TOTAL ASOCIACIONES EN

CLM219

Tabla 25: Asociaciones por municipio de Sevilla

De las 219 asociaciones de mujeres de la provincia de Sevilla, 96 se encuentran en municipios con Consejo Local, lo que representa un 44%.

Asociaciones en la provincia 219Asociaciones en Consejos Locales 96Porcentaje de asociaciones representadas

43,84%

Tabla 26: Resumen asociaciones por municipio de Sevilla

Una vez desgranada la pertenencia de las asociaciones tanto a los municipios como a los Consejos Locales de Andalucía, para obtener una perspectiva completa se deben observar los datos agregados y comparados.

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

Huelva

Jaén Málaga

Sevilla

ANDALUCÍA

Asociaciones 199 261 225 346 164 225 260 219 1899

35

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

de mujeresAsociaciones en Consejos Locales

53 193 120 148 38 69 147 96 864

Porcentaje de representación

26,63%

73,95%

53,33%

42,77%

23,17%

30,67%

56,54%

43,84% 45,50%

Tabla 27: Resumen asociaciones por provincia

Para una mejor visualización se ofrecen representaciones gráficas de estas variables representadas en la tabla:

Almería Cádiz CórdobaGranada Huelva Jaén Málaga Sevilla0

50

100

150

200

250

300

350

400

199

261225

346

164

225260

219

53

193

120148

3869

147

96

Asociaciones representadas en CLM

Asociaciones en la provincia

Asociaciones en Consejos Locales

Gráfico 7: Asociaciones de mujeres y su representación en los Consejos Locales de la Mujer por provincia

Y en cuanto al porcentaje de representatividad de las asociaciones de mujeres en los Consejos Locales, el siguiente gráfico también ayuda a comprender los datos obtenidos:

36

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla ANDALUCÍA0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

26.63%

73.95%

53.33%

42.77%

23.17%30.67%

56.54%

43.84% 45.50%

Porcentaje de asociaciones representadas

Gráfico 8: Porcentaje de representación de las asociaciones de mujeres en los Consejos Locales de la Mujer por provincia

Tal y como queda patente en el gráfico anterior, la media de representatividad de las asociaciones de mujeres en los Consejos Locales de Andalucía es del 45,5%. Destacan las provincias de Cádiz, donde el 74% de sus asociaciones tiene representación en los Consejos de la provincia y, en el extremo opuesto, Almería y Huelva, donde sólo están representadas el 26,6% y el 23,2%, respectivamente, de las asociaciones de la provincia.Málaga y Córdoba también presentan datos de representación mayores a la media, aunque con valores más moderados que los obtenidos en Cádiz (56,5% y 53,4% respectivamente). Tan sólo el 30,7% de las asociaciones de Jaén se encuentran en los Consejos de dicha provincia. Las provincias de Sevilla y Granada presentan porcentajes similares a la media andaluza (43,8% y 42,8%, respectivamente).

3

4

4.3 Antigüedad

37

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Otra característica analizada ha sido la antigüedad, el tiempo que lleva existiendo cada Consejo puede ayudar a crear una imagen de su trayectoria y evolución.

Gráfico 9: Consejos Locales de la Mujer por año de creación

Hay que tener en cuenta que estos datos han sido extraídos de los 47 Consejos que han enviado los datos de su fecha de constitución, por lo que no deben considerarse como exhaustivos, sino como una aproximación en la que comprobar algunas tendencias. No obstante, los datos para el año 2009 sólo recogían esta información para 36 Consejos.

38

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

JAEN

MONTEFRIO

VÉLEZ-MÁLAGA

MIJAS

CASTILBLANCO ARROYOS

LA VICTORIA

CABEZAS DE S. JUAN

PADUL

CONS. MONTE AXARQUÍA

DOS HERMANAS

PUERTO REAL

NERJA

ECIJA

MARCHENA

LA CAROLINA

VÍCAR

ALHAURIN EL GRANDE

CORIA DEL RIO

GABIAS (LAS)

VÉLEZ-RUBIO

LA GUARDIA

HUELMA

VISO DEL ALCOR

MANC. Sª DE LAS NIEVES

ZUBIA (LA)

GUADIX

MONTILLA

ESTEPA

COMARCA GUADIATO

PUENTE GENIL

CORDOBA

CONIL DE LA FRONTERA

TORREDELCAMPO

BAILEN

CÁDIZ

VEJER DE LA FRONTERA

LUCENA

UBEDA

SEVILLA

MARTOS

HUELVA

BENALUP-CASAS VIEJAS

COMARCA GUADALTEBA

CHICLANA FRA.

LINARES

CARMONA

GRANADAEL PUERTO DE STA MARÍA

El Consejo más antiguo del que se tiene referencia es el creado en el municipio gaditano de El Puerto de Santa María, con fecha de constitución del 14 de octubre de 1992. Por contraste, el Consejo de creación más reciente del que se tienen datos es el de Jaén, con fecha de constitución del 16 de mayo de 2009.

4.4 Composición de los ConsejosSe quiso comprobar las entidades participaban en los Consejos, quiénes ejercían la interlocución. Para ello se preguntó acerca de quiénes participaban en los mismos. Las múltiples respuestas obtenidas fueron agrupadas de la manera más inclusiva posible, relegando a la categoría “Otros” al menor número de respuestas, casi exclusivamente aquellas que sólo recibieron una respuesta.

39

ALMERÍACÁDIZCÓRDOBAGRANADAHUELVAJAÉNMÁLAGASEVILLA

Gráfico 10: Consejos Locales de la Mujer por fecha de creación y municipio

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Gráfico 11: Entidades que participan en los Consejos Locales de la Mujer andaluces.

El 93,6% de los Consejos analizados cuenta con las asociaciones de mujeres como uno de sus componentes. Es, por tanto, el principal grupo participante en estos órganos. Asimismo, en casi un 81% de los Consejos también está presente el ayuntamiento. Estas dos entidades –tejido asociativo y corporaciones locales- son el fundamento de los Consejos Locales de la Mujer.También destaca la participación de los partidos políticos, presente en un 53,2% de los casos, y de los CMIM, en un 35,2%.El resto de entidades tienen una menor presencia: sindicatos en un 25,6%, AMPAs y asociaciones vecinales, ambas presentes en un 23,4% y entidades privadas en un 12,8%.

En esta gráfica los porcentajes presentados superan el 100%, pues lo que se mide es la presencia de cada uno de los actores en cada Consejo, pero teniendo en cuenta que no son excluyentes, cada Consejo, por su propia naturaleza, suele incluir varios de estos actores de manera simultánea.

4.5 Naturaleza de los Consejos

40

Informe diagnóstico de los Consejos Locales

de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Se entiende la naturaleza del Consejo Local de la Mujer en relación a su función, en concreto a su capacidad para intervenir en las políticas y acciones municipales. Para establecer este criterio se ha optado por recoger de manera literal las respuestas de las fichas de datos, para posteriormente agruparlas según analogías en las respuestas recibidas.

Ante estas respuestas obtenidas, y con la finalidad de establecer un criterio de distribución estadística, se han vuelto a agrupar las respuestas en un número reducido de variables.

Tabla 28: Funciones de los Consejos Locales de la Mujer. Variables recodificadas

Una vez agrupadas las respuestas se observa cómo prácticamente un 35% define su función como un órgano consultivo. Un porcentaje ligeramente inferior (30,6%) afirma que se trata de un órgano consultivo y asesor de las políticas de género en el gobierno local.Las otras dos opciones presentan porcentajes similares, en torno al 17% cada una, clasificando el Consejo como órgano de participación, o con otra definición no contenida en las anteriores.

41

FUNCIONES RECODIFICADAS

Función consultivaFunción consultiva y

asesoraFunción participativa

Otras

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de la Mujer en Andalucía. Actualización 2010

Gráfico 12: Funciones de los Consejos Locales de la Mujer en Andalucía. Variables recodificadas

Estos mismos datos, una vez desagregadas las respuestas por provincia, ofrecen una visión bastante heterogénea en cuanto a la función que cumplen los Consejos. En Jaén un 55,6% de sus Consejos se define como órgano consultivo y un 33,4% como órgano de participación.

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Gráfico 13: Funciones de los Consejos Locales de la Mujer por provincia. Variables recodificadas

Por su parte, en los Consejos de la provincia de Granada la definición de tres cuartas partes de sus Consejos es como órganos consultivos y asesores. Esta doble función consultiva y asesora también es la opción elegida en la mayor parte de los consejos de las provincias de Cádiz (62,5%) y Huelva, donde la totalidad de sus tres Consejos se define así.

Se observa, pues, una gran variabilidad en cuanto a la forma de definir la función o funciones que detentan los Consejos en el ámbito de la política de género en los ayuntamientos.

4.6 Líneas de trabajo de los Consejos

3

Otra de las áreas de interés en la presente exploración sobre los Consejos Locales de la Mujer, una vez hemos indagado acerca de sus datos básicos, las entidades que la componen y la definición que hacen sus responsables acerca de la función que cumple en la arena política municipal, es el de las líneas de trabajo que están desarrollando.

En un principio se pretendió tratar esta información igual que las demás de este informe, realizando una categorización de las respuestas obtenidas para poder tratarla de manera estadística. Dado el carácter cualitativo de la ficha de recogida de información, característica necesaria para conocer la información de las personas responsables de los propios Consejos sin filtrarla con categorías de respuesta preestablecidas, los resultados obtenidos han mostrado un

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amplio rango de respuestas y matices que se perderían al reducirla, tal y como se ha hecho en otros apartados, a categorías cerradas6.

No obstante, a pesar de que estos datos no deben ser tratados de manera estadística, eso no es obstáculo para tratar de aprovechar la información obtenida de otra manera. Por lo tanto, a continuación presentamos las respuestas obtenidas de manera literal en las fichas enviadas. De hecho, la tabla aquí presentada es una ampliación de la obtenida en el informe realizado durante el año 2009, incorporando aquellos aspectos que aún no se habían reflejado en dicho análisis.

¿En qué líneas trabaja el Consejo Local de la Mujer de su municipio?

Servicios específicos mujeres. Políticas de igualdadFavorecer la participación activa de todas las mujeres del municipio actuando como interlocutor del colectivo ante los poderes públicosFomentar el asociacionismo de las mujeres, prestando a las asociaciones de mujeres el apoyo técnico que precisenSolicitar a las distintas Concejalías, que con carácter finalista, pidan subvenciones o ayudas a otras Administraciones Públicas o Entidades PrivadasCoeducación y violencia contra la mujerNecesidades mujeres, TransversalidadConocer los resultados de la Gestión Municipal en relación con la mujer. Aprobar la programación de actividades de la Concejalía de Igualdad. Campañas CMIM. Ser cauce de expresión de necesidades de las mujeres. Transversalidad de géneroTransmisión de las necesidades de las mujeres a través de las representantes políticasAsesorar al Municipio. Promover y fomentar el asociacionismo, redes y cooperación. Dinamización y seguimiento de los procesos participativos. Cauce de comunicación e información. Perspectiva de géneroActividades de mujer. Igualdad de género. Denuncia de acciones vejatorias para la mujer

6 En los casos del análisis de la Naturaleza del Consejo Local de la Mujer (epígrafe 3.5) y en el siguiente, titulado Entidades promotoras de los consejos (epígrafe 3.7) sí se han recodificado y agrupado las respuestas en variables cuantitativas por tratarse de información susceptible a ello.

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Elaborar una carpeta que contengan directrices de trabajo en temas de igualdad y violencia dirigido a los centros escolaresCharlas para romper estereotipos sobre feminización de las profesionesActividades Concejalía Igualdad, Campañas de denuncia. Expresar necesidades de mujeres en el municipio. Transversalidad de género en actividades del ayuntamiento. Coordinación entre actividades de géneroDinamización de las asociaciones de mujeres del municipioSeguimiento y evaluación del Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y HombresIgualdad hombres y mujeres, fomento participación mujeres, incorporación mujeres órganos decisión, integración socio-laboral, talleres de empleo, Red de Mujeres EmpresariasHacerse referente de las mujeres y organizaciones de mujeres de la ciudad en relación al ayuntamiento, II Plan Transversal de Género del ayuntamientoCampañas 8-M y 25-N, concursos culturales, Comisión de Igualdad, Manifiestos, Investigación sobre mujeres relevantes del municipioIgualdad real, transversalidad de género, medidas de acción positiva, participación de mujeres, denunciar conductas de discriminación, elaboración de informes, campañas 8-M, 25-NProgramación Centro de la Mujer, participa en la elaboración de los planes de igualdad, campañas 8-M y 25-NTransversalidad de género, Elaboración del plan de Igualdad de Oportunidades, medidas acción positiva, fomento participación mujeres, denunciar conductas discriminación, elaboración informesProfundizar y hacer efectiva la integración social de la mujer en condiciones de igualdad, removiendo aquellos obstáculos que durante años han impedido su participación y la realidad de sus derechosProgramas culturales, deporte femenino, atención psicológica, acciones formativasElaboración informes, fomento asociacionismo, estudios sobre situación de la mujer, promoverá los Planes de Igualdad de Oportunidades, denuncia casos discriminación, representación real de la mujer en la vida públicaFormación, sensibilización, participación, conciliación vida personal, transversalidad de géneroColaboración con el ayuntamiento en materia de mujer, planificación de actividades, propuestas formativasControl sobre proyectos del área de mujer del Ayuntamiento. Campañas 8-M y 25-NIniciativas y propuestas sobre políticas de mujeres, control de las políticas del ayuntamiento, programación anual de la concejalía de igualdad y el CMIM y participa en proyectos municipalesPresentación de propuestas, denuncias de casos de discriminación por diferencias de género, programación actividades CMIM y representación global de la Mujer en el municipioTransversalidad de género, coordinación encuentros comarcales de mujeres, programaciones 8-M, 25-N, información, relación IAM y CMIM

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Información al Consorcio, alternativas concretas a problemas relacionados con la mujer, seguimiento de la gestión municipal, elaboración de estudios, seguimiento CMIM del ConsorcioDada su reciente creación, elaboración de reglamento de funcionamiento internoCampañas de sensibilización, elaboración y evaluación Plan de Igualdad de OportunidadesIgualdad de género. Prevención Violencia de Género. Salud y GéneroPrevención violencia género, corrección lenguaje sexista, empleo a mujeresCampañas denuncia. Informática para mujeres. Desarrollo Plan de IgualdadSeguimiento asuntos relacionados con la violencia de género, atención necesidades de las mujeres, promoción, cooperación y solidaridad entre entidades de mujeres, fomento participación, coordinar demandas, garantizar cumplimiento Plan de Igualdad de Oportunidades, elaborar estudios e informes, igualdad de géneroFomento, actividades, campañas y formación para mujeres. Plan de IgualdadPlan de Igualdad de OportunidadesInvestigación participativa, autoformación, formación, diseño de actuaciones, actos reivindicativos y publicación de materialTabla 29: Principales líneas de trabajo de los Consejos Locales de la Mujer

Como se puede comprobar, las respuestas aluden tanto a concepciones globales y de largo recorrido de la labor de los Consejos (prevención de violencia de género, representación global de las mujeres en el municipio, transversalidad, igualdad de género…) como a líneas concretas y tangibles (campañas del 8 de marzo, talleres de informática para mujeres…). Ambos tipos de información son importantes, y dan una idea global de las actividades que llevan a cabo los Consejos Locales.

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Ilustración 3: Principales líneas de trabajo de los Consejos

Debe destacarse que, en general, estas 'líneas de trabajo de largo recorrido' coinciden con los objetivos/fines y con las funciones recogidas en los estatutos y los reglamentos de los Consejos. Se trata de cuestiones ambiciosas y de gran calado que han de plasmarse en el día a día en acciones concretas que estén basadas en las condiciones y las necesidades de cada municipio. Estas actividades o 'líneas de trabajo concretas’, en general no vienen recogidas en los estatutos ni los reglamentos de los Consejos, pero sí aparecen en las fichas que nos han sido remitidas. Dicho en otras palabras, los estatutos y los reglamentos de los Consejos Municipales de la Mujer andaluces reflejan fines y funciones generales y amplias relacionadas con la igualdad de género. Al preguntar por las principales líneas de trabajo de los Consejos en la ficha base de este informe, las respuestas, en algunos casos, transcriben literalmente o remiten a lo indicado en los estatutos. En otros, reflejan las actividades más específicas y cotidianas del Consejo o las que en este periodo son su

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prioridad como la prevención de la violencia de género y celebración del 8 de Marzo, día de la mujer. Otros grupos de respuestas lógicamente agrupan las primeras y las segundas.

4.7 Entidades promotorasLa creación de un Consejo Local de la Mujer está promovida e impulsada por una o varias entidades del municipio. Al ser órganos amparados por la reglamentación de participación ciudadana, cuya finalidad consiste en la articulación de espacios de interacción y diálogo entre la administración local y otras entidades ciudadanas, su promoción puede surgir desde una iniciativa propia el Consistorio, o por demanda de estas entidades.

Para dirimir el origen de cada uno de los Consejos se incluyó en la ficha de datos una pregunta acerca de este asunto.

Gráfico 14: Entidades promotoras de los Consejos Locales de la Mujer en Andalucía.

Al igual que sucedía en el análisis de los componentes del Consejo, en este caso también se trata de una variable de respuesta múltiple, que

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contempla la posibilidad de que varias entidades promuevan la creación de un mismo Consejo y, por tanto, la suma de los porcentajes parciales es superior al 100%.

Queda claro, a la vista de los datos obtenidos, que la promoción, la intención e impulso para constituir los Consejos Locales de la Mujer recae mayoritariamente en los propios consistorios. Esto no es de extrañar, pues aunque quizás sea el movimiento asociativo de mujeres el más beneficiado al entrar a formar parte de un órgano de participación con implicaciones en las políticas municipales, son los ayuntamientos quienes tienen habilitados servicios específicos para la implantación de políticas participativas. Asimismo, también son los consistorios, por su vocación de función pública, quienes tiene entre sus cometidos la puesta en marcha de estos mecanismos de participación, amparados por el desarrollo de los cuerpos legislativos analizados en la primera parte de este informe.

Así, hasta un 69,2% de los Consejos andaluces han sido promovidos por el ayuntamiento de la localidad. Con un porcentaje mucho menor se sitúan las otras dos entidades promotoras: 28,9% para las asociaciones de mujeres y 25% para los CMIM. Respecto a los datos obtenidos en 2009 destaca un ligero aumento del porcentaje de Consejos promovidos por los ayuntamientos (del 67,6% al 69,2%) y otro repunte, algo mayor, del papel de los CMIM en este punto (del 21,6% al 25%), en detrimento del pale de las asociaciones de mujeres, cuyo porcentaje ha descendido ligeramente del 29,7% al 28,9%.

Desagregando los datos por provincias encontramos la siguiente distribución:

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Gráfico 15: Entidades promotoras de los Consejos Locales de la Mujer por provincia.

Se observa que en Córdoba, Jaén y, en menor medida, en Sevilla, las asociaciones juegan un papel importante a la hora de crear Consejos. Este dato contrasta con los arrojados por la provincia de Cádiz, donde el tejido asociativo de mujeres no se encuentra en ningún proceso de creación de Consejos de los que han sido registrados en las fichas. Destaca también el papel de los CMIM en este proceso, especialmente en las provincias de Almería y Málaga. El caso de Huelva indica que la totalidad de los Consejos creados y registrados en esta provincia lo han sido mediante los ayuntamientos, pero cabe recordar de nuevo que en esta provincia contamos con muy pocos datos, por lo que las conclusiones no deberían ser extrapoladas más allá de estas breves reseñas exploratorias.

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5 CONCLUSIONES

Hoy día a pesar de las diferentes manifestaciones del principio de igualdad en nuestro ordenamiento jurídico, la desigualdad entre hombres y mujeres en la sociedad sigue siendo un hecho que pone de manifiesto la distancia entre la realidad y el Derecho, entre la desigualdad real y la igualdad formal. En este sentido y dada la clara relación entre igualdad y participación política y social efectiva, la participación de las mujeres en la toma de decisiones continúa siendo un reto y un elemento que supone constancia y garantía del buen desarrollo del estado democrático. Por ello, las herramientas que permiten y fomenten la participación de las mujeres se convierten en instrumentos de gran importancia a la hora de buscar respuestas y desarrollar estrategias de igualdad desde las propias experiencias, capacidades, perspectivas y realidades diversas de las mujeres andaluzas. De esta manera, se hace imprescindible la creación de órganos que articulen dicha participación y que serían, en el caso concreto, los Consejos Locales de la Mujer.

Ilustración 4: Fundamentos jurídicos de los Consejos Locales de la Mujer

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Plan Estratégico de Igualdad 2008-2011Reglamentos municipales de participación ciudadana I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía (2010-2013)

Planes estratégicos y

reglamentos

Ley Andaluza para la promoción de la igualdad de géneroLeyes Autonómicas

Artículo 30Artículo 31

Estatuto de Autonomía de Andalucía

Ley Reguladora de las Bases del Régimen LocalDecreto 2568/1986Ley para la Igualdad Efectiva entre hombres y mujeres

Leyes Orgánicas

Artículo 9.2Artículo 23Constitución Española

Ilustración 5: Perfil de los Consejos Locales de la Mujer

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Se solicitó a las personas responsables que rellenaran la ficha con datos para establecer una primera semblanza de las principales características de estos órganos. De esta manera, organizando la información en siete dimensiones principales, se ha podido elaborar un perfil de los Consejos Locales de la Mujer andaluces:

En cuanto a los datos expresados en el presente informe, y a modo de somero resumen, la ilustración de la página precedente otorga una visión panorámica de la situación. A partir de dicho resumen cabría definir a los Consejos Locales de la Mujer en Andalucía como órganos

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en un estado de crecimiento y consolidación de la participación del movimiento asociativo de mujeres, tal y como se refleja en el amplio y concreto desarrollo legal-normativo en este sentido, aunque este crecimiento presenta desequilibrios y diferencias en el territorio. Mientras provincias como Cádiz y Granada muestran una constante implantación de estos órganos en sus municipios, hay otras provincias que optan por la estrategia de crear Consejos agrupados, como son los casos de Málaga y Córdoba, que ofrecen esta plataforma de participación ciudadana de manera consorciada o mancomunada, paralelamente al desarrollo de Consejos municipales. Provincias como Almería y Huelva aún se encuentran en una fase de desarrollo incipiente, y los datos de evolución entre los años 2009 y 2010 apenas suponen un ligero incremento en el número de Consejos.

Del mismo modo, introduciendo en este informe el análisis en cuanto a cobertura que ofrecen los Consejos respecto a la población a la que están dirigidos, la red de Consejos Locales –incluyendo los consorciados y mancomunados- llega a más de la mitad de las habitantes de Andalucía, destacando casos como el de Cádiz, donde este alcance llega a más de las tres cuartas partes de la población femenina de la provincia, incluyendo tanto municipios pequeños como grandes centros urbanos. Una vez más, destaca el hecho de que provincias como Málaga, con tan sólo 9 Consejos creados, al optar por la estrategia de agrupación, da cobertura a más del 55% de las malagueñas.

Por la propia naturaleza y fundamentación normativa de los Consejos no extraña comprobar cómo son dos los principales componentes de los mismos. Estas piezas fundamentales en torno a las cuales orbita el trabajo y desarrollo de los Consejos son el tejido de asociaciones de mujeres a nivel local, así como los consistorios, presentes en

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Creación de CLM

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prácticamente la totalidad de los Consejos. Figuras como los Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM) también cuentan con una cifra de participación importante, aunque inferior a la de los partidos políticos locales. Esta diferencia se debe a que no todos los Consejos se crean en los ámbitos de actuación de los CMIM.

A la vista de los datos también se puede definir al Consejo Local de la Mujer como un órgano principalmente asesor y consultivo, según la definición de las personas responsables de los mismos.

De momento el principal impulso para crear un Consejo en una localidad sigue dependiendo del propio ayuntamiento, aunque crece el número de Consejos promovidos por el tejido asociativo o por los CMIM.

Con este breve repaso a los principales datos extraídos para la elaboración de este informe podemos diagnosticar un crecimiento, consolidación y aumento del peso específico de los Consejos Locales de la Mujer en la arena política municipal y, con ello, dar pasos cada vez más firmes y seguros hacia la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en Andalucía, siempre y cuando el apoyo institucional y el desarrollo normativo siga amparando, tal y como está haciendo hasta ahora, esta fórmula de participación.

A lo largo de este trabajo, en las conversaciones telefónicas y los intercambios de correo electrónico con las personas de contacto, se ha detectado otra serie de cuestiones que si bien no

pretendían ser incorporadas a la ficha, no por ello dejan de tener interés y aportar información interesante a un diagnóstico de la situación de los Consejos Locales de la Mujer en nuestra comunidad.

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Detectadas necesidades de información y de

formación en aspectos jurídicos

Creación de CLM

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Por un lado se ha observado un cierto desconocimiento y por lo tanto necesidades de formación en lo relativo a los aspectos jurídicos de los Consejos, en ocasiones incluso desconocimiento absoluto de la propia existencia de esta figura en nuestro ordenamiento. Igualmente se ha detectado también que algunas localidades que aún no cuentan con un Consejo de este tipo ya tienen previsto constituirlo o empezar a trabajar en este sentido tras la finalización de Plan de Igualdad que en estos momentos centra gran parte de sus esfuerzo.

Consideramos importante subrayar, para concluir, que para que las mujeres accedan a una participación en plano de igualdad en lo público es necesario, no sólo avanzar en el desarrollo normativo, sino modificar las actitudes, comportamientos, formas de vida y estructuras sociales que dificultan su participación en lo cultural, laboral y político. Por lo tanto, el ayuntamiento, como institución más cercana a la ciudadanía, ha de contribuir a eliminar las desigualdades que impiden la plena integración de las mujeres, facilitándoles mecanismos, recursos y servicios, como los Consejos Locales de la Mujer, con el fin de facilitar y promover su plena incorporación a la sociedad.

6 ÍNDICE DE GRÁFICOS, TABLAS E ILUSTRACIONES

GRÁFICOSDenominación Página

Gráfico 1: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer sobre municipios andaluces

14Gráfico 2: Consejos Locales de la Mujer por provincia 15Gráfico 3: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer por provincia

15Gráfico 4: Porcentaje de Consejos Locales de la Mujer sobre municipios por provincia

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Gráfico 5: Cobertura poblacional de los Consejos en Andalucía 23Gráfico 6: Porcentaje de cobertura poblacional de los Consejos 24

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en AndalucíaGráfico 7: Asociaciones de mujeres y su representación en los Consejos Locales de la Mujer por provincia

29Gráfico 8: Porcentaje de representación de las asociaciones de mujeres en los Consejos Locales de la Mujer por provincia

30

Gráfico 9 Consejos Locales de la Mujer por año de creación 31Gráfico 10: Consejos Locales de la Mujer por fecha de creación y municipio

31Gráfico 11: Entidades que participan en los Consejos Locales de la Mujer andaluces.

32Gráfico 12: Funciones de los Consejos Locales de la Mujer en Andalucía. Variables recodificadas

34Gráfico 13 Funciones de los Consejos Locales de la Mujer por provincia. Variables recodificadas

34Gráfico 14: Entidades promotoras de los Consejos Locales de la Mujer en Andalucía

39Gráfico 15: Entidades promotoras de los Consejos Locales de la Mujer por provincia

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TABLASDenominación Página

Tabla 1: Congregaciones municipales. Consejos mancomunados y consorciados.

16Tabla 2: Consejos Locales de la Mujer sobre municipios por provincia

18

Tabla 3: Cobertura poblacional de los Consejos en Almería 18

Tabla 4: Cobertura poblacional de los Consejos en Cádiz 19

Tabla 5: Cobertura poblacional de los Consejos en Córdoba 19

Tabla 6: Cobertura poblacional de los Consejos en Granada 20

Tabla 7: Cobertura poblacional de los Consejos en Huelva 21

Tabla 8: Cobertura poblacional de los Consejos en Jaén 21

Tabla 9: Cobertura poblacional de los Consejos en Málaga 22

Tabla10: Cobertura poblacional de los Consejos en Sevilla 22Tabla 11: Asociaciones por municipio de Almería 25Tabla 12: Resumen asociaciones por municipio de Almería 25Tabla 13: Asociaciones por municipio de Cádiz 25Tabla 14: Resumen asociaciones por municipio de Cádiz 25Tabla 15: Asociaciones por municipio de Córdoba 26Tabla 16: Resumen asociaciones por municipio de Córdoba 26Tabla 17: Asociaciones por municipio de Granada 26

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Tabla 18: Resumen asociaciones por municipio de Granada 26Tabla 19: Asociaciones por municipio de Huelva 27

Tabla 20: Resumen asociaciones por municipio de Huelva 27

Tabla 21: Asociaciones por municipio de Jaén 27

Tabla 22: Resumen asociaciones por municipio de Jaén 27

Tabla 23: Asociaciones por municipio de Málaga 28

Tabla 24: Resumen asociaciones por municipio de Málaga 28

Tabla 25: Asociaciones por municipio de Sevilla 28

Tabla 26: Resumen asociaciones por municipio de Sevilla 29Tabla 27: Resumen asociaciones por provincia 29Tabla 28 : Funciones de los Consejos Locales de la Mujer. Variables recodificadas

33Tabla 29: Principales líneas de trabajo de los Consejos Locales de la Mujer

37

ILUSTRACIONESDenominación Página

Ilustración 1: Esquema de fuentes de derecho de los Consejos Locales de la mujer

8

Ilustración 2: Secuencia de recogida de información 12

Ilustración 3: Principales líneas de trabajo de los Consejos 38Ilustración 4: Fundamentos jurídicos de los Consejos Locales de la Mujer

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Ilustración 5: Perfil de los Consejos Locales de la Mujer 43

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Anexo 1: Ficha de recogida de datos.

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Anexo 2: Fichas recibidas.

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