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Luis Montoya Canchis Universidad Nacional Mayor de San Marcos

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Page 1: Luis Montoya Canchis Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Luis Montoya CanchisUniversidad Nacional Mayor de San Marcos

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MUNICIPIO

(TERRITORIO/ POBLACIÓN)

MUNICIPALIDAD

(INSTITUCIÓN)

PLAN DE DESARROLLOCONCERTADO (10 AÑOS)

PLAN DE DESARROLLOINSTITUCIONAL (5 AÑOS)

PRESUPUESTOPARTICIPATIVO

(1 AÑO)

PLAN OPERATIVOINSTITUCIONAL

(1 AÑO)

Page 4: Luis Montoya Canchis Universidad Nacional Mayor de San Marcos

1983MUNICIPALIDAD

INSTITUCIONPRESTADORA DE

SERVICIOS

2003MUNICIPALIDADINSTITUCION DE

FOMENTO Y PROMOCION

DESARROLLOLOCAL

AL FUTUROMUNICIPALIDADINSTITUCION DE

GOBIERNO LOCAL

EN EL PASADOMUNICIPALIDAD

INSTITUCIONDE TRADICION

COLONIALCENTRALISTA

DESCENTRALIZACION

COMUNIDAD

Page 5: Luis Montoya Canchis Universidad Nacional Mayor de San Marcos

L ibertad de selección

AG ENT ES ECO NOM ICO S (Em presarios)

CO NSUMIDO RES, C IU DADANO S

Regulación, Recaudación

R ep resen tació n

V igilancia

C O -G E ST IÓ N

RE SP O N SABILIDAD

G O BIE R NO

PO LÍT ICO S JU ST IC IA

D erecho s

Fiscalización

Vigilancia

Rendición de cuentas

Page 6: Luis Montoya Canchis Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Recursosfinancieros

Capacidades

(técnicas,

gestión, etc.)

Información

Voluntad

política

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1. Organización del espacio físico - Uso del suelo

1.1. Zonificación.1.2. Catastro urbano y rural.1.3. Habilitación urbana.1.4. Saneamiento físico legal de asentamientos humanos.1.5. Acondicionamiento territorial.1.6. Renovación urbana.1.7. Infraestructura urbana o rural básica.1.8. Vialidad.1.9. Patrimonio histórico, cultural y paisajístico.

2. Servicios públicos locales 2.1. Saneamiento ambiental, salubridad y salud.2.2. Tránsito, circulación y transporte público.2.3. Educación, cultura, deporte y recreación.2.4. Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos.2.5. Seguridad ciudadana.2.6. Abastecimiento y comercialización de productos y servicios.2.7. Registros Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a ley.2.8. Promoción del desarrollo económico local para la generación de empleo.2.9. Establecimiento, conservación y administración de parques zonales, parques zoológicos, jardines botánicos, bosques naturales, directamente o a través de concesiones.2.10. Otros servicios públicos no reservados a entidades de carácter regional o nacional.

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3. Protección y conservación del ambiente

3.1. Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales.3.2. Proponer la creación de áreas de conservación ambiental.3.3. Promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles.3.4. Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales en el cumplimiento de sus funciones.3.5. Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del sistema nacional y regional de gestión ambiental.

4. En materia de desarrollo y economía local

4.1. Planeamiento y dotación de infraestructura para el desarrollo local.4.2. Fomento de las inversiones privadas en proyectos de interés local.4.3. Promoción de la generación de empleo y el desarrollo de la micro y pequeña empresa urbana o rural.4.4. Fomento de la artesanía.4.5. Fomento del turismo local sostenible.4.6. Fomento de programas de desarrollo rural.

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5. En materia de participación vecinal

5.1. Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local.5.2. Establecer instrumentos y procedimientos de fiscalización.5.3. Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción.

6. En materia de servicios sociales locales

6.1. Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y desarrollo social.6.2. Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población.6.3. Establecer canales de concertación entre los vecinos y los programas sociales.6.4. Difundir y promover los derechos del niño, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales.

7. Prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas

7.1. Promover programas de prevención y rehabilitación en los casos de consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de erradicación en coordinación con el gobierno regional.7.2. Promover convenios de cooperación internacional para la implementación de programas de erradicación del consumo ilegal de drogas.

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Un problema reconocido es la dificultad de delimitar con precisión el significado del término “joven”. La definición de “joven” como determinada cohorte de edades no puede dejar de lado que el “término -según Naciones Unidas- tiene diferentes significados en las diferentes sociedades del mundo. La definición de “joven” ha variado constantemente con las fluctuaciones de las circunstancias políticas, económicas y socioculturales”.

La Ley Nº 27802 Ley del Consejo Nacional de la Juventud reconoce, en su artículo 2º, como jóvenes a las personas comprendida entre 15 y 29 años de edad.

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El INEI indica que las y los jóvenes en el Perú, comprendidos entre los 15 y 29 años, de acuerdo a información censal del año 2007, suman un total de 7’556,812 personas, que representan el 27.6% del total.

La evolución de la población en las últimas décadas se refleja en la forma que ha adoptado la pirámide poblacional, así de haber presentado una base ancha y vértice angosto, en la actualidad se observa una base más reducida y un ensanchamiento progresivo en los centros, especialmente a partir de los 25 años, que refleja un menor número de nacimientos y mayor población en edad activa.

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La OIT señala que la tasa de desempleo juvenil urbano en Perú se situó en 14,8% en los tres primeros trimestres del 2007, nivel inferior al promedio de la región de América Latina de 21,4%. Las estadísticas también indican que la tendencia del desempleo juvenil urbano en Perú es descendente desde el 2005, cuando registró un 16,1 por ciento para luego bajar a 14,9 por ciento en el 2006. Sin embargo, la tasa de desempleo juvenil urbano en Perú fue 2.1 veces más que la de los adultos durante el 2007.

El INEI indica que actualmente en el Perú los jefes de hogares pobres y pobres extremos son, en promedio, más jóvenes que los jefes de hogar no pobres. Esta característica se observa tanto a nivel nacional, urbano, rural y región natural.

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Políticas para la exclusión social de las juventudes (1930-1968).

Políticas para el control social y político (1968-1980).

Políticas para la inclusión segmentaria (1980-2000).

¿Políticas para la inclusión participativa? (2000-en adelante).

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El Estado Peruano ha definido políticas nacionales que señalan las prioridades en cuanto a diversas materias, y entre ellas se encuentra la juventud. Según el D.S.027-2007-PCM, en su numeral 3.2, se incide en la priorización de la participación juvenil en diferentes espacios.

El Plan Nacional de la Juventud 2006-2011 prioriza 11 lineamientos de políticas nacionales a favor de las y los jóvenes.

El D.S. 010-2007-PCM, el 1 de marzo del 2007, fusiona el entonces CONAJU con el Ministerio de Educación y crea la Secretaria Nacional de Juventud adscrita a este sector como parte del proceso de reforma del Estado.

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La Ley N° 28869, publicada en el diario oficial "El peruano", el 12 de agosto del 2006, promueve la inserción de jóvenes en las inscripciones de listas de candidatos a regidores provinciales y municipales, a fin de que al menos el 20% de ellos sean hombres o mujeres menores de 29 años de edad. De acuerdo a ello, se ha logrado que 1,679 jóvenes sean regidores para el periodo 2006-2010, lo cual resulta un gran avance considerando que cuatro años antes sólo había 939. No obstante, esta cifra representa solo el 16.2% del total de regidores electos (10,357). Asimismo, hay sólo tres alcaldes provinciales jóvenes de un total de 195.

Por otro lado, 12 Gobiernos Regionales han emitido ordenanza de creación de Consejo Regional de la Juventud, espacio que permitirá el encuentro entre jóvenes y el Estado en el ámbito regional para el diseño e implementación de políticas regionales en materia de juventud. Asimismo, en 04 Gobiernos Regionales (Ayacucho, Junín, Ica y Lambayeque) se han diseñado e implementado Planes Regionales de Juventud, en 02 casos los Gobiernos Regionales cuentan con COREJU.

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◦ Perú Carpas Teatro durante la gestión del Alcalde

Alfonso Barrantes en 1984. Casa de la Juventud durante la gestión del

Alcalde Ricardo Belmont en 1991. Comité Metropolitano de Políticas de Juventud

durante las gestiones de los alcaldes Alberto Andrade y Luis Castañeda entre el 2000 y 2006.◦ América Latina

Circo Volador en la Ciudad de México D. F. Wayna Tambo en la Ciudad del Alto Bolivia. Oficina Municipal de la Juventud, Consejo

Municipal de la Juventud, Corporación Paisajoven, de Medellín Colombia.

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La conformación desde “arriba” de programas y proyectos, que llamaremos el modelo desde arriba o alcaldista porque depende exclusivamente de las decisiones del alcalde. Generalmente dentro de este modelo se han conformado Casas de la Juventud o espacios públicos para jóvenes (plazas, parques o alamedas de la juventud) por el efecto que causa en la opinión pública local la edificación o acondicionamiento de infraestructura urbana y los réditos políticos favorables que genera para la imagen del alcalde y su gestión en general.

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El trabajo sobre la base de alianzas institucionales, que llamaremos modelo de intercambio, y supone un beneficio mutuo entre la municipalidad y la institución con la cual establece el acuerdo. Básicamente bajo este modelo se han implementado programas municipales especiales como bolsas de trabajo, capacitación técnico laboral y en gestión empresarial, reinserción de jóvenes pandilleros, orientación vocacional y formación universitaria, prevención de enfermedades de transmisión sexual, etc. En este modelo la municipalidad y la institución con la cual establece la alianza pretenden mutuamente obtener un beneficio compartido. Ejemplo: la municipalidad proporciona local y apoyo logístico y la institución brinda los profesionales y los materiales necesarios para implementar el servicio.

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La creación de redes, instancias de participación y concertación público privada, que llamaremos modelo concertador. Aquí figuran las Mesas de Juventudes o comités de coordinación interinstitucional en temas juveniles, que buscan no sólo establecer alianzas puntuales para la oferta de determinados servicios sino que se plantea un trabajo concertado y generalmente orientado por objetivos estratégicos de desarrollo local, en los cuales se asume que las juventudes cumplen un rol protagónico. En estas instancias las municipalidades actúan como un agente más que intenta concertar con otros actores y agentes públicos y privados, incluidas las propias organizaciones juveniles, iniciativas de desarrollo local desde una perspectiva que busca incorporar el componente generacional a los procesos de desarrollo.

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¿Enfoque juvenil, generacional y o desarrollo humano?

¿Gestión municipal centrada en enfoque juvenil, generacional y o desarrollo humano o en reivindicaciones juveniles?

¿Transversalidad o sectorialidad del enfoque juvenil, generacional y o desarrollo humano?

¿Políticas de juventudes desde la gestión municipal, políticas sociales dirigidas a jóvenes o políticas de desarrollo local con enfoque juvenil, generacional y o desarrollo humano?

¿Políticas integrales o afirmativas? ¿Consolidar la democracia o ampliar el canon

democrático con las y los jóvenes?