lunes, 28 de agosto del 2017 suplemento … · tes indicado en forma de ley, asumiendo com-petencia...

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La República Corte Superior de Arequipa Lunes, 28 de agosto del 2017 EDICTOS EDICTO En el Expediente N° 03437-2017-0-0412-JR- CI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dine- ro seguido por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, tramitado en la Vía del Proceso Úni- co de Ejecución, por ante el Segundo Juzgado Civil – Sede Paucarpata, Juez Aurelio Ronald Valencia de Romaña, con intervención del Es- pecialista Legal Dr. Rubén Yanahuaya Rosales, se ha dispuesto la notificación por edictos a la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, habiéndose expedi- do La Resolución Nº 04 de fecha 10/08/2017, en cuya parte resolutiva se ha dispuesto lo siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO interpuesta por BANCO INTERNA- CIONAL DEL PERU – INTERBANK, representado por Edgardo Vega Urrutia, demanda que se di- rige en contra de la sucesión de quien en vida fuera Julia Cano Viuda de Ramos; en la vía del proceso único de ejecución. SE DISPONE: Que la ejecutada pague al ejecutante la cantidad de Cincuenta y seis Mil Ochocientos Veintiuno Soles con 04/100, monto del pagaré puesto a cobro, más los intereses compensatorios y moratorios pactados desde el incumplimien- to de la obligación hasta el pago total, a favor de la ejecutante, en el plazo de cinco días de notificado, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. A efecto de notificar a la demandada, la demandante deberá de presen- tar la inscripción de declaratoria de herederos de la causante, en su defecto notifíquese por edictos a la sucesión con arreglo a ley. TOMESE RAZON y HAGASE SABER”.-- Rubén Yanahuaya Rosales – Secretario Judicial.- (24-25-28 Agos- to) B/E 031-11860. EDICTO ANTE EL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES, EL JUEZ OSCAR QUILLUYA PUMA, ESPECIALISTA L.: ARMANDO VILLANUEVA JI- MENEZ, EXPEDIENTE N° 997-2016-0405--JM CI-02. 1.- SE ADMITE A TRAMITE LA SOLICITUD DE DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA IN- TERPUESTA POR GLORIA LUCIA VALDIVIA PAC- SI A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA MUERTE PRESUNTA DE QUIEN EN VIDA FUE FRUCTUO- SO HUAMANI CHOQUE. 2.- SE SEÑALA FECHA PARA REALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE ACTUA- CIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, PARA EL DIA 25 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 10 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES: 3.- SE ORDENA SU PUBLICACION POR EL PLAZO DE 3 DIAS, ARE- QUIPA, 22 DE AGOSTO DEL.- Armando V. Villa- nueva Jiménez – Secretario Judicial.- Carlos Chávez Castillo – ABOGADO.- (25-28-29 Agos- to) B/E 031-11897. EDICTO Ante el 10mo Juzgado Civil, a cargo de la Jueza Zoraida Julia Salas Flores, Especialista Gildo Alexander Gutiérrez Chalco, expediente n° 4036-2017. Mara Juana Carpio Ninacondor solicita cambio de nombre de su partida de nacimiento n° 8226 en el sentido de reem- plazarse el segundo nombre Juana por el de Valeria y el apellido materno Ninacondor por Herrera y agregar a mi apellido paterno Carpio el antefijo “del “debiendo quedar en lo sucesivo como MARA VALERIA DEL CARPIO HERRERA. Arequipa 23 de agosto 2017.- Marisol Luna Rosas – ABOGADO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11907. EDICTO Conforme a lo ordenado en el expediente ju- dicial 5273-2014-0-0401 -JP-PE-02 que sobre faltas contra la persona sigue NATALIA YESI- CA GAMARRA SALAZAR en contra de JUAN BAUTISTA SACAPAYO CHOQQUECCOTA, faltas contra el patrimonio en la modalidad de da- ños, secretario: SANDOVAL ARENAS JORGE del SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL - sede Cerro Colorado Corte Superior de Justicia Arequipa ubicado en calle Alfonso Ugarte 119 Distrito de Cerro Colorado. III PARTE RESOLU- TIVA: admitir a trámite la querella interpuesta por Natalia Yesica Gamarra Salazar corriente de folios veintinueve a cincuenta i cuatro y su ampliación de folios sesenta i sesenta i uno y conforme a su estado se corre traslado a la parte querellada por el termino de cinco días, debiendo de notificarse con copia de folios an- tes indicado en forma de ley, asumiendo com- petencia la juez que autoriza, tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso número 5273- 2014 Arequipa 25 de agosto del 2017.- Jorge Sandoval Arenas – Secretario Judicial.- (28-29- 31 Agosto) B/E 031-11926. JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Caravelí. EXPEDIENTE: 00342-2016-0-0403-JP-FC-01. MATERIA: ALIMENTOS. JUEZ: JIMENEZ PACHAO CESAR AUGUSTO. ESPECIALISTA: SALINAS LUNA HERNAN ALBERTO. DEMANDADO: CHO- QUETICO TICONA, EDGAR. DEMANDANTE: MA- MANI CONDORI, LUCIA ALBERTA. Edicto. En el Exp. N° 342-2016-FC sobre Alimen- tos seguido por LUCIA ALBERTA MAMANI CON- DORI en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO- NA, el Juzgado de Paz Letrado de Caraveli ha expedido la Resolución N°1) ADMITIR a trámite la demanda sobre ALIMENTOS interpuesta por LUCIA ALBERTA CONDORI MAMANI, quien ac- túa en representación de los menores OLIVER EDGAR y EDUARDO DAVID CHOQUETICO MA- MANI, en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO- NA, adecuándose a la vía del PROCESO ÚNICO, por ofrecidos los medios probatorios y agré- guese a sus antecedentes los anexos acompa- ñados, en consecuencia Correr TRASLADO a la parte demandada por el plazo excepcional para el caso de notificación por edictos por el lapso de quince días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- Hernán Alber- to Salinas Luna – Secretario Judicial.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11923. EDICTO Por ante el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRA- DO - SEDE CENTRAL - AREQUIPA, en el Exp. 2582-2017 -0-0401-JP-CI-03, que despacha la Juez Dra. María Soledad Bellido Angulo, con el Especialista Dr. Justino Rivera Collanqui, que sobre SUCESIÓN INTESTADA siguen MARIA ELI- ZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELI- ZABETH ALARCON BERNEDO y HENRY EFRAIN ALARCON BERNEDO; el referido despacho, me- diante Resolución N° 02-2017 de fecha 26 de julio del 2017 ha RESUELTO: A) ADMITIR A TRA- MITE LA DEMANDA DE SUCESIÓN INTESTADA QUE HA INTERPUESTO POR MARIA ELIZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELIZABETH ALARCON BERNEDO Y HENRY EFRAIN ALAR- CON BERNEDO CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, debiendo sustanciarse en la vía procedimental del proceso NO CON- TENCIOSO; y B) Ha DISPUESTO que las solicitan- tes EFECTÚEN LAS PUBLICACIONES DE LEY en el diario oficial El Peruano y República, por una sola vez, conforme a los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil y la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, debiendo expedirse los partes dobles correspondientes, con citación de la Beneficencia Pública y del Ministerio Publico. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados. Ello se comunica, y se hace de conocimiento con- forme a ley. Tómese razón y hágase saber.- Are- quipa, 24 de agosto del 2017.- (28 Agosto) B/E 031-11925. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Pro- vincia de Caraveli Departamento de Arequipa. Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente N° 28- 2017 doña MARIA ELENA LANCHO MARQUEZ VIUDA DE GRANDA, solicita la Sucesión Intes- tada de su madre DORILA MARQUEZ VDA DE MARTINEZ, fallecido el día 29 de Abril de 2013 en la Ciudad de Lima, siendo su último domici- lio en el distrito de Lima. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Acari, 10 de Agosto de 2017.- Car- los Benites Machuca – Secretario Judicial.- (28 Agosto) B/E 031-11930. EDICTO En el expediente 4363-2015-0-0401-JR-FC-03 sobre DIVORCIO POR CAUSAL seguido por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD el Juez de Juzgado Especializado de Familia de Hunter doctor Roberto Soncco Valencia ha dispuesto notificar por edictos a PIERRE EVRARD JEAN CLAUDE con la resolución N° 03 de fecha cinco de junio del dos mil trece, cuya parte pertinente es como sigue: “SE RESUEL- VE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERREW EVRARD y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO por un período ininterrumpido mayor de cuatro años y en forma acumulativa originaria y accesoria, el fenecimiento del régimen de la sociedad de gananciales, se declare la pérdida del de- recho hereditario entre los cónyuges, el cese de la obligación alimentaria entre el marido y la mujer, el reconocimiento de tenencia de los menores Jerome André y Sandrine Valerie Evrard Cabrera a favor de Katherinne Nancy Betty Cabrera Márquez, la variación del régi- men de visitas, la privación de la patria potes- tad de Jean Claude Pierre Evrard con respecto a sus menores hijos, SE CONFIERE EL PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES a los demandados para que absuelvan el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incumplimiento; téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados y agré- guese a sus antecedentes los documentos ad- juntos. R.H.S.- y Resolución número 6 de fecha veintiocho de abril del dos mil diecisiete: (parte pertinente) “SE DISPONE NOTIFICAR mediante edictos la resolución admisoria y la presente, al demandado JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo realizarse las publicaciones respectivas con arreglo a lo dispuesto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil a gestión y costo de la de la solicitante.- Are- quipa, dos mil diecisiete, agosto once.- Norma Quispe Flores – Secretaria Judicial.- (28 Agosto – 04-08 Setiembre) B/E 031-11931. EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUI- SITIVA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL de Arequi- pa despachado por el Dr. DUEÑAS TRIVIÑOS URIEL en el expediente 2887-2017 bajo la ac- tuación del secretario judicial Dra. AMPUERO VILLEGAS ALESSANDRA VANESSA, se ha emi- tido la resolución N°2 que resuelve admitir la demanda interpuesta por CONDE QUISPE ALE- JANDRO y MAMANI DE CONDE MAXIMILIANA sobre prescripción adquisitiva en contra de BANCO DE MATERIALES SAC en liquidación; con emplazamiento de los colindantes Jorge Bernardo Villanueva Coaguila, Banco Materia- les SAC, Walter Carrillo Sosa y al Procurador Público de la Superintendencia de Bienes Na- cionales debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y conse- cuencia se corra traslado de la demanda por el termino de diez días al demandado para su contestación; asimismo, dispongo se notifique con la 10 de agosto del 2017.- ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL SE- GUNDO JUZGADO CIVIL. (16-22-28 agosto) B/E 031-11696. NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, a cargo de la Srita. Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho se viene tramitando el Proceso Familia Civil N° 00146-2015- -0-1001 -JP-F-C-04, seguida por VILMA TINCO JIMENEZ contra SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, EFRAIN ROBERTO AVENDAÑO BORDA, RO- BERTO MANUEL AVENDAÑO AREVALO, DORIS LUIS AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL ROBERTO AVENDAÑO CORRIDO., MARGOT AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL FRANCISCO AVENDAÑO MARCA, ANTHONY JUNIOR AVENDAÑO CO- RRIDO, y contra los herederos legales de LUISA BORDA DE AVENDAÑO, sobre PRORRATEO DE ALIMENTOS; cúmplase con notificar por edicto Judicial de esta ciudad y por edicto de mayor circulación de la ciudad de Arequipa a SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, conforme a ley H.S. secretaría Judicial J:P:Huanca.C. Cusco, 16- 08-2017.- JUANA PAULA HUANCA CCAPCHA – SECRETARI DE JUZGADO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11919. NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTO. En el Expe- diente N° 06390-2013-0- 0401 -JR-C1-06, en los seguidos por HIMLER RONALD OROSCO GONZALES, en contra de MERCEDES PAJUELO, sobre nulidad de acto jurídico, en el 6° Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, mediante resolu- ción N° 22 del 14 de julio del 2017, ha dispues- to la notificación por edicto a los sucesores de MERCEDES PAJUELO. Resolución N° 22, VISTOS Y CONSIDERANDO, SE RESUELVE: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR TREINTA DÍAS, a efecto de que dentro de dicho plazo compa- rezca al presente proceso la sucesión procesal de doña MERCEDES PAJUELO, a quienes deberá notificárseles por Edictos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso. Tómese razón y hágase saber. PODER JUDICIAL. Juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco. CORALIA RAMOS COAGUILA - ESPECIALISTA LEGAL, 6o Juzgado Justicia de Arequipa.- (28-29-31 AGOSTO) B/E 031-11928. REMATES PRIMER REMATE En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 04103-2015-0-0412-JP- CI-03 seguido por COMPARTAMOS FINANCIE- RA S.A. en contra de Victoria Magdalena Zea Pilco y Yolanda Huacasi Miranda, el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpa- ta, Dra. Johanna Suley Téllez Fernández, con intervención del Especialista Legal Ricardo Zamata Lima han autorizado al Martillero Pú- blico Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble ubicado en el Pueblo Joven Villa El Golf, Manzana H, Lote 7 del distrito de Socabaya, provincia y de- partamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida P06044413 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Are- quipa. TASACIÓN: U.S. $ 104 993.50 (ciento cua- tro mil novecientos noventa y tres y 50/100 dó- lares de los Estados Unidos de Norteamérica). BASE DEL REMATE: U.S. $ 69 995.66 (sesenta y nueve mil novecientos noventa y cinco y 66/100 dólares de los Estados Unidos de Nor- teamérica). GRAVÁMENES: 1) Asiento 0007. Inscripción de Embargo. Medida Cautelar de Embargo Fuera de Proceso que afecta al in- mueble inscrito en esta partida hasta por la suma de treinta mil nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución 02-2014 de fecha 11.08.2014 emitida por Karina Fiorella Apaza del Carpio, Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, asistida por el Secretario Judicial José Humberto Núñez Mu- ñoz. Expediente 08267-2014-51-0401-JP-CI-01 que sigue MIBANCO Banco de la Microempre- sa S.A. en contra de Yolanda Huacasi Miranda. 2) Asiento 0008. Inscripción de Embargo. Se constituye medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Muni- cipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/. 8 000.00 nuevos soles sobre el bien inscrito en esta partida de propiedad de Yolanda Huacasi Miranda. Se procede en mérito a la Resolución 02 de fecha 03.11.2014

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

La República

Corte Superior de Arequipa

Lunes, 28 de agosto del 2017

EDICTOS

EDICTO

En el Expediente N° 03437-2017-0-0412-JR-CI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dine-ro seguido por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, tramitado en la Vía del Proceso Úni-co de Ejecución, por ante el Segundo Juzgado Civil – Sede Paucarpata, Juez Aurelio Ronald Valencia de Romaña, con intervención del Es-pecialista Legal Dr. Rubén Yanahuaya Rosales, se ha dispuesto la notifi cación por edictos a la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, habiéndose expedi-do La Resolución Nº 04 de fecha 10/08/2017, en cuya parte resolutiva se ha dispuesto lo siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO interpuesta por BANCO INTERNA-CIONAL DEL PERU – INTERBANK, representado por Edgardo Vega Urrutia, demanda que se di-rige en contra de la sucesión de quien en vida fuera Julia Cano Viuda de Ramos; en la vía del proceso único de ejecución. SE DISPONE: Que la ejecutada pague al ejecutante la cantidad de Cincuenta y seis Mil Ochocientos Veintiuno Soles con 04/100, monto del pagaré puesto a cobro, más los intereses compensatorios y moratorios pactados desde el incumplimien-to de la obligación hasta el pago total, a favor de la ejecutante, en el plazo de cinco días de notifi cado, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. A efecto de notifi car a la demandada, la demandante deberá de presen-tar la inscripción de declaratoria de herederos de la causante, en su defecto notifíquese por edictos a la sucesión con arreglo a ley. TOMESE RAZON y HAGASE SABER”.-- Rubén Yanahuaya Rosales – Secretario Judicial.- (24-25-28 Agos-to) B/E 031-11860.

EDICTO

ANTE EL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES, EL JUEZ OSCAR QUILLUYA PUMA, ESPECIALISTA L.: ARMANDO VILLANUEVA JI-MENEZ, EXPEDIENTE N° 997-2016-0405--JM CI-02. 1.- SE ADMITE A TRAMITE LA SOLICITUD DE DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA IN-TERPUESTA POR GLORIA LUCIA VALDIVIA PAC-SI A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA MUERTE PRESUNTA DE QUIEN EN VIDA FUE FRUCTUO-SO HUAMANI CHOQUE. 2.- SE SEÑALA FECHA PARA REALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE ACTUA-CIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, PARA EL DIA 25 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 10 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES: 3.- SE ORDENA SU PUBLICACION POR EL PLAZO DE 3 DIAS, ARE-QUIPA, 22 DE AGOSTO DEL.- Armando V. Villa-nueva Jiménez – Secretario Judicial.- Carlos Chávez Castillo – ABOGADO.- (25-28-29 Agos-to) B/E 031-11897.

EDICTO

Ante el 10mo Juzgado Civil, a cargo de la Jueza Zoraida Julia Salas Flores, Especialista Gildo Alexander Gutiérrez Chalco, expediente n° 4036-2017. Mara Juana Carpio Ninacondor solicita cambio de nombre de su partida de

nacimiento n° 8226 en el sentido de reem-plazarse el segundo nombre Juana por el de Valeria y el apellido materno Ninacondor por Herrera y agregar a mi apellido paterno Carpio el antefi jo “del “debiendo quedar en lo sucesivo como MARA VALERIA DEL CARPIO HERRERA. Arequipa 23 de agosto 2017.- Marisol Luna Rosas – ABOGADO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11907.

EDICTO

Conforme a lo ordenado en el expediente ju-dicial 5273-2014-0-0401 -JP-PE-02 que sobre faltas contra la persona sigue NATALIA YESI-CA GAMARRA SALAZAR en contra de JUAN BAUTISTA SACAPAYO CHOQQUECCOTA, faltas contra el patrimonio en la modalidad de da-ños, secretario: SANDOVAL ARENAS JORGE del SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL - sede Cerro Colorado Corte Superior de Justicia Arequipa ubicado en calle Alfonso Ugarte 119 Distrito de Cerro Colorado. III PARTE RESOLU-TIVA: admitir a trámite la querella interpuesta por Natalia Yesica Gamarra Salazar corriente de folios veintinueve a cincuenta i cuatro y su ampliación de folios sesenta i sesenta i uno y conforme a su estado se corre traslado a la parte querellada por el termino de cinco días, debiendo de notifi carse con copia de folios an-tes indicado en forma de ley, asumiendo com-petencia la juez que autoriza, tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso número 5273-2014 Arequipa 25 de agosto del 2017.- Jorge Sandoval Arenas – Secretario Judicial.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11926.

JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Caravelí. EXPEDIENTE: 00342-2016-0-0403-JP-FC-01. MATERIA: ALIMENTOS. JUEZ: JIMENEZ PACHAO CESAR AUGUSTO. ESPECIALISTA: SALINAS LUNA HERNAN ALBERTO. DEMANDADO: CHO-QUETICO TICONA, EDGAR. DEMANDANTE: MA-MANI CONDORI, LUCIA ALBERTA. Edicto. En el Exp. N° 342-2016-FC sobre Alimen-tos seguido por LUCIA ALBERTA MAMANI CON-DORI en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO-NA, el Juzgado de Paz Letrado de Caraveli ha expedido la Resolución N°1) ADMITIR a trámite la demanda sobre ALIMENTOS interpuesta por LUCIA ALBERTA CONDORI MAMANI, quien ac-túa en representación de los menores OLIVER EDGAR y EDUARDO DAVID CHOQUETICO MA-MANI, en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO-NA, adecuándose a la vía del PROCESO ÚNICO, por ofrecidos los medios probatorios y agré-guese a sus antecedentes los anexos acompa-ñados, en consecuencia Correr TRASLADO a la parte demandada por el plazo excepcional para el caso de notifi cación por edictos por el lapso de quince días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- Hernán Alber-to Salinas Luna – Secretario Judicial.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11923.

EDICTO

Por ante el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRA-DO - SEDE CENTRAL - AREQUIPA, en el Exp. 2582-2017 -0-0401-JP-CI-03, que despacha la Juez Dra. María Soledad Bellido Angulo, con el Especialista Dr. Justino Rivera Collanqui, que sobre SUCESIÓN INTESTADA siguen MARIA ELI-ZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELI-

ZABETH ALARCON BERNEDO y HENRY EFRAIN ALARCON BERNEDO; el referido despacho, me-diante Resolución N° 02-2017 de fecha 26 de julio del 2017 ha RESUELTO: A) ADMITIR A TRA-MITE LA DEMANDA DE SUCESIÓN INTESTADA QUE HA INTERPUESTO POR MARIA ELIZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELIZABETH ALARCON BERNEDO Y HENRY EFRAIN ALAR-CON BERNEDO CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, debiendo sustanciarse en la vía procedimental del proceso NO CON-TENCIOSO; y B) Ha DISPUESTO que las solicitan-tes EFECTÚEN LAS PUBLICACIONES DE LEY en el diario ofi cial El Peruano y República, por una sola vez, conforme a los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil y la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, debiendo expedirse los partes dobles correspondientes, con citación de la Benefi cencia Pública y del Ministerio Publico. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados. Ello se comunica, y se hace de conocimiento con-forme a ley. Tómese razón y hágase saber.- Are-quipa, 24 de agosto del 2017.- (28 Agosto) B/E 031-11925.

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Pro-vincia de Caraveli Departamento de Arequipa. Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente N° 28-2017 doña MARIA ELENA LANCHO MARQUEZ VIUDA DE GRANDA, solicita la Sucesión Intes-tada de su madre DORILA MARQUEZ VDA DE MARTINEZ, fallecido el día 29 de Abril de 2013 en la Ciudad de Lima, siendo su último domici-lio en el distrito de Lima. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Acari, 10 de Agosto de 2017.- Car-los Benites Machuca – Secretario Judicial.- (28 Agosto) B/E 031-11930.

EDICTO

En el expediente 4363-2015-0-0401-JR-FC-03 sobre DIVORCIO POR CAUSAL seguido por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD el Juez de Juzgado Especializado de Familia de Hunter doctor Roberto Soncco Valencia ha dispuesto notifi car por edictos a PIERRE EVRARD JEAN CLAUDE con la resolución N° 03 de fecha cinco de junio del dos mil trece, cuya parte pertinente es como sigue: “SE RESUEL-VE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERREW EVRARD y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO por un período ininterrumpido mayor de cuatro años y en forma acumulativa originaria y accesoria, el fenecimiento del régimen de la sociedad de gananciales, se declare la pérdida del de-recho hereditario entre los cónyuges, el cese de la obligación alimentaria entre el marido y la mujer, el reconocimiento de tenencia de los menores Jerome André y Sandrine Valerie Evrard Cabrera a favor de Katherinne Nancy Betty Cabrera Márquez, la variación del régi-men de visitas, la privación de la patria potes-

tad de Jean Claude Pierre Evrard con respecto a sus menores hijos, SE CONFIERE EL PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES a los demandados para que absuelvan el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incumplimiento; téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados y agré-guese a sus antecedentes los documentos ad-juntos. R.H.S.- y Resolución número 6 de fecha veintiocho de abril del dos mil diecisiete: (parte pertinente) “SE DISPONE NOTIFICAR mediante edictos la resolución admisoria y la presente, al demandado JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo realizarse las publicaciones respectivas con arreglo a lo dispuesto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil a gestión y costo de la de la solicitante.- Are-quipa, dos mil diecisiete, agosto once.- Norma Quispe Flores – Secretaria Judicial.- (28 Agosto – 04-08 Setiembre) B/E 031-11931.

EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUI-

SITIVA

ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL de Arequi-pa despachado por el Dr. DUEÑAS TRIVIÑOS URIEL en el expediente 2887-2017 bajo la ac-tuación del secretario judicial Dra. AMPUERO VILLEGAS ALESSANDRA VANESSA, se ha emi-tido la resolución N°2 que resuelve admitir la demanda interpuesta por CONDE QUISPE ALE-JANDRO y MAMANI DE CONDE MAXIMILIANA sobre prescripción adquisitiva en contra de BANCO DE MATERIALES SAC en liquidación; con emplazamiento de los colindantes Jorge Bernardo Villanueva Coaguila, Banco Materia-les SAC, Walter Carrillo Sosa y al Procurador Público de la Superintendencia de Bienes Na-cionales debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y conse-cuencia se corra traslado de la demanda por el termino de diez días al demandado para su contestación; asimismo, dispongo se notifi que con la 10 de agosto del 2017.- ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL SE-GUNDO JUZGADO CIVIL. (16-22-28 agosto) B/E 031-11696.

NOTIFICACIONES

NOTIFICACIÓN JUDICIAL

En el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, a cargo de la Srita. Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho se viene tramitando el Proceso Familia Civil N° 00146-2015- -0-1001 -JP-F-C-04, seguida por VILMA TINCO JIMENEZ contra SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, EFRAIN ROBERTO AVENDAÑO BORDA, RO-BERTO MANUEL AVENDAÑO AREVALO, DORIS LUIS AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL ROBERTO AVENDAÑO CORRIDO., MARGOT AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL FRANCISCO AVENDAÑO MARCA, ANTHONY JUNIOR AVENDAÑO CO-RRIDO, y contra los herederos legales de LUISA BORDA DE AVENDAÑO, sobre PRORRATEO DE ALIMENTOS; cúmplase con notifi car por edicto Judicial de esta ciudad y por edicto de mayor circulación de la ciudad de Arequipa a SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, conforme a ley H.S. secretaría Judicial J:P:Huanca.C. Cusco, 16-08-2017.- JUANA PAULA HUANCA CCAPCHA – SECRETARI DE JUZGADO.- (25-28-29 AGOSTO)

B/E 031-11919.

NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTO. En el Expe-diente N° 06390-2013-0- 0401 -JR-C1-06, en los seguidos por HIMLER RONALD OROSCO GONZALES, en contra de MERCEDES PAJUELO, sobre nulidad de acto jurídico, en el 6° Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, mediante resolu-ción N° 22 del 14 de julio del 2017, ha dispues-to la notifi cación por edicto a los sucesores de MERCEDES PAJUELO. Resolución N° 22, VISTOS Y CONSIDERANDO, SE RESUELVE: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR TREINTA DÍAS, a efecto de que dentro de dicho plazo compa-rezca al presente proceso la sucesión procesal de doña MERCEDES PAJUELO, a quienes deberá notifi cárseles por Edictos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso. Tómese razón y hágase saber. PODER JUDICIAL. Juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco. CORALIA RAMOS COAGUILA - ESPECIALISTA LEGAL, 6o Juzgado Justicia de Arequipa.- (28-29-31 AGOSTO) B/E 031-11928.

REMATES

PRIMER REMATE

En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 04103-2015-0-0412-JP-CI-03 seguido por COMPARTAMOS FINANCIE-RA S.A. en contra de Victoria Magdalena Zea Pilco y Yolanda Huacasi Miranda, el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpa-ta, Dra. Johanna Suley Téllez Fernández, con intervención del Especialista Legal Ricardo Zamata Lima han autorizado al Martillero Pú-blico Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble ubicado en el Pueblo Joven Villa El Golf, Manzana H, Lote 7 del distrito de Socabaya, provincia y de-partamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida P06044413 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Are-quipa. TASACIÓN: U.S. $ 104 993.50 (ciento cua-tro mil novecientos noventa y tres y 50/100 dó-lares de los Estados Unidos de Norteamérica).BASE DEL REMATE: U.S. $ 69 995.66 (sesenta y nueve mil novecientos noventa y cinco y 66/100 dólares de los Estados Unidos de Nor-teamérica). GRAVÁMENES: 1) Asiento 0007. Inscripción de Embargo. Medida Cautelar de Embargo Fuera de Proceso que afecta al in-mueble inscrito en esta partida hasta por la suma de treinta mil nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución 02-2014 de fecha 11.08.2014 emitida por Karina Fiorella Apaza del Carpio, Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, asistida por el Secretario Judicial José Humberto Núñez Mu-ñoz. Expediente 08267-2014-51-0401-JP-CI-01 que sigue MIBANCO Banco de la Microempre-sa S.A. en contra de Yolanda Huacasi Miranda. 2) Asiento 0008. Inscripción de Embargo. Se constituye medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Muni-cipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/. 8 000.00 nuevos soles sobre el bien inscrito en esta partida de propiedad de Yolanda Huacasi Miranda. Se procede en mérito a la Resolución 02 de fecha 03.11.2014

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

en el Expediente 4765-2014-66-0401-JP-CI-01 del Primer Juzgado de Paz Letrado de Are-quipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por el Secretario Judicial, Edwin Apaza Campos, la documentación fue remitida mediante Ofi cio 787-2014-1JPLA-EAC de fecha 25/11/2014. 3) Asiento 0009. Inscripción de Embargo. Por Re-solución 01 de fecha 12/03/2015 y Resolución 02 del 23/06/2015, recaídas sobre el Expedien-te 993-2015-36-0412-JP-CI-02 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Paucar-pata, Jessica Vargas Hilasaca con intervención del Especialista Legal Neysme Absi Luque, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción la cual debe recaer sobre la propiedad que le corresponde a la demandada Yolanda Huacasi Miranda respec-to del predio inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 18 000.00 a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito INCASUR S.A. 4) Asiento 00010. Inscripción de Embargo. Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Yolanda Huacasi Miranda hasta por la suma de Treinta mil con 00/100 nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución 02 de fecha 18.09.2015 emitida por Silvana Pacheco Tejada, Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, asistido por Especialista Jessica Alfi na Malca Saavedra, en el cuaderno de medida cautelar fuera de proce-so solicitada por COMPARTAMOS FINANCIERA S.A. en contra de Yolanda Huacasi Miranda y otra. Expediente 4103-2015. 5) Asiento 00011. Inscripción de Embargo. Por Resolución 02 de fecha 19.01.2016, recaída sobre el Expediente 4598-2015-73-0412-JP-CI-02, del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Mó-dulo Básico de Justicia de Paucarpata – Jessica Vargas Hilasaca con la intervención de la Espe-cialista Ángela Briseida Mostacero Rosas, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, la suma deberá recaer sobre el inmueble inscrito en esta partida, pro-piedad de Yolanda Huacasi Miranda, hasta por la suma de S/. 16 548.95 a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efec-tivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasación es decir U.S. $ $ 10 499.35 (diez mil cuatrocientos noventa y nue-ve y 35/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) además de arancel judicial res-pectivo consignando el juzgado, DNI del pos-tor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Lectura del Archivo Modular de los Juzgados de Paz Letrados, sito en el Centro Cívico 15 de Agosto, Tercer Piso, ubicado en la Av. Salaverry N° 701 con calle José Santos Cho-cano s/n del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa el 7 de setiembre del 2017 a las 8.30 horas. Honorarios del mar-tillero público corren por cuenta del adjudica-tario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 2017, agosto 23.- Hamlet Chávez Martínez – Martillero Publico.- Ricardo Zamata Lima – Especialista Legal.- (23-24-25-28-29-31 Agosto) B/E 031-11863.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

PÚBLICO

En los seguidos por RENE ALFREDO VERA CARBAJAL y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS contra BLANCA ROSA CARBAJAL VIUDA DE VERA, además COMO TERCERO ACREEDOR NO EJECUTANTE WALTHER CESAR ROBLES LAZO y RENZO MEZA PAREDES; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 1811-2012-0-0401-JR-CI-07, el Sétimo Juzga-do Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Espe-cialista legal Dra. Glenda María Cárdenas En-chuña, han dispuesto que el suscrito saque a

remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Mz. F Lote 24 – Ur-banización Lambramani – Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas pe-rimétricas que corre inscrito en la partida Nº 01121156 del Registro de Propiedad Inmueble – Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN JU-DICIAL: US$ 223,146.43 (doscientos veintitrés mil ciento cuarenta y seis con 43/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 148,764.28 (ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con 28/100 dólares americanos), equi-valente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTA-CIONES: D00003 HIPOTECA sobre el inmueble inscrito en esta partida otorgada por sus pro-pietarios, hasta por la suma de US$ 60,000.00 a favor de RENE ALFREDO VERA CARBAJAL y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS según poder inscrito en la partida Nº11152551; con el objeto de garantizar la deuda de US$60,000.00. Según y más ampliamente consta en la Escri-tura Publica Nº 982 de fecha 13/03/2012 otor-gada ante Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barrera. C00008 COMPRA VENTA MARCO ANTONIO MALAGA ZENTENO ha adquirido el dominio del inmueble inscrito en esta partida por el precio de US$25,000.00 cancelados, según la Escritura Publica Nº 5177 de fecha 20/11/2012 ante Notario Pú-blico Cesar Fernández Dávila Barrera. D00005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION Por Resolución Nº 01 de fecha 10/01/2014 sobre el Expediente Nº 2950-2013-51-0401-JP-CI-01 sobre ejecución de garantías, Luis Torreblanca Gonzales – Juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Arequipa, asistido por la especialista legal Shirley Gonzales Lizarraga; ha resuelto conceder Medida Cautelar de Embar-go en forma de Inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de MAR-CO ANTONIO MALAGA ZENTENO hasta por la suma de S/.13,000.00 a favor de la Caja Muni-cipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. D00006 CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA Los cónyuges WALTHER CESAR ROBLES LAZO y FANNY ARCE VALDIVIA tienen la facultad de celebrar contrato de compra venta con MARCO ANTONIO MALAGA ZENTENO respecto al pre-dio inscrito en la presente partida registral. Así consta más ampliamente de la escritura públi-ca del 10/11/2015 autorizado por notario Fer-nando Denis Begazo Delgado en la ciudad de Arequipa. D00007 RECTIFICACION DE OFICIO Se rectifi ca el Asiento D00003 de la presente partida, en el sentido que el monto de la Hi-poteca asciende a la suma de US$80,000.00, y no como se consignó. Se procede en mérito al Título Archivado Nº 2012-28315. DIA Y HORA DE REMATE: El 18 de setiembre de 2017 a las 10:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: deberán presentar antes del re-mate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y genera-les de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALAN-TE - Martillero Público – Reg. N° 305.- Glenda María Cárdenas Enchuña – Especialista Legal.- (23-24-25-28-29-31 Agosto) B/E 031-11869.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por Alfredo Rodríguez Medina con Carla Isabel Zapata Gonzales, Carmen Can-delaria Zapata Gonzales, Carlos Enrique Zapata Llerena, y Ana Isabel Gonzales de Zapata, so-bre Obligación de Dar Suma de Dinero, EXP. N°

3367-2007-0-0401-JR-CI-06, el Segundo Juzga-do Especializado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Juez Dr. Uriel Dueñas Triviños y Especia-lista Legal Dra. Alessandra Vanessa Ampuero Villegas, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble ubicado en la Manzana B, Lote 22, de la Urba-nización El Lago, Arequipa, Provincia y Depar-tamento de Arequipa, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritas en la Partida N° 01121658 del Registro de Predios, de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. 2.- VA-LOR DE TASACION: 2´257,354.01 (Dos millones doscientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro con 100 Soles). 3.- BASE DEL REMATE: 1´504,902.67 (Un millón quinientos cuatro mil novecientos dos con 67/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. 4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- A Favor de Banco del Banco Continental hasta por la suma de US $ 133,000.00, la misma que ha sido ampliada y ratifi cada, según consta en los asientos D00007, D00008, D00009, D00010, D00011, D00012, D00013, D00014, D00015, D00016, D00017, D00019, D00020, y D00021 de la Partida N° 01121658 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. b) Embargo.- A Favor de Cold Import S.A hasta por la suma de S/.35,000.00, ordenado por el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, inscrito en el asiento D000018 de la Partida N° 01121658 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. c) Embargo.- A favor de Al-fredo Rodriguez Medina hasta por la suma de S/.120,000.00, ordenado por el Segundo Juz-gado Civil de Arequipa, inscrito en el asiento D00022 de la Partida N° 01121658 del Regis-tro de Predios dela Zona Registral N° XII Sede Arequipa. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 18 de Septiembre del 2017, a las 11:00 de la maña-na. 6.- LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la Plaza España s/n, del distrito, provincia y departamento de Are-quipa 7.- LOS POSTORES: Obrarán el 10% del valor de la Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del Arancel y del DNI). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional N° 142. Cel. 998706190. Mail: [email protected] Alessandra Ampuero Villegas – Especialista Legal (S).- (24-25-28-29-31 Agosto – 01 Setiem-bre) B/E 031-11891.

PRIMER REMATE

En el expediente 031-2010-JP-ASA sobre obli-gación de dar suma de dinero que sigue como demandante Samuel Teodoro Panihuara Cor-puna en contra de Ruiz Benito Panihuara Cor-puna, el Señor Juez del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre doctor Enrique Cárdenas Medina, con intervención del Secretario Judicial Ricar-do Condori Sencara, ha convocado al PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en Centro Poblado Uñon, Manzana M, lote 4, en el distrito Uñon, Provincia Castilla, departamento Arequi-pa., inscrito en la partida P06228082 del Regis-tro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. Habiéndose designado al Martiliero Público Percy Luis Cornejo Barragán, quien con la facultad otorgada por el juzgado ha señala-do la realización del primer remate para el día 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A LAS 04:00 P.M. (CUATRO DE LA TARDE) el remate se realizará en el Local del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre ubicado en la Avenida Brasil N° 100, distrito Alto Selva Alegre, provincia y depar-tamento de Arequipa. Tasación: S/.11,190.00 (once mil ciento noventa con 00/100 soles). Precio Base del primer remate: S/.7,460.00 (sie-

te mil cuatrocientos sesenta con 00/100 soles. Depósito para ser postor: el postor depositará antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dine-rada equivalente a no menos del 10% del valor de la tasación de los derechos y acciones a re-matar y presentará su documento nacional de identidad, las personas jurídicas presentarán vigencia de poder. Afectaciones: Asiento 0005 Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 8,800.00 a favor de Samuel Teodo-ro Panihuara Corpuna, el mismo que deriva del presente proceso. El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero Público conforme al artículo 18 del D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están afectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V.). El remate será efectuado por el Marti-liero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro número 247, Celular 992014422. Are-quipa, 21 de julio del 2017.- Ricardo Condori Sencara – Secretario Judicial.- (25-28-29-31 Agosto – 01-04 Setiembre) B/E 031-11892.

TERCER REMATE

EN EL PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº01789-2015-0-0401-JR-CI-03, SEGUIDO POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, EN CONTRA DE SA-BINO MAMANI APAZA Y ROXANA JUDITH AL-MONTE FLORES; CON INTERVENCION DE TER-CEROS: FONDO DE DESARROLLO REGIONAL FONDESURCO Y JULIANA FEBRES GALLARDO. EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPE-CIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, ZOILO ALCIDES CHAVEZ MAMANI, ESPECIALISTA LEGAL YERAL-DO ALEXANDER CAMPOS CORNEJO, A NOM-BRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILI-GENCIA DEL TERCER REMATE JUDICIAL, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 11 DE SETIEMBRE DEL 2017 A LAS 15:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECU-TARA, EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, DISTRITO DE AREQUIPA, AREQUIPA (SOTANO); SOBRE ELSIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBI-CADO EN EL CENTRO POBLADO PAMPACOLCA MZ. O3, LOTE 22, DISTRITO DE PAMPALCOLCA, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA; AREA 810.25M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE EN-CUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.P06204789 DE LA ZONA REGISTRAL NºXII SEDE AREQUIPA, OFICI-NA REGISTRAL DE AREQUIPA. TASACION TOTAL: US$28,502.00 DOLARES AMERICANOS;PRECIO BASE US$.13,728.16 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VA-LOR DE TASACION (US$.2,850.20 DOLARES AMERICANOS), MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POS-TOR EN REMATE JUDICIAL.AFECTACIONES: 1).- ASIENTO Nº0004 DE LA PARTIDA REGISTRAL P06204789 HIPOTECA A FAVOR DE CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA HASTA POR LA SUMA DE US$.28,502.00 DOLA-RES AMERICANOS, 2).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FA-VOR DE JULIANA FEBRES GALLADO HASTA POR LA SUMA DE S/.32,000.00 SOLES CONFORME LO INDICA EL ASIENTO D00005 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06204789 3).- MEDIDA CAUTE-LAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE FONDESURCO HASTA POR LA SUMA DE S/.10,000.00 SOLES CONFORME LO INDICA EL ASIENTO D00006 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06204789, SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDI-CATARIO DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263, AREQUIPA, 2017-08-22.- Yeraldo A. Campos Cornejo – Es-pecialista.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11927.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

PÚBLICO JUDICIAL

En el expediente Nro.01779-2016-0-0401-JR-CI-07, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA contra ED-SON JOSE HERRERA GARAY y JOSE ALEJANDRO HERRERA BEDOYA, sobre Ejecución de Garan-tía, el Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez y Especialista Legal Dra. Kenia Male-na Risco Berrocal, han dispuesto sacar a REMA-TE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Pueblo Tradicional Urbanización Mariano Melgar Mz. R, Lote 22A (Actualmente Calle Chancay Nº214), Distrito Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa, dominio, linderos, medidas pe-rimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida P06160190, del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII-Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, as-ciende a la suma de US$169,618.20 (Ciento sesenta y nueve mil seiscientos dieciocho con 20/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasa-ción es equivalente a US$113,078.80 (Ciento trece mil setenta y ocho con 80/100 Dólares Americanos). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: 00010: Hipoteca: Constituida por su propieta-rio como garante hipotecario de Edson Herrera Garay a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sur, Prestasur, hasta por la suma de US$45,000.00 Dólares Americanos, para garan-tizar el cumplimiento del pago del crédito de US$30,000.00, otorgado a favor de Edson He-rrera Garay, según consta de la Escritura Públi-ca de fecha 11.04.2007, otorgada ante Notario Fernando Begazo Delgado. LUGAR DEL REMA-TE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Avenida Siglo XX y Plaza Espa-ña S/N Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 26 de setiembre del 2017, a horas 08:15 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya deposita-do, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la ta-sación, esto es la suma de US$16,961.82 suma que será devuelta íntegramente a los postores no benefi ciados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/.810.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar po-der correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honora-rios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Códi-go Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Mar-tillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Arequipa, 23 de Agosto del 2017.- Kenia Malena Risco Berrocal – Secretaria Judicial.- (28-29-31 Agosto – 01-04-05 Setiem-bre) B/E 031-11929

EDICTO

PRIMER REMATE JUDICIAL.- Exp. 04106-2015-0-0401-JR-CI-02 en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA contra PEDRO JESUS CARPIO MONTES Y MARTINA MATILDE LOAIZA DE CARPIO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS. El Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de

La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

Arequipa, que Despacha el Sr. Juez Dr. Uriel Dueñas Triviños, Especialista Legal Dra. Ales-sandra Vanessa Ampuero Villegas; ha dispues-to sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes inmuebles: -1.-) INMUE-BLE: Constituido por Terreno Rustico, ubicado en el Sector Ongoro, denominado Nazareno OL-V; U.C. 09056; Código de Predio 8-7708235-09056. Valle de Majes, Distrito de Aplao, Pro-vincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con un área 0.6400 Ha, inscrito en la Partida Nº 04003287, Zona Registral Nº XII, Sede Are-quipa, Ofi cina Registral de Aplao. 1.1) VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de suma de US$. 29,120.00 (VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos ter-ceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 19,413.33 (DIE-CINUEVE MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 33/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 19 de setiembre del 2017 a horas 12:00 del mediodía. 1.4) CARGAS Y GRAVAME-NES: HIPOTECA: (Inscrita en el asiento D00002 de la Partida N° 04003287). Constituido por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$. 17,280.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 20/04/2012, ante Notario Carlos Soto Coaguila. 2.- INMUE-BLE: Constituido por Terreno Rustico, ubicado en Sector Ongoro, denominado Nazareno OL5; U.C. 09057; Código de Predio 8-7708235-09057, Valle de Majes, Distrito de Aplao, Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con un área de 0.6100 Ha y área edifi cada total de 160 m2, inscrito en la Partida Nº 04003292, Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Ofi cina Regis-tral de Aplao. 1.1) VALOR DE TASACIÓN: Ascien-de a la suma de US$. 50,988.00 (CINCUENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMA-TE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 33,992.00 (TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 19 de setiembre del 2017 a horas 12:30. 1.4) CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00002). Constituido por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de US$. 34,110.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 20/04/2012, ante No-tario Carlos Soto Coaguila. 3.- LUGAR DEL RE-MATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Are-quipa. 4.- LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntaran la tasa judicial correspondiente por cada inmueble a rematar a la orden del Segundo Juzgado Civil de Arequipa, debiendo consignarse en la mis-ma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y fi rmas. El presente re-mate estará a cargo del Martillero Público Gus-tavo Daniel Matsuoka Sato, con Reg. 343. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario. CEL. 987116619. Arequipa, 07 de agosto del 2017.- Alessandra Ampuero Villegas – Especialista Legal.- (28-29-31 Agosto – 01-04-05 Setiembre) B/E 031-11933.

RECTIFICACIONES

RECTIFICACION DE PARTIDA

Ante esta Vicaria Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado doña Mó-nica Valencia Dongo Cárdenas, quien solicita por única vez la rectifi cación de la partida de bautismo de Rosario Concepción Zúñiga Chiri-nos, que está registrada en el libro 06, foja 123, del Archivo Parroquial de San Pedro de Aplao - Prelatura de Chuquibamba; en su partida de Bautismo aparece sus nombres como: “RO-SARIO CONCEPCION”; Pide que sea corregida

de la siguiente manera: su único nombre es:: “MARIA ROSARIO”; lo que se comunica a los interesados para los fi nes de ley.- Camaná, 24 de AGOSTO del 2017.- Pbro. Lie. Fermín Quispe Espinal, Vicario Judicial.- (28-29-31 AGOSTO) B/E 031-11932.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yudy Antonieta Untama Campos quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bau-tismo de Jose Jesús Blas Zevallos Untama en el Archivo de la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) - Arquidiócesis de Arequipa y afi rma que nació en Yura - Arequipa el seis de enero de mil novecientos ochenta y tres; hijo de don Juan de Dios Jamio Zevallos Zevallos y de doña Yudy Antonieta Untama Campos, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) - Arequipa el seis de enero de mil novecientos ochenta y cua-tro. Fueron sus padrinos don Héctor Domingo Valdez Zegarra y doña Luzmila Bustamante de Valdez.- Arequipa, 23 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – NOTARIO-ACTUARIO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11901.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Juan Vidal Palma Valdez quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción (Chivay) - Arquidiócesis de Arequi-pa y afi rma que nació en Madrigal, Caylloma - Arequipa el dieciséis de enero de mil nove-cientos ochenta y dos, hijo de don Jacinto Ele-doro Palma Ccama y de doña Sofi a Ermelinda Valdez Cahui, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Iglesia San Santiago Apóstol (Madrigal) - Arequipa el veinticinco de julio de mil novecientos ochenta y tres. Fueron sus padrinos don Prudencio Condori y doña Valen-tina Cayani de Condori. Arequipa, 23 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – NOTARIO-ACTUARIO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11906.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Jorge Raymundo Samanez Quispe quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bau-tismo en el Archivo de la Parroquia San Isidro Labrador (Mejía) - Arquidiócesis de Arequipa y afi rma que nació en Mollendo - Islay el siete de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, hijo de don Guido Hugo Samanez Retamozo y de doña Yovana Beatriz Quispe Quispe, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Parro-quia San Isidro Labrador (Mejía) - Arequipa el cinco de febrero de mil novecientos noventa y tres. Fueron sus padrinos don Jorge Cava-glia Estemplenton y doña Frida Berlanga de Cavaglia. Arequipa, 24 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – Notario-Actuario.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11924.

CAMBIO DE NOMBRE

EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SO-BRE CAMBIO DE NOMBRE, EXPEDIENTE N° 03476-2017-0-0412-JR-CI-02, TRAMITADO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL - SEDE PAUCARPATA, ESPECIALISTA LEGAL ANA ROSA LUJAN ANTAYHUA; DORA CALDERON HUA-CHACA y JACINTO QUICO DUEÑAS SOLICITAN EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO ANIBAL HENRRY QUICO CALDERON, A FIN QUE SE AUTORICE QUE SE SUSTITUYA SU SEGUN-DO PRENOMBRE “HENRRY” POR EL DE “JAIRO”; DEBIENDO QUEDAR ASENTADO SU NOMBRE COMPLETO EN SU RESPECTIVA PARTIDA NA-CIMIENTO COMO “ANIBAL JAIRO QUICO CAL-DERON”. AREQUIPA, 2017, AGOSTO 28.- Oscar Oyola Velásquez – ABOGADO.- (28 AGOSTO) B/E 031-11905.

FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS

Ante mi Ofi cio Notarial, en Av. Panamericana N°

115, se ha admitido la solicitud de JACK RAUL PAEZ UYEN, sobre FORMACION DE TITULOS SU-PLETORIOS, del inmueble urbano ubicado en la calle Progreso s/n del Cercado de Ocoña. Dis-trito Ocoña, Provincia Camaná, Departamento Arequipa, con un área de 1,097.24 M2, con los linderos y medidas perimétricas siguientes: FRENTE, Calle Progreso, con 32.11 ml. COSTADO DERECHO, con Lote 19 de Oscar Gustavo Paez Salazar, con 32.57 ml. COSTADO IZQUIERDO, con propiedad de Oscar Gustavo Paez Salazar, con 32.56 ml. FONDO, con propiedad de Oscar Gustavo Paez Salazar (U.C. 07357), con 35.45 ml. Lo que se pone de conocimiento público para los fi nes de Ley. CAMANÁ, 2017 Agosto 10.- ANGEL MARTINEZ PALOMINO ABOGADO NOTARIO.- (16-22-28 AGOSTO) B/031-11722.EXPEDIENTE NRO: 033-2015-CSJA-JP40CT.DEMANDANTE: MARIA DEL ROSARIO. PAUCA MAYTA DEMANDADO: RILO ESTEBAN PAUCA MENDEZ. MATERIA: ALIMENTOS. CUADERNO: PRINCIPAL. NATURALEZA: JUSTICIA DE PAZ.- RESOLUCIÓN NRO. 11.- Arequipa, veinticuatro julio Del año dos mil diecisiete.-AL PRINCIPAL.- HAGASE EFECTIVO EL APERCBI-MIENTO DECRETADO EN AL RESOLUCION NRO. 10 y Remítase copias certifi cadas de los actua-dos correspondientes de la ejecución de sen-tencia por alimentos al Ministerio Publico de la Jurisdicción, a fi n de que procedan conforme sus atribuciones, debiendo tenerse presente que se desconoce el paradero actual del obli-gado.- OTÓRGUESE al demandado el plazo de tres días hábiles para recabar copias de la pre-sente resolución y el escrito presentado por la demandante.- AL OTROSI.- CÚMPLASE con no-tifi car mediante edictos la presente resolución, conforme los términos de ley, bajo sanción de nulidad.- Nathal S. Flores FloresSECRETARIO JUDICIAL Juzgado de Paz de 4 de Octubre.- (25-28-29 AGOSTO)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: N° 5418-2016 TURNO “A” CO-MISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CER-CADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A”. LA SEÑORI-TA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifi que mediante edictos a la parte IMPUTADA RAFAEL RODRIGUEZ SOTO CON LA RESOLUCIÓN NU-MERO NUEVE DE FECHA CATORCE DE AGOSTO del dos mil diecisiete que RESUELVE: Puesto a despacho en la fecha por la excesiva carga que soporta el Juzgado y advirtiéndose de autos que la parte imputada no ha cumplido con lo dispuesto en la resolución dos por lo se hace efectivo el apercibimiento prevenido y se le tiene por no presentado el escrito de aperso-namiento de fecha tres de junio del dos mil dieciséis y DE OFICIO: VISTOS: La constancia que antecede y los actuados en el presente proceso; y CONSIDERANDO: Primero.- Me-diante resolución número cuatro del dos mil diecisiete, se citó a juicio a la agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO por la comisión de Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas; disponiéndose que la agraviada debía concurrir con abogado, bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito. Segundo.- Como aparece de la constancia que antecede (notifi cación por edictos a folios cuarenta y tres vuelta) la parte agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO no ha asistido a la audiencia señalada en el proceso con su abogado, no habiéndose jus-tifi cado su inasistencia dentro del término de ley; habiendo sido notifi cado con la resolución que lo cita como aparece de la constancia de folio 43 vuelta. Tercero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 483° inciso 1) del Código Procesal Penal, la persona ofendida con una falta puede denunciar su comisión ante la Policía o dirigirse directamente al Juez, comunicando el hecho, constituyéndose en querellante particular, asimismo, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 110° del

mismo cuerpo normativo, se considerará tácito el desistimiento cuando el querellante particu-lar no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al fi nal de la audiencia. Cuarto.- Conforme a lo ante-rior, la inasistencia de la parte agraviada y la falta de justifi cación en el término de ley, de-terminan que se haga efectivo el apercibimien-to decretado; por lo que SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO; del presente proce-so por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de GIO-VANNI CAPECHI en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones, debiendo notifi car-se mediante edictos a la parte imputada. ESPE-CIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ: (24,25, y 28 de agosto del dos mil diecisiete). Regístrese y notifíquese.

EDICTO

EXPEDIENTE: 02157-2017-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a María Eliza-beth Quispe Quispe, con la siguiente resolu-ción N° 01 Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada María Eliza-beth Quispe Quispe del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tó-mese razón y hágase saber.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 01389-2017-0-0401 -JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pala-cio Viejo ha dispuesto se notifi que a Teodora Villalba Camarero, con la siguiente resolución N° 02 Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada TEODORA VI-LLALBA CAMARENO del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tó-mese razón y hágase saber.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 04245-2015-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pa-lacio Viejo ha dispuesto se notifi que al impu-tado Lucy Reymunda Coaguila Apaza, con la siguiente resolución N° 07. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número seis y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Rubén Carlos Castro Pulcha con DNI 29685248 con domicilio en Pueblo Joven Independencia, Manzana 09, Lote 05, Zona B, distrito de Alto Selva Alegre de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juz-gado el DIA 13 DE NOVIEMBRE DE 2017, A LAS 14:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado de-fensor de ofi cio para la parte imputada; asi-mismo, el agraviado Lucy Reymunda Coaguila Apaza y Blanca Juliana Villafuerte Mendoza, en su calidad de querellantes particulares debe-

rán concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de de-clarar su desistimiento tácito, conforme auto-riza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - De-partamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secreta-ría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los an-tecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audien-cias en fechas más próximas. Regístrese y co-muníquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 07902-2016-0-0401 -JP-PE-01. ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Luis Alberto Suclle Limache con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFEC-TIVO el apercibimiento contenido en la resolu-ción número uno y en consecuencia: SE DISPO-NE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Luis Alberto Suclle Limache con DNI 40293930 con domicilio en Urbani-zación Villa Paisajista Pampas del Cuzco 109, distrito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 06 DE NOVIEMBRE DE 2016. A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de ofi cio para la parte impu-tada; asimismo, el agraviado Rocío del Carmen Soto Barreda, deberá concurrir con su Aboga-do Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcu-rrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportu-nidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departa-mento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las par-tes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los pro-cesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que im-posibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernume-raria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

Por medio de la presente, la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata 15 de Agosto, cita, notifi ca, emplaza a la demandante JANET CONDORI ROSADO a efecto de que tomen co-nocimiento de la resolución número dieciséis guión dos mil dieciséis mediante la cual, SE RE-

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

SUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento dic-tado en autos mediante resolución trece guión dos mil dieciséis y en consecuencia, declarar la CONCLUSION del proceso sin declaración sobre el fondo; DISPONGO: 1. La devolución de los anexos presentados, dejando copias certifi cadas del mismo en autos a costo de la parte solicitante. 2. El Archivo del presente pro-ceso debiendo remitirse los autos al ARCHIVO CENTRAL PARA SU CUSTODIA en mérito a la Resolución Administrativa de Presidencia Nro. 623-2012-PRES/CSA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGA-SE SABER.- Yenny Soledad Condori Fernández – Juez Supernumeraria (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA - CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA a los agraviados JESÚS CA-TACORA CORNEJO, VICTORIA CONDORI HUALL-PA, ANDRÉS ALFREDO CRUZ CHISI, VILMA HUA-NAPACO QUISPE, MARIA YUCRA DE QUISPE, MARLENE ISABEL LLERENA VELARDE, MISIEL MENDIVIL CASTRO, GABRIEL RAMOS DE TORRE, CARLOS MARCISA RAMOS, SANDY GUTIÉRREZ CÁRDENAS, AYDE HUAYNACHO YAHUI, JORGE MILLAN RIVROS, PAMELA RUA ORE, MARITZA RUA ORE, ELSA CONDORI CONDORI, MARISOL YANA BOMBILLA, BACILIA YANA BOMBILLA Y FABRICIO CONDORI QUISPE con el contenido de la resolución 04 que reprograma AUDIEN-CIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEI-MIENTO señalada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO del dos mil diecisiete a las DIEZ CON TREINTA horas en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artí-culo 351 del Nuevo Código Procesal Penal, con citación del Ministerio Público y los de-más sujetos procesales. Ello en el expediente 00252-2013-2-0405-JR-PE-01. Chivay, 20 de junio del 2017.- José Luis Cáceres Pizarro – Es-pecialista.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 067-2014-62-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a la SUCESION DE LA PERSONA DE CARLOS CCOTO POCCO; a fi n de que la sucesión tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO que se sigue en contra JUAN ENRIQUE MEDINA GONZALES por el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto en el artículo 111 último párrafo del Código Penal en agravio de la SUCESIÓN DE CARLOS CCOTO POCCO, LA RESOLUCION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al sobresei-miento.- José Luis Cáceres Pizarro – Especialis-ta.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO

Exp. 2017-79, la Juez del Juzgado de Paz Letra-do de Orcopampa: LIDA BARRIOS SANCHEZ, Secretario Judicial: RAFAEL FERNANDEZ RIOS; ha dispuesto notifi car la Res. Nro. 01 del 28-04-2017 por edictos a las personas de: EFRAIN OSCAR VANEGAS HUANACUNI, proceso segui-do por JULIA MARIBEL HUISACAYNA HUAMANI en representación de su menor hija Shandeel Allyson Vanegas Huisacayna sobre FILIACION; que dice: “PARTE EXPOSITIVA, VISTOS: El escrito de demanda, anexos II. PARTE CONSIDERATI-VAPRIMERO.- DE LOS REQUISITOS DE ADMISI-BILIDAD: La demanda reúne los requisitos esta-blecidos en los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, no encontrándose incursa en las causales de inadmisibilidad previstos en el ar-tículo 426 del Código referido. SEGUNDO.- DE LOS REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD: La de-manda cumple con los presupuestos procesa-les y condiciones de la acción, no apreciándose que se encuentre incursa en alguna de las cau-

sales de improcedencia prevista en el artículo 427 del Código Procesal Civil. TERCERO.- Que la presente debe darse trámite en la vía espe-cial, prevista en la ley 28247, modifi cado por ley 29821, así mismo en virtud el artículo 01 de la referida ley, debe dictarse mandato de-claratorio de paternidad extramatrimonial y correr traslado al demandado de la pretensión de alimentos III. PARTE RESOLUTIVA: POR LO QUE SE RESUELVE.- Admitir la demanda de fi -liación judicial de paternidad extramatrimonial interpuesta por JULIA MARIBEL HUISACAYNA HUAMANI en representación de su menor hija Shandeel Allyson Vanegas Huisacayna, en con-tra de EFRAIN OSCAR VANEGAS HUANACUNI; así mismo se admite la pretensión acumulada de cobro de alimentos; en la vía especial de fi liación judicial de paternidad extramatrimo-nial. DISPONGO: 1.- Que el demandado cum-pla con reconocer la paternidad de la menor: Shandeel Allyson Vanegas Huisacayna, en un plazo de diez días o formular la oposición correspondiente, bajo apercibimiento de con-vertirse el presente mandato en declaración judicial de paternidad. 2.- Correr traslado de la pretensión de alimentos por diez días al de-mandado. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.”; Orcopampa, 02 de agosto del 2017. Rafael Ma-yko Fernández Ríos – Secretario Judicial.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00058-2011 se ha dispuesto notifi car por edictos es-tando a lo ordenado mediante Resolución No. 24-2016 Acari, 01 de Agosto del 2017. APRO-BAR LA LIQUIDACION de fojas 126 a 127 has-ta por la suma de S/. 10,045.00. SE REQUIERE al demandado ALBERT QUISPE SALAZAR para que dentro del tercer dia de notifi cado cumpla con dicho abono. Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s) del Juzgado de Paz Letra-do de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 01 de Agosto de 2017.- (24-25-28 Agosto)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00102-2013-2-0405-JR-PE-01, NOTIFICA Y EMPLAZA al acusado WENCESLAO FAUSTO TACO ANCCO a fi n de que tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION, LA RESOLUCION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al ACUSA-CION que se le acusa como autor del delito de Peculado Doloso en agravio de la Municipali-dad Provincial de Caylloma y la Procuraduría Publica Descentralizada Anticorrupción de Arequipa.- José Luis Cáceres Pizarro – Especia-lista.- (24-25-28 Agosto)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00065-2014-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA Y EMPLAZA al acusado JUAN TOMAS INCA ACH-AHUI a fi n de que tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION, LA RESOLU-CION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al sobreseimiento Y LA RESOLUCION NUEVE que FIJA FECHA DE AUDIENCIA DE ACUSACION para el día NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las CA-TORCE horas; audiencia que se llevara cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Caylloma-Chivay.- José Luis Cáceres Pizarro – Especialista.- (24-25-28 Agosto)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

En el Exp. Nro. 7-2008 seguido por Félix Quispe Calsina en contra de la Ofi cina de Normaliza-ción Previsional; se ha RESUELTO mediante Re-

solución N° 24 de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciséis: SUSPENDER el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se aper-sonen los sucesores procesales del que en vida fue el demandante FELIX QUISPE CALSINA, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. SE DISPONE con Resolución N° 25 de fecha veinte de setiembre de dos mil dieciséis cursar ofi cio a la Gerencia de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para la publicación de los edictos correspondientes, en la forma y tiempo que establece el artículo 167 del Código Procesal Civil. Tómese razón y hágase saber. Carla Villanueva Rosas Secretaria Judicial.- Arequipa, dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.- Carla Villanueva Rosas – Secre-taria Judicial.- (24-25-28 Agosto)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por medio de la presente, el señor Juez del Pri-mer Juzgado Familia de Cerro Colorado, noti-fi ca a VICTOR ZAMATA TARAPACA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, Auto que dicta medidas de protección; SE RESUEL-VE: 1) DICTAR como medida de protección. las siguientes: a) La prohibición de toda agresión física, psicológica, económica, patrimonial o hechos que constituyan violencia familiar y/o acoso por parte del denunciado VICTOR ZA-MATA TARAPACA hacia la parte denunciante LUZ MARINA CALCINA TITI tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pú-blica o cualquier lugar donde se encuentre, b) La prohibición de la parte denunciada VICTOR ZAMATA TARAPACA de acercarse en estado de ebriedad a la parte denunciante LUZ MA-RINA CALCINA TITI tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, autorizán-dose a la Policía Nacional del Perú del sector a retirarlo hasta que recobre la sobriedad; ME-DIDAS QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. Ello en el proceso N° 00362-2017-0-0401-JR-FT-01, sobre violencia familiar. Cerro colorado 16 de agosto de 2017.- Percy Ballon Ramos Secretario Judi-cial.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

Proceso N°126-2015-2-0404-JR-PE-01. (Cuader-no de Control de Acusación) Por encargo del señor Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DR. DEYVI CUEVA CUCHO, por intermedio del presente NOTIFI-CA a ALFREDO OSWALDO VELARDE HUAMANI, con el contenido de la Resolución N°6 de fecha veintidós de agosto del dos mil diecisiete, que resuelve declarar la validez formal de la acusa-ción presentado por el Ministerio Público, ad-mite medios de prueba del ministerio público y dicta auto de enjuiciamiento en contra de Alfredo Oswaldo Velarde Huamani, autor de la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de Estafa previsto en el artículo 196 del código penal en agravio de José Antonio Cruz Choque, María Reyna Bolivar Vilca, Victor Alberto Cruz Rodriguez y Reina Isabel Cruz Choque, solicitando se le imponga ocho años de pena privativa de la libertad y se le ordene el pago por concepto de reparación civil la suma de 21.650.00 soles a favor de los agravia-dos, a razón de 18000.00 soles a favor de José Antonio Cruz Choque; 2000.00 soles a favor de María Reyna Bolivar Vilca; 1200.00 soles a favor de Victor Alberto Cruz Rodriguez y 450.00 soles a favor de Reina Isabel Cruz Choque. Ordena contra el acusado Alfredo Oswaldo Velarde Huamani, mandato de comparecencia simple, precisa que durante la etapa de investigación preparatoria José Antonio Cruz Choque se ha constituido en actor civil, comunica que no se ha constituido en tercero civilmente responsa-ble, ordena la remisión del proceso al Juzgado Penal Unipersonal de Aplao en el plazo de cuarenta y ocho horas, asimismo se resolvió

admitir los medios probatorios del Ministerio Público. Todo ello ordenado en el Proceso N° 126-2015-2-0404-JR-PE-01. Especialista Judi-cial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe.- (24-25-28 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2009- 5450- 29 (Imputado) FRANCISCO AGUILAR LAURA , delito CONTRABANDO, agra-viado EL ESTADO SUNAT Y OTROS , DILIGENCIA 05-09-2017, 11:30 A.M. , Sala 5, BAJO APERCI-BIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secre-tario: Lazarte (24-25-28 AGOSTO)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-3741-33 (Imputada) DEYANIRA AL-MENDRA VIVEROS MONTES, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agravia-do ESTUDIO BUSTAMANTE Y ASOCIADOS SAC REPRESENTADO POR JOSE FERNANDO BUSTA-MANTE ZEGARRA , NOTIFICACION, DECLARAR SANEADA LA ACUSACIÓN FISCAL Y LA EXIS-TENCIA DE UNA RELACIÓN JURIDICO PROCE-SAL VÁLIDA, en consecuencia SE DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO EN CONTRA DE DEYANI-RA ALMENDRA VIVEROS MONTES ; Secretario: Quispe (24-25-28 AGOSTO)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-5588-0 (Imputado) ROSAS SIVINCHA TAUCCAYA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SOLEDAD HUACAHACA LOPEZ, DILIGENCIA 22-09-2017, 10.00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (24-25-28 AGOSTO)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLO-RADO, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 4580-2016-47 LUCIO TOLEDO PUMACA-LLAHUI, delito Lesiones Leves, agraviado Me-nor Fanny Vásquez Toledo., NOTIFICACION, Resolución 5, que fi ja fecha para juicio oral el 13 de octubre del 2017, a las 11.00 hrs. en sala 3 del Primer Juzgado Unipersonal de Cerro Colorado y bajo apercibimiento de declararlo contumaz y ordenarse su captura. ; Secretario: Moreano (24-25-28 AGOSTO)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-5110-0 (Imputado) MARIO HERRERA PILLPINTO: Se le notifi ca como parte de la Re-solución Nro. 01-2017.- Visto el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato presenta-do por el representante del Ministerio Publico y atendiendo a lo previsto por el Articulo 447 del Código Procesal Penal modifi cado por el D.L. 1194; SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL ONCE DE OC-TUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ

HORAS CON TREINTA MINUTOS, conforme a la norma adjetiva antes mencionada, es de carác-ter inaplazable y se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, sito en la Ca-lle Alfonso Ugarte Nro. 119 Primer Piso - Cerro Colorado, delito omisión a la asistencia familiar , agraviado N.V.P.V., DILIGENCIA 11-10-2017, 10.30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secre-tario: CANO (24-25-28 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016- 5674- 92 (Imputado) DORA CHO-QUE PHOCOHUANCA , delito HURTO AGRA-VADO, agraviado PEDRO ROBERTO HANCCO PINO, DILIGENCIA 12-12-2017, 10:00 A.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte (28-29-31 AGOS-TO)EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-5913-71 JOHN AMERICO CASILLAS OCHOA, delito falsedad ideológica, agraviado ROXANA LIZ CHOQUE CASTILLO, DILIGENCIA 11-09-2017, 9:30 am, Sala 4, ; Secretario: Valdi-via (28-29-31 AGOSTO)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 3905-2017-24 (Imputado) AUGUSTO MU-ÑOZ APAZA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado DIEGO ASCEN-CIO CONDORI ZELA, NOTIFICACION, SE REQUIE-RE AUGUSTO MUÑOZ APAZA, PARA QUE EN 48 HORAS CUMPLA CON REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS AUD. 11-05-2017;DE NO HACERLO SE REVOCARA COMPARECENCIA RESTRICTIVA POR PRISIÓN PREVENTIVA; SEÑALA AUDIENCIA PARA 14-09-2017, A HORAS 15:00, SALA 4.- ; Se-cretario: Fernández (28-29-31 AGOSTO)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLO-RADO, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-2222-22 CHISTHIAN DAVID PALO-MINO ZENITAGOYA, delito Estafa genérica., agraviado Mauricio Edgar Chávez Zúñiga, NO-TIFICACION, Res. 1, que cita a juicio oral, para el 16 de octubre del 2017, a las 11.00 hrs. en sala 4 del 2do. Juzgado Unipersonal de Cerro Co-lorado- Arequipa, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y ordenarse su captura. ; Secretario: Moreano (28-29-31 AGOSTO)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-6113-45 (Imputado) RAUL QUISPE BENAVENTE, delito OMIISION A LA ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado MAGDALENA ISABEL MANRIQUE QUISPE, NOTIFICACION, SE REQUIÉ-RE al sentenciado QUISPE BENAVENTE, RAUL, para que en el plazo del tercer día de notifi ca-do cumpla con pagar el monto de la reparación civil y pensiones alimenticias conforme sen-tencia N° 202- 2016 BAJO APERCIBIMIENTO de internamiento en inpe ; Secretario: CORDERO

La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

(28-29-31 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-1713-0 (Agraviado) CARLOS ALBER-TO RAMOS CAMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agravia-do CARLOS ALBERTO RAMOS CAMA, DILIGEN-CIA 04-10-2017, 12.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (28-29-31 AGOS-TO)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-185-81 (Imputado) JOSE LUIS CON-DORI LUQUE, delito Robo agravado en grado de tentativa , agraviado Ruce Marcelino Ramos Colque, NOTIFICACION 2017-11-06, 10:00 am, Res. 03: Se pone en conocimiento del impu-tado José Luis Condori Luque, que la fi scalía a formulado revocatoria de la medida de com-parecencia con restricciones en su contra, para lo cual se reprograma la audiencia para el día 06-11-2017, a horas 10:00 am, la misma que se realizara en la sala de audiencias del juzga-do de investigación preparatoria de Caravelí bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado de elección de los imputados de realizarse la audiencia con el defensor publico ; Secretario: USUCACHI (28-29-31 AGOSTO)

EDICTOS

EDICTO

En el Expediente N° 03437-2017-0-0412-JR-CI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dine-ro seguido por BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK en contra de la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, tramitado en la Vía del Proceso Úni-co de Ejecución, por ante el Segundo Juzgado Civil – Sede Paucarpata, Juez Aurelio Ronald Valencia de Romaña, con intervención del Es-pecialista Legal Dr. Rubén Yanahuaya Rosales, se ha dispuesto la notifi cación por edictos a la SUCESION DE QUIEN EN VIDA FUERA JULIA CANO VIUDA DE RAMOS, habiéndose expedi-do La Resolución Nº 04 de fecha 10/08/2017, en cuya parte resolutiva se ha dispuesto lo siguiente: “SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO interpuesta por BANCO INTERNA-CIONAL DEL PERU – INTERBANK, representado por Edgardo Vega Urrutia, demanda que se di-rige en contra de la sucesión de quien en vida fuera Julia Cano Viuda de Ramos; en la vía del proceso único de ejecución. SE DISPONE: Que la ejecutada pague al ejecutante la cantidad de Cincuenta y seis Mil Ochocientos Veintiuno Soles con 04/100, monto del pagaré puesto a cobro, más los intereses compensatorios y moratorios pactados desde el incumplimien-to de la obligación hasta el pago total, a favor de la ejecutante, en el plazo de cinco días de notifi cado, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada. A efecto de notifi car a la demandada, la demandante deberá de presen-tar la inscripción de declaratoria de herederos de la causante, en su defecto notifíquese por edictos a la sucesión con arreglo a ley. TOMESE RAZON y HAGASE SABER”.-- Rubén Yanahuaya Rosales – Secretario Judicial.- (24-25-28 Agos-to) B/E 031-11860.

EDICTO

ANTE EL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES, EL JUEZ OSCAR QUILLUYA PUMA,

ESPECIALISTA L.: ARMANDO VILLANUEVA JI-MENEZ, EXPEDIENTE N° 997-2016-0405--JM CI-02. 1.- SE ADMITE A TRAMITE LA SOLICITUD DE DECLARACION DE MUERTE PRESUNTA IN-TERPUESTA POR GLORIA LUCIA VALDIVIA PAC-SI A EFECTO DE QUE SE DECLARE LA MUERTE PRESUNTA DE QUIEN EN VIDA FUE FRUCTUO-SO HUAMANI CHOQUE. 2.- SE SEÑALA FECHA PARA REALIZACIÓN DE AUDIENCIA DE ACTUA-CIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, PARA EL DIA 25 DE OCTUBRE DEL 2017 A LAS 10 A.M. EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL 2° JUZGADO MIXTO DE CAYLLOMA SEDE MAJES: 3.- SE ORDENA SU PUBLICACION POR EL PLAZO DE 3 DIAS, ARE-QUIPA, 22 DE AGOSTO DEL.- Armando V. Villa-nueva Jiménez – Secretario Judicial.- Carlos Chávez Castillo – ABOGADO.- (25-28-29 Agos-to) B/E 031-11897.

EDICTO

Ante el 10mo Juzgado Civil, a cargo de la Jueza Zoraida Julia Salas Flores, Especialista Gildo Alexander Gutiérrez Chalco, expediente n° 4036-2017. Mara Juana Carpio Ninacondor solicita cambio de nombre de su partida de nacimiento n° 8226 en el sentido de reem-plazarse el segundo nombre Juana por el de Valeria y el apellido materno Ninacondor por Herrera y agregar a mi apellido paterno Carpio el antefi jo “del “debiendo quedar en lo sucesivo como MARA VALERIA DEL CARPIO HERRERA. Arequipa 23 de agosto 2017.- Marisol Luna Rosas – ABOGADO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11907.

EDICTO

Conforme a lo ordenado en el expediente ju-dicial 5273-2014-0-0401 -JP-PE-02 que sobre faltas contra la persona sigue NATALIA YESI-CA GAMARRA SALAZAR en contra de JUAN BAUTISTA SACAPAYO CHOQQUECCOTA, faltas contra el patrimonio en la modalidad de da-ños, secretario: SANDOVAL ARENAS JORGE del SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL - sede Cerro Colorado Corte Superior de Justicia Arequipa ubicado en calle Alfonso Ugarte 119 Distrito de Cerro Colorado. III PARTE RESOLU-TIVA: admitir a trámite la querella interpuesta por Natalia Yesica Gamarra Salazar corriente de folios veintinueve a cincuenta i cuatro y su ampliación de folios sesenta i sesenta i uno y conforme a su estado se corre traslado a la parte querellada por el termino de cinco días, debiendo de notifi carse con copia de folios an-tes indicado en forma de ley, asumiendo com-petencia la juez que autoriza, tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso número 5273-2014 Arequipa 25 de agosto del 2017.- Jorge Sandoval Arenas – Secretario Judicial.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11926.

JUZGADO DE PAZ LETRADO - Sede Caravelí. EXPEDIENTE: 00342-2016-0-0403-JP-FC-01. MATERIA: ALIMENTOS. JUEZ: JIMENEZ PACHAO CESAR AUGUSTO. ESPECIALISTA: SALINAS LUNA HERNAN ALBERTO. DEMANDADO: CHO-QUETICO TICONA, EDGAR. DEMANDANTE: MA-MANI CONDORI, LUCIA ALBERTA. Edicto. En el Exp. N° 342-2016-FC sobre Alimen-tos seguido por LUCIA ALBERTA MAMANI CON-DORI en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO-NA, el Juzgado de Paz Letrado de Caraveli ha expedido la Resolución N°1) ADMITIR a trámite la demanda sobre ALIMENTOS interpuesta por LUCIA ALBERTA CONDORI MAMANI, quien ac-túa en representación de los menores OLIVER EDGAR y EDUARDO DAVID CHOQUETICO MA-MANI, en contra de EDGAR CHOQUETICO TICO-NA, adecuándose a la vía del PROCESO ÚNICO, por ofrecidos los medios probatorios y agré-guese a sus antecedentes los anexos acompa-ñados, en consecuencia Correr TRASLADO a la parte demandada por el plazo excepcional para el caso de notifi cación por edictos por el lapso de quince días bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.- Hernán Alber-to Salinas Luna – Secretario Judicial.- (28-29-31

Agosto) B/E 031-11923.

EDICTO

Por ante el TERCER JUZGADO DE PAZ LETRA-DO - SEDE CENTRAL - AREQUIPA, en el Exp. 2582-2017 -0-0401-JP-CI-03, que despacha la Juez Dra. María Soledad Bellido Angulo, con el Especialista Dr. Justino Rivera Collanqui, que sobre SUCESIÓN INTESTADA siguen MARIA ELI-ZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELI-ZABETH ALARCON BERNEDO y HENRY EFRAIN ALARCON BERNEDO; el referido despacho, me-diante Resolución N° 02-2017 de fecha 26 de julio del 2017 ha RESUELTO: A) ADMITIR A TRA-MITE LA DEMANDA DE SUCESIÓN INTESTADA QUE HA INTERPUESTO POR MARIA ELIZABETH BERNEDO DE ALARCON, SANDRA ELIZABETH ALARCON BERNEDO Y HENRY EFRAIN ALAR-CON BERNEDO CON CITACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO Y LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA DE AREQUIPA, debiendo sustanciarse en la vía procedimental del proceso NO CON-TENCIOSO; y B) Ha DISPUESTO que las solicitan-tes EFECTÚEN LAS PUBLICACIONES DE LEY en el diario ofi cial El Peruano y República, por una sola vez, conforme a los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil y la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, debiendo expedirse los partes dobles correspondientes, con citación de la Benefi cencia Pública y del Ministerio Publico. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios y agregándose a los antecedentes los anexos acompañados. Ello se comunica, y se hace de conocimiento con-forme a ley. Tómese razón y hágase saber.- Are-quipa, 24 de agosto del 2017.- (28 Agosto) B/E 031-11925.

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Pro-vincia de Caraveli Departamento de Arequipa. Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente N° 28-2017 doña MARIA ELENA LANCHO MARQUEZ VIUDA DE GRANDA, solicita la Sucesión Intes-tada de su madre DORILA MARQUEZ VDA DE MARTINEZ, fallecido el día 29 de Abril de 2013 en la Ciudad de Lima, siendo su último domici-lio en el distrito de Lima. Lo que comunico para que se presenten los que se crean con derecho a la herencia. Acari, 10 de Agosto de 2017.- Car-los Benites Machuca – Secretario Judicial.- (28 Agosto) B/E 031-11930.

EDICTO

En el expediente 4363-2015-0-0401-JR-FC-03 sobre DIVORCIO POR CAUSAL seguido por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD el Juez de Juzgado Especializado de Familia de Hunter doctor Roberto Soncco Valencia ha dispuesto notifi car por edictos a PIERRE EVRARD JEAN CLAUDE con la resolución N° 03 de fecha cinco de junio del dos mil trece, cuya parte pertinente es como sigue: “SE RESUEL-VE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso de Conocimiento la demanda interpuesta por KATHERINE NANCY BETTY CABRERA MARQUEZ en contra de JEAN CLAUDE PIERREW EVRARD y el MINISTERIO PÚBLICO sobre DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACIÓN DE HECHO por un período ininterrumpido mayor de cuatro años y en forma acumulativa originaria y accesoria, el fenecimiento del régimen de la sociedad de gananciales, se declare la pérdida del de-recho hereditario entre los cónyuges, el cese de la obligación alimentaria entre el marido y la mujer, el reconocimiento de tenencia de los menores Jerome André y Sandrine Valerie Evrard Cabrera a favor de Katherinne Nancy Betty Cabrera Márquez, la variación del régi-men de visitas, la privación de la patria potes-tad de Jean Claude Pierre Evrard con respecto a sus menores hijos, SE CONFIERE EL PLAZO DE TREINTA DÍAS HÁBILES a los demandados para que absuelvan el traslado de la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en

caso de incumplimiento; téngase por ofrecidos los medios probatorios presentados y agré-guese a sus antecedentes los documentos ad-juntos. R.H.S.- y Resolución número 6 de fecha veintiocho de abril del dos mil diecisiete: (parte pertinente) “SE DISPONE NOTIFICAR mediante edictos la resolución admisoria y la presente, al demandado JEAN CLAUDE PIERRE EVRARD, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, debiendo realizarse las publicaciones respectivas con arreglo a lo dispuesto en los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil a gestión y costo de la de la solicitante.- Are-quipa, dos mil diecisiete, agosto once.- Norma Quispe Flores – Secretaria Judicial.- (28 Agosto – 04-08 Setiembre) B/E 031-11931.

EDICTO JUDICIAL: PRESCRIPCION ADQUI-

SITIVA

ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL de Arequi-pa despachado por el Dr. DUEÑAS TRIVIÑOS URIEL en el expediente 2887-2017 bajo la ac-tuación del secretario judicial Dra. AMPUERO VILLEGAS ALESSANDRA VANESSA, se ha emi-tido la resolución N°2 que resuelve admitir la demanda interpuesta por CONDE QUISPE ALE-JANDRO y MAMANI DE CONDE MAXIMILIANA sobre prescripción adquisitiva en contra de BANCO DE MATERIALES SAC en liquidación; con emplazamiento de los colindantes Jorge Bernardo Villanueva Coaguila, Banco Materia-les SAC, Walter Carrillo Sosa y al Procurador Público de la Superintendencia de Bienes Na-cionales debiendo de sustanciarse en la vía procedimental de proceso abreviado y conse-cuencia se corra traslado de la demanda por el termino de diez días al demandado para su contestación; asimismo, dispongo se notifi que con la 10 de agosto del 2017.- ALESSANDRA AMPUERO VILLEGAS ESPECIALISTA LEGAL SE-GUNDO JUZGADO CIVIL. (16-22-28 agosto) B/E 031-11696.

NOTIFICACIONES

NOTIFICACIÓN JUDICIAL

En el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco, a cargo de la Srita. Juez Dra. Ross Mery Tamata Kehuarucho se viene tramitando el Proceso Familia Civil N° 00146-2015- -0-1001 -JP-F-C-04, seguida por VILMA TINCO JIMENEZ contra SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, EFRAIN ROBERTO AVENDAÑO BORDA, RO-BERTO MANUEL AVENDAÑO AREVALO, DORIS LUIS AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL ROBERTO AVENDAÑO CORRIDO., MARGOT AVENDAÑO CORRIDO, MANUEL FRANCISCO AVENDAÑO MARCA, ANTHONY JUNIOR AVENDAÑO CO-RRIDO, y contra los herederos legales de LUISA BORDA DE AVENDAÑO, sobre PRORRATEO DE ALIMENTOS; cúmplase con notifi car por edicto Judicial de esta ciudad y por edicto de mayor circulación de la ciudad de Arequipa a SONIA MARGARITA VARGAS JALIRI, conforme a ley H.S. secretaría Judicial J:P:Huanca.C. Cusco, 16-08-2017.- JUANA PAULA HUANCA CCAPCHA – SECRETARI DE JUZGADO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11919.

NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTO. En el Expe-diente N° 06390-2013-0- 0401 -JR-C1-06, en los seguidos por HIMLER RONALD OROSCO GONZALES, en contra de MERCEDES PAJUELO, sobre nulidad de acto jurídico, en el 6° Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco, mediante resolu-ción N° 22 del 14 de julio del 2017, ha dispues-to la notifi cación por edicto a los sucesores de MERCEDES PAJUELO. Resolución N° 22, VISTOS Y CONSIDERANDO, SE RESUELVE: SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO POR TREINTA DÍAS, a efecto de que dentro de dicho plazo compa-rezca al presente proceso la sucesión procesal de doña MERCEDES PAJUELO, a quienes deberá notifi cárseles por Edictos, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuarse el séquito del proceso. Tómese razón y hágase

saber. PODER JUDICIAL. Juez Dra. Patricia Ruby Valdivia Franco. CORALIA RAMOS COAGUILA - ESPECIALISTA LEGAL, 6o Juzgado Justicia de Arequipa.- (28-29-31 AGOSTO) B/E 031-11928.

REMATES

PRIMER REMATE

En el proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente 04103-2015-0-0412-JP-CI-03 seguido por COMPARTAMOS FINANCIE-RA S.A. en contra de Victoria Magdalena Zea Pilco y Yolanda Huacasi Miranda, el Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpa-ta, Dra. Johanna Suley Téllez Fernández, con intervención del Especialista Legal Ricardo Zamata Lima han autorizado al Martillero Pú-blico Hamlet Chávez Martínez para que lleve a cabo el Primer Remate del inmueble ubicado en el Pueblo Joven Villa El Golf, Manzana H, Lote 7 del distrito de Socabaya, provincia y de-partamento de Arequipa; cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la Partida P06044413 del Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Are-quipa. TASACIÓN: U.S. $ 104 993.50 (ciento cua-tro mil novecientos noventa y tres y 50/100 dó-lares de los Estados Unidos de Norteamérica).BASE DEL REMATE: U.S. $ 69 995.66 (sesenta y nueve mil novecientos noventa y cinco y 66/100 dólares de los Estados Unidos de Nor-teamérica). GRAVÁMENES: 1) Asiento 0007. Inscripción de Embargo. Medida Cautelar de Embargo Fuera de Proceso que afecta al in-mueble inscrito en esta partida hasta por la suma de treinta mil nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución 02-2014 de fecha 11.08.2014 emitida por Karina Fiorella Apaza del Carpio, Jueza del Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, asistida por el Secretario Judicial José Humberto Núñez Mu-ñoz. Expediente 08267-2014-51-0401-JP-CI-01 que sigue MIBANCO Banco de la Microempre-sa S.A. en contra de Yolanda Huacasi Miranda. 2) Asiento 0008. Inscripción de Embargo. Se constituye medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Muni-cipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de S/. 8 000.00 nuevos soles sobre el bien inscrito en esta partida de propiedad de Yolanda Huacasi Miranda. Se procede en mérito a la Resolución 02 de fecha 03.11.2014 en el Expediente 4765-2014-66-0401-JP-CI-01 del Primer Juzgado de Paz Letrado de Are-quipa, Javier Talavera Ugarte, asistido por el Secretario Judicial, Edwin Apaza Campos, la documentación fue remitida mediante Ofi cio 787-2014-1JPLA-EAC de fecha 25/11/2014. 3) Asiento 0009. Inscripción de Embargo. Por Re-solución 01 de fecha 12/03/2015 y Resolución 02 del 23/06/2015, recaídas sobre el Expedien-te 993-2015-36-0412-JP-CI-02 del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Paucar-pata, Jessica Vargas Hilasaca con intervención del Especialista Legal Neysme Absi Luque, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción la cual debe recaer sobre la propiedad que le corresponde a la demandada Yolanda Huacasi Miranda respec-to del predio inscrito en la presente partida hasta por la suma de S/. 18 000.00 a favor de Caja Rural de Ahorro y Crédito INCASUR S.A. 4) Asiento 00010. Inscripción de Embargo. Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción que afecta el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Yolanda Huacasi Miranda hasta por la suma de Treinta mil con 00/100 nuevos soles. Se anota esta medida en mérito a la Resolución 02 de fecha 18.09.2015 emitida por Silvana Pacheco Tejada, Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, asistido por Especialista Jessica Alfi na Malca Saavedra, en el cuaderno de medida cautelar fuera de proce-so solicitada por COMPARTAMOS FINANCIERA S.A. en contra de Yolanda Huacasi Miranda y

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

otra. Expediente 4103-2015. 5) Asiento 00011. Inscripción de Embargo. Por Resolución 02 de fecha 19.01.2016, recaída sobre el Expediente 4598-2015-73-0412-JP-CI-02, del proceso de Obligación de Dar Suma de Dinero, la Jueza del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Mó-dulo Básico de Justicia de Paucarpata – Jessica Vargas Hilasaca con la intervención de la Espe-cialista Ángela Briseida Mostacero Rosas, ha resuelto dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción, la suma deberá recaer sobre el inmueble inscrito en esta partida, pro-piedad de Yolanda Huacasi Miranda, hasta por la suma de S/. 16 548.95 a favor de MIBANCO Banco de la Microempresa S.A. REQUISITOS PARA SER POSTOR los postores oblarán en efec-tivo o cheque de gerencia a nombre del postor el 10% de la tasación es decir U.S. $ $ 10 499.35 (diez mil cuatrocientos noventa y nue-ve y 35/100 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) además de arancel judicial res-pectivo consignando el juzgado, DNI del pos-tor y número de expediente. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en la Sala de Lectura del Archivo Modular de los Juzgados de Paz Letrados, sito en el Centro Cívico 15 de Agosto, Tercer Piso, ubicado en la Av. Salaverry N° 701 con calle José Santos Cho-cano s/n del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa el 7 de setiembre del 2017 a las 8.30 horas. Honorarios del mar-tillero público corren por cuenta del adjudica-tario conforme al art. 732 del CPC., además del IGV. Arequipa, 2017, agosto 23.- Hamlet Chávez Martínez – Martillero Publico.- Ricardo Zamata Lima – Especialista Legal.- (23-24-25-28-29-31 Agosto) B/E 031-11863.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

PÚBLICO

En los seguidos por RENE ALFREDO VERA CARBAJAL y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS contra BLANCA ROSA CARBAJAL VIUDA DE VERA, además COMO TERCERO ACREEDOR NO EJECUTANTE WALTHER CESAR ROBLES LAZO y RENZO MEZA PAREDES; sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente Nº 1811-2012-0-0401-JR-CI-07, el Sétimo Juzga-do Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Espe-cialista legal Dra. Glenda María Cárdenas En-chuña, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Mz. F Lote 24 – Ur-banización Lambramani – Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas pe-rimétricas que corre inscrito en la partida Nº 01121156 del Registro de Propiedad Inmueble – Registro de Predios de la Zona Registral XII – Sede Arequipa. VALOR DE LA TASACIÓN JU-DICIAL: US$ 223,146.43 (doscientos veintitrés mil ciento cuarenta y seis con 43/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 148,764.28 (ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con 28/100 dólares americanos), equi-valente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTA-CIONES: D00003 HIPOTECA sobre el inmueble inscrito en esta partida otorgada por sus pro-pietarios, hasta por la suma de US$ 60,000.00 a favor de RENE ALFREDO VERA CARBAJAL y SOLEDAD BEATRIZ MENDOZA VARGAS según poder inscrito en la partida Nº11152551; con el objeto de garantizar la deuda de US$60,000.00. Según y más ampliamente consta en la Escri-tura Publica Nº 982 de fecha 13/03/2012 otor-gada ante Notario Público de Arequipa Cesar Fernández Dávila Barrera. C00008 COMPRA VENTA MARCO ANTONIO MALAGA ZENTENO ha adquirido el dominio del inmueble inscrito en esta partida por el precio de US$25,000.00 cancelados, según la Escritura Publica Nº 5177 de fecha 20/11/2012 ante Notario Pú-blico Cesar Fernández Dávila Barrera. D00005 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION Por Resolución Nº 01 de fecha 10/01/2014 sobre el Expediente Nº 2950-2013-51-0401-JP-CI-01 sobre ejecución de garantías, Luis Torreblanca

Gonzales – Juez del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Arequipa, asistido por la especialista legal Shirley Gonzales Lizarraga; ha resuelto conceder Medida Cautelar de Embar-go en forma de Inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de MAR-CO ANTONIO MALAGA ZENTENO hasta por la suma de S/.13,000.00 a favor de la Caja Muni-cipal de Ahorro y Crédito de Arequipa. D00006 CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA Los cónyuges WALTHER CESAR ROBLES LAZO y FANNY ARCE VALDIVIA tienen la facultad de celebrar contrato de compra venta con MARCO ANTONIO MALAGA ZENTENO respecto al pre-dio inscrito en la presente partida registral. Así consta más ampliamente de la escritura públi-ca del 10/11/2015 autorizado por notario Fer-nando Denis Begazo Delgado en la ciudad de Arequipa. D00007 RECTIFICACION DE OFICIO Se rectifi ca el Asiento D00003 de la presente partida, en el sentido que el monto de la Hipo-teca asciende a la suma de US$80,000.00, y no como se consignó. Se procede en mérito al Tí-tulo Archivado Nº 2012-28315. DIA Y HORA DE REMATE: El 18 de setiembre de 2017 a las 10:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Rema-tes de la Corte Superior de Justicia de Arequi-pa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justi-cia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una can-tidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respecti-va tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser per-sona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuen-ta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público – Reg. N° 305.- Glenda María Cárdenas Enchuña – Especialista Legal.- (23-24-25-28-29-31 Agosto) B/E 031-11869.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por Alfredo Rodríguez Medina con Carla Isabel Zapata Gonzales, Carmen Can-delaria Zapata Gonzales, Carlos Enrique Zapata Llerena, y Ana Isabel Gonzales de Zapata, so-bre Obligación de Dar Suma de Dinero, EXP. N° 3367-2007-0-0401-JR-CI-06, el Segundo Juzga-do Especializado Civil de Arequipa, a cargo del Señor Juez Dr. Uriel Dueñas Triviños y Especia-lista Legal Dra. Alessandra Vanessa Ampuero Villegas, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente:1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble ubicado en la Manzana B, Lote 22, de la Urba-nización El Lago, Arequipa, Provincia y Depar-tamento de Arequipa, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritas en la Partida N° 01121658 del Registro de Predios, de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. 2.- VA-LOR DE TASACION: 2´257,354.01 (Dos millones doscientos cincuenta y siete mil trescientos cincuenta y cuatro con 100 Soles). 3.- BASE DEL REMATE: 1´504,902.67 (Un millón quinientos cuatro mil novecientos dos con 67/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. 4.- AFECTACIONES: a) Hipoteca.- A Favor de Banco del Banco Continental hasta por la suma de US $ 133,000.00, la misma que ha sido ampliada y ratifi cada, según consta en los asientos D00007, D00008, D00009, D00010, D00011, D00012, D00013, D00014, D00015, D00016, D00017, D00019, D00020, y D00021 de la Partida N° 01121658 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. b) Embargo.- A Favor de Cold Import S.A hasta por la suma de S/.35,000.00, ordenado por el Quinto Juzgado Civil de Arequipa, inscrito en el asiento D000018 de la Partida N° 01121658 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII Sede Arequipa. c) Embargo.- A favor de Al-fredo Rodriguez Medina hasta por la suma de S/.120,000.00, ordenado por el Segundo Juz-gado Civil de Arequipa, inscrito en el asiento

D00022 de la Partida N° 01121658 del Regis-tro de Predios dela Zona Registral N° XII Sede Arequipa. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 18 de Septiembre del 2017, a las 11:00 de la maña-na. 6.- LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicado en la Plaza España s/n, del distrito, provincia y departamento de Are-quipa 7.- LOS POSTORES: Obrarán el 10% del valor de la Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia, presentarán su DNI y Arancel Judicial indicando número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia del Arancel y del DNI). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional N° 142. Cel. 998706190. Mail: [email protected] Alessandra Ampuero Villegas – Especialista Legal (S).- (24-25-28-29-31 Agosto – 01 Setiem-bre) B/E 031-11891.

PRIMER REMATE

En el expediente 031-2010-JP-ASA sobre obli-gación de dar suma de dinero que sigue como demandante Samuel Teodoro Panihuara Cor-puna en contra de Ruiz Benito Panihuara Cor-puna, el Señor Juez del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre doctor Enrique Cárdenas Medina, con intervención del Secretario Judicial Ricar-do Condori Sencara, ha convocado al PRIMER REMATE del bien inmueble ubicado en Centro Poblado Uñon, Manzana M, lote 4, en el distrito Uñon, Provincia Castilla, departamento Arequi-pa., inscrito en la partida P06228082 del Regis-tro de Predios de la Zona Registral XII - Sede Arequipa. Habiéndose designado al Martiliero Público Percy Luis Cornejo Barragán, quien con la facultad otorgada por el juzgado ha señala-do la realización del primer remate para el día 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2017 A LAS 04:00 P.M. (CUATRO DE LA TARDE) el remate se realizará en el Local del Juzgado de Paz de Alto Selva Alegre ubicado en la Avenida Brasil N° 100, distrito Alto Selva Alegre, provincia y depar-tamento de Arequipa. Tasación: S/.11,190.00 (once mil ciento noventa con 00/100 soles). Precio Base del primer remate: S/.7,460.00 (sie-te mil cuatrocientos sesenta con 00/100 soles. Depósito para ser postor: el postor depositará antes del remate, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, la cantidad dine-rada equivalente a no menos del 10% del valor de la tasación de los derechos y acciones a re-matar y presentará su documento nacional de identidad, las personas jurídicas presentarán vigencia de poder. Afectaciones: Asiento 0005 Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 8,800.00 a favor de Samuel Teodo-ro Panihuara Corpuna, el mismo que deriva del presente proceso. El adjudicatario cancela los honorarios del Martillero Público conforme al artículo 18 del D.S. 008-2005-JUS, Ley 27728 y están afectos al Impuesto General a las Ventas (I.G.V.). El remate será efectuado por el Marti-liero Publico Percy Luis Cornejo Barragán con registro número 247, Celular 992014422. Are-quipa, 21 de julio del 2017.- Ricardo Condori Sencara – Secretario Judicial.- (25-28-29-31 Agosto – 01-04 Setiembre) B/E 031-11892.

TERCER REMATE

EN EL PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº01789-2015-0-0401-JR-CI-03, SEGUIDO POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, EN CONTRA DE SA-BINO MAMANI APAZA Y ROXANA JUDITH AL-MONTE FLORES; CON INTERVENCION DE TER-CEROS: FONDO DE DESARROLLO REGIONAL FONDESURCO Y JULIANA FEBRES GALLARDO. EL SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO ESPE-CIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, ZOILO ALCIDES CHAVEZ MAMANI, ESPECIALISTA LEGAL YERAL-DO ALEXANDER CAMPOS CORNEJO, A NOM-BRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN

ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA DILI-GENCIA DEL TERCER REMATE JUDICIAL, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 11 DE SETIEMBRE DEL 2017 A LAS 15:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECU-TARA, EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, PLAZA ESPAÑA S/N, DISTRITO DE AREQUIPA, AREQUIPA (SOTANO); SOBRE ELSIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBI-CADO EN EL CENTRO POBLADO PAMPACOLCA MZ. O3, LOTE 22, DISTRITO DE PAMPALCOLCA, PROVINCIA DE CASTILLA, AREQUIPA; AREA 810.25M2, CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS, LINDEROS Y DEMAS CARACTERISTICAS SE EN-CUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.P06204789 DE LA ZONA REGISTRAL NºXII SEDE AREQUIPA, OFICI-NA REGISTRAL DE AREQUIPA. TASACION TOTAL: US$28,502.00 DOLARES AMERICANOS;PRECIO BASE US$.13,728.16 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VA-LOR DE TASACION (US$.2,850.20 DOLARES AMERICANOS), MAS ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POS-TOR EN REMATE JUDICIAL.AFECTACIONES: 1).- ASIENTO Nº0004 DE LA PARTIDA REGISTRAL P06204789 HIPOTECA A FAVOR DE CAJA MU-NICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA HASTA POR LA SUMA DE US$.28,502.00 DOLA-RES AMERICANOS, 2).- MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FA-VOR DE JULIANA FEBRES GALLADO HASTA POR LA SUMA DE S/.32,000.00 SOLES CONFORME LO INDICA EL ASIENTO D00005 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06204789 3).- MEDIDA CAUTE-LAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION A FAVOR DE FONDESURCO HASTA POR LA SUMA DE S/.10,000.00 SOLES CONFORME LO INDICA EL ASIENTO D00006 DE LA PARTIDA REGISTRAL NºP06204789, SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDI-CATARIO DEL ACTO. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM: #959648263, AREQUIPA, 2017-08-22.- Yeraldo A. Campos Cornejo – Es-pecialista.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11927.

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

PÚBLICO JUDICIAL

En el expediente Nro.01779-2016-0-0401-JR-CI-07, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU LTDA contra ED-SON JOSE HERRERA GARAY y JOSE ALEJANDRO HERRERA BEDOYA, sobre Ejecución de Garan-tía, el Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, que despacha el Juez Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez y Especialista Legal Dra. Kenia Male-na Risco Berrocal, han dispuesto sacar a REMA-TE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble ubicado en Pueblo Tradicional Urbanización Mariano Melgar Mz. R, Lote 22A (Actualmente Calle Chancay Nº214), Distrito Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa, dominio, linderos, medidas pe-rimétricas y demás características técnicas, se encuentran inscrito en la Partida P06160190, del Registro de Predios de la Zona Registral Nro. XII-Sede Arequipa. VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, as-ciende a la suma de US$169,618.20 (Ciento sesenta y nueve mil seiscientos dieciocho con 20/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de la tasa-ción es equivalente a US$113,078.80 (Ciento trece mil setenta y ocho con 80/100 Dólares Americanos). AFECTACIONES DEL BIEN: Según la Partida Registral aparecen en los asientos: 00010: Hipoteca: Constituida por su propieta-rio como garante hipotecario de Edson Herrera Garay a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito del Sur, Prestasur, hasta por la suma de US$45,000.00 Dólares Americanos, para garan-tizar el cumplimiento del pago del crédito de US$30,000.00, otorgado a favor de Edson He-rrera Garay, según consta de la Escritura Públi-

ca de fecha 11.04.2007, otorgada ante Notario Fernando Begazo Delgado. LUGAR DEL REMA-TE: En la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, ubicada en la esquina formada por la Avenida Siglo XX y Plaza Espa-ña S/N Arequipa. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 26 de setiembre del 2017, a horas 08:15 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya deposita-do, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la ta-sación, esto es la suma de US$16,961.82 suma que será devuelta íntegramente a los postores no benefi ciados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/.810.00, donde conste el nombre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurídicas deberán además de presentar po-der correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honora-rios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Códi-go Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de remate estará a cargo del Mar-tillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. Arequipa, 23 de Agosto del 2017.- Kenia Malena Risco Berrocal – Secretaria Judicial.- (28-29-31 Agosto – 01-04-05 Setiem-bre) B/E 031-11929

EDICTO

PRIMER REMATE JUDICIAL.- Exp. 04106-2015-0-0401-JR-CI-02 en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA contra PEDRO JESUS CARPIO MONTES Y MARTINA MATILDE LOAIZA DE CARPIO, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS. El Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, que Despacha el Sr. Juez Dr. Uriel Dueñas Triviños, Especialista Legal Dra. Ales-sandra Vanessa Ampuero Villegas; ha dispues-to sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes inmuebles: -1.-) INMUE-BLE: Constituido por Terreno Rustico, ubicado en el Sector Ongoro, denominado Nazareno OL-V; U.C. 09056; Código de Predio 8-7708235-09056. Valle de Majes, Distrito de Aplao, Pro-vincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con un área 0.6400 Ha, inscrito en la Partida Nº 04003287, Zona Registral Nº XII, Sede Are-quipa, Ofi cina Registral de Aplao. 1.1) VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de suma de US$. 29,120.00 (VEINTINUEVE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos ter-ceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 19,413.33 (DIE-CINUEVE MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 33/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 19 de setiembre del 2017 a horas 12:00 del mediodía. 1.4) CARGAS Y GRAVAME-NES: HIPOTECA: (Inscrita en el asiento D00002 de la Partida N° 04003287). Constituido por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$. 17,280.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 20/04/2012, ante Notario Carlos Soto Coaguila. 2.- INMUE-BLE: Constituido por Terreno Rustico, ubicado en Sector Ongoro, denominado Nazareno OL5; U.C. 09057; Código de Predio 8-7708235-09057, Valle de Majes, Distrito de Aplao, Provincia de Castilla, Departamento de Arequipa, con un área de 0.6100 Ha y área edifi cada total de 160 m2, inscrito en la Partida Nº 04003292, Zona Registral Nº XII, Sede Arequipa, Ofi cina Regis-tral de Aplao. 1.1) VALOR DE TASACIÓN: Ascien-de a la suma de US$. 50,988.00 (CINCUENTA

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMA-TE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$. 33,992.00 (TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 19 de setiembre del 2017 a horas 12:30. 1.4) CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00002). Constituido por sus propietarios a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma de US$. 34,110.00 Dólares Americanos, según Escritura Pública de fecha 20/04/2012, ante No-tario Carlos Soto Coaguila. 3.- LUGAR DEL RE-MATE: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa – Sede Corte ubicada en Calle Siglo XX, esquina con Plaza España, Are-quipa. 4.- LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntaran la tasa judicial correspondiente por cada inmueble a rematar a la orden del Segundo Juzgado Civil de Arequipa, debiendo consignarse en la mis-ma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y fi rmas. El presente re-mate estará a cargo del Martillero Público Gus-tavo Daniel Matsuoka Sato, con Reg. 343. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario. CEL. 987116619. Arequipa, 07 de agosto del 2017.- Alessandra Ampuero Villegas – Especialista Legal.- (28-29-31 Agosto – 01-04-05 Setiembre) B/E 031-11933.

RECTIFICACIONES

RECTIFICACION DE PARTIDA

Ante esta Vicaria Judicial de la Prelatura de Chuquibamba, se ha presentado doña Mó-nica Valencia Dongo Cárdenas, quien solicita por única vez la rectifi cación de la partida de bautismo de Rosario Concepción Zúñiga Chiri-nos, que está registrada en el libro 06, foja 123, del Archivo Parroquial de San Pedro de Aplao - Prelatura de Chuquibamba; en su partida de Bautismo aparece sus nombres como: “RO-SARIO CONCEPCION”; Pide que sea corregida de la siguiente manera: su único nombre es:: “MARIA ROSARIO”; lo que se comunica a los interesados para los fi nes de ley.- Camaná, 24 de AGOSTO del 2017.- Pbro. Lie. Fermín Quispe Espinal, Vicario Judicial.- (28-29-31 AGOSTO) B/E 031-11932.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yudy Antonieta Untama Campos quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bau-tismo de Jose Jesús Blas Zevallos Untama en el Archivo de la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) - Arquidiócesis de Arequipa y afi rma que nació en Yura - Arequipa el seis de enero de mil novecientos ochenta y tres; hijo de don Juan de Dios Jamio Zevallos Zevallos y de doña Yudy Antonieta Untama Campos, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) - Arequipa el seis de enero de mil novecientos ochenta y cua-tro. Fueron sus padrinos don Héctor Domingo Valdez Zegarra y doña Luzmila Bustamante de Valdez.- Arequipa, 23 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – NOTARIO-ACTUARIO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11901.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Juan Vidal Palma Valdez quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de la Asunción (Chivay) - Arquidiócesis de Arequi-pa y afi rma que nació en Madrigal, Caylloma - Arequipa el dieciséis de enero de mil nove-cientos ochenta y dos, hijo de don Jacinto Ele-doro Palma Ccama y de doña Sofi a Ermelinda Valdez Cahui, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Iglesia San Santiago Apóstol (Madrigal) - Arequipa el veinticinco de julio de mil novecientos ochenta y tres. Fueron sus

padrinos don Prudencio Condori y doña Valen-tina Cayani de Condori. Arequipa, 23 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – NOTARIO-ACTUARIO.- (25-28-29 AGOSTO) B/E 031-11906.

AVISO

En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Jorge Raymundo Samanez Quispe quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bau-tismo en el Archivo de la Parroquia San Isidro Labrador (Mejía) - Arquidiócesis de Arequipa y afi rma que nació en Mollendo - Islay el siete de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho, hijo de don Guido Hugo Samanez Retamozo y de doña Yovana Beatriz Quispe Quispe, y que recibió el sacramento del Bautismo en la Parro-quia San Isidro Labrador (Mejía) - Arequipa el cinco de febrero de mil novecientos noventa y tres. Fueron sus padrinos don Jorge Cava-glia Estemplenton y doña Frida Berlanga de Cavaglia. Arequipa, 24 de agosto del 2017.- Dr. WALTER TOMÁS ROMAÑA FLORES – Notario-Actuario.- (28-29-31 Agosto) B/E 031-11924.

CAMBIO DE NOMBRE

EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SO-BRE CAMBIO DE NOMBRE, EXPEDIENTE N° 03476-2017-0-0412-JR-CI-02, TRAMITADO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO CIVIL - SEDE PAUCARPATA, ESPECIALISTA LEGAL ANA ROSA LUJAN ANTAYHUA; DORA CALDERON HUA-CHACA y JACINTO QUICO DUEÑAS SOLICITAN EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO ANIBAL HENRRY QUICO CALDERON, A FIN QUE SE AUTORICE QUE SE SUSTITUYA SU SEGUN-DO PRENOMBRE “HENRRY” POR EL DE “JAIRO”; DEBIENDO QUEDAR ASENTADO SU NOMBRE COMPLETO EN SU RESPECTIVA PARTIDA NA-CIMIENTO COMO “ANIBAL JAIRO QUICO CAL-DERON”. AREQUIPA, 2017, AGOSTO 28.- Oscar Oyola Velásquez – ABOGADO.- (28 AGOSTO) B/E 031-11905.

FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS

Ante mi Ofi cio Notarial, en Av. Panamericana N° 115, se ha admitido la solicitud de JACK RAUL PAEZ UYEN, sobre FORMACION DE TITULOS SU-PLETORIOS, del inmueble urbano ubicado en la calle Progreso s/n del Cercado de Ocoña. Dis-trito Ocoña, Provincia Camaná, Departamento Arequipa, con un área de 1,097.24 M2, con los linderos y medidas perimétricas siguientes: FRENTE, Calle Progreso, con 32.11 ml. COSTADO DERECHO, con Lote 19 de Oscar Gustavo Paez Salazar, con 32.57 ml. COSTADO IZQUIERDO, con propiedad de Oscar Gustavo Paez Salazar, con 32.56 ml. FONDO, con propiedad de Oscar Gustavo Paez Salazar (U.C. 07357), con 35.45 ml. Lo que se pone de conocimiento público para los fi nes de Ley. CAMANÁ, 2017 Agosto 10.- ANGEL MARTINEZ PALOMINO ABOGADO NOTARIO.- (16-22-28 AGOSTO) B/031-11722.EXPEDIENTE NRO: 033-2015-CSJA-JP40CT.DEMANDANTE: MARIA DEL ROSARIO. PAUCA MAYTA DEMANDADO: RILO ESTEBAN PAUCA MENDEZ. MATERIA: ALIMENTOS. CUADERNO: PRINCIPAL. NATURALEZA: JUSTICIA DE PAZ.- RESOLUCIÓN NRO. 11.- Arequipa, veinticuatro julio Del año dos mil diecisiete.-AL PRINCIPAL.- HAGASE EFECTIVO EL APERCBI-MIENTO DECRETADO EN AL RESOLUCION NRO. 10 y Remítase copias certifi cadas de los actua-dos correspondientes de la ejecución de sen-tencia por alimentos al Ministerio Publico de la Jurisdicción, a fi n de que procedan conforme sus atribuciones, debiendo tenerse presente que se desconoce el paradero actual del obli-gado.- OTÓRGUESE al demandado el plazo de tres días hábiles para recabar copias de la pre-sente resolución y el escrito presentado por la demandante.- AL OTROSI.- CÚMPLASE con no-tifi car mediante edictos la presente resolución, conforme los términos de ley, bajo sanción de nulidad.- Nathal S. Flores FloresSECRETARIO JUDICIAL Juzgado de Paz de 4 de Octubre.- (25-28-29 AGOSTO)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: N° 5418-2016 TURNO “A” CO-MISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CER-CADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A”. LA SEÑORI-TA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifi que mediante edictos a la parte IMPUTADA RAFAEL RODRIGUEZ SOTO CON LA RESOLUCIÓN NU-MERO NUEVE DE FECHA CATORCE DE AGOSTO del dos mil diecisiete que RESUELVE: Puesto a despacho en la fecha por la excesiva carga que soporta el Juzgado y advirtiéndose de autos que la parte imputada no ha cumplido con lo dispuesto en la resolución dos por lo se hace efectivo el apercibimiento prevenido y se le tiene por no presentado el escrito de aperso-namiento de fecha tres de junio del dos mil dieciséis y DE OFICIO: VISTOS: La constancia que antecede y los actuados en el presente proceso; y CONSIDERANDO: Primero.- Me-diante resolución número cuatro del dos mil diecisiete, se citó a juicio a la agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO por la comisión de Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas; disponiéndose que la agraviada debía concurrir con abogado, bajo apercibimiento de declararse su desistimiento tácito. Segundo.- Como aparece de la constancia que antecede (notifi cación por edictos a folios cuarenta y tres vuelta) la parte agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO no ha asistido a la audiencia señalada en el proceso con su abogado, no habiéndose jus-tifi cado su inasistencia dentro del término de ley; habiendo sido notifi cado con la resolución que lo cita como aparece de la constancia de folio 43 vuelta. Tercero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 483° inciso 1) del Código Procesal Penal, la persona ofendida con una falta puede denunciar su comisión ante la Policía o dirigirse directamente al Juez, comunicando el hecho, constituyéndose en querellante particular, asimismo, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 110° del mismo cuerpo normativo, se considerará tácito el desistimiento cuando el querellante particu-lar no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al fi nal de la audiencia. Cuarto.- Conforme a lo ante-rior, la inasistencia de la parte agraviada y la falta de justifi cación en el término de ley, de-terminan que se haga efectivo el apercibimien-to decretado; por lo que SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la agraviada RAFAEL RODRIGUEZ SOTO; del presente proce-so por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de GIO-VANNI CAPECHI en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones, debiendo notifi car-se mediante edictos a la parte imputada. ESPE-CIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ: (24,25, y 28 de agosto del dos mil diecisiete). Regístrese y notifíquese.

EDICTO

EXPEDIENTE: 02157-2017-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a María Eliza-beth Quispe Quispe, con la siguiente resolu-ción N° 01 Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada María Eliza-beth Quispe Quispe del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tó-mese razón y hágase saber.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 01389-2017-0-0401 -JP-PE-01 ES-

PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pala-cio Viejo ha dispuesto se notifi que a Teodora Villalba Camarero, con la siguiente resolución N° 02 Parte resolutiva. SE RESUELVE: Tener por desistida a la parte agraviada TEODORA VI-LLALBA CAMARENO del presente proceso por Faltas Contra el Patrimonio; en consecuencia: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Tó-mese razón y hágase saber.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 04245-2015-0-0401-JP-PE-01 ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5° Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Pa-lacio Viejo ha dispuesto se notifi que al impu-tado Lucy Reymunda Coaguila Apaza, con la siguiente resolución N° 07. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFECTIVO el apercibimiento contenido en la resolución número seis y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Rubén Carlos Castro Pulcha con DNI 29685248 con domicilio en Pueblo Joven Independencia, Manzana 09, Lote 05, Zona B, distrito de Alto Selva Alegre de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juz-gado el DIA 13 DE NOVIEMBRE DE 2017, A LAS 14:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado de-fensor de ofi cio para la parte imputada; asi-mismo, el agraviado Lucy Reymunda Coaguila Apaza y Blanca Juliana Villafuerte Mendoza, en su calidad de querellantes particulares debe-rán concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de de-clarar su desistimiento tácito, conforme auto-riza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - De-partamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secreta-ría del Juzgado notifi que debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos y mediante edictos conforme aparece de los an-tecedentes. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias; lo que imposibilita señalar audien-cias en fechas más próximas. Regístrese y co-muníquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernumeraria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

EXPEDIENTE: 07902-2016-0-0401 -JP-PE-01. ES-PECIALISTA: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN. 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubi-cado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifi que a Luis Alberto Suclle Limache con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. RESUELVO: HACER EFEC-TIVO el apercibimiento contenido en la resolu-ción número uno y en consecuencia: SE DISPO-NE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: Luis Alberto Suclle Limache con DNI 40293930 con domicilio en Urbani-zación Villa Paisajista Pampas del Cuzco 109, distrito de Jacobo Hunter de la provincia de Arequipa, a fi n de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 06 DE NOVIEMBRE DE 2016. A LAS 12:00 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose ofi ciar al Ministerio de Justicia para que designe un

abogado defensor de ofi cio para la parte impu-tada; asimismo, el agraviado Rocío del Carmen Soto Barreda, deberá concurrir con su Aboga-do Defensor, bajo apercibimiento de disponer su archivo provisional en caso de inconcu-rrencia, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportu-nidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departa-mento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los ofi cios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifi que debidamente a las par-tes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los pro-cesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que im-posibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Regístrese y comuníquese.- Maritza Alejandra Salomón Núñez – Jueza Supernume-raria.- (24-25-28 agosto).

EDICTO

Por medio de la presente, la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata 15 de Agosto, cita, notifi ca, emplaza a la demandante JANET CONDORI ROSADO a efecto de que tomen co-nocimiento de la resolución número dieciséis guión dos mil dieciséis mediante la cual, SE RE-SUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento dic-tado en autos mediante resolución trece guión dos mil dieciséis y en consecuencia, declarar la CONCLUSION del proceso sin declaración sobre el fondo; DISPONGO: 1. La devolución de los anexos presentados, dejando copias certifi cadas del mismo en autos a costo de la parte solicitante. 2. El Archivo del presente pro-ceso debiendo remitirse los autos al ARCHIVO CENTRAL PARA SU CUSTODIA en mérito a la Resolución Administrativa de Presidencia Nro. 623-2012-PRES/CSA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGA-SE SABER.- Yenny Soledad Condori Fernández – Juez Supernumeraria (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

El señor juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAYLLOMA - CHIVAY, DR. FLAVIO DIAZ MACHACA por intermedio del presente NOTIFICA a los agraviados JESÚS CA-TACORA CORNEJO, VICTORIA CONDORI HUALL-PA, ANDRÉS ALFREDO CRUZ CHISI, VILMA HUA-NAPACO QUISPE, MARIA YUCRA DE QUISPE, MARLENE ISABEL LLERENA VELARDE, MISIEL MENDIVIL CASTRO, GABRIEL RAMOS DE TORRE, CARLOS MARCISA RAMOS, SANDY GUTIÉRREZ CÁRDENAS, AYDE HUAYNACHO YAHUI, JORGE MILLAN RIVROS, PAMELA RUA ORE, MARITZA RUA ORE, ELSA CONDORI CONDORI, MARISOL YANA BOMBILLA, BACILIA YANA BOMBILLA Y FABRICIO CONDORI QUISPE con el contenido de la resolución 04 que reprograma AUDIEN-CIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEI-MIENTO señalada para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO del dos mil diecisiete a las DIEZ CON TREINTA horas en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artí-culo 351 del Nuevo Código Procesal Penal, con citación del Ministerio Público y los de-más sujetos procesales. Ello en el expediente 00252-2013-2-0405-JR-PE-01. Chivay, 20 de junio del 2017.- José Luis Cáceres Pizarro – Es-pecialista.- (24-25-28 Agosto)

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

EDICTO PENAL

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 067-2014-62-0405-JR-PE-01, NOTIFICA a la SUCESION DE LA PERSONA DE CARLOS CCOTO POCCO; a fi n de que la sucesión tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO que se sigue en contra JUAN ENRIQUE MEDINA GONZALES por el delito de HOMICIDIO CULPOSO previsto en el artículo 111 último párrafo del Código Penal en agravio de la SUCESIÓN DE CARLOS CCOTO POCCO, LA RESOLUCION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al sobresei-miento.- José Luis Cáceres Pizarro – Especialis-ta.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO

Exp. 2017-79, la Juez del Juzgado de Paz Letra-do de Orcopampa: LIDA BARRIOS SANCHEZ, Secretario Judicial: RAFAEL FERNANDEZ RIOS; ha dispuesto notifi car la Res. Nro. 01 del 28-04-2017 por edictos a las personas de: EFRAIN OSCAR VANEGAS HUANACUNI, proceso segui-do por JULIA MARIBEL HUISACAYNA HUAMANI en representación de su menor hija Shandeel Allyson Vanegas Huisacayna sobre FILIACION; que dice: “PARTE EXPOSITIVA, VISTOS: El escrito de demanda, anexos II. PARTE CONSIDERATIVA-PRIMERO.- DE LOS REQUISITOS DE ADMISIBI-LIDAD: La demanda reúne los requisitos esta-blecidos en los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, no encontrándose incursa en las causales de inadmisibilidad previstos en el ar-tículo 426 del Código referido. SEGUNDO.- DE LOS REQUISITOS DE PROCEDIBILIDAD: La de-manda cumple con los presupuestos procesa-les y condiciones de la acción, no apreciándose que se encuentre incursa en alguna de las cau-sales de improcedencia prevista en el artículo 427 del Código Procesal Civil. TERCERO.- Que la presente debe darse trámite en la vía espe-cial, prevista en la ley 28247, modifi cado por ley 29821, así mismo en virtud el artículo 01 de la referida ley, debe dictarse mandato de-claratorio de paternidad extramatrimonial y correr traslado al demandado de la pretensión de alimentos III. PARTE RESOLUTIVA: POR LO QUE SE RESUELVE.- Admitir la demanda de fi -liación judicial de paternidad extramatrimonial interpuesta por JULIA MARIBEL HUISACAYNA HUAMANI en representación de su menor hija Shandeel Allyson Vanegas Huisacayna, en con-tra de EFRAIN OSCAR VANEGAS HUANACUNI; así mismo se admite la pretensión acumulada de cobro de alimentos; en la vía especial de fi liación judicial de paternidad extramatrimo-nial. DISPONGO: 1.- Que el demandado cumpla con reconocer la paternidad de la menor: Shan-deel Allyson Vanegas Huisacayna, en un plazo de diez días o formular la oposición correspon-diente, bajo apercibimiento de convertirse el presente mandato en declaración judicial de paternidad. 2.- Correr traslado de la pretensión de alimentos por diez días al demandado. TO-MESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.”; Orcopampa, 02 de agosto del 2017. Rafael Mayko Fernández Ríos – Secretario Judicial.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00058-2011 se ha dispuesto notifi car por edictos es-tando a lo ordenado mediante Resolución No. 24-2016 Acari, 01 de Agosto del 2017. APRO-BAR LA LIQUIDACION de fojas 126 a 127 has-ta por la suma de S/. 10,045.00. SE REQUIERE al demandado ALBERT QUISPE SALAZAR para que dentro del tercer dia de notifi cado cumpla con dicho abono. Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s) del Juzgado de Paz Letra-do de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 01 de Agosto de 2017.- (24-25-28 Agosto)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00102-2013-2-0405-JR-PE-01, NOTIFICA Y EMPLAZA al acusado WENCESLAO FAUSTO TACO ANCCO a fi n de que tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION, LA RESOLUCION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al ACUSA-CION que se le acusa como autor del delito de Peculado Doloso en agravio de la Municipali-dad Provincial de Caylloma y la Procuraduría Publica Descentralizada Anticorrupción de Arequipa.- José Luis Cáceres Pizarro – Especia-lista.- (24-25-28 Agosto)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAYLLOMA CHIVAY, que despacha el Juez. FLAVIO DIAZ MACHACA, asistido por el Espe-cialista legal José Luis Cáceres Pizarro, en el EXP.: 00065-2014-0-0405-JR-PE-01, NOTIFICA Y EMPLAZA al acusado JUAN TOMAS INCA ACH-AHUI a fi n de que tome conocimiento de la DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION, LA RESOLU-CION UNO que concede el plazo de 10 días a fi n de que puedan oponerse al sobreseimiento Y LA RESOLUCION NUEVE que FIJA FECHA DE AUDIENCIA DE ACUSACION para el día NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las CA-TORCE horas; audiencia que se llevara cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investi-gación Preparatoria de Caylloma-Chivay.- José Luis Cáceres Pizarro – Especialista.- (24-25-28 Agosto)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

En el Exp. Nro. 7-2008 seguido por Félix Quispe Calsina en contra de la Ofi cina de Normaliza-ción Previsional; se ha RESUELTO mediante Re-solución N° 24 de fecha veintitrés de mayo de dos mil dieciséis: SUSPENDER el proceso por el plazo de treinta días a efecto de que se aper-sonen los sucesores procesales del que en vida fue el demandante FELIX QUISPE CALSINA, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. SE DISPONE con Resolución N° 25 de fecha veinte de setiembre de dos mil dieciséis cursar ofi cio a la Gerencia de Administración de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para la publicación de los edictos correspondientes, en la forma y tiempo que establece el artículo 167 del Código Procesal Civil. Tómese razón y hágase saber. Carla Villanueva Rosas Secretaria Judicial.- Arequipa, dieciocho de agosto de dos mil diecisiete.- Carla Villanueva Rosas – Secre-taria Judicial.- (24-25-28 Agosto)

NOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por medio de la presente, el señor Juez del Pri-mer Juzgado Familia de Cerro Colorado, noti-fi ca a VICTOR ZAMATA TARAPACA, como parte del presente proceso, a efecto de que tome conocimiento de la RESOLUCIÓN N°2, Auto que dicta medidas de protección; SE RESUEL-VE: 1) DICTAR como medida de protección. las siguientes: a) La prohibición de toda agresión física, psicológica, económica, patrimonial o hechos que constituyan violencia familiar y/o acoso por parte del denunciado VICTOR ZA-MATA TARAPACA hacia la parte denunciante LUZ MARINA CALCINA TITI tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pú-blica o cualquier lugar donde se encuentre, b) La prohibición de la parte denunciada VICTOR ZAMATA TARAPACA de acercarse en estado de ebriedad a la parte denunciante LUZ MA-RINA CALCINA TITI tanto en su hogar, centro de trabajo, centro de estudios, vía pública o cualquier lugar donde se encuentre, autorizán-dose a la Policía Nacional del Perú del sector a retirarlo hasta que recobre la sobriedad; ME-DIDAS QUE DEBERÁN SER CUMPLIDAS BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO POR DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. Ello en el proceso N° 00362-2017-0-0401-JR-FT-01, sobre

violencia familiar. Cerro colorado 16 de agosto de 2017.- Percy Ballon Ramos Secretario Judi-cial.- (24-25-28 Agosto)

EDICTO JUDICIAL

Proceso N°126-2015-2-0404-JR-PE-01. (Cuader-no de Control de Acusación) Por encargo del señor Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DR. DEYVI CUEVA CUCHO, por intermedio del presente NOTIFI-CA a ALFREDO OSWALDO VELARDE HUAMANI, con el contenido de la Resolución N°6 de fecha veintidós de agosto del dos mil diecisiete, que resuelve declarar la validez formal de la acusa-ción presentado por el Ministerio Público, ad-mite medios de prueba del ministerio público y dicta auto de enjuiciamiento en contra de Alfredo Oswaldo Velarde Huamani, autor de la comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de Estafa previsto en el artículo 196 del código penal en agravio de José Antonio Cruz Choque, María Reyna Bolivar Vilca, Victor Alberto Cruz Rodriguez y Reina Isabel Cruz Choque, solicitando se le imponga ocho años de pena privativa de la libertad y se le ordene el pago por concepto de reparación civil la suma de 21.650.00 soles a favor de los agravia-dos, a razón de 18000.00 soles a favor de José Antonio Cruz Choque; 2000.00 soles a favor de María Reyna Bolivar Vilca; 1200.00 soles a favor de Victor Alberto Cruz Rodriguez y 450.00 soles a favor de Reina Isabel Cruz Choque. Ordena contra el acusado Alfredo Oswaldo Velarde Huamani, mandato de comparecencia simple, precisa que durante la etapa de investigación preparatoria José Antonio Cruz Choque se ha constituido en actor civil, comunica que no se ha constituido en tercero civilmente respon-sable, ordena la remisión del proceso al Juz-gado Penal Unipersonal de Aplao en el plazo de cuarenta y ocho horas, asimismo se resolvió admitir los medios probatorios del Ministerio Público. Todo ello ordenado en el Proceso N° 126-2015-2-0404-JR-PE-01. Especialista Judi-cial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe.- (24-25-28 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2009- 5450- 29 (Imputado) FRANCISCO AGUILAR LAURA , delito CONTRABANDO, agra-viado EL ESTADO SUNAT Y OTROS , DILIGENCIA 05-09-2017, 11:30 A.M. , Sala 5, BAJO APERCI-BIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secre-tario: Lazarte (24-25-28 AGOSTO)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-3741-33 (Imputada) DEYANIRA AL-MENDRA VIVEROS MONTES, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agravia-do ESTUDIO BUSTAMANTE Y ASOCIADOS SAC REPRESENTADO POR JOSE FERNANDO BUSTA-MANTE ZEGARRA , NOTIFICACION, DECLARAR SANEADA LA ACUSACIÓN FISCAL Y LA EXIS-TENCIA DE UNA RELACIÓN JURIDICO PROCE-SAL VÁLIDA, en consecuencia SE DICTA AUTO DE ENJUICIAMIENTO EN CONTRA DE DEYANI-RA ALMENDRA VIVEROS MONTES ; Secretario: Quispe (24-25-28 AGOSTO)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-5588-0 (Imputado) ROSAS SIVINCHA TAUCCAYA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado SOLEDAD HUACAHACA LOPEZ, DILIGENCIA 22-09-2017, 10.00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (24-25-28 AGOSTO)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLO-RADO, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 4580-2016-47 LUCIO TOLEDO PUMACA-LLAHUI, delito Lesiones Leves, agraviado Me-nor Fanny Vásquez Toledo., NOTIFICACION, Resolución 5, que fi ja fecha para juicio oral el 13 de octubre del 2017, a las 11.00 hrs. en sala 3 del Primer Juzgado Unipersonal de Cerro Colorado y bajo apercibimiento de declararlo contumaz y ordenarse su captura. ; Secretario: Moreano (24-25-28 AGOSTO)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-5110-0 (Imputado) MARIO HERRERA PILLPINTO: Se le notifi ca como parte de la Re-solución Nro. 01-2017.- Visto el Requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato presenta-do por el representante del Ministerio Publico y atendiendo a lo previsto por el Articulo 447 del Código Procesal Penal modifi cado por el D.L. 1194; SE SEÑALA fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO PARA EL ONCE DE OC-TUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, conforme a la norma adjetiva antes mencionada, es de carác-ter inaplazable y se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, sito en la Ca-lle Alfonso Ugarte Nro. 119 Primer Piso - Cerro Colorado, delito omisión a la asistencia familiar , agraviado N.V.P.V., DILIGENCIA 11-10-2017, 10.30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secre-tario: CANO (24-25-28 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016- 5674- 92 (Imputado) DORA CHOQUE PHOCOHUANCA , delito HURTO AGRAVADO, agraviado PEDRO ROBERTO HANCCO PINO, DI-LIGENCIA 12-12-2017, 10:00 A.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTU-MAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPO-NERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCE-SO; Secretario: Lazarte (28-29-31 AGOSTO)EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-5913-71 JOHN AMERICO CASILLAS OCHOA, delito falsedad ideológica, agraviado ROXANA LIZ CHOQUE CASTILLO, DILIGENCIA 11-09-2017, 9:30 am, Sala 4, ; Secretario: Valdi-via (28-29-31 AGOSTO)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y de-fi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 3905-2017-24 (Imputado) AUGUSTO MU-ÑOZ APAZA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado DIEGO ASCEN-CIO CONDORI ZELA, NOTIFICACION, SE REQUIE-

RE AUGUSTO MUÑOZ APAZA, PARA QUE EN 48 HORAS CUMPLA CON REGLAS DE CONDUCTA IMPUESTAS AUD. 11-05-2017;DE NO HACERLO SE REVOCARA COMPARECENCIA RESTRICTIVA POR PRISIÓN PREVENTIVA; SEÑALA AUDIENCIA PARA 14-09-2017, A HORAS 15:00, SALA 4.- ; Se-cretario: Fernández (28-29-31 AGOSTO)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLO-RADO, cita y emplaza a los siguientes procesa-dos para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-2222-22 CHISTHIAN DAVID PALO-MINO ZENITAGOYA, delito Estafa genérica., agraviado Mauricio Edgar Chávez Zúñiga, NO-TIFICACION, Res. 1, que cita a juicio oral, para el 16 de octubre del 2017, a las 11.00 hrs. en sala 4 del 2do. Juzgado Unipersonal de Cerro Co-lorado- Arequipa, bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente y ordenarse su captura. ; Secretario: Moreano (28-29-31 AGOSTO)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su con-tra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-6113-45 (Imputado) RAUL QUISPE BENAVENTE, delito OMIISION A LA ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado MAGDALENA ISABEL MANRIQUE QUISPE, NOTIFICACION, SE REQUIÉ-RE al sentenciado QUISPE BENAVENTE, RAUL, para que en el plazo del tercer día de notifi -cado cumpla con pagar el monto de la repa-ración civil y pensiones alimenticias conforme sentencia N° 202- 2016 BAJO APERCIBIMIENTO de internamiento en inpe ; Secretario: CORDE-RO (28-29-31 AGOSTO)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2017-1713-0 (Agraviado) CARLOS ALBER-TO RAMOS CAMA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agravia-do CARLOS ALBERTO RAMOS CAMA, DILIGEN-CIA 04-10-2017, 12.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Díaz (28-29-31 AGOS-TO)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO DE CARAVELI, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2014-185-81 (Imputado) JOSE LUIS CON-DORI LUQUE, delito Robo agravado en grado de tentativa , agraviado Ruce Marcelino Ramos Colque, NOTIFICACION 2017-11-06, 10:00 am, Res. 03: Se pone en conocimiento del impu-tado José Luis Condori Luque, que la fi scalía a formulado revocatoria de la medida de com-parecencia con restricciones en su contra, para lo cual se reprograma la audiencia para el día 06-11-2017, a horas 10:00 am, la misma que se realizara en la sala de audiencias del juzga-do de investigación preparatoria de Caravelí bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado de elección de los imputados de realizarse la audiencia con el defensor publico ; Secretario: USUCACHI (28-29-31 AGOSTO)

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

CRONICA JUDICIAL DE LA TERCERA SALA PENAL

DE APELACIONES

31 DE MAYO DE 2017

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, CACERES VALENCIA Y RODRIGUEZ PAN-TIGOSO.

AUTOS DE TRÁMITE

CP01927-2013-38: 1. DECLARAR FUNDADO el pedido de INTEGRACIÓN de la resolución N° 12 de fecha veintitrés de mayo del año dos mil diecisiete, so-licitado por el abogado defensor de doña Carmen Rosa Gincho Mendoza, y en consecuencia; 2. DE-CLARAR IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Carmen Rosa Gincho Mendoza, actor civil representante del menor agraviado de iniciales JCTG en contra de la sentencia de vista de fecha veintisiete de abril del año dos mil diecisiete. Tómese razón y hágase saber. Juez Superior ponen-te: Carlo Magno Cornejo Palomino.

CV01295-2017-84: A) CONCEDER EL PLAZO DE TRES DÍAS para que las partes procesales puedan OFRECER MEDIOS PROBATORIOS, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el cuarto considerando de la presente resolución. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el quinto considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado. Juez Superior Ponente, señor Cáceres Valencia.

AUTOS DE VISTAEN AUDIENCIAA.V. N° 96-2017CV02711-2017-3: En merito a los considerandos ex-puestos, SE RESUELVE CONFIRMAR LA RESOLUCION 04-2017 de fecha 22-05-17 de fojas 36-39, expedi-da por el Juzgado de investigación Preparatoria del Modulo básico de Pedregal, que DECLARO FUNDA-DA la Incoación de Proceso Inmediato en contra de RODOLFO CANAZA MOLLEAPAZA, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Silvia Neri y Re-beca Olinda Canaza Barrantes representadas por su madre Eusebia Barrantes Tapia y lo demás que contiene. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. Con lo que concluyo. Notificado en audiencia ministerio publico.

DECRETOS: Se expidieron un total de 04.

SENTENCIAS DE VISTA

S.V. N° 44-2017CV05060-2016-17: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica del procesado Jaime Ronald Hurtado Salazar. 2. CON-FIRMAMOS la Sentencia N° 21-2017-3JUP de fecha veinte de febrero de dos mil diecisiete, expedida por la Magistrada del Tercer Juzgado Penal Uniper-sonal de Arequipa, que corre de folios veintisiete y siguientes del Cuaderno de Debate, por la que se resolvió declarar a James Ronald Hurtado Salazar, autor del delito contra de Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de Incumplimiento de

Obligación Alimentaria, previsto y penado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de Emma Gerarda Delgado Izquierdo y Úrsula Cinthya Hurtado Delgado; imponiéndosele un año de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de un año, bajo el cum-plimiento de reglas de conducta; fijándosele como reparación civil la suma de trescientos nuevos soles y por concepto de pensiones devengadas la suma de veinticuatro mil ochocientos cincuenta y nueve soles, con lo demás que contiene. 3. SIN COSTAS de la instancia, y los devolvemos. Regístrese y No-tifíquese.- Juez Superior Ponente: señor Johnny Manuel Cáceres Valencia.-DECRETOS: Se expidieron un total de 06.

LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ PANTIGOSO.

CRISLEY HERRERA CLAURE

JUEZ SUPERIOR COOR-

DINAORA DE SALA

TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES

TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA CI-

VIL DEL MES DE MARZO DE 2017

MIERCOLES 01 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT02 BP Reg. N° 04023-2016.- Augusto Duran Alvarez.- Cuarto Juzgado Espe-cializado en lo Civil.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- RESOLVIERON Hacer efectivo el aper-cibimiento decretado eb autos mediante resolu-ción número uno e imponer al quejoso AUGUSTO DURAND ALVAREZ multa ascendente al doble del valor de la tasa impaga. con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 02 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT07 YQ Reg. N° 00307-2016.- Valentín Francisco Cutimbo Ccapa.- Procurador Público del Poder Judicial.- y otra.- Accion de Am-paro.- CONCEDIERON el recurso de Agravio Cons-titucional interpuesto, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley, con la debida nota de aten-ción, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT15 PB Reg. N° 00063-2016.- Mario Transito Laines Rodríguez.- Noemí Mayerli Tejada Soria.- Reivindicación.- ORDENARON Elevar-se los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT

22 BP Reg. N° 01539-2015.- Francisco de Sales Mollo Ccallo.- ONP.- Acción de Amparo.- CONCEDIERON: El recurso de Agravio Constitucional interpuesto por el demandante. OR-DENARON Elevarse los actuados al Tribunal Consti-tucional en el estilo, forma y plazo de ley, con lo de-más que contiene. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT38 VC Reg. N° 0984-2014.- Jeaneth Cristina Turpo Mamani.- Franklin Eding Laura Mamani y otra.- Reivindicación.-. ORDENA-RON Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República,con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT43 PB Reg. N° 04004-2013.- Clelia Pilar Apaza Alvarez.- Edgard Anagua Quispe y otra.- Desalojo.- Ordenaron Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República. con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tó-mese razón y hágase saber.

Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT70 YQ Reg. N° 00858-2013.- Pe-dro Crisólogo Ticona Zegarra.- Andrés Ticona Zega-rra.- Desalojo.- ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley, con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT72 BP Reg. N° 00012-2011.- Martín Aurelio Cuarta Gonzales.- Dominga Zapana vda. de Gonzales y otros.- Nulidad de Acto Jurídi-co.- ORDENARON Elevarse los actuados a la Corte Suprema, con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase sa-ber.

Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT76 YQ Reg. N° 05758-2007.- Vil-ma Filomena vda. de Pabhlo Dorival.- UGEL SUR de Arequipa.- Cumplomiento de Obligación de Pago.- ORDENARON Elevarse los actuados a la Corte Su-prema, con la debida nota de atención, con lo de-más que contiene. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Béjar Pere-yra.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT146 BP Reg. N° 04339-2001.- María Sotelo Aspilcueta.- Héctor Sánchez Ramírez y otra.- Tercería.- ORDENARON Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tó-mese razón y hágase saber.

VIERNES 03 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Paredes

Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. SV104 PB Reg. N° 00835-2015-0.- Primera Fiscalía Superior Civil y de Familia.- Fio-rella Susan Diez Lupaca.- Violencia Familiar.- DIS-PUSIERON la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el el día y bajo responsabilidad cumpla con subsanar la omisión advertida. con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Cervantes López.- Yucra Quispe. SV108 YQ Reg. N° 02386-2015.- Jonathan Pedro Alférez Mayer.- Rommy Eduardo Martínez Márquez y Carlos Quiroz Nieto.- Adop-ción.- RESOLVIERON; Corregir la sentencia número 320-2016 de fojas ciento cuarenta y dos: Corregir el nombre por Eduardo y el apellido por Márquez. APROBAR la sentencia, que declara fundada la de-manda de adopción, dispone que la menor ado-patada lleve el nombre de Viviana Juliana Alférez Martínez, con lo demás que contiene. Tómese ra-zón y hágase saber. 2JF Valdivia.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. SV110 YQ Reg. N° 02887-2015.- Ministerio Público.- César David Bocángel Fernán-dez.- Violencia Familia.- CONFIRMARON la senten-cia Nro 364-2016, que de fecha nueve de setiembre del dos mil dieciséis, que DECLARA INFUNDADA la demanda en la modalidad de maltrato sicológi-co, en agravio de Sandra Nelda Ramos Guerra, sin costas ni costos, con lo demás que contiene, y los devolvieron. 4JF Valencia.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Ascuña Chávera. SV111 YQ Reg. N° 03890-2014.- Ronny Farit Fernández Pacheco.- Rosario Riquelme Capillo de Fernández.- Divorcio por Causal- DES-APROBARON la sentencia Nro. 401-2016 de fecha veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, que resuelve declarar fundada la demanda interpues-ta. ORDENARON: Que se cumpla con notificarse a la demandada conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y los de-volvieron, con lo demás que contiene. 4JF Valencia.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispé.- Cárdenas Ticona. SV113 YQ Reg. N° 03768-2013.- Ministerio Público.- Carmela Juana Ramos Madue-ñas y otras.- Violencia Familiar.- APROBAR la misma sentencia Nro. 821-29015 de fecha diecinueve de noviembre de dos mil quince, en el extremo que declara INFUNDADA la pretensión de cese de vio-lencia familiar, maltarto físico en agravio de María Victoria Agramante Peñafiel y los devolvieron, con lo demás que contiene. JFT: Torreblanca.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-

dregal.- Yucra Quispe.- Ascuña Chávera. SV124 PB Reg. N° 01644-2015.- Ju-lia Esmeralda Panca Huisa.- Antonio Maruio Rivera Chauca.- Tenencia.- RESOLVIERON CONFIRMAR la sentencia Nro. 285-2016-FC-JFP de fecha dieciséis de junio de dos mil dieciséis, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpuesta, en cuanto al extremo de Alimentos y en consecuencia dispone que el demandado cumpla con acudir a favor de sus hijos, una pensión alimenticia y adelantada de S/. 400 a razón de S/. 200 para cada uno de los dos menores, con todo lo demás que contiene y los de-volvieron. JF Paucarpata.- Corrales.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. SV112 YQ Reg. N° 02316-2015.- Huallanca Ayque Ever David.- Empresa Alicorp S.A.A.- Acción de Amparo.- DECLARARON Nula la sentencia Nro. 34-2016 de fecha veinte de mayo de dos mil dieciséis, que declara infundada la deman-da interpuesta, con lo demás que contiene. Orde-naron que el A quo del juzgado de origen, cumpla con el mandato de la resolución que antecede, y los devolvieron. 5JC.- Maraza.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. SV125 PB Reg. N° 03538-2015.- Se-gunda Fiscalía Provincial de Familia.- Adrian Ovie-do Pauca.- Violencia Familiar.- APROBARON la sen-tencia Nro. 355-2016 de folios ochenta y cuatro a ochenta y ocho, que resuelve declarar infundada la demanda presentada en agravio de Belly Edelmira Romero de Oviedo, con todo lo demás que contie-ne y los devolvieron. 2JF.- Valdivia.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AV198 YQ Reg. N° 00835-2013-0.- Constanza Irene Zapana Aguilar.- Juan Julio Pérez Quispe.- Desalojo.- CONFIRMARON la resolución Nro. 29, de fecha cinco de marzo de dos mil quin-ce, que resuelve DECLARAR Infundad el pedido de solicitar pruebas de oficio, conforme lo expresado por el demandado Julio Juan Pérez Quispe, sobre Desalojo por ocupación precaria, con todo lo de-más que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JMMMadariaga.

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AV215 PB Reg. N° 03664-2016.- Juan Sabino Quispe Quispe.- Remigio Huayta Es-quivel.- Indemnización.- DECLARARON Nula la resolución Nro. 01 de fecha veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, que resolvió Declarar Improce-dente la demanda interpuesta.- ORDENARON que el Aquo expida nueva resolución con base en la ley y lo señalado en la presente resolución, con todo lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese JCA.- Aucahuaqui.

CRONICAS JUDICIALES

La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

En Despacho: Con los SS. Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. AT13 PB Reg. N° 01812-2015.- Primera Fiscalía Superior Civil y de Familia.- Fio-rella Susan Diez Lupaca.- Violencia Familiar.- DIS-PUSIERON la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el el día y bajo responsabilidad cumplaq con subsanar la omisión advertida. con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pe-reyra.- Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Valencia Carnero. AT19 BP Reg. N° 01288-2015.- Daríó Alexander Dávila Concha.- Miguel Angel Pumaleque Apaza.- Desalojo.- RESOLVIERON hacer efectivo el apercibimiento dispuesto mediante re-solución 16 (DOS) de fecha veintiuno de noviem-bre de dos mil del dos mil dieciséis.- Resolver el presente proceso con los documentos obrantes en autos, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV104 YQ Reg. N° 00835-2013-0-0410-JM-CI-01– Zapana Aguilar Constanza Irene – Perez Quispe Juan Julio – Des-alojo – Sumarisimo - CONFIRMARON la sentencia no. 449-2015-CI, de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, de fojas doscientos sesenta y cinco a doscientos setenta y uno, que resuelve: declarar FUNDADA la pretensión de desalojo por ocupación precaria contenida en la demanda de la página nueve a once, interpuesta por doña Cons-tanza Irene Zapana Aguilar, en contra de don Juan Julio Pérez Quispe y los listisconsortes necesarios pasivos Mercedes Miranda Huamán y Tomas Julio Pérez Quispe; en consecuencia, ordeno: que el de-mandado y los litisconsortes necesarios pasivos hagan desocupación total y entrega del inmueble ubicado en la Calle Varsovia N° 330 -Santa Rosa Dis-trito de Mariano Melgar, el mismo que se encuentra inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Arequipa en la Partida N° P06038420, dentro del plazo de seis días de con-sentida o ejecutoriada sea la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución forzada, y dispo-nerse el descerraje y allanamiento, en caso de ser necesario. Con costas y costo. Con los SS Paredes Be-dregal, Cervantes López y Yucra Quispe. SV108

YQ

Reg. N° 2386-2015-0-0401-JR-FC-02 – Alférez Ma-yer Jonathan Pedro – Martinez Márquez Rommy Eduardo – Adopción – Único - APROBAR la sen-tencia número 320-2016, de fojas ciento cuarenta y dos y siguientes, que declara fundada la demanda de adopción, interpuesta por don Jonathan Pedro Alférez Mayer en contra de Carlos Eduardo Quiroz Nieto y Rommy Juliana Martínez Márquez, en con-secuencia declara la adopción de la menor Viviana Juliana Quiroz Martínez por parte del demandante don Jonathan Pedro Alférez Mayer, estableciéndo-se entre ellos el vínculo filial- hija y padre, respec-tivamente, Dispone que la menor adoptada lleve el nombre de Viviana Juliana Alférez Martínez. SV109 YQ Reg. N° 1792-2014-0-0410-JM-FC-01 – Jove Rodrigo Jose-mar Cristhian – Ticona Flores de Umpire Julissa Medeliz – Divorcio por Causal – Conocimiento - APROBARON, La sentencia N° 170-2016-FA, de fe-cha veinte de setiembre del dos mil dieciséis, de fojas ciento treinta y tres al ciento treinta y siete, que resuelve declarar fundada la pretensión prin-cipal de divorcio por la causal de separación de hecho por periodo mayor a cuatro años, contenida en la demanda de fojas veinticuatro a veintisiete, subsanada en fojas cuarenta y seis y siguiente, in-terpuesta por Josimar Cristhian Jove Rodrigo en representación de Julio Cesar Umpire Panca en contra de Julissa Madiliz Ticona Flores; en conse-cuencia declara disuelto el vínculo matrimonial.

Con los SS Paredes Bedregal, Yucra Quispe y Valen-cia Carnero. SV112 YQ Reg. N° 2316-2015-0-0401-JR-CI-05 – Huallanca Ayque Ever David – Empresa ALICORP S.A.A. – Acción de Am-paro – Constitucional - APROBARON la sentencia consultada número ciento nueve-dos mil trece, del veinticinco de abril de dos mil trece, de la página setenta y tres a setenta y seis, por la que se resuel-ve declarar infundada la demanda de violencia fa-miliar interpuesta por el Fiscal Provincial de la Pri-mera Fiscalía Provincial de Familia, ocasionado por don Marco Antonio Carnero Taco en agravio de don Benigno Carnero Taco; en consecuencia, ordena el archivo del expediente; y los devolvieron – 1JF – Del Carpio. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Cárdenas Ticona.SV110

YQ Reg. N° 2887-2015-0-0401-JR-FC-03 – Ministerio Público – Bocangel Fernández Cesar David. – Violencia Familiar – Único - CONFIRMA-RON La Sentencia No. 364-2016, de fecha nueve de setiembre del dos mil dieciséis, de fojas ciento no-venta y uno a ciento noventa y cinco, que declara INFUNDADA en todos sus extremos, la demanda, interpuesta por el Ministerio Público, sobre Violen-cia Familiar en la modalidad de maltrato psicológi-co, en contra de Cesar David Bocangel Fernández; y, en agravio de Sandra Nelda Ramos Guerra, Sin costas ni costos. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Ascuña Chavera.SV111 YQ Reg. N° 3890-2014-0-0401-JR-FC-04 – Fernández Pacheco Ronny Farit – Riquelme Capillo de Fernández Ro-sario – Divorcio por Causal – Conocimiento -DES-APROBARON la sentencia N° 401-2016, de fecha veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, de fojas ochenta y tres al noventa y uno, que resuelve de-clarar fundada la demanda interpuesta por Ronny Farit Fernández Pacheco, sobre divorcio por causal (separación de hecho de los cónyuges por más de dos años) en contra de Rosario Riquelme Capillo de Fernández y el Ministerio Público, con lo demás que contiene. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Cárdenas Ticona.SV113 YQ Reg. N° 3768-2013-0-0401-JR-FC-02 – Ministerio Público – Ramos Madueñas Carmela Juana – Violencia Fami-liar – Único - CONFIRMARON la Sentencia No. 821-2015, de fecha diecinueve de noviembre del dos mil quince, de fojas ciento treinta y siete a ciento cuarenta y tres, en el extremo que; establece un periodo de protección judicial a favor de la parte agraviada por el lapso de doce meses. APROBAR la misma Sentencia No. 821-2015, de fecha dieci-nueve de noviembre del dos mil quince, de fojas ciento treinta y siete a ciento cuarenta y tres , en el extremo que declara INFUNDADA, la pretensión de cese de Violencia Familiar, maltrato físico, en con-tra de Danny Daniel Velásquez Ramos, en agravio de María Victoria Agramante Peñafiel. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Ascuña Chavera.SV124 PB Reg. N° 1644-2015-0-0412-JM-FC-01 – Panca Huisa Julia Esmeralda – Rivera Cahuca Antonio Mario – Te-nencia – Único - CONFIRMAR la Sentencia N° 285-2016-FC-JFP, de fecha dieciséis de junio del dos mil dieciséis, obrante de folios sesenta y dos a sesenta y seis, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpuesta por Julia Esmeralda Panca Huisa, en contra de Antonio Mario Rivera Chauca. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Cárdenas Ticona. SV125 PB Reg. N° 3538-2015-0-0401-JR-FC-02 – Ministerio Público – Oviedo Pauca Adrian – Violencia Familiar– Único - APROBARON la Sentencia N° 355-2016, de folios ochenta y cuatro a ochenta y ocho, que resuelve declarar infundada la demanda sobre violencia fa-miliar, interpuesta por el representante del Minis-terio Público, en agravio de Belly Edelmira Romero de Oviedo, en contra de Adrián Oviedo Pauca.

En Despacho: Con los SS. Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona.

ATDOS PB Reg. N° 03750-2014.- José Luis Pinto Valdivia y otra.- Teodoro Manuel Arenas Neyra.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Rechazaron el recurso impugnatorio interpuesto, el mismo que declararon INADMISIBLE.- Por tanto NULO en concesorio de apelación y DISPUSIERON la devolución del cuaderno de apelación a su juz-gado de origen, con lo demás que contiene. Tóme-se razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Carreón Romero- Cervantes López. AT02 BP Reg. N° 00046-2017.- Es-tación de Servicios Ottawa SAC.- Ejecutor Coactivo del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de Procedimiento de Ejecución Cobranza Coactiva.- RESOLVIERON: Dejar sin efecto el decreto conte-nido en la resolución uno. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta, CONFIRIERON TRASLADO al demandado, por el plazo de diez días, para su consideración, DISPUSIERON la devolución del cuaderno de apelación a su juzgado de origen, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pere-yra.- Carreón Romero.- Cervantes López. AT05 PB Reg. N° 00188-2016.- Li-der Security SAC.- ESSALUD.- RESOLVIERON HACER EFECTIVO el apercibimiento dictado mediante re-solución Nro. 01 de fojas diecinueve, RECHAZARON la demanda presentada, DISPUSIERON el archiva-miento del expediente, desglose y devolución de anexos, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Bejar Pere-yra.- Carreón Romero .- Cervantes López AT09 BP Reg. N° 00161-2016.- Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez.- Betsy Liliana Laus Martin Revisión de Procedi-mientos de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Hunter.- DECLAARAR Infundado el rescurso de reposición interpuesto en cintra de la resolución Nro. 08 de fecha veintidós de febrero de dos mil diecisiete, con lo demás que contiene. Tó-mese razón y hágase saber.

LUNES 06 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Bejar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. AT44 YQ Reg. N° 00519-2013.- Asociación de Pequeños Comerciantes.- Alberto Alvarado Quispe.- Cumplimiento de Contrato.- DE-CLARARON NULA la resolución número 43 de fecha veintiséis de enero del dos mil siete, y reponiendo la causa al estado que corresponda, téngase pre-sente lo expuesto en su oportunidad en lo que fuere de ley. con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS Yucra Quispe, Fernández Palaco y Valencia Carnero. AV205

YQ Reg. N° 1629-2016-0-0401-JR-CI-01 – Vega Valderrama Francisco Javier – SPORT SA. TOL SPORT SA: – Ac-ción de Cumplimiento – Constitucional – NULA la resolución Número 01, de fecha seis de mayo del dos mil dieciséis, que obra a fojas setenta y tres Y setenta y cuatro, que resuelve declarar improce-dente la demanda de cumplimiento de estatutos interpuesta por Francisco Javier Vega Valderrama, con lo demás que contiene. AV218 YQ Reg. N° 1139-2016-0-0401-JR-CI-02 – Caja Arequipa – Car-pio Salinas Roel Willy: – Obligación de Dar Suma de Dinero – Ejecutivo – DECLARARON NULA la resolu-ción N° 05, de fecha dieciséis de agosto del dos mil dieciséis de fojas sesenta y ocho al setenta y uno, que resuelve declarar: 1) Infundada en todos sus extremos la contradicción por la causal de falsedad

del título por Roel Willy Carpio Salinas; 2) Fundada la demanda de obligación de dar Suma de Dinero interpuesta por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa en contra de Roel Willy Carpio Salinas y Flora Villagras de Carpio Con los SS Paredes Be-dregal, Cervantes López y Yucra Quispe. AV 220 PB Reg. N° 8508-2008-0-0401-JR-CI-08 – Salazar Linares Carlos Facundo – ESSALUD – Calculo de Pensión de Jubi-lación – Especial – RESUELVE: DEJAR SIN EFECTO la vista de causa señalada en autos. Declarar NULO TODO LO AC-TUADO en esta instancia. DEJAR SUBSISTENTES aquellos actos que resulten independientes a la declaración de nulidad. REMITIR los actuados a la Tercera Sala Laboral de esta Corte Superior de Justicia a efecto que proceda conforme a sus atri-buciones, para lo cual Secretaria de Sala dispondrá lo concerniente.

MARTES 07 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. AT04 BP Reg. N° 00040-2016.- Alejandra López Pocco de Montoya.- Fulgencio Ruiz Herrera.- Municipalidad Provincial de Arequi-pa.- Accion Popular.- DECLARARON CONSENTIDA la sentencia Nro. ocho, del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, en consecuencia ha adquirido la autoridad de cosa juzgada. DISPUSIERON la publi-cación e la sentencia en el diario oficial “El Perua-no” y la devolución del cuaderno de apelación a su juzgado de origen, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. AT09 BP Reg. N° 00457-2016.- Fulgencio Ruiz Herrera.- Municipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Popular.- DECLARARON CON-SENTIDA la sentencia Nro. ocho, del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, en consecuencia ha adquirido la autoridad de cosa juzgada. DISPUSIE-RON la publicación e la sentencia en el diario ofi-cial “El Peruano” y DISPUSIERON la devolución del cuaderno de apelación a su juzgado de origen, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Paredes Bedregal.-Yucra Quispe.- Cárdenas Ticona. AT13 BP Reg. N° 00346-2016.- Cooperativa de Ahorro y Crédito del Perú.- Sara Mendoza Castillo.- Ejecución de Garantías.- ORDE-NARON elevarse los actuados a la Corte Suprema, con la debida nota de atención, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Carreón Romero.- Cervantes López. AT18 BP Reg. N° 04344-2015.- María Rodríguez Gonzales.- Rossana Miramda Condori.- Desalojo.- ORDENARON Elevarse los ac-tuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención, con lo demás que contie-ne. Intervienen los señores Carreón Romero y Cer-vantes López en m´werito a la resolución -adminis-trativa Nro. 249-2017-PRES/CSJAR. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Carreón Romero.- Cervantes López. AT 22 BP Reg. N° 00491-2015.- Juana Vargas Mamani.- Lavanderías del Pueblo S.A.- Ineficacia de Acto Jurídico.- DECLARARON Inadmisible el ofrecimiento de Prueba extempo-ráneo presentada por el demandante- Señalaron para la vista de causa el día veintinueve de marzo del año en curso a las nueve horas. Tómese razón y hágase saber.

MIERCOLES 08 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Paredes Be-dregal.- Yucra Quispe.- Valencia Carnero. SV107 Y|Q Reg. N° 00622-2011-0.- Wilber Jhonny Tejada Arias.- Dora Mayoli Val-divia de Torres y otros.- Julia Esmeralda Panca Huisa.- Antonio Maruio Rivera Chauca.- Tenen-cia.- RESOLVIERON CONFIRMAR la sentencia Nro. 285-2016-FC-JFP de fecha dieciséis de junio de dos mil dieciséis, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpuesta, en cuanto al extremo de Alimentos y en consecuencia dispone que el de-mandado cumpla con acudir a favor de sus hijos, una pensión alimenticia y adelantada de S/. 400 a razón de S/. 200 para cada uno de los dos menores, con todo lo demás que contiene y los devolvieron. JF Paucarpata.- Corrales.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Cárdenas Ticona.- Valencia Carnero. AT 02 YQ Reg. N° 08130-2014.- Rosa Paulina Quintanilla Cáceres.- Miguel Julian Siguas Rivas.- Nulidad de Resolución Administra-tiva.- RECHAZARON los recursos de queja de fojas veintidós y cuarenta y dos, interpuesto en contra de la resolución Nro. treinta y uno, que declara im-procedente el recurso de apelación contra la sen-tencia por improcedente. Tómese razón y hágase saber..

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Cárdenas Ticona.- Valencia Carnero. AT 42 BP Reg. N° 04162-2011.- Fe-derico Jorge Cárdenas Quiroz.- Rosa Violeta Her-nani de Díaz.- Nulidad de Acto Jurídico.- ORDENA-RON elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber..

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Cárdenas Ticona.- Valencia Carnero. AT 71 CT Reg. N° 01180-2013.- Miguel Antonio Zúñiga Castillo.- Jesús Manuel So-ller Rodríguez.- Acción de Amparo.- SE RESUELVE Declarar IMPROCEDENTE el pedido de reposición que antecede solicitado por Antonio Zúñiga Casti-llo. Tómese razón y hágase saber.

SV105

YQ

Reg. N° 4342-2004-0-0401-JR-CI -04 – La Perla – Monzón Abarca Edgar Marino – Prescripción Ad-quisitiva – Abreviado - DECLARARON NULA la sen-tencia No. 69-2015, de fecha treinta y uno de julio del dos mil quince, que obra de fojas ochocientos dieciséis a ochocientos veintidós, en el extremo que resuelve declarar INFUNDADA la demanda de fojas ciento treinta y nueve a ciento cuarenta y seis, interpuesta por la Asociación Condominio Re-sidencial “La Perla” representado por su presidente José Castillo Gutiérrez, en contra de Edgar Marino Monzón Abarca, sobre prescripción adquisitiva. SV106 YQ Reg. N° 1068-2012-0-0412-JM-FC-01 – Yerba Ticona Regina Ludgarda – Pacori Corrales Faustino Rodolfo – Divorcio por Causal – Conoci-miento – APROBAR la Sentencia No. 330-2016-FA-1JF, de fecha dos de agosto del dos mil dieciséis, de fojas doscientos noventa y ocho a trescientos once, que resuelve declarar: 1) FUNDADA la pretensión principal de divorcio por las causales de adulterio y conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común contenida en la demanda del folio cincuenta y cuatro, subsanada en el folio setenta y dos, interpuesta por Regina Ludgarda Yerba Ticona, en contra de Faustino Rodolfo Pacori Corrales. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV 107 YQReg. N° 622-2011-0-0407-JM-CI -01 – Tejada Arias

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

Wilber Jhonny – Valdivia de Torres Dora Mayoli y otros – Nulidad de Acto Jurídico – Conocimiento - NULA la sentencia que declara: 1) Fundada en parte la demanda en cuanto a la pretensión de Nulidad de Acto Jurídico interpuesta por Wilber Jhonny Tejada Arias, en contra de José Marcelino Valdivia Velásquez, Dora Mayoli Valdivia Torres y Cesar Por-firio Valdivia Velásquez, sólo en cuanto se sustenta en la causal de falta de manifestación de voluntad; e Infundada en cuanto a las causales de objeto jurí-dicamente imposible, fin ilícito y simulación abso-luta, en consecuencia, declaro nulo el contrato de transferencia de posesión de fecha ocho de julio de mil novecientos ochenta y ocho. Con los SS Béjar Pereyra , Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV115

YQ

Reg. N° 7845-2014-0-0401-JR-CI-07 – Salas Garrafa Yesenia Belinda – Neira Huarca Doris Jovita – Nu-lidad de Acto jurídico – Conocimiento – DECLA-RARON NULA la sentencia No. 003-2016, de fecha doce de enero del dos mil dieciséis, que obra de fojas ciento trece a ciento veintiuno, que resuelve: 1) declarar FUNDADA la demanda de folios quince a veintiuno, subsanada a folios veintiséis a treinta y tres, sobre nulidad de acto jurídico, formulada por Yesenia Belinda Salas Garrafa, en contra de Víctor Ángel Salas Flores y Doris Jovita Neira Huarca. SV116 YQ Reg. N° 1486-2016-0-0401-JR-CI-06 – Arenas Barrios Luz Delia – Angulo Palomino Hugo Cesar y Otros – Restitución de Servidumbre – Su-marísimo – NULA la Sentencia No. 79-2016-6JEC, de fecha veinticuatro de agosto del dos mil dieci-séis, de fojas setenta y uno a ochenta y cinco, en el extremo que resuelve Fijar como valor legal de dicha servidumbre la suma de siete mil nuevos so-les. Con costas y costos a favor de la parte deman-dante. SV117YQ Reg. N° 4811-2015-0-0401-JR-FC-04 – Ministerio Público – Zúñiga Cateriano Maria Eli-zabeth – Violencia Familiar – Único – APROBAR la Sentencia N° 391-2016, de fecha tres de octubre del dos mil dieciséis, de fojas ochenta y siguientes, que resuelve declarar infundada en todos sus ex-tremos, la demanda interpuesta por el Ministerio Publico sobre violencia de familiar, en la modalidad de maltrato psicológico en contra de María Eliza-beth Zuñiga Cateriano y en agravio de Rosendo Randu López Guillen.

JUEVES 09 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. ATDOS PB Reg. N° 03750-2014.- José Luis Pinto Valdivia y otra.- Teodoro Manuel Arenas Neira.- Otorgamiento de Escritura Públi-ca.- RECHAZARON el recurso impugnatorio de apelación interpuesto. DECLARARON Indmisible, por tanto NULO el concesorio de apelación de la resolución once de fecha catorce de setiembre del dos mil dieciséis y DISPUSIERON la devolución del cuaderno de apelación a su juzgado de origen. Tó-mese razón y hágase saber. 10JC.- Maraza.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. ATCINCO YQ Reg. N° 03807-2016.- Marcos Gamboa Gamboa.- Inscripción de Partida.- DIRIMIERON la competencia territorial a favor de la señora jueza del Octavo Juzgado de Paz Letrado, debiendo continuar con el trámite de la presente causa. DISPUSIERON la devolución inmediata de los autos al mencionado órgano judicial, con co-nocimiento de la señora jueza del Juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Maraza.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. AT 65 VC Reg. N° 06237-2014.-

José Alejandro Suárez Zanabria.- Irma Graciela Galarza Téllez.- Desalojo.- RESUELVE AUTORIZAR la interpolación del folio posterior al número tres-cientos cincuenta y siete, signándole con el folio trescientos cincuenta y siete-A. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Maraza.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. AT 65 VC Reg. N° 02157-2008.- Samuel Lozada Tamayo.- Luis Emilio Eduardo Loza-da Gómez de la Torre.- Nulidad de Contrato.- DE-CLARARON NULO el concesorio de apelación de la resolución numero 56 e INADMISIBLE la apelacdión interpuesta únicamente por el codemandado Juan Luis Eduardo Losada Tamayo. DISPUSIERON la de-volución del cuaderno de apelación a su juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Ma-raza.

Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV 128 YQ Reg. N° 1939-2015-0-0401-JR-FC-01 – Ministerio Público – Quispe Apaza Jenny Erika y Otros – Violencia Familiar – Único – REVOCARON la Sentencia N° 207-2016, de fecha diecisiete de junio del dos mil dieciséis, de fojas ciento veintio-cho y siguientes, en cuanto al extremo que decla-ra fundada la demanda interpuesta por la señora Fiscal de la TERCERA Fiscalía Provincial de familia, en agravio de Judith Miriam Quispe Apaza, en con-tra de Jenny Erika Quispe Apaza, en consecuencia declara la existencia de violencia familiar (maltrato físico) ocasionada por Jenny Erika Quispe Apaza en agravio de Judith Miriam Quispe Apaza. SV 129

YQ

Reg. N° 2062-2012-0-0411-JM-CI-01 – Angles Cáceres Juana Doris – Chuyacama Niñez Viuda de Cueva Luz María – Nulidad de Acto Jurídi-co – Conocimiento – INTEGRAR la parte resolutiva de la sentencia de fecha ocho de marzo del dos mil dieciséis, que obra de fojas doscientos cuarenta y seis a doscientos cincuenta y cuatro, que resuel-ve Declarar FUNDADA la demanda de Nulidad de Acto Jurídico, interpuesta por Juana Doris Angles Cáceres, en contra de Miriam Rosio Cruz Arambu-lo y Luz Maria Chuyacama Nuñez Viuda De Cueva, en cuanto a la pretensión principal de Nulidad del Acto Jurídico. SV 130 YQ Reg. N° 6727-2013-0-0401-JR-CI-08 – Valdez Gómez Rómu-lo Jaime – Municipalidad Provincial de Arequipa – Nulidad de Resolución Administrativa – Espe-cial – REVOCAR la sentencia No. 005-2016 de fecha veintinueve de enero del dos mil dieciséis, de fojas ciento cuarenta y ocho a ciento cincuenta y nueve, que declara INFUNDADA la demanda de fojas die-ciséis y siguientes, subsanada a fojas veinticuatro, interpuesta por Rómulo Jaime Valdez Gómez en representación de Eleazar Valdez Flores en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa con emplazamiento del procurador público de la Muni-cipalidad Provincial de Arequipa, sobre nulidad de Resolución Administrativa. SV 133

YQ

Reg. N° 2827-2013-0-0401-JR-CI-01 – Quispe Cham-ba Judit Vanesa – Paco Castro Valerio – Prescripción Adquisitiva – Abreviado – CONFIRMAR: la senten-cia No. 80-2015, de fecha veintiuno de mayo del dos mil quince, que obra de fojas doscientos sesen-ta y cinco a doscientos setenta y uno, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpuesta por Ju-dith Vanesa Quispe Chambi, contra Valerio Pacco Castro, sobre Prescripción Adquisitiva De Dominio. SV 135 YQ

Reg. N° 576-2012-0-0412-JM-CI-02 –

Cruz Ramos Ricardo Luis – ONP – Acción de Am-paro – Constitucional – DECLARARON NULA la sentencia No. 158-2016, de fecha veinticinco de julio del dos mil dieciséis, de fojas quinientos ocho a quinientos veintisiete, en los extremos que decla-ra FUNDADA en parte la demanda, interpuesta por Ricardo Luis Cruz Campo, sobre proceso constitu-cional de amparo SV 138

YQ Reg. N° 2132-2013-0-0401-JR-CI-07 – Guzman Abarca Livio – Cruz Cárdenas de Leonardo Marilu – Resolución de Contrato – Conocimiento - CONFIRMARON la Sentencia N° 087-2016, de fecha veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, obrante de folios doscientos ochenta y tres a doscientos ochenta y siete, que resuelve declarar INFUNDADA la demanda. Con los SS Béjar Pereira, Yucra Quispe y Ascuña Chavera. AV 217 YQ Reg. N° 10291-2004-97-0401-JR-CI-08 – Linares Víctor Raúl – Gobierno Regional de Are-quipa – Indemnización – Conocimiento - CONFIR-MARON la resolución No. 141, de fecha veintiocho de junio del dos mil dieciséis, copiado obra de fojas ciento tres a ciento cinco, la misma que resuelve DESAPROBAR el informe No. 025-2015-GRA/GRAG-SGPS, anexos y el Oficio número 1786-2015-GRA/GRAG-SGPA remitidos por el funcionario público Mirko Avendaño Quevedo, encargado de dar cum-plimiento a los mandatos del Juzgado en represen-tación de la demandada

VIERNES 10 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. AT03 VC Reg. N° 04023-2016.- Augusto Durand Alvarez.- Cuarto Juzgado Espe-cializado.- Nulidad de cosa juzgada fraudulenta.- DECLARARON Consentida la resolución Nro. dos del uno de marzo de dos mil diecisiete de página treinta y unjo y treinta y tres, Jaime Antonio Ortiz Riveros.- Ronal Lino Córdova Salas.- Indemniza-ción.- Concedieron al apelante el plazo de tres días a efecto de que cumpla con subsanar el defecto advertido, bajo apercibimiento en caso de incum-plimiento de declarar INADMISIBILIDAD del recurso de apelación formulado, así como declarar la nuli-dad del conesorio. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. AT25 VC Reg. N° 07791-2014.- Jaime Antonio Ortiz Riveros.- Ronal Lino Córdova Salas.- Indemnización.- Concedieron al apelante el plazo de tres días a efecto de que cumpla con sub-sanar el defecto advertido, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de declarar INADMISIBILI-DAD del recurso de apelación formulado, así como declarar la nulidad del conesorio. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. SV29 YQ Reg. N° 03167-2012.- Asociación Santa Catalina de Sena.- Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.- Indemnización.- RE-SOLVIERON Tener por adherida a la demandante al recurso de apelación en contra de la sentencia de fojas doscientos sesenta y ocho. TRASLADO por el plazo de diez días del recurso de ahesión mencio-nado. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Maraza.

AV 199 YQ Reg. N° 2262-2014-18-0401-JR-CI-03 – Torres Palao David Rodolfo y Otros – Torres Cuadros Julio y Otros – Nulidad de Acto Jurídico – Conocimiento – CONFIRMARON la Resolución

No.13-2015, de fecha treinta de octubre del dos mil quince, copiado de fojas ciento noventa y ocho a doscientos , en cuanto a los extremos que resuel-ve: 1) Declarar IMPROCEDENTE la nulidad deducida por la apoderada de la parte demandante Marcela Rendón Rojas, deducida mediante escrito de fecha nueve de octubre del año dos mil quince. AV 200

YQ

Reg. N° 3367-2007-34-0401-JR-CI-06 – Rodríguez Medina Alfredo – Gonzales de Zapata Ana Isabel y Otros – Obligación de Dar Suma de Dinero – Eje-cución – CONFIRMARON la Resolución No. 68, de fecha ocho de marzo del dos mil dieciséis, copiado de fojas trescientos ochenta y nueve a trescientos noventa y uno, que resuelve declarar IMPROCE-DENTE la nulidad interpuesta en contra de los ac-tuados desde la resolución No. 64 en adelante por los codemandados Ana Isabel Gonzales Contreras y Carlos Enrique Zapata Llerena, con lo demás que la contiene. AV 201

YQ

Reg. N° 73-1997-29-0405-JM-CI-01 – Huachani Arhuire Facundo – Huachani Arhuire Fernando Gabino y Otros – División y Partición de Bienes – Abreviado – CONFIRMARON la Resolución N° 55, de fecha treinta de mayo del dos mil dieciséis, co-piado a fojas ciento cincuenta y uno, que resuelve declarar improcedente la nulidad formulada por la letrada Dione Vilca Ramírez abogada de Facun-do Arhuire Huachani; en los seguidos por Facun-do Huachani Arhuire, sobre División y Partición de Bienes. AV 202 YQ Reg. N° 1596-2015-72-0401-JR-CI-10 – Caja de Aharro y Crédito de Arequipa – Zuares Hinojosa Nestor Ed-wars – Ejecución de Garantías – Ejecutivo – CON-FIRMARON la resolución número 11-2016, de fecha uno de junio del dos mil dieciséis, copiado a fojas ciento cincuenta y uno, que resuelve declarar im-procedente la nulidad interpuesta por el codeman-dado Nestor Edward Zuares Hinojosa, con lo demás que contiene y lo devolvieron; en los seguidos por Caja Municipal de ahorro y Crédito Arequipa sobre Ejecución de Garantía seguida en contra de Distri-buidora Santa Ursula Empresa Individual de res-ponsabilidad Limitada.En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe.

LUNES 13 DE MARZO DE 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra.- Paredes Bedregal.- Yucra Quispe. SV139 PB Reg. N° 06894-2013.- María Olivia Salas Valdivia.- Abriel Ireldo Salas Val-divia.- Nulidad de Acto Jurídico.- CONFIRMARON la sentencia Nro. 025-2016, de fecha doce de abril de dos mil dieciséis, que resuelve Declarar fundada la demanda de fojas veinte interpuesta, y en conse-cuencia declara nulo el acto jurídico, respecto del bien ubicado en Avenida Dolores Nro. 114 del dis-trito de JLByR, con lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Maraza.

Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV131 YQ Reg. N° 5644-2001-0-0401-JR-CI-05 – Rey de Castro Que-sada Eric Héctor – Rey de castro Iglesias Alvaro y Otros – Partición de Herencia – Abreviado - APRO-BARON la sentencia que declara FUNDADA la de-manda sobre División Y Partición contenida en la demanda de fojas setenta y cinco y siguientes, in-terpuesta por Eric Rey de Castro Quesada, en con-tra de Leo Kostristky, Lantaro Rosas Pfyngthorne y otros. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Ascuña Chavera. SV132 YQ Reg. N° 2306-2015-0-0401-JR-FC-01 – Ministerio Público – Aquima Choquehuanca Rumaldina – Violencia

Familiar – Único - APROBAR la sentencia No. 169-2016, de fecha veintitrés de mayo del dos mil die-ciséis, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la de-manda interpuesta por el señor Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial de Familia, en agravio de Irma Astete Nina, en contra de Tomas Sarmiento Saico y Rumaldina Aquima Choquehuanca. Con los SS Béjar Pereira, Yucra Quispe y Córdova Lanza. SV134 YQ Reg. N° 1509-2015-0-0407-JM-CI-01 – Castillon Prieto Liz Rocío – Chacon Saucedo Adriano – Interdicto de Recobrar – Sumarísimo - CONFIRMAR la sentencia (resolución N° 09), de fecha agosto primero del año dos mil dieciséis, de fojas ciento veintiocho al ciento treinta y cinco, en el extremo que resuelve declarar fundada la demanda de interdicto de re-cobrar, interpuesta por Liz Roció Castillon Prieto en contra de Adriano Chacón Saucedo y Ana Cecilia López Azañero. Con los SS Béjar Pereira Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV139 PB Reg. N° 6894-2013-0-0401-JR-CI-10 – Salas Valdivia María Olivia – Salas Valdivia Abriel Ireldo – Nulidad de Acto Jurídico – Conocimiento – CONFIRMARON la Sentencia N° 025-2016, de fecha doce de abril del dos mil dieciséis, obrante de folios ciento noventa y tres a doscientos tres, que resuelve declarar FUN-DADA la demanda SV140 BJ Reg. N° 2168-2013-0-0401-JR-CI-03 – SEDAPAR – Muni-cipalidad Distrital de Yanahuara – Nulidad de Re-solución Administrativa – Especial - HA RESUEL-TO: CONFIRMAR la Sentencia N° 38-2016-3JEC del treinta de mayo del dos mil dieciséis, de foja ochenta y nueve, que declara fundada la deman-da interpuesta por SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE AREQUIPA - SEDAPAR S.A. en contra de la Municipalidad Distrital de Yanahuara. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Valencia Carnero. AV210 AC Reg. N° 3037-2015-0-0401-JR-CI-07 – Tapia Paredes Edgar Helmer – ONP – Acción Amparo – Constitucional - CONFIRMARON la sentencia 189 - 2016, corriente a folios setenta y siete a noventa y dos, que declara fundada la demanda interpuesta por el actor, con los intereses legales simples no capitalizables has-ta que se haga efectivo el pago de los devengados; en la demanda interpuesta por EDGAR HELMER TA-PIA PAREDES, en contra de la Oficina de Normaliza-ción Previsional.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT01 BP Reg. N° 11966-2016-15.- José Alberto Lazo González- Impugnación de Patrnidad.- RECHAZARON el recurso de queja in-terpuesto. Dispusieron notificar a las partes adjun-tando copia certificada de la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 14 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereira, Yucra Quispe y Córdova Lanza. SV143 YQ Reg. N° 1812-2014-0-0412-JM-CI-01 – Viettel Perú – Mu-nicpalidad Distrital de Paucarpata – Nulidad de Resolución Administrativa – Especial - REVOCAR la sentencia No. 47-2015-CI-3JMP, de fecha cuatro de setiembre del dos mil quince que obra de fojas ciento catorce a ciento veinticuatro, que declara INFUNDADA en todos sus extremos la demanda contenciosa administrativa, interpuesta por Viettel Perú S.A.C. representado por Nguyen Tien Luc, en contra de la Municipalidad Distrital de Paucarpa-ta, con emplazamiento del Procurador Público de la referida Municipalidad; sin costas ni costos del proceso; dispongo la notificación de la presente al Ministerio Público en aplicación del artículo 16 del Decreto Supremo Nº 013-2008-JUS. REFORMÁNDO-LA se declara FUNDADA la demanda contenciosa administrativa, interpuesta por Viettel Perú S.A.C. representado por Nguyen Tien Luc, en contra de la Municipalidad Distrital de Paucarpata.

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. AT01 YQ Reg. N° 00059-2017-2SC- Jorge Fidel Torres Coasaca y otros- Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.- Acción de Am-paro.- RESOLVIERON Declarar la incompetencia de esta Sala Superior por razón de función o grado y DISPUSIERON remitir los actuados al CDG para que sea ingresado en forma aleatoria a la Sala Laboral que corresponda con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. AT51 YQ Reg. N° 00028-2012-0.- Sandra María Rivera Cáceres.- Rosa Miryam Alvarez Cáceres y otros.- Petición y/o Exclusión de Heren-cia.- RECHAZARON el recurso impugnatorio de apelación interpuesto el mismo que declararon IN-ADMISIBLE.- Por tanto NULO el concesorio de ape-lación, debiendo quedar únicamente el concesorio de apelación a favor del codemandado. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 16 DE MARZO DE 2017

SV114 PB Reg. N° 2920-2014-0-0401-JR-FC-01 – Cuarta Fiscalía Pro-vincial de Familia – Enciso Miranda Julio Cesar – Violencia Familiar – Único - CONFIRMARON la Sentencia N° 378-2016, de fecha veintisiete de se-tiembre del dos mil dieciséis, obrante de folios tres-cientos veintiséis a trescientos treinta y uno, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpues-ta por el representante del Ministerio Público, so-bre violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico, en contra de Julio Cesar Enciso Miran-da, en agravio de Miryan Ravelo Romero, Scarleth Dayanne Enciso Ravelo y de la menor Raysha Ross Enciso Ravelo. Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT01 PB Reg. N° 02257-2015-0.- Christian Maurizio Velásquez Salinas.- Otorgamien-to de Escritura Pública.- DECLARARON INFUNDADO el recurso de Queja interpuesto, en contra de la resolución Nro. 28-2017 del seis de marzo de dos mil diecisiete, que declara inadmisible por extem-poránea la apelación a la resolución número vein-tisiete, por los fundamentos expuesto en la parte considerativa. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT01 PB Reg. N° 08631-2014-91.- Hilario Suni Huanca.- María Angélica Lajo Valencia de Vera y otras.- Nulidad de Acto Jurídico.- Declarar Fundado el recurso de Queja interpuesto.- CON-CEDIERON el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución número seis de fecha diez de febrero del dos mil diecisiete, SIN EFECTO SUS-PENSIVO y sin la CALIDAD DE DIFERIDA. Comuní-quese al juzgado mediante oficio y notifíquese a las partes. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT04 PB Reg. N° 01966-2015-24.- Gustavo Sardá Bianchi.- Aura Lucía Calle Olivera.- Anulabilidad de Acto Jurídico.- RESOLVIERON Tener por no presentado el escrito de fecha veintiséis de febrero de dos mil diecisiete presentado por la de-mandada doña Aura Lucía Calle Olivera que obra a fojas mil doscientos ochenta y siete y siguiente. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT08 BP Reg. N° 00198-2016-0.- Manuel Eduardo Delgado Zegarra Ballón.- Clínica Arequipa S.A.- Anulación de Laudos Arbitrales.- RESOLVIERON REQUERIR al centro de Arbitraje de

la Cámara de Comercio de Arequipa a que cumpla con remitir a este órgano jurisdiccional copias cer-tificadas de los actuados pertinentes y principal del expediente Arbitral seguido. DISPUSIERON que el demandante coadyuve con el fotocopiado de los actuados arbitrales, Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. AT31 PB Reg. N° 05927-2014-0.- María Hortensia Begazo Rodríguez.- Jhon Gilber Begazo Rodríguez y otros.- Dispusieron la inmedia-ta devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsa-bilidad cumpla con subsanar la omisión advertida. Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 17 DE MARZO DE 2017

SV114 PB Reg. N° 2920-2014-0-0401-JR-FC-01 – Cuarta Fiscalía Pro-vincial de Familia – Enciso Miranda Julio Cesar – Violencia Familiar – Único - CONFIRMARON la Sentencia N° 378-2016, de fecha veintisiete de se-tiembre del dos mil dieciséis, obrante de folios tres-cientos veintiséis a trescientos treinta y uno, que resuelve declarar FUNDADA la demanda interpues-ta por el representante del Ministerio Público, so-bre violencia familiar en la modalidad de maltrato psicológico, en contra de Julio Cesar Enciso Miran-da, en agravio de Miryan Ravelo Romero, Scarleth Dayanne Enciso Ravelo y de la menor Raysha Ross Enciso Ravelo. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV142 BP Reg. N° 6307-2016-0-0401-JR-FP-02 – Segunda Fiscalía Provincial de Arequipa – DATP y Otros – Infracción – Único - CONFIRMAR la Sentencia N° 428-2016 del veintinueve de diciembre del dos mil dieciséis de foja ochocientos veinticuatro, que declara respon-sables a los adolescentes DATP, FVO, BZB, JPAL, JAGG, del acto infractor a la ley penal contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones le-ves. SV151 BP Reg. N° 299-2016-0-0401-JR-DC-01 – Delgado San Román Natalia Katia – UGEL SUR Arequipa – Proceso de Amparo – Constitucional - CONFIRMAR la Senten-cia No. 180-2016 del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis de fojas ciento ochenta y dos y siguientes, que declara FUNDADA la demanda, interpuesta por Natalia Katia Delgado San Román en contra de la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local Arequipa Sur – UGEL A.S., con em-plazamiento del Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa. En consecuencia, aplicando el derecho que corresponde al caso concreto, por vulneración a los derechos constitucionales a la dignidad, al trabajo digno para la persona con dis-capacidad y a la debida motivación. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Valencia Carnero. AV222

VC Reg. N° 380-2004-13-0411-JM-FC-01 – Gaspar Huamani Tomas Francisco – Chuquicaña Chaupi Amelia Rufina – Separación Convencional y/o Divorcio Ulterior – Conocimiento - CONFIRMAR la Resolución N° 77 del siete de abril del dos mil dieciséis de foja doscientos noventa y cinco, que declara infundada la nulidad formulada por Tomas Francisco Gaspar Huamani en contra de la Reso-lución N° 70, sobre separación convencional y/o divorcio ulterior formulada por el nombrado en contra de Amelia Rufina Chuquicaña Chaupi. Con los SS Yucra Quispe Fernández Palaco y Valencia Carnero. AV223 FP Reg. N° 392-2016-0-0401-JR-DC-01 – Molina Gonzales Ren-zo Zenon – ESSALUD – Habeas Data – Constitucio-nal - CONFIRMAR la resolución N° 01 del once de julio del dos mil dieciséis, a folios diecisiete a dieci-nueve, que declara IMPROCEDENTE la demanda de Habeas Data interpuesta por Renzo Zenón Molina Gonzales. AV224 FP Reg. N° 264-2016-0-0401-JR-DC-01 – Molina Gonzales Renzo Zenon – ESSALUD – Habeas Data – Consti-

tucional - CONFIRMAR la resolución N° 01 del diez de mayo del dos mil dieciséis, a folios diez a once, que declara IMPROCEDENTE la demanda de Habeas Data interpuesta por Renzo Zenón Molina Gonza-les. Con los SS Béjar Pereyra , Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AV232 BP Reg. N° 1171-2011-83-0411-JM-CI-01 – Rodríguez Chavez Edgardo Helard – Ramos Suca Domingo – Inter-dicto de Conservar – Sumarísimo – CONFIRMAR: la Resolución No. 41 del veinte de abril del dos mil dieciséis, copiada a fojas ciento ochenta y siguien-tes, en el extremo que resuelve declarar como SU-CESOR PROCESAL de los demandantes Edgardo He-lard Rodríguez Chávez y Baldramina Palomino de Rodríguez a doña Yeny Celina Rodríguez Palomino; y, DISPONE declarar a los demandantes Edgardo Helard Rodríguez Chávez y Baldramina Palomino de Rodríguez LITISCONSORTES de su sucesora pro-cesal Yeny Celina Rodríguez Palomino.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. AT51 YQ Reg. N° 00028-2012-0.- Sandra María Rivera Cáceres.- Rosa Miryam Alvarez Cáceres y otros.- Petición y/o Exclusión de Heren-cia.- RECHAZARON el recurso impugnatorio de apelación interpuesto el mismo que declararon IN-ADMISIBLE.- Por tanto NULO el concesorio de ape-lación, debiendo quedar únicamente el concesorio de apelación a favor del codemandado. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 20 DE MARZO

Con los SS Béjar Pereyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV148

YQ

Reg. N° 1284-2013-0-0411-JM-CI-01 – Daniel Juan de la Cruz Mendoza Salas – Director General de la Policía Nacional del Perú – Nulidad de Resolu-ción Administrativa – Especial – CONFIRMAR la sentencia de fecha dos de marzo del dos mil die-ciséis de fojas setecientos diecisiete a setecientos veintiocho, que declara INFUNDADA la demanda interpuesta por Daniel Juan de la Cruz Mendoza Salas, en contra del Director General de la Policía nacional del Perú con emplazamiento del procu-rador público a cargo de los asuntos jurídicos del Ministerio del Interior. Con los SS Béjar Pereyra , Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV149 YQ Reg. N° 177-2015-0-0401-JR-DC-01 – Huaman Mejia Florencio – ONP – Acción de Am-paro – Constitucional – CONFIRMAR la Sentencia No. 165-2016 de fecha cinco de agosto del dos mil dieciséis, de fojas cincuenta y tres a sesenta y seis, que declara FUNDADA la demanda interpuesta por Florencio Huamán Mejía, sobre proceso cons-titucional de amparo, en contra de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); en consecuencia, reponiendo las cosas al estado anterior a la afecta-ción de su derecho constitucional. Con los SS Béjar Pereyra, Carreón Romero y Cervantes López. SV150 BP Reg. N° 1964-2013-0-0401-JR-CI-02 – Benavente Valdivia José Luis – Procurador del Ministerio de Economía y Finanzas – Nulidad de resolución Administrativa – Especial - CONFIRMAR la Sentencia No. 061-2016 del veintiuno de junio del dos mil dieciséis de fo-jas trescientos quince y siguientes, que declara FUNDADA la demanda, interpuesta por José Luis Benavente Valdivia en contra del Tribunal Fiscal con emplazamiento del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Econo-mía y Finanzas – MEF. Con los SS Béjar Pereyra, Carreón Romero y Cervantes López. SV152 BP Reg. N° 1908-2015-0-0401-JR-FC-02 – Alarcón Medina Do-ris – Arce Delgado Robert Javier – Divorcio por Causal – Conocimiento - APROBAR la Sentencia Nº 0336-2016 del veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, de foja setenta y cinco, que declara

fundada la demanda interpuesta por Doris Gladis Alarcón Medina, en contra de Marcos Alejandro Rodríguez Cáceres y el Ministerio Público, sobre divorcio por la causal de separación de hecho. Con los SS Béjar Pereyra, Carreón Romero y Cervantes López. SV153

BP Reg. N° 2671-2013-0-0401-JR-CI-03 – Servicentro La Curva – Osinermign – Nulidad de Resolución o Acto Administrativo – Especial - CON-FIRMAR la Sentencia No. 06-2016-3JEC del veinti-siete de enero del dos mil dieciséis de fojas setenta y cinco y siguientes, que declara INFUNDADA la demanda interpuesta por Servicentro La Curva Sociedad de Responsabilidad Limitada, represen-tada por Ana María Valdivia Núñez, en contra del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, sin costos ni costas. Con los SS Béjar Pereyra, Carreón Romero y Cervantes López. SV154 BP Reg. N° 2839-2014-0-0401-JR-FC-03 – Delgado Pizarro Aragón Luis Julio – Arenas Var-gas Patricia – Divorcio por Causal – Conocimien-to - APROBAR la Sentencia No. 298-2016-3JEF del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, de fojas ciento cincuenta y nueve y siguientes, que declara FUNDADA la demanda de divorcio por separación de hecho interpuesta por Luis Julio Delgado Piza-rro Aragón en contra de Patricia Arenas Vargas y del representante del Ministerio Público; en con-secuencia, DECLARA disuelto el vínculo matrimo-nial que los unía, celebrado por ante el Registro del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Paucarpata con fecha veintiuno de mayo de mil no-vecientos noventa y nueve FENECIDA la sociedad de gananciales generada por la celebración del matrimonio antes aludido, PIERDEN los cónyuges el derecho de heredar entre sí, CESA el derecho de la demandante de llevar –agregado al suyo- el ape-llido del ex cónyuge DECLARA la no existencia de cónyuge perjudicado alguno con la separación de hecho.

MARTES 21 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Valencia Carnero. SV155

BP

Reg. N° 8619-2014-0-0401-JR-CI-06 – López Córdova Manuel – Ramos Cuadros Reina Luisa y otros – Ineficacia del Acto Jurídico – Conoci-miento - ANULAR la Sentencia N° 62-2016 del trein-ta de junio del dos mil dieciséis, de foja doscientos cuarenta y dos, que declara infundada la demanda sobre ineficacia de acto jurídico interpuesta por Manuel López Córdova en contra de Reina Luisa Ramos Cuadros y Lupe Dionicia Sacasqui Maquito. Con los SS Béjar Pereyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV159 BP Reg. N° 465-2013-0-0412-JM-CI-01 – Arias Araguez Ananias Jorge – Soncco Huaquisto Féliz y Otros – Indemni-zación – Conocimiento - CONFIRMAR la Sentencia N° 112-2016-CI-1JMP del cinco de julio del dos mil dieciséis, de foja trescientos treinta y tres, en el extremo que declara fundada en parte la demanda sobre indemnización de daños y perjuicios formu-lada por Ananias Jorge Valdivia Arias Araguez en contra de Félix Soncco Huaquisto y Petrona Ticona Condorcillo. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Córdova Lanza. AV 234 BP Reg. N° 3989-2016-0-0401-JR-CI-02 – Fernández Barriga Frida Ceferina – León Cárdenas Oscar Leonidas – In-demnización – Conocimiento - NULA la resolución N° 01 del doce de setiembre del dos mil dieciséis de foja ciento diecisiete que declara improcedente la demanda interpuesta por Frida Ceferina Fernández Barriga, sobre enriquecimiento sin causa. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Valencia Carnero. AV235

BPReg. N° 2473-2011-0-0401-JR-CI-07 – Checa de

López Crelia Alcira – Pérez Jara de Meléndez Sara Angélica – Nulidad de Escritura Pública – Cono-cimiento - NULA la Resolución Nº 59 del seis de octubre del dos mil dieciséis, de foja ochocientos cincuenta y tres, que declara el abandono del pro-ceso sobre nulidad de acto jurídico interpuesto por Crelia Alcira Checa de López. ORDENARON que el A Quo, continúe con el trámite regular del proceso, cumpliendo con efectuar la actuación pendiente a su cargo, descrita en el punto 2.4 de la presente resolución. Con los SS Béjar Pereyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AV227 BP Reg. N° 4198-2009-28-0401-JR-CI-05 – Mendoza Oscco Luis Gustavo – ONP – Acción de Amparo – Constitucio-nal - CONFIRMAR la Resolución No. 74-2016 del dos de febrero del dos mil dieciséis, copiada a fojas setenta y seis, en el extremo que hace efectivo el apercibimiento decretado mediante resolución nú-mero setenta y dos, en consecuencia, IMPONE mul-ta de una (01) Unidad de Referencia Procesal a Mar-tín Tovar Gutiérrez, en su condición de funcionario encargado de dar cumplimiento a las ejecuciones de sentencias de la Oficina de Normalización Provi-sional

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. ATUNO PB Reg. N° 04938-2015-0.- Asociación semi rural de Productores Pecuarios Umapalca.- Reivindicación.- Declararon NULO el concesorio de apelación dispuesto mediante reso-lución seis de fecha veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, y RECHAZARON por extemporáneo el recurso impugnatorio de apelación interpuesto. DISPUSIERON la devolución del presente cuaderno de de apelación a su juzgado de origen. Tómese ra-zón y hágase saber. En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT02 YQ Reg. N° 0114-2017-0.- Municipalidad Distrital de la Joya.- Procurador Público de Gobierno Regional.- Nulidad de Resolu-ción Administrativa.- DISPUSIERON la devolución de los Actuados al Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, para que vuelva a calificar la demanda, teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT32 BP Reg. N° 08130-2014-0.- Rosa Paulina Quintanilla Cáceres.- Cristina Jiménez Villanueva y otros.- Nulidad de Acto o resolución administrativa.- dispusieron LA DEVOLUCIÓN del expediente al Juzgado de Origen para que se cum-pla con subsanar las omisiones anotadas y una vez hecho sea elevado a la brevedad posible en la for-ma de ley, en caso contrario se remitirá las copias de los actuados pertinentes a la Oficina Descon-centrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente . Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT35 BP Reg. N° 03279-2012-0.- Asociación de Industriales Ladrilleros Manuales de Alto San Martín.- Procurador Público Municipal de la Municipalidad Provincial de Arequipa.- Nulidad de Resolución o Acto Administrativo.- DISPUSIE-RON la devolución del expediente al juzgado de origen para que cumpla con subsanar las omisio-nes anotadas y una vez hecho sea elevado a la bre-vedad posible en la forma de ley, eb caso contrario se remitirá las copias certificadas de los actuados pertinentes a la Oficina Desconcentrada de Con-trol de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente. , RECOMENDARON a la secretaria judicial tener mayor cuidado en el cumplimiento de sus obligaciones. Tómese razón y hágase saber.

MIÉRCOLES 22 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereyra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe.

La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

AV238 PB Reg. N° 3434-2011-0-0401-JR-CI-01 – Bejarano Velarde Fe-liz Bernabé – Gobierno Regional de Arequipa – Im-pugnación de Resolución – Especial – CONFIRMAR la resolución N° 13, de fecha veinte de julio del dos mil doce, obrante a folios doscientos diecinueve, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la nulidad planteada por el demandante Félix Bernabé Beja-rano Velarde. Con los SS Béjar Pereyra, Yucra Quispe y Yucra Quispe. AV239 VC Reg. N° 430-2016-0-0401-JR-CI-03 – BBVA Continental – Coaquira Churiquipa Rafael – Obligación de Dar Suma de Dinero – Ejecutivo – DECLARARON NULA E INSUBSISTENTE la resolución N° 03, de fe-cha quince de abril del dos mil dieciséis, obrante a folios cincuenta y cincuenta y uno, que resuelve declarar improcedente la demanda de sobre obli-gación de dar suma de dinero formulada por BBVA Banco Continental en contra de Rafael Coaquira Churiquipa y otro. Con los SS Paredes Be-dregal, Cervantes López y Yucra Quispe. SV 147 PB Reg. N° 1473-2015-0-0411-JR-FC-01 – Nuñez Villanueva de Valencia Beda Guadalupe – Valencia Nuñez María José Guadalupe y Otros – Interdicción – Sumarí-simo – APROBARON la Sentencia N° 251-2016, de folios cuatrocientos treinta y cinco a cuatrocientos cuarenta, que declara FUNDADA la demanda de fo-jas noventa y uno a noventa y seis, interpuesta por Beda Guadalupe Núñez Villanueva de Valencia, so-bre interdicción civil de Hubert Lupo Valencia Cal-derón y accesoriamente se le nombre un curador. Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Yucra Quispe.SV156 BP Reg. N° 6342-2014-0-0401-JR-CI-01 – Viettel Perú SAC – Municipalidad Provincial de Arequipa – Nulidad de Resolución Administrativa – Especial - CONFIRMAR la Sentencia N°129-2015 del uno de setiembre del dos mil quince, del folio ciento dieciséis, que de-clara infundada la demanda contenciosa adminis-trativa interpuesta por el abogado patrocinador de VIETTEL PERU SAC en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa y Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Arequipa. SV157

PB

Reg. N° 3434-2011-0-0401-JR-CI-01 – Bejarano Velarde feliz Bernabé – Gobierno regional de Arequipa – Impugnación de Resolución – Espe-cial – CONFIRMARON la Sentencia N° 31-2016, de fecha trece de abril del dos mil dieciséis, obrante de folios cuatrocientos ochenta y dos a quinientos, que resuelve declarar INFUNDADAS las preten-siones contenidas en la demanda interpuesta por Félix Bernabé Bejarano Velarde en su condición de Presidente de la Asociación de Productores indus-triales Agro Ecológicos del Sur - APIAES en contra del Gobierno Regional de Arequipa y los Registros Públicos. Con los SS Béjar Pereira, Yucra Quispe y Valencia Carnero.SV158 VC Reg. N° 3106-2006-0-0401-JR-FC-03 – Gallegos Pinto Leo-nidas y Otros – Alarcón Gallegos Rosa Cecilia – Nu-lidad de Matrimonio – Conocimiento – DECLARA-RON NULA la Sentencia N° 204-2015 de fecha seis de abril del dos mil quince de fojas mil ochocientos veintidós a mil ochocientos veintiocho que decla-ra: a) FUNDADA EN PARTE la demanda de nulidad de matrimonio obrante de fojas cincuenta y cuatro a setenta y tres, presentada por Julia Dina Galle-gos Pinto, Leónidas Gilberto Gallegos Barriga, en contra de Rosa Cecilia Alarcón Gallegos, sucesión de Santiago Liborio Bejarano Pinto, Municipalidad Distrital de Quequeña y Paula Segura Espinoza.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pereyra y Paredes Bedregal. ATTRES PB Reg. N° 06468-2014-10.- Asociación Mutualista de Pequeños Agricultores de Cayma y Anexos de Arequipa (AMPACA).- Yngrid Elizabheth Zea Fernández.-Nulidad de Acto Jurí-dico.- ACEPTARON la abstención efectuada por el

señor Cárdenas Ticona; debiendo conformar Sala con el señor juez Superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT32 BP Reg. N° 08130-2014-0.- Rosa Paulina Quintanilla Cáceres.- Cristina Jiménez Villanueva y otros.- Nulidad de Acto o resolución administrativa.- dispusieron LA DEVOLUCIÓN del expediente al Juzgado de Origen para que se cum-pla con subsanar las omisiones anotadas y una vez hecho sea elevado a la brevedad posible en la for-ma de ley, en caso contrario se remitirá las copias de los actuados pertinentes a la Oficina Descon-centrada de Control de la Magistratura para que inicie el proceso investigatorio correspondiente . Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT21 PB Reg. N° 02022-2015-0.- Florencio Flores Huallpa y otro.- Emiliana Flores Huallpa.-Petición y/o Exclusión de Herencia.- DE-CLARARON IMPROCEDENTE el pedido de reprogra-mación de vista de causa, presentada por Aquiles Ccahuana Aria en calidad de abogado de Emilia Flores Huallpa. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT37 BP Reg. N° 02425-2012-0.- B & C Construcciones y Edificaciones e Inmobiliarios SAC.- Dora Mirtha Reyes Montañez.- Ejecución de Garantías.- RESOLVIERON Declarar IMPROCEDENTE la nulidad de actos procesales formulada en con-tra la resolución número 48-2017-2SC, atendiendo a las razones expuestas en la parte considerativa. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 23 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. SV162 BP Reg. N° 1847-2015-0-0401-JR-CI-09 – Industria Cerámica Paz SAC – Trujillo Yabar Mark Ronald – Obligación de dar Suma de Dinero – Ejecutivo – CONFIRMAR la Sentencia N° 76-2016 del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, de foja ciento trece, que decla-ra infundada la demanda sobre obligación de dar suma de dinero interpuesta por Industria Cerámica Paz S.A.C., en contra del Mark Roland Trujillo Yabar. Con lo demás que contiene. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Valencia Carnero. AV 147 YQ Reg. N° 7778-2009-81-0407-JM-FC – Florencio Colmeraes Pozo – Banco Continental – Habeas Data – Consti-tucional – DECLARARON NULA la Resolución No. 171, de fecha dos de julio del dos mil quince que obra copiado a fojas ciento sesenta y seis que re-suelve conceder al demandante Florencio Colme-rares Pozo apelación sin efecto suspensivo y sin la calidad de diferida de la resolución 166, con lo demás que contiene.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT03 YQ Reg. N° 04191-2016-0.- Abrahan Maque Quicaño.- Cambio de nombre.- DI-RIMIERON la competencia a favor del Cuarto Juz-gado Civil de Arequipa, DISPUSIERON que el juez del Cuarto Juzgado Civil del Cercado se avoque al conocimiento del presente proceso con conoci-miento del señor juez del juzgado Mixto del Mó-dulo Básico de Justicia de Mariano Melgar. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT31 BP Reg. N° 02417-2013-0.- Rufino Mamani Chipana.- ONP.- Acción de Am-paro.- CONCEDIERON: El recurso de Agravio Cons-titucional interpuesto, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo,

forma y plazo de ley, en los seguidos en contra de la ONP. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT40 YQ Reg. N° 02425-2012-0.- B & C Traducciones y Edificaciones e Inmobiliarios SAC.- Dora Mirtha Reyes Montañez.- Ejecución de Garantías.- RESOLVIERON CORREGIR la resolución número treinta y cinco de folios mil cuatrocientos tres y siguientes que consigna “Hernández” debien-do decir Fernández, con lo demás que contiene. Tó-mese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT31 BP Reg. N° 02417-2013-0.- Rufino Mamani Chipana.- ONP.- Acción de Am-paro.- CONCEDIERON: El recurso de Agravio Cons-titucional interpuesto, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley, en los seguidos en contra de la ONP. Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 24 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. SV162

BP

Reg. N° 1010-2015-0-0401-JR-RC-02 – Ministerio Publico – Bombilla Coila Marcos Herminio – Violen-cia Familiar – Único – RESUELVE: APROBAR la Sentencia Nº 451-2016 del veintinue-ve de diciembre del dos mil dieciséis de foja dos-cientos nueve, que declara fundada en parte la demanda de violencia familiar interpuesta por el representante del Ministerio Público en contra de Victoria Nicolasa Bombilla Cuela y Marcos Herminio Bombilla Coila en agravio de Dina Yralde Puntaca Nayhua. Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Cervantes López. AV242 BP Reg. N° 1010-2015-0-0401-JR-RC-02 – Ministerio Publico – Bombilla Coila Marcos Herminio – Violencia Fami-liar – Único – RESUELVE: REVOCAR la Resolución N° 55 de fecha siete de marzo del dos mil catorce, de foja setecientos noventa y siete, que regula las cos-tas en la suma de 357.54 soles (trescientos cincuen-ta y siete con 54/100 soles); y los costos en la suma de S/. 3000.00 (tres mil con 00/100 soles), sobre de-claración de propiedad interpuesta por Mercedes Guillén Torres en contra de Sulpicio Ricardo Aréste-gui Ampuero y María Antonieta Rondón Zegarra. Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Cárdenas Ticona. AV 243 BP Reg. N° 296-2015-0-0401-JR-DC-01 – Martinez Vilca de Ta-pia María Antonieta – Procurador del Poder Judical – Acción de Amparo – Constitucional – CONFIR-MAR la Resolución N° 1 del veintidós de diciembre del dos mil quince de foja sesenta y seis, que decla-ra improcedente la demanda de acción de amparo interpuesta por María Antonieta Martínez Vilca de Tapia en contra de los jueces superiores de la Pri-mera Sala Cesar Arturo Burga Cervantes, María Eu-lalia Concha Garibay y Marleny Fernández Palaco.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. ATUNO PB Reg. N° 00157-2012-0.- Ursula Hilaria Torres Huarcaya de Ancco.- Nuli-dad de Acto Jurídico.- DISPUSIERON la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabi-lidad cumpla con subsanar las omisiones anotadas, cumplido lo cual deberá remitirse a esta superior Sala Civil, para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT87 PB Reg. N° 00285-2003-

0.- Banco de Crédito del Perú.- Ricardo Fernando Mendoza Abril.- Nulidad de Acto Jurídico.- DISPU-SIERON REMITIR el expediente a la Primera Sala Ci-vil de la Corte Superior de Justicia de la Corte Supe-rior de Justicia de Arequipa, por haber prevenido en conocimiento, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 27 DE MARZO DE 2017

Con los SS Béjar Pereira, Yucra Quispe y Córdova Lanza.SV166 BP Reg. N° 3997-2011-0-0401-JR-FC-02 – Arivilca Aguilar Raúl – Cahuana Mamani Agripina – Divorcio por Causal – Conocimiento – DECLARAR NULA: La Sen-tencia No. 140-2016 del quince de marzo del dos mil dieciséis de fojas quinientos cuarenta y tres y siguientes, que declara: a) INFUNDADA la demanda sobre divorcio por las causales de adulterio y con-ducta deshonrosa que hace insoportable la vida en común, presentada por Raúl Arivilca Aguilar en contra de Agripina Cahuana Mamani y el Ministerio Público.SV171 BP Reg. N° 4085-2013-0-0401-JR-FC-04 – Vilca Patiño Audona – Quispe Huayco Hugo Senon – Divorcio por Cau-sal – Conocimiento – REVOCAR la sentencia N° 174-2016 del veintiocho de marzo del dos mil dieciséis de foja trescientos veinticuatro, en el extremo que declara infundada la pretensión de reparación por daño moral, y REFORMÁNDOLA, la declararon FUN-DADA EN PARTE (en cuanto al monto). Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Ascuña Chavera.SV174 PB Reg. N° 2362-2014-0-0401-JR-FC-04 – Ministerio Público – Velásquez Rodríguez Patricia – Violencia Familiar – Único – CONFIRMARON la Sentencia N° 284-2016, de fecha trece de mayo del dos mil dieciséis de fo-lios doscientos cuarenta y cuatro a doscientos cua-renta y ocho, que resuelve declarar INFUNDADA la pretensión contenida en la demanda de fojas vein-tiséis y siguientes, interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre cese de violencia fa-miliar. Con los SS Béjar Pereira, Cárdenas Ticona y Valencia Carnero.AV256

BP

Reg. N° 6873-2005-0-0401-JR-CI-09 – SCOTIABANK Perú SAA. – Cáceres Velásquez José Luis – Ejecu-ción de Garantías – Ejecutivo – CONFIRMAR la Resolución N° 119 del nueve de marzo del dos mil quince de foja mil quinientos noventa y dos, que resuelve desestimar las observaciones efectuadas por los nombrados y aprueba el informe pericial de foja mil quinientos doce, determinando que el valor actualizado del inmueble ubicado en la man-zana E, Lote 1 y 2 de la urbanización Campestre Arizona, distrito de Mollendo, provincia de Islay, departamento de Arequipa.AV257 BP Reg. N° 6873-2005-0-0401-JR-CI-09 – SCOTIABANK Perú SAA. – Cáceres Velásquez José Luis – Ejecución de Garantías – Ejecutivo – ANU-LAR la Resolución N° 141 del siete de enero del dos mil quince de foja mil ochocientos cuatro, que resuelve declarar improcedente la solicitud de re-querir al Martillero Público para que señale fecha de remate del bien sublitis; y, suspende el trámite del proceso en tanto se determine lo pertinente respecto de los bienes de propiedad de la sociedad conyugal conformada por los ejecutados José Luis Cáceres Velásquez y Marina Yolanda Pérez de Cáce-res. Con los SS Rivera Due-ñas, Fernández Dávila Mercado y Valencia Dongo Cárdenas.AV269 RD Reg. N° 4089-2011-0-0401-JR-CI-05 – Alcocer de Acosti-nelli Luz Mirian – BCP – Nulidad de Cosa Juzgada Fraudalenta – Conocimiento – CONFIRMARON la resolución de fojas seiscientos cuarenta y uno, su fecha veinticinco de julio del dos mil dieciséis, que declara nulo lo actuado y la conclusión del proce-so; con lo demás que contiene.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-

yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT02 BP Reg. N° 00467-2017-0.- Manufacturas Gutiérrez EIRL.- ESSALUD.- Nulidad de Resolución Administrativa.- DECLARAON IM-PROCEDENTE la demanda interpuesta, en conse-cuencia archívese definitivamente el expediente y devuélvase los anexos a su presentante, sin trámite previo dejándose constancia en autos. Tómese ra-zón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT0 1 BP Reg. N° 00072-2017-0.- Rubén Taype Solís.- Quinta Sala del Tribunal Registral Nulidad de Resolución Administrativa.- Resolvieron declarar la INCOMPETENCIA de esta Sala Superior por razón de función o grado, y DIS-PUSIERON Remitir los actuados al CDG para que sea ingresado en forma aleatoria al Juzgado Especia-lizado en lo Civil que corresponda con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT03 YQ Reg. N° 04191-2016-0.- Abrahan Maque Quicaño.- Cambio de nombre.- DI-RIMIERON la competencia a favor del Cuarto Juz-gado Civil de Arequipa, DISPUSIERON que el juez del Cuarto Juzgado Civil del Cercado se avoque al conocimiento del presente proceso con conoci-miento del señor juez del juzgado Mixto del Mó-dulo Básico de Justicia de Mariano Melgar. Tómese razón y hágase saber. Con los SS. Béjar Pere-yra, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. AT31 BP Reg. N° 02417-2013-0.- Rufino Mamani Chipana.- ONP.- Acción de Am-paro.- CONCEDIERON: El recurso de Agravio Cons-titucional interpuesto, ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley, en los seguidos en contra de la ONP. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 28 DE MARZO DE 2017

Con los SS Bejar Pereira, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV 163 BP Reg. N° 8161-2016-0-0401-JR-FP-01 – CGOJ – TACG y Otros – Infracción – Único – CONFIRMAR la Sentencia N° 107-2016 del veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis de foja doscientos setenta y ocho, que ab-suelve a OJCG de la infracción a la ley penal – Con-tra el Patrimonio - Hurto Agravado previsto en el artículo 185° y 186° inciso 1 y 5 del primer párrafo e inciso 1 del segundo párrafo del Código Penal. Con los SS Paredes Be-dregal, Yucra Quispe y Ascuña Chavera. SV 164

YQ Reg. N° 4082-2015-0-0401-JR-FC-01 – Primera Fiscalía Provincial de Familia – Corrales Vásquez Nilda Roxana – Violencia familiar – Único – REVOCAMOS la sentencia No. 269-2016, de fecha cinco de agosto del dos mil dieciséis, que obra de fojas ciento catorce, que resuelve declarar INFUN-DADA la demanda interpuesta por el señor Fiscal Provincial de la primera Fiscalía Provincial de Fami-lia, en agravio de Joel Javier Johnson Cáceres, en contra de Nilda Roxana Corrales Vásquez, con lo demás que la contiene. SV 165 YQ Reg. N° 2432-2011-0-0401-JR-FC-02 – Cari Mamani de Gon-zales Janet – Barral Duran Javier – Interdicción – Único – DESAPROBARON sentencia No. 171-2016, de fecha veintitrés de marzo del dos mil dieciséis, de fojas trescientos veinticinco a trescientos vein-tiocho, que declara FUNDADA la pretensión Inter-dicción Civil contenida en la demanda presentada por Janet Cari Mamani de Gonzales; por la que, DECLARO: La Interdicción Civil de Marco Antonio Barral Cari, en consecuencia se suspenden sus de-rechos civiles del interdicto. Con los SS Béjar Pereira, Paredes Bedregal y Yucra Quispe. SV 167 BP Reg. N° 3038-2013-0-0401-JR-CI-06 – Luque Manchego

La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017

La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPALunes, 28 de agosto del 2017

La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Lunes, 28 de agosto del 2017