maestría en economía peg
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Maestría en Economía – PEG
Nombre del Estudiante: Juan Diego Londoño Herrera
Código: 201314425
Título de la Tesis de Grado: Efecto de la regulación bancaria sobre el crecimiento
económico: costos y política macro-prudencial de largo plazo.
Nombre del Asesor: Rodrigo Taborda, Profesor de la Facultad de Administración de
Empresas, Uniandes y Nelson Vera, exsubdirector de Anif y columnista de La República.
1. Introducción
La crisis financiera mundial de 2008 estuvo enmarcada por una combinación de sobre-
expansión crediticia en los mercados desarrollados y un alto grado de apalancamiento
bancario (tanto por dentro como por fuera del balance). En los Estados Unidos dicha sobre-
expansión crediticia fue particularmente fuerte en el componente de préstamos hipotecarios
como consecuencia de la flexibilidad en las garantías relacionadas con la promesa de pago
del adeudado.
Dichos préstamos hipotecarios (con una alta probabilidad de incapacidad de pago), fueron
agrupados en titularizaciones con calificaciones de crédito AAA, otorgadas por prestigiosas
calificadoras de riesgo, las cuales se escudaron en la buena reputación de la cartera
hipotecaria. Sin embargo, dichas calificaciones fueron desmedidas, pues las garantías de
pago eran casi nulas, dado que la estrategia de expansión bancaria de los primeros años de la
década del 2000 estuvo motivada por el auge de derivados exóticos que impulsaban
indirectamente el mercado sub-prime de hipotecas.
Muchos de los derivados y seguros ofrecidos en este período no fueron valorados
correctamente. Al estar sobrecalificados, los tenedores de las titularizaciones, de los
derivados con subyacentes hipotecarios y las aseguradoras de dichos títulos empezaron a ver
pérdidas de gran magnitud en sus balances cuando estos títulos empezaron a perder valor.
Una vez se iniciaron las contracciones en los indicadores de los precios de la vivienda entre
2006-2007, la incapacidad de pago de los créditos hipotecarios fue masiva, al igual que las
pérdidas para los bancos y demás actores con participación en el mercado hipotecario.
Esta evolución de los hechos llevó a la crisis financiera mundial de 2008, comúnmente
llamada crisis de títulos hipotecarios sub-prime. La gravedad de los acontecimientos se vio
magnificada por la flexibilidad de la regulación financiera, pues las exigencias de capital para
las instituciones crediticias eran menores en esa fecha. Para entonces, el grueso de sistemas
bancarios de las economías desarrolladas (incluido el americano) estaba regido bajo los
estándares establecidos por los acuerdos de Basilea II (máximo rector de las pautas de
supervisión bancaria para la fecha), los cuales presentaban debilidades referentes a: i) bajos
niveles de exigencias de capital fijados en el 8% del patrimonio de la institución bancaria
(niveles muy bajos ante la magnitud de las pérdidas sufridas en 2007-2008); y ii) la
composición del capital de reserva, el cual no fue lo suficientemente líquido y no presentó
una estructura que hiciera posible la absorción de dichas pérdidas.
Por lo anterior, los supervisores financieros del mundo se vieron obligados a revisar las
medidas regulatorias de supervisión bancaria a la fecha. Dicha revisión se vio posteriormente
plasmada en los acuerdos de Basilea-III de 2010. Estas recomendaciones incrementaron la
dureza de las medidas propuestas en Basilea-II, en particular, los acuerdos plantearon: i)
aumentar las reservas de capital en los balances financieros de las entidades bancarias
(engrosando los colchones de solvencia para asumir pérdidas); y ii) modificar la composición
de las reservas de capital, mejorando su calidad y vocación de permanencia dentro del
balance (ver gráfico 1). Dichas recomendaciones fueron necesarias ante el bajo nivel de
capital bancario de reserva, lo que implicaba mayor riesgo sistémico ante la frágil capacidad
de asumir pérdidas por parte del sistema financiero.
Gráfico 1. Evolución requerimientos de capital
(% de los activos ponderados por riesgo APR)
Dichas recomendaciones de Basilea-III fueron adoptadas rápidamente por los reguladores
financieros de países desarrollados. Sin embargo, en los países emergentes, la incorporación
de estas medidas ha sido pausada, pues los sistemas financieros de países en vía de desarrollo
son menos fuertes, haciendo que la adopción de estos estándares sea de manera escalonada.
En Colombia, en medio del moderado efecto de la crisis del 2008, las recomendaciones de
los acuerdos de Basilea-III fueron acogidos parcialmente por el Decreto 1771 de 2012. Este
Decreto estipuló la obligación de una “limpieza” del capital de reserva de los bancos
(mejorando su calidad-permanencia), ello mediante la incorporación del sistema de Activos
Ponderados por Riesgo (APR), el cual dio un menor peso a los bonos subordinados y activos
intangibles (que en la práctica no eran susceptibles a absorber pérdidas por su baja liquidez).
En concreto, la exigencia de capital de reserva fue fijado en el 9% (neto de activos-recursos
de baja calidad-vocación de permanencia), y debió incorporarse en la práctica bancaria entre
agosto de 2012 y agosto de 2013 (fecha límite para el acople total a esta exigencia).
Dicho ajuste regulatorio, aparentemente, ha tenido efectos sobre el potencial de crecimiento
de la economía colombiana. Al endurecer las normas sobre el sistema bancario se generan
dos efectos sobre la actividad económica: i) un efecto directo vía menor rentabilidad del
sistema financiero, pues la mayor exigencia de capital implica mantener una mayor porción
de capital ocioso dentro de los balances bancarios, lo cual disminuye la generación de valor
agregado de este capital, afectando directamente el PIB (a través de la menor generación de
valor agregado de los servicios financieros); y ii) un efecto indirecto mediante el
multiplicador del crédito, donde las mayores exigencias regulatorias implicarían una menor
colocación de crédito por parte de los bancos, lo cual generaría una menor relación
Cartera/PIB, que, según Shumpeter (1911) tendría un efecto negativo sobre el PIB.
El documento se dividirá en 5 secciones: i) introducción; ii) antecedentes, donde se resume
la historia de la regulación bancaria en Colombia y las mediciones previas de los efectos
económicos de endurecer dicha regulación; iii) rentabilidad, donde se evalúa el efecto directo
de la regulación bancaria (vía menor utilidad de los bancos) sobre el PIB; iv) profundización
financiera, donde se evalúa el efecto indirecto de la menor emisión de créditos (menor
profundización financiera) sobre el crecimiento económico; y v) conclusiones, sección donde
se suman los dos efectos (directo + indirecto) con el fin de conocer el costo total del Decreto
1771 de 2012 sobre el PIB de Colombia.
2. Antecedentes
En 1999-2001 Colombia atravesó una crisis financiera con grandes afectaciones sobre la
economía. En ese momento, se dio un impago sistemático de los créditos hipotecarios por el
encarecimiento de las condiciones crediticias. Asimismo, la Unidad de Poder Adquisitivo
Constante (UPAC), que estaba ligada a la tasa DTF, aumentó de manera anormal por la
volatilidad de los mercados financieros mundiales (resultado de la crisis asiática que tuvo un
efecto-contagio sobre las economías emergentes), lo cual llevó a la DTF a distanciarse del
IPC (es decir, un encarecimiento significativo en términos reales para los créditos
hipotecarios). Este suceso implicó la desaparición de bancos insolventes y al fortalecimiento
de la supervisión bancaria, cuando en 2005 se fusionó la Superintendencia de Bancos con la
Superintendencia de Valores, creando la Superintendencia Financiera como un ente de
control renovado y más estricto.
Posterior a la crisis del UPAC, en 2008 se presentó la crisis financiera mundial de títulos
hipotecarios sub-prime, ante la cual Colombia mantuvo una reacción moderada. Sin
embargo, las consecuencias de manejo macro-prudencial derivadas del aprendizaje post-
crisis (entre ellas las recomendaciones de Basilea-III) si llegaron a incluirse parcialmente en
la regulación colombiana.
Dicha absorción parcial de las recomendaciones de Basilea-III (vía Decreto 1771 de 2012),
implicó medidas más estrictas en temas de endeudamiento. Ello derivó en un costo de
oportunidad entre la rentabilidad bancaria y la seguridad-confiabilidad del sistema financiero
(el cual era totalmente ineludible y además deseable, pues fijaba un mayor aseguramiento
ante un eventual episodio de tensión financiera). Este costo de oportunidad fue medido por
Anif (2017), encontrando una pérdida de utilidad cercana a 2 puntos porcentuales del ingreso
total del sector bancario. Dicha medición se hizo mediante un estudio de costo de oportunidad
que consistió en calcular las ganancias hipotéticas en Valor Presente Neto (VPN) de la cartera
no colocada y la inversión no desembolsada producto de los mayores requerimientos de
capital de reserva.
Adicional al estudio de Anif no se ha llevado a cabo ningún ejercicio para estimar las
consecuencias del Decreto 1771 de 2012, ni sobre el sistema financiero (en términos de
inclusión, encarecimiento del crédito o rentabilidad bancaria), ni sobre el impacto agregado
en términos de crecimiento económico. Adicionalmente, la literatura académica o de
consultoría financiera sobre el costo de oportunidad de un sistema financiero más robusto-
seguro vs. los costos en términos de crecimiento económico es inexistente en Colombia. Ante
la ausencia de un entendimiento de las consecuencias de la regulación del sistema financiero
sobre la actividad económica, el objetivo de esta investigación es cuantificar el costo sobre
el crecimiento económico derivado de una regulación bancaria más estricta.
3. Rentabilidad bancaria
El Decreto 1771 de 2012 modificó la estructura del capital de reserva de los bancos
colombianos, a partir de esta norma, el capital libre de riesgo, que hasta ese momento no tenía
la suficiente liquidez y capacidad de absorción de pérdidas, debía adquirir esas propiedades.
Para lograr el cometido de mejorar la composición de la solvencia bancaria, se establecieron
unos ponderadores de riesgo, los cuales otorgan una mayor valía a los títulos-activos líquidos
tales como efectivo, bonos con buena transabilidad en el mercado público y acciones líquidas
en los mercados bursátiles. Al mismo tiempo, el ponderador también castiga títulos poco
líquidos, como bonos subordinados o títulos de renta fija corporativa de largo plazo.
Estos cambios en los ponderadores de la solvencia bancaria implicaron la necesidad de un neteo
del capital por parte de los bancos, lo cual elevó los niveles del patrimonio bancario de reserva
(entendiendo el patrimonio bancario como los recursos que son propiedad del banco, entre ellos
los bonos soberanos, ganancias retenidas, etc.) casi inmediatamente (ver gráfico 2). Una
conclusión contable de este cambio es que los bancos tendrían una menor capacidad financiera
(liquidez), y en consecuencia menor capacidad de otorgar créditos, lo cual tendría
consideraciones sobre el tamaño de la cartera bancaria.
Gráfico 2. Indicador de Solvencia Bancaria en Colombia1
(%, 2008-2018)
Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.
1 La solvencia bancaria se entiende como la relación del patrimonio de un banco dividido sobre los activos ponderados por riesgo. Es decir, la capacidad de absorber el impago de los activos riesgosos con capital propio
Lo anterior podría implicar una menor rentabilidad bancaria, pues el capital no
desembolsado, producto de la mayor regulación estaría dejando de generar valor agregado
(vía intereses no pagados a los bancos sobre los créditos no desembolsados). Es decir, que la
actividad natural de los bancos se contraería a causa de la implementación del Decreto 1771
de 2012. El gráfico 3, muestra que, en efecto, existe una pérdida en la rentabilidad de los
bancos, pues el promedio simple del ROE (utilidad/patrimonio) del sistema bancario entre
2008-2012 (previa implementación del Decreto) fue en promedio de 18.8%, mientras que el
mismo indicador para 2013-2018 (con pleno funcionamiento del Decreto) fue del 13.5%.
Gráfico 3. Rentabilidad sobre el patrimonio (ROE)2
(%, 2008-2018)
Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.
3.1 Aproximación empírica.
Si bien, se observa una pérdida en la rentabilidad bancaria (vía ROE) posterior a la
implementación del Decreto 1771 de 2012, no se puede endilgar la totalidad de este efecto a
la mayor regulación bancaria. En efecto, la literatura académica propone variables que
explican el comportamiento de la rentabilidad bancaria. Autores como Boshkoska (2013),
2 La rentabilidad sobre el patrimonio (ROE) es la relación entre las ganancias netas y el patrimonio.
Akani & Lucky (2015) y Xu et.al (2019) han coincidido en que las variables básicas que
explican la rentabilidad bancaria son: i) la relación de solvencia, estableciendo directamente
la proporción del capital que puede ser objeto de préstamos (modificado, en el caso
colombiano, directamente por el Decreto 1771 de 2012); ii) la morosidad de cartera, siendo
este un indicador del deterioro del ciclo crediticio; iii) la relación capital/depósitos, midiendo
indirectamente el costo del fondeo de las entidades bancarias; iv) el tamaño de las entidades
bancarias (capturando la maniobrabilidad que puede otorgar el “musculo financiero” de cada
entidad); y v) el crecimiento real de la cartera, donde mayores expansiones del crédito
bancario implicarían mayor escalabilidad de la actividad bancaria, y con ello, mayor
rentabilidad.
Utilizando estas variables, es posible determinar el posible efecto de la nueva regulación, y
al mismo tiempo la posible causalidad de la regulación sobre la rentabilidad del sistema
bancario colombiano. Para lograr este propósito, se propone examinar el efecto sobre el
sistema bancario colombiano utilizando como grupo de control el sistema bancario de Chile,
país en el cual no se elevaron los estándares de regulación bancaria y los bancos han operado
bajo las normativas previas a Basilea-II.
Para realizar la medición de impacto se utiliza información a nivel de bancos de Colombia y
Chile entre agosto de 2010 y diciembre de 2018. Este período de tiempo fue asignado dada
la disponibilidad de datos a la fecha en la cual fue estructurada la base de datos que utilizará
este estudio. Dicha información será extraída de los reportes de la Superintendencia
financiera de Colombia y la Superintendencia de bancos e instituciones financieras de Chile.
No obstante, dentro de dicha medición se tomarán en cuenta 2 tipos de bancos (adicional a
la división primordial de la nacionalidad del banco), pues existen algunas entidades que por
diversas razones (exigencias de casa matriz, cotización en bolsas americanas, etc.) ya
cumplían con las exigencias de Basilea III previa implementación del Decreto 1771 de 2012.
La ecuación que se estima empíricamente para examinar la relación entre la regulación y el
desempeño de los bancos es:
Ecuación 1
𝑹𝑶𝑬𝒊,𝒕 = 𝜷𝒐 + 𝜷𝟏𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒊,𝒕 ∗ 𝑷𝒂í𝒔𝒊 + 𝜷𝟐𝑴𝒐𝒓𝒐𝒔𝒊𝒅𝒂𝒅𝒊,𝒕 + 𝜷𝟑 (𝑪𝒂𝒑𝒊𝒕𝒂𝒍
𝑫𝒆𝒑𝒐𝒔𝒊𝒕𝒐𝒔)
𝒊,𝒕
+ 𝜷𝟒𝑨𝒄𝒕𝒊𝒗𝒐𝒔𝒊,𝒕 + 𝜷𝟓𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝑪𝒂𝒓𝒕𝒆𝒓𝒂𝒊,𝒕 + 𝜷𝟔𝑺𝒚𝑷𝟓𝟎𝟎𝒕
+ 𝜷𝟕𝑻𝑹𝑴𝒊,𝒕 + 𝜷𝟖𝑻𝒂𝒔𝒂 𝑹𝑬𝑷𝑶𝒊,𝒕 + 𝜷𝟗𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒊,𝒕 + 𝜷𝟏𝟎𝑷𝒂í𝒔𝒊
+ 𝜺𝒊,𝒕
𝒅𝒐𝒏𝒅𝒆 𝒊 = 𝒃𝒂𝒏𝒄𝒐; 𝒕(𝒂𝒈𝒐𝒔𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟎 𝒚 𝒅𝒊𝒄𝒊𝒆𝒎𝒃𝒓𝒆 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟖)
En esta ecuación se usa la rentabilidad bancaria (explicada por el ROE) como variable
dependiente. La principal variable explicativa es la interacción entre la variable dicótoma de
“Decreto” (la cual tomará valores de 1 cuando el decreto este vigente y 0 cuando no) y “País”
(la cual tomará valores de 1 cuando el País sea Colombia y 0 cuando sea Chile).
Las variables de control incluidas para explicar el comportamiento de las utilidades bancarias
son: i) la cartera morosa; ii) la relación capital/depósitos; iii) los activos de cada banco
(capturando el tamaño de cada entidad); y iv) el crecimiento real de la cartera.
Adicionalmente, se incluirán las variables macro-financieras que podrían afectar el flujo de
utilidades bancarias (allí se descontará el ciclo de liquidez mundial, la inflación, la tasa de
cambio y demás factores económicos-externos que pueden afectar exógenamente la
rentabilidad bancaria). Dichas variables fueron tomadas del Departamento Administrativo
Nacional de Estadística (DANE) y del Banco de la República en el caso colombiano, y del
Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Banco Central en el caso chileno. En cuanto a las
cifras del SyP500, estas fueron tomadas de Bloomberg. Cabe aclarar que para mitigar
posibles efectos de estacionalidad en las variables de los activos financieros y el SyP500,
estas variables fueron agregadas a la ecuación tomando su crecimiento anual y no su valor
puntual.
Tabla 1.
Variables Descriptivas Colombia y Chile
Colombia
Variable Observaciones Media Desviación
estándar Mínimo Máximo
Cartera morosa 2.121 0,04 0,02 - 0,18
Relación Capital/Depósitos 2.121 159,79 3.316,90 - 100.089
Activo Bancario 2.121 4,15e^7 9,75e^7 - 6,27e^8
Crecimiento real de la cartera 2.121 0,10 0,17 -0,65 1,51
Chile
Variable Observaciones Media Desviación
estándar Mínimo Máximo
Cartera morosa 1.414 0,02 0,02 -
0,07
Relación Capital/Depósitos 1.414 5,09 25,16 -
755,32
Activo Bancario 1.414 2,11e^7 4,51e^7 -
2,46e^8
Crecimiento real de la cartera 1.414 0,19 0,73 -0,57 12,29
La tabla 1 muestra las estadísticas descriptivas de las principales variables incluidas en las
ecuaciones. Allí se muestra: i) la cartera morosa que es la relación de los créditos otorgados
por los bancos que tienen 60 o más días de vencimiento, dicha variable tiene un media del
4% en Colombia y del 2% en Chile lo cual sugiere una cartera saludable en el grueso de
bancos de ambos países; ii) la relación capital/depósitos que representa el grado de
apalancamiento propio del banco que tienen los depósitos (dinero de las personas naturales
y jurídicas en cuentas de ahorro, CDTs y demás productos financieros de ahorro), allí existe
una alta heterogeneidad de datos que se explica por la diversidad de bancos, pues los bancos
pequeños y nuevos tienen a tener altas sumas de capital previo a la llegada de los depósitos
del público (esta relación tiende a disminuir en la medida en que el banco crece y capta más
recursos del público); iii) el activo bancario es el dinero que las personas (naturales y
jurídicas) deben al banco, es decir, son los créditos expedidos por los bancos, dicha variable
representa el tamaño de los bancos; y iv) el crecimiento real de la cartera el cual representa
que tanto crecen los activos de un banco en términos reales (descontando el efecto de la
inflación), esto representa, en términos prácticos, el crecimiento real de un banco.
Cabe aclarar que las variables bancarias son de naturaleza nominal, por lo cual se verán
afectadas por la política monetaria, razón por la cual dichas ecuaciones incluirán la tasa
REPO como control. Adicionalmente, el crecimiento real de la cartera descuenta el efecto de
la inflación, lo cual controla a su vez el efecto del incremento de precios de la economía.
3.2 Resultados
Para cuantificar el efecto de la mayor regulación sobre la rentabilidad del sistema bancario
(con implicaciones sobre el crecimiento económico), se propuso una estimación de
diferencias en diferencia. Allí, la primera fuente de variación es el desempeño de los bancos
al interior de cada país, y la segunda la variación entre países. El primer paso es verificar si
el grupo de control (sistema bancario chileno) y el grupo de tratamiento (sistema colombiano)
cumplen el supuesto de tendencias paralelas. La tabla 2 muestra la prueba estadística para
verificar la existencia de tendencias paralelas entre el sistema bancario chileno y el
colombiano previo a la implementación de Decreto 1771 de 2012. Allí observamos que los
bancos que por diversas razones cumplían con las exigencias de Basilea III previo a la
implementación del Decreto 1771 de 2012, presentan tendencias diferentes (comparando el
sistema colombiano y el chileno), sin embargo, los bancos que no se regían bajo estas
exigencias si mostraron tendencias paralelas (es decir que la diferencia de sus tendencias no
es estadísticamente significativa). Es decir, que existe evidencia estadística para afirmar que
este segmento de bancos (aquellos que no se regía bajo los estándares de Basilea III previo a
la implementación del Decreto 1771 de 2012) se comportaban de manera similar, razón por
la cual (para esta porción de bancos) el sistema bancario chileno estaría calificado como un
buen grupo control para desplegar esta metodología.
Tabla 2. Tendencias paralelas
Una vez probado el supuesto de tendencias paralelas para los bancos que no se regían bajo el
Decreto 1771 de 2012 previo a su implementación, es posible cuantificar el efecto de dicho
Decreto sobre el ROE de esta porción de bancos. La tabla 3 muestra el resultado de la
regresión de diferencias en diferencia (el efecto promedio de la aplicación del Decreto 1771
de 2012 sobre el ROE de cada banco). Allí se observa que el estimador de diferencias en
diferencias es negativo y estadísticamente significativo con un 99% de confianza. Ello
implica que existe evidencia estadística de un efecto del Decreto 1771 de 2012 sobre la
rentabilidad de los bancos colombianos. En concreto, dicho efecto es de -0.0494, es decir
que, en promedio, los bancos colombianos vieron afectado su ROE en 4.94pp producto de la
implementación del decreto 1771 de 2012.
A partir de este resultado, es posible extrapolar la magnitud de la menor rentabilidad sobre la
generación de valor agregado del sistema bancario. En efecto, pérdidas en el ROE de los bancos
que mencionados equivalentes a 4.94pp, son equivalentes a un costo de oportunidad de utilidad
del 4.94% del patrimonio/año de los bancos que experimentaron el acople al Decreto 1771 de
2012, en términos agregados este efecto es equivalente a una reducción en el PIB de Colombia
de 0.39pp, pues, en promedio, el patrimonio bancario de estos bancos desde 2013 hasta 2018
ha sido aproximadamente el 8% del PIB, lo cual implicaría que una reducción del ROE
bancario equivalente a 4.94% de patrimonio sería equiparable a perder 0.39% de la generación
de valor agregado del capital, es decir una reducción de 0.39% en el PIB.
Tabla 3.
4. Profundización financiera
Un efecto importante en términos macroeconómicos derivado de la adopción de las medidas
prudenciales podría verse en la menor profundización financiera (relación cartera
crediticia/PIB). Ello, debido a que las mayores exigencias de solvencia repercuten en la
capacidad financiera de los bancos, siendo menor la cantidad de recursos que pueden ofrecer
en el mercado, limitando directamente el volumen de emisión de créditos. El gráfico 4,
muestra como la expansión de la cartera bancaria en Colombia ha crecido a menor ritmo
después de la implementación del Decreto 1771 de 2012.
Gráfico 4. Evolución de la cartera bancaria
(var. % real anual, 2010-2018)
Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.
La reducción en el crecimiento del crédito podría tener repercusiones reales sobre la
economía. Según Shumpeter (1911), las variaciones en la emisión de créditos de una
economía tienen efectos reales sobre la producción. Es decir, la contracción en la cartera
bancaria implicaría pérdidas en crecimiento económico y viceversa (expansiones en la
emisión de créditos implicarían mayor crecimiento económico). Este efecto ha sido estudiado
por King & Levine (2008), quienes probaron que la mayor profundización financiera está
fuertemente relacionada con un mayor crecimiento económico vía acumulación de capital y
una mejor-mayor selección de proyectos en los cuales una economía utiliza el capital.
El gráfico 5 muestra el comportamiento del crecimiento de la cartera bancaria y el
crecimiento económico agregado de la economía colombiana. La correlación entre ambas
series de tiempo es de 85%. Esta fuerte asociación sugiere que las restricciones al crédito
determinadas en el Decreto 1771 de 2012 pueden afectar indirectamente el potencial de
crecimiento de la economía ya que la regulación implica menor expansión en la emisión de
créditos, y por ende menor crecimiento económico.
Gráfico 5. Cartera bancaria vs. PIB-real
(var. % anual, 2009-2018)
Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera y Dane.
4.1 aproximación empírica.
Aunque la asociación entre el crecimiento de la cartera y el PIB es fuerte, el efecto del
Decreto 1771 de 2012 sobre la cartera bancaria y en consecuencia sobre otras variables
estructurales no es definitivo. Algunos autores han encontrado efectos de la regulación
bancaria sobre factores agregados de la economía, entre ellos: i) Slovik & Cournéde (2011)
quienes encontraron que la mayor regulación bancaria haría que el costo del crédito aumente;
y ii) Martínez & Remolina (2019), quienes estudiaron los efectos de la implementación de
Basilea III sobre la inclusión financiera, encontrando afectaciones en este rubro,
especialmente en los países emergentes con mercados de capitales poco desarrollados.
Únicamente, las proyecciones preliminares del BIS (2011) dilucidaron el efecto de los
mayores requerimientos de capital derivados de los acuerdos de Basilea III sobre el
crecimiento económico. Allí, las estimaciones del BIS apuntaron a una reducción promedio
de 0.09pp en el potencial de crecimiento económico por cada incremento de 1pp en los
requerimientos de solvencia. Sin embargo, estas fueron estimaciones previas a la
implementación de los acuerdos de Basilea III, razón por la cual, es necesario el análisis
cuantitativo de dicho acople (para el caso colombiano en este trabajo).
Para probar el que hemos denominado el efecto indirecto del Decreto 1771 de 2012 sobre el
PIB de Colombia, se llevará a cabo un análisis de series de tiempo, en donde se evaluará el
efecto que tuvo la regulación bancaria de Basilea III sobre el crecimiento real de la cartera
de todo el sistema financiero (no solo de la porción de bancos que no presentaron un acople
previo a las exigencias de Basilea III). Para desarrollar este ejercicio se utilizarán como
determinantes del crecimiento de la cartera bancaria las mismas variables asociadas a la
utilidad bancaria que se usaron en la sección anterior.
La ecuación relacionada con el análisis de serie de tiempo tendrá la siguiente forma:
Ecuación 2
𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒓𝒆𝒂𝒍 𝑪𝒂𝒓𝒕𝒆𝒓𝒂𝒕
= 𝜷𝒐 + 𝜷𝟏𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒕 + 𝜷𝟐𝑴𝒐𝒓𝒐𝒔𝒊𝒅𝒂𝒅𝒕+𝜷𝟑 (𝑪𝒂𝒑𝒊𝒕𝒂𝒍
𝑫𝒆𝒑𝒐𝒔𝒊𝒕𝒐𝒔)
𝒕
+ 𝜷𝟒𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝑺𝒚𝑷𝟓𝟎𝟎𝒕 + 𝜷𝟓𝑻𝑹𝑴𝒕 + 𝜷𝟔𝑻𝒂𝒔𝒂 𝑹𝑬𝑷𝑶𝒕 + 𝜺𝒕
𝒅𝒐𝒏𝒅𝒆 𝒕 = 𝒕(𝒂𝒈𝒐𝒔𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟎 𝒚 𝒅𝒊𝒄𝒊𝒆𝒎𝒃𝒓𝒆 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟖)
En esta segunda ecuación se tomará como variable dependiente el crecimiento real anual de la
cartera bancaria. Allí, la principal variable explicativa será la variable dicótoma de “Decreto”
(la cual tomará valores de 1 cuando el decreto este vigente y 0 cuando no). Mientras que las
variables de control que pueden explicar el comportamiento de la cartera crediticia son: i) la
cartera morosa; y ii) la relación capital/depósitos. Adicionalmente, se incluyen variables
macro-financieras que podrían afectar el flujo de los créditos: i) la tasa de crecimiento de las
valorizaciones del SyP500, descontando el efecto de la liquidez mundial (flujo de capitales por
mayores rentabilidades externas); ii) la TRM, capturando la posición relativa de Colombia
frente al mundo (siendo además de especial relevancia en las decisiones de inversión de agentes
extranjeros); y iii) la tasa REPO, recogiendo el efecto de la política monetaria.
4.2 Resultados
Para cuantificar el efecto indirecto de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento
económico, será necesario realizar un análisis de series de tiempo. Allí, el primer paso será
verificar si existe un cambio estructural (cambio de tendencia) de la serie de tiempo a raíz de
la implementación del Decreto 1771 de 2012. Para ello, será necesario realizar una prueba
de Chow, la cual consiste en verificar si hay un cambio estructural a raíz de un evento puntual,
todo esto para un mismo grupo de datos. En este caso, el objetivo es determinar si el
crecimiento real anual de la cartera sufrió un cambio estructural posterior a la
implementación del Decreto 1771 de 2012.
Para ello, necesitaremos correr 3 regresiones de Mínimos Cuadrados Ordinarios (MCO). La
primera contemplará la totalidad del período de tiempo estudiado (Agosto de 2010-
Diciembre de 2018 – tabla 3), la segunda solo tendrá en cuenta el período anterior a la
implementación del Decreto 1771 de 2012 (Agosto 2010-Agosto 2012 – tabla 4) y la tercera
será únicamente para el período posterior a la implementación (Septiembre 2012-Diciembre
2018 – tabla 5). Estas regresiones serán necesarias para concluir si los determinantes son
estadísticamente diferentes, y si en efecto hay un cambio estructural a raíz de la
implementación del Decreto 1771 de 2012, dicha comprobación se hará mediante la prueba
estadística de Chow que se contrastará con un estadístico F (parámetros, N-2*parámetros).
Tabla 4.
Number of Obs. 89
F (5, 83) 81.06
Prob > F 0.0000
R-Squared 0.7880
Root MSE 0.01755
VARIABLES Crecimiento real cartera Calidad Cartera -3.560*** (0.450)
Capital a depósitos 0.165 (0.231)
Crec. SyP500 -0.201*** (0.0372)
TRM -0.0550*** (0.0194)
REPO -1.543*** (0.210)
Constant 0.250*** (0.0711)
Observations 89
R-squared 0.788
Robust standard errors in parentheses
*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1
Tabla 5.
Number of Obs. 13
F (5, 7) 8.38
Prob > F 0.0072
R-Squared 0.7776
Root MSE 0.01435
VARIABLES Crecimiento real cartera
Calidad Cartera 1.957 (5.252)
Capital a depósitos -2.341 (1.315)
Crec. SyP500 -0.217 (0.138)
TRM -0.408* (0.179)
REPO -7.781*** (2.150)
Constant 1.005*** (0.227)
Observations 13
R-squared 0.778
Robust standard errors in parentheses
*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1
Tabla 6.
Number of Obs. 76
F (5, 70) 254.53
Prob > F 0.0000
R-Squared 0.9308
Root MSE 0.00734
VARIABLES Crecimiento real cartera Calidad cartera -2.679*** (0.187)
Capital depósitos -0.138 (0.136)
Crec. SyP500 -0.0435** (0.0216)
TRM 0.0281*** (0.00976)
REPO -1.183*** (0.103)
Constant 0.236*** (0.0389)
Observations 76
R-squared 0.931
Robust standard errors in parentheses
*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1
Las tablas 4, 5 y 6 ilustran las regresiones para el período de tiempo total de análisis, el
período previo y el período posterior a la implementación del Decreto 1771 de 2012. Allí
cabe resaltar que los determinantes del SyP500 y Tasa Repo conservan el signo esperado, lo
cual es una señal de robustez de las regresiones. No obstante, los determinantes de la relación
capital depósitos y TRM si tienen signos contrarios entre el período pre-implementación del
decreto y post-implementación, y esto se debe a que: i) la relación capital/depósitos tiene un
impacto positivo sobre el crecimiento de la cartera previo a la implementación del decreto,
pues permitía un mayor crecimiento apalancado en el capital bancario dadas las menores
exigencias de liquidez; y ii) la penetración de los bancos en los mercados cambiarios fue
mayor hacia la segunda mitad de la década, lo que permitió aprovechar los incrementos en la
TRM con coberturas que generaban utilidades que podían ser reinvertidas para expandir el
activo bancario.
Teniendo las 3 regresiones anteriormente descritas, debemos probar la prueba de Chow:
𝑆𝑆𝐸 − (𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5+ 𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6
)𝐾
𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5+ 𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6
𝑁𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5+ 𝑁𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6
− 2𝐾
~𝐹𝑘,𝑁1+𝑁2−2𝐾
Y, convirtiendo los RMSE de las regresiones bajo la formula 𝑆𝑆𝐸 = 𝑁 ∗ 𝑅𝑀𝑆𝐸2 tendríamos
la siguiente:
0.02741 − (0.00268 + 0.0041)5
0.00268 + 0.004113 + 76 − 10
~𝐹5,79 = 48.06, 𝑠𝑖𝑒𝑛𝑑𝑜 𝑒𝑙 𝑒𝑠𝑡𝑎𝑑𝑖𝑠𝑡𝑖𝑐𝑜 𝐹 = 4,415
Así, hemos probado con ayuda del estadístico de Chow, que hay evidencia estadística de un
cambio estructural posterior al período de total implementación del Decreto 1771 de 2012.
Después de establecer la causalidad del Decreto 1771 de 2012 sobre la tasa de crecimiento
real de la cartera, se procederá a cuantificar dicho efecto, tal y como se propone en la ecuación
2. Dicha estimación será realizada bajo el método de Cochrane-Orcutt con la intención evitar
la correlación serial de los errores del modelo. La metodología de Cohrane-Orcutt emplea
una diferencia de primer orden de los errores del modelo (siempre y cuando estos sigan una
tendencia autorregresiva de primer orden, y la generación de los errores de esta estructura
autorregresiva sean un ruido blanco), con lo cual se elimina el sesgo de autocorrelación serial
entre las series.
La tabla 7 muestra el resultado de la estimación mediante el método de Praise Winter, el cual
emplea el procedimiento de Cochrane-Orcutt, solo que con una transformación a la primera
observación para conservar los grados de libertad. En dichos resultados se puede observar el
efecto de la mayor regulación bancaria sobre la expansión de la cartera de crédito. Allí se
evidencia que existe un efecto negativo y estadísticamente significativo de la regulación
bancaria sobre la emisión de créditos. En concreto, dicho efecto es de -0.042, lo que es
equivalente a una reducción de 4.2pp en la profundización financiera colombiana.
Tabla 7
Number of Obs. 88
F (6, 81) 68.88
Prob > F 0.0000
R-Squared 0.8361
Adj R-Squeared 0.8240
Root MSE 0.00655
VARIABLES Crecimiento real cartera Decreto -0.0421*** (0.00529)
Calidad cartera -2.615*** (0.306)
Capital a depósitos -0.0115 (0.164)
Crec. SyP500 -0.0372** (0.0158)
TRM 0.0283** (0.0120)
REPO -1.126*** (0.143)
Constant 0.246*** (0.0475)
Observations 88
R-squared 0.836
Standard errors in parentheses
*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1
El efecto de la regulación prudencial sobre el crecimiento de la cartera crediticia puede
extrapolarse a cifras de profundización financiera. Pues una pérdida de 4.2% en la emisión
de créditos es equivalente a una disminución de 2pp de profundización financiera en el
período pos-implementación del Decreto. Es decir que para 2018, de no haberse
implementado el Decreto 1771 de 2012, la profundización financiera (cartera/PIB) sería de
49.3% (vs. el 47.3% que se tuvo en 2018).
Las implicaciones de menor profundización financiera sobre el crecimiento económico han
sido analizadas por la Asociación de Bancos de Colombia (Asobancaria). Allí, el gremio
analizó la hipótesis de “too much finance”, la cual implica que la relación entre la
=4.2pp en crec. De la cartera 2pp de PIB-profundización
profundización financiera y el crecimiento económico tiene una forma de U invertida, con
un punto óptimo donde la profundización financiera maximiza el crecimiento económico (ver
Asobancaria, 2017).
Gráfico 5. Profundización financiera vs. PIB
(Cálculos para Colombia)
Fuente: Asobancaria.
El gráfico 5 indica que, en Colombia, el nivel de profundización financiera que optimiza el
crecimiento económico es de 58% (relación: cartera bancaria/PIB), lo cual indica que en el
2018 (fecha de análisis para este estudio) Colombia se encontraba 10.7pp por debajo de su
óptimo necesario para lograr la mayor sinergia posible entre crecimiento económico y
crecimiento crediticio. Y, como hemos visto anteriormente la mayor regulación financiera
implicó 2pp de dicha brecha en profundización financiera, lo que se puede resumir, según los
cálculos de Asobancaria en un menor crecimiento económico de aproximadamente 0.06pp,
siendo este el efecto indirecto de la regulación bancaria sobre el dinamismo de la economía
colombiana.
5. Conclusiones
Los hallazgos de este documento pueden resumirse de la siguiente manera: i) existe un efecto
directo de la mayor regulación bancaria sobre el PIB de Colombia, la magnitud de este efecto
es de 0.39pp de crecimiento potencial derivado de la mayor regulación bancaria, y, la forma
contable de ver este impacto es mediante la menor rentabilidad de los bancos (la cual
posteriormente deriva en menor valor agregado del capital y por ende menor PIB); ii) existe
un efecto directo de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento real de la emisión de
créditos, la magnitud de este efecto es de 4.2pp de crecimiento potencial de la cartera
bancaria, lo cual ha representado una disminución de la profundización financiera de 2pp
desde agosto de 2013 a diciembre de 2018; y iii) Existe un efecto indirecto de la mayor
regulación bancaria sobre el crecimiento económico, el cual puede cuantificarse mediante la
existencia de una relación Shumpeteriana (profundización financiera y crecimiento
económico) en la economía colombiana, este efecto según las mediciones de este estudio
implican un costo de oportunidad de 0.06pp de crecimiento potencial sobre la economía
colombiana derivado de la menor profundización financiera pérdida por la mayor regulación
bancaría.
En el agregado, el costo total de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento económico
en Colombia para el período 2013-2018 es de 0.45pp, los cuales se pueden descomponer en
0.39pp de un efecto directo sobre la menor generación de valor agregado del capital (derivado
de las menores utilidades bancarias por la mayor cantidad de capital ocioso en los balances
bancarios) y 0.06pp de un efecto indirecto sobre los prestamos e inversiones no efectuadas.
Finalmente, este documento encontró que la mayor regulación bancaria tiene un efecto
negativo sobre el crecimiento económico cuantificado anteriormente. No obstante, el
resultado de esta investigación no supone que elevar los estándares de regulación bancaria
(cercana a los parámetros internaciones) sea un aspecto negativo para la economía
colombiana, pues si bien, endurecer dichos aspectos regulatorios tiene un impacto sobre el
crecimiento económico, también supone un sistema bancario más seguro, el cual estaría más
preparado para afrontar crisis financieras apoyándose en unas reservas de capital más sólidas.
En conclusión, el fortalecimiento de la regulación bancaria es deseable, pues supone un
seguro sobre la economía colombiana ante una crisis de naturaleza financiera o una crisis
sistémica con impactos sobre el sector bancario. Sin embargo, como todo seguro, esta mayor
regulación implica algunos costos. Y, para esta investigación, cuantificamos dicho costo
sobre el crecimiento económico el cual es de 0.45pp del PIB.
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