manual de convivencia colegio maria auxiliadora

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Manual de convivencia

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Page 1: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora
Page 2: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Parágrafo 1. Las decisiones del Consejo Directivo se tomarán por

mayoría simple de quienes lo conforman.

Parágrafo 2. Los administradores escolares podrán participar en las

celebraciones del Consejo Directivo con voz pero sin voto, cuando éste

les formule invitación a solicitud de cualquiera de sus miembros.

Parágrafo 3: Dentro de los primeros sesenta (60) días calendario

siguientes al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual,

deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus

funciones. Con tal fin el Rector convocará con la debida anticipación, a

los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

Artículo 4. Del Rector y sus funciones.

Es el orientador del proceso educativo. En tal calidad, además de las

actividades que le corresponde realizar de acuerdo con las normas

vigentes; con relación al Gobierno escolar, tiene las siguientes:

Decidir o dar trámite correspondiente a las situaciones académicas,

de convivencia y extra-académicas que se sometan a su

conocimiento de acuerdo con su competencia y el conducto regular

establecido en la institución.

Producir las resoluciones internas y los demás actos de

administración propios de sus funciones, así como los actos

necesarios para hacer cumplir las decisiones de los Consejos y

demás organismos del establecimiento.

Coordinar el trabajo de los consejos, comités y organismos de la

institución en procura de la armonía con los fines, objetivos y

filosofía institucionales.

Page 3: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 5.- Del Consejo Académico.

El Consejo Académico estará integrado por:

1. El Rector quien lo preside

2. El Coordinador Académico

3. Un Docente por cada área definida en el Plan de Estudios

Artículo 6.- Del Comité de Convivencia.

Existirá un Comité de Convivencia integrado por:

El Coordinador de Convivencia quien lo convocará y presidirá.

Un Representante de los Docentes

El Personero de los Estudiantes

El vocero del cada grado

Artículo 7.- Funciones del Comité de Convivencia.

El Comité de Convivencia tendrá las siguientes funciones:

Tomar las decisiones y resolver, en primera instancia, los

conflictos de convivencia que se presenten en la comunidad

educativa.

Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para

ejecutar los procesos de su competencia.

Establecer estímulos para los alumnos, docentes y padres de

familia que se distingan por su colaboración en el mantenimiento

del orden y la promoción de las relaciones armónicas entre los

miembros de la institución.

Page 4: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Articulo 8.-Condiciones para ser Personero o vocero de la Institución

Para ser elegido Personero o Vocero de la Institución deberá cumplir con

las siguientes condiciones:

Ser estudiante matriculado en la institución.

Pertenecer al colegio María Auxiliadora por dos años consecutivos

dentro de la renovación de la matrícula.

Que al momento de la postulación no se encuentre

INHABILIDADO en algunos de los aspectos que determina el

presente manual de convivencia.

Gozar del aprecio, respeto y simpatía ante los demás estudiantes. Mostrar condiciones de liderazgo POSITIVO, y reconocida acciones que en el

transcurrir de su estadía en el plantel se hayan puesto en evidencia pública.

Ser estudiante destacado ACADEMICA Y FORMATIVAMENTE, haber

manifestado lealtad por los principios del colegio y manifestar sentido de

pertenencia con el plantel.

No haber sido sancionado y que su record formativo no se halla visto interrumpido

por actitudes de desacato y faltas continuas al manual de convivencia de la

institución.

No haber renovado matricula bajo ninguna condición y compromiso.

Parágrafo 1. Para garantizar el ejercicio democrático de la elección debe existir por la

mínimo dos candidatos postulados al cargo.

Parágrafo 2. Como comunidad democrática, sus miembros gozan de la libertad para

opinar, elegir, y derogar postulaciones y mandatos de algunos miembros

de los órganos de defensoría de la institución (voceros, personero,

representantes al consejo directivo).

Parágrafo 3 Los candidatos a la personería, deben tener en cuenta que sus campañas,

deben ir en pro del mejoramiento de la institución y NO para

desestabilizar el orden social, académico y moral del colegio y de

quienes lo administran, recurriendo al diálogo como fórmula para

resolver conflictos.

Page 5: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 9.- De la Representación de los estudiantes.

En el colegio existirán básicamente cuatro instancias de representación

de los estudiantes:

Vocero de Grado El Consejo de Voceros

El Personero de los Estudiantes (grado 11)

El Representante de los Estudiantes

Parágrafo 1. Del Vocero de Grado

Es el representante de cada uno de los grados que ofrece el colegio,

elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de la iniciación

de clases de cada periodo lectivo. Para tal efecto el Rector convocará a

todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de

mayoría simple y mediante voto secreto, a nivel de cada grado. Los

alumnos del nivel preescolar y los de los tres primeros grados de

primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un

vocero único entre los estudiantes que cursen el tercer grado. Los

voceros serán elegidos para un período de un año escolar y oficiará como

Vocero de Grado Principal el estudiante que obtenga la mayor

votación, y como Primer y Segundo Suplente, los candidatos que

obtengan la segunda y tercera mayor votación. Estos últimos ejercerán el

cargo de Vocero en el caso de que el vocero principal se encuentre

incurso en una de las siguientes circunstancias:

1.- Ausencias temporal o definitiva

2.- Pérdida de investidura por incumplimiento de sus funciones

3.- Comisión de falta grave.

Son funciones del Vocero de Grado y sus suplentes:

a. Mantener buenas relaciones humanas con el director del

curso, profesor y alumnos.

Page 6: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

b. Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para

lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del

grado.

c. Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar

comentarios y actividades que lesionan la dignidad de las personas para

propender por una educación integral.

d. Inculcar hábito de estudio en los horarios libres y la disciplina.

e. Llevar la vocería del grado ante el director de grupo y en caso

especiales ante el coordinador con el fin de buscar y estudiar soluciones

a las necesidades, problemas, inquietudes que se presenten en el grado.

Si estas expectativas no son atendidas o solucionadas presentárselas al

Personero y/o Representante de los Estudiantes para que la gestionen

ante el Consejo Directivo.

f. Coordinar con los estudiantes para que el salón permanezca limpio,

decorado y ordenado, promoviendo campañas escolares entre sus

compañeros con el fin de preservar el medio ambiente y en buenas

condiciones los muebles y enceres del respectivo salón de clase.

g. Pasar informe por escrito al director de grupo de los compañeros que

sobresalgan por sus actividades positivas o negativas.

PARAGRAFO 2. Del Consejo de Voceros.

Es el máximo organismo colegiado de participación de los estudiantes.

Estará integrado por los voceros de cada uno de los grados que ofrece la

institución y el vocero único de los tres primeros grado y preescolar.

Al Consejo de Voceros le corresponde darse su propia organización

interna, elegir y asesorar al Representante de los estudiantes al Consejo

Directivo, invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que

presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, realizar las

actividades afines o complementarias que se le atribuyan.

Page 7: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

PARAGRAFO 3. Del Personero de los Estudiantes.

El Personero de los Estudiantes será un alumno que curse el último grado

que ofrece el colegio y estará encargado de propiciar el ejercicio de los

deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución

Política Colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual.

De acuerdo con ello, entre otras tendrá las siguientes funciones:

Propiciar el cumplimiento de los derechos y deberes de los

estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación

interna del establecimiento; pedir la colaboración del Consejo de

Voceros y organizar foros, seminarios u otras formas de

deliberación.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los

educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule

cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las

obligaciones de los alumnos.

Presentar ante el Rector o ante la instancia competente, las

solicitudes propias o a petición de terceros que considere

necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar

el cumplimiento de sus deberes.

Presentar los recursos ordinarios o extraordinarios consagrados en

la Ley o en el Manual de Convivencia; ante los funcionarios o

instancias correspondientes, respecto de las decisiones que nieguen

o no satisfagan completamente las peticiones realizadas.

El Personero de los Estudiantes será elegido dentro de los treinta días

calendario siguiente al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo.

Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados

con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto

secreto.

El ejercicio del cargo de Personero de los Estudiantes es incompatible

con el de Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

Page 8: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

PARAGRAFO 4. Del Representante de los Estudiantes.

El Representante de los estudiantes será un alumno que curse el último

grado que ofrece el colegio elegido por el Consejo de Vocero. La

designación se hará mediante voto secreto, previa postulación voluntaria

o del mismo Consejo. Será elegido quien obtenga el mayor número de

votos y se hará con un plazo máximo de ocho días calendario después de

instalado el Consejo de Voceros.

PARAGRAFO 5. De la Asociación de Ex alumnos.

Es el organismo que agrupa a los Ex alumnos del colegio y que

fundamentalmente servirá de apoyo, guía y colaboración con el quehacer

institucional en beneficio de los estudiantes a través de su

representante en el Consejo Directivo.

Artículo 10.- De la Representación de los Padres de familia.

Los padres de familia del Colegio María Auxiliadora estarán

representados por la Asociación y el Consejo de Padres de Familia, los

cuales se organizarán como a continuación se establece.

Parágrafo 1. Del Consejo de Padres de Familia.

El consejo de padres de familia es un órgano de participación de los

padres de familia del colegio destinado a asegurar su continua

participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad

del servicio. Estará integrado por un padre de familia por cada uno de los

grados que ofrece el colegio. (Artículo 31 del decreto 1860 de 1994).

Parágrafo 2. Elección de los representantes de los padres familia en

el consejo directivo.

El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin

por el rector del colegio, elegirá dentro de los primeros treinta días del

año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo

directivo del colegio. Los representantes de los padres de familia solo

podrán ser reelegidos por un periodo adicional, (artículo 21 de decreto

1860 de 1994).

Page 9: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo

deben ser padres de alumnos del colegio.

Los docentes, directivos o administrativos del colegio no podrán ser

representantes de los padres de familia en el consejo directivo.

Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad

más uno de los padres de familia de los estudiantes del colegio, la

asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los

padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres

elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo

directivo.

Artículo 11.- De los Educadores.

Los educadores del colegio María Auxiliadora, para efectos de jerarquía

y subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia están

organizados así:

Dependen del Rector los Coordinadores Académico y de Convivencia,

quienes a su vez y de acuerdo con la competencia de cada uno, son

superiores jerárquicos de los Jefes de Área. El Coordinador de

Convivencia además es el encargado del control del cumplimiento de las

obligaciones de los educadores en general.

Los docentes de cada área dependen para efectos académicos de los Jefes

de Área. Finalmente en lo que se refiere a la Dirección de Grupo, están

los maestros tutores.

En todo caso, además de lo dicho en el presente Manual respecto a los

educadores, éstos contarán con un Manual de Funciones.

SECCION SEGUNDA

DE LOS ALUMNOS

Artículo 12.- Adquisición de la Calidad de Estudiante.

Para adquirir la calidad de estudiante del Colegio María Auxiliadora, es

necesario, por sí mismo o a través de sus padres, representantes legales o

Page 10: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

acudientes: aceptar su filosofía y reglamento; haber sido oficialmente

admitido, previo el lleno de los requisitos previstos en el Artículo 16 de

este Manual o previa aprobación de la solicitud de transferencia; y

legalizar la matrícula.

Parágrafo. Estudiante y Acudientes.

En adelante cuando en este Manual se hable del estudiante o alumno(a)

se entenderá éste o sus padres o acudientes, en aquellos casos en que se

requiera del concurso de la voluntad de éstos como representantes legales

de aquellos, de acuerdo con la Legislación Civil Colombiana y con el

Código del Menor.

Artículo 13.- Pérdida de la Calidad de Estudiante.

Se pierde la calidad de estudiante del Colegio María Auxiliadora:

1.- Cuando se ha cursado y aprobado el grado once, del nivel de

educación media y se obtiene el título de Bachiller académico con

énfasis en habilidades comunicativas.

2.- La no promoción de un determinado grado por dos años consecutivos.

3.- Cuando no formalice la renovación de matrícula dentro de los plazos

y con el lleno de los requisitos previsto por el colegio.

4.- Cuando así lo determine una medida disciplinaria, de manera

temporal o permanente, conforme a lo establecido en este Manual.

5.- Por cierre del plantel.

6.- Por retiro voluntario, bien sea que dicha voluntad provenga del

alumno o del padre de familia, representante legal o acudiente.

Page 11: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

CAPITULO SEGUNDO

ADMISIONES Y MATRICULAS

Artículo 14.- DE LA ADMISION.

La admisión es el acto por el cual el Colegio María Auxiliadora

selecciona, de la población estudiantil que voluntariamente solicita

inscripción, trátese de personal nuevo o antiguo, a quienes de acuerdo

con los requisitos y prioridades establecidas por el colegio pueden

matricularse en algunos de los grados que éste ofrece.

Artículo 15.- REQUISITOS DE ADMISION.

Para ser admitido en el Colegio María Auxiliadora se debe cumplir con

los requisitos y procedimientos que a continuación se señalan:

1. Adquirir el formulario de solicitud de inscripción en la secretaría del

Colegio en las fechas determinadas por la institución.

2. Entregar el formulario debidamente diligenciado en las fechas

determinadas por el Colegio.

3. Presentar y aprobar los exámenes de admisión y asistir a la entrevista

en las condiciones exigidas por el colegio

4. Obtener orden de matrícula, previa revisión de antecedentes

académicos y disciplinarios.

Artículo 16.- DE LA MATRTICULA Y SUS REQUISITOS.

La matrícula es el acto jurídico que formaliza la vinculación del

aspirante admitido como alumno regular del Colegio María Auxiliadora.

Se realiza por sola una vez al ingresar al Colegio y se podrá renovar para

cada año lectivo en la medida en que el alumno y sus padres o acudientes

cumplan con los requisitos exigidos para ello.

La matrícula se formalizará con la suscripción del contrato, previo el

cumplimiento de todos los requisitos señalados en este artículo y los

especiales de que habla el artículo 15 según se trate de matrícula

ordinaria, extraordinaria. Al momento de suscribir la tarjeta de matrícula,

Page 12: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

los padres o representante legal o acudiente, deberán firmar el Contrato

de Matrícula con el colegio, el cual se regirá por las reglas del derecho

privado. La firma de la tarjeta y el contrato implica la aceptación

del manual de convivencia del Colegio.

REQUISITOS PARA LA MATRICULA.

El alumno que ingrese al Colegio por primera vez, para efectos de

matrícula, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Haber sido oficialmente admitido

Presentarse en la hora y fecha indicada por la institución,

acompañado de sus padres, o de su representante legal o acudiente,

con los siguientes documentos debidamente diligenciados:

Orden de matrícula firmada por el rector.

Registro civil de nacimiento.

Fotocopia documento de identidad, cuando sea mayor de 18 años.

Certificados de los años anteriores, autenticados con firma de jefe

de núcleo.

Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad, con una

vigencia no mayor de treinta días.

Copia carnet E.P.S. o Seguro Estudiantil Obligatorio. En el caso de

Pre – escolar

Seguro Estudiantil Obligatorio

Recibos de pago por concepto de matrícula y otros costos

educativos.

Paz y Salvo de último establecimiento donde haya cursado estudio.

Retiro del SIMAT.

La firma de los padres o del representante legal o de los acudientes

y del alumno en la tarjeta de matrícula y de los padres,

Page 13: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

representante legal o acudientes en el correspondiente Contrato de

Matrícula.

Artículo 17.- DE LA RENOVACION DE MATRICULA Y SUS

REQUISITOS.

La renovación de matrícula es el acto jurídico mediante el cual el alumno

legaliza su permanencia en la institución para cada periodo académico y

para cada grado.

La matrícula podrá renovarse en los siguientes eventos:

Cuando el alumno haya sido promovido al grado siguiente al

término del periodo académico.

Cuando a juicio de la Comisión de Evaluación y Promoción el

alumno sea promovido a un grado superior, dentro del mismo

periodo académico.

Cuando el alumno no haya sido promovido en los términos

establecidos en el Decreto 3055 de Diciembre 12 de 2.002 Por el

cual se adiciona el artículo 9 del Decreto 230 de 2002 y no tenga

antecedentes disciplinarios calificados como graves, según lo

previsto en el presente manual.

REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE MATRICULA.

El alumno que aspire a la renovación de su matrícula deberá cumplir con

los siguientes requisitos:

Presentar dentro de los plazos fijados por el Colegio, el cupón de

pre – renovación de matrícula debidamente diligenciado.

No estar inhabilitado para renovar la matrícula.

Page 14: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Presentarse en la hora y fecha indicados por el Colegio,

acompañados de sus padres, representante legal o acudiente, con

los siguientes documentos debidamente diligenciados:

Fotocopia documento de identidad, cuando sea mayor de siete

años.

Informe Final del año anterior.

Certificado médico de aptitud para vivir en comunidad, con una

vigencia no mayor de treinta días.

Copia carnet E.P.S. o Seguro Estudiantil Obligatorio. En el caso

de Pre – escolar

Seguro Estudiantil Obligatorio.

Recibos de pago por concepto de renovación de matrícula y otros

costos educativos.

Paz y Salvo del año anterior.

Parágrafo.- Los estudiantes que no se encuentren a paz y salvo con la

Institución, por conceptos de costos educativos o daños, no se les

entregarán los certificados o constancias.

La firma de los padres o representante legal o acudientes y del

alumno en la Tarjeta de Renovación de Matrícula y de los padres,

representante legal o acudientes en el Contrato de renovación de

matrícula.

Page 15: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

CAPITULO TERCERO

DEL REGIMEN ACADEMICO - CURRICULAR

Artículo 18.- CURRICULO Para efectos de la educación que imparte el Colegio María Auxiliadora,

señalado en el Artículo 1° de este manual, se entiende por currículo el

conjunto de criterios, planes de estudio, programas, metodologías y

procesos que contribuyen a la formación integral y a la constitución de la

identidad cultural: nacional, regional y local; incluyendo también los

recursos humanos, académicos y físicos para poner en práctica las

políticas y llevar a cabo el P.E.I (Artículo 15 del Decreto 1860 de 1994)

Artículo 19.- PLAN DE ESTUDIOS.

El Plan de Estudios es el esquema estructurado de las áreas obligatorias y

fundamentales y de áreas optativas con sus respectivas asignaturas, que

forman parte del currículo del Colegio. Se entiende como una propuesta

dinámica de quehacer educativo, nacida de los procesos curriculares que

incorpora y promueve las dimensiones y procesos del desarrollo humano.

Los objetivos por niveles, grados y áreas; la metodología, la distribución

del tiempo, los criterios de evaluación y la administración; y demás

aspectos del currículo y del plan de estudios, serán determinados y

desarrollados en el P.E.I (artículo 23, 24,25 de ley 115 de 1994)

Parágrafo 1. Para el nivel preescolar: no se determinan áreas

específicas, en éste se buscará el logro de los objetivos mediante la

vinculación de la familia y la comunidad a la tarea de mejorar las

condiciones de vida de los niños a través de actividades integradas que se

ajusten a los lineamientos de la ley (artículos 15, 16,17 de ley 115 de

1994).

Parágrafo 2. En la educación media académica.- Además de las

anteriores son áreas obligatorias y fundamentales: Las ciencias

económicas, políticas y la filosofía.

Parágrafo 3. La educación sexual, la enseñanza de la protección del

medio ambiente, la educación para la justicia, la paz, la solidaridad, la

Page 16: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

competencia ciudadana, la confraternidad, y en general, la formación en

valores humanos, se realizará mediante Proyectos pedagógicos.

Artículo 20.- NIVELES Y MODALIDADES.

Se denomina nivel a cada uno de los ciclos de educación formal que

ofrece el Colegio María Auxiliadora, así: Educación Preescolar, que

comprende pre jardín (3-4) años, jardín (4-5) años y transición (5-6)

años; Educación Básica, del grado primero al grado noveno, dividida en

los ciclos de: Primaria del grado primero a grado quinto y Secundaria,

del grado sexto al grado noveno; y Educación Media que comprende los

grados décimo y undécimo, en la modalidad Académica que otorga el

título de Bachiller Académico.

Artículo 21.- PROMOCIONES Y EVALUACIONES.

La promoción escolar, es decir el paso de un grado o nivel a otro

superior, así como las evaluaciones, tanto en la educación básica como

en la media académica, estarán orientadas por los logros que para cada

uno de ellos establezca el P.E.I.

La evaluación será continua, integral, cualitativa y se expresará en

informes descriptivos. Estos informes se presentarán en forma

comprensible que permita a los padres, a los docentes y a los mismos

alumnos apreciar el avance en la formación del educando y proponer las

acciones necesarias para continuar adecuadamente el proceso educativo.

Sus finalidades principales son:

Determinar la obtención de los logros definidos en el P.E.I.

Definir el avance en la adquisición de los conocimientos.

Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.

Favorecer en cada alumno el desarrollo de capacidades y

habilidades.

Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo

y estilo de aprendizaje.

Contribuir a la identificación de las limitaciones o dificultades para

consolidar los logros del proceso formativo.

Page 17: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Ofrecer al alumno oportunidades para aprender del acierto, del

error y en general, de la experiencia.

Propiciar al docente información para reorientar o consolidar sus

prácticas pedagógicas.

Artículo 22.- MEDIOS PARA LA EVALUACION.

La evaluación se hará por competencias con el objeto de comparar el

estado de desarrollo formativo y cognoscitivo de un alumno, con relación

a los indicadores de logros propuestos en el currículo.

Establéese como medios de evaluación los siguientes:

1. Pruebas de comprensión, análisis, discusión, crítica y en general de

apropiación de conceptos. El resultado de aplicación de las pruebas debe

permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento que ha

elaborado el estudiante y de sus capacidades para producir formas

alternativas de solución de problemas.

Apreciaciones cualitativas hechas como resultado de observación,

diálogo o entrevista abierta y formuladas con la participación del

propio alumno, un profesor o un grupo de ellos.

Artículo 23.- COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de

Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres docentes,

un representante de los padres de familia elegido por el Consejo de

Padres que no sea docente de la institución y el Rector o su delegado,

quien la convocará y la presidirá con el fin de definir la Promoción de

los estudiantes y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y

superación para estudiantes que presenten dificultades.

En la reunión que tendrá la comisión de Evaluación y Promoción al

finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de estudiantes con

Page 18: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

evaluación INSUFICENTE en cualquiera de las áreas y se harán

recomendaciones generales o particulares a los profesores o a otras

instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de

refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los estudiantes, se

convocará a los padres de familia o acudientes, al estudiante y al

educador respectivo con el fin de presentarles un informe junto con el

plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los

involucrados.

Las Comisiones, además, analizarán los casos de los estudiantes con

desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades

especiales de motivación o promoción anticipada. Igualmente se

establecerá si educadores y estudiantes siguieron las recomendaciones y

cumplieron los compromisos del período anterior. Las decisiones,

observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignarán en

actas y estas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de

la promoción de estudiantes.

Parágrafo.- Para cada Comisión de Evaluación y Promoción será

elegido un acudiente, exceptuándose el caso de acudientes con hijos en

diferentes grados, el (la) cual podrá ser elegido(a) como Representante en

dos de ellos.

Artículo 24.- INFORMES DE EVALUACIÓN.

Al finalizar cada uno de los cuatro períodos del año escolar, los padres de

familia o acudientes recibirán un informe escrito de evaluación en el que

se dé cuenta de los avances de los estudiantes en el proceso formativo en

cada una de las áreas. Este deberá incluir información detallada acerca

de las fortalezas y dificultades que haya presentado el estudiante en

cualquiera de las áreas, y establecerá recomendaciones y estrategias para

mejorar.

Además al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia

o acudientes un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del

rendimiento del estudiante para cada área durante todo el año. Esta

evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del

estudiante de los compromisos que haya adquirido para superar las

dificultades detectadas en períodos anteriores.

Page 19: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada

área el proceso académico de los estudiantes, mediante una escala dada

en los siguientes términos:

DEFICIENTE: Cuando un estudiante presenta falta total de interés por

su desarrollo personal, de responsabilidad, cumplimiento y puntualidad

en sus compromisos académicos; cuando sus desempeños y

competencias en procesos de interpretación y argumentación denotan

despreocupación total.

INSUFICIENTE: Cuando sus procesos de razonamiento, sus niveles de

comunicación, de comprensión de significados es tan bajo que le

impiden interpretar situaciones y resolver problemas con bajo grado de

complejidad. Cuando presenta dificultades para desarrollar actividades

escolares que evidencien bajo desarrollo de sus funciones cognitivas en

algunos procesos de razonamiento de tipo deductivo; cuando presenta

problemas de comunicación que le impiden demostrar sus progresos en

la realización de operaciones mentales. Cuando el interés por el

desarrollo del proceso educativo es de baja calidad.

ACEPTABLE: Cuando ha desarrollado el mínimo esperado en sus

competencias comunicativas, lo mismo en sus procesos de razonamiento;

cuando ha logrado el mínimo desempeño esperado en el dominio de

conocimientos de los deberes y obligaciones existentes en el Manual de

Convivencia y los compromisos adquiridos con la institución.

SOBRESALIENTE: Cuando demuestra un buen nivel de desarrollo en

todos sus procesos de interpretación, de comprensión y análisis; cuando

es capaz de argumentar y proponer alternativas de solución a las

problemáticas planteadas. Cuando cumple a cabalidad los compromisos

y deberes con la Institución.

EXCELENTE: Cuando ha logrado el máximo nivel esperado en todas

las dimensiones del desarrollo humano consideradas en el Plan de

Estudios, es decir, cuando ha logrado evidenciar un excepcional dominio

en todos los tipos de razonamiento usando a plenitud sus funciones

cognitivas y sus desempeños están por encima de lo esperado.

Page 20: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 25- PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES.

Se establece como un mínimo de promoción el 95% del total de los

estudiantes que finalicen el año escolar.

Al finalizar el año la Comisión de Evaluación y promoción de cada grado

será la encargada de determinar cuáles estudiantes deberán repetir un

grado determinado.

Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los

siguientes estudiantes:

Estudiantes con valoración final Insuficiente o deficiente en tres o

más áreas

Estudiantes que hayan obtenido valoración final Insuficiente o

Deficiente en Matemáticas y Lenguaje durante dos o más grados

consecutivos de la Educación Básica

Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más

del 25% de las actividades académicas durante el año escolar.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar

el caso de cada uno de los estudiantes considerados para la repetición de

un grado y decidir acerca de ésta, pero en ningún caso excediendo el

límite del 5% del número de estudiantes que finalicen el año

escolar. Los demás estudiantes serán promovidos al siguiente grado pero

sus evaluaciones finales no se podrán modificar.

Parágrafo 1. Reprobación de Áreas obligatoria y Fundamentales con

dos o más Asignaturas. No aprueba el área el estudiante que pierde una

de las dos asignaturas del área o dos de las tres.

Parágrafo 2. Si al aplicar el porcentaje mínimo de promoción, es decir

el noventa y cinco por ciento (95%), al número de alumnos, y la

Page 21: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

operación da como resultado un número fraccionario, se tendrá como

mínimo de promoción el número entero de estudiantes anterior a la

fracción.

Parágrafo 3. La no promoción de un determinado grado por dos años

seguidos será causal de exclusión del Colegio.

Artículo 26. RECUPERACIONES.

Todo estudiante que haya obtenido Insuficiente en la Evaluación Final de

una o dos áreas y/o asignaturas presentará una nueva evaluación de esas

áreas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año

escolar. Esta evaluación se basará en un programa de refuerzo pertinente

con las dificultades que presentó el estudiante y que el profesor del área

le entregará al finalizar el año escolar. La evaluación se calificará de

acuerdo con los términos del artículo 24 del presente Manual y su

resultado, ya sea éste aprobatorio o no, deberá quedar consignado en el

Registro escolar del estudiante.

Artículo 27. PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES.

Los estudiantes de undécimo Grado para su Proclamación de Bachiller

en Sesión Solemne, deben cumplir con los siguientes requisitos de Ley.

Aprobación completa de áreas y/o asignaturas del Grado 11°

Certificación de haber cumplido con las 80 horas de Servicio

Social

Certificados de Estudios de Grado 6° hasta 10° cuando estos

grados no hayan sido cursados en la institución, debidamente

refrendados por la Dirección de Núcleo Educativo.

Estar a Paz y Salvo con la institución por todo concepto.

Page 22: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

CAPITULO CUARTO

DERECHOS, DEBERES,

ESTIMULOS Y PROHIBICIONES

Artículo 28.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

Son derechos de los estudiantes del Colegio María Auxiliadora, los

cuales puede ejercer directamente o a través de sus padres, representantes

legales o acudientes, los siguientes:

Ser tratado con el respeto, la comprensión y la justicia que se debe

prodigar a toda persona, especialmente menor de edad, sin

consideración a su etnia, sexo, religión, estado socio-económico,

convicciones, situación académica o disciplinaria o cualquier otra

condición suya, de sus padres o acudientes o representantes

legales.

2. Ser respetado en su intimidad, guardando secreto sobre la

información que tenga de éste el Colegio.

Tener derecho: a una identidad personal y familiar; a la honra y a

gozar de buen nombre; al libre desarrollo de su personalidad sin

más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás;

a la libertad de conciencia y de culto, siempre y cuando no atenten

contra la Ley, el orden establecido y las buenas costumbres; al

descanso, la recreación, el deporte, la cultura y las artes; a su

integridad personal y demás derechos que para los menores y los

jóvenes se consagran en la Constitución Política, en el Código del

Menor, en la Legislación Educativa y en los Tratados

Internacionales ratificados por el Congreso de la República.

Participar del proceso de aprendizaje dentro de un ambiente moral,

social y psicológico que garantice su formación integral.

Velar por el quehacer escolar sea racional y pedagógico, con

objetivos claros y de carácter formativo; y que las evaluaciones

Page 23: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

sean integrales, continuas, cualitativas y no acumulativas, en

función de la obtención de los logros propuestos.

Expresar, discutir y examinar con toda libertad: doctrinas,

opiniones, conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión

ajena y a la cátedra y mediante el procedimiento de reglas de

debate y petición.

Ser oído, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad

directiva y docente.

Ser escuchados antes de ser sancionados, respetando el debido

proceso.

Presentar solicitudes respetuosas verbales o escritas, observando el

conducto regular (Docente, Director de Grupo, Coordinadores,

Rector y Consejo Directivo), ante las personas e instancias

correspondientes del Colegio y obtener respuestas oportunas.

Tener acceso a los diferentes servicios que el Colegio ofrece,

previo el cumplimiento de requisitos para cada uno de ellos.

Exigir que el Colegio cumpla con las actividades curriculares y

extracurriculares ofrecidas.

12. Conocer las anotaciones que de sus comportamientos hagan los

consejos de convivencia, directores de grupo, profesores y/o coordinador

en el anecdotario para hacer las observaciones a los descargos

respectivos.

Page 24: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Conocer el resultado y correcciones u observaciones a sus trabajos

orales o escritos en un término máximo de ocho (8) días

calendario, contados desde la fecha de su presentación; de tal

manera que no se le deberá hacer una nueva evaluación, de la

misma asignatura, sin antes haber dado a conocer los resultados de

la anterior.

Conocer los informes de su situación académica y de convivencia,

dentro de los tres (3) días hábiles anteriores a la fecha en que deban

ser entregadas las planillas, y solicitar que sean modificados los

que no correspondan a la realidad por error, omisión o cualquier

otra razón válida.

Solicitar revisión de evaluaciones dentro de los tres (3) días

hábiles siguientes a su conocimiento cuando considere que no ha

sido objetivamente evaluado y pedir otro evaluador, con

autorización del coordinador académico, quien decidirá el

procedimiento a seguir.

Ser eximido por lo exigido por el Colegio, cuando así lo solicitare,

por causas justas y debidamente sustentadas a juicio del personal

administrativo o docente que le corresponda decidir según el caso.

17. Recibir permiso para ausentarse del Colegio con la autorización

escrita del padre o acudiente, previo visto bueno de la Coordinación y en

ausencia de ésta por el Rector.

Representar al Colegio en todo tipo de eventos para los cuales sea

elegido o seleccionado de acuerdo con las bases reglamentarias de

cada uno de ellos.

A que le sean aplicadas todas las evaluaciones no presentadas,

cuando ello haya sido debido a una participación de cualquier

Page 25: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

índole, en representación del Colegio o cuando por motivo

justificado no las haya presentado.

20. Ser instruido permanentemente por la instancia correspondiente del

plantel acerca de los contenidos de este manual y precisamente

informado y consultado para los cambios que se le introduzcan, así como

de las modificaciones en horarios, asistencia a clases y toda otra que sea

necesario conocer para su buen desempeño académico y de convivencia.

Ser permanentemente estimulado a desarrollar su espíritu de

investigación, sus capacidades y habilidades individuales y que las

emplee al servicio del beneficio común de sus compañeros, su

familia, el Colegio y la sociedad en general.

22. Elegir y ser elegidos para voceros de grado, representante de los

estudiantes al consejo directivo y personeros de los estudiantes; siempre

que cumplan con los requisitos previstos en el presente manual.

23. Asociarse libremente en grupos de trabajo u organizaciones

establecidas en el Colegio que persigan el propósito de desarrollo y

bienestar estudiantil.

Artículo 29.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

Son deberes de los estudiantes del Colegio María Auxiliadora, los

siguientes:

Identificarse como estudiante del Colegio, respetarlo, dar un trato

cortés a todas las personas que integran la comunidad educativa,

observando las normas de urbanidad y de civismo establecidas.

Acatar la Constitución Política y las Leyes de Colombia, las

disposiciones previstas en este manual y las circulares y

orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel.

Page 26: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Presentarse puntualmente, aseado, con el uniforme que

corresponda, completo y en buen estado, tanto a las actividades

académicas como a las extra-académicas con carácter obligatorio,

previstas por el Colegio y portar el carné que lo identifique como

alumno del Colegio.

Cuidar sus pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de

valor o aditamentos innecesarios y colaborar en el cuidado de los

bienes ajenos. El Colegio no se responsabiliza de la pérdida de

dichos objetos y en caso de decomiso se devolverá directamente al

padre o acudiente.

Preservar, cuidar y mantener en buen estado el Colegio , así como

el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e

instar a los demás miembros de la comunidad educativa a que

actúen en tal sentido.

Parágrafo: Los estudiantes que causen algún daño a la planta física, en

biblioteca, a muebles o enseres del Colegio o de sus compañeros, tienen

como obligación, dar aviso inmediato al Director de Grupo y/o

Coordinador y reparar el daño causado o hacer la reposición pertinente

en los siguientes cinco (5) días hábiles contados a partir de la comisión

del daño. El no cumplimiento de esta obligación ocasionará suspensión

temporal y citación del padre o acudiente, mientras se cumple con dicha

exigencia.

Proveerse oportunamente de los útiles y elementos solicitados por

el Colegio para el adecuado desarrollo de sus actividades, y

cumplir con las funciones asignadas por las autoridades

competentes.

Conocer los contenidos de los programas y su intensidad semanal y

la organización y funcionamiento del Colegio.

Page 27: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Alcanzar cada vez mayor rendimiento en cada una de las

asignaturas que cursa y mantener un buen nivel académico.

Solicitar o presentar oportunamente a quien corresponda, los

permisos o las excusas por inasistencia o retardos a las actividades

curriculares y a las extracurriculares obligatorias.

Comportarse adecuadamente dentro y fuera del Colegio, según las

indicaciones dadas por los competentes en materia académica o de

convivencia, de acuerdo con el decoro y la dignidad de estudiante

de esta institución.

Representar dignamente al Colegio en cualquier evento para el que

sea elegido y comunicar oportunamente a quien corresponda toda

conducta que conozca, contraria a los parámetros de este manual, a

las buenas costumbres, a la moral social o al orden jurídico

establecido.

Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con

espíritu cívico los himnos: Nacional, del Departamento del

Magdalena, del Distrito de Santa Marta y del Colegio María

Auxiliadora, según corresponda hacerlo en cada caso.

Observar las reglas de salud pública que preserven el bienestar de

la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la

prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas.

Observar las reglas para el uso de la biblioteca escolar.

Page 28: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Entregar al padre de familia o acudiente las comunicaciones e

informes que el Colegio les envíe y devolverlas firmadas por el

padre de familia o acudiente.

Los demás que para los escolares determine el Ministerio de

Educación Nacional, la Secretaría de Educación Distrital o

cualquier otra autoridad competente.

Artículo 30.- ESTIMULOS.

El Colegio María Auxiliadora, la Asociación de Padres de Familia, la

Asociación de Ex alumnos, o cualquier otro organismo, de acuerdo con

su competencia y previa aprobación del Consejo Directivo, reconocerán

a los estudiantes por su rendimiento académico, espíritu investigativo, de

cooperación; o que sobresalgan en certámenes deportivos, culturales o

científicos; y por antigüedad o por comportamiento, distinciones tales

como:

RECONOCIMIENTO DE LOS MERITOS, esfuerzo o

rectificaciones del alumno frente al grupo por parte de directivos y

profesores.

BECA DE HONOR, se rifa entre los alumnos que se distinguen

por su excelente rendimiento académico, espíritu investigativo, de

cooperación.

MATRICULA DE HONOR, se rifa entre los alumnos que al

participar en la beca no salieron favorecidos.

MENCION DE HONOR, para los alumnos destacados en las

artes, las ciencias y el deporte.

MENCION DE HONOR ESPECIAL, para los alumnos que se

distinguen por su espíritu de solidaridad, confraternidad,

Page 29: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

cooperación, sentido de pertenencia, puntualidad, protección al

medio ambiente.

MENCIONES ESPECIALES: A los estudiantes del último

grado, se les otorgara en la ceremonia de graduación las siguientes

menciones.

MEJOR ICFFES. MEJOR RECORD ACADÉMICO: A los alumnos que se

distinguen por su excelente rendimiento académico.

PERSEVERANCIA: A los estudiantes que hayan estudiado en el

plantel desde Jardín has grado once, sin interrupción.

CUADRO DE HONOR, para los alumnos que sobresalen por la

excelencia en el manejo de la convivencia.

IZADA DEL PABELLON NACIONAL, para los alumnos que

sobresalen por su comportamiento y excelente rendimiento

académico

MENCION DE HONOR ESPECIAL A LA FIDELIDAD, para

los alumnos que pertenecen al Colegio desde el nivel preescolar.

EXPOSICION EN CARTELERA, para los alumnos que se

destaquen en certámenes deportivos, culturales o científicos

programados dentro y fuera del Colegio.

MONITORES, para los alumnos que se destaquen por su ritmo

de aprendizaje avanzado y buen comportamiento con relación al

grupo.

Page 30: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

PUBLICACIÓN O DIFUSIÓN DE TRABAJOS: Para los

alumnos que se destaquen por su espíritu científico e investigativo.

EXONERACION DE PRUEBAS ACADEMICAS: Para los

estudiantes que se distinguen por su excelente rendimiento

académico.

REPRESENTACION DEL COLEGIO EN CERTAMENES O

EVENTOS ESPECIALES: para los alumnos destacados en las

artes, las ciencias y el deporte.

Otorgados y reconocidos los méritos quedarán consignados en el libro de

resoluciones y el de izadas de bandera.

Artículo 31- PROHIBICIONES.

A los estudiantes del Colegio María Auxiliadora les está prohibido:

1. Utilizar el nombre del Colegio para cualquier actividad diferente a

las labores académicas, culturales, artísticas, recreativas y

deportivas no autorizadas por la rectoría del plantel y/o el

coordinador.

1. Irrespetar en forma directa o anónima, calumniar o injuriar a los

directivos, profesores, funcionarios o alumnos del Colegio.

1. Presentarse al Colegio bajo el efecto de bebidas alcohólicas,

estupefacientes o cualquier sustancia no permitida; usarlas, o

distribuirlas, fumar o llevar cigarrillos al Colegio.

1. Llevar al Colegio, mirar o hacer circular dentro del mismo revistas,

libros, folletos o cualquier otro material de tipo pornográfico y/o

esotérico.

Page 31: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

1. Llevar al Colegio o usar dentro del mismo, objetos que no sean

necesarios para la labor escolar, la distraigan o perjudiquen, en

especial walkman, iPod, Mp3 y celulares. También se prohíbe el

uso de cadenas, sortijas, anillos, pulseras, manillas, piercing,

cachuchas, sombreros, maquillajes, prendas de vestir o accesorios

diferentes del uniforme que corresponda.

1. Apropiarse, esconder o tomar libros, cuadernos, útiles escolares o

cualquier clase de objetos de sus compañeros, profesores,

directivas o de cualquier otra persona, sin su consentimiento; en

incurrir en cualquier otra conducta violatoria de la convivencia y la

moral exigida por el Colegio.

1. Entrar o salir del Colegio en horas distintas de las establecidas o

en días no hábiles, excepto cuando se programen actividades

especiales o medie autorización de funcionario competente.

1. permanecer fuera del aula en horas de clase, salvo que haya sido

citado o enviado a otra dependencia. En cualquier caso, debe tener

una boleta de permiso del profesor o coordinador según el caso.

1. Consumir y expender alimentos, bebidas y dulces dentro del aula

de clase. También se prohíbe la compra y venta por marketing y

venta de minutos.

1. Ingresar a zonas restringidas dentro del Colegio, a menos que se

trate de actividad comunitaria programada por las directivas o

exista autorización expresa de las mismas.

1. Alterar, adulterar o falsificar documentos, incurrir en fraude o en

cualquier conducta que constituya contravención o infracción penal

según la Legislación Colombiana.

Page 32: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

1. Realizar, divulgar o participar en actividades subversivas, de

guerrilla, paramilitar o narcotráfico.

1. Portar, suministrar o utilizar armas o elementos que vayan en

contra de la integridad física, social o moral de las personas que

constituyen la comunidad educativa.

1. Realizar actos de acceso carnal con otra persona, inducirla a

prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas o de cualquier manera

atentar o violar su libertad sexual o influir negativamente en su

educación sexual.

1. Inducir, manipular, constreñir u obligar a otra persona a cometer

acto que constituya infracción académica o de convivencia, o que

de cualquier manera atente contra la moral, la Ley, la salud y las

buenas costumbres que exige el Colegio.

1. Jugar dinero o participar en juegos de azar como rifas, barajas,

siglo, dominó, la cuarta, lotería, etc.

1. Utilizar el uniforme en lugares como billares, sala de juegos, bares,

cantinas, etc., se considerará una falta grave y se sancionará de

acuerdo a este manual de convivencia.

1. Retener o no entregar oportunamente las comunicaciones que envía

el Colegio a los acudientes o padres de familia o las que éstos

envían a el Colegio.

1. Permitir el ingreso de personas distintas a la comunidad a

las actividades institucionales sin previo autorización del rector o

los coordinadores.

Page 33: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Parágrafo. Obligación de informar a padres y defensor de familia.

El personal directivo, administrativo, docente y discente del Colegio

María Auxiliadora que detecte entre los educandos casos de tenencias,

tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, así como

maltrato físico, psíquico, acoso o abuso sexual o de cualquier índole,

están obligados a informar a los padres, al defensor de familia o a la

instancia competente para que se adopten las medidas correctivas o de

protección correspondientes.

Quien conociendo de tales situaciones no informe a autoridad

competente deberá responder disciplinaria, civil o penalmente de acuerdo

con la naturaleza de su conducta.

CAPITULO QUINTO

JUSTIFICACION DE AUSENCIAS, APLAZAMIENTOS DE

EVALUACIONES Y REALIZACIONES DE ESTAS

Artículo 32. JUSTIFICACION DE AUSENCIAS.

Las ausencias de los estudiantes a clase o a cualquiera de las actividades

programadas por el Colegio, se justificarán de la siguiente forma:

a. Justificación escrita firmada por el padre o acudiente donde

especifique el motivo de la ausencia, dirigida a la coordinación.

b. Los alumnos que representen al Colegio en cualquier actividad

deportiva, cultural, social y eventos científicos y técnicos, deben

presentar a la coordinación la certificación debidamente diligenciada y

firmada por el responsable de la actividad.

c. En el caso de práctica de Educación Física y/o trabajo de campo, los

estudiantes que tengan impedimentos físicos, deberán presentar un

certificado refrendado por un profesional de la medicina.

d. En el caso de los representantes de los estudiantes (voceros, personero,

representante de los estudiantes al Consejo Directivo) para efectos de

Page 34: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

asistencia a las reuniones relacionadas con su cargo, deben justificar su

ausencia con los respectivos permisos expedidos por la Coordinación.

Parágrafo: Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a

más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar,

serán candidatos a repetir el grado.

Artículo 33. APLAZAMIENTO DE EVALUACIONES Y

REALIZACION DE ESTAS.

Si las ausencias de que trata el artículo 32 coinciden con la fecha en que

un estudiante debe presentar una evaluación, este dispondrá de cinco

(5) días hábiles para presentar las evaluaciones o trabajos pendientes.

Parágrafo 1.- En los casos del literal c del Artículo 32, el estudiante

deberá realizar las actividades asignadas por el profesor.

Parágrafo 2.- En los casos en que el alumno que no haya pedido permiso

al coordinador, que no justifique su ausencia a su debido tiempo, perderá

el derecho a que se le practiquen las pruebas de evaluación no

presentadas, quedando insuficiente en obtención de logros.

Parágrafo 3.- La misma situación del parágrafo anterior se hará efectiva

cuando coincidan las evaluaciones con la suspensión del alumno, en

aplicación de las sanciones ordenadas en el Manual de Convivencia, por

parte de la autoridad o estamento competente.

CAPITULO SEXTO

REGIMEN DE CONVIVENCIA

SECCION PRIMERA:

DE LAS FALTAS Y LAS MEDIDAS

Artículo 34. FALTAS.

Son consideradas faltas las violaciones a las prohibiciones señaladas en

el artículo 31 ó los incumplimientos a los deberes previstos. Para su

calificación, las faltas se clasifican en académicas y de convivencia,

Page 35: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

según que la conducta viole o atente contra el orden académico o de

convivencia establecido.

Frente a las faltas académicas se tomarán las medidas académicas

previstas en este manual o en el Proyecto Educativo Institucional o las

consagradas en las normas educativas vigente a las que se considere

apropiadas para la formación integral del alumno, siempre y cuando éstas

no sean violatorias de aquellas. Frente a faltas de convivencia se

aplicarán las medidas estipuladas en este capítulo.

Parágrafo 1. Elección de Medidas.-

Cuando una conducta o un conjunto de conductas que realice la misma

persona, sea(n) falta(s) académica(s) y de convivencia al mismo tiempo,

el encargado de decidir la situación, tendrá la opción de elegir la medida

que a su juicio sea más formativa para el o los involucrados en la acción.

Parágrafo 2. Prohibición de Sanciones Denigrantes.-

No se podrá imponer sanciones que comporten escenarios para el alumno

o que de alguna manera afecten su dignidad personal. Nadie podrá ser

sometido a torturas ni a tratos o sanciones crueles, inhumanas o

degradantes.

Artículo 35. GRADUACION DE LAS MEDIDA.

Las faltas de convivencia para efectos de las medidas se calificarán como

faltas leves o graves, atendiendo su naturaleza y sus efectos, las

modalidades y circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los

antecedentes personales del alumno.

Parágrafo. Acumulación de Faltas Leves.-

La acumulación de faltas leves sin atender las medidas correctivas

impuestas, se consideran falta grave.

Page 36: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 36. MEDIDAS POR FALTAS LEVES.

Frente a la ocurrencia de una falta calificada como leve por la instancia

competente se tomará una de las siguientes medidas:

1. Amonestación verbal.

2. Amonestación escrita que se consignará en el Observador del

alumno y se comunicará al acudiente por escrito, quien lo

devolverá firmado, dentro de los dos días hábiles siguientes.

3. Marginamiento del alumno de la actividad o del grupo por un

tiempo prudente, el cual deberá emplear en reflexionar y/o trabajar

acerca de la conducta y de cómo lo afecta a él y al grupo.

Terminado el lapso se integrará a la actividad o al grupo.

4. Firma del Acta de Compromiso. Para ello se seguirá el siguiente

procedimiento: frente a la acumulación de faltas leves se deberá

citar al acudiente a reunión con el profesor de la asignatura, el

director de grupo, los miembros del Comité de Convivencia y el

alumno; con ella se tratarán de establecer los motivos

determinantes de la conducta del estudiante implicado y una vez

cumplido este procedimiento todos los involucrados en la situación

que se juzga, firmarán un Acta de Compromiso y se

comprometerán a acatarla.

Parágrafo 1. Incumplimiento del Compromiso: Falta Grave.-

El incumplimiento por parte del alumno de los acuerdos adquiridos en el

Acta de Compromiso, da lugar a la aplicación de una de las medidas por

faltas graves. Si es alguno de los otros involucrados quien incumple, el

alumno dará aviso a la instancia competente para que ésta aplique o

recomiende el correctivo necesario.

Parágrafo 2. Informe de Convivencia.-

La aplicación de una medida por falta leve afectará el informe de

convivencia del alumno en el periodo académico correspondiente.

Parágrafo 3. Medida Especial de Inasistencia.-

Page 37: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

En caso de que un alumno falte injustificadamente al Colegio dos o más

veces en el mes, el Rector o Coordinador citará a los padres del mismo.

Si se trata de un alumno menor de edad y se establece que el responsable

de la inasistencia es el padre, el rector remitirá el informe a la autoridad

competente para que se apliquen las sanciones previstas en la parte

tercera título segundo del Código del Menor.

Artículo 37. MEDIDAS POR FALTAS GRAVES.

Frente a la ocurrencia de una falta calificada como grave por la instancia

competente, se tomará una de las siguientes medidas:

1. Seguimiento de un programa especial dirigido por un psicólogo,

orientador o encargado de esta función en el Colegio.

2. Matrícula condicional para el grado que está cursando.

3. Pérdida del cupo para el año siguiente.

4. Cancelación de matrícula.

Parágrafo. Calificación de la Conducta.-

El alumno objeto de aplicación de una medida por falta grave perderá los

beneficios adquiridos a título de estímulos (artículo 37) y asumirá la

negación de las prerrogativas académicas, de convivencia y comunitarias

a que tiene derecho, de acuerdo con la decisión del órgano competente.

Además tal hecho afectará el informe de convivencia del alumno en el

periodo académico correspondiente.

Artículo 38. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O EXIMENTES.

Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la

responsabilidad del alumno, las siguientes:

1. Su edad, desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus

circunstancias personales, familiares y sociales.

2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas.

3. El haber observado buena conducta anterior.

Page 38: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

4. Problemas de aprendizaje que hallan sido diagnosticada por un

especialista.

5. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor de

edad y/o madurez psicoafectiva.

6. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por

circunstancias que le causan dolor físico o psíquico.

7. Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o

disminuir sus consecuencias.

Artículo 39. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES.

Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad del

alumno, las siguientes:

1. Ser reincidente en la comisión de faltas.

2. El cometer la falta para ocultar o ejecutar otra.

3. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad

educativa.

4. El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en

él.

5. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras

personas.

6. El haber colocado al sujeto pasivo de la falta en incapacidad de

resistir o en condiciones de inferioridad física o psíquica.

7. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede

resultar peligro común.

8. El haber preparado ponderadamente la falta o con complicidad de

otras personas.

9. Hacer más nociva las consecuencias de la falta.

Artículo 40. DEL DERECHO DE DEFENSA.

Las medidas aquí previstas se aplicarán con la observancia del Derecho

de Defensa del alumno o alumnos implicado(s).

El alumno que sea objeto de una acusación, tendrá derecho a: que se le

explique con claridad en qué consiste la presunta violación de

Page 39: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

prohibiciones o el supuesto incumplimiento de los deberes que se le

endilgan, que se escuche lo que tiene que decir al respecto, pedir que se

practiquen pruebas, solicitar la presencia del acudiente frente al

procedimiento por faltas graves e interponer los recursos establecidos en

este manual.

SECCION SEGUNDA:

COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICION

DE MEDIDAS

Artículo 41. COMPETENCIA PARA MEDIDAS POR FALTAS

LEVES.

Las medidas por faltas leves, con excepción del Acta de Compromiso,

serán aplicadas inmediatamente por el docente que conozca de la

conducta transgresora, quien deberá dar aviso en su orden: al director de

grupo, coordinador de convivencia y Comité de Convivencia dentro de

los tres (3) días hábiles siguientes a su imposición, cuando se trate de

amonestación escrita.

Del recurso de apelación interpuesto contra la imposición de estas

medidas conocerá el Comité de Convivencia.

El Coordinador de Convivencia es el competente para citar al acudiente y

demás personas que deben acudir a la reunión en la que se firma el Acta

de Compromiso, numeral 4 artículo 36 de este manual, bien sea a

solicitud del docente que conozca del hecho, del director de grupo, del

alumno implicado o a título personal.

El Coordinador de Convivencia velará por que se cumplan los

compromisos que adquieran alumno, acudiente y demás involucrados. En

la audiencia, alumno y acudiente tendrán voz pero no voto.

El Coordinador de Convivencia mantendrá actualizado el observador del

alumno, cuidando de que en éste los directores de grupo consignen las

actuaciones más relevantes, bien sean positivas o negativas, también

llevará una relación de las medidas impuestas a los estudiantes y las

Page 40: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

demás estadísticas que considere pertinentes, a fin de tener una

información objetiva que sirva para el juzgamiento integral.

Artículo 42. PROCEDIMIENTO PARA MEDIDAS POR FALTAS

LEVES.

Conocida por el competente la conducta presuntamente violatoria de

prohibición o incumplidora de deber, se le señalará verbalmente al

alumno implicado, quien responderá igualmente de manera verbal y

podrá proponer que se practiquen pruebas para sustentar su versión.

Si el competente encuentra pertinentes y conducentes las pruebas

solicitadas, dispondrá su práctica, si no las rechazará de plano.

Pasada esta etapa, si el competente no encuentra justificada la conducta

juzgada, impondrá la medida que considere apropiada de acuerdo con el

artículo 36 del manual. Si la encuentra justificada lo absolverá con la

recomendación que considere apropiada, y la presentación de excusas o

en todo caso el resarcimiento del daño, la molestia o la incomodidad

causada injustificadamente al alumno(a).

Contra la amonestación escrita, el alumno y/o acudiente podrán

interponer recurso de apelación en forma verbal o escrita, ante el Comité

de Convivencia dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la

comunicación. Dicho Comité revisará la actuación que dio lugar a la

imposición de la medida, para lo cual podrá ordenar la práctica de las

pruebas que considere pertinentes y deberá fallar dentro de los diez (10)

días hábiles siguientes a la fecha de recepción del recurso. La decisión

del Comité de Convivencia será inapelable y hará concluir el proceso

Parágrafo. Casos de Flagrancia.-

En caso de que el alumno sea sorprendido en la ejecución del hecho, se

podrá aplicar la medida sin observar el procedimiento, pero igual se le

explicará el alcance de su conducta, se dejará constancia escrita y

firmada de lo acontecido y se consignarán las observaciones que éste

quiera hacer.

Page 41: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 43. COMPETENCIA POR FALTAS GRAVES.

Para el estudio de las conductas y la imposición de medidas por faltas

graves, según cada caso, se observará lo que a continuación se estipula.

1. De la determinación del programa especial y de la pérdida del

derecho a ingresar al salón de clases hasta por tres (3) días hábiles,

conocerá el Comité de Convivencia.

2. La Matrícula Condicional la decidirán conjuntamente el Comité de

Convivencia y el Rector del Colegio.

3. La Institución se reservará el derecho de admisión para el año

siguiente (la Cancelación de la Matrícula, será estudiada por la

Comisión de Evaluación y Promoción, y el acto administrativo lo

emitirá el Rector).

Artículo 44. PROCEDIMIENTO PARA MEDIDAS POR FALTAS

GRAVES.

Frente a la concurrencia de una falta que se considere grave, se observará

el siguiente procedimiento:

Conocida la presunta falta, el Comité de Convivencia, a través de su

presidente, verificará la información por los medios a su alcance. Luego

se la comunicará al alumno por escrito, haciéndole una explicación de las

implicaciones de su conducta tanto para su formación como para la

comunidad, señalándole los hechos, circunstancias, los cargos concretos

y pruebas en que se apoya y le dará oportunidad de que la explique y/o

justifique y de que solicite la práctica de las pruebas que considere

pertinentes, para lo cual el alumno tendrá un plazo máximo de tres (3)

días hábiles.

Vencido el periodo probatorio señalado para hacer los debidos

descargos,(salvo prórroga autorizada por el Comité de Convivencia, no

mayor a dos (2) días hábiles),éste, presentara los descargos ante el

Comité, el cual se reunirá para imponer las medidas señaladas en el

artículo 36 de este manual, de acuerdo con su competencia.

Page 42: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

La decisión tomada por el Comité será remitida a la Comisión de

Evaluación y Promoción, la cual posterior a la revisión de las causales y

descargos pertinentes emitirá su juicio.

Si la decisión fuera de Matrícula en Observación, la Comisión de

Evaluación deberá citar al Rector y solicitar su aprobación.

Si se sugiere a la institución reservarse el derecho de admisión para el

año siguiente o Cancelación de Matrícula dará traslado de lo actuado al

Rector, el cual ordenará la celebración de audiencia especial a la que

deberán asistir alumno(s) implicado(s) y su(s) respectivo(s) acudiente(s),

La audiencia se desarrollará así:

El Coordinador de Convivencia expondrá el caso, enseñando las pruebas

recolectadas y presentando nuevas, si las tiene. Luego le dará la palabra

al (los) alumno(s) implicado(s) en la falta y al (los) acudiente(S),

quien(es) tiene(n) derecho a desvirtuar las pruebas aducidas y a presentar

otras en ese momento, incluidos testimonios.

Terminado lo anterior, cada uno de los asistentes podrá pronunciarse.

Concluidas todas las intervenciones, el Rector hará su exposición y

recomendaciones. Luego en privado decidirá.

Tomada la decisión se la comunicarán al alumno(s) y acudiente(s). De

todo lo actuado deberá levantarse un acta que debe ser firmada por los

asistentes.

En caso de que el alumno(s) o acudiente(s) se negare(n) a firmar, lo

harán por ello dos testigos elegidos por el Rector. De ello se dejará

constancia escrita.

Contra la decisión tomada, no procede recurso alguno, por lo que con

ella concluirá el proceso.

Artículo 45. SUSPENSION PROVISIONAL.

Cuando a juicio del Rector, la falta sea tan grave o en todo caso, la

presencia del alumno se juzgue inconveniente para la comunidad

Page 43: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

educativa o para él mismo, podrá ser suspendido del Colegio hasta por

diez (10) días hábiles. En este término, en la audiencia especial de que

habla el artículo 53 de este manual, se definirá su situación.

Las pruebas o evaluaciones académicas y demás actividades realizadas

durante la suspensión, en caso de que el alumno resulte culpable, se

tendrán como no presentadas, con las consecuencias que ello conlleve, a

menos que en la audiencia especial se le autorice presentarlas. La

competencia para tal autorización la tendrá el Rector a petición del

interesado. Si el alumno es absuelto se le practicarán las actividades

necesarias para obtener nuevas evaluaciones.

CAPITULO SEPTIMO

DE LOS OTROS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD

EDUCATIVA

Artículo 46. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O

ACUDIENTE.

1. Acatar las disposiciones legales que rigen las relaciones de la

comunidad educativa.

2. Cancelar oportunamente los compromisos económicos que

adquieren con el Colegio, dentro de los plazos señalados por éste

para cada evento y responder por los daños que ellos o sus hijos

causen al Colegio.

3. Participar, atender y cumplir las programaciones curriculares,

resoluciones, circulares, directivas, memorandos y oficios que

emanen del Colegio como resultado de su organización interna.

4. Orientar a sus hijos en los aspectos moral y social,

proporcionándoles un ambiente de comprensión, cariño, respeto y

buen ejemplo, corrigiéndolos en forma oportuna y adecuada.

5. Controlar el cumplimiento de los deberes escolares de los hijos,

dando oportunidad para que asuman sus propias responsabilidades.

6. Suministrar oportunamente a sus hijos o acudidos los uniformes,

textos y útiles exigidos por el Colegio.

Page 44: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

7. Asistir en la hora y fecha fijadas a las reuniones y actividades

programadas, tales como: entrega de informes, talleres,

conferencias, etc. Así mismo a las citaciones enviadas por el

Colegio, disponiendo en todo caso del tiempo necesario.

8. Devolver al Colegio el desprendible de las circulares o las

notificaciones debidamente firmadas a más tardar dentro de los tres

(3) días hábiles siguientes a su recibo o en todo caso en la fecha

exigida para cada evento.

9. Solicitar al Coordinador de Convivencia en forma escrita y con su

firma, con un día de anterioridad, los permisos de sus hijos para no

asistir a el Colegio, o retirarse dentro de la jornada.

Excepcionalmente, a juicio del Coordinador de Convivencia o del

Rector, se tramitarán solicitudes de permisos comunicados

telefónicamente o por vía fax.

10. Enviar al Coordinador de Convivencia la excusa

correspondiente a la inasistencia de su(s) hijo(s) dentro de los dos

(2) días hábiles siguientes al regreso del alumno(s) al Colegio,

debidamente firmada, y presentarse personalmente cuando el

plantel lo requiera.

11. Proporcionar a sus hijos un lugar para el estudio y la

elaboración de tareas, controlando diariamente la ejecución de las

mismas.

12. Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas

costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las

relaciones interpersonales a nivel del hogar, del Colegio y en

general de la comunidad.

13. Analizar y controlar en forma continua los resultados

académicos de sus hijos, estimular sus logros, establecer

correctivos a situaciones que así lo requieran y solicitar los

informes pertinentes en el horario establecido para la atención a

padres de familia.

14. Evitar las agresiones físicas o verbales entre los miembros

del grupo familiar, puesto que va en contra de la integridad física,

moral y psicológica de sus propios hijos.

15. Inculcar y logran en su(s) hijo(s) hábitos de aseo y pulcritud

personales y diligencia en el cuidado de los elementos que utilicen,

sean o no de su propiedad.

Page 45: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

16. No permitir a sus hijos traer al Colegio elementos diferentes

a los útiles escolares y vestuario reglamentario. El Colegio no

responderá por la pérdida de joyas, grabadora, juguetes, etc.

17. Devolver al Colegio cualquier objeto que lleven sus hijos a

casa y no sea de su propiedad.

18. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda,

problemas conductuales o actitudinales observados en sus hijos

para brindarles ayuda adecuada en el Colegio. En casos especiales,

entregar a Coordinación de Convivencia la certificación médica en

la cual se consignen detalladamente los cuidados y precauciones

que el alumno debe observar y/o medicamentos prescritos.

19. Fomentar y apoyar en sus hijos la participación en

actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su

formación integral.

20. Fortalecer los valores del Colegio, evitando críticas o

comentarios destructivos que desfavorecen el buen nombre del

mismo.

21. Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o

sugerencia dependiendo de la situación a tratar y hacerlo de manera

oportuna:

1. Docente

2. Director de Grupo

3. Coordinador Académico o Coordinador de Convivencia

4. Rector

5. Consejo Directivo

Excepto para utilizar el servicio de psicología o para actuar ante los

Comités y Consejos instituidos en el plantel.

1. Participar en las actividades de la Asociación de Padres de Familia.

Artículo 47. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O

ACUDIENTE.

Page 46: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

1. Ser atendidos por el personal directivo, docente, administrativo del

Colegio en los horarios establecidos para tal fin.

2. Recibir un trato cortés y respetuoso por todos los demás miembros

de la comunidad educativa.

3. Recibir información académica o de convivencia, aclarar dudas,

resolver inquietudes, presentar reclamos y hacer las sugerencias

que considere pertinentes.

4. Recibir periódicamente el informe detallado del rendimiento y

comportamiento de su(s) hijo(s).

5. Beneficiarse de los servicios de psicología ofrecidos por el

Colegio.

6. Hacer parte de la Asociación de Padres de Familia, del Consejo de

Padres y demás comités existentes en el plantel, en los que esté

autorizado su concurso.

7. Participar en las actividades programadas para padres de familia.

8. Participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo

Institucional y del Manual de Convivencia.

9. Representar a su hijo o acudido en todas las actuaciones en las que

sea necesario o conveniente y, especialmente, en las audiencias en

la que se juzgue por faltas graves.

10. Interponer los recursos establecidos en este manual, contra

las decisiones con las que no estén de acuerdo.

11. Los demás que dentro de la Ley se prevean en los estatutos

de la Asociación de Padres de Familia o en las normas vigentes

reguladoras de su actividad.

Artículo 48. DEBERES DE LOS EDUCADORES.

Son deberes de los docentes del Colegio María Auxiliadora.

1. Dar trato amable y cordial a todos los miembros de la comunidad

educativa y compartir con espíritu de solidaridad y unidad de

propósito.

2. Observar una conducta pública acorde con el decoro la dignidad

del cargo.

Page 47: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

3. Tratar con respeto, imparcialidad, rectitud y justicia a las personas

con que se tenga relación en el ejercicio de su cargo.

4. Abstenerse de solicitar préstamos en dinero a sus alumnos, la venta

de productos dentro del Colegio o la obtención de cualquier otro

beneficio económico personal.

5. Abstenerse de solicitar a los alumnos y al personal del plantel la

prestación de servicios personales.

6. Informar veraz y oportunamente al directivo correspondiente sobre

la comisión de hechos que puedan constituir causales de mala

conducta y de las cuales tenga conocimiento.

7. Escuchar y permitir al alumno expresar sus ideas, sugerencias y

descargos cuando sea necesario teniendo en cuenta las normas de

respeto.

8. Utilizar los recursos que tenga asignados para el desempeño de su

cargo, las facultades que le sean atribuidas o la información

reservada a que tenga acceso por su función, exclusivamente para

los fines que fueron designados.

9. Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan

perjudicar la administración y las iniciativas que se estimen útiles

para el mejoramiento del servicio.

10. Atender y tramitar o realizar las sugerencias que reciba de

sus colegas, de los padres de familia, o de alumnos(as), acerca de

sus relaciones interpersonales y de la manera de orientar tanto las

clases como los procesos curriculares.

Artículo 49. DERECHOS DE LOS EDUCADORES.

Los docentes del Colegio María Auxiliadora gozan de todos los derechos

y garantías civiles reconocidas en la Legislación Colombiana y frente a

éste tienen especialmente los siguientes:

1. Ser considerados y respetados en su dignidad recibiendo un trato

amable y cordial por parte de todos los miembros de la comunidad

educativa.

Page 48: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

2. Ser atendido oportunamente por directivos y personal

administrativo guardando las normas de respeto y siguiendo el

conducto regular.

3. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizar, ya

sea verbalmente, en cartelera o por escrito.

4. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.I.

5. Elegir y ser elegido miembro del Consejo Directivo y/o del

Consejo Académico.

6. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.

7. Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y

descargos cuando sea conveniente y redunde en beneficio de la

comunidad.

8. Participar en la conformación de comités y elaboración de

proyectos especiales, de acuerdo a su área, inquietudes e intereses.

9. Recibir asignación de carga académica según el área de su

especialidad, teniendo en cuenta en lo posible que haya

continuidad en el trabajo desarrollado por los docentes en cada

año.

10. Ser diligenciadas en forma oportuna y correcta las solicitudes

de constancias y certificados en la secretaria del colegio.

11. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta normas

vigentes.

12. Recibir horarios de clases con una adecuada distribución para

mejor aprovechamiento de las horas libres en el diseño,

elaboración y preparación de materiales didácticos y ayudas

educativas.

13. Recibir información y asesoría individual para superar las

dificultades y corregir los desaciertos en el proceso pedagógico.

14. Tener autonomía y ser respetados sus criterios de evaluación,

siempre y cuando se ajusten a las normas vigentes y estén de

acuerdo con el P.E.I.

15. Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las

disposiciones legales vigentes.

16. Ser elegido para representar el colegio al colegio en

seminarios, talleres, simposios, etc.

Page 49: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Artículo 50. QUEJAS. CONFLICTOS Y PROCEDIMIENTOS.

Frente a situaciones de quejas o reclamos y frente a las que pudieran

originar conflictos entre profesores y alumnos, se establecen las

siguientes instancias, competencias y procedimientos.

Cuando un alumno o un padre de familia observa alguna conducta del

profesor(a) que le merezca especial atención, queja o reclamo, se lo hará

saber al mismo educador(a). Si éste(a) no le da solución, lo comunica al

Comité de Convivencia, el cual llamará al docente y buscará una

concertación conveniente a todos los involucrados. Si el Comité no lo

logra o es un asunto de competencia exclusiva del Consejo Directivo o

de otra autoridad deberá pasarle el caso a la que corresponda y ésta

resolverá en última instancia, según su competencia.

Cuando la conducta presuntamente reprobable sea de un padre de

familia, deberá comunicarse a la Junta Directiva de la Asociación de

Padres. Si es de un alumno se actuará conforme a lo establecido en este

manual.

Artículo 51. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

El personal administrativo del Colegio María Auxiliadora debe trabajar

en acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad, bajo la

orientación de todos y cada uno de sus superiores o con la autonomía que

le confiere la organización institucional o la Ley, según el funcionario de

que se trate.

Igualmente deben conocer y aceptar la filosofía del Colegio, así como

cumplir cabalmente con sus funciones y apoyar la labor educativa.

Artículo 52. DE LOS EXALUMNOS.

Los Ex alumnos del Colegio María Auxiliadora podrán constituirse como

fundación o entidad sin ánimo de lucro, darse sus propios estatutos,

reglamento interno de funcionamiento y obtener personería jurídica.

Gozarán de la respetuosa y debida atención por parte de los demás

miembros de la comunidad educativa. El representante de los Ex

alumnos con asiento en el Consejo Directivo del Colegio presentará ante

Page 50: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

éste las iniciativas y proyectos que favorezcan el bienestar de todos los

estamentos del plantel.

CAPITULO OCTAVO

DISPOSICIONES GENERALES

SECCION PRIMERA:

DEL BIENESTAR COMUNITARIO Y EL MEDIO AMBIENTE

ESCOLAR

Artículo 53. REGLAS DE HIGIENE PERSONAL, DE PREVENCIÓN

Y DE SALUD PÚBLICA.

Observar permanentemente normas básica de aseo personal, tales

como:

Lavarse las manos antes de comer y después de utilizar los

servicios sanitarios.

Bañarse diariamente utilizando jabones y demás productos de aseo

y belleza personal, preferiblemente biodegradables.

Mantener las uñas, ropa y calzados limpios.

Cepillarse los dientes con dentífrico al menos tres veces por días

(después de cada comida) y especialmente antes de acostarse.

Procurar tener siempre un aroma corporal agradable y un aliento

fresco.

Hervir el agua y la leche antes de consumirlas o de utilizarlas. No

consumir alimentos empacados cuya fecha máxima de vencimiento

se haya cumplido y siempre, detectar el buen estado de los mismos.

Seguir una dieta alimenticia sana y balanceada.

Realizar ejercicios físicos a diario y ojala al aire libre, teniendo en

cuenta las limitaciones personales y las indicaciones médicas.

Acatar pautas de prevención de alcoholismo, drogadicción y

tabaquismo, tales como:

Page 51: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Identificar y abstenerse de consumir productos que contengan

sustancias psicoactivas.

Informarse y analizar las creencias, actitudes y conceptos que se

tienen acerca de las verdaderas consecuencias y efectos colaterales

que produce en el organismo el consumo de alcohol, drogas o

tabaco.

Desarrollar estrategias para enfrentar la presión de personas que

inducen al consumo de tales sustancias y aprender a rechazar su

ofrecimiento.

Organizar y participar en grupos que se dediquen a actividades

lícitas y recreativas, en los que no se tenga la influencia de los

consumidores o expendedores de sustancias psicoactivas.

Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con

actitudes tales como:

Arrojar los desperdicios y basuras solamente en los sitios

destinados o adecuado para ello.

Evitar el contacto con otras personas cuando se padece

enfermedades infectocontagiosas.

Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, cultivos,

alimentos y en general bienes de uso común.

Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir

enfermedades o restablecer la salud.

Artículo 54. MEDIO AMBIENTE ESCOLAR.

Todo lo miembro de la comunidad educativa del Colegio María

Auxiliadora debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia

que tiene la conservación del medio ambiente. Por ello en relación con el

medio ambiente escolar, se compromete a observar las siguientes pautas

mínimas de comportamiento:

Comprender que el ambiente es patrimonio común y que en

consecuencias todos debemos participar de su cuidado y manejo.

Page 52: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Lograr la preservación y restauración del medio ambiente en

general y del escolar en particular, así como la conservación,

mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales.

Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los

recursos naturales no renovables.

Regular las conductas individuales y colectivas, respecto del

ambiente escolar, a fin de que apunten a su conservación y correcto

aprovechamiento.

Preocuparse y ejercer acciones directas para preservar la atmósfera,

el espacio aéreo nacional, las aguas en cualquiera de sus estados, la

tierra, el suelo y el subsuelo, la flora, la fauna, las fuentes primarias

de energía, los recursos geotérmicos y los del paisaje.

Contribuir a mejorar las condiciones de vida resultantes del

asentamiento humano urbano o rural.

Artículo 55. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES,

UNIFORMES.

Los alumnos del Colegio María Auxiliadora deberán acatar las siguientes

reglas de presentación personal y acudir al plantel con uno de los

uniformes que a continuación se señalan, dentro del horario y periodos

lectivos establecidos en el Colegio.

UNIFORME DE DIARIO

NIÑOS

Pantalón gris según modelo del Colegio

Camisa blanca con escudo bordado según modelo del Colegio.

Camiseta para el sudor sin ningún estampado.

Medias grises

Zapatos negros sin ninguna combinación

Correa negra

NIÑAS

Jomper azul con escudo bordado según modelo del Colegio.

Page 53: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

Blusa blanca con vivos azules del mismo color del jomper.

Medias blancas con vivos azules e iniciales C.M.A.

Zapatos negros planos sin ninguna combinación de otro color.

UNIFORME DE EDUCACIÓN FISICA O DEPORTIVO

Sudadera gris con diseño alusivo a los colores del escudo en la

parte inferior de la bota izquierda e iniciales M.A.

Suerte blanco con escudo bordado según modelo del Colegio.

Parágrafo 1. En las prácticas de laboratorio de Biología, Química y

Física los estudiantes deben llevar bata blanca.

Parágrafo 2. Solo se permitirá el ingreso del estudiante a clase,

laboratorios o actividades programas dentro y fuera del plantel, cuando

éste se presente con su respectivo uniforme.

Artículo 56. HORARIOS.

La entrada al Colegio es a la hora exacta: jardín y pre jardín 7:00 a 7:30

am, transición 6:45 Básica Primaria 6:20 a.m.; la Básica secundaria y la

Media 6:10 a.m. Pasado 15 minutos ningún estudiante podrá ingresar al

plantel, salvo aquellos que presenten justificación por escrito, firmada

por el padre o acudiente o respaldada por una certificación de la entidad

donde estuvo haciendo alguna diligencia de salud, calamidad familiar o

personal. La salida es a las 11:30 am para todo pre escolar; 12:15

pm para primaria y 1:00 Pm para todo el bachillerato.

SECCION SEGUNDA:

DE LOS OTROS SERVICIOS, INTERPRETACION Y VIGENCIA

Artículo 57

Son considerados otros estamentos de bienestar estudiantil y sus normas

de comportamiento en ellos son:

Page 54: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

BIBLIOTECA ESCOLAR.

La biblioteca del Colegio María Auxiliadora se regirá por las siguientes

reglas de funcionamiento:

La dirección, organización y funcionamiento interno de la

biblioteca, estará a cargo de un bibliotecario y de una comisión de

alumnos. El bibliotecario será el responsable de mantener el orden

y la disciplina dentro del recinto de la biblioteca.

Los servicios de lectura y consulta en la biblioteca se prestarán en

la jornada y horario establecido en el artículo 69 del presente

manual.

Los materiales se prestan al aula por el lapso de un turno escolar y

el maestro se hará responsable de la devolución de dicho material.

En caso de retraso, pérdida o deterioro deberá notificar al

bibliotecario, quien con la aprobación del Consejo Directivo podrá

estipular el costo de la reposición a que haya lugar.

Cada usuario llenará la ficha del lector y se comprometerá a

devolver la obra en buen estado y en la fecha de vencimiento

señalada.

La duración del préstamo circulante se determinará según el libro o

documento.

El préstamo será renovado cuando no haya otra solicitud para el

mismo libro y siempre y cuando la devolución se haga

oportunamente.

Todo usuario deberá entregar a la entrada de la biblioteca sus

pertenencias tales como los maletines, carteras, bolsos, libros, etc.,

los cuales le serán devueltos a la salida.

La biblioteca, con el objeto de conservar el material con que cuenta

y según la gravedad de la falta, podrá sugerir la aplicación de

medidas correctivas ante el Consejo Directivo del Colegio.

Son deberes de los usuarios entre otros: conocer y cumplir el

reglamento de la biblioteca; consultar los ficheros y catálogos que

le permitan ubicar la información requerida; no escribir o dibujar

marcas, anotaciones o subrayados en el material utilizado; no sacar

del recinto de la biblioteca las obras de consulta y aquellas

excluidas de préstamo; no consumir alimentos o bebidas en la

biblioteca.

Page 55: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

ENFERMERIA

Es el sitio destinado para prestar los primeros auxilios. Para acceder a

este servicio se debe:

Acudir cuando sea estrictamente necesario.

Ser cortes al solicitar este servicio.

Ayudar a la dotación de medicamentos para ser auxiliados en el

momento requerido.

No se debe ingresar a este sitio sin justificación y la debida

autorización de la persona a cargo.

Los alumnos que se encuentren bajo control médico deben portar

los medicamentos que hayan sido prescritos por éste y presentar la

fórmula para verificar la dosis de los mismos.

LABORATORIO

Los docentes del área de Ciencias Naturales son los responsables directos

del uso de este lugar.

Durante la permanencia en el laboratorio de debe:

Usar la bata blanca.

No introducir libros u otros objetos, solamente los elementos

necesarios para el trabajo.

No está permitido el ingreso y consumo de bebidas o comidas.

Se debe utilizar sólo el material que indique el docente.

Usar con precaución los materiales del laboratorio.

Los estudiantes deben responder por las pérdidas y daños

ocasionados.

La entrada al laboratorio se efectuará en el horario asignado y en

compañía del docente encargado.

Page 56: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

SALA DE INFORMATICA

Con el fin de propiciar un buen servicio a los estudiantes:

No está permitido el ingreso y consumo de bebidas o comidas

La entrada a la sala se efectuará en el horario asignado y en

compañía del docente encargado.

Los computadores serán usados para actividades académicas

programadas por el docente en sus horas y no para trabajos

personales.

El uso del Internet es para fines académicos y bajo la supervisión

del docente encargado.

Los estudiantes deben responder por las pérdidas y daños

ocasionados.

TIENDA ESCOLAR

Para mejor servicio en la prestación de esta los estudiantes deben

comprometerse a:

Respetar la fila en la tienda escolar.

Evitar empujar y/o gritar mientras hace fila.

Ser cortes y respetuoso con quienes lo atienden.

Colocar los envases en los canasteros.

Arrojar los papeles y todo tipo de desechos en las canecas

asignadas para ellos.

Dejar limpio y ordenado el lugar de recreo y consumo de

alimentos.

Atender las recomendaciones de los docentes y líderes escolares.

Encargados del orden y disciplina de esta dependencia.

Page 57: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

EMISORA ESTUDIANTIL OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

INTERNA Y EXTENA DE LA INSTITUCION

Con el fin de propiciar un buen servicio a los estudiantes:

Entrar en forma organizada a sus instalaciones.

No está permitido el ingreso y consumo de bebidas o comidas

La entrada a la emisora se efectuará en el horario asignado y en

compañía del docente encargado.

Los estudiantes deben responder por las pérdidas y daños

ocasionados.

Organizar en supervisión del docente las cuartillas de los

programas diarios con anticipación.

Dejar limpio y ordenado la emisora luego de cada emisión.

Atender las recomendaciones de los docentes y líderes escolares.

Mantener y propiciar un sano ambiente escolar a través de cada

programación.

Velar por la integridad de los miembros de la comunidad, evitando

el descredito a través de alguna de las emisiones al aire.

Artículo 58. DE LOS CERTIFICADOS.

El Colegio María Auxiliadora a petición de la parte interesada, expedirá

constancias y certificados a sus estudiantes y egresados, mediante el

siguiente procedimiento: el interesado, ante la secretaría del Colegio,

presenta la solicitud por escrito o verbalmente y cancela el valor

estipulado por la Institución, conforme a lo dispuesto por la Secretaría de

Educación Distrital, según el certificado que requiera. En la misma

secretaría del Colegio lo reclama dentro de los ocho (8) días hábiles

siguientes.

Artículo 59. INTERPRETACION DEL MANUAL.

La interpretación de las disposiciones contenidas en este manual deberá

hacerse teniendo en cuenta que su finalidad es la formación y educación

de los alumnos para la convivencia pacífica, democrática y pluralista de

acuerdo con la filosofía del Colegio prevista en los principios

Page 58: Manual de convivencia Colegio Maria Auxiliadora

fundamentales de este Manual de Convivencia, en concordancia con las

normas legales pertinentes, de preferencia las de la Constitución Política,

las del Derecho Administrativo, Civil y de Familia.

Artículo 60. VIGENCIA.

El presente manual reemplaza todos los procedimientos y disposiciones

contrarias a las aquí estipuladas y entra a regir a partir de la fecha.

Dado en Santa Marta D.T.C.H., a los veintisiete (15) días del mes de

Marzo de dos mil nueve (2.009).

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