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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN MODELO PARA FISCALÍAS GENERALES DE LOS ESTADOS DATE This publication was produced for review by the United States Agency for International Development. It was prepared by [insert Author’s Name(s) here], Management Systems International.

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1

MANUAL DE ORGANIZACIÓN MODELO

PARA FISCALÍAS GENERALES DE LOS

ESTADOS

DATE

This publication was produced for review by the United States Agency for International

Development. It was prepared by [insert Author’s Name(s) here], Management Systems

International.

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2

PROVIDE TECHNICAL ASSISTANCE FOR THE DEVELOPMENT AND CREATION OF HIGH VOLUME CASE PROCESSING UNITS

Management Systems International Corporate Offices 200 12th Street, South Arlington, VA 22202 USA

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Documentation of Management Tools Models for Attorney General’s Office,

Courts and Pre-Trial Services Units

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The author’s views expressed in this publication do not necessarily reflect the views of the United States Agency for

International Development or the United States Government.

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Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados

3

encabezado

Contenido

1. Introducción 4

2. Objetivo 6

3. Alcance 7

4. Marco jurídico 8

5. Versión 10

6. Metodología 11

7. Macro flujo conceptual 21

8. Estructura orgánica 22

9. Descripción de unidades 23

9.1. Titular de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado 23

9.2. Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa 24

9.2.1. Unidad de Atención y Decisión Temprana 25

9.2.2. Órgano Especializado en MASC 27

9.3. Dirección Investigación y Litigación 28

9.3.1. Unidad de Investigación 29

9.3.2. Unidad de Tramitación Masiva de Causas 30

9.3.3. Unidad de Imputado Desconocido 31

9.4. Dirección de Planeación y Calidad 33

9.4.1. Unidad de Análisis, Monitoreo y Evaluación 33

9.5. Dirección de Apoyo Procesal 33

9.5.1. Policía de Investigación 34

9.5.2. Servicios Periciales 34

10. Anexos 35

11. Bibliografía 36

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Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados

4

1. Introducción

La reforma constitucional de 2008 en materia de seguridad y justicia ha significado un cambio

radical en la procuración e impartición de justicia, abandonando un sistema inquisitivo por uno

de corte adversarial. Este cambio ha traído como consecuencia la necesidad de reorganizar las

funciones y estructura de las instituciones operadoras del sistema.

El artículo 21 de la Constitución Federal establece las bases de la reorganización institucional,

pues de acuerdo con el mismo, ahora los cuerpos policiales a cargo de Fiscales y Agentes del

Ministerio Público tienen las facultades necesarias y suficientes para una investigación

científica, recolección de pruebas, aseguramiento del lugar de los hechos, aseguramiento de

bienes, entre otras, todo ello para lograr una investigación, como lo menciona la fracción I del

apartado A, artículo 20 de la CPEUM, que pueda esclarecer los hechos suscitados.

El Sistema Penal Acusatorio exige el desarrollo de estrategias y herramientas que conduzcan

al logro de sus objetivos; es decir, a la procuración e impartición de justicia pronta y expedita,

al pleno respeto de los derechos humanos y a la profesionalización de las autoridades

participantes.

En ese sentido y como parte fundamental de la reforma, se encuentra la etapa de investigación.

Durante esta etapa, se tiene como objeto el esclarecimiento de los hechos materia de la

denuncia o querella para determinar el ejercicio o no de la acción penal, contra una o varias

personas, mediante la obtención de la información y recolección de la evidencia o medios de

prueba que permitan fundar, en su caso, la judicialización del asunto y garantizar el derecho a

la defensa del imputado. Como parte elemental del proceso de investigación, es necesario que

la institución y los operadores responsables de conducirla, cuenten con las estructuras,

procesos, herramientas y conocimientos técnicos necesarios que les permitan conducir sus

actividades con mayor eficiencia para que denote mejores resultados.

Esto significa la necesidad de contar con una estructura orgánica y procedimientos que

respondan a las exigencias constitucionales y legales, la comunicación y coordinación

interinstitucional, así como a la demanda social de un servicio ágil, adecuado, eficiente y

garante de los derechos humanos.

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5

De acuerdo con el Modelo metodológico referencial para la formulación del plan de

reorganización:

La reorganización institucional constituye uno de los ejes centrales de la transición hacia el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), en virtud de que a través de ésta se materializan los aspectos que impactan directamente la arquitectura institucional de las organizaciones. Comprende por tanto los nuevos procesos, estructuras y capital humano, así como los aspectos directamente relacionados con éstos: Procedimientos, Manuales de Organización y Perfiles de puestos, todo lo cual deriva en el Modelo de Gestión.1

Por lo tanto, la reorganización institucional, funge como el eje rector de la procuración de

justicia, toda vez que se entiende como la conjunción de esfuerzos, planes y actividades para

alcanzar la misión y visión que se tiene en futuros tanto mediatos como inmediatos.

Para la efectividad y calidad en el servicio de las Procuradurías/Fiscalías, se requiere de un

modelo que integre un conjunto de sistemas, estrategias, técnicas y métodos que sean

empleados de manera cotidiana en sus procesos de trabajo, cuyas instrucciones y actividades

deban estar orientadas a la calidad del servicio, asegurando que todas las personas tengan

acceso a la justicia.

En este sentido, el Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los

Estados constituye una herramienta útil para que las instituciones de procuración de justicia

definan una estructura y procedimientos que permitan la adecuada conducción de las

investigaciones y el cumplimiento de sus objetivos bajo un enfoque de eficiencia y efectividad.

Las características que imperan en el modelo de organización son:

1. Las actividades deben ser continuas;

2. Establece mecanismos eficaces de coordinación para la obtención de los logros en

común;

3. Evita lentitud e ineficiencia en las actividades, reduciendo costos e incrementando

productividad; y

1 Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), “Modelo metodológico referencial para la formulación del plan de reorganización”, Diseño de la Planeación Integral para la Implementación del Sistema de Justicia Penal del Estado, Obtenido de: http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/05/03-Modelo-Metodologico-de-Reorganizacion.pdf

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4. Reduce y pretende eliminar la duplicidad de esfuerzos, así como delimitar funciones y

responsabilidades.

Es de apreciarse que dichos conceptos tienen una alta relevancia en las estructuras orgánicas

de las Unidades Responsables al constituirse en cimientos sólidos para que orienten los

procedimientos para la operación del Modelo de Gestión del Sistema Procesal Penal Acusatorio

de la Procuraduría/Fiscalía General en todas sus células básicas de la organización

institucional.

En este sentido, este Manual es un instrumento de apoyo tanto para los responsables de la

Oficina del Procurador/Fiscal, como para los propios funcionarios que prestan sus servicios en

ella, así como una herramienta que favorece optimizar los recursos humanos y materiales y

que permite organizar y distribuir el trabajo de la manera más eficiente, y establecer las normas

de funcionamiento que deben regir la prestación de los diferentes servicios.

Este se presenta como una herramienta práctica y de soporte para que las

Procuradurías/Fiscalías adopten una nueva estructura organizativa, fundamentada en los

aprendizajes y buenas prácticas, minimizando así los riesgos que puede suponer implantar

una nueva estructura organizacional.

Además, consiste en un documento abierto y en constante movimiento, para facilitar su

adaptación a las distintas y diferentes realidades existentes en todas y cada una de las

Procuradurías/Fiscalías, el cual debe ser alimentado y enriquecido de manera constante,

asegurando la mejora continua y la calidad de los servicios.

2. Objetivo

El Manual de Organización Modelo para Procuradurías/Fiscalías de las entidades federativas

pretende ser una guía para que permita a las instituciones de procuración de justicia definir

estructuras organizacionales, alineadas a un Modelo de Gestión basado en las buenas

prácticas documentadas y en los principios de eficiencia, eficacia y el respeto a los derechos

humanos.

Es decir, el presente documento ofrece una propuesta de arquitectura organizacional que

favorece el aprovechamiento de los recursos humanos y materiales, a través de la división de

funciones, distribución de competencias, la especialización y profesionalización.

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7

Además, esta propuesta tiene como objetivo que, a través de una estructura orgánica y

operativa eficiente, se provea de una atención adecuada e integral a la sociedad, así como la

resolución y/o canalización oportuna e informada de los asuntos de su conocimiento.

En este sentido, el presente instrumento tiene los siguientes objetivos específicos:

➢ Establecer criterios generales y específicos de organización y distribución del trabajo.

➢ Conocer los perfiles y competencias necesarias para asegurar la correcta operación

de la función investigadora del Ministerio Público.

➢ Definir criterios de actuación que garanticen un funcionamiento óptimo de los servicios

prestados.

➢ Determinar criterios básicos y recomendaciones para el arranque, la gestión y el

seguimiento y control de los diferentes servicios prestados.

➢ Integrar y orientar al personal, facilitando la incorporación a los equipos funcionales de

trabajo correspondientes.

3. Alcances

El presente documento constituye un modelo de organización para las Procuradurías/Fiscalías,

particularmente en las unidades o departamentos relacionados a la función del Ministerio

Público. Es decir, en este Manual de Organización Modelo no se desarrollan de manera

exhaustiva todas las unidades que integran a una Fiscalía General de Justicia, sino que se

limita a desarrollar las relativas a la función investigadora del Ministerio Público, sin pretender

ser omisivo de unidades administrativas y operativas que dan soporte y son necesarias para el

adecuado funcionamiento de la institución y el ejercicio de la función investigadora.

El Manual de Organización Modelo comprende la estructura y organización de las siguientes

unidades:

1. Unidad de Atención y Decisión Temprana;

2. Unidad de Tramitación Masiva de Causas;

3. Unidad de Imputado Desconocido; y

4. Unidad de Investigación.

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Si bien este instrumento no comprende el resto de las unidades de la Procuraduría/Fiscalía, en

él se describen de manera somera alguna de estas para un mejor entendimiento del

funcionamiento y organización de la institución.

4. Marco jurídico

4.1. Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2

4.2. Códigos y Leyes3

a) Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el DOF el 05-III-2014, y sus

reformas adicionales.

b) Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia

Penal, publicada en el DOF el 29-XII-2014.

c) Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, publicada en el

DOF el 16-VI-2016.

d) Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el DOF el 16-VI-2016.

e) Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicada en el DOF el 18-VII-20164.

f) Ley General de Víctimas, publicada en el DOF el 09-I-2013, y sus reformas y adiciones.

g) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada en el DOF el 02-VIII-

2006, y sus reformas y adiciones.

h) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el

DOF el 01-II-2007, y sus reformas y adiciones.

2 Es importante que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome como referencia el marco constitucional local que corresponda. 3 Es necesario que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome como referencia la Ley Orgánica de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado que corresponda. 4 Es importante que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome en consideración la Ley local del Sistema Anticorrupción.

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i) Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el DOF el 02-I-

2009, y sus reformas y adiciones.

j) Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro,

Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, publicada en el DOF el 30-XI-2010, y sus reformas y

adiciones.

k) Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de

Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada en

el DOF el 14-VI-2012, y sus reformas y adiciones.

l) Ley General de Salud, publicada en el DOF el 07-II-1984, y sus reformas y adiciones.

Además de las anteriores, deberán integrarse las legislaciones locales que correspondan de

acuerdo al marco normativo de la entidad de que se trate.

4.3. Tratados internacionales

a) Carta de la Organización de los Estados Americanos, adoptada en Bogotá, Colombia,

el 30 de abril de 1948, publicada en el DOF el 13-I-1949.

b) Carta de las Naciones Unidas y Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, adoptada

en San Francisco, EUA, el 26 de junio de 1945, publicada en el DOF el 17-X-1945.

c) Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en San José, Costa Rica,

el 22 de noviembre de 1969, publicada en el DOF el 7-V-1981.Convención

Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer,

adoptada en Belém do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, publicada en el DOF el 19-I-

1999.

d) Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en

Belém do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, publicada en el DOF el 6-V-2002

e) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado en

Nueva York, EUA, el 16 de diciembre de 1966, publicado en el DOF el 12-V-1981

f) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado en Nueva York, EUA, 16

de diciembre de 1966, publicado en el DOF el 20-V-1981.

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g) Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación

Racial, adoptada en Nueva York, EUA, el 7 de marzo de 1966, publicada en el DOF el

13-VI-1975.

h) Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,

adoptada en Nueva York, EUA, el 18 de diciembre de 1979, publicada en el DOF el 12-

V-1981.

i) Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes, adoptada en Nueva York, EUA, el 10 de diciembre de 1984, publicada en

el DOF el 6-III-1986.

j) Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, adoptada en

Cartagena de Indias, Colombia, el 9 de diciembre de 1985, publicada en el DOF el 11-

IX-1987.

El marco jurídico señalado no es exhaustivo, por lo que las Procuradurías/Fiscalías que adopten

ese Manual de Organización Modelo como referencia podrán ampliarlo de acuerdo a las

necesidades y marco jurídico local de referencia.

5. Versión

Elaboró Revisó Validó

___________________

Nombre y Firma

__________________

Nombre y firma

______________

Nombre y firma

Cargo Cargo Cargo

Este Manual se realizó el ___________________, publicado el __________________, en su

versión número 1 El equipo de creación de este manual fue integrado por: ________________.

5.1. Responsables de la elaboración del Manual de Organización

El área responsable de la Planeación, gestión y calidad de la Procuraduría/Fiscalía será

responsable de elaborar y actualizar el Manual de Organización.

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5.2. Causas que originan su revisión y actualización

La necesidad de revisar y actualizar el Manual de Organización surge al modificarse el marco

normativo de referencia y/o las tareas al interior de los órganos administrativos, que signifiquen

cambios en sus atribuciones y en su estructura. En ese sentido, el titular de la Unidad que

corresponda al interior de la Fiscalía/Procuraduría deberá informar oportunamente a los

responsables de elaborar el manual de organización 5 , sobre todo cambio en torno a las

actividades o responsables de proporcionar un servicio, al público o de apoyo interno, con el

objeto de que se realicen las adecuaciones pertinentes.

5.3. Validación del Manual de Organización

Para que el Manual de Organización sea válido y vinculante para la institución deberá estar

firmado por el Procurador/Fiscal General del Estado.

6. Metodología

El diseño y desarrollo de este Manual de Organización se realiza bajo un método inductivo y

analítico, donde por medio del análisis de las condiciones organizacionales de las instituciones

de procuración de justicia en el país, las buenas prácticas documentadas por organizaciones

de la sociedad civil, organismos internacionales y organismos estatales, se utiliza un método

deductivo para llegar a conclusiones y propuestas que llevan a desarrollar este documento.

La realización de este instrumento considera diversas etapas que conducen a definir una

arquitectura organizacional óptima para el funcionamiento de las Procuradurías/Fiscalías,

atendiendo a las exigencias normativas y necesidades operativas.

La siguiente imagen muestra de manera ilustrativa las etapas a seguir para la definición de este

documento:

5 Es recomendable que esta atribución corresponda al área encargada de la Planeación y Evaluación.

MacroflujoconceptualCNPP

MicroprocesosEstructura

organizacional

CapitalhumanoModelo

organizacionalPerfilespor

competencias

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Figura 1. Metodología

a) Análisis normativo y Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos

Penales.

Para el desarrollo del presente manual fue necesario analizar el marco jurídico de referencia,

el cual se cita en apartados anteriores, particularmente la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos (CPEUM), el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), así como

otros cuerpos normativos que forman parte integral del procedimiento, como la Ley General de

Víctimas (LGV); la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos y Solución de Controversias en

Materia Penal (LNMASC); Ley Nacional de Ejecución Penal; Ley General del Sistema Nacional

de Seguridad Pública; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,

entre otras.

Todas estas han servido como base para el desarrollo del presente documento, buscando que

la función investigadora del Ministerio Público responda a las exigencias convencionales,

constitucionales y legales.

Con base en el CNPP se realizó un macro flujo conceptual como una representación gráfica

del proceso penal, identificando cada una de las etapas procesales y haciendo énfasis en la

función investigadora por parte del Ministerio Público.

Figura 2. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP6

Este documento constituye una herramienta de gran utilidad para el entendimiento del proceso

penal, sus distintas etapas, sus actores y responsabilidades y, particularmente, la identificación

6 Véase Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales.

HECHOPROBABLEMENTE

DELICTIVO

¿Seinterpone

denunciaantepolicía?

NO

Acude alaProcuraduríaoFiscalía(UnidaddeAnálisisyDecisión

Temprana)einterponedenunciaoquerella,segúntipodedelito.

Imputado

SI Policía

Recaba denuncia

Policía

Realiza actosdeinvestigacióninmediatos,

recabainformaciónyasegurabienes,instrumentos,objetosoproductosdeldelito.

¿Imputadoes

detenidoenflagrancia?

NO

SI Policía

Imputado

Realiza yregistradetención,daaconocerlosderechosdeldetenidoyrealizapuestaadisposiciónante Ministerio

Público

Ministerio

Público

Examinacondicionesenque

serealizó ladetenciónyrealiza elcontroldela

detención

¿Ratifica

detención?

SI

NO Ministerio

Público

Poneenlibertada

detenido

Ministerio

Público

Asigna defensorpúblico,

encasodesernecesario

¿Proceden

acuerdosreparatorios?C

iudadano

Ciudadano

Víctim

a

Víctim

a

PRESERVACIÓNDELAESCENAE INICIODECADENADECUSTODIA

Defensor

SI

NO

Celebransesiónpara

llegaraunacuerdoentrelas partes

¿Procedencriteriosde

oportunidad?

SI

NO

Ministerio

Público

Decide entreabstenerse

deinvestigarodictararchivotemporal

Ministerio

Público

Continúacon lainvestigacióny

registralosactosdelamisma;encasoderequerirlosolicitala

autorizaciónjudicialparadiligencias

Policía

Dirigelainvestigacióny

propone actosparalaefectividaddelamisma

Apoyanenlainvestigación

Ministerio

Público

Decideuna delassiguientesalternativas:

Detenerporcaso

urgente

Promoverunacuerdo

reparatorio

Solicitaaudiencia paraformularimputación

Noejercerlaacción

penal

Archivar

temporalmente

Aplicarcriteriosde

oportunidad

¿Imputadoasisteala

audiencia?

NO

SI

Policía

Imputado

Policíarealizadetenciónyponeaimputadoadisposicióndel

JuezdeControl

Ministerio

Público

Solicitaordende

aprehensión

Policía

Imputado

Policíaejecuta ordende

aprehensión yponeaimputadoadisposicióndelJuezdeControl

Ministerio

Público

Víctim

a

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

AUDIENCIAINICIAL

Ministerio

Público

Informaderechos,proporciona

atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza

clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida

canalización.

A

¿Existe razónpara

investigar?

SI

NO Ministerio

Público

Seabstienede

investigar

SESIONESPARA

LLEGARAUNAR

SESIONESPARA

LLEGARAUNAR

¿Víctima

impugna?

Ministerio

Público

Notifica alavíctima

Víctim

a

SI

NO

PROCESO DE

IMPUGNACIÓN

FIN

Secelebraaudienciainicial

JuezdeControl

Ministerio

Público

Justificarazonesdeladetención

Defensor

Expresaloqueaderecho

convengarespectoaladetención

JuezdeControl

Resuelvesobrelalegalidaddeladetención

¿Juezratificadetención?

NO

SI

JuezdeControl

Decretalibertaddel

imputado

Ministerio

Público

Analizasiprocedereabrir

investigación

¿Procedecontinuarlainvestigación?

NO

SI

Ministerio

Público

Decideaplicarcriteriosde

oportunidad

Ministerio

Público

B

C

Solicitaaudienciapara

formularimputación

B

Ministerio

Público

Solicitaordende

aprehensión

C

Ministerio

Público

Formulaimputación

Imputado

Defensor

Expresaloquea

derechoconvenga

¿Solicita plazode72o144

hrs?

SI

NO Ministerio

Público

Solicitaymotivalavinculacióndelimputado

aproceso

Imputado

Defensor

Exponenloconveniente

JuezdeControl

Solicitud,debateyresolucióndemedidas

cautelares

¿Juezvinculaaproceso

NO

SI

JuezdeControl

Decretalibertaddel

imputado

D

D

Ministerio

Público

Víctim

a

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

Ministerio

Público

Víctim

aAsesorjurídico

resolucióndelplazodecierredelainvestigación

JuezdeControl

Solicitud,debateyresolucióndemedidas

cautelares

Ministerio

Público

Víctim

a

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

72a144horas

después,continúaaudienciainicial

INVESTIGACIÓNDE

LOSHECHOS

MECANISMOS

ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE

CONFLICTOS

IMPUTADO

DESCONOCIDO

TRAMITACIÓN

MASIVADECASOS

Perito

Art. 132fracc.IyII

A

Art. 132fracc.IIIy

Art.146

Art. 149

Art. 149

Art. 132fracc.IIyXI;

Art.115y122

Art. 187 Art. 253y254

Art. 127,129,131y

213

Art. 127,129,131y

213

Art. 212

Perito

Art. 187

Art. 150

Art. 310

Art. 255

Art. 254

Art. 256

Art. 258

Art. 141

Art. 141

Art. 141

Asesorjurídico

Art. 308

Art. 256

CRITERIOSDE

OPORTUNIDAD

Ministerio

Público

Art. 309

Art. 312

Art. 154,fracc.I

SUSPENSIÓNDELCARGO

SUSPENSIÓN DELAPROFESIÓN

PRISIÓNPREVENTIVA

LOCALIZADORELECTRÓNICO

RESGUARDOENSUDOMICILIO

SOMETER AVIGILANCIA

PROHIBICIÓNDE IRA LUGARESOREUNIONES

PROHIBICIÓNDECOMUNICARSECONPERSONAS

GARANTÍAECONÓMICA

EMBARGODEBIENES

PRESENTACIÓNPERIÓDICA

PROHIBICIÓN DESALIRDELÁMBITO

SEPARACIÓNDELDOMICILIO

INMOVILIZACIÓNDECUENTAS

Art. 154,fracc.I

Ministerio

Público

Desdelavinculacióny

hastaelautodeapertura,elMPpuedesolicitar:

SuspensiónCondicionaldel

Proceso

Procedimiento

abreviado

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de las decisiones que han de tomarse en cada una de las fases que comprende el

procedimiento.

El macro flujo conceptual es un instrumento de apoyo, a partir del cual se hace posible identificar

los procesos clave al interior de la Procuraduría/Fiscalía que requieren una descripción

detallada de las actividades de cada uno de los actores involucrados, así como el desarrollo de

materiales complementarios que guíen el efectivo desempeño de la institución.

b) Documentación de buenas prácticas y micro procesos

El proceso de implementación y de consolidación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio

(SJPA) ha permitido que organismos estatales, internacionales y la sociedad civil recojan,

documenten y evalúen las prácticas implementadas por las instituciones operadoras locales y

federales durante este proceso.

La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de

Justicia Penal (SETEC)7llevó a cabo una labor de documentación, integración y socialización

de las buenas prácticas durante el proceso de implementación, buscando la homologación y

estandarización de los procesos en las distintas entidades federativas.

Ahora, durante el actual proceso de consolidación, el Secretariado Ejecutivo del Sistema

Nacional de Seguridad Pública (SESNP)8 ha venido desarrollando actividades en el mismo

sentido, buscando perfeccionar el funcionamiento del SJPA.

Esta documentación de buenas prácticas y aprendizajes ha permitido el desarrollo progresivo

y la mejora en el diseño y función de los procesos de gestión al interior de las instituciones

operadoras del sistema.

Por lo tanto, a partir del macro flujo conceptual, se identificaron los procesos clave para la

operación de la Procuraduría/Fiscalía en la función investigadora del Ministerio Público,

tomando como referencia las buenas prácticas antes mencionadas.

7 Véase SETEC, 48 buenas prácticas para la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/Publicaciones/Buenas%20Pr%C3%A1cticas.pdf, disponible en 8 de noviembre de 2017. 8 Véase SENSP, ”Informe de acciones 2016-2017, Consolidación del Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/SJP/Informe_Consolidacion_SJP.pdf, fecha de consulta 8 de noviembre de 2017.

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14

Figura 3. Extracto del macro flujo conceptual

La figura 3 muestra las unidades necesarias para realizar de manera adecuada la función

investigadora del Ministerio Público, los cuales son posteriormente desarrolladas en micro

procesos que describen las actividades a desarrollar dentro de estas unidades y de cada etapa

procesal. La siguiente imagen ilustra cómo se diseñan los micro procesos, para un

entendimiento ágil, sencillo y visual por los operadores del sistema:

HECHO%PROBABLEMENTE%

DELICTIVO

¿ S e %inte rpon e%

denunc ia%ante%

polic ía ?

Imputado

Policía

Policía

¿ Im puta do%e s%

de tenido%en%

fla g ranc ia ?

Policía

Imputado

Ministerio

Público

¿ R a t ific a%

de tenc ión?

Ministerio

Público

Ministerio

Público

¿ Pro cede n

a cue rdos%

r epa ra tori os?Ciu

dadano

Ciudadano

Víctima

Víctim

a

PR E S ER VACIÓN %D E%LA %ES CEN A%E IN IC IO %D E%CA D EN A %D E%CU S TO D IA

Defensor

¿ Proc eden

c rit e rio s%de%

opor tun idad?

Ministe

rio

Público

Ministerio

Público

Policía

Ministe

rio

Público

¿ Im putado%

as is te%a%la%

a udie nc ia ?

Policía

Imputado

Ministerio

Público

Policía

Imputado

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

A%U%D %I%E%N %C%IA%%I%N %I%C%I%A %L

Ministerio

Público

A

¿ E x ist e ra z ón%

pa ra%

inv e s t ig a r?

Ministe

rio

Público

SESIONES%PA RA%

L L EGAR A %UN%A R

SESION ES%PARA %

L LEGA R A%UN%AR

¿V íc tim a %

im pug na?

Ministerio

Público

Víctim

a

PROCESO DE%

IM PUGNAC IÓN

FIN

JuezdeControl

Ministe

rio

Público

Defensor

JuezdeControl

¿ Jue z%ra tif ica%

de te nció n?

JuezdeControl

Ministerio

Público

¿ Pr ocede

co ntinua r%la %

inv e s tig a c ión?

Ministerio

Público

Ministerio

Público

B

C

B

Ministerio

Público

C

Ministerio

Público

Imputado

Defensor

¿ S o lic ita p la z o%

de%72%o%144%

hrs ?

Ministe

rio

Público

Imputado

Defe

nsor

JuezdeControl

¿ Jue z%v incu la

a%proc e s o

JuezdeControl

D

D

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

Ministerio

Público

Víctima

Asesorju

rídico

JuezdeControl

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

INV ESTIGAC IÓN%D E%

LOS%HECHOS

M ECAN ISMOS%

AL TERNATIVOS DE%

SOLUC IÓN%DE%

C ONFL ICTOS

IM PU TA DO%

DESCONOCID O

TRAM ITAC IÓN%

M A SIV A%DE%CASOS

Perito

A rt. 1 3 2%frac c .%I%y%II

A

Ar t. 1 3 2%frac c.%III%y%

A r t.%146

Ar t. 1 49

Art . 1 4 9

A rt. 1 3 2%frac c .%I I%y%X I;%

A rt .%11 5%y%122

A rt . 1 8 7 Art . 2 5 3%y%254

A r t. 1 27 ,%129 ,%131%y%

213

Ar t. 1 27 ,%129 ,%131%y%

213

A rt. 2 1 2

Perito

A rt . 1 8 7

A rt. 1 5 0

A rt. 3 1 0

Ar t. 2 5 5

Art . 2 5 4

A rt . 2 56

Ar t. 2 5 8

A rt . 1 4 1

Ar t. 1 41

Ar t. 1 41

Asesorjurídico

A rt. 3 0 8

A rt. 2 5 6

CRITERIO S%DE%

OPORTUN IDA D

Ministerio

Público

A rt. 3 0 9

A r t. 3 1 2

Ar t. 1 5 4 ,%frac c .%I

Ar t. 1 5 4 ,%frac c .%I

Ministerio

Público

querella,(según(tipo(de(delito.

Ministerio

Público

Informa(derechos,(proporciona(

atención(médica(y/o(psicológica,(recibe(denuncia(o(querella(y(realiza(

clasificación(conforme(al(Modelo(de(Valoración(de(Casos(para(su(debida(

canalización.

INVESTIGACIÓN+DE+

LOS+HECHOS

MECANISMOS+

ALTERNATIVOS DE+SOLUCIÓN+DE+

CONFLICTOS

IMPUTADO+

DESCONOCIDO

TRAMITACIÓN+

MASIVA+DE+CASOS

A

SISTEMA DE JUSTICIA PENAL MODELO DE GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL

SUBSISTEMA: INVESTIGACIÓN

BLOQUE:

PROCESO:

CÓDIGO:

FECHA:

REVISIÓN:

PÁGINA:

1¿Elimputadoesconocido?Anexo8

22

Dictaarchivotemporalporimputadodesconocido

AMP 24

¿Esposiblelaidentificacióndelimputado?

23

NO

RemitealaUnidad

deImputadoDesconocido

AMP 25

ProcesoImputado

Desconocido

Envíaoficiode

investigaciónalaPolicía

AMP 26

SI ¿Seidentificaalimputado?

27

A

ANO

NO

¿Procedeacuerdo

reparatorio?

VerCD

28ProcesoUnidadTramitaciónMasicadeCasos

NO

¿Serealizóunacuerdo

reperatorio?

32

2

¿Aceptalavíctimairal

procesodeAR?

30

RemiteUTMC

verCD

AMP 29

Realiza oficiode

remisióndecasoalórganoMASC

AMP 31

ProcesoAcuerdo

Reparatorio

B

4

Dictasuspensiónde

lainvestigaciónyremitealaUCSAR

AMP 36

FIN

FIN

B

¿Secumpleconlaobligación

acordada?

34

Revisa elacuerdo

reparatorioyfirmadeaprobación

AMP 33

ProcesoSeguimiento yRegistrodeAcuerdos

Reparatorios

UCSARnotificael

estatusdelacuerdoreparatorio

AMP 37

¿Secumpleconlaobligación

acordada?

38

Dictaarchivo

definitivoyremitealaUCSAR

AMP 35

ProcesoSeguimientoyControldeAcuerdos

Reparatorios

FIN

B

C

C

SI

SI

SISI

SI SI

NO

NO

NO NO

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Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados

15

Figura 4. Extracto de micro proceso (ilustrativo)

c) Estructuras orgánicas y perfiles por competencias

Para realizar la definición de las estructuras organizacionales, se toma como referencia el

diseño de los procesos clave, el cual toma como referencia las obligaciones previstas en la

legislación correspondiente, describiendo paso a paso cada una de las actividades que deben

desarrollarse por los distintos actores dentro de la institución, así como las necesidades de

jerarquía y unidades de apoyo.

Este ejercicio permite definir atribuciones específicas a los operadores, así como identificar las

competencias necesarias y deseadas para el ejercicio de las funciones correspondientes al

puesto.

Como es posible apreciar en la figura 5, el proceso facilita la definición de puestos y sus

atribuciones, lo que permite identificar la estructura organizacional interna, así como las

competencias y habilidades requeridas para el ejercicio de cada uno de los puestos.

Figura 5. Identificación de puestos clave

MODELO&DE&GESTIÓN&UNIDAD&DE&TRAMITACIÓN&MASIVA&DE&CASOS

NONO

NO

NO

NO

NO

SI

SISI

SI

SI SI

SI

NOA) Se&recibe&las& Recibe y&registra&la&

carpeta

Asistente&del&AMP 01

Asigna&carpeta&a&

AMP&especializado

Asistente&del&AMP 02

Análisis&de&los&datos de&prueba&e&identificación&

de&diligencias&de&investigación

AMP&UTMC! 03

¿Los&datos&de&prueba&son&

suficientes&para&formular&

04

Identifica&y&elabora&

plan de&diligencias&de&investigación

AMP&UTMC 05

Realiza actos&de&

investigación&

AMP&UTMC! 06

3

¿Se&obtienen&datos&de&prueba&

suficientes?

07

¿Existen&condiciones&para&buscar&una&solución&alterna&

antes&de&la&formulación&de&

13

SI

SI

NO

NO

¿Se&actualiza&causa&de&no&

ejercicio&de&la&

acción&penal?

08

Remite a&la&Unidad&

de&Investigación

AMP&UTMC! 12

Dicta&acuerdo&de&no&

ejercicio

AMP&UTMC! 09

FIN

Dicta&archivo&

temporal

AMP&UTMC! 11

¿Se&actualiza&causa&para&AT?

10

¿Se&requiere&participación&de&

OEMASC?

14

AMP&realiza&

negociación&entre&las&partes

AMP&UTMC! 15

Proceso&del&uso&de&MASC&para&la&

suspensión&condicional&del&

proceso.

AMP&envía&caso&al&

OEMASC

AMP&UTMC! 16

¿Se&llegó&a&la&salida&alterna&

de&acuerdo&

reparatorio?

17

Dicta&suspensión&de&

la&investigación&y&remite&a&la&UCSAR

AMP 21

¿Se&cumple&conla&obligación&

acordada?

19

Revisa el&acuerdo&

reparatorio&y&firma&de&aprobación

AMP 18

Proceso&Seguimiento y&Registro&de&Acuerdos&

Reparatorios

UCSAR&notifica&el&

estatus&del&acuerdo&reparatorio

AMP 22

¿Se&cumple&conla&obligación&

acordada?

23

Dicta&archivo&

definitivo&y&remite&a&la&UCSAR

AMP 20

Proceso&Seguimiento&y&Control&de&Acuerdos&

Reparatorios

FIN

1

1

2

1

A

A

Ministerio

Público

Auxiliar

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16

De esta manera, se hace posible la descripción de los perfiles por competencias, los cuales

están formados por las habilidades y conocimientos que se requieren para desempeñar los

puestos de trabajo previamente identificados, así como los comportamientos y actitudes que

tienen las personas con el mayor desempeño dentro de sus puestos de trabajo.

Para lograr lo anterior, se utilizó la técnica de análisis funcional, la cual consiste en identificar las

competencias laborales inherentes a una función productiva, mediante una estrategia deductiva.

En este sentido, el Consejo de Normalización y Certificación Laboral de México (CONOCER)

plantea que la base del análisis funcional es la identificación, mediante el desglose o

desagregación, y el ordenamiento lógico de las funciones productivas que se llevan a cabo dentro

de una organización.9

Respecto a lo anterior, el análisis funcional debe cumplir con tres reglas básicas: 1) el análisis

funcional se elabora de lo general a lo particular; 2) el análisis funcional debe identificar funciones

discretas, y 3) el análisis funcional debe respetar un formato de redacción10.

De esta forma, el análisis funcional se aplica de lo general a lo particular, iniciando con la

detección del propósito principal de la función productiva y concluye cuando se llega al nivel en

que la descripción cubre funciones productivas simples –elementos de competencia- que pueden

ser desarrolladas por un trabajador11. A estos últimos se les ha denominado como competencias

técnicas del puesto.

El proceso de desagregación de las funciones sigue la lógica de causa-efecto o problema-

solución. Así, el desglose de determinada función está representando lo que se debe lograr para

que la función de un nivel anterior se pueda llevar a cabo. En este sentido, la pregunta clave en

el desglose es “¿qué funciones es necesario cumplir para lograr que se realice la inmediatamente

anterior?”12

9 Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral (1998). Análisis ocupacional y funcional del trabajo. Madrid: Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), p. 20. 10 Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Guía de apoyo para la elaboración del análisis funcional. Santiago: Cintefor/OIT, pp. 8 y 9. 11 Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (2004). Cuarenta preguntas sobre competencia laboral. Montevideo: Departamento de Publicaciones de Cintefor/OIT, pp. 39 y 42. 12 Vargas, F., Casanova, F. & Montanaro, L. (2009). El enfoque de competencia laboral: manual de formación. Montevideo: Cintefor/OIT, p. 46.

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17

En la elaboración del análisis funcional, con base en dicha interrogante, se identifican funciones

discretas, es decir, funciones que en su descripción se detalla una acción completa de trabajo13.

Con la finalidad de mantener uniformidad, la redacción del propósito fundamental de la función

productiva y las demás funciones identificadas, se redactan siguiendo la estructura que se

presenta a continuación:

De este modo, el verbo describe la acción que la función efectúa sobre el objeto y el enunciado

condicional describe el contexto en el cual el desempeño ocurre.14

Ahora bien, con fundamento en todo lo antes expuesto, la elaboración del análisis funcional para

el desarrollo de las fichas de puestos del Modelo Homologado de Unidades de Atención

Temprana tuvo como base información producto de fuentes primarias como lo son los procesos

contenidos en el modelo de gestión de los tres pisos.

En este sentido, la detección de funciones se realiza a partir del estudio y desglose de las

diferentes actividades descritas en dichos procesos, hasta concluir con las competencias técnicas

precisadas en cada ficha. Al respecto, la figura 6 refleja la metodología seguida para la

identificación de las funciones que integran dicho puesto y competencias técnicas con que debe

contar el operador.

13 Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Ob. Cit, p. 8. 14 Ídem, p. 9.

VERBO + OBJETO + CONDICIÓN

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18

Figura 6. Mapa funcional Funciones y competencias técnicas del Agente del Ministerio Público de la Unidad de Atención

Temprana.15

Función (propósito principal):

Competencia técnica (elemento de competencia):

15 Para efectos ilustrativos del presente mapa funcional no se incluye la totalidad de competencias técnicas.

¿Qué hay que hacer?

¿Para qué?

Competencia técnica

(elemento de competencia)

Función

(propósito principal)

Recibir denuncias o querellas y personas

detenidas conforme al Manual de la Unidad de

Atención Temprana

Identificar las características de una persona en crisis o en

estado de vulnerabilidad en los usuarios a fin de solicitar la intervención

del personal especializado.

Explicar a la víctima, ofendido y/o a la persona detenida sus derechos de

forma que le resulte comprensible.

Aplicar técnicas de entrevista para obtener información relevante

para la investigación del delito.

Subsumir los hechos narrados en la hipótesis normativa para definir la probable existencia del

delito.

conforme al Manual

de la Unidad de

Atención Temprana +

denuncias o

querellas y personas

detenidas + Recibir

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19

Figura 7. Ecuación 1 Estructura de la función y competencia técnica del Agente del Ministerio Público de la Unidad de Atención Temprana

Dentro del estudio se pudo verificar que, si bien existen competencias análogas entre operadores,

es la función que desempeñan y la finalidad que buscan las que muestran la forma en que serán

implementadas por los funcionarios en sus labores, permitiendo a la vez identificar a un nivel

institucional el listado de funciones, competencias técnicas y habilidades en las cuales se debe

tener incidencia a través de capacitación, instrucción y desarrollo de las mismas, para lograr una

implementación eficiente del Modelo Homologado de Unidades de Atención Temprana.

La figura 8 muestra la estructura de las cédulas de puesto, las cuales están integradas por los

siguientes elementos:

I. Identificación del puesto. Corresponde a los elementos generales del puesto, tales

como el área a la que pertenece; nombre del puesto; jefe inmediato; y,

subordinados.

II. Marco jurídico. Establece el marco jurídico de referencia para el desarrollo del

puesto que se describe en la cédula.

III. Áreas de conocimiento. En este apartado se describen las áreas del conocimiento

requeridas para el desarrollo de las funciones que el corresponden.

IV. Funciones. En este apartado se desarrollan de manera general las principales

funciones que desarrolla el puesto.

V. Competencias técnicas. Es uno de los elementos más importantes de la cédula,

describe los niveles de comprensión, habilidades y pericias para el desarrollo de las

funciones del puesto.

en los usuarios a fin

de solicitar la

intervención del

personal

especializado.

+

las características de

una persona en

crisis o en estado

de vulnerabilidad

+ Identificar

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20

VI. Requerimientos del puesto. Comprende los requerimientos de escolaridad,

experiencia y habilidades necesarios y/o deseados.

Figura 8. Perfil por competencias (ilustrativo)

7. Macro flujo conceptual

A partir del análisis minucioso del Código Nacional de Procedimientos, se desarrolló el macro

flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales16, que describe, de manera

ilustrativa, cada una de las etapas del procedimiento, desde que se tiene conocimiento de un

16 Véase Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales

PERFIL POR COMPETENCIAS

I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO

ÁREA Unidad de Análisis y Decisión Temprana.

NOMBRE DEL PUESTO Auxiliar Administrativo de la UADT.

PUESTO DEL JEFE

INMEDIATO Agente del Ministerio Público de la UADT

PUESTOS

SUBORDINADOS No aplica

II. MARCO JURÍDICO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código Nacional de Procedimientos Penales.

Constitución Política del Estado.

Ley Orgánica de la Procuraduría o Fiscalía General de Justicia y sus reglamentos. Ley General de Víctimas.

Ley Estatal de Víctimas. Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.

III. ÁREAS DE CONOCIMIENTO

Fundamentos básicos de Derecho Penal

Fundamentos básicos de Victimología

IV. FUNCIONES V. COMPETENCIAS TÉCNICAS

1. Recepción y registro de las personas que acuden a solicitar los servicios de la

Unidad de Análisis y Decisión Temprana.

1. Identificar en los usuarios las características de una persona en crisis o en estado de vulnerabilidad con el

objetivo de informárselo al Agente del Ministerio

Público de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana antes de que pase a la toma de la denuncia.

2. Explicar al denunciante en qué consiste el trámite que

desea de forma que le resulte comprensible.

2. Canalización de las personas que acuden

a solicitar los servicios de la Unidad de

Análisis y Decisión Temprana.

1. Evaluar el carácter de las solicitudes presentadas para

determinar la competencia de la Procuraduría/ Fiscalía

o la canalización a otra instancia. 2. Canalizar a las personas que acuden a solicitar los

servicios de la Unidad de Atención Temprana a las

instancias competentes en los casos en que sus solicitudes no sean de carácter penal, a fin de que sea

atendida su necesidad.

VI. REQUISITOS DEL PUESTO

ESCOLARIDAD Educación media superior.

EXPERIENCIA No se requiere experiencia previa.

HABILIDADES

Servicio

Comunicación efectiva Trabajo bajo presión

Organización

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21

hecho con posible carácter delictivo, hasta la pronunciación de la sentencia.

Figura 9. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP

Este instrumento constituye un documento accesible que comprende desde el conocimiento

que se tiene de un hecho delictivo hasta la culminación del procedimiento penal, identificando

a los actores clave, actividades y funciones específicas, así como los fundamentos jurídicos de

cada paso establecido.

Figura 10. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP (Conocimiento de un hecho probablemente delictivo)

El macro flujo conceptual ya contempla las unidades específicas relativas a la función del

Ministerio Público, como se observa en la imagen siguiente:

HECHOPROBABLEMENTE

DELICTIVO

¿Seinterpone

denunciaantepolicía?

NO

Acude alaProcuraduríaoFiscalía(UnidaddeAnálisisyDecisión

Temprana)einterponedenunciaoquerella,segúntipodedelito.

Imputado

SI Policía

Recaba denuncia

Policía

Realiza actosdeinvestigacióninmediatos,

recabainformaciónyasegurabienes,instrumentos,objetosoproductosdeldelito.

¿Imputadoes

detenidoenflagrancia?

NO

SI Policía

Imputado

Realiza yregistradetención,daaconocerlosderechosdeldetenidoyrealizapuestaadisposiciónante Ministerio

Público

Ministerio

Público

Examinacondicionesenque

serealizó ladetenciónyrealiza elcontroldela

detención

¿Ratifica

detención?

SI

NO Ministerio

Público

Poneenlibertada

detenido

Ministerio

Público

Asigna defensorpúblico,

encasodesernecesario

¿Proceden

acuerdosreparatorios?C

iudadano

Ciudadano

Víctima

Víctima

PRESERVACIÓNDELAESCENAE INICIODECADENADECUSTODIA

Defensor

SI

NO

Celebransesiónpara

llegaraunacuerdoentrelas partes

¿Procedencriteriosde

oportunidad?

SI

NO

Ministerio

Público

Decide entreabstenerse

deinvestigarodictararchivotemporal

Ministerio

Público

Continúacon lainvestigacióny

registralosactosdelamisma;encasoderequerirlosolicitala

autorizaciónjudicialparadiligencias

Policía

Dirigelainvestigacióny

propone actosparalaefectividaddelamisma

Apoyanenlainvestigación

Ministerio

Público

Decideuna delassiguientesalternativas:

Detenerporcaso

urgente

Promoverunacuerdo

reparatorio

Solicitaaudiencia paraformularimputación

Noejercerlaacción

penal

Archivar

temporalmente

Aplicarcriteriosde

oportunidad

¿Imputadoasisteala

audiencia?

NO

SI

Policía

Imputado

Policíarealizadetenciónyponeaimputadoadisposicióndel

JuezdeControl

Ministerio

Público

Solicitaordende

aprehensión

Policía

Imputado

Policíaejecuta ordende

aprehensión yponeaimputadoadisposicióndelJuezdeControl

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

AUDIENCIAINICIAL

Ministerio

Público

Informaderechos,proporciona

atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza

clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida

canalización.

A

¿Existe razónpara

investigar?

SI

NO Ministerio

Público

Seabstienede

investigar

SESIONESPARA

LLEGARAUNAR

SESIONESPARA

LLEGARAUNAR

¿Víctima

impugna?

Ministerio

Público

Notifica alavíctima

Víctima

SI

NO

PROCESO DE

IMPUGNACIÓN

FIN

Secelebraaudienciainicial

JuezdeControl

Ministerio

Público

Justificarazonesdeladetención

Defensor

Expresaloqueaderecho

convengarespectoaladetención

JuezdeControl

Resuelvesobrelalegalidaddeladetención

¿Juezratificadetención?

NO

SI

JuezdeControl

Decretalibertaddel

imputado

Ministerio

Público

Analizasiprocedereabrir

investigación

¿Procedecontinuarlainvestigación?

NO

SI

Ministerio

Público

Decideaplicarcriteriosde

oportunidad

Ministerio

Público

B

C

Solicitaaudienciapara

formularimputación

B

Ministerio

Público

Solicitaordende

aprehensión

C

Ministerio

Público

Formulaimputación

Imputado

Defensor

Expresaloquea

derechoconvenga

¿Solicita plazode72o144

hrs?

SI

NO Ministerio

Público

Solicitaymotivalavinculacióndelimputado

aproceso

Imputado

Defensor

Exponenloconveniente

JuezdeControl

Solicitud,debateyresolucióndemedidas

cautelares

¿Juezvinculaaproceso

NO

SI

JuezdeControl

Decretalibertaddel

imputado

D

D

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

Ministerio

Público

Víctima

Asesorjurídico

resolucióndelplazodecierredelainvestigación

JuezdeControl

Solicitud,debateyresolucióndemedidas

cautelares

Ministerio

Público

Víctima

Imputado

Defensor

Asesorjurídico

72a144horas

después,continúaaudienciainicial

INVESTIGACIÓNDE

LOSHECHOS

MECANISMOS

ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE

CONFLICTOS

IMPUTADO

DESCONOCIDO

TRAMITACIÓN

MASIVADECASOS

Perito

Art. 132fracc.IyII

A

Art. 132fracc.IIIy

Art.146

Art. 149

Art. 149

Art. 132fracc.IIyXI;

Art.115y122

Art. 187 Art. 253y254

Art. 127,129,131y

213

Art. 127,129,131y

213

Art. 212

Perito

Art. 187

Art. 150

Art. 310

Art. 255

Art. 254

Art. 256

Art. 258

Art. 141

Art. 141

Art. 141

Asesorjurídico

Art. 308

Art. 256

CRITERIOSDE

OPORTUNIDAD

Ministerio

Público

Art. 309

Art. 312

Art. 154,fracc.I

SUSPENSIÓNDELCARGO

SUSPENSIÓN DELAPROFESIÓN

PRISIÓNPREVENTIVA

LOCALIZADORELECTRÓNICO

RESGUARDOENSUDOMICILIO

SOMETER AVIGILANCIA

PROHIBICIÓNDE IRA LUGARESOREUNIONES

PROHIBICIÓNDECOMUNICARSECONPERSONAS

GARANTÍAECONÓMICA

EMBARGODEBIENES

PRESENTACIÓNPERIÓDICA

PROHIBICIÓN DESALIRDELÁMBITO

SEPARACIÓNDELDOMICILIO

INMOVILIZACIÓNDECUENTAS

Art. 154,fracc.I

Ministerio

Público

Desdelavinculacióny

hastaelautodeapertura,elMPpuedesolicitar:

SuspensiónCondicionaldel

Proceso

Procedimiento

abreviado

Actuacionesdeserviciospericiales

Actuacionesdeprimerrespondiente

ActuacionesdeMinisterioPúblico

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Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados

22

Figura 11. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP

Esta herramienta ha permitido el desarrollo de un modelo de gestión para la

Procuraduría/Fiscalía y, a partir de este, definir un modelo de organización que responda a las

necesidades del trabajo y servicio.

8. Estructura orgánica

Como se ha señalado previamente, el modelo de organización que se presenta en este

documento no contempla todas las unidades operativas y administrativas de la

Procuraduría/Fiscalía, sino que se limita a describir aquéllas relativas a la función investigadora

del Ministerio Público.

En este sentido, la figura 10 muestra una organización institucional basada en la distribución

efectiva y eficiente del trabajo de investigación para un mejor aprovechamiento de recursos y

el logro de mejores resultados en la investigación y procuración de justicia.

íaoFiscalía

Temprana)einterponedenunciao

Ministerio

Público

Informaderechos,proporciona

atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza

clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida

canalización.

INVESTIGACIÓNDE

LOSHECHOS

MECANISMOS

ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE

CONFLICTOS

IMPUTADO

DESCONOCIDO

TRAMITACIÓN

MASIVADECASOS

A

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23

Figura 12. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía17

9. Descripción de Unidades

9.1. Titular de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado

Titular de la institución del Ministerio Público; responsable de procurar justicia a la sociedad,

brindar protección y apoyo a víctimas y ofendidos de delitos; vigilar el cumplimiento de los

principios de legalidad y valores del servicio público dirigiendo las investigaciones de los actos

delictivos para garantizar los plenos derechos a la ciudadanía; y establecer lazos y convenios

con organismos civiles e instituciones públicas o privadas a fin de mejorar la procuración de

justicia.

En este sentido, de acuerdo con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos

Penales, corresponde al Ministerio Público:

➢ Actuar en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad,

eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en

la Constitución;

➢ Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral, por escrito, o a través

de medios digitales.

➢ Ejercer la conducción y el mando de la investigación de los delitos, para lo cual deberá

coordinar a las Policías y a los peritos durante la misma, así como ordenar a la Policía y

a sus auxiliares la práctica de actos de investigación conducentes para el esclarecimiento

del hecho delictivo;

17 Véase Anexo 2. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía General de Justicia en el Estado

I

PROCURADOR/ FISCAL

SUB-PROCURADURIA/

VICE-FISCALIA

POLICÍADEINVESTIGACIÓN

DIRECCIÓNDEATENCIÓNTEMPRANA

YJUSTICIAPENALALTERNATIVA

UNIDADDEANÁLISISYDECISIÓNTEMRANA

ÓRGANOESPECIALIZADOENMECANISMOSALTERNOS

UNIDADDETRAMITACIÓNMASIVA

DECAUSAS

UNIDADDEINVESTIGACIÓN

DIRECCIÓNDEINVESTIGACIÓNY

LITIGACIÓN

DIRECCIÓNDEAPOYOPROCESAL

UNIDADDEINVESTIGACIÓNCON

IMPUTADODESCONOCIDO

SERVICIOSPERIIALES

DIRECCIÓNDEPLANEACIÓN,CALIDAD

YEVALUACIÓN

UNIDADDEANÁLISIS,MONITOREO YEVALUACIÓN

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➢ Iniciar la investigación correspondiente cuando así proceda y, en su caso, ordenar la

recolección de indicios y medios de prueba que deberán servir para sus respectivas

resoluciones.

➢ Requerir informes o documentación a otras autoridades y a particulares, así como solicitar

la práctica de peritajes y diligencias para la obtención de otros medios de prueba;

➢ Solicitar al Órgano jurisdiccional la autorización de actos de investigación y demás

actuaciones que sean necesarias dentro de la misma

➢ Ordenar la detención y la retención de los imputados cuando resulte procedente en los

términos que establece este Código;

➢ Brindar las medidas de seguridad necesarias, a efecto de garantizar que las víctimas u

ofendidos o testigos del delito puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin

riesgo para ellos;

➢ Determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal, así como ejercer la

facultad de no investigar en los casos autorizados por este Código;

➢ Decidir la aplicación de criterios de oportunidad en los casos previstos en este Código;

➢ Ejercer la acción penal cuando proceda;

➢ Poner a disposición del Órgano jurisdiccional a las personas detenidas;

➢ Promover la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias o

formas anticipadas de terminación del proceso penal;

➢ Solicitar las medidas cautelares;

➢ Solicitar a la autoridad judicial la imposición de las penas o medidas de seguridad que

correspondan;

➢ Solicitar el pago de la reparación del daño a favor de la víctima u ofendido del delito, sin

perjuicio de que éstos lo pudieran solicitar directamente;

➢ Las demás establecidas en la Constitución y demás leyes aplicables.

Para el cumplimiento de estas obligaciones, se establece la siguiente estructura organizacional y

distribución de competencias.

9.2. Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa

La Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa, tendrá a su cargo los casos:

1. Que se resuelvan a través de un acuerdo reparatorio.

2. Que se resuelvan a través de una determinación temprana.

Los delitos que no se resuelvan en esta Unidad deberán ser remitidos Dirección de

Investigación y Litigación.

La Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa está compuesta por las siguientes:

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25

Figura 13. Estructura orgánica Dirección de Atención Temprana y Justicia Penal Alternativa

9.2.1. Unidad de Atención y Decisión Temprana

Esta unidad es el primer contacto con las personas que acuden a la Procuraduría/Fiscalía;

recibe todos los asuntos en los que la Institución tiene competencia, analiza los hechos

denunciados y determina si estos constituyen un delito y, en su caso, lo remite al área

correspondiente o bien canaliza a la institución que corresponda.

Derivado del análisis de los hechos denunciados, con base en un Modelo de valoración de

casos18, en esta Unidad se podrán adoptar las siguientes decisiones:

a) Canalizar a otra institución, cuando de los hechos denunciados se desprenda una

conducta no delictiva y se requiera la orientación y atención de otra dependencia.

b) Cuando el caso sea susceptible de ser resuelto mediante un mecanismo alternativo de

solución de controversias (MASC), este es turnado a la unidad responsable del

Órgano especializados en MASC.

c) Determinar el Archivo temporal y remitir a la Unidad de Imputado Desconocido

18 Véase Anexo 3. Modelo de Valoración de Casos.

DIRECCIÓNDEATENCIÓNTEMPRANAYJUSTICIAPENAL

ALTERNATIVA

UNIDADDEANÁLISISYDECISIONTEMPRANA

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCIÓN

TEMPRANA1

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCIÓN

TEMPRANA2

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCION

TEMPRANA3

NOTIFICADORESAUXILIARES

ADMINISTRATIVO

ORGANOESPECIALIZADOENMECANISMOS

ALTERNOS

FACILITADOR 1 FACILITADOR 2 FACILITADOR 3

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

ÁREADESEGUIMIENTO A

ACUERDOS

REPARATORIOS

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d) Turnar el asunto a la Unidad de Tramitación Masiva para su registro y determinación.

e) Remitir el asunto la Unidad de Investigación que corresponda.

La Unidad de Atención y Decisión Temprana, está integrada por:

Figura 14. Estructura orgánica de la Unidad de Atención y Decisión Temprana

9.2.1.1. Auxiliares Administrativos

Encargados de recibir y registrar a las personas que acuden a la Unidad, brindar información al

denunciante/víctima acerca del trámite que desea realizar, entregar el formato de derechos a

la víctima, canalizar al ciudadano con el Agente del Ministerio Público de Atención Temprana

correspondiente y apoyar en funciones administrativas de la Unidad.19

9.2.1.2. Notificadores

Responsable de realizar las notificaciones, las solicitudes de información y oficios solicite el

Agente del Ministerio Público de Atención Temprana.20

9.2.1.3. Agentes del Ministerio Público de Atención.

Temprana21

19 Véase Anexo 4. Cédula de Puesto de Auxiliar Administrativo de la UADT. 20 Véase Anexo 5. Cédula de Puesto de Notificador de la UADT. 21 Véase Anexo 6. Cédula de Agentes del Ministerio Público de la UADT.

UNIDADDEANÁLISISYDECISIONTEMPRANA

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCIÓN

TEMPRANA1

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCIÓN

TEMPRANA2

AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO

DEATENCION

TEMPRANA3

NOTIFICADORESAUXILIARES

ADMINISTRATIVO

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Responsable recibir las denuncias y querellas, recibir el informe policial homologado, resolver

de forma temprana aquellos casos que sean conducentes, atendiendo al Modelo de Valoración

de Casos, las cuales consistente en:

a) Abstenerse de investigar cuando de los hechos no se desprenda la comisión de un

delito;

b) Remitir a la Unidad de Imputado Desconocido los asuntos en los que se dicta Archivo

Temporal por no individualizar al imputado;

c) Remitir a la Unidad de Investigación los casos que así lo ameriten, remitir a la Unidad

de Tramitación Masiva de Causas los casos competentes;

d) Remitir al Órgano Especializado en Mecanismos Alternos y Solución de Controversias

los asuntos que sean susceptibles de acuerdo reparatorio; y

e) Dictar criterio de oportunidad cuando lo ley lo permita.

9.2.2. Órgano Especializado en Mecanismos Alternos y Solución de

Controversias

Órgano responsable de promover y, en su caso, llevar a cabo la aplicación de Mecanismos

Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal de conformidad con la Ley Nacional

de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (LNMASC).

También corresponde a este la obligación de monitorear e impulsar el cumplimiento de los

Acuerdos alcanzados por los Intervinientes en el Mecanismo Alternativo. Este está integrado

por:

Figura 15. Estructura orgánica del Órgano Especializado en MASC

ORGANOESPECIALIZADOENMECANISMOSALTERNOS

FACILITADOR 1 FACILITADOR 2 FACILITADOR 3

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

ÁREADESEGUIMIENTO A

ACUERDOS

REPARATORIOS

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9.2.2.1. Auxiliar Administrativo

Encargado de recibir a las partes y canalizarlas con la o el facilitador correspondiente, asistir

en el manejo de agenda del Órgano, elaborar oficios y escritos y llevar el seguimiento de la

correspondencia del Órgano, además de efectuar y atender las llamadas telefónicas y recibir al

público en general.

9.2.2.2. Notificadores

Responsables de notificar personalmente con una invitación por escrito y firmada por la o el

facilitador del Órgano, para dar a conocer a la parte que ha sido convocada a participar en un

mecanismo alternativo, así también la entrega de papelería o documentación oficial.

9.2.2.3. Facilitadores.

El profesional certificado del Órgano cuya función es facilitar la participación de los

intervinientes en los Mecanismos Alternos proporcionando la información necesaria y

exponiendo de manera clara la naturaleza, objetivos y alcances del proceso a seguir.

9.3. Dirección de Investigación y Litigación

Dirección responsable de identificar las obligaciones y responsabilidades para desarrollar las

investigaciones que no son de pronta determinación y la judicialización los asuntos. La

Dirección de Investigación y Litigación, está integrada por:

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Figura 16. Estructura orgánica de la Dirección de Investigación y Litigación

9.3.1 Unidad de Investigación

La Unidad de Investigación recibe todas carpetas de investigación que le sean remitidas por la

Unidad de Análisis y Decisión Temprana y es la responsable de ejercer la conducción jurídica

de las mismas, para lo cual puede coordinarse con la Policía Investigadora y los Peritos para

allegarse de los datos de prueba necesarios para el ejercicio de la acción penal o la toma de

decisiones que resulten de la información obtenida.

La Unida de Investigación está compuesta por los siguientes perfiles y puestos:

Figura 17. Estructura orgánica de la Unidad de Investigación

DIRECCION DEINVESTIGACIONYLITIGACION

UNIDADDEINVESTIGACION

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR1

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR2

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR3

NOTIFICADORESAUXILIARES

ADMINISTRATIVO

UNIDADDETRAMITACIONMASIVA

DECAUSAS

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO1

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO2

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO3

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

POLICIADEINVESTIGACION

UNIDADDEINVESTIGACIONCON

IMPUTADO

DESCONOCIDO

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICO

ANALISTA DECAPTURAANALISTADE

PATRONESDELICTIVOS

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

POLICIADEINVESTIGACION

UNIDADDEINVESTIGACION

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR1

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR2

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR3

NOTIFICADORESAUXILIARES

ADMINISTRATIVO

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9.3.1.1. Auxiliares Administrativos

Encargado de recibir todas las carpetas de investigación turnas por la Unidad de Análisis y

Decisión Temprana para asignar las mismas al Agente del Ministerio Público Investigador

correspondiente. También apoyará al Agente del Ministerio Público Investigar en la integración

de las carpetas y demás tareas administrativas que se le asignen.22

9.3.1.2. Notificadores

Responsable de entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el Agente

del Ministerio Público solicite.23

9.3.1.3. Agentes del Ministerio Público Investigadores

Responsable de dirigir y conducir la investigación de los hechos, coordinar a la Policía

Investigadora y Peritos, resolver sobre el ejercicio de la acción penal y ordenar las diligencias

necesarias para comprobar la existencia o inexistencia del delito y la responsabilidad de quien

lo cometió.24

9.3.3. Unidad de Tramitación Masiva de Causa

Unidad responsable de recibir los casos en los que se presente alguno de los siguientes

supuestos:

➢ Que el delito no sea de remisión inmediata a la Unidad de Investigación;

➢ Que el imputado sea conocido; o

➢ Que sean procedentes las salidas alternas.

En dicha unidad se tiene por objeto una solución alterna o la terminación anticipada del proceso,

para lo cual cuenta con el personal siguiente:

22 Véase Anexo 7. Cédula de puesto de Auxiliare Administrativo de la UI. 23 Véase Anexo 8. Cédula de puesto de Notificador de la UI. 24 Véase Anexo 9. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público Investigador (UI).

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Figura 18. Estructura orgánica de la Unidad de Tramitación Masiva de Causas

9.3.1.1. Auxiliar Administrativo

Encargado de recibir todos los asuntos que le sean turnados por la Unidad de Análisis y

Decisión Temprana, realizar una valoración del caso y asignar el mismo al Agente del Ministerio

Público Especializado.25

9.3.1.2. Notificador.

Encargado de llevar a entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el

Agente del Ministerio Público Especializado solicite.26

9.3.1.3. Agente del Ministerio Público Especializado. 27

Responsable de dirigir y conducir la investigación de los asuntos que le sean derivados a la

Unidad de Tramitación Masiva de Causas, coordinar a la Policía Investigadora y Peritos y

25 Véase Anexo 10. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UTMC. 26 Véase Anexo 11. Cédula de puesto de Notificador de la UTMC. 27 Véase Anexo 12. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público de la UTMC

UNIDADDETRAMITACIONMASIVA

DECAUSAS

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO1

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO2

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO3

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

POLICIADEINVESTIGACION

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ordenar las diligencias necesarias conforme al Manual para la Unidad de Tramitación Masiva

de Causas.28

9.3.3. Unidad de Imputado Desconocido

Unidad a la que se derivan los asuntos en los que se haya determinado, por la Unidad de

Análisis y Decisión Temprana que no existe línea de investigación que seguir en virtud de que

el imputado es desconocido. En esta Unidad se concentran todos los asuntos, particularmente

los de carácter patrimonial, con el fin de realizar cruces de información que permitan llevar a

cabo una “investigación de tipo horizontal”. De esta forma se utiliza la información contenida en

varias carpetas de investigación, permitiendo con ello clasificar a los imputados en

desconocido, parcialmente identificado e identificado, laborar patrones delictivos que sirvan

para pasar de imputado desconocido a sospechosos y –finalmente- a imputados contra los

cuales se pueda formular imputación; para ejercer una investigación estratégica y por bloques.

La Unidad de Imputado Desconocido, se integra de la siguiente manera:

Figura 19. Estructura orgánica de la Unidad de Investigación con Imputado Desconocido

9.3.3.1. Auxiliar Administrativo

28 Véase USAID, Manual para la Unidad de Tramitación Masiva de Causas, disponible en: http://www.coahuilatransparente.gob.mx/disp/documentos_disp/MANUAL%20PARA%20LA%20UNIDAD%20DE%20TRAMITACI%C3%93N%20MASIVA%20DE%20CASOS..pdf

UNIDADDEINVESTIGACIONCON

IMPUTADO

DESCONOCIDO

AGENTE DELMINISTERIOPUBLICO

ANALISTA DECAPTURAANALISTADE

PATRONESDELICTIVOS

NOTIFICADORESAUXILIAR

ADMINISTRATIVO

POLICIADEINVESTIGACION

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Encargado de recibir todos los asuntos que le sean turnados por la Unidad de Análisis y

Decisión Temprana, realizar una valoración del caso y asignar el mismo al Agente del Ministerio

Público de la UID.29

9.3.3.2. Notificador

Encargado de llevar a entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el

Agente del Ministerio Público de la UID solicite.30

9.3.3.3. Agente del Ministerio Publico de la UID

Encargado de dirigir y ordenar los actos de investigación, realizar remisiones la Unidad de

Investigación e integrar las carpetas respectivas.31

9.3.3.4. Analista de captura

Responsable de llevar a cabo la captura de la información de las carpetas en la base de datos;

realizar un mapeo delictivo para establecer el punto exacto de la comisión del delito de forma

electrónica; elaborar las cartas para notificar el archivo temporal al denunciante/víctima;

analizar e identificar los focos rojos por zona; y entregar la información al área de patrones.32

9.3.3.6. Analista de patrones delictivos

Encargado de realizar el análisis y la elaboración de patrones delictivos mediante la información

turnada por el área de captura y la elaboración de boletines a partir de los patrones delictivos.33

9.4. Dirección de planeación, calidad y evaluación

Es una dirección de carácter administrativo, responsable de la planeación, análisis, revisión,

desarrollo y promoción de los programas y proyectos de la Institución, siendo competente para

diseñar, ejecutar y evaluar el sistema de planeación de la Institución, así como para definir y

aplicar los controles apropiados que permitan conocer las distintas fases en que se encuentren

los trabajos de las unidades operativas de la institución y la implementación de programas de

29 Véase Anexo 13. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UID. 30 Véase Anexo 14. Cédula de puesto de Notificador de la UID. 31 Véase Anexo 15. Cédula de puesto del Agente del Ministerio Público de la UID. 32 Véase Anexo 16. Cédula de puesto de Analista de captura de la UID. 33 Véase Anexo 17. Cédula de puesto de Analista de patrones delictivos de la UID.

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mejora continua. Dentro de esta Unidad se destaca la Unidad de Análisis, Monitoreo y

Evaluación.

9.4.1. Unidad de Análisis, Monitoreo y Evaluación

Unidad responsable de implementar modelos de medición y evaluación de resultados en la

operación del Sistema Penal Acusatorio, la satisfacción al usuario, así como el

desempeño y disciplina del proceso. A partir de los resultados obtenidos, es responsable

de implementar estrategias que permitan a las instituciones, unidades u operadores,

llevar a cabo sus actividades y funciones de puesto de forma eficaz, eficiente y

responsable

9.5. Dirección de apoyo procesal

La Dirección de apoyo procesal la integran las áreas responsables de auxiliar al Ministerio

Público en su función investigadora, particularmente la policía de investigación y servicios

periciales.

9.5.1. Policía de Investigación

Es el área responsable de auxiliar al Ministerio Público en la investigación, persecución y

esclarecimiento de los hechos delictuosos, buscando las pruebas que determinen la

responsabilidad de los que en ellos participaron y ejecutando los mandamientos judiciales y

diligencias de investigación requeridas por el Ministerio Público.

9.5.2. Servicios periciales

Área responsable de auxiliar al Ministerio Público en la investigación y persecución de los

delitos, encargándose de buscar, obtener, preservar y analizar, conforme a los principios

técnico-científicos apropiados, los indicios y pruebas tendientes al esclarecimiento de los

hechos y de la probable responsabilidad de las personas imputadas, así como de emitir los

dictámenes pertinentes.

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10. Anexos

Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales

Anexo 2. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía

Anexo 3. Modelo de valoración de casos

Anexo 4. Cédula de Puesto de Auxiliar Administrativo de la UADT.

Anexo 5. Cédula de Puesto de Notificador de la UADT.

Anexo 6. Cédula de Agentes del Ministerio Público de la UADT.

Anexo 7. Cédula de puesto de Auxiliare Administrativo de la UI.

Anexo 8. Cédula de puesto de Notificador de la UI.

Anexo 9. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público Investigador (UI).

Anexo 10. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UTMC.

Anexo 11. Cédula de puesto de Notificador de la UTMC.

Anexo 12. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público de la UTMC

Anexo 13 Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UID.

Anexo 14. Cédula de puesto de Notificador de la UID.

Anexo 15. Cédula de puesto del Agente del Ministerio Público de la UID.

Anexo 16. Cédula de puesto de Analista de captura de la UID.

Anexo 17. Cédula de puesto de Analista de patrones

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11. Bibliografía

Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Guía de apoyo para la elaboración del análisis funcional. Santiago: Cintefor/OIT. Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (2004). Cuarenta preguntas sobre competencia laboral. Montevideo: Departamento de Publicaciones de Cintefor/OIT. Vargas, F., Casanova, F. & Montanaro, L. (2009). El enfoque de competencia laboral: manual de formación. Montevideo: Cintefor/OIT. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Informe Ejecutivo 2017 de la Consulta Nacional sobre el Modelo de Procuración de Justicia, octubre 2017, disponible en: http://construyamosjusticia.mx/wp/assets/uploads/2017/10/INFORME-EJECUTIVO_21oct_2029.pdf, fecha de consulta 7 de noviembre de 2017. PEREZ, Mariano, Modelo de coordinación y comunicación entre Ministerio Público y Policía, USAID, 2014. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Incidencia delictiva del fuero común del 2016, Octubre 2017, Centro Nacional de Información, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/estadisticas%20del%20fuero%20comun/Cieisp2016_092017.pdf, fecha de consulta 6 de noviembre de 2017. SENSP, ”Informe de acciones 2016-2017, Consolidación del Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/SJP/Informe_Consolidacion_SJP.pdf, fecha de consulta 8 de noviembre de 2017. SETEC, 48 buenas prácticas para la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/Publicaciones/Buenas%20Pr%C3%A1cticas.pdf, disponible en 8 de noviembre de 2017. USAID, Manual para la Unidad de Tramitación Masiva de Causas, disponible en: http://www.coahuilatransparente.gob.mx/disp/documentos_disp/MANUAL%20PARA%20LA%20UNIDAD%20DE%20TRAMITACI%C3%93N%20MASIVA%20DE%20CASOS..pdf

ZEPEDA, Guillermo, Buenas prácticas en la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en México, Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo (USAID), 2014, disponible en: http://biblioteca.setec.saas.readyportal.net/content/published/1421/Reorganizacion/Buenas%20practicas%20-%20implementacion%20y%20operacion%20del%20Nuevo%20Sistema/rp:attachment/reporte_mejores_pra$BD$CBcticas_V2.pd

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Legislación Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Código Nacional de Procedimientos Penales Ley General de Víctimas

Ley de Nacional de Ejecución Penal

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal