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MANUAL DE ORGANIZACIÓN MODELO
PARA FISCALÍAS GENERALES DE LOS
ESTADOS
DATE
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Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
3
encabezado
Contenido
1. Introducción 4
2. Objetivo 6
3. Alcance 7
4. Marco jurídico 8
5. Versión 10
6. Metodología 11
7. Macro flujo conceptual 21
8. Estructura orgánica 22
9. Descripción de unidades 23
9.1. Titular de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado 23
9.2. Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa 24
9.2.1. Unidad de Atención y Decisión Temprana 25
9.2.2. Órgano Especializado en MASC 27
9.3. Dirección Investigación y Litigación 28
9.3.1. Unidad de Investigación 29
9.3.2. Unidad de Tramitación Masiva de Causas 30
9.3.3. Unidad de Imputado Desconocido 31
9.4. Dirección de Planeación y Calidad 33
9.4.1. Unidad de Análisis, Monitoreo y Evaluación 33
9.5. Dirección de Apoyo Procesal 33
9.5.1. Policía de Investigación 34
9.5.2. Servicios Periciales 34
10. Anexos 35
11. Bibliografía 36
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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1. Introducción
La reforma constitucional de 2008 en materia de seguridad y justicia ha significado un cambio
radical en la procuración e impartición de justicia, abandonando un sistema inquisitivo por uno
de corte adversarial. Este cambio ha traído como consecuencia la necesidad de reorganizar las
funciones y estructura de las instituciones operadoras del sistema.
El artículo 21 de la Constitución Federal establece las bases de la reorganización institucional,
pues de acuerdo con el mismo, ahora los cuerpos policiales a cargo de Fiscales y Agentes del
Ministerio Público tienen las facultades necesarias y suficientes para una investigación
científica, recolección de pruebas, aseguramiento del lugar de los hechos, aseguramiento de
bienes, entre otras, todo ello para lograr una investigación, como lo menciona la fracción I del
apartado A, artículo 20 de la CPEUM, que pueda esclarecer los hechos suscitados.
El Sistema Penal Acusatorio exige el desarrollo de estrategias y herramientas que conduzcan
al logro de sus objetivos; es decir, a la procuración e impartición de justicia pronta y expedita,
al pleno respeto de los derechos humanos y a la profesionalización de las autoridades
participantes.
En ese sentido y como parte fundamental de la reforma, se encuentra la etapa de investigación.
Durante esta etapa, se tiene como objeto el esclarecimiento de los hechos materia de la
denuncia o querella para determinar el ejercicio o no de la acción penal, contra una o varias
personas, mediante la obtención de la información y recolección de la evidencia o medios de
prueba que permitan fundar, en su caso, la judicialización del asunto y garantizar el derecho a
la defensa del imputado. Como parte elemental del proceso de investigación, es necesario que
la institución y los operadores responsables de conducirla, cuenten con las estructuras,
procesos, herramientas y conocimientos técnicos necesarios que les permitan conducir sus
actividades con mayor eficiencia para que denote mejores resultados.
Esto significa la necesidad de contar con una estructura orgánica y procedimientos que
respondan a las exigencias constitucionales y legales, la comunicación y coordinación
interinstitucional, así como a la demanda social de un servicio ágil, adecuado, eficiente y
garante de los derechos humanos.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
5
De acuerdo con el Modelo metodológico referencial para la formulación del plan de
reorganización:
La reorganización institucional constituye uno de los ejes centrales de la transición hacia el Nuevo Sistema de Justicia Penal (NSJP), en virtud de que a través de ésta se materializan los aspectos que impactan directamente la arquitectura institucional de las organizaciones. Comprende por tanto los nuevos procesos, estructuras y capital humano, así como los aspectos directamente relacionados con éstos: Procedimientos, Manuales de Organización y Perfiles de puestos, todo lo cual deriva en el Modelo de Gestión.1
Por lo tanto, la reorganización institucional, funge como el eje rector de la procuración de
justicia, toda vez que se entiende como la conjunción de esfuerzos, planes y actividades para
alcanzar la misión y visión que se tiene en futuros tanto mediatos como inmediatos.
Para la efectividad y calidad en el servicio de las Procuradurías/Fiscalías, se requiere de un
modelo que integre un conjunto de sistemas, estrategias, técnicas y métodos que sean
empleados de manera cotidiana en sus procesos de trabajo, cuyas instrucciones y actividades
deban estar orientadas a la calidad del servicio, asegurando que todas las personas tengan
acceso a la justicia.
En este sentido, el Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los
Estados constituye una herramienta útil para que las instituciones de procuración de justicia
definan una estructura y procedimientos que permitan la adecuada conducción de las
investigaciones y el cumplimiento de sus objetivos bajo un enfoque de eficiencia y efectividad.
Las características que imperan en el modelo de organización son:
1. Las actividades deben ser continuas;
2. Establece mecanismos eficaces de coordinación para la obtención de los logros en
común;
3. Evita lentitud e ineficiencia en las actividades, reduciendo costos e incrementando
productividad; y
1 Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), “Modelo metodológico referencial para la formulación del plan de reorganización”, Diseño de la Planeación Integral para la Implementación del Sistema de Justicia Penal del Estado, Obtenido de: http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/05/03-Modelo-Metodologico-de-Reorganizacion.pdf
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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4. Reduce y pretende eliminar la duplicidad de esfuerzos, así como delimitar funciones y
responsabilidades.
Es de apreciarse que dichos conceptos tienen una alta relevancia en las estructuras orgánicas
de las Unidades Responsables al constituirse en cimientos sólidos para que orienten los
procedimientos para la operación del Modelo de Gestión del Sistema Procesal Penal Acusatorio
de la Procuraduría/Fiscalía General en todas sus células básicas de la organización
institucional.
En este sentido, este Manual es un instrumento de apoyo tanto para los responsables de la
Oficina del Procurador/Fiscal, como para los propios funcionarios que prestan sus servicios en
ella, así como una herramienta que favorece optimizar los recursos humanos y materiales y
que permite organizar y distribuir el trabajo de la manera más eficiente, y establecer las normas
de funcionamiento que deben regir la prestación de los diferentes servicios.
Este se presenta como una herramienta práctica y de soporte para que las
Procuradurías/Fiscalías adopten una nueva estructura organizativa, fundamentada en los
aprendizajes y buenas prácticas, minimizando así los riesgos que puede suponer implantar
una nueva estructura organizacional.
Además, consiste en un documento abierto y en constante movimiento, para facilitar su
adaptación a las distintas y diferentes realidades existentes en todas y cada una de las
Procuradurías/Fiscalías, el cual debe ser alimentado y enriquecido de manera constante,
asegurando la mejora continua y la calidad de los servicios.
2. Objetivo
El Manual de Organización Modelo para Procuradurías/Fiscalías de las entidades federativas
pretende ser una guía para que permita a las instituciones de procuración de justicia definir
estructuras organizacionales, alineadas a un Modelo de Gestión basado en las buenas
prácticas documentadas y en los principios de eficiencia, eficacia y el respeto a los derechos
humanos.
Es decir, el presente documento ofrece una propuesta de arquitectura organizacional que
favorece el aprovechamiento de los recursos humanos y materiales, a través de la división de
funciones, distribución de competencias, la especialización y profesionalización.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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Además, esta propuesta tiene como objetivo que, a través de una estructura orgánica y
operativa eficiente, se provea de una atención adecuada e integral a la sociedad, así como la
resolución y/o canalización oportuna e informada de los asuntos de su conocimiento.
En este sentido, el presente instrumento tiene los siguientes objetivos específicos:
➢ Establecer criterios generales y específicos de organización y distribución del trabajo.
➢ Conocer los perfiles y competencias necesarias para asegurar la correcta operación
de la función investigadora del Ministerio Público.
➢ Definir criterios de actuación que garanticen un funcionamiento óptimo de los servicios
prestados.
➢ Determinar criterios básicos y recomendaciones para el arranque, la gestión y el
seguimiento y control de los diferentes servicios prestados.
➢ Integrar y orientar al personal, facilitando la incorporación a los equipos funcionales de
trabajo correspondientes.
3. Alcances
El presente documento constituye un modelo de organización para las Procuradurías/Fiscalías,
particularmente en las unidades o departamentos relacionados a la función del Ministerio
Público. Es decir, en este Manual de Organización Modelo no se desarrollan de manera
exhaustiva todas las unidades que integran a una Fiscalía General de Justicia, sino que se
limita a desarrollar las relativas a la función investigadora del Ministerio Público, sin pretender
ser omisivo de unidades administrativas y operativas que dan soporte y son necesarias para el
adecuado funcionamiento de la institución y el ejercicio de la función investigadora.
El Manual de Organización Modelo comprende la estructura y organización de las siguientes
unidades:
1. Unidad de Atención y Decisión Temprana;
2. Unidad de Tramitación Masiva de Causas;
3. Unidad de Imputado Desconocido; y
4. Unidad de Investigación.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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Si bien este instrumento no comprende el resto de las unidades de la Procuraduría/Fiscalía, en
él se describen de manera somera alguna de estas para un mejor entendimiento del
funcionamiento y organización de la institución.
4. Marco jurídico
4.1. Constitución
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos2
4.2. Códigos y Leyes3
a) Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el DOF el 05-III-2014, y sus
reformas adicionales.
b) Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia
Penal, publicada en el DOF el 29-XII-2014.
c) Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, publicada en el
DOF el 16-VI-2016.
d) Ley Nacional de Ejecución Penal, publicada en el DOF el 16-VI-2016.
e) Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, publicada en el DOF el 18-VII-20164.
f) Ley General de Víctimas, publicada en el DOF el 09-I-2013, y sus reformas y adiciones.
g) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada en el DOF el 02-VIII-
2006, y sus reformas y adiciones.
h) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada en el
DOF el 01-II-2007, y sus reformas y adiciones.
2 Es importante que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome como referencia el marco constitucional local que corresponda. 3 Es necesario que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome como referencia la Ley Orgánica de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado que corresponda. 4 Es importante que al desarrollar el Manual de Organización de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado se tome en consideración la Ley local del Sistema Anticorrupción.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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i) Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, publicada en el DOF el 02-I-
2009, y sus reformas y adiciones.
j) Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro,
Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, publicada en el DOF el 30-XI-2010, y sus reformas y
adiciones.
k) Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de
Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada en
el DOF el 14-VI-2012, y sus reformas y adiciones.
l) Ley General de Salud, publicada en el DOF el 07-II-1984, y sus reformas y adiciones.
Además de las anteriores, deberán integrarse las legislaciones locales que correspondan de
acuerdo al marco normativo de la entidad de que se trate.
4.3. Tratados internacionales
a) Carta de la Organización de los Estados Americanos, adoptada en Bogotá, Colombia,
el 30 de abril de 1948, publicada en el DOF el 13-I-1949.
b) Carta de las Naciones Unidas y Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, adoptada
en San Francisco, EUA, el 26 de junio de 1945, publicada en el DOF el 17-X-1945.
c) Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en San José, Costa Rica,
el 22 de noviembre de 1969, publicada en el DOF el 7-V-1981.Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer,
adoptada en Belém do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, publicada en el DOF el 19-I-
1999.
d) Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, adoptada en
Belém do Pará, Brasil, el 9 de junio de 1994, publicada en el DOF el 6-V-2002
e) Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado en
Nueva York, EUA, el 16 de diciembre de 1966, publicado en el DOF el 12-V-1981
f) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado en Nueva York, EUA, 16
de diciembre de 1966, publicado en el DOF el 20-V-1981.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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g) Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial, adoptada en Nueva York, EUA, el 7 de marzo de 1966, publicada en el DOF el
13-VI-1975.
h) Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,
adoptada en Nueva York, EUA, el 18 de diciembre de 1979, publicada en el DOF el 12-
V-1981.
i) Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes, adoptada en Nueva York, EUA, el 10 de diciembre de 1984, publicada en
el DOF el 6-III-1986.
j) Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, adoptada en
Cartagena de Indias, Colombia, el 9 de diciembre de 1985, publicada en el DOF el 11-
IX-1987.
El marco jurídico señalado no es exhaustivo, por lo que las Procuradurías/Fiscalías que adopten
ese Manual de Organización Modelo como referencia podrán ampliarlo de acuerdo a las
necesidades y marco jurídico local de referencia.
5. Versión
Elaboró Revisó Validó
___________________
Nombre y Firma
__________________
Nombre y firma
______________
Nombre y firma
Cargo Cargo Cargo
Este Manual se realizó el ___________________, publicado el __________________, en su
versión número 1 El equipo de creación de este manual fue integrado por: ________________.
5.1. Responsables de la elaboración del Manual de Organización
El área responsable de la Planeación, gestión y calidad de la Procuraduría/Fiscalía será
responsable de elaborar y actualizar el Manual de Organización.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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5.2. Causas que originan su revisión y actualización
La necesidad de revisar y actualizar el Manual de Organización surge al modificarse el marco
normativo de referencia y/o las tareas al interior de los órganos administrativos, que signifiquen
cambios en sus atribuciones y en su estructura. En ese sentido, el titular de la Unidad que
corresponda al interior de la Fiscalía/Procuraduría deberá informar oportunamente a los
responsables de elaborar el manual de organización 5 , sobre todo cambio en torno a las
actividades o responsables de proporcionar un servicio, al público o de apoyo interno, con el
objeto de que se realicen las adecuaciones pertinentes.
5.3. Validación del Manual de Organización
Para que el Manual de Organización sea válido y vinculante para la institución deberá estar
firmado por el Procurador/Fiscal General del Estado.
6. Metodología
El diseño y desarrollo de este Manual de Organización se realiza bajo un método inductivo y
analítico, donde por medio del análisis de las condiciones organizacionales de las instituciones
de procuración de justicia en el país, las buenas prácticas documentadas por organizaciones
de la sociedad civil, organismos internacionales y organismos estatales, se utiliza un método
deductivo para llegar a conclusiones y propuestas que llevan a desarrollar este documento.
La realización de este instrumento considera diversas etapas que conducen a definir una
arquitectura organizacional óptima para el funcionamiento de las Procuradurías/Fiscalías,
atendiendo a las exigencias normativas y necesidades operativas.
La siguiente imagen muestra de manera ilustrativa las etapas a seguir para la definición de este
documento:
5 Es recomendable que esta atribución corresponda al área encargada de la Planeación y Evaluación.
MacroflujoconceptualCNPP
MicroprocesosEstructura
organizacional
CapitalhumanoModelo
organizacionalPerfilespor
competencias
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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Figura 1. Metodología
a) Análisis normativo y Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos
Penales.
Para el desarrollo del presente manual fue necesario analizar el marco jurídico de referencia,
el cual se cita en apartados anteriores, particularmente la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos (CPEUM), el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), así como
otros cuerpos normativos que forman parte integral del procedimiento, como la Ley General de
Víctimas (LGV); la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos y Solución de Controversias en
Materia Penal (LNMASC); Ley Nacional de Ejecución Penal; Ley General del Sistema Nacional
de Seguridad Pública; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,
entre otras.
Todas estas han servido como base para el desarrollo del presente documento, buscando que
la función investigadora del Ministerio Público responda a las exigencias convencionales,
constitucionales y legales.
Con base en el CNPP se realizó un macro flujo conceptual como una representación gráfica
del proceso penal, identificando cada una de las etapas procesales y haciendo énfasis en la
función investigadora por parte del Ministerio Público.
Figura 2. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP6
Este documento constituye una herramienta de gran utilidad para el entendimiento del proceso
penal, sus distintas etapas, sus actores y responsabilidades y, particularmente, la identificación
6 Véase Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales.
HECHOPROBABLEMENTE
DELICTIVO
¿Seinterpone
denunciaantepolicía?
NO
Acude alaProcuraduríaoFiscalía(UnidaddeAnálisisyDecisión
Temprana)einterponedenunciaoquerella,segúntipodedelito.
Imputado
SI Policía
Recaba denuncia
Policía
Realiza actosdeinvestigacióninmediatos,
recabainformaciónyasegurabienes,instrumentos,objetosoproductosdeldelito.
¿Imputadoes
detenidoenflagrancia?
NO
SI Policía
Imputado
Realiza yregistradetención,daaconocerlosderechosdeldetenidoyrealizapuestaadisposiciónante Ministerio
Público
Ministerio
Público
Examinacondicionesenque
serealizó ladetenciónyrealiza elcontroldela
detención
¿Ratifica
detención?
SI
NO Ministerio
Público
Poneenlibertada
detenido
Ministerio
Público
Asigna defensorpúblico,
encasodesernecesario
¿Proceden
acuerdosreparatorios?C
iudadano
Ciudadano
Víctim
a
Víctim
a
PRESERVACIÓNDELAESCENAE INICIODECADENADECUSTODIA
Defensor
SI
NO
Celebransesiónpara
llegaraunacuerdoentrelas partes
¿Procedencriteriosde
oportunidad?
SI
NO
Ministerio
Público
Decide entreabstenerse
deinvestigarodictararchivotemporal
Ministerio
Público
Continúacon lainvestigacióny
registralosactosdelamisma;encasoderequerirlosolicitala
autorizaciónjudicialparadiligencias
Policía
Dirigelainvestigacióny
propone actosparalaefectividaddelamisma
Apoyanenlainvestigación
Ministerio
Público
Decideuna delassiguientesalternativas:
Detenerporcaso
urgente
Promoverunacuerdo
reparatorio
Solicitaaudiencia paraformularimputación
Noejercerlaacción
penal
Archivar
temporalmente
Aplicarcriteriosde
oportunidad
¿Imputadoasisteala
audiencia?
NO
SI
Policía
Imputado
Policíarealizadetenciónyponeaimputadoadisposicióndel
JuezdeControl
Ministerio
Público
Solicitaordende
aprehensión
Policía
Imputado
Policíaejecuta ordende
aprehensión yponeaimputadoadisposicióndelJuezdeControl
Ministerio
Público
Víctim
a
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
AUDIENCIAINICIAL
Ministerio
Público
Informaderechos,proporciona
atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza
clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida
canalización.
A
¿Existe razónpara
investigar?
SI
NO Ministerio
Público
Seabstienede
investigar
SESIONESPARA
LLEGARAUNAR
SESIONESPARA
LLEGARAUNAR
¿Víctima
impugna?
Ministerio
Público
Notifica alavíctima
Víctim
a
SI
NO
PROCESO DE
IMPUGNACIÓN
FIN
Secelebraaudienciainicial
JuezdeControl
Ministerio
Público
Justificarazonesdeladetención
Defensor
Expresaloqueaderecho
convengarespectoaladetención
JuezdeControl
Resuelvesobrelalegalidaddeladetención
¿Juezratificadetención?
NO
SI
JuezdeControl
Decretalibertaddel
imputado
Ministerio
Público
Analizasiprocedereabrir
investigación
¿Procedecontinuarlainvestigación?
NO
SI
Ministerio
Público
Decideaplicarcriteriosde
oportunidad
Ministerio
Público
B
C
Solicitaaudienciapara
formularimputación
B
Ministerio
Público
Solicitaordende
aprehensión
C
Ministerio
Público
Formulaimputación
Imputado
Defensor
Expresaloquea
derechoconvenga
¿Solicita plazode72o144
hrs?
SI
NO Ministerio
Público
Solicitaymotivalavinculacióndelimputado
aproceso
Imputado
Defensor
Exponenloconveniente
JuezdeControl
Solicitud,debateyresolucióndemedidas
cautelares
¿Juezvinculaaproceso
NO
SI
JuezdeControl
Decretalibertaddel
imputado
D
D
Ministerio
Público
Víctim
a
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
Ministerio
Público
Víctim
aAsesorjurídico
resolucióndelplazodecierredelainvestigación
JuezdeControl
Solicitud,debateyresolucióndemedidas
cautelares
Ministerio
Público
Víctim
a
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
72a144horas
después,continúaaudienciainicial
INVESTIGACIÓNDE
LOSHECHOS
MECANISMOS
ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE
CONFLICTOS
IMPUTADO
DESCONOCIDO
TRAMITACIÓN
MASIVADECASOS
Perito
Art. 132fracc.IyII
A
Art. 132fracc.IIIy
Art.146
Art. 149
Art. 149
Art. 132fracc.IIyXI;
Art.115y122
Art. 187 Art. 253y254
Art. 127,129,131y
213
Art. 127,129,131y
213
Art. 212
Perito
Art. 187
Art. 150
Art. 310
Art. 255
Art. 254
Art. 256
Art. 258
Art. 141
Art. 141
Art. 141
Asesorjurídico
Art. 308
Art. 256
CRITERIOSDE
OPORTUNIDAD
Ministerio
Público
Art. 309
Art. 312
Art. 154,fracc.I
SUSPENSIÓNDELCARGO
SUSPENSIÓN DELAPROFESIÓN
PRISIÓNPREVENTIVA
LOCALIZADORELECTRÓNICO
RESGUARDOENSUDOMICILIO
SOMETER AVIGILANCIA
PROHIBICIÓNDE IRA LUGARESOREUNIONES
PROHIBICIÓNDECOMUNICARSECONPERSONAS
GARANTÍAECONÓMICA
EMBARGODEBIENES
PRESENTACIÓNPERIÓDICA
PROHIBICIÓN DESALIRDELÁMBITO
SEPARACIÓNDELDOMICILIO
INMOVILIZACIÓNDECUENTAS
Art. 154,fracc.I
Ministerio
Público
Desdelavinculacióny
hastaelautodeapertura,elMPpuedesolicitar:
SuspensiónCondicionaldel
Proceso
Procedimiento
abreviado
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
13
de las decisiones que han de tomarse en cada una de las fases que comprende el
procedimiento.
El macro flujo conceptual es un instrumento de apoyo, a partir del cual se hace posible identificar
los procesos clave al interior de la Procuraduría/Fiscalía que requieren una descripción
detallada de las actividades de cada uno de los actores involucrados, así como el desarrollo de
materiales complementarios que guíen el efectivo desempeño de la institución.
b) Documentación de buenas prácticas y micro procesos
El proceso de implementación y de consolidación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio
(SJPA) ha permitido que organismos estatales, internacionales y la sociedad civil recojan,
documenten y evalúen las prácticas implementadas por las instituciones operadoras locales y
federales durante este proceso.
La Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de
Justicia Penal (SETEC)7llevó a cabo una labor de documentación, integración y socialización
de las buenas prácticas durante el proceso de implementación, buscando la homologación y
estandarización de los procesos en las distintas entidades federativas.
Ahora, durante el actual proceso de consolidación, el Secretariado Ejecutivo del Sistema
Nacional de Seguridad Pública (SESNP)8 ha venido desarrollando actividades en el mismo
sentido, buscando perfeccionar el funcionamiento del SJPA.
Esta documentación de buenas prácticas y aprendizajes ha permitido el desarrollo progresivo
y la mejora en el diseño y función de los procesos de gestión al interior de las instituciones
operadoras del sistema.
Por lo tanto, a partir del macro flujo conceptual, se identificaron los procesos clave para la
operación de la Procuraduría/Fiscalía en la función investigadora del Ministerio Público,
tomando como referencia las buenas prácticas antes mencionadas.
7 Véase SETEC, 48 buenas prácticas para la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/Publicaciones/Buenas%20Pr%C3%A1cticas.pdf, disponible en 8 de noviembre de 2017. 8 Véase SENSP, ”Informe de acciones 2016-2017, Consolidación del Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/SJP/Informe_Consolidacion_SJP.pdf, fecha de consulta 8 de noviembre de 2017.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
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Figura 3. Extracto del macro flujo conceptual
La figura 3 muestra las unidades necesarias para realizar de manera adecuada la función
investigadora del Ministerio Público, los cuales son posteriormente desarrolladas en micro
procesos que describen las actividades a desarrollar dentro de estas unidades y de cada etapa
procesal. La siguiente imagen ilustra cómo se diseñan los micro procesos, para un
entendimiento ágil, sencillo y visual por los operadores del sistema:
HECHO%PROBABLEMENTE%
DELICTIVO
¿ S e %inte rpon e%
denunc ia%ante%
polic ía ?
Imputado
Policía
Policía
¿ Im puta do%e s%
de tenido%en%
fla g ranc ia ?
Policía
Imputado
Ministerio
Público
¿ R a t ific a%
de tenc ión?
Ministerio
Público
Ministerio
Público
¿ Pro cede n
a cue rdos%
r epa ra tori os?Ciu
dadano
Ciudadano
Víctima
Víctim
a
PR E S ER VACIÓN %D E%LA %ES CEN A%E IN IC IO %D E%CA D EN A %D E%CU S TO D IA
Defensor
¿ Proc eden
c rit e rio s%de%
opor tun idad?
Ministe
rio
Público
Ministerio
Público
Policía
Ministe
rio
Público
¿ Im putado%
as is te%a%la%
a udie nc ia ?
Policía
Imputado
Ministerio
Público
Policía
Imputado
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
A%U%D %I%E%N %C%IA%%I%N %I%C%I%A %L
Ministerio
Público
A
¿ E x ist e ra z ón%
pa ra%
inv e s t ig a r?
Ministe
rio
Público
SESIONES%PA RA%
L L EGAR A %UN%A R
SESION ES%PARA %
L LEGA R A%UN%AR
¿V íc tim a %
im pug na?
Ministerio
Público
Víctim
a
PROCESO DE%
IM PUGNAC IÓN
FIN
JuezdeControl
Ministe
rio
Público
Defensor
JuezdeControl
¿ Jue z%ra tif ica%
de te nció n?
JuezdeControl
Ministerio
Público
¿ Pr ocede
co ntinua r%la %
inv e s tig a c ión?
Ministerio
Público
Ministerio
Público
B
C
B
Ministerio
Público
C
Ministerio
Público
Imputado
Defensor
¿ S o lic ita p la z o%
de%72%o%144%
hrs ?
Ministe
rio
Público
Imputado
Defe
nsor
JuezdeControl
¿ Jue z%v incu la
a%proc e s o
JuezdeControl
D
D
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
Ministerio
Público
Víctima
Asesorju
rídico
JuezdeControl
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
INV ESTIGAC IÓN%D E%
LOS%HECHOS
M ECAN ISMOS%
AL TERNATIVOS DE%
SOLUC IÓN%DE%
C ONFL ICTOS
IM PU TA DO%
DESCONOCID O
TRAM ITAC IÓN%
M A SIV A%DE%CASOS
Perito
A rt. 1 3 2%frac c .%I%y%II
A
Ar t. 1 3 2%frac c.%III%y%
A r t.%146
Ar t. 1 49
Art . 1 4 9
A rt. 1 3 2%frac c .%I I%y%X I;%
A rt .%11 5%y%122
A rt . 1 8 7 Art . 2 5 3%y%254
A r t. 1 27 ,%129 ,%131%y%
213
Ar t. 1 27 ,%129 ,%131%y%
213
A rt. 2 1 2
Perito
A rt . 1 8 7
A rt. 1 5 0
A rt. 3 1 0
Ar t. 2 5 5
Art . 2 5 4
A rt . 2 56
Ar t. 2 5 8
A rt . 1 4 1
Ar t. 1 41
Ar t. 1 41
Asesorjurídico
A rt. 3 0 8
A rt. 2 5 6
CRITERIO S%DE%
OPORTUN IDA D
Ministerio
Público
A rt. 3 0 9
A r t. 3 1 2
Ar t. 1 5 4 ,%frac c .%I
Ar t. 1 5 4 ,%frac c .%I
Ministerio
Público
querella,(según(tipo(de(delito.
Ministerio
Público
Informa(derechos,(proporciona(
atención(médica(y/o(psicológica,(recibe(denuncia(o(querella(y(realiza(
clasificación(conforme(al(Modelo(de(Valoración(de(Casos(para(su(debida(
canalización.
INVESTIGACIÓN+DE+
LOS+HECHOS
MECANISMOS+
ALTERNATIVOS DE+SOLUCIÓN+DE+
CONFLICTOS
IMPUTADO+
DESCONOCIDO
TRAMITACIÓN+
MASIVA+DE+CASOS
A
SISTEMA DE JUSTICIA PENAL MODELO DE GESTIÓN INTERINSTITUCIONAL
SUBSISTEMA: INVESTIGACIÓN
BLOQUE:
PROCESO:
CÓDIGO:
FECHA:
REVISIÓN:
PÁGINA:
1¿Elimputadoesconocido?Anexo8
22
Dictaarchivotemporalporimputadodesconocido
AMP 24
¿Esposiblelaidentificacióndelimputado?
23
NO
RemitealaUnidad
deImputadoDesconocido
AMP 25
ProcesoImputado
Desconocido
Envíaoficiode
investigaciónalaPolicía
AMP 26
SI ¿Seidentificaalimputado?
27
A
ANO
NO
¿Procedeacuerdo
reparatorio?
VerCD
28ProcesoUnidadTramitaciónMasicadeCasos
NO
¿Serealizóunacuerdo
reperatorio?
32
2
¿Aceptalavíctimairal
procesodeAR?
30
RemiteUTMC
verCD
AMP 29
Realiza oficiode
remisióndecasoalórganoMASC
AMP 31
ProcesoAcuerdo
Reparatorio
B
4
Dictasuspensiónde
lainvestigaciónyremitealaUCSAR
AMP 36
FIN
FIN
B
¿Secumpleconlaobligación
acordada?
34
Revisa elacuerdo
reparatorioyfirmadeaprobación
AMP 33
ProcesoSeguimiento yRegistrodeAcuerdos
Reparatorios
UCSARnotificael
estatusdelacuerdoreparatorio
AMP 37
¿Secumpleconlaobligación
acordada?
38
Dictaarchivo
definitivoyremitealaUCSAR
AMP 35
ProcesoSeguimientoyControldeAcuerdos
Reparatorios
FIN
B
C
C
SI
SI
SISI
SI SI
NO
NO
NO NO
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
15
Figura 4. Extracto de micro proceso (ilustrativo)
c) Estructuras orgánicas y perfiles por competencias
Para realizar la definición de las estructuras organizacionales, se toma como referencia el
diseño de los procesos clave, el cual toma como referencia las obligaciones previstas en la
legislación correspondiente, describiendo paso a paso cada una de las actividades que deben
desarrollarse por los distintos actores dentro de la institución, así como las necesidades de
jerarquía y unidades de apoyo.
Este ejercicio permite definir atribuciones específicas a los operadores, así como identificar las
competencias necesarias y deseadas para el ejercicio de las funciones correspondientes al
puesto.
Como es posible apreciar en la figura 5, el proceso facilita la definición de puestos y sus
atribuciones, lo que permite identificar la estructura organizacional interna, así como las
competencias y habilidades requeridas para el ejercicio de cada uno de los puestos.
Figura 5. Identificación de puestos clave
MODELO&DE&GESTIÓN&UNIDAD&DE&TRAMITACIÓN&MASIVA&DE&CASOS
NONO
NO
NO
NO
NO
SI
SISI
SI
SI SI
SI
NOA) Se&recibe&las& Recibe y®istra&la&
carpeta
Asistente&del& 01
Asigna&carpeta&a&
AMP&especializado
Asistente&del& 02
Análisis&de&los&datos de&prueba&e&identificación&
de&diligencias&de&investigación
AMP&UTMC! 03
¿Los&datos&de&prueba&son&
suficientes¶&formular&
04
Identifica&y&elabora&
plan de&diligencias&de&investigación
AMP&UTMC 05
Realiza actos&de&
investigación&
AMP&UTMC! 06
3
¿Se&obtienen&datos&de&prueba&
suficientes?
07
¿Existen&condiciones¶&buscar&una&solución&alterna&
antes&de&la&formulación&de&
13
SI
SI
NO
NO
¿Se&actualiza&causa&de&no&
ejercicio&de&la&
acción&penal?
08
Remite a&la&Unidad&
de&Investigación
AMP&UTMC! 12
Dicta&acuerdo&de&no&
ejercicio
AMP&UTMC! 09
FIN
Dicta&archivo&
temporal
AMP&UTMC! 11
¿Se&actualiza&causa¶&AT?
10
¿Se&requiere&participación&de&
OEMASC?
14
AMP&realiza&
negociación&entre&las&partes
AMP&UTMC! 15
Proceso&del&uso&de&MASC¶&la&
suspensión&condicional&del&
proceso.
AMP&envía&caso&al&
OEMASC
AMP&UTMC! 16
¿Se&llegó&a&la&salida&alterna&
de&acuerdo&
reparatorio?
17
Dicta&suspensión&de&
la&investigación&y&remite&a&la&UCSAR
AMP 21
¿Se&cumple&conla&obligación&
acordada?
19
Revisa el&acuerdo&
reparatorio&y&firma&de&aprobación
AMP 18
Proceso&Seguimiento y&Registro&de&Acuerdos&
Reparatorios
UCSAR¬ifica&el&
estatus&del&acuerdo&reparatorio
AMP 22
¿Se&cumple&conla&obligación&
acordada?
23
Dicta&archivo&
definitivo&y&remite&a&la&UCSAR
AMP 20
Proceso&Seguimiento&y&Control&de&Acuerdos&
Reparatorios
FIN
1
1
2
1
A
A
Ministerio
Público
Auxiliar
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
16
De esta manera, se hace posible la descripción de los perfiles por competencias, los cuales
están formados por las habilidades y conocimientos que se requieren para desempeñar los
puestos de trabajo previamente identificados, así como los comportamientos y actitudes que
tienen las personas con el mayor desempeño dentro de sus puestos de trabajo.
Para lograr lo anterior, se utilizó la técnica de análisis funcional, la cual consiste en identificar las
competencias laborales inherentes a una función productiva, mediante una estrategia deductiva.
En este sentido, el Consejo de Normalización y Certificación Laboral de México (CONOCER)
plantea que la base del análisis funcional es la identificación, mediante el desglose o
desagregación, y el ordenamiento lógico de las funciones productivas que se llevan a cabo dentro
de una organización.9
Respecto a lo anterior, el análisis funcional debe cumplir con tres reglas básicas: 1) el análisis
funcional se elabora de lo general a lo particular; 2) el análisis funcional debe identificar funciones
discretas, y 3) el análisis funcional debe respetar un formato de redacción10.
De esta forma, el análisis funcional se aplica de lo general a lo particular, iniciando con la
detección del propósito principal de la función productiva y concluye cuando se llega al nivel en
que la descripción cubre funciones productivas simples –elementos de competencia- que pueden
ser desarrolladas por un trabajador11. A estos últimos se les ha denominado como competencias
técnicas del puesto.
El proceso de desagregación de las funciones sigue la lógica de causa-efecto o problema-
solución. Así, el desglose de determinada función está representando lo que se debe lograr para
que la función de un nivel anterior se pueda llevar a cabo. En este sentido, la pregunta clave en
el desglose es “¿qué funciones es necesario cumplir para lograr que se realice la inmediatamente
anterior?”12
9 Consejo de Normalización y Certificación de Competencia Laboral (1998). Análisis ocupacional y funcional del trabajo. Madrid: Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), p. 20. 10 Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Guía de apoyo para la elaboración del análisis funcional. Santiago: Cintefor/OIT, pp. 8 y 9. 11 Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (2004). Cuarenta preguntas sobre competencia laboral. Montevideo: Departamento de Publicaciones de Cintefor/OIT, pp. 39 y 42. 12 Vargas, F., Casanova, F. & Montanaro, L. (2009). El enfoque de competencia laboral: manual de formación. Montevideo: Cintefor/OIT, p. 46.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
17
En la elaboración del análisis funcional, con base en dicha interrogante, se identifican funciones
discretas, es decir, funciones que en su descripción se detalla una acción completa de trabajo13.
Con la finalidad de mantener uniformidad, la redacción del propósito fundamental de la función
productiva y las demás funciones identificadas, se redactan siguiendo la estructura que se
presenta a continuación:
De este modo, el verbo describe la acción que la función efectúa sobre el objeto y el enunciado
condicional describe el contexto en el cual el desempeño ocurre.14
Ahora bien, con fundamento en todo lo antes expuesto, la elaboración del análisis funcional para
el desarrollo de las fichas de puestos del Modelo Homologado de Unidades de Atención
Temprana tuvo como base información producto de fuentes primarias como lo son los procesos
contenidos en el modelo de gestión de los tres pisos.
En este sentido, la detección de funciones se realiza a partir del estudio y desglose de las
diferentes actividades descritas en dichos procesos, hasta concluir con las competencias técnicas
precisadas en cada ficha. Al respecto, la figura 6 refleja la metodología seguida para la
identificación de las funciones que integran dicho puesto y competencias técnicas con que debe
contar el operador.
13 Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Ob. Cit, p. 8. 14 Ídem, p. 9.
VERBO + OBJETO + CONDICIÓN
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
18
Figura 6. Mapa funcional Funciones y competencias técnicas del Agente del Ministerio Público de la Unidad de Atención
Temprana.15
Función (propósito principal):
Competencia técnica (elemento de competencia):
15 Para efectos ilustrativos del presente mapa funcional no se incluye la totalidad de competencias técnicas.
¿Qué hay que hacer?
¿Para qué?
Competencia técnica
(elemento de competencia)
Función
(propósito principal)
Recibir denuncias o querellas y personas
detenidas conforme al Manual de la Unidad de
Atención Temprana
Identificar las características de una persona en crisis o en
estado de vulnerabilidad en los usuarios a fin de solicitar la intervención
del personal especializado.
Explicar a la víctima, ofendido y/o a la persona detenida sus derechos de
forma que le resulte comprensible.
Aplicar técnicas de entrevista para obtener información relevante
para la investigación del delito.
Subsumir los hechos narrados en la hipótesis normativa para definir la probable existencia del
delito.
conforme al Manual
de la Unidad de
Atención Temprana +
denuncias o
querellas y personas
detenidas + Recibir
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
19
Figura 7. Ecuación 1 Estructura de la función y competencia técnica del Agente del Ministerio Público de la Unidad de Atención Temprana
Dentro del estudio se pudo verificar que, si bien existen competencias análogas entre operadores,
es la función que desempeñan y la finalidad que buscan las que muestran la forma en que serán
implementadas por los funcionarios en sus labores, permitiendo a la vez identificar a un nivel
institucional el listado de funciones, competencias técnicas y habilidades en las cuales se debe
tener incidencia a través de capacitación, instrucción y desarrollo de las mismas, para lograr una
implementación eficiente del Modelo Homologado de Unidades de Atención Temprana.
La figura 8 muestra la estructura de las cédulas de puesto, las cuales están integradas por los
siguientes elementos:
I. Identificación del puesto. Corresponde a los elementos generales del puesto, tales
como el área a la que pertenece; nombre del puesto; jefe inmediato; y,
subordinados.
II. Marco jurídico. Establece el marco jurídico de referencia para el desarrollo del
puesto que se describe en la cédula.
III. Áreas de conocimiento. En este apartado se describen las áreas del conocimiento
requeridas para el desarrollo de las funciones que el corresponden.
IV. Funciones. En este apartado se desarrollan de manera general las principales
funciones que desarrolla el puesto.
V. Competencias técnicas. Es uno de los elementos más importantes de la cédula,
describe los niveles de comprensión, habilidades y pericias para el desarrollo de las
funciones del puesto.
en los usuarios a fin
de solicitar la
intervención del
personal
especializado.
+
las características de
una persona en
crisis o en estado
de vulnerabilidad
+ Identificar
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
20
VI. Requerimientos del puesto. Comprende los requerimientos de escolaridad,
experiencia y habilidades necesarios y/o deseados.
Figura 8. Perfil por competencias (ilustrativo)
7. Macro flujo conceptual
A partir del análisis minucioso del Código Nacional de Procedimientos, se desarrolló el macro
flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales16, que describe, de manera
ilustrativa, cada una de las etapas del procedimiento, desde que se tiene conocimiento de un
16 Véase Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales
PERFIL POR COMPETENCIAS
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
ÁREA Unidad de Análisis y Decisión Temprana.
NOMBRE DEL PUESTO Auxiliar Administrativo de la UADT.
PUESTO DEL JEFE
INMEDIATO Agente del Ministerio Público de la UADT
PUESTOS
SUBORDINADOS No aplica
II. MARCO JURÍDICO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Código Nacional de Procedimientos Penales.
Constitución Política del Estado.
Ley Orgánica de la Procuraduría o Fiscalía General de Justicia y sus reglamentos. Ley General de Víctimas.
Ley Estatal de Víctimas. Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal.
III. ÁREAS DE CONOCIMIENTO
Fundamentos básicos de Derecho Penal
Fundamentos básicos de Victimología
IV. FUNCIONES V. COMPETENCIAS TÉCNICAS
1. Recepción y registro de las personas que acuden a solicitar los servicios de la
Unidad de Análisis y Decisión Temprana.
1. Identificar en los usuarios las características de una persona en crisis o en estado de vulnerabilidad con el
objetivo de informárselo al Agente del Ministerio
Público de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana antes de que pase a la toma de la denuncia.
2. Explicar al denunciante en qué consiste el trámite que
desea de forma que le resulte comprensible.
2. Canalización de las personas que acuden
a solicitar los servicios de la Unidad de
Análisis y Decisión Temprana.
1. Evaluar el carácter de las solicitudes presentadas para
determinar la competencia de la Procuraduría/ Fiscalía
o la canalización a otra instancia. 2. Canalizar a las personas que acuden a solicitar los
servicios de la Unidad de Atención Temprana a las
instancias competentes en los casos en que sus solicitudes no sean de carácter penal, a fin de que sea
atendida su necesidad.
VI. REQUISITOS DEL PUESTO
ESCOLARIDAD Educación media superior.
EXPERIENCIA No se requiere experiencia previa.
HABILIDADES
Servicio
Comunicación efectiva Trabajo bajo presión
Organización
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
21
hecho con posible carácter delictivo, hasta la pronunciación de la sentencia.
Figura 9. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP
Este instrumento constituye un documento accesible que comprende desde el conocimiento
que se tiene de un hecho delictivo hasta la culminación del procedimiento penal, identificando
a los actores clave, actividades y funciones específicas, así como los fundamentos jurídicos de
cada paso establecido.
Figura 10. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP (Conocimiento de un hecho probablemente delictivo)
El macro flujo conceptual ya contempla las unidades específicas relativas a la función del
Ministerio Público, como se observa en la imagen siguiente:
HECHOPROBABLEMENTE
DELICTIVO
¿Seinterpone
denunciaantepolicía?
NO
Acude alaProcuraduríaoFiscalía(UnidaddeAnálisisyDecisión
Temprana)einterponedenunciaoquerella,segúntipodedelito.
Imputado
SI Policía
Recaba denuncia
Policía
Realiza actosdeinvestigacióninmediatos,
recabainformaciónyasegurabienes,instrumentos,objetosoproductosdeldelito.
¿Imputadoes
detenidoenflagrancia?
NO
SI Policía
Imputado
Realiza yregistradetención,daaconocerlosderechosdeldetenidoyrealizapuestaadisposiciónante Ministerio
Público
Ministerio
Público
Examinacondicionesenque
serealizó ladetenciónyrealiza elcontroldela
detención
¿Ratifica
detención?
SI
NO Ministerio
Público
Poneenlibertada
detenido
Ministerio
Público
Asigna defensorpúblico,
encasodesernecesario
¿Proceden
acuerdosreparatorios?C
iudadano
Ciudadano
Víctima
Víctima
PRESERVACIÓNDELAESCENAE INICIODECADENADECUSTODIA
Defensor
SI
NO
Celebransesiónpara
llegaraunacuerdoentrelas partes
¿Procedencriteriosde
oportunidad?
SI
NO
Ministerio
Público
Decide entreabstenerse
deinvestigarodictararchivotemporal
Ministerio
Público
Continúacon lainvestigacióny
registralosactosdelamisma;encasoderequerirlosolicitala
autorizaciónjudicialparadiligencias
Policía
Dirigelainvestigacióny
propone actosparalaefectividaddelamisma
Apoyanenlainvestigación
Ministerio
Público
Decideuna delassiguientesalternativas:
Detenerporcaso
urgente
Promoverunacuerdo
reparatorio
Solicitaaudiencia paraformularimputación
Noejercerlaacción
penal
Archivar
temporalmente
Aplicarcriteriosde
oportunidad
¿Imputadoasisteala
audiencia?
NO
SI
Policía
Imputado
Policíarealizadetenciónyponeaimputadoadisposicióndel
JuezdeControl
Ministerio
Público
Solicitaordende
aprehensión
Policía
Imputado
Policíaejecuta ordende
aprehensión yponeaimputadoadisposicióndelJuezdeControl
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
AUDIENCIAINICIAL
Ministerio
Público
Informaderechos,proporciona
atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza
clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida
canalización.
A
¿Existe razónpara
investigar?
SI
NO Ministerio
Público
Seabstienede
investigar
SESIONESPARA
LLEGARAUNAR
SESIONESPARA
LLEGARAUNAR
¿Víctima
impugna?
Ministerio
Público
Notifica alavíctima
Víctima
SI
NO
PROCESO DE
IMPUGNACIÓN
FIN
Secelebraaudienciainicial
JuezdeControl
Ministerio
Público
Justificarazonesdeladetención
Defensor
Expresaloqueaderecho
convengarespectoaladetención
JuezdeControl
Resuelvesobrelalegalidaddeladetención
¿Juezratificadetención?
NO
SI
JuezdeControl
Decretalibertaddel
imputado
Ministerio
Público
Analizasiprocedereabrir
investigación
¿Procedecontinuarlainvestigación?
NO
SI
Ministerio
Público
Decideaplicarcriteriosde
oportunidad
Ministerio
Público
B
C
Solicitaaudienciapara
formularimputación
B
Ministerio
Público
Solicitaordende
aprehensión
C
Ministerio
Público
Formulaimputación
Imputado
Defensor
Expresaloquea
derechoconvenga
¿Solicita plazode72o144
hrs?
SI
NO Ministerio
Público
Solicitaymotivalavinculacióndelimputado
aproceso
Imputado
Defensor
Exponenloconveniente
JuezdeControl
Solicitud,debateyresolucióndemedidas
cautelares
¿Juezvinculaaproceso
NO
SI
JuezdeControl
Decretalibertaddel
imputado
D
D
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
Ministerio
Público
Víctima
Asesorjurídico
resolucióndelplazodecierredelainvestigación
JuezdeControl
Solicitud,debateyresolucióndemedidas
cautelares
Ministerio
Público
Víctima
Imputado
Defensor
Asesorjurídico
72a144horas
después,continúaaudienciainicial
INVESTIGACIÓNDE
LOSHECHOS
MECANISMOS
ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE
CONFLICTOS
IMPUTADO
DESCONOCIDO
TRAMITACIÓN
MASIVADECASOS
Perito
Art. 132fracc.IyII
A
Art. 132fracc.IIIy
Art.146
Art. 149
Art. 149
Art. 132fracc.IIyXI;
Art.115y122
Art. 187 Art. 253y254
Art. 127,129,131y
213
Art. 127,129,131y
213
Art. 212
Perito
Art. 187
Art. 150
Art. 310
Art. 255
Art. 254
Art. 256
Art. 258
Art. 141
Art. 141
Art. 141
Asesorjurídico
Art. 308
Art. 256
CRITERIOSDE
OPORTUNIDAD
Ministerio
Público
Art. 309
Art. 312
Art. 154,fracc.I
SUSPENSIÓNDELCARGO
SUSPENSIÓN DELAPROFESIÓN
PRISIÓNPREVENTIVA
LOCALIZADORELECTRÓNICO
RESGUARDOENSUDOMICILIO
SOMETER AVIGILANCIA
PROHIBICIÓNDE IRA LUGARESOREUNIONES
PROHIBICIÓNDECOMUNICARSECONPERSONAS
GARANTÍAECONÓMICA
EMBARGODEBIENES
PRESENTACIÓNPERIÓDICA
PROHIBICIÓN DESALIRDELÁMBITO
SEPARACIÓNDELDOMICILIO
INMOVILIZACIÓNDECUENTAS
Art. 154,fracc.I
Ministerio
Público
Desdelavinculacióny
hastaelautodeapertura,elMPpuedesolicitar:
SuspensiónCondicionaldel
Proceso
Procedimiento
abreviado
Actuacionesdeserviciospericiales
Actuacionesdeprimerrespondiente
ActuacionesdeMinisterioPúblico
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
22
Figura 11. Extracto del Macro flujo conceptual del CNPP
Esta herramienta ha permitido el desarrollo de un modelo de gestión para la
Procuraduría/Fiscalía y, a partir de este, definir un modelo de organización que responda a las
necesidades del trabajo y servicio.
8. Estructura orgánica
Como se ha señalado previamente, el modelo de organización que se presenta en este
documento no contempla todas las unidades operativas y administrativas de la
Procuraduría/Fiscalía, sino que se limita a describir aquéllas relativas a la función investigadora
del Ministerio Público.
En este sentido, la figura 10 muestra una organización institucional basada en la distribución
efectiva y eficiente del trabajo de investigación para un mejor aprovechamiento de recursos y
el logro de mejores resultados en la investigación y procuración de justicia.
íaoFiscalía
Temprana)einterponedenunciao
Ministerio
Público
Informaderechos,proporciona
atenciónmédicay/opsicológica,recibedenunciaoquerellayrealiza
clasificaciónconformealModelodeValoracióndeCasosparasudebida
canalización.
INVESTIGACIÓNDE
LOSHECHOS
MECANISMOS
ALTERNATIVOS DESOLUCIÓNDE
CONFLICTOS
IMPUTADO
DESCONOCIDO
TRAMITACIÓN
MASIVADECASOS
A
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
23
Figura 12. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía17
9. Descripción de Unidades
9.1. Titular de la Procuraduría/Fiscalía General del Estado
Titular de la institución del Ministerio Público; responsable de procurar justicia a la sociedad,
brindar protección y apoyo a víctimas y ofendidos de delitos; vigilar el cumplimiento de los
principios de legalidad y valores del servicio público dirigiendo las investigaciones de los actos
delictivos para garantizar los plenos derechos a la ciudadanía; y establecer lazos y convenios
con organismos civiles e instituciones públicas o privadas a fin de mejorar la procuración de
justicia.
En este sentido, de acuerdo con el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos
Penales, corresponde al Ministerio Público:
➢ Actuar en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad,
eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en
la Constitución;
➢ Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral, por escrito, o a través
de medios digitales.
➢ Ejercer la conducción y el mando de la investigación de los delitos, para lo cual deberá
coordinar a las Policías y a los peritos durante la misma, así como ordenar a la Policía y
a sus auxiliares la práctica de actos de investigación conducentes para el esclarecimiento
del hecho delictivo;
17 Véase Anexo 2. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía General de Justicia en el Estado
I
PROCURADOR/ FISCAL
SUB-PROCURADURIA/
VICE-FISCALIA
POLICÍADEINVESTIGACIÓN
DIRECCIÓNDEATENCIÓNTEMPRANA
YJUSTICIAPENALALTERNATIVA
UNIDADDEANÁLISISYDECISIÓNTEMRANA
ÓRGANOESPECIALIZADOENMECANISMOSALTERNOS
UNIDADDETRAMITACIÓNMASIVA
DECAUSAS
UNIDADDEINVESTIGACIÓN
DIRECCIÓNDEINVESTIGACIÓNY
LITIGACIÓN
DIRECCIÓNDEAPOYOPROCESAL
UNIDADDEINVESTIGACIÓNCON
IMPUTADODESCONOCIDO
SERVICIOSPERIIALES
DIRECCIÓNDEPLANEACIÓN,CALIDAD
YEVALUACIÓN
UNIDADDEANÁLISIS,MONITOREO YEVALUACIÓN
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
24
➢ Iniciar la investigación correspondiente cuando así proceda y, en su caso, ordenar la
recolección de indicios y medios de prueba que deberán servir para sus respectivas
resoluciones.
➢ Requerir informes o documentación a otras autoridades y a particulares, así como solicitar
la práctica de peritajes y diligencias para la obtención de otros medios de prueba;
➢ Solicitar al Órgano jurisdiccional la autorización de actos de investigación y demás
actuaciones que sean necesarias dentro de la misma
➢ Ordenar la detención y la retención de los imputados cuando resulte procedente en los
términos que establece este Código;
➢ Brindar las medidas de seguridad necesarias, a efecto de garantizar que las víctimas u
ofendidos o testigos del delito puedan llevar a cabo la identificación del imputado sin
riesgo para ellos;
➢ Determinar el archivo temporal y el no ejercicio de la acción penal, así como ejercer la
facultad de no investigar en los casos autorizados por este Código;
➢ Decidir la aplicación de criterios de oportunidad en los casos previstos en este Código;
➢ Ejercer la acción penal cuando proceda;
➢ Poner a disposición del Órgano jurisdiccional a las personas detenidas;
➢ Promover la aplicación de mecanismos alternativos de solución de controversias o
formas anticipadas de terminación del proceso penal;
➢ Solicitar las medidas cautelares;
➢ Solicitar a la autoridad judicial la imposición de las penas o medidas de seguridad que
correspondan;
➢ Solicitar el pago de la reparación del daño a favor de la víctima u ofendido del delito, sin
perjuicio de que éstos lo pudieran solicitar directamente;
➢ Las demás establecidas en la Constitución y demás leyes aplicables.
Para el cumplimiento de estas obligaciones, se establece la siguiente estructura organizacional y
distribución de competencias.
9.2. Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa
La Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa, tendrá a su cargo los casos:
1. Que se resuelvan a través de un acuerdo reparatorio.
2. Que se resuelvan a través de una determinación temprana.
Los delitos que no se resuelvan en esta Unidad deberán ser remitidos Dirección de
Investigación y Litigación.
La Dirección de Atención Temprana y Justicia Alternativa está compuesta por las siguientes:
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
25
Figura 13. Estructura orgánica Dirección de Atención Temprana y Justicia Penal Alternativa
9.2.1. Unidad de Atención y Decisión Temprana
Esta unidad es el primer contacto con las personas que acuden a la Procuraduría/Fiscalía;
recibe todos los asuntos en los que la Institución tiene competencia, analiza los hechos
denunciados y determina si estos constituyen un delito y, en su caso, lo remite al área
correspondiente o bien canaliza a la institución que corresponda.
Derivado del análisis de los hechos denunciados, con base en un Modelo de valoración de
casos18, en esta Unidad se podrán adoptar las siguientes decisiones:
a) Canalizar a otra institución, cuando de los hechos denunciados se desprenda una
conducta no delictiva y se requiera la orientación y atención de otra dependencia.
b) Cuando el caso sea susceptible de ser resuelto mediante un mecanismo alternativo de
solución de controversias (MASC), este es turnado a la unidad responsable del
Órgano especializados en MASC.
c) Determinar el Archivo temporal y remitir a la Unidad de Imputado Desconocido
18 Véase Anexo 3. Modelo de Valoración de Casos.
DIRECCIÓNDEATENCIÓNTEMPRANAYJUSTICIAPENAL
ALTERNATIVA
UNIDADDEANÁLISISYDECISIONTEMPRANA
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCIÓN
TEMPRANA1
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCIÓN
TEMPRANA2
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCION
TEMPRANA3
NOTIFICADORESAUXILIARES
ADMINISTRATIVO
ORGANOESPECIALIZADOENMECANISMOS
ALTERNOS
FACILITADOR 1 FACILITADOR 2 FACILITADOR 3
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
ÁREADESEGUIMIENTO A
ACUERDOS
REPARATORIOS
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26
d) Turnar el asunto a la Unidad de Tramitación Masiva para su registro y determinación.
e) Remitir el asunto la Unidad de Investigación que corresponda.
La Unidad de Atención y Decisión Temprana, está integrada por:
Figura 14. Estructura orgánica de la Unidad de Atención y Decisión Temprana
9.2.1.1. Auxiliares Administrativos
Encargados de recibir y registrar a las personas que acuden a la Unidad, brindar información al
denunciante/víctima acerca del trámite que desea realizar, entregar el formato de derechos a
la víctima, canalizar al ciudadano con el Agente del Ministerio Público de Atención Temprana
correspondiente y apoyar en funciones administrativas de la Unidad.19
9.2.1.2. Notificadores
Responsable de realizar las notificaciones, las solicitudes de información y oficios solicite el
Agente del Ministerio Público de Atención Temprana.20
9.2.1.3. Agentes del Ministerio Público de Atención.
Temprana21
19 Véase Anexo 4. Cédula de Puesto de Auxiliar Administrativo de la UADT. 20 Véase Anexo 5. Cédula de Puesto de Notificador de la UADT. 21 Véase Anexo 6. Cédula de Agentes del Ministerio Público de la UADT.
UNIDADDEANÁLISISYDECISIONTEMPRANA
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCIÓN
TEMPRANA1
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCIÓN
TEMPRANA2
AGENTE DELMINISTERIOPÚBLICO
DEATENCION
TEMPRANA3
NOTIFICADORESAUXILIARES
ADMINISTRATIVO
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
27
Responsable recibir las denuncias y querellas, recibir el informe policial homologado, resolver
de forma temprana aquellos casos que sean conducentes, atendiendo al Modelo de Valoración
de Casos, las cuales consistente en:
a) Abstenerse de investigar cuando de los hechos no se desprenda la comisión de un
delito;
b) Remitir a la Unidad de Imputado Desconocido los asuntos en los que se dicta Archivo
Temporal por no individualizar al imputado;
c) Remitir a la Unidad de Investigación los casos que así lo ameriten, remitir a la Unidad
de Tramitación Masiva de Causas los casos competentes;
d) Remitir al Órgano Especializado en Mecanismos Alternos y Solución de Controversias
los asuntos que sean susceptibles de acuerdo reparatorio; y
e) Dictar criterio de oportunidad cuando lo ley lo permita.
9.2.2. Órgano Especializado en Mecanismos Alternos y Solución de
Controversias
Órgano responsable de promover y, en su caso, llevar a cabo la aplicación de Mecanismos
Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal de conformidad con la Ley Nacional
de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (LNMASC).
También corresponde a este la obligación de monitorear e impulsar el cumplimiento de los
Acuerdos alcanzados por los Intervinientes en el Mecanismo Alternativo. Este está integrado
por:
Figura 15. Estructura orgánica del Órgano Especializado en MASC
ORGANOESPECIALIZADOENMECANISMOSALTERNOS
FACILITADOR 1 FACILITADOR 2 FACILITADOR 3
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
ÁREADESEGUIMIENTO A
ACUERDOS
REPARATORIOS
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28
9.2.2.1. Auxiliar Administrativo
Encargado de recibir a las partes y canalizarlas con la o el facilitador correspondiente, asistir
en el manejo de agenda del Órgano, elaborar oficios y escritos y llevar el seguimiento de la
correspondencia del Órgano, además de efectuar y atender las llamadas telefónicas y recibir al
público en general.
9.2.2.2. Notificadores
Responsables de notificar personalmente con una invitación por escrito y firmada por la o el
facilitador del Órgano, para dar a conocer a la parte que ha sido convocada a participar en un
mecanismo alternativo, así también la entrega de papelería o documentación oficial.
9.2.2.3. Facilitadores.
El profesional certificado del Órgano cuya función es facilitar la participación de los
intervinientes en los Mecanismos Alternos proporcionando la información necesaria y
exponiendo de manera clara la naturaleza, objetivos y alcances del proceso a seguir.
9.3. Dirección de Investigación y Litigación
Dirección responsable de identificar las obligaciones y responsabilidades para desarrollar las
investigaciones que no son de pronta determinación y la judicialización los asuntos. La
Dirección de Investigación y Litigación, está integrada por:
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29
Figura 16. Estructura orgánica de la Dirección de Investigación y Litigación
9.3.1 Unidad de Investigación
La Unidad de Investigación recibe todas carpetas de investigación que le sean remitidas por la
Unidad de Análisis y Decisión Temprana y es la responsable de ejercer la conducción jurídica
de las mismas, para lo cual puede coordinarse con la Policía Investigadora y los Peritos para
allegarse de los datos de prueba necesarios para el ejercicio de la acción penal o la toma de
decisiones que resulten de la información obtenida.
La Unida de Investigación está compuesta por los siguientes perfiles y puestos:
Figura 17. Estructura orgánica de la Unidad de Investigación
DIRECCION DEINVESTIGACIONYLITIGACION
UNIDADDEINVESTIGACION
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR1
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR2
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR3
NOTIFICADORESAUXILIARES
ADMINISTRATIVO
UNIDADDETRAMITACIONMASIVA
DECAUSAS
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO1
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO2
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO3
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
POLICIADEINVESTIGACION
UNIDADDEINVESTIGACIONCON
IMPUTADO
DESCONOCIDO
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICO
ANALISTA DECAPTURAANALISTADE
PATRONESDELICTIVOS
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
POLICIADEINVESTIGACION
UNIDADDEINVESTIGACION
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR1
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR2
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOINVESTIGADOR3
NOTIFICADORESAUXILIARES
ADMINISTRATIVO
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
30
9.3.1.1. Auxiliares Administrativos
Encargado de recibir todas las carpetas de investigación turnas por la Unidad de Análisis y
Decisión Temprana para asignar las mismas al Agente del Ministerio Público Investigador
correspondiente. También apoyará al Agente del Ministerio Público Investigar en la integración
de las carpetas y demás tareas administrativas que se le asignen.22
9.3.1.2. Notificadores
Responsable de entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el Agente
del Ministerio Público solicite.23
9.3.1.3. Agentes del Ministerio Público Investigadores
Responsable de dirigir y conducir la investigación de los hechos, coordinar a la Policía
Investigadora y Peritos, resolver sobre el ejercicio de la acción penal y ordenar las diligencias
necesarias para comprobar la existencia o inexistencia del delito y la responsabilidad de quien
lo cometió.24
9.3.3. Unidad de Tramitación Masiva de Causa
Unidad responsable de recibir los casos en los que se presente alguno de los siguientes
supuestos:
➢ Que el delito no sea de remisión inmediata a la Unidad de Investigación;
➢ Que el imputado sea conocido; o
➢ Que sean procedentes las salidas alternas.
En dicha unidad se tiene por objeto una solución alterna o la terminación anticipada del proceso,
para lo cual cuenta con el personal siguiente:
22 Véase Anexo 7. Cédula de puesto de Auxiliare Administrativo de la UI. 23 Véase Anexo 8. Cédula de puesto de Notificador de la UI. 24 Véase Anexo 9. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público Investigador (UI).
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31
Figura 18. Estructura orgánica de la Unidad de Tramitación Masiva de Causas
9.3.1.1. Auxiliar Administrativo
Encargado de recibir todos los asuntos que le sean turnados por la Unidad de Análisis y
Decisión Temprana, realizar una valoración del caso y asignar el mismo al Agente del Ministerio
Público Especializado.25
9.3.1.2. Notificador.
Encargado de llevar a entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el
Agente del Ministerio Público Especializado solicite.26
9.3.1.3. Agente del Ministerio Público Especializado. 27
Responsable de dirigir y conducir la investigación de los asuntos que le sean derivados a la
Unidad de Tramitación Masiva de Causas, coordinar a la Policía Investigadora y Peritos y
25 Véase Anexo 10. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UTMC. 26 Véase Anexo 11. Cédula de puesto de Notificador de la UTMC. 27 Véase Anexo 12. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público de la UTMC
UNIDADDETRAMITACIONMASIVA
DECAUSAS
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO1
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO2
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICOESPECIALIZADO3
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
POLICIADEINVESTIGACION
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
32
ordenar las diligencias necesarias conforme al Manual para la Unidad de Tramitación Masiva
de Causas.28
9.3.3. Unidad de Imputado Desconocido
Unidad a la que se derivan los asuntos en los que se haya determinado, por la Unidad de
Análisis y Decisión Temprana que no existe línea de investigación que seguir en virtud de que
el imputado es desconocido. En esta Unidad se concentran todos los asuntos, particularmente
los de carácter patrimonial, con el fin de realizar cruces de información que permitan llevar a
cabo una “investigación de tipo horizontal”. De esta forma se utiliza la información contenida en
varias carpetas de investigación, permitiendo con ello clasificar a los imputados en
desconocido, parcialmente identificado e identificado, laborar patrones delictivos que sirvan
para pasar de imputado desconocido a sospechosos y –finalmente- a imputados contra los
cuales se pueda formular imputación; para ejercer una investigación estratégica y por bloques.
La Unidad de Imputado Desconocido, se integra de la siguiente manera:
Figura 19. Estructura orgánica de la Unidad de Investigación con Imputado Desconocido
9.3.3.1. Auxiliar Administrativo
28 Véase USAID, Manual para la Unidad de Tramitación Masiva de Causas, disponible en: http://www.coahuilatransparente.gob.mx/disp/documentos_disp/MANUAL%20PARA%20LA%20UNIDAD%20DE%20TRAMITACI%C3%93N%20MASIVA%20DE%20CASOS..pdf
UNIDADDEINVESTIGACIONCON
IMPUTADO
DESCONOCIDO
AGENTE DELMINISTERIOPUBLICO
ANALISTA DECAPTURAANALISTADE
PATRONESDELICTIVOS
NOTIFICADORESAUXILIAR
ADMINISTRATIVO
POLICIADEINVESTIGACION
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
33
Encargado de recibir todos los asuntos que le sean turnados por la Unidad de Análisis y
Decisión Temprana, realizar una valoración del caso y asignar el mismo al Agente del Ministerio
Público de la UID.29
9.3.3.2. Notificador
Encargado de llevar a entregar las notificaciones, papelería o documentación oficial que el
Agente del Ministerio Público de la UID solicite.30
9.3.3.3. Agente del Ministerio Publico de la UID
Encargado de dirigir y ordenar los actos de investigación, realizar remisiones la Unidad de
Investigación e integrar las carpetas respectivas.31
9.3.3.4. Analista de captura
Responsable de llevar a cabo la captura de la información de las carpetas en la base de datos;
realizar un mapeo delictivo para establecer el punto exacto de la comisión del delito de forma
electrónica; elaborar las cartas para notificar el archivo temporal al denunciante/víctima;
analizar e identificar los focos rojos por zona; y entregar la información al área de patrones.32
9.3.3.6. Analista de patrones delictivos
Encargado de realizar el análisis y la elaboración de patrones delictivos mediante la información
turnada por el área de captura y la elaboración de boletines a partir de los patrones delictivos.33
9.4. Dirección de planeación, calidad y evaluación
Es una dirección de carácter administrativo, responsable de la planeación, análisis, revisión,
desarrollo y promoción de los programas y proyectos de la Institución, siendo competente para
diseñar, ejecutar y evaluar el sistema de planeación de la Institución, así como para definir y
aplicar los controles apropiados que permitan conocer las distintas fases en que se encuentren
los trabajos de las unidades operativas de la institución y la implementación de programas de
29 Véase Anexo 13. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UID. 30 Véase Anexo 14. Cédula de puesto de Notificador de la UID. 31 Véase Anexo 15. Cédula de puesto del Agente del Ministerio Público de la UID. 32 Véase Anexo 16. Cédula de puesto de Analista de captura de la UID. 33 Véase Anexo 17. Cédula de puesto de Analista de patrones delictivos de la UID.
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34
mejora continua. Dentro de esta Unidad se destaca la Unidad de Análisis, Monitoreo y
Evaluación.
9.4.1. Unidad de Análisis, Monitoreo y Evaluación
Unidad responsable de implementar modelos de medición y evaluación de resultados en la
operación del Sistema Penal Acusatorio, la satisfacción al usuario, así como el
desempeño y disciplina del proceso. A partir de los resultados obtenidos, es responsable
de implementar estrategias que permitan a las instituciones, unidades u operadores,
llevar a cabo sus actividades y funciones de puesto de forma eficaz, eficiente y
responsable
9.5. Dirección de apoyo procesal
La Dirección de apoyo procesal la integran las áreas responsables de auxiliar al Ministerio
Público en su función investigadora, particularmente la policía de investigación y servicios
periciales.
9.5.1. Policía de Investigación
Es el área responsable de auxiliar al Ministerio Público en la investigación, persecución y
esclarecimiento de los hechos delictuosos, buscando las pruebas que determinen la
responsabilidad de los que en ellos participaron y ejecutando los mandamientos judiciales y
diligencias de investigación requeridas por el Ministerio Público.
9.5.2. Servicios periciales
Área responsable de auxiliar al Ministerio Público en la investigación y persecución de los
delitos, encargándose de buscar, obtener, preservar y analizar, conforme a los principios
técnico-científicos apropiados, los indicios y pruebas tendientes al esclarecimiento de los
hechos y de la probable responsabilidad de las personas imputadas, así como de emitir los
dictámenes pertinentes.
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
35
10. Anexos
Anexo 1. Macro flujo conceptual del Código Nacional de Procedimientos Penales
Anexo 2. Estructura orgánica de la Procuraduría/Fiscalía
Anexo 3. Modelo de valoración de casos
Anexo 4. Cédula de Puesto de Auxiliar Administrativo de la UADT.
Anexo 5. Cédula de Puesto de Notificador de la UADT.
Anexo 6. Cédula de Agentes del Ministerio Público de la UADT.
Anexo 7. Cédula de puesto de Auxiliare Administrativo de la UI.
Anexo 8. Cédula de puesto de Notificador de la UI.
Anexo 9. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público Investigador (UI).
Anexo 10. Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UTMC.
Anexo 11. Cédula de puesto de Notificador de la UTMC.
Anexo 12. Cédula de puesto de Agente del Ministerio Público de la UTMC
Anexo 13 Cédula de puesto de Auxiliar Administrativo de la UID.
Anexo 14. Cédula de puesto de Notificador de la UID.
Anexo 15. Cédula de puesto del Agente del Ministerio Público de la UID.
Anexo 16. Cédula de puesto de Analista de captura de la UID.
Anexo 17. Cédula de puesto de Analista de patrones
Manual de Organización Modelo para Procuradurías o Fiscalías de los Estados
36
11. Bibliografía
Comisión Sistema Nacional Certificación de Competencias Laborales (2012). Guía de apoyo para la elaboración del análisis funcional. Santiago: Cintefor/OIT. Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (2004). Cuarenta preguntas sobre competencia laboral. Montevideo: Departamento de Publicaciones de Cintefor/OIT. Vargas, F., Casanova, F. & Montanaro, L. (2009). El enfoque de competencia laboral: manual de formación. Montevideo: Cintefor/OIT. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Informe Ejecutivo 2017 de la Consulta Nacional sobre el Modelo de Procuración de Justicia, octubre 2017, disponible en: http://construyamosjusticia.mx/wp/assets/uploads/2017/10/INFORME-EJECUTIVO_21oct_2029.pdf, fecha de consulta 7 de noviembre de 2017. PEREZ, Mariano, Modelo de coordinación y comunicación entre Ministerio Público y Policía, USAID, 2014. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Incidencia delictiva del fuero común del 2016, Octubre 2017, Centro Nacional de Información, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/estadisticas%20del%20fuero%20comun/Cieisp2016_092017.pdf, fecha de consulta 6 de noviembre de 2017. SENSP, ”Informe de acciones 2016-2017, Consolidación del Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://secretariadoejecutivo.gob.mx/SJP/Informe_Consolidacion_SJP.pdf, fecha de consulta 8 de noviembre de 2017. SETEC, 48 buenas prácticas para la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, disponible en: http://www.setec.gob.mx/work/models/SETEC/Publicaciones/Buenas%20Pr%C3%A1cticas.pdf, disponible en 8 de noviembre de 2017. USAID, Manual para la Unidad de Tramitación Masiva de Causas, disponible en: http://www.coahuilatransparente.gob.mx/disp/documentos_disp/MANUAL%20PARA%20LA%20UNIDAD%20DE%20TRAMITACI%C3%93N%20MASIVA%20DE%20CASOS..pdf
ZEPEDA, Guillermo, Buenas prácticas en la implementación y operación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en México, Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo (USAID), 2014, disponible en: http://biblioteca.setec.saas.readyportal.net/content/published/1421/Reorganizacion/Buenas%20practicas%20-%20implementacion%20y%20operacion%20del%20Nuevo%20Sistema/rp:attachment/reporte_mejores_pra$BD$CBcticas_V2.pd
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Legislación Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Código Nacional de Procedimientos Penales Ley General de Víctimas
Ley de Nacional de Ejecución Penal
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal