manual (guia) para la graduaciÓn de sanciones · atenuantes y agravantes pero el peso relativo de...
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Presidente - AMV
16 de Diciembre de 2010 www.amvcolombia.org.co
MANUAL (GUIA) PARA LA GRADUACIÓN DE
SANCIONES
Carlos Alberto Sandoval
1. Consideraciones iniciales y contexto
2. Objetivos
3. Referencias Internacionales
4. Alcance
5. Estructura
6. Ejemplo
7. Otras conductas en estudio
Índice
En el esquema de Autorregulación existen dos etapas en las cuales
se propende por prevenir la ocurrencia de conductas
1. Consideraciones Iniciales y
Contexto
ETAPA DE SUPERVISIÓN ETAPA DE DISCIPLINA
Función
Preventiva
General
Función
Retributiva
SANCIÓNVisitas preventivas
Cartas de recomendación
Cartas de advertencia
Actas de compromiso
Cartas de instrucción
Función
Preventiva
Especial
Resoluciones – ATA
a. En aras de lograr el efectivo cumplimiento de las normas del mercado de
valores, la función disciplinaria es un instrumento crucial, pero no exclusivo.
b. La función de supervisión preventiva es igualmente critica. (Por ejemplo: Si el
daño causado es muy alto no hay una sanción que pueda compensar la
afectación de la sociedad o del mercado)
c. Hay una “estructura óptima” del cumplimiento normativo que debe
considerar entre otros
(i) En qué etapa intervenir
• Antes del acto o daño (Prevención)
• Posterior a la comisión de la conducta (Sanción)
(ii) Qué tipo de sanciones deben imponerse (monetarias o no monetarias)
(iii) Qué clase de agentes deben intervenir.
1. Consideraciones Iniciales y
Contexto
El ejercicio de la función disciplinaria (Tribunal disciplinario – Director de Asuntos
Legales y Disciplinarios – Presidente AMV) necesariamente implica un ejercicio de:
a) Valoración de una situación de hecho.
b) Adecuación de la situación a una norma jurídica (interpretación)
i. Determinación de la conducta. (Infracción)
• Ley 964 de 2005. Artículo 50
• Normativa del mercado de valores.
• Reglamento de AMV
ii. Determinación de la consecuencia jurídica (sanción)
• Ley 964 de 2005. Artículo 24
• Decreto 2555 de 2010. Artículo 11.4.3.1.5
• Reglamento de AMV. Artículo 81
c) Dosificación de la sanción
1. Consideraciones Iniciales y
Contexto
Para la imposición de las sanciones, se deberán observar los
siguientes principios (Reglamento de AMV. Artículo 80):
a. Principio de proporcionalidad.
b. Principio disuasorio de la sanción: según el cual la sanción buscará
evitar que los participantes del mercado vulneren la norma que dio
origen a la misma;
c. Principio de la revelación dirigida.
d. Principio de contradicción.
A. Principios
1. Consideraciones Iniciales y
Contexto
El Reglamento de AMV, establece el tipo de sanciones a imponer y sus limites, así:
B. Sanciones
PERSONAS
NATURALES
PERSONAS
JURÍDICAS
AMONESTACIÓN Si Si
MULTA Máxima de 200
SMMLV
Máxima de 1000
SMMLV
SUSPENSIÓN Mínima 1 día
Máxima 3 años
No
EXPULSIÓN 20 años 20 años
Si el beneficio económico percibido por el sancionado en relación con los hechos
objeto de sanción es superior a los topes previstos en el inciso anterior, podrá
imponerse una multa superior a los topes antes mencionados, hasta concurrencia del
doble del monto del beneficio económico percibido.
1. Consideraciones Iniciales y
Contexto
1) Servir de guía orientadora para la determinación de las
sanciones.
2) Utilizar una metodología uniforme para imponer una sanción
frente a una eventual infracción.
3) Recoger un consenso entre quienes al interior de AMVinstruyen los procesos disciplinarios y quienes profieren los
fallos disciplinarios (Tribunal Disciplinario), con el
acompañamiento de la autoridad estatal (la SFC).
La Guía refleja la doctrina disciplinaria del Autorregulador.
2. Objetivos
3. Referencias Internacionales
AMV se ha preocupado por estar a la vanguardia en materiasancionatoria. Para ello ha consultado los estándares de
entidades autorreguladoras reconocidas a nivel mundial.
•FINRA – (Estados Unidos) - Sanctions Guidelines.
•IIROC – (Canada) - Disciplinary Sanction Guidelines.
4. Alcance
1) La Guía no es un reglamento de AMV.
2) El Tribunal Disciplinario, el Presidente o el Director de Asuntos
Legales y Disciplinarios de AMV pueden apartarse de las
referencias específicas que contiene la Guía cuando las
circunstancias particulares de un determinado caso así lo
ameriten.
3) Por ende se podrán fijar sanciones más altas, más bajas o
distintas a las sugeridas en la Guía.
La Guía está dividida en tres partes :
1) Criterios generales para la determinación de la sanción aimponer
i) Se relacionan los criterios de agravación y atenuación, los
cuales aplican para todos los casos objeto de sanción.
ii) Establece como política general la imposición de multas en
todos los casos en que se demuestre la obtención de un
beneficio económico con la comisión de la infracciónrespectiva, a fin de evitar que la violación de las normas del
mercado de valores sea rentable para el sujeto disciplinado.
5. Estructura
2) Criterios específicos y particulares para algunas infracciones:
i) Descripción de las normas aplicables a cada tipo de
conducta,ii) Modalidades en que puede cometerse la infracción,
iii) Criterios específicos que deben ser tenidos en cuenta en
cada caso
iv) La sanción que podría aplicarse.
3) Metodología para la individualización de la sanción
5. Estructura
5. Estructura: conductas
publicadas
1 Conductas Defraudatorias.
2 Manipulación.
3 Utilización de Información Privilegiada.
4 Incumplimiento de las disposiciones sobre Conflictos de Interés.
5 Incumplimiento del Deber de Lealtad.
6 Incumplimiento del Deber de Asesoría.
7 Incumplimiento al Deber de Mejor Ejecución.
8 Incumplimiento al Deber de Documentación
9 Incumplimiento de las normas relacionadas con el suministro de
información.
10 Exceso de Límites de Operaciones Repo y Operaciones a Plazo celebradas por
cuenta de terceros.
Utilización de Información Privilegiada.
Definición:Se entenderá que es privilegiada aquella información de
carácter concreto que no ha sido dada a conocer del público
y que de haberlo sido la habría tenido en cuenta un
inversionista medianamente diligente y prudente al negociar
los respectivos valores.
Conductas:Incurren en esta conducta los sujetos de autorregulación que:
1. Realicen una o varias operaciones utilizando información
privilegiada;
2. Aconsejen la venta o adquisición de un valor a un tercero con base en esa información.
3. Suministren la información a quien no tenía derecho a
recibirla.
6. Un ejemplo
Normas que reglamentan la materia
Ley 45 de 1990. Artículo 75.
Ley 964 de 2005. Artículo 50. Literal e).
Ley 222 de 1995. Artículo 23 Numeral 5. (Sólo aplica a
administradores).
Reglamento de AMV. Artículo 47
Código de Conducta de la BVC. Artículo 5.1.3.1. Numeral 6. (Por
remisión aplica sólo a las SCB).
Criterios Específicos
1. Monto y volumen de las operaciones realizadas.
2. Condición del investigado (insider – outsider).
3. Prevalerse de algún vínculo existente con el propósito de obtener
o utilizar la información.
4. Lucrarse u obtener provecho para sí o para un tercero vinculado
con el infractor con el suministro de la información.
5. Pagar por el suministro de la información.
6. Obtener la información de manera fraudulenta.
7. Cantidad de personas afectadas.
6. Un ejemplo
Sanción
Debido a la gravedad del uso de información privilegiada en sí
mismo, se considerará imponer la sanción de EXPULSIÓN.
Cuando la presencia de circunstancias de agravación en cada caso
en concreto, así lo amerite, se impondrán de manera concurrente las
sanciones de EXPULSIÓN y MULTA por un mínimo de:
50 smlmv para personas naturales.
100 smlmv para personas jurídicas
Cuando la presencia de circunstancias de atenuación en cada caso
en concreto, así lo amerite, se podrá evaluar la posibilidad de
imponer de manera concurrente las siguientes sanciones:
SUSPENSIÓN por un tiempo equivalente a mínimo la mitad del término
máximo de suspensión establecido en el Reglamento de AMV.
MULTA por un monto mínimo de:
50 smlmv para personas naturales.
100 smlmv para personas jurídicas.
6. Un ejemplo
Metodología
Para individualizar la sanción que corresponde imponer en
determinado caso, se deberá realizar el siguiente procedimiento:
Determinar el rango sancionatorio de la siguiente manera:
De acuerdo a cada conducta en particular, el Manual establece
una sanción mínima y una sanción máxima aplicable (en los
casos en que el Manual no indique expresamente el máximo, se
tomará como máximo de la sanción el que establezca el
Reglamento de AMV para el respectivo tipo de sanción). Estos
serán los límites en los que oscilará la sanción.
Una vez obtenido el rango, éste se dividirá en cuatro:
Cuarto Mínimo
Cuarto Medio Bajo
Cuarto Medio Alto
Cuarto Máximo
6. Un ejemplo
Metodología
Se debe determinar la gravedad de la conducta. Para el efecto, se
deberá evaluar, en primer lugar, qué circunstancias generales de
agravación o de atenuación están probadas dentro de la respectiva
investigación. Igualmente, se deberán tener en cuenta los criterios
específicos establecidos en el Manual para cada conducta en
particular.
Establecidas las circunstancias de agravación o atenuación, quien
vaya a imponer la sanción la ubicará en los cuartos mencionados
anteriormente, de acuerdo a los siguientes parámetros:
Podrá moverse dentro del cuarto mínimo cuando concurran
únicamente circunstancias de atenuación.
Podrá moverse dentro de los cuartos medios cuando concurran
circunstancias de atenuación y agravación.
Podrá moverse dentro del cuarto máximo cuando únicamente
concurran circunstancias de agravación.
6. Un ejemplo
Metodología
El siguiente esquema ilustra el procedimiento anteriormente señalado.
6. Un ejemplo
CUARTO
MINIMO
CUARTO
MEDIO
BAJO
CUARTO
MEDIO ALTO
CUARTO
MÁXIMO
Únicamente
existen
atenuantes.
Concurren
atenuantes y
agravantes
pero el peso
relativo de los
atenuantes
es mayor.
Concurren
atenuantes y
agravantes
pero el peso
relativo de los
agravantes
es mayor.
Sólo existen
agravantes.
7. Otras Conductas en estudio
1. Incumplimiento al Deber de reserva.
2. Incumplimiento al deber de separación de activos.
3. Incumplimiento al Deber de Valoración.
4. Deber de diligencia y profesionalismo
5. Exceso de Mandato
Qué sigue?
1. AMV publicará la segunda parte de la Guía en el primer semestre del 2011
para comentarios.
2. Se continuará con el estudio de otras conductas.
3. Se continuará el acercamiento con los miembros del Tribunal Disciplinario
AMV para lograr el consenso en su aplicación.