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Cargo: Email: Expositor: Presidente - AMV 16 de Diciembre de 2010 www.amvcolombia.org.co MANUAL (GUIA) PARA LA GRADUACIÓN DE SANCIONES Carlos Alberto Sandoval [email protected]

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Page 1: MANUAL (GUIA) PARA LA GRADUACIÓN DE SANCIONES · atenuantes y agravantes pero el peso relativo de los agravantes es mayor. Sólo existen agravantes. 7. Otras Conductas en estudio

Cargo:

Email:

Expositor:

Presidente - AMV

16 de Diciembre de 2010 www.amvcolombia.org.co

MANUAL (GUIA) PARA LA GRADUACIÓN DE

SANCIONES

Carlos Alberto Sandoval

[email protected]

Page 2: MANUAL (GUIA) PARA LA GRADUACIÓN DE SANCIONES · atenuantes y agravantes pero el peso relativo de los agravantes es mayor. Sólo existen agravantes. 7. Otras Conductas en estudio

1. Consideraciones iniciales y contexto

2. Objetivos

3. Referencias Internacionales

4. Alcance

5. Estructura

6. Ejemplo

7. Otras conductas en estudio

Índice

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En el esquema de Autorregulación existen dos etapas en las cuales

se propende por prevenir la ocurrencia de conductas

1. Consideraciones Iniciales y

Contexto

ETAPA DE SUPERVISIÓN ETAPA DE DISCIPLINA

Función

Preventiva

General

Función

Retributiva

SANCIÓNVisitas preventivas

Cartas de recomendación

Cartas de advertencia

Actas de compromiso

Cartas de instrucción

Función

Preventiva

Especial

Resoluciones – ATA

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a. En aras de lograr el efectivo cumplimiento de las normas del mercado de

valores, la función disciplinaria es un instrumento crucial, pero no exclusivo.

b. La función de supervisión preventiva es igualmente critica. (Por ejemplo: Si el

daño causado es muy alto no hay una sanción que pueda compensar la

afectación de la sociedad o del mercado)

c. Hay una “estructura óptima” del cumplimiento normativo que debe

considerar entre otros

(i) En qué etapa intervenir

• Antes del acto o daño (Prevención)

• Posterior a la comisión de la conducta (Sanción)

(ii) Qué tipo de sanciones deben imponerse (monetarias o no monetarias)

(iii) Qué clase de agentes deben intervenir.

1. Consideraciones Iniciales y

Contexto

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El ejercicio de la función disciplinaria (Tribunal disciplinario – Director de Asuntos

Legales y Disciplinarios – Presidente AMV) necesariamente implica un ejercicio de:

a) Valoración de una situación de hecho.

b) Adecuación de la situación a una norma jurídica (interpretación)

i. Determinación de la conducta. (Infracción)

• Ley 964 de 2005. Artículo 50

• Normativa del mercado de valores.

• Reglamento de AMV

ii. Determinación de la consecuencia jurídica (sanción)

• Ley 964 de 2005. Artículo 24

• Decreto 2555 de 2010. Artículo 11.4.3.1.5

• Reglamento de AMV. Artículo 81

c) Dosificación de la sanción

1. Consideraciones Iniciales y

Contexto

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Para la imposición de las sanciones, se deberán observar los

siguientes principios (Reglamento de AMV. Artículo 80):

a. Principio de proporcionalidad.

b. Principio disuasorio de la sanción: según el cual la sanción buscará

evitar que los participantes del mercado vulneren la norma que dio

origen a la misma;

c. Principio de la revelación dirigida.

d. Principio de contradicción.

A. Principios

1. Consideraciones Iniciales y

Contexto

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El Reglamento de AMV, establece el tipo de sanciones a imponer y sus limites, así:

B. Sanciones

PERSONAS

NATURALES

PERSONAS

JURÍDICAS

AMONESTACIÓN Si Si

MULTA Máxima de 200

SMMLV

Máxima de 1000

SMMLV

SUSPENSIÓN Mínima 1 día

Máxima 3 años

No

EXPULSIÓN 20 años 20 años

Si el beneficio económico percibido por el sancionado en relación con los hechos

objeto de sanción es superior a los topes previstos en el inciso anterior, podrá

imponerse una multa superior a los topes antes mencionados, hasta concurrencia del

doble del monto del beneficio económico percibido.

1. Consideraciones Iniciales y

Contexto

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1) Servir de guía orientadora para la determinación de las

sanciones.

2) Utilizar una metodología uniforme para imponer una sanción

frente a una eventual infracción.

3) Recoger un consenso entre quienes al interior de AMVinstruyen los procesos disciplinarios y quienes profieren los

fallos disciplinarios (Tribunal Disciplinario), con el

acompañamiento de la autoridad estatal (la SFC).

La Guía refleja la doctrina disciplinaria del Autorregulador.

2. Objetivos

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3. Referencias Internacionales

AMV se ha preocupado por estar a la vanguardia en materiasancionatoria. Para ello ha consultado los estándares de

entidades autorreguladoras reconocidas a nivel mundial.

•FINRA – (Estados Unidos) - Sanctions Guidelines.

•IIROC – (Canada) - Disciplinary Sanction Guidelines.

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4. Alcance

1) La Guía no es un reglamento de AMV.

2) El Tribunal Disciplinario, el Presidente o el Director de Asuntos

Legales y Disciplinarios de AMV pueden apartarse de las

referencias específicas que contiene la Guía cuando las

circunstancias particulares de un determinado caso así lo

ameriten.

3) Por ende se podrán fijar sanciones más altas, más bajas o

distintas a las sugeridas en la Guía.

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La Guía está dividida en tres partes :

1) Criterios generales para la determinación de la sanción aimponer

i) Se relacionan los criterios de agravación y atenuación, los

cuales aplican para todos los casos objeto de sanción.

ii) Establece como política general la imposición de multas en

todos los casos en que se demuestre la obtención de un

beneficio económico con la comisión de la infracciónrespectiva, a fin de evitar que la violación de las normas del

mercado de valores sea rentable para el sujeto disciplinado.

5. Estructura

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2) Criterios específicos y particulares para algunas infracciones:

i) Descripción de las normas aplicables a cada tipo de

conducta,ii) Modalidades en que puede cometerse la infracción,

iii) Criterios específicos que deben ser tenidos en cuenta en

cada caso

iv) La sanción que podría aplicarse.

3) Metodología para la individualización de la sanción

5. Estructura

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5. Estructura: conductas

publicadas

1 Conductas Defraudatorias.

2 Manipulación.

3 Utilización de Información Privilegiada.

4 Incumplimiento de las disposiciones sobre Conflictos de Interés.

5 Incumplimiento del Deber de Lealtad.

6 Incumplimiento del Deber de Asesoría.

7 Incumplimiento al Deber de Mejor Ejecución.

8 Incumplimiento al Deber de Documentación

9 Incumplimiento de las normas relacionadas con el suministro de

información.

10 Exceso de Límites de Operaciones Repo y Operaciones a Plazo celebradas por

cuenta de terceros.

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Utilización de Información Privilegiada.

Definición:Se entenderá que es privilegiada aquella información de

carácter concreto que no ha sido dada a conocer del público

y que de haberlo sido la habría tenido en cuenta un

inversionista medianamente diligente y prudente al negociar

los respectivos valores.

Conductas:Incurren en esta conducta los sujetos de autorregulación que:

1. Realicen una o varias operaciones utilizando información

privilegiada;

2. Aconsejen la venta o adquisición de un valor a un tercero con base en esa información.

3. Suministren la información a quien no tenía derecho a

recibirla.

6. Un ejemplo

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Normas que reglamentan la materia

Ley 45 de 1990. Artículo 75.

Ley 964 de 2005. Artículo 50. Literal e).

Ley 222 de 1995. Artículo 23 Numeral 5. (Sólo aplica a

administradores).

Reglamento de AMV. Artículo 47

Código de Conducta de la BVC. Artículo 5.1.3.1. Numeral 6. (Por

remisión aplica sólo a las SCB).

Criterios Específicos

1. Monto y volumen de las operaciones realizadas.

2. Condición del investigado (insider – outsider).

3. Prevalerse de algún vínculo existente con el propósito de obtener

o utilizar la información.

4. Lucrarse u obtener provecho para sí o para un tercero vinculado

con el infractor con el suministro de la información.

5. Pagar por el suministro de la información.

6. Obtener la información de manera fraudulenta.

7. Cantidad de personas afectadas.

6. Un ejemplo

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Sanción

Debido a la gravedad del uso de información privilegiada en sí

mismo, se considerará imponer la sanción de EXPULSIÓN.

Cuando la presencia de circunstancias de agravación en cada caso

en concreto, así lo amerite, se impondrán de manera concurrente las

sanciones de EXPULSIÓN y MULTA por un mínimo de:

50 smlmv para personas naturales.

100 smlmv para personas jurídicas

Cuando la presencia de circunstancias de atenuación en cada caso

en concreto, así lo amerite, se podrá evaluar la posibilidad de

imponer de manera concurrente las siguientes sanciones:

SUSPENSIÓN por un tiempo equivalente a mínimo la mitad del término

máximo de suspensión establecido en el Reglamento de AMV.

MULTA por un monto mínimo de:

50 smlmv para personas naturales.

100 smlmv para personas jurídicas.

6. Un ejemplo

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Metodología

Para individualizar la sanción que corresponde imponer en

determinado caso, se deberá realizar el siguiente procedimiento:

Determinar el rango sancionatorio de la siguiente manera:

De acuerdo a cada conducta en particular, el Manual establece

una sanción mínima y una sanción máxima aplicable (en los

casos en que el Manual no indique expresamente el máximo, se

tomará como máximo de la sanción el que establezca el

Reglamento de AMV para el respectivo tipo de sanción). Estos

serán los límites en los que oscilará la sanción.

Una vez obtenido el rango, éste se dividirá en cuatro:

Cuarto Mínimo

Cuarto Medio Bajo

Cuarto Medio Alto

Cuarto Máximo

6. Un ejemplo

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Metodología

Se debe determinar la gravedad de la conducta. Para el efecto, se

deberá evaluar, en primer lugar, qué circunstancias generales de

agravación o de atenuación están probadas dentro de la respectiva

investigación. Igualmente, se deberán tener en cuenta los criterios

específicos establecidos en el Manual para cada conducta en

particular.

Establecidas las circunstancias de agravación o atenuación, quien

vaya a imponer la sanción la ubicará en los cuartos mencionados

anteriormente, de acuerdo a los siguientes parámetros:

Podrá moverse dentro del cuarto mínimo cuando concurran

únicamente circunstancias de atenuación.

Podrá moverse dentro de los cuartos medios cuando concurran

circunstancias de atenuación y agravación.

Podrá moverse dentro del cuarto máximo cuando únicamente

concurran circunstancias de agravación.

6. Un ejemplo

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Metodología

El siguiente esquema ilustra el procedimiento anteriormente señalado.

6. Un ejemplo

CUARTO

MINIMO

CUARTO

MEDIO

BAJO

CUARTO

MEDIO ALTO

CUARTO

MÁXIMO

Únicamente

existen

atenuantes.

Concurren

atenuantes y

agravantes

pero el peso

relativo de los

atenuantes

es mayor.

Concurren

atenuantes y

agravantes

pero el peso

relativo de los

agravantes

es mayor.

Sólo existen

agravantes.

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7. Otras Conductas en estudio

1. Incumplimiento al Deber de reserva.

2. Incumplimiento al deber de separación de activos.

3. Incumplimiento al Deber de Valoración.

4. Deber de diligencia y profesionalismo

5. Exceso de Mandato

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Qué sigue?

1. AMV publicará la segunda parte de la Guía en el primer semestre del 2011

para comentarios.

2. Se continuará con el estudio de otras conductas.

3. Se continuará el acercamiento con los miembros del Tribunal Disciplinario

AMV para lograr el consenso en su aplicación.

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