marco legal 2013

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©Todos los derechos reservados por Red de Energía del Perú S.A. 1 Nuevo marco legal en el sector eléctrico en Seguridad y Salud Ocupacional MAYO 2013

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Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificaciones que alcanzan al sector eléctrico peruano en el año 2013

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Nuevo marco legal en el sector eléctrico en Seguridad y Salud Ocupacional

MAYO 2013

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Marco normativo en SST

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• Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Agosto 2011)Ley N° 29783

• Reglamento de Ley N° 2978 (Abril 2012)D.S. 005-2012-TR

• Política Nacional de Seguridad y Salud en el TrabajoMinisterio del Trabajo

• Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad - 2013(Marzo 2013)

R.M. N° 111-2013-MEM/DM

• Aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de REP. (sesión del 30 de julio de 2012).

Reglamento Interno de SST en REP

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Principios – Política Nacional

PREVENCIÓN. RESPONSABILIDAD UNIVERSALIZACIÓN

- Promover cultura de prevención.

- Establecer medios y condiciones que protejan la vida, salud y bienestar de trabajadores.

Asumir oportunamente las implicancias económicas, legales y de toda índole derivadas de accidentes ,enfermedad ocupacionales, incidentes peligrosos.

Procurar el aseguramiento de todos los riesgos

ATENCIÓN INTEGRAL CUMPLIMIENTO DE NORMAS

Garantizar que todo trabajador que sufra accidente o enfermedad profesional, reciba la prestación de salud hasta la recuperación y rehabilitación, procurando reinserción laboral.

Promueve el cumplimiento de las normas:i) Fortalecimiento de la

fiscalización, yii) Promoción de mecanismos de

autoevaluación de sistemas de gestión.

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Alcance de la Normatividad en SST

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De contratistas y

subcontratistasModalidades formativas

Trabajadores comprendidos

en la Ley

Intermediación laboral

Trabajadores autónomos

Tercerización

Persona que se encuentra

en local

SOLIDARIDAD

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Obligaciones Legales en SST

Indemnización: incumplimiento del empleadordel deber de prevención en SST que generadaños

Sistema de Gestión SST.- función de la empresa, exposición a peligros y riesgos, cantidad de trabajadores expuestos.

Recomendaciones en SST.- en el contrato o en medio digital o por escrito, el primer día de labores.

Exhibición.- política SST, RISST, Mapa de riesgos, identificación de riesgos, Programa Anual SST.

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Obligaciones Legales en SST

Capacitación de trabajadores.- según riesgos del puesto, efectuada por profesionales, evaluada y documentada, 4 al año.

Registros Obligatorios.- registro de accidentes, enfermedades ocupacionales, exámenes, estadísticas, capacitaciones. Formato MTPE

Situación de emergencia.- Información, prevención y respuesta, primeros auxilios, extinción de incendios.

Especificaciones de compras.- Procedimientos de SST en adquisiciones de bienes y servicios.

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Obligaciones Legales en SST

Procedimiento interno.- atención de comunicaciones internas y externas en SST.

RISST.- 20 trabajadores o más. Estándares de SST, preparación y respuesta a emergencias, política SST. Difundir a trabajadores y terceros.

Comité y Subcomité SST.- convocatoria a elección por el Sindicato, licencia sindical, funciones, identificación, condiciones.

RIT.- sanciones por incumplimiento de normas SST.

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Competencia de autoridades en SST

• i) supervisión, fiscalización y sanción en SST, y

• ii) prevención de riesgos en SST (Ministerio de Salud ).

Ministerio de Trabajo

• ámbito normativo y atención de consultas en la actividad eléctrica.

Ministerio de Energía

y Minas

• i) supervisión, fiscalización y sanción en aspectos técnicos y de seguridad de la infraestructura eléctrica;

• ii) supervisión con relación a la seguridad de los usuarios y público en general (terceros).

Osinergmin

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Nuevo ilícito penal en SST

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Hecho

• El que, infringiendolas normas deseguridad y salud enel trabajo y estandolegalmente obligado,no adopte lasmedidas preventivasnecesarias para quelos trabajadoresdesempeñen suactividad, poniendoen riesgo su vida,salud o integridadfísica

Norma

• Art.168-A Código Penal

Sanción

• PPL no menorde 2 años nimayor de 5años

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Nuevo ilícito penal en SST

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Hecho• Si, como consecuencia

de una inobservanciade las normas deseguridad y salud en eltrabajo, ocurre unaccidente de trabajocon consecuencias demuerte o lesionesgraves, para lostrabajadores o terceros.

Norma• Art. 168 – A del

Código Penal.

Sanción• PPL será no

menor de cinco años ni mayor de diez años

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Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL Ley Nº 29981

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Finalidad

• a) Vigilar, exigir, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normatividad socio-laboral y de seguridad y salud en el trabajo.

• b) Aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, enconcordancia con las políticas nacionales y sectoriales.

• c) Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias,convencionales y las condiciones contractuales en materia socio-laboral.

Competencia

• Ámbito nacional• Efectuar procedimientos de ejecución coactiva respecto de las sanciones que

imponga.

Escala de Multas

• 200 UIT, en caso de infracciones muy graves.• 100 UIT, en caso de infracciones graves.• 50 UIT, en caso de infracciones leves.

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