marco legal 2013
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Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y modificaciones que alcanzan al sector eléctrico peruano en el año 2013TRANSCRIPT
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Nuevo marco legal en el sector eléctrico en Seguridad y Salud Ocupacional
MAYO 2013
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Marco normativo en SST
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• Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Agosto 2011)Ley N° 29783
• Reglamento de Ley N° 2978 (Abril 2012)D.S. 005-2012-TR
• Política Nacional de Seguridad y Salud en el TrabajoMinisterio del Trabajo
• Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad - 2013(Marzo 2013)
R.M. N° 111-2013-MEM/DM
• Aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de REP. (sesión del 30 de julio de 2012).
Reglamento Interno de SST en REP
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Principios – Política Nacional
PREVENCIÓN. RESPONSABILIDAD UNIVERSALIZACIÓN
- Promover cultura de prevención.
- Establecer medios y condiciones que protejan la vida, salud y bienestar de trabajadores.
Asumir oportunamente las implicancias económicas, legales y de toda índole derivadas de accidentes ,enfermedad ocupacionales, incidentes peligrosos.
Procurar el aseguramiento de todos los riesgos
ATENCIÓN INTEGRAL CUMPLIMIENTO DE NORMAS
Garantizar que todo trabajador que sufra accidente o enfermedad profesional, reciba la prestación de salud hasta la recuperación y rehabilitación, procurando reinserción laboral.
Promueve el cumplimiento de las normas:i) Fortalecimiento de la
fiscalización, yii) Promoción de mecanismos de
autoevaluación de sistemas de gestión.
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Alcance de la Normatividad en SST
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De contratistas y
subcontratistasModalidades formativas
Trabajadores comprendidos
en la Ley
Intermediación laboral
Trabajadores autónomos
Tercerización
Persona que se encuentra
en local
SOLIDARIDAD
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Obligaciones Legales en SST
Indemnización: incumplimiento del empleadordel deber de prevención en SST que generadaños
Sistema de Gestión SST.- función de la empresa, exposición a peligros y riesgos, cantidad de trabajadores expuestos.
Recomendaciones en SST.- en el contrato o en medio digital o por escrito, el primer día de labores.
Exhibición.- política SST, RISST, Mapa de riesgos, identificación de riesgos, Programa Anual SST.
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Obligaciones Legales en SST
Capacitación de trabajadores.- según riesgos del puesto, efectuada por profesionales, evaluada y documentada, 4 al año.
Registros Obligatorios.- registro de accidentes, enfermedades ocupacionales, exámenes, estadísticas, capacitaciones. Formato MTPE
Situación de emergencia.- Información, prevención y respuesta, primeros auxilios, extinción de incendios.
Especificaciones de compras.- Procedimientos de SST en adquisiciones de bienes y servicios.
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Obligaciones Legales en SST
Procedimiento interno.- atención de comunicaciones internas y externas en SST.
RISST.- 20 trabajadores o más. Estándares de SST, preparación y respuesta a emergencias, política SST. Difundir a trabajadores y terceros.
Comité y Subcomité SST.- convocatoria a elección por el Sindicato, licencia sindical, funciones, identificación, condiciones.
RIT.- sanciones por incumplimiento de normas SST.
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Competencia de autoridades en SST
• i) supervisión, fiscalización y sanción en SST, y
• ii) prevención de riesgos en SST (Ministerio de Salud ).
Ministerio de Trabajo
• ámbito normativo y atención de consultas en la actividad eléctrica.
Ministerio de Energía
y Minas
• i) supervisión, fiscalización y sanción en aspectos técnicos y de seguridad de la infraestructura eléctrica;
• ii) supervisión con relación a la seguridad de los usuarios y público en general (terceros).
Osinergmin
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Nuevo ilícito penal en SST
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Hecho
• El que, infringiendolas normas deseguridad y salud enel trabajo y estandolegalmente obligado,no adopte lasmedidas preventivasnecesarias para quelos trabajadoresdesempeñen suactividad, poniendoen riesgo su vida,salud o integridadfísica
Norma
• Art.168-A Código Penal
Sanción
• PPL no menorde 2 años nimayor de 5años
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Nuevo ilícito penal en SST
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Hecho• Si, como consecuencia
de una inobservanciade las normas deseguridad y salud en eltrabajo, ocurre unaccidente de trabajocon consecuencias demuerte o lesionesgraves, para lostrabajadores o terceros.
Norma• Art. 168 – A del
Código Penal.
Sanción• PPL será no
menor de cinco años ni mayor de diez años
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Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL Ley Nº 29981
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Finalidad
• a) Vigilar, exigir, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normatividad socio-laboral y de seguridad y salud en el trabajo.
• b) Aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, enconcordancia con las políticas nacionales y sectoriales.
• c) Vigilar y exigir el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias,convencionales y las condiciones contractuales en materia socio-laboral.
Competencia
• Ámbito nacional• Efectuar procedimientos de ejecución coactiva respecto de las sanciones que
imponga.
Escala de Multas
• 200 UIT, en caso de infracciones muy graves.• 100 UIT, en caso de infracciones graves.• 50 UIT, en caso de infracciones leves.
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