memorando nro. an-pr-2020-0248-m quito, d.m., 02 de
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Memorando Nro. AN-PR-2020-0248-M
Quito, D.M., 02 de diciembre de 2020
PARA: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque
Secretario General
ASUNTO: Difundir Proyecto de Ley
De mi consideración:
Según lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, envío el “PROYECTO
DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, remitido el 26 de noviembre de 2020, y
suscrito por el asambleísta Carlos Alberto Cambala Montece, a través del memorando Nro.
AN-CMCA-2020-0067-M, a fin de que sea difundido a las/los asambleístas y a la ciudadanía por medio
del portal Web y se remita al Consejo de Administración Legislativa (CAL), para el trámite
correspondiente.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Mg. César Ernesto Litardo Caicedo
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Anexos:
- Lo indicado en 18 fojas útiles.
OC/JR
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
CESAR ERNESTOLITARDO CAICEDO
Memorando Nro. AN-CMCA-2020-0067-M
Quito, D.M., 26 de noviembre de 2020
PARA: Sr. Mg. César Ernesto Litardo CaicedoPresidente de la Asamblea Nacional
ASUNTO: PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DETURISMO
De mi consideración: En mi calidad de Asambleísta Provincial y de acuerdo a lo dispuesto en artículo 54 numeral 1 de la LeyOrgánica de la Función Legislativa, presento ante usted el “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA
A LA LEY DE TURISMO” a fin de que se sirva iniciar el trámite legislativo correspondiente. Adjunto al mencionado proyecto encontrará las firmas de respaldo a esta iniciativa de acuerdo a lodeterminado en la normativa legal de la Función Legislativa. Hago propicia la ocasión para reiterarle mis sentimientos de alta consideración y estima Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA
Anexos: - proyecto_de_ley_reformatoria_a_la_ley_de_turismo_(anexos).pdf
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
CARLOS ALBERTOCAMBALA MONTECE
PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante publicación en el Suplemento del Registro Oficial No. 733 de 27 de diciembre
2002 entró en vigencia la Ley de Turismo, normativa que recoge los aspectos
fundamentales para regular y controlar la actividad turística en el país.
A pesar de que en la actualidad existe una instructivo que regula el registro de centros
turísticos comunitarios, dentro de la Ley de Turismo vigente no se le ha dado el enfoque
ni importancia que debería tenerlo. El turismo comunitario representa una oportunidad
de generación de ingresos y de desarrollo para las comunidades rurales ubicadas cerca de
atractivos turísticos y que aún no pueden beneficiarse económicamente de los turistas que
llegan a la zona, por tanto, este tipo de turismo debe ser tratado como una estrategia de
desarrollo en cuanto a la gestión del territorio, los recursos y el patrimonio, de manera
que se pueda construir e incentivar al desarrollo de programas de este tipo de turismo
mirándolo desde un enfoque transformador del mercado turístico lo que se traduce en
oportunidades de desarrollo para las comunidades rurales.
Es necesario revisar y actualizar el marco jurídico que regula esta actividad turística en
el país a fin de que se incluya a los diferentes actores inmersos en la actividad turística
del país y que se vinculen con el objetivo del turismo comunitario, empezando por
supuesto, por el ministerio publico encargado de ello.
Durante el año 2019 el promedio anual de llegada de viajeros extranjeros al Ecuador
creció un 4%. De acuerdo con las estadísticas del Banco Central del Ecuador, durante el
primer semestre de 2019 ingresaron al país 965 millones de dólares por concepto de
turismo, lo que representó el 1,8% del Producto Interno Bruto (PIB), lo que nos demuestra
la importancia del sector turístico en nuestro país. Los visitantes cada vez más demandan
actividades personalizadas que les permitan completar sus recorridos turísticos con
experiencias únicas.
El turismo comunitario permite al visitante entrar en contacto con comunidades rurales
que conservan su identidad cultural como elemento de diferenciación lo cual se traduce
en una oportunidad para generar trabajo, ingresos complementarios y oportunidades de
desarrollo para las comunidades participantes.
Aún así y en muchos casos, la brecha entre la demanda de los turistas y la oferta de las
comunidades se dificulta por las brechas de calidad existentes respecto a las expectativas
turísticas, los procesos de comercialización incipientes y, entre otros, dificultan la oferta
efectiva del turismo comunitario. Estas dificultades minan la sostenibilidad de aquellos
emprendimientos turísticos, que, pese a los recursos y a las ganas invertidas por sus
comunidades, no encuentran salida comercial y terminan abandonando las expectativas
de las familias vinculadas.
El Estado, a través del ministerio publico rector, debe generar una estratégia que dé
soluciones a los problemas de fondo que impiden el desarrollo de las iniciativas de
turismo comunitario en nuestro país. Es importante que se incentive y recompense a las
comunidades que apuesten a brindar este tipo de turismo con calidad y seguridad, además
de velar para que este tipo de turismo sea sostenible, mejorando la competitividad turística
y la coyuntura comercial de los emprendimientos de turismo comunitario. De esta manera
se logrará un equilibrio entre el trabajo gubernamental y la participación de las
comunidades permitiendo que estas poblaciones ecuatorianas sean quienes se beneficien
del turismo y no solo las grandes empresas, además se amplía la oportunidad de desarrollo
con potencial para la inclusión socioeconómica de comunidades rurales, generando
empleo y promoviendo la vinculación con otros actores del entorno, transformándose en
una fuente complementaria de diversificación de ingresos que permite a las comunidades
el desarrollo y/o mejora de productos turísticos.
Además, en el aspecto social, fortalece las capacidades de la población rural,
promoviendo la participación asociada de una comunidad en su desarrollo local,
reduciendo la migración de la población joven a las ciudades, la conservación de los
recursos naturales y la revalorización de lo autóctono y la identidad cultural.
En conclusión, es importante que el turismo comunitario sea tratado con la importancia
que merece puesto que en la actualidad está tomando un papel importante, convirtiéndose
en una herramienta muy valiosa para el sector público en cuanto a la gestión del territorio,
los recursos y el patrimonio.
ASAMBLEA NACIONAL
EL PLENO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1 de la Constitución de la Republica del Ecuador manifiesta que el
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.
Que el artículo 3 numeros 1, 5 y 7 del de la Constitución de la República del Ecuador
determina los deberes primordiales del Estado entre otros:
1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en
la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud,
la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.
(...)
5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo
sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen
vivir.
(...)
7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país;
Que el artículo 24 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las
personas tienen derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al
tiempo libre;
Que el primer inciso del artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador
establece que las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima
calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre
su contenido y características;
Que el artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador establece que se
reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas,
de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás
instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:
1. Mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad, sentido de pertenencia,
tradiciones ancestrales y formas de organización social.
(...)
13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e
histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los
recursos para el efecto.
14. Desarrollar, fortalecer y potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, con
criterios de calidad, desde la estimulación temprana hasta el nivel superior, conforme a la
diversidad cultural, para el cuidado y preservación de las identidades en consonancia con
sus metodologías de enseñanza y aprendizaje;
Que el numeral 2 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador establece
que se reconoce y garantizará a las personas:
(...)
2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua
potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio,
cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios;
Que el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el derecho
a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de
normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes;
Que el 227 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la administración
pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que los numeros 2 y 6 del artículo 276 Constitución de la República del Ecuador
establece que:
(...)
2. Construir un sistema económico, justo, democrático, productivo, solidario y sostenible
basado en la distribución igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de
producción y en la generación de trabajo digno y estable
(...)
6. Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las
actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, y que coadyuve a
la unidad del Estado;
Que los numeros 1 y 3 del artículo 277 Constitución de la República del Ecuador
establece
1. Garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza.
(...)
3. Generar y ejecutar las políticas públicas, y controlar y sancionar su incumplimiento;
Que el numero 2 del artículo 278 de la Constitución de la República del Ecuador establece
(...)
2. Producir, intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y
ambiental;
Que el artículo 319 de la Constitución de la República del Ecuador establece que se
reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras
las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares,
domésticas, autónomas y mixtas.
El Estado promoverá las formas de producción que aseguren el buen vivir de la población
y desincentivará aquellas que atenten contra sus derechos o los de la naturaleza; alentará
la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa participación del
Ecuador en el contexto internacional;
Que el artículo 383 de la Constitución de la República del Ecuador establece que se
garantiza el derecho de las personas y las colectividades al tiempo libre, la ampliación de
las condiciones físicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la promoción de
actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad; y,
Que la Asamblea Nacional, de acuerdo con el articulo 84 de la Constitución, tiene la
obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los
derechos previstos en la Constitución y tratados internacionales.
En ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 120 numeral sexto de la
Constitución de la República expide la siguiente:
LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO
Art. 1- Sustitúyese el articulo 3 por el siguiente texto.
Son principios de la actividad turística los siguientes:
Desarrollo sostenible: El turismo debe procurar la recuperación, conservación e
integración del patrimonio cultural, natural, social y paisajístico y el uso responsable de
los recursos turísticos, fortaleciendo su desarrollo social, cultural, ambiental y
económico.
Fomento de la inversión privada: El Estado fomentara y promoverá la inversión privada
en turismo, que contribuya a la generación de empleo, mejora de la calidad de vida de la
población anfitriona y transformación de recursos turísticos en productos turísticos
sostenibles.
Descentralización: El desarrollo del turismo es responsabilidad e involucra la
participación e integración de los gobiernos provinciales, parroquiales, municipales y
poblaciones locales para el beneficio directo de la población.
Calidad: El Estado, en coordinación con los distintos actores de la actividad turística,
debe promover e incentivar la calidad de los destinos turísticos, el reconocimiento y
desarrollo de geo-parques mundiales del Ecuador para la satisfacción de los turistas, así
como acciones y mecanismos que permitan la protección de sus derechos.
Competitividad: El desarrollo del turismo debe realizarse promoviendo condiciones
favorables para la iniciativa privada, incluyendo la inversión nacional y extranjera de
manera que posibilite la existencia de una oferta turística competitiva.
Cultura turística: El Estado promoverá la participación y compromiso de la población en
general y de los actores involucrados en la actividad turística en la generación de
condiciones que permitan el desarrollo turístico, fomentando su conocimiento,
fortalecimiento y desarrollo sostenible.
Identidad: El desarrollo del turismo contribuye a fortalecer la interculturalidad nacional,
promoviendo la identificación, rescate y promoción del patrimonio inmaterial con
participación y beneficio de las poblaciones locales.
Conservación: El desarrollo de la actividad turística no debe afectar ni destruir las
culturas vivas ni los recursos naturales. La actividad turística está sustentada en el rescate
y revaloración de las culturas ancestrales.
Participación: El Estado, debe coordinar y promover la iniciativa y participación de las
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, campesinas, montubias o
afroecuatorianas en el desarrollo de la actividad turística, con su cultura, saberes y
tradiciones preservando su identidad, protegiendo su ecosistema y participando en la
prestación de servicios turísticos
Inclusión: La política turística promueve la participación diversa de emprendimientos de
las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y
montubias a través de emprendimientos comunitarios.
Art. 2.- A continuación de la frase “actividad turística” del literal e) del artículo 4,
agregar el siguiente texto:
“así como de los miembros de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades
indígenas, afroecuatorianas y montubios que desarrollan la actividad de turismo”
Art. 3.- Al final del literal g) del artículo 4 sustitúyese “.” por “;” y agrégase las
siguientes letras.
h) Promover, desarrollar y fortalecer los emprendimientos turísticos de las comunas,
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias.
i) Promover y fomentar el desarrollo de los centros de turismo comunitario para el
mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores;
j) Promover el acercamiento de las operadoras turísticas para que conozcan las ofertas del
turismo comunitario y sus características, a fin de incrementar el número de operadores
privados y públicos enlazados con las iniciativas de turismo comunitario en el territorio;
k) Coordinar, orientar y asesorar a los gobiernos provinciales, parroquiales y municipales
en el desarrollo de las funciones asignadas en materia de turismo.
l) Diseñar y ejecutar planes, proyectos y programas destinados a fomentar el turismo
social y comunitario;
m) Coordinar con las autoridades competentes el desarrollo de mecanismos y la
aprobación de procedimientos de facilitación turística;
Art. 4.- Modificase el texto de los numeros 4 y 7 del artículo 15 por el siguiente texto.
4. Elaborar el inventario de áreas o sitios de interés turístico, reservas y parques
nacionales protegidos y mantener actualizada la información;
7. Promover y fomentar todo tipo de turismo, especialmente receptivo, social y
comunitario y la ejecución de proyectos, programas y prestación de servicios
complementarios con organizaciones, entidades e instituciones públicas y privadas
incluyendo comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y
montubias.
Art. 5.- Modifícase el texto del articulo 33 por el siguiente contenido:
Gobiernos autónomos descentralizados cantonales y provinciales podrán establecer
incentivos especiales para inversiones en servicios de turismo receptivo, interno y
comunitario que rescate bienes históricos, culturales y naturales en sus respectivas
circunscripciones.
Art. 6.- Agrégase un artículo a continuación del artículo 34.
Art. 34.1.- Los miembros de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas,
afroecuatorianas y montubios que presenten proyectos turísticos comunitarios y que sean
aprobados por el Ministerio de Turismo, gozarán de los siguientes incentivos:
1. Presencia prioritaria en campañas de publicidad y mercadeo a fin de lograr resultados
positivos, en términos de ampliación los flujos turísticos y un impacto sostenible en la
mejora de los ingresos derivados de la actividad turística comunitaria.
2. Prioridad en los espacios públicos de decisión sobre presupuestos y decisiones que
afectan al turismo comunitario, a fin de aprovechar las oportunidades existentes, a nivel
de recursos.
Art.7.- Modifícase el texto del artículo 49 por lo siguiente.
Si la parte responsable de la violación es el operador de un área Turística Protegida, un
centro turístico comunitario o de un contrato o concesión turística; la sanción podría
implicar hasta la terminación del contrato o suspensión de la prestacion de servicios de
turismo comunitario.
Disposición Final.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro
Oficial.
.
Quito, D.M., 20 de noviembre de 2020
Oficio Nro. AZCH-AN-2020-107
Ingeniero
César Litardo García
Presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador
En su despacho.
Señor Presidente:
De conformidad al numeral 1 del Art. 54 de la ley Orgánica de la
Función Legislativa, al Reglamento para la Implementación de las
Sesiones Virtuales y el Teletrabajo Emergente en la Asamblea Nacional;
y, a la Guía para Procesos Legislativos durante la Emergencia Sanitaria,
suscribo y apoyo, por este medio electrónico, el “PROYECTO DE LEY
REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, iniciativa legislativa propuesta y
presentada por el Asambleísta Carlos Alberto Cambala Montece.
Me suscribo de usted, señor presidente, agradeciéndole por la
atención.
Atentamente,
Lic. Alberto Zambrano Chacha
ASAMBLEISTA POR LA PROVINCIA DE ORELLAMA
Copia: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque
Prosecretario General Temporal
Firmado electrónicamente por:
ALBERTO ALEXANDERZAMBRANO CHACHA
Memorando Nro. AN-YEAA-2020-0044-M
Quito, D.M., 18 de noviembre de 2020
PARA: Sr. Abg. Carlos Alberto Cambala Montece
Asambleísta
ASUNTO: Apoyo a Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Turismo
De mi consideración:
En mi calidad de Asambleísta por la provincia de El Oro, y en ejercicio de mis atribuciones previstas en
la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presento mi respaldo formal
al "Apoyo a Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Turismo", propuesto por usted; declarando
adicionalmente que el presente documento cuenta con mi firma de respaldo la misma que es auténtica,
legítima y me pertenece.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Econ. Andrea Alexandra Yaguana Echeverría
ASAMBLEÍSTA
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
ANDREA ALEXANDRAYAGUANA ECHEVERRIA
18/11/2020 Zimbra:
https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:-20406&tz=America/Bogota&xim=1 1/1
De : César Fausto Solórzano Sarria<[email protected]>
Asunto : RESPALDO PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LALEY DE TURISMO
Para : Carlos Alberto Cambala Montece<[email protected]>
Zimbra: [email protected]
RESPALDO PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO
mié, 18 de nov de 2020 14:031 ficheros adjuntos
Estimado Asambleísta Carlos Cambala Por medio de la presente, me permito indicar mi apoyo al “PROYECTO DE LEYREFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, de conformidad a lo determinado en elnumeral 1 del artículo 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Saludos Cordiales
-- Ing. César Solórzano SarriaPRIMER VICEPRESIDENTE
LOGO iNG.jpeg106 KB
23/11/2020 Zimbra:
https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:20593&tz=America/Bogota&xim=1 1/2
De : Elio German Peña Ontaneda<[email protected]>
Asunto : Re: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : Carlos Alberto Cambala Montece
Zimbra: [email protected]
Re: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY
lun, 23 de nov de 2020 12:00
Quito DM, 23 de noviembre 2020
Abogado Carlos CambalaAsambleísta por la provincia de ImbaburaPresente.-
De mi consideración:
En ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, Yo ElioGeman Peña Ontaneda como Asambleísta de la Provincia de Zamora Chinchipe, por medio del presente manifiesto mivoluntad de apoyar el Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley del Turismo, de su iniciativa.
Con sentimientos de distinguida consideración
Atentamente:
Abg Elio German Peña OnatanedaASAMBLEÌSTA POR LA PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE
De: "Carlos Alberto Cambala Montece" <[email protected]>Para: "Elio German Peña Ontaneda" <[email protected]>Enviados: Miércoles, 18 de Noviembre 2020 12:39:28Asunto: SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEY
Estimado Asambleísta Por medio de la presente, me permito poner en su conocimiento mi propuesta de “PROYECTO DE LEYREFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 delartículo 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo a fin decontar con los respaldos requeridos para realizar posteriormente su ingreso oficial a la Asamblea Nacional. Conforme a las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, se deberá responder aeste correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar la presente iniciativa. Saludos Cordiales--
23/11/2020 Zimbra:
https://correo.asambleanacional.gob.ec/h/printmessage?id=C:20593&tz=America/Bogota&xim=1 2/2
De : Carlos Alberto Cambala Montece<[email protected]>
Asunto : SOLICITUD DE APOYO A PROYECTO DE LEYPara : Elio German Peña Ontaneda
Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.
Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.
Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173
Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador
mié, 18 de nov de 2020 12:391 ficheros adjuntos
Estimado Asambleísta Por medio de la presente, me permito poner en su conocimiento mi propuesta de “PROYECTO DE LEYREFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, de acuerdo a lo determinado en el numeral 1 delartículo 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, solicito a usted muy comedidamente su apoyo a fin decontar con los respaldos requeridos para realizar posteriormente su ingreso oficial a la Asamblea Nacional. Conforme a las directrices emitidas sobre los procesos legislativos durante la emergencia, se deberá responder aeste correo electrónico indicando sus nombres completos y su voluntad de apoyar la presente iniciativa. Saludos Cordiales--
Abg. Carlos Alberto Cambala MonteceASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA / SEGUNDO VOCAL DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓNLEGISLATIVA CAL.
Piedrahita Nro. 212 y Av. 6 de Diciembre.
Teléfono: (02) 399 1000 ext. 1339 / ext 3173
Celular: (+593) 0995503073 Quito - Ecuador
PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO.pdf411 KB
Oficio Nro. AN-AMKC-2020-0020-O
Quito, D.M., 18 de noviembre de 2020
Asunto: Apoyo Proyecto de Ley
Sr. Abogado
Carlos Alberto Cambala Montece
Asambleísta
En su Despacho
De mi consideración:
En ejercicio de mis atribuciones previstas en la Constitución y en la Ley Orgánica de la Función
Legislativa, como Asambleísta por medio de la presente manifiesto mi voluntad de apoyar
al “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO” de su iniciativa.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Master. Karina Cecilia Arteaga Muñoz
ASAMBLEÍSTA
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
KARINA CECILIAARTEAGA MUNOZ
Memorando Nro. AN-PCL-2020-0021-M
Quito, D.M., 20 de noviembre de 2020
PARA: Sr. Abg. Carlos Alberto Cambala Montece
Asambleísta
ASUNTO: APOYO AL PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO
De mi consideración:
Con un cordial saludo, en mi calidad de asambleísta por la provincia de esmeraldas, me permito
manifestar a su autoridad que cuenta con mi apoyo a la excelente iniciativa del “PROYECTO DE LEY
REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO” para fines pertinentes.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Lic. Lenin Plaza Castillo
ASAMBLEÍSTA
Anexos:
- proyecto_de_ley_reformatoria_a_la_ley_de_turismo.pdf
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
LENINPLAZA
!
Quito, D.M Oficio N. AS-ORO-2020-96
Asambleista Ingeniero César Litardo García Presidente de la Asamblea Nacional del Ecuador En su despacho.
Señor Presidente:
De conformidad al numeral 1 del Art. 54 de la ley Orgánica de la Función Legislativa, al Reglamento para la Implementación de las Sesiones Virtuales y el Teletrabajo Emergente en la Asamblea Nacional; y, a la Guía para Procesos Legislativos durante la Emergencia Sanitaria, suscribo y apoyo, por este medio electrónico, el “Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Turismo”, iniciativa legislativa propuesta y presentada por el Asambleísta Carlos Cambala.
Me suscribo de usted, señor Presidente, agradeciéndole por la atención.
Atentamente,
Ab. Rosa Orellana Román
ASAMBLEISTA POR LA PROVINCIA DE EL ORO
Copia: Sr. Dr. Javier Aníbal Rubio Duque Prosecretario General Temporal
Firmado electrónicamente por:
ROSA GINAORELLANA
Edificio DINADEP: San Gregorio OE3-86, Quito 170129 – Oficina 501
Teléfono 3991000 ext: 1696 Correo electrónico: [email protected]
Horario: 8:00 a 17:00
Oficio No.2020-DRBM –0151
Quito, 19 de noviembre de 2020
Señor
Carlos Cambala
ASAMBLEÍSTA
En su despacho
De mi consideración:
Por medio del presente y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo
54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, yo, Rubén Alejandro Bustamante
Monteros, portador de la cédula de ciudadanía 1102071816 , Asambleísta por la
Provincia de Loja, me permito manifestar mi apoyo a la propuesta de la solicitud de
"PROYECTO DE LEY REFORMATORIO A LA LEY DE TURISMO.",
iniciativa del Asambleísta Carlos Cambala.
Particular que comunico para los fines pertinentes
Atentamente,
Ing. Rubén Bustamante Monteros
ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE LOJA
Firmado electrónicamente por:
RUBEN ALEJANDROBUSTAMANTEMONTEROS
Memorando Nro. AN-GRWA-2020-0030-M
Quito, D.M., 18 de noviembre de 2020
PARA: Sr. Abg. Carlos Alberto Cambala Montece
Asambleísta
ASUNTO: FIrma de Apoyo
De mi consideración:
En mi calidad de Asambleísta por la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas, y en ejercicio de mis
atribuciones previstas en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Función Legislativa,
presento mi respaldo formal al “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LA LEY DE TURISMO”, propuesto por Usted; declarando adicionalmente que el presente documento cuenta con mi
firma de respaldo la misma que es auténtica, legítima y me pertenece.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Dr. William Antonio Garzón Ricaurte
ASAMBLEÍSTA
1/1* Documento firmado electrónicamente por DTS 2.0 Producción
Firmado electrónicamente por:
WILLIAM ANTONIOGARZON RICAURTE