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Mesa. Resguardos y normativas de la ley Participantes Ana María Caviedes La Pintana Victoria Viera Florencia Trujillo Melipilla Sergio Espinoza Mauricio González Michel Prat San Ramón Patricia Cocas Pro Animal Chile Patricia Quillota Discusión Tomar resguardo sobre el cambio que endosa a los municipios las responsabilidades casi totales de la TRM. Se desconoce lo normado. Se traspasaría las responsabilidades los problemas generados por terceros al municipio. Las políticas de salud y educación son menos exitosas en los municipios. Ejemplo de ello los consultorios (atención primaria) y colegios municipales. La TRM, va más allá del municipio sino que se debe poner el acento en los propietarios de los animales y no hacer como propietarios de todos los perros al municipio. Resguardo presupuestario. Asegurar el presupuesto e indexar por tipo de comunas, utilizando factores como ruralidad, tamaño de la población canina, entre otros. Abordar la temática a mediano y largo plazo. Requiere un diseño de una política pública nacional a través de una planificación estratégica. Esta situación se ve afectada en el nivel local por la duración del los gobiernos locales. Los 3 objetivos del proyecto de ley ya están cubiertos por otros marcos normativos (ley de protección animal, código sanitario). La ley no define los roles, genera conflictos de competencia JPL, Municip y AS

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Mesa. Resguardos y normativas de la ley. Participantes. Ana María Caviedes La Pintana. Victoria Viera. Florencia Trujillo Melipilla. Sergio Espinoza. Mauricio González. Michel Prat San Ramón. Patricia Cocas Pro Animal Chile. Patricia Quillota. Discusión. - PowerPoint PPT Presentation

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Mesa.Resguardos y normativas de la ley

ParticipantesAna María Caviedes La PintanaVictoria Viera Florencia Trujillo MelipillaSergio EspinozaMauricio González Michel Prat San RamónPatricia Cocas Pro Animal ChilePatricia Quillota

Discusión

Tomar resguardo sobre el cambio que endosa a los municipios las responsabilidades casi totales de la TRM. Se desconoce lo normado. Se traspasaría las responsabilidades los problemas generados por terceros al municipio. Las políticas de salud y educación son menos exitosas en los municipios. Ejemplo de ello los consultorios (atención primaria) y colegios municipales.

La TRM, va más allá del municipio sino que se debe poner el acento en los propietarios de los animales y no hacer como propietarios de todos los perros al municipio.

Resguardo presupuestario. Asegurar el presupuesto e indexar por tipo de comunas, utilizando factores como ruralidad, tamaño de la población canina, entre otros.

Abordar la temática a mediano y largo plazo. Requiere un diseño de una política pública nacional a través de una planificación estratégica. Esta situación se ve afectada en el nivel local por la duración del los gobiernos locales.

Los 3 objetivos del proyecto de ley ya están cubiertos por otros marcos normativos (ley de protección animal, código sanitario).

La ley no define los roles, genera conflictos de competencia JPL, Municip y AS

Se necesita tiempo para revisar experiencias exitosas en otros países y comunas que han logrado o han diseñado políticas publicas sobre la TRM

La norma ocupa la acción (canil, eutanasia, etc.) y no hacia la causa como penas para los propietarios.

No hay colaboración, sólo delegación de las responsabilidades. El reglamento o la PP debe necesariamente establecer nexos (económico, de responsabilidades) con la AS, asi como sucede con la atención primaria.

Modelo 1: retiro acopio, eliminación. Dinero para retiro, mantención en caniles y eutanasia (insumos cuantiosos y personal calificado); Disposición final como residuos biológicos

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Modelo 2: esterilización-educación. Más económico y efectivo si se asocia con otras medidas.

Con la normativa existente hay iniciativas en la TRM, no es necesario el traspaso total de las responsabilidades

Resguardo: la ley traspasa equivocadamente la responsabilidad de los propietarios de las mascotas y el gobierno central debe implementar los programas en coordinación y colaboración con los municipios que ya lo abordan los convenios. Que se aborde como programas para la superación de la pobreza, vivienda, salud, etc.

Existen responsabilidades civiles en caso de que el control de la población no sea efectivo.

Exigir el reglamento de protección animal y código sanitario. Difusión de los alcances de las responsabilidades de modo que la comunidad perciba el trabajo en la problemática

Contingencia de la problemática hacia los municipios, la ley lo subsana pero no es una política de largo plazo. No se aborda a través de una política pública de largo plazo

La eutanasia valida la conducta de la población sin educción sobre la TRM

Implementar el manejo animal (vs. retiro masivo e indiscriminado de animales) como solución a largo plazo, ya que los perros (y las estadísticas lo avalan) mordedores

Analizar experiencias exitosas para estudiar la mejor solución (para Chile) para abordar la TRM y no el control de la población canina

La ACHM transmita a la autoridad e implemente las medidas a través de mesas técnicas para la elaboración de los reglamentos

Los municipios pequeños se les atribuirán competencias sin el resguardo para implementar departamentos o unidades de control o contratación de profesional a cargo de los programas

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PROPUESTA MESA SOBRE RESGUARDOS PROYECTO DE LEY DE TENENCIA RESPONSABLE

LA CONCLUSIÓN DE ESTA MESA RESPECTO A LA TRAMITACIÓN DE LA LEY DE TENENCIA RESPONSABLE ES

1.- QUE NO SE DEBE LEGISLAR, POR CUANTO YA EXISTE LA NORMATIVA QUE NO SOLO FACULTA, SINO QUE OBLIGA A LA AUTORIDAD SANITARIA A ENCARGARSE DEL CONTROL DE POBLACIÓN CANINA Y TENENCIA RESPONSABLE. DENTRO DE ESTA NORMATIVA LOS MUNICIPIOS PUEDEN ELABORAR ORDENANZAS QUE SE ENFOQUEN DE MANERA EFECTIVA EN EL CONTROL DE POBLACIÓN CANINA.

CONTINUAR CON LA TRAMITACIÓN DE ESTE PROYECTO DE LEY TRASPASARÍA A LOS MUNICIPIOS LA RESPONSABILIDAD DEL CONTROL DE LA POBLACIÓN CANINA, DESVINCULANDO LA ACTUAL RESPONSABILIDAD AL MINSAL.

2.-- LO QUE HOY REQUIEREN CON CELERIDAD LOS MUNICIPIOS ES QUE SE IMPLEMENTEN LAS NORMAS VIGENTES EN UNA POLÍTICA PÚBLICA INTEGRAL Y COHERENTE, A TRAVÉS, DE LOS REGLAMENTOS RESPECTIVOS, CUYA DICTACIÓN SE ENCUENTRA PENDIENTE. ( Reglamento Código Sanitario, Reglamento Ley de Protección Animal)

3.- ADEMÁS DE ELLO, LOS MUNICIPIOS REQUIEREN LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS PERMANENTES DE CONTROL DE POBLACIÓN CANINO Y TENENCIA RESPONSABLE, A LARGO PLAZO.

4.- LA CELERIDAD DE LA TRAMITACIÓN DE UN PROYECTO DE LEY EN LAS CONDICIONES ACTUALES, CONLLEVA ADEMÁS UN RIESGO DE UNA LEY DESFAVORABLE, EN TERMINOS ECONÓMICOS, TÉCNICOS, Y DE EFECTIVIDAD.

5.- ES CONVENIENTE QUE LA ASOCIACIÓN CHILENA DE MUNICIPIOS, ACOJA ESTOS PLANTEAMIENTOS Y LOS EXPONGA A LA AUTORIDAD GUBERNAMENTAL, A MODO QUE SE ELABORE LA POLÍTICA PÚBLICA Y LOS REGLAMENTOS RESPECTIVOS, MEDIANTE UNA MESA DE TRABAJO TÉCNICA DE LA QUE PARTICIPEN LOS MUNICIPIOS.

Normativa vigenteCódigo Penal, artíc 494; Sanciones penales explícitas a dueños de animales que ataquenCódigo Civil; Explícitamente establece indemnización por daños.Código Sanitario, artic 3º, artic 77, otros, que establecen la responsabilidad del Ministerio de Salud en la materia, control de zoonosis, salud pública

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Reglamento de la Rabia, entre otras obligación de los dueños de sacar a sus animales con sujeción, posibilidad de multas de hasta 1000 utm vía Cód Sanitario.Ley Orgánica de Municipalidades, permite aplicación de ordenanzas de tenencia responsable y control de población canina.