mi tesina para mi titulo

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DEDICATORIA: A Dios por estar siempre a mi lado: en los momentos más difíciles de mi vida y también en los más bellos. Para los seres especiales que siempre están a mi lado, mis PADRES, HERMANOS mi ESPOSO MIGUEL y mis dos QUERIDOS HIJOS: MIGUEL ANGEL y VALERIA ALEXANDRA Quienes son la razón de mi superación y han sido mi esfuerzo y aliento en los momentos más difíciles. A Dios que me ha dado la vida y la Fortaleza para terminar este proyecto. A mi MADRE GRACIELA por su esfuerzo e insistencia. A mi ESPOSO e HIJA: JOSE Y VALENTINA 1

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Page 1: Mi Tesina Para Mi Titulo

DEDICATORIA:

A Dios por estar siempre a mi lado: en los momentos más difíciles de mi vida y también en los más bellos.

Para los seres especiales que siempre están a mi lado, mis PADRES, HERMANOS mi ESPOSO MIGUEL y mis dos QUERIDOS HIJOS:

MIGUEL ANGEL y VALERIA ALEXANDRA

Quienes son la razón de mi superación y han sido mi esfuerzo y aliento en los momentos más difíciles.

A Dios que me ha dado la vida y la Fortaleza para terminar este proyecto.

A mi MADRE GRACIELA por su esfuerzo e insistencia.A mi ESPOSO e HIJA:

JOSE Y VALENTINA

Por ser fuente de mi Inspiración y motivación para superarme y así poder luchar para que la vida nos depare un futuro mejor.

1

Page 2: Mi Tesina Para Mi Titulo

AGRADECIMIENTO

A Dios, por ser la luz que guía nuestros caminos, por ser fuente de esperanza en nuestras vidas, por darnos paciencia y perseverancia en todo momento, sobre todo por la sabiduría y enseñarnos que la vida tiene sentido cuando hay una meta y se lucha por alcanzarla a pesar de los obstáculos que se presentan día a día…

A los profesores de la Escuela de Derecho de la Universidad Cesar Vallejo por su amabilidad, paciencia y disposición para la investigación.

De una manera muy especial al Dr. Rafael Aldave Herrera por su apoyo incondicional, lo cual ha permitido cristalizar la presente investigación.

2

Page 3: Mi Tesina Para Mi Titulo

PRESENTACION

Señores miembros del Jurado:

En cumplimiento de las disposiciones establecidas en el

Reglamento General de Grados y Títulos de la Facultad de

Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Privada

César Vallejo y con el fin de obtener el Título de Abogado.

Tenemos el honor de dirigirnos a Ustedes para someter a

vuestra consideración el presente trabajo de investigación

Titulado: “El criterio de idoneidad y su aplicación en los

procesos judiciales de adopción, en la Corte Superior de

Justicia de La Libertad, durante el año 2009”, el cual se

ha realizado con gran dedicación, para que mediante su

experiencia rindan el respectivo veredicto, esperando

cumplir con las expectativas correspondientes.

Hoy en día adoptar un niño no es una decisión que deba

tomarse a la ligera. Los padres que solicitan la adopción

deben haber reflexionado conociendo los pros y los contras

de este proceso, tienen que comprometerse para toda la

vida. Por esta razón no debe tratarse de un acto impulsivo

que los padres decidan adoptar un niño con la sola idea de

incrementar la familia. Si la decisión se toma de esta

forma, podría traer consigo consecuencias negativas y

tristes como devolver al niño a un centro de menores porque

no quiere estar con esa familia.

Para evitar estas situaciones, es necesario que los padres

pasen un informe de idoneidad. Mediante éste se establece

si los futuros adoptantes están capacitados para desempeñar

el rol de padres sujetos al amor, dedicación y esfuerzo.

Sin olvidar que los que determinan el fallo final a favor o

en contra de la adopción son los jueces, personas con

calificación idónea encargadas de interpretar los cambios

3

Page 4: Mi Tesina Para Mi Titulo

frente a los cuales no pueden permanecer extraños a la

realidad existente, pues los casos judiciales son un

resultado de los operadores jurídicos; por lo tanto los

jueces deben ser personas idóneos con valores y principios

sujetos a las buenas costumbres.

La presente tesina distribuida en 04 capítulos, desarrolla

en su primera parte fundamentos del trabajo de

investigación, la realidad problemática, la formulación del

problema, la hipótesis y objetivos a desarrollarse y todo

referente al marco metodológico.

En el capítulo II, se analiza el enfoque conceptual y

doctrinal, relacionado con la adopción y el criterio de

idoneidad, se hace un análisis del marco legal, se toma en

cuenta las Declaraciones Internacionales.

En el capítulo III y IV, se encuentran las conclusiones y

recomendaciones, referencias bibliográficas y anexos de la

presente investigación.

Agradeciendo de Antemano la atención que se brinda al

presente trabajo de investigación, así mismo aprovechamos

la oportunidad para testimoniar los sentimientos de nuestra

consideración y recurrimos a vuestra generosidad y

comprensión ante los errores y carencias que pudiera

presentar y las limitaciones que afectaron su desarrollo

esperando recibir los aportes que tengan que efectuar.

Atentamente,

……………………………… ………………………………..……Lenny Angélica Aguilar Urbina Natalia

Margarita Rodríguez Fernández

4

Page 5: Mi Tesina Para Mi Titulo

RESUMEN

En el Código de los Niños y Adolescentes, en su artículo

115 se define a la Adopción como; "Una medida de protección

al niño y al adolescente por la cual, bajo la vigilancia

del Estado se establece de manera irrevocable la relación

paterno – filial entre personas que no la tiene por

naturaleza.

En consecuencia el adoptado adquiere la calidad de hijo del

adoptante y deja de pertenecer a su familia consanguínea.

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de

oportunidades y servicios dispensando todo ello por la Ley

y otros medios, para que pueda desarrollarse física,

mental, moral, espiritual, socialmente en forma saludable y

normal en condiciones de libertad y dignidad.

Es un acto singular y único ya que nadie puede tener, sino

un padre y una sola madre conforme lo establece la

legislación, los Estados se encuentran preocupados por la

protección integral del niño, no olvidemos que a pesar de

los adelantos científicos que realiza el hombre, en muchos

países del mundo muere cada hora de cada día muchos niños

por falta de alimento, de abrigo, de cuidado o son

marginados, olvidados ante la necesidad de establecer unos

criterios de valoración de idoneidad para la adopción, Las

trabas burocráticas alargan la espera y desaniman a las

parejas. Los extranjeros son quienes más acogen a niños en

abandono. recordarse que EL Juez es quien «… al dictar

sentencia, no hace ninguna distinción de personas; atiende

tanto a los humildes como a los poderosos, sin tenerle

miedo a nadie, …»  .La circunstancia de que el Juez tenga

en sus manos la suerte de una familia, el porvenir

económico de un hogar, la vida, la libertad y dignidad de

la persona humana, la estabilidad de un matrimonio, hace

que reúna en sus manos tal suma de atribuciones que ningún

5

Page 6: Mi Tesina Para Mi Titulo

otro funcionario lo iguala, por ello tremenda es su

responsabilidad ante Dios y la sociedad.

ASTRACT

In the Code of the Children and Adolescents, in their

article 115 are defined to the Adoption like; "A protection

measure to the boy and the adolescent for the one which,

under the surveillance of the State the paternal

relationship settles down in an irrevocable way - branch

among people that he/she doesn't have it by nature.

In consequence the one adopted acquires the quality of son

of the adoptante and he/she stops to belong to their

consanguineous family.

The boy will enjoy a special protection and it will have

opportunities and services excusing everything it for the

Law and other means, so that physics, mental, moral,

spiritual, can be developed socially in healthy and normal

form in conditions of freedom and dignity.

It is a singular and only act since nobody he/she can have,

but a father and a single according mother establishes it

the legislation, the States is worried by the boy's

integral protection, let us don't forget that in spite of

the scientific advances that the man carries out, in many

countries of the world he dies every hour of every day many

children for food lack, of coat, of care or they are

excluded, forgotten in the face of the necessity to

establish some approaches of suitability valuation for the

adoption, The bureaucratic obstacles lengthen the wait and

they discourage the couples. The foreigners are who more

they welcome children in abandonment. to remember that THE

Judge is who "… when dictating sentence, he doesn't make

any distinction of people; he/she assists as much to the

humble ones as to the powerful ones, without having him

fear to anybody,… ". The circumstance that the Judge has in

his hands the luck of a family, the economic future of a

home, the life, the freedom and the human person's dignity,

the stability of a marriage, makes that it gathers in its

hands such a sum of attributions that no other official

6

Page 7: Mi Tesina Para Mi Titulo

equals it, for it tremendous it is his responsibility

before God and the society.

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo concerniente a la Legislación sobre el

instituto jurídico de la adopción, es una institución

propia del derecho de menores y derecho de la familia que

busca solucionar el problema de los niños abandonados que

surge desde tiempos antiguos antes de Cristo.

Los gobiernos se han preocupado desde tiempos antiguos por

los derechos de los niños ya que ellos son el presente y el

futuro de los Estados, todos los peruanos deseamos el

bienestar y una patria donde no existan niños abandonados,

niños en las calles, niños explotados etc.

Que es un deber del Estado, la familia como ente principal

de la sociedad, las instituciones públicas y privadas, que

promueven la correcta aplicación de los principios,

derechos y normas establecidos en el Código del Niño y el

Adolescente y en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Todas las medida referente al niño y al adolescente que

adopte el Estado a través de los Poderes, del Ministerio

Público, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así

como la sociedad, depositan la confianza en los operadores

jurídicos quienes deberán hacer uso de una buena aplicación

del criterio de idoneidad en los procesos judiciales de

adopción para el bienestar del niño y por ende de la

sociedad.

Finalmente invocamos al cumplimiento de las disposiciones

legales que previenen el bienestar familiar respecto al

abandono de niños y a las adopciones; Por lo tanto los

operadores jurídicos considerando su alto nivel de

idoneidad deberán elegir aquella interpretación que sea más

favorable para la institución de la adopción del niño y el

adolescente en base a la constitución , según el cual los

operadores jurídicos deben escoger siempre aquella

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Page 8: Mi Tesina Para Mi Titulo

interpretación que más se arregle al principio de la

eficacia de los derechos fundamentales.

ÍNDICE

DEDICATORIA.......................................i

AGRADECIMIENTOS .......................................ii

PRESENTACIÓN ...................................iii

RESUMEN ....................................iv

ABSTRACT ................................... vi

INTRODUCCIÓN ...................................vii

CAPITULO I

MARCO METODOLÓGICO

1.- REALIDAD PROBLEMÁTICA ...............................1

1.1.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.......................2

1.2.- JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN..............3

1.3.-LIMITACIONES ...................................5

2.- OBJETIVOS............................................6

2.1.- OBJETIVOS GENERALES............................6

2.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS..........................6

3.- HIPÓTESIS .........................................6

4.- VARIABLES .........................................6

5.- DISEÑO DEINVESTIGACIÓN...............................6

6.- TÉCNICA E INSTRUMENTOS...............................7

7.- PROCEDIMIENTO........................................8

8.- MATERIAL DE ESTUDIO..................................9

CAPITULO IIMARCO TEORICOLA ADOPCION

2.1.- ETIMOLOGÍA.........................................14

2.2.- DEFINICIÓN........................................ 14

8

Page 9: Mi Tesina Para Mi Titulo

2.3.- CARACTERÍSTICAS.........................................................15

2.4.- SUJETOS .......................................... 16

2.4.1.- ADOPTANTE.................................. 16

2.4.2.- ADOPTIVO................................... 17

2.4.3.-CLASES......................................18

2.5.-EFECTOS............................................19

2.6.-DECLARACIONES INTERNACIONALES SOBRE LOS DERECHOS

DEL NIÑO.........................................20

2.6.1.-DECLARACIÓN DE GINEBRA......................20

2.6.2.-DECLARACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS.......21

2.6.3.-DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO........21

2.6.4.-LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO...24

2.6.5.-LA CONVENCIÓN DE LA HAYA RELATIVA A

LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y LA COOPERACION

EN MATERIA INTERNACIONAL ...................25

2.7.-TEORÍA SOBRE LA ADOPCIÓN...........................26

2.8.-CAUSAS DEL ABANDONO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE.........27

2.9.-NATURALEZA JURÍDICA................................29

2.10.-ADOPCIÓN EN LA LEGISLACIÓN PERUANA................30

2.10.1.- CODIGO CIVIL.............................30

2.10.2.- TEXTO UNICO ORDENADO DEL CODIGO DEL NIÑO

Y DEL ADOLESCENTE........................32

2.10.3.- DECRETO SUPREMO Nº 001-99-PROMUDEH

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO

ADMINISTRATIVO DE ADOPCION DE MENORES DE

EDAD DECLARADOS JUDICIALMENTE EN ABANDONO…39

LA ADOPCION REFERENTE AL CRITERIO DE IDONEIDAD

1.- LA IDONEIDAD........................................42

9

Page 10: Mi Tesina Para Mi Titulo

2.- CRITERIO DE IDONEIDAD...............................44

3.- ADOPTAR EN EL PERÚ SIGUE SIENDO UN DRAMA............44

4.- CRITERIOS DE IDONEIDAD DE LOS SOLICITANTES..........46

5.- EL CRITERIO DE IDONEIDAD DE LOS OPERADORES

JURIDICOS........................................48

6.- MAYORMENTE LOS JUECES PARA DAR UN FALLO A FAVOR O

EN CONTRA DE LOS ADOPTANTES SE BASAN EN LEGISLACIÓN

NACIONAL...........................................50

7.-LA IDONEIDAD EN LA LEGISLACIÓN PERUANA...............53

CAPITULO III

CONCLUSIONES...........................................55

RECOMENDACIONES........................................57

CAPITULO IV

REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍCAS.............................59

ANEXOS.................................................61

10

Page 11: Mi Tesina Para Mi Titulo

11

Page 12: Mi Tesina Para Mi Titulo

CAPITULO I

EL PROBLEMA

12

Page 13: Mi Tesina Para Mi Titulo

1. REALIDAD PROBLEMÁTICA

La institución de la adopción, que tiene por fin dar

progenitores al menor de edad que carece de ellos, o que

teniéndolos no le ofrecen la atención que merece, es muy

diferente a las instituciones del siglo pasado en las

cuales se buscaba por ejemplo prolongar el nombre o la

fortuna familiar.

La historia de la moderna adopción empieza recién con la

Primera Guerra Mundial y la infancia desvalida para la

que se buscó la adopción.

En Roma surge la adopción de caracteres definidos. Los

romanos la sistematizaron y le dieron gran importancia,

considerándose por tanto la adopción como de origen

romano: "La adopción surge de una necesidad religiosa:

Continuar el culto doméstico a los antepasados, el mismo

que debió ser realizado por un varón".

Desde los tiempos muy remotos en este planeta llamado

tierra se han venido haciendo a través de congresos y de

reuniones nacionales. Declaraciones a favor de los

niños.

En el Perú en 1962 se promulgo el Congreso de menores y

adoptó entre otras, la Declaración de Oportunidades del

Niño, del VIII Congreso Panamericano de 1942. Para esta

etapa ya no van a ser actores solamente los

profesionales que hemos mencionado sino que van a

intervenir sociólogos, antropólogos, psicopedagogos,

estadistas, asistencias sociales, etc. van a asistir

expertos en la problemática de menores. Es bueno hacer

notar que en el VIII Congreso Panamericano del Niño se

resuelve reiterar y reafirmar los objetivos de América

para con sus niños y reasegurar que estos objetivos

1

Page 14: Mi Tesina Para Mi Titulo

tengan un lugar principal para la justa y verdadera paz

que anhelan los países de América.

Este trabajo ha permitido hacer un análisis de la

adopción, son muchos más numerosos los niños que han

sido declarados en condición de ser adoptados, esto

sucede porque la investigación tutelar se realiza en el

poder judicial, que tiene una excesiva carga judicial y

no cuenta con un equipo multidisciplinario suficiente

para culminar las investigaciones tutelares que

determinarán si la niña, niño o adolescente puede

reinsertarse en su familia natural o extensa o pueda ser

promovido en adopción

Sin embargo, existen casos en los que los niños, no

pueden volver al seno de su hogar ya sea porque los

padres tienen conductas inadecuadas de consumo de

alcohol o drogas, o conductas inmorales o porque

físicamente los maltrataron o los abandonaron en un

centro hospitalario, o en la vía pública, es que surge

la adopción como una alternativa de protección al niño

desamparado.

Los casos en que parte de los legisladores regulan la

adopción, ya que, así se está cumpliendo la función del

derecho la cual es proteger a los niños desamparados y

poder darles una nueva oportunidad en un seno familiar.

1.1.-FORMULACIÓN DEL PROBLEMA:

De qué manera el criterio de idoneidad ha sido

aplicado por los operadores jurídicos, en los

procesos judiciales de adopción, durante el año

2009?

2

Page 15: Mi Tesina Para Mi Titulo

1.2.- JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

Como alumnos de Derecho de la UCV, optamos por

desarrollar nuestra tesina referente al criterio de

idoneidad y su aplicación en los procesos judiciales

de adopción porque este es un proceso que desde años

atrás tiene ciertos inconvenientes y trabas para los

adoptantes que a pesar de cumplir con la demasía de

los requisitos si al criterio del juez este no es

justo y provechoso para el interés superior del niño

el juez como administrador de justicia podrá aprobar

o denegar la adopción, con el fin de promover,

garantizar la integridad e identidad del niño y del

adolescente, teniendo en consideración que la

constitución política establece que toda persona es

el fin supremo de la sociedad y del estado y que el

código de los niños y adolescentes prescribe que

toda medida que adopte el estado concerniente al

niño se considera el interés superior de este.

Porque observamos una realidad en el Poder Judicial,

que por su excesiva carga procesal los operadores

jurídicos no resuelven con idoneidad las sentencias

de adopción o por algún criterio o falta de

requisitos por parte de los adoptantes no se dan en

adopción a los niños y adolescentes dejando dilatar

el tiempo es ahí donde muchos niños por maltrato,

abandono u otros motivos viven abandonados en las

calles a merced de un futuro incierto.

Para solucionar el problema de los niños

abandonados, huérfanos, explotados, maltratados o

rechazados por sus propios padres biológicos, surge

la adopción de los menores desde tiempos antiguos

antes de Cristo.

Este trabajo versa sobre la primera de las

cuestiones, la responsabilidad que tienen los

3

Page 16: Mi Tesina Para Mi Titulo

operadores jurídicos para tomar decisiones idóneas

para la elección y selección de los futuros padres

adoptivos.

El juez para tomar una decisión a favor de los

adoptantes o en contra de estos se han basado en las

normas, leyes y sobre todo en la protección del niño

y del adolescente pues es el estado el encargado de

protegerlo.

La adopción es un mecanismo de protección social

cuya finalidad es proporcionar una familia a

aquellos menores que, por diversas razones, no

pueden convivir con la suya propia, siendo su

objetivo que el menor se integre y participe

plenamente en la vida de la familia de acogida.

El acogimiento familiar ofrece al menor la

posibilidad de convivir durante cierto tiempo en un

ambiente familiar complementario al suyo, en el que

pueda recibir la atención y educación necesarias

para su desarrollo; también puede consistir en el

cuidado de un menor que se encuentra en situación de

desamparo.

El acogimiento puede ser acordado por el organismo

público correspondiente o por la autoridad judicial

y siempre en beneficio del menor.

Teniendo como beneficiarios a los matrimonios

infértiles Para los adoptantes, es la forma de

cumplir una vocación de padres a la que se suelen

sentir llamados, y quizás de evitar frustraciones

que pueden llegar a ser fuertes e incluso enrarecer

la convivencia marital; para el niño huérfano,

supone encontrar lo que más necesita: una familia.

Para la sociedad, es la solución más aceptable al

4

Page 17: Mi Tesina Para Mi Titulo

problema de la crianza de un considerable número de

niños que de otra forma quedarían a cargo de

instituciones públicas o privadas asistenciales,

que, por mucho que se esfuercen, no podrán nunca

suplir plenamente a la familia.

Debemos indicar que ante la problemática que tenemos

en el poder judicial nuestro trabajo de

investigación es VIABLE, considerando que se

contrastará con la realidad problemática, la misma

que se encuentra contenida en los expedientes de la

corte superior de justicia de La libertad, de los

cuales se someterá a un análisis y se desarrollara a

mediano plazo.

1.3.- LIMITACIONES:

Para desarrollar nuestra tesina de criterio de

idoneidad en la adopción, dada la imperiosa

necesidad de constatar los hechos expuestos en la

presente investigación se tuvo las siguientes

limitaciones:

En el proceso de acopio de documental tuvimos una

limitación importante, referente al criterio de

idoneidad en la adopción, no se encuentra

información específica del tema, no hay

investigaciones al respecto, por ser un tema

discutible, por ello consideramos poca bibliografía.

Que en el poder judicial ha sido limitado en el

acceso a la revisión de expedientes judiciales, por

lo que nos pusieron trabas y ellos dispusieron a

que expedientes se debería analizar o estudiar,

confirmando así el difícil estudio de temas tan

importantes para el desarrollo de la sociedad.

5

Page 18: Mi Tesina Para Mi Titulo

2- OBJETIVOS:

2.1 Objetivo General :

Determinar si el criterio de idoneidad ha sido

aplicado de manera adecuada por los operadores

jurídicos, en los procesos judiciales de

adopción en la Corte Superior de Justicia de La

Libertad, durante el año 2009.

2.2 Objetivos Específicos:

Analizar las Sentencias de los expedientes

de la Corte Superior de Justicia de La

Libertad con respecto a los procesos de

adopción durante el año 2009.

Establecer si existe relación lógica entre

el hecho y la aplicación del criterio de

idoneidad en los procesos de adopción.

Determinar si los operadores jurídicos se

fundamentan en los principios y fuentes del

derecho para resolver los procesos

judiciales de adopción.

3- HIPÓTESIS:

En los procesos judiciales de adopción se ha

aplicado el criterio de idoneidad, en la Corte

Superior de Justicia de La Libertad, durante el año

2009.

4.- VARIABLES-INDICADORES

1.- V. INDEPENDIENTE: EL CRITERIO DE IDONIDAD

2.- V. DEPENDIENTE: LA ADOPCIÓN

5. DISEÑO DE EJECUCION

5.1.- Tipo de investigación: Descriptiva

El método en que se apoyado esta

investigación es de tipo descriptiva ya que

6

Page 19: Mi Tesina Para Mi Titulo

uno de los propósitos de este estudio a

consistido en proteger el bienestar e

interés superior del niño en los procesos

judiciales, de adopción tomando en cuenta

el criterio de idoneidad de los operadores

jurídicos

Analizando el contenido de los expedientes,

trabajando sobre la realidad de los hechos,

describiendo lo preciso real y sistemático

tomándose en cuenta la asociación de las

variables tanto independiente como

dependiente.

6.- TECNICAS E INSTRUMENTOS

6.1-TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN:

La entrevista

En este caso se aplicará una entrevista

que se encuentra dirigida o estructurada

hacia los principales jueces

especializados en materia civil de la

Corte Superior de Justicia de La

Libertad, ya que, se encuentra preparada

de antemano una guía de entrevista con

preguntas que se les formularán a estos

jueces.

La encuesta

En la encuesta se hallaran preguntas de

forma escrita u oral que aplicaremos a una

parte de la población que se le denomina

muestra poblacional, con la finalidad de

obtener informaciones referentes a su

objeto de investigación. El instrumento que

utilizare será el cuestionario. Se

7

Page 20: Mi Tesina Para Mi Titulo

elaborará en función a las variables e

indicadores de la investigación.

Análisis de contenido

Se analizarán todas las condiciones y

requisitos expresados por los magistrados

en las sentencias expedidas en materia de

adopción.

6.2. INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN Y RECOLECCION DE

DATOS

Cuestionarios: son conjunto de preguntas que

se han estructurado y enfocadas, que serán

contestadas con lápiz o lapicero y papel.

Fichaje : con el vamos a tomar los datos

referidos a los libros que se emplearán

durante el proceso de investigación; se

transcribirá entre comillas lo que el

investigador considere de vital importancia,

en lo que contenga calidad científica y

acierto; y vamos anotar las dudas,

incertidumbres, comprobaciones, refutaciones,

comentarios, etc. La cuales deben ser anotadas

apenas vengan a la mente.

7. PROCEDIMIENTOS

7.1.-Primero:

Se hará la muestra, analizando el universo

poblacional de expedientes en materia de adopción

en el año 2009

7.2 Segundo:

Se procederá al desarrollo del marco teórico

valiéndose de la técnica del fichaje.

7.3 Tercero:

8

Page 21: Mi Tesina Para Mi Titulo

Construcción de los instrumentos de recolección de

datos, fichas, cuestionarios, entrevistas.

7.4 Cuarto:

Recolección de datos que se hará con la encuesta,

la entrevista, etc.

7.5. Quinto:

Presentación de resultados, con aplicación de los

datos estadísticos.

7.6.-Sexto:

Presentados los resultados analizaremos o

discutiremos los resultados para confirmar la

hipótesis.

7.7.-Séptimo:

Formularemos las conclusiones en relación con la

hipótesis y nuestros resultados.

7.8.-Octavo:

Redacción del informe obtenido.

8.- MATERIAL DE ESTUDIO

Población:

La Población está conformada por el total de

expedientes presentados durante los meses de

enero a diciembre del 2009.

Muestra :

Por ser tan bajo e inexacto el número de casos

en materia de adopción; trabajaremos con el

total de expedientes presentados durante el

año 2009, los 13 expedientes. Se espera que la

muestra sea representativa y homogénea a la

población.

9

Page 22: Mi Tesina Para Mi Titulo

TOTAL JUZGADO FAMILIA-PROCESOS CIVILES AÑO 2009

CUADRO Nº 01

Unidades de Análisis Cantidad

Expedientes 13

TOTAL 13

Características de la muestra:

Representativa: porque las unidades que se

analizan muestran lo que está ocurriendo en

el Ordenamiento Civil Peruano.

Homogénea: porque las unidades analizadas

son de carácter común y pertenecen a un

solo grupo.

Adecuada: la muestra es adecuada, ya que,

las unidades que van a ser analizadas están

de acorde con la hipótesis planteada.

Selección: la selección de la muestra será

del total de expedientes sentenciados

durante el año 2009.

10

Page 23: Mi Tesina Para Mi Titulo

RESULTADOS

Luego de aplicar la ficha elaborada para el presente

trabajo a los once expedientes sentenciados los

siguientes resultados:

PORCENTAJE DEL TOTAL DE CRITERIOS DE LOS EXPEDIENTES DEL

AÑO 2009

CRITERIOS SI NO PORCENTAJE

Cumple con un criterio 0 - 0%

Cumple con dos criterios 1 - 7.6%

Cumple con tres criterios 2 - 15.3%

Cumple con cuatro criterios 10 - 77.1%

TOTAL 13 0 100%

ANALISIS Y DISCUSIÓN

Después de analizar los 13 expedientes y de los

resultados obtenidos, se puede apreciar lo siguiente:

Que en los procesos judiciales de adopción el criterio

de idoneidad ha sido aplicado de manera adecuada por

un 77.10% de los operadores jurídicos; porque su

teoría que los motiva para la sentencia se basan en

los Derechos humanos, la lógica entre el hecho y el

derecho y la invocación de los principios y fuentes

del derecho garantizando el interés superior del niño.

De 13 expedientes estudiados; 9 equivalen al 69.20%

son ADOPCIONES POR EXCEPCION y el 30.80% que equivalen

a 4 son solo ADOPCION.

11

Page 24: Mi Tesina Para Mi Titulo

Los operadores jurídicos al momento de sentenciar,

garantizan el respeto de los derechos humanos

inherentes y universales contemplados en la ley

protegiendo al adoptado, para brindarle garantía de una

vida digna donde le permita al niño identificarse

consigo mismo y con la sociedad, cuidando así el

interés superior del niño a través del derecho

internacional.

Los operadores jurídicos toman en cuenta la lógica al

momento de sentenciar, se basan en hechos totalmente

acreditados con documentos donde demuestran idoneidad

los futuros adoptantes, y así determinar y aplicar la

norma correspondiente referente a las pretensiones.

De todos los expedientes analizados la ley exige que

el adoptante debe cumplir con los requisitos

indispensables exigidos por el ordenamiento legal para

los padres del futuro adoptado para que pueda

realizarse la adopción.

Los operadores jurídicos se invocan en los principios

y las fuentes del derecho, los cuales constituyen el

fundamento de todo sistema jurídico y determinan la

voluntad del legislador, para interpretar y aplicar

las normas y resolver las sentencias de manera idónea

en materia de adopción.

12

Page 25: Mi Tesina Para Mi Titulo

CAPITULO II

MARCO TEORICO

13

Page 26: Mi Tesina Para Mi Titulo

LA ADOPCIÓN

2.1.-Etimología:

Héctor Cornejo manifiesta: “La voz castellana adopción

trae su origen del latín adioptio o nem, derivada del

verbo adoptare, que se compone del prefijo jurídico

solemne ad y del verbo optare: desear o sea que existe

la intervención del Estado a través de un funcionario

público con efectos análogos a los que produce la

relación paterno-filial”.

2.2.- Definición:

“La adopción es una medida de protección del niño y

del adolescente por la que bajo la vigilancia del

estado, se establece de manera irrevocable la relación

paterno – filial entre personas que no la tienen por

naturaleza. En consecuencia, el adoptado adquiere la

calidad de hijo del adoptante y deja de pertenecer a

su familia consanguínea” (art. 115 del código del niño

y adolescente)

“Es un acto solemne sometido a aprobación judicial,

que se crea entre dos personas relaciones análogas a

los que resultarían de la filiación legítima”. (Riper

y Boulanger 1975 p.123)1

“Es la institución en virtud de la cual se crea el

vínculo legal de familia. El objeto de la ley es

llenar una necesidad social al crear el vínculo

complementario o sustitutivo de la filiación natural a

efectos de dar padre a los menores que han sido

abandonados”. (Bautista Toma, Pedro 2004 p.280)2

1 Ripert y Boulanger. 1975 p.1232 Bautista Toma, Pedro 2004 p.280

14

Page 27: Mi Tesina Para Mi Titulo

“Es el acto jurídico por el cual se establece de

manera irrevocable la relación paterno – filial entre

personas que no la tienen por naturaleza, adquiriendo

el adoptado la calidad de hijo del adoptante y deja de

pertenecer a su familia consanguínea”. 3(Plácido

Vilcachagua Alex 2002 p.470)

“Es un tipo de filiación en cuya base no se halla una

relación de naturaleza o generación entre las

personas, sino un acto voluntario del adoptante, y del

adoptado”. 4(Cornejo Chávez, Héctor 1999 p.220)

“Es la institución en virtud de la cual se crea el

vínculo legal de familia. El objeto de la ley es

llenar una necesidad social al crear el vínculo

complementario o sustitutivo de la filiación natural a

efectos de dar padre a los menores que han sido

abandonados”. 5(Bautista Toma Pedro 2004 p.280)

2.3.-Características:

“La adopción es un acto jurídico que se caracteriza

por ser formal, voluntario, puro y simple e

irrevocable y singular”.

“Es voluntario por que representa la libre expresión

desinteresada de adoptar y de ser adoptado. Decisión

que se toma de manera libre y está fundada en los

legítimos derechos de construir una familia”.

“Es formal en razón de que para su validez se exige el

cumplimiento de ciertas solemnidades y la intervención

del Estado. Intervención judicial en el caso de la

adopción de personas mayores de edad o de menores

comprendidos en el artículo 128 del código de Niños y

3 Plácido Vilcachagua Alex 2002 p.4704 Cornejo Chávez, Héctor 1999 p.2205 Bautista Toma Pedro 2004 p.280

15

Page 28: Mi Tesina Para Mi Titulo

Adolescentes; y del órgano administrativo competente

en el caso de la adopción de menores declarados en

abandono”.

“Es un acto puro y simple que no se puede hacerse

bajo modalidad alguna o sometido a una condición,

plazo o modo (artículo381). Siendo inconcebible dentro

de la ley peruana una adopción que establezca

cláusulas especiales que desvirtúen su esencia, que se

ampara con la filiación consanguínea”.

“Es un acto singular y único ya que nadie puede tener,

sino un padre y una sola madre conforme lo establece

el artículo 382, a no ser que sea adoptado por ambos

cónyuges. Nadie puede ser adoptado por más de una

persona, a no ser por los cónyuges”.

“El fundamento de la norma radica en la semejanza que

el Derecho quiere suscitar entre la filiación

biológica y la civil. La ley quiere asimilar al hijo

adoptivo al hijo matrimonial, no obstante tener hoy

los mismos derechos el matrimonial y el

extramatrimonial, no sólo porque siempre o por mucho

tiempo se mantendrá un diferente nivel de aprecio

entre uno y otro, sino para evitar que quien es,

consanguíneamente, hijo de padres casados, pase a ser

por virtud de la adopción, hijo de un varón o una

mujer no casados entre sí”.6 (Cornejo Chávez, Héctor

1999 p.286)

2.4.-Sujetos:

2.4.1.- Adoptante:

Capacidad por edad especial, no le basta ser

mayor de 18 años, debe tener por lo menos 25

6 Cornejo Chávez, Héctor 1999 p.286

16

Page 29: Mi Tesina Para Mi Titulo

años de edad, y 18 años más de diferencia con

el adoptado.

Idoneidad física, idoneidad mental e

idoneidad moral y Social suficiente para

suministrar un hogar al adoptado.

Si es adopción conjunta, deben establecerse

unas condiciones de edad física, mental para

ambos adoptantes.

Pueden adoptar conjuntamente, los cónyuges.

La pareja formada por un hombre y una mujer

que acrediten convivencia mínima e

ininterrumpida de tres años. Se trata de un

hogar estable a una persona que no lo tiene.

No es impedimento para la adopción que el

adoptante hay tenido, tenga o llegue a tener

descendencia legítima extramatrimonial o

adoptiva.

El curador puede adoptar al pupilo con la

condición que previamente haya rendido o

aprobado las cuenta de su gestión.7 (Peralta

Andia, Javier 2002 p.227)

2.4.2.-Adoptivo:

Debe de ser menor de 18 años, con dos

condiciones:

Que la adopción sea consentida por los que tienes

la facultad para dar el consentimiento o para

menores que hayan sido dejados en situación de

abandono de conformidad con el Código del Menor.

(Capítulo 1 del Decreto 2737 de 1989) que

reglamenta la situación del abandono.

7 Peralta Andia,Javier 2002 p.227

17

Page 30: Mi Tesina Para Mi Titulo

Un menor está en abandono cuando:

Es menor de un mes sin conocer sus padres.

Cuando falten en forma absoluta o temporal las

personas que por disposición legal tienen el

cuidado y crianza del menor.

Cuando existiendo estas personas incumplan sus

obligaciones.

Cuando existiendo estas personas cumplen con sus

obligaciones pero no cumplen con las facultades

morales suficientes para dar formación adecuada

al menor.

Cuando un menor no sea reclamado en un plazo

razonable en un hospital o en otro

establecimiento de asistencia social por la

persona o personas a quienes corresponde

legalmente su crianza y cuidado personal.

2.4.3. Clases

Adopción Plena

“Es aquella que sustituye a la filiación natural,

de modo tal que la adoptada (o) corta lazos con

su familia de sangre, el adoptado tiene todos los

derechos y obligaciones como si fuera un hijo

matrimonial”. (Toma Pedro Bautista 2004 p.280)8

“El hijo adoptivo ocupa la posición del hijo

biológico y se extingue de vocación sucesoria

respecto del padre de sangre verdadero hijo

legitimo o matrimonial en lo parentesco como en

lo patrimonial”.9 (Borda Guillermo 1993 p.427)

8 Toma Pedro Bautista 2004 p.2809 Borda Guillermo 1993 p.427

18

Page 31: Mi Tesina Para Mi Titulo

Adopción Simple

“El adoptado ocupa también la posición de un hijo

legítimo creándose vínculo de parentesco

solamente con el adoptante”.10(Toma Pedro Bautista

2004 p.280)

“Se obtiene los mismos derechos del hijo

biológico del adoptante”.

2.5.-Efectos:

El adoptado deja de pertenecer a su familia

consanguínea.

El adoptado llevará los apellidos del adoptante (es),

desaparecen los apellidos originales. El adoptado que

sea menor queda sujeto a los deberes y derechos que

genera la patria potestad del adoptante.11(Javier

Peralta Andía 2002 p.619)

Cuando el adoptado sea hijo del cónyuge del adoptante

aunque el consorte hubiera fallecido.

Cuando sólo uno de los progenitores haya sido

legalmente determinado y el adoptante sea persona de

distinto sexo al de dicho progenitor, siempre que tal

efecto hubiera sido solicitado por el adoptante, el

adoptado mayor de doce años y el padre o la madre cuyo

vínculo haya de persistir. (López Montes Roca 2000

p.251)12

Adquisición de los apellidos del adoptante o de los

adoptantes sujeción a la patria potestad del adoptante

(es), usufructo por parte del adoptante de los bienes

10 Toma Pedro Bautista 2004 p.28011 Javier Peralta Andía 2002 p.619)

12 López Montes Roca 2000 p.251

19

Page 32: Mi Tesina Para Mi Titulo

del adoptado, dependencia alimentaria del adoptado con

relación al adoptante.

La adopción produce la extinción de los vínculos

jurídicos entre el adoptado y su familia anterior.13

(Mejía Salas Pedro 2007 p.268)

2.6.- DECLARACIONES INTERNACIONALES SOBRE LOS DERECHOS DEL

NIÑO

Desde tiempos remotos que no se precisa la fecha se

ha venido haciendo declaraciones a favor de los

niños, declaraciones nacionales, internacionales,

veamos 3 fundamentales:

2.6.1.- DECLARACIÓN DE GINEBRA

La primera declaración sistemática fue

compuesta por la pedagoga Suiza Englontine

Jebb y el 28 de setiembre de 1924, la

Asamblea de las Naciones, la denomino

"Declaración de Ginebra, la cual fue una

respuesta de esperanza frente al holocausto

que significo la primera guerra mundial, era

una esperanza de paz.

Cuando estalló la segunda guerra mundial en

1939 las declaraciones se convirtieron en un

simple papel sin valor.

La declaración de Ginebra consta de 5 puntos.

Ellos son los siguientes:

I. El niño debe ser colocado en condiciones de

desarrollarse de una manera normal, física y

espiritualmente.

II. El niño hambriento debe ser alimentado, el

enfermo debe ser asistido, el retrasado debe

13 Mejía Salas Pedro 2007 p.268

20

Page 33: Mi Tesina Para Mi Titulo

ser estimulado, el extraviado debe ser

conducido, el huérfano y el abandonado deben

ser recogidos y socorridos.

III. El niño debe recibir el apoyo en época de

calamidad.

IV. El niño debe ser dotado de medios con que

ganarse la vida; debe ser protegido contra la

explotación.

V. El niño debe ser educado y sus mejores

cualidades deben ser puestas al servicio de

sus hermanos14(FAJARDO.J.V 1987.p69)

2.6.2.- DECLARACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

El 10 de diciembre de 1948 fue proclamada por

las naciones unidas, denominándola

Declaración de los Derechos del Hombre siendo

cambiado el Título el 05 de febrero de 1952,

la Declaración de los Derechos Humanos consta

de un preámbulo y 30 artículos.

2.6.3.- DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Fue aprobada por la asamblea de las naciones

unidas el 20 de noviembre de 1959. Su texto

es el siguiente contiene 10 principios:

Principio I

El niño disfrutará de todos los derechos

enunciados en esta declaración. Estos

derechos serán reconocidos a todos los niños

sin excepción alguna ni distinción o

discriminación por motivos de raza, color,

sexo, idioma, religión, opiniones políticas,

nacionalidad o posición social, posesión

14 FAJARDO.J.V 1987.p.69

21

Page 34: Mi Tesina Para Mi Titulo

económica, nacimiento de otros motivos de él

o de su familia.

Principio II

El niño gozará de una protección especial y

dispondrá de oportunidades y servicios

dispensando todo ello por la Ley y otros

medios, para que pueda desarrollarse física,

mental, moral, espiritual, socialmente en

forma saludable y normal en condiciones de

libertad y dignidad.

Al promulgar la ley con este fin, la

consideración fundamental será el interés

superior del niño.

Principio III

El niño tiene el derecho desde su nacimiento

a su nombre y a una nacionalidad.

Principio IV

El niño debe gozar de beneficios de la

seguridad social, tendrá derecho a crecer y

desarrollarse en buena salud, la madre y el

recibirán cuidados especiales, incluso

prenatal y postnatal.

Principio V

El niño físico o mentalmente impedido o que

sufra algún impedimento social debe recibir

tratamiento, la educación y el cuidado

especial, que requiere.

Principio VI

El niño para el pleno, armonioso desarrollo

de su personalidad necesita amor y

comprensión.

22

Page 35: Mi Tesina Para Mi Titulo

Principio VII

El niño tiene derecho a recibir educación que

será gratuita, obligatoria por lo menos en

etapas elementales.

El interés superior del niño debe ser el

principio rector de quienes tienen la

responsabilidad de su educación y

orientación, dicha responsabilidad incumbe en

primer término a sus padres.

El niño debe disfrutar plenamente de juegos y

recreaciones para lograr el fin perseguido.

Principio VIII

El niño debe, en todas las circunstancias,

figuras entre los primeros que reciban

protección y socorro.

Principio IX

El niño debe ser protegido contra toda forma

de abandono crueldad y explotación.

No se le permitirá al niño trabajar antes de

una edad adecuada.

Principio X

El niño debe ser protegido contra las

prácticas que puede fomentar la

discriminación racial, religiosa o de

cualquier otra índole, debe ser educado en un

espíritu de comprensión, tolerancia, amistad

entre los pueblos paz y fraternidad universal

así como con aptitudes al servicio de sus

semejantes.15

2.6.4.-LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO15 Texto de la Declaración de los Derechos del Niño.

23

Page 36: Mi Tesina Para Mi Titulo

El 20 de noviembre de 1989, en su cuadragésima

cuarta asamblea de las naciones unidas se aprobó la

convención sobre los derechos del niño.

El Perú suscribió la Convención pre citada el 26 de

enero de 1990 la misma que fue aprobada, mediante

resolución legislativa Nª 22278, el 3 de agosto del

mismo año por el Congreso de la República en

cumplimiento de la facultad que le confiere los

Incs. 1 y 3 del Art. 186 de la Constitución

Política del Perú.

La convención sobre los derechos del niño entro en

vigencia el 2 de setiembre de 1990, tras su

necesaria ratificación por 20 Estados.

Los Estados se encuentran preocupados por la

protección integral del niño, no olvidemos que a

pesar de los adelantos científicos que realiza el

hombre, en muchos países del mundo muere cada hora

de cada día muchos niños por falta de alimento, de

abrigo, de cuidado o son marginados, olvidados no

quieren recordar que han sido niños ni de las

sabias enseñanzas de Jesús "Dejad que los niños

vengan a mí porque de ellos es el reino de los

cielos".

En el artículo 21 de la Convención sobre los

derechos del niño está considerada la adopción.

Los Estados que reconocen y/o permiten el sistema

de adopción, cuidaran de que el interés superior

del niño sea la consideración primordial y:

a. Velará porque la adopción del niño solo sea

autorizado por las autoridades competentes.

24

Page 37: Mi Tesina Para Mi Titulo

b. Reconocerán que la adopción por personas que

vivan en otros países pueda ser considerado

como otro medio de cuidar del niño en el caso

de que este no puede ser colocado en un hogar

de guarda o entregado a una familia adoptiva o

no puede ser atendido de manera adecuada en el

país de origen.

c. Velaran por que el niño objeto de adopción en

otro país goce de salvaguardas y normas

equivalentes a las existentes respecto a la

adopción por personas que residan en el país.

d. Velarán las medidas apropiadas para garantizar

que nieguen el caso de adopción por personas

que residan en otro país, la colocación no da

lugar a beneficios financieros para quienes

participan en ella.

2.6.5.-LA CONVENCIÓN DE LA HAYA RELATIVA A LA PROTECCIÓN

DEL NIÑO Y LA COOPERACION EN MATERIA INTERNACIONAL.

Suscrita por el Estado Peruano el 16 de noviembre

de 1994, aprobada por Resolución Legislativa Nº

26474 el 09 de junio de 1995 y ratificada por el

Poder Ejecutivo el 03 de setiembre de 1995. En ella

una vez más se consagra el Interés Superior del

niño y se recoge el principio de la Subsidiariedad

de la Adopción Internacional16.

16 Sevillano Altuna, Edwin 1999.p195

25

Page 38: Mi Tesina Para Mi Titulo

2.7.-TEORÍA SOBRE LA ADOPCIÓN:

La naturaleza jurídica de la adopción ha variado con

el tiempo, pudiéndose señalar en la actualidad las

siguientes teorías:

a.La Contractual : que deja a la voluntad, de las partes

su formulación. El autor señala a Planiol y Ripert,

Colin y Capitant ellos definen como un "Contrato

Solemne" concluido entre el adoptante y el adoptado.

Prima en esta concepción el espíritu romanista,

civilista, del acuerdo de voluntades del

consentimiento, y el concepto que dominó la estructura

familiar, de los "Derechos poderes" el interés del

padre de familia prescindiendo del interés del hijo de

familia, del menor.

b.La Teoría del Acto Condición :"Considerada así por

autores como Julio Armando, Oddo Tristán Narvaja,

Héctor Lavalle, Julian Bonnecase, quienes señalan a la

adopción como un acto jurídico sometido a formas

particulares, por medio de las cuales los interesados

ponen en movimiento en su provecho la institución de

la adopción.

c.La Teoría de institución: para unos de Derecho

Privado, para otros de derecho de familia, y para

terceros los derechos de menores. Los primeros señalan

que es una institución fundada en un acto de voluntad

del adoptante, nacida de la sentencia del juez en

virtud al cual se establece entre dos personas una

relación análoga la que surge de la filiación

matrimonial análoga más no igual por tener

características singulares. Los segundos indican que

el vínculo adoptivo es una institución del derecho de

familia y descansa en ese aspecto del derecho público

26

Page 39: Mi Tesina Para Mi Titulo

que tiene todo el derecho de familia, y los terceros

preconizan que la adopción es una Institución del

Derecho de Menores que tiende a fines eminentemente de

protección de los niños menores. La adopción es

entendida así como la institución jurídica solemne y

de orden público, que crea entre los individuos

relaciones de paternidad y filiación.(Chunga Lamonja,

Fermín 1995.p321)

2.8.- CAUSAS DEL ABANDONO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

Entre las causas para que el niño y el adolescente

este en estado de abandono mencionemos algunos de

ellos:

Menores Víctimas de Guerra

La violencia política y los conflictos armados en

algunos países de Centro América y Sur América en las

últimas décadas han causado un número enorme de

víctimas. Las guerras llevadas a cabo entre grupos

insurgentes, paramilitares y fuerzas armadas además de

dejar una gran cantidad de heridos y muertos, han

arrastrado a miles de niños al combate han destruido

familias, han agudizado la pobreza, han forzado al

desplazamiento interno o al refugio internacional.

Las guerras silenciosas siguen afectando en Colombia y

han afectado al Perú, a las familias las mismas que se

han desplazado a las ciudades formando asentamientos

humanos con una pobreza extrema y gran cantidad de

niños han perdido sus padres y familiares cercanos

quedando abandonados con una situación socio afectiva

lamentable.

Menores Víctimas de Maltrato

27

Page 40: Mi Tesina Para Mi Titulo

El menor que sufre en forma ocasional o habitual actos

de violencia física y sexual o emocional tanto por

parte del grupo familiar, como por parte de terceros

va a ser una causa para abandonar su familia.

La Pobreza Crítica

La pobreza crítica de los padres hace que abandonen a

sus hijos, por falta de alimentos vestido, vivienda y

no poder dar salud. La pobreza crítica es por falta de

trabajo para muchos.

Menores Víctimas de la Violencia Armada

Esta categoría está conformada por todos los menores que

producto de la violencia armada vivió el país:

Han perdido por muerte, desaparición a uno o ambos

padres o familiares cercanos, estas personas ya sean

subversivos o personal de las fuerzas armadas y

policiales.

Tienen a sus padres encarcelados porque realizaron

actividades subversivas o por que cometieron algún

error en sus funciones policiales por lo tanto sus

hijos están en estado de abandono.

En esta categoría también se encuentra a aquellos

menores que han sido llevados para participar en la

subversión directamente.

d.Menores víctimas de desastres naturales o ecológicos.

En esta categoría se incluye los menores heridos,

huérfanos, desplazados y en general afectados por

catástrofes naturales tales como inundaciones, sequía,

acción volcánica o terremoto y desastres ecológicos.

(Chunga Lamonja, Fermín 1995.p321)

28

Page 41: Mi Tesina Para Mi Titulo

2.9.-NATURALEZA JURÍDICA DE LA ADOPCIÓN.

Se plantea dos situaciones distintas:

1. Cómo debe configurarse el acto que da nacimiento

a la adopción.

2. En qué momento nace o se perfecciona la

institución.

Planiol y Ripert, además lo definen como un

contrato solemne, ya que dicen que es un acto

jurídico, que resulta de un contrato concluido

entre el adoptante y el adoptado. La base

fundamental de la existencia de un contrato reside

en el acuerdo de las partes que fijan las

condiciones de la misma y los efectos que ha de

producir; como se puede desprender del artículo

381, del código civil y además del artículo 382 del

mismo código. Los que consideran que la adopción en

un acto contractual, parten del supuesto del

acuerdo de voluntades, o consentimiento que es

necesario para la perfección del acto; esto es lo

que sucede en el caso de la adopción de mayores de

edad, que le permite nuestra ley y algunas otras de

la legislación comparada, en la que se configura la

figura perfecta del contrato, este se deduce del

artículo 378 inc. 7 del código civil cuando nos

dice: “Que sea aprobada por el juez, este último

requisito se refiere solo al menor de edad”.

En el caso de la adopción de mayores de edad el

acto no tiene formalidad alguna, puede incluso

adoptarse por simple consentimiento de las partes

29

Page 42: Mi Tesina Para Mi Titulo

sin que sea necesario que aparezca en un documento,

o en una escritura.

2.10.- ADOPCIÓN EN LA LEGISLACIÓN PERUANA

2.10.1.- CODIGO CIVIL

Artículo 377

Por la adopción el adoptado adquiere la calidad de

hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia

consanguínea.

Artículo 378.- Requisitos

Para la adopción se requiere:

1. Que el adoptante goce de solvencia moral.

2. Que la edad del adoptante sea por lo menos igual

a la suma de la mayoridad y la del hijo por

adoptar.

3. Que cuando el adoptante sea casado concurra el

asentimiento de su cónyuge.

4. Que el adoptado preste su asentimiento si es

mayor de diez años.

5. Que asientan los padres del adoptado si

estuviese bajo su patria potestad o bajo su

curatela.

6. Que se oiga al tutor o al curador del adoptado y

al consejo de familia si el adoptado es incapaz.

7. Que sea aprobada por el juez.

8. Que si el adoptante es extranjero y el adoptado

menor de edad, aquél ratifique personalmente ante

el juez su voluntad de adoptar. Se exceptúa de

30

Page 43: Mi Tesina Para Mi Titulo

este requisito, si el menor se encuentra en el

extranjero por motivo de salud17.

Artículo 379.- Procedimiento

La adopción se tramita con arreglo al Código Procesal

Civil, el Código de los niños y adolescentes, La Ley

Nº 26981 Ley de Procedimiento administrativo de

adopción declarados judicialmente en abandono o la

Ley 26662, Ley de Competencia Notarial.

Terminado el procedimiento, el juez oficia al

registro del estado civil respectivo para que se

extienda nueva partida de nacimiento del adoptado, en

sustitución de la original.18

La partida original conserva vigencia sólo para el

Efecto de los impedimentos matrimoniales.

La adopción no puede hacerse bajo modalidad alguna

concordancia C.C. Arts. 171 y 55.

Artículo 380.- Irrevocabilidad de la Adopción

La adopción es irrevocable.

Artículo 381.-La Adopción como acto puro

La adopción no puede hacerse bajo modalidad alguna.

Artículo 382.-Prohibición de Pluralidad de adoptantes

Nadie puede ser adoptado por más de una persona, a

no ser por los cónyuges concordancia C.C. Art. 378,

Inc. 3.

17 (Arias-Schreibert,Max1991.p147)

18 Código Civil pág.123

31

Page 44: Mi Tesina Para Mi Titulo

Artículo 383.-La adopción por el tutor o el Curador

El tutor puede adoptar a su pupilo y el curador, a su

curado después de aprobadas las cuentas de su

administración y satisfecho el alcance que resulte de

ellas.

Artículo 384.-Adopción de personas con patrimonio

Si la persona a quien se pretende adoptar tiene

bienes, la adopción no puede realizarse sin que

dichos bienes sean inventariados y tasados

judicialmente y sin que el adoptante constituya

garantía suficiente a juicio del juez.

Artículo 385.-Cese de la adopción a pedido del

adoptado

El menor o el mayor incapaz que haya sido adoptado

pueden pedir que se deje sin efecto la adopción

dentro del año siguiente a su mayoría de edad o a la

fecha en que desapareció la incapacidad.19

2.10.2.-TEXTO UNICO ORDENADO DEL CODIGO DEL NIÑO Y DEL

ADOLESCENTE

Con base legal de acuerdo al texto único ordenado

del Código del niño y del adolescente tenemos los

siguientes artículos sobre adopción:

2.10.2.1.- DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO 115° Concepto

19 Peralta Andía, Javier 2002. P381

32

Page 45: Mi Tesina Para Mi Titulo

La adopción es una medida de protección al

niño y al adolescente por la cual, bajo la

vigilancia del Estado, se establece de

manera irrevocable la relación paterno -

filial entre personas que no la tienen por

naturaleza. En consecuencia, el adoptado

adquiere la calidad de hijo del adoptante y

deja de pertenecer a su familia

consanguínea.

ARTICULO 116° Subsidiaridad de la Adopción

por extranjeros.

La adopción por extranjeros es subsidiaria

de la adopción por nacionales.

En caso de concurrir solicitudes de

nacionales y extranjeros, se preferirá la

solicitud de los nacionales.

ARTICULO 117° Requisitos.

Para la adopción de niños o de adolescentes,

se requiere que hayan sido declarados

previamente en estado de abandono, sin

perjuicio del cumplimiento de los requisitos

señalados en el Art. 378 del Código Civil.

ARTICULO 118° Situaciones Imprevistas

Si ocurrieren circunstancias imprevistas que

impidan culminar el trámite de adopción, la

Oficina de Adopciones adoptará las medidas

pertinentes teniendo en cuenta el Interés

Superior del Niño y del Adolescente.20

20 Código del Niño Adolescente pág. 736,737 y 738

33

Page 46: Mi Tesina Para Mi Titulo

2.10.2.2.- TITULAR DEL PROCESO

ARTICULO 119° Titular del Proceso.

La Oficina de Adopciones de la Gerencia de

Promoción de la Niñez y la Adolescencia del

PROMUDEH es la institución encargada de

tramitar las solicitudes de Adopción de

niños o de adolescentes declarados en

estado de abandono, con las excepciones

señaladas en el artículo 128 del Presente

Código. Sus atribuciones son indelegables,

salvo lo dispuesto en la Ley.

Esta Oficina cuenta con un Consejo de

Adopciones conformado por seis miembros:

dos designados por el PROMUDEH, uno de los

cuales lo presidirá; uno por el Ministerio

de Justicia y uno por cada colegio

profesional de psicólogos, abogados y

asistentes sociales.

La designación de los integrantes del

Consejo de Adopciones será ad honórem,

tendrá una vigencia de dos años y sus

funciones específicas serán señaladas en el

Reglamento.

ARTICULO 120° Registro Nacional de

Adopciones.

La Oficina de Adopciones cuenta con un

registro, en el que se inscribirán las

adopciones realizadas a nivel nacional. En

él deben constar, expresamente, los datos

de los adoptantes: nombre, nacionalidad,

domicilio, estado civil, institución

34

Page 47: Mi Tesina Para Mi Titulo

extranjera que la patrocina y los datos del

niño y del adolescente.

2.10.2.3.- PROGRAMA DE ADOPCION

ARTICULO 121° Programa de Adopciones

Por Programa de Adopción se entiende el

conjunto de actividades tendentes a brindar

hogar definitivo a un niño o adolescente.

Comprende su recepción y cuidado, así como

la selección de los eventuales adoptantes.

El niño o adolescente ingresarán a un

Programa de Adopción sólo con autorización

de la Oficina de Adopciones.

ARTICULO 122° Desarrollo de Programas de

Adopción.

Solamente desarrollan Programas de Adopción

la Oficina de Adopciones de la Gerencia de

Promoción de la Niñez y la Adolescencia del

PROMUDEH o las instituciones públicas

debidamente autorizadas por ésta.

ARTICULO 123° Trámites.

La Oficina de Adopciones y las

instituciones autorizadas por esta para

participar en Programas de Adopción están

prohibidas de otorgar recompensa alguna a

los padres por la entrega que hagan de sus

hijos para ser dados en Adopción y de

ejercer sobre ellos presión alguna para

obtener su consentimiento. El

incumplimiento de esta disposición, sin

perjuicio de las acciones penales a que

35

Page 48: Mi Tesina Para Mi Titulo

haya lugar, acarrea la destitución del

funcionario infractor o la cancelación de

la licencia de funcionamiento si el hecho

se hubiere cometido por una institución

autorizada para llevar a cabo Programas de

Adopción.

ARTICULO 124°. Garantías para el Niño y el

Adolescente.

Mientras permanezcan bajo su cuidado, la

institución autorizada para desarrollar

Programas de Adopción garantizará

plenamente los derechos de los niños o de

los adolescentes susceptibles de ser

adoptados. Está prohibida la entrega de

niños o de adolescentes a cualquier persona

o institución sin cumplir los requisitos

consagrados en la presente Ley.

ARTICULO 125° Supervisión de la Oficina de

Adopciones.

La oficina de adopciones, asesorará y

supervisará permanentemente a las

instituciones que desarrollan Programas de

Adopción.

ARTICULO 126° Sanciones.

En caso de incumplimiento o violación de

las disposiciones establecidas en este

Código o su reglamento que expedirá el

PROMUDEH, la Oficina de Adopciones aplicará

sanciones a las instituciones, según la

gravedad de la falta, sin prejuicio de las

36

Page 49: Mi Tesina Para Mi Titulo

responsabilidades civiles o penales a que

hubiese lugar.

2.10.2.4.-PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIONES.

ARTICULO 127° Declaración Previa del Estado

de Abandono.

La adopción de niños y adolescentes peruanos

sólo procederá una vez declarada el estado de

abandono, salvo los casos previstos en el

Artículo 128 del presente Código.

2.10.2.5.- Proceso judicial de adopciones

ARTICULO 128° Excepciones

En vía de excepción, podrán iniciar acción

judicial de adopción ante el Juez

especializado, inclusive sin que medie

declaración de abandono del niño o del

adolescente, los peticionarios siguientes:

a. El que posea vínculo matrimonial con el padre

o madre del niño o el adolescente por

adoptar. En este caso el niño o adolescente

mantienen los vínculos de filiación con el

padre o madre biológicos.

b. El que posea vínculo de parentesco hasta el

cuarto grado de consanguinidad o segundo de

afinidad con el niño o adolescente pasible

de adopción; y

c. El que ha prohijado o convivido con el niño

o el adolescente por adoptar, durante un

periodo no menor de dos años.

2.10.2.6.- DISPOSICIONES ESPECIALES PARA ADOPCIONES

INTERNACIONALES

37

Page 50: Mi Tesina Para Mi Titulo

ARTICULO 129° Adopción Internacional.

Entiéndase por Adopción Internacional la

solicitada por residentes en el exterior.

Estos no están exceptuados de los

procedimientos y plazos establecidos en el

presente Código.

Para que proceda este tipo de adopción es

indispensable la existencia de convenios

entre el Estado Peruano y los Estados de

los extranjeros adoptantes o entre las

instituciones autorizadas por éstos.

Los extranjeros residentes en el Perú con

una permanencia menor de dos años se rigen

por las disposiciones sobre Adopción

internacional. Los extranjeros residentes

en el Perú con una permanencia mayor se

sujetan a las disposiciones que rigen la

Adopción para los peruanos.

ARTICULO 130º Obligatoriedad de Convenios

Los extranjeros no residentes en el Perú

que desearan adoptar a un niño o

adolescente peruano presentarán su

solicitud de Adopción, por medio de los

representantes de los centros o

instituciones autorizados por ese país para

tramitar adopciones internacionales. Lo

harán ante la Oficina de Adopciones o las

instituciones públicas debidamente

autorizadas por ésta.

Estas organizaciones actuarán respaldadas

en convenios celebrados entre el Estado del

38

Page 51: Mi Tesina Para Mi Titulo

Perú y los Estados correspondientes, o

entre los organismos reconocidos por su

Estado de origen y el Estado peruano.

2.10.2.7.-ETAPA POSTADOPTIVA

ARTICULO 131º Información de los Adoptantes

Nacionales

Los adoptantes peruanos deben informar

sobre el desarrollo integral del niño o el

adolescente semestralmente y por un periodo

de tres años a la Oficina de Adopciones o a

las instituciones debidamente autorizados

por ésta. 21

Artículo 132º Información de los adoptantes

Extranjeros

El centro o institución extranjera que

patrocinó a los adoptantes será responsable

de la supervisión del estado del niño y, en

su caso, de la legalización de la Adopción

en el país de los adoptantes. A este

efecto, remitirá periódicamente, de

conformidad con los convenios suscritos,

los informes respectivos dirigidos a la

Oficina de Adopciones.

2.10.3.- DECRETO SUPREMO Nº 001-99-PROMUDEH REGLAMENTO DE

LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE

ADOPCION DE MENORES DE EDAD DECLARADOS

JUDICIALMENTE EN ABANDONO 

CONTENIDO.

El presente reglamento regula lo dispuesto por

la Ley de procedimiento Administrativos de

21 Código del Niño Adolescente pág. 736,737 y 738

39

Page 52: Mi Tesina Para Mi Titulo

adopción de Menores de Edad Declarados

Judicialmente en Abandono y establece las

disposiciones técnico – legal y administrativas

que regirán las adopciones de niñas y niños y

adolescentes a nivel nacional.

Toda referencia a la Ley se entenderá que alude

a la Ley N° 26981, Ley de Procedimientos

Administrativos de Adopción de Menores de Edad

Declarados Judicialmente en Abandono.

DEFINICIÓN.

La oficina de Adopciones es el órgano encargado

de proponer, ejecutar y fiscalizar la política

en materia de adopciones de menores de edad en

estado de abandono, así como desarrollar el

programa de adopciones y tramitar las

solicitudes respectivas. Esta facultad para

autorizar a instituciones para que desarrollen

programas de adopción. Sus atribuciones son

indelegables.

FUNCIONES DE LA OFICINA DE ADOPCIONES:

a. Proponer a la Gerencia de Promoción de la

Niñez y la Adolescencia la política nacional,

planes y programas en materia de adopciones y

fiscalizar su cumplimiento.

b. Proponer la normatividad para el desarrollo

del programa de adopción

c. Impulsar y desarrollar el programa de

adopción de niñas, niños y adolescentes

judicialmente declarados en abandono,

40

Page 53: Mi Tesina Para Mi Titulo

directamente o a través de las instituciones

autorizadas.

d. Proponer la suscripción de convenios en

materia de adopciones internacionales con los

gobiernos extranjeros y/o con las

instituciones autorizadas por éstos.

e. Autorizar el funcionamiento de entidades para

que desarrollen programas de adopción de

niñas, niños y adolescentes, determinando el

número de instituciones autorizadas y el

ámbito geográfico en que desarrollarán sus

actividades.

f. Asesorar, supervisar, controlar y sancionar a

las instituciones autorizadas que ejecuten

programas de adopciones.

g. Orientar a las madres y padres biológicos

sobre los fines y alcances de la adopción,

procurando la reflexión de éstos y

ofreciéndoles alternativas o mecanismos

transitorios de protección para los hijos que

quieren dar en adopción.

h. Brindar atención integral a la niña, niño y

adolescente que es entregado por sus

progenitores para el programa de adopción

desarrollado por ésta, hasta su

internamiento.

i. Realizar la evaluación y selección de los

adoptantes, emitir los informes técnicos y

las propuestas de designación de las niñas,

niños y adolescentes judicialmente declarados

en abandono.

j. Tramitar el procedimiento administrativo de

adopción de niñas, niños y adolescentes

41

Page 54: Mi Tesina Para Mi Titulo

judicialmente declarados en abandono,

emitiendo las respectivas resoluciones

administrativas.

k. Tomar conocimiento e impulsar la

investigación tutelar de las niñas, niños y

adolescentes hasta la declaración judicial de

abandono.

l. Realizar el seguimiento post-adoptivo de las

niñas, niños y adolescentes adoptados por un

período de tres años tratándose de adopciones

nacionales y cuatro años en el caso de

adopciones internacionales.

m. Llevar y mantener el Registro Nacional de

Adopciones de Menores de Edad Declarados

Judicialmente en Abandono.

n. Llevar y mantener el Registro Nacional de

Adoptantes.

o. Coordinar con los Juzgados, Fiscalías,

Oficinas del Registro Nacional de

Identificación y Estado Civil (RENIEC), y

demás instituciones públicas o privadas para

el cumplimiento de sus fines.

p. Informar, difundir y sensibilizar sobre el

procedimiento y alcances del programa de

adopción.

q. Velar por el cumplimiento de la Ley, del

presente Reglamento, de los Convenios

suscritos y de la normatividad en general en

materia de adopciones.

r. Las que sean propias para el cumplimiento de

sus fines.

42

Page 55: Mi Tesina Para Mi Titulo

LA ADOPCION REFERENTE AL CRITERIO DE IDONEIDAD

1.- LA IDONEIDAD

Definir la idoneidad implica interrelacionar nuestras

cualidades intelectivas y emocionales, como su

ejercitación en una actividad específica. Del

conjunto interrelacionado de tales factores surgirá

un balance que califica nuestro desempeño en la

actividad en la cual hemos incursionado.

Tomando los parámetros expuestos, el nivel de

idoneidad que alcancemos cualesquiera fuere o fueren

nuestras actividades, estará signado por nuestro

desarrollo emocional y el uso que hagamos de nuestros

recursos intelectuales (CI). Estos parámetros no

están aún definidos con certeza si son heredados o

adquiridos. La experiencia inclina a pensar que

pueden considerarse genéticamente dados y

desarrollados en nuestro devenir.

Uno de los pocos autores que han incursionado en el

tema, Daniel Goleman, afirma que la inteligencia

emocional (IE) tiene una mayor gravitación en nuestro

desempeño que nuestro nivel intelectual (CI). Éste

está condicionado al uso que le demos y eso lo rige

el campo emocional: perseverancia, capacidad de

postergación, dedicación, timing que son factores que

determinaran satisfactoriamente, o no, nuestra

performance. Estas habilidades en el transcurso de su

desarrollo exigen una evaluación de los otros que

confirman o no que nuestro accionar es productivo.

Obviamente tenemos una auto percepción personal que

exige ser constatada con la opinión de los otros. La

concordancia de nuestra percepción interna con la

externa, cerraría coherentemente nuestro nivel de

43

Page 56: Mi Tesina Para Mi Titulo

idoneidad. En decir lograr el SER IDÓNEO en nuestro

metier, “no hacer de...”. Consustanciarse con su

actividad, SER no parecer, hace la diferencia.

Los humanos usamos como instrumento preferencial de

medición de la idoneidad a los logros producidos.

Convengamos que no hay otro recurso por el momento y

bastante controversial por la subjetividad implícita,

exigiendo por lo tanto cierto grado de consenso.

Construcción temporal ésta que exige una calificación

no solo cualitativa, sobre los productos generados,

sino cuantitativa por distintos evaluadores en

determinado lapso. Así determinamos quien consigue

ser considerado idóneo, quien aún no y el estado de

dominio sobre su actividad específica parcialmente

evaluada, base para ingresar a un nivel superior.

En fin Ser idóneo, fuere cual fuere el nivel

alcanzado, es un logro trascendente para los humanos

dado que compatibiliza adecuadamente nuestras

habilidades emocionales e intelectuales, acorde a sus

potencialidades.

2.- CRITERIO DE IDONEIDAD. (JURÍDICO)

Es la actitud, la capacidad intelectual y emocional

que tiene el juez como administrador de justicia para

desempeñar un cargo o función, demostrando justicia y

honestidad para resolver los procesos frente a los

problemas sociales.

3.- ADOPTAR EN EL PERÚ SIGUE SIENDO UN DRAMA

Las trabas burocráticas alargan la espera y desaniman

a las parejas. Los extranjeros son quienes más acogen

a niños en abandono.

44

Page 57: Mi Tesina Para Mi Titulo

En nuestro país existen más de 19 mil niños y

adolescentes abandonados en las casas-hogar, en

albergues y en aldeas infantiles.

Sin embargo, solo unos 200 niños son adoptados

anualmente. Es decir, la cifra de menores peruanos

que crecen lejos de una familia es alarmante. Al

parecer, la agotadora espera por alcanzar un cupo

dentro del Registro Nacional de Adoptantes y los

interminables trámites requeridos son la mayor causa

del desaliento de las parejas que buscan un niño. El

resultado sigue siendo el peor: los menores continúan

en abandono.

PAPELES Y MÁS PAPELES. El tiempo estimado para la

adopción de un niño es de seis meses, en su etapa

inicial. Las parejas –o solteros que deseen adoptar

deben aguardar ese tiempo antes de ingresar a la

lista de espera. Luego, si han aprobado todas las

evaluaciones, podrán ser derivados al Consejo

Nacional de Adopciones, que es el que decide

finalmente.

No obstante, aquel lapso podría alargarse por la

cantidad de papeleos que deben afrontar los nuevos

padres. Según el representante de la Secretaría

Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer,

Manuel Campana, las dificultades a nivel judicial

podrían hacer que el proceso termine durando un año y

medio.

Campana precisa que la demora se origina en la

definición legal a través de una investigación

tutelar de la situación de los niños que se

encuentran en los albergues. O sea, antes de ser

adoptados, los menores deben ser declarados en

45

Page 58: Mi Tesina Para Mi Titulo

abandono mediante una resolución –llamada Auto de

Abandono, pero este proceso, por “trabas judiciales”,

según Campana, puede demorar innecesariamente hasta

18 meses. Por esas dilaciones, solo el 13.5% de los

menores son declarados en abandono, lo que explicaría

la disminución en la cifra de adopciones: este año se

han realizado 173, mientras que en el 2008 se

registraron 239.(Ver cuadro Nº 3 de anexos)

Pese a que, el año pasado, la entonces ministra de la

Mujer, Susana Pinilla, se comprometió a reducir a

tres meses el tiempo que toma el proceso de

adopciones, hasta el momento, ese ideal no se ha

logrado.

PREJUICIOS. De otro lado, habría otras causas que

acarrearían dificultades para la realización de una

adopción. Según la psicóloga Elva Segovia, de la

Secretaría Nacional de Adopciones, los prejuicios de

los peruanos que aún no llegan a concebir totalmente

la idea de acoger a un menor desconocido son un gran

problema. Es decir, la pareja se desilusiona al ver

que el menor designado no cumple con sus expectativas

en cuestiones de raza, lo que termina por

obstaculizar más los trámites de adopción en el país.

Sin embargo, el panorama no es el mismo cuando los

padres adoptivos vienen de afuera.

Las cifras revelan que la adopción internacional es

una de las mejores alternativas para que los menores

encuentren una familia. Solo este año, 145 niños

fueron adoptados por personas extranjeras. De ellos,

los italianos y los norteamericanos son quienes más

se inclinan por un menor peruano. (Ver cuadro Nº 4 y

N°5 de anexos)

46

Page 59: Mi Tesina Para Mi Titulo

4.-CRITERIOS DE IDONEIDAD DE LOS SOLICITANTES:

Ante la necesidad de establecer unos criterios de

valoración de idoneidad para la adopción, hemos

revisado, por una parte, la literatura científica

sobre factores indicadores de riesgo para el éxito de

la adopción y factores de buen pronóstico y, por otra

parte, las distintas normativas que en la materia que

nos ocupa.

Entre los criterios que se establecen a continuación,

los hay de dos tipos: unos deberán tomarse como

orientativos y generales, ya que la decisión de cada

caso concreto, se realizará tras un análisis de

visión de conjunto y aptitudes de cada solicitante;

otros, por su carácter excluyente, supondrán que la

presencia de cualquiera de ellos nos llevará

directamente a una conclusión desfavorable, respecto

de la aptitud de los solicitantes para adoptar.

Así pues, como criterios generales de valoración

positiva, se tendrán en cuenta:

Las características psicosociales de los

solicitantes, valorando positivamente la

estabilidad y madurez emocional que permitan el

desarrollo armónico del niño.

La existencia de motivaciones y actitudes

adecuadas para la adopción.

La relación estable y positiva de la pareja, en

caso de solicitudes conjuntas.

La aptitud básica para la educación del menor.

Se valorarán negativamente se establecen como

criterios excluyentes para la aptitud para adoptar

los siguientes:

47

Page 60: Mi Tesina Para Mi Titulo

La existencia de psicopatología en alguno de sus

miembros.

La existencia de motivaciones inadecuadas: la

motivación para la adopción se cifra en el niño en

sí mismo, no basándose en motivaciones

perjudiciales para el niño, como son: la adopción

como medio de resolver una patología o desajuste

en la pareja, tener un heredero, medio de promover

una causa social, sustituir un hijo fallecido.

La existencia de duelos no elaborados.

Los desajustes graves en la relación entre los

futuros adoptantes.

La existencia de elevados niveles de estrés sin

perspectiva de cambio.

La oposición a adoptar de alguno de los miembros

de la pareja.

El rechazo a asumir los riesgos inherentes a la

adopción, así como la presencia de expectativas

rígidas respecto al niño y a su origen socio-

familiar.

Se valorarán negativamente, aunque no tendrán que ser

de carácter excluyente, para lo cual se realizará un

análisis de conjunto para ver en qué medida estos

aspectos suponen un riesgo infranqueable, los

siguientes:

Condiciones de salud física: se valorará en qué

medida la presencia de determinados problemas de

salud en los solicitantes va a afectar al proceso

de adopción y la crianza de un menor.

La existencia en el seno familiar de personas que

requieran la atención de los solicitantes y cuyas

condiciones de autonomía pueden representar una

48

Page 61: Mi Tesina Para Mi Titulo

carga incompatible con la adecuada atención de

niño adoptado.

5.- EL CRITERIO DE IDONEIDAD DE LOS OPERADORES JURIDICOS

Debe recordarse que Juez es quien «… al dictar

sentencia, no hace ninguna distinción de personas;

atiende tanto a los humildes como a los poderosos,

sin tenerle miedo a nadie, …»  .La circunstancia de

que el Juez tenga en sus manos la suerte de una

familia, el porvenir económico de un hogar, la vida,

la libertad y dignidad de la persona humana, la

estabilidad de un matrimonio, hace que reúna en sus

manos tal suma de atribuciones que ningún otro

funcionario lo iguala, por ello tremenda es su

responsabilidad ante Dios y la sociedad; así lo

enfatiza el ilustre magistrado Domingo García Rada,

en el texto “Memorias de un Juez”.

 

Los jueces deben tener la entereza y la fortaleza

para despojarnos de todas las debilidades y

prejuicios, prescindir de amigos, desatender

recomendaciones y sobreponerse a deseos y pasiones

para discernir justicia con absoluta imparcialidad,

al extremo que nada ni nadie ni mucho menos la prensa

mediática doblegue nuestra conciencia. Por ello, como

lo afirmara otro ilustre magistrado de nuestra Corte

Suprema, Eloy Espinoza Saldaña Catasus, es menester

que el Juez sea justo e íntegro en su vida privada

porque la justicia no es un revestimiento, es una

vivencia, es una conducta, es una línea. De lo

contrario no podrá hacer justicia si no la tiene, si

no la vive. Ser profundamente humano y sensible a las

necesidades de su pueblo, y con marcada vocación de

servicio social; con generoso desprendimiento de todo

interés personal y con profundo amor por la verdad.

49

Page 62: Mi Tesina Para Mi Titulo

Además es menester de una permanente disposición para

el estudio y la investigación.

 

En ese sentido, los jueces tienen el imperativo de no

ceder jamás ante las presiones mediáticas de algunos

medios de comunicación, deben siempre someterse al

proceso, la constitución y la ley, ya que de lo

contrario habrían desobedecido a la justicia a la que

nos debemos y habrán defraudado a su conciencia.

6.- MAYORMENTE LOS JUECES PARA DAR UN FALLO A FAVOR O EN

CONTRA DE LOS ADOPTANTES SE BASAN EN LEGISLACIÓN

NACIONAL

Según la ley Nº 25934 nos dice que la adopción es

una medida de protección al menor por la que bajo la

vigilancia del Estado, se establece de manera

irrevocable la relación paterno-filial entre

personas que no la tienen por naturaleza. En

consecuencia, el adoptado adquiere la calidad de

hijo del adoptante y deja de pertenecer a su familia

consanguínea.

La adopción por extranjeros es subsidiaria de la

adopción por nacionales. En caso de concurrir

solicitudes de nacionales y extranjeros, se

preferirán las solicitudes de los nacionales.

Por adopción internacional se entiende la efectuada

por extranjeros residentes en el exterior a favor de

menores peruanos.

Para que proceda dicha adopción es indispensable que

el Gobierno del Perú suscriba Convenios con los

Gobiernos de los países del Extranjero o con los

organismos autorizados por éstos.

50

Page 63: Mi Tesina Para Mi Titulo

Los extranjeros residentes en el Perú con una

permanencia menor de dos años, se regirán por las

disposiciones referentes a la adopción internacional

y los extranjeros residentes en el Perú con una

permanencia mayor se sujetarán a las disposiciones

que rigen la adopción por peruanos.

Para la adopción de menores, se requieren además de

los requisitos señalados en el artículo 378 del

Código Civil, que el niño se haya declarado

previamente en estado de abandono, de acuerdo con lo

establecido en el Capítulo V de la presente Ley.

Para que el progenitor menor de edad preste su

consentimiento para dar en adopción a su hijo, debe

necesariamente concurrir al juez, acompañado de su

padre o responsable quien también deberá prestar su

consentimiento.

En caso de fallecimiento del pre-adoptante antes

culminado el procedimiento, el juez declarará la

adopción, si éste se hubiera ratificado en su

solicitud la adopción surtirá efecto retroactivo a

la fecha de fallecimiento.

Solamente podrá desarrollar programas de adopción la

Secretaría Técnica de Adopciones y las Instituciones

debidamente autorizadas por esta.

La Institución autorizada para desarrollar programas

de adopción garantizará plenamente los derechos de

los niños susceptibles de ser adoptados, mientras

permanezcan bajo su cuidado y no podrá entregarlos a

persona alguna sin el cumplimiento de los requisitos

consagrados en el presente dispositivo.

En caso de incumplimiento o violación de las

disposiciones establecidas en esta Ley o en su

Reglamento, la Secretaría Técnica de Adopciones

51

Page 64: Mi Tesina Para Mi Titulo

aplicará a las instituciones, según la gravedad de

la falta, cualquiera de las siguientes sanciones

administrativas:

1. Requerimiento por escrito.

2. Multa de hasta 5 URT (Unidad de referencia

tributaria).

3. Suspensión de la licencia de Funcionamiento,

hasta por el término de un (01) año

4. Cancelación de la licencia de funcionamiento.

Entonces en la actualidad es necesario contar con

magistrados calificados para interpretar los cambios

frente a los cuales no pueden permanecer extraños,

pues los casos judiciales son un resultado de

aquellos, los jueces deben ser idóneos –con todo lo

que esto implica, además, en términos de valores y

principios- para desarrollar, con conocimiento, las

diversas técnicas de interpretación y argumentación

jurídica.

A priori se puede señalar que no ha habido un

control de la idoneidad de los Jueces, y ello ha

generado un sistema con operadores que Es viable

esta suerte “estamento censor” en un estado

democrático constitucional que pretenda dotar al

juez de todos los medios para convertirse en un

verdadero actor social? Creemos que no. Que antes

bien, la garantía de un proceso de evaluación

progresivo, preestablecido y con los factores

adecuados no solo permite un control de la

idoneidad, sino que además promueve una sana

competencia, ha perdido su carácter inicial, y por

tanto debe estar sujeta a cánones y procedimientos

garantistas, que impidan avasallar al Juez. Esto se

52

Page 65: Mi Tesina Para Mi Titulo

concatena con el Estado democrático constitucional,

en donde la independencia del Juez es una máxima, de

suerte que la permanencia en el cargo tiene que ser

una condición sine qua non para la subsistencia del

sistema democrático .Sin embargo, la Constitución

solamente garantiza a los Jueces a permanecer en el

cargo, en tanto que observen conducta e idoneidad

propias de la función. (Art. 146.3).

7.- LA IDONEIDAD EN LA LEGISLACIÓN PERUANA.

7.1.-CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ .

Art.146; Exclusividad de la Función

Jurisdiccional:

3. Su permanencia en el servicio, mientras

observen conducta e idoneidad propias de su

función.

7.2.-LEY DE CARRERA JUDICIAL 29277

TITULO PRELIMINAR

PRINCIPIOS RECTORES DE LA CARRERA JUDICIAL

Art.III; MÉRITO: El ingreso, permanencia y

promoción de la carrera judicial y cualquier

beneficio que se otorgue a los jueces se rige

por un sistema de méritos que reconozca y

promueva quienes demuestren capacidad e

idoneidad.

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Art.2. PERFIL DEL JUEZ: Constituye un conjunto

de capacidades y cualidades personales que

53

Page 66: Mi Tesina Para Mi Titulo

permitan asegurar que en el ejercicio de sus

funciones, los jueces responderán de manera

idónea a las demandas con justicia.

7.3.-TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY ORGANICA DEL

PODER JUDICIAL (D.S.017-93-JUS)

SECCIÓN V: CARRERA JUDICIAL

Art. 220: Criterios de Formulación de cuadros.

3. Su idoneidad moral

CAPITULO III

CONCLUSIONES Y

RECOMENDACIONES

54

Page 67: Mi Tesina Para Mi Titulo

CONCLUSIONES

1. La adopción se convierte en una real figura jurídica con

la cual se intenta reducir los mayores índices de niños

abandonados, maltratados y marginados por lo cual el

juez envestido de autoridad y en base a su criterio de

idoneidad aprobara esta figura jurídica ante quienes la

soliciten.

2. En el Perú no obstante la alarmante cifra de niños y

adolescentes abandonados en las casa-hogar, en albergues

y aldeas infantiles nuestras autoridades han hecho poco

o casi nada por reducir los interminables tramites y

los tiempos que demoran estos causando con ello el

desaliento de las parejas que buscan un menor a través

de la figura de la adopción.

3. También existen otras causas que acarrean dificultades

para la realización de una adopción, los prejuicios de

los peruanos que aún no llegan a concebir totalmente la

idea de acoger a un menor abandonado y/o en otros casos

se desilusionan al ver que este menor no cumple con sus

expectativas en cuestiones de raza, sin embargo el

panorama no es el mismo cuando los adoptantes viene de

afuera.

4. El criterio de idoneidad del juez debe ser total,

integro, con arreglo a la ley interrelacionando sus

cualidades intelectuales y emocionales a favor de una

adecuada adopción ante quien lo solicite, para

discernir justicia con absoluta imparcialidad e

idoneidad con su conciencia.

55

Page 68: Mi Tesina Para Mi Titulo

5. En los procesos judiciales de adopción el criterio de

idoneidad ha sido aplicado de manera adecuada por un

77.10% de los operadores jurídicos; porque su teoría

que los motiva para la sentencia se basan en los

Derechos humanos, la lógica entre el hecho y el derecho

y la invocación de los principios y fuentes del derecho

garantizando el interés superior del niño.

6. Los operadores jurídicos al momento de sentenciar,

garantizan el respeto de los derechos humanos inherentes

y universales contemplados en la ley protegiendo al

adoptado, para brindarle garantía de una vida digna

donde le permita al niño identificarse consigo mismo y

con la sociedad, cuidando así el interés superior del

niño a través del derecho internacional.

7. Los operadores jurídicos toman en cuenta la lógica al

momento de sentenciar, se basan en hechos totalmente

acreditados con documentos donde demuestran idoneidad

los futuros adoptantes, y así determinar y aplicar la

norma correspondiente referente a las pretensiones.

8. Los operadores jurídicos se invocan en los principios y

las fuentes del derecho, los cuales constituyen el

fundamento de todo sistema jurídico y determinan la

voluntad del legislador, para interpretar y aplicar las

normas y resolver las sentencias de manera idónea en

materia de adopción.

56

Page 69: Mi Tesina Para Mi Titulo

RECOMENDACIONES

1. Siendo la trascendencia social de la adopción enorme e

importante, pues se crea el vínculo legal de familia

esta debe guardar todos los parámetros exigidos por la

ley no olvidando que por esta figura jurídica se acoge y

alberga a un niño en el seno de una familia

convirtiéndole en un hijo con todo sus derechos.

2. Si bien los jueces para dar un fallo a favor o en contra

de los adoptantes se basan en legislación nacional, se

debe tomar en cuenta su alto criterio de idoneidad y

despojarse de todas las debilidades y prejuicios, para

no cometer errores al momento de sentenciar y acarrear

consecuencias físicas, sicológicas y sociales que puedan

ser perjudiciales en su futuro con su nueva familia.

3. También es cierto que adoptar en el Perú todavía sigue

siendo un drama las trabas burocráticas y la falta de

idoneidad administrativa alargan la espera y desaniman a

las parejas .Por lo tanto se recomienda acortar la

burocracia administrativa, reduciendo los plazos de

espera de la ADOPCION que según la bibliografía

consultada en algunos casos las trabas judiciales son

innecesarias por la falta de razonabilidad siendo el

resultado que los menores continúen en abandono.

4. Por último instruir a la sociedad a librarse de

prejuicios tontos en cuestiones de raza que no hacen

sino obstaculizar más los trámites de adopción en el

país, no sucediendo esto cuando los adoptantes son de

afuera.

5. Que el personal que dirige las diversas instituciones de

protección al menor, no sean personal escogido en base a

confianza o afinidad política, sino que sean personas

57

Page 70: Mi Tesina Para Mi Titulo

especializadas en el tema, capaces de generar un cambio

en nuestra sociedad.

CAPITULO IV

REFERENCIAS

BIBLIOGRAFICAS

58

Page 71: Mi Tesina Para Mi Titulo

BIBLIOGRAFÍA

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Ediciones Jurídicas. Buenos Aires – 2004, 280 pp.

BORDA, Guillermo. Tratado de Derecho Civil: Familia.

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CHUNGA LAMONJA, Fermín. Derecho de Menores. Edit.

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FAJARDO.J.V. El Derecho de la Familia. Editorial

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SEVILLANO ALTUNA, Edwin. Código de los niños y

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Códigos, Leyes y Artículos

Código Civil Peruano. Artículo 377º. Jurista Editores.

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59

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Ley N°26981del 28/09/1998 de Procedimiento

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Ley General de Adopción del Menor(Decreto Ley 25934 del

9/11/94)

Reglamento de la Ley General de Adopción de Menores

(Decreto Supremo N°018-93-Jus), publicado el 02 de Junio

de 1993.

60

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ANEXOS

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LEY Nº 26981

LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE ADOPCIÓN DE MENORES

DE EDAD DECLARADOS JUDICIALMENTE EN ABANDONO

CAPITULO I

SUJETOS DEL PROCESO

Artículo 1º.- Titular del proceso.

La Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la

Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Promoción de la

Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), es la institución

encargada de tramitar las solicitudes de adopción de

menores de edad declarados en abandono judicial, con

excepción de los casos contemplados en el Artículo 145 del

Código de los Niños y Adolescentes. Sus atribuciones son

indelegables, salvo lo dispuesto en la Ley.

Artículo 2º.- El Adoptante.

Adoptantes son preferentemente los cónyuges o la persona

natural, mayores de edad, que expresen de manera formal,

indubitable y por escrito su deseo de adoptar un menor de

edad declarado en abandono judicial, dirigido a la Oficina

de Adopciones señalada en el artículo anterior.

Artículo 3º.- El Adoptado.

Se considera susceptible de ser adoptado al menor de edad

declarado en abandono mediante Resolución Judicial. Es

requisito el consentimiento del adoptado, en función de su

edad y madurez.

Artículo 4º.- Adopción Internacional.

Entiéndase por Adopción Internacional la solicitada por

residentes en el exterior, quienes no están exceptuados de

los procedimientos y plazos establecidos en la presente

Ley.

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CAPITULO II

TRAMITE Y DESIGNACIÓN

Artículo 5º.- Inicio del proceso.

El proceso de adopción se inicia con la solicitud de la

persona natural o cónyuges interesados dirigida a la

Oficina de Adopciones que la evaluará y dictaminará dentro

de los quince días hábiles siguientes. La evaluación

comprende los aspectos psicológico, moral, social y legal

de los adoptantes.

Artículo 6º.- Declaración de aptitud.

6.1. Aprobada la evaluación, la Oficina de Adopciones

emite la correspondiente Declaración de Aptitud. Los

solicitantes son incluidos en la Lista de Espera de

Adoptantes.

6.2. Si la evaluación deviene en desaprobatoria, es puesta

en conocimiento de los solicitantes dentro del plazo

establecido en el Artículo 5 de la presente ley.

Artículo 7º.- Designación.

Culminado el período de evaluación, la Oficina de

Adopciones designa al menor de edad que será adoptado

teniendo en cuenta el orden en la Lista de Espera de

Adoptantes.

Artículo 8º.- Aceptación e Informe de Empatía.

8.1. Los adoptantes formalizan su aceptación dentro de los

siete días naturales siguientes a la designación. En

ese plazo se produce la socialización entre el menor de

edad y los adoptantes en presencia de personal

especializado de la Oficina de Adopciones.

8.2. El Informe de Empatía del especialista se emite

dentro del día hábil siguiente al encuentro entre el

menor de edad y los adoptantes.

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Artículo 9º.- Segunda oportunidad.

Si el Informe de Empatía deviene en desaprobatorio; o no se

produce la aceptación por parte de los adoptantes; o por

parte del menor de edad de acuerdo a lo establecido en el

Artículo 3 de la presente ley, los adoptantes tendrán una

segunda oportunidad para ser designados.

Artículo 10º.- Externamiento del menor de edad.

La designación será comunicada al Juzgado de Familia y a la

Fiscalía de Familia. La Oficina de Adopciones dispondrá el

externamiento del menor de edad, con indicación de los

nombres de los adoptantes y dentro del día hábil siguiente

a la comunicación.

Artículo 11º.- Colocación Familiar.

11.1 Realizado el externamiento, la Oficina de Adopciones

dispone mediante Resolución Administrativa la

Colocación Familiar por el término de siete días

naturales, finalizado el cual el personal especializado

de la misma emitirá el informe correspondiente.

11.2. La Colocación Familiar puede prorrogarse por un plazo

de siete días naturales.

Artículo 12º.- Resolución de Adopción.

Si el Informe de la Colocación Familiar es aprobatorio, la

Oficina de Adopciones expide la respectiva Resolución

Administrativa que declara la adopción y comunica al

Juzgado de Familia que declaró el abandono, y a la Oficina

del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

(RENIEC) de la localidad donde se registró el nacimiento,

para dejar sin efecto la inscripción original y registrar

los nuevos nombres y apellidos.

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Artículo 13º.- Revocatoria de Colocación Familiar.

Si el Informe de la Colocación Familiar deviene en

desaprobatorio, la Oficina de Adopciones revoca la

Colocación Familiar y corre traslado al Juzgado de Familia

para que dicte la medida de protección pertinente en

consideración al interés superior del niño.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS

Primera.- Notificación de la Declaración de Abandono.

Cuando un menor de edad es declarado en abandono mediante

Resolución Judicial, la Oficina de Adopciones comunicará a

las instituciones de albergue y hogares temporales la

recepción de la resolución correspondiente.

Segunda.- Inaplicabilidad a Procesos en Trámite.

La presente Ley no será de aplicación a los procesos de

adopción que se encuentren en trámite judicial.

Tercera.- Acción Contencioso Administrativa.

La Resolución Administrativa que declara la adopción es

susceptible de acción contencioso administrativa ante el

Poder Judicial y será interpuesta dentro de los cinco días

hábiles siguientes en que la resolución quede firme.

La referida acción caduca vencido dicho término.

La acción contencioso administrativa se interpone ante la

Sala Civil de la Corte Superior competente, notificándose a

la Oficia de Adopciones, la que remitirá el expediente en

el día. En igual término, la Sala remitirá el expediente al

Ministerio Público para que se pronuncie en el plazo de

veinticuatro horas. Cumplido éste, el expediente se

devolverá en el día a la Sala, la cual resolverá bajo

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responsabilidad en igual término, devolviendo lo actuado

a la Oficina de Adopciones para su ejecución.

Cuarta.- Gratuidad del Servicio.

El proceso de adopción y la interposición de recursos que

se presenten durante el trámite, no requieren de asesoría

legal externa. La Oficina de Adopciones brindará el

referido servicio gratuitamente.

Quinta.- Colaboración de Instituciones.

Las instituciones que albergan o tienen bajo su cuidado y

protección a menores de edad en situación de presunto

abandono colaborarán en el proceso de investigación tutelar

a fin de que, si hubiera lugar a la declaración judicial de

abandono, puedan tales menores de edad ser promovidos en

adopción. Esta colaboración se coordinará con la Oficina de

Adopciones.

Sexta.- Preferencia de la Investigación Tutelar.

Los Juzgados competentes para conocer las investigaciones

tutelares se avocarán preferentemente a ellas teniendo en

cuenta el interés superior del niño, así como los

principios de economía y celeridad procesales.

Sétima.- Situaciones Imprevistas.

Si ocurrieran circunstancias imprevistas que impidieran

culminar el trámite de adopción, la Oficina de Adopciones

adoptará las medidas pertinentes teniendo en cuenta el

interés superior del niño.

Octava.- Reglamentación.

Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de

Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH),

se aprobará el reglamento correspondiente en un plazo de

treinta días hábiles siguientes a la publicación de la

presente Ley.

Disposición derogada por laPrimera Disposición Derogatoria de la Ley Nº 27584, publicada el 07/12/2001.

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Page 79: Mi Tesina Para Mi Titulo

TOTAL JUZGADO DE FAMILIA - PROCESOS CIVILES ENERO - DICIEMBRE AÑO 2009

CUADRO N°1

R E S O L U C I O N E

S

EXPEDIENT INGRESO

S E N T É N C I A

S A U T O SMATERIA

AUTORIZA

JFUNDADA |lNFUNDADA|lMPROCED| OTROS TOTAL ABANDONO |ARCHIVO

|CONCILlA |lMPROCED|OTROS TOTAL

ADOPCIÓN 13 0 9 1 0 1 11 2 2 0 2 0 6ALIMENTOS 532 38 260 22 1 15" 472 1

351 7 79

123AUTORIZA VIAJE 91 23 22 0 0 0 45 1

260 1 2 30

AUTORIZ. MATRIMONIO

0 0 1 0 0 0 1 0 1 0 0 0 1AUTORIZ. ENAJENAR B.

68 5 35 0 0 0 40 5 15

0 3 1 24DIVORCIO 402 0 144 14 8 1 167 91

1191 12 26

249PATRIA POTESTAD 6 0 1 1 1 0 3 1 4 1 2 0 8RÉGIMEN VISITAS 72 0 11 0 1 1 13 5 21 9 1 7 43SEPARACIÓN CONVENC.

352 0 599 0 0 0 599 23 96 0 3 16

138TENENCIA MENOR 221 0 48 8 3 0 59 19 89 23 22

19172

TUTELA MENOR 10 0 9 0 0 0 9 2 6 0 1 2 11VIOLENCIA FAMILIAR 1169 0 162 8 0 0 170 9 51 1 648OTROS 367 0 109 9 4 14 136 27 93 1 45

32198

T O T A L 3303 66 | 1410 1 63

I 168 1725 186 | 827

| 87 | 100 | 451

1651

Fuente: Juzgados de FamiliaElaborado: Oficina de Estadística CSJLL

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CUADRO N°2FICHA DE RECOLECCION DE DATOS

51 – 2009-Adopción por excepciónNombre de expediente:………………………………………………………………………………………….

Fecha: Veintisiete de mayo del dos mil nueve.

Lugar: Trujillo – La Libertad.

CUADRO N°3

NIÑOS,   NIÑAS Y ADOLESCENTES ADOPTADOS A NIVEL NACIONAL

Año Niñas, Niños y Adolescentes

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REQUISITOS

CRITERIO DE IDONEIDAD

SI

NO

1-Se respeta los derechos humanos del adoptado.

X

2.-Se aplica la lógica entre el hecho y el derecho.

X

3.-Se fundamenta en los principios del derecho.

x

4.-Se invoca las fuentes del derecho. x

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2010 (*) 181

2009 246

2008 239

2007 225

2006 294

2005 273

2004 187

 (*) Información al 30 de setiembre de 2010

SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONES Av. Benavides 1155, Miraflores, Lima - Perú Central telefónica: (511) 626-1600 anexo 1701

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Page 82: Mi Tesina Para Mi Titulo

CUADRO N°4

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ADOPCIONES PRIORITARIAS

SEGÚN EL PAÍS DE PROCEDENCIA DE LOS ADOPTANTES

País 2006 2007 2008 2009 2010 (*)

ALEMANIA 0 0 0 0 0

AUSTRALIA 0 0 0 0 0

BELGICA 0 0 0 0 0

CANADA 0 0 0 0 0

CHILE  1 0 0 0 0

DINAMARCA 0 0 1 0 0

ESPAÑA 4 2 8 5 8

ESTADOS UNIDOS 20 5 7 27 14

FRANCIA 0 0 0 2 0

HOLANDA 0 0 0 0 0

INGLATERRA 0 0 0 0 0

ITALIA 19 21 8 30 13

LUXEMBURGO 0 0 0 0 0

PERU 8 12 5 7 8

MALTA 0 0 0 0 0

NORUEGA 1 0 2 0 0

SUECIA 0 0 0 0 0

SUIZA 2 0 0 0 0

TOTAL 55 40 31 71 43

(*) Información al 30 de noviembre de 2010

SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONESAv. Benavides 1155, Miraflores, Lima - PerúCentral telefónica: (511) 626-1600 anexo 1701

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Page 83: Mi Tesina Para Mi Titulo

CUADRO N°5

NIÑAS,   NIÑOS Y ADOLESCENTES ADOPTADOS EN EL PERÚ SEGÚN TIPO DE

ADOPCIÓN

Año Nacional Internacional Total

2010(**) 62 119 181

2009 101 145 246

2008 96 143 239

2007 81 144 225

2006 136 158 294

2005 125 148 273

(*) Incluye peruanos residentes en el exterior, parejas Mixtas que

residen en el extranjero y extranjeros

(**) Información al 30 de setiembre de 2010

SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONESAv. Benavides 1155, Miraflores, Lima - PerúCentral telefónica: (511) 626-1600 anexo 1701

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Page 84: Mi Tesina Para Mi Titulo

CUADRO N°6

NIÑOS,   NIÑAS Y ADOLESCENTES ADOPTADOS CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES

Antecedentes 2007 2008 2009 2010 (*)

Madre Biológica con Retardo Mental 13 13 13 21

Madre Biológica con Problemas de drogadicción y alcoholismo 7 24 12 13

Madre Biológica con Problemas psiquiátricos 13 12 8 3

Niños y/o madres que presentan un problema de salud recuperable 9 12 18 12

Incesto y/o violación 0 9 4 16

TOTAL 42 70 55 65

(*) Información al 30 de setiembre de 2010

SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONESAv. Benavides 1155, Miraflores, Lima - PerúCentral telefónica: (511) 626-1600 anexo 1701

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Page 85: Mi Tesina Para Mi Titulo

CUADRO N°7

NIÑOS Y NIÑAS ADOPTADOS POR GRUPO ETÁREO

Grupo Etareo 2007 2008 2009 2010 (*)

De 0 a 11 meses 22 22 13 8

De 1 a 5 años 158 168 162 124

De 6 a 12 años 41 45 66 45

De 13 a 17 años 4 4 5 4

TOTAL 225 239 246 181

 (*) Información al 30 de setiembre de 2010

SECRETARÍA NACIONAL DE ADOPCIONESAv. Benavides 1155, Miraflores, Lima - PerúCentral telefónica: (511) 626-1600 anexo 1701

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