mod 10 presencial

13
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Upload: gabogadosv

Post on 25-Jul-2015

1.422 views

Category:

Technology


0 download

TRANSCRIPT

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

• En el Proceso de Selección

– APELACION

• En la Ejecución Contractual

– CONCILIACION (opcional)

– ARBITRAJE

Solución de Controversias en la Ejecución

Contractual

– Conciliación

– Arbitraje

Solución de Controversias en la Etapa Contractual

Materias Conciliables o Arbitrables

1. Todas las que surjan entre partes: Ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato, hasta antes de su culminación.

2. Plazo de caducidad: Dentro de la vigencia del contrato (Art. 214 y 215 del Reglamento).

3. Adicionales de obra (Art. 23 Ley Nº 27785).

LA CONCILIACIÓNVías alternativas de conciliación

• Las partes pueden optar por :– Recurrir a un centro de conciliación.

Conciliación Especializada donde OSCE?

Formas en que concluye la conciliación

• Acuerdo parcial.• No acuerdo.• Inasistencia de una de

las partes a dos sesiones.

• Inasistencia de ambas partes a una sesión.

Resolución de controversias no resueltas, van a Arbitraje

• Acuerdo total. Título de Ejecución

ARBITRAJEVías alternativas del Arbitraje

• Arbitraje institucional.• Arbitraje ad hoc.

Tipos de Arbitraje

• Siempre Arbitraje de Derecho (Árbitro Único y Presidente del Tribunal, deben ser necesariamente abogados).

• Arbitraje de Conciencia. No aplicable en la normativa de contrataciones.

Convenios Arbitrales

Ad hoc.- Partes deciden someterse a administración por parte de propios árbitros. Si omisión: cláusula del Art. 216 del Reglamento, incorporándose bajo la competencia del Arbitraje Institucional SNA de OSCE.

Institucional.- Centro de Arbitraje (voluntario).

Requisitos para designación arbitral

• Ser abogado (unipersonal y Presidente de Tribunal Arbitral)

• Especialización acreditada en Derecho Administrativo, arbitraje y contrataciones del Estado

• No estar incurso en causales de impedimentos (artículo 221 del Reglamento)

Incumplimiento del deberes de los árbitros

• Pueden ser sancionados por el OSCE (Código de Ética y Reglamento) mediante: A) Amonestación escritaB) Suspensión temporal C) Inhabilitación permanente para ejercer el cargo del árbitro

• Aplicable mecanismo de recusación arbitral como un remedio.

Acumulación arbitral

• Sólo es procedente cuando cualquiera de las partes lo solicite.

• Se solicita dentro del plazo de caducidad.

• Si no se pactó en el convenio arbitral, sólo procederá cuando ambas partes estén de acuerdo.

Laudo Arbitral

• Es definitivo e inapelable• Para cuestionarlo vía anulación, puede

establecerse en convenio la constitución de carta fianza.

• Impugnante debe comunicar al Tribunal Arbitral que interpuso anulación; sino se considerará consentido en sede arbitral.

• Sentencias que resuelven anulaciones, serán remitidas al OSCE para su publicación dentro de los 10 días hábiles.

¡Muchas Gracias!