modelo de comentario de texto

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Modelo de COMENTARIO DE TEXTO/ 3ºESO Los Estados de la UE podrán bloquear el envío de datos de europeos a EE UU El Tribunal Superior de la UE habilita a las agencias de protección de datos para que puedan impedir que empresas como Facebook saquen de Europa los datos de sus usuarios El Tribunal Superior de la UE ha publicado esta mañana la sentencia del caso Facebook, que habilita a las agencias nacionales de protección de datos para que puedan bloquear las transferencias de datos de ciudadanos europeos a Estados Unidos si consideran que la empresa a la que se destinan no es fiable. En virtud de este dictamen, el criterio de las agencias prevalecerá sobre el de la Comisión Europea en los tratados bilaterales de comercio La legislación europea no permite que los datos personales se envíen fuera de sus fronteras salvo si su país de destino cuenta con un reglamento de protección adecuados. En el caso de Estados Unidos, se acepta como criterio los acuerdos de puerto seguro, un listado de empresas estadounidenses que el Departamento de Comercio de EE UU considera fiables en la custodia de los datos. Entre ellas, la red social Facebook. La sentencia invalida de hecho este acuerdo. El austriaco Max Schrems interpuso una denuncia contra la compañía tecnológica en el Comisionado de Protección de Datos de Irlanda, homólogo de la Agencia Española de Protección de Datos en ese país, al ser sede de la empresa en Europa. Schrems entendía que Facebook no garantizaba la seguridad de sus datos, después de que Edward Snowden, exagente de la Agencia de Seguridad Nacional de EE UU (NSA en sus siglas en inglés), revelase que la inteligencia de ese país tenía acceso a los datos de la compañía. La sentencia incorpora el criterio del abogado general del Tribunal, publicado el pasado día 23. El dictamen no es recurrible y obliga a todos los tribunales de los países miembros a asumirlo en sus deliberaciones y fallos. Para el abogado especialista en protección de datos digitales Joaquín Muñoz, del bufete Abanlex, que gestionó el caso Google, "el poco tiempo que ha pasado desde la publicación del criterio del abogado a la publicación hoy de la sentencia hacía previsible que no hubiera sorpresas". "La consecuencia más inmediata es que las empresas americanas con sede en Europa tendrán que legitimar la transferencia de datos hacia Estados Unidos. Para hacerlo, lo más sencillo para ellas será recabar el consentimiento inequívoco del usuario para realizar esa transferencia. El usuario debe de ser informado y consentirlo", ha explicado Muñoz.

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Page 1: Modelo de comentario de texto

Modelo de COMENTARIO DE TEXTO/ 3ºESO

Los Estados de la UE podrán bloquear el envío de datos de europeos a EE UU

El Tribunal Superior de la UE habilita a las agencias de protección de datos para que puedanimpedir que empresas como Facebook saquen de Europa los datos de sus usuarios

El Tribunal Superior de la UE ha publicado esta mañana la sentencia del caso Facebook, que

habilita a las agencias nacionales de protección de datos para que puedan bloquear las transferencias

de datos de ciudadanos europeos a Estados Unidos si consideran que la empresa a la que se destinan

no es fiable. En virtud de este dictamen, el criterio de las agencias prevalecerá sobre el de la

Comisión Europea en los tratados bilaterales de comercio

La legislación europea no permite que los datos personales se envíen fuera de sus fronteras salvo

si su país de destino cuenta con un reglamento de protección adecuados. En el caso de Estados

Unidos, se acepta como criterio los acuerdos de puerto seguro, un listado de empresas

estadounidenses que el Departamento de Comercio de EE UU considera fiables en la custodia de los

datos. Entre ellas, la red social Facebook. La sentencia invalida de hecho este acuerdo.

El austriaco Max Schrems interpuso una denuncia contra la compañía tecnológica en el

Comisionado de Protección de Datos de Irlanda, homólogo de la Agencia Española de Protección de

Datos en ese país, al ser sede de la empresa en Europa. Schrems entendía que Facebook no

garantizaba la seguridad de sus datos, después de que Edward Snowden, exagente de la Agencia de

Seguridad Nacional de EE UU (NSA en sus siglas en inglés), revelase que la inteligencia de ese país

tenía acceso a los datos de la compañía.

La sentencia incorpora el criterio del abogado general del Tribunal, publicado el pasado día 23.

El dictamen no es recurrible y obliga a todos los tribunales de los países miembros a asumirlo en sus

deliberaciones y fallos.

Para el abogado especialista en protección de datos digitales Joaquín Muñoz, del bufete Abanlex,

que gestionó el caso Google, "el poco tiempo que ha pasado desde la publicación del criterio del

abogado a la publicación hoy de la sentencia hacía previsible que no hubiera sorpresas".

"La consecuencia más inmediata es que las empresas americanas con sede en Europa tendrán que

legitimar la transferencia de datos hacia Estados Unidos. Para hacerlo, lo más sencillo para ellas será

recabar el consentimiento inequívoco del usuario para realizar esa transferencia. El usuario debe de

ser informado y consentirlo", ha explicado Muñoz.

Page 2: Modelo de comentario de texto

Esquema para realizar el comentario:

1) Lectura atenta del texto.

2) Introducción: en una oración, indicar qué tipo de texto es, a qué género pertenece, dónde ha aparecido

o a qué obra literaria pertenece, etc.

3) Determinación del tema: en pocas palabras, a ser posible en un solo sintagma nominal, decir de qué va

el texto que vamos a comentar.

4) Determinación de la estructura: en qué partes se divide el texto, en qué párrafos, cuáles son las ideas

principales (y secundarias) de cada párrafo, qué mecanismos de cohesión se han utilizado, o figuras literarias

si se da el caso, etc.

5) Conclusión: resumir brevemente de qué ha ido el texto y expresar, con prudencia, la opinión personal

sobre el texto, explicando la importancia del texto para nosotros (su vínculo con nuestro presente).

Un posible comentario de texto podría ser el siguiente:

El texto que vamos a comentar es una noticia, por tanto, pertenece al género periodístico.

Ha sido publicado en el periódico El País, el día 6 de octubre de 2015.

El tema principal de este texto es la posibilidad de que la Unión Europea bloquee el envío

de datos de ciudadanos europeos a Estados Unidos.

Como toda noticia, el texto se divide principalmente en tres partes:

Titular: “Los estados de la UE… a EEUU”.

Entradilla: “El Tribunal Superior… sus usuarios”.

Cuerpo de la noticia, que a su vez, se divide en seis párrafos.

Las ideas principales que podemos señalar en estos párrafos son:

P1) Sentencia caso Facebook: se podrá bloquear la transferencia de datos

P2) La sentencia invalida un acuerdo con Estados Unidos

P3) Un ciudadano austríaco demandó a Facebook por no garantizar seguridad

P4) La sentencia no es recurrible: los gobiernos tiene que asumirla

P5) Un abogado especialista opina que no hay sorpresas

P6) Consecuencia de la sentencia: los usuarios deberán ser informados

Los mecanismos de cohesión que el autor ha utilizado en este texto son:

a) Repeticiones de palabras: sentencia, datos, Facebook, Estados Unidos, país, Europa.

b) Campo léxico: europeos, europea, Europa.

c) Uso de expresiones parecidas: la compañía tecnológica, la compañía, la empresa >

Facebook / Ese país > Estados Unidos.

d) Campo semántico: ciudadanos europeos, países miembros, Irlanda, UE

e) Uso de sinónimos: dictamen > sentencia.

Asimismo, podemos señalar que este texto responde a las seis preguntas que toda noticia

debe plantearse:

Qué: una sentencia podrá impedir el envío de datos de la UE a EEUU.

Quién: el Tribunal Superior de la Unión Europea.

Cómo: por la denuncia de un austriaco a Facebook.

Page 3: Modelo de comentario de texto

Dónde: la denuncia fue en Irlanda, pero se extiende a toda la Unión Europea.

Cuándo: la sentencia se publicó el pasado lunes 5 de octubre.

Por qué: porque no garantizan que la gestión de los datos sea fiable.

En conclusión, la importancia de esta noticia se encuentra en que por primera vez un

Tribunal europeo se opone a que empresas estadounidenses puedan recibir datos sin control

de ciudadanos europeos, rompiendo los acuerdos de puerto seguro que estaban vigentes hasta

el momento. Aún no sabemos las consecuencias de esta sentencia, pero seguramente obligará

a un cambio en la política de grandes compañías estadounidenses presentes en Europa, como

por ejemplo, Facebook.

Esto es una muestra más de que en la sociedad actual los datos personales de los

ciudadanos son tan importantes que se convierten en un negocio para empresas y un motivo

de preocupación para los gobiernos. La pregunta que podría surgirnos es: ¿hasta qué punto

están nuestros datos seguros cuando navegamos por internet?