modelo patentable de palo de golf con varilla …2.1.1 desarrollo económico del sector del golf 54...
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UNIVERSIDAD PONTIFICIA COMILLAS
ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA (ICAI)
INGENIERÍA INDUSTRIAL
PROYECTO FIN DE CARRERA
MODELO PATENTABLE DE PALO
DE GOLF CON VARILLA METÁLICA
ANA FERNÁNDEZ DE LA PRADILLA SAINZ
MADRID, Junio de 2006
1
Autorizada la entrega del proyecto al alumno:
Ana Fernández de la Pradilla Sainz
EL DIRECTOR DEL PROYECTO
Antonio García y Garmendia
Fdo: Fecha: Junio de 2006
Vº Bº del Coordinador de Proyectos
Claudia Meseguer Velasco
Fdo: Fecha: Junio de 2006
2
Resumen
Según estudios al respecto, sólo en España, la industria del golf genera 2.375
millones de euros al año (si nos vamos a EE.UU. podemos hablar de cerca de 60.000
millones de dólares) con un crecimiento anual de más del 12%.
Este elevado volumen de negocio, promueve las tecnologías aplicadas a este
deporte, como demuestran las continuas evoluciones en materiales y formas, tanto en
palos como en accesorios, que se dan cada vez más rápida e intensamente.
En este Proyecto Fin de Carrera se ha desarrollado un palo de golf novedoso y
que implica una actividad inventiva sobre el Estado de la Técnica existente. En
concreto, se propone un palo de golf cuya varilla esté formada por un tubo de sección
circular y una fina capa concéntrica de Escandio o de una aleación de acero y Escandio,
que puede cubrir total o parcialmente la longitud de la varilla, que permitirá conseguir
un 10% más de distancia, un 15% más de precisión, mayor vistosidad y sobre todo
reducirá al mínimo las vibraciones percibidas durante el impacto del golpe.
En definitiva, un cambio de material en la varilla del palo que aporta distancia,
precisión y vistosidad a la vez.
Para alcanzar este resultado final ha sido necesario establecer una serie de
etapas que una vez alcanzadas permitan desarrollar este nuevo producto.
Para poder desarrollar un palo de golf novedoso e innovador se deben adquirir
toda una serie de conocimientos previos sobre propiedad industrial, en general y sobre
el estado de la técnica en lo que a nuestro producto, el palo de golf, se refiere en
particular.
Los conocimientos sobre propiedad industrial e intelectual necesarios pasan por
el estudio de patentes, modelos de utilidad, convenios y tratados aplicables a nuestra
posible invención.
El conocimiento del estado de la técnica en lo que a palos de golf se refiere se ha
adquirido a través de un análisis de todos los procesos de investigación, desarrollo e
innovación relacionados con el producto, mediante un aprendizaje exhaustivo y
3
tratamiento de datos de los mismos, imprescindible para presentar una evolución en el
ámbito de los palos de golf de varilla de acero, campo en el que finalmente se ha
centrado el proyecto.
La obligación de publicación de las solicitudes de patente, hace que los procesos
de I+D+i partan desarrollos anteriores. Sobre éstos se aprende y comienzan nuevas
investigaciones, que serán base de la evolución tecnológica general y del presente
proyecto en particular.
A través de un estudio estadístico comparativo de todos los casos estudiados, y
tras establecer unas métricas y cuantificar con precisión las distintas posibilidades, se
ha optimizado el estudio de unos procesos tan complicados de medir como son los
relacionados con actividades de I+D+i.
Se ha realizado una doble selección de patentes que pudieran facilitar la
delimitación del ámbito concreto de la invención.
En primer lugar, se han estudiado las patentes a partir de las cuales se ha
producido un especial desarrollo de la técnica y posteriormente patentes solicitadas
por empresas involucradas en el desarrollo del Estado de la Técnica de palos de golf,
ponderando aquellas que invierten más en I+D+i y analizando la evolución histórica
de las mismas.
Habiendo profundizado en el estudio de estas patentes concretas, en este
Proyecto se analiza también la nada despreciable influencia del sector del golf en la
economía de cada vez más países y, en consecuencia, el incentivo a la innovación
tecnológica, así como al desarrollo de las características I+D+i de las principales
empresas que operan en el sector.
El palo de golf propuesto como resultado de este Proyecto, cumple los
requisitos de patentabilidad que el vigente sistema legal establece. Por ello, no sólo se
ha detallado el núcleo de la invención sino que también se han propuesto
reivindicaciones de patente que pudieran ser presentadas ante la Oficina Española de
Patentes y Marcas a fin de obtener la protección que las leyes otorgan a las invenciones
novedosas, con actividad inventiva y susceptibles de aplicación industrial.
4
Summary
Alter several researches about golf, only in Spain, this business generates over 2.375
million euros every year (whereas if we consider the USA we would be talking of
nearly 60.000 million dollars) with an annual growth rate over 12%.
This huge business figure, encourages the use of the latest technologies applied
to sport, as shown in the continuous evolutions of shapes and materials, both in the
clubs as in the accessories, which come faster and more regularly than ever.
In this Master Thesis an innovative club has been designed and this, implies an
inventive step over the existing state of the art. Going more into the detail, the new
club has a revolutionary shaft conformed by a circular pipe and a slim concentric
Scandium or Scandium-steel alloy layer. This alloy can cover partially or completely
the length of the shaft, providing a 10% distance increase, 15% higher accuracy, better
image and above all, a reduction to the limit of the vibration in the moment of hitting
the ball.
To sum up, changing the shaft material will provide longer distance, precision
and increased showiness.
In order to reach this final result we have had to set several stages, which by
completing them have allowed us to achieve the final result.
To develop a revolutionary golf club it is essential to get a whole deep
knowledge about industrial property in general, and about the state of the art of clubs
making in particular.
The knowledge of intellectual and industrial property is composed by the
research of published patent applications, utility models, collective agreements and
treaties which could be applied to our product.
The knowledge of the Technical Status of golf clubs, has been acquired trough
the analyse of all the research, development and innovation processes related to the
product, with a exhaustive learning and treatment of their data. This step has been
5
critical to develop what has finally become the core of the process: the historical
evolution of steel shafts.
The mandatory publication of the patents request, make that the RTD
(Research, Technological Development and Innovation) processes kick off from
previous results, from which it is possible to learn and after become the stating point of
new researches, making this the basis of the general technological evolution in general
and in our Master Thesis in particular.
Through a statistic comparative research of all the studied cases, setting the
metrics and precisely quantifying the different possibilities, the study of difficult to
measure processes as i.e. the RTD ones have been optimized.
A double selection of patents has been carried out in order to ease the
settlement of a narrower invention framework.
Firstly, choosing patents from which there have been a special technical
development and afterwards with the requested patents submitted by companies
involved in the development of the Technological Status of golf clubs, pondering
which ones invest more in RTD and checking out their breakthroughs-record in the
past.
Having studied in depth these patents, the Master Thesis already takes into
account the growing importance of golf in the economies of greater number of
countries and therefore, in promoting the technological innovation. The Master Thesis
also studies the RTD characteristics of the main companies operating this market.
The suggested golf club as result of the Master Thesis, matches all the licensing
requirements settled by the present Spanish Legal Frame. Therefore, the core of the
development of the club but also the necessary procedure has been included to be
submitted in the Spanish Patents Office in order to be protected by the law about all
the innovative breakthroughs, with inventive activity and likely to be industrially
developed.
6
Índice
INTRODUCCIÓN GENERAL AL PROYECTO..............................................................................3
1 EL PROYECTO FIN DE CARRERA COMO INSTRUMENTO PARA EL
DESARROLLO ..............................................................................................................................3
ESTUDIO GENERAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL........................................................10
1 INTRODUCCIÓN.......................................................................................................................10
1.1 Naturaleza ..................................................................................................... 11
1.2 Fines y funciones .......................................................................................... 11
1.3 Medios económicos ...................................................................................... 12
2 PATENTES, MARCAS Y MODELOS DE UTILIDAD............................................................15
2.1 Introducción .................................................................................................. 15
2.2 Patentabilidad ............................................................................................... 18 2.2.1 Condiciones de patentabilidad 18 2.2.2 Restricciones a la patentabilidad 19 2.2.3 Novedad de una invención 20 2.2.4 Destrucción de la novedad 20 2.2.5 Actividad inventiva 21
2.3 Derecho a la patente y designación del inventor ....................................... 21 2.3.1 Propiedad de una invención 21 2.3.2 Cambio de propiedad de una patente 22 2.3.3 Derecho irrevocable del inventor 23
2.4 Invenciones laborales ................................................................................... 23
2.5 Concesión de la patente ............................................................................... 25 2.5.1 Presentación y requisitos de la solicitud de patente 25
2.6 Efectos de la patente y de la solicitud de patente ...................................... 27 2.6.1 Salvedades 27 2.6.2 Reivindicaciones 28
2.7 Obligación de explotar y licencias obligatorias.......................................... 28 2.7.1 Requisitos para la concesión de licencias obligatorias 29
2.8 Caducidad de las patentes ........................................................................... 29
2.9 Patentes secretas ........................................................................................... 29
7
2.10 Marcas ........................................................................................................... 30
2.10.1 Concepto de marca y prohibiciones de registro 30 2.10.1.1 Concepto de marca ............................................................................................................30 2.10.1.2 Prohibiciones generales.....................................................................................................30 2.10.1.3 Procedimiento de registro .................................................................................................32
2.10.2 Duración 32
2.11 Modelos de utilidad ..................................................................................... 32
3 ORGANIZACIONES RELACIONADAS CON LA PROPIEDAD INDUSTRIAL ..............35
3.1 Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI o WIPO) ....... 35 3.1.1 Datos sobre la OMPI 35 3.1.2 La OMPI en la actualidad 35 3.1.3 Derecho internacional de la propiedad intelectual 36
3.2 La oficina española de patentes y marcas (OEPM).................................... 37
3.2.1 La OEPM en la actualidad 37
4 PRINCIPALES CONVENIOS Y RESOLUCIONES ................................................................39
4.1 Convenio de la Unión de París o Convenio de la Unión........................... 39
4.2 Convenio de Munich .................................................................................... 43 4.2.1.1 Invenciones patentables ....................................................................................................44
4.2.2 Presentación de la solicitud de patente europea 44 4.2.3 Requisitos que debe cumplir la solicitud de patente europea 44 4.2.4 Designación de Estados contratantes 45
4.3 Tratado sobre el derecho de patentes (PLT)............................................... 46
4.4 Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) ............................. 48 4.4.1 Generalidades 48 4.4.2 Países afectados 48 4.4.3 Depósito 49 4.4.4 Examen preliminar 49 4.4.5 Fase nacional 49
5 LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE PATENTES (CIP).........................................50
5.1 Disposiciones generales ............................................................................... 50
5.2 Aplicación al proyecto.................................................................................. 50
ANÁLISIS EXHAUSTIVO DE LA EVOLUCIÓN DE UN PRODUCTO....................................53
1 ELECCIÓN DEL PRODUCTO...................................................................................................53
2 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LAS PATENTES RELACIONADAS CON EL
PRODUCTO.................................................................................................................................54
8
2.1 Evolución histórica de las patentes relacionadas con las varillas
metálicas de palos de golf............................................................................ 54 2.1.1 Desarrollo económico del sector del golf 54 2.1.2 Sustitución progresiva de las varillas metálicas por otros materiales 55
2.2 Repartición de patentes según el país de solicitud .................................... 56
2.3 Líneas de evolución y flancos de mayor evolución del producto ............ 58
2.3.1 Clasificación primaria 61 2.3.2 Clasificación conjunta 64 2.3.3 Grupos 70
2.3.3.1 Grupo 1: Mejoras en la forma relacionadas con variaciones en materiales ....................70 2.3.3.2 Grupo 2: Mejoras mecánicas relacionadas con variaciones en materiales ......................73 2.3.3.3 Grupo 3: Mejoras variadas en materiales .........................................................................77 2.3.3.4 Grupo 4: Mejoras únicamente relacionadas con la forma................................................80 2.3.3.5 Grupo 5: Mejoras mecánicas relacionadas con variaciones en la forma .........................82 2.3.3.6 Grupo 6: Mejoras variadas en forma ................................................................................85 2.3.3.7 Grupos 7, 8 y 9 ...................................................................................................................88 2.3.3.8 Grupo 0: Mejoras no catalogables.....................................................................................90
3 EMPRESAS DEL SECTOR QUE MÁS INVIERTEN EN INVESTIGACIÓN ......................95
3.1 Bridgestone ................................................................................................... 95
3.2 Fujikura ......................................................................................................... 99
3.3 Maruman ..................................................................................................... 102
3.4 Mizuno......................................................................................................... 106
3.5 Daiwa........................................................................................................... 109
3.6 Yokohama ................................................................................................... 112
3.7 True Temper................................................................................................ 114
3.8 TaylorMade ................................................................................................. 117
3.9 Callaway...................................................................................................... 120
3.10 Spalding ...................................................................................................... 124
3.11 Otras empresas significativas del sector................................................... 126 3.11.1 Nike 127 3.11.2 Aldila 127
PROPUESTA DE INNOVACIÓN ................................................................................................129
1 PRESENTACIÓN DE LA INVENCIÓN .................................................................................129
CONCLUSIONES ...........................................................................................................................133
BIBLIOGRAFÍA..............................................................................................................................135
9
ANEXOS ..........................................................................................................................................138
A BASE DE DATOS......................................................................................................................138
10
Índice de Figuras
Figura 1. Motivación del proyecto 3 Figura 2. Objetivos del proyecto 4 Figura 3. Análisis pormenorizado de las patentes relacionadas con el producto 5 Figura 4. Optimización del estudio a través de tratamiento estadístico de datos 6 Figura 5.Profundización en el estudio de patentes con especial desarrollo de la técnica 7 Figura 6. Profundización en patentes solicitadas por empresas importantes del sector 7 Figura 7. Planificación de la carga de trabajo del proyecto 8 Figura 9. Jugadores de golf en el mundo 57 Figura 10. Campos de golf en el mundo 57 Figura 11: Repartición de patentes solicitadas según el año y el país de solicitud 58 Figura 12. Repartición de todas las patentes según clasificación primaria 62 Figura 13. Histograma según clasificación primaria 63 Figura 14. Repartición de todas las patentes según clasificación primaria eliminando casos
no catalogables 63 Figura 15. Histograma según clasificación primaria eliminando casos no catalogables 64 Figura 16. Repartición de todas las patentes según clasificación conjunta 66 Figura 17. Histograma según clasificación conjunta 67 Figura 20. Repartición de las patentes del grupo 1 71 Figura 21. Patente destacable del grupo 1 72 Figura 22. Portada y diseño de patente del grupo 1 73 Figura 24. Patente destacable del grupo 2 76 Figura 25. Portada y diseño de patente del grupo 1 77 Figura 26. Repartición de las patentes del grupo 3 78 Figura 27. Patente destacable del grupo 3 79 Figura 28. Portada y diseño de patente del grupo 1 80 Figura 29. Patente destacable del grupo 4 81 Figura 30. Portada y diseño de patente del grupo 4 82 Figura 31. Repartición de las patentes del grupo 5 83 Figura 32. Patente destacable del grupo 5 84 Figura 33. Portada y diseño de patente del grupo 5 85 Figura 34. Repartición de las patentes del grupo 6 86 Figura 35. Patente destacable del grupo 6 87 Figura 36. Portada y diseño de patente del grupo 6 88 Figura 37. Patente destacable del grupo 7 89 Figura 38. Portada y diseño de patente del grupo 7 90
11
Figura 39. Repartición de las patentes del grupo 0 92 Figura 40. Patente destacable del grupo 0 93 Figura 41. Portada y diseño del grupo 0 94 Figuras 42 y 43. Evolución de ventas netas e ingresos netos globales de Bridgestone 96 Figura 44. Distribución de las patentes de Bridgestone según clasificación primaria 97 Figura 45. Distribución de las patentes de Bridgestone según clasificación conjunta 99 Figura 46. Distribución de las patentes de Fujikura según clasificación primaria 101 Figura 47. Distribución de las patentes de Fujikura según clasificación conjunta 102 Figura 48. Distribución de las patentes de Maruman según clasificación primaria 105 Figura 49. Distribución de las patentes de Maruman según clasificación conjunta 106 Figura 50. Distribución de las patentes de Mizuno según clasificación primaria 108 Figura 51. Distribución de las patentes de Mizuno según clasificación conjunta 109 Figura 52. Distribución de las patentes de Daiwa según clasificación primaria 110 Figura 53. Distribución de las patentes de Daiwa según clasificación conjunta 111 Figura 54. Distribución de las patentes de Yokohama según clasificación primaria 113 Figura 55. Distribución de las patentes de Yokohama según clasificación conjunta 114 Figura 56. Distribución de las patentes de True Temper según clasificación primaria 116 Figura 57. Distribución de las patentes de True Temper según clasificación conjunta 117 Figura 58. Distribución de las patentes de Taylor Made según clasificación primaria 119 Figura 59. Distribución de las patentes de Taylor Made según clasificación conjunta 120 Figura 60. Distribución de las patentes de Callaway según clasificación primaria 122 Figura 61. Distribución de las patentes de Callaway según clasificación conjunta 123 Figura 62. Distribución de las patentes de Spalding según clasificación primaria 125 Figura 63. Distribución de las patentes de Spalding según clasificación conjunta 126 Figuras 64, 65 y 66. Diseños explicativos de la invención 132
151
Índice de Tablas
Tabla 1. Tabla de frecuencias para la clasificación primaria ...........................................................61 Tabla 2. Tabla de frecuencias para la clasificación conjunta ...........................................................65 Tabla 3. Tabla de frecuencias para la clasificación conjunta
eliminando casos no catalogables 68 Tabla 4. Tabla de frecuencias para el grupo 1 ..................................................................................70 Tabla 5. Tabla de frecuencias para el grupo 2 ..................................................................................74 Tabla 6. Tabla de frecuencias para el grupo 3 ..................................................................................78 Tabla 7. Tabla de frecuencias para el grupo 5 ..................................................................................83 Tabla 8. Tabla de frecuencias para el grupo 6 ..................................................................................86 Tabla 9. Tabla de frecuencias para el grupo 0 ..................................................................................91 Tabla 10. Datos financieros globales de Bridgestone.......................................................................96 Tabla 11. Tabla de frecuencias para la compañía Bridgestone según la clasificación primaria....97 Tabla 12. Tabla de frecuencias para la compañía Bridgestone según la clasificación conjunta ....98 Tabla 13. Tabla de frecuencias para la compañía Fujikura según la clasificación primaria.......100 Tabla 14. Tabla de frecuencias para la compañía Fujikura según la clasificación conjunta........101 Tabla 15. Tabla de frecuencias para la compañía Maruman según la clasificación primaria .....104 Tabla 16. Tabla de frecuencias para la compañía Maruman según la clasificación conjunta .....105 Tabla 17. Tabla de frecuencias para la compañía Mizuno según la clasificación primaria.........107 Tabla 18. Tabla de frecuencias para la compañía Mizuno según la clasificación conjunta.........108 Tabla 19. Tabla de frecuencias para la compañía Daiwa según la clasificación primaria...........110 Tabla 20. Tabla de frecuencias para la compañía Daiwa según la clasificación conjunta ...........111 Tabla 21. Tabla de frecuencias para la compañía Yokohama según la clasificación
primaria 112 Tabla 22. Tabla de frecuencias para la compañía Yokohama según la clasificación conjunta ....113 Tabla 23. Tabla de frecuencias para la compañía True Temper según la clasificación primaria115 Tabla 24. Tabla de frecuencias para la compañía True Temper según la clasificación conjunta 116 Tabla 25. Tabla de frecuencias para la compañía TaylorMade según la clasificación primaria .118 Tabla 26. Tabla de frecuencias para la compañía Taylor Made según la clasificación conjunta.119 Tabla 28. Tabla de frecuencias para la compañía Callaway según la clasificación primaria ......122 Tabla 27. Tabla de frecuencias para la compañía Callaway según la clasificación conjunta ......123 Tabla 30. Tabla de frecuencias para la compañía Spalding según la clasificación primaria.......124 Tabla 31. Tabla de frecuencias para la compañía Spalding según la clasificación conjunta .......125
151
Introducción general al proyecto
151
Introducción general al proyecto
1 El Proyecto Fin de Carrera como instrumento para el desarrollo
El proyecto Fin de Carrera es la única oportunidad que tiene un estudiante de
ingeniería de realizar un proyecto como ingeniero. El trabajo de ingeniero siempre ha
estado muy ligado con la labor de investigación, desarrollo e innovación de la técnica,
y este proyecto pretende entrar en el ciclo de las invenciones, y a través de la
investigación contribuir, en la medida de lo posible, al desarrollo de la ciencia.
Los aspectos relacionados con la protección legal y económica de las
innovaciones, como campo fundamental de la ingeniería son todavía hoy desconocidos
para muchos ingenieros pese a su importancia como pilar del desarrollo tecnológico.
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
2MOTIVACIÓN
Elección del producto
I+D+iI+D+i
Figura 1. Motivación del proyecto
151
Como se puede apreciar en la Figura 1, partiendo de esta iniciativa inventiva, y
tras una primera etapa de elección del producto, que se decidió fuera un palo de golf,
se establecieron una serie de etapas que dan lugar al resultado final.
Para poder desarrollar un palo de golf novedoso e inventivo se deben adquirir
toda una serie de conocimientos previos sobre propiedad industrial, en general y sobre
el estado de la técnica en lo que a nuestro producto, el palo de golf, se refiere en
particular.
Los conocimientos sobre propiedad industrial e intelectual necesarios pasan por
el estudio de patentes, modelos de utilidad, convenios y tratados aplicables a nuestra
posible invención.
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
3OBJETIVOS
SelecciónEstudio general de las patentes
PatentesPatentes
ProblemasProblemas
SolucionesSoluciones
ImplicacionesImplicaciones PALO DE GOLF
Proposiciónde una
invención
Figura 2. Objetivos del proyecto
Como muestra la Figura 2, tomando como base la continua evolución de este
sector industrial de productos, y tras un aprendizaje detallado del estado de la técnica,
a través de un análisis de todos los procesos de investigación, desarrollo e innovación
relacionados con el producto, mediante un aprendizaje exhaustivo y tratamiento de
datos de los mismos, se propondrá un producto que represente una evolución en el
campo de los palos de golf de varilla metálica (Figura 3).
151
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
5METODOLOGÍA
Análisis pormenorizado y exhaustivo de TODAS las patentes relacionadas con mi producto (~800)
Figura 3. Análisis pormenorizado de las patentes relacionadas con el producto
La mayoría de estos procesos permiten, tras una inversión inicial más o menos
costosa, recuperar el dinero invertido así como desarrollar el potencial tecnológico del
sector en el que se encuentren.
La obligación de publicación de las solicitudes de patente, hace que los procesos
de I+D+i partan de resultados obtenidos anteriormente, de los que se aprende y que
son origen de nuevas investigaciones, que serán base de la evolución tecnológica
general y de nuestro proyecto en particular.
151
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
4METODOLOGÍA
Empresas Técnica
!Análisis estadístico
Análisis pormenorizado y exhaustivo de TODAS las patentes relacionadas con mi producto (~800)
Figura 4. Optimización del estudio a través de tratamiento estadístico de datos
Como muestra la figura 4, para optimizar el estudio de unos procesos tan
complicados de medir como son los relacionados con actividades de I+D+i, se realizará
un estudio estadístico comparativo de todos los casos estudiados, que nos permitirá
cuantificar con precisión y establecer unas métricas comparativas entre ellos.
Para estrechar nuestra área de invención en la medida de lo posible, se hará
una selección de patentes en cuyo estudio se desee profundizar, atendiendo a una serie
de criterios:
• Patentes a partir de las cuales se haya producido un especial desarrollo de la
técnica, como por ejemplo la primera utilización del grafito en palos de golf.
(Figura 5).
151
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
8METODOLOGÍA
Ciencia y técnica
Profundización en determinadas patentes :
PROBLEMA:
Corta duración de los palos de golf
en niños
VarillasextensiblesVarillas
extensibles
Varillas ajustablesVarillas ajustables
¡¡Evolución significativaen la técnica!!
¡¡Evolución significativaen la técnica!!
Figura 5.Profundización en el estudio de patentes con especial desarrollo de la técnica
• Patentes solicitadas por empresas que soliciten muchas patentes, pudiendo
establecer qué empresas invierten más en I+D+i y su evolución desde hace
unos años hasta nuestro días (Figura 6).
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
7METODOLOGÍA
Empresas
Profundización en determinadas patentes:
I+D+i
TÉCNICA VENTAJA COMPETITIVA
¡¡Negocio!!
PAÍSES
Figura 6. Profundización en patentes solicitadas por empresas importantes del sector
151
Una vez profundizado el estudio de estas patentes concretas, se analizará
también la nada desdeñable influencia del sector del golf en las economías de un
número cada vez mayor de países y, en consecuencia, en la promoción de la
innovación tecnológica.
Según estudios al respecto, sólo en España, la industria del golf genera 2.375
millones de euros al año (si nos vamos a EE.UU. podemos hablar de cerca de 60.000
millones de dólares) con un crecimiento anual de más del 12%.
Este elevado volumen de negocio, promueve las tecnologías aplicadas a este
deporte, como demuestran las continuas evoluciones en materiales y formas, tanto en
palos como en accesorios, que se dan cada vez más rápida e intensamente en un
también cada vez mayor número de países.
Estrategias de innovación y conocimiento 16/03/2006
11PLANIFICACIÓN
Octubre/DiciembreOctubre/Diciembre Abril/JunioAbril/JunioEnero/MarzoEnero/Marzo
Propiedadindustrial
Análisis económico
Análisis de todas laspatentes
Patentes técnicas
Tratamiento estadístico
Desarrollo de la invención
Redacción
¿Patentede la
invención?
Figura 7. Planificación de la carga de trabajo del proyecto
Por último, como muestra la Figura 7, a partir de todo el conocimiento previo,
se propondrá una invención que será suficientemente novedosa e inventiva como para
ser patentada.
151
Estudio general de la Propiedad
Industrial
151
Estudio general de la Propiedad Industrial
1 Introducción
El destino de la propiedad industrial va íntimamente ligado al de la industria y,
en definitiva, al del desarrollo económico del país a través de su incidencia directa en
los resortes clave de la política tecnológica, ya que las invenciones industriales de un
país determinan su grado de desarrollo tecnológico, y los signos distintivos del
comerciante o industrial coadyuvan fundamentalmente al objetivo final de toda la
actividad industrial, cual es la comercialización de los productos.
La apremiante necesidad de dar a este sector punta de la actividad económica la
eficiencia que el grado de desarrollo logrado en nuestro país exige, hacen inaplazable
la adecuación de la estructura y funcionamiento del Registro de la Propiedad
Industrial, de forma que pueda servir de estímulo al industrial a través de una
organización que proteja en forma adecuada su actividad.
Con arreglo a estas directrices se organiza el actual Registro de la Propiedad
Industrial, configurándolo como Entidad Estatal Autónoma dentro de los principios
más ortodoxos que contiene la legislación reguladora de estos entes, en orden a dotarlo
de la necesaria flexibilidad que permita su permanente adaptación a la constante
evolución de este Organismo en forma análoga a la arbitrada en otros países de
organización administrativa similar a la de España. En este sentido ha de entenderse la
modificación de las Tasas vigentes de los servicios del Registro de la Propiedad
Industrial dirigida a asegurar un nivel de servicio adecuado, permitiendo, además, la
autofinanciación del Organismo.
Por otra parte, la Ley tiene también la finalidad de adecuar la organización a los
compromisos internacionales contraídos en este campo y establecer la base
imprescindible para disponer de la información tecnológica almacenada, de forma que
permita sentar con la máxima urgencia una estrategia tecnológica de cara al desarrollo
151
del país, en especial en el campo relativo a la transferencia de tecnología, cuya
desfavorable repercusión en la balanza de pagos es de sobra conocida.
1.1 Naturaleza
I. La OEPM se constituye como Organismo autónomo adscrito al Ministerio de
Industria, teniendo a su cargo, en régimen de descentralización, el cumplimiento de las
funciones y ejercicio de las actividades que por la Ley se le encomiendan.
II. La OEPM es una Entidad de Derecho Público, con personalidad jurídica y
autonomía económica y administrativa para la realización de sus fines, así como para
la gestión de su patrimonio y de los fondos que se le asignen.
1.2 Fines y funciones
El Registro de la Propiedad Industrial[1] tendrá a su cargo la realización de la
actividad administrativa que al Estado corresponde en materia de propiedad
industrial, conforme a la legislación y convenios internacionales en vigor, y será el
instrumento de la política tecnológica en este campo, atribuyéndosele de manera
especial:
1. Las actuaciones administrativas encaminadas al reconocimiento v
mantenimiento de la protección registral a las diversas manifestaciones de la
propiedad industrial -invenciones, creaciones de forma y signos distintivos-,
comprendiendo la tramitación y resolución de expedientes, las anotaciones para
constancia y la conservación y publicidad de la documentación.
2. Difundir eficazmente de forma periódica la información tecnológica objeto de
registro, sin perjuicio de otro tipo de publicaciones especiales que parezcan
aconsejables.
3. Aplicar, dentro de su competencia, los convenios internacionales vigentes en
materia de propiedad industrial, proponiendo, en su caso, la adhesión de
nuestro país a aquellos que no hayan sido aún suscritos, y, en general, facilitar
el desarrollo de las relaciones internacionales en este campo.
4. Promover iniciativas y desarrollar actividades conducentes al mejor
conocimiento y a la más adecuada protección de la propiedad industrial, tanto
en el orden nacional como en el internacional, y mantener relaciones directas
151
con cuantos Organismos y Entidades españolas o extranjeras se ocupen de estas
materias.
5. Informar sobre los proyectos de Ley y demás disposiciones de carácter general
que hayan de dictarse en materia de propiedad industrial y emitir dictámenes
sobre cuestiones referentes a la misma cuando para ello sea requerido por las
autoridades, tribunales o Entidades oficiales.
6. Cualquier otra función que la legislación vigente atribuya actualmente a la
OEPM o las que, en lo sucesivo, le sean expresamente encomendadas en las
materias propias de su competencia.
1.3 Medios económicos
La Hacienda de la OEPM estará formada por:
a) La subvención que figure en los Presupuestos Generales del Estado.
b) El producto de la recaudación por las Tasas y Exacciones Parafiscales
unificadas establecidas por la Ley.
c) Los ingresos que con carácter de precios públicos se obtengan por las
suscripciones, inserciones y venta del "Boletín Oficial de la Propiedad
Industrial" y demás publicaciones del Registro, fotocopias y servicios de
información documental.
d) Los bienes y valores que constituyen su patrimonio.
Los bienes integrantes del patrimonio del Estado que actualmente utiliza el
Organismo para el desenvolvimiento de sus servicios, se regularán de acuerdo con lo
prevenido en la Ley de Patrimonio del Estado.
Se establecen las Tasas y Exacciones Parafiscales unificadas por servicios,
prestaciones y actividades administrativas del Registro de la Propiedad Industrial, que
se sujetarán a lo dispuesto por la Ley.
Las Tasas y Exacciones Parafiscales unificadas a que se refiere el artículo anterior
tendrán las características que a continuación se indican:
l. Organismo gestor.
151
Sin perjuicio de la superior gestión del Ministerio de Hacienda, la
administración, liquidación y notificación de las Tasas corresponderá a la OEPM.
2. Hecho imponible.
Constituirá el hecho imponible de las tasas la realización de los servicios,
prestaciones y actividades administrativas en materia de propiedad industrial que se
indican en las tarifas de la Ley.
3. Sujeto pasivo.
Será sujeto pasivo del pago de las tasas la persona física o jurídica, nacional o
extranjera, que solicite alguno de los servicios, prestaciones o actividades indicadas en
el apartado anterior.
4. Bases y tipos de gravamen.
Las bases y tipos de gravamen de las Tasas y Exacciones Parafiscales unificadas
por servicios, prestaciones y actividades administrativas de la OEPM serán las
siguientes:
5. Devengo.
La obligación de contribuir nacerá en el momento de solicitarse el servicio,
prestación o actividad que constituya el hecho imponible, y en los casos de las tarifas
por anualidades o quinquenios el día primero que corresponda a la nueva anualidad o
quinquenio a satisfacer.
El pago de las tasas o exacciones podrá ser exigido en el momento de ser
solicitado el servicio, prestación o actividad, si bien en el caso de que fuese prestado
surgirá la obligación de devolver lo percibido. En el supuesto de las tasas de
mantenimiento de derechos, la fecha de vencimiento será:
a) En el caso de anualidades de patentes y modelos de utilidad, concedidos
conforme al Estatuto de la Propiedad Industrial, el último día del mes del aniversario
de la fecha de concesión del registro.
b) En el caso de quinquenios de modelos y dibujos industriales o artísticos, el
último día del mes en que se cumpla el quinto aniversario de la fecha de concesión del
registro.
151
El pago de estas tasas de mantenimiento deberá efectuarse dentro de los tres
meses anteriores a la fecha de vencimiento o en el mes posterior a dicha fecha. De no
satisfacerse su importe en este plazo, podrá abonarse el mismo con un recargo del 25
por 100 dentro de los tres primeros meses y de un 50 por 100 dentro de los tres meses
siguientes, hasta un máximo de seis meses de demora.
El pago de las tasas o exacciones podrá ser exigido en el momento de ser
solicitado el servicio, prestación o actividad, si bien en el caso de que no fuese prestado
surgirá la obligación de devolver lo percibido. En el supuesto de las anualidades o
quinquenios -el pago será exigido dentro de los quince días primeros de la anualidad o
quinquenio, y en el caso de no ser satisfecho en tal plazo, se aplicarán las demoras
consignadas en el número 2, punto 3, de la tarifa segunda.
6. Forma de pago y recaudación.
Las tasas y exacciones unificadas se satisfarán en la forma y condiciones que
por el Ministerio de Hacienda se establezcan, conforme a las normas contenidas en la
Ley de Tasas y Exacciones Parafiscales de 26 de diciembre de 1958 y disposiciones
complementarias.
7. Destino.
El importe de lo recaudado se destinará a nutrir el presupuesto de ingresos de
la OEPM.
151
2 Patentes, marcas y modelos de utilidad
2.1 Introducción
Es criterio unánime en todos los países industrializados, que la legislación en
materia de patentes influye decisivamente en la organización de la economía, al
constituir un elemento fundamental para impulsar la innovación tecnológica, principio
al que no puede sustraerse nuestro país, pues resulta imprescindible para elevar el
nivel de competitividad de nuestra industria.
Por otra parte, una Ley de Patentes, que proteja eficazmente los resultados de
nuestra investigación, constituye un elemento necesario dentro de la política española
de fomento de la investigación y el desarrollo tecnológico.
Existen múltiples factores relevantes que exigen la adopción de una nueva Ley
de Patentes, como son la existencia de un derecho europeo de patentes, constituido por
el Convenio de Munich de 5 de octubre de 1973 sobre la Patente Europea, y el
Convenio de Luxemburgo sobre la Patente Comunitaria de 15 de diciembre de 1975,
derecho que ha sido recogido en la casi totalidad de las legislaciones de patentes
europeas y que nuestro país no puede desconocer en atención, no sólo a la creciente
internacionalización de las patentes, sino a las exigencias de la armonización de las
legislaciones nacionales que impone la adhesión a la Comunidad Económica Europea.
Las características principales de la nueva Ley de Patentes son las siguientes:
En primer término, hay que destacar que el proyecto contempla dos categorías de
títulos de propiedad industrial: las patentes de invención y los modelos de utilidad.
Se mantienen los modelos de utilidad por ser una institución que responde en
muchos casos al nivel de nuestra tecnología, como lo demuestra el hecho de solicitarse
esta modalidad de protección, en más de un 80 por 100, por nacionales, pero se reduce
su duración de veinte a diez años, debido a que sólo requieren novedad relativa o
nacional y un grado de actividad inventiva o menor que el de las patentes de
invención.
151
Se suprimen las patentes de introducción por considerarse una figura anacrónica,
que no está demostrado contribuyan eficazmente al desarrollo tecnológico español, y
que son totalmente incompatibles con la regulación de patentes en el derecho europeo.
Con la finalidad de promover la investigación en el seno de la empresa española
se regulan las invenciones laborales, tratando de conciliar los intereses del empresario
y de los inventores asalariados. La inclusión de la regulación de las invenciones dentro
de la Ley de Patentes responde a la realidad actual del propio proceso productivo, y ha
sido el criterio seguido por la generalidad de las leyes de patentes europeas.
Se regula la patentabilidad de las invenciones siguiendo la del Derecho europeo,
introduciéndose en España la patentabilidad de los productos químicos, farmacéuticos
y alimentarios, si bien, en cuanto se refiere a los productos químicos y farmacéuticos,
en atención a los problemas que su implantación rápida pueda ocasionar a los
correspondientes sectores industriales, se aplaza su implantación hasta que el Gobierno
por Decreto lo establezca, sin que en ningún caso pueda hacerse antes del 7 de octubre
de 1992.
La Ley otorga una mayor protección a las patentes, tanto en cuanto al contenido
de los derechos que conllevan, muy similares a los establecidos en la patente
comunitaria, cuanto en el establecimiento de nuevas acciones, para sus titulares, muy
especialmente la acción de cesación del acto ilícito. Se incrementa la protección a las
patentes de procedimiento para la obtención de productos nuevos, mediante la
introducción del principio de inversión de la carga de la prueba incumbe a quien
afirma; se refuerzan también los procedimientos judiciales, regulándose el
aseguramiento de las pruebas de reconocimiento judicial mediante la instauración de
diligencias previas de comprobación de hechos, y se instrumentan medidas cautelares
para garantizar el resultado del juicio, cuya obtención está condicionada a que los
titulares de patentes exploten las invenciones en nuestro país.
Asimismo, y dentro de este orden de reforzar el sistema de patentes, y conseguir
que las patentes que se concedan en nuestro país sean patentes «fuertes», se establece
un nuevo sistema de concesión, mediante la introducción en el procedimiento de un
«informe sobre el estado de la técnica», que tiene además el carácter de un paso previo
para la institución de un sistema de concesión con «examen previo de novedad» como
el que rige en la mayor parte de los países industrializados, y que también se regula en
la Ley, para el momento en que se decida su implantación.
151
Todo lo anterior implicará la constitución en el Oficina Española de Patentes y
Marcas, en adelante OEPM, de un gran Fondo de Documentos de Patentes de todo el
mundo, poniéndose además un especial énfasis en poder disponer de la literatura de
patentes redactada en español. Una gran parte de los documentos de patentes en
español no son tenidos en cuenta por las Oficinas de Patentes extranjeras, cuando
examinan la novedad de las invenciones. La formación de este Fondo de documentos
permitirá, además, la creación, en su día, de un Centro Internacional de Documentos
de Patentes de habla española.
La Ley tiene en cuenta que una Ley española de Patentes, debe tender a
promover el desarrollo tecnológico de nuestro país, partiendo de su situación
industrial, por lo que ha prestado una especial atención a la protección de los intereses
nacionales, especialmente mediante un reforzamiento de las obligaciones de los
titulares de patentes a fin de que la explotación de las patentes se produzca dentro del
territorio nacional y tenga lugar, en consecuencia, una verdadera transferencia de
tecnología, pero siempre respetando el Convenio de la Unión de París de 20 de mayo
de 1883 texto revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967 y en vigor en España.
Con dicha finalidad se regula la explotación de las patentes, y se pone especial
cuidado en la regulación de las transmisiones de las patentes y de las licencias
contractuales.
Se establece un régimen adecuado de licencias obligatorias por falta de
explotación de las patentes en España, modificando la poco eficiente regulación de las
licencias de explotación en el derecho actual. Y por primera vez se regulan en nuestro
país las licencias obligatorias por dependencia de patentes y por motivos de interés
público.
La importancia de las funciones que la Ley atribuye a la OEPM exigirá un
especial dinamismo en la actuación futura de este Organismo, que requerirá nuevos
medios materiales, humanos y financieros para la implantación del informe sobre el
estado de la técnica y en su día del examen previo.
En resumen, la Ley instaura un nuevo Derecho de patentes en España, que
implica un cambio sustancial de la regulación existente, lo que obliga a la inclusión de
numerosas disposiciones transitorias, dirigidas a la implantación del nuevo sistema de
una forma progresiva, pero eficaz.
151
2.2 Patentabilidad
2.2.1 Condiciones de patentabilidad
1. Son patentables las invenciones nuevas, que impliquen actividad inventiva y
sean susceptibles de aplicación industrial, aún cuando tengan por objeto un producto
que esté compuesto o que contenga materia biológica, o un procedimiento mediante el
cual se produzca, transforme o utilice materia biológica.
2. La materia biológica aislada de su entorno natural o producida por medio de
un procedimiento técnico podrá ser objeto de una invención, aun cuando ya exista
anteriormente en estado natural.
3. Se entenderá por "materia biológica" la materia que contenga información
genética autorreproducible o reproducible en un sistema biológico y por
"procedimiento microbiológico", cualquier procedimiento que utilice una materia
microbiológica, que incluya una intervención sobre la misma o que produzca una
materia microbiológica.
4. No se considerarán invenciones en el sentido de los apartados anteriores, en
particular:
a) Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos.
b) Las obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética, así como las
obras científicas.
c) Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales,
para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas
de ordenadores.
d) Las formas de presentar informaciones.
5. Lo dispuesto en el apartado anterior excluye la patentabilidad de las
invenciones mencionadas en el mismo solamente en la medida en que el objeto para el
que la patente se solicita comprenda una de ellas.
6. No se considerarán como invenciones susceptibles de aplicación industrial en
el sentido del apartado 1, los métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del
cuerpo humano o animal ni los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o
animal. Esta disposición no será aplicable a los productos, especialmente a las
151
sustancias o composiciones ni a las invenciones de aparatos o instrumentos para la
puesta en práctica de tales métodos.
2.2.2 Restricciones a la patentabilidad
Sin embargo, no podrán ser objeto de patente:
1. Las invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a
las buenas costumbres, sin poderse considerar como tal a la explotación de una
invención por el mero hecho de que esté prohibida por una disposición legal o
reglamentaria.
En particular, no se considerarán patentables en virtud de lo dispuesto en el
párrafo anterior:
a) Los procedimientos de clonación de seres humanos.
b) Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del
ser humano.
c) Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales.
d) Los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales
que supongan para éstos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria
sustancial para el hombre o el animal, y los animales resultantes de tales
procedimientos.
2. Las variedades vegetales y las razas animales. Serán, sin embargo,
patentables las invenciones que tengan por objeto vegetales o animales si la viabilidad
técnica de la invención no se limita a una variedad vegetal o a una raza animal
determinada.
3. Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de
animales. A estos efectos se considerarán esencialmente biológicos aquellos
procedimientos que consistan íntegramente en fenómenos naturales como el cruce o la
selección.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no afectará a la patentabilidad de las invenciones
cuyo objeto sea un procedimiento microbiológico o cualquier otro procedimiento
técnico o un producto obtenido por dichos procedimientos.
151
4. El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo,
así como el simple descubrimiento de uno de sus elementos, incluida la secuencia o la
secuencia parcial de un gen.
Sin embargo, un elemento aislado del cuerpo humano u obtenido de otro modo
mediante un procedimiento técnico, incluida la secuencia total o parcial de un gen,
podrá considerarse como una invención patentable, aún en el caso de que la estructura
de dicho elemento sea idéntica a la de un elemento natural.
La aplicación industrial de una secuencia total o parcial de un gen deberá figurar
explícitamente en la solicitud de patente.
2.2.3 Novedad de una invención
1. Se considera que una invención es nueva cuando no está comprendida en el
estado de la técnica.
2. El estado de la técnica está constituido por todo lo que antes de la fecha de
presentación de la solicitud de patente se ha hecho accesible al público en España o en
el extranjero por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro
medio.
3. Se entiende igualmente comprendido en el estado de la técnica el contenido
de las solicitudes españolas de patentes o de modelos de utilidad, tal como hubieren
sido originariamente presentadas, cuya fecha de presentación sea anterior a la que se
menciona en el apartado precedente y que hubieren sido publicadas en aquella fecha o
lo sean en otra fecha posterior.
2.2.4 Destrucción de la novedad
No se tomará en consideración para determinar el estado de la técnica una
divulgación de la invención que, acaecida dentro de los seis meses anteriores a la
presentación de la solicitud en la OEPM haya sido consecuencia directa o indirecta:
a) De un abuso evidente frente al solicitante o su causante.
b) Del hecho de que el solicitante o su causante hubieren exhibido la invención
en exposiciones oficiales u oficialmente reconocidas.
En este caso será preciso que el solicitante, al presentar la solicitud, declare que
151
la invención ha sido realmente exhibida y que, en apoyo de su declaración,
aporte el correspondiente certificado dentro del plazo y en las condiciones que
se determinen reglamentariamente.
c) De los ensayos efectuados por el solicitante o por sus causantes, siempre que
no impliquen una explotación o un ofrecimiento comercial del invento.
2.2.5 Actividad inventiva
1. Se considera que una invención implica una actividad inventiva si aquélla no
resulta del estado de la técnica de una manera evidente para un experto en la materia.
2. Si el estado de la técnica comprende documentos de los mencionados en el
artículo 6, apartado 3, no serán tomados en consideración para decidir sobre la
existencia de la actividad inventiva.
Se considera que una invención es susceptible de aplicación industrial cuando
su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la
agrícola.
2.3 Derecho a la patente y designación del inventor
2.3.1 Propiedad de una invención
El derecho a la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes y es
transmisible por todos los medios que el Derecho reconoce.
Si la invención hubiere sido realizada por varias personas conjuntamente, el
derecho a obtener la patente pertenecerá en común a todas ellas.
Cuando una misma invención hubiere sido realizada por distintas personas de
forma independiente, el derecho a la patente pertenecerá a aquél cuya solicitud tenga
una fecha anterior de presentación en España, siempre que dicha solicitud se publique
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32.
En el procedimiento ante el OEPM se presume que el solicitante está legitimado
para ejercer el derecho a la patente.
Si la patente hubiere sido concedida a una persona no legitimada para obtenerla
la persona legitimada en virtud de dicho artículo podrá reivindicar que le sea
151
transferida la titularidad de la patente, sin perjuicio de cualesquiera otros derechos o
acciones que puedan corresponderle.
Cuando una persona sólo tenga derecho a una parte de la patente, podrá
reivindicar que le sea atribuida la cotitularidad de la misma conforme a lo dispuesto en
el apartado anterior.
Los derechos mencionados en los apartados anteriores sólo serán ejercitables en
un plazo de dos años desde la fecha en que se publicó la mención de la concesión de la
patente en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial». Este plazo no será aplicable
si el titular, en el momento de la concesión o de la adquisición de la patente, conocía
que no tenía derecho a la misma.
Será objeto de la anotación en el OEPM de patentes a efectos de publicidad frente
a terceros, la presentación de una demanda judicial para el ejercicio de las acciones
mencionadas en el presente artículo, así como la sentencia firme o cualquier otra forma
de terminación del procedimiento iniciado en virtud de dicha demanda, a instancia de
parte interesada.
2.3.2 Cambio de propiedad de una patente
Cuando se produzca un cambio en la titularidad de una patente como
consecuencia de una sentencia de las previstas en el artículo anterior, las licencias y
demás derechos de terceros sobre la patente se extinguirán por la inscripción en la
OEPM de la persona legitimada.
Tanto el titular de la patente como el titular de una licencia obtenida antes de la
inscripción de la presentación de la demanda judicial que, con anterioridad a esa
misma inscripción, hubieran explotado la invención o hubieran hecho preparativos
efectivos y reales con esa finalidad, podrán continuar o comenzar la explotación
siempre que soliciten una licencia no exclusiva al nuevo titular inscrito en la OEPM, en
un plazo de dos meses si se trata del anterior titular de la patente o, en el caso del
licenciatario, de un plazo de cuatro meses desde que hubiere recibido la notificación de
la OEPM por la que se le comunica la inscripción del nuevo titular. La licencia ha de ser
concedida para un período adecuado y en unas condiciones razonables, que se fijarán,
en caso necesario, por el procedimiento establecido en la Ley para las licencias
obligatorias.
151
No es aplicable lo dispuesto en el apartado anterior si el titular de la patente o
de la licencia hubiera actuado de mala fe en el momento en que comenzó la explotación
o los preparativos para la misma.
2.3.3 Derecho irrevocable del inventor
El inventor tiene, frente al titular de la solicitud de patente o de la patente, el
derecho a ser mencionado como tal inventor en la patente.
2.4 Invenciones laborales
Las invenciones, realizadas por el trabajador durante la vigencia de su contrato
o relación de trabajo o de servicios con la empresa, que sean fruto de una actividad de
investigación explícita o implícitamente constitutiva del objeto de su contrato,
pertenecen al empresario.
El trabajador, autor de la invención, no tendrá derecho a una remuneración
suplementaria por su realización, excepto si su aportación personal a la invención y la
importancia de la misma para la empresa exceden de manera evidente del contenido
explícito o implícito de su contrato o relación de trabajo.
Las invenciones en cuya realización no concurran las circunstancias citadas
previamente, pertenecen al trabajador, autor de las mismas.
No obstante, cuando el trabajador realizase una invención en relación con su
actividad profesional en la empresa y en su obtención hubieran influido
predominantemente conocimientos adquiridos dentro de la empresa o la utilización de
medios proporcionados por ésta, el empresario tendrá derecho a asumir la titularidad
de la invención o a reservarse un derecho de utilización de la misma.
Cuando el empresario asuma la titularidad de una invención o se reserve un
derecho de utilización de la misma, el trabajador tendrá derecho a una compensación
económica justa, fijada en atención a la importancia industrial y comercial del invento
y teniendo en cuenta el valor de los medios o conocimientos facilitados por la empresa
y las aportaciones propias del trabajador.
El trabajador que realice alguna de las invenciones previamente citadas como
reclamables por el empresario, deberá informar de ello al empresario, mediante
comunicación escrita, con los datos e informes necesarios para que aquél pueda
151
ejercitar los derechos que le corresponden en el plazo de tres meses. El incumplimiento
de esta obligación llevará consigo la pérdida de los derechos que se reconocen al
trabajador en este Título.
Tanto el empresario como el trabajador deberán prestar su colaboración en la
medida necesaria para la efectividad de los derechos reconocidos en el presente Título,
absteniéndose de cualquier actuación que pueda redundar en detrimento de tales
derechos.
Las invenciones para las que se presente una solicitud de patente o de otro
título de protección exclusiva dentro del año siguiente a la extinción de la relación de
trabajos o de servicios podrán ser reclamadas por el empresario.
Será nula toda renuncia anticipada del trabajador a los derechos que la Ley le
otorga en este Título.
Las normas del presente título serán aplicables a los funcionarios, empleados y
trabajadores del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y demás
Entes Públicos, sin perjuicio de lo previsto en los párrafos siguientes.
Corresponde a la Universidad la titularidad de las invenciones realizadas por el
profesor como consecuencia de su función de investigación en la universidad y que
pertenezcan al ámbito de sus funciones docente e investigadora. Toda invención de
este tipo debe ser notificada inmediatamente a la Universidad por el profesor autor de
la misma.
El profesor tendrá, en todo caso, derecho a participar en los beneficios que
obtenga la Universidad de la explotación o de la cesión de sus derechos sobre las
invenciones mencionadas en el punto 2. Corresponderá a los Estatutos de la
Universidad determinar las modalidades y cuantía de esta participación.
La Universidad podrá ceder la titularidad de las invenciones mencionadas
previamente al profesor, autor de las mismas, pudiendo reservarse en este caso una
licencia no exclusiva, intransferible y gratuita de explotación.
Cuando el profesor obtenga beneficios de la explotación de una invención de
este tipo, la Universidad tendrá derecho a una participación en los mismos
determinada por los Estatutos de la Universidad.
151
Cuando el profesor realice una invención como consecuencia de un contrato
con un ente privado o público, el contrato deberá especificar a cuál de las partes
contratantes corresponderá la titularidad de la misma.
Lo previamente establecido para profesores y Universidades es equivalente para
invenciones del personal investigador de entes públicos de investigación.
2.5 Concesión de la patente
2.5.1 Presentación y requisitos de la solicitud de patente
Para la obtención de una patente será preciso presentar una solicitud, que
deberá contener:
a) Una instancia dirigida al Director de la OEPM.
b) Una descripción del invento para el que se solicita la patente.
c) Una o varias reivindicaciones.
d) Los dibujos a los que se refieran la descripción o las reivindicaciones.
e) Un resumen de la invención.
La presentación de la solicitud dará lugar al pago de las tasas por la Ley.
Tanto la solicitud como los restantes documentos que hayan de presentarse ante
la OEPM deberán estar redactados en castellano y habrán de cumplir con los requisitos
que se establezcan reglamentariamente.
En las Comunidades Autónomas, los documentos indicados en el apartado
cuarto podrán presentarse en las oficinas de la Administración Autonómica, cuando
tengan reconocida la competencia correspondiente. Tales documentos podrán
redactarse en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma, debiendo ir acompañados
de la correspondiente traducción en castellano, que se considerará auténtica en caso de
duda entre ambas.
La fecha de presentación de la solicitud será la del momento en que el
solicitante entregue a las Oficinas españolas autorizadas para la recepción de
solicitudes de patente los siguientes documentos redactados en la forma siguiente:
a) Una declaración por la que se solicite una patente.
b) La identificación del solicitante.
151
c) Una descripción y una o varias reivindicaciones, aunque no cumplan con los
requisitos formales establecidos en la Ley.
Si durante el procedimiento de concesión se modifica total o parcialmente el
objeto de la solicitud de patente, se considerará como fecha de presentación la de
introducción de la modificación respecto a la parte afectada por ésta.
La solicitud de patente no podrá comprender más que una sola invención o un
grupo de invenciones relacionadas entre sí de tal manera que integren un único
concepto inventivo general.
En caso contrario habrán de ser divididas de acuerdo con lo que se disponga
reglamentariamente. Las solicitudes divisionarias tendrán la misma fecha de
presentación de la solicitud inicial de la que procedan, en la medida en que su objeto
estuviere ya contenido en aquella solicitud.
La invención debe ser descrita en la solicitud de patente de manera
suficientemente clara y completa para que un experto sobre la materia pueda
ejecutarla.
Las reivindicaciones definen el objeto por el que se solicita la protección. Deben
ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.
El resumen de la invención servirá exclusivamente para una finalidad de
información técnica.
Quien hubiere presentado regularmente una solicitud de patente de invención,
de modelo de utilidad, de certificado de utilidad o de certificado de inventor en alguno
de los países de la Unión para la Protección de la Propiedad Industrial[1] o sus
causahabientes gozarán, para la presentación de una solicitud de patente en España
para la misma invención, del derecho de prioridad establecido en el Convenio de la
Unión de París para la Protección de la Propiedad Industrial.
Tendrá el mismo derecho de prioridad mencionado en el apartado anterior
quien hubiere presentado una primera solicitud de protección en un país que, sin
pertenecer a la Unión para la Protección de Propiedad Industrial, reconozca a las
solicitudes presentadas en España un derecho de prioridad con efectos equivalentes a
los previstos en el Convenio de la Unión.
151
2.6 Efectos de la patente y de la solicitud de patente
La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir
de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se
publica la mención de que ha sido concedida.
La patente confiere a su titular el derecho a impedir a cualquier tercero que no
cuente con su consentimiento:
a) La fabricación, el ofrecimiento, la introducción en el comercio o la utilización
de un producto objeto de la patente o la importación o posesión del mismo para alguno
de los fines mencionados.
b) La utilización de un procedimiento objeto de la patente o el ofrecimiento de
dicha utilización, cuando el tercero sabe, o las circunstancias hacen evidente que la
utilización del procedimiento está prohibida sin el consentimiento del titular de la
patente.
c) El ofrecimiento, la introducción en el comercio o la utilización del producto
directamente obtenido por el procedimiento objeto de la patente o la importación o
posesión de dicho producto para alguno de los fines mencionados.
La patente confiere igualmente a su titular el derecho a impedir que sin su
consentimiento cualquier tercero entregue u ofrezca entregar medios para la puesta en
práctica de la invención patentada relativos a un elemento esencial de la misma a
personas no habilitadas para explotarla, cuando el tercero sabe o las circunstancias
hacen evidente que tales medios son aptos para la puesta en práctica de la invención y
están destinados a ella.
2.6.1 Salvedades
Los derechos contenidos por la patente no se extienden:
a) A los actos realizados en un ámbito privado y con fines no comerciales.
b) A los actos realizados con fines experimentales que se refieran al objeto de la
invención patentada.
Los derechos conferidos por la patente no se extienden a los actos relativos a un
producto protegido por ella después de que ese producto haya sido puesto en el
comercio en el territorio de un Estado miembro de la Comunidad Europea por el
titular de la patente o con su consentimiento.
151
El titular de una patente no tiene derecho a impedir que quienes de buena fe y
con anterioridad a la fecha de prioridad de la patente hubiesen venido explotando en el
país lo que resulte constituir el objeto de la misma, o hubiesen hecho preparativos
serios y efectivos para explotar dicho objeto, prosigan o inicien su explotación en la
misma forma en que la venían realizando hasta entonces o para la que habían hecho los
preparativos y en la medida adecuada para atender a las necesidades razonables de su
empresa. Este derecho de explotación sólo es transmisible juntamente con las
empresas.
Los derechos conferidos por la patente no se extienden a los actos relativos a un
producto amparado por ella después de que ese producto haya sido puesto en el
comercio por la persona que disfruta del derecho de explotación establecido en el
apartado anterior.
2.6.2 Reivindicaciones
La extensión de la protección conferida por la patente o por la solicitud de
patente se determina por el contenido de las reivindicaciones. La descripción y los
dibujos sirven, sin embargo, para la interpretación de las reivindicaciones.
Para el período anterior a la concesión de la patente, la extensión de la
protección se determina por las reivindicaciones de la solicitud, tal como ésta
hubiera sido hecha pública. Esto no obstante, la patente, tal como hubiere sido
concedida, determinará con carácter retroactivo la protección mencionada,
siempre que ésta no hubiere resultado ampliada.
2.7 Obligación de explotar y licencias obligatorias
El titular de la patente está obligado a explotar la invención patentada, bien por si o
por persona autorizada por él, mediante su ejecución en España o en el territorio de un
miembro de la Organización Mundial del Comercio de forma que dicha explotación
resulte suficiente para satisfacer la demanda del mercado nacional. La explotación
deberá realizarse dentro del plazo de cuatro años desde la fecha de presentación de la
solicitud de patente, o de tres años desde la fecha en que se publique la concesión de
ésta en el "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial", con aplicación automática del
plazo que expire más tarde.
151
2.7.1 Requisitos para la concesión de licencias obligatorias
Procederá la concesión de licencias obligatorias sobre una determinada patente,
cuando, no estando sujeta al ofrecimiento de licencias de pleno derecho, concurra
alguno de los supuestos siguientes:
a) Falta o insuficiencia de explotación de la invención patentada.
b) Necesidad de la exportación.
c) Dependencia entre las patentes, o entre patentes y derechos de obtención
vegetal.
Una vez finalizado el plazo de cuatro años establecido para iniciar la
explotación de la invención protegida por la patente, cualquier persona podrá solicitar
la concesión de una licencia obligatoria sobre la patente, si en el momento de la
solicitud, y salvo excusas legítimas, no se ha iniciado la explotación de la patente o no
se han realizado preparativos efectivos y serios para explotar la invención objeto de la
patente, o cuando la explotación de ésta ha sido interrumpida durante más de tres
años.
Por motivo de interés público, el gobierno podrá someter en cualquier momento
una solicitud de patente o una patente ya otorgada a la concesión de licencias
obligatorias, disponiéndolo así por Real Decreto.
2.8 Caducidad de las patentes
a) Por la expiración del plazo para el que hubieren sido concedidas.
b) Por renuncia del titular.
c) Por falta de pago en tiempo oportuno de una anualidad y, en su caso, de la
sobretasa correspondiente.
d) Si la invención no es explotada en los dos años siguientes a la concesión de la
primera licencia obligatoria.
e) Por incumplimiento de la obligación de explotar prevista.
2.9 Patentes secretas
El contenido de todas las solicitudes de patentes se mantendrá en secreto
durante los dos meses siguientes a la fecha de su presentación, salvo que la OEPM
autorice su divulgación con anterioridad.
151
La patente cuya concesión se hubiera tramitado en secreto se inscribirá en un
registro secreto y se mantendrá en ese mismo régimen durante un año a partir de la
fecha de su concesión. La prolongación de ese plazo deberá hacerse anualmente,
haciendo la correspondiente notificación al titular de la patente.
2.10 Marcas
2.10.1 Concepto de marca y prohibiciones de registro
2.10.1.1 Concepto de marca
Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que
sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de
otras.
Tales signos podrán, en particular, ser:
a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven
para identificar a las personas.
b) Las imágenes, figuras, símbolos y dibujos.
c) Las letras, las cifras y sus combinaciones.
d) Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios,
los envases y la forma del producto o de su presentación.
e) Los sonoros.
f) Cualquier combinación de los signos que, con carácter enunciativo, se
mencionan en los apartados anteriores.
2.10.1.2 Prohibiciones generales
No podrá registrarse como marca un signo que sea idéntico o semejante a una
marca o nombre comercial anteriores aunque se solicite su registro para productos o
servicios que no sean similares a los protegidos por dichos signos anteriores cuando,
por ser éstos notorios o renombrados en España, el uso de esa marca pueda indicar una
conexión entre los productos o servicios amparados por la misma y el titular de
aquellos signos o, en general, cuando ese uso, realizado sin justa causa, pueda implicar
un aprovechamiento indebido o un menoscabo del carácter distintivo o de la
notoriedad o renombre de dichos signos anteriores.
151
A los efectos de la Ley, se entenderá por marca o nombre comercial notorios los
que, por su volumen de ventas, duración, intensidad o alcance geográfico de su uso,
valoración o prestigio alcanzado en el mercado o por cualquier otra causa, sean
generalmente conocidos por el sector pertinente del público al que se destinan los
productos, servicios o actividades que distinguen dicha marca o nombre comercial. La
protección otorgada, cuando concurran los requisitos previstos en el mismo, alcanzará
a productos, servicios o actividades de naturaleza tanto más diferente cuanto mayor
sea el grado de conocimiento de la marca o nombre comercial notorios en el sector
pertinente del público o en otros sectores relacionados.
Cuando la marca o nombre comercial sean conocidos por el público en general,
se considerará que los mismos son renombrados y el alcance de la protección se
extenderá a cualquier género de productos, servicios o actividades.
Sin la debida autorización, tampoco podrán registrarse como marcas:
a) El nombre civil o la imagen que identifique a una persona distinta del
solicitante de la marca.
b) El nombre, apellido, seudónimo o cualquier otro signo que para la
generalidad del público identifique a una persona distinta del solicitante.
c) Los signos que reproduzcan, imiten o transformen creaciones protegidas por
un derecho de autor o por otro derecho de propiedad industrial distinto de los
contemplados previamente.
d) El nombre comercial, denominación o razón social de una persona jurídica
que antes de la fecha de presentación o prioridad de la marca solicitada identifique en
el tráfico económico a una persona distinta del solicitante, si, por ser idéntica o
semejante a estos signos y por ser idéntico o similar su ámbito de aplicación, existe un
riesgo de confusión en el público. A estos efectos, el titular de esos signos habrá de
probar el uso o conocimiento notorio de dichos signos en el conjunto del territorio
nacional.
e) No podrán registrarse como marcas el nombre, apellidos, seudónimo o
cualquier otro signo que identifique al solicitante del registro si los mismos incurren en
alguna de las prohibiciones de registro contenidas en el presente título.
151
2.10.1.3 Procedimiento de registro
El órgano competente para recibir la solicitud examinará:
a) Si la solicitud de marca cumple los requisitos para que se otorgue una fecha
de presentación conforme a las condiciones previamente establecidas.
b) Si se ha satisfecho la tasa de solicitud.
c) Si la solicitud de marca reúne los demás requisitos formales establecidos
reglamentariamente.
d) Si el solicitante está legitimado para solicitar una marca, conforme a la Ley.
Si del examen resultara que la solicitud presenta alguna irregularidad o defecto,
se decretará la suspensión de la tramitación del expediente y se otorgará al solicitante
el plazo que reglamentariamente se determine para que los subsane o formule, en su
caso, las alegaciones pertinentes.
Si la irregularidad consistiera en el incumplimiento de los requisitos necesarios
para obtener una fecha de presentación, se otorgará la del día en que se subsane esta
irregularidad.
Si la irregularidad consistiera en la falta de pago de la tasa de solicitud y
transcurrido el plazo para subsanarla no se hubiera abonado dicha tasa en su totalidad,
se continuará la tramitación respecto de aquellas clases totalmente pagadas, siguiendo
el orden de la solicitud.
Transcurrido el plazo fijado en el apartado 2 sin que el interesado haya
contestado, el órgano competente resolverá teniendo por desistida la solicitud. Se
procederá del mismo modo cuando, a juicio del órgano competente, las irregularidades
no hubieran sido debidamente subsanadas.
2.10.2 Duración
El registro de una marca se otorga por diez años contados desde la fecha de
presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos sucesivos de diez años.
2.11 Modelos de utilidad
Serán protegibles como modelos de utilidad, las invenciones que, siendo
nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una
151
configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente
apreciable para su uso o fabricación.
En particular, podrán protegerse como modelos de utilidad los utensilios,
instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o partes de los mismos, que reúnan
los requisitos enunciados en el apartado anterior. No podrán ser protegidas como
modelos de utilidad las invenciones de procedimiento y las variedades vegetales.
El derecho a la protección de modelos de utilidad pertenece al inventor y es
transmisible por todos los medios que el derecho reconoce.
El estado de la técnica con referencia al cual debe juzgarse la novedad y la actividad
inventiva de las invenciones protegibles como modelos de utilidad, está constituido
por todo aquello que antes de la fecha de presentación de la solicitud de protección
como modelo ha sido divulgado en España, por una descripción escrita u oral, por una
utilización o por cualquier otro medio.
Se entiende igualmente comprendido en el estado de la técnica el contenido de las
solicitudes españolas de patentes o de modelos de utilidad tal como hubieren sido
originariamente presentadas, cuya fecha de presentación sea anterior a la fecha que se
menciona en el apartado precedente y que hubieren sido publicadas en aquella fecha o
en otra posterior.
Para su protección como modelo de utilidad, se considera que una invención implica
una actividad inventiva si no resulta del estado de la técnica de una manera muy
evidente para un experto en la materia.
Para la obtención de un certificado de protección de modelo de utilidad deberá
presentarse una solicitud que habrá de contener la documentación a que hace
referencia lo dispuesto para patentes, a excepción del resumen de la invención, que no
será necesario.
En la instancia de solicitud de protección de un modelo de utilidad deberá
manifestarse que es ésta la modalidad de protección que se solicita.
Una vez admitida a trámite la solicitud, la OEPM examinará si reúne los requisitos
formales establecidos y verificará igualmente si su objeto es susceptible de protección
como modelo de utilidad, conforme a lo dispuesto en el presente título.
El Registro no examinará ni la novedad, ni la actividad inventiva ni la suficiencia de la
151
descripción, ni exigirá el informe sobre el estado de la técnica, previsto para las
patentes de invención.
Si como resultado del examen apareciera que la solicitud presenta defectos de forma o
que su objeto no es susceptible de protección como modelo de utilidad, se declarará la
suspensión del expediente y se otorgará al solicitante el plazo reglamentariamente
establecido para que subsane, en su caso, los defectos que le hubieran sido señalados y
para formular las alegaciones que estime pertinentes. Para subsanar los defectos
apuntados, el solicitante podrá modificar las reivindicaciones o dividir la solicitud.
El Registro, a la vista de las alegaciones formuladas por el solicitante, dictará una
resolución razonada dentro del plazo que se determine reglamentariamente sobre la
denegación de la solicitud o la continuación del procedimiento. Denegará la solicitud
cuando considere que su objeto no es susceptible de protección como modelo de
utilidad o cuando considere que subsisten en aquélla defectos que no hubieren sido
debidamente subsanados.
151
3 Organizaciones relacionadas con la Propiedad Industrial
3.1 Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI o WIPO)
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es una
organización internacional dedicada a fomentar el uso y la protección de las obras del
intelecto humano. Dichas obras -la propiedad intelectual- amplían las fronteras de la
ciencia y la tecnología y enriquecen el mundo de la literatura y de las artes. Gracias a
su labor, la OMPI desempeña una función importante en la mejora de la calidad de
vida y su disfrute, además de generar riqueza para las naciones.
Con sede en Ginebra (Suiza), la OMPI es uno de los 16 organismos
especializados del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas. Tiene a su cargo
la administración de 23 tratados internacionales que abordan diversos aspectos de la
protección de la propiedad intelectual. La Organización tiene 183 Estados miembros. Los
enlaces que se ofrecen a continuación contienen más información, tanto general como
específica, sobre la OMPI.
3.1.1 Datos sobre la OMPI
o Estados miembros: 182.
o Principales órganos decisorios de los Estados miembros: Asamblea General,
Conferencia, Comité de Coordinación.
o Tratados internacionales administrados por la OMPI: 23 (15 sobre propiedad
industrial y 7 sobre derecho de autor, además del Convenio que establece la
OMPI).
3.1.2 La OMPI en la actualidad
En 1898, las BIRPI sólo se ocupaban de la administración de cuatro tratados
internacionales. Su sucesora, la OMPI, administra hoy 23 tratados (dos de ellos con
otras organizaciones internacionales) y, por conducto de sus Estados miembros y de su
Secretaría, lleva a cabo un exhaustivo y variado programa de trabajo con las siguientes
finalidades:
151
o armonizar legislaciones y procedimientos nacionales en materia de propiedad
intelectual;
o prestar servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos de
propiedad industrial;
o promover el intercambio de información en materia de propiedad intelectual;
o prestar asistencia técnico-jurídica a los Estados que la soliciten;
o facilitar la solución de controversias en materia de propiedad intelectual en el
sector privado, y
o fomentar el uso de las tecnologías de la información y de Internet, como
instrumentos para el almacenamiento, el acceso y la utilización de valiosa
información en el ámbito de la propiedad intelectual.
3.1.3 Derecho internacional de la propiedad intelectual
Una parte fundamental y constante de las actividades de la OMPI para
promover la protección de la propiedad intelectual es el desarrollo progresivo de
normas internacionales y su aplicación. En la actualidad, la Organización administra
11 tratados que establecen derechos convenidos a nivel internacional y normas
comunes para su protección, que los Estados firmantes se comprometen a aplicar en
sus jurisdicciones.
La amplia adhesión a los tratados y la coherencia en la aplicación de los mismos
contribuyen a mantener un marco internacional estable, inspiran confianza en cuanto
al respeto de los derechos de propiedad intelectual en todo el mundo, fomentan las
inversiones y promueven el desarrollo económico y el bienestar social.
La OMPI adoptó asimismo una nueva política para adaptarse a la rápida
evolución que experimenta la propiedad industrial, utilizando nuevos métodos para
agilizar el establecimiento de reglas y principios armonizados en el plano
internacional. La aprobación de recomendaciones internacionales sobre la protección
de las marcas notoriamente conocidas en 1999, sobre las licencias de marcas en el 2000
y sobre la protección de las marcas en Internet en el 2001, completa el enfoque
tradicional, más largo, basado en tratados para el establecimiento de normas jurídicas
internacionales.
151
3.2 La oficina española de patentes y marcas (OEPM)
La OEPM es una institución centenaria ya que, bajo diferentes denominaciones
y adscripciones administrativas diversas, lleva prestando sus servicios a los
ciudadanos ininterrumpidamente durante más de 100 años.
3.2.1 La OEPM en la actualidad
La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) es un Organismo Autónomo del
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que impulsa y apoya el desarrollo
tecnológico y económico otorgando protección jurídica a las distintas modalidades de
propiedad industrial mediante la concesión de patentes y modelos de utilidad
(invenciones); diseños industriales (creaciones de forma); marcas y nombres
comerciales (signos distintivos) y títulos de protección de las topografías de productos
semiconductores, como ya se avanzó en el capítulo referente a patentes, marcas y
modelos de utilidad. Asimismo, difunde la información relativa a las diferentes formas
de protección de la propiedad industrial.
En el plano internacional, la OEPM es la encargada de representar a España en
los distintos foros y organizaciones internacionales que se encargan de la propiedad
industrial e intelectual.
La OEPM tiene, por tanto una doble misión:
• Conceder los diversos títulos de propiedad industrial, tras el examen de
las solicitudes correspondientes.
• Ofrecer servicios de información tecnológica basados en la información
de las distintas modalidades de propiedad industrial concedidas por la
OEPM y por otras Oficinas extranjeras.
Los objetivos fundamentales de la OEPM son:
• Proteger y fomentar la actividad de creación e innovación tecnológica en
nuestro país, así como la identidad corporativa empresarial mediante la
concesión de títulos de propiedad industrial.
• Transmitir información que oriente la actividad investigadora a través
del mantenimiento de fondos documentales y bases de datos que
151
permiten un acceso rápido y sencillo al estado actual de la técnica
mundial en cualquier sector.
• Impulsar la circulación y el intercambio de bienes y servicios a través de
la difusión de la información de los signos distintivos registrados.
151
4 Principales convenios y resoluciones
4.1 Convenio de la Unión de París o Convenio de la Unión
El Convenio se aplica a la propiedad industrial en su acepción más amplia, con
inclusión de las patentes, las marcas, los dibujos y modelos industriales, los modelos de
utilidad (una especie de �pequeña patente� establecida en las leyes de algunos países),
los nombres comerciales (la designación bajo la cual se lleva a cabo una actividad
industrial o comercial), las indicaciones geográficas (indicaciones de procedencia y
denominaciones de origen) y la represión de la competencia desleal.
Las disposiciones fundamentales del Convenio pueden dividirse en tres
categorías principales: trato nacional, derecho de prioridad y normas comunes.
1) En virtud de las disposiciones sobre trato nacional, el Convenio estipula que,
en lo que se refiere a la protección de la propiedad industrial, cada Estado contratante
tendrá que conceder a los nacionales de los demás Estados contratantes la misma
protección que a sus propios nacionales. También tendrán derecho a esa protección los
nacionales de los Estados que no sean contratantes siempre que estén domiciliados o
tengan establecimientos industriales o comerciales efectivos y reales en un Estado
contratante.
2) En el Convenio se establece el derecho de prioridad en relación con las
patentes (y modelos de utilidad, donde existan), marcas y dibujos y modelos
industriales.
Significa ese derecho que, sobre la base de una primera solicitud de patente de
invención o de un registro de una marca regularmente presentada en uno de los
Estados contratantes, el solicitante podrá, durante un cierto período de tiempo (12
meses para las patentes y los modelos de utilidad; seis meses para los dibujos y
modelos industriales y las marcas), solicitar la protección en cualquiera de los demás
Estados contratantes; esas solicitudes posteriores serán consideradas como presentadas
el mismo día de la primera solicitud.
151
En otras palabras, las solicitudes posteriores tendrán prioridad (de ahí la
expresión �derecho de prioridad�) sobre las solicitudes que otras personas puedan
presentar durante los citados plazos por la misma invención, modelo de utilidad,
marca o dibujo y modelo industrial. Además, estas solicitudes posteriores, como están
basadas en la primera, no se verán afectadas por ningún hecho que pueda haber tenido
lugar en el intervalo, como cualquier publicación de la invención, o venta de artículos
que utilizan la marca o en los que está incorporado el dibujo o modelo industrial.
Una de las grandes ventajas prácticas de esta disposición reside en que un
solicitante que desea protección en varios países no está obligado a presentar todas las
solicitudes al mismo tiempo, sino que dispone de seis o 12 meses para decidir en qué
países desea la protección y para organizar con todo el cuidado necesario las
disposiciones que ha de adoptar para asegurarse la protección.
3) En el Convenio se estipulan además algunas normas comunes a las que
deben atenerse todos los demás Estados contratantes. Las más importantes son las
siguientes:
a) En relación con las patentes: Las patentes concedidas en los diferentes
Estados contratantes para la misma invención son independientes entre sí: la concesión
de una patente en un Estado contratante no obliga a los demás a conceder una patente;
una patente no podrá ser denegada, anulada, ni considerada caducada en un Estado
contratante por el hecho de haber sido denegada o anulada o haber caducado en
cualquier otro.
El inventor tiene derecho a ser mencionado como tal en la patente.
Una solicitud de patente no podrá ser denegada y una patente no podrá ser
invalidada por el hecho de que la venta del producto patentado o el producto obtenido
por un procedimiento patentado estén sujetos a restricciones o limitaciones resultantes
de la legislación nacional.
Todo Estado contratante que tome medidas legislativas que prevean la
concesión de licencias no voluntarias para evitar los abusos que podrían resultar del
ejercicio del derecho exclusivo conferido por la patente, podrá hacerlo únicamente
dentro de ciertos límites. Así pues, sólo se podrá conceder una licencia no voluntaria
151
(licencia que no concede el propietario de la patente, sino la autoridad oficial del
Estado de que se trate), basada en la falta de explotación de la invención patentada,
cuando la solicitud haya sido presentada después de tres o cuatro años de falta o
insuficiencia de explotación industrial de la invención patentada, y la solicitud habrá
de ser rechazada si el titular de la patente justifica su inacción con razones legítimas.
Además, la caducidad de la patente no podrá ser prevista sino para el caso en
que la concesión de licencias obligatorias no bastara para impedir los abusos. En este
último caso, se podrá entablar una acción de caducidad o renovación de la patente,
pero no antes de la expiración de dos años contados desde la concesión de la primera
licencia obligatoria.
b) En relación con las marcas: Las condiciones de presentación y registro de las
marcas se rigen en cada Estado contratante por el derecho interno.
En consecuencia, no se podrá rechazar una solicitud de registro de una marca
presentada por un ciudadano de un Estado contratante, ni se podrá invalidar el
registro, por el hecho de que no hubiera sido presentada, registrada o renovada en el
país de origen. Una vez obtenido el registro de una marca en un Estado contratante, la
marca se considera independiente de las marcas eventualmente registradas en
cualquier otro país, incluido el país de origen; por consiguiente, la caducidad o
anulación del registro de una marca en un Estado contratante no afecta a la validez de
los registros en los demás.
Cuando una marca ha sido debidamente registrada en el país de origen, tiene
que ser admitida para su depósito y protegida tal cual es en los demás Estados
contratantes, cuando así se solicita. Ello no obstante, se podrá denegar el registro en
casos bien definidos, como cuando la marca afecta a derechos adquiridos por terceros,
cuando está desprovista de todo carácter distintivo o es contraria a la moral o al orden
público o de naturaleza tal que pueda engañar al público.
Si en un Estado contratante fuera obligatoria la utilización de la marca
registrada, el registro no podrá ser anulado sino después de un plazo razonable y si el
interesado no justifica las causas de su inacción.
151
Cada Estado contratante está obligado a denegar el registro y a prohibir el uso
de una marca que constituya la reproducción, imitación o traducción, susceptibles de
crear confusión, de una marca que la autoridad competente de ese Estado estimara que
es notoriamente conocida en ese Estado como marca de una persona que pueda
beneficiarse del Convenio y marca utilizada para productos idénticos o similares.
Los Estados contratantes deberán igualmente rechazar el registro y prohibir el
uso de marcas que contengan, sin permiso, escudos de armas, emblemas de Estado y
signos y punzones oficiales, siempre que éstos les hayan sido comunicados por
mediación de la Oficina Internacional de la OMPI. Las mismas disposiciones se aplican
a los escudos de armas, banderas y otros emblemas, siglas o denominaciones de ciertas
organizaciones intergubernamentales.
Las marcas colectivas deben estar protegidas.
c) En relación con los dibujos y modelos industriales: los dibujos o modelos
industriales tienen que estar protegidos en todos los Estados contratantes, y no se
podrá denegar la protección por el hecho de que los productos a los que se aplica el
dibujo o modelo no son fabricados en ese Estado.
d) En relación con los nombres comerciales: los nombres comerciales estarán
protegidos en todos los Estados contratantes sin obligación de depósito o de registro.
e) En relación con las indicaciones de procedencia: todos los Estados
contratantes tienen que adoptar medidas contra la utilización directa o indirecta de
indicaciones falsas concernientes a la procedencia del producto o a la identidad del
productor, fabricante o comerciante.
f) En relación con la competencia desleal: los Estados contratantes están
obligados a asegurar una protección eficaz contra la competencia desleal.
La Unión de París, instituida por el Convenio, posee una Asamblea y un Comité
Ejecutivo. Es miembro de la Asamblea todo Estado miembro de la Unión que se haya
adherido por lo menos a las disposiciones administrativas y a las cláusulas finales del
Acta de Estocolmo (1967). Los miembros del Comité Ejecutivo son elegidos entre los
miembros de la Unión, excepto en el caso de Suiza, que es miembro ex officio.
151
Corresponde a la Asamblea el establecimiento del programa y presupuesto
bienal de la Oficina Internacional, en lo que respecta a la Unión de París.
El Convenio de París, concertado en 1883, ha sido revisado en Bruselas en 1900,
en Washington en 1911, en La Haya en 1925, en Londres en 1934, en Lisboa en 1958, en
Estocolmo en 1967 y enmendado en 1979.
El Convenio está abierto a todos los Estados. Los instrumentos de ratificación o
de adhesión deben depositarse en poder del Director General de la OMPI.
4.2 Convenio de Munich
El convenio de Munich establece un derecho común a los Estados contratantes
en materia de concesión de patentes de invención.
Las patentes concedidas en virtud del Convenio se denominarán patentes
europeas.
En cada uno de los Estados contratantes para los que se conceda, la patente
europea tendrá los mismos efectos y estará sometida al mismo régimen que una
patente nacional concedida en dicho Estado, salvo que el Convenio disponga otra cosa.
La concesión de una patente europea podrá ser solicitada para todos los
Estados contratantes, para varios o para uno de ellos solamente.
Partiendo del Convenio se crea una Organización Europea de Patentes, en
adelante denominada «la Organización». Estará dotada de autonomía administrativa y
financiera. Los órganos que formarán esta Organización serán:
a) La Oficina Europea de Patentes.
b) El Consejo de Administración.
La Organización tendrá como misión principal la concesión de patentes
europeas. Este cometido será ejecutado por la Oficina Europea de Patentes bajo el
control del Consejo de Administración.
La Organización tendrá su sede en Munich. La Oficina Europea de Patentes
estará situada también en Munich y tendrá una Delegación en la Haya.
151
4.2.1.1 Invenciones patentables
Las patentes europeas serán concedidas para las invenciones nuevas que
supongan una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial.
El resto de condiciones de patentabilidad serán, en gran medida, las dispuestas para
patentabilidad en territorio nacional.
4.2.2 Presentación de la solicitud de patente europea
La presentación de solicitud de patente europea podrá hacerse:
a) Bien en la Oficina Europea de Patentes en Munich o en su Delegación de la
Haya.
b) O si la legislación de un Estado contratante lo permite, en el Servicio Central
de la Propiedad Industrial u otros servicios competentes de ese Estado. La solicitud así
presentada surte los mismos efectos que si hubiera sido presentada en la misma fecha
en la Oficina Europea de Patentes.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no obstaculizará la aplicación de las
disposiciones legislativas o reglamentarias que en un Estado contratante:
a) Rijan las invenciones que por su naturaleza, no pueden ser comunicadas al
extranjero sin autorización previa de las autoridades competentes del Estado en
cuestión, o
b) Establezcan que toda solicitud de patente deba ser inicialmente presentada
ante una autoridad nacional o sometan a una autorización previa la presentación
directa ante otra autoridad.
4.2.3 Requisitos que debe cumplir la solicitud de patente europea
La solicitud de patente europea deberá contener:
a) Una petición de concesión de patente europea.
b) Una descripción de la invención.
c) Una o varias reivindicaciones.
d) Los dibujos a los que se refieran la descripción o las reivindicaciones.
151
La solicitud de patente europea dará lugar al pago de la tasa de depósito y de la
tasa de búsqueda; estas tasas deben ser satisfechas, a más tardar, un mes después de la
presentación de la solicitud.
La solicitud de patente europea deberá cumplir los requisitos establecidos en el
Reglamento de ejecución.
4.2.4 Designación de Estados contratantes
El Estado o los Estados contratantes en que se haya solicitado que la invención
esté protegida, deberán ser designados en la petición de concesión de la patente
europea.
La designación de un Estado contratante dará lugar al pago de una tasa de
designación. Las tasas de designación se abonarán en el plazo de seis meses a contar
desde la fecha en la que el Boletín Europeo de Patentes hubiere mencionado la
publicación del informe de búsqueda europeo.
La designación de un Estado contratante podrá retirarse hasta el momento de la
concesión de la patente europea. Si se retira la designación de todos los Estados
contratantes, la solicitud de patente europea se considerará retirada. No se devolverán
las tasas de designación.
Resumiendo, firmado en 1973, el Convenio sobre la Patente Europea o
Convenio de Munich establece un procedimiento único de concesión de patentes entre
los países miembros de dicho convenio (31 países en Junio de 2006), la mayoría
miembros de la Unión Europea (UE). Por este tratado, una persona de cualquier país
puede solicitar una patente que tenga validez en los países que designe, incluidos
varios países de extensión.
151
4.3 Tratado sobre el derecho de patentes (PLT)
El Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT) tiene por objeto armonizar y
agilizar los procedimientos de forma relacionados con las solicitudes de patentes y las
patentes nacionales y regionales para facilitar la tarea a los usuarios.
Con la importante salvedad de los requisitos relativos a la fecha de
presentación, el PLT establece una lista máxima de los requisitos que podrá solicitar la
Oficina de una parte contratante. Así pues, la Parte Contratante será libre de establecer
requisitos más flexibles desde el punto de vista de los solicitantes y los titulares, pero
no podrá prever obligaciones que superen el máximo establecido.
En particular, el Tratado contiene disposiciones sobre los siguientes aspectos:
Los requisitos relativos a la obtención de una fecha de presentación se han
uniformado para que los solicitantes reduzcan el riesgo de pérdida de la fecha de
presentación, una cuestión de vital importancia a lo largo de todo el procedimiento.
El PLT exige a las Oficinas de cada una de las Partes Contratantes que atribuyan una
fecha de presentación a las solicitudes cuando se cumplan tres sencillos requisitos de
forma: en primer lugar, una indicación en el sentido de que los elementos recibidos por
la Oficina son una solicitud de patente de invención.
En segundo lugar, indicaciones que permitan a la Oficina identificar al
solicitante o ponerse en contacto con él; no obstante, las Partes Contratantes podrán
exigir ambas indicaciones. En tercer lugar, una parte en la que se describa la invención.
No podrá exigirse ningún elemento adicional para conceder una fecha de presentación.
En particular, las Partes Contratantes no podrán supeditar la atribución de la
fecha de presentación a la presentación de una o varias reivindicaciones o al pago de
una tasa. Como ya hemos visto, esas obligaciones no son requisitos máximos sino
absolutos, de manera que las Partes Contratantes no podrán conceder una fecha de
presentación si no se han cumplido todos ellos:
o Se ha uniformado un conjunto de requisitos formales aplicables a las solicitudes
nacionales y regionales mediante la incorporación al PLT de los requisitos
151
relativos a la forma y el contenido de las solicitudes internacionales presentadas
en virtud del PCT, incluido el contenido del formulario de solicitud del PCT y
el uso de ese formulario de solicitud acompañado de la indicación de que la
solicitud debe tramitarse como solicitud nacional.
Así se eliminarán o reducirán las diferencias de procedimiento entre los
sistemas de patentes nacionales, regionales e internacionales;
o Se ha acordado establecer formularios tipo internacionales, que deberán ser
aceptados por las Oficinas de todas las Partes Contratantes;
o Se han simplificado una serie de procedimientos ante la Oficina de Patentes, lo
que contribuirá a reducir los gastos de los solicitantes y las Oficinas.
Entre dichos procedimientos se encuentran las excepciones a la representación
obligatoria, las restricciones relativas a la obligación sistemática de
presentación de pruebas, la obligación de que las Oficinas acepten las
comunicaciones únicas en determinados casos (por ejemplo, el poder de
representación) o la restricción relativa a la obligación de presentar una copia
y una traducción de una solicitud anterior;
El PLT prevé procedimientos para evitar la pérdida accidental de derechos
sustantivos en caso de incumplimiento de los requisitos formales o los plazos. Cabe
citar entre ellos la obligación de la Oficina de notificar al solicitante o a cualquier otra
persona interesada las prórrogas de los plazos, el seguimiento del procedimiento, el
restablecimiento de los derechos y las restricciones en materia de revocación/anulación
de una patente por defectos de forma, cuando la Oficina no los hubiera comunicado en
la fase de solicitud.
Se facilita también la presentación de solicitudes por medios electrónicos, al
tiempo que se garantiza la coexistencia entre las comunicaciones electrónicas y en
papel.
El PLT prevé la posibilidad de que las Partes Contratantes excluyan las
comunicaciones en papel y recurran únicamente a las comunicaciones por medios
electrónicos a partir del 2 de junio de 2005. Sin embargo, incluso después de esa fecha,
deberán aceptar las comunicaciones en papel para la atribución de una fecha de
presentación y la fijación de un plazo.
151
En ese sentido, se convino en una Declaración Concertada, según la cual los
países industrializados seguirían prestando apoyo a los países en desarrollo y los
países en transición para que éstos utilizasen la presentación de solicitudes por medios
electrónicos.
El PLT fue adoptado el 1 de junio de 2000 y está abierto a los Estados miembros
de la OMPI y los Estados parte en el Convenio de París para la Protección de la
Propiedad Industrial. También está abierto a algunas organizaciones
intergubernamentales. Los instrumentos de ratificación o adhesión deben depositarse
ante la oficina del Director General de la OMPI. El PLT entró en vigor el 28 de abril de
2005, esto es tres meses después del depósito de 10 instrumentos de ratificación o de
adhesión de Estados.
4.4 Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT)
4.4.1 Generalidades
La Convención de Washington, firmada el 19 de Junio de 1970, entró en vigor el
24 de enero de 1978. Se trata de una cooperación internacional en la que el principio es
permitir a un gran número de países un depósito de patente común seguido de una
investigación común para todas las patentes en los estados designados.
El Tratado se divide en dos grandes capítulos que pueden ser ratificados por
separado. El primero comprende el depósito, la investigación internacional y la
publicación de la petición; el segundo, establece un procedimiento de examen
preliminar internacional de donde resulta un punto de vista relativo a los procesos de
patentabilidad.
En cualquier caso, después de haber sido tratado en un marco internacional, la
petición internacional se transforma en peticiones de patente nacionales para todos los
países designados en los que se tratará de manera individual.
4.4.2 Países afectados
La convención de Washington se firmó y ratificó por más de 100 países pero el
número de países afectados ha aumentado considerablemente desde la firma del
documento inicial.
151
Actualmente, países como China, Australia, Estados Unidos, Canadá, Japón o
Rusia se rigen por el mismo.
Todos los estados firmantes se han comprometido con las dos partes del
documento; como consecuencia, si alguien deposita una demanda internacional PCT
(un español, por ejemplo), obtiene una investigación internacional, así como un
informe de examen preliminar si así lo desea, en virtud de la segunda parte del
Convenio.
4.4.3 Depósito
Toda persona de un estado contratante de PCT puede presentar una demanda
internacional. El depósito es posible en los siete idiomas de publicación.
En la petición de depósito de demanda internacional, el depositario designa
aquellos estados en los que quiere obtener protección.
4.4.4 Examen preliminar
El objetivo del mismo es formular una opinión sobre la novedad, actividad
inventiva y susceptibilidad de aplicación industrial de la invención.
4.4.5 Fase nacional
El depositario debe tomar la iniciativa de comenzar las fases nacionales para
cada uno de los países en los que quiere obtener prioridad.
151
5 La clasificación Internacional de patentes (CIP)
5.1 Disposiciones generales
Tanto a nivel nacional como internacional, al solicitar una patente o al registrar
una marca o un dibujo o modelo industrial hay que determinar si se trata de una
creación nueva o si esa creación pertenece o ha sido reivindicada por otra persona.
Para ello es necesario examinar enormes cantidades de información. Los cuatro
tratados de la OMPI que han sido previamente enumerados crearon sistemas de
clasificación que subdividen la información relativa a las invenciones, marcas o dibujos
y modelos industriales en grupos y por índices, a fin de facilitar la consulta.
Regularmente actualizados para incorporar los cambios y avances en el ámbito de la
tecnología y de las nuevas metodologías, los sistemas de clasificación son utilizados
por muchos países que no son Estados parte en esos acuerdos.
En el Arreglo de Estrasburgo de 1971, relativo a la Clasificación Internacional
de Patentes, se establece una clasificación común para las patentes de invención en la
que se incluyen las solicitudes de patente publicadas, los modelos de utilidad y los
certificados de utilidad. La Clasificación Internacional de Patentes (CIP) es un sistema
jerárquico donde el ámbito de la tecnología se divide en una serie de secciones, clases,
subclases y grupos. Este sistema es indispensable para recuperar documentos de
patente en la búsqueda para establecer la novedad de una invención o determinar el
estado de la técnica en un ámbito específico de la tecnología.
La Clasificación es objeto de revisión periódica destinada a mejorar el sistema y
a tener en cuenta la evolución de la tecnología.
5.2 Aplicación al proyecto
Para comprender exactamente cómo se establece la Clasificación Internacional,
se aplicará al caso concreto que se estudiará durante el proyecto.
Así, para varillas metálicas de palos de golf, la Clasificación Internacional
establece:
151
" Sección: A Necesidades humanas. Necesidades corrientes de la vida,
que se utilizan con una relativa frecuencia.
" Clase: A6 Salud, diversiones. Deportes, juegos, distracciones.
" Subclase: A63 Deportes, juegos, diversión. Material para Educación
Física, gimnasia, natación, escalada o esgrima; juegos de pelota,
material de entrenamiento.
" Objeto concreto de la invención: A63B 53 00 Palos de golf.
-Unión entre el mango y la cabeza. A63B 53/02.
- Cabezas. A63B 53/04.
-Mangos no metálicos. A63B 53/10.
-Empuñaduras. A63B 53/14.
-Mangos metálicos. A63B 53/12.
151
Análisis exhaustivo de la
evolución de un producto
151
Análisis exhaustivo de la evolución de un producto
1 Elección del producto
La labor de investigación, desarrollo e innovación siempre ha estado muy
ligada al trabajo del ingeniero. A pesar de la dificultad de elección en cuanto al campo
de desarrollo de la invención que se pretendía desarrollar, finalmente se decidió
desarrollar un palo de golf novedoso e inventivo, centrándose el desarrollo técnico en
la varilla del mismo.
El golf ha dejado de ser un deporte minoritario para convertirse en un deporte
de masas que mueve millones de euros en Europa y sobretodo en EE.UU. Hay
multitud de ejemplos que sostienen esta afirmación. La retransmisión televisiva de la
última edición de la Ryder Cup (competición golfística que enfrenta a los mejores
jugadores americanos contra sus homónimos europeos) superó todas las expectativas,
hasta convertirse en el segundo programa más visto por televisión en el año 2004 en
EE.UU. solamente superado por la Final de la Superbowl.
La oferta es consecuencia de la demanda en un 95% de los casos de productos
propuestos en el mercado.
Una evidente demostración de esta afirmación es el desarrollo alcanzado por el
negocio del golf (palos, accesorios, inmobiliaria y turismo principalmente) en los
últimos años. El volumen de negocio del golf se ha incrementado hasta alcanzar
volúmenes hasta diez veces superiores a los manejados a mediados de los años 90.
Este elevado volumen de negocio, promueve las tecnologías aplicadas a este
deporte, como demuestran las continuas evoluciones en materiales y formas, tanto en
palos como en accesorios, que se dan cada vez más rápida e intensamente en un
también cada vez mayor número de países.
Tomando como base la continua evolución de este sector industrial de productos, y
tras un aprendizaje detallado del estado de la técnica, se propondrá un producto que
represente una evolución en el campo estudiado.
151
2 Evolución histórica de las patentes relacionadas con el
producto
2.1 Evolución histórica de las patentes relacionadas con las varillas metálicas de
palos de golf.
Analizar la influencia del sector del golf en la economía y en la promoción de la
innovación tecnológica es clave para entender la evolución desde la primera patente
que hace referencia a varillas metálicas de palos de golf, con fecha en el año 1914, hasta
las más de 850 que se pueden encontrar actualmente en los archivos.
Como sucede en todas las disciplinas técnicas, el crecimiento económico del
sector en el que se encuentra un determinado producto espolea la investigación técnica
relacionada, y, en consecuencia, produce un incremento sustancial del número de
patentes relacionadas con dicho producto.
Concretamente, hay dos factores clave que permiten entender la evolución
concreta de las varillas metálicas:
1. Desarrollo económico del sector del golf;
2. Sustitución progresiva de las varillas metálicas por otros materiales;
2.1.1 Desarrollo económico del sector del golf
Conservando su halo de exclusividad, el golf ha dejado de ser un deporte
minoritario con ciertas connotaciones negativas para convertirse en una forma de ocio
relativamente cara pero muy practicada, se ha convertido en un verdadero motor de
desarrollo económico.
El golf en España mueve �2.375 millones al año, lo que supone un incremento
del 252% desde 1997 cuando la industria del golf en España generó �674 millones. En
cuanto a las actividades directas, como explotación de instalaciones o proveedores,
España genera un total de �580 millones con un incremento del 73% respecto a los
151
�335,5 millones de 1997. Por otro lado, en el total de actividades indirectas relacionadas
con el golf, España genera �1.795 millones anuales, lo que supone un incremento del
431% desde 1997, año en el que el negocio alcanzó �338 millones.
Tanto la oferta como la demanda de golf en España están creciendo a un buen
ritmo, a un 12% anual en los últimos años, lo que denota el elevado potencial de la
industria del golf en España. A pesar de este crecimiento, el número de personas que
juegan al golf en España, así como el número de instalaciones dedicadas a este
deporte, son muy inferiores a las medias americanas y europeas.
Sólo en Estados Unidos, 30.000 millones de euros anuales por actividades
directas y 18.000 millones de euros, en concepto de actividades relacionadas, como el
turismo o la promoción inmobiliaria. Las audiencias televisivas (la última Ryder Cup,
que generó un impacto económico de 100 millones de dólares con sus apenas tres días
de competición, se difundió en directo para 180 millones de personas de 77 países y
territorios distintos) tampoco desmerecen a los considerados como grandes deportes
de masas a escala global: el fútbol y el baloncesto.
2.1.2 Sustitución progresiva de las varillas metálicas por otros materiales
Centrando el análisis en las varillas metálicas, es evidente que la evolución en
investigación dentro de este campo es positiva hasta el año 1997, teniendo en cuenta
que en relación al golf hay otros muchas áreas de desarrollo distintas de las varillas,
tales como las cabezas de los hierros, el driver y que hay una serie de factores externos
que pueden influir (crisis económicas) que pueden repercutir en una disminución en la
investigación concreta del producto esta afirmación sería bastante aproximada.
A partir de 1997, la evolución es más irregular, ya que el boom del golf no se
refleja en el número de patentes relacionadas con nuestro producto. El desarrollo del
sector es tan importante que pese a tratarse de un producto maduro en el mercado que
está siendo paulatinamente sustituido por otro tipo de varillas de distintos materiales y
características, sigue aumentando hasta llegar a un pico en el año 2002 un total de 42
patentes a lo largo del año.
La gráfica que se expone a continuación es la imagen fiel de este análisis.
151
Figura 8. Evolución del número de patentes por año
2.2 Repartición de patentes según el país de solicitud
Como ya se ha analizado previamente, España se encuentra muy por debajo de
Europa, y por supuesto de Estados Unidos y Japón en lo que ha desarrollo tecnológico
en materia de golf se refiere.
Tras haber analizado todas las patentes que tratan sobre varillas metálicas de
palos de golf queda patente la ventaja abismal de la que gozan en este aspecto entre
Asia y Estados Unidos con respecto a Europa y el resto del mundo.
Una pequeña diferencia podría ser comprensible si se parte del análisis de
número de jugadores y campos de golf existentes en unos lugares y en otros:
151
Figura 9. Jugadores de golf en el mundo
Figura 10. Campos de golf en el mundo
Pero la diferencia real en cuanto a número de patentes publicadas muestra una
relación diferente a la esperada. Casi 490 patentes son de propiedad asiática y
alrededor de 230 son de propiedad americana. Esto supone aproximadamente un 87%
de las patentes.
Dentro del territorio europeo, sin duda Gran Bretaña es el líder con un total de
40. Este dato no es sorprendente, ya que históricamente es la cuna del golf y donde más
porcentaje de población practica el golf asiduamente.
Conviene repetir que en muchos aspectos, la base del desarrollo económico es el
desarrollo tecnológico. La propiedad de este desarrollo, al menos en la industria del
golf, está claramente copada por Japón y Estados Unidos, lo que se traduce en unos
volúmenes de negocio decenas de veces superiores en unos lugares que en otros.
Haciendo un análisis cronológico, a medida que la industria golfística ha ido
aumentando su importancia, la diferencia anteriormente comentada entre Japón,
Estados Unidos, en cierto modo Gran Bretaña y las demás es más clara.
151
Figura 11: Repartición de patentes solicitadas según el año y el país de solicitud
2.3 Líneas de evolución y flancos de mayor evolución del producto
El proceso de creación inventiva es el resultado de un método largo y complejo
que se debe dominar para poder comprender el estado actual de la técnica, y avanzar a
partir del mismo.
Para poder avanzar a partir de este punto concreto, se procedió al aprendizaje
exhaustivo y posterior tratamiento de datos de todos los documentos de patentes
relacionados con palos de golf de varilla metálica.
Para el análisis óptimo de todos los flancos de evolución del producto, se
realizó una clasificación de todos los documentos analizados según la mejora aportada
por cada uno de ellos.
Así, según la solución propuesta a los problemas surgidos en el desarrollo de la
técnica determina la siguiente clasificación:
151
- Mejoras centradas en variaciones en materiales:
1 En la forma de la varilla.
1.1 Puramente ornamental. Únicamente mejoras que afectan a posibles
adornos introducidos en la varilla con materiales que no se habían
utilizado previamente para este fin
1.2 Optimización de las características aerodinámicas del palo. Mejoras
en las que se cambia el material, como consecuencia la forma de la varilla
y se producen mejoras apreciables en las características del palo.
2 Mecánicas
2.1 Variación de rigidez, elasticidad y/o flexibilidad.
2.2 Variación del peso de la varilla.
2.3 Variación de la resistencia.
2.4 Reducción de las vibraciones en el golpeo.
2.5 Variación en la sección (inserción/eliminación de capas).
2.6 Variación en la sensación y control del golpe. Se explica más la
sensación o cómo mejora el golpe sin explicar exactamente cómo se
consigue técnicamente.
2.7 Variación técnica especificada pero aplicación concreta no
especificada. Se explica la mejora técnica, pero no exactamente a qué es
explicable.
3 Otras
3.1 Métodos de fabricación o cálculo.
3.2 Recubrimientos.
3.3 Aleaciones especiales.
151
3.4 Seguridad, accesorios, otros.
- Mejoras centradas en variaciones en la forma:
4 En la forma de la varilla. Tanto ornamentales como variaciones de las
características aerodinámicas del palo.
5 Mecánicas
5.1 Variación de rigidez, elasticidad y/o flexibilidad.
5.2 Variación del peso de la varilla.
5.3 Variación de la resistencia.
5.4 Reducción de las vibraciones en el golpeo.
5.5 Variación en la sección (inserción/eliminación de capas).
5.6 Variación en la sensación y control del golpe. Se explica más la
sensación o cómo mejora el golpe sin explicar exactamente cómo se
consigue técnicamente.
5.7 Variación técnica especificada pero aplicación concreta no
especificada. Se explica la mejora técnica, pero no exactamente a qué es
explicable.
6 Otras
6.1 Métodos de fabricación, cálculo o diseño.
6.2 Accesorios, otros.
- Mejoras relacionadas que afectan indirectamente. No son propiamente mejoras
aplicadas a la varilla, pero su resultado afecta de una manera más o menos directa.
7 Cabeza del palo (principalmente).
8 Varilla del putt/putt (principalmente).
9 Grip (principalmente).
151
- Mejoras que no corresponden con ninguna de las categorías anteriores
0.0 No se ha podido analizar la descripción de la patentes por estar en idiomas
distintos de español, inglés y francés.
0.1 No catalogables dentro de uno de los grupos previamente definidos.
Una vez realizada la clasificación, se procedió al análisis de los datos con
herramientas estadísticas multivariantes que optimicen el tratamiento de los datos
obtenidos de los más de 600 documentos analizados con el rigor y la significación
adecuados.
2.3.1 Clasificación primaria
El análisis estadístico de los documentos según la clasificación de primer nivel
propuesta establece los siguientes resultados:
clasprin
390 45,0 47,3 47,312 1,4 1,5 48,781 9,4 9,8 58,594 10,9 11,4 69,9
3 ,3 ,4 70,3112 12,9 13,6 83,9
77 8,9 9,3 93,214 1,6 1,7 94,929 3,3 3,5 98,413 1,5 1,6 100,0
825 95,3 100,041 4,7
866 100,0
0123456789Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 1. Tabla de frecuencias para la clasificación primaria
151
clasprin0123456789
Figura 12. Repartición de todas las patentes según clasificación primaria
151
0 2 4 6 8
clasprin
0
100
200
300
400
Freq
uenc
y
Mean = 2,35Std. Dev. = 2,664N = 825
Figura 13. Histograma según clasificación primaria
clasprinm123456789
Figura 14. Repartición de todas las patentes según clasificación primaria eliminando casos no catalogables
151
2 4 6 8
clasprinm
0
20
40
60
80
100
120
Freq
uenc
y
Mean = 4,45Std. Dev. = 2,021N = 435
Figura 15. Histograma según clasificación primaria eliminando casos no catalogables
De las casi 900 patentes estudiadas, alrededor de unas 500 resultaron realmente
útiles para la actividad de innovación y desarrollo.
De éstas, las líneas de evolución más desarrolladas son principalmente las
relacionadas con mejoras mecánicas, tanto en lo relacionado con formas como con
materiales.
2.3.2 Clasificación conjunta
La clasificación completa permite un análisis más completo de la casuística:
151
clascjta
348 40,2 42,0 42,044 5,1 5,3 47,3
3 ,3 ,4 47,614 1,6 1,7 49,334 3,9 4,1 53,413 1,5 1,6 55,0
8 ,9 1,0 56,05 ,6 ,6 56,6
15 1,7 1,8 58,43 ,3 ,4 58,75 ,6 ,6 59,33 ,3 ,4 59,7
18 2,1 2,2 61,911 1,3 1,3 63,225 2,9 3,0 66,233 3,8 4,0 70,217 2,0 2,1 72,313 1,5 1,6 73,832 3,7 3,9 77,716 1,8 1,9 79,6
4 ,5 ,5 80,15 ,6 ,6 80,76 ,7 ,7 81,4
22 2,5 2,7 84,121 2,4 2,5 86,634 3,9 4,1 90,747 5,4 5,7 96,430 3,5 3,6 100,0
829 95,7 100,037 4,3
866 100,0
,0,14,07,08,09,011,012,021,022,023,024,025,026,027,031,032,033,034,051,052,053,054,055,056,057,061,062,0Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 2. Tabla de frecuencias para la clasificación conjunta
151
clascjta,0,14,07,08,09,011,012,021,022,023,024,025,026,027,031,032,033,034,051,052,053,054,055,056,057,061,0
62,0
Figura 16. Repartición de todas las patentes según clasificación conjunta
151
0 10 20 30 40 50 60
clascjta
0
100
200
300
400
Freq
uenc
y
Mean = 19,75Std. Dev. = 23,284N = 829
Figura 17. Histograma según clasificación conjunta
151
clascjtam
1 ,1 ,2 ,23 ,3 ,7 ,9
14 1,6 3,2 4,134 3,9 7,8 11,913 1,5 3,0 14,8
8 ,9 1,8 16,75 ,6 1,1 17,8
15 1,7 3,4 21,23 ,3 ,7 21,95 ,6 1,1 23,13 ,3 ,7 23,7
18 2,1 4,1 27,911 1,3 2,5 30,425 2,9 5,7 36,133 3,8 7,5 43,617 2,0 3,9 47,513 1,5 3,0 50,532 3,7 7,3 57,816 1,8 3,7 61,4
4 ,5 ,9 62,35 ,6 1,1 63,56 ,7 1,4 64,8
22 2,5 5,0 69,921 2,4 4,8 74,734 3,9 7,8 82,447 5,4 10,7 93,230 3,5 6,8 100,0
438 50,6 100,0428 49,4866 100,0
0478911122122232425262731323334515253545556576162Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 3. Tabla de frecuencias para la clasificación conjunta
eliminando casos no catalogables
151
clascjtam0478911122122232425262731323334515253545556576162
Figura 18. Repartición de todas las patentes según clasificación conjunta eliminando casos no catalogables
0 10 20 30 40 50 60
clascjtam
0
20
40
60
80
Freque
ncy
Mean = 37,38Std. Dev. = 19,147N = 438
Figura 19. Histograma según clasificación primaria eliminando casos no catalogables
Como ya establecía la clasificación primaria, las patentes relacionadas con
mejoras mecánicas son las más repetidas. Más concretamente, aquellas que se refieren a
151
varillas en las que se modifica la sección, añadiendo o eliminando alguna o varias
capas, ya sea aplicable en materiales o formas (2.5, 2.6, 5.5, 5.6, 5.7).
Otro campo con desarrollo significativo es el 6.1, que se refiere a
procedimientos de fabricación o desarrollo de las distintas varillas metálicas. Queda
patente la importancia, no sólo del producto que se va a patentar, sino la forma de
fabricar dicho producto, que será patentable de manera independiente.
2.3.3 Grupos
Para la mejor comprensión de la evolución en la técnica se ha realizado una
profundización de los grupos de la clasificación primaria.
2.3.3.1 Grupo 1: Mejoras en la forma relacionadas con variaciones en materiales
El estudio estadístico de todas las patentes relacionadas con el grupo 1,
determina:
Grupo1
8 ,9 61,5 61,55 ,6 38,5 100,0
13 1,5 100,0853 98,5866 100,0
1112Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 4. Tabla de frecuencias para el grupo 1
151
Grupo11112
Figura 20. Repartición de las patentes del grupo 1
Alrededor del 60% de las mejoras de forma relacionadas con materiales se
refieren a temas puramente ornamentales, mientras que el 40% restante aportan
mejoras en las características aerodinámicas de la varilla.
La complejidad técnica de las primeras es menor, pero son una fuente de lucro
muy importante para los inventores de las mismas.
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el grupo
1, ésta sería la siguiente:
151
Figura 21. Patente destacable del grupo 1
Como se puede observar en la figura, la mejora se trata de una capa
cilíndrica estrechable y adhesiva a la varilla en la que se pueden pintar distintos
dibujos y logos, que se ajusta exactamente a la definición de mejora ornamental
previamente comentada.
151
Figura 22. Portada y diseño de patente del grupo 1
2.3.3.2 Grupo 2: Mejoras mecánicas relacionadas con variaciones en materiales
El estudio estadístico de todas las patentes relacionadas con el grupo 2, determina:
151
Grupo2
15 1,7 18,8 18,83 ,3 3,8 22,55 ,6 6,3 28,83 ,3 3,8 32,5
18 2,1 22,5 55,011 1,3 13,8 68,825 2,9 31,3 100,080 9,2 100,0
786 90,8866 100,0
21222324252627Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 5. Tabla de frecuencias para el grupo 2
Grupo221222324252627
Figura 23. Repartición de las patentes del grupo 2
151
Para poder establecer una imagen fiel de la clasificación establecida, conviene
recordar la clasificación en la que se basa la figura 16.
2.1 Variación de rigidez, elasticidad y/o flexibilidad
2.2 Variación del peso de la varilla
2.3 Variación de la resistencia
2.4 Reducción de las vibraciones en el golpeo
2.5 Variación en la sección (inserción/eliminación de capas)
2.6 Variación en la sensación y control del golpe
2.7 Variación técnica especificada pero aplicación concreta no
especificada
Las mejoras más recurrentes dentro de este grupo se refieren a mejoras
técnicas en las que no se especifica claramente la utilidad concreta de la
invención en lo que a mejora del golpe se refiere.
Características como la resistencia, o la reducción de las vibraciones en
el golpeo a la bola son sorprendentemente menos representativas en
número pese a ser flancos de evolución importantes en lo que a varillas no
metálicas se refiere.
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el
grupo 2, ésta sería la siguiente:
151
Figura 24. Patente destacable del grupo 2
En este caso se introduce un elemento húmedo en el interior de la varilla
que reducirá las vibraciones de la cabeza del palo durante el golpe.
151
Figura 25. Portada y diseño de patente del grupo 1
2.3.3.3 Grupo 3: Mejoras variadas en materiales
El estudio estadístico de todas las patentes relacionadas con el grupo 3,
determina:
151
Grupo3
33 3,8 35,1 35,117 2,0 18,1 53,213 1,5 13,8 67,031 3,6 33,0 100,094 10,9 100,0
772 89,1866 100,0
31323334Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 6. Tabla de frecuencias para el grupo 3
Grupo331323334
Figura 26. Repartición de las patentes del grupo 3
La patentabilidad de los métodos de fabricación o cálculo (3.1) es de vital
importancia, ya que la ausencia de estas patentes en un invento podría derivar en la
imposibilidad de explotación de una patente por imposibilidad de fabricarla, calcularla
u obtenerla de cualquier modo.
151
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el grupo 3,
ésta sería la siguiente:
Figura 27. Patente destacable del grupo 3
Una nueva aleación de cristales surge como respuesta al problema de las
reducidas resistencia y durabilidad de la varilla.
151
Figura 28. Portada y diseño de patente del grupo 1
2.3.3.4 Grupo 4: Mejoras únicamente relacionadas con la forma
Un porcentaje muy pequeño de las patentes se refieren únicamente a la forma sin
entrar en consideraciones sobre materiales, mecánica u otros.
La mayoría de estas patentes se refieren tanto a varillas de palos de golf como a
otro tipo de varillas. Las innovaciones propuestas son interesantes, pero poco concretas
tomarse como punto de partida.
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el grupo
4, ésta sería la siguiente:
151
Figura 29. Patente destacable del grupo 4
Dentro de las posibilidades de mejora que se dan en el grupo, ésta es
ornamental. Se pinta la varilla para dar un mejor aspecto: se pinta una capa interior
semitransparente que aportará un efecto óptico de espejo muy vistoso.
151
Figura 30. Portada y diseño de patente del grupo 4
2.3.3.5 Grupo 5: Mejoras mecánicas relacionadas con variaciones en la forma
El estudio estadístico de todas las patentes relacionadas con el grupo 5,
determina:
151
Grupo5
16 1,8 14,8 14,84 ,5 3,7 18,55 ,6 4,6 23,16 ,7 5,6 28,7
22 2,5 20,4 49,121 2,4 19,4 68,534 3,9 31,5 100,0
108 12,5 100,0758 87,5866 100,0
51525354555657Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 7. Tabla de frecuencias para el grupo 5
Grupo551525354555657
Figura 31. Repartición de las patentes del grupo 5
Se trata del grupo más representativo, sobre el que más se estudia y en el que
más dinero se invierte actualmente. La repartición entre los distintos grupos que
muestra la figura es más uniforme que en el resto de los grupos.
151
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el grupo 5,
ésta sería la siguiente:
Figura 32. Patente destacable del grupo 5
En lugar de añadir capas que es relativamente frecuente en mejoras de varillas,
en este caso se atornillan pequeñas varillas hasta la longitud deseada.
151
Figura 33. Portada y diseño de patente del grupo 5
2.3.3.6 Grupo 6: Mejoras variadas en forma
El estudio estadístico de todas las patentes relacionadas con el grupo 6,
determina:
151
Grupo6
47 5,4 61,0 61,030 3,5 39,0 100,077 8,9 100,0
789 91,1866 100,0
6162Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 8. Tabla de frecuencias para el grupo 6
Grupo66162
Figura 34. Repartición de las patentes del grupo 6
De nuevo se hace referencia a la importancia de los métodos de fabricación.
Si hubiese que destacar una única patente de todas las analizadas para el grupo
6, ésta sería la siguiente:
151
Figura 35. Patente destacable del grupo 6
En lugar de centrarse en la mejora aportada, lo importante de la
invención es la manera en la que va a mejorar el juego del usuario.
151
Figura 36. Portada y diseño de patente del grupo 6
2.3.3.7 Grupos 7, 8 y 9
Los grupos 7, 8 y 9 no son aplicables directamente a varillas metálicas, sino que
se refieren a otras partes del palo de una manera más directa (cabeza, grip) y a la
varilla de forma secundaria.
2.3.3.7.1 Patente destacable de los grupos 7, 8 y 9
151
Figura 37. Patente destacable del grupo 7
151
Figura 38. Portada y diseño de patente del grupo 7
2.3.3.8 Grupo 0: Mejoras no catalogables
2.3.3.8.1 Estudio estadístico
La importancia de Japón en este sector hace que un gran número de patentes
estén en japonés y por lo tanto no puedan ser analizadas como las anteriores. Además,
hay algunas patentes que no encajan con ninguno de los casos anteriores y se han
analizado separadamente.
151
Dentro de este grupo se han hecho 2 subgrupos:
0.0 No se ha podido analizar la descripción de la patentes por estar en idiomas
distintos de español, inglés y francés
0.1 No catalogables dentro de uno de los grupos previamente definidos
Grupo0
370 42,7 94,9 94,920 2,3 5,1 100,0
390 45,0 100,0476 55,0866 100,0
01Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 9. Tabla de frecuencias para el grupo 0
151
Grupo001
Figura 39. Repartición de las patentes del grupo 0
2.3.3.8.2 Patente destacable del grupo 0
151
Figura 40. Patente destacable del grupo 0
151
Figura 41. Portada y diseño del grupo 0
151
3 Empresas del sector que más invierten en investigación
3.1 Bridgestone
Fundada en 1931 por Shorijo Ishibashi, Bridgestone siempre se ha guiado por la
filosofía de su fundador �Servir a la sociedad con calidad superior�. A lo largo del
tiempo, este lema ha convertido a Bridgestone en líder mundial en la industria
neumática.
Actualmente, Bridgestone continúa unida a la calidad superior a través de un
compromiso ininterrumpido con la investigación y el desarrollo.
Desde 1935, Bridgestone comparte la pasión de su fundador por el juego del
golf a través del diseño y fabricación de bolas de golf. Al mismo tiempo que se ha
invertido en desarrollo tecnológico para las ruedas, se ha invertido también en
investigación en la industria del golf que han llevado a la compañía a ser el número en
términos de producción de bolas de golf en Japón.
A partir de 1972, también se dedica al diseño y producción de palos de golf,
estableciéndose también en una posición de liderazgo en el mercado, siempre
basándose en su pasión por la excelencia que alcanza siempre a través del desarrollo
tecnológico.
En términos económicos es necesario tener una foto global de la compañía para
luego concretar lo que al golf se refiere. Con sede central en Japón y un total de más de
13000 empleados, Bridgestone presenta las siguientes cifras:
151
Figuras 42 y 43. Evolución de ventas netas e ingresos netos globales de Bridgestone
Consolidated (bil.yen) 2001 2002 2003 2004 2005
Ventas Netas 2,133.8 2,247.7 2,303.
9 2,416.
6 2,691.3
Ingresos por Operaciones 118.0 183.8 183.2 197.6 213.8
Ingresos Ordinarios 74.4 147.8 167.2 181.5 198.1
Ingresos Netos 17.3 45.3 88.7 114.4 180.7
Tabla 10. Datos financieros globales de Bridgestone
Los datos globales de la compañía establecen unas ventas totales de 2133,8
billones de Yenes (aproximadamente 180 billones de Dólares) de los cuáles 3000
millones de Yenes (25 millones de Dólares) proceden de la venta de productos de golf.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por
Bridgestone tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación
conjunta muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
151
Bridgestone
1 ,1 7,7 7,71 ,1 7,7 15,42 ,2 15,4 30,82 ,2 15,4 46,25 ,6 38,5 84,61 ,1 7,7 92,31 ,1 7,7 100,0
13 1,5 100,0853 98,5866 100,0
1235679Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 11. Tabla de frecuencias para la compañía Bridgestone según la clasificación primaria
Bridgestone1235679
Figura 44. Distribución de las patentes de Bridgestone según clasificación primaria
151
Bridgestone
1 ,1 7,7 7,71 ,1 7,7 15,41 ,1 7,7 23,11 ,1 7,7 30,82 ,2 15,4 46,21 ,1 7,7 53,81 ,1 7,7 61,53 ,3 23,1 84,62 ,2 15,4 100,0
13 1,5 100,0853 98,5866 100,0
7912263151566162Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 12. Tabla de frecuencias para la compañía Bridgestone según la clasificación conjunta
151
Bridgestone7912263151566162
Figura 45. Distribución de las patentes de Bridgestone según clasificación conjunta
Observando la tabla y las figuras se puede deducir que Bridgestone están
invirtiendo en el desarrollo de sus productos golfísticos en general. Tiene patentes que
se basan en cambios de materiales y de formas. Principalmente se aportan de mejoras
mecánicas, aunque han patentado también nuevas aleaciones e incluso procedimientos
de fabricación. Su oferta de patentes es, sin duda, la más diversificada.
3.2 Fujikura
Durante más de 30 años, Fujikura ha apoyado el desarrollo de la industria del
golf con sus inversiones en investigación y desarrollo, convirtiéndose en un líder de
referencia reconocido incluso sus competidores directos.
Su fuerte apuesta por el desarrollo tecnológico se ha visto recompensada,
alzándose como la empresa que más jugadores de la PGA utilizan en sus juegos de
palos.
151
Gracias a una novedosa técnica de pruebas, Fujikura se ha convertido en
proveedor oficial de Taylor Made, Nike, Titleist y muchos otros. Actualmente, se
encuentra el plena promoción de la tecnología Rombax de fabricación de varillas, que
se espera le asentará como líder mundial en la fabricación y venta de varillas metálicas.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por Fujikura
tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación conjunta
muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
Fujikura
2 ,2 15,4 15,41 ,1 7,7 23,13 ,3 23,1 46,26 ,7 46,2 92,31 ,1 7,7 100,0
13 1,5 100,0853 98,5866 100,0
02356Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 13. Tabla de frecuencias para la compañía Fujikura según la clasificación primaria
151
Fujikura02356
Figura 46. Distribución de las patentes de Fujikura según clasificación primaria
Fujikura
2 ,2 15,4 15,41 ,1 7,7 23,11 ,1 7,7 30,81 ,1 7,7 38,51 ,1 7,7 46,21 ,1 7,7 53,81 ,1 7,7 61,51 ,1 7,7 69,22 ,2 15,4 84,61 ,1 7,7 92,31 ,1 7,7 100,0
13 1,5 100,0853 98,5866 100,0
08263233345354565762Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 14. Tabla de frecuencias para la compañía Fujikura según la clasificación conjunta
151
Fujikura08263233345354565762
Figura 47. Distribución de las patentes de Fujikura según clasificación conjunta
Casi el 50% de las patentes pertenecientes a Fujikura están centradas en
variaciones en la forma de la varilla que mejoran las propiedades mecánicas de la
misma. Cabe destacar que Fujikura se dedica exclusivamente al negocio de las varillas,
y no al del golf en general, por lo que no hay ninguna patente que no se refiere diracta
y únicamente a otras partes del palo.
3.3 Maruman
La sección dedicada al golf de la empresa Maruman Internet Gateway surge en
1971. En ella se aplican técnicas previamente utilizadas por la empresa en la fabricación
de relojes y encendedores de gas. Así, se desarrolla la técnica �Pársec� para la
fabricación de varillas de carbón, que resulta revolucionaria y por lo tanto,
extremadamente rentable.
151
Tras uno años codeándose con los líderes del mercado, Maruman ha centrado
sus objetivos en los productos que siempre le han dado beneficios, entre los que no se
encuentra el golf. Actualmente, posee un reducido nicho de mercado que le da
cuantiosos beneficios, invirtiendo en Investigación y vendiendo sus descubrimientos al
mejor postor.
Así lo demuestra su mayor orgullo, su varilla Majesty, que reduce las
vibraciones considerablemente en el momento del golpe y que le ha proporcionado
ingentes beneficios.
Los datos sobre su balance y cuenta de resultados se presentan cada año
únicamente en japonés, pero se sabe que sus ingresos en el año 2005 fueron de
aproximadamente 80 millones de Dólares, de los cuáles, un 15% provienen de la
gestión de sus patentes.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por
Maruman tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación
conjunta muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
151
Maruman
1 ,1 8,3 8,31 ,1 8,3 16,71 ,1 8,3 25,01 ,1 8,3 33,34 ,5 33,3 66,73 ,3 25,0 91,71 ,1 8,3 100,0
12 1,4 100,0854 98,6866 100,0
0123569Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 15. Tabla de frecuencias para la compañía Maruman según la clasificación primaria
151
Maruman0123569
Figura 48. Distribución de las patentes de Maruman según clasificación primaria
Maruman
1 ,1 8,3 8,31 ,1 8,3 16,71 ,1 8,3 25,01 ,1 8,3 33,31 ,1 8,3 41,72 ,2 16,7 58,31 ,1 8,3 66,71 ,1 8,3 75,01 ,1 8,3 83,32 ,2 16,7 100,0
12 1,4 100,0854 98,6866 100,0
091123325156576162Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 16. Tabla de frecuencias para la compañía Maruman según la clasificación conjunta
151
Maruman091123325156576162
Figura 49. Distribución de las patentes de Maruman según clasificación conjunta
El 65% de las patentes de Maruman pertenecen a los grupos 5 y 6, es decir,
afectan a la forma de la varilla y aportan mejoras mecánicas o a métodos de fabricación
de las mismas. En concreto, la variación de rigidez, elasticidad y/o flexibilidad son las
más numerosas si analizamos los subgrupos.
3.4 Mizuno
Mizuno Corporaton es una compañía con sede en Japón, que junto con sus
empresas subsidiarias, se dedica a la producción y venta de productos deportivos y
derivados de éstos. Su cartera de productos se compone, principalmente de
equipamiento de golf, productos de béisbol, fútbol, calzado deportivo y ropa de baño.
Mizuno opera en Japón, Asia en general, Oceanía, Europa, Sudamérica, EE.UU. y
Canadá.
151
La filosofía Mizuno se basa en que el avance de la sociedad está influido
directamente por el avance en el deporte. Por ello, su compromiso con la innovación
tecnológica tiene como objetivo la mejora de las condiciones humanas durante la
práctica del deporte desde su creación en 1906.
Sus ingresos en 2005 superaron los 3 billones de Dólares entre todos sus
productos, de los cuáles cerca de 220 millones provienen de las ventas de productos de
golf en el mundo entero.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por Mizuno
tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación conjunta
muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
Mizuno
1 ,1 9,1 9,11 ,1 9,1 18,24 ,5 36,4 54,54 ,5 36,4 90,91 ,1 9,1 100,0
11 1,3 100,0855 98,7866 100,0
02356Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 17. Tabla de frecuencias para la compañía Mizuno según la clasificación primaria
151
Mizuno02356
Figura 50. Distribución de las patentes de Mizuno según clasificación primaria
Mizuno
1 ,1 9,1 9,11 ,1 9,1 18,24 ,5 36,4 54,52 ,2 18,2 72,71 ,1 9,1 81,81 ,1 9,1 90,91 ,1 9,1 100,0
11 1,3 100,0855 98,7866 100,0
,0023,0031,0051,0052,0056,0061,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 18. Tabla de frecuencias para la compañía Mizuno según la clasificación conjunta
151
Mizuno,0023,0031,0051,0052,0056,0061,00
Figura 51. Distribución de las patentes de Mizuno según clasificación conjunta
Para Mizuno, los métodos de fabricación y cálculo son de vital importancia, y así lo
demuestra el hecho de que el 36% de sus patentes se refieran a variaciones en
materiales, y, a la forma de fabricar las nuevas varillas recién descubiertas.
3.5 Daiwa
Creada en 1955 y con sede en Japón, Daiwa obtiene la mayoría de sus ingresos
de la venta de productos de ocio y recreo. La compañía tiene cinco segmentos de
negocio principales: pesca, golf, tenis, otros productos deportivos (principalmente
bicicletas de montaña) y banca. Opera en EE.UU:, Taiwan, Tailandia e Inglaterra.
Con unas ventas totales de 400 millones de Dólares durante el año 2005, que
supusieron unas pérdidas de 19 millones de Dólares en el total de sus negocios. Sus
inversiones en investigación y desarrollo ascendieron a 9 millones Dólares en el mismo
año.
151
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por Daiwa
tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación conjunta
muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
Daiwa
1 ,1 10,0 10,01 ,1 10,0 20,02 ,2 20,0 40,01 ,1 10,0 50,01 ,1 10,0 60,03 ,3 30,0 90,01 ,1 10,0 100,0
10 1,2 100,0856 98,8866 100,0
0134568Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla
19. Tabla de frecuencias para la compañía Daiwa según la clasificación primaria
Daiwa0134568
Figura 52. Distribución de las patentes de Daiwa según clasificación primaria
151
Daiwa
1 ,1 10,0 10,01 ,1 10,0 20,01 ,1 10,0 30,01 ,1 10,0 40,02 ,2 20,0 60,01 ,1 10,0 70,02 ,2 20,0 90,01 ,1 10,0 100,0
10 1,2 100,0856 98,8866 100,0
,004,008,0011,0031,0057,0061,0062,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 20. Tabla de frecuencias para la compañía Daiwa según la clasificación conjunta
Daiwa,004,008,0011,0031,0057,0061,0062,00
Figura 53. Distribución de las patentes de Daiwa según clasificación conjunta
151
Como sucede con Mizuno, Daiwa pone especial énfasis en los métodos de
fabricación de las varillas descubiertas, tanto las que se refieren a variaciones de
materiales como a las que introducen cambios en la forma.
3.6 Yokohama
Se ha realizado un estudio estadístico concreto de las patentes solicitadas y
publicadas por Yokohama tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la
clasificación conjunta.
Yokohama
1 ,1 11,1 11,13 ,3 33,3 44,41 ,1 11,1 55,61 ,1 11,1 66,71 ,1 11,1 77,81 ,1 11,1 88,91 ,1 11,1 100,09 1,0 100,0
857 99,0866 100,0
0235679Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 21. Tabla de frecuencias para la compañía Yokohama según la clasificación primaria
151
Yokohama0235679
Figura 54. Distribución de las patentes de Yokohama según clasificación primaria
Yokohama
1 ,1 11,1 11,11 ,1 11,1 22,21 ,1 11,1 33,31 ,1 11,1 44,42 ,2 22,2 66,71 ,1 11,1 77,81 ,1 11,1 88,91 ,1 11,1 100,09 1,0 100,0
857 99,0866 100,0
,007,009,0022,0027,0034,0056,0061,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 22. Tabla de frecuencias para la compañía Yokohama según la clasificación conjunta
151
Yokohama,007,009,0022,0027,0034,0056,0061,00
Figura 55. Distribución de las patentes de Yokohama según clasificación conjunta
Las mejoras de Yokohama se centran en las mejoras mecánicas, especialmente
en la reducción de vibraciones durante el golpeo, a través de mejoras en materiales.
3.7 True Temper
El origen de la dedicación de la empresa Trae Temper al mundo del golf puede
establecerse en 1930, creando la primera varilla metálica aceptada por la Royal and
Ancient Order of Saint Andrews, cuna del golf mundial. Desde este primer momento,
True Temper ha basado su evolución en ser reconocida como la empresa más novedosa
e innovadora del mundo del golf.
Durante el año 2005, True Temper tuvo unas ventas totales de 117 millones de
Dólares, un 20% más que durante el mismo período del año anterior. El año 2005,
representó, según las propias palabras del presidente de la compañía, Scout Hennessy,
un relanzamiento de True Temper en particular y de la industrial del golf en general.
151
Muchos productos novedosos van a salir al mercado durante el año 2006 de la
mano de True Temper, que busca recuperar su posición de liderazgo gracias a las
inversiones en investigación y desarrollo, que en la búsqueda de un ahorro habían
pasado a un segundo plano en sus inversiones en años anteriores y que finalmente le
han supuesto en gran gasto.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por True
Temper tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación
conjunta muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
True Temper
3 ,3 42,9 42,91 ,1 14,3 57,12 ,2 28,6 85,71 ,1 14,3 100,07 ,8 100,0
859 99,2866 100,0
2356Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 23. Tabla de frecuencias para la compañía True Temper según la clasificación primaria
151
True Temper2356
Figura 56. Distribución de las patentes de True Temper según clasificación primaria
True Temper
1 ,1 14,3 14,31 ,1 14,3 28,61 ,1 14,3 42,91 ,1 14,3 57,11 ,1 14,3 71,41 ,1 14,3 85,71 ,1 14,3 100,07 ,8 100,0
859 99,2866 100,0
12,0025,0027,0033,0055,0057,0061,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 24. Tabla de frecuencias para la compañía True Temper según la clasificación conjunta
151
True Temper12,0025,0027,0033,0055,0057,0061,00
Figura 57. Distribución de las patentes de True Temper según clasificación conjunta
De nuevo, el 60% de las patentes aportan mejoras mecánicas, cambiando tanto
los materiales que componen la varilla como la forma de la misma.
3.8 TaylorMade
TaylorMade-adidas golf está decidida a convertirse en la compañía más
importante en la industria de equipamiento golfístico. El número 2 en fabricación de
palos, después de Callaway, produce maderas metálicas, hierros y putters. Su gama de
productos incluye también bolsas, bolas y accesorios. Esponsoriza a grandes jugadores
de la PGA americana, como Mike Weir o Retief Goosen, de la PGA europea.
Gary Adams fundó Taylor Made en 1979 tras descubrir que las bolas golpeadas
con metales alcanzaban mayores distancias que aquellas golpeadas con palos de
madera. TaylorMade se convirtió en parte de Adidas a finales de los años 90.
151
TaylorMade ha liderado la evolución tecnológica de la industria del golf desde
su creación en 1979. Con equipamiento TaylorMade, aparatos Adidas, bolas de golf
Maxfli, TaylorMade-adidas tiene como objetivo convertirse en la compañía líder
mundial del sector del golf en todas sus ramas.
En el año 2005, las ventas totales de Taylor Made ascendieron a 1512 millones
de euros, un 15% más que el año anterior, con unas previsiones de llegar a 1700
millones en 2006 según las ventas obtenidas en el primer trimestre del año, que
suponen un 35% que en mismo período del año anterior, consolidándose como
segundo en el mercado y buscando alzarse con la primera plaza.
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por
Taylor Made tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación
conjunta muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
Taylor Made
1 ,1 16,7 16,72 ,2 33,3 50,03 ,3 50,0 100,06 ,7 100,0
860 99,3866 100,0
036Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 25. Tabla de frecuencias para la compañía TaylorMade según la clasificación primaria
151
Taylor Made036
Figura 58. Distribución de las patentes de Taylor Made según clasificación primaria
Taylor Made
1 ,1 16,7 16,72 ,2 33,3 50,02 ,2 33,3 83,31 ,1 16,7 100,06 ,7 100,0
860 99,3866 100,0
,0034,0061,0062,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 26. Tabla de frecuencias para la compañía Taylor Made según la clasificación conjunta
151
Taylor Made,0034,0061,0062,00
Figura 59. Distribución de las patentes de Taylor Made según clasificación conjunta
En grandes empresa como es el caso de Taylormade es común que la mayoría
de sus patentes se refieran a métodos de fabricación que afectan a invenciones
patentadas por otros; su enorme volumen de negocio, les permite dedicar gente al
único fin de evaluar y seguir el Estado de la Técnica en lo que a sus negocio se refiere.
3.9 Callaway
Callaway Golf, junto con sus compañías subsidiarias, diseña, fabrica y vende
todo tipo de palos y bolas de golf. También vende bolsas de palos, guantes, gorras,
fundas de viaje, toallas y paraguas. Normalmente, la compañía vende sus productos a
vendedores, grandes empresas de venta, distribuidores y a través de su página web en
más de 100 países por todo el mundo.
Un análisis financiero sencillo a partir de los datos proporcionados a sus
posibles inversores es:
151
Análisis financiero
Cuatrimestral (Mar '06) Anual (2005)
Ingresos (in millions of USD) Ingresos totales
302.44 998.09
Mergen global
131.51 414.41
Ingresos por ventas directas
36.36 17.21
Ingresos netos
22.86 13.28
Balance (in millions of USD) Activos totales en el mercado
572.06 438.59
Activos totales
896.34 764.50
Deudas totales en el mercado
258.69 140.21
Deudas totales
285.70 168.45
Beneficio
610.63 596.05
Tabla 27. Datos financieros relevantes de Callaway
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por
Callaway tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación
conjunta muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
151
Callaway
2 ,2 40,0 40,01 ,1 20,0 60,01 ,1 20,0 80,01 ,1 20,0 100,05 ,6 100,0
861 99,4866 100,0
0235Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 28. Tabla de frecuencias para la compañía Callaway según la clasificación primaria
Callaway0235
Figura 60. Distribución de las patentes de Callaway según clasificación primaria
151
Callaway
2 ,2 40,0 40,01 ,1 20,0 60,01 ,1 20,0 80,01 ,1 20,0 100,05 ,6 100,0
861 99,4866 100,0
,008,0025,0031,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 27. Tabla de frecuencias para la compañía Callaway según la clasificación conjunta
Callaway,008,0025,0031,00
Figura 61. Distribución de las patentes de Callaway según clasificación conjunta
La mayoría de las patentes pertenecientes a Callaway no han podido estudiarse
con la misma profundidad, ya que las reivindicaciones están escritas en japonés y sólo
se puede analizar el resumen.
151
3.10 Spalding
El estudio estadístico realizado de las patentes solicitadas y publicadas por Spalding
tanto a partir de la clasificación primaria como a partir de la clasificación conjunta
muestra el resultado mostrado en la tabla y el gráfico siguientes:
Spalding
1 ,1 20,0 20,02 ,2 40,0 60,02 ,2 40,0 100,05 ,6 100,0
861 99,4866 100,0
235Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 30. Tabla de frecuencias para la compañía Spalding según la clasificación primaria
151
Spalding235
Figura 62. Distribución de las patentes de Spalding según clasificación primaria
Spalding
1 ,1 20,0 20,01 ,1 20,0 40,01 ,1 20,0 60,02 ,2 40,0 100,05 ,6 100,0
861 99,4866 100,0
25,0031,0034,0055,00Total
Valid
SystemMissingTotal
Frequency Percent Valid PercentCumulative
Percent
Tabla 31. Tabla de frecuencias para la compañía Spalding según la clasificación conjunta
151
Spalding25,0031,0034,0055,00
Figura 63. Distribución de las patentes de Spalding según clasificación conjunta
De nuevo las mejoras mecánicas y en procedimientos de fabricación centran
copan la gran parte de la capacidad inventiva de Spalding.
3.11 Otras empresas significativas del sector
Es sorprendente la ausencia de dos de las principales, probablemente las más
significativas, empresas dedicadas a la creación de varillas de golf: Nike y Aldila.
Como carecen de patentes suficientes para ello, no es posible realizar un estudio
estadístico útil de sus patentes, sin embargo una breve introducción sobre su historia y
actualidad económica puede resultar interesante para el desarrollo de la invención.
151
3.11.1 Nike
Con unos ingresos totales de más de 3 billones de Dólares, Nike es la empresa
americana líder mundial en el sector del deporte. Su rama del golf, diseña, fabrica y
comercializa la más amplia cartera de productos posibles en golf: palos, bolas, ropa,
accesorios...
La compañía opera en todo el mundo, resultando que más del 50% de sus
ventas tienen lugar fuera de EE.UU.
3.11.2 Aldila
Aldila en varillas de golf, especialmente no metálicas es sinónimo de la mejor
calidad y de los últimos avances tecnológicos. Se dedica únicamente a las varillas:
diseño, fabricación y venta a terceros. Obtuvo unos ingresos de 77 millones de Dólares
en el año 2005.
151
Propuesta de innovación
151
PROPUESTA DE INNOVACIÓN
Tras el estudio realizado, se presenta una propuesta de innovación en lo que a
varillas metálicas de palos de golf se refiere.
Se han descubierto las magníficas propiedades del elemento 21 de la tabla
periódica, el Escandio. Siendo un 55% más ligero que el Titanio, pero hasta un 25% más
resistente, se propone como sustituto natural del mismo.
Dada las grandes similitudes de comportamiento entre ambos materiales ya
demostradas por equipos de ingenieros especializados, se puede concluir, tras realizar
una serie de aproximaciones, que la evolución que ha sido satisfactoria para el primero
lo será de igual manera para este nuevo material.
A día de hoy, el Escandio ha sido patentado para ser utilizado en cabezas de
palos pero todavía no en varillas. El estudio de las patentes relacionadas con varillas en
las que se introdujo Titanio en el momento que éste estaba naciendo en términos
golfísticos, concluye que lo más interesante es introducirlo en varillas como una capa,
ya sea exterior o interior de la varilla previamente utilizada.
Este mismo criterio ha sido empleado para el Escandio. Se decidió a hacer la
capa externa por varias razones. Principalmente por vistosidad, y porque el hecho de
reducir peso de la cabeza del palo es algo que el jugador notará y se ha decidido
permitir que el propio jugador pueda percibir la novedad implantada a simple vista.
1 Presentación de la invención
Se propone un palo de golf con una varilla formada por un tubo de sección
circular y una fina capa concéntrica formada por Escandio o por una aleación de acero
y Escandio.
El Escandio, elemento número 21 de la tabla periódica está previsto que marque
una nueva era en material para palos de golf, sustituyendo al Titanio.
Comparativamente, el Escandio es un 55% más ligero pero un 25% más resistente. Las
151
aplicaciones de ambos materiales serán equivalentes, las aleaciones hechas con el
primero son útiles para el segundo, salvo que el Escandio permite conseguir un 10%
más de distancia, un 15% más de precisión y sobretodo reduce al mínimo las
vibraciones percibidas durante el impacto del golpe.
En definitiva, un cambio de material en la varilla del palo que aporta distancia,
precisión y vistosidad a la vez.
Se ha realizado un análisis de las patentes que podrían entrar en conflicto con
ésta, en caso de ser patentada. El resultado ha sido concluyente: actualmente hay sólo
tres patentes que apliquen el Escandio en palos de golf. De ellas, ninguna se centra en
la varilla, si bien una de ellas hace referencia a la cabeza y la varilla. Ninguna de ellas,
sin embargo, hace referencia de ninguna forma a las mejoras en vistosidad ni a la
creación de una capa concéntrica.
Estas patentes son: US2005197204, US2004072627, JP2001246029.
Pensando en una posible patente de la invención, se establecen una serie de
reivindicaciones que pretenden proteger la invención:
1. Un palo de golf que comprende una cabeza del palo, una varilla y un grip o
mango, comprendiendo dicha varilla un tubo de sección circular y caracterizada
porque la varilla tiene una capa concéntrica exterior de Escandio que rodea al tubo y
cuyo espesor no será mayor de 3mm.
2. La varilla de la reivindicación anterior en la que el tubo interior está formado por
titanio, tungsteno, acero o acero inoxidable o una aleación de estos materiales.
3. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa concéntrica exterior
está formada por una aleación de Escandio y acero.
4. 3. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa concéntrica
exterior está formada por una aleación de Escandio y aluminio.
5. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que el porcentaje en peso de la
capa concéntrica que contiene Escandio será siempre mayor del 2% y menor del 10%.
6. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa exterior de Escandio
puede cubrir total o parcialmente la longitud total del tubo circular y de la varilla.
151
7. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa exterior de Escandio
se conecta directamente con el grip aunque no siempre lo haga con la cabeza del palo.
8. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa exterior es una
aleación de Escandio y acero, con una proporción de Escandio de entre el 2 y el 4%.
9. La varilla de las reivindicaciones anteriores en la que la capa concéntrica de
Escandio no cubre totalmente el diámetro del tubo, sino que forma cualquier dibujo a
lo largo de la varilla.
Posibles diseños representativos de la invención podrían ser:
151
Figuras 64, 65 y 66. Diseños explicativos de la invención
Las anteriores reivindicaciones garantizarían una protección adecuada al invento
propuesto.
151
CONCLUSIONES
Una vez el Proyecto de Fin de Carrera concluido, con los objetivos principales
alcanzados, se pueden extraer una serie de conclusiones, que analicen no sólo la
consecución de estos objetivos, sino también el alcance finalmente logrado por el
proyecto.
Como ya se estableció desde un primer momento, este Proyecto de Fin de
Carrera ha pretendido ser un primer contacto con el mundo de la ingeniería en su
faceta más apasionante, la relacionada con la labor de investigación, desarrollo e
innovación de la técnica, intentando entrar en el ciclo de las invenciones, y a través de
la investigación contribuir, en la medida de lo posible, al desarrollo de la ciencia.
El objetivo principal del Proyecto se puede considerar conseguido. Se ha
desarrollado un palo de golf novedoso e inventivo. Concretamente, se propone un palo
de golf cuya varilla esté formada por un tubo de sección circular y una fina capa
concéntrica de Escandio o de una aleación de acero y Escandio, que permitirá
conseguir un 10% más de distancia, un 15% más de precisión, mayor vistosidad y
sobretodo reducirá al mínimo las vibraciones percibidas durante el impacto del golpe.
En definitiva, un cambio de material en la varilla del palo que aporta distancia,
precisión y vistosidad a la vez.
Para alcanzar este resultado final ha sido necesario marcarse una serie de etapas
que una vez alcanzadas permitieran desarrollar la citada invención.
Para poder desarrollar un palo de golf novedoso e inventivo se deben adquirir toda
una serie de conocimientos previos sobre propiedad industrial, en general y sobre el
estado de la técnica en lo que a nuestro producto, el palo de golf, se refiere en
particular.
Los conocimientos sobre propiedad industrial e intelectual necesarios pasan por
el estudio de patentes, modelos de utilidad, convenios y tratados aplicables a nuestra
posible invención.
151
El conocimiento del estado de la técnica en lo que a palos de golf se refiere se ha
adquirido a través de un análisis de todos los procesos de investigación, desarrollo e
innovación relacionados con el producto, mediante un aprendizaje exhaustivo y
tratamiento de datos de los mismos, imprescindible para presentar una evolución en el
ámbito de los palos de golf de varilla metálica, campo en el que finalmente se ha
centrado el proyecto.
La obligación de publicación de las solicitudes de patente, hace que los procesos
de I+D+i partan de resultados obtenidos anteriormente, de los que se aprende y que
son origen de nuevas investigaciones, que serán base de la evolución tecnológica
general y de nuestro proyecto en particular.
A través de un estudio estadístico multivariante comparativo de todos los casos
estudiados, estableciendo unas métricas comparativas y cuantificando con precisión
las distintas posibilidades, se ha optimizado el estudio de unos procesos tan
complicados de medir como son los relacionados con actividades de I+D+i.
Se ha realizado una doble selección de patentes que pudieran facilitar la
delimitación del ámbito concreto de la invención.
En primer lugar, patentes a partir de las cuales se ha producido un especial
desarrollo de la técnica y posteriormente patentes solicitadas por empresas
involucradas en el desarrollo del Estado de la Técnica de palos de golf, estableciendo
qué empresas invierten más en I+D+i y analizando la evolución histórica de las
mismas.
Una vez profundizado el estudio de estas patentes concretas, se analizará también la
nada desdeñable influencia del sector del golf en las economías de un número cada vez
mayor de países y, en consecuencia, en la promoción de la innovación tecnológica.
Según estudios al respecto, sólo en España, la industria del golf genera 2.375
millones de euros al año (si nos vamos a EE.UU. podemos hablar de cerca de 60.000
millones de dólares) con un crecimiento anual de más del 12%.
Este elevado volumen de negocio, promueve las tecnologías aplicadas a este
deporte, como demuestran las continuas evoluciones en materiales y formas, tanto en
palos como en accesorios, que se dan cada vez más rápida e intensamente en un
también cada vez mayor número de países, como se ha demostrado en este Proyecto.
151
BIBLIOGRAFÍA
[INTR06] �Introducción a la Propiedad Industrial�. Esther Arias Pérez-
Ilzarbe. Departamento de Patentes e Información Tecnológica de
la OEPM.
[CONV06] �Convenio de París para la Protección de la Propiedad
Industrial�. Oficina Española de Patentes y Marcas.
[TRAT01] �Tratado sobre Derecho de Marcas�. Carlos Fernández-Nóvoa.
Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A., 2001
[PROT06] �Protección internacional de las invenciones. La vía del Tratado
de Cooperación en materia de patentes�. Oficina Española de
Patentes y Marcas.
[LAPA05] �La Patente Española�. Apuntes del MAGISTER LVCENTINVS.
Universidad de Alicante 2005.
[MANU86] �Manual informativo para los solicitantes de modelos de
utilidad�. Ley 11/86 de 20 de Marzo de Patentes BOE nº73,
Marzo 1986.
151
[PROT04] �Protection de l�innovation�. Michel Abello. Ecole Centrale Paris.
2004-2005.
[GOLFS06] �La Industria del golf en España�. Real Federación Española de
Golf 2005. www.golfspainfederacion.com 2006.
[CONV06] �Convenio 5 de Octubre de 1973, sobre concesión de patentes
europeas�. Instrumento de adhesión 10 Julio de 1986.
[AUTO06] Programa informático SPSS versión 12.0.
151
Anexos
151
ANEXOS
A Base de datos
GB191409625 Improvements in Golf Clubs
para añadir elasticidad al palo1914 GB MEGUYER WILLIAM HENRY
MEGUYER WILLIAM HENRY (GB)
JP2005040482
GOLF CLUB AND TAPE FOR STICKING SHAFT
Por seguridad, se pega una cinta de colores alrededor de la varilla
2003 JP KODA SHINJI (JP) KODA SHINJI
CN2626546 Improved structure of golf club
2003 CN LI MINGXIAN (CN) LI MINGXIAN (CN)
JP2005034517
GOLF CLUB STEEL SHAFT, AND MANUFACTURING METHOD THEREOF
Aleaciones de muchos metales a bajas y posteriormente a altas temperaturas forman la varilla que será más dura, menos rígida y más ligera
2003 JP NISSHIN STEEL CO LTD;; NIPPON SHAFT CO LTD
JUFUKU HIROYUKI; OMOSAKO KOJI; KADANI SHOICHI; HIRAMATSU TERUSHI (JP)
US2004166957 Golf club putter, and the alternative
Efecto semiantigravitatorio en el plano horizontal de manera que el swing va por "buen camino"
2003 US REYES ARNOLD JOHN (US) REYES ARNOLD JOHN (US)
US2003144071
Sports equipment having a tubular structural member
Tubo estructural para añadir resistencia en el plano de flexión
2003 US DODGE DAVID J (US); DOBLE WILLIAM C (US)
DODGE DAVID J (US); DOBLE WILLIAM C (US)
US2003092503
CA2399924 (A1), WO0151134 (A2), WO0151134 (A3)
Golf clubs intended for use in putting
una unión continua y perpendicular a dicha cara del palo para mejorar el control de la bola en el green 2002 US
SNOWDON DEREK ALBERT (GB)
SNOWDON DEREK ALBERT (GB)
WO03006114 A
US5542666, US4240631, US5931741, US5643102
OFFSET GOLF CLUB SET AND METHOD FOR FABRICATION
Creación de una varilla curvada formada por 3 mini-varillas unidas para controlar mejor el golpe creando un offset en la cara del palo que facilitará el control del golpe a jugadores de bajo-medio nivle y que se podrá graduar según las necesidades del jugador 2002 US
WADE GEORGE (US); PARALLEL AXIS GOLF (US) WADE GEORGE (US)
US2003109327 Replaceable golf club
determinadas alturas
2001 US HO YANG CHING (TW) HO YANG CHING (TW)
US2002151378 JP2002306652 (A), US6634957 (B2)
Golf club with a weight member
Peso introducido al final de la varilla (donde se une con la cabeza de manera que el peso total del palo sea el mismo, pero el peso de nuestra cabeza sea menor, reduciéndose las fuerzas de "retorcimiento" sufridas en la cabeza durante el swing) 2001 US TSENG WEN-CHENG (TW)
TSENG WEN-CHENG (TW)
AU5597701 A
2001 AU
US2003017884
Golf club shaft with superelastic tensioning device
Varilla hueca en la que se inserta un hilo elástico que puede ser de diversos materiales de manera que se puede estirar y girar consiguiendo un control de la rigidez externa de la varilla
2001 US
MASTERS BRETT P (US); SCHOOR MARTHINUS C VAN (US); JESSIMAN ALEXANDER W (US)
MASTERS BRETT P (US); SCHOOR MARTHINUS C VAN (US); JESSIMAN ALEXANDER W (US)
JP2002120037 2000 JP
JP2002102400 STEEL SHAFT
Varilla que respondea a exigencias de pegadores y jugadores de swing.
2000 JP NIPPON SHAFT CO LTD
IKEDA MASAKAZU; WATARI MAKOTO; IWASE MASAHITO
US6447404 B1 Separable-shaft golf club
Varilla en partes roscadas entre si
2000 US WILBUR KURT C (US)
JP2001079125 GOLF CLUB 1999 JP BRIDGESTONE SPORTS CO LTD MORI MASAYOSHI
JP2001054603 GOLF CLUB
Diseño de formas para reducir desvio izda/drcha
1999 JP SUMITOMO RUBBER IND SUGIMOTO YASUSHI
US2001001772 US6582320 (B2) HYBRID GOLF CLUB SHAFT 1999 US FENDEL EDWIN B (US)
JP2000229139 SHAFT OF GOLF CLUB
Polvos de metal (e.g. Tungsteno) se introducen en el interior para aumentar la velocidad de la cabeza del palo y la fuerza de la pegada. Estos polvos se mueven dentro de la varilla entre determinadas alturas de la varilla. 1999 JP NAGATA MASAHIRO NAGATA MASAHIRO
CA2243187 A1 APPARATUS FOR A GOLF CLUB 1998 CA
CONRAD ROBERT GEORGE (CA)
CONRAD ROBERT GEORGE (CA)
WO9902223 A1
US2023131 US5190291 US4084819 US3762707 US4674746 US5152527 US5409220 US5554078 US5547189 US5547189 US5718643
PLUG FOR STRESSING GOLF CLUB SHAFT
1998 US SMITH LYLE (US) SMITH LYLE (US)
WO9823338 A1
WO9823338 (A1) EP1007163 (A1) EP1007163 (A1) CA2272935 (A1)
GOLF CLUB SHAFT HAVING WAVE SHAPED REINFORCED PART
Formas esfericas en parte superior de varilla, cerca fin del grip.
1997 US WAVEX CORP (US) RYU SUK-HO
US6139444 A
Golf shaft and method of manufacturing the same
Inserto de composite de fibra y resina con un rigidizador
1997 US TAYLOR MADE GOLF CO (US)
RENARD PHILIPPE (FR); BEACH TODD (US); ZEDELMAYER ERIC (US)
JP10192452 A GOLF PUTTER
Diseño para apuntar mejor que afecta a grip, varilla y cabeza del putt
1997 JP AN SHOKUN AN SHOKUN
US5795244 A Golf club shaft with an airfoil channel
Varilla elongada tubular con contorno ondulado
1997 US LU CLIVE S (US)
EP0747098 A1
US5655975 (A1) JP9099122 (A) EP0747098 (B1) AU714885 (B2)
Golf club having vibration damping device and method for making same
Mecanismo antivibración sobre varilla. 3 Seccione troncocónicas, la intermedia de un material viscoelástico
1996 EP ROUSH ANATROL INC (US) NASHIF AHID (US); MACIOCE PAUL J (US)
JP9299526 A SHAFT FOR SPORTS GOODS
Grip rulo
1996 JP HIRATA JUNICHI HIRATA JUNICHI
GB2291358 A Sports equipment
Recubrimiento metálico al carbon o de fibras de gráfito
1995 GB DALTON JOHN A (HK) DALTON JOHN ARTHUR
US5553858 A WO9701375 (A1) Golf putter
Doble varilla incorporable
1995 US
MCKOON CARL T (US); MCKOON MICHAEL T (US)
US5379641 A
JP7000564 (A) FI932001 (A) FI94554C © FI94554B (B)
Method for measuring the deflection in the shaft of a golf club for controlling the dynamic loft angle of a club
Método para medir deflección del palo
1993 US EXEL OY (FI)
PAASIVAARA JUKKA (FR); SUOMINEN MATTI (FI); TIIKKAINEN PEKKA (FI)
JP7000443U U
1993 JP
US5255994 A WO9314834 (A1)
Adjustably tensioned snap-release joint for an exercise golf club
Dispositivo para practicar swing
1993 US STEIN DANIEL R (US) STEIN DANIEL R (US)
JP5053672U U
1992 JP
EP0430912 A2
US5018735 (A1) JP3176085 (A) EP0430912 (A3) EP0430912 (B1)
Low kick point golf club shaft.
Varilla de madera
1990 EP SANDVIK SPECIAL METALS (US)
MEREDITH STEVEN E (US); BENJAMIN JAMES F (US)
AT112975T T No disponible
1990 AT
JP3067672U U
1989 JP
EP0370978 A2
US4961576 (A1) JP2189170 (A) EP0370978 (A3) EP0370978 (B1)
Constant wall shaft with reinforced tip.
Método para producir varillas menos susceptibles a deformación
1989 EP SANDVIK SPECIAL METALS (US MEREDITH STEVEN E
JP2191477 A GOLF CLUB SHAFT
Transición entre secciones para reducir peso y aumentar rigidez de varilla
1989 JP MARUMAN GOLF KOBAYASHI MASASHI
JP2079975U U
1989 JP
JP63172461U
1987 JP
JP63170675U
1987 JP
JP62059058U U
1985 JP
JP62045057U
1985 JP
JP60128665U
1984 JP
JP60119460U
1984 JP
JP59085262U
1983 JP
JP59073966U
1983 JP
JP56150572U
1981 JP
GB2071504 A Golf club shafts
Método para diseñar un juego de palos a través de valores de rigidez torsional
1981 GB ACCLES & POLLOCK LTD
JP55175460U
1979 JP
JP55173360U
1979 JP
JP54110262U
1978 JP
JP54103971U
1978 JP
US4169595 A Light weight golf club shaft
Método para fabricar un eje con material de determinadas características físicas (limite elástico >=220000lb/in
1977 US BRUNSWICK CORP (US) KAUGARS EUGENE (US)
US4123055 A GB1596431 (A) Golf clubs
Junta entre secciones escalonadas en la varilla
1977 US BRILL HARRY M BRILL HARRY M
JP52068373U
1976 JP
JP52057753U
1976 JP
JP50104762U
1974 JP
JP50103754U
1974 JP
AU2498267 A
1967 AU
US3448981 A GOLF CLUB
Put cabeza triangular nervada en T
1967 US ANWEILER DONALD M ANWEILER DONALD M
GB427717 A 1 Improvements relating to shafts for golf glubs
Geometría que facilita la absorción de energia
1933 GB WILLIAM HEYES
US2250429 A Golf club
No disponible
1933 US AMERICAN FORK & HOE CO VICKERY NORMAN P
151