modulo automotores

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MODULO AUTOMOTORES CAPITULO I Introducción: Objetivo: 1. CODIGO NACIONAL DE TRANSITO Y LA MOVILIDAD (LEY 769 DE 2002 Y 1383 de 2010) 2. EL SIMIT. (SISTEMA INTEGRADO DE MULTAS E INFRACCIONES DE TRANSITO). 2.1 NATURALEZA JURIDICA. 2.2 CUALES SON LOS BENEFECIOS DEL SIMIT? 3. RUNT. (REGISTRO UNICO NACIONAL DE TRANSITO) 3.1 QUE HACE EL RUNT 3.2 INSCRIPCION EN EL RUNT 4. EL SOAT. (SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTYES DE TRANSITO) CAPITULO II Introducción Objetivo 5. EL VIN. (NUMERO UNICO DE IDENTIFICACION VEHICULAR) TEORICO PRÁCTICO. 5.1 COMO SE COMPONE EL NUMERO VIN. 5.2. DONDE ENCONTRAR EL NUMERO VIN. 5.3. QUE SIGNIFICA EL NUMERO VIN EN UN VEHICULO

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MODULO AUTOMOTORES

CAPITULO I

Introduccin: Objetivo:

1. CODIGO NACIONAL DE TRANSITO Y LA MOVILIDAD (LEY 769 DE 2002 Y 1383 de 2010)

2. EL SIMIT. (SISTEMA INTEGRADO DE MULTAS E INFRACCIONES DE TRANSITO).

2.1 NATURALEZA JURIDICA.2.2 CUALES SON LOS BENEFECIOS DEL SIMIT?

3. RUNT. (REGISTRO UNICO NACIONAL DE TRANSITO)

3.1QUE HACE EL RUNT3.2 INSCRIPCION EN EL RUNT

4. EL SOAT. (SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTYES DE TRANSITO)

CAPITULO II

Introduccin Objetivo

5. EL VIN. (NUMERO UNICO DE IDENTIFICACION VEHICULAR) TEORICO PRCTICO.

5.1 COMO SE COMPONE EL NUMERO VIN.5.2. DONDE ENCONTRAR EL NUMERO VIN.5.3. QUE SIGNIFICA EL NUMERO VIN EN UN VEHICULO

6. LICENCIAS DE CONDUCCION.6.1. CLASIFICACION DE LAS LICENCIAS DE CONDUCCION.6.2. CATEGORIAS DE LA LICENCIA DE CONDUCCION VEHICULOS PARTICULARES.6.3. CATEGORIA LICENCIAS DE CONDUCCION SERVICIO PUBLICO6.4. EQUIVALENCIAS

7. LA PLACA UNICA NACIONAL REFLECTIVA

7.1 CLASIFICACION.7.2. DIMENSIONES. 7.3. COLORES. 7.4. NOMENCLATURA. 7.5. SEGURIDAD.

8. SEALES DE TRANSITO

8.1. SEALES VERTICALES.8.2 SEALES HORIZONTALES.8.3. SEALES ELEVADAS.8.4. OTRAS SEALES.

BIBLIOGRAFIA.

CAPITULO I

Introduccin: Las normas que rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulacin de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de trnsito, y vehculos por las vas pblicas o privadas que estn abiertas al pblico, o en las vas privadas, que internamente circulen vehculos; as como la actuacin y procedimientos de las autoridades de trnsito.En desarrollo de lo dispuesto por el artculo 24 de la Constitucin Poltica, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero est sujeto a la intervencin y reglamentacin de las autoridades para garanta de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los proteccin del uso comn del espacio pblico.Le corresponde al Ministerio de Transporte como autoridad suprema de trnsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecucin de la poltica nacional en materia de trnsito.

Objetivo: Conocer las normas bsicas de movilidad en nuestro pas e identificar y utilizar los medios informticos para obtener la informacion de las personas respecto a comparendos, multas, licencias de conduccin y todo lo respectivo a trmites de trnsito.

1. CODIGO NACIONAL DE TRANSITO Y LA MOVILIDAD (Ley 769 de 2002- ley 1383 de 2010).

Son normas que rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulacin de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de trnsito, y vehculos por las vas pblicas o privadas que estn abiertas al pblico, o en las vas privadas, que internamente circulen vehculos; as como la actuacin y procedimientos de las autoridades de trnsito.En desarrollo de lo dispuesto por el artculo 24 de la Constitucin Poltica, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero est sujeto a la intervencin y reglamentacin de las autoridades para garanta de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los proteccin del uso comn del espacio pblico.Le corresponde al Ministerio de Transporte como autoridad suprema de trnsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecucin de la poltica nacional en materia de trnsito.Las autoridades de trnsito promovern la difusin y el conocimiento de las disposiciones contenidas en este cdigo.Los principios rectores de este cdigo son: seguridad de los usuarios, calidad, oportunidad, cubrimiento, libertad de acceso, plena identificacin, libre circulacin, educacin y descentralizacin.

2. EL SIMIT. (SISTEMA INTEGRADO DE MULTAS E INFRACCIONES DE TRANSITO).

Es un sistema que integra el registro de infractores a nivel nacional que impide la realizacin de trmites en los Organismos de Trnsito donde participe un infractor, en cualquier calidad, que no se encuentre a paz y salvo.

El sistema dispone de informacin oportuna a nivel local y nacional para el control que ejercen las autoridades de trnsito.

Es el nico sistema en el pas que les permite a los usuarios realizar el pago de sus multas en cualquier lugar del pas, con el objeto de mejorar los ingresos de los municipios.

2.1 NATURALEZA JURIDICA.

LEY 769 de 2002 Por medio del cual se expide elCdigo Nacional de Trnsito Terrestre y se dictan otras disposiciones, reformado por la Ley 1383 de 2010.

ARTCULO 10. SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACIN SOBRE LAS MULTAS Y SANCIONES POR INFRACCIONES DE TRNSITO.

Con el propsito de contribuir al mejoramiento de los ingresos de los municipios, se autoriza a la Federacin Colombiana de Municipios para implementar y mantener actualizado a nivel nacional, un sistema integrado de informacin sobre las multas y sanciones por infracciones de trnsito (SIMIT), por lo cual percibir el 10% por la administracin del sistema cuando se cancele el valor adeudado. En ningn caso podr ser inferior a medio salario mnimo diario legal vigente.

Pargrafo.En las dependencias de los organismos de trnsito y transportes de las entidades territoriales existir una sede del SIMIT, con el fin de obtener la informacin para el consolidado nacional y para garantizar que no se efecte ningn trmite de los que son competencia de los organismos de trnsito en donde se encuentre involucrado el infractor en cualquier calidad, si ste no se encuentra a paz y salvo.

2.2 CUALES SON LOS BENEFECIOS DEL SIMIT?

Genera: Mayor respeto a las normas de trnsito y por ende a la vida Cultura de pago Empleo Cultura ciudadana.Controla: Evasin del pago de las multas Fraude Licencias suspendidas y conductores reincidentes.Otros beneficios: -Incremento en el recaudo para los Municipios, con mayores recursos para inversin en prevencin y seguridad vial. -Ayuda a modernizar las Autoridades de Trnsito y en especial a aquellos cuyo presupuesto es insuficiente para invertir en tecnologa de ltima generacin.-Reduccin de corrupcin en las Autoridades de Trnsito.-Integracin total de las Autoridades de Trnsito. -Anlisis estadsticos para la definicin de polticas nacionales y locales. -Recursos para capacitacin del personal de Polica de Carreteras, planes de educacin y seguridad vial en las vas nacionales. -El Simit funciona en toda Colombia y su operacin se mantiene activa durante las 24 horas del da y los 7 das de la semana. -Cuando una persona llega a uno de los puntos Simit a nivel nacional, puede solicitar su estado de cuenta, y verificar si posee infracciones pendientes de pago, o si por el contrario se encuentra a paz y salvo. -Facilita la consulta por internet, en lnea las 24 horas desde cualquier parte del mundo en www.simit.org.co, de cuantas infracciones de trnsito tiene pendientes de pago. -Permite pagar una multa de trnsito en cualquier parte del pas sin importar donde fue impuesta y estar a paz y salvo en dos horas. -El Simit invierte en desarrollos tecnolgicos para entregarlos a los bancos, facilitando el recaudo y las transferencias. -El Simit brinda soporte jurdico a todos las Autoridades de trnsito que lo soliciten. -El Simit genera alertas de posibles caducidades y posibles prescripciones a las Autoridades de trnsito. -El Simit asume costos de recaudo y transferencias. -Son parte del Sistema Regional de Indicadores Estndarizados de Convivencia y Seguridad Ciudana 2008-2011 del cual hacen parte Rep- Dominicana, Honduras, Ecuador, Per, Paraguay y Uruguay. -El objeto es desarrollar y poner en funcionamiento en tres aos como un bien pblico regional, un sistema regional de indicadores estndarizados de convivencia y seguridad ciudadana que permitir la medicin, el seguimiento y la comparacin regional de los fenmenos vinculados a estos temas, para fortalecer la capacidad de los tomadores de decisiones de algunos pases de la regin, en la formulacin, implementacin y evaluacin de polticas pblicas de seguridad ciudadana.

3. RUNT. (REGISTRO UNICO NACIONAL DE TRANSITO)

El Registro nico Nacional de Trnsito es una base de datos centralizada que contiene informacin de todos los vehculos del pas, todos los conductores, los seguros, las infracciones de trnsito, los accidentes de trnsito y las empresas de transporte pblico, entre otros.

3.1QUE HACE EL RUNT

El RUNT realiza de manera virtual tres procesos bsicos:Valida informacin,autoriza la realizacin de un trmite por el organismo de trnsito y registra las actualizaciones de la informacin del trmite aprobado. El RUNT adelanta estos procesos en lnea y en tiempo real, utilizando tecnologa de punta.Miremos qu significan cada uno de estos procesos:

Validar:Quiere decir que el RUNT constata los datos directamente contra las bases de datos de la entidades que producen la informacin. Por ejemplo, para validar la identidad de una persona, el RUNT se conecta directamente con la Registraduria Nacional del Estado Civil.

Autorizar:Una vez el sistema RUNT valida la informacin aportada en los documentos que entrega el ciudadano para hacer su trmite, el Registro nico Nacional de Trnsito le permite al organismo de trnsito generar el correspondiente trmite.

Registrar:La informacin que estaba en la base de datos del RUNT y que se modific al generar el trmite autorizado, se actualiza de manera inmediata en el sistema RUNT.

3.2 INSCRIPCION EN EL RUNT.Cualquier ciudadano que necesite realizar un trmite ante un Organismo de Trnsito en el pas, deber inscribirse ante el RUNT.Esta inscripcin se hace en cualquier momento y en cualquier Organismo de Trnsito (no necesariamente en donde tenga matriculado su vehculo), por una sola vez, no tiene ningn costo para el ciudadano y es vlida en todo el territorio nacional.

4. EL SOAT. (SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTYES DE TRANSITO)

Es un seguro obligatorio para todos los vehculos automotores que transiten por el territorio colombiano, que ampara los daos corporales que se causen a las personas en accidentes de trnsito, ya sean peatones, pasajeros o conductores.

Quines estn obligados a prestar atencin mdica a las vctimas?

Todos los hospitales y clnicas, tanto pblicos como privados.Estn obligados a prestar la atencin mdica en forma integral, desde la atencin inicial de urgencias hasta su rehabilitacin final, as:- Atencin de urgencias- Hospitalizacin- Suministro de material mdico, quirrgico, osteosntesis, rtesis y prtesis.- Suministro de medicamentos- Tratamiento y procedimientos quirrgicos- Servicios de diagnstico- Rehabilitacin

Quin vigila el cumplimiento de estos servicios y a quin se debe informar de las irregularidades?

La Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la carrera 13 No. 32 - 76. Telfono: 336 4600, extensin 3041 en Bogot.

Hasta qu cuanta cubre el Soat por estos servicios?

Por la prestacin de los servicios mdico-quirrgicos hasta un mximo de 500 veces el salario mnimo legal diario vigente al momento del accidente.Por gastos de transporte y movilizacin de la vctima, hasta un mximo de 10 veces el salario mnimo legal diario vigente al momento del accidente.

A quin cobran los hospitales o clnicas los gastos por la prestacin de los servicios a las vctimas de accidentes de trnsito?

A la compaa aseguradora que haya expedido la pliza o al fondode solidaridad y garanta (Fosyga), segn el caso.

Agotada la cuanta para los servicios de atencin mdico - quirrgica, quien debe pagar el excedente.

El hospital o clnica reclamar ante el Fondo de Solidaridad y Garanta, subcuenta de riesgos catastrficos y accidentes de trnsito, hasta un mximo equivalente a 300 salarios mnimos diarios legales vigentes al momento del accidente.

Cundo la cuenta supera los 800 salarios mnimos legales diarios vigentes, quien paga el excedente?

Sern asumidos por la Empresa Promotora de Salud (EPS) o la Entidad de Medicina Prepagada a la cual est afiliada la vctima o por el responsable del accidente.En caso de accidente de trnsito calificado como accidente de trabajo, el excedente lo reconocer la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).

Quin vigila el cumplimiento oportuno de las obligaciones por parte de las aseguradoras y a quin se debe informar de las irregularidades?

La Superintendencia Financiera, la Direccin Legal de la Delegatura para Aseguradoras e Intermediarios de seguros y reaseguros, ubicada en la calle 7a. No. 4-49, telfonos594 02 00 en Bogot.

Qu documentos se deben presentar para reclamar ante la compaa aseguradora o ante el Fondo de Solidaridad y Garanta?

1. Formulario de reclamacin Fusoat 01 03 (estos debern ser reclamados en la compaa aseguradora donde se efecte la reclamacin, o en el Fosyga.2. Uno o cualquiera de los siguientes documentos:- Certificacin del accidente expedida por autoridad competente o fotocopia del croquis del accidente expedida por autoridad de trnsito.-Denuncia penal de la ocurrencia del accidente presentada por cualquier persona ante autoridad competente.-Certificado de atencin mdica expedido por el centro hospitalario.- Certificado sobre la incapacidad expedido por la Junta de Calificacin de Invalidez.- Certificado de transporte de vctimas- Registro de defuncin expedido por notario- Registro civil de matrimonio de la vctima si era casada.- Registro civil de los hijos de la vctima- Manifestacin del interesado si la vctima viva en unin libre.- Registro civil de nacimiento si la vctima era soltera.- Registro civil de matrimonio de los padres, si son ellos quienes cobran la indemnizacin.- Las dems pruebas supletorias del estado civil.- Certificado de defuncin expedido por un mdico o acta de levantamiento del cadver cuando la muerte se haya producido en el lugar del accidente.- Facturas originales pagadas con la descripcin de cada uno de los gastos.Nota: desde 2009 y a causa de la expedicin de la Ley 1328 (Reforma Financiera) existe una figura denominada 'Defensor del Consumidor Financiero' a quien tambin se le puede reportar las posibles irregularidades o quejas que se presenten frente a un servicio.

En cunto tiempo se debe pagar una reclamacin?

Una vez se entregue la documentacin necesaria para el beneficio que se reclama, las entidades aseguradoras pagarn la indemnizacin a ms tardar a los 30 das despus de la fecha de presentacin.Pasado este plazo, la compaa debe pagar inters moratorio sobre el valor de la obligacin a su cargo.

Qu obligaciones tiene la vctima o su acompaante frente al hospital o clnica?

El responsable de la vctima o la vctima debe aportarle al hospital o clnica uno o cualquiera de los siguientes documentos:- Certificacin del accidente expedida por la autoridad de trnsito o de polica, o en su defecto, fotocopia del croquis del accidente.- Denuncia penal de la ocurrencia del accidente presentada por cualquier persona ante autoridad competente, nicamente cuando el hecho haya sido ocasionado voluntariamente o por manipulacin criminal, y sea posible la identificacin del responsable.En caso de no poder aportar los anteriores documentos, debe dar la siguiente informacin para efectos de que la entidad pueda presentar la reclamacin ante la compaa aseguradora:1. Datos de identificacin de la vctima.2. Identificacin del lugar del accidente y un breve relato de los hechos.3. Identificacin del vehculo o vehculos involucrados en el accidente, aclarando en cul se movilizaba(n) la(s) vctima(s).4. Datos de la Empresa Promotora de Salud a la cual se encuentra afiliada la vctima.5. Datos de la pliza de Seguro Obligatorio de Accidentesde Trnsito Soat.

Qu sancin se aplica por no portar el seguro obligatorio de accidentes de trnsito vigente?

Una multa de 30 salarios mnimos legales diarios vigentes cada vez que sea sorprendido incumpliendo esta obligacin, ademsel vehculo ser inmovilizado.

CAPITULO II

Introduccin: La identificacin de un vehculo automotor mediante su nmero de Identificacin Vehicular (VIN), o su Placa nica Nacional de Trnsito (PUNT), la cual nos ayudara a la identificacin de un delito, sea robo, gemelo o alteracin de cualquier identificacin del vehculo y algunas recomendaciones a seguir en investigaciones donde se vean involucrados cualquier tipo de vehculo automotor. Objetivo: Estudiar las tcnicas y manejo de los elementos bsicos con el fin de realizar la identificacin de un vehculo automotor, que sirve como EMP para las investigaciones.

5. EL VIN. (NUMERO UNICO DE IDENTIFICACION VEHICULAR) TEORICO PRCTICO.

El VIN (Vehicle Identification Number)llamado NMERO DE CHASIS o NMERO DE BASTIDOR es una secuencia de dgitos que identifica el vehculo puesta por el fabricante. El estndar ISO 3779 - 1983 define el contenido y la estructura del VIN que posibilita la creacin de un sistema homogneo de nmeros de chasis para todo el mundo. Es un cdigo especfico y nico para cada unidad fabricada.

Con anterioridad a1980no exista una norma para estos cdigos, por lo que los diferentes fabricantes utilizaban distintos formatos. Los cdigos actuales constan de 17 caracteres que no incluyen las letras I, O, Q y ).

5.1 COMO SE COMPONE EL NUMERO VIN:WMI- Identificador Mundial del Fabricante - es un cdigo asignado al fabricante para su identificacin. El cdigo est compuesto por 3 caracteres (letras o cifras) asignados por el rgano correspondiente del pas sede del fabricante, de acuerdo con la Organizacin Internacional para la Estandarizacin o su representante nacional.

VDS- Descriptor del Vehculo - de seis caracteres que proporcionan la caracterstica y descripcin general del vehculo. Los caracteres, su orden y significado son definidos por el fabricante. En los lugares no aprovechados por el fabricante se ponen caracteres elegidos por el mismo que no tengan un significado definido.

VIS- Seccin Identificadora del Vehculo - los ltimos ocho caracteres, de los cuales los ltimos cuatro son cifras. Si el fabricante quiere indicar el ao de fabricacin y/o la fbrica, se recomienda que el ao de fabricacin se indique en la primera y la fbrica en la segunda posicin de la VIS. por el "ao" se entiende el ao civil de la fabricacin del vehculo o el ao modelo del vehculo segn lo defina el fabricante.

VIN es una estructura alfanumrica a excepcin de los cuatro ltimos caracteres. Se admite la aplicacin de las siguientes maysculas del alfabeto latino y cifras rabes: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0 A B C D E F G H J K L M N P R S T U V W X Y Z.Se autoriza a los fabricantes a aplicar caracteres que separen las partes del VIN, WIM, VIS, siempre y cuando stos no sean los caracteres mencionados que podran confundirse con los mismos. Los caracteres de separacin no pueden, sin embargo, utilizarse en los documentos. El nmero VIN en el coche debe presentarse en una o dos lneas sin lugares vacos, indicando que la continuidad de las tres partes del VIN: WIM, VDS, VIS no puede verse perturbada. El VIN en los documentos debe ponerse en una lnea de manera continua. La descripcin y significado del VIN han sido indicados segn el estndar ISO 3779 (1983).5.2. DONDE ENCONTRAR EL NUMERO VIN.

El lugar ms comn donde se puede encontrar el nmero de bastidor es la placa de caractersticas. sta se encuentra en la mayora de los casos en la parte interior de la pared frontal, cerca de la puerta o en el escaln de entrada en la primera puerta.

5.3. QUE SIGNIFICA EL NUMERO VIN EN UN VEHICULO?

Todos los vehculos tienen un nmero identificativo propio que sirve para identificarlo durante toda su vida y en cualquier parte del mundo. Es el VIN (Vehicle Identification Number), que est troquelado en el chasis del vehculo.Haciendo una analoga se podra decir que el Vehicle identification number (VIN) es el equivalente para los automviles a la cdula de ciudadana.

El VIN muestra la historia del automvil, y provee una forma de identificar un automvil desde la "fbrica hasta el desarmadero". Puede ser usado para hacer seguimiento de accidentes, transacciones, reclamos de garantas, robos, y cobertura de seguros.

En pocas palabras, es un nmero nico que identifica al automvil entre los millones de vehculos existentes en el mundo. Actualmente consta de 17 caracteres, y cada carcter tiene un propsito particular.

5.4. ESTRUCTURA DEL NUMERO VIN.

El primer carcter del cdigo identifica el pas en donde fue ensamblado. El 1 indica que fue manufacturado en Estados Unidos, el 2 en Canad, el 3 en Mxico el 9 para Brasil o bien las letras J para Japn, K para Corea, S para Inglaterra, W para Alemania, Y para Suecia, Z para Italia, entre otros.

El segundo carcter identifica a la empresa fabricante por ejemplo Audi (A), BMW (B), Buick (4), Cadillac (6), Chevrolet (COLAS), Chrysler (C), Dodge (B), Ford (F), GM Canada (7), General Motors (G), Honda (H), Jaguar (A), Lincon (L), Mercedes Benz (D), Mercury (M), Nissan (N), Oldsmobile (3), Pontiac (2 o 5), Plymounth (P), Saab (S), Saturn (8), Toyota (T), Volkswagen (V).El tercer carcter identifica la divisin de la compaa que realiz la manufactura del vehculo.

Del cuarto carcter al octavo corresponde la identificacin de las caractersticas del vehculo, tipo de chasis, modelo de motor, entre otros.

El noveno carcter es un verificador que se obtiene con la asignacin de valores a las letras del abecedario omitiendo laI, O, QySegn la norma 3779 de la Organizacin Internacional para la Estandarizacin como muestra la siguiente tabla:

Estndar1234567891011121314151617

ISO 3779WMIVDSVIS

WMI =World Manufacturer Identifier VDS =Vehicle Descriptor Section VIS =Vehicle Identifier Section

Este nmero es multiplicado por el valor asignado de acuerdo al peso de vehculo y a travs de una ecuacin preestablecida se obtiene el nmero que va en esta posicin.

La dcima posicin del cdigo de identificacin de vehculos nos indica el ao del modelo. Si el vehculo fue producido entre 1980 y 2000 o entre 2010 y 2030 se identifica con una letra, pero si fue manufacturado entre 2001 y 2009 o entre 2031 y 2039 se identificar con un nmero;

LetraAoLetraAoNmeroAoLetraAoLetraAoNmeroAo

A =1980L =1990Y =2000A =2010L =2020Y =2030

B =1981M =19911 =2001B =2011M =20211 =2031

C =1982N =19922 =2002C =2012N =20222 =2032

D =1983P =19933 =2003D =2013P =20233 =2033

E =1984R =19944 =2004E =2014R =20244 =2034

F =1985S =19955 =2005F =2015S =20255 =2035

G =1986T =19966 =2006G =2016T =20266 =2036

H =1987V =19977 =2007H =2017V =20277 =2037

J =1988W =19988 =2008J =2018W =20288 =2038

K =1989X =19999 =2009K =2019X =20299 =2039

En la decimoprimera posicin indica el nmero de la planta en donde fue ensamblado el vehculo.De la duodcima posicin a la decimosptima se indica en nmeros correlativos la secuencia en la lnea de produccin del vehculo de acuerdo al fabricante.

6. LICENCIAS DE CONDUCCION.

6.1. CLASIFICACION DE LAS LICENCIAS DE CONDUCCION.LasLicencias de Conduccin se clasifican as:1. Licencias de Conduccin para vehculos automotores destinados al servicio particular. Dentro de esta clasificacin quedan comprendidos los vehculos de servicio oficial, diplomtico, consular y de misiones especiales.2. Licencias de Conduccin para vehculos automotores destinados al servicio pblico.6.2. CATEGORIAS DE LA LICENCIA DE CONDUCCION VEHICULOS PARTICULARES.Las licencias de conduccin de los vehculos de servicio particular tendrn las siguientes categoras, subdivididas por nomenclatura:A1Para la conduccin de motocicletas con cilindrada hasta de 125 c.c.A2Para la conduccin de motocicletas, motociclos y mototriciclos con cilindrada mayor a 125 c.c.B1Para la conduccin de automviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses.B2Para la conduccin de camiones rgidos, busetas y buses.B3Para la conduccin de vehculos articulados.Dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conduccin de mayor categora podr conducir vehculos de categora inferior.Cuando los vehculos agrcolas y montacargas transiten por las vas pblicas, su conductor deber portar licencia de conduccin como mnimo B1.Los pequeos remolques y semirremolques que son enganchados o halados por un automotor, se le exigir a su conductor categora de Licencia de Conduccin de acuerdo con el vehculo automotor que conduzca.6.3. CATEGORIA LICENCIAS DE CONDUCCION SERVICIO PUBLICOLas Licencias de Conduccin de los vehculos de servicio pblico tendrn las siguientes categoras, dentro de una nomenclatura nica:C1Para la conduccin de automviles, camperos, camionetas y microbuses.C2Para la conduccin de camiones rgidos, busetas y buses.C3Para la conduccin de vehculos articulados.Dentro de una misma nomenclatura, el titular de la Licencia de Conduccin de mayor categora podr conducir vehculos de categora inferior.Los conductores que posean Licencia de Conduccin para vehculos de servicio pblico, podrn conducir vehculos particulares de similar o menor categora.6.4. EQUIVALENCIASCATEGORIAS (Legislacin Anterior)NUEVAS CATEGORIA

01A1

02A2

03B1

04C 1

05B1 o B2 particular o C1 o C2 servicio pblico

06B3 particular o C2 o C3 servicio pblico

7. LA PLACA UNICA NACIONAL REFLECTIVA Es el instrumento de identificacin externa y privativa de los vehculos automotores, motocicletas y similares; intransferible, nico, permanente y de validez en todo el territorio Nacional. 7.1 CLASIFICACION:

Por tipo de vehculo:

-. Automviles, buses, camiones y similares. -. Motocicletas, maquinaria agrcola y similares.

Por tipo de servicio: -. Particular -. Publico -. Oficial * Diplomtico * Remolques, semirremolques y similares * Por temporalidad (Internacionales) * Placas no delegadas a los Organismos de transito -Para vehculos de servicio pblico, particular y oficial, llevara en forma horizontal seis (6) caracteres en relieve: tres (3) letras y tres (3) dgitos, en dos (2) grupos separados por el logotipo del Ministerio de Transporte; en la parte inferior el nombre del Municipio donde se encuentra radicada la cuenta del vehculo, y un marco que bordea la placa. La Direccin General de Transporte y Trnsito Terrestre Automotor, determinar la abreviatura de los nombres de los Municipios, que por el nmero de letras excedan la longitud reservada para su impresin y no haya sido establecida con anterioridad.

- Para motocicletas, maquinaria agrcola y similares, tendr cinco (5) caracteres en relieve: Tres (3) letras y dos (2) dgitos, separados por el logotipo del Ministerio de Transporte, en la parte inferior la palabra COLOMBIA y un marco que bordea la placa. 7.2. DIMENSIONES.

Las dimensiones de las placas para vehculos son de 330 mm. de largo, por 160 mm. de ancho, con una tolerancia mxima del 1%. Las placas para motocicletas tendrn 235 mm. de largo, por 105 mm. De ancho, con una tolerancia mxima del 1%. 7.3. COLORES Los colores a emplear se clasifican de acuerdo al cdigo Pantone as:

Para motocicletas, maquinarias agrcolas y similares Fondo. Amarillo Caracteres. Negro Logotipo y Marco. Negro

Para servicio particular y oficial (Placa Oficial iniciara con la letra O)Fondo. Amarillo Caracteres. Negro (seis caracteres, 3 letras- 3 dgitos) Logotipo y Marco. Negro

Para servicio publico Fondo. Blanco Caracteres. Negro (seis caracteres, 3 letras- 3 dgitos)Logotipo y Marco. Negro

Para servicio diplomtico, consular y Misiones tcnicas extranjeras.Fondo. AzulCaracteres. Blanco (seis caracteres, 2 letras- 4 dgitos)

Para servicio remolque y semirremolque.Fondo. VerdeCaracteres. Blanco (seis caracteres, 1letra R- 5 dgitos)

7.4. NOMENCLATURA. La Direccin General de Transporte y Trnsito Terrestre Automotor asignara los rangos para los Organismos de Transito no considerados en resoluciones vigentes.

7.5. SEGURIDAD. Por lo menos un sistema de fcil identificacin, certificado por el fabricante.

BIBLIOGRAFIA:

8. SEALES DE TRANSITO

Pare y siga. Doble a la derecha. Ceda el paso. Curva a la derecha y a la izquierda. Obras en la va. Descenso peligroso. Taller. Hospital. Semforo... Son muchas las seales de trnsito que vemos todos los das en las calles y carreteras de nuestro pas, y que tienen como funcin prevenirnos sobre la existencia de un peligro y de su naturaleza. Adems, reglamentan las restricciones y prohibiciones del uso de las vas pblicas y privadas del pas, nos informan acerca de las facilidades que podemos encontrar en una va y lo que debemos saber de un nuevo destino que visitamos.

Te imaginas una ciudad sin seales de trnsito? Sera un caos. Nadie sabra a dnde ir, ni por dnde pasar, cundo parar, cundo seguir o cundo ceder el paso. Es por ello que esas seales, silenciosas, son fundamentales a la hora de conducir un vehculo.

Pero no siempre fueron tan importantes. En 1949 se habl por primera vez de unificar las seales de trnsito en todos los pases del mundo, pues cada uno sealizaba las calles a su manera. En Suiza, los miembros de la ONU acordaron una serie de cdigos que se entenderan en cualquier pas, y de esta manera evitar confusiones que pudiesen generar accidentes de trnsito. A Colombia, la aplicacin de estas normas comenz en 1982 pero se estableci definitivamente en 1987, cuando el Gobierno adopt el cdigo interamericano de seales aprobado por la OEA.

La reglamentacin vial en Colombia ha sufrido varias modificaciones a travs del tiempo. En la actualidad, nos rige el Cdigo Nacional de Trnsito . En este cdigo, podrs encontrar, entre otros, informacin actual sobre las seales de trnsito que debes conocer y respetar.

Cuando transitas por una calle o carretera, ves seales de trnsito por todas partes: pintadas en el asfalto, puestas a un lado de la calle o elevadas sobre la va. Cada una de ellas cumple una funcin especial, que es fundamental que tengas en cuenta a la hora de conducir tu vehculo.

8.1. SEALES VERTICALES.

Las Seales reglamentarias: de color rojo y blanco o blanco y negro, son aquellas que demandan un cumplimiento obligatorio por parte del conductor. Es decir que si no las cumples, puedes recibir una multa o sancin. Entre las ms importantes se encuentran: pare, ceda el paso, uno a uno, el no pase y no gire en U. Estas seales se identifican con el cdigo SR, precedido por un nmero de identificacin. El nmero va despus del cdigo SR que facilita la elaboracin de un croquis en caso de un accidente o una infraccin.

Las seales preventivas: tienen como funcin advertir un peligro y su naturaleza. Se identifican con el cdigo SP ms el nmero de identificacin ya mencionado. Entre las seales preventivas ms comunes se encuentran: resalto, prevencin, superficie rizada, curva peligrosa a la derecha, curva peligrosa a la izquierda, interseccin de vas, entre otras.

las seales informativas tienen por objeto guiar al usuario de la va suministrndole la informacin necesaria sobre identificacin de localidades, destinos, direcciones, sitio de inters, tursticos, geogrficos, intersecciones, cruces, distancias por recorrer, prestacin de servicios, entre otros. Las seales informativas ms comunes son: hospital, seal de discapacitados, hospedaje, primeros auxilios, taller, montallantas, gasolina, hotel, restaurante, entre otros.

8.2 SEALES HORIZONTALES.

Son aquellas que estn demarcadas en el asfalto y tienen como objetivo regular el trnsito de todos los actores viales (conductores y peatones). Tienen las mismas condiciones que las seales verticales, solo que estn dispuestas de diferente manera.

Las seales de trnsito horizontales ms importantes son: lnea amarilla (doble sentido de circulacin), lnea blanca (circulacin en el mismo sentido, cebras (paso de peatones), tringulos de ceda el paso, lneas paralelas que permiten el paso peatonal, lnea antibloqueo, resaltos, los tringulos de ceda el paso, entre otros.

8.3. SEALES ELEVADAS.

Como su nombre lo indica, son aquellas que estn elevadas sobre la va. Estn dispuestas en grandes postes que pueden visualizarse desde una distancia ms apartada, son de gran tamao y se pueden ver en autopistas, carreteras o vas expresas donde los vehculos andan a velocidades mayores. Algunas de ellas son: sealizacin de destino, aeropuerto, y otras ms.

8.4. OTRAS SEALES.

Existen otras seales de trnsito que permiten regular el trfico vehicular. Entre ellas se encuentran los semforos. La seal roja te indica que debes detenerte sin pisar la raya inicial de la zona de cruce, la amarilla que no debes acelerar ni iniciar la marcha y la verde que tienes va libre para transitar si no hay peatones u otros carros delante de ti.

Tambin estn las tachas direccionales, bidireccionales, resaltos virtuales y porttiles.

Bibliografa:

Codigo Nacional de Trnsito y la Movilidad.(Ley 769 de 2002 y ley 1383 de 2010). http://www.arcolpatria.co/portal/Seguros/PortalSeguros/Personas/SOAT/tabid/120/ArticleId/86/Seguro-Obligatorio-SOAT.aspxhttp://es.wikipedia.org/wiki/N%C3%BAmero_de_chasis

MANUAL UNICO DE CRIMINALISTICA Fiscala General de la Nacin.Resolucin 1500 de 2005.