monografia de horas extras

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD YACAMBU FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESTUDIOS A DISTANCIA BARQUISIMETO ESTADO LARA

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Page 1: Monografia de Horas Extras

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD YACAMBU

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS

ESTUDIOS A DISTANCIA

BARQUISIMETO ESTADO LARA

Cristina Rondón CI:15663300

CJP-081-00294

Page 2: Monografia de Horas Extras

INTRODUCCION

Las horas extras es unos temas engorrosos para algunos patronos y

trabajadores ya que no poseen todo el conocimiento en cuanto a esta, y al

momento de finalizar la relación laboral se crean discordancia sobre las

horas extras, el siguiente trabajo posee una definición de horas

extraordinarias clara apegada a la Ley orgánica del trabajo, sus

características , su registro, su autorización y las causa para prolongar la

jornada laboral generando horas extras , se trata de ser claro y preciso

para que sea entendido para todo tipo de lector esperando que sea de

utilidad.

Page 3: Monografia de Horas Extras

HORAS EXTRAS

DEFINICION:

Según la ley orgánica del trabajo de los trabajadores y trabajadoras en

su artículo 178 Son horas extraordinarias, las que se laboran fuera de la

jornada ordinaria de trabajo.

Las horas extraordinarias son de carácter eventual o accidental para

atender imprevistos o trabajos de emergencia.

La duración del trabajo en horas extraordinarias, salvo las excepciones

establecidas en la Ley, estarán sometidas a las siguientes limitaciones:

a) La duración efectiva del trabajo, incluidas las horas extraordinarias, no

podrá exceder de diez horas diarias.

b) No se podrá laborar más de diez horas extraordinarias semanales.

c) No se podrá laborar más de cien horas extraordinarias por año.

En el campo laboral se puede entender que las horas extraordinarias,

también llamadas horas extras, es el tiempo  durante el cual el trabajador

presta sus servicios al patrono fuera de su jornada ordinaria.

Sus características son que no pueden exceder de 10 horas diarias, no

se pueden trabajar mas de 10 horas semanales, ni 100 horas anuales

como se establece el precitado articulo.

REGISTRO DE HORAS EXTRAS

El registro es el asiento de información, estos apuntes los llevara el

patrono donde anotará las horas extras utilizadas en su empresa,

establecimiento, explotación o faena, los trabajos ejecutados en esas

horas, los trabajadores empleados en ellos y la remuneración especial

que haya pagado a cada uno.

Page 4: Monografia de Horas Extras

En caso de incumplir dicho registro se presumirá ciertos los alegatos de

los trabajadores en cuanto a su prestación de horas extras hasta que se

demuestre lo contrario, tal cual como lo establecido en el articulo 183 de

la LOTTT.

AUTORIZACION DE HORAS EXTRAS

Todos aquellos patronos que requieran la prestación de servicios en

horas extras, deberán cumplir con el requisito de autorización previa por

parte de la Inpectoría del Trabajo, señalándose que una vez hecha la

solicitud, el Inspector del Trabajo podrá realizar las investigaciones

pertinentes que lo lleven a decidir, si debe otorgar o negar tal permiso.

Artículo 182. LOTTT Para laborar horas extraordinarias se requerirá

permiso de la Inspectoría del Trabajo.

Al serle dirigida una solicitud para trabajar horas extraordinarias, el

Inspector o Inspectora del Trabajo podrá hacer cualquier investigación

para conceder o negar el permiso a que se refiere este artículo. El

Inspector o Inspectora del Trabajo comunicará su decisión al patrono o a

la patrona dentro del lapso de cuarenta y ocho horas siguientes al recibo

de la solicitud.

En caso imprevisto y urgente debidamente comprobado, se podrá

trabajar horas extraordinarias, de acuerdo con las disposiciones antes

indicadas, sin previo permiso del Inspector o Inspectora del Trabajo, a

condición de que se lo notifique al día hábil siguiente y de que se

comprueben las causas que lo motivaron.

CONSECUENCIAS

En caso de laborarse las horas extraordinarias sin la autorización del

Inspector o Inspectora del Trabajo, éstas deberán pagarse con el doble

del recargo previsto en la presente Ley, es decir, en un cien por ciento

(100%). Sin embargo, se establece que cuando se trate de situaciones

Page 5: Monografia de Horas Extras

imprevistas y urgentes (Art. 180 Lottt), se podrá trabajar horas adicionales

sin la previa autorización de la Inspectoría, con la condición de que tales

motivos sean debidamente comprobados y notificados por el patrono al

día hábil siguiente.

PROLONGACION DEL HORARIO CON HORAS EXTRAS

Artículo 179. LOTTT Excepcionalmente, se podrá prolongar la duración

normal de la jornada de trabajo en las siguientes situaciones:

a) Trabajos preparatorios o complementarios que deban

ejecutarse necesariamente fuera de los límites señalados al

trabajo general de la entidad de trabajo.

b) Trabajos que por razones técnicas no pueden interrumpirse a

voluntad, o tienen que llevarse a cabo para evitar el deterioro

de las materias o de los productos o comprometer el resultado

del trabajo.

c) Trabajos indispensables para coordinar la labor de dos

equipos que se relevan.

d) Trabajos exigidos por la elaboración de inventarios y balances,

vencimientos, liquidaciones, finiquitos y cuentas.

e) Trabajos extraordinarios debido a circunstancias particulares,

tales como la de terminación o ejecución de una obra urgente,

o atender necesidades de la población en ciertas épocas del

año.

f) Trabajos especiales y excepcionales como reparaciones,

modificaciones o instalaciones de maquinarias nuevas,

canalizaciones de agua o gas, líneas o conductores de

energía eléctrica o telecomunicaciones.

Page 6: Monografia de Horas Extras

El ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo

establecerá, mediante resolución especial, las labores a que se refiere el

supuesto de los literales a, b y c, del presente artículo.

En caso de accidentes ocurridos o inminentes o en caso de trabajos de

urgencia que deban efectuarse en máquinas o en las instalaciones, o en

otros casos cuando se requiera recuperar las horas perdidas ya sea por

condiciones atmosféricas o de fuerza mayor. Establecido en el 180 Y 181

de LOTTT.

ANALISIS PRÁCTICO

http://caracas.tsj.gov.ve/DECISIONES/2013/SEPTIEMBRE/2048-26-

AP21-L-2012-002141-.HTML

LAS PARTES

El ciudadano Carlos Alexis Velandria Cordido, titular de la cédula

de identidad Nº 6.250.363, representado por el abogado Jesús

Díaz.

Setrabanca C.A., representada por el abogado Gustavo Brando

Juicio por cobro de prestaciones sociales por parte de Carlos Alexis

Velandria Cordido

Alegatos del demandante el comenzó a prestar servicios a favor de la

demandada, desempeñándose como Mensajero, en un horario

comprendido de 8:00 a.m a 5:00 p.m., de lunes a viernes, hasta el 10 de

octubre de 2011, cuando le informaron que el presupuesto asignado a la

Unidad se había agotado. 

Señala que prestó servicios 5 horas extraordinarias semanales, lo que

vale decir 20 horas extraordinarias mensuales, así como los días

domingos, los cuales deben ser remunerados.

Page 7: Monografia de Horas Extras

Y  no le fueron cancelados las prestaciones sociales y demás beneficios

de Ley.

Alegatos de la parte demandada reconoce que el demandante prestó

servicios desde el 1 de diciembre de 2008 hasta el 30 de septiembre de

2011, rechaza la relación laboral del reclamante comenzara en el mes de

noviembre de 2007, rechaza que el nexo laboral finalizo por falta de

presupuesto sino porque los clientes a quien prestaba servicio finalizaron

sus contratos.  Contradice que el demandante generara horas

extraordinarias durante su jornada de trabajo, pues de acuerdo a sus

propios dichos prestaba servicios desde las 8 a.m. hasta las 5 p.m., con 1

hora de descanso, lo que arroja un total de 8 horas diarias, lo cual es

permitido por la Ley. Aduce que el demandante señala un monto en el

libelo de la demanda por pago del día domingo, sin indicar que domingo

fue el supuestamente trabajado, señalando igualmente que su horario de

trabajado era de lunes a viernes, por lo que niega que prestara el servicio

en días domingos. Contradice adeudar vacaciones, pues lo cierto, es que

disfrutó las mismas. Contradice y rechaza adeudar utilidades ya que

fueron pagadas oportunamente y Niega, rechaza y contradice adeudar

pago de demás beneficios de ley.

MOTIVACION PARA DECIDIR

Ya analizadas las pruebas primero deben establecer el comienzo del nexo

laboral parte demandada alega 2008 pero el demandante conserva

recibos de pago de nomina desde el 1 de noviembre del 2007 si queda

claro la fecha de inicio y la fecha de culminación el 10 de octubre del

2011.

En cuanto a las horas extras el demandante alega haber trabajado 5

horas semanales de lun a vie de 8am a 5pm para totalizar 20 horas

extras mensuales y laborar los dia domingo apoyándonos en la ley en art

178 establece que no se pueden exceder de 10 horas extraordinarias

Page 8: Monografia de Horas Extras

semanales. En cuanto a la demandada alega que si trabajo ese horario

pero disfruto de una hora de descanso diaria dentro de la jornada asi que

no adeuda la 5 horas extras en cuanto al domingo su horario era hasta

los viernes tampoco se le adeuda el día domingo.

Para el resto de los beneficios que se le adeudan al demandante antes

expuesto, por no contar con prueba alguna la parte demandada por se

decide:

Pago de las prestaciones con su antigüedad e intereses, bono

vacacional y vacaciones, utilidades; indemnización por despido;

indemnización sustitutiva del preaviso; beneficio de alimentación;

intereses de mora, y No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna

de las partes resultó totalmente vencida.

Page 9: Monografia de Horas Extras

CONCLUSION

La ley orgánica del trabajo, de los trabajadores y trabajadoras es muy

clara en sus articulados en cuantos a las horas extras su condiciones

especiales y todo lo referente a estas es por eso que es importante al

publico general tener conocimiento de todo lo establecido en esta,

muestra de eso es el trabajo plasmado aquí para su lectura .