monografía seminario antropología política y jurídica

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Seminario Antropología Política y Jurídica: “Etnografías De Juicios Orales En Casos De Violaciones A Derechos Humanos” Cátedra Tiscornia 2 Cuatrimestre 2010 Alumnas: Afinek, Claudia Mariela DNI: 32.615.725 Amitrano, Maria Concepcion DNI: 28.751.676 1

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Trabajo realizado para el seminario de Antropología política y jurídica Cátedra Tiscornia. Etnografías de las audiencias de la Causa ESMA.

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  • SeminarioAntropologaPolticayJurdica:

    EtnografasDeJuiciosOralesEnCasosDeViolacionesA

    DerechosHumanos

    CtedraTiscornia2Cuatrimestre2010

    Alumnas: Afinek,ClaudiaMariela

    DNI:32.615.725 Amitrano,MariaConcepcion

    DNI:28.751.676

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  • Introduccin

    Durante la cursada del seminario de Antropologa Poltica y Jurdica: Etnografas

    de Juicios Orales en Casos de Violaciones a los Derechos Humanos en el ao 2010,

    como parte integral del mismo realizamos observacinparticipante en dos audiencias de

    la denominada Megacausa ESMA en los Tribunales de Comodoro Py en la Ciudad 1

    AutnomadeBuenosAires.

    De aquellas primeras observaciones, surge este trabajo como una aproximacin al

    estudio de las burocracias penales, las cuales entendemos como la administracin

    judicial de conflictos, caracterizadas por la presencia de un ordenamiento en base a

    normativas y a una estructura jerarquizada interna a las que deben apegarse los sujetos

    quelaintegran,yaseademaneraestableuocasional.

    Desde un enfoque antropolgico, y retomando el aporte de autores como Antoine

    Garapon (1999 y 2007) y Ester Kaufman (1991) nuestro principal inters se centra en

    describiryanalizarlainstanciadejuicioenfatizandolanaturalezaritualdelmismo.

    Partimos de la concepcin del juicio como un evento ritual formal , que como 2

    tal, implica una conducta circunspecta guiada por protocolos y normativas

    preestablecidas de larga tradicin en la comunidad como veremos ms adelante.

    Siguiendo a Kaufman (1991) consideramos a dichas conductas formales como

    1 Durante la ltima dictadura militar argentina, funcion en la ESMA un centro clandestino de detencin por el que pasaron alrededor de 5000 personas. El Casino de Oficiales, utilizado por el Grupo de Tareas 3.3.2, fue el espacio central de alojamiento ytorturadelossecuestrados.Este edificio posee tres plantas. All los detenidos eran alojados en un sector del tercer piso denominado capucha, en capuchitayenelstano.Enesteltimolugarseencontrabanlosdetenidosantesdesertrasladados.En el tercer piso se encontraba, tambin, La pecera, donde funcionaban unas pequeas oficinas, la biblioteca y el archivo y, adems, se encontraba El paol, que era utilizado como depsito del botn de los saqueos de las casas de las personas secuestradas.En el stano, en el tercer piso, y en capuchita existieron habitaciones destinadas a los interrogatorios y a las torturas que aplicabanlosmiembrosdelaMarinaalossecuestrados.Alfinalizarladictaduramilitar,en1983,eledificioretornasusfuncionesinicialesdeinstruccinmilitar.En 1984 la Comisin Nacional sobre la Desaparicin de Personas (CONADEP) realiz una inspeccin en el lugar. Gracias al testimonio de algunos sobrevivientes, se reconocieron estos espacios y se prob el destino siniestro que tuvo ese lugar por el que pasaronalrededordecincomilpersonasquehoycontinandesaparecidas.Dice el informe Nunca Ms: La ESMA no slo era un centro clandestino de detencin donde se aplicaban tormentos, sino que funcionaba como el eje operativo de una compleja organizacin que incluso, posiblemente pretendi ocultar con el exterminio desusvctimaslosdelitosquecometa.Fuente:memoriaabierta.org. 2 Kaufman (1991) diferencia entre ritos formales e informales. Los primeros se caracterizan por poner en foco, estructuras de poder, autoridad y control social. Los segundos, en cambio, se destacan por la predominancia de la horizontalidad, igualdad y fraternidad. A su vez, dentro de los denominados ritos formales, existen dos tipos: los ritos formales de carcter ordinario rutinarios, consolidantes de las estructuras de poder preexistentes y, aqullos de carcter extraordinario que reformulan las distribucindelpoderapartirdelaconstruccindeunaverdadlegitimante.

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  • elementos rituales desplegados con el fin de resolver un conflicto que amenaza producir

    una ruptura en la trama social en dicho sentido, cumplen la funcin de posibilitar la

    resolucindeladisputasinllegaraunadisolucindelacomunidad.

    Desde esta perspectiva, los juicios son instrumentos rituales en tanto que su

    dinmica genera y regula un nuevo espaciotiempo en el que los actores intervienen y

    representanloshechosdelpasadoatravsdediversasprcticasformalizadas.

    En apartados siguientes de este trabajo, describiremos dichas prcticas, pero por lo

    pronto, lo ms importante a destacar es el carcter reiterativo de las normas y acciones

    comunes a las burocracias penales y, cmo este proceso sistemtico de produccin y

    reproduccin simblico del ritual, tiene el poder de construir y transformar actores,

    rdenes sociales, poderes polticos y las fronteras entre lo prohibido y lo permitido

    (Kaufman,1991:02).

    De entre estas prcticas, nos interesan particularmente, aqullas por las cuales se

    ponen en marcha ciertos mecanismos de clasificacin y cristalizacin de los actores

    (Kaufman, 1991). Mecanismos cruciales para lo que Garapon (1999) llama el Acto de

    Juzgar y la Justicia, respectivamente: el desarrollo del juicio como un evento ritual

    formal organizado y la restitucin al pasado de su verdad moral (...) la superacin del

    pasado, desprenderse de los hechos del pasado para hacerles un lugar en la historia

    (Garapon, 2007:100). Siguiendo esta lnea de pensamiento y teniendo en cuenta el

    desarrollo histrico de cmo se trat el pasado y el desempeo de la justicia retroactiva

    en Argentina Stanley Cohen (1997) y Carlos Nino (1997), nos cuestionamos cmo

    pudo repercutir, particularmente en las vctimas, la ausencia de dichos mecanismos

    durantelosaosenquelajusticiasemantuvoensuspenso.

    En los apartados siguientes, comenzaremos por una descripcin del ritual

    judiciario en torno a la Megacausa ESMA. Seguido a ello, describiremos los procesos

    de significacin y resignificacin de los actores que presenciamos durante las

    observaciones de las audiencias, particularmente en los testigos de la querella y

    plantearemos cules fueron los interrogantes que surgieron en nuestra aproximacin al

    campo abriendo posibles lneas de investigacin a futuro. Pero en principio, nos parece

    pertinente comenzar por comentar brevemente cmo fue nuestra aproximacin al

    mismo.

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  • Acercamientoalcampo

    Como mencionamos en la introduccin, nuestro acercamiento al campo se dio en

    el contexto del seminario ya que la temtica del mismo lo ameritaba. Las profesoras

    fueron quienes nos aportaron las pautas para ingresar a los tribunales de Comodoro Py y

    en base a las fechas de las audiencias publicadas en la pgina web del Centro de

    EstudiosLegalesySociales.(CELS)fueposibleacercarnosaste.

    Los Tribunales de Comodoro Py, como se los suele llamar comnmente, reciben

    este nombre porque su ubicacin en Avenida Comodoro Py 2002 . En el edificio 3

    funcionan: La Cmara Federal de Casacin Penal, La Cmara Nacional en lo Criminal y

    Correccional Federal, Tribunales Orales en lo Criminal Federal, Tribunales Orales en lo

    Penal Econmico, Juzgados en lo Criminal y Correccional Federal. Este edificio junto

    con los edificios de Avenida de los Inmigrantes 1901 y 1950, forma parte de lo que se

    conoce como el Polo Judicial Retiro y se encuentra cercano a la zona portuaria

    comercialdelaCiudaddeBuenosAires.

    El edificio est repartido en dos alas, una orientada al lado del puerto y otra hacia

    el lado de Retiro. La puerta de entrada est emplazada sobre una amplia escalinata y se

    ve resguardada por una galera angosta sobre la cual hay un mstil con la bandera de la

    Nacin Argentina. Los tribunales cuentan con once pisos y un subsuelo. Segn lo

    descripto en el registro el Tribunal de Justicia porteo se halla enfrente del edificio

    Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas y a metros de una capilla, los cuales se hallan

    ubicados en su conjunto a 300 metros de una drsena repleta de contenedores con

    mercadera.

    3 Comodoro Py 2002, segn la tesis de Luca Eilbaum, Comodoro Py fue un espaol que perteneci a la Marina Argentina durante los aos 1843 y 1884, ao de su muerte. Particip en la mayora de las guerras y otras situaciones blicas ocurridas en Argentina en aquellos aos, que a propsito, no fueron pocas. Junto con el Edificio Libertad perteneciente a las Fuerzas Armadas, y otro edificio del Poder Judicial llamado Inmigrantes, debido a la Avenida donde se localizaba. Estos tres edificios fueron construidos durante la poca del gobierno del Coronel Juan Domingo Pern. Eilbaum aclara que la arquitectura de estos edificio se asemeja a los edificios europeos de la poca fascista, con lneas rectas, estructura rectangular y vertical y aspecto austero.(Eilbaum,2008:33)

    4

  • Foto:EdificioLibertad,ComandoenJefedelasFuerzasArmadas

    Foto:CapilladelEdificioLibertad.

    Llegando a la entrada se ve un estacionamiento dividido en dos por unas bayas de

    metal. De un lado hay varias camionetas azules de traslado de personas pertenecientes a

    laPolicaFederaldelotro,autosparticulares.

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  • Foto:EstacionamientoenlosTribunales

    Lejos de la descripcin del Palacio de Justicia que realiza Garapon de Bem

    Julgar (1999), nos encontramos con una estructura de concreto si bien impactante en

    cuanto a dimensiones la cual en general, no emula una sensacin de sacralidad o mtico

    sino que, en nuestras primeras impresiones por el exterior del edificio parece ms

    destinado a cumplir funciones administrativas y/o comerciales como la sucursal central

    de un banco o las oficinas de correo central que estn a unos metros de los tribunales en

    lamismacuadraqueserunasedejudicialdondeserealizaelActodeJuzgar.

    Esta estructura edilicia de concreto nos hace pensar en la ltima etapa

    arquitectnica que menciona Garapon (1999) y que se relaciona con el poder autnomo

    de la Justicia, ya no dependiente de otras estructuras de poder como la religin, ahora

    una dimensin con su propia fuerza. Esta etapa se caracteriza por una abstraccin de la

    justicia, por su posicionamiento como un estado superior e independiente y pertenece a

    laetapamodernadelamisma.

    Sin embargo, podemos notar ciertos remanentes de la etapa de dependencia de

    otras estructuras simblicas, como por ejemplo, las escalinatas que recuerdan a las de

    una catedral. La elevacin del edificio por el nivel del suelo, nicamente encuentra su

    explicacin en la construccin simblica de los espacios que genera la Justicia en su

    separacin como estructura autnoma y que toma de los templos, lo que surge a su vez,

    delanecesidaddesepararlosagradodeloprofano.

    6

  • El edificio en s nos provoca

    inmediatamente una sensacin de

    frialdad, tal vez por esa distancia que

    pretende.

    Ante dicha frialdad, nos llama la

    atencin un bajorrelieve en la fachada

    en el que se pueden ver diversas figuras

    masculinas que, por sus kinsica y el

    hecho de que estn empuando

    herramientas de trabajo manual, dan la

    impresin de ser trabajadores. La

    confeccin de las formas se asemeja al Constructivismo Ruso de principios del siglo XX

    pero no tuvimos la posibilidad de poder averiguar la historia del bajorrelieve ni su autor,

    dado que la placa conmemorativa haba sido removida en el momento de nuestras

    observaciones.

    Una vez que ingresamos al edificio, personal de seguridad nos hace pasar por unos

    detectores de metales y nos informan que para acreditarnos a la audiencia debemos

    concurrir al sexto piso. Camino al mismo, es que comenzamos a sentir la influencia y la

    pesadez de semejante estructura en nuestras acciones y pensamientos: nos dio la

    impresin varias veces de estar dando vueltas en crculos porque los pasillos de un

    piso a otro parecen calcos unos de otros y sumado a nuestra falta de reconocimiento de

    los espacios nos encontramos desorientadas y tuvimos que pedir indicaciones ms de

    una vez. En retrospectiva, no somos actores permanentes de esa estructura y el mismo

    espacionoslohacasaber.

    Una vez acreditadas aclaracin mediante de una de las empleadas del tribunal:

    este tribunal no permite el uso de banderas o pancartas de asociaciones o de grupos

    polticos,tampocopermitelosaplausosogritosnosdirigimosalasaladeaudiencias.

    Nuevamente el espacio nos llama la atencin. La sala est ubicada en el subsuelo,

    lo cual simblicamente nos hace pensar en algo que pasa por debajo de la

    cotidianeidad de los tribunales. Y nos invita a cuestionar si podemos atribuirlo a la falta

    de recursos estatales o si se relaciona con un simbolismo ms profundo. Podemos

    pensar el emplazamiento de la sala de audiencias como una representacin de los hechos

    7

  • pasados enterrados en la memoria de algunos actores de nuestra sociedad, es decir, a

    manera de amnesia social descrita por Stanley Cohen? O Podemos pensar que este

    emplazamiento se debe justamente a una necesidad de volver a las races de los

    sucesos para reconstruir la verdad desde los cimientos y poder sacarla a la superficie?

    No podremos responder a estas preguntas dado a las restricciones que impone el texto

    monogrfico, pero nos parece que no podemos dejar de preguntarnos de todas formas si

    es que en este caso, la ubicacin de la sala de audiencias porta un simbolismo y si as lo

    fueraculpodraserste.

    En cuanto a la sala de audiencias en s, tiene las paredes forradas con cortinas de

    un color salmn. Una pared de vidrio blindado separa al pblico de los abogados de las

    partes en pugna y de los jueces. Detrs del vidrio se encuentran los escritorios de la

    querella a la izquierda y de la defensa a la derecha ms adelante el estrado

    elevado del nivel del piso y tres jueces enfrentados a nosotras(el Presidente del tribunal

    se sienta en el medio) a su izquierda los secretarios y a su derecha un banquillo para el

    testigo. En un nivel inferior, se encuentran los abogados querellantes y a la derecha los

    deladefensa.

    Kaufman (1991) menciona que los niveles de la sala expresan asimetras de poder:

    lo alto y lo bajo se asocian, respectivamente, con quienes disponen de todo y de ningn

    poderdiscursivo,decisoriodentrodelaconfiguracinritual.

    Llama la atencin la cantidad de escritorios de la querella ubicados detrs de los

    fiscales, al igual que el nmero elevado de abogados de la defensa, debido a que se trata

    de una megacausa, hay varios querellantes que representan a numerosas vctimas y

    variosdefensoresporquehaydistintosacusados.

    Hemos hecho alusin en los registros, adems a la cantidad de laptops en la mesa

    de cada abogado, dos camargrafos uno a la izquierda detrs y otro a la derecha

    adelante,ylaspantallasqueproyectanenvivolosactores.

    Porelmomento,cerraremosaquladescripcindelespaciodelasalade

    audienciasparacomenzarconnuestrosiguienteapartadosobreeljuiciocomoevento

    ritualyladescripcindelosmecanismosclasificatorioscomplejosalinteriordel

    mismo.

    Significacionesyresignificacionesenelritualjudicial

    8

  • Garapon (1999) propone diferenciar a la justicia caracterizada por su valor

    moral del acto de juzgar. La diferencia fundamental que concibe entre ambos es que

    ste ltimo, a diferencia del anterior, en su ejecucin instaura un espacio arquitectnico

    ysimblicopropio,quetrazaunadistanciaentrelavidacotidianayelordenjurdico.

    A propsito de este distanciamiento, Kaufman (1991) aporta una idea interesante:

    Una sociedad reconoce el orden derivado de los textos normativos no slo a travs de

    libros que contienen normas y mtodos interpretativos, sino tambin de actos

    ostensivos, ceremonias, etiqueta, mbitos, gestos y vestimentas, que exceden o, ms

    precisamente,complementanlapalabraescritayoral(Kaufman,1991:02).

    Es decir, el poder judicial es asumido por los sujetos a travs de las prcticas y

    representaciones que l mismo ha producido normas y prcticas son las dos caras de

    una misma moneda, ambas dependen una de la otra para su constitucin. Para que el

    poder se imponga y se logre, depende de la regulacin de aquellas y slo logra este

    cometido mediante el proceso de reiteracin sistemtica que ofrece el instrumento ritual

    delactodejuzgar.

    Si queremos entender el juicio como un evento ritual, debemos tener en cuenta que

    al mismo, lo precede un conflicto que rompe el orden instituido y amenaza con producir

    un sismo en la trama de la sociedad global. En este sentido, no es de extraar que ante

    semejante situacin catica, el primer paso en el proceso judicial sea el de encauzar

    mediante mecanismos clasificatorios complejos, en palabras de Kaufman (1991) los

    hechos e identidades en pugna para convertirlos en parte del universo judicial y

    abstraerlos de la zona de conflicto la sociedad en s misma. El siguiente fragmento de

    registro nos puede ayudar a entender cmo funcionan dichos mecanismos clasificatorios

    complejos a travs de frmulas rituales, distribucin de los actores en el espacio y otras

    prcticasquehacenqueunapersonaasumaunpapelenelritual.

    Ingresalaprimeratestigoalasala:AdrianaMarcus.

    El Presidente contina ahora con una frmula ritual que veremos luego se utiliza cada vez que un

    testigo sube al banquillo: le dice a la testigo que fue citada por el tribunal oral N 5 por la causa ESMA N

    1270 y otras acumuladas. Le advierte que dar testimonio falso est penado y le pregunta si jura decir la

    verdad.

    9

  • La testigo responde afirmativamente por lo que el juez procede a preguntarle datos personales para

    asentar en el expediente. Nombre de los padres fecha de nacimiento y lugar ocupacin. Luego le dice si le

    han presentado con anterioridad dos listas: una de vctimas y otra de acusados y si ella se reconoce en una

    de las listas. Adriana responde que s, que est en el listado de las vctimas. Entonces el juez le dice que

    primero prestar testimonio, luego tendr la palabra a la Fiscala, luego a las otras partes de la Querella,

    luego a la defensa y por ltimo a los dos jueces que lo acompaan. Por ltimo, el presidente le pregunta si

    tieneunintersespecialencmosehagalacausaoquesehagajusticia.

    Adrianadicequequierequesehagajusticia.(Registrodecampo:10)

    El caso de Adriana Rut Marcus es el nro. 460 en la denominada Megacausa

    ESMA. Al momento de su detencin tena 22 aos, haca el quinto ao de Medicina y

    trabajaba de enfermera en los Hospitales Finochietto y el Castex. En la tarde del 26 de

    agosto de 1978 fue raptada por hombres armados, pertenecientes al Grupo de Tareas

    3.3.2, quienes la estaban esperando en el departamento que comparta con Mirta Kuhn

    (caso nro. 461), en Nez. Al subir al vehculo en el que la trasladaran, reconoci la

    voz de su padre, Conrado Luis Marcus (caso nro. 700), quien tambin fue llevado a la

    fuerza y privado ilegtimamente de la libertad, pero fue liberado a las pocas horas. ste

    no fue el destino de Adriana, quien permaneci en cautiverio en condiciones

    infrahumanas, sufri diversas torturas fsicas y psicolgicas, fue sometida al trabajo

    esclavo y una vez fuera de la ESMA, permaneci bajo un rgimen de libertad

    controlada,acargodeRicardoMiguelCavallo.

    La brutal experiencia de Adriana, desde un sentido comn automticamente la

    convertira en vctima, pero an no es reconocida formalmente como tal por el Estado.

    Es a travs del proceso ritual que su verdad ser registrada y se volver parte del

    discurso legitimado de cmo sucedieron los hechos, y cul es la verdadera historia,

    segn la palabra oficial. Pero para que lo relatado por Adriana llegue a ser parte de esa

    verdad legitimada, quien la relata, debe convertirse primero en testigo. Es aqu que

    comienzan a desplegarse los mecanismos clasificatorios complejos, descritos por

    Kaufman(1991):

    En un principio, se le pide a Adriana que se siente en el banquillo. Como testigo,

    se le otorga un espacio fsico delimitado desde el que le est permitida la palabra

    siempreycuandoseainterpeladaporeltribunal,laquerellaoladefensa.

    10

  • Como podemos ver en el fragmento citado ms arriba, Adriana Marcus se

    convierte en querellante y a su vez, en testigo. Es constituida y clasificada como tal en

    una de las dos listas las que dividen a querellantes de defendidos confeccionadas por el

    tribunal y que le son enseadas a nuestra testigo una vez que irrumpe en el espacio ritual

    cuando se sienta en el banquillo. Es notable que no son utilizadas las palabras vctimas y

    victimarios para clasificar a los testigos, ya que ello implicara un juicio previo por parte

    del tribunal y esto no se condice con el ideal judicial de racionalidad y objetividad. Por

    esto, se emplean los trminos querella y defensa que a travs de su formalidad, muestran

    unadesconexinemocionalconloshechosylossujetos.

    En palabras de Kaufman (1991), podemos decir que la identidad social y poltica

    de Adriana se ha visto individualizada, transformada y resignificada en testigo y

    querellante.Aqusedebeestehecho?

    Suponemos que el mismo, responde a una necesidad del funcionamiento ritual:

    para administrar judicialmente el conflicto, es necesario extirpar de la sociedad las

    partes que le dan vida, y para esto, es menester imponer un nuevo ordenamiento que le

    permitaaljuezquienoficiaelritoejercerunmayorcontrolsobrelaspartesenpugna.

    Como explicamos en la introduccin, esto slo es posible mediante la creacin de

    un propio espaciotiempo, la puesta en marcha de prcticas judiciales ritualizadas y una

    construccin cristalizada de los sujetos. Cmo est constituido el espaciotiempo del

    ritual judiciario?, Cules son aquellas prcticas ritualizadas? y, Qu mecanismos

    intervienen en la clasificacin y cristalizacin de los sujetos? Para contestar estas

    preguntasnosparecepertinenteremitirnosaloregistradoennuestrasobservaciones.

    Respondiendo a la primera de ellas, hemos observado una distribucin selectiva

    del espacio con el fin de delimitar actores en grupos clasificatorios especficos jueces,

    querella, defensa, testigos, acusados, pblico en general y su ordenamiento respectivo

    en jerarquas representado por diferencias en cuanto a la ocupacin y arquitectura de

    losespaciosdestinadosacadaunoenlasaladeaudiencias:

    (...)El espacio del juicio se ve repartido en dos partes: una de ella est designada principalmente a

    los actores permanentes a excepcin de los testigos que por un momento limitado y bajo el permiso de los

    primeros pueden ingresar a lo que hemos denominado la parte activa del espacio donde se lleva a cabo

    la representacin y reelaboracin de los hechos. La otra, es la parte pasiva del espacio y est destinada

    al pblico y otros actores ocasionales (organizaciones sociales, periodistas, etc.) (...) Del otro lado del

    11

  • vidrio, se encuentran los escritorios de la querella a nuestra izquierda y los de la defensa a nuestra

    derecha ms adelante, est el estrado, elevado del nivel del piso, y tres jueces, enfrentados a nosotras (el

    presidente del tribunal se sienta en el medio) a su izquierda los secretarios, y a su derecha, el banquillo.

    (RegistrodeCampo:07)

    Como podemos ver en el extracto citado ms arriba, el espacio del juicio es

    repartido entre los actores de acuerdo con sus funciones. Les indica cul es su lugar en

    el ordenamiento simblico del ritual y qu funciones les ataen. Expliquemos cada uno

    deellos:

    Los tres jueces son elevados del suelo, puestos por encima tanto material como

    simblicamente de los dems participantes del ritual y ubicado en una posicin

    privilegiada, que le permite controlar y observar todo lo que sucede en la sala de

    audienciasconelfindejuzgar.

    Como intermediario entre los jueces y las partes en pugna, a un nivel intermedio,

    se encuentra el secretario, encargado de acciones rutinarias asociadas a prcticas

    secundariasalactodejuzgar,peronecesariasparaelfuncionamientoritual.

    Por su parte, querella y defensa son ordenados respectivamente a la derecha y a la

    izquierda del tribunal. Estn ubicados en un nivel ms bajo que ste compartiendo una

    distribucin horizontal. No casualmente, le dan la espalda al pblico como si al entrar

    en el espacio ritual del juicio debieran darle la espalda a la vida mundana siempre

    mirando al elevado estrado como un permanente recordatorio de la sacralidad que les

    proporcionaelespacioritual.

    Por ltimo, el espacio otorgado al tribunal es casi opuesto al del pblico, pues ste

    ltimo, como mero espectador hasta casual si querramos decir, slo puede ver tras

    unvidriolasespaldasdelasdospartesenconflictodesdeunnivelbajo.

    Para cerrar la contestacin a la primera de las preguntas que nos hemos hecho ms

    arriba, debemos contemplar ahora la creacin de un tiempo virtual que es producido

    porelritualjudicialydiscurreenelespaciosimblicoconstruidotambinporste.

    Cuando decimos que el tiempo es virtual, es porque otorga a los participantes la

    sensacin de estar presenciando en el presente, los hechos pasados. Podemos decir que,

    a travs del discurso testimonial y la dramatizacin de los hechos pasados, se trae a

    12

  • dicho espacio ritual un tiempo pasado, que fragmentariamente va construyendo de a

    poco,eneltranscursodelrito,laverdadfinallegitimada.

    Respecto a las prcticas ritualizadas observadas en nuestro trabajo de campo,

    podemosidentificar:

    a) Elementos discursivos que tienden al ordenamiento de las acciones de los

    sujetos:comoserlasecuenciadepermisoalhablaquetienencadaunodelosactores:

    Primero prestar testimonio (la testigo), luego tendr la palabra a la Fiscala, luego a las otras

    partes de la Querella, luego a la defensa y por ltimo a los dos jueces que lo acompaan (al juez).

    (RegistrodeCampo:17)

    b) Elementos discursivos del tipo frmulas empleadas en determinadas

    circunstancias: por ejemplo, aquella que el juez emplea cada vez que alguien presta

    testimonio:

    Le dice a la testigo que fue citada por el tribunal oral N 5 por la causa ESMA N 1270 y otras

    acumuladas. Le advierte que dar testimonio falso est penado y le pregunta si jura decir la

    verdad.(Registrodecampo:17)

    c) Y por ltimo, elementos diferenciales o rasgos diacrticos que corresponden a

    la construccin identitaria de los actores, en nuestro caso, aquellos relacionados con el

    permiso y las prohibiciones del habla y la accin. Para explicar este punto tomamos un

    fragmento del registro en el que se produce una sancin disciplinaria a ciertos

    integrantes del pblico en su mayora los afectados fueron miembros de organizaciones

    de derechos humanos y familiares de las vctimas que participaron de la audiencia

    pblica del 11 de diciembre del 2009 y tras un testimonio de una de las vctimas, que

    muchos calificaron de fuerte por su contenido dramtico, aplaudieron al testigo. De

    ah que el tribunal decidiera prohibirles la entrada a la sala de audiencias a los que

    habanquedadoenelregistrodepresentesenaquellaaudiencia:

    El secretario Javier Parsioni, sentado en un nivel inferior del estrado, declara que: segn el

    artculo 370 del cdigo procesal y el artculo 369 del cdigo de rito, no se aceptarn incuestionables

    aplausos y gritos en la etapa plenaria, no es el juez sino el secretario el que habla sobre el conflicto por los

    13

  • disturbios del 11 de diciembre del 2009 y la decisin del tribunal de no dejar ingresar a las personas que

    figuran acreditadas ese da. Utiliza un diccionario para describir un aplauso. Su argumento es que al ser

    una aprobacin subjetiva de lo dicho por una de las partes en contra de la otra, si el tribunal deja pasar

    por alto este hecho, estara ponindose a favor de una de las partes en vez de actuar como mediador entre

    ambas.Enconsecuencia,eltribunalnopuedetolerarlosaplausosygritos.(Registrodecampo:09)

    Como podemos ver en este fragmento, no se pueden transgredir los lmites, las

    jerarquas ni los roles establecidos de antemano. Para que la efectividad del ritual se vea

    garantizada, el discurso formal, la distincin entre lo permitido y lo prohibido, la

    sancin de los transgresores, son elementales. El juez presidente, es el que, como su

    nombre lo indica, preside el ritual. Es quien determina la secuencia del proceso

    ceremonial, limitando el derecho a actuar y a hablar de los actores. Indicandoles en cada

    caso, cundo tienen permitido decir o hacer y cundo no. El secretario en este caso,

    habla por orden del juez y le es conferido el deber de explicar a la audiencia por qu

    motivo se aplica la sancin disciplinaria. Y lo hace nada menos, que empleando cdigos

    normativos (segn el artculo 370 del cdigo procesal y el artculo 369 del cdigo de

    ritover en Registro de campo) e invocando la palabra de autoridad de un diccionario

    para definir qu es un aplauso. Pero esto no es todo, la sancin es aplicada porque el

    pblico expres mediante el aplauso opiniones subjetivas, trasgredi doblemente el

    orden del tribunal, porque rompi el silencio y porque introdujo elementos de la vida

    cotidiana emociones subjetivas al espacio sagrado del ritual caracterizado por la

    distancia emocional, objetiva y racional. Ms an, el Juez Presidente y sus dos

    colaboradores permanecen silentes, contemplando la escena desde la distancia de su

    estrado, mientras el secretario ejecuta su mandato que mayor ostentacin de poder que

    esa!

    Por ltimo, en cuanto al cuestionamiento por los mecanismos que intervienen en la

    clasificacin y cristalizacin de los sujetos, consideramos que un punto clave de partida

    para identificar dichos mecanismos, sera tomar en cuenta los datos considerados

    relevantesparalaidentificacindeAdriana.

    Llama la atencin que son justamente aquellos registrados y monopolizados por el

    poder judicial: siguiendo a Kaufman (1991), por un lado tenemos los de carcter

    coercitivo, esto es, ser identificada como hija de rol familiar y social al que se le

    atribuyen derechos y obligaciones contemplados por la ley. Por otro lado, los actos

    14

  • institucionales, como la inscripcin de su nacimiento: nacida en. Por ltimo, los

    relacionadosconactoscontractuales,enestecaso,suocupacin.

    El universo judicial, a lo largo de la vida de Adriana ha actuado normativamente

    de una manera, probablemente, estrecha pero inconsciente para nuestra testigo. Pero, en

    este caso, la ha convocado a participar de un ritual formal extraordinario, y no tiene otra

    forma porque no puede conocerla de otra forma que llamarla a travs de aquello que el

    universojudicialharegistradoymonopolizadodeella.

    No menos importante, en relacin a este contexto, es que Adriana se ve interpelada

    y se reconoce como testigo y/o querellante, segn como sea caracterizada por el

    tribunal, en cada momento del proceso ritual. Lo cual suponemos, se debe al poder que

    tieneelDerechoenlosindividuosyenlasociedad.

    Sin embargo, nos llama la atencin que el tribunal nunca se refiere a Adriana

    como vctima. Si bien, Adriana encaja en dicha definicin . Lo cual nos llev a pensar, 4

    habiendo observado el funcionamiento regular de los mencionados mecanismos de

    significacin, en Qu sucede cuando la justicia pone en suspenso el pasado? Cuando el

    delito no es reconocido por la justicia, ms bien ignorado es ilgico pensar que las

    vctimas no son legtimamente consideradas como tales? Si el acto de hacer justicia,

    siguiendo a Garapon permite superar el pasado, convertirlo en hechos de la historia y

    legitimar la verdad cuando la justicia queda en suspenso, la historia queda detenida en

    una amnesia temporal y en ese descuido, la verdad queda ensombrecida, las vctimas

    no son vctimas para la justicia son testigos, en todo caso querella, por lo cual no han

    recibido ningn resarcimiento moral, no han podido soltar los recuerdos, an peor se los

    ha hecho revivir en ms de una ocasin el proceso de exhumar el pasado para luego

    volver a enterrarlo sin que exista una resolucin de los eventos traumticos sufridos por

    elterrorismodeEstado.

    No es de extraar, entonces, que en las audiencias registramos que las vctimas del

    Terrorismo de Estado manifestaban desaprobacin y ofuscacin respecto a cmo fue el

    4 Dado el contexto, tomamos la definicin de vctima de desaparicin forzada ofrecida por La Convencin de las Naciones Unidas de 2007, segn la cual, son consideradas como vctimas: tanto aquellas personas que resultaron privadas de su libertad y con frecuencia sufrieron adems la violacin de su integridad personal, el derecho a la vida y otros derechos humanos fundamentales (derecho a un juicio justo, al reconocimiento de su personalidad jurdica, libertad de pensamiento, religin, expresin y asociacin, adems de la prohibicin general de discriminacin en cualquier mbito) lo que se conoce como vctima material como los familiares y/o amigos de la vctima material, que sufren una forma de tratamiento inhumano y degradante debido al estado de angustia y el sufrimiento psicolgico que experimentan, causados por la incertidumbre en cuanto a la suerte y paradero de sus seres queridos. En: Convencin internacional sobre la desaparicin forzada de personas, Pars el 6 defebrerode2007

    15

  • tratamiento de la causa anterior a la reapertura de los juicios por delitos de lesa

    humanidadenelao2003.

    En el informe del CELS (2008) Juicios por crmenes de lesa humanidad: un

    proceso que no termina de afianzarse. Se destaca la necesidad de garantizar a las

    vctimas un trato digno y evitar su sobreexposicin en carcter de testigos, de modo que

    se garantice a la sociedad en un plazo de tiempo razonable la posibilidad de conocer

    cabalmente los crmenes cometidos y su contexto (CELS, 2008: 35). Se recalca la

    importancia de tener en cuenta que en primer lugar, dichos testigos son en su mayora ex

    detenidos/desaparecidos, por lo tanto cada vez que se sientan en el banquillo y exponen

    sus experiencias, reviven el trauma ocasionado por los delitos cometidos contra sus

    personas, reabriendo la herida haciendo imposible dejar atrs el padecimiento producido

    por el terrorismo de Estado. En segundo lugar, el ir y venir de la justicia retroactiva en

    Argentina, los ha obligado a una exposicin desmesurada, citando el informe, (...)

    por primera vez a fines de los aos setenta en organismos nacionales e internacionales,

    ante la justicia con el advenimiento de la democracia en 1983, en el exterior tras la

    sancin de las leyes de impunidad en 1987, durante los juicios por la verdad en los

    noventa, y una vez ms ante la justicia penal con la reapertura de las causas, en el

    presentemilenio(CELS,2008:35).

    Es evidente que para los organismos de derechos humanos y para las propias

    vctimas, si hay un reconocimiento de su estatus como tal. Pero desde nuestra

    observacin para el poder judicial que asigna un significado a todo su universo de una

    manera precisa y concisa pareciera no ser as, porque no llama a las vctimas como tales,

    evita decirlo porque antes de un veredicto sera un error de formalismos hacerlo? puede

    ser. Pero tambin puede, en relacin a la dilatacin de los procesos de memoria y

    justicia en Argentina, tener races en cuestiones poltas ms profundas, a las que por

    cuestindetiemponopodemosllegarenestebrevetrabajo.

    En tanto no existan procedimientos exhaustivos, no se encausen todas las

    denuncias en un proceso efectivo y no se dicten sentencias firmes en un tiempo lo ms

    breve posible, las vctimas son revictimizadas una y otra vez, azotadas por la violencia

    estructural de la ineficacia de los eventos rituales inconclusos y como no hay justicia,

    todosnosvemosperjudicadoscomosociedadporquenuestramemoriaestincompleta.

    16

  • La larga espera por un juicio que les diera un cierre, las idas y venidas en los

    tribunales, el tener que testificar una y otra vez lo que ya haban dicho en anteriores

    testificacionesprovocanunpalpablemalestaryunresquemorfrentealsistemajudicial:

    Adriana contina con su relato, dice a todo momento que los recuerdos le estn mezclados, que por

    ah cuenta una cosa pero se est olvidando de otras, que es porque han pasado muchos aos para que se

    hagaestejuicio.(Registrodecampo:11)

    Despus de pedir un vaso de agua al tribunal, Adriana continuaba hablando, incluso sobre la

    posibilidad de ese juicio que les pareca tan lejano. Tenamos la sensacin de que ese estado de cosas eran

    para siempre, que no iban a terminar. Adriana dice que jams pens que iba a estar en una instancia

    democrticaparatestimoniartodoesto(Registrodecampo:13).

    Esta cuestin, a nuestro entender, pondra en evidencia rupturas y tensiones al

    interior del sistema judicial que repercuten en las vctimas dejndolas en suspenso, sin

    poder salir de su estatus como tales, pero paradjicamente al mismo tiempo siendo

    invisibilizadasporlajusticiamisma:

    Cuando la liberaron, hicieron un simulacro de fusilamiento, ella siente hasta el da de hoy esa

    sensacin de fusilamiento, fusilamiento virtual, es decir la pusieron junto a otros contra unos rboles en

    la Panamericana y gatillaron sinti la bala virtual durante 20 aos en su nuca. (Testimonio de Mara

    ElenaFunesRegistrodecampo:22)

    Sin el efecto emancipador en palabras de Garapon (2007) las vctimas no

    tienen posibilidad de superar el pasado traumtico. Sin el encauce de sus testimonios y

    experiencias a travs de una instrumentacin judicial precisa y efectiva, sin ser

    reconocidos como vctimas por el sistema judicial, no puede haber una restitucin

    moral de los hechos, no puede hacerse justicia. En este punto, cabe preguntarnos

    cmoseconstruyelacategoradevctimaenrelacinconlaverdadlegitimada?

    Garapon (2007) define a la justicia como la inversin moral del tiempo porque

    mediante el evento ritual del juicio, en el espaciotiempo propio definido por el acto de

    juzgar, se involucra a los actores en una dinmica de reconstruccin de los hechos que

    intenta traer lo sucedido desde el pasado hacia el presente mediante la representacin

    testimonial. En este contexto la verdad tiene una funcin de liberacin para la vctima,

    17

  • en tanto la emancipa del resentimiento, al que define como una memoria bloqueada,

    rencorosa, estril, opuesta en todo sentido a la memoria apaciguada, la que surge

    despusdequesehahechojusticia.(Garapon,2007.93).

    La vctima es tal porque ha sido despojada de su moral y quienes deban cuidar de

    que eso no sucediera no se han preocupado por impedirlo o incluso han sido los

    perpetradores del delito. La justicia viene a ocupar aqu el medio por el que aquellos que

    handescuidadoelbienmoraldelavctimadebensaldarsudeudaparaconella.

    Esta ltima, se encuentra en un tormento moral en el que el tiempo est 5

    distorsionado tironeando entre el deseo de volver a atrs y el deseo de anular lo que

    pas.

    Si algo se revela en los testimonios es ese sentimiento de estar atrapado en una

    situacin inconclusa, en tener una herida abierta que el tiempo no ha sabido sanar, como

    el caso de Patricia quien rompi en llanto en plena audiencia y debi bajar del banquillo

    tras relatar los hechos referidos al secuestro de su padre y la posterior muerte de su

    madreydesintegracindesufamilia(Registrodecampo,2009:).

    Por ello consideramos que la nica manera que la vctima tiene de librarse de su

    condicinespormediodelritualjudicial.

    Porque repitiendo la historia, describiendo los hechos pasados e integrndolos al

    presente se le restituir su verdad moral. Se esper mucho tiempo para hacer este

    juicio, dice la testigo Adriana Marcus despus de dudar de la claridad de los hechos

    que estaba contando justamente cmo haba sido torturada. Esa frase evidencia por

    una parte una queja y por otra una necesidad porque la testigo haba esperado

    largamenteelmomentodepodercontarsuverdad.

    As tambin, algunos se quejaban de haber relatado varias veces los hechos no

    somos piezas de ajedrez, tenemos que declarar muchas veces, se cambian las fechas, es

    un tema delicado (Registro de campo: 16), le dijo Adriana al tribunal. Otros se

    quejaban de que los recuerdos despus de tanto tiempo se haban tornado confusos.

    Tambin ponan en evidencia que algunos hechos que para las vctimas no haban sido

    del todo claros como la identidad de personas que haban conocido durante su

    5 A fin de no generar confusiones cabe aclarar que ese tormento que sufre la vctima es moral y por tanto social ms que psicolgico lo cual el autor deja bien en claro en su argumentacin: La condicin de vctima se caracteriza por la soledad, entendida no tanto como una sensacin psquica de aislamiento, sino como un sentimiento de abandono moral (Garapon, 2007.93)

    18

  • detencin luego les fueron aclarados por los medios de comunicacin o por el relato de

    otros sobrevivientes, lo que mostraba cmo sus propios recuerdos fueron alterados a lo

    largo del tiempo. Por esto, la bsqueda de verdad no puede alargarse por un tiempo

    indefinido. la justicia debe intervenir dentro de un perodo que no est ni demasiado

    cerca ni demasiado alejado de los hechos que se somete a su conocimiento (Garapon,

    2007:91).

    Por ltimo, aquello que notamos en los testimonios de las vctimas como una

    queja hacia el sistema judicial por haber dejado pasar mucho tiempo e interferir en la

    consecucin de la verdad, nos muestra una tensin entre los procesos de memoria,

    verdad y justicia en Argentina, y la agenda poltica. Cuestin que no puede dejarse de

    lado cuando pensamos en la conceptualizacin de las vctimas desde el sistema judicial.

    No deberan ser primero reconocidas como tales para poder ser restituidas moralmente

    comosujetosdeplenoderecho?Esuncuestionamientoquenoshacemos.

    Conclusionesytemaspendientes:

    A lo largo de este trabajo hemos realizado un trabajo descriptivo principalmente y

    aproximado algunos interrogantes sobre el juicio como evento ritual y sobre las

    significacionesyresignificacionesproducidasenyatravsdelmismo.

    Hasta aqu hemos descrito los elementos que intervienen en el proceso ritual:

    hemos caracterizado el espaciotiempo del ritual judiciario mencionamos las prcticas

    ritualizadas que pudimos observar en nuestro trabajo de campo y, describimos

    brevemente los mecanismos que intervienen en la clasificacin y cristalizacin de los

    sujetos.

    Nos cuestionamos adems, cmo los procesos de significacin y resignificacin de

    las vctimas pueden relacionarse con el evento ritual y con la implicancia de la

    reapertura de los juicios por los delitos de lesa humanidad en la agenda poltica as

    como tambin, nos cuestionamos cmo se construye la categora de vctima en relacin

    conlaverdadlegitimada.

    19

  • Al mismo tiempo, en relacin a los procesos de justicia inconclusos y su lenta

    inversin moral en trminos de Garapon, nos cuestionamos cmo ha sido

    experimentadoypercibidoesteprocesoporlasvctimascomoactoressociales:

    (...) los que se sientan en el banquillo ms que vctimas o testigos son

    prestadores de un servicio de memoria histrica para un pas (Testimonio de Adriana

    MarcusRegistrodecampo:16)

    Por eso es sustancial cuestionarnos si hubo nuevas reinterpretaciones simblicas

    con respecto a las vctimas y signos de transformacin en el curso del proceso de

    construccinyreconstruccindeverdadydememoriahistrica.

    Si para las vctimas el dao es irreparable, a la sociedad le queda el espacio de

    construccin de memoria colectiva para elaborar social y culturalmente lo acontecido en

    el pasado. Espacio por el que como muestra la historia de la lucha por los organismos

    dederechoshumanosenArgentinasedebepelear.

    Para finalizar, por otro lado, tenemos el inters que el Estado tiene en manejar esa

    verdad. La forma en que se decida Exhumar o no el pasado en palabras de Stanley

    Cohen(1997)incidireneldesarrolloyposteriordesenlacededichosprocesos.

    Si tomamos en cuenta el pensamiento de Walter Benjamin (1991) en torno al

    monopolio de la violencia, segn el cual, el aparato estatal trata de regular el uso de la

    violencia por ser de su propiedad y debe restringir o penar el uso de la misma por parte

    de particulares o en este caso, por un gobierno de facto, para evitar que se generen

    nuevas formas de derecho nos preguntamos cmo se sitan los procedimientos 6

    judiciales por los delitos de lesa humanidad en la poltica pblica, qu dimensin

    adquierenenella.

    Es en razn de esto, que pensamos sobre lo argumentado por Stanley Cohen

    (1997) sobre cmo el control social se realiza a travs de formas preventivas y formas

    proactivas, a estas ltimas pertenecen los juicios que promovidos por el Estado estn

    dirigidos hacia el pasado aunque, como afirma el autor, en juicios colectivos no se

    aseguralaresignificacindeesteltimo.

    Obviamente, por una cuestin de tiempo no pudimos profundizar en el contexto en

    el que se producen los actuales juicios por delitos de lesa humanidad, ni qu

    6Laviolencia,cuandonosehallaenposesindelderechoalasaznexistente,representaparasteunaamenaza,noacausadelosfinesquelaviolenciapersigue,sinoporsusimpleexistenciafueradelderecho(Benjamin,1991:04).

    20

  • implicancias polticas tienen estos ltimos. El control ejercido a travs del poder judicial

    sobre un pasado que rompe con el estado de derecho y la resignificacin del pasado

    como cohesin social y motor de identidades y colectividades son lneas de

    investigacin que suponemos necesitarn de tiempo para terminar de ensersenos y

    poderrealizaruntrabajoretrospectivosobreellas.

    La etapa de justicia, memoria y poltica pblica por la que estamos atravesando,

    como plantea Stanley Cohen, tendra que ver con la necesidad del Estado democrtico

    de legitimar sus formas de accin social y poltica, hasta incluso diferencindose del

    frgil gobierno de los primeros aos de la transicin democrtica que pese de haber

    tenido logros como las comisiones por la verdad y la justicia, se vieron envueltos en una

    fasedeimpunidadtraslasleyesdeobedienciadebidaypuntofinalconelmenemato.

    Por lo visto hasta ahora, y a diferencia de 1985, la conduccin de los juicios se

    estara dando en trminos ms abarcativos refocalizando y resignificando el acontecer

    histrico de la ltima dictadura militar como una lucha contra la impunidad y

    calificando a las causas como delitos de lesa humanidad. Ser necesario ahondar ms

    en el contexto histrico y poltico que produjo dichas transformaciones en la conducta

    de los actores del aparato judicial. Un sistema judicial que Kant de Lima describe como

    piramidal donde el que est en la cima, ve todo, su perspectiva se presenta como

    verdadera, pues los dems elementos tienen apenas visiones parciales del conjunto,

    tanto ms distorsionadas cuanto ms prximos a la base se encuentran. Solo vale la pena

    saber aquello que pocos saben, pues solo as tengo la garanta de obtener efectos

    confiables,lainformacinalaquetodostienenaccesonadavale(KantdeLima:93).

    Nuestro sistema piramidal, inquisitivo rene una idea de verdad que est oculta y

    que hay que develar, aunque esa verdad est latente y los testimonios tengan en cuenta

    adems del yo v, yo o o yo sent, el yo pens como revelador de que aqu no hubo

    un etnocidio, o un genocidio de determinado grupo social, sino que se trat de delitos de

    lesa humanidad. El silencio, y el ocultamiento seran la peor tortura para la condicin

    humana.

    Por esto, solo teniendo en cuenta su particularidad podremos entender el peso

    ideolgico actual de los juicios al rgimen dictatorial ya que desde el 2003, los

    reclamos que los organismos de derechos humanos han realizado por ms de dos

    dcadas, fueron reencausados en la agenda de la poltica pblica que declar la

    21

  • inconstitucionalidad de las leyes de impunidad plasmando como su objetivo investigar y

    juzgarloscrmenesdelesahumanidad.

    La verdad est intrincablemente relacionada con los procesos de Justicia, memoria

    ypolticapblica.

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