municipalidad de la ciudad de san fernando · pdf fileel presente concurso de precios se...

26
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO CONCURSO DE PRECIOS SAF S.S. y P.S. Nº 10/2009. ORGANISMO SOLICITANTE: ADMINISTRACION DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA SOCIAL OBJETO DEL LLAMADO: EJECUCIÓN DE LA OBRA: “SE.PA.VE. Juan Domingo Perón II Etapa EXPEDIENTE: Nº 10049 - A - 2009 AUTORIZADO POR: RESOLUCION S.H. y D.E. N° 1957 de fecha 16 de Noviembre de 2009 PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 75/100 ($ 284.864,75).- FECHA DE APERTURA: El día 20 de Noviembre de 2009 LUGAR DE APERTURA: SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SECRETARÍA DE SALUD Y PROMOCION SOCIAL SARMIENTO Nº 1050 ENTREGA DE PLIEGOS E INFORMES MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SECRETARÍA DE SALUD Y PROMOCION SOCIAL SARMIENTO Nº 1050 TELEFONO (03833) 437438.-

Upload: lenga

Post on 06-Feb-2018

214 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

CONCURSO DE PRECIOS SAF S.S. y P.S. Nº 10/2009.

ORGANISMO SOLICITANTE: ADMINISTRACION DE EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA SOCIAL

OBJETO DEL

LLAMADO: EJECUCIÓN DE LA OBRA: “SE.PA.VE. Juan Domingo Perón – II Etapa ”

EXPEDIENTE:

Nº 10049 - A - 2009

AUTORIZADO POR:

RESOLUCION S.H. y D.E. N° 1957 de fecha 16 de Noviembre de 2009

PRESUPUESTO OFICIAL:

PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA

Y CUATRO CON 75/100

($ 284.864,75).-

FECHA DE APERTURA: El día 20 de Noviembre de 2009

LUGAR DE APERTURA:

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SECRETARÍA DE SALUD Y

PROMOCION SOCIAL – SARMIENTO Nº 1050

ENTREGA DE PLIEGOS

E INFORMES

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE

CATAMARCA – SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO - SECRETARÍA

DE SALUD Y PROMOCION SOCIAL – SARMIENTO Nº 1050 – TELEFONO

(03833) 437438.-

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 2 de 26

CONCURSO DE PRECIOS SAF S.S. y P.S. N° 10/2009.-

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

EXPTE N° 10049 LETRA A AÑO 2009

El presente CONCURSO DE PRECIOS se regirá por la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Catamarca N°

2730, su Decreto Reglamentario Nº 1697/74, sus modificatorios y complementarios, Pliego General de Condiciones

para la Contratación de Obra Pública, Decreto O.P. Nº 4266/74, adherido la Municipalidad de la Ciudad de San

Fernando del Valle de Catamarca a través de Decreto S.H. Nº 019/93, Decreto S.H. y D.E. Nº 803/2009 y el Título VI

de la Ordenanza de Administración Financiera N° 3607/02 y su Decreto Reglamentario N° 65/06 de aplicación

supletoria a la materia.-

OBJETO DEL LLAMADO

ARTICULO 1°: El presente llamado a Concurso de Precios tiene por Objeto: LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:

“SE.PA.VE. Juan Domingo Perón – II Etapa” conforme lo detallado en Memoria Descriptiva, Memoria Técnica, Pliego

de Especificaciones Técnicas, Planilla de Cómputo Métrico y Documentación Gráfica y Planos.

ARTÍCULO 2º: La ejecución de la presente Obra se realizará a través del procedimiento de Contratación – Contrato de

Obra Pública: Sistema de Ajuste Alzado por Precio Global.

PRESUPUESTO OFICIAL:

ARTÍCULO 3°: El Presupuesto Oficial del presente Concurso de Precios, asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS

OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 75/100 ($ 284.864,75).-

LUGAR Y FORMA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

ARTICULO 4: La presente Obra se llevará a cabo en el SE.PA.VE. del Barrio Juan Domingo Perón, calle Jorge L.

Borges, conforme Memoria Descriptiva. Se deberá ejecutar la Obra de manera que resulte de conformidad a exclusivo

juicio de la Municipalidad, en un todo de acuerdo con los Planos, Pliegos y demás documentación contractual integrante

del presente, en base a verificación por parte de la Administración de Equipamiento e Infraestructura Social como órgano

de inspección.

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

ARTICULO 5°: El Plazo Máximo de Ejecución de la Obra objeto del presente concurso es de NOVENTA (90) DIAS

corridos, el cual se computará a partir del día hábil inmediato siguiente al de la firma del Acta de Inicio de la Obra.

FECHA, HORA Y LUGAR DE APERTURA

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 3 de 26

ARTICULO 6°: La apertura del presente Concurso de Precios tendrá lugar el día 20 de Noviembre de 2009 a las 09:00

horas en el Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y Promoción Social, sito en calle Sarmiento Nº

1050 - Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

ARTICULO 7°: La presentación de las propuestas deberá hacerse en sobre único cerrado y rotulado con la siguiente

identificación:

Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y Promoción Social.

Sarmiento Nº 1050.

Expediente Nº 10049-A-2009

Concurso de Precios SAF – S.S. y P.S. Nº 10/2009

Fecha y Hora de Apertura

El sobre contendrá lo siguiente:

1) Formulario de Oferta (Anexo II) en duplicado según Artículo N° 8.

2) Pliego de Condiciones Particulares, Memoria Descriptiva, Memoria Técnica, Pliego de Especificaciones Técnicas,

Planilla de Cómputos Métricos y Documentación Gráfica.

3) Formulario de Declaración Jurada de Habilidad para contratar con el Municipio (Anexo I).

4) Toda documentación requerida en el presente.

El original y copia de la oferta, el Pliego de Condiciones Particulares con sus Anexos, el pliego de Especificaciones

Técnicas y demás documentación deberán venir en todas sus fojas rubricados por el proponente, su representante legal o

apoderado, quienes deberán acreditar el carácter que invocan.

La recepción de las propuestas se realizará únicamente en el Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y

Promoción Social – Municipalidad de la Ciudad San Fernando del Valle de Catamarca, hasta el día y hora fijados para la

apertura de las propuestas.

PROPUESTA ECONÓMICA

ARTICULO 8°: La propuesta económica se confeccionará por duplicado conforme al modelo de Formulario de Oferta,

ANEXO II, incluido en este pliego, en idioma nacional y deberá consignarse el precio unitario y total de cada ítem en

números. Y en números y letras el total general de la propuesta al pie de la misma. En caso de discordancia entre ambos

prevalecerá lo estipulado en letras.

En caso de que el total de cada renglón no corresponda al precio unitario del mismo, se tomará como base éste último para

determinar el total de la propuesta.

Los importes que se consignen deberán efectuarse en moneda de curso legal vigente en nuestro país, sin discriminación de

cargas impositivas.

No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los

mismos. En ningún caso se admitirán ofertas condicionadas al pago de deudas por servicios públicos, impuestos, tasas o

gravámenes preexistentes.

Las enmiendas, correcciones, raspaduras, entre líneas o errores en las partes esenciales de la propuesta, deberán ser

debidamente salvadas por el oferente.

DOCUMENTACIÓN A CUMPLIMENTAR CON LAS OFERTAS

ARTICULO 9º: El presente Concurso de Precios está abierto a personas físicas y jurídicas que cumplan con las

condiciones y requisitos exigidos, y podrán contratar con el Municipio siempre y cuando demostraren su capacidad para

obligarse, conforme lo exigido en el formulario de Declaración Jurada de Habilidad que a dichos fines se adjunta como

Anexo I del presente, el cual deberá presentar con su propuesta, pasando a formar parte integrante de la misma.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 4 de 26

ARTICULO 10º:

Los proponentes deberán adjuntar a la oferta la siguiente información con la documental que la avale.

Se adjuntará:

a) Información del proponente:

1.- Si el proponente es una persona física: Deberá aportar sus datos personales completos: nombre, fecha de

nacimiento, nacionalidad, número de D. N. I., estado civil y domicilio.

2.- Si el proponente es una Sociedad Anónima: nombre completo de la misma; copias del Contrato Social y sus

modificatorios, copia de la última Acta de Asamblea de Accionistas mediante la cual se designen las autoridades,

y las respectivas inscripciones en Inspección de Personas Juridicas. La documental mencionada deberá presentarse

debidamente certificada por Escribano Público. En caso de tratarse de empresas radicadas en otra jurisdicción se

requerirá que la documentación antes descripta sea certificada por Escribano Publico y legalizada por el respectivo

Consejo o Colegio de Escribanos que por jurisdicción les corresponda.

3.- Para el resto de Sociedades, regularmente constituidas: nombre completo de la misma; copias del Contrato

Social y sus modificatorios, copia de la última Acta de Asamblea mediante la cual se designen las autoridades, y

las respectivas inscripciones en el Registro Público de Comercio. La documental mencionada deberá presentarse

debidamente certificada por Escribano Público. En caso de tratarse de empresas radicadas en otra jurisdicción se

requerirá que la documentación antes descripta sea certificada por Escribano Publico y legalizada por el respectivo

Consejo o Colegio de Escribanos que por jurisdicción les corresponda.

4.- Para el caso de sociedades irregulares o de hecho: declaración jurada por medio de la cual se manifieste los

componentes de las mismas y que asumen responsabilidad personal y solidaria por los actos que realicen

cualquiera de ellos en nombre de la sociedad, debiéndose hacer constar, además, quien es el socio que tiene la

firma social.

5.-Para el caso de Cooperativas: Nombre completo de la misma, copia del Estatuto Social certificada por

Escribano Público, Acta de Distribución de Cargos certificada por la Dirección Provincial de Acción Cooperativa

y Entidades Intermedias, Certificado de Matricula expedida por el INAES ( Instituto Nacional de Asociativismo y

Economía Social).

b) Los representantes legales deberán acreditar que están facultados para actuar y/o contratar en nombre de los

oferentes, debiendo adjuntar el instrumento legal correspondiente, el que deberá estar certificado por Escribano

Público. En caso de tratarse de empresas radicadas en otra jurisdicción, se requerirá que la documentación antes

descripta sea certificada por Escribano Público y legalizada por el Colegio o Consejo de Escribanos que por

jurisdicción les corresponda.

ARTÍCULO 11º:

Los proponentes deberán adjuntar además la siguiente documentación:

1.- Comprobante de pago de los Derechos de Oficina Varios por foja de actuación, de acuerdo a lo estipulado en el

Artículo N° 55 de la Ordenanza Impositiva N° 4375/2007, las cuales deberán oblarse en la Dirección de Rentas Municipal.

2.- Copia de la Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) en donde se acredite

que se encuentra inscripto en la actividad concursada.

3.- Copia de la Cédula Fiscal del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Período 2008 o 2009 expedido por la

Administración General de Rentas de la Provincia, para contribuyentes locales y, para los contribuyentes no locales, copia

de la Constancia del Convenio Multilateral sobre los Ingresos Brutos.

4.- Certificado o Resolución de Habilitación de Comercio, Industria y Actividad de Servicio Definitivo (Art. 108° - Título

II del Código Tributario Municipal) en el rubro que se concursa, para el caso de contribuyentes del Departamento Capital y

en caso de oferentes de otras provincias o jurisdicción, deberán presentar la Habilitación Municipal del lugar donde reside;

de corresponder.

5.- Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la Administración General de Rentas.

6.- Libre Deuda o Certificado de Regularidad Fiscal expedido por la Dirección de Rentas de la Municipalidad de la Ciudad

de San Fernando del Valle de Catamarca para la Contribución de Inspección a Comercio, Industria y Actividades Civiles y

la Contribución que incide sobre los Inmuebles.

7.- Comprobante del último pago de aportes y contribuciones como empleador, con la nomina del personal empleado para

la obra.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 5 de 26

8.- Copia del Contrato de Afiliación a A.R.T. y Comprobante de pago de última cuota, con la nomina del personal

asegurado.

9.- Antecedentes de participación activa en contrataciones similares al objeto de la presente de acuerdo a lo detallado en el

artículo 13.

10.- Designación del Representante Técnico con la constancia de aceptación por parte del mismo y copia de la Constancia

de Inscripción en el Colegio o Consejo Respectivo.

Toda copia deberá presentarse debidamente certificada por Escribano Público.

Cuando los oferentes no adjunten la totalidad de la documentación requerida, su omisión no será causal de inadmisibilidad

en el acto de apertura (excepto las enunciadas taxativamente), pero los proponentes deberán cumplimentarla en el plazo

máximo de cinco (05) días a partir de la fecha de recepción de la respectiva notificación, dicho plazo será improrrogable,

constituyendo la única oportunidad con que cuentan los oferentes para completar la presentación de la documentación

omitida. Caso contrario, la oferta será desestimada sin lugar a reclamo alguno.

CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO. COMPROMISO DE ACEPTACIÓN DE JURISDICCIÓN

ARTICULO 12º: Los proponentes deberán fijar su domicilio Real, Comercial y Legal, siendo requisito imprescindible

que éste último se fije en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

Asimismo, deberá expresar su sometimiento a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Fernando del Valle de

Catamarca, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle.

La falta de constitución del domicilio legal y/o el sometimiento a los Tribunales Ordinarios será considerada causal de

inadmisibilidad y rechazo automático de la oferta.

REQUISITO MINIMO DE EXPERIENCIA

ARTICULO 13°: Como requisito mínimo de experiencia, el oferente deberá indicar antecedentes de participación activa

en contrataciones similares al objeto de la presente, con entidades públicas y/o privadas, principalmente con la

Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, para ello deberá especificar cualquier dato que sirva

a la mejor evaluación de la propuesta (denominación de la Obra, monto, organismo solicitante).

REPRESENTANTE TÉCNICO

ARTÍCULO 14°: Los oferentes deberán acompañar con su oferta la designación del Representante Técnico, con la constancia de aceptación

por parte del mismo. Si tuviera residencia en la Provincia de Catamarca deberá estar inscripto en el Colegio y/o Consejo

Profesional correspondiente de Catamarca. Si residiera fuera de la Provincia, se exigirá su inscripción si la empresa

resultare adjudicataria. Su incumplimiento será causal de rechazo automático e inadmisible de la oferta. El representante

técnico será responsable solidario con el contratista, por todo daño o perjuicio que ocasione a la Administración por culpa o

negligencia en el cumplimiento de sus funciones específicas, representará al contratista ante la Inspección, se entenderá

directamente con ella, ejercerá las atribuciones y responderá por los deberes del contratista no pudiendo éste discutir o

invalidar ante la Administración los actos de aquél. Toda notificación hecha al representante técnico tendrá el mismo valor

que si se hubiese formulado al contratista. La Administración podrá ordenar al contratista el reemplazo del mismo por

causas justificadas.

DETALLE, CARACTERISTICAS Y CALIDAD DE LOS MATERIALES A UTILIZAR

ARTÍCULO 15º: Junto a su propuesta, el proponente indicara en cada caso y en forma clara e inconfundible, conforme a

la Planilla de Características de Materiales ofrecidos, ANEXO III, marca y cualquier otra particularidad de aquellos

materiales que serán usados en la Obra, con la mayor cantidad de especificaciones posibles, debiéndose observar el mismo

procedimiento para las ofertas alternativas. Los materiales a utilizar deberán ser de primera calidad.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 6 de 26

ARTICULO 16°: A los efectos de su conocimiento se les informa a los oferentes que concursen que no se les exigirá

constitución de garantía de oferta, ni inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de San Fernando del

Valle de Catamarca.

ARTICULO 17°: La presentación de la oferta implica que los proponentes conocen los documentos del presente concurso,

y que obtuvieron todos los datos necesarios para la ejecución correcta de la obra, por lo que asumen la responsabilidad

exclusiva en caso de adjudicación. No se admitirá por lo tanto, con posterioridad al acto de apertura de las propuestas

reclamo alguno fundado en deficiencias de información. Es obligación del oferente recabar en el lugar de la obra, toda la

información complementaria que pueda obtenerse por la observación del perímetro y sus adyacencias y de todo otro

antecedente que pueda permitir unas exacta apreciación de las características de su ejecución.

PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA

ARTICULO 18°: El Plazo de Mantenimiento de la Oferta será de TREINTA (30) días corridos siguientes a la fecha de

apertura del presente Concurso.

Este plazo se considerará prorrogado automáticamente por un período igual o hasta la adjudicación el que fuera mayor, si

el proponente no expresa su voluntad de desistir de su propuesta, como mínimo DIEZ (10) días antes del vencimiento del

plazo original, mediante nota o telegrama colacionado, dirigido a la Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle

de Catamarca – Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y Promoción Social – Sarmiento N° 1050 –

Código Postal 4700 – San Fernando del Valle de Catamarca.

En caso de no consignarse en la propuesta el Plazo de Mantenimiento de la Oferta, se considerará como aceptado el plazo

indicado en el presente artículo.

El adjudicatario deberá mantener su oferta hasta la fecha del contrato.

DE LAS CAUSALES DE RECHAZO

ARTÍCULO 19°: Serán causales de rechazo de la/s propuesta/s, las siguientes:

a) Cuando un mismo oferente, apoderado o representante intervenga en dos o más propuestas.

b) Cuando exista acuerdo entre dos o más proponentes, apoderados o representantes o surja manifiesta la vinculación

entre ellos.

c) Cuando un mismo Representante Técnico intervenga en dos o más propuestas..

d) Presentación de propuestas condicionadas o que se aparten de las bases de la contratación.

e) Presentación de propuestas con raspaduras o enmiendas en sus partes esenciales (precio, cantidad, plazo de

cumplimiento del contrato, plazo de mantenimiento de la oferta, etc., o alguna otra que haga a la esencia del

contrato), y que no hayan sido debidamente salvadas.

f) Presentación de propuestas por firmas dadas de baja, suspendidas o inhabilitadas o que registren sanciones por

incumplimientos anteriores, por provisiones o servicios realizados a ésta Comuna.

g) Presentación de propuestas sin indicación del domicilio legal del proponente con asiento en la Ciudad de San

Fernando del Valle de Catamarca; y sin manifestar su sometimiento a los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de

San Fernando del Valle de Catamarca y renuncia al Fuero Federal o cualquier otro fuero que pudiera

corresponder.

h) Presentación de propuestas que no estuvieren firmadas por el oferente o su representante legal.

i) Presentación de propuestas que estuvieran escritas con lápiz.

j) Presentación de propuestas sin designación y aceptación del Representante Técnico de la Obra con su respectiva

Inscripción en el Colegio y/o Consejo correspondiente.

k) Las demás causales de rechazo previstas en el presente pliego y en la legislación vigente en la materia.

ARTICULO 20°: No serán consideradas rechazadas las propuestas que contengan defectos de forma, como ser falta de

totalización de la propuesta, errores evidentes de cálculo u otros que no impiden su exacta comparación con las demás

propuestas presentadas.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 7 de 26

ARTICULO 21°: Cualquiera de las Causales de rechazo establecidas en el Artículo 19° del presente pliego que pasaren

inadvertidas en el Acto de Apertura de las propuestas, podrán surtir efecto durante el estudio de las mismas y hasta la

adjudicación.

ACEPTACIÓN Y SOMETIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DEL PLIEGO

ARTICULO 22°: La presentación de la/s propuesta/s sin observaciones al Pliego de Condiciones Generales y Particulares

implica su conocimiento, aceptación y sometimiento a todas sus disposiciones y a la Ley de Obras Públicas de la

Provincia de Catamarca Nº 2730, su Decreto Reglamentario Nº 1697/74, sus modificatorios y complementarios,

Pliego General de Condiciones para la Contratación de Obra Pública, Decreto O.P. Nº 4266/74, adherido la

Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a través de Decreto S.H. Nº 019/93, Decreto

S.H. y D.E. Nº 803/2009 y el Título VI de la Ordenanza de Administración Financiera N° 3607/02 y su Decreto

Reglamentario N° 65/06 de aplicación supletoria a la materia.-

ACTO DE APERTURA

ARTICULO 23º: Iniciado el procedimiento concursal, ningún proponente podrá retirar la documentación presentada en el

sobre. Antes de proceder a la apertura de los mismos podrán los interesados pedir o formular aclaraciones relacionadas con

el acto, pero iniciada dicha apertura no se admitirán otras. Los proponentes o sus representantes debidamente autorizados

podrán efectuar las observaciones o aclaraciones que estimen pertinentes, las que deberán ser concretas y concisas,

ajustadas estrictamente a los hechos o documentos relacionados con el procedimiento. Se expresarán en forma verbal y se

dejará constancia de ello en el acta, resolviéndose conjuntamente con el Concurso.

ARTICULO 24°: En el lugar, día y hora fijados por el Artículo 6° del presente pliego, se procederá a abrir los sobres

conteniendo las propuestas en presencia de las autoridades correspondientes, de los proponentes y demás asistentes que así

lo deseen, labrándose acta que será firmada por los representantes del Municipio y demás asistentes que así lo deseen.

ARTICULO 25º: A partir de la hora fijada para el Acto de Apertura, no se recibirá bajo ningún concepto otra propuesta,

aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

Si el día fijado para la apertura de las propuestas fuera feriado o asueto administrativo el acto de apertura tendrá lugar el

primer día hábil siguiente a la misma hora.

Las observaciones o aclaraciones al acto solo podrán ser formuladas por los oferentes o representantes debidamente

autorizados conforme a lo estatuido en el Articulo N° 10 Inc. b) del presente.-

DE LA PREADJUDICACIÓN:

ARTICULO 26º: Las propuestas que se presenten serán estudiadas por una Comisión de Evaluación, la que podrá requerir

las aclaraciones que considere necesarias para cumplir su cometido.

Se compararán todas las ofertas que reúnan las condiciones para calificar y fueran admisibles. Las propuestas serán

evaluadas, a los efectos de la preadjudicación, con la presentación de los antecedentes como proveedor en la realización de

obras de igual magnitud a la concursada en el Municipio y en entidades públicas y/o privadas; las características de los

materiales ofrecidos, los cuales deben ser de primera calidad y el precio, este último no será factor exclusivamente

determinante de la decisión. La adjudicación se efectuará a la oferta más conveniente de aquellas que se ajustaren a las

bases y condiciones de la contratación. La existencia de una única oferta económica no será impedimento para la

adjudicación del presente concurso.

ARTICULO 27º : Los descuentos que se ofrezcan por pago dentro de un plazo determinado no serán considerados a los

efectos de la comparación de las ofertas, debiendo, no obstante, ser tenidos en cuenta para el pago, si la cancelación de las

facturas es dentro del término fijado.

ARTICULO 28°: En caso de igualdad de conveniencia se requerirá a los respectivos proponentes que, por escrito y dentro

del término de TRES (03) días corridos formulen una mejora de precio.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 8 de 26

Las propuestas que, en su consecuencia se presenten serán abiertas en el lugar, día y hora establecidos en el requerimiento,

labrándose el acta pertinente.

De subsistir la igualdad, se procederá en el mismo acto a efectuar sorteo público de dichas ofertas.

ACLARACIÓN DE OFERTAS

ARTICULO 29º: A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de ofertas, la Municipalidad a través del Servicio

Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y Promoción Social, podrá a su discreción solicitar a un oferente que

aclare su oferta. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán por escrito, dejando constancia expresa

de las mismas en el expediente, y no se pedirá, ofrecerá ni permitirá cambios en el precio ni en los aspectos sustanciales de

la oferta.

FACULTAD DE LA ADMINISTRACION

ARTICULO 30°: La autoridad facultada para contratar se reserva el derecho de aceptar la oferta que considere mas

conveniente a sus intereses o podrá rechazar todas las propuestas, sin que los oferentes tengan derecho a formular reclamo

alguno, exigir indemnizaciones o diferencias de precios y, al mismo tiempo se reserva el derecho de adjudicar en mas o

menos hasta un Veinte por ciento (20%) cada ítems concursado.

DE LA ADJUDICACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE LA CONTRATACIÓN

ARTICULO 31°: La adjudicación que realice el organismo, perfecciona la contratación y se hará a la oferta mas

conveniente de aquellas que se ajusten a las bases y condiciones del presente concurso y será comunicada a la firma

adjudicataria, dentro de los DIEZ (10) días de dictado el acto respectivo, mediante Orden de Servicios o excepcionalmente

en cualquier otra forma documentada, constituyendo la misma, orden para cumplir el compromiso contraído en tiempo y

forma.

ORDEN DE SERVICIO

ARTICULO 32°: La Orden de Servicios que se emita contendrá las estipulaciones básicas de la contratación, en caso de

errores u omisiones, la/s firma/s adjudicataria/s deberá/n ponerlo en conocimiento del Organismo, sin perjuicio de

cumplimentar la obligación a su cargo conforme a las Bases de la Contratación y oferta/s adjudicada/s. La misma no podrá

ser transferida ni cedida por el adjudicatario, sin previa autorización fundada y por escrito de autoridad competente.

GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

ARTICULO 33º: El adjudicatario, una vez recibida la notificación fehaciente, procederá a constituir a favor de la

Municipalidad, dentro de los diez (10) días corridos y previos a la firma del contrato, una Garantía de Cumplimiento de

Contrato. Esta garantía consiste en el depósito del CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la adjudicación, a fin del

resguardo del cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato. La misma podrá constituirse en alguna de las

formas aceptadas por el artículo Nº 10 del Decreto Reglamentario Nº 1697/74 de la Ley de Obras Públicas Nº 2730/74, la

garantía tendrá vigencia hasta la recepción provisional de la obra.

FIRMA DEL CONTRATO

ARTICULO 34º: El contrato de obra se suscribirá dentro del término de Treinta (30) días corridos desde la fecha de

notificación de la Orden de Servicio, a los fines de formalizar el mismo. Quien suscriba el contrato por la parte

adjudicataria, deberá acreditar personería y agregar las constancias pertinentes al expediente.

ARTICULO 35°: El contrato no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario, sin previa autorización fundada y por

escrito de la autoridad competente, conforme a lo establecido en artículos 45° y 29° de la Ley de Obras Públicas de la

Provincia de Catamarca 2730 y su Decreto Reglamentario N° 1697/74, respectivamente.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 9 de 26

ARTICULO 36°: Si comunicada la adjudicación el adjudicatario no concurriere a la firma del contrato o, por cualquier

causa no se hiciere cargo de su obligación en el momento y forma previstos, se le intimará por un plazo de Diez (10) días

corridos, transcurrido el cual sin que diere cumplimiento, podrá ser suspendido por un término no menor de un año y se

declarará la caducidad de la adjudicación, constituyendo causal de rescisión por culpa del adjudicatario, sin perjuicio de las

penalidades o sanciones que pudieren corresponder conforme lo establecido por la legislación vigente, y la Administración

Municipal sin necesidad de recurrir a un nuevo llamado, podrá adjudicar y contratar con el proponente que siga en orden de

conveniencia.

El adjudicatario deberá aplicar al contrato el sellado de ley en el plazo que la misma estipula y en la proporción que

corresponda. Será además a su cargo toda otra erogación que origine la firma del contrato.

DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA ACORDE A SU FIN

ARTICULO 37º: El contratista se obliga a ejecutar los trabajos encomendados por el comitente, de tal suerte que resulten

enteros, completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de la documentación contractual, de las disposiciones

establecidas en el Pliego de Especificaciones Técnicas y con estricta sujeción al contrato.

INSPECCIÓN Y CONTRALOR

ARTICULO 38º:

La Administración de Equipamiento e Infraestructura Social tendrá a su cargo la inspección, vigilancia y contralor en la

ejecución de la obra encomendada al contratista. Para ello deberá designar al Inspector Técnico de la Obra, el cual

representará a la Administración Municipal frente a la misma. La inspección rechazará todo trabajo en cuya ejecución no

se hubieran empleado los materiales especificados y aprobados o cuya mano de obra fuese defectuosa, o no tuviera la

forma, dimensiones o cantidades determinadas en los planos del proyecto y especificaciones técnicas y demás documentos

contractuales.

Sin perjuicio de las sanciones que pudieran ser aplicables, es obligación del contratista rehacer todo trabajo rechazado y

reconstruirlo de acuerdo a lo que contractualmente se obligó, por su exclusiva cuenta y costo, sin derecho a reclamo o

reconocimiento de precios o costos alguno.

El contratista adoptará las medidas necesarias para que se pueda inspeccionar las obras sin peligro.

DEL PERSONAL

ARTÍCULO 39º: La obra deberá ser ejecutada de manera que resulte de conformidad a exclusivo juicio de la

INSPECCIÓN, y por personal idóneo y responsable en el cumplimiento de las tareas encomendadas por el comitente, en

base a verificación por parte de la INSPECCIÓN. En la ejecución de la misma el personal afectado deberá ostentar

credencial identificatoria, nombre completo y denominación de la empresa y/o firma.

El adjudicatario deberá proveer al personal los materiales y herramientas necesarias para la correcta y eficiente ejecución

de los trabajos encomendados. El adjudicatario deberá garantizar la ejecución de la obra con la cantidad de operarios

necesarios y acordes al fin de la contratación, asegurando que en caso de ausencia de dicho personal, cubrirá en forma

inmediata la vacancia con otro obrero, no pudiendo invocar ante dicho evento caso fortuito o fuerza mayor en justificación

del eventual incumplimiento. Asimismo la INSPECCIÓN, se reserva el derecho de solicitar al contratante, el reemplazo o

sustitución del personal asignado para la ejecución de la obra, por cualquier motivo que a su juicio considere grave, para lo

cual notificará fehacientemente al adjudicatario, debiendo éste proceder al reemplazo o sustitución del personal afectado

dentro del plazo de las Cuarenta y Ocho (48) horas de notificado.

ARTÍCULO 40º: El personal que emplee el adjudicatario en la ejecución de la obra adjudicada, actuará en relación de

dependencia exclusiva del mismo. En ningún caso la Municipalidad asumirá respecto del personal citado, relación de

empleo alguno ni responsabilidad laboral o civil respecto del mismo, no siendo responsable bajo ningún concepto por

deuda alguna de sueldos y/o aportes que pudieren quedar pendientes.

RECEPCIÓN PROVISORIA

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 10 de 26

ARTÍCULO 41º: Una vez finalizados los trabajos contratados, conforme a lo establecido en el artículo 1º de las presentes

Bases de Condiciones Particulares, el CONTRATISTA lo comunicará fehacientemente por nota, debiendo la

INSPECCIÓN disponer dentro de los TREINTA (30) días de dicha notificación, la fecha en que se efectuará la Recepción

Provisoria de la Obra. En fecha y hora estipulada, las partes, de no existir observaciones, efectuarán el Acta de Recepción

Provisoria. En caso de existir observaciones, la INSPECCIÓN las consignará por escrito y se podrá suspender dicha

recepción hasta que el contratista ejecute las mismas en la forma estipulada; si estuviese vencido el plazo contractual se

fijará un nuevo plazo, transcurrido el cual sin dar cumplimiento a las observaciones formuladas, la Administración podrá

ejecutarlas por sí o con intervención de terceros cargando los gastos al contratista, sin perjuicio de las sanciones que

correspondieren. Esta situación no entraña ampliación de plazo contractual. Cuando se trate de subsanar ligeras

deficiencias o de completar detalles que no afecten a la habilitación de la obra, podrá realizarse la recepción provisoria

dejando constancia en el acta para que subsanen dichos inconvenientes en el término que se fije al efecto. Si vencido dicho

plazo no se hubiera dado cumplimiento, la Administración podrá ejecutar los trabajos por cuenta del mismo debiendo éste

abonar de inmediato los gastos ocasionados si no tuviese crédito a su favor. Se establece un plazo de garantía a los fines de

la Recepción Definitiva de Doce (12) meses a contar desde la firma del acta de recepción provisoria.

Producida la recepción provisional se procederá dentro del plazo de sesenta (60) días corridos a hacer efectiva la

devolución de la garantía de contrato. Si la recepción fuera parcial, se devolverá la parte proporcional de la garantía.

RECEPCIÓN DEFINITIVA

ARTÍCULO 42º: Si la recepción provisoria se hubiese llevado a cabo sin observaciones, y si durante el plazo de garantía a

que se refiere el articulo anterior, no hubiesen aparecido defectos por vicios ocultos, la Administración efectuará la

Recepción Definitiva, a tales fines se procederá a la rúbrica por las partes, del Acta de Recepción Definitiva una vez

finalizado el plazo de garantía. Si durante el Plazo de Garantía se observaren deficiencias, será notificado el contratista de

las mismas estando obligado a subsanarlas dentro del plazo perentorio que determine la Administración, transcurrido el

cual sin darse cumplimiento, la Administración se hará cargo de oficio dejando constancia del estado en que se encuentra la

obra y determinará el monto en el cual se afectará el fondo de reparo, sin perjuicio de las sanciones y acciones que

pudieran corresponder. Producida la recepción definitiva, se procederá dentro del plazo de SESENTA (60) días corridos a

hacer efectiva la devolución del fondo de reparo. Si la recepción fuera parcial, se devolverá la parte proporcional del

mismo. La Recepción Definitiva de la obra no libera al contratista de las responsabilidades que establece el Código Civil.

SEGUROS

ARTICULO 43º: El adjudicatario deberá contratar como mínimo el seguro que se especifica en los siguientes apartados.

El costo de todos los seguros exigidos en este pliego será a cargo del adjudicatario. Los contratos de seguros deberán

mantenerse vigentes y actualizados durante todo el plazo de contratación. Toda modificación en las modalidades pactadas

en la póliza no podrá efectuarse sin previa autorización de la Inspección.

1 SEGURO OBRERO: el adjudicatario, previo al inicio de ejecución de la obra, deberá contratar pólizas de

seguros que cubran a todos aquellos que emplee en relación al objeto del presente. La póliza cubrirá los riesgos de

muerte e invalidez total, parcial, absoluta y permanente.

2 SEGURO DE RESPONSBILIDAD CIVIL: durante la ejecución de la obra y por todo el término de la

contratación, el adjudicatario asumirá la responsabilidad civil exclusiva de los perjuicios o daños que puedan

ocasionar a personas o cosas, ya sea por su propia acción u omisión o la de sus dependientes y/o equipos, etc., por

pérdidas, daños o lesiones que pudieren sobrevenir a cualquier persona o bienes de propiedad de terceros, por la

ejecución y operaciones vinculadas con la presente obra.

3 SEGURO DE RIESGO DE TRABAJO: El adjudicatario deberá cumplir con las previsiones de la Ley Nacional

Nº 24.557 y sus reglamentaciones, en lo que respecta a la Seguridad en el trabajo en relación al personal que

emplee en la ejecución de la obra adjudicada.

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 11 de 26

ARTICULO 44°: El contratista es responsable de la interpretación de la documentación contractual y no puede aducir

ignorancia de las obligaciones contraídas, ni tiene derecho a reclamar modificaciones de las condiciones contractuales

invocando error y omisión de su parte. Asimismo es responsable de cualquier defecto de construcción y de las

consecuencias que puedan derivar de la realización de trabajos basados en proyectos o planos con deficiencias manifiestas,

que no denuncie por escrito a la Administración antes de iniciar los respectivos trabajos. El contratista deberá ejecutar la

totalidad de las tareas en un todo de acuerdo a las reglas del arte, condiciones de eficiencia y seguridad.

El representante técnico es responsable solidario con el contratista, por todo daño o perjuicio que ocasione a la

Administración por culpa o negligencia en el cumplimiento de sus funciones específicas.

El contratista será el único responsable y no tendrá derecho a indemnización alguna por destrucción, pérdida, averías o

perjuicio de materiales de consumo, de aplicación, e equipos o de elementos incorporados o a incorporar, a la obra debido

u originados por su culpa, por falta de medios o por errores que le sean imputables.

El Contratista:

1. Deberá afectar el personal idóneo y responsable en el cumplimiento de las tareas encomendadas por el comitente

2. Queda bajo exclusiva responsabilidad del contratista, todo accidente de trabajo que involucre a su personal o a

terceros vinculados con la prestación del servicio, asimismo es responsable del cumplimiento de todas las

obligaciones determinadas por leyes laborales, sin excepción.

3. El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las previsiones establecidas en las leyes laborales y Ley

Nacional Nº 24.557 y sus reglamentaciones, en lo que respecta a la Seguridad en el trabajo, en relación al personal

que se desempeñe bajo su dependencia durante todo el período de contratación.

4. Se obliga a reparar y/o reponer todo elemento de propiedad de la Municipalidad de la Capital que eventualmente

resultare dañado o destruido por acción u omisión del personal actuante y dependiente del mismo. Todo lo hallado

dentro del área donde desarrolle sus actividades, tanto por el mismo como por su personal, deberá ser entregado a

la Inspección.

5. Tendrá a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones o gravámenes en general, presentes o futuros, ya

sean nacionales, provinciales o municipales que graven al mismo y todo otro gasto que conlleve la ejecución de la

obra adjudicada.

6. Será responsable por el cumplimiento de todas las leyes nacionales, provinciales y ordenanzas emitidas por la

Municipalidad. También será responsable por las costas y costos judiciales y cualquier otro gasto de esa

naturaleza que irrogare su incumplimiento u acto similar, así como los actos judiciales o extrajudiciales que ello

provocara.

7. El adjudicatario se obliga a reembolsar a la Municipalidad cualquier suma de dinero que por cualquier concepto,

ésta deba abonar y que derive de condena judicial por daños y perjuicios causados como consecuencia directa o

indirecta de la ejecución de la obra, ya sea por personas o bienes del adjudicatario que se encuentren bajo su

dirección o custodia, dependencia o vinculados a él de cualquier forma.

El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones previstas en el presente pliego y/o cualquier otra

obligación prevista en la normativa legal de aplicación, se considera falta grave y dará derecho al Municipio a rescindir el

contrato, sin perjuicio de las Penalidades y Sanciones que pudieren corresponderle en virtud de lo establecido en las

Normas legales que resulten aplicables.

La Municipalidad tendrá derecho a solicitar en cualquier momento la exhibición de la documentación que acredite tales

cumplimientos.

CERTIFICACIÓN, FORMA Y PLAZO DE PAGO

ARTICULO 45°: El pago se efectuará en moneda de curso legal vigente en nuestro país, dentro del Plazo de Treinta (30)

días corridos de la recepción de cada Certificado de Obra y de la presentación de las facturas con copias en la oficina del

Servicio Administrativo Financiero- Secretaria de Salud y Promoción Social - Municipalidad de la Ciudad de San

Fernando del Valle de Catamarca- debiendo estar conformadas al dorso por la Inspección, emitidas, conforme las

disposiciones legales vigentes, repuesto el sellado provincial de ley y abonado los Derechos de Oficina Varios por foja de

actuación, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo N° 55 de la Ordenanza Impositiva N° 4375/2007.

En cada pago se efectuará la retención del Fondo de Reparo, y según correspondan las retenciones de los tributos en los

cuales el Municipio actúa como agente de retención, a saber, Impuesto a los Ingresos Brutos, Impuesto a las Ganancias y

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 12 de 26

del S. U. S. S.

ARTÍCULO 46°: Previo al trámite de pago, el contratista deberá presentar en la Dirección de Tesorería de la

Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, la siguiente documentación:

Libre Deuda y/o Certificado de Regularidad Fiscal expedido por la Dirección de Rentas Municipal respecto a la

Contribución por Habilitación de Comercio, Industria y Actividades de Servicios; Contribución de Inspección a

Comercio, Industria y Actividades Civiles.

Libre Deuda y/o Certificado de Regularidad Fiscal expedido por la Dirección de Rentas Municipal de la Contribución

que incide sobre los Inmuebles.

PENALIDADES Y SANCIONES

ARTICULO 47º: Además de las penalidades y multas establecidas en el Art. Nº 58 del Decreto O. P. Nº 1697/74, reglamentario de la Ley de

Obras Públicas Nº 2730, y de lo dispuesto en los Art. Nº 80 y 92 del Decreto O. P. Nº 4266/74, el incumplimiento de las

obligaciones contraídas por el o los adjudicatario/s al plazo establecido para la entrega de los bienes o prestación del

servicio, dará lugar a la aplicación de una multa por mora equivalente al cincuenta centésimos por ciento (0.50 %) diario

aplicado sobre el valor de los bienes o servicios provistos fuera de término. La mora se considerará por el simple

vencimiento de los plazos de las obligaciones, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial.

Asimismo será de aplicación las Sanciones establecidas en los Artículos 121° al 124° inclusive del Reglamento de

Contrataciones, Decreto N° 65/06, de la Ordenanza N° 3607/02, de aplicación supletoria.

ARTICULO 48º: Las penalidades de este Pliego, excepcionalmente no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la

obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el/los adjudicatario/s y aceptado

por el organismo contratante, las que deberán ser informadas fehacientemente al organismo contratante dentro de los tres

(3) días de producidas o desde que cesaren sus efectos, acompañando documentación probatoria de los hechos que se

aleguen. Transcurrido este término quedará extinguido todo derecho al respecto.

ARTICULO 49º: Cualquier situación no prevista en este Pliego de Condiciones Particulares y demás documentación,

podrá ser consultada en el Servicio Administrativo Financiero de la Secretaría de Salud y Promoción Social de la

Municipalidad de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, dentro del horario habitual de la Administración

Municipal para atención al público.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 13 de 26

PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS

1. SOLADOS

1.1 Contrapiso

En todos los casos de contrapisos asentados sobre tierra, el terreno se nivelará y apisonará convenientemente,

debiendo preverse el espacio para recibir contrapisos que corresponda.

Las paredes que encuadran los contrapisos deberán ser revocados hasta la altura de pisos con mezcla formada por

„‟una parte de cemento y dos partes de arena„‟

En locales sanitarios que tengan servicio y en todos aquellos donde pasen cañerías, el contrapiso tendrá un

espesor tal, que permita cubrir totalmente dichas cañerías, cajas, piezas especiales, etc.

Se ejecutarán con hormigón 1/4:1:4:6 (cemento - cal grasa - arena gruesa - cascote de ladrillos) con un espesor mínimo de

10 cm. sobre terreno natural.

En zona de canal sanitario, la misma se rellenará con arena gruesa, conformando un lecho a las cañerías sanitarias,

rellenando y compactando la arena, para recibir en su parte superior un contrapiso ½ :1 : 3 :5 ( cemento, cal, arena gruesa,

cascote ) con un espesor mínimo de 10 cm.

El terreno natural se compactará y nivelará perfectamente debiendo ser abundantemente regado antes de recibir el

hormigón. Los contrapisos tendrán un espesor uniforme y se dispondrán de manera que su superficie sea regular y lo más

paralela posible al piso correspondiente, debiendo ser fuertemente apisonado de forma de lograr una adecuada resistencia.

Bajo piso granítico y locales sanitarios, se efectuará a las 24 horas de terminado el contrapiso, una carpeta de 02

cm. De espesor con mortero 1:3 = cemento - arena mediana y un 10 % de hidrófugo.

Esta capa en ambos casos deberá ser perfectamente lisa y uniforme, comprimida a fratáz hasta que el agua refluya

en la superficie.

1.2 Pisos mosaico granítico

Para ambos casos, enumerados anteriormente, serán del tamaño y color que se indique en los planos y planillas de

locales, responderán a lo ya especificado que en este caso particular corresponde a un color gris, rojo, amarillo y para el

piso de baldoson tendrán un tamaño de 50x50 de color gris.

El espesor mínimo de cada mosaico será de 1” (una pulgada) y el de la pastina no menos de 08 mm.

Se colocará con mortero 1/8:1:4 (cemento - cal - arena mediana).

Los cortes se ejecutarán dentro de las 48 hs. de haber terminado el ambiente o paño con la pastina

correspondiente. Sobre el piso colocado se ejecutará un barrido con pastina color del piso cuidando que ésta penetre lo

suficientemente en las juntas para lograr un perfecto sellado.

Todo mosaico calcáreo o granítico no será colocado hasta después de transcurrido 30 (treinta) días desde su

fabricación.

En los lugares indicados en planos y planillas de locales, se colocarán zócalos de materiales, tipo, dimensiones y color que

para cada caso particular se especifique en las mismas.

Se colocarán alineados con los paramentos de los muros, dejando visto, cuando los hubiera, el resalto de la media

caña.

Se cuidará especialmente la nivelación general y recíproca entre los elementos.

En los ángulos entrantes y salientes se colocarán las piezas especiales que corresponda.

Se exigirá al Contratista la presentación de muestras previas a su colocación en obra.

Sobre la mampostería, previamente limpia y humedecida se colocarán los zócalos con mortero 1:3 (cemento -

arena mediana). Las juntas serán tomadas con pastina de cemento y colorante correspondiente al color del zócalo. Las

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 14 de 26

juntas verticales de zócalos serán coincidentes con las juntas horizontales de pisos.

Se colocará en todos los sectores previstos y serán asentados sobre mortero de cemento. Sobre el piso colocado se

ejecutará un barrido con pastina color del piso cuidando que ésta penetre lo suficientemente en las juntas para lograr un

perfecto sellado.

1.3 Zócalo granítico

Se colocarán en el todos los sectores previstos. Sobre la mampostería, previamente limpia y humedecida se

colocarán los zócalos con mortero . Las juntas serán tomadas con pastina de cemento y colorante correspondiente al color

del piso.

2. REVOQUES

2.1 Revoque interior y Exterior (grueso y fino)

Los paramentos que deben revocarse serán perfectamente planos y preparados con las mejores reglas del arte,

degollándose las mezclas de las juntas, desprendiendo las partes sueltas y humedeciendo convenientemente los paramentos.

En ningún caso se revocarán muros que no se hayan asentado perfectamente.

Se deberá ejecutar puntos y fajas de guías aplomadas con una separación máxima de 1,50 m. no admitiéndose espesores

mayores de 02 cm. para el jaharro y de 05 mm. para el revoque fino (enlucido), el mortero será arrojado con fuerza de

modo que penetre en las juntas o intersticios de las mismas.

La terminación del revoque se realizará con alisador de fieltro, serán perfectamente planas las aristas, curvas y rehundidos,

serán correctamente delineadas sin depresiones y alabeos, serán homogéneas en granos y color, libres de manchas y granos

rugosidades, uniones defectuosas, ondulaciones, fallas, etc.

La forma de terminación (fratasado al fieltro), se indicará para cada tipo. El terminado se hará con fratáz goma espuma,

pasándose sobre el enlucido un fieltro ligeramente humedecido de manera de obtener superficies completamente lisas. Con

el fin de evitar remiendos, no se revocará ningún paramento hasta que hayan concluido los trabajos de otros gremios

(sanitarios, electricidad, etc.) y estén colocados todos los elementos que van adheridos a los muros.

Cuando en los planos se exija el empleo de materiales preparados para revoque de marca determinada expresamente,

quedará entendido que el mismo llegará a la obra envasado en bolsas que aseguren la impermeabilidad para su aplicación.

Los enlucidos se harán únicamente después que el jaharro haya fraguado, debiéndose mojar el paramento antes de dar

comienzo a la ejecución de los enlucidos.

Los paramentos terminados no deberán presentar superficies alabeadas, ni fuera de nivel, ni rebabas u otro defectos

cualesquiera.

Los revoques ejecutados de acuerdo a estas especificaciones técnicas tendrán aristas rectas exentas de garrotes,

depresiones o bombeos.

Las aristas de intersección de los paramentos entre si y de estos con los cielorrasos, serán vivas y rectilíneas.

Todo trabajo de moldura, rehundidos, cornisa, etc. serán colocados o efectuados esmeradamente y con mucha solidez.

En el momento de la ejecución de los revoques se prestará principal atención a las siguientes pautas:

Se respetará que los revoques tengan con nivel de terminación inferior la parte superior del zócalo, por lo que su exceso

resultará demolido para permitir la colocación semi-embutida de zócalo.

Se protegerá los marcos metálicos y hojas existentes de salpicaduras y excesos de revoques.

Los revoques interiores y exteriores tendrán un plomo inferior a marcos metálico, en 5mm, resultando un quiebre de plano

en el encuentro del marco con revoque de mampostería. Resultando los marcos sobre elevados con respecto a revoque

terminados en 5mm, dicha situación se debe considerar además al determinar los anchos de marcos.

Importante:

Cuando la mampostería se ejecute de ladrillo cerámico hueco, previo a la ejecución de revoques (jaharro y enlucido) se

aplicará sobre los paramentos un castigado cementicio 1:3 (cemento: arena), incorporando material hidrófugo en el caso de

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 15 de 26

los paramentos exteriores. Cuyo costo se considera contemplado en la oferta presentada por la Contratista.

Revoques Comunes a la Cal en Interiores

Se realizarán en los locales indicados en planos y planillas de locales>

Castigado cementicio 1:3 ( cemento y arena gruesa )

Jaharro con mortero: 1/4:1:4 (cemento Pórtland - cal grasa en pasta – arena Gruesa).

Enlucido con mortero: 1/3:1:3 = (cemento Pórtland - cal grasa en pasta - arena fina).

En general tendrá como máximo 02 a 2,5 cm. de espesor en total. Tanto el jaharro como el enlucido se cortarán a la altura

del zócalo que se utilice.

Revoques Comunes a la Cal en Exteriores.

Azotado: con mortero 1:3 cemento - arena con adición de hidrófugo al 10 %.

Jaharro: con mortero 1:3 cemento - arena mediana.

Enlucido: con mortero: 1/3:1:3 (cemento Pórtland - cal grasa en pasta - arena fina).

2.2 Revoque Cielorraso (grueso y fino) Se ejecutará revoque grueso y fino en toda la superficie del cielorraso.

2.3 Revoque Exterior (grueso y fino)

En todo el exterior de la unidad se ejecutará revoque grueso y fino a la cal sobre azotado de arena cemento.

3. REVESTIMIENTOS

3.1 Revestimiento de Azulejos en zonas húmedas

En los locales indicados ( Office, Sanitarios Hombres Damas y Discapacitado), todos éstos hasta una altura de

2.05 m., se colocarán sobre el revoque bajo revestimiento, contemplado en el ítem “revoques”, se colocará el

revestimiento de azulejos Blancos 0.15x0.15 cm. s/esmaltado y de 1ª calidad.

El pegamento será de 1ª calidad ( pegamento impermeable tipo klaukol impermeable , Iggam impermeable o calidad

superior).

La mezcla cubrirá totalmente el reverso del azulejo, recolocándose las piezas que “suenen a hueco”.

Revestimiento de Azulejo, los mismos serán dispuestos con el buen arte de construir. Para ello deberemos contar con una

base, compuesto por un revoque grueso reforzado, aplicado sobre los muros de los ambientes donde se colocaran azulejos,

este deberá estar a plomo.

Los azulejos serán de primera calidad, de marca reconocida, y serán adherida a las paredes de los ambientes, mediante

adhesivo con la incorporación de hidrófugo previsto de fabrica.

Los paños realizados estarán compuestos por piezas separadas hasta 2mm de junta entre cada una. Posteriormente estas

juntas serán rellenadas con pastina impermeable de primera calidad y marca reconocidas.

3.2 Revestimiento de piedra

Se ejecutará con piedra de derrumbe, asentada con mortero de cemento y calzada en forma irregular, revistiendo

Los Porticos y Columnas de Galeria.

4. PINTURAS

4.1 Pintura al látex interior y exterior

En muros y cielorraso se aplicará sellador fijador al agua y dos manos de pintura al látex. Los colores se indicarán

en obra. Todas las superficies de muros, cielorrasos y carpintería que deban ser terminados con aplicación de pinturas,

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 16 de 26

responderán a las indicaciones sobre tipo, calidad, color etc. que para cada caso particular se determinen en los Planos.

Todos los materiales a emplearse serán de primera calidad y los trabajos se ejecutarán según las estrictas reglas del arte.

Todas las superficies que deban pintarse se prepararán corrigiendo sus defectos, manchas o asperezas que

pudieran tener las Paredes, lo mismo que los defectos de los revoques o trabajos de herrería.

Los trabajos de pintura se ejecutaran de acuerdo a reglas del arte, debiendo todas las obras ser limpiadas prolijamente

preparadas antes de recibir las sucesivas manos de pintura, barnizado, etc. Los defectos que pudiera presentar cualquier

estructura, será corregido antes de proceder a pintarla y los trabajos se retocaran esmeradamente una vez concluidos.

No se aceptara el empleo de pintura espesa para tapar pozos, grietas u otros defectos. El Contratista tomara todas las

precauciones indispensables a fin de preservar las obras del polvo, la lluvia, etc. Debiendo al mismo tiempo evitar que se

cierren las puertas y ventanas antes que las pinturas se haya secado completamente.

Nunca se aplicara blanqueo ni pintura posible sobre superficies mojadas o superficies o superficies de polvo o grasa, sin

una preparación previa y adecuada, la que podrá llegar a ser un raspado profundo, y por excepción, hasta un picado y

reconstrucción total del revoque.

El Contratista deberá notificar a la Inspección cuando vaya a aplicar cada mano de blanqueo o pintura, barnizado, etc. Las

distintas manos se aplicaran dando distintos tonos. En lo posible se acabara de dar mano en toda la obra, antes de aplicar la

siguiente.

Serán condición indispensable para la aceptación de los trabajos, que tengan un acabado perfecto, no admitiéndose que

presenten señales de pinceladas, pelos, etc.

Las tintas se preparan a entera satisfacción de la Inspección, quedando a cargo del Contratista, el hacer prepara todas las

muestra que aquella considere necesarias para la elección de los colores y tonos correspondientes a pinturas, blanquees,

barnizados, etc.

Se admitirá el empleo de compresores y sopletes en lugar de brochas solamente en la aplicación de la última mano de

color, los colorantes a utilizar será provenientes de tierras naturales o calcinadas y pulverizadas, no admitiéndose el uso de

pigmentos de origen mineral. En los paramentos exteriores, sobre los que deba aplicarse esta pintura, la misma contendrá

diluido en proporción 1:10 con hidrófugo.

5. VIDRIOS

5.1 Transparente de 4mm.

Serán de la clase y del tipo que en cada caso se especifique en los planos y planillas, serán de fabricación

esmerada, perfectamente planos, sin alabeos, manchas, burbujas u otros defectos, estarán bien cortados, tendrán aristas

vivas y serán de espesor regular.

La masilla será de primera calidad, no permitiéndose el uso de la masilla vieja, ablandándola posteriormente con un exceso

de aceite. Permitiéndose como material alternativo, el uso de silicona transparente de calidad reconocida.

El recorte de los vidrios será hecho de modo que sus lados tengan de 02 a 03 mm. menos que el armazón que deba

recibirlos, el espacio restante se rellenará totalmente con masilla.

La colocación se realizará asentando con relativa presión al vidrio con la masilla o silicona, no permitiéndose en ningún

caso que el vidrio toque con la estructura que lo contiene.

Al quitar el contravidrio de su respectiva estructura se cuidará de no dañarla, poniendo especial atención al volver a su

lugar.

Se empleará masilla o silicona en su justa cantidad, en forma tal que el contravidrio, quede colocado en forma correcta, con

respecto a la estructura respectiva. Eliminando el exceso de material aportado y limpiando las superficies manchadas o

afectadas.

No se permitirá la colocación de vidrio alguno, ante de que las estructuras, tanto metálicas como de madera, hayan recibido

la primera mano de pintura.

La Inspección de Obra podrá disponer el rechazo de vidrios o cristales si éstos presentan imperfecciones en grado tal que a

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 17 de 26

su juicio los mismos sean inaptos para ser colocados.

Cuando se especifique algún otro tipo de material no enumerado en el presente capítulo, se tomarán en cuenta las

características dadas por el fabricante en cuanto a espesores, dimensiones, usos y textura. Los espejos serán fabricados con

cristales de la mejor calidad. Se entregarán colocados de acuerdo a las indicaciones de la Inspección de Obra.

La colocación deberá realizarse con personal capacitado poniendo cuidado en el retiro y colocación de los contravidrios

asegurándose que el obturador que se utilice ocupe todo el espacio dejado en la carpintería a efectos de asegurar un cierre

perfecto y una firme posición del vidrio dentro de la misma.

Cuando los vidrios a colocar sean transparentes, sin excepción se cortarán y colocarán con las ondulaciones del cilindrado

paralelas a la base de las carpinterías.

Cuando se efectivice la utilización de masillas en la colocación de vidrios, ésta deberá ser de la mejor calidad asegurando

su permanente elasticidad.

En el momento de la ejecución de pintura se tomaran las previsiones de evitar restos de pintura en la carpintería, o

distintos elementos pegados del mismo producto de aplicar las distintas manos de pintura sobre la carpintería sin desarmar

o desmontar las mismas de manera adecuada.

Los vidrios no se pintarán bajo ningún concepto, en caso de resultar necesario conseguir mayor privacidad al contarse con

vidrios transparentes, se procederá a partir de las siguientes opciones:

Sustituir vidrio por uno traslucido o colocar una lámina interior de adhesivo marca contac o similar, del tipo esmerilado.

6. DESAGUES CLOACALES

Comprende el conjunto de cañerías de desagües Primarios de todos los artefactos indicados en los planos, hasta la

cámara de inspeccion hasta la conexión de Principal, con todos los ramales de ventilación y desagües secundarios a la

misma. Los desagües cloacales se ejecutarán con cañerías y accesorios de PVC de 3,2 de calidad conocida, todas las piezas

serán de la misma marca para evitar diferencias en los diámetros.

La contratista deberá entregar la obra en funcionamiento con la correspondiente habilitación de Aguas Catamarca

SAPEM.. Y en perfecto funcionamiento, para ser habilitada.

Cámaras de Inspección: Las cámaras de inspección se ejecutarán con fondos de Hº armado con 0.10 m de espesor, las

paredes laterales serán ladrillo común de 0.30 m, terminados con mortero alisado.

Las tapas superiores de cámaras, poseerán una idéntica cota de nivel que las veredas perimetrales a los fines de mantenerse

visibles y facilitar una fácil lectura del sistema en el futuro que ayude a su mantenimiento y reparación.

Las tapas estarán provistas de 4 bulones sueltos, con tope al ser elevados, para levantar y retirar la tapa, facilitando la

extracción de la pieza de HºAº.

La cámara de inspección serán ejecutadas de mampostería con una losa inferior y dos superiores o bien una superior y una

tapa cámara para alojar piso. En su interior llevara un revoque cementicio estocado, y los correspondientes cojinetes según

los caños que concurran a la misma. Se tendrá especial cuidado que el ingreso y la salida de caños tenga una pendiente de

5cm para su rápido escurrimiento de los fluidos cloacales.

En su exterior será revocado con mortero grueso y fino cementicio. La dimensión mínima será de 0.60x0.60x0.60 libre en

sus tres direcciones.

Su ubicación será a una distancia no mayor a los 15 metros desde la línea municipal, o bien en lugares donde concurran

varios caños y se corra el peligro de obstrucción. Se debe destacar que la longitud máxima entre cámara no exceda los

treinta metros.

7. INSTALACIÓN DE AGUA FRIA Y CALIENTE

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 18 de 26

Las cañerías se ejecutarán en material IPS TERMOFUSION o de similar calidad al igual que todos sus empalmes

o accesorios. Los pasos y canaletas que atraviesen partes principales en la estructura o de albañilería deberán ser provistos

y requeridos y o practicados exactamente por la empresa, en oportunidades de realizarse las obras respectivas, siendo esta

responsable de toda omisión en tal sentido y de toda obra posterior necesaria.

Las canillas, llaves de paso, válvulas de limpieza, esclusas y demás accesorios en general, serán de bronce

reforzado de calidad tipo FV o similar. Las piletas de piso serán cubiertas por una rejilla de bronce de 15x15 con marco

asegurado por tornillo.

La alimentación de agua se realizará mediante la conexión desde Tanque de Reserva ,de instalarse a Red de distribución, la

Contratista deberá tramitar y conseguir las habilitaciones necesarias para tal efecto, considerando que la gestión y trabajos

a efectuar es contemplado dentro de la oferta.

Cada local sanitario contará con llaves de paso para corte de agua fría y agua caliente.

Las llaves de paso ubicadas en ambientes sanitarios y que se localicen sobre revestimiento serán de bronce y

cromadas con campana y llevarán indicaciones de .F o C.

Tanque de reserva: El mismo, en caso de contemplarse su ejecución en el Proyecto, será prefabricado de fibrocemento o

de polietileno tricapa, marca Tinacos o similar, la capacidad del mismo será de 1.000 lts y contará con llaves de paso tanto

como de provisión de alimentación como de descarga y con una llave esclusa para su limpieza. En su totalidad seran 2

tanques.

En caso de emplearse tanques de reserva prefabricado de polietileno, se asegurará siempre el perfecto y completo apoyo de

su base, sobre losa o chapón, no permitiéndose en ningún caso, el apoyo mediante el empleo de perfiles, a los fines de

evitar las excesivas deformaciones del tanque.

Todos los artefactos se alimentarán con agua del tanque.

Sistema de bombeo:

En las inmediaciones del tanque cisterna, y sobre una plataforma de hormigón armado se dispondrá una bomba monofásica

de 1 HP de potencia, y esta estará intercalada a la red de la cañería de bombeo. En las inmediaciones de la bomba sobre la

cañería de salida se colocara una válvula de retención y una cupla anti vibración.

8. ARTEFACTOS, BRONCERÍA Y ACCESORIOS

Se instalarán mesadas de granito con bachas redondas de acero inoxidable, según se indica en los planos. Griferia

tipo PRESSMATIC para lavamanos. Las bachas estaran provistas de agua caliente por medio de un termotanque a gas

Envasado cuya capacaidad es de 80 lts, cuyas dimensiones y caracteristicas tecnicas seran provistas por el fabricante.

En los baños se colocarán artefactos FERRUM o similar: inodoros con asiento, sistema valvula de descarga con

tecla p/val Tipo FV PRESSMATIC . Mingitorios Oval blanco con PRESSMATIC p/ming. Los nucleos sanitarios para

discapacitados estaran dotados de todos los artefactos para su correcto funcionamiento; constaran los mismos de inodoro,

deposito colg., barrales fijo y rebatible, espejo rebatible y Espac. Asiento. Tendran espejos los baños de hombre y de

mujeres.

Los artefactos a colocar serán de losa color blanco (inodoro), estos serán dispuestos según las normas del

fabricante, en el caso de inodoro estarán sujeto al piso mediante tornillo de bronce y tarugos, previo a la colocacion de un

aro de goma entre el caño de la básica y el inodoro, mas la aplicación de masilla para evitar la fuga de olores indeseables,

se terminara con la aplicación de pastina en la parte inferior en el perímetro del artefacto.

Los accesorios serán de losa blanca de pegar, y estarán sujetos al revestimiento mediante la aplicación de un

pegamento de siliconas.

La griferías se colocaran en cada artefacto, siguiendo la ficha técnica del fabricante, en todos los casos será de

buena calidad FV.

Las griferías a utilizar serán de marcas reconocidas, con terminación al crono metal. En cocinas estas estarán

empotradas en pared o sobre mesada según sea el caso. En lavatorios de baños algunos tendrán sistema tipo pressmatic

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 19 de 26

anti vandalismo y en otras canillas de bronce cromadas pico recto o curvo. Se tendrá especial cuidado de que la unión con

el artefacto sanitario sea estanca y libre de movimiento.

9. MESADAS DE GRANITO

En el sector de cocina se colocaran mesadas de granito color gris Mara de 2,5 cm de espesor a una altura de 80 cm

sobre nivel de piso terminado o según altura de cocina industrial con sobremesada de listones de 5 cm de altura y estaran

sujetas por medio de muros de 0,15 m cada 0,80 mts de distancia

10. INSTALACIÓN ELÉCTRICA

Las instalaciones se realizarán de acuerdo a las reglamentaciones vigentes de los organismos de control,

EDECAT.

Los planos y su aprobación, pagos de derecho de inspecciones, conexiones a la red externa, trámites, etc., ante

EDECAT será por cuenta y cargo exclusivo de la Contratista.

Con anterioridad a la ejecución de los trabajos, la Contratista deberá presentar muestras de los materiales a

presentar para su aprobación.

Modificaciones: No será aceptada ninguna variante a los documentos de la licitación, si ella no fuera autorizada,

previamente y por escrito por la Inspección de la Obra.

Calidad de los materiales: Todos los materiales, artefactos y accesorios necesarios para la completa y mejor terminación de

la obra, serán suministrados y colocados por la Contratista, serán de marca acreditada y de la mejor calidad .Todos los

materiales serán normalizados respondiendo a las normas DIN o SO.

Tableros: Serán de chapa doblada Nº 14 reforzada con perfil L en los bordes, llevarán puerta con cerradura, se ubicarán en

los lugares indicados por los planos y a una altura de 1,60 m hasta su eje medio horizontal. En cada uno de ellos se

colocaran disyuntores diferenciales aprobados de capacidad según cálculo.

Los tableros Secundarios responderán en número y ubicación según documentación técnica.

Construidos de chapa DD Nº 16 del tamaño necesario para el alojamiento de todos los componentes que lo constituyen más

un espacio de un 20% adicional como reserva para llaves termos magnéticos. Sobre frente llevará una puerta de acrílico

transparente que permitirá visualizar su frente interno.

A partir de los tableros de distribución, todos los circuitos serán bipolares.

Ningún circuito podrá tener más de 20 bocas al momento de entregar la obra, La empresa deberá presentar planos de

tableros para su aprobación por la inspección. Se proveerá en cada tablero una llave general y un disyuntor diferencial, el

cual será dimensionado acorde a las instalaciones previstas realizar.

En caso de ser necesario se colocara uno o más Tablero Seccional, con llave de corte general y particularizado que

permitirá desactivar en el momento de finalización de las actividades, los distintos aparatos de manera conjunta total o

parcialmente.

Cañerías: serán embutidas en losas y en muros. Cuando recorran en cielorrasos suspendidos serán a la vista y

correctamente fijada. Los caños serán de acero del tipo semipesado o similar, con conectores galvanizados .Los cambios de

dirección se realizaran con curvas roscadas (no permitiéndose el doblado de los caños) y las uniones mediante culpas

roscadas. No se admitirá el empleo de material de P.V.C. en las cañerías a efectuarse.

Cajas: Serán de chapa de Fe reforzadas, cuando lleven artefactos, se colocaran en su interior, un gancho para la suspensión

de la misma. Será de Fe de 6mm de diámetro en forma de U y cada pata llevara una turca interior y exterior a la caja.

Conectores: Serán de chapa cincada, de igual diámetro a la cañería.

Conductores: Serán de cuerda flexible de cobre rojo aislado con plástico del tipo antillama, marca Pirelli o similar. Cuando

deban ir subterráneos, serán del tipo Pirelli Sintenac o similar dentro de caño de PVC protegido por una hilada de ladrillos.

Llaves tomas y accesorios: Serán de embutir a tecla del tipo Obra o similar calidad de color blanco. Los tomas serán de 10

Amper como mínimo.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 20 de 26

Tomacorrientes: Serán embutidos, con fichas interna múltiple. Debiendo soportar una carga de 10 Ampares.

Artefactos: Responderán a lo especificado en planilla de luminarias .Se proveerán completos con equipos y lámparas del

tipo y potencia.

Protecciones; todos los circuitos estarán protegidos por llaves electromagnéticas de capacidad según cálculo.

Todos los artefactos serán entregados completos, totalmente cableados, armados y en perfecto estado de funcionamiento.

Todos los artefactos serán prolijamente armados con conductores cableados flexibles de sección suficientemente amplia

para evitar calentamiento. Los artefactos se cablearán con secciones no inferiores a 1mm2 por cada lámpara.

Fijación de los artefactos, en todas las cajas embutidas en losas se dejarán ganchos de hierro galvanizados de 6mm de

diámetro, en forma de „‟U‟‟. La fijación de los artefactos a sus respectivas cajas, se harán mediante el empleo de ganchos

con estribos de suspensión, los que serán de hierro galvanizado. Para los apliques, mediante tornillos de bronce en las

pestañas que a tal efecto llevan las cajas.

Puesta a Tierra: Toda la instalación estará recorrida por un cable forrado de sección mínima de 2.5mm de sección para

garantizar la continuidad eléctrica.

La confección de dicha puesta a tierra se ajustara a planos de detalles y a reglamentaciones vigentes.

Dentro de los aspectos a considerar en las instalaciones destinadas a discapacitados, se debe tener en cuentas las siguientes

características: Altura máx. de llaves interruptoras: 1,20m sobre el nivel de piso (altura adoptada en el proyecto), las

mismas deberán ser del tipo a tecla, de forma chata y ancha para facilitar su accionamiento para personas con problemas

musculares o coordinación motora. Los tomas corrientes, siempre y cuando las dimensiones lo permita y la documentación

lo especifique irán a 1,00 de distancia con respecto a bordes, con una altura de 0,50m sobre piso, y en un lugar visible, a los

fines que el discapacitado que cuente con silla de ruedas eléctricas pueda „‟estacionar‟‟ y cargar baterías.

Las luminarias a disponer serán equipos fluorescentes simple y doble tipo estándar, en la parte interior. Algunos estarán

dispuestos en pared y otros en el cielorraso en el centro de los ambientes. En el exterior se colocaran tortucas de chapa,

reflectores, etc. sujetadas en sus respectivos lugares.

En todos los casos el cable a tierra estará conectado a la descarga a tierra de cada equipo es decir a las partes metálicas del

los equipos.

Se dispondrá de luz de emergencia en techos o pared fijadas a los mismos mediante tarugos y tornillos, se deberá tener

especial cuidado de modo que los equipos queden los más centrados posibles en cada ambiente.

En aberturas que den al exterior se colocaran sobre la parte superior, señales luminosa de salida sujetas a la pared mediante

tarugos y tornillos.

Los ventiladores se colocaran en el centro de los ambientes fijados mediante triángulos de fijación de chapa nº 18

atornillados a la losa mediante tacos especiales para hormigón y bulones o tirafondo. El alto de los equipos será los fijados

por el fabricante y nunca serán inferiores a los 2.2mts desde el nivel de piso. Su respectivos variadores de velocidad estará

en las proximidades sujetos en la pared a una cota desde el nivel de piso de 1.20 a 1.30mts.

Circuito de bomba: Se utilizara materiales que respeten las nomas IRAM y vigentes. La alimentación se efectuara desde el

tablero principal o secundario utilizando cable tipo taller para alimentar el tablero seccional de la bomba. En este último

tendremos una protección térmica tipo bipolar de 25amp y un contactor monofásico de 25amp. La bomba se pondrá en

funcionamiento mediante un circuito compuesto por dos automáticos uno en el tanque superior y otro en el tanque cisterna,

que enviaran la señal al contactor y este pondrá en funcionamiento la bomba, el cable utilizado para accionar el sistema de

automáticos será tipo taller de sección adecuada. La bomba será de con un motor de 1 HP, y se colocara en las

proximidades de la misma una jabalina para descarga a tierra.

11. INSTALACIÓN DE GAS NATURAL

Se utilizará caños y accesorios de hierro negro revestido con pintura epoxi. La instalación se realizará en todo de acuerdo a

las normas de Enargas y la empresa prestataria del servicio de la provincia. Se abastecerá con gas a: una cocina industrial

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 21 de 26

de 6 hornallas cuyas medidas y caracteristicas tecnicas seran provistas por el fabricante , un Termotanque y 4 Calefactores

tipo TBH.

Los planos y calculos para su aprobación, pagos de derecho de inspecciones, conexiones a la red externa, trámites, etc.,

ante ECOGAS será por cuenta y cargo exclusivo de la Contratista.

Los trabajos a realizar, serán completados de acuerdo a su fin, aún cuando en la presente

especificaciones no se indiquen o especifiquen todos los materiales y trabajos anexos que deban realizar para que la

obra resulte entera y ejecutada de acuerdo a las reglas del buen arte de construir .

Toda la obra deberá responder a los planos generales y al presente pliego, por lo tanto si algún ítem

se omitió de especificar en alguno de los mismos siempre y cuando figure en cualquiera de ellos o cuya ejecución sea

necesaria para terminar correctamente la obra, tendrá que ejecutarse.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 22 de 26

A N E X O I

DECLARACION JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

Razón Social

Cuit Nº

Procedimiento de Selección

Tipo Concurso de Precios

Número 10/2.009

Ejercicio 2.009

Lugar, Día y hora del Acto de Apertura

SAF SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCION SOCIAL

El que suscribe, con poder suficiente para este acto, declara bajo juramento que la persona cuyos datos se detallan al comienzo está habilitada para contratar con la Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, en razón de cumplir con lo previsto en los Art. Nº 114, 115 y 117 del Decreto Acuerdo Nº 065/06- Reglamento de Contrataciones de la Ordenanza Nº 3607/02- De Administración Financiera, de los Bienes y Sistemas de Control de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca, y que no esta incursa en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) y b) del Art. Nº 123 del citado plexo normativo y sus modificatorios. Asimismo declara no encontrarse alcanzado por los Art. 113 y 114 de la Carta Orgánica Municipal.

REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL DECRETO ACUERDO Nº 065/06

Art. Nº 114: Personas Habilitadas para contratar- Podrán contratar con la Municipalidad de la Capital las personas físicas o jurídicas con capacidad para obligarse, que no se encuentren comprendidas en las previsiones del articulo nº 115, en oportunidad del comienzo del periodo de evaluación de las ofertas, en las condiciones que fije el reglamento.

Art. Nº 115:Personas no Habilitadas- No podrán contratar con la Municipalidad de la Capital :

a) Las personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas, conforme el Reglamento de Contrataciones en vigencia.

b) Los agentes y funcionarios del Municipio y las empresas en las cuales aquellos formen parte de los órganos de conducción, administración o control, o tuviera una participación suficiente para formar la voluntad social.

c) Los fallidos, interdictos y concursados. d) Los condenados por delitos dolosos. e) Las personas que se encontraren procesadas por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, o contra la fe Pública. f) Las personas físicas o jurídicas que no hubieren cumplido con sus obligaciones establecidas en la Ordenanza Impositiva de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.

Art.N° 117: (Ultimo párrafo) En cada presentación como oferente deberá acompañarse con la oferta una declaración Jurada de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Municipio.

Asimismo deberán denunciar con carácter de declaración jurada si mantienen o no juicios con el Municipio, individualizando en su caso: Carátula, Número de Expediente, Fuero, Juzgado y Secretaría. Art. Nº 123°: INHABILITACION. Serán inhabilitados para contratar:

a) El proveedor a quien se le hubiere aplicado DOS (2) sanciones de suspensión según lo previsto en el Artículo anterior dentro del plazo de CINCO (5) años contados a partir de la última suspensión aplicada.

b) El proveedor que hubiere cumplido la suspensión prevista en el apartado III del inciso b) del Artículo anterior, hasta que efectúe el depósito correspondiente a la multa o a la garantía perdida.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 23 de 26

CARTA ORGANICA MUNICIPAL

. ARTICULO 113: Queda prohibido a todo el personal municipal lo siguiente:

a) Adquirir, aunque sea en remate público, los bienes municipales. b) Intervenir en transacciones que se refieren a bienes o a rentas municipales sin Ordenanza especial que lo autorice. c) Constituirse en cesionario de crédito contra la Municipalidad. ch) Intervenir o autorizar todo acto o asunto en que tenga interés personal o lo hagan sus parientes hasta el cuarto grado

por consanguinidad y segundo de afinidad. d) Toda otra que se establezca por Ordenanza.-

ARTICULO 114: Los actos, contratos o resoluciones emanados de funcionarios o empleados municipales que no se ajusten a las prescripciones establecidas por las Constituciones Nacional y Provincial, la presente Carta Orgánica y las Ordenanzas, serán nulos.

Firma

Aclaración

Carácter

Lugar y Fecha

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 24 de 26

A N E X O II

FORMULARIO DE OFERTA

CONCURSO DE PRECIOS SAF – S.S.yP.S. N° 10/2009

Apertura: 20 de Noviembre de 2009 Hora: 09:00

Expediente Nº 10049 Letra A Año 2009

Organismo solicitante: Administración de Equipamiento e Infraestructura Social

Oferente: ………………………………………………………………………………………………………………………

Domicilio: ……………………………………………………………………………………………………………………...

Código Postal: ………………………………………………………………………………………………………………

C.U.I.T.: ……………………………………………………………………………………………………………………...

Téngase la presente oferta como manifestación expresa de mi intención de participar en el llamado al presente

Concurso de Precios:

Nº DESIGNACION DE LA OBRAS Unidad Cantidad PRECIOS

Unitario Total

1. SOLADOS

1.1 Contrapiso Hº Cº + Carpeta de Nivelacion m2. 432,745

1.2 Piso granitico 30x30 cm m2. 324,040

1.3 Zócalo granitico 7x30 cm ml. 118,600

2. REVOQUES

2.1 Grueso en Pared Interior y Exterior + azotado cementicio s/muros

m2. 1008,70

2.2 Fino en Pared Interior y Exterior m2. 851,38

2.3 Grueso en Cielorraso m2. 154,91

2.4 Fino en Cielorraso m2. 154,91

3. INSTALACION SANITARIA

3.1 Instalación de agua fría y caliente - Sistema Termofusion

gl. 1,00

3.2 Instalación de Básica cloacal y Desague Pluvial gl. 1,00

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 25 de 26

3.3 Cámara inspección y Canal Sanitario gl. 1,00

3.4 Artefactos, grifería y accesorios gl. 1,00

4. INSTALACION ELECTRICA

4.1 Instalación Monofásica gl. 1,00

5. INSTALACION DE GAS ENVASADO

5.1 Instalación gas envasado gl. 1,00

6. REVESTIMIENTOS

6.1 Azulejos blancos 15x15 cm. m2. 109,46

6.2 Revestimiento de piedra m2. 71,78

7. PINTURAS

7.1 Latex interior y exterior m2. 851,38

7.2 En carpinteria m2. 52,47

7.3 Pintura sobre revestimiento de piedra m2. 71,78

8. VIDRIOS

8.1 Transparentes de 4 mm. m2. 7,20

PRESUPUESTO EN PESOS IMPUESTOS INCLUIDOS

SON EN PESOS

PLAZO DE PAGO: ………………………………………………………………………………………………………………………………………..

MANTENIMIENTO DE OFERTA: ………………………………………………………………………………………………………………………

PLAZO DE EJECUCION DE LA OBRA: ………………………………………………………………………………………………………………

OBSERVACIONES: ………………………………………………………………………………………………………………………………………

La firma al pie implica aceptación expresa e incondicional de todas las cláusulas del pliego.

FIRMA………………………………………

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA

SECRETARIA DE SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL

SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO

___________________________________________________________________________________________________

Sarmiento N° 1050 – Tel.: 03833-437438 – E-Mail: [email protected] Página 26 de 26

A N E X O III

PLANILLA DE CARACTERISTICAS y CALIDAD DE LOS MATERIALES

CONCURSO DE PRECIOS SAF – S.S.yP.S. N° 10/2009

Apertura: 20 de Noviembre de 2009 Hora: 09:00

Expediente Nº 10049 Letra A Año 2009

Organismo solicitante: Administración de Equipamiento e Infraestructura Social

Oferente: ………………………………………………………………………………………………………………………

Domicilio: ……………………………………………………………………………………………………………………...

Código Postal: ………………………………………………………………………………………………………………

C.U.I.T.: ……………………………………………………………………………………………………………………...

Ítem Denominación Detalle Marca Modelo Observaciones