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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA PORCUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA ORDENANZA W 15 90 Vista en Sesi6n Ordinaria de Concejo de fecha 7 de febrero del 2012 los Dictamenes 8 de Ia Comisi6n Metropolitana de Asuntos Legales; N°164-2011-MML-CMDUVN , de Ia Comisi6n Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y 271-2011-MML-CMAEO, de Ia Comisi6n Metropolitana de Asunto Econ6micos y Organizaci6n. De conformidad con lo dispuesto par el numeral 3) y 8) del articulo , articulo 40° y numeral 10) del articulo 157° de Ia Ley Organica de Municipalidades: ' Aprob6 Ia siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES METROPOLITANO EL PROCESO DE SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACION URBANA EN LA JURISDICCION DE LIMA METROPOLITANA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°.- Declaraci6n de lnteres Metropolitano Declarar de lnteres Metropolitano el Proceso del Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con fines de Renovaci6n Urbana en el ambi to Metropolitano, dentro del marco de Ia Ley 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovaci6n Urbana y su Reglamento aprobado par Decreta Supremo 011 -2010-VIVIENDA. Articulo 2°.- Objeto La presente Ordenanza tiene par objeto implementar las disposiciones establecidas en Ia Ley 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovaci6n Urbana, en adelante "La Ley" y su Reglamento aprobado par Decreta Supremo 011-20 10- VIVIENDA en adelante " EI Reglamento"; incorporando los procedimientos administrativos que las citadas normas preceptuan y estableciendo las disposiciones que permitan su aplicaci6n en un contexto integral; para tal fin se adoptaran las medidas que posibiliten Ia puesta en valor de los predios sujetos a Renovaci6n Urbana, garantizando Ia coexistencia armoniosa de actividades en dichas areas y minimizando los conflictos que puedan surgir en elias. Articulo 3°.- Finalidad La presente Ordenanza tiene par finalidad:

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA

PORCUANTO:

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA

ORDENANZA W 15 9 0

Vista en Sesi6n Ordinaria de Concejo de fecha 7 de febrero del 2012 los Dictamenes N° 8 de Ia Comisi6n Metropolitana de Asuntos Legales; N°164-2011-MML-CMDUVN, de Ia Comisi6n Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y N° 271-2011-MML-CMAEO, de Ia Comisi6n Metropolitana de Asunto Econ6micos y Organizaci6n.

De conformidad con lo dispuesto par el numeral 3) y 8) del articulo 9°, articulo 40° y numeral 10) del articulo 157° de Ia Ley Organica de Municipalidades: '

Aprob6 Ia siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES METROPOLITANO EL PROCESO DE SANEAMIENTO FISICO

LEGAL DE PREDIOS TUGURIZADOS CON FINES DE RENOVACION URBANA EN LA JURISDICCION DE LIMA METROPOLITANA

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1°.- Declaraci6n de lnteres Metropolitano Declarar de lnteres Metropolitano el Proceso del Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con fines de Renovaci6n Urbana en el ambito Metropolitano, dentro del marco de Ia Ley N° 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovaci6n Urbana y su Reglamento aprobado par Decreta Supremo N° 011 -2010-VIVIENDA.

Articulo 2°.- Objeto La presente Ordenanza tiene par objeto implementar las disposiciones establecidas en Ia Ley N° 29415, Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovaci6n Urbana, en adelante "La Ley" y su Reglamento aprobado par Decreta Supremo N° 011-2010-VIVIENDA en adelante "EI Reglamento"; incorporando los procedimientos administrativos que las citadas normas preceptuan y estableciendo las disposiciones que permitan su aplicaci6n en un contexto integral; para tal fin se adoptaran las medidas que posibiliten Ia puesta en valor de los predios sujetos a Renovaci6n Urbana, garantizando Ia coexistencia armoniosa de actividades en dichas areas y minimizando los conflictos que puedan surgir en elias.

Articulo 3°.- Finalidad La presente Ordenanza tiene par finalidad:

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

1590 a) Desarrollar los mecanismos que viabilicen al saneamiento legal y ffsico de los predios

tugurizados. b) Mejorar progresivamente las condiciones de habitabilidad y seguridad de los inmuebles

tugurizados. c) Propiciar las condiciones que faciliten Ia inversion Publica y Privada en Proyectos de

Vivienda, actividades turfsticas y usos mixtos, conciliando los intereses de los inversionistas, de los propietarios y de los posesionarios de los inmuebles tugurizados, en concordancia con Ia zonificacion e fndice de usos vigente.

d) Promover Ia participacion de Ia poblacion y los procesos de concertacion en Ia formulacion, ejecucion y mantenimiento de proyectos con fines de destugurizacion de vivienda.

Articulo 4°.-Ambito de Aplicaci6n La presente Ordenanza es de aplicacion para el ambito jurisdiccional de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, correspondiendo a los Municipios Distritales Ia ldentificacion y Declaraci6n de Area de Tratamiento en el ambito de su jurisdicci6n .

Articulo 5°.- Comisi6n Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento por Renovaci6n Urbana

Para Ia aplicaci6n de Ia presente Ordenanza, Ia Comisi6n Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento para Renovaci6n Urbana, creada mediante Decreta Supremo N°024-2008-VIVIENDA constituye un organo colegiado y como tal se rige par las disposiciones contenidas Ia Ley N° 27444; teniendo las siguientes funciones:

a. Evaluar y dictaminar Ia procedencia de Ia declaraci6n de areas de tratamiento en el ambito del Cercado de Lima,· de conformidad con lo establecido en Ia Ley, el Reglamento y Ia presente ordenanza.

b. Evaluar y dictaminar el Anteproyecto de Renovacion Urbana, en el ambito del Cercado de Lima.

c. Evaluar y dictaminar el Proyecto de Renovacion Urbana, en el ambito de Lima Metropolitana.

Se entiende par Anteproyecto de Renovaci6n Urbana a Ia propuesta de distribuci6n arquitect6nica de edificaciones inmobiliarias, Ia cual debe contener estimados econ6micos que permitan hacer viable el proyecto; presentandose para su autorizacion previa al proyecto.

La definicion de Proyecto de Renovacion Urbana se ajusta a lo establecido en el Artfculo 98° del Reglamento.

Articulo 6°.- Conformaci6n de Ia Comisi6n Esta conformada por los miembros siguientes:

6.1 Para Ia Declaraci6n de• Area de Tratamiento: a) Dos (02) funcionarios representantes de Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana,

uno de ellos Ia presidira teniendo voto dirimente en caso de empate; el otro funcionario actuara como Secretario Tecnico.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA 1590

b) Un (01) funcionario representante de Ia Subgerencia de Defensa Civil, en calidad de miembro.

c) Un (01) funcionario representante de Ia Subgerencia de Organizaciones Vecinales, en calidad de miembro.

d) Un (01) funcionario representante de EMILIMA S.A, en calidad de miembro. Si el inmueble se encuentra dentro del Centro Hist6rico, se debe contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Programa para Ia Recuperaci6n del Centro Hist6rico de Lima -PROLIMA.

6.2 Para Ia aprobaci6n del Anteproyecto de Renovaci6n Urbana:

Se requiere ademas de los miembros detallados en el inciso a) del numeral 9.1, los siguientes:

a) Un (01) representante designado por el Colegio de Arquitectos del Peru, el cual debe acreditar estudios y experiencia en renovaci6n urbana y/o desarrollo inmobiliario.

b) Un (01) representante de Ia Caja Municipal de Credito Popular de Lima, especialista en finanzas, y con experiencia en desarrollo de proyectos inmobiliarios,

6.3 Para Ia Aprobaci6n del Proyecto de Renovaci6n Urbana: Se requiere ademas de los miembros indicados en el numeral 9.2, los siguientes:

a) Un (01) representante designado par el Colegio de lngenieros del Peru, par cad a especialidad: civil, sanitaria, electrico . .

•:• Para el caso de aprobaci6n de Proyecto de Renovaci6n Urbana ubicado fuera del Cercado de Lima; corresponde Ia designaci6n de un (01) funcionario representante del municipio distrital donde se desarrolle el Anteproyecto.

Los funcionarios de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, seran designados mediante Resoluci6n de Alcaldfa.

ra Ia aprobaci6n del anteproyecto, en el caso que el inmueble este calificado como Monumento st6rico, se encuentre dentro el Area Urbano Monumental o forme parte integrante del Patrimonio ultural de Ia Naci6n, se debe ·contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Ministerio e Cultura.

Si el inmueble se encuentra dentro del Centro Hist6rico, se debe contar como miembro Ad Hoc, a un (01) representante del Programa para Ia Recuperaci6n del Centro Hist6rico de Lima -PROLIMA.

Articulo 7°.- Del funcionamiento de Ia Comisi6n y de los Dictamenes La Comisi6n sesionara par lo menos dos veces al mes y emitira los dictamenes de los proyectos evaluados en un plaza de cinco (05) dfas habiles de recibido el expediente, devolviendolo a Ia Subgerencia de Autorizaciones Urbanas para Ia continuaci6n del tramite pertinente.

Los dictamenes son vinculantes para todos los 6rganos de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima y tendran Ia calidad de aetas administrativos, pudiendo ser objeto del Recurso Administrative de Reconsideraci6n, que sera resuelto par Ia misma Comisi6n y el de Apelaci6n sera resuelto par Ia Comisi6n Tecnica Provincial.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

TITULO II

ACCIONES PREVIAS AL SANEAMIENTO

CAPITULO I

1590

DEL EMPADRONAMIENTO DE LOS MORADORES OCUPANTES DE LOS INMUEBLES SUJETOS A RENOVACION URBANA Y DECLARACION DE EST ADO DE TUGURIZACION

Articulo 8°.-Empadronamiento La Gerencia de Participaci6n Vecinal , a traves de Ia Subgerencia de Organizaciones Vecinales, realizara a solicitud de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano o a pedido de parte, el empadronamiento de los poseedores que ocupan los inmuebles sujetos a Renovaci6n Urbana; dicho empadronamiento sera remitido a Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana, para Ia realizaci6n de los tramites correspondientes, en el ambito del Cercado de Lima.

Articulo 9°.-Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n Previo a Ia Declaraci6n de Area de Tratamiento, es requisite que el inmueble sujeto a Renovaci6n Urbana sea declarado en Estado de Tugurizaci6n; conforme a los criterios senalados en Ia Ley.

El presente procedimiento es de evaluaci6n previa, sujeto a silencio administrative negativo y puede ser iniciado de oficio o a solicitud de parte.

Articulo 10°.- 6rgano Competente para Ia Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n en el Ambito del Cercado de Lima La Subgerencia de Renovaci6n Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano, es el 6rgano de lfnea responsable de Declarar el Estado de Tugurizaci6n de los inmuebles, en el ambito del Cercado de Lima.

Articulo 11° 6rgano Competente para Ia Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n en el Ambito Distrital

I.;;; Conforme lo establecido en el articulo 24° de Ia Ley; corresponde a cada · Municipalidad Distrital "'f~ enerar su procedimiento sabre Ia Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n, de acuerdo a lo fijado

Ia presente Ordenanza.

Articulo 13° Procedimiento Recibida Ia solicitud por Ia Subgerencia de Tramite Documentario, esta sera remitida a Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana, a efectos de:

a) Realizar Ia evaluaci6n tecnica del inmueble conforme lo establecido en Ia Ley y el Reglamento, considerando las caracterfsticas y condiciones ffsicas de este, remitiendo en un plaza no mayor de diez (1 0) dfas habiles Ia indicada evaluaci6n a Ia Subgerencia de Defensa Civil, a efectos de que realice a traves de su equipo tecnico el lnforme de

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA 1590

Seguridad de Defensa Civil de Ia integridad del inmueble; devolviendo el expediente debidamente evaluado en un plaza no mayor de cinco (05) dfas habiles de recibidos los documentos; bajo responsabilidad administrativa.

b) Recibida Ia documentaci6n, procedera a emitir Ia resoluci6n de Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n correspondiente.

CAPITULO II

IDENTIFICACION Y DECLARACION DE AREAS DE TRATAMIENTO DE PREDIOS EN EL CERCADO DE LIMA, PARA FINES DE RENOVACION URBANA

Articulo 14°.- 6rgano Competente La ldentificaci6n y Declaraci6n de Areas de Tratamiento de predios ubicados en el Cercado de Lima, para fines de Renovaci6n Urbana se inicia de oficio o a pedido de parte, actuar que estara a cargo de Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano.

Articulo 15°.-Requisitos de Ia Solicitud Se debe presentar los siguientes documentos:

a) Solicitud - Formato Unico dirigida al Alcalde (sa) Metropolitano (a), firmada par el propietario o los propietarios del predio o los predios y/o par los poseedores del inmueble.

b) Copia simple de D.N.I de cada uno de elias. c) Declaraci6n Jurada ~ Formato Unico firmada par el propietario 'y/o cada uno de los

poseedores del inm·ueble, con indicaci6n del departamento o habitaci6n que ocupan. d) Certificado Registral lnmobiliario del Predio materia de solicitud o Certificado de Busqueda

Catastral, expedido par Ia Superintendencia Nacional de Registros Publicos. e) Copia fedateada de documentos que acrediten Ia propiedad y/o posesi6n del inmueble

sujeto a Renovaci6n Urbana. f) Certificado Negative de propiedad, para el caso de los poseedores. g) Pagar derecho de Tramite

En caso que el inmueble este calificado como Monumento Hist6rico, se encuentre dentro el Area Urbano Monumental o forme parte integrante del Patrimonio Cultural de Ia Naci6n, se presentara una copia adicional, para su remisi6n al Ministerio de Cultura.

Articulo 16°.- Procedimiento El procedimiento de ldentificaci6n y Declaraci6n de Areas de Tratamiento en el Cercado de Lima es de evaluaci6n previa, sujeto a Silencio Administrative Negative y puede ser iniciado deoficio o a solicitud de parte. ·

Tengase en cuenta como consideraciones generales para el procedimiento regulado par Ia presente Ordenanza, Ia establecido en Ia Ley y el Reglamento, y como consideraciones especfficas, Ia siguiente:

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

1590

Recibida Ia solicitud por Ia Subgerencia de Tramite Documentario, esta sera remitida a Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano a efectos de que:

a) Realice Ia evaluaci6n Tecnico y Legal correspondiente de conformidad a lo establecido en Ia Ley y el Reglamento.

b) De ser el caso, Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana derivara una copia del expediente al Ministerio de Cultura, para el pronunciamiento respective; conforme lo establecido en el incise 3) del articulo 16° del Reglamento.

c) Concluidas las evaluaciones seftaladas en los parrafos precedentes, remitira a Ia Comisi6n Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento para Renovaci6n Urbana el expediente generado, a efectos de que Ia Comisi6n emita pronunciamiento.

d) De haberse emitido dictamen favorable por parte de Ia Comisi6n , Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana emitira en el plazo de cinco (05) dias habiles Ia Resoluci6n de Subgerencia que identifique y declare como Area de Tratamiento de conformidad con lo establecido en Ia Ley y el Reglamento; en caso contrario emitira el acto administrative que corresponda.

La Resoluci6n que declara Area de Tratamiento, sera emitida conforme lo indicado en el articulo 16° del Reglamento.

CAPITULO Ill

CONFORMACION DE ASOCIACIONES DE VIVIENDA Y REGISTRQ DE PERITOS

Articulo 17°.-Declaratoria de Aptitud para Conformar una Asociaci6n de Vivienda Previa al Saneamiento Legal que efectue Ia Gerencia de Desarrollo Urbano, los posesionarios deben solicitar colectivamente ser calificados como poseedores expedites para constituir una Asociaci6n de Vivienda con fines de Renovaci6n Urbana; conforme lo establecido en el articulo 18°

el Reglamento, para tal fin se seguira el procedimiento indicado en el articu'lo 20° del Reglamento. ha declaratoria tam bien ' debe ser solicitada por los miembros de asociaciones de vivienda que

fueron constituidas hasta antes de Ia emisi6n de Ia presente Ordenanza.

Articulo 18°.- 6rgano Competente La Declaratoria de Aptitud para conformar Ia asociaci6n de vivienda se encuentra a cargo de Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano.

Articulo 19°.- Requisitos a) Solicitud simple b) Copia de Documento Nacional de ldentidad c) Declaraci6n Jurada en Ia que se manifieste su condici6n de poseedores expedites para

organizarse en una Asociaci6n de Vivienda con fines de Renovaci6n Urbana.

Articulo 20°.- Procedimiento Recibida Ia solicitud, Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana, evaluara Ia situaci6n de los poseedores; emitiendo en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles de presentada Ia solicitud, Ia resoluci6n correspondiente. El presente procedimiento administrative es de evaluaci6n previa, sujeto a silencio administrative positive. ·

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*

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

Articulo 21°.- Conformaci6n de Ia Asociaci6n de Vivienda

1590

Los poseedores declarados aptos par Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana, para acogerse a los beneficios de Ia Ley, conforman3n una Asociaci6n de Vivienda ten iendo en cuenta lo establecido en Ia Ley, el Reglamento y Ia presente Ordenanza, para lo cual contaran con Ia asesoria y orientaci6n de Ia Gerencia de Participaci6n Vecinal.

Articulo 22°.- Asociaciones ya Constituidas En los casas de asociaciones conformadas, deberan adecuar sus estatutos a las condiciones establecidas en Ia Ley, Reglamento y Ia presente Ordenanza.

Articulo 23°.- Registro de Peritos Tecnicos ConstitUyase el Registro de Peritos Tecnicos de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, para los efectos del saneamiento fisico legal de predios tugurizados con fines de Renovaci6n Urbana, en el cual se encontraran registrados los arquitectos o ingenieros colegiados que cumplan con lo establecido en Ia Ley y el Reglamento. Dicho Registro sera considerado como procedimiento administrative de evaluaci6n previa, sujeto a silencio administrative positive.

Articulo 24°.- 6rgano Competente El Registro de Peritos se encuentra a cargo de Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano. ' . Articulo 25°.- Requisitos

d) Solicitud simple e) Copia de Documento Nacional de ldentidad f) Copia de diploma de titulo profesional de arquitecto o ingeniero g) Declaraci6n Jurada de no estar afecto a los impedimentos del serialados en el articulo 60°

del Decreta Supremo N°011-201 0-VIVIENDA h) Curriculum Vitae, documentado en el que se acredite contar con 10 alios o mas de

experiencia en el ejercicio profesional de su especialidad, contados a partir de Ia fecha de colegiatura.

i) Pagar derecho de tramite.

Articulo 26°.- Procedimiento.-Recibida Ia solicitud de inscripci6n, Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana, evaluara el cumplimiento de los requisites establecidos en el Reglamento; emitiendo en un plaza no mayor de siete (07) dias habiles de presentada Ia solicitud, Ia resoluci6n que incorpore al profesional al Registro de Peritos Tecnicos, procediendo a emitir el acto administrative correspondiente que acredite el registro respective, en caso contrario, desestimara Ia solicitud de inscripci6n.

TITULO Ill

SANEAMIENTO LEGAL

CAPiTULO I

GENERALIDADES

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

Articulo 27°.- Del Saneamiento Legal

1590

Con Ia finalidad de formalizar Ia propiedad a favor de Ia asoc1ac1on de vivienda, del predio o predios identificados y declarados como Area de Tratamiento, resulta de aplicacion el saneamiento legal a traves de los procedimientos de Declaracion Administrativa de Abandono y/o Prescripcion Adquisitiva Administrativa por via notarial en el ambito de Lima Metropolitana; de conformidad con lo establecido en los articulo~ 32° y 3r de Ia presente Ordenanza.

Los procedimientos sefialados en el parrafo precedente son iniciados a solicitud de Ia asociacion de vivienda conforme los criterios sefialados en Ia Ley, el Reglamento y Ia presente Ordenanza, teniendo Ia naturaleza de procedimientos trilaterales; respecto de los cuales se aplica el Silencio Administrative Negative; siendo el plaza para resolver de sesenta (60) dias habiles.

Para admitir a tramite el inicio de los procedimientos, Ia Subgerencia de Renovacion Urbana de Ia Gerencia de Desarrollo Urbano notificara al titular de Ia propiedad; a efectos de promover el allanamiento y/o conciliacion ante las entidades especializadas.

Para tal fin, Ia asociacion de vivienda asumira el costa de Ia notificacion por conducto notarial o Ia publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los procedimientos de saneamiento legal.

En caso de allanamiento o conciliacion favorable, Ia Gerencia de Desarrollo Urbano expedira Ia resolucion dando por concluido el saneamiento legal y expedite el inicio del saneamiento fisico.

De no ser favorable el allanamiento o Ia conciliacion; Ia Gerencia de Desarrollo Urbano evaluara con Ia finalidad de determinar Ia aplicacion de Ia Declaracion Administrativa de Abandono o Ia Prescripcion Adquisitiva Administrativa via notarial, conforme lo establecido en Ia presente Ordenanza.

Concluido favorable mente · ·el · procedimiento de Declaracion Administrativa de Abandono se procedera a emitir Ia Resolucion de Gerencia que declare fundada Ia pretension solicitada, disponiendo que Ia asociacion de vivienda realice el pago de Ia compensacion a favor del titular de Ia propiedad.

Concluido favorablemente el procedimiento de Prescripcion Adquisitiva Administrativa por via notarial; se procedera a emitir Ia Resolucion de Gerencia dando por concluido el procedimiento de aneamiento legal y expedite el inicio del saneamiento fisico.

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e no ser amparada Ia pretension de los solicitantes, ya sea en via notarial o arbitral y municipal para el caso de Ia Declaracion Administrativa de Abandono; con resoluci6n firme se dara por concluido el procedimiento, disponiendo el archivamiento del expediente. '

La Municipalidad Metropolitana de Lima, transferira el predio declarado en abandono o prescrito a favor de Ia asociacion de vivienda, cumplidas las condiciones suspensivas, a que hacen referencia los articulos 36° y 51° del Reglamento, segun corresponda:

Si Ia asociacion de vivienda incumple lo establecido en los documentos de transferencia de dominic, se aplicaran los articulos 3r o 52° del Reglamento; segun corresponda.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE'LIMA ALCALDIA

Articulo 28°.- Requisitos Comunes al Procedimiento de Saneamiento Legal

a) Solicitud - Formato Unico.

1590

b) Copia simple de Ia resoluci6n de Ia Municipalidad Distrital que ldentifica y Declara como Area de Tratamiento el predio y/o predios sujetos a saneamiento.

c) Copia fedateada del Testimonio de Constituci6n de Ia Asociaci6n de Vivienda. d) Copia fedateada del Libra Padron de asociadas beneficiaries, calificados para tal fin. e) Copia fedateada de Ia Partida Registral de Ia Asociaci6n de Vivienda. f) Vigencia de Poder de los representantes legales de Ia Asociaci6n de Vivienda, expedida

con una antigOedad no mayor a 30 dias calendarios. g) Copia Literal de Dominio del predio y/o predios sujetos a Renovaci6n Urbana, con una

antigOedad no mayor de treinta (30) dfas calendarios. h) Declaraci6n Jurada- Formato Unico individual por cada uno de los asociadas, de no existir

acci6n judicial pendiente en el que se discuta Ia propiedad y/o posesi6n del predio, iniciada con anterioridad a Ia fecha de vigencia del Reglamento.

i) Declaraci6n Jurada .- F,qrmato Unico individual por cada uno de los asociadas, de· no existir vinculo contractual con el propietario en el que asuma Ia condici6n de arrendatario, comodatario, usuario, usufructuario o cualquier otra modalidad contractual de acuerdo al articulo 905 del C6digo Civil.

Para el caso de asociaciones de vivienda ya constituidas deberan presentar adicionalmente a los requisites antes indicados copia fedateada del Acta de Asamblea General , en Ia que se modifiquen los estatutos y/o se incorporen los nuevas asociadas cal ificados como poseedores expedites para conformar Ia asociaci6n.

CAPiTULO II

DECLARACION ADMINISTRATIVA DE ABANDONO DEL PREDIO IDENTIFICADO Y DECLARADO COMO AREA DE TRATAMIENTO EN EL AMBITO DE

LIMA METROPOLIT ANA

fii rticulo 29°.- 6rgano Competente ~ a Gerencia de Desarrollo Urbano, es el 6rgano de linea de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima

·"{L\)\'?'·-' competente para Ia Declaraci6n Administrativa de Abandono del predio ldentificado y Declarado como Area de Tratamiento en el ambito de Lima Metropolitana.

Articulo 30°.- Requisitos Especiales Efectuada Ia evaluaci6n y habiendose determinado el inicio del procedimiento de saneamiento legal a traves de Ia Declaraci6n Administrativa de Abandono Ia asociaci6n de vivienda debera presentar los siguientes documentos:

a. Tasaci6n del inmueble, sabre el cual se requiere Ia declaraci6n de abandono; Ia misma que debe contar con Ia aprobaci6n de Ia Direcci6n Nacional de Construcci6n del Ministerio de Vivienda Construcci6n y Saneamiento.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

1590

b. Dictamen de Peritaje Tecnico emitido por Perito registrado en Ia Municipalidad Metropolitana de Lima.

c. Pagar derecho de Tramite

Articulo 31°.- Procedimiento Recibida Ia solicitud por Ia Subgerencia de Tramite Documentario, esta sera remitida a Ia Subgerencia de Renovacion Urbana, a efectos de realizar Ia evaluacion respectiva de conformidad con lo establecido en Ia Ley y el Reglamento, yen un plaza no mayor a cinco (05) dfas habiles, se notificara al titular o titulares de Ia propiedad; pudiendo resultar los casas siguientes:

a) El titular de Ia propiedad se allane a Ia Declaracion Administrativa de Abandono o concilie.

b) El titular de Ia propiedad opte por acudir al arbitraje en un plaza maximo de veinte (20) dfas habiles de notificado, a efectos de cuestionar solo el peritaje o Ia tasacion. Si vencido ese plazo no se acredita el inicio del proceso arbitral , se asumira que el titular de Ia propiedad se encuentra conforme con el peritaje tecnico y Ia tasacion ; si opta por el arbitraje se suspende Ia vfa administrativa, hasta Ia emision del Laudo Arbitral que resuelva el cuestionamiento.

c) El titular de Ia propiedad se oponga a Ia tasacion y no opte por Ia vfa arbitral.

d) La oposicion recaiga solamente sabre el contenido del peritaje tecnico y no opte por Ia vfa arbitral, Ia Municipalidad solo evalua esta y decide de modo sustentado en Ia resolucion.

En todos los casos con el informe correspondiente, Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana remitira el expediente a Ia Gerencia de Desarrollo Urbano para que se emita Ia Resoluci6n de Gerencia que corresponda. ·

CAPiTULO Ill

TITULO IV

DECLARACION DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA DEL PREDIO IDENTIFICADO

Y DECLARADO COMO AREA DE TRATAMIENTO EN EL AMBITO DE LIMA METRO PO LIT ANA

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

Articulo 34°.- Concluida Ia Via Notarial

1590

Declarada Ia Prescripci6n Adquisitiva Administrativa par vfa notarial , de los predios identificados y declarados como Areas de Tratamiento, Ia Gerencia de Desarrollo Urbano emitira Ia Resoluci6n que da par concluido el procedimiento de saneamiento legal y determinando que queda expedita el inicio al saneamiento ffsico.

TITULO IV

SANEAMIENTO FISICO

CAPITULO I

APROBACION DE ANTEPROYECTO Y PROYECTO DE RENOVACION URBANA

Articulo 35°.- Anteproyecto de Renovaci6n Urbana en el Ambito del Cercado de Lima Los requisites para el citado procedimiento son los siguientes:

a) Los requisites son los mismos que se encuentran estipulados en los procedimientos administrativos para Licencia de Edificaci6n-Requisitos Comunes, Modalidad C y D -Anteproyecto en Consulta del T.U.P.A. de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima.

b) Expediente Financiero, que sustente el proyecto de renovaci6n urbana

Articulo 36°- Aprobaci6n de Proyecto de Renovaci6n Urbana en el Ambito de Lima Metropolitana Los requisites para el citado procedimiento son los siguientes:

a) Los que se encuentran en los procedimientos administrativos Licencia de Edificaci6n -Requisites Comunes (excepto: De no ser propietario, adjuntar documento que acredite que cuenta con derecho a edificar. Ni vigencia de Poder de persona jurfdica) y Modalidad C y D Licencia de Obra Nueva del T.U .P.A. de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima.

Articulo 37°.- Procedimiento Los procedimientos serialados en los artfculos 38° y 39° de Ia presente Ordenanza son de evaluaci6n previa sujetos a Silencio Administrative Positive; con excepci6n de aquellos anteproyectos o proyectos que se ejecuten sabre predios que se encuentren bajo los alcances de Ia Ley N° 27580 y Ia Ley N° 28296 "Ley General del Patrimonio Cultural de Ia Naci6n", para tal caso aplicara el Silencio Administrative Negative; conforme a los criterios serialados en Ia Ley y el Reglamento de acuerdo al siguiente detalle:

Recibida Ia solicitud par Ia Subgerencia de Tramite Documentario, sera remitida a Ia Subgerencia de Renovaci6n Urbana a efectos de:

a) Revisar y evaluar Ia documentaci6n presentada, verificando el cumplimiento de lo establecido en Ia Ley, el Reglamento, Ia presente Ordenanza y demas normas aplicables.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA 1590

b) Con los requisites conformes procedera a remitir a Ia Comisi6n Tecnica de Zonas y Microzonas de Renovaci6n Urbana, a efectos de que esta realice Ia evaluaci6n y estudio sabre Ia procedencia de lo peticionado; emitiendo el Dictamen correspondiente

Articulo 38°.- De Ia Licencia de Obra El Dictamen de Ia Comisi6n Tecnica de Zonas y Microzonas de Tratamiento para Renovaci6n Urbana, es de caracter vinculante para Ia expedici6n de Ia respectiva Licencia de Obra, no requiriendose para este efecto de ningun requisite adicional para el solicitante. Para el caso de Lima Cercado, esta sera expedida par Ia Subgerencia de Autorizaciones Urbanas. Para los distritos de Ia Provincia de Lima Metropolitana sera expedida par el Organa competente de cada Municipio Distrital.

Articulo 39°.- Del Control Urbano, Recepcion de Obras y Registro de Ia Declaratoria de Edificacion

Se sujetan a lo dispuesto par Ia Ley W 29090, Ley de Regulaci6n de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, de acuerdo a Ia Modalidad correspondiente para el tipo de proyecto. La Modalidad "A", no aplica para los proyectos de Renovaci6n Urbana.

CAPITULO II

EJECUCION DE PROYECTOS

Articulo 40°.- Proyectos de Inversion La Municipalidad Metropolitana de Lima podra ejecutar inversion en Proyectos de Renovaci6n Urbana en predios de dominic privado del Estado, en el marco de lo establecido par Ia Ley y su Reglamento. Para tal efecto se dispondran las acciones necesarias para Ia optimizaci6n de los

, ·: \!\ 'Ot. procesos y mecanismos de ejecuci6n respectivos. ~: ·.· - I;_

:~-/ . _ ~~ rticulo 41°.- La Supervision de Ia Obra ~-- {~":,: .,, ~ Municipalidad ~-etropolitana de Lim_a, supervisara Ia ejecu~i6n_ de los _Proyectos apr~b~dos , y de ii ·' · .-\} '" '""' r el caso; a soltc1tud de parte, podra con tar con el apoyo teem co de organos espec1a1tzados del

. , ,,;- ~- '· / :J:. obierno Nacional y/o del Sector privado . . ......_ • 1(--

-1 [ · ::/\~')' Articulo 42°.- Fuentes de Fina·nciamiento Constituyen recursos para el financiamiento de los proyectos los siguientes:

Los que a propuesta del Ministerio de Economia y Finanzas se establezcan anualmente en el Presupuesto de Ia Republica. Los recursos provenientes del FOMUR (Fonda Municipal de Renovaci6n Urbana) y de Ia Caja Municipal de Credito Popular de Lima. Los recursos propios de los poseedores calificados para el proceso de saneamiento. El producto de las donaciones o legados. Los bonos habitacionales otorgados por el Gobierno Nacional. La venta de unidades de vivienda excedentes, Ia explotaci6n econom1ca comercial , turistica o cultural de las partes intangibles de los predios monumentales y los recursos propios de cada prestatario.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

1590

TITULO V DE LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS

Articulo 43°.- 6rganos Resolutivos Las autoridades competentes, para resolver los recursos administrativos que se formulen , segun corresponda, en los procedimientos administrativos citados en Ia presente Ordenanza, son:

1.- 6rganos que resuelven recursos administrativos: a) Reconsideraci6n .- Se interpondra ante el 6rgano que emiti6 el acto administrative, quien

lo resolvera.

b) Apelaci6n .- Se interpondra ante Ia misma autoridad que expidi6 el acto administrative que se impugna a fin que sea elevado al 6rgano superior jerarquico, quien lo resolvera.

Para los proced imientos de saneamiento legal , Ia apelaci6n sera resuelta mediante Resoluci6n de Alcaldia, conforme lo establecido en Ia Ley y el Reglamento.

2.- Tramites y plazos para resolver los recursos administrativos: Se sujetan a lo dispuesto en Ia Ley W 27444- Ley del Procedimiento Administrative General.

DISPOSICIONES COMPLEMENT ARIAS ~ # PRIMERA.- Aplicaci6n Supletoria y Derogaci6n de Normas.- En todo lo no previsto en Ia

~=~\)\.\.,.,~ presente norma se aplicara lo establecido en Ia Ley, el Reglamento y demas normas aplicables. Asimismo, der6guense todas las normas que se opongan a Ia presente Ordenanza.

SEGUNDA.- Solicitudes en Tramite.- Las solicitudes que se encuentren en tramite referidas a los procedimientos establecidos en Ia Ley y el Reglamento, cualquiera sea su estado, se adecuaran a las disposiciones de esta Ordenanza, conforme lo disponga Ia Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Resoluci6n.

TERCERA.- Excepci6n de Saneamiento Legal.- Los procedimientos de Saneamiento Legal indicados en el Titulo Ill de Ia presente Ordenanza no son de aplicaci6n para los inmuebles de propiedad de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, de Ia Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana y los inmuebles que esta administre.

CUARTA.- Comite de Gesti6n Para Ia Renovaci6n Urbana.-Constituyase el Comite de Gesti6n para Ia Renovaci6n Urbana, el cual sera presidido por el Alcalde (sa) Metropolitano (a) o su representante y conformado por los siguientes miembros:

a) EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO: Se desempelia como Secretario del Comite de Gesti6n de Renovaci6n Urbana y desarrolla acciones que permitan el cumplimiento de Ia Ley, el Reglamento y Ia presente Ordenanza.

b) EL GERENTE GENERAL DE EMILIMA S.A: Desarrolla Ia gesti6n econ6mica y financiera del Fondo Metropolitano para Ia Renovaci6n y Desarrollo Urbano, conforme a lo establecido en Ia Ordenanza N° 237-MML, incidiendo en Ia elaboraci6n y ejecuci6n de proyectos de Renovaci6n Urbana, plan ificando una cartera de inversion para Ia renovaci6n

''

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA 1590

urbana, que permita realizar una gesti6n eficaz para el lagro de Ia finalidad propuesta en Ia presente ordenanza. Gestiona Ia obtenci6n de recursos provenientes de Ia cooperaci6n tecnica y financiera nacional e internacional.

c) EL GERENTE GENERAL DE LA CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR DE LIMA (CAJA METROPOLITANA DE LIMA): Genera productos y servicios inmobiliarios que fomenten el ahorro de Ia poblacion con Ia finalidad de que puedan acceder a los programas de renovacion urbana y/o Ia inversion del sector privado y de organismos internacionales; aprobando las condiciones financieras para las lineas de credito que permitan Ia ejecuci6n de proyectos de Renovacion Urbana en predios tugurizados; determinando esquemas de incentives financieros directo e indirectos para los beneficiaries.

Para tal fin, podrtm constituirse fondos especiales con recursos de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, de otras entidades financieras, banca privada, empresas microfinancieras, empresas administradoras hipotecarias y cualquier otro tipo de empresa que realice labor de intermediacion financiera.

d) EL GERENTE DE PROLIMA: En lo que corresponde a Ia intervencion en el Centro Historico de Lima, brinda asesoramiento tecnico, velando par el cumplimiento de las normas aplicables al mismo.

El plaza para Ia aprobacion del Reglamento Interne de funcionamiento del Comite de Gestion para Ia Renovacion Urbana es de noventa (90) dias habiles, contados a partir de Ia vigencia de Ia presente Ordenanza.

1' DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.-. Encargar el cumplimiento de Ia presente norma a Ia Gerencia de Desarrollo Urbano, debiendo las demas Gerencias y dependencias administrativas de Ia Municipalidad Metropolitana,

ndar el apoyo correspondiente

~ SEGUNDA.- Encargar al Servicio de Administracion Tributaria - SAT proponer ante el Concejo .h .

· .J'Metropolitano de Lima, los incentives y beneficios tributaries, que Ia Municipalidad de Lima / otorgara a las personas naturales o juridicas que aporten o realicen inversiones para el desarrollo

y/o ejecucion de Programas o Proyectos de Renovacion urbana; estimulando Ia inversion privada y Ia captacion de recursos del FOMUR.

TERCERA.-. Facultar a Ia Gerencia de Desarrollo Urbano, para que mediante Resolucion de Gerencia apruebe los formatos tipos de solicitud, Declaracion Jurada y de Constitucion de Asociacion de Vivienda, con fines de Renovacion Urbana, de acuerdo a las consideraciones establecidas en Ia presente ordenanza.

CUARTA-. Encargar a Ia Gerencia de Desarrollo Urbano realizar los tramites respectivos ante las instancias correspondientes que permitan Ia suscripcion de un Convenio lnterinstitucional entre Ia Municipalidad Metropolitana de Lima y el Ministerio de Justicia, con Ia finalidad de facilitar Ia conciliacion entre los posesibnarios de los inmuebles y sus propietarios; asi como con el Colegio de Notaries del Peru para dotar de eficacia y promover tarifas sociales en los procedimientos notariales relatives a Ia presente Ordenanza y con Ia SUNARP para facilitar a Ia Municipalidad Metropolitana de Lima el acceso a Ia informacion registral, referente a Ia presente Ordenanza.

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ALCALDIA

1590

QUINTA.- Aprobar los derechos de tramite de los siguientes procedimientos administrativos:

Denominaci6n del Procedimiento Administrativo Derecho de Tramitaci6n

En%de En UIT Nuevos

Soles

Declaraci6n de Estado de Tugurizaci6n . 9.3594% S/.336.94 dela UIT

ldentificaci6n y Declaraci6n de Areas de Tratamiento de Predios en el Cercado de Lima, Para Fines de Renovaci6n Urbana. 8.5022% S/. 306.08

dela UIT

Registro de Peritos Tecnicos 3.6102% S/. 129.97

dela UIT

Declaraci6n Administrativa de Abandono del Predio ldentificado y Declarado como Area de Tratamiento en el ambito de Lima Metropolitana.

6.4702% S/. 232.93 dela UIT

SEXTA.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA de Ia Gerencia de · Desarrollo Urbano de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N°1334, incorporando los procedimientos que se detallan en Ia presente norma, conforme al Anexo N°01 que forma parte integrante de Ia misma.

SEPTIMA.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dfa siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial El Peruano, y Ia referida norma y sus anexos seran publicados en el Portal de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe).

SUSANA VILL._.A.RAN DE LA PUENTE ALCALDESA

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., MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

N" DE

ORO EN

OENOMINACt6N DEL PROCEOIMIENTO

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO

SUBGERENCIA DE RENOVACION URBANA

35 I DECLARACION ADMINISTRATIVA DE ABANDONO DEL PREOIO IOENTIFICADO Y DECLARAOO COMO AREA DE TRATAMIENTO EN EL AMBITO DE

LIMA METROPOLIT ANA

Base Legal : • L.O.M. N" 27972- 26105103 ·Ley W 27444- 11/04/2001 • Ley W 29415 - 0211012009 • 0 .5 . N" 011-2010-VIVIENDA- 30/1012010

36 IDECLARATORIA DE APTITUD PARA CONFORMAR UNA ASOCIACION DE VMENOA

Base Lega l : • l.O.M. N" 27972- 26/05/03 • Ley N" 27444- 11/0412001 • Ley N" 29415 - 02/1012009 • 0 .$ . N" 011-2010-VIVIENDA- 30/10/2010

37 IOECLARACION DE EST ADO DE TUGURIZACION

Base Legal: • L.O.M. N" 27972- 26/05103 • Ley W 27444- 11/0412001 • Ley W 29415- 02/1012009 • 0.$. N" 011-2010-VIVIENDA- 30/1012010

38 ]IDENTIFICACION Y DECLARACION DE AREAS DE TRATAMIENTO DE PREOIOS EN EL CERCADO DE LIMA, PARA FINES DE RENOVACION URBANA

Base Legal: • L.O.M. N" 27972- 26/05/03 • Ley N" 27444- 11104/2001 • Ley W 29415 - 02/1012009 • O.S. N" 011-2010-VIVIENOA- 30110!2010

39 I REGISTRO DE PERITOS TECNICOS

Base Legal: • L.O.M. N" 27972- 26/05/03 · Ley W 27444- 11/0412001 • Ley N" 29415-0211012009 • O.S. W 011-2010-VIVIENOA- 30/10!2010

15 9G TEXTO UNICODE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - T.U.P.A.

REOUISITOS

NUmero y Oenominaci6n

1 Tasaci6n del inmueble, sobre el cual se requiere Ia declaraci6n de abandono; Ia misma que debe contar con Ia aprobaci6n de Ia Oirecci6n Nacional de Construcci6n del Ministerio de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento.

2 Dictamen de Peritaje Tecnico emitido por Perito registrado en Ia Municipalidad Metropolitans de Lima.

3 Pagar Oerecho de Tramile.

1 Solieitud simple 2 Copia de Oocumento Nacional de ldefltidad

3 Dec1araci6n Jurada en Ia que se manifiesle su condiei6n de

poseedores expedites para organizarse en una Asociaci6n de Vivienda con fines de Renovaci6n Urbana. • El presente trllmite es gratuito

1 Solicitud- Formato Unico 2 Pagar por Oerecho de Trllmite.

• Los trllmites de oficio estan exonerados de pago

1 Soticitud- Formalo Unico, firmada por el propietatio o los propietarios del predio o los predios y/o por los moradores

del inmueble. 2 Copia simple de O.N.I. de cada uno de ellos. 3 Oectaraci6n Jurada -Formato Unico, firmada por el propietario

ylo cada uno de los moradores del inmueble, con indicaci6n del departamenlo o habitaci6n que ocupan.

4 Certificado Registral lnmobiliario del Predio materia de solicilud o Cenificado de Busqueda Catastral, expedido por Ia Superintendencia Nacional de Registros PUblicos.

5 Copia fedateada de los documentos que acrediten Ia propiedad y/o posesi6n del inmueble sujeto a Renovaci6n Urbana.

6 Certificado Negativo de propiedad , para el caso de los

moradores. 7 Pagar Oerecho de trflmite.

Nota.~ La documentaci6n debe presentarse en original y copia. • En caso que el inmueble este calificado como Monumenlo Hist6rico, se encuentre dentro el Area Urbano Monumental o forma parte integranle del Patrimonio Cultural de Ia Naci6n, se presentara una copia adicional, para su remisi6n al Ministerio

de Cultura. • Los formatos deben estar firmados, en un nUmero que no debe

ser menor al 80% del total de los moradores del predio sujelo

a acciones de Renovaci6n Urbana. • Los tramites de oficio estan exonerados de pago

1 Solicitud simple 2 Copia de O.N.I . 3 Copia del diploma del tftulo profesional de Arq. o lng. 4 Oectaraci6n Jurada de no estar afecto a los impedimentos

sel'lalados en el aniculo 60 del Decreto Supremo W 011-2010-VIVIENOA

5 Curriculum Vitae, documentado en el que acredite contar con 10 al'los o mas de experiencia en el ejercicio profesional de su especialidad, contados a partir de Ia fecha de cotegiatura.

6 Pagar Derecho de trflmite.

Formu\ario I C6digo/ Ubicaci6n

DERECHO DE TRAMITACIQN (")

Descripci6n (en% UIT)

(en Sf.)

Derecho de Tramite I 6 .4702 1 232.93

Oerecho de Trllmite I 9.3594 1 336.94

Derecho de Trflmite 8.50221 306.08

Oerecho de Trllmite I 3.6102 1 129.97

CAUF!CACl6N

.....,., ........, ,._

PARA tNICIO DEL COMPETENTE PLAZO I AUTOR1DAD

RESOLVER I PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER (en dfas

INSTANCIAS DE RESOLUC16N DE RECURSOS

RECONSIDERACI6N APELAC16N Mbiles)

60 (Sesenta>! Subgerencia de Trilmite

Oocum enlario

30 (Treinla) I S"bge,enda de I Tramite

Documentario

30(treinta) I S"bg.,enda de I Trllmile

Documentario

30 {treinta) I Subgerencia de Trllmile

Documentario

7 (siete) Subgerencia de Tramite

Oocumentario

Gerente de Desarrollo

Urbano

1) RECONSIOERAC16N a Ia Ger. Cesar 11) APELACt6N alGer. Des. Urb . Urb. en 15 dlas. en 15 dlas 2) Resuelve et Ger. Cesar. Urb. 2) Resuelve el Alcalde, en 30 dfas

Subgerente de Renovaci6n

Urbana

Subgerentede Renovaci6n

Urbana

en 30 d las 3) Requisites: Nueva prueba instrumental

firmado por un abogado

I') RECONSIOERACION al s,b. Reo". Urb. en 15 dlas

2) Resuelve el Sub. Renov. Urb. en 30 d las

3) Requisites: Nueva prueba instrumental firmado por un abogado

en 30dlas

11) RECONSIDERACION al S"b. Renov Urb. en 15 dias

2) Resuelve el Sub. Renov. Urb. en 30 dlas

3) Requisites: Nueva prueba instrumental firmado por un abogado en 30 dlas

Subgerente de 11) RECONSIDERACJ6N at Sub. Renov. Renovaci6n Urb. en 15 dias

Urbana 2) Resuelve el Sub. Renov. Urb. en 30 dias

3) Requisites: Nueva prueba instrumental firmado por un abogado

en 30dlas

1) RECONSIDERACI6N DE DICTAMEN DE COMISION DE ZONAS Y MICROZONAS DE TRATAMIENTO POR RENOVACION URBANA, a Ia Comisl6n de Zonas y Microzonas de Tratamiento por Renovaci6n Urbana, en 15dlas.

2) Resuelve Ia Comisi6n de Zonas y Microzonas de Tratamienlo por Renovaci6n Urbana, en 30 dlas.

3) Requisites, Nueva prueba instrumental firmado por un abogado

I') APELACION al s,b. Renov. u,b. en 15 dlas

2) Resuelve el Gerente de Desarrollo Urbano. en 30 dlas

1) APELACI6N al Sub. Renov. Urb en 15dlas

2) Resuelve el Gerente de Desarrollo Urbano, en 30 dfas

1) APELACI6N al Sub. Renov. Urb. en 15 dlas

2) Resuelve el Gerente de Desarrollo Urbano, en 30 dlas

1) APELACI6N AL DICTAMEN DE LA COMISI6N ZONAS Y M ICROZONAS DE TRATAMI ENTO POR RENOVACI6N URBANA, a Ia Comisi6n de Zonas y Microzonas de Tratamiento par

Renovaci6n Urbana en 15 dlas 2) Resuelve Comisi6n Tecnica Provincial en 30 dlas

Subgerente de 11) RECONSIOERAC!6N al Sub. Renov. 11) APELAC J6N al Sub. Renov. Urb. Renovacl6n Urb. en 15 dlas en 15 dlas

Urbana 2) Resuelve el Sub. Renov. Urb. 2) Resuelve el Gerente de Desarrollo en 30 dlas Urbano, en 30 dias

3) Requisites: Nueva prueba instrumental firmado por un abogado en 30dlas

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MUNICIPALIDAD METROPDLITANA DE LIMA

N' DE

ORO EN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

40 I SANEAMIENTO LEGAL DEL PREDIO IDENTIFICAOO Y OECLARADO COMO AREA DE TRATAMIENTO EN EL AMBITO DE LIMA METROPOUTANA.

Base Legal : • L.O.M. W 27972- 26105103 • Ley N" 27444- 11/0412001 • Ley N'• 29415 - 02/1012009 • 0 .5 . W 011-2010-VIVIENOA- 30/1012010

1590 TEXTO UNICODE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS • T.U.P.A.

REQUISITOS

NUmero y Denominaci6n

1 Solicitud simple- Formato Unico. 2 Copia simple de Ia Resoluci6n de Ia municipalidad distrital que

Identifies y Oeclara como Area de Tratamiento el predio y/o predios sujetos a saneamiento.

3 Copia fedateada del Testimonio de Constituci6n de Ia Asodaci6n de Vivienda.

4 Copia fedateada del libra padr6n de asociadas beneficiaries, calificado para tal fin.

5 Copia fedateada de Ia Partida Registral de Ia asociaci6n de vivienda.

6 Vigencia de Poder de los representantes legales de Ia asociaci6n de vivienda expedida con una antigOedad no mayor a treinta 30 dlas calendarios.

7 Copia Literal de Dominic del predio y/o predios sujetos a Renovaci6n Urbana. con una antigOedad no mayor de treinta (30) dlas calendarios.

8 Oeclaraci6n Jurada- Formato Unico individual por cada uno de los asociadas, de no existir acci6n judicial pendiente en el que se discuta Ia propiedad yfo posesi6n del predio, iniciada con anterioridad a Ia fecha de vigencia del Reglamento.

9 Declaraci6n Jurada- Formato Unico individual, por cada uno de los asociadas, de no existir vinculo contractual con el propietario en el que asuma Ia condici6n de arrendamiento,

comodatario. usuario,usufructuario o cualquier otra modalidad contradual de acuerdo al articulo 905 del C6digo Civil • Para el caso de asociaciones de vivienda ya constituidas.

deber!!ln presenter adicionalmente a los requisites antes indicados. Copia fedateada del Ada de Asamblea General, en Ia que se modifiquen los estatutos y/o se incorporen los

nuevas asociadas calificados como poseedores expedites para conformar Ia asociaci6n.

• La solicitud y las declaraciones juradas deber3n estar suscritas par todos los asociadas del predio materia de intervenci6n. • El presente tr3mite es gratuito

I

Formulari6 /C6digo I Ubicaci6n

OERECHO DE TRAMITACION ( ')

Descripci6n (en% UIT)

(enS/.)

CAUFICAcKlN

Aulomloli

e...~P~....u. ----,-

Pos.CM~I~

PLAZO I AUTORIOAD PARA INICIO DEL COMPETENTE

RESOLVER I PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER (en dfas Mbiles)

INSTANCIAS DE RESOLUCI6N DE RECURSOS

RECONSIDERAC16N APEI.ACION

60 (sesenta) I Subgerencia de Tr3mile

Documentario

Gerenle de 11 ) RECONSIOERACI6N a Ia Ger. Desar. 11 ) APELACI6N alGer. Des. Urb. Desarrollo Urb. en 15 dlas. en 15 dlas

Urbano 2) Resuelve el Ger. Desar. Urb. 2) Resuelve el Alcalde, en 30 dfas en 30 dlas

3) Requisites: Nueva prueba instrumental firmado par un abogado