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Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 26 ) PUBLICACION BISEMANAL AÑO LIX EDICION DE 26 PAGINAS Nº 5818 Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf DECRETOS —— DECRETO Nº 1350 Viedma, 27 de Septiembre de 2019.- Visto, el expediente N° 075394-SI-2018, del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO: Que por el mismo se tramita la ejecución de la obra: “Plan Castello — Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande”, en la Provincia de Río Negro; Que mediante Resolución N° 012/19 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica, el Presupuesto Oficial y se procedió al llamado a Licitación Pública (fojas 376/378); Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente (fojas 379, 382/389); Que obrante a fojas 390/401 se encuentran los correspondientes recibos de venta de pliego de las empresas adquirientes y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados respectivamente; Que a fojas 402/415 y 425 431 lucen agregadas las circulares sin consulta N° 1, 2 y 3 respectivamente, junto a las constancias de notificación de las empresas adquirientes de los pliegos, por la cual se introdujeron aclaraciones al proceso licitatorio y a fojas 416/424 consta la circular con consulta N° 1 y constancias de notificación a las firmas; Que, conforme surge del Acta de Apertura obrante a fojas 1698/1699, con fecha 21 de Febrero 2019 se procedió a la apertura de los sobres correspondientes a la Licitación Pública N° 01/2019, acto en el que presentaron sus ofertas las firmas Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, Ecosur Bahía Sociedad Anónima, U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — Eca Sociedad Anónima y U.T. RJ Ingeniería Sociedad Anónima — CN Sapag Sociedad Anónima; Que a fojas 1700 consta Informe de Recepción y Control de Documentación del Departamento de Licitaciones y Compras, mediante el cual se informa que la firma Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima no ha dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N° 1.12, 1.16 y 1.18 del Sobre N° 1, y las firmas Tecnobras Argentina Sociedad Anónima y U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — Eca Sociedad Anónima no han dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N° 2.3 del Sobre N° 2 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares; Que en virtud de las ofertas recibidas, el Ministro de Obras y Servicios Públicos, mediante Resolución N° 149/18, obrante a fojas 1754/1755 creó una Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en los términos en los Artículos 22° y 23° de la Ley J N° 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario; Que a fojas 1757, obra nota S/N del Departamento Licitaciones y Compras, mediante la cual se informa que las firmas Empresa Constructora Roque Mocciola Sociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónima y U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — Eca Sociedad Anónima, han dado cumplimiento a lo solicitado (fojas 1701/1753); Que comparadas y analizadas las ofertas por la Comisión de Preadjudicación, se verifica que la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima presenta la oferta más conveniente por la suma de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos ($ 203.727.364,89), representando un 16,40% por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en el Acta de Preadjudicación obrante a fojas 1859/1863 del presente expediente; Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la obra: “Plan Castello — Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande”, Provincia de Río Negro, a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N° 33-68448976-9, en la suma de Pesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochenta y nueve centavos ($ 203.727.364,89); Que el plazo de ejecución de la obra se estima será de 540 días corridos, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2019 del treinta por ciento (30%) del monto de adjudicación de la obra, de acuerdo a la nota N° 249/19 obrante a fojas 1868, ascendiendo a la suma de Pesos sesenta y un millones ciento dieciocho mil doscientos nueve con cuarenta y siete centavos ($ 61.118.209,47), quedando pendiente para el ejercicio 2020, la suma de Pesos ciento veintidós millones doscientos treinta y seis mil cuatrocientos dieciocho con noventa y tres centavos ($ 122.236.418,93) representando un sesenta por ciento (60%) y para el ejercicio 2021 un diez por ciento (10%) por la suma de Pesos veinte millones trescientos setenta y dos mil setecientos treinta y seis con cuarenta y nueve centavos ($ 20.372.736,49); Que, de acuerdo a lo expresado en la Ley N° 5201, la presente obra se financia con recursos provenientes del “Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello”, destinado al financiamiento de obras de inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integración provincial; Que la presente obra es considerada prioritaria a los fines del Estado, atento a lo dictaminado por la “Comisión de Priorización de Inversiones” en el Acta Constitutiva obrante a fojas 08/11 de acuerdo a lo descrito en el artículo 7° de la mencionada ley; Que en su artículo 11 ° la Ley N° 5201 designó al Ministerio de Economía como autoridad de aplicación de la ley, y se dictó el Decreto N° 1546 el cual dispuso en sus artículos 3°, 4° y 5° delegar al Ministerio de Economía la negociación y condiciones de los títulos y a realizar las adecuaciones presupuestarias entre otras cuestiones, por lo que se solicita al Ministerio de Economía instuir al agente fiduciario ordenar los pagos a favor de la adjudicataria; Que la presente obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma de Pesos treinta millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos ($ 30.559.104,73), en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50° de la Ley J N° 286 de Obras Públicas; Que según lo estipulado en el Decreto 1313/14, y teniendo en cuenta el Apartado 21) del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contratos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos mediante Nota N° 189/19 obrante a fojas 1873, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de

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Viedma, 21 de Octubre de 2019

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 26)

PUBLICACION BISEMANALAÑO LIX EDICION DE 26 PAGINAS

Nº 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

DECRETOS——

DECRETO Nº 1350Viedma, 27 de Septiembre de 2019.-

Visto, el expediente N° 075394-SI-2018, del Registro del Ministerio deObras y Servicios Públicos, y

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramita la ejecución de la obra: “Plan Castello —

Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de CampoGrande”, en la Provincia de Río Negro;

Que mediante Resolución N° 012/19 del Registro del Ministerio de Obrasy Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica, el PresupuestoOficial y se procedió al llamado a Licitación Pública (fojas 376/378);

Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige lalegislación vigente (fojas 379, 382/389);

Que obrante a fojas 390/401 se encuentran los correspondientes recibosde venta de pliego de las empresas adquirientes y fotocopias autenticadas delos depósitos efectuados respectivamente;

Que a fojas 402/415 y 425 431 lucen agregadas las circulares sin consultaN° 1, 2 y 3 respectivamente, junto a las constancias de notificación de lasempresas adquirientes de los pliegos, por la cual se introdujeron aclaracionesal proceso licitatorio y a fojas 416/424 consta la circular con consulta N° 1y constancias de notificación a las firmas;

Que, conforme surge del Acta de Apertura obrante a fojas 1698/1699,con fecha 21 de Febrero 2019 se procedió a la apertura de los sobrescorrespondientes a la Licitación Pública N° 01/2019, acto en el quepresentaron sus ofertas las firmas Empresa Constructora Roque MocciolaSociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, Ecosur BahíaSociedad Anónima, U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — EcaSociedad Anónima y U.T. RJ Ingeniería Sociedad Anónima — CN SapagSociedad Anónima;

Que a fojas 1700 consta Informe de Recepción y Control deDocumentación del Departamento de Licitaciones y Compras, mediante elcual se informa que la firma Empresa Constructora Roque Mocciola SociedadAnónima no ha dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N° 1.12, 1.16 y1.18 del Sobre N° 1, y las firmas Tecnobras Argentina Sociedad Anónima yU.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — Eca Sociedad Anónimano han dado cumplimiento al Apartado 10 Puntos N° 2.3 del Sobre N° 2 delPliego de Bases y Condiciones Legales Particulares;

Que en virtud de las ofertas recibidas, el Ministro de Obras y ServiciosPúblicos, mediante Resolución N° 149/18, obrante a fojas 1754/1755 creóuna Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en lostérminos en los Artículos 22° y 23° de la Ley J N° 286 de Obras Públicas ysu Decreto Reglamentario;

Que a fojas 1757, obra nota S/N del Departamento Licitaciones yCompras, mediante la cual se informa que las firmas Empresa ConstructoraRoque Mocciola Sociedad Anónima, Tecnobras Argentina Sociedad Anónimay U.T. Oriente Construcciones Sociedad Anónima — Eca Sociedad Anónima,han dado cumplimiento a lo solicitado (fojas 1701/1753);

Que comparadas y analizadas las ofertas por la Comisión dePreadjudicación, se verifica que la firma Tecnobras Argentina SociedadAnónima presenta la oferta más conveniente por la suma de Pesos doscientostres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro conochenta y nueve centavos ($ 203.727.364,89), representando un 16,40%por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en el Acta dePreadjudicación obrante a fojas 1859/1863 del presente expediente;

Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es convenienteadjudicar la ejecución de la obra: “Plan Castello — Obras de Desarrollo:Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande”, Provinciade Río Negro, a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domiciliolegal en la ciudad de Viedma, CUIT N° 33-68448976-9, en la suma de Pesosdoscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta ycuatro con ochenta y nueve centavos ($ 203.727.364,89);

Que el plazo de ejecución de la obra se estima será de 540 días corridos,proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2019 del treintapor ciento (30%) del monto de adjudicación de la obra, de acuerdo a la notaN° 249/19 obrante a fojas 1868, ascendiendo a la suma de Pesos sesenta y unmillones ciento dieciocho mil doscientos nueve con cuarenta y siete centavos($ 61.118.209,47), quedando pendiente para el ejercicio 2020, la suma dePesos ciento veintidós millones doscientos treinta y seis mil cuatrocientosdieciocho con noventa y tres centavos ($ 122.236.418,93) representandoun sesenta por ciento (60%) y para el ejercicio 2021 un diez por ciento(10%) por la suma de Pesos veinte millones trescientos setenta y dos milsetecientos treinta y seis con cuarenta y nueve centavos ($ 20.372.736,49);

Que, de acuerdo a lo expresado en la Ley N° 5201, la presente obra sefinancia con recursos provenientes del “Fondo Fiduciario de DesarrolloRionegrino Plan Gobernador Castello”, destinado al financiamiento de obrasde inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integraciónprovincial;

Que la presente obra es considerada prioritaria a los fines del Estado,atento a lo dictaminado por la “Comisión de Priorización de Inversiones”en el Acta Constitutiva obrante a fojas 08/11 de acuerdo a lo descrito en elartículo 7° de la mencionada ley;

Que en su artículo 11 ° la Ley N° 5201 designó al Ministerio de Economíacomo autoridad de aplicación de la ley, y se dictó el Decreto N° 1546 el cualdispuso en sus artículos 3°, 4° y 5° delegar al Ministerio de Economía lanegociación y condiciones de los títulos y a realizar las adecuacionespresupuestarias entre otras cuestiones, por lo que se solicita al Ministerio deEconomía instuir al agente fiduciario ordenar los pagos a favor de laadjudicataria;

Que la presente obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del montocontractual que asciende a la suma de Pesos treinta millones quinientoscincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos ($30.559.104,73), en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50°de la Ley J N° 286 de Obras Públicas;

Que según lo estipulado en el Decreto 1313/14, y teniendo en cuenta elApartado 21) del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, laDirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contratos delMinisterio de Obras y Servicios Públicos mediante Nota N° 189/19 obrantea fojas 1873, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de

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2Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

Pesos diez millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos siete consetenta y dos centavos ($ 10.268.907,72), para el ejercicio 2019 en virtuddel porcentaje de ejecución en dicho período;

Que se deberá ratificar el Compromiso conforme el Artículo 30° de laLey H N° 3.186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente,en los términos dispuestos por el Artículo 31° de la Ley citada;

Que la presente Licitación Pública se encuadra dentro de las prescripcionesque surgen de la Ley J de Obras Públicas N° 286 y su Decreto ReglamentarioJ N° 686/62, conforme los Artículos 9, 21, 26, 50 y concordantes;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control,Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos,Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Economía, Contaduría Gen-eral de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 04541/19;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181°, Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar la Licitación Pública N° 01/2019, destinada acontratar la ejecución de la obra: “Plan Castello — Obras de Desarrollo:Proyecto Desarrollo de Riego en la localidad de Campo Grande”, en laProvincia de Río Negro.-

Art. 2°.- Aprobar las circulares sin consulta N° 1°, 2° y 3° que introdujeronaclaraciones al proceso licitatorio de la Obra y la circular con consulta N° 1:“Plan Castello — Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en lalocalidad de Campo Grande”, Provincia de Río Negro.-

Art. 3°.- Adjudicar a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima,con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N° 33-68448976-9, laejecución de la obra mencionada en el Artículo 1°, en un todo de acuerdo conlos planos, detalles, especificaciones y demás documentación técnica que seagrega al expediente de referencia, por un monto de Pesos doscientos tresmillones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y cuatro con ochentay nueve centavos ($ 203.727.364,89), por ajustarse a lo técnicamentesolicitado y ser su precio razonable.-

Art. 4°.- Ratificar el ingreso a Rentas Generales, Cuenta Corriente N°900001178, por la suma de Pesos novecientos mil ($ 900.000,00), enconcepto de venta de Pliegos, conforme recibo y fotocopias autenticadas delos depósitos efectuados obrantes a fojas 390/401.-

Art. 5°.- Aprobar el Modelo de Contrato de Ejecución de Obra que comoAnexo I integra el presente Decreto.-

Art. 6°.- Ratificar el compromiso según lo determinado en el Artículo30° de la Ley H N° 3186, a la Jurisdicción 31 para el ejercicio 2019, queasciende a la suma de Pesos setenta y un millones trescientos ochenta y sietemil ciento diecisiete con diecinueve centavos ($ 71.387.117,19), compuestopor la suma de Pesos sesenta y un millones ciento dieciocho mil doscientosnueve con cuarenta y siete centavos ($ 61.118.209,47), correspondiente almonto de adjudicación de la obra y la suma de Pesos diez millones doscientossesenta y ocho mil novecientos siete con setenta y dos centavos ($10.268.907,72), correspondiente al monto estimado a redeterminar, deacuerdo al siguiente detalle:

Art. 7°.- Producida la etapa del devengado, con la presentación de larespectiva facturación, debidamente conformada, ordenar el pago enconcepto de Anticipo Financiero de acuerdo al Artículo 50° de la Ley J N°286 de Obras Públicas, por la suma de Pesos treinta millones quinientoscincuenta y nueve mil ciento cuatro con setenta y tres centavos ($30.559.104,73), y con la presentación de las respectivas facturaciones,conformadas de acuerdo al correspondiente Certificado de Obra extendidopor la ejecución realizada, según Pliego de Bases y Condiciones que sirve debase a la presente contratación, ordenar el pago de Pesos ciento setenta ytres millones ciento sesenta y ocho mil doscientos sesenta con dieciséiscentavos ($ 173.168.260,16), abonándose ambos conceptos e importes,con el recurso 24123 “Venta Títulos Operatoria Ley 5201 Plan Castello”,a favor de la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domiciliolegal en la ciudad de Viedma, CUIT N° 33-68448976-9, en concepto de lapresente Licitación Pública de acuerdo a lo expresado en el Artículo 3°.-

Art. 8°.- Solicitar al Ministerio de Economía instruya al agente fiduciario,Banco Patagonia S.A., a ordenar los pagos que se generen del artículo ante-rior, a la firma Tecnobras Argentina Sociedad Anónima, con domicilio legalen la ciudad de Viedma, CUIT N° 33-68448976-9.-

Art. 9°.- Autorizar al Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos afirmar el contrato respectivo con la firma Tecnobras Argentina SociedadAnónima, con domicilio legal en la ciudad de Viedma, dentro del plazoestablecido por el Artículo 26° de la Reglamentación de la Ley J N° 286 deObras Públicas.-

Art. 10.- Notificar al Consejo de Obras Públicas.-

Art. 11.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministrosde Economía y de Obras y Servicios Públicos.-

Art. 12.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.-

WERETILNECK.- A. Domingo.- C. Valeri.-———

ANEXO DECRETO N° N° 1350CONTRATO N°

Entre la Provincia de Río Negro, en adelante “LA PROVINCIA” y laFirma “Tecnobras Argentina Sociedad Anónima”, en adelante “ELCONTRATISTA”, que fija su domicilio legal en calle Alem N° 388 Piso 1 dela ciudad de Viedma, se conviene en celebrar el siguiente Contrato.

ARTICULO 1°: “EL CONTRATISTA” se compromete a ejecutar enarreglo a su fin en un todo de acuerdo a lo establecido en el presente y a ladocumentación que se enumera en el Artículo 2°, la obra denominada: “PlanCastello — Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo de Riego en la localidadde Campo Grande”, Provincia de Río Negro

ARTICULO 2°: La documentación que integra este CONTRATO estácompuesta por: Carátula e Índice General; Memoria Descriptiva; Pliego deBases Legales Generales; Pliego de Cláusulas Legales Particulares; Modelo deCartel de Obra; Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares;Documentación Técnica y Cómputo y Presupuesto Oficial, y todo otrodocumento que legalmente corresponda integrar la Documentación Con-tractual; dicha documentación se completará con Resolución N° 012/19,aprobatoria de Presupuesto Oficial y la presente obra. La normativa que rigeel presente contrato se integra por:

Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N° ............./18, de adjudicación que corren agregados al Expediente N° 075394-SI-18, ylas Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.

ARTICULO 3°: La obra se contrata por el sistema de “Unidad de Mediday Precios Unitarios”, estableciéndose como única retribución a “ELCONTRATISTA”, el monto de su oferta básica que asciende en la suma dePesos doscientos tres millones setecientos veintisiete mil trescientos sesentay cuatro con ochenta y nueve centavos ($ 203.727.364,89),. Será deaplicación el Decreto 1313/2014 si correspondiere. El mes base para laredeterminación de precios es el anterior a la apertura de Ofertas.

ARTICULO 4°: “LA PROVINCIA”, en concepto de Anticipo Financieroy de acuerdo al Artículo N° 50 de la Ley J N° 286 de Obras Públicas,anticipará un QUINCE por ciento (15%) del Monto Contractual que asciendea la suma de Pesos treinta millones quinientos cincuenta y nueve mil cientocuatro con setenta y tres centavos ($ 30.559.104,73), lo cual se afianzamediante Póliza de Seguro N° ...............-

ARTICULO 5°: “LA PROVINCIA” acepta el precio establecido en elArtículo 3°, y se compromete a abonar los certificados de obra hasta lamisma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcialy provisoria y conforme al cómputo aprobado y visado por la Dirección deInspección de Obras respectivamente: en consecuencia, los pagos que serealicen tendrán carácter de pagos a cuenta de mayor cantidad, sin que elloimplique la aceptación de los trabajos.

ARTICULO 6°: “EL CONTRATISTA”, acepta que el pago del anticipofinanciero y los certificados de obra que se emitan, será efectuado a travésdel agente fiduciario “Banco Patagonia S.A.” contratado por “LAPROVINCIA” para administrar el “Fondo Fiduciario de Desarrollo RionegrinoPlan Gobernador Castello”, de conformidad con lo establecido por la LeyProvincial N° 5201 y sus Decretos Reglamentarios.

ARTICULO 7°: “EL CONTRATISTA”, dará inicio de Obra a partir de lafirma del acta de inicio conforme el Apartado 20° del Pliego de Bases yCondiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminadoslos trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de Quinientoscuarenta (540) días corridos, contados a partir del inicio. Asimismo “ELCONTRATISTA” se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas ycada una de las características técnicas requeridas en la documentacióndescripta en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTICULO 8°: Provisión de elementos. “EL CONTRATISTA” deberáproveer, en un plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de lafecha de firma del presente contrato, al Ministerio de Obras y ServiciosPúblicos, los elementos detallados en el Apartado 39 del Pliegode Condiciones Legales Particulares. En caso de incumplimiento del plazode entrega, se deducirá el costo de los insumos solicitados del primercertificado.

ARTICULO 9°: “EL CONTRATISTA” deberá presentar el Plan detrabajos, dentro de un plazo de quince (15) días de firmado el Contrato. El nocumplimiento de este requisito hará pasible al Contratista de una multa delcero coma tres por ciento (0,3%) del monto del contrato actualizado porcada día de demora hasta la fecha se cese del incumplimiento.

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3Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

ARTICULO 10°: Se deja expresa constancia de que la recepción definitivade los trabajos, motivo de este contrato, no libera a “EL CONTRATISTA”de las responsabilidades emergentes de los Artículos 747, 1268, 1269, 1271y 2564 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.

ARTICULO 11°: La inspección, contralor y dirección de los trabajos,motivo de este contrato, será ejercida por la Inspección de Obras, aceptando“EL CONTRATISTA” su jurisdicción como así también la de los servicios yagentes dependiente de la misma.

ARTICULO 12°: “EL CONTRATISTA”, afianza el fiel cumplimientodel presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N° por la suma de Pesostreinta millones quinientos cincuenta y nueve mil ciento cuatro con setentay tres centavos ($ 30.559.104,73) que cubre el quince (15%), extendida pordel importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendidaqueda bajo custodia del Departamento Licitaciones y Compras.

ARTICULO 13°: Para todos los efectos legales del presente contrato, laspartes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudadde Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero oJurisdicción.

Siendo suscripto por los Señores: Carlos VALERI, Ministro de Obras yServicios Públicos, en representación de “LA PROVINCIA”, y enrepresentación de “EL CONTRATISTA”, por el Señor Roberto J.ENRIQUEZ, en prueba de conformidad, en la ciudad de Viedma, Capital de laProvincia de Río Negro a los (........) días del mes de .......................... de2019, se firman cuatro ejemplares de un mismo temor y a un solo efecto. ElOriginal debidamente estampillado, queda en poder de “LA PROVINCIA”,el duplicado para “EL CONTRATISTA”, el triplicado para ser agregado alExpediente citado en el Artículo 2° y el cuadruplicado para ser remitido a laMinisterio de Obras y Servicios Públicos.

–—oOo—–

DECRETO Nº 1351Viedma, 27 de Septiembre de 2019.-

Visto, el Expediente N° 157205-SO-2.019, del registro del Ministerio deObras y Servicios Públicos, y;

CONSIDERANDO:Que mediante Nota de fecha 6 de mayo de 2.019, obrante a fojas 2, el

Señor Intendente Municipal de la localidad de Río Colorado, requierefinanciación para la ejecución mediante el sistema de Obra Delegada,de la Obra: “Pavimentación urbana en Barrio del Rosario de la localidadde Río Colorado”, cuya documentación técnica luce agregada de fojas3 a 8, solicitando la diferencia que asciende a la suma de Pesos cincomillones ($ 5.000.000,00), entre el valor total de la obra ($ 15.127.695,00)y el monto recaudado por pago anticipado de los vecinos interesados,destinados a la compra de material asfáltico según surge de las presentesactuaciones;

Que se considera necesaria la compra de material asfáltico tendiente a laconcreción de la obra referida, cuya delegación ha sido autorizada por elGobernador de la provincia de Río Negro a fojas 25 vuelta;

Que para posibilitar la realización de estos trabajos se ha con-feccionado la documentación técnica exigida por la Ley J N° 286, cuyoCómputo y Presupuesto alcanza la suma de Pesos quince millonesciento veintisiete mil seiscientos noventa y cinco ($ 15.127.695,00),según se detalla a fojas 6, los cuales resultan razonables de acuerdo a laintervención del Director de Saneamiento del Ministerio de Obrasy Servicios Públicos mediante Nota N° 040-DS-2.019 obrante a fojas22;

Que a fojas 19, se adjunta Certificación del Tribunal de Cuentas Munici-pal, en la que consta que no posee ninguna rendición de cuentas pendientesde presentación con el Gobierno de la Provincia de Río Negro;

Que dada la naturaleza de los trabajos a realizar, se estima convenientedelegar la ejecución y administración de los mismos a la Municipalidad deRío Colorado, en un todo de acuerdo al Artículo 3° de la Ley J N° 286 deObras Públicas y el Artículo 3° inciso b) del Decreto Reglamentario de lacitada Ley, Ley H N° 3.186 y el Decreto H N° 1.737/98, por la suma dePesos cinco millones ($ 5.000.000,00);

Que en consecuencia es conveniente gestionar el envío de Pesos cincomillones ($ 5.000.000,00), para la compra de material asfáltico;

Que se deberá registrar el Compromiso conforme el Artículo 30°de la Ley H N° 3.186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente,en los términos dispuestos por el Articulo 31° de la Ley citada;

Que han tomado debida intervención la Asesoria Legal del Ministerio deObras y Servicios Públicos, Contaduria General y Fiscalía de Estado medianteVista N° 4466-19;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181°, Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar la documentación técnica confeccionada paraposibilitar la compra de material asfáltico de la obra: “Pavimentación ur-bana en Barrio del Rosario de la localidad de Río Colorado.-

Art. 2°.- Delegar a la Municipalidad de Río Colorado (CUIT N°33- 99914325-9) la ejecución y administración de los trabajos apuntadoscon cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, por la sumade Pesos cinco millones ($ 5.000.000,00), correspondiente al montosolicitado por el Municipio, conforme lo dispone el Artículo 3° de la Ley JN° 286 de Obras Publicas y el Articulo 3° Inciso b) de su DecretoReglamentario.-

Art. 3°.- Aprobar el Convenio suscripto entre el Ministerio de Obras yServicios Públicos y el Sr. Intendente de la localidad de Río Colorado, quecomo Anexo I integra el presente.-

Art. 4°.- Designar como responsable de la suma aprobada y delegada en elArtículo 2° del presente Decreto, al Señor Intendente Municipal GustavoModesto SAN ROMAN (CUIL: 20-20124078-7).-

Art. 5°.- Proceder a registrar el Compromiso y Ordenado correspondientea la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:

Art. 6°.- Autorizar a la Tesoreria General de la Provincia a Transferir lasuma de Pesos cinco millones ($ 5.000.000,00) al municipio de Río Colo-rado (CUIT N° 33-99914325-9).-

Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de deObras y Servicios Públicos.-

Art. 8°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al BoletínOficial y archivar.-

WERETILNECK.- C. Valeri.-———

ANEXO Idel

DECRETO N° 1351CONVENIO DE OBRA DELEGADA

Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de RíoNegro, sito en calle Buenos Aires 04 de la ciudad de Viedma, representado eneste acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. CarlosAlfredo VALERI, DNI N° 17.523.662 (en adelante M.O.yS.P.) y laMunicipalidad de la ciudad de Río Colorado con domicilio en calle MorenoN° 559 de la citada localidad, representada en este acto por su IntendenteMunicipal, Sr. Gustavo Modesto SAN ROMAN DNI N° 20.124.078 (enadelante la MUNICIPALIDAD); el M.O.yS.P. y la MUNICIPALIDADconjuntamente denominados como “Las Partes” e individualmente como“Parte”, y considerando:

—Que el Sr. Intendente Municipal ha solicitado mediante Nota de fecha6 de Mayo de 2019 al Sr. Ministro de Obras y Servicios Públicos, ladelegación de la obra correspondiente: “Pavimentación urbana enBarrio del Rosario de la localidad de Río Colorado” bajo la modalidadde Obra Delegada. En tal sentido, se deja constancia que laMUNICIPALIDAD, previamente, ha dado cumplimiento con lapresentación de la documentación detallada en el instructivo aprobadopor Resolución N° 285/2017, ANEXO I.

—Que en atención a la solicitud formulada, el Sr. Ministro de Obras yServicios Públicos ha dispuesto la delegación del estudio, ejecución yfiscalización de dicha obra en la Municipalidad, conforme lo establecidoen el art. 3 de la Ley J N° 286 y su Decreto Reglamentario N°686/62.

—Que la MUNICIPALIDAD firmante ha aceptado la delegacióncorrespondiente, comprometiéndose a ejecutarla con los más altosestándares de eficiencia y responsabilidad.

Las Partes de común acuerdo han resuelto celebrar el presente Conveniopara la ejecución de la Obra Delegada: “Pavimentación urbana en Barrio delRosario de la localidad de Río Colorado” (en adelante el “Convenio”), sujetoa las siguientes cláusulas y condiciones.

PRIMERA: El presente Convenio se suscribe en el marco del artículo 17de la Ley de Ministerios N° 5.105, artículo 3° de la Ley de Obras Publicas JN° 286, artículo 3° del Decreto Reglamentario J N° 686/62, la Ley H 3.186y el artículo 64° Decreto H 1.737/98 y Artículo 181° de la ConstituciónProvincial.

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4Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

SEGUNDA: El M.O.yS.P., delega en la MUNICIPALIDAD y esta aceptael estudio, ejecución y fiscalización de la Obra Delegada: “Pavimentaciónurbana en Barrio del Rosario de la localidad de Río Colorado”. A tal efecto,una vez ratificado el presente, el M.O.y S.P. transferirá a laMUNICIPALIDAD, por intermedio de la Tesorería General de la provinciade Río Negro, la suma de Pesos cinco millones ($ 5.000.000,00) conformecómputo y presupuesto oficial aprobado.

TERCERA: En aquellos casos en los que la MUNICIPALIDAD optarapor ejecutar las tareas bajo la modalidad de obra por Administración, seobliga a dar inicio de las mismas dentro de los treinta (30) días hábilesadministrativos de recibido el primer pago. Para el supuesto en los queoptara por la contratación de un tercero, dicho plazo se computará a partirde la adjudicación. En ambos supuestos deberá notificar fehacientemente alM.O.y S.P. la fecha del inicio de la obra y remitir el acta correspondiente.

CUARTA: Las partes acuerdan que las tareas de obra tendrán un plazo deejecución de 110 días corridos, contados a partir de la suscripción del acta deinicio de obra.-

QUINTA: El control, supervisión y fiscalización del M.O.yS.P.comienza con la recepción provisoria de la obra delegada, oportunidaden la que el equipo técnico realizará un informe de obra terminada y libradaal uso.

SEXTA: LA MUNICIPALIDAD, sin perjuicio del cumplimiento de lasnormas que le son aplicables, se compromete a cumplimentar las obligacionesgenerales que a continuación se detallan:

a) Destinar los recursos sólo al cumplimiento del objeto del Convenio.b) Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en las leyesvigentes respecto de terceros a su cargo en materia laboral, previsional,

deriesgos del trabajo y demás normativa aplicable.c) Ejecutar las tareas encomendadas en el marco de las prescripciones de

la Ley de Obras Públicas J N° 286.d) Designar un referente técnico y un referente administrativo para la

comunicación con el M.O.yS.P., debiendo notificar de manerafehaciente a éste último los datos de los referentes seleccionados, en elplazo de 10 días corridos, contados a partir de la suscripción del acta deinicio de obra.

SÉPTIMA: La MUNICIPALIDAD expresamente se obliga a cumplircon el régimen de rendición de fondos detallado a continuación:

Documentación a presentar:I.- Memoria de la Obra Delegada: “Una vez finalizada la obra se deberá

remitir al Ministerio de Obras y Servicios Públicos una memoria relativa atodo lo actuado, incluyendo copias de las actas que se hubieran labrado y dela documentación vinculada a la obra que el Ministerio indique. Asimismo, seincluirá una copia del acta de recepción provisoria. (Art 3° inc c) del Dec. N°686/62 Reglamentario de la ley 286 de Obras Públicas).

II.- Certificación del Tribunal de Cuentas del Municipio por medio delcual apruebe la rendición de las sumas invertidas.

III.- Balance de Inversión de Fondos Remitidos.IV.- Planilla de Relación de Comprobantes: Se deberá confeccionar

respetando un orden cronológico de la documentación. En tal sentido sedeberá indicar:

- N° de Orden- Fecha del Comprobante- Tipo de Comprobante- N° de Comprobante- Proveedor- Concepto del Gasto- Total Facturado- Cheque N°- Fecha de Pago- Retenciones- ImporteV.- Asimismo, se deberá acompañar aquellos otros que forman parte de la

rendición: Ordenes de Pedido y/o Compras / Orden de Pago del Municipio /Recibo Proveedor / Comprobantes de Retenciones Efectuadas / Actas deInicio de Obra / Contratos Formalizados con Contratistas / Certificacionesde Obras / Actas de Recepción Provisoria.

VI.- Copia de los extractos bancarios en los cuales se identifique elperíodo en el cual se realizó la inversión/gasto, contando desde el momentoen que ingreso la transferencia al Municipio hasta el período en el cual sepagó el último comprobante rendido.

Todas las copias de comprobantes o sus originales deben estar certificadaso firmadas por autoridad competente.

La rendición de fondos deberá estar foliada y remitirse al M.O.yS.P.,debiendo ajustarse a lo establecido en el artículo 64° (ANEXO I) del DecretoN° 1737/98 - Reglamentario de la Lev N° 3186 de AdministraciónFinanciera.

OCTAVA: EL M.O.yS.P. podrá solicitar todo tipo de información alMunicipio relativa a las sumas invertidas para la realización de los trabajos.

NOVENA: Las Partes acuerdan que el M.O.yS.P. no asumiráresponsabilidad alguna frente al personal contratado y/o afectado por laMUNICIPALIDAD para la realización de las obras o servicios previstos enel presente. La MUNICIPALIDAD se obliga en este acto a mantener a esteMINISTERIO, indemne de todo reclamo por parte de sus empleados,proveedores, y/o terceros. Asimismo, La MUNICIPALIDAD será la únicaresponsable de la modalidad y del efectivo cumplimiento de los procedimientosde contratación por los que esta opte para la ejecución del presente Convenio.La MUNICIPALIDAD se obliga asimismo a dar efectivo cumplimiento a lasdisposiciones laborales y previsionales vigentes, así como el oportunocumplimiento de las obligaciones asumidas con los proveedores contratados.

DECIMA: Sin perjuicio de los controles que realice el M.O.yS.P., laMUNICIPALIDAD será responsable de fiscalizar la efectiva realización y/ola calidad de los trabajos que realicen sus dependientes y/o que contrate conterceros.-DECIMOPRIMERA: Las Partes acuerdan que en caso deincumplimiento por parte de la MUNICIPALIDAD de las obligacionesemergentes del presente Convenio, el M.O.yS.P. la intimará para que en elplazo perentorio de 48 horas hábiles subsane la falta de que se trate, bajoapercibimiento de aplicar la sanción que determine la Comisión creada atales efectos.

DECIMOSEGUNDA:, La MUNICIPALIDAD, concluida 1a ObraDelegada, procederá a realizar la rendición ante el M.O.yS.P., de acuerdo a loestablecido en la Clausula Séptima, para su aprobación. La falta de rendicióno de su aprobación, hará contar de Cargos Pendientes a la MUNICIPLIDAD,con la imposibilidad de ejecución de Obras bajo el Sistema de Obras Delegadas

DECIMOTERCERA: A los efectos legales correspondientes las partesfijan sus domicilios en los arriba enunciados, donde serán válidas todas lasnotificaciones cursadas en relación al objeto del presente.

DECIMOCUARTA: Las partes se comprometen a resolver enforma directa entre ellas o a través de las instancias jerárquicas quecorrespondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en elplanteamiento, interpretación y/o cumplimiento del presente convenio. Encaso de contienda judicial las partes se someterán a la jurisdicción de losTribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudadde Viedma.

En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partesfirman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad deViedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los 10 días del mes de Juliode 2.019.

—oOo—

DECRETO Nº 1352Viedma, 27 de Septiembre de 2019.-

Visto, el Expediente N° 157696-CCI-19 del Registro del Ministerio deObras y Servicios Públicos, y;

CONSIDERANDO:Que por el presente expediente se tramita la transferencia de fondos a

Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, para la ejecución de la obra relacionadacon “Presurización de Redes de Agua Potable en Barrio Las Mutisias de laciudad de San Carlos de Bariloche”, Provincia de Río Negro;

Que a fojas 4 a 11, el Gerente de Obras y Proyectos Ingeniero Pablo R.Robles, mediante Nota N° 209-GOyP, envía memoria descriptiva, planos,cómputo y presupuesto, para lo cual se establece un Presupuesto Oficial dePesos doce millones trescientos noventa mil diez con noventa y tres centavos($ 12.390.010,93);

Que por ser el Ministerio de Obras y Servicios Públicos la autoridad deaplicación de los recursos provenientes y Aguas Rionegrinas SociedadAnónima, el organismo encargado de ejecutar este tipo de obras, se convieneen tramitar el presente expediente;

Que corresponde aprobar la transferencia solicitada por Aguas RionegrinasSociedad Anónima, para la ejecución de la obra relacionada con el“Presurización de Redes de Agua Potable en Barrio Las Mutisias de la ciudadde San Carlos de Bariloche”, y que se detallan en el Anexo I del Conveniopara Ejecución de Obras;

Que la Secretaría de Administración del Ministerio de Obras y ServiciosPúblicos efectuó la reserva interna en los términos del Artículo 31° de la LeyH N° 3.186, y el compromiso conforme al Artículo 30° de la citada Ley;

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5Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

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Que el encuadre normativo del presente convenio de transferencia parafinanciar la ejecución de la obra “Presurización de Redes de Agua Potable enBarrio Las Mutisias de la ciudad de San Carlos de Bariloche”, está dado porlos Artículos 22 a 24 y Anexo N° 13 de la Ley H N° 5260;

Que han tomado debida intervención los organismos de control, AsesoríaLegal del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Contaduría General yFiscalía de Estado mediante Vista N° 04565-19;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por elArtículo 181°, Inciso 1) de la Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroDECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Modelo de Convenio para Ejecución de Obras, afirmarse entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, representado porel Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arquitecto Carlos Valeri,DNI 17.523.662 y Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, representado porsu Gerente General, Técnico Omar Alberto GRILL, DNI 24.483.155, por lasuma de Pesos doce millones trescientos noventa mil diez con noventa ytres centavos ($ 12.390.010,93), para la ejecución de la obra relacionadacon el “Presurización de Redes de Agua Potable en Barrio Las Mutisias de laciudad de San Carlos de Bariloche”, que como Anexo I forma parte delpresente Decreto.-

Art. 2°.- Aprobar la transferencia de fondos a Aguas Rionegrinas SociedadAnónima, destinada a la ejecución de las obra mencionada en el artículoanterior, por la suma de Pesos doce millones trescientos noventa mil diezcon noventa y tres centavos ($ 12.390.010,93).-

Art. 3°.-Por la Secretaría de Administración del Ministerio de Obras yServicios Públicos, comprometer y ordenar a pagar a Aguas RionegrinasSociedad Anónima, la suma de Pesos doce millones trescientos noventa mildiez con noventa y tres centavos ($ 12.390.010,93) con cargo al presenteejercicio, en cumplimiento de la transferencia aprobada, afectándose elgasto a la Jurisdicción 31, según el siguiente detalle:

Prog. Subp. Proy. Act/Obra Rec. Ptda. Monto52 00 03 76 10 422 $ 12.390.010,93

Art. 4°.-Autorizar a la Tesorería General a transferir los fondos a favorde Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima, CUIT N° 30-70742104-1, por lasuma Pesos doce millones trescientos noventa mil diez con noventa y trescentavos ($ 12.390.010,93), los que serán abonados de conformidad a latransferencia, que por la presente se aprueba, con cargo a la Cuenta CorrienteN° 900001178 “Rentas Generales”.-

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro deObras y Servicios Públicos.-

Art. 6°.-Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficialy archivar.-

WERETILNECK.- C. Valeri.-———

CONVENIO PARA EJECUCION OBRAS- OBRA: “PRESURIZACION DE REDES DE AGUA POTABLE EN

BARRIO LAS MUTISIAS DE LA CIUDAD DE S. C. DE BARILOCHE(R.N.)”

Entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, con domicilio enBuenos Aires 04 de la ciudad de Viedma, representado en este acto por elSeñor Ministro de Obras y Servicios Públicos, Arq. Carlos VALERI, DNI17.523.662 (en adelante denominado como “El M.O. y S. P.”) y la empresaAguas Rionegrinas Sociedad Anónima, con domicilio en calle Colón 719 dela ciudad de Viedma, representado en este acto por su Gerente General, Téc.Omar A. GRILL, DNI 24.483.155 (en adelante denominado como“A.R.S.A.”, el M. O. y S. P. y A.R.S.A. conjuntamente denominados como“LAS PARTES” e individualmente como “PARTE”), y considerando:

- Que siguiendo los lineamientos del Gobierno de la Provincia de RíoNegro, es necesario mejorar la cobertura de la población en cuanto a lacantidad y calidad de los servicios de Redes de Agua Potable, a efectosde mejorar la calidad de vida de los todos los rionegrinos.

- Que existe la necesidad de realizar trabajos de Presurización de Redesde Agua Potable en Barrio Las Mutisias de la Ciudad de S. C. de Bariloche,para que las mismas sigan prestando un eficiente servicio;

- Que, en general, la infraestructura existente requiere permanen-temente de obras para mantenimiento y/o reconstrucción de suspartes, la ejecución de esta obra es necesaria, ya que por el nivel

topográfico del barrio, no se puede cumplir con los va-lores mínimos de presión durante los meses de mayorconsumo;

- Que el crecimiento de la población y/o urbanización, hacen necesarioel crecimiento de los servicios mencionados;

- Que conforme el convenio de concesión, aprobado por Decreto N°1045/98, la financiación, operación y mantenimiento donde serealizarán las obras están concesionadas a A.R.S.A.;

- Que no obstante, parte de los fines sociales de A.R.S.A. implican, perono se limitan, a la aplicación de tarifas menores en promedio, que elresto del país, cobertura de servicios en áreas no desarrolladas, atenciónde indigentes, jubilados con prestaciones mínimas y otras acciones debeneficio social;

- Que consecuencia de la disminución en la recaudación provocadapor estas acciones, el aumento del precio de los insumos y laimposibilidad jurídica y social de aumentar las tarifas en proporciónal aumento de costos, provocan una rotura en el equilibrio entreingresos y egresos en la prestación de servicios;

Que la circunstancia expresada precedentemente, afecta el normalcumplimiento delas obligaciones por A.R.S.A. previstas en el contrato de concesión delservicio, causando un perjuicio que resiente en forma directala calidad del servicio provisto a los habitantes de laProvincia;

- Que es necesario adoptar medidas que garanticen una eficienteprestación del servicio de las Redes de Agua Potable;

- Que a tal fin, se hace indispensable que el MOySP asigne a A.R.S.A. losfondos para la materialización de las obras citadas en el ANEXO I alpresente Convenio;

- Que la Ley N° 3.184 en su artículo 3° inciso m) establece que seránconsideradas como recursos de la sociedad concesionaria, losprovenientes de las transferencias que realice el Estado Provincial delproducido de todo gravamen existente y los que se creen en el futuroque, sin componer el fondo Hidráulico Provincial, sean destinados aobras Hidráulicas, de riego o saneamiento, de acuerdo a las normas quelos establezcan;

Que en función de todo lo expuesto, LAS PARTES convienen en celebrarel presente Convenio de Transferencia para la Ejecución de Obras (en adelante,“EL CONVENIO”), que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto efectuar latransferencia de fondos para la ejecución de la obra: Presurización de Redesde Agua Potable en Barrio Las Mutisias de la Ciudad de S. C. de Bariloche(R.N.), mediante la cual se realizarán las tareas y por los montos especificados,a ejecutar durante el año 2.019 y que seguidamente se detallan:

1) Una cisterna de H°A° de 18m3 de capacidad.2) Una sala de equipos de H°A° de 9m2 de superficie.3) Un equipo hidroneumático con sus instalaciones eléctricas e

hidráulicascompletas.

4) Redes de agua potable de PVC de 110 y 75mm de diámetro totalizando1.065m de longitud.

5) 20 nudos de enlace de redes de distinta complejidad.SEGUNDA: El M. O. y S. P. se compromete a arbitrar los esfuerzos

necesarios para gestionar el financiamiento y transferir a A.R.S.A. los fondosde las tareas mencionadas en la cláusula PRIMERA, los cuales provendrán deRentas Generales de la Provincia, y que totalizan la suma de Pesos: docemillones trescientos noventa mil diez con noventa y tres centavos ($12.390.010,93), importe formado por Presupuesto Oficial, Actualizacionespor Mayores Costos e Imprevistos. -

TERCERA: A.R.S.A.se compromete a la ejecución, por vía propia o deterceros, de las obras detalladas y presupuestadas en el presente Convenio. -

CUARTA: La ejecución de las obras comprometidas por parte de A.R.S.A.,incluyendo, pero no limitándose a los procedimientos de contratación deterceros, adquisición de materiales, mano de obra, Dirección Técnica y todolo que resulte necesario para que las mismas queden concluidas con arreglo asu fin, será responsabilidad exclusiva de dicho Organismo, quien deberáenmarcarse y velar por la aplicación de la legislación vigente que resulteaplicable. -

QUINTA: LAS PARTES se comprometen a solucionar de forma amigablecualquier diferencia que surja del cumplimiento del presente Convenio. -

En prueba de conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Viedma, Capital de la Provincia deRío Negro, a los .......... días del Mes de .............................. de 2019.-

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6Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

ANEXO IPRESURIZACION REDES AGUA POTABLE

B’’° LAS MUTISIAS - BARILOCHE

Actualización por Mayores Costos $ 1.835.557,31Imprevistos $ 1.376.667,07TOTAL PESOS: DOCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL DIEZ CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 12.390.010,93)

–———oOo———–

DECRETOS SINTETIZADOS——

DECRETO Nº 1330.- 27-09-2019.- Crear una vacante en la Categoría 05,Agrupamiento Administrativo de la Ley L Nº 1.844, del Ministerio deDesarrollo Social.- Reubicar a partir de la firma del presente Decreto alSeñor Calvo Jorge Rolando (DNI Nº 32.310.134), quien cumplirá funcionesadministrativas en la privada del Ministro de la localidad de Viedma, delMinisterio de Desarrollo Social, en la vacante creada en el Artículo ante-rior, conforme lo dispuesto en el Artículo 28º Anexo II de la Ley L Nº1.844, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Servicio deApoyo, Categoría 05, de la misma Ley.- Expte. Nº 161963-DRH-2019.-

DECRETO Nº 1332.- 27-09-2019.- Promover automáticamente a la agenteNavarro, Norma Alicia (DNI Nº 16.352.576), a la Categoría 09,Agrupamiento Administrativo, desde las fechas y categorías que se indi-can en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto.-Crear una vacante Categoría 09, en el Agrupamiento Auxiliar Asistencialde la Ley L Nº 1.844, del Ministerio de Desarrollo Social.- Reubicar apartir de la firma del presente Decreto a la Señora Navarro, Norma Alicia(DNI Nº 16.352.576), quien cumplirá funciones en el dispositivo CasaRefugio Provincial de San Carlos de Bariloche, dependiente del Miniseriode Desarrollo Social, en la vacante creada en el Artículo anterior, conformea lo dispuesto en el Artículo 28º Anexo II de la Ley L Nº 1.844,suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo,Categoría 09, de la misma Ley.-

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7Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

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Planilla Anexa al Decreto Nº 1332

Expte. Nº 161209-DRH-2019.-

DECRETO Nº 1333.- 27-09-2019.- Hacer lugar al reclamo como"denuncia de ilegitimidad" presentado por la Señora Gabriela García(DNI Nº 25.285.962), con funciones en el Hospital Área ProgramaChimpay, dependiente del Ministerio de Salud- atento a lo dispuestopor el Artículo 75º de la Ley A Nº 2.938.- Rectificar las fechas de laPlanilla Anexa que forma parte integrante del Decreto Nº 1.195/13 dePromoción Automática, de la Señora Gabriela García (DNI Nº 25.285.962- Legajo Nº 659.655/0) la que quedará redactada de la siguientemanera:

"Legajo 659655/0, apellido y nombres García Gabriela, CUIL23252859624, Programa 4414000001, Hospital Chimpay, Categ.actual 7, Agrupamiento Auxiliar Asistencial, último ascenso 01/12/2010, Categoría Ascenso 8, Fecha Promoción 01/12/2012".-

Promover a la Categoría 9 a partir del 01/12/2014 y a la Categoría 10 apartir del 01/12/2017 a la Señora Gabriela García (DNI Nº 25.285.962 -Legajo Nº 659.655/0) del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L Nº1.844.-

——Anexo al Decreto Nº 1333

Expte. Nº 94.620-S-2016.-

DECRETO Nº 1334.- 27-09-2019.- Promover a partir del 01/07/2016 a laSra. Eloisa Sandra Curugual (DNI Nº 17.995.201 - Legajo Nº 655179/3),con funciones en el Ministerio de Salud, a la Categoría 14 del AgrupamientoAuxiliar Asistencial de la Ley L Nº 1.844.- Expte. Nº 216.055-S-2018.-

DECRETO Nº 1335.- 27-09-2019.- Rectificar la planilla anexa al DecretoNº 669/19, en relación al agrupamiento del agente Adrián MoisesCayuqueo (DNI Nº 32.057.439).

——Planilla Anexa Decreto Nº 1335

Expte. Nº 1385-SFP-2018.-

DECRETO Nº 1336.- 27-09-2019.- Promover automáticamente a la agenteMirta Zulema Etcheverry (CUIL Nº 27-14527528-3 - Legajo Nº 51701/1), quien cumple funciones en la Subsecretaría de Presupuesto dependientedel Ministerio de Economía, a la categoría 15 del AgrupamientoProfesional conforme al Anexo II de la Ley L Nº 1.844 en el Artículo 15ºen los programas, agrupamiento, categorías y fechas que se especificanen la Planilla Anexa.-

——Anexo Decreto 1336

Jurisdicción: 28 - Ministerio de EconomíaEscalafón: Ley L Nº 1.844

Expte. Nº 014.330-ERH-2019.-

DECRETO Nº 1353.- 27-09-2019.- Aprobar en todos sus términos, elContrato de Locación de Servicios en relación de dependencia celebradoentre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca representado por sutitular Señor Alberto Ricardo Diomedi (CUIL Nº 20-08119494-8) y laSeñorita Cynthia Elizabeth De Gaetano Fernández (CUIL Nº 27-34545778-5), quien cumplirá funciones realizando tareas de AsistenciaTécnico/Administrativas en el Departamento de Emergencia y DesastresAgropecuarios y Programa Agregado de Valor dependiente de la Secretaríade Agricultura y Ganadería y Pesca.- Expte. Nº 047.749-SRH-2019.-

RESOLUCIONES——

Provincia de Río NegroAGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA

Resolución Nº 1157Viedma, 10 de Octubre de 2019.

Visto: El Expediente N° 169.000-ART-2019, la Ley I N° 1.301 ymodificatorias, las Resoluciones Conjuntas entre la Agencia de RecaudaciónTributaria de la Provincia de Rio Negro (Agencia) N° 1130/2019 yAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) N° 4604/2019, laResolución N° 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria de laProvincia de Río Negro; y

CONSIDERANDO:Que mediante las Resoluciones Conjuntas mencionadas se aprueba el

“Sistema Único Tributario” a través del cual se simplifican y unifican lostrámites de las Administraciones tributarias nacionales, provinciales y seimplementa la recaudación conjunta de los tributos correspondientes a losRegímenes Simplificados nacional y provincial que pudieran recaer sobre elpequeño contribuyente, por lo que deben adecuarse las disposiciones previstasen la Resolución N° 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria dela Provincia de Río Negro;

Que la Resolución Nº 1091/2019 de la Agencia de Recaudación Tributaria de laProvincia de Río Negro establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre losIngresos Brutos, de carácter obligatorio para los sujetos adheridos al RégimenSimplificado para Pequeños Contribuyentes- monotributo (RS) nacional;

Que el Artículo 4° Inciso j de la Ley I Nº 4.667 y modificatorias autorizaa la Agencia de Recaudación Tributaria a efectuar la suscripción de conveniosde colaboración y/o complementación de servicios técnicos especializadoscon organismos públicos, entes privados o mixtos en el ámbito de las materiasque hacen a la competencia de la Agencia de Recaudación Tributaria;

Que la Administración Federal de Ingresos Públicos y Gobierno de laProvincia de Río Negro, con fecha 28 de marzo de 2017, celebraron un“Convenio Marco de Colaboración”, mediante el cual se comprometieron adesarrollar acciones de cooperación mutua con el fin de optimizar la gestiónen sus ámbitos de competencia, mejorar los servicios a los contribuyentes yfortalecer el control tributario;

Que por los motivos expuestos, se considera oportuno reglamentar laaplicación del monotributo unificado;

Que es competencia de la Agencia de Recaudación Tributaria de laProvincia de Río Negro dictar normas generales obligatorias, en cuanto a laforma y modo como deban cumplirse los deberes formales y materialesrespecto de los tributos establecidos en el Código Fiscal y Leyes Especiales;

Que han intervenido las Gerencias de Recaudación y Cobranzas,Tecnológica de la Información y Asuntos Legales.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por elArtículo 5º del Código Fiscal Ley I Nº 2.686 y modificatorias, concordantescon los Artículos 3º y 4° de la Ley Nº 4.667;

Por ello:El Director Ejecutivo de la

Agencia de Recaudación TributariaRESUELVETITULO I

REGIMEN SIMPLIFICADOArtículo 1°.- La inscripción de los contribuyentes comprendidos en el

Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provinciade Río Negro (Régimen Simplificado) será efectuada en el momento de laadhesión al régimen a través del ‘Sistema Único Tributario’ conforme a loestablecido en el Artículo 3° de la Resolución conjunta N° 1130/2019 de laAgencia y la Resolución General N° 4604/2019 de la AFIP. Los mismos,deberán declarar las actividades que desarrollan, y cuando el sistema lo solicite,declarar su condición.

Art. 2°.- A fin de determinar el componente provincial, serán consideradaslas exenciones subjetivas u objetivas que pudieran corresponder a cadacontribuyente en la Provincia de Río Negro en función a las actividades enlas que se encuentran inscriptos ante la Administración Federal de IngresosPúblicos o la calidad de sujeto.

En este último caso, la exención será otorgada a partir de la fecha que secumplan los supuestos para el goce efectivo de la misma y se mantendrámientras se conserven las condiciones por las cuales se otorgó.-

Art. 3°.- La actualización de datos para los contribuyentes comprendidosen el Régimen Simplificado deberá ser realizada conforme a lo establecido enla Resolución conjunta N° 1130/2019 de la Agencia y la Resolución GeneralN° 4604/2019, a través del sitio web de esta última y dentro de los plazos allíestablecidos.-

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8Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

Art. 4°.- Los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificadodeberán comunicar el cese de sus actividades conforme el procedimiento queestablece la Administración Federal de Ingresos Públicos en su ResoluciónGeneral N° 2.322, su modificatoria y complementaria, y la Resoluciónconjunta N° 1130/2019 de la Agencia y la Resolución General N° 4604/2019 de la AFIP.-

Art. 5°- Los contribuyentes del Régimen Simplificado deberán consultarsu categoría en la página web de la Administración Federal de IngresosPúblicos a través de la opción constancia de inscripción. En caso de noencontrarse categorizado o no estar de acuerdo con la categoría otorgada,deberá iniciar, en la misma página el trámite correspondiente.-

Art. 6°.- A partir del mes de octubre de 2019, el importe proveniente delRégimen Simplificado correspondiente al mes en curso, solo podrá abonarsea través de las plataformas de AFIP debiendo cancelarse conforme lo previstoen Resolución conjunta N° 1130/2019 de la Agencia y la Resolución GeneralN° 4604/2019 de la AFIP.

Las deudas por obligaciones del Régimen Simplificado vencidas al 30/09/2019deberán liquidarse y regularizarse a través de los medios de pagos de la Agencia.

Aquella deuda que se genere a partir de 01/10/2019 deberá liquidarse yregularizarse a través de los medios de pagos disponibles en la Agencia hastatanto la Administración Federal de Ingresos Públicos incorpore en la cuentacorriente de los monotributistas el componente provincial.-

Art. 7°.- En el supuesto de encontrarse adherido al débito automáticopara el Impuesto sobre los Ingresos Brutos al momento de la implementacióndel Monotributo Unificado, se suspenderá el envío de la orden de débito a losbancos respectivos. De optar por dicha modalidad de pago, el contribuyentedeberá iniciar los trámites correspondientes para incorporar dicho medio depago a través del portal de Administración Federal de Ingresos Públicos.

En caso de poseer la adhesión al débito en la Administración Federal deIngresos Públicos para el monotributo, se incorporará a éste, en formaautomática el importe del componente provincial.-

Art. 8°.- A fin de realizar la inscripción en el Impuesto Sobre los IngresosBrutos, contribuyentes encuadrados en el Titulo II de la Resolución N°1091/2019 de la Agencia, deberán contemplar el procedimiento establecidoen la Resolución conjunta N° 1130/2019 de la Agencia y la ResoluciónGeneral N° 4604/2019 de la AFIP. Una vez completos los datos de lasactividades realizadas, el sistema informará la situación respecto delcomponente provincial de acuerdo a las actividades ingresadas. En caso deque el mismo no se encuentre alcanzado con el motivo “no alcanzado portrámite en jurisdicción”, deberá verificar el resultado de la inscripción en lapágina web de la Agencia dentro de las 48 horas siguiente a la confirmacióndel trámite.-

Art. 9°.- Compensaciones de créditos con deuda: Cuando el contribuyentese encuentre alcanzado por el Régimen Simplificado y posee créditos a favoren el Impuesto sobre los Ingresos Brutos al 30/09/2019, podrá solicitar lacompensación con deuda originada en otros tributos provincialesadministrados por la Agencia o la correspondiente devolución, conforme losprocedimientos establecidos para cada caso.-

Art. 10.- Los contribuyentes que se hallaren adheridos al RégimenSimplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos al día 30/09/2019, y quedeseen solicitar la devolución y/o compensación de las retenciones bancariasy percepciones sufridas hasta esa fecha, deberán presentar la DeclaraciónJurada Anual, hasta el día 20 de noviembre de 2019 para disponer del crédito.-

A fin de confeccionar la Declaración Jurada Anual del Artículo anterior, loscontribuyentes deberán ingresar con clave fiscal de Administración Federal deIngresos Públicos en el servicio “ART- PROVINCIA DE RIO NEGRO” y seleccionarel trámite “Presentar DDJJ Anual Régimen Simplificado”.-

Art. 11.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 01/10/2019.-Art. 12.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,

cumplido archívese.-Dr. Leandro Sferco, Director Ejecutivo Agencia de Recaudación

Tributaria.-———

Resolución Nº 1168Viedma, 11 de Octubre de 2019

Visto: El Expediente N° 180.610-M-2019 del registro de la Agencia deRecaudación Tributaria, y

CONSIDERANDO:Que por Resolución Nº 985/2018 se ratifican, designan y cesan distintos

Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;Que de acuerdo al Artículo 3° de dicha Resolución, la designación de

nuevos Agentes y/o baja de los mismos deberá realizarse por actoadministrativo de esta Agencia;

Que se han realizado estudios pormenorizados con la finalidad de establecerla importancia de ciertos sujetos para ser incorporados y/o excluidos en eluniverso de Agentes de Recaudación;

Que se entiende oportuno introducir modificaciones dentro del mencionadouniverso de responsables, por estrictas razones de interés fiscal;

Que el contribuyente Moor Raúl Emilio CUIT Nº 20-10710038-6, condomicilio fiscal en la calle Casa Nº 5 Barrio “D” de la localidad de SierraGrande, provincia de Río Negro, solicita por nota a fs. 1, la baja comoAgente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos N.º 202006123al 31/12/2015, en virtud de haber cesado su actividad;

Que a fs. 2 obra copia del legajo del contribuyente donde puede observarsela baja en el Impuesto a los Ingresos Brutos objeto N.º 39017249 con fecha31/12/2015 con motivo del cese de actividades;

Que a fs. 3 obra copia de Formulario Nº 435 – Cese de Actividad ComercialImpuesto a los Ingresos Brutos Directo con fecha 31/12/2015 delcontribuyente Moor Raúl Emilio CUIT Nº 20-10710038-6;

Que a fs. 4 obra copia de AFIP Solicitud de cancelación de inscripción enimpuestos y/o regímenes, donde se detallan el Impuesto y/o Régimen y elmotivo del contribuyente Moor Raúl Emilio CUIT Nº 20-10710038-6 delperíodo 12/2015: IVA (Cese de actividades);

Que a fs. 5 obra copia de Resolución Nº 12847/2015 de la Municipalidadde Sierra Grande donde se le otorga el cambio de titularidad de habilitacióncomercial definitiva a nombre de la Sociedad LA GERMANIA S.R.L. enlugar de Moor Raúl Emilio;

Que a fs. 6 a 7 obra copia de Formulario Nº 434 – Inscripción de IngresosBrutos y Constancia de Inscripción AFIP de la empresa LA GERMANIAS.R.L.;

Que a fs. 10 a 29 obra copia certificada del Contrato Social, Inscripciónen la Inspección de Personas Jurídicas y contrato concesión comercial afavor de LA GERMANIA S.R.L.;

Que a fs. 30 obra copia de correo electrónico enviado al Subdelegado deSierra Grande en el cual el contribuyente solicita la remisión de las multasgeneradas por la falta de presentaciones juradas en los meses posteriores a lasolicitud de la baja como Agente de Retención;

Que por lo expuesto anteriormente producto de haberse producido labaja definitiva como contribuyente del Impuesto a los Ingresos Brutos y notener más actividades comerciales dentro de la provincia de Rio Negro, no esde interés fiscal que continúe siendo designado como Agente de Retencióndel Impuesto mencionado el contribuyente MOOR RAUL EMILIO CUITNº 20-10710038-6 ;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades que le son propias envirtud a lo establecido en los Artículos 5º y 34º, 3º párrafo del Código FiscalLey I 2686 concordantes con el Artículo 3º de la Ley nº 4667;

Por ello:El Director Ejecutivo de la

Agencia de Recaudación TributariaRESUELVE

Artículo 1°.- Dar de baja la inscripción como Agente de Retención delImpuesto sobre los Ingresos Brutos N° 202006123 en forma retroactiva apartir del 31/12/2015 al contribuyente Moor Raúl Emilio CUIT Nº 20-10710038-6 , con domicilio fiscal en la calle Casa Nº 5 Barrio “D” de lalocalidad de Sierra Grande, provincia de Río Negro.-

Art. 2º.- Remitir las multas automáticas interpuestas con fecha posteriora la baja del contribuyente Moor Raúl Emilio CUIT Nº 20-10710038-6 porlos periodos 09 y 10/2016, 07 a 12/2018 y 01 a 05/2019 por falta depresentación de las declaraciones juradas como Agente de Retención delImpuesto sobre los Ingresos Brutos Nº 202006123, .-

Art. 3°.- Registrar, comunicar a los interesados, publicar en el BoletínOficial, cumplido, archivar.-

Dr. Leandro Sferco, Director Ejecutivo Agencia de RecaudaciónTributaria.-

———Resolución Nº 1169

Viedma, 11 de Octubre de 2019Visto: El Expediente Nº 169.028-ART-2019 del registro de la Agencia de

Recaudación Tributaria, yCONSIDERANDO:Que por Resolución Nº 985/2018 se ratifican, designan y cesan distintos

Agentes de Retención y/o Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;Que de acuerdo al Artículo 3° de dicha Resolución, la designación de

nuevos Agentes y/o baja de los mismos deberá realizarse por actoadministrativo de esta Agencia;

Que se han realizado estudios pormenorizados con la finalidad de establecerla importancia de ciertos sujetos para ser incorporados y/o excluídos en eluniverso de Agentes de Recaudación;

Que se entiende oportuno introducir modificaciones dentro del mencionadouniverso de responsables, por estrictas razones de interés fiscal;

Que Moor Emilio Raúl, Socio Gerente de la empresa LA GERMANIAS.R.L. CUIT 30-71453991-0, solicita a fs. 1 la designación como Agente de

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9Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

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Retención del Impuesto a los Ingresos Brutos en la Provincia de Río Negrodel contribuyente LA GERMANIA S.R.L.;

Que a fs. 2 a 5 obra copia certificada de la inscripción de la empresa en laInspección General de Personas Jurídicas de Río Negro con fecha 11/07/2014 bajo la Resolución N.º 514/14;

Que en fs. 06 a 16 obra copia certificada de CONSTITUCIÓN DESOCIEDAD.- LA GERMANIA S.R.L..- ESCRITURA NUMERODIECINUEVE.- de fecha 05/05/2014 donde se designa como Gerente Titu-lar al señor Moor Raúl Emilio autorizado a dirigir, representar legal yadministrativamente a la sociedad;

Que a fs. 18 obra copia certificada de Resolución Nº 12847/2015 de laMunicipalidad de Sierra Grande donde se le otorga el cambio de titularidad dehabilitación comercial definitiva a nombre de la Sociedad LA GERMANIAS.R.L. en lugar de Moor Raúl Emilio a partir del 24/06/2015;

Que a fs. 19 obra copia de Formulario Nº 434 de Inscripción en IngresosBrutos Provincia de Río Negro del contribuyente LA GERMANIA S.R.L.CUIT 30-71453991-0 bajo el Nº 46069135 con fecha 12/06/2015;

Que a fs. 20 obra copia certificada de Constancia de Inscripción de AFIPdel contribuyente LA GERMANIA S.R.L. CUIT 30-71453991-0;

Que a fs. 21 a 29 obra copia certificada de Contrato de ConcesiónPrivada en el cual AUTOMÓVIL CLUB ARGENTINO le otorga a LAGERMANIA S.R.L. la concesión para la explotación de los servicios deexpendio de combustibles, venta de lubricantes, venta de baterías, venta deaccesorios y repuestos y Servicompras en la Estación de Servicios de propiedaddel A.C.A. ubicada en la Ruta Nacional Nº 3 kilómetro 1258,50 de la localidadde Sierra Grande, Provincia de Río Negro y la cobranza de cuotas sociales entodo el ámbito de la citada localidad;

Que se verifico en sistema de esta agencia que el contribuyente LAGERMANIA S.R.L. CUIT 30-71453991-0 se encuentra inscripto en elImpuesto a los Ingresos Brutos Régimen Directo Nº de Inscripción 46069135a partir del 11/07/2014;

Que por el desarrollo de su actividad es de interés fiscal para la Agencia deRecaudación Tributaria provincia de Río Negro que se designe al contribuyenteLA GERMANIA S.R.L. CUIT 30-71453991-0 como Agente de Retencióny de Percepción en virtud de su interacción con distintos sectores comercialesy de servicios afines a su actividad;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades que le son propias envirtud a lo establecido en los Artículos 5º y 34º, 3º párrafo del Código FiscalLey I Nº 2686 concordantes con el Artículo 3º de la Ley Nº 4667;

Por ello:El Director Ejecutivo de la

Agencia de Recaudación TributariaRESUELVE

Artículo 1°.- Desígnese como Agente de Retención del Impuesto sobrelos Ingresos Brutos a partir de la notificación de la presente e incorpórese alAnexo A de la Resolución Nº 985/2018 al contribuyente LA GERMANIAS.R.L. CUIT 30-71453991-0 con domicilio fiscal en calle Casa Nº 5 Barrio“D” de la localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro.-

Art. 2º.- Desígnese como Agente de Percepción del Impuesto sobre losIngresos Brutos a partir de la notificación de la presente e incorpórese alAnexo A de la Resolución Nº 985/2018 al contribuyente LA GERMANIAS.R.L. CUIT 30-71453991-0 con domicilio fiscal en calle Casa Nº 5 Barrio“D” de la localidad de Sierra Grande, Provincia de Río Negro.-

Art. 3°.- Establecer que el contribuyente LA GERMANIA S.R.L. CUIT30-71453991-0, se encuentra obligado a utilizar el Sistema de Recaudacióny Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR), aprobado por ResoluciónN° 84/02 de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/1977,sus modificatorias y complementarias.-

Art. 4°.- Establecer que la presentación de la declaración jurada e ingresode los montos retenidos y/o percibidos se efectuará por períodos mensualesde acuerdo a los vencimientos que para tal efecto establezca la Agencia deRecaudación Tributaria.

Art. 5º.- Regístrese, comuníquese a los interesados, publíquese en el BoletínOficial, cumplido, archívese.-

Dr. Leandro Sferco, Director Ejecutivo Agencia de RecaudaciónTributaria.-

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Provincia de Río NegroMINISTERIO DE ECONOMÍA

RESOL-2019-665-E-GDERNE-MEViedma, Río Negro

Jueves 10 de Octubre de 2019Visto: el EX-2019-00031746-GDERNE-SAC#ME del Registro del

Ministerio de Economía, la Ley H N° 3.186, su Decreto Reglamentario HN° 1.737/98, el Decreto N° 780/12, y;

CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución N° 529 del Registro del Ministerio de

Economía, del 31 de octubre de 2.018, fue aprobado el Presupuesto deGastos y Financiamiento del TREN PATAGÓNICO S.A. para el EjercicioFiscal 2019, modificado parcialmente por las Resoluciones N° 22/19, N°110/19 y N° 371/19;

Que en el orden nº 21, la empresa TREN PATAGÓNICO S.A. hapresentado los formularios por medio de los cuales solicitó, para afrontar elmantenimiento necesario de las locomotoras y su operatividad, unamodificación del Presupuesto 2019 oportunamente aprobado por lasresoluciones referidas en el considerando inmediato anterior;

Que en el orden nº 24 ha tomado intervención la Dirección de EmpresasPúblicas, conforme a lo normado en el Decreto Nº 780/12 y la ResoluciónME Nº 010/17 del Ministerio de Economía;

Que en el orden nº 27 obra el Informe de la Subsecretaría dePresupuesto sobre la viabilidad de las modificaciones presupuestariasinformadas por la firma TREN PATAGÓNICO S.A;

Que en el orden nº 32 han tomado intervención la Secretaría de Haciendadel Ministerio de Economía y en el orden nº 21 el Ministerio de Obras yServicios Públicos;

Que en la Nota N° 1309/12 "CG" de la Contaduría General de laProvincia, ésta fundamenta la no intervención de dicho organismo decontrol;

Que por aplicación de lo dispuesto en el Artículo 1º Inciso b) de laResolución Nº 119/13 del Registro de la Fiscalía de Estado, la presenteResolución se encuentra eximida de ser intervenida por dicho organismo decontrol;

Que en el orden nº 35 ha tomado debida intervención el Servicio JurídicoPermanente del Ministerio de Economía conforme lo establecido por la LeyA Nº 2.938;

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a las facultades conferidasen el Artículo 16º inciso 3) de la Ley Nº 5.105 y su modificatoria Ley N°5.238 y en los Artículos 44º y 45º de la Ley H Nº 3.186 y su DecretoReglamentario H Nº 1.737/98;

Por ello:El Ministro de Economía

RESUELVE :Artículo 1º.- Modificar el Presupuesto de Gastos y Financiamiento para

el ejercicio fiscal 2019 de la empresa TREN PATAGÓNICO S.A, enADICIÓN de partidas, con financiamiento en Aportes del Tesoro(Rentas Generales), por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONESQUINIENTOS MIL ($22.500.000), conforme surge del AnexoÚnico (IF-2019-00098976-GDERNE - SP#ME) que forma parte integrantede la presente.-

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial para supublicación y archívese.

Agustín Domingo, Ministro de Economía.- Verónica Fuente, Subsecretariade Administración.

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Anexo ÚnicoCuadro 1

Se solicita un incremento presupuestario a fin de poder cubrir los gastosque se detallan a continuación, los cuales no podrán ser cubiertos con fondosde la empresa y los cuales deben realizarse a fin de mantener operativas lasLocomotoras y poder realizar los viajes programados hasta la finalizaciónde este año.

Por un lado la empresa necesita contar con los fondos para la comprade Combustibles y Lubricantes para las Locomotoras y Coches, losincrementos en estos conceptos en lo que va del año hacen imposiblecontar con los mismos en tiempo y forma, poniendo en riesgo la vida útilde las locomotoras y a largo plazo, el servicio.

Por otro lado se solicitan fondos para poder afrontar el mantenimientonecesario de las locomotoras, a fin de cumplir con lo normado por laCNRT y poder aprobar las inspecciones que regularmente tiene a laempresa. Actualmente la empresa cuenta con un amplio parque delocomotoras (319, 815, 9073, 7090, 2 Coches Motor) las cuales tienenmantenimientos mensuales, que representan un alto costo ya que el valor delos repuestos está en dólares.

PR E S U P U E ST O 201 9

FU N D A M EN TA C IÓ N D E LAS M O D IF IC A C IO N E S PR ES U P U E ST AR IAS EM PR E S A: T R EN PA T AG Ó N IC O S.A . Se solicita un incremento presupuestario a fin de poder cubrir los gastos que se

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10Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

Asimismo, y por los mismos motivos ya expuestos, parte de ese incre-mento será destinado a Material Remolcado (coches y vagones) y almantenimiento de las vías.

Todos estos gastos, en conjunto, tienen por objetivo garantizar elservicio de transporte de pasajeros para lo que resta del año 2019.

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Anexo ÚnicoCuadro 2

PR ES U PU E ST O : 2 01 9

P R E S U P U E S T O P O R F U E N T E D E F IN A N C IA M IE N T O Y O B J E T O D E L G A S T O M O D IF IC A C IO N E S P R E S U P U E S T A R IA S

-E N P E S O S -

E M P R E S A : T R E N P A T A G Ó N IC O S .A .

C O D IG O D E SC R IPC IO N R E C U R S O S

PR O PIO S

AP O R T ES T E SO R O

PR O VIN C IA L

EN D EU D AM IE N T O

T O T AL IN T ER N O EX T E R N O

1 00 G AS T O S EN PE R SO N AL 0 2 00 B IEN E S D E C O N SU M O 8 .0 00.000 8 .0 00.000 3 00 SE R V IC IO S N O P ER SO N AL ES 0 1 4.500.000 0 0 1 4.500.000 3 10 SE R V IC IO S BA SIC O S 0 3 20 AL Q U ILE R ES Y D ER E C H O S 0 3 30 M A N T E N IM IE N T O , R E PA R A C IO N Y LIM P IE Z A 1 4.500.000 1 4.500.000 3 40 SE R V IC IO S T E C N IC O S Y P R O F E SIO N A LE S 0 3 50 SE R V IC IO S C O M E R C IA LE S Y F IN AN C IER O S 0 3 60 PU BL IC ID AD Y P R O PA G A N D A 0 3 70 PA SA JE S Y V IAT IC O S 0 3 80 IM P U E S T O S , D E R EC H O S, T AS AS Y JU IC IO S 0 3 90 O T R O S S ER VIC IO S 0 4 00 B IEN E S D E U S O 0 0 0 0 0 4 10 B IEN E S P R EE XIS T E N T E S 0 0 0 0 0 4 11 T IER R AS Y T ER R EN O S 0 4 12 ED IF IC IO S E IN S T AL AC IO N E S 0 4 13 O T R O S B IE N ES PR E E XIST E N T E S 0 4 20 C O N ST R U C C IO N ES 0 4 30 M A Q U IN A R IA Y E Q U IP O 0 4 80 AC T IV O S IN T A N G IB LE S 0

R E ST O D E BIE N ES D E U SO 0 5 00 T R AN S F E R EN C IA S 0 6 00 AC T IV O S F IN AN C IE R O S 0 0 0 0 0

6 50 IN C R EM E N T O D E D IS PO N IBIL ID A D ES 0 6 60 IN C R EM E N T O D E C U E N T A S A C O BR AR 0 6 70 IN C R EM E N T O D E D O C U M E N T O S A C O BR A R 0

IN C R EM E N T O D E O T R O S AC T . F IN A N C IE R O S 0 7 00 SE R V IC IO D E LA D EU D A Y D IS M IN U C IO N D E O T R O S PA SIV O S 0 0 0 0 0 7 30 IN T ER ESE S PO R PR E ST AM O S R EC IBID O S 0 7 40 D ISM IN U C IO N D E PR E S T A M O S A C O R T O PL AZ O 0 7 50 D ISM IN U C IO N D E PR E S T A M O S A LA R G O P LA Z O 0 7 60 D ISM IN U C IO N D E C U E N T A S Y D O C U M E N T O S A PA G AR 0

D ISM IN U C IO N D E O T R O S P A SIVO S 0 8 00 O T R O S G A ST O S 0 0 0 0 0 8 20 D E PR E C IAC IO N Y A M O R T IZ AC IO N 0 8 30 D E SC U E N T O S Y BO N IF IC AC IO N ES 0 8 40 O T R AS PE R D ID A S 0 8 50 D ISM IN U C IO N D E L P AT R IM O N IO 0

T O T AL 0 22 .500 .000 0 0 22 .500 .000

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Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

Resolución Nº 1435Expediente Nº 76448-IGRH-19

Viedma, 15 de Octubre de 2019Visto: El expediente de referencia, caratulado “Solicitud de Autorización

de Uso de Agua Pública – Marenco Bunge Fernando – Nogales de la Patagonia– Choele Choel”, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones el Sr. Marenco Bunge Fernando

(D.N.I. Nº 22.675.896), propietario de una parcela cuya NomenclaturaCatastral es “08-1-H-004-01A, solicitando la autorización de uso de aguapública para su utilización en procesos industriales en la post cosecha y en laplanta de acondicionamiento de nueces del Establecimiento “Nogales de laPatagonia” La fuente de abastecimiento la constituye el agua subterránea yserá captada por bombeo en una (1) perforación de 9,00 metros. El caudalmáximo de explotación será del orden de los 0,4m3/día;

Que a fs. 28 obra un informe técnico que recomienda autorizar la solicitud,y se entiende además que por la envergadura del emprendimiento y lascaracterísticas de la fuente, no es necesario requerir un estudio de impactoambiental en los términos establecidos en el artículo 30º inciso e) del Códigode Aguas, Ley Q Nº 2952;

Que cumplimentada la documentación conforme al artículo 30º del Códigode Aguas, se procedió a la publicación edictal correspondiente, según artículo31º del mismo cuerpo normativo, en los términos dispuestos por la Ley Nº5273, no deduciéndose oposición alguna (fs. 22/27);

Que ha dictaminado la Dirección de Asuntos Legales, encontrándoseexceptuada la intervención de Fiscalía de Estado, conforme al criterio quesurge en la Vista Nº 05490-15;

Que la presente Resolución halla sustento legal en los artículos 22º incisob, 2), 35º y 260º del Código de Aguas;

Por ello,El Intendente General de Hidráulica y Saneamiento

a/c de la Superintendencia General de AguasRESUELVE

Artículo 1º.- Otorgar la autorización de Uso de Agua Pública a favor delSr. Marenco Bunge Fernando (D.N.I. Nº 22.675.896), para su utilización enprocesos industriales en la post cosecha y en la planta de acondicionamientode nueces del Establecimiento “Nogales de la Patagonia” ubicado en laparcela cuya nomenclatura catastral es 08-1-H-004-01A de la localidad deChoele Choel.

Art. 2º.- La fuente de abastecimiento la constituye el agua subterránea yserá captada por bombeo en una (1) perforación de 9,00 metros. El caudalmáximo de explotación será del orden de los 0,4m³/día. El volumen realmenteexplotado se determinará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de lapresente Resolución.

Art. 3º.- La captación, conducción y distribución de agua para el usoprevisto, se hará conforme a la documentación técnica presentada y obranteen el expediente.

Art. 4º.- La liquidación de regalías a abonar por el beneficiario, se haráconforme a lo dispuesto por Resoluciones Nº 897/18, Nº 781/19 ymodificatorias, por lo que para su cálculo será necesario realizar las mediciones,debiendo instalar el solicitante un caudalímetro totalizador conforme adirectivas y plazos que imparta el Organismo.

Art. 5º.- La autorización se otorga exclusivamente con el destino previstoen el artículo 1º y quedará sujeta a lo preceptuado por el Código de Aguas ysus normas reglamentarias y concordantes.

Art. 6º.- Toda norma modificatoria que en lo sucesivo se dicte en materiade tutela, administración y policía de agua pública y su uso y goce por laspersonas particulares, debe ser observada por el titular de la autorización ycumplida en lo que se oponga a la presente.

Art. 7º.- La autorización podrá ser restringida temporariamente a juicioexclusivo del D.P.A., cuando considere necesario por razones de interésgeneral, cuando se registren disminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términos del artículo 41º delCódigo de Aguas.

Art. 8º.- La autorización otorgada por la presente se extiende por unplazo de veinte (20) años.

Art. 9º.- Sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el artículo47º del Código de Aguas, en los casos siguientes y a juicio exclusivo delD.P.A., se producirá la caducidad de la autorización:

a) En caso de modificarse el destino para la que fue otorgada.b) Por falta de pago de tres o más liquidaciones consecutivas o cuatro o

más discontinuas, de la regalía establecida.c) Por incumplimiento de las condiciones esenciales de la derivación y

utilización o cesión total o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de los términos y obligacionesimpuestas en el artículo 42º y concordantes del Código de Aguas y losque surgieran de la presente.

Art. 10º.- El titular de la autorización deberá dar cumplimiento a lasnormas vigentes sobre el Control de Calidad y Protección de los RecursosHídricos Provinciales, contenidas en el Libro Tercero del Código de Aguas ysus reglamentaciones.

Art. 11º.- En todos los demás aspectos que excedan el marco de laautorización de uso y se encuentren dentro de las facultades previstas en elCódigo de Aguas, en especial los artículos 16º, 258º y 260º y concordantes,el D.P.A. tomará la intervención que le corresponda.

Art. 12º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,cumplido, Archívese.-

Ing. Gonzalo Ginés Asensio, Intendente General de Hidráulica ySaneamiento a/c de la Superintendencia General de Aguas D.P.A..-

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Resolución Nº 1436Viedma, 16 de Octubre de 2019

Visto: El expediente Nº 77190-DRS-19 del registro de este Organismo,por el cual se tramita la solicitud de Cooperativa de Agua y Otros ServiciosPúblicos Ingeniero Jacobacci, para Revisión Ordinaria del Régimen Tarifariovigente, y

CONSIDERANDO:Que en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º, del Contrato

de Concesión de Cooperativa de Agua y Otros Servicios Públicos IngenieroJacobacci;

Que a fs. 3/193 El Concesionario presenta el Estudio de Revisión Tarifariacorrespondiente al Período 2019, tendiente a mantener el equilibrioeconómico-financiero del contrato vigente;

Page 11: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

11Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

Que este Organismo, en su función de Ente Regulador, considera que elprocedimiento para la revisión tarifaria ordinaria se encuentra en condicionesde ser habilitado;

Que para ello, y con carácter previo a la emisión de la decisiónadministrativa pertinente, es menester cumplir con lo dispuesto en la LeyProvincial J Nº 3284, la cual prevé el mecanismo de Audiencia Públicarespecto de ciertas cuestiones que tienen significativa trascendencia porabarcar a una pluralidad general de usuarios;

Que la Resolución Nº 922/05 (fs. 199/200), establece en el ámbito delDepartamento Provincial de Aguas la realización de Audiencias Públicas delos concesionarios con el fin de debatir aspectos que hagan al servicio porellos prestado, en especial las modificaciones tarifarias contempladas en losrespectivos contratos de concesión;

Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales delDepartamento Provincial de Aguas;

Que el dictado de la presente encuentra sustento legal en lo dispuesto enlas Leyes Nº J 3183, N° J 3185 y N° J 3284;

Por ello,El Intendente General de Riego

a/c de la Superintendencia General de AguasRESUELVE

Artículo 1º.- Habilitar el proceso de Revisión Ordinaria de Tarifas yconvocar a Audiencia Pública con el objeto de analizar la propuesta deincremento de los valores tarifarios correspondiente a la concesión delservicio público de agua potable otorgada a la Cooperativa de IngenieroJacobacci Ltda., mediante contrato de fecha 01 octubre de 2003.

Art. 2º.- Fijar como fecha de realización de la misma el día 27 denoviembre de 2019, a partir de la 12:00 horas, en el Sindicato Luz y Fuerzade Ingeniero Jacobacci sito en calle M. Gálvez N° 369.

Art. 3°.- Dar aviso de la presente mediante las publicaciones pertinentesen el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario Río Negro durante dos (2)días.

Art. 4º.- El Concesionario remitirá la invitación a todos los usuarios delárea concesionada en forma conjunta con la factura del período anterior a larealización de la Audiencia posterior o por vía separada en caso de nocoincidir la oportunidad y deberá dar difusión a la convocatoria por unmedio radial local.

Art. 5º.- La documentación podrá ser consultada en la sede de laCooperativa, sito en calle M. Gálvez Nº 252, de lunes a viernes en el horariode 8:00 a 13:00 horas y en la Municipalidad, ambos de Ingeniero Jacobacci.Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a la dirección de correoelectrónico: [email protected].

Art. 6º.- Los interesados en participar en la audiencia pública, conformelo autoriza el artículo 13º de la Ley J Nº 3284, podrán registrarse hasta el día26 de noviembre de 2019 inclusive, en la sede de la Cooperativa.

Art. 7º.- La Audiencia Pública será presidida por el Sr. SuperintendenteGeneral del Departamento Provincial de Aguas o, en caso de imposibilidadde asistencia, será reemplazado por la Directora de Regulación deSaneamiento.

Art. 8º.- Cursar invitación para participar en la Audiencia Pública a laDefensoría del Pueblo de Río Negro, al Intendente Municipal, Presidente delConcejo Municipal.

Art. 9º.- Designar a la Dirección de Regulación de Saneamiento comoresponsable de proponer y ejecutar todos los actos necesarios para el adecuadofuncionamiento de la audiencia.

Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,cumplido, Archívese.-

Ing. Antonio Andrés Francioni, Intendente General de Riego a/c de laSuperintendencia General de Aguas D.P.A..-

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Resolución Nº 1437Viedma, 16 de Octubre de 2019

Visto: El expediente Nº 77255-DRS-19 del registro de este Organismo,por el cual se tramita la solicitud de Concesionario Junta Vecinal LasVertientes, para Revisión Ordinaria del Régimen Tarifario vigente, y

CONSIDERANDO:Que en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 49º del Contrato

de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües CloacalesJunta “Vecinal Las Vertientes;

Que a fs. 3/117 El Concesionario presenta el Estudio de Revisión Tarifariacorrespondiente al Período 2019, tendiente a mantener el equilibrioeconómico-financiero del contrato vigente;

Que este Organismo, en su función de Ente Regulador, considera que elprocedimiento para la revisión tarifaria ordinaria se encuentra en condicionesde ser habilitado;

Que para ello, y con carácter previo a la emisión de la decisiónadministrativa pertinente, es menester cumplir con lo dispuesto en la LeyProvincial J Nº 3284, la cual prevé el mecanismo de Audiencia Públicarespecto de ciertas cuestiones que tienen significativa trascendencia porabarcar a una pluralidad general de usuarios;

Que la Resolución Nº 922/05 (fs. 120/121) establece en el ámbito delDepartamento Provincial de Aguas la realización de Audiencias Públicas delos concesionarios con el fin de debatir aspectos que hagan al servicio porellas prestado, en especial las modificaciones tarifarias contempladas en losrespectivos contratos de concesión;

Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales delDepartamento Provincial de Aguas;

Que el dictado de la presente encuentra sustento legal en lo dispuesto enlas Leyes J N° 3183, J N° 3185 y J N° 3284;

Por ello,El Intendente General de Riego

a/c de la Superintendencia General de AguasRESUELVE

Artículo 1º.- Habilitar el proceso de Revisión Ordinaria de Tarifas yconvocar a Audiencia Pública con el objeto de analizar la propuesta deincremento de los valores tarifarios correspondiente a la concesión delservicio público de agua potable otorgada a la Junta Vecinal Las Vertientes,mediante contrato de fecha 28 septiembre de 2005.

Art. 2º.- Fijar como fecha de realización de la misma el día 28 denoviembre de 2019, a partir de las 19:00 horas y lugar de realización Club dePesca y Caza Nahuel Huapi sito en Avda. 12 de Octubre y Onelli de SanCarlos de Bariloche.

Art. 3°.- Dar aviso de la presente mediante las publicaciones pertinentesen el Boletín Oficial de la Provincia y en El Cordillerano durante dos (2) días.

Art. 4º.- El Concesionario remitirá la invitación a todos los usuarios delárea concesionada en forma conjunta con la factura del período anterior a larealización de la Audiencia posterior o por vía separada en caso de nocoincidir la oportunidad y deberá dar difusión a la convocatoria por unmedio radial local.

Art. 5º.- La documentación podrá ser consultada en calle Las VertientesNº 101, lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 12:00 horas y de 14:00 a 18:00horas, y en las oficinas de la Delegación Regional Zona Andina delDepartamento Provincial de Aguas, sito en Calle Sáenz Peña Nº 31, en SanCarlos de Bariloche de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 horas.Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a la “dirección de correoelectrónico: [email protected].

Art. 6º.- Los interesados en participar en la audiencia pública, conformelo autoriza el artículo 13º de la Ley J Nº 3284, podrán registrarse hasta el día27 de noviembre de 2019 a las 12:00 horas, en la Delegación Regional ZonaAndina (DPA).

Art. 7º.- La Audiencia Pública será presidida por el Sr. SuperintendenteGeneral del Departamento Provincial de Aguas o, en caso de imposibilidadde asistencia, será reemplazado por la Directora de Regulación deSaneamiento.

Art. 8º.- Cursar invitación para participar en la Audiencia Pública a laDefensoría del Pueblo de Río Negro, al Intendente Municipal, Presidente delConcejo Municipal.

Art. 9º.- Designar a la Dirección de Regulación de Saneamiento comoresponsable de proponer y ejecutar todos los actos necesarios para el adecuadofuncionamiento de la audiencia.

Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,cumplido, Archívese.-

Ing. Antonio Andrés Francioni, Intendente General de Riego a/c de laSuperintendencia General de Aguas D.P.A..-

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Resolución Nº 1438Viedma, 16c de Octubre de 2019

Visto: El expediente Nº 77037-DRS-19 del registro de este Organismo,por el cual se tramita la solicitud de Concesionario Junta Vecinal San Ignaciodel Cerro, para Revisión Ordinaria del Régimen Tarifario vigente, y

CONSIDERANDO:Que en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 48º del Contrato

de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desagües CloacalesJunta “Vecinal San Ignacio del Cerro;

Que a fs. 2/124 El Concesionario presenta el Estudio de Revisión Tarifariacorrespondiente al Período 2019, tendiente a mantener el equilibrioeconómico-financiero del contrato vigente;

Que este Organismo, en su función de Ente Regulador, considera que elprocedimiento para la revisión tarifaria ordinaria se encuentra en condicionesde ser habilitado;

Page 12: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

12Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

Que para ello, y con carácter previo a la emisión de la decisiónadministrativa pertinente, es menester cumplir con lo dispuesto en la LeyProvincial J Nº 3284, la cual prevé el mecanismo de Audiencia Públicarespecto de ciertas cuestiones que tienen significativa trascendencia porabarcar a una pluralidad general de usuarios;

Que la Resolución Nº 922/05 (fs. 127), establece en el ámbito delDepartamento Provincial de Aguas la realización de Audiencias Públicas delos concesionarios con el fin de debatir aspectos que hagan al servicio porellas prestado, en especial las modificaciones tarifarias contempladas en losrespectivos contratos de concesión;

Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Legales delDepartamento Provincial de Aguas;

Que el dictado de la presente encuentra sustento legal en lo dispuesto enlas Leyes J Nº 3183, J N° 3185 y J N° 3284;

Por ello,El Intendente General de Riego

a/c de la Superintendencia General de AguasRESUELVE

Artículo 1º.- Habilitar el proceso de Revisión Ordinaria de Tarifas yconvocar a Audiencia Pública con el objeto de analizar la propuesta deincremento de los valores tarifarios correspondiente a la concesión delservicio público de agua potable otorgada a la Junta Vecinal San Ignacio delCerro, mediante contrato de fecha 20 abril de 2006.

Art. 2.- Fijar como fecha de realización de la misma el día 28 de noviembrede 2019, a partir de las 17:00 a 19:00 horas, en el Club de Pesca y CazaNahuel Huapi sito en calle Av. 12 de Octubre y Onelli de San Carlos deBariloche.

Art. 3°.- Dar aviso de la presente mediante las publicaciones pertinentesen el Boletín Oficial de la Provincia y en El Cordillerano durante dos (2)días.

Art. 4.- El Concesionario remitirá la invitación a todos los usuarios delárea concesionada en forma conjunta con la factura del período anterior a larealización de la Audiencia posterior o por vía separada en caso de nocoincidir la oportunidad y deberá dar difusión a la convocatoria por unmedio radial local.

Art. 5º.- La documentación podrá ser consultada en la calle Moreno 115,oficina 21, de San Carlos de Bariloche, de lunes a viernes de 10:00 a 12:00horas, y en las oficinas de la Delegación Regional Zona Andina delDepartamento Provincial de Aguas, sito en Calle Sáenz Peña Nº 31, de SanCarlos de Bariloche de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00 horas.Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a la “dirección de correoelectrónico: [email protected].

Art. 6º.- Los interesados en participar en la audiencia pública, conformelo autoriza el artículo 13º de la Ley J Nº 3284, podrán registrarse hasta el día27 de noviembre de 2019 a las 12:00 horas en la Delegación Regional ZonaAndina (DPA).

Art. 7º.- La Audiencia Pública será presidida por el Sr. SuperintendenteGeneral del Departamento Provincial de Aguas o, en caso de imposibilidadde asistencia, será reemplazado por la Directora de Regulación deSaneamiento.

Art. 8º.- Cursar invitación para participar en la Audiencia Pública a laDefensoría del Pueblo de Río Negro, al Intendente Municipal, Presidente delConcejo Municipal.

Art. 9º.- Designar a la Dirección de Regulación de Saneamiento comoresponsable de proponer y ejecutar todos los actos necesarios para el adecuadofuncionamiento de la audiencia.

Art. 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial,cumplido, Archívese.-

Ing. Antonio Andrés Francioni, Intendente General de Riego a/c de laSuperintendencia General de Aguas D.P.A..-

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OSUNRNOBRA SOCIAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE RIO NEGRO

Resolución OSUNRN Nº 04/19Viedma, 27 de septiembre de 2019.

Visto, La Ley 24.741 de Obras Sociales Universitarias; la ResoluciónUNRN Nº 80/09 de creación de la Obra Social de la Universidad Nacional deRío Negro (OSUNRN) y de aprobación de su Estatuto; la Resolución OSUNRNNº 27/11 Reglamento Electoral para la elección de los Consejeros que dis-pone el artículo 18º en sus incisos a), b) y c) del Estatuto de la OSUNRN, yla Resolución OSUNRN Nº 02/19 y

CONSIDERANDOQue mediante la Resolución UNRN Nº 80/09 de la Universidad Nacional

de Río Negro fue creada la obra social OSUNRN y aprobado el Estatuto de lamisma.

Que la OSUNRN se encuentra sujeta al régimen jurídico de las obrassociales universitarias normado por Ley 24.741.

Que mediante Resolución OSUNRN Nº 27/11 fue aprobado el ReglamentoElectoral para la elección de los Consejeros que dispone el artículo 18º en susincisos a), b) y c) del Estatuto de la OSUNRN.

Que el Estatuto de la OSUNRN establece que el Consejo Directivo estaráintegrado por trece (13) consejeros, elegidos de la siguiente forma: tres (3)consejeros en representación de los docentes de la UNRN elegidos por elvoto directo y secreto de los miembros titulares de la OSUNRN quepertenezcan a ese claustro, dos por la lista que obtenga más cantidad devotos y el restante por la que le siga en número en tanto obtenga al menosel veinticinco por ciento (25 %) de los votos válidamente emitidos; tres (3)consejeros en representación del personal afiliado no docente de la UNRNelegidos por el voto directo y secreto de los miembros titulares de la OSUNRNque pertenezcan a ese estamento, dos por la lista que obtenga más cantidadde votos y el restante por la que le siga en número en tanto obtenga al menosel veinticinco por ciento (25 %) de los votos válidamente emitidos; unconsejero en representación de los afiliados jubilados de la OSUNRN elegidopor el voto directo y secreto de los jubilados de la UNRN y de la OSUNRN,la que se hará efectiva a partir de la afiliación de cincuenta (50) jubilados; yseis (6) consejeros designados por el Consejo de Programación y GestiónEstratégica de la UNRN (o el órgano que lo sustituya) que contemple enforma igualitaria a los estamentos del personal docente y no docente de lamisma.

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20º del Estatuto dela OSUNRN, deberá convocarse a elecciones para renovar un (1) cargotitular docente, dos (2) cargos titulares no docentes, un (1) cargo suplentedocente, dos (2) cargos suplentes no docentes.

Que los representantes del Consejo de Programación y Gestión Estratégica,para integrar el Consejo Directivo de la OSUNRN, son elegidos conformelas propias normas de funcionamiento de la UNRN.

Que respecto de la representación de los afiliados jubilados que estableceel artículo 18º inciso c) del Estatuto, no procede su convocatoria por nocumplirse el requisito de contar ese estamento con el número de al menoscincuenta (50) personas.

Que la Junta Electoral estará integrada por cuatro (4) Consejeros de laOSUNRN designados por el propio cuerpo.

Que en base a las disposiciones del Reglamento Electoral correspondedictar la norma que dispone la Convocatoria a elecciones, fija el CronogramaElectoral y establece la integración de la Junta Electoral para la fiscalizacióndel proceso electoral.

Que por Resolución Nº 02/19 se habían indicado plazos legales para laapertura del proceso eleccionario y la designación de miembros paraconformar la Junta Electoral y por diversos motivos el proceso no pudocompletarse, por lo que corresponde el dictado de una nueva resolución.

Que en cumplimiento de los plazos legales, se establece la fecha derealización de las elecciones para el día 6 de diciembre de 2019.

Por ello,El Consejo Directivo de la Obra Social de la UNRN

RESUELVE:Artículo 1º.- Convocar a elecciones para la elección de un (1) cargo

titular docente, dos (2) cargos titulares no docentes, un (1) cargo suplentedocente, dos (2) cargos suplentes no docentes, conforme lo establecido en elartículo 18º en sus incisos a) y b) del Estatuto de la OSUNRN, aprobado porResolución UNRN Nº 80/09, las que se llevarán a cabo el día 6 de diciembrede 2019.

Art. 2º.- Aprobar, a los efectos de la convocatoria dispuesta, el siguienteCronograma Electoral:

Page 13: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

13Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

Art. 3º.- Designar, conforme lo dispuesto por el artículo 3º del ReglamentoElectoral de la OSUNRN, a los integrantes de la Junta Electoral, la quequedará integrada por las siguientes personas:

Presidente: Olvar, Fabian Carlos, DNI 17527408.Vocal: Villa Reyes, María Cristina, DNI 92834603.Vocal: Peñas Colli, Mauricio Javier, DNI 27625476.Vocal: Tytelman, Ezequiel, DNI 28167927.

Art. 4º.- Registrar, comunicar, publicar, cumplido, archivar.Mg. Laura I. Totonelli - Presidente OSUNRN

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Provincia de Río NegroMINISTERIO DE TURISMO,

CULTURA Y DEPORTEResolución Nº 030-19

San Carlos de Bariloche, 15 de Agosto de 2019Visto: El expte. 17.130-T-2012 de esta secretaría por el que se tramita la

inscripción en el Registro de Prestadores y Operadores de Turismo Activo(RPyOTA) del prestador Horacio Ricardo Leal CUIT 20-08210264-8 bajola denominación "COTA CERO", con domicilio en la calle Tercera Bajadadel balneario Las Grutas; la normativa de turismo activo Ley 3.883 ydecreto reglamentario 206/2013; la ley de procedimiento administrativo2.398, y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el 18/4/2012 cuenta con los siguientes antecedentes

de habilitación: Resolución Nº 033 del 25/7/2013 actividades Buceo,Submarinismo, Pesca embarcada y Observación de fauna marina en el ANPBahía de San Antonio; Resolución Nº 051 del 28/3/2016 mismas actividadesy escenario; y certificado de trámite temporada 2017;

Que se incorporó al expte. Resolución Nº 997/2019 de fecha 25/7/2019de la secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro, que loreinscribe en el Registro de Operadores con Ballenas hasta la finalización dela temporada, que se producirá el 31/10/2019;

Que además el interesado ha presentado documentación que cumple latotalidad de los otros requisitos determinados por la ley 3.883, tal comoconsta a fs. 217 vta.;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Inscribir en el Registro de Prestadores y Operadores deTurismo Activo de la prov. de Río Negro al PRESTADOR Horacio RicardoLeal CUIT 20-08210264-8 de la actividad AVISTAJE DE FAUNA MA-RINA en el ANP Bahía de San Antonio, bajo la denominación "COTACERO".-

Art. 2º.- Autorizar la prestación declarada, que se realizará en laembarcación SOFI, en grupos de hasta 10 (diez) pasajeros por salida.-

Art. 3º.- Extender el Certificado de Inscripción en el RPyOTA con datosde esta resolución, el que deberá exhibirse en el ámbito de recepción depasajeros.-

Art. 4º.- Otorgar la presente autorización hasta el 31 de octubre de 2018en virtud de ser ese el plazo de vencimiento del permiso otorgado por laautoridad ambiental.-

Art. 5º.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, a la secretaría deAmbiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro, a la Agencia de RecaudaciónTributaria y a la Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 031-19San Carlos de Bariloche, 15 de Agosto de 2019

Visto: El expte. 17.131-T-2012 de esta secretaría por el que se tramita lainscripción en el Registro de Prestadores y Operadores de Turismo Activo(RPyOTA) de la prestadora María Laura Varela CUIT 27-20365077-4 bajola denominación "MARSUB", con domicilio en la calle Somuncura 459 delbalneario Las Grutas; la normativa de turismo activo Ley 3.883 y decretoreglamentario 206/2013; la ley de procedimiento administrativo 2.398, y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el 18/4/2012 cuenta con los siguientes antecedentes

de habilitación: Resolución Nº 015 del 24/4/2013 actividades Buceo,Submarinismo, Observación de fauna marina y Paseos náuticos en el ANPBahía de San Antonio; Resolución Nº 020 del 26/6/2014 mismas actividadesy escenario; Resolución Nº 050 del 28/3/2016 mismas actividades y escenario;y Resolución Nº 059 del 27/7/2017 mismas actividades y escenario;

Que se incorporó al expte. Resolución Nº 1.302/2019 de fecha 13/8/2019 de la subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro,que la reinscribe en el Registro de Operadores con Ballenas hasta la finalizaciónde la temporada, que se producirá el 31/10/2019;

Que además la interesado ha presentado documentación que cumple latotalidad de los otros requisitos determinados por la ley 3.883, tal comoconsta a fs. 219 vta.;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Inscribir en el Registro de Prestadores y Operadores deTurismo Activo de la prov. de Río Negro a la PRESTADORA MaríaLaura Varela CUIT 27-20365077-4 de la actividad AVISTAJE DE FAUNAMARINA en el ANP Bahía de San Antonio, bajo la denominación"MARSUB".-

Art. 2º.- Autorizar la prestación declarada, que se realizará en laembarcación MARSUB, en grupos de hasta 10 (diez) pasajeros por salida.-

Art. 3º.- Extender el Certificado de Inscripción en el RPyOTA con datosde esta resolución, el que deberá exhibirse en el ámbito de recepción depasajeros.-

Art. 4º.- Otorgar la presente autorización hasta el 31 de octubre de 2018en virtud de ser ese el plazo de vencimiento del permiso otorgado por laautoridad ambiental.-

Art. 5º.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, a la secretaría deAmbiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro, a la Agencia de RecaudaciónTributaria y a la Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 032-19San Carlos de Bariloche, 15 de Agosto de 2019

Visto: El expte. 152.033-T-2011 de esta secretaría por el que se tramitala inscripción en el Registro de Prestadores y Operadores de Turismo Activo(RPyOTA) del prestador Agustín Francisco Sánchez CUIT 20-23724234-4bajo la denominación "RUPESTRE EXPERIENCIA PATAGÓNICA", condomicilio en la calle Canal Interior s/número de San Antonio Este; lanormativa de turismo activo Ley 3.883 y decreto reglamentario 206/2013;la ley de procedimiento administrativo 2.398, y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el 15/12/2011 cuenta con los siguientes

antecedentes de habilitación: Resolución Nº 032/2013 del 25/7/2013actividades Travesías 4x4, Overlanding, Buceo, Submarinismo, SafariFotográfico, Campamentismo y Observación de aves, flora y fauna en lasANP Meseta de Somoncura y Bahía de San Antonio; Resolución Nº 026/2014 del 22/8/2014 mismas actividades y escenarios; Resolución Nº 047/2016 del 28/3/2016 actividades Buceo, Submarinismo y Avistaje de faunamarina en el ANP Bahía de San Antonio; y Resolución Nº 015/2018 del 11/9/2018 actividad Avistaje de fauna marina en el ANP Bahía de SanAntonio;

Que se incorporó al expte. Resolución Nº 1.304/2019 de fecha 13/8/2019 de la subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro,que lo reinscribe en el Registro de Operadores con Ballenas hasta la finalizaciónde la temporada, que se producirá el 31/10/2019;

Que además el interesado ha presentado documentación que cumple latotalidad de los otros requisitos determinados por la ley 3.883, tal comoconsta a fs. 312 vta.;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Inscribir en el Registro de Prestadores y Operadores deTurismo Activo de la prov. de Río Negro al PRESTADOR Agustín FranciscoSánchez CUIT 20-23724234-4 de la actividad AVISTAJE DE FAUNA MA-RINA en el ANP Bahía de San Antonio, bajo la denominación "RUPESTREEXPERIENCIA PATAGÓNICA".-

Art. 2º.- Autorizar la prestación declarada, que se realizará en laembarcación MARNATAL, en grupos de hasta 12 (doce) pasajeros porsalida.-

Art. 3º.- Extender el Certificado de Inscripción en el RPyOTA con datosde esta resolución, el que deberá exhibirse en el ámbito de recepción depasajeros.-

Art. 4º.- Otorgar la presente autorización hasta el 31 de octubre de 2018en virtud de ser ese el plazo de vencimiento del permiso otorgado por laautoridad ambiental.-

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14Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

Art. 5º.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, a la secretaría deAmbiente y Desarrollo Sustentable de Río Negro, a la Agencia de RecaudaciónTributaria y a la Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 033-19San Carlos de Bariloche, 28 de Agosto de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2695/2014 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “CARPE DIEMSUITES”, propiedad de la Señora Quiroga Sandra Viviana, con domicilio enla calle Perito Moreno 3443 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 53 se le otorgó la habilitación turística provincial con

vencimiento el día 26/10/2018;Que a Fs. 60 se solicitó la documentación necesaria para tramitar la

rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 75 se realizó una inspección mediante Acta N° 190512 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos;Que ha presentado toda la documentación solicitada;Que a Fs. 76 a 78 surge del Informe de Categorización que el

establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo3: BED & BREAKFAST, Categoría: ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partirde la fecha, el establecimiento hotelero denominado “CARPE DIEMSUITES”, propiedad de la Señora Quiroga Sandra Viviana, con domi-cilio en la calle Perito Moreno 3443 de la localidad de El Bolsón, en el Tipo3: BED & BREAKFAST, Categoría: ÚNICA, en virtud de lo normadopor la Reglamentación del Sistema de Clasificación de AlojamientosTurísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, conun total de Tres (3) Unidades Alojativas y SEIS (6) Plazas Hote-leras.-

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“CARPE DIEM SUITES”BED & BREAKFAST, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2695/2014

Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 034-19San Carlos de Bariloche, 28 de Agosto de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2695/2014 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “CARPE DIEMSUITES”, propiedad de la Señora Quiroga Sandra Viviana, con domicilio enla calle Perito Moreno 3443 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 53 se le otorgó la habilitación turística provincial con

vencimiento el día 26/10/2018;Que a Fs. 60 se solicitó la documentación necesaria para tramitar la

rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 75 se realizó una inspección mediante Acta N° 190512 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos;Que ha presentado toda la documentación solicitada;Que a Fs. 76 a 78 surge del Informe de Categorización que el

establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo3: BED & BREAKFAST, Categoría: ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de esteMinisterio;

Por ello:El Secretario de Turismo de la Provincia de Río Negro

RESUELVEArtículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partir de la

fecha, el establecimiento hotelero denominado “CARPE DIEM SUITES”,propiedad de la Señora Quiroga Sandra Viviana, con domicilio en la callePerito Moreno 3443 de la localidad de El Bolsón, en el Tipo 3: BED &BREAKFAST, Categoría: ÚNICA, en virtud de lo normado por laReglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticosaprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Tres (3)Unidades Alojativas y Seis (6) Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“CARPE DIEM SUITES”BED & BREAKFAST, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2695/2014

Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 035-19San Carlos de Bariloche, 28 de Agosto de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte. N° 2736/2015 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “DON SALVADOR”,propiedad del Señor Terranova Salvador Edgardo, con domicilio en la callePerito Moreno N° 4507 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que el presente expediente fue iniciado con fecha 06/04/2015 con Nota

sin N° de Entrada de fecha 01/12/2015;Que a Fs. 10 a 16, sin fecha, se realizó el correspondiente relevamiento

de establecimientos turísticos;Que a Fs. 33 a 35 surge del Informe de Categorización que el

establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo5: DAT o CAT (departamentos y casas de alquiler turístico), Categoría:ÚNICA;

Que a Fs. 37, mediante Resolución 059/16 de fecha 07/04/2016, sehabilitó el establecimiento en el Tipo 5: DAT o CAT (departamentos ycasas de alquiler turístico), Categoría: ÚNICA, con un total de 4 unidadesalojativas y 24 plazas;

Que a Fs. 39, mediante nota de entrada N° 408, se adjunta documentaciónenviada por la Delegación de El Bolsón:

Que a Fs. 44 se le solicita vía mail la documentación faltante paraobtener la habilitación Turística provincial;

Que a Fs. 45, mediante nota de entrada N° 557, se adjunta una notaenviada por la Delegación de El Bolsón, en la que el solicitante de lahabilitación turística provincial declara que destinará las unidades a alquilerpermanente;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Archivar a partir del día 16/08/2019, el expediente N°2736/2015 caratulado “DON SALVADOR”, en virtud de no desarrollar másla actividad hotelera en el inmueble de calle Perito Moreno N° 4507 de lalocalidad de El Bolsón .-

Art. 2º.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitircopia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policíade Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 036-19San Carlos de Bariloche, 28 de Agosto de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el ExpteN° 2767/2015 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante elcual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denomi-

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15Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

nado “BRUMAS DEL NAHUEL”, propiedad de la Señora MartínezGraciela Elizabeth, con domicilio en la calle Av. Limay 185 de la localidad deDina Huapi, y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el día 13/08/2015 es de un alojamiento sin

antecedentes de habilitación;Que a Fs. 1 a 116 obran formularios y documentación presentada que

cumplen con todos los requisitos administrativos establecidos por el Art. 12°de la normativa vigente;

Que a Fs. 69 se realizó una inspección mediante Acta N° 1969 y serealizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos queobra a Fs. 70 a 78;

Que a Fs. 117 a 120 surge del Informe de Categorización que elestablecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo5: DAT o CAT (departamentos o casas de alquiler turístico), Categoría:ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo dela Provincia de Río Negro

RESUELVEArtículo 1º.- Habilitar por el término de 3 (tres) años a partir de la fecha,

el establecimiento hotelero denominado “BRUMAS DEL NAHUEL”,propiedad de la Señora Martínez Graciela Elizabeth, con domicilio en lacalle Av. Limay 185 de la localidad de Dina Huapi, en el Tipo 5: DAT o CAT(departamentos o casas de alquiler turístico), Categoría: ÚNICA, en virtudde lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación deAlojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Una (1) Unidad Alojativas y Cinco (5) Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Inscribir al establecimiento “BRUMAS DEL NAHUEL” en elRegistro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.-

Art. 3º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 4º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 5º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“BRUMAS DEL NAHUEL”DAT/CAT, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2767/2015

Art. 6°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de Dina Huapi, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 037-19San Carlos de Bariloche, 03 de Septiembre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2976/19del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “ANANDA”, propiedadde la Señora Ciari Georgina con domicilio en Circuito Mallín Ahogado, Ruta86, Km 1,8 , y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el día 07/02/2019 es de un alojamiento sin

antecedentes de habilitación;Que a Fs. 1 a 74 obran formularios y documentación presentada que

cumplen con todos los requisitos administrativos establecidos por el Art. 12°de la normativa vigente;

Que a Fs. 53 se realizó una inspección mediante Acta N° 1939 y serealizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos queobra a Fs. 54 a 62;

Que a Fs. 77 a 80 surge del Informe de Categorización que elestablecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo5: DAT o CAT (departamentos o casas de alquiler turístico), Categoría:ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Habilitar por el término de 3 (tres) años a partir de la fecha,el establecimiento hotelero denominado “ANANDA”, propiedad de la SeñoraCiari Georgina con domicilio en Circuito Mallín Ahogado, Ruta 86, Km 1,8,

en el Tipo 5: DAT o CAT (departamentos o casas de alquiler turístico),Categoría: ÚNICA, en virtud de lo normado por la Reglamentación delSistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto657/03 y Resolución 228/05, con un total de Dos (2) Unidades y Diez (10)Plazas:

• BÚHO – 5 pasajeros• CAUQUÉN – 5 pasajerosArt. 2º.- Inscribir al establecimiento “ANANDA” en el Registro Único

Provincial de Alojamientos Turísticos.-Art. 3º.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación

Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 4º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo demantener actualizada y vigente la documentación presentada bajoapercibimiento de ordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación deoficio.-

Art. 5º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“ANANDA”DAT/CAT, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2976/19Art. 6°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,

remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 038-19San Carlos de Bariloche, 03 de Septiembre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2698/2014 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “MARTHA”, propiedadde la Señora Oudkerk Virginia Lucía, con domicilio en la Ruta 40 Km 1923,5de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 59 se le otorgó la habilitación turística provincial con

vencimiento el día 28/12/2017;Que a Fs. 68 se solicitó la documentación necesaria para tramitar la

rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 72 se realizó una inspección mediante Acta N° 1921 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos;Que ha presentado toda la documentación solicitada;Que a Fs. 93 a 95 surge del Informe de Categorización que el

establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo2: APART HOTEL, Categoría: DOS (**) ESTRELLAS;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo dela Provincia de Río Negro

RESUELVEArtículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partir de la

fecha, el establecimiento hotelero denominado “MARTHA”, propiedad dela Señora Oudkerk Virginia Lucía, con domicilio en la Ruta 40 Km 1923,5 dela localidad de El Bolsón, en el Tipo 2: APART HOTEL, Categoría: DOS(**) ESTRELLAS, Modalidad: CABAÑA, en virtud de lo normado por laReglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticosaprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Tres (3)Unidades Alojativas y Dieciseis (16) Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo demantener actualizada y vigente la documentación presentada bajoapercibimiento de ordenar la CADUCIDAD de la presente habilitaciónde oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“MARTHA”APART HOTEL, DOS (**) ESTRELLAS, Expte. N° 2698/2014

Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-

Page 16: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

16Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

Resolución Nº 039-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2421/2009 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “GAIA”, propiedad dela Señora Cohen Alejandra, con domicilio en Ruta Nacional 40 Km 1923,5de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 33, mediante Resolución N° 086/15 se le otorgó la última

rehabilitación turística provincial con vencimiento el día 20/09/2018;Que a Fs. 41 se solicitó, vía mail, la documentación necesaria para

tramitar la rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 64 se realizó una inspección mediante Acta N° 1900640 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos;Que ha presentado toda la documentación solicitada;Que a Fs. 68 y 69 surge del Informe de Categorización que el

establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo4: ALBERGUE, Categoría: ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partir de lafecha, el establecimiento hotelero denominado “GAIA”, propiedad de laSeñora Cohen Alejandra, con domicilio en Ruta Nacional 40 Km 1923,5 dela localidad de El Bolsón, en el Tipo 4: ALBERGUE, Categoría: ÚNICA, envirtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación deAlojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Cuatro (4) Unidades Alojativas y Treinta y Seis (36)Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“GAIA”ALBERGUE, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2421/2009Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,

remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 040-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2408/2009 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “SUKAL”, propiedad dela Señora Teijeiro María Andrea, con domicilio en la calle Las Bandurrias1070 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 65 se le otorgó la última rehabilitación turística provincial

mediante Resolución N° 059/14 con vencimiento el día 11/11/2017;Que a Fs. 73, vía correo electrónico, se solicitó la documentación necesaria

para tramitar la rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 95 se realizó una inspección mediante Acta N° 1999 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos yresultó de la misma que se incorporaron dos unidades, 10 plazas más;

Que, en día de la fecha se recibe más documentación con la que cumplimentatoda la documentación solicitada;

Que a Fs. 130 a 133 surge del Informe de Categorización que elestablecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo5: DAT o CAT (departamentos o casas de alquiler turístico), Categoría:ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partir de lafecha, el establecimiento hotelero denominado “SUKAL”, propiedad de laSeñora Teijeiro María Andrea, con domicilio en la calle Las Bandurrias 1070

de la localidad de El Bolsón, en el Tipo 5: DAT o CAT (departamentos ocasas de alquiler turístico), Categoría: ÚNICA, en virtud de lo normado porla Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticosaprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Cuatro(4) Unidades Alojativas y Dieciocho (18) Plazas Hoteleras:

CASA DE MELLI – 6 PasajerosBED & BREAKFAST – 4 Pasajeros

PITRIQUITRÓN – 4 PasajerosCORDILLERA – 4 Pasajeros

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“SUKAL”DAT/CAT, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2408/2009

Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 041-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 914/1981del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “VICTORIA”, propiedaddel Señor Ruiz Andrés Vicente, con domicilio en la calle Jujuy 650 de lalocalidad de Catriel, y

CONSIDERANDO:Que en fecha 07/12/1976 el establecimiento fue relevado tal como consta

en acta de inspección s/n de fs. 1, y planillas de relevamiento de fs. 4 a 8, yluego se formó el expte.;

Que en el acta de fecha 15/09/1980 se expresa que en esa actuación se lointima al propietario a la presentación de la documentación que exige lanormativa de alojamientos;

Que a Fs. 11 se inscribe el establecimiento de acuerdo al Decreto 204/80;Que a Fs. 16, con fecha 28/09/1987, se habilita y categoriza el

establecimiento;Que a Fs. 23 mediante acta de inspección N° 0521 se inspeccionó el lugar

y se realizó el relevamiento correspondiente;Que a Fs. 36 mediante acta de inspección N° 0387 se inspeccionó el

establecimiento sin poder realizar un nuevo relevamiento ya que losempleados no estaban autorizados a permitir realizar un relevamiento;

Que el expediente se remitió desde la delegación de Viedma para “dar debaja” sin informe o constatación de la situación del establecimiento;

Que no consta en el expte. que se haya recepcionado solicitud dehabilitación ni que hayan presentado documentación a ese efecto;

Que a Fs. 38 mediante acta de inspección N° 190631 se hacen presenteslos inspectores de este Ministerio y constatan que el establecimiento seencuentra cerrado;

Que el propietario nunca solicitó la habilitación / categorización delestablecimiento, por lo que no es procedente denegarlas sino archivar el expte.;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Archivar a partir del día de la fecha el establecimientohotelero denominado “VICTORIA”, propiedad del Señor Ruiz AndrésVicente, con domicilio en la calle Jujuy 650 de la localidad de Catriel.-

Art. 2°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de Catriel, Agencia de Recaudación Tributaria,Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 042-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N°2783/2015 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante elcual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denomi-

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17Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

nado “CLUB CIPOLLETTI”, propiedad de la ASOCIACIÓN CIVILCLUB CIPOLLETTI, con domicilio en la Av. Mengelle 210 de la localidadde Cipolletti, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 56, mediante Resolución N° 071/2016, se le otorgó la

habilitación turística provincial con vencimiento el día 15/05/2019;Que el expediente se remitió desde la delegación de Viedma para “dar de

baja” sin informe o constatación de la situación del establecimiento;Que no consta en el expte. que se haya recepcionado solicitud de

habilitación ni que hayan presentado documentación a ese efecto;Que a Fs. 63 se realizó una inspección mediante Acta N° 190523 y se

constató que el establecimiento ha dejado de funcionar y que en su lugarfunciona un Instituto no relacionado con turismo;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Dar de Baja a partir del día de la fecha el establecimientohotelero denominado “CLUB CIPOLLETTI”, propiedad de la ASOCIACIÓNCIVIL CLUB CIPOLLETTI, con domicilio en la Av. Mengelle 210 de lalocalidad de Cipolletti.-

Art. 2°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de Cipolletti, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-———

Resolución Nº 043-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto: El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2965/2018 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “AMUNCHE ANTU”,propiedad del Señor Juronis Rodolfo Alberto , con domicilio en la RutaNacional 40 N° 471 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que el expte. iniciado el día 06/07/2018 es de un alojamiento sin

antecedentes de habilitación;Que a Fs. 1 a 73 obran formularios y documentación presentada que

cumplen con todos los requisitos administrativos establecidos por el Art. 12°de la normativa vigente;

Que a Fs. 74 se realizó una inspección mediante Acta N° 190636 y serealizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos queobra a Fs. 75 a 81;

Que a Fs. 82 a 85 surge del Informe de Categorización que elestablecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo2: APART HOTEL, Categoría: UNA (*) ESTRELLA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Habilitar por el término de 3 (tres) años a partir de la fecha,el establecimiento hotelero denominado “AMUNCHE ANTU”, propiedaddel Señor Juronis Rodolfo Alberto , con domicilio en la Ruta Nacional 40 N°471 de la localidad de El Bolsón, en el Tipo 2: APART HOTEL, Categoría:UNA (*) ESTRELLA, en virtud de lo normado por la Reglamentación delSistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto657/03 y Resolución 228/05, con un total de DOS (2) Unidades Alojativasy SEIS (6) Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Inscribir al establecimiento “AMUNCHE ANTU” en el RegistroÚnico Provincial de Alojamientos Turísticos.-

Art. 3º.- Extender el correspondiente Certificado de HabilitaciónTurística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingresoal establecimiento.-

Art. 4º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 5º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“AMUNCHE ANTU”APART HOTEL, UNA (*) ESTRELLA, Expte. N° 2965/2018

Art. 6°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-

Resolución Nº 044-19San Carlos de Bariloche, 01 de Octubre de 2019

Visto:El Decreto 657/03, la Resolución 228/05 y el Expte N° 2688/2014del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita laHabilitación Turística del alojamiento denominado “EL QUIJOTE”,propiedad de la Señora Marquez Marta, con domicilio en la calle Neuquén530 de la localidad de El Bolsón, y

CONSIDERANDO:Que a Fs. 47, mediante Resolución N° 039/14 se le otorgó la habilitación

turística provincial con vencimiento el día 22/10/2017;Que a Fs. 55 se solicitó, vía mail, la documentación necesaria para

tramitar la rehabilitación del establecimiento;Que a Fs. 83 se realizó una inspección mediante Acta N° 190638 y se

realizó el correspondiente relevamiento de establecimientos turísticos;Que ha presentado toda la documentación solicitada;Que a Fs. 92 a 94 surge del Informe de Categorización que el establecimiento

reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5: DAT o CAT(departamentos o casas de alquiler turístico), Categoría: ÚNICA;

Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal de este Ministerio;Por ello:

El Secretario de Turismo de la Provincia de Río NegroRESUELVE

Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de 3 (tres) años a partir de lafecha, el establecimiento hotelero denominado “EL QUIJOTE”, propiedadde la Señora Marquez Marta, con domicilio en la calle Neuquén 530 de lalocalidad de El Bolsón, en el Tipo 5: DAT o CAT (departamentos o casas dealquiler turístico), Categoría: ÚNICA, en virtud de lo normado por laReglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticosaprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Dos (2)Unidades Alojativas y Ocho (8) Plazas Hoteleras.-

Art. 2º.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, elque deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.-

Art. 3º.- Hacer Saber que el establecimiento asume el cargo de manteneractualizada y vigente la documentación presentada bajo apercibimiento deordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.-

Art. 4º.- Será obligatorio (Según el Art. 21º de la Resolución 228/05) citaren todas las publicidades o promociones realizadas a través de cualquierforma de comunicación, el tipo, categoría y el número de expediente que lefuera otorgado por la autoridad de aplicación:

“EL QUIJOTE”DAT/CAT, Categoría: ÚNICA, Expte. N° 2688/2014

Art. 5°.- Registrar, notificar al interesado, publicar en el Boletín Oficial,remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Agencia de RecaudaciónTributaria, Policía de Río Negro, y cumplido archivar.-

Daniel García, Secretario de Turismo.-–——oOo——–

CONTRATACIÓN DIRECTA——

Provincia de Río NegroMINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DERECHOS HUMANOS

Contratación Directa Nº 135/19Objeto: “S/ Contratación Directa: Ampliación de

Escuela Laboral N° 4 – Cipolletti –En Cada Escuela Siempre”

Presupuesto Oficial: $ 5.704.785,77Garantía de Oferta exigida 1%Fecha de Apertura 01/11/2019 1 Hora: 10:00 hs.Lugar: Calle Roca N° 260 – Viedma (CP 8500) RN.Plazo de entrega: 120 días.Lugar de adquisición del pliego: Educación y Derechos Humanos, Calle

Roca N° 260 — Arquitectura Escolar - Viedma (CP: 8500) RN. E-mail:[email protected]

Subsecretaría de Coordinación Expediente N° 30.023-EDU-2019.-–——oOo——–

EXPURGO DOCUMENTAL——

Provincia de Río NegroSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Archivo GeneralExpurgo Documental 2019

PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIALLa Comisión Clasificadora de Expurgo de la documental comunica por

este medio que se encuentra a disposición de los interesados y por el términode cinco (5) días corridos a partir del día 24/10/2019 las listas de expedientes

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18Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

seleccionados en la Delegación de Archivo de la Primera CircusncripciónJudicial Viedma, sito en calle San Martín Nº 441, en un total de 12.184causas conforme lo dispuesto en el Reglamento de Archivo arts. 22/33.Primera Circunscripcion Judicial: Superior Tribunal de Justicia Sec. Civilremisión año 2009; Sec. Penal: 2017; Sec. Laboral: 2009; Sec. Originarias:2017; Sec. Superintendencia: 2016; Cámara Laboral: 2005, 2007 y 2009;Cámara Laboral Art. 24° 2019; Cámara de Apelaciones en lo Civil: 2009;Cámara en lo Criminal – Sala “A” : 2015 y 2017; Cámara en lo Criminal –Sala “B”: 2016 y 2017; Juzgado Civil Nº 1: 1992, 1999 y 2009; JuzgadoCivil Nº 3 : 2008 y 2009; Juzgado de Familia N°5: 2009; Juzgado de InstrucciónNº 2 – Sec. 3: 2010 y 2.017; Juzgado de Instrucción Nº 2 – Sec. 4: 2012,2016 y 2017; Juzgado de Instrucción Nº 4 – Sec. 7 y 8: 2001, 2004, 2012,2013, 2015, 2016 y 2017; Ministerio Público Fiscal: 2017; MinisterioPúblico Fiscal Art. 24° 2019; Fiscalía Descentralizada de San Antonio Oeste:2017. Fdo.: Dra. Susana Ferrero, Directora General de Archivos y SusanaBelcastro Delegada de Archivo Ira. C.J

Fdo.: Dra Susana E. Ferrero - Directora General de Archivos.-Fdo.: Sra. Susana G. Belcastro - Delegada de Archivo Ira. Circ. Judicial.-

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EDICTO DE MENSURA——

El 06/11/19 a las 10.00 hs. el Agrimensor Juan José Tealdi, partiendodel camino de ingreso ubicado el sur oeste de las parcelas a mensurardará inicio a las tareas de mensura de deslinde y amojonamiento de lasparcelas 05-1-B-007-01/02 ubicadas en el barrio JJ Gómez de la ciudad deGeneral Roca que el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria ocupa ytramita su propiedad ante la Dirección de Tierras bajo el expediente80325/18.-

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EDICTOS D.P.A.——

Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL

DE AGUASConvocatoria a Audiencia Pública

AVISO A LOS USUARIOSResolución DPA Nº 1436/19

Expediente Nº 077190-DRS-19Revisión Ordinaria de Tarifas del Servicio Público de Agua Potable y

Desagües Cloacales.Concesionario: Cooperativa Ing. Jacobacci

Motivo: Análisis del pedido de revisión ordinaria de tarifas del servicio deagua potable y desagües cloacales, efectuado por Cooperativa Ing.Jacobacci.

Lugar: Sindicato Luz y Fuerza Ingeniero Jacobacci, sito en calle M.Galvez Nº 369.

Fecha y hora: 27 de noviembre de 2019, a las 12 hs.Consulta de la documentación: La documentación podrá ser consultada

en la sede de la Cooperativa, sito en calle M. Gálvez Nº 252 de lunes aviernes en el horario de 8:00 a 13:00hs, y en la Municipalidad, ambos deIngeniero Jacobacci. Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a ladirección de correo electrónico [email protected].

Inscripción: Los interesados en participar en la audiencia pública,conforme lo autoriza el artículo 13º de la Ley Nº 3284, podrán registrarsehasta el día 26 de noviembre de 2019 a las 12:00 horas inclusive, en la sedede la cooperativa.

Autoridades: La audiencia estará presidida por el señor SuperintendenteGeneral de Aguas, Ingeniero Fernando Curettio, en caso de imposibilidadde asistencia, será reemplazado por la Directora de Regulación deSaneamiento.

Procedimiento Aplicable: Ley Provincial 3284 - Instituto de AudienciaPública - y Resolución Nº 922/05.

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Convocatoria a Audiencia PúblicaAVISO A LOS USUARIOS

Resolución DPA Nº1437/19Expediente Nº 077255-DRS-19

Revisión Ordinaria de Tarifas del Servicio Público de Agua Potable.Concesionario: Junta Vecinal Las Vertientes- San Carlos de Bariloche.

Motivo: Análisis del pedido de revisión ordinaria de tarifas del servicio deagua, efectuado por Junta Vecinal Las Vertientes.

Lugar: Club de Pesca y Caza Nahuel Huapi, Avda 12 de octubre y Onelli.San Carlos de Bariloche.

Fecha y hora: 28 de noviembre de 2019, a partir de las 19:00 hs.Consulta de la documentación: La documentación podrá ser consultada

en calle Las Vertientes Nº 101, lunes miércoles y viernes de 10 a 12 hs y de14 a 18 hs., y en las oficinas de la Delegación Regional Andina delDepartamento Provincial de Aguas, sito en Calle Sáenz Peña Nº 31, en SanCarlos de Bariloche de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00hs.Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a la dirección de correoelectrónico [email protected].

Inscripción: Los interesados en participar en la audiencia pública,conforme lo autoriza el artículo 13º de la Ley Nº 3284, podrán registrarsehasta el día 27 de noviembre de 2019 a las 12:00 horas en la DelegaciónRegional Andina (DPA)

Autoridades: La audiencia estará presidida por el señor SuperintendenteGeneral de Aguas, Ingeniero Fernando Curettio, en caso de imposibilidad deasistencia, será reemplazada por la Directora de Regulación de Sanea-miento.

Procedimiento Aplicable: Ley Provincial 3284 - Instituto de AudienciaPública - y Resolución Nº 922/05.-

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Convocatoria a Audiencia PúblicaAVISO A LOS USUARIOS

Resolución DPA Nº 1438/19Expediente Nº 077037-DRS-19

Revisión Ordinaria de Tarifas del Servicio Público de Agua Potable.Concesionario: Junta Vecinal San Ignacio Del Cerro- San Carlos de

BarilocheMotivo: Análisis del pedido de revisión ordinaria de tarifas del servicio de

agua, efectuado por Junta vecinal San Ignacio del Cerro.Lugar: Club de Pesca y Caza Nahuel Huapi, Avda 12 de octubre y Onelli.

San Carlos de BarilocheFecha y hora: 28 de noviembre de 2019, a partir de las 17:00 hs y hasta

las 19 hs.Consulta de la documentación: La documentación podrá ser consultada

en la calle Moreno 115, oficina 21, de San Carlos de Bariloche, de lunes aviernes de 10 a 12 hs., y en las oficinas de la Delegación Regional Andina delDepartamento Provincial de Aguas, sito en Calle Sáenz Peña Nº 31, de SanCarlos de Bariloche de lunes a viernes en el horario de 8:00 a 12:00hs.Asimismo, podrá solicitarse en versión digital a la dirección de correoelectrónico [email protected].

Inscripción: Los interesados en participar en la audiencia pública,conforme lo autoriza el artículo 13º de la Ley Nº 3284, podrán registrarsehasta el día 27 de noviembre de 2019 a las 12:00 horas en la DelegaciónRegional Andina (DPA)

Autoridades: La audiencia estará presidida por el señor SuperintendenteGeneral de Aguas, Ingeniero Fernando Curettio, en caso de imposibilidad deasistencia, será reemplazado por la Directora de Regulación de Sanea-miento.

Procedimiento Aplicable: Ley Provincial 3284 - Instituto de AudienciaPública - y Resolución Nº 922/05.-

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EDICTO I.P.P.V.——

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓN Y

PROMOCIÓN DE LA VIVIENDAEl Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, intíma

a la Señora Ramírez Olga Del Carmen (DNI 93.179.257) ha regularizarla ocupación de la Unidad Habitacional ubicada en la Manzana 418Entrada Nº 7 S.P. Dpto. “C”, correspondiente al Plan 250 Viviendasen la localidad de General Roca, en un plazo único y perentorio de cinco(5) días. Caso contrario ante negativa tacita o expresa se iniciarán lasAcciones Administrativas a los efectos de restituir la Unidad a favor de esteInstituto. Asimismo comunicamos que como medida cautelar y hasta dirimirla situación, se procedió a bloquear la cuenta. Quedan ustedes, debidamentenotificados.-

Dr. Walter Gaggiotti, Asesor Legal.-

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19Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

EDICTOS–––

Se deja constancia que las publicacionesde edictos son tal y como surgen del confronte

realizado por el Poder Judiciala través de la plataforma web.

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Edicto Nº 3695El Dr. Mariano A. Castro, Juez a cargo del Juzgado

en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. 1 de laIII° Circunscripción Judicial de Río Negro, sito enPje. Juramento 190 Piso 5to. de San Carlos deBariloche, Secretaría única a cargo de la Dra. MaríaLuján Pérez Pysny, cita y emplaza por 30 (treinta)días a herederos y acreedores de Paula BeatrizYanno, DNI 17318412 para que comparezcan yhagan valer sus derechos en autos: "Yanno,Paula Beatriz s/ Sucesión Ab Intestato", Expte.nro. F-3BA-2256-C2019. Publíquense edictos por3 (tres) días. San Carlos de Bariloche, 1 de octubrede 2019.-

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Edicto Nº 3508El Juzgado de Familia de Villa Regina, de la

Segunda Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra.Claudia E. Vesprini, Secretaría a cargo de la Dra.Mariana Reppucci y Dra. Natalia RodríguezGordillo, con asiento en la calle Santa Flora OesteNº 277 de la localidad de Villa Regina, en autoscaratulados: "Fuhr, Natalia Lorena c/ Lauman, CésarFabián s/ Autorización para Viajar (f)". Expte. Nº:H-2VR-4-F2018, cita al Sr. César Fabián Laumann,D.N.I. N° 14.891.117, por cinco días para quecomparezca a estar a derecho en el proceso deAutorizacion para Viajar de su hija menor de edadY. A. L. F. DNI Nº 44.811.147, bajo apercibimientode nombrar al Defensor Oficial para que lorepresente en juicio. Publíquense edictos por TresDias en el sitio web del Poder Judicial. Villa Regina,... de septiembre de 2019.- Fdo. Dra. Claudia E.Vesprini – Juez.-

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Edicto Nº 3498La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 3, conasiento de funciones en calle Yrigoyen Nº 387 - 1ºPiso de la ciudad de Cipolletti, correspondiente a laCuarta Circunscripción Judicial de la Provincia deRío Negro, Cita y Emplaza por Treinta (30) días aherederos y acreedores de la Sra. Teresa EmiliaIuliano DNI Nº F5.128.363, para que comparezcanen autos "Iuliano Teresa Emilia s/ Sucesión Ab In-testato" Expte. Nº F-2149-C-3-19, a hacer valersus derechos, acompañando la documentación queasí lo acredite. Publíquese por 3 días. Fdo. Dra.Soledad Peruzzi. Jueza.-

Cipolletti, 11 de Septiembre de 2.019.-——

Edicto Nº 3128Diego De Vergilio, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nro. Uno, con asiento defunciones en calle Irigoyen Nro. 387 de la ciudadde Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita yemplaza por Treinta (30) Días a herederos yacreedores de la Sra. Guillermina Rojas, DNI NºF3.735.606, para que comparezcan en autos"Carrasco Audorindo y Rojas Guillermina s/Sucesión Ab-Intestato" (Expte. Nº 33306) a hacer

valer sus derechos, acompañando la documentaciónque lo acredite. Publíquese por tres días. Cipolletti,31 de julio de 2019.

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Edicto Nº 3702Diego De Vergilio, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nro. Uno, con asiento defunciones en calle Irigoyen Nro. 387 de la ciudadde Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita yemplaza por Treinta (30) Días a herederos yacreedores de la Sra. Suaso, Sara, DNI 11.531.456para que comparezcan en autos "Suaso Sara s/Sucesión Ab Intestato" (Expte. Nº F-4CI-2139-C2019) a hacer valer sus derechos, acompañandola documentación que lo acredite. Publíquese portres días. Cipolletti, 1 de octubre de 2019.

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El Agente Fiscal a cargo de la Unidad FiscalDra. Maricel Viotti Zilli hace saber a Grünthal,Evelina Margarita Juana, DNI N° F4.782.707, queen los autos “Porcel, Walter y Loncopan GastónS/Hurto” Legajo 1-VI-20938-P2017, se ha dictadola resolución que en su parte pertinente dice:“Viedma, 22 de febrero de 2018. Autos y Vistos: ...Considerando:... Resuelvo: Proceder al Archivo dela pesquisa, en virtud de lo dispuesto en el articulo128, 4) del C.P.P.- Notifíquese en los términos delartículo 129 del C.P.P. Fdo. Dr. Fabricio Brogna -Fiscal Jefe..-” Hágase saber al denunciante que tienederecho a solicitar al fiscal del caso la revisión delarchivo, por un fiscal superior, en el término detres días de notificado.- Lorena B. Chavez, FiscalAdjunta.-

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El Agente Fiscal a cargo de la Unidad FiscalDra. Maricel Viotti Zilli hace saber a San Martín,Néstor Javier, D.N.I. 29085849 que en los autos“San Martín Néstor Javier C/NN S/Hurto deAutomotor” U.F.T. Nro 5 - Viedma Legajo MPF-VI-02705-2019, se ha dictado la resolución que ensu parte pertinente dice: Viedma, 09-08-2019.Autos y Vistos: ... Considerando:... Resuelvo: I.-Disponer el Archivo de las presentes actuacionesde conformidad al Art. 128, inc. 4to. C.P.P.- II.-Notifíquese al denunciante haciéndole saberexpresamente que tiene derecho a solicitar al fiscaldel caso la revisión del archivo, por un fiscal supe-rior, en el término de tres días de notificado.- (Fdo.Maricel Viotti Zilli - Agente Fiscal).- Lorena B.Chavez, Fiscal Adjunta.-

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El Agente Fiscal a cargo de la Unidad FiscalDra. Maricel Viotti Zilli hace saber a Pesado,Bernardo Damián, D.N.I. 27638881, que en losautos “Pesado, Bernardo Damián C/NN S/RoboU.F.T. Nro. 5 - Viedma Legajo MPF-VI-02703-2019, se ha dictado la resolución que en su partepertinente dice: Viedma, 7 de agosto de 2019. Au-tos y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: I.- Di-sponer el Archivo de las presentes actuaciones deconformidad al Art. 128, inc. 4to. C.P.P.- II.-Notifíquese al denunciante haciéndole saberexpresamente que tiene derecho a solicitar al fiscaldel caso la revisión del archivo, por un fiscal supe-rior, en el término de tres días de notificado.- (Fdo.Maricel Viotti Zilli - Agente Fiscal).- Lorena B.Chavez, Fiscal Adjunta.-

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El Agente Fiscal a cargo de la Unidad FiscalDra. Maricel Viotti Zilli hace saber a: Tamara An-drea García D.N.I. 38092976, que en los autos

“Guenomil Cristian Adrián S/Lesiones LevesCulposas” Legajo IVI-20648-P2017 se ha dictadola resolución que en su parte pertinente dice:Viedma, 7 de agosto de 2019. Autos y Vistos: ...Considerando: ... Resuelvo: 1.- Proceder al Archivo.de la pesquisa, en virtud de lo dispuesto en el artículo128, inc. 4to. del C.P.P.- II.- Notifíquese aldenunciante haciéndole saber expresamente qúetiene derecho a solicitar al fiscal del caso la revisióndél archivo, por un, fiscal superior, en el términode tres días de notificado.- (Fdo. Dr. Fabricio BrognaLopez - Fiscal Jefe).- Lorena B. Chavez, FiscalAdjunta.-

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El Juzgado Civil y Comercial n° 4, SecretaríaUnica de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires,hace saber a los acreedores que el 27 de septiembrede 2019 se declaró la Quiebra de: 1°) Casa HumbertoLucaioli S.A., inscripta en la Dirección de Perso-nas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires conMatrícula n° 45396 Legajo n° 1/183272, condomicilio en Bahía Blanca, pcia. de Buenos Aires,en los autos “Casa Humberto Lucaioli S.A. S/Con-curso Preventivo (Grande)-Hoy Quiebra-” Expte.52029; 2°) De Saturno Hogar Sociedad Anónima oSaturno Hogar S.A., inscripta en el Registro Públicode Comercio de Neuquén bajo el n° 224, F° 1057/1095, T° VI, Año 1994, CUIT 30-67267729-3,con domicilio en la calle Perito Moreno n° 337 dela ciudad de Neuquén, pcia. del Neuquén, en losautos “Saturno Hogar S.A. S/ Concurso Preventivo(Grande) -Hoy Quiebra-” Expte. N° 52030; 3°) DeJuan Angel Lucaioli (DNI 5.500.270, CUIT 20-05500270-4); con domicilio en Bahía Blanca, pcia.de Buenos Aires, en los autos “Lucaioli Juan Angels/Concurso Preventivo -Hoy Quiebra-” Expte. n°52134; 4°) de Chiodi, María Elisa (D.N.I.93.152.371, C.U.I.T. 27-93152371-1) condomicilio en Bahía Blanca, pcia. de Buenos Aires,en los autos “Chiodi María Elisa s/ ConcursoPreventivo (Pequeño)-Hoy Quiebra-” Expte. N°52219, y 5°) De Paula Teresa Lucaioli (D.N.I.21.717.130, CUIT 27-21717130-5), condomicilio en Bahía Blanca, pcia. de Buenos Aires,en los autos “Lucaioli Paula Teresa s/ConcursoPreventivo (Pequeño)- Hoy Quiebra-” Expte. n°52220, fijándose en todos los casos el día 10 defebrero de 2020 hasta el cual los acreedores podránpresentar los pedidos de verificación de sus créditos,en el marco dejos respectivos procesos, al EstudioContable que ejerce la sindicatura, “Peralta-Valentini” (Gres. Néstor Ornar Peralta y HéctorRaúl Valentini) con domicilio legal en la calleLaprida n° 141 de Bahía Blanca,pcia. de Buenos Aires, y electró[email protected]. Se fijó el día26 de marzo de 2020 para que la Sindicaturapresente el informe individual (art. 35 L.C.) y eldía 21 de mayo de 2020 para que presente elinforme general (Art. 40 L.C.).

Intímase a los deudores y a quienes detentanbienes de aquellos los entreguen a la sindicatura.Prohíbese hacer pagos a los fallidos, los que seránineficaces. Bahía Blanca, 28 de septiembre de 2019.-Ingrid J. Guglielmi, Secretaria.”

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Edicto Nº 3523El Dr. Mariano A. Castro, Juez a cargo del Juzgado

en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. 1 de laIII° Circunscripción Judicial de Río Negro, sito enPje. Juramento 190 Piso 5to. de San Carlos deBariloche, Secretaría única a cargo de la Dra. MaríaLuján Pérez Pysny, cita y emplaza por 30 (treinta)días a herederos y acreedores de Andrés Nicolas

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20Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

Roco, DNI 33.531.588 para que comparezcan y haganvaler sus derechos en autos: "Roco, Andrés Nicolás s/Sucesión Ab Intestato", Expte. nro. F-3BA-2203-C2019. Publíquense edictos por 3 (tres) días. San Carlosde Bariloche, 18 de septiembre de 2019.-

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Edicto Nº 3373EL Dr. Santiago Moran, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Mineríay Sucesiones Nº Tres de la Tercera CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, SecretaríaÚnica a cargo de la Dra. María Alejandra MarcoliniRodríguez, sito en calle J.J. Paso 167, PB de la ciudadde ésta ciudad, Cita y Emplaza por el término de 30Días, a contar desde la última publicación, a herederosy acreedores de Don Rubén Domingo Racciatti, L.E.Nº 6.027.614 para que se presenten a estar a derechoen autos caratulados:" Racciatti, Rubén Domingo s/Sucesión Ab Intestato”, Expte.Nº F-3BA-1836-C2017. Publíquense edictos por 3 días.

San Carlos de Bariloche, 07 de Octubrede 2019.

Fdo. Dra. María Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.-

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Edicto Nº 3730El Dr. Mariano A. Castro, Juez a cargo del

Juzgado en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. 1 de la III° Circunscripción Judicial de RíoNegro, sito en Pje. Juramento 190 Piso 5to. de SanCarlos de Bariloche, Secretaría única a cargo de laDra. María Luján Pérez Pysny, cita y emplazapor 30 (treinta) días a herederos y acreedores deRaquel Moran, DNI 4.165.294 para quecomparezcan y hagan valer sus derechos en autos:"Moran, Raquel s/ Sucesión Ab Intestato", Expte.nro. F-3BA-1507-C2016. Publíquense edictos por3 (tres) días. San Carlos de Bariloche, 8 de octubrede 2019.-

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Edicto Nº 3762Diego De Vergilio, Juez a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nro. Uno, con asiento defunciones en calle Irigoyen Nro. 387 de la ciudadde Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita yemplaza por Treinta (30) Días a herederos yacreedores del Sr. Ríos Álvarez, Elio, DNI93.532.175 para que comparezcan en autos "RíosAlvarez Elio s/ Sucesión Ab Intestato" (Expte. NºF-4CI-1142-C2016) a hacer valer sus derechos,acompañando la documentación que lo acredite.Publíquese por tres días. Cipolletti, 8 de octubre de2019.

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Edicto Nº 3761La Dra. María Gabriela Tamarit, Jueza a cargo

del Juzgado en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. 1 de Viedma, Secretaría a cargo del Dr. GustavoTenaglia, cita a Carlos Alberto Balogh y BelliniCurzio, María Crovella, Jorge Moisés Bellini Curzioy Crovella, Enrique Osvaldo Balogh y BelliniCurzio, Joaquín Emilio Balogh, Andrea VerónicaBalogh, herederos de Ervin o Erwin Balogh,herederos de Liberata Bellini Curzio y Crovella,Gabriel Martín Gagey, Emilio Felipe Gagey y aherederos de Josefa Bellini Curzio y a quienes seconsideren con derechos sobre el bien que sepretende usucapir cuya nomenclatura catastral deorigen es 18-1-A-522-24 (nueva: 18-1-A-522-25)para que en el plazo de 10 días se presenten en losautos Linares Martha Fanny y Otro c/Bellini CurzioJose s /Usucapion (Expte. Nº 0214/19/J1), a hacer

valer sus derechos, bajo apercibimiento de designaral Defensor de Ausentes para que los represente.Publíquense edictos por 2 días en el Boletín Oficialy, en conformidad con la Ley Provincial 5273 y laAda. 4/2018 del STJ, dispóngase la publicación deledicto en el sitio Web del Poder Judicial por igualtérmino. Fdo.: Gustavo J. Tenaglia - Secretario.-

Viedma, 8 de octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3542El Juzgado de 1°; Instancia en lo Civil, Comercial,

Minería y Sucesiones Nº 21 sito en calle Castelli 62de Villa Regina, Pcia. de Río Negro, a cargo de laDra. Paola Santarelli, Juez, Secretaria Única a cargopor subrogancia de la Dra. Natalia RodríguezGordillo; cita y emplaza por 30 días a herederos yacreedores de Adelina Campos De Peres DNI1.110.356 y Juan Bautista Peres DNI 93597411, apresentarse en autos “Campos, Adelina y Perez y/o Peres, Juan Bautista s/ Sucesión Ab Intestato.Expte. Nº: F-2VR-182-C2019. ”

Publíquese por Tres Días.-Villa Regina, 18 de Septiembre de 2019.-

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Edicto Nº 3735El Dr. Leandro Javier Oyola, Juez de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3de la Primera Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro, con asiento en la ciudadde Viedma, sito en calle Laprida y 25 de Mayo, 5°Nivel, cita por edictos a la Sra. María AlejandraCardozo (D.N.I. N° 25.200.058), para que en plazode cinco (5) días se presente a hacer valer susderechos en los autos: “Geoffroy Eduardo Ceferinoc- Cardozo María Alejandra s- Cuidado Personal s/Ejecución de Honorarios" - Receptoría Nº D-1VI-6048-C2019, bajo apercibimiento de designar alDefensor de Ausentes para que la represente.Publíquese edicto por un (1) día. Viedma, 08 deOctubre de 2019.-

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Edicto Nº 3781Dra. Ana Carolina Scoccia, Juez Titular del

Juzgado de Familia N° 5 de la 1ª CircunscripciónJudicial con asiento en la ciudad de Viedma, Capitalde la Provincia de Río Negro, Secretaría a cargo dela Dra. Betiana Lorena Díaz, en autos caratulados"Sepulveda Adelicia Del Carmen s/ Homologaciónde Convenio CEJUME(f)" Expte. Nº 1022/18 cita,llama y emplaza al Sr. Ariel Ceferino Lozon (D.N.I.N° 20.750.355) a los fines de notificarlo de lassiguientes resoluciones judiciales que en sus partespertinentes textualmente dicen: "Viedma, 08 deoctubre de 2019.- Atento lo peticionado yconstancias obrantes en autos, notifíquese poredictos al Sr. Ariel Ceferino Lozon, D.N.I. Nº20.750.355 la providencia de fs. 46 , bajoapercibimiento en caso de incomparecencia en autosdentro de los (5) cinco días de la publicación, detenerlo por notificado de las sucesivas providenciaspor "ministerio legis" de conformidad a lo dispuestopor el art. 133 CPCC, que se transcribirá en lopertinente. Publíquese por un (1) día en el BoletínOficial de la Provincia de Río Negro, haciendosaber que la actora cuenta con beneficio de litigarsin gastos.- Fdo. Ana Carolina Scoccia Juez""Viedma, 11 de julio de 2019.- Atento a lopeticionado, habiendo vencido el traslado de laliquidación conferido a fs. 37, sin que la contrapartehaya opuesto objeción alguna, apruébase la mismaen cuanto ha lugar, por derecho y por asícorresponder, en la suma de $10.644, en conceptode alimentos atrasados correspondientes a la segunda

quincena de marzo/19 y los meses de abril/19 ymayo/19 .- En su mérito, atento a lo peticionado,y de conformidad a lo dispuesto por el art. 648 delC. Pr., intímase al demandado para que en el plazode cinco (5) días, abone la suma de $10.644 (pesosdiez mil seiscientos cuarenta y cuatro),correspondiente a la liquidación aprobadaprecedentemente, bajo el apercibimiento dispuestoen el artículo citado.- Notifíquese.- Fdo. Ana Caro-lina Scoccia Juez" Artículo 133.- Salvo los casos enque procede la notificación por cédula y sin perjuiciode lo dispuesto en el artículo 134, las resolucionesjudiciales quedarán notificadas en todas lasinstancias, los días martes y viernes o el siguientedía de nota si fuere feriado.- Publíquense edictospor 1 (Un) día en el Boletín Oficial de la Provinciade Río Negro.- Viedma, de octubre de 2019.-

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Edicto Nº 3782"La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría Única a cargodel Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en SanAntonio Oeste - sito en Sarmiento 241 - de estaPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, enautos "Lopez, Silverio s/ Sucesión Ab Intestato"Expte.: 3683/2019 declaro abierto el juiciosucesorio intestado de Silverio López, citando atodos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante, para que dentro de treintadías lo acrediten.- Publíquese por un día en el BoletínOficial.- Se deja constancia que el presente cuentacon beneficio de litigar sin gastos.-

San Antonio Oeste, 08 de octubre de 2019".-——

Edicto Nº 3744La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia Nº 9, Secretaría Nº 2 a cargode la Dra. Daniela Adduci, con asiento en San An-tonio Oeste- sito en calle Sarmiento 241-de estaPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, citay emplaza a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por el causante Victorio UicichD.I.M 7.390.133 en autos caratulados “UicichVictorio S/ Sucesion Ab Intestato" Expte Nº 3650/2019 para que dentro del plazo de treinta (30) díaslo acrediten-Art.699 del C.P.C.C. Publíquese edictospor un día en la página web del poder Judicial, SanAntonio Oeste, 07 de Octubre de 2019.-

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Edicto Nº 3739La Dra. María Gabriela Tamarit, Juez Titular

del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y Minería Nº 1, 1ª Circunscripción Judi-cial con asiento en la ciudad de Viedma, Capital dela Provincia de Río Negro, Secretaría Única a cargode Dr. Gustavo Tenaglia, en los autos caratulados"Ramos Julián y/o Ramos Escobar Julián s/ SucesiónAb Intestato" Expte. Nº 0437/15/J1 cita, llama yemplaza a todos los que consideren con derecho alos bienes dejados por el Sr. Ramos Julián Y/ORamos Escobar Julián, D.N.I. Nº 138.844, paraque dentro de treinta (30) días lo acrediten.Publíquese edictos por 1 día.- Fdo.: Gustavo J.Tenaglia - Secretario.-

Viedma, 8 de octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3713Dra. Ana Carolina Scoccia, Jueza de Familia, a

cargo del Juzgado de Familia Nº 5, de la PrimeraCircunscripcion Judicial con asiento en Viedma,

Page 21: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

21Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

secretaria a cargo de la Dra. Betiana Lorena Díaz,en autos caratulados: "A.M.B. c/ Amuleo LilianaEstela s/ Privación de Responsabilidad Parental(Supresion de Apellido)" Expte. N° 0690/19, cita,llama y emplaza a todos los que se consideren conderecho, conforme lo dispuesto por el 700 y Art.70 del Codigo Civil y Comercial. Se hace saber quela persona que solicita la modificación de nombre(supresion de apellido) es Amuleo MarceloBenjamín (D.N.I. 43.617.976). Publíquense edictosuna vez por mes en el Boletín Oficial en el lapso dedos meses, pudiendo formularse oposición dentrode los quince días hábiles contados desde la últimapublicación.- Viedma, 30 de septiembre de 2019.-

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Edicto Nº 3678Dra. María Laura Dumpe, Juez Titular del Juzgado

de Familia N° 7 de la 1ª Circunscripción Judicial conasiento en la ciudad de Viedma, Capital de la Provinciade Río Negro, Secretaría a cargo de la Dra. MarcelaVictoria González, en autos caratulados "Incata AvilaMargarita s/ Autorización para Viajar (F)" Expte. Nº0622/19/J7 cita , llama y emplaza al Sr. FernandoDamián Acosta (DNI N° 37.004.348) a fin quecomparezca a hacer valer sus derechos y, en su caso,formule oposición fundada al viaje del niño Y.T.A.I,D.N.I: 54.943.955 a la República de Bolivia (del 09/10/2019 al 20/11/2019), bajo apercibimiento detenerlo por conforme. Publíquese por un día en elBoletín Oficial.-

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Edicto Nº 3622La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 1 a cargodel Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en SanAntonio Oeste - sito en Sarmiento 241 - de estaPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, enauto "Llanqueleo, Hugo Artemio s/ Sucesión AbIntestato" - Expte: 3607/2019.- declaro abierto eljuicio sucesorio intestado de Hugo ArtemioLlanqueleo. Citando a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por el causante,para que dentro de treinta días lo acrediten.-Publíquese por un día en el Boletín Oficial.- Se dejaconstancia que el presente cuenta con beneficio delitigar sin gastos.-

San Antonio Oeste, 04 de octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3711La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 2 a cargode la Dra. Daniela Adduci, con asiento en San An-tonio Oeste - sito en Sarmiento 241 - de estaPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, enautos "Lillo Manuel Gregorio s/ Sucesión Ab Intes-tato" Expte.: 3182/2019 declaro abierto el juiciosucesorio intestado de Manuel Gregorio Lillo.Citando a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por el causante, para que dentrode treinta días lo acrediten.- Publíquense edictospor un día en el Boletín Oficial (Conf. Art. 2340CCyC), y a los fines de una debida publicidad (Ac.14/18 del STJ), por un día en la página web delpoder Judicial.-

San Antonio Oeste, de septiembre de 2019.-——

Edicto Nº 3538La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 1 a cargo

del Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en SanAntonio Oeste -sito en Sarmiento 241- de estaPrimera Circunscripción Judicial de Río Negro, enautos "Navarrete Mayra Alejandra s/ Solicitud deCambio de Apellido (f)", Expte. 3521/2019, téngasepor iniciado trámite de modificación de apellidoen los términos del Art. 70 CCyC, que tramitarápor el procedimiento sumario por analogía con elArt. 26 ley 3934, toda vez que es el proceso másabreviado que contempla la legislación provincialen este fuero. (...) Conforme lo dispuesto por elArt. 70 de la normativa citada, publíquense edictosuna vez por mes en el Boletín Oficial en el lapso dedos meses, pudiendo formularse oposición dentrode los quince días hábiles contados desde la últimapublicación.-

Se deja constancia que el presente cuenta conbeneficio de litigar sin gastos.- Secretaría, de 2019.-

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Edicto Nº 3232El Juzgado de Familia de Luis Beltrán,

correspondiente a la Segunda Circunscripcion Judi-cial de la Provincia de Río Negro, con asiento de susfunciones en calle Guerrico Nº 624 de la Localidadde Luis Beltrán, a cargo de la Dra. Marisa Calvo,Juez, Secretaria N° 1 a cargo de la Dra. Erica LavinLarregain, en el que tramitan los autos "JimenezMontaño Micaela y Sandoval José Gabriel s/ Varios(F)" Expediente V-2LB-61-F2018, hace saber quela Sra. Jiménez Montaño Micaela y el Sr. SandovalJosé Gabriel, han promovido acción judicialpersiguiendo la rectificación de las Actas deNacimiento de sus hijos S.G.B. DNI Nº 44.364.532,S.J.F.N DNI Nº 47.072.118 y S.J.S.T DNI Nº53.014.457, solicitándo se modifique en las mismasel Documento Nacional de Identidad de la progenitoraSra. Jiménez Montaño Micaela, consignado con elNº 92.930.296, por el número de DNI 95.851.975,déjese constancia que el plazo de oposición es dequince días hábiles, a partir del último día depublicación edictal. Publíquese en el Boletin Oficialy el Diario Río Negro, una vez por mes durante dosmeses. Luis Beltrán 14 de Agosto de 2019.-

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Edicto Nº 3783El Dr. Leandro Javier Oyola, Juez a cargo del

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 3 dela Primera Circunscripción Judicial de la Provinciade Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma,Secretaría a cargo del Dr. Luciano Minetti Kern,cita, a Omar Andrés Méndez, D.N.I.: 18.067.451,para que se presenten en el término de cinco (05)días a hacer valer sus derechos en autos caratulados:"Provincia de Río Negro c/ Méndez Omar Andréss/ Ejecución Fiscal" Receptoría Nº D-1VI-5858-C2019, bajo apercibimiento de designar al Defen-sor de Ausentes para que lo represente. Publíquesepor un (1) día.- Viedma, 15 de octubre de 2019.-

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Edicto Nº 3656El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial, de

Minería y Sucesiones N° 1, a cargo de la Dra. María delCármen Villalba, Secretaría Civil Única a cargo de laDra. Agustina Naffa, con asiento de funciones en calleSan Luis Nº 853, 2º Piso de la ciudad de General Roca,Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de RíoNegro, cita y emplaza por treinta días a herederos yacreedores de Eduardo Andrés Farru, L.E. 2.454.083 apresentarse en autos "Farru, Eduardo Andrés s/ SucesiónAb Intestato", (Expte. Nº F-2RO-2320-C1-19).Publíquese por Un día. General Roca, 25 de Septiembrede 2019. Fdo. María A. Pascual. Jefe de DespachoSubrogante.-

Edicto Nº 3642El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil, Comercial,

de Minería y Sucesiones N° 1, a cargo de la Dra.María del Cármen Villalba, Secretaría Civil Única acargo de la Dra. Agustina Naffa, con asiento defunciones en calle San Luis Nº 853, 2º Piso de laciudad de General Roca, Segunda CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, cita y emplazapor treinta días a herederos y acreedores de PabloAlejandro Miksik, DNI Nº 30.751.044 a presentarseen autos "Miksik, Pablo Alejandro s/Sucesión AbIntestato", (Expte. Nº F-2RO-2147-C1-19).Publíquese por Un día. General Roca, 25 deSeptiembre de 2019. Fdo María A. Pascual, Jefe deDespacho Subrogante.-

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Edicto Nº 2944La Dra. Andrea De La Iglesia, Juez a cargo del

Juzgado Civil y Comercial y de Minería Nro °3Tres, Secretaria Única, sito en San Luis 853- 2°piso, General Roca, de Río Negro, cita por Treintadías a herederos y acreedores de Villagra BarriaMiguel, DNI: 92.432.046 a presentarse en losAutos "Villagra Barria Miguel s/Sucesión Ab Intes-tato" (Expte. N° F-2RO-1989-C2018) GeneralRoca, 05 de julio 2019.- Fdo. Anahí Muñoz.-

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Edicto Nº 3557La Dra. Paola Santarelli, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 21,Secretaria Única por Subrogancia, con asiento enCalle Castelli 62 de la ciudad de Villa Regina, en elque tramitan los autos: "Cifuentes, Héctor Hernáns/ Sucesión Ab Intestato" Expte. No.: F-2VR-199-C2019; cita y emplaza por el término de Treintadías a herederos y acreedores de Cifuentes HéctorHernán, DNI 14.599.391. La providencia que asílo ordena, en su parte pertinente dice: "Villa Regina,10 de septiembre de 2019.-(...) Conforme el art. 4de la Ley 5273 y art. 146 CPCC modificado por elart. 2 de la Ley 5273; publíquense edictos en elBoletín Oficial y en la página web oficial delPoder Judicial de Río Negro (http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/) por TresDías; citándose a herederos y acreedores por treintadías.- (...) Fdo.: Dra. Paola Santarelli- Juez.-

Villa Regina, 18 de Septiembre de 2019.-——

Edicto Nº 3635El Juzgado Civil, Comercial, de Minería, de Fa-

milia y Sucesiones Nro. 11 a cargo del Dr. MarceloMuscillo, Juez Sustituto, Secretaría desempeñadapor la Dra. María Paula Gagliardo, sito en calleRuta 40 y Juan B. Justo, de la localidad de El Bolsón,perteneciente a la Tercera Circunscripción Judicialde la Provincia de Río Negro, Cita y Emplaza a lademandada Sra. González Isabel Margarita, DNI33.530.827, por el término de cinco días a fines decorrer traslado de la demanda en autos caratulados:"González, Cristina Magdalena c/ González,Margarita Isabel s/ Cuidado Personal" Expte. N°A-3EB-21-F2017. Publíquese edictos en el BoletínOficial de la Provincia de Río Negro y en el sitioweb del Poder Judicial una vez por mes en el lapsode dos meses. El Bolsón, 24 de Junio de 2019.-

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Edicto Nº 3683La Dra. María Gabriela Tamarit Juez, a cargo de

Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N°1 de la primera circunscripción judicial con asientoen la ciudad de Viedma, ha dispuesto publicar edictopor el término de un día (1) en el Boletín Oficial,

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22Viedma, 21 de Octubre de 2019

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BOLETIN OFICIAL N° 5818

citando, llamando y emplazando a los herederos,acreedores y a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por el causante MirtaElvira Ríos (DNI N° 6.201.090), para que dentrode treinta días lo acrediten. - Fdo: Gustavo J.Tenaglia - Secretario.-

Viedma, 2 de octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3676El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,

Comercial, Minería, Sucesiones y Familia de SanAntonio Oeste, Provincia de Río Negro, a cargo dela Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Secretaría a cargo delDr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en la calleSarmiento 241 de la ciudad de San Antonio Oeste,Provincia de Río Negro, cita, llama y emplaza porel término de Diez (10) Días a herederos de JoséHosein Mortada y/o quienes se consideren conderechos sobre el bien que se pretende usucapircon Nomenclatura Catastral 16-1-A-524-05 paraque se presenten a hacer valer sus derechos en losautos caratulados "Chucair Laura Elizabet y otro c/Mortada José Hosein y/o quienes se consideren conderechos s/usucapión" (Expte. 2842/2018) bajoapercibimiento de designar al Defensor de Ausentes.Publíquese por un día en el Boletín Oficial de laProvincia de Río Negro y en la página web delPoder Judicial.-

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Edicto Nº 3157La Dra. Natalia Costanzo Jueza a cargo del

Juzgado Civil, Ccial., de Minería y Sucesiones N°31, con asiento de funciones en 9 de Julio N° 221de la ciudad de Choele Choel, cita y emplaza por30 días a herederos/as y acreedores/as de PawlyLilia Angélica, DNI 28.560.066 y Pawly DelfinaLuz Anita, DNI 46.931.783 para que se presentena hacer valer sus derechos en autos Pawly LiliaAngelica y Pawly Delfina Luz Anita s/Sucesión"(Expte N° F-2CH-326-C31-19) Choele Choel, 08de agosto de 2019.

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Edicto Nº 3687La Dra. Soledad Peruzzi, Jueza a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, deMinería y Sucesiones N° Tres, sito en la calleYrigoyen 387, 1° piso de la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, Secretaría Única, Cita yEmplaza por el término de Treinta (30) días atodos los que se consideren con derecho a los bienesde la Sra. Ana María Hervatin, DNI 2.045.849, aestar a derecho en autos: "Hervatin Ana María s/Sucesión Ab Intestato", Expte. N° F-2171-C-3-19, con la documentación que así lo acredite.Publiquese por Tres (3) días. Fdo. Dra. SoledadPeruzzi. Jueza.

Cipolletti, 4 de Octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3500La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera

Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería,Sucesiones y Familia Nº 9 a su cargo, Secretaría N°2 a cargo de la Dra. Daniela Adduci, sito en calleSarmiento N° 241 de la ciudad de San AntonioOeste, cita a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por el causante Sr. Hugo FabiánAragolaza, para que dentro de treinta días loacrediten, en autos caratulados: “Aragolaza HugoFabián s/ Sucesión Ab Intestato”, Expedientenúmero: “3130/2019”. Publíquense edictos por undía en el Boletín Oficial.- San Antonio Oeste, 19de septiembre de 2019.-

Edicto Nº 3666El Dr. Leandro Javier Oyola, Juez a cargo del

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería nº 3 dela Primera Circunscripción Judicial de la Provinciade Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma,Secretaría a cargo del Dr. Luciano Minetti Kern,cita, llama y emplaza a quienes se consideren conderecho a los bienes dejados por el causanteAlejandro Roberti para que se presenten en eltérmino de treinta (30) días a hacer valer susderechos en autos: "Roberti Alejandro s/ SucesiónAb Intestato" Receptoría F-1VI-1679-C2019.Publíquese por un (1) día.- Viedma, 25 de septiembrede 2019.-

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Edicto Nº 3732La Dra. Maria Gabriela Tamarit a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° 1 conasiento en la Ciudad de Viedma, Secretaría Única acargo del Dr. Gustavo Tenaglia, cita, llama yemplaza por treinta días a estar a derecho aHerederos y acreedores de Alicia Esther Melin, enautos caractulados: "Melin Alicia Esther s/SucesiónAb Intestato" Expte. N° 0398/19/J1. Publíqueseedictos por un (1) día. Fdo.: Gustavo J. Tenaglia -Secretario.-

Viedma, 9 de Octubre de 2019.-——

Edicto Nº 3175La Dra.Verónica I. Hernández, juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial, de Minería y SucesionesN° 9, secretaria única, sito en calle San Luis 8532do piso de la ciudad de General Roca, provincia deRío Negro, cita a presentarse por Treinta (30)Días a herederos y acreedores del Sr. Aedo MoisésDNI M.7.566.503 y de la Sra. Urweider PatriciaEsperanza, DNI 17.988.326 en los autos caratulados"Urweider Patricia Esperanza y Aedo Moisés s/Sucesión Ab Intestato" (Expte. N° F-2RO-2272-C9-19). Publíquese por un (1) día en el BoletínOficial y en el sitio web oficial del Poder Judicial deRío Negro.-

General Roca, 7 de agosto de 2019.-Romina Paula Zilvestein.Secretaria.

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REMATE——

Edicto Nº 3767El Señor Juez Dr. Cristian Tau Anzoategui, a

cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería nro. Cinco, de la TerceraCircunscripción Judicial de la Pcia. de Río Negro,sito en Pasaje Juramento 190, 5º Piso, con asientoen San Carlos de Bariloche, Secretaría a cargo delDr. Ivan Sosa Lukman, hace saber por un día queconforme lo ordenado en los autos caratulados“Crespo Lilia Esther c/ Perazza Raul Ernesto-Desalojo-Sumarisimo s/ Ejecución de Honorarios”(Expte nº 14012/15) la Martillera Pública ElianaG. Gagliani, Matrícula Profesional nº 30, remataráel día 24 de Octubre de 2019 a las 12 horas en 20 deFebrero 505, los siguientes bienes: 2 (dos) bálsamoreparador de 100 ml.; 1 (un) corrector marcas de40 ml., todos de laboratorio “LA ROCHE POSAY”;2 (dos) cremas dermatológica 50 grs.; 1 (una) cremarellenador arrugas 50 grs.; 1 (una) crema antienrojecimiento de 50 ml.; 2 (dos) cremas antiarrugas contorno de ojos 15 ml., todos delaboratorio “Eucerin”; 1 (una) crema facial parapiel mixta de 50 ml.marca Eucerin; 1 (una) cremacuidado intensivo DA CONTROL de 40 ml.; 2 (dos)

cremas anti edad Dermo Densifyer 15 ml.; 1 (una)crema antiage de 15 ml. Marca Eucerin; 1 (un)fluído facial hidratante 50 ml.; 1 (una loción cor-poral de 250 ml.; SERUM concentrado rellenadorde arrugas, en total 6 (seis) tubos de 5 grs.; 1 (una)crema HYALURON FILLER de día de 50 ml.; y 1(una) de noche de 50 ml.; 1 (una) crema “Q10”Active de 50 ml.; 1 (una) crema emoliente “UreaRepair” de 75 ml.; 1 (una) crema “ELASTICITYy FILLER” aceite facial de 30 ml.- Todos de marca“EUCERIN”; 4 (cuatro) aerosoles Agua Termal de300 ml.; 1 (un) Bálsamo Relipidizante de 200 ml.;1 (una) mascarilla reparadora Antirougeurs de 50ml.; 1 (una) crema hidratante protectora de 40 ml.Marca Avene; 1 (un) agua Thermal de 50 ml. MarcaAvene; 3 (tres) Aguas Thermal Aerosol de 50 ml.;1 (un) Agua Thermal D-Pigment de 30 ml.- Todosde marca “AVENE”; 2 (dos) agua toilette “ForMen” Antonio Banderas de 100 ml., y 1 (una) de50 ml.; 1 (un) agua de Bambú de AdolfoDomínguez.- Las tres aguas de toilette sonimportadas y cuentan con estampilla, en el estadoen que se encuentran.- Condiciones de Venta: SinBase, al contado y al mejor postor.- Se deberáabonar la totalidad del precio, en el momento y acargo del comprador.- Comisión: 10% en el acto acargo del comprador.- Asimismo el compradordeberá abonar los tributos que correspondan por lacelebración del acto, tales como el impuesto desellos.- El comprador deberá constituír domiciliodentro del radio del Juzgado.- Para revisar los bienescomunicarse con anterioridad a la subasta con laMartillera interviniente en horario de oficina en20 de Febrero 505 ó teléfono (0294) 15450-4061.-Publíquense edictos por un día en el Boletín Oficialy dos días en el diario El Cordillerano o en elSemanario ABC Sur.- Subasta sujeta a aprobaciónJudicial.- San Carlos de Bariloche, 11 de Octubre de2019.- Ivan Sosa Lukman. Secretario.

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ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

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MEDIAGROUND S.A.SEl Dr. Matías Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público sito enPasaje Juramento No 163 PB "B", de la Ciudad deSan Carlos de Bariloche, ordena, de acuerdo conlos términos del Art. 37 de la Ley Nº 27.349,publicar en el Boletín Oficial, por un (1) día laconstitución de la Sociedad denominada"MEDIAGROUND Sociedad por AccionesSimplificada" o S.A.S.

a) Socios (Nombre, edad estado civil,nacionalidad, profesión, domicilio, D.N.I., CUITo CUIL, domicilio.)

Nombre: Carlos Oscar Rinaldis; Edad: 39; Estadocivil: Soltero; Nacionalidad: Argentina; Profesión:Publicitario; Domicilio: Nilpi 366, B.o La Cascada,Km 6, San Carlos de Bariloche, Río Negro, Argen-tina; D.N.I.: 28.236.597; CUIT: 23-28236597-9

Nombre: Gabriela Fernanda Juliá; Edad: 37;Estado civil: Divorciada; Nacionalidad: ArgentinaProfesión: Publicitaria; Domicilio: Los Pinos 150,San Carlos de Bariloche, Río Negro, Argentina;D.N.I.: 29.195.231; CUIT: 27-29195231-9

b) Fecha del Instrumento de Constitución: 07de octubre de 2019.

Page 23: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

23Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

c) Domicilio de la Sociedad y de su Sede: Fran-cisco Perito Moreno 46, 1ro B, San Carlos deBariloche, Río Negro.

d) Designación del Objeto: (b) Comunicaciones,espectáculos, editoriales y gráficas en cualquiersoporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollode tecnologías, investigación e innovación y soft-ware; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f)Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras,financieras y fideicomisos; (j) Transporte.

e) Plazo de Duración (determinado): Noventay nueve años, contados a partir de la fecha de suconstitución.

f) Capital Social y Aporte de cada socio,expresados en moneda nacional, haciéndose constarlas clases, modalidades de emisión, suscripción eintegración de los mismo; (aporte del 25% y plazode 2 años para integrarlo, en caso de corresponder).

Capital Social: ARS 33.750 (pesos argentinostreinta y tres mil setecientos cincuenta). Aportede cada socio: 50%, es decir, ARS 16.875 cada uno(pesos argentinos dieciséis mil ochocientos setentay cinco.-)

g) Administración y Fiscalización, nombres desus miembros y duración de los cargos.

Individualizar el domicilio donde serán válidaslas notificaciones.

Administración:• Nombre: Carlos Oscar Rinaldis; DNI:

28.236.597; Cargo: Administrador titular; Duracióndel cargo: Indeterminado.

• Nombre: Gabriela Fernanda Julia; DNI:29.195.231; Cargo: Administrador suplente;Duración del cargo: Indeterminado.

h) Representación Legal: Administradoresdesignados.

i) Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de septiembre.Ciudad de San Carlos de Bariloche, 07 de octubre

de 2019.-Matías Raúl Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas S. C. de Bariloche.-—oOo—

VISIÓN PUBLICIDAD S.A.S.El Dr. Matías Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público sito enPasaje Juramento Nº 163 PB "B", de la Ciudad deSan Carlos de Bariloche, ordena, de acuerdo conlos términos del Art. 37 de la Ley Nº 27.349,publicar en el Boletín Oficial, por un (1) día laconstitución de la Sociedad denominada "VisiónPublicidad S.A.S".

a) Socios: Federico Ruas, 40 años, de nacionalidadArgentino, nacido el 10 de Marzo de 1979,profesión: comerciante, estado civil: casado D.N.I.Nº 27.071.205, 20-27071205-4, con domicilio enla calle Lago Moreno 486 de la ciudad de San Carlosde Bariloche, Provincia de Río Negro, y JuanManuel Grane, 47 años, de nacionalidad Argentino,nacido el 12 de Noviembre de 1972, profesión:comerciante, estado civil: casado, D.N.I. Nº22.988.757, 20-22988757-3, con domicilio en lacalle Lago Moreno y Lago Steffen 486 de la ciudadde San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Ne-gro.

b) Fecha del Instrumento de Constitución: 02de Octubre de 2019.

c) Domicilio de la Sociedad y de su Sede: Moreno234 3° Piso Dto. 4, de la Ciudad de San Carlos deBariloche, Provincia de Río Negro.

d) Designación del Objeto: La sociedad tienepor objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, oasociada a terceros, dentro o fuera del país a lacreación, producción, intercambio, fabricación,transformación, comercialización, intermediación,representación, importación y exportación de

bienes materiales, incluso recursos naturales, einmateriales y la prestación de servicios,relacionados directa o indirectamente con lassiguientes actividades: (a) Servicios de publicidad,servicios de comercialización de tiempo y espaciopublicitario, servicios de organización deconvenciones y exposiciones comerciales,culturales y deportivos Comunicaciones,espectáculos, editoriales y gráficas en cualquiersoporte; (b) Inmobiliarias y constructoras; (c)Inversoras, financieras y fideicomisos.

e) Plazo de Duración (determinado): Noventay nueve años.

f) Capital Social: $ 31.250,00 representado porigual cantidad de acciones ordinarias escriturales,de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a unvoto por acción. Los socios suscriben el 100% delcapital social de acuerdo con el siguiente detalle:(a) Ruas Federico, suscribe la cantidad de 15.625acciones ordinarias escriturales, de un peso valornominal cada una y con derecho a un voto poracción. (b) Grane Juan Manuel, suscribe la cantidadde 15.625 acciones ordinarias escriturales, de unpeso valor nominal cada una y con derecho a unvoto por acción.

g) Administración y Fiscalización: Se designa aRuas Federico, y Juan Manuel Grane, comoadministrador titular y suplente, respectivamente,por plazo indeterminado en los cargos. Siendoválidas las notificaciones recibidas, en la calleMoreno 234 3° Piso Dto. 4 de la ciudad de SanCarlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.

h) Representación Legal: Ejercida por RuasFederico.

i) Fecha de Cierre de Ejercicio: 30 de Junio.Ciudad de San Carlos de Bariloche, 03 de

Octubre de 2019.Matías Raúl Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas S. C. de Bariloche.-—oOo—

GESTIONES INTEGRALES S.A.S.El Dr. Matías Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público sito enPasaje Juramento Nº 163 PB “B”, de la Ciudad deSan Carlos de Bariloche, ordena, de acuerdo conlos términos del Art. 37 de la Ley Nº 27.349,publicar en el Boletín Oficial, por un (1) día laconstitución de la Sociedad denominada “GestionesIntegrales S.A.S.”

a) Socios: Manuel Bagur, DNI 23.130.643, CUIT23-23130643-9, nacionalidad argentina, nacido el22 de abril de 1973, profesión Licenciado enEconomía, estado civil casado, con domicilio enTopa Topa 241, San Carlos de Bariloche, Provinciade Río Negro; Matías Eduardo Badía, DNI22.110.098, CUIT 20-22110098-1, nacionalidadargentina, nacido el 1 de marzo de 1971, profesiónComerciante, estado civil casado, con domicilioen Arroyo de la China 3.601, San Carlos deBariloche, Provincia de Río Negro; y Mara SofíaLópez Wortzman, DNI 26.849.694, CUIT 27-26849694-2, nacionalidad argentina, nacida el 19de septiembre de 1978, profesión Médica, estadocivil casada, con domicilio en Palo Piche 240, SanCarlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.

b) Fecha del Instrumento de Constitución: 10/10/19.

c) Domicilio de la Sociedad y de su Sede: TopaTopa 241, San Carlos de Bariloche, Río Negro.

d) Designación del Objeto: La sociedad tienepor objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, oasociada a terceros, dentro o fuera del país a lacreación, producción, intercambio, fabricación,transformación, comercialización, intermediación,representación, importación y exportación de

bienes materiales, incluso recursos naturales, einmateriales y la prestación de servicios,relacionados directa o indirectamente con lassiguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas,ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b)Comunicaciones, espectáculos, editoriales ygráficas en cualquier soporte; (c) Culturales yeducativas; (d) Desarrollo de tecnologías,investigación e innovación y software; (e)Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f)Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras,financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas,forestales, mineras y energéticas en todas susformas; (i) Salud, y (j) Transporte. La sociedadtiene plena capacidad de derecho para realizarcualquier acto jurídico en el país o en el extranjero,realizar toda actividad lícita, adquirir derechos ycontraer obligaciones. Para la ejecución de lasactividades enumeradas en su objeto, la sociedadpuede realizar inversiones y aportes de capitales apersonas humanas y/o jurídicas, actuar comofiduciario y celebrar contratos de colaboración;comprar, vender y/o permutar toda clase de títulosy valores; tomar y otorgar créditos y realizar todaclase de operaciones financieras, excluidas lasreguladas por la Ley de Entidades Financieras ytoda otra que requiera el concurso y/o ahorropúblico.

e) Plazo de duración: noventa y nueve años.f) Capital Social $ 33.750 (Pesos treinta y tres

mil setecientos cincuenta); aportados por los socios(a) Manuel Bagur, suscribe la cantidad de 11.250acciones ordinarias escriturales, de un peso valornominal cada una y con derecho a un voto poracción. (b) Matías Eduardo Badía, suscribe lacantidad de 11.250 acciones ordinarias escriturales,de un peso valor nominal cada una y con derecho aun voto por acción. (c) Mara Sofía LópezWortzman, suscribe la cantidad de 11.250 accionesordinarias escriturales, de un peso valor nominalcada una y con derecho a un voto por acción.

g) Administración: Titular: Manuel Bagur condomicilio en la calle Topa Topa 241, S. C. deBariloche y Suplente: Matías Eduardo Badía condomicilio en la calle Arroyo de la China 3.601, S.C. de Bariloche; duración de ambos cargosindeterminada; Fiscalización: se prescinde de lasindicatura, El domicilio donde serán válidas lasnotificaciones es en Topa Topa 241, San Carlos deBariloche, Río Negro.

h) Representación Legal: Manuel Bagur, DNI23.130.643

i) Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de mayo.Ciudad de San Carlos de Bariloche, 10 de octubre

de 2019.-Matías Raúl Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas S. C. de Bariloche.-—oOo—

CEL S.A.SEl Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas, titular del Registro Público sitoen Viedma Nº 191, de la Ciudad de Cipolletti, ordena,de acuerdo con los términos del Art. 37 de la LeyNº 27.349, publicar en el boletín oficial, por un(1) día la constitución de la Sociedad denominada“CEL Sociedad por Acciones Simplificada” o S.A.S.

1) Evelyn Daiana Oporto, DNI 40.099.688,CUIT 27-40099688-7, argentina, 08/02/1997,comerciante, soltera, La Rioja 41, Allen, Pcia. deRío Negro; Caterine Marianela Oporto, DNI42.849.120, CUIT 27-42849120-9, argentina, 30/10/2000, comerciante, soltera, San Martín y LaRioja S/N, Allen, Pcia. de Río Negro,

2) 30/08/2019.3) Irigoyen 160 Cipolletti Río Negro.

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24Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

4) La sociedad tiene por objeto dedicarse, porcuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentroo fuera del país a la creación, producción,intercambio, fabricación, transformación,comercialización, intermediación, representación,importación y exportación de bienes materiales,incluso recursos naturales, e inmateriales y laprestación de servicios, relacionados directa oindirectamente con las siguientes actividades: (a)Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras,tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones,espectáculos, editoriales y gráficas en cualquiersoporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollode tecnologías, investigación e innovación y soft-ware; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f)Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras,financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas,forestales, mineras y energéticas en todas susformas; (i) Salud, y (j) Transporte.

5) 99 años.6) $ 25.000. Los socios suscriben el 100% del

capital social de acuerdo con el siguiente detalle:(a) Evelyn Daiana Oporto, suscribe la cantidad de12.500 acciones ordinarias escriturales, de un pesovalor nominal cada una y con derecho a un votopor acción, b) Caterine Marianela Oporto, suscribela cantidad de 12.500 acciones ordinariasescriturales, de un peso valor nominal cada una ycon derecho a un voto por acción.

7) La administración y representación legal dela sociedad está a cargo de una o más personashumanas, socios o no, cuyo número se indicará altiempo de su designación, entre un mínimo de uno(1) y un máximo de cinco (5) miembros. Laadministración de la sociedad tiene a su cargo larepresentación de la misma. Si la administraciónfuera plural, los administradores la administrarán yrepresentarán en forma indistinta. Duran en elcargo por plazo indeterminado. Se designa comoadministrador titular: Martín Maximiliano Ortega,Mariano Moreno 142, Allen, Pcia. de Río Negro;se designa como administrador suplente: EvelynDaiana Oporto, La Rioja 41, Allen, Pcia. de RíoNegro; todos por plazo indeterminado. Se Prescindedel órgano de fiscalización sindicatura por 99 años.

8) 31 de diciembre de cada año.-Ciudad de Cipolletti, 10 de Octubre de 2019.-Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personasd Jurídicas Cipolletti.-–——oOo——–

CESIÓN DE CUOTASSOCIALES

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AMORTIGUADORES JOHNNY SRLCesión de cuotas sociales.

Designación Socio Gerente.El Dr. Matías Aciar, Inspector Regional de Per-

sonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio de la IIIa Circunscripción Judicial de laProvincia de Río Negro; sito en calle PasajeJuramento Nº 163, PB “B” de Bariloche, ordena deacuerdo con los términos del art. 10 ymodificatorias de la Ley 19.550 la publicación enel Boletín Oficial por un (1) día del contrato decesión de cuotas de fecha 17 de abril de 2019 de lasociedad denominada Amortiguadores Johnny SRLen donde el Sr. Juan David Nygaard DNI 8.392.990,vende, cede y transfiere la cantidad de sesenta (60)cuotas sociales de valor nominal $ 100, de las cualesa favor de Cristian F. Nygaard, DNI 27.540.558,argentino, Mascardi 395, Bariloche, cede 48 cuotassociales de valor nominal $ 100 cada una; y a favorde Guillermo D. Hlace DNI 33387107, argentino,Cerro Chenque 650, Bariloche, las restantes 12

cuotas sociales de un valor nominal $ 100 cadauna. A partir de la presente cesión, el capitalsocietario queda conformado de la siguiente forma:el socio Nygaard Cristian F., titular de 72 cuotassociales, representando el 60% del capital social;el socio Hlace Guillermo D. titular de 48 cuotassociales, representando el 40% del capital social.Por el mismo instrumento se acepta la renunciadel gerente Sr. Nygaard Cristian F., habiendodesignado los nuevos socios por acta de fechaveintitrés de Abril de dos mil diecinueve al Sr.Guillermo D Hlace en el cargo, por el plazo de dosaños.-

Se hace saber que las oposiciones deberán serdeducidas en el plazo de diez (10) días a partir de lapublicación del edicto.-

Bariloche, Agosto de 2019.Matías R. Aciar, Inspector Regional de Perso-

nas Jurídicas S. C. de Bariloche.-–——oOo——–

ACTA——

A&A SERVICE S.R.L.Modificación de Contrato

El Dr. Federico Frosini, Inspector Regional dePersonas Jurídicas, a cargo del Registro Público desito en calle Viedma Nº 191, de la Ciudad deCipolletti, ordena, de acuerdo con los términos delArt. 10 y modificaciones de la Ley N° 19.550 ymodificatorias, en el Boletín Oficial, por un (1)día, el Acta de Asamblea de fecha 31 de mayo de2019, de la sociedad denominada "A & A SERVICESRL", por lo que los integrantes de la sociedad,resuelven, por unanimidad: 1- Modificar la cláusulaPrimera del contrato constitutivo, quedando lamisma redactada de la siguiente forma: Primera:En la fecha que se menciona precedentemente eneste contrato queda constituida la Sociedad deResponsabilidad Limitada formada entre lossuscriptos y girara bajo la denominación deAYASERVICE S.R.L. La sociedad establece sudomicilio social y legal en la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, pudiendo establecersucursales, agencias, locales de venta, depósitos ocorresponsalías en el país o en el exterior.-

Se hace saber que las oposiciones deberándeducirse en un plazo de 10 días a partir de lapublicación del edicto.-

Cipolletti, 25 de Septiembre de 2019.-Dr. Federico Frosini, Inspector Regional de

Personas Jurídicas Cipolletti.-–——oOo——–

TRANSFERENCIAFONDO DE COMERCIO

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ALTO TRAVEL(Transferencia de Fondo de Comercio)

Al Dr. Matías Raúl Aciar Inspector Regional dePersonas Jurídicas de Bariloche, titular del RegistroPúblico de Comercio cito en la calle Juramento163, Planta baja "B" de la ciudad de S. C. Bariloche,ordena, de acuerdo con los términos de la Ley11867, la publicación en el Boletín Oficial, por (5)días, de la Transferencia de Fondos de Comercio de"Alto Travel", con domicilio en calleQuemquemtreu Nro. 110 de la localidad de SanCarlos de Bariloche, Pcia. de Río Negro, en lostérminos siguientes:

a) Datos del Vendedor: Stoppini EduardoAlberto, DNI Nº 16.589.474, soltero domiciliadoen Quenquemtreu 110, en nombre y representación

de Morixe Paola, DNI Nº 22.656.415, soltera,domiciliada en Quenquemtreu 110, Barrio Aldeadel Este, de la localidad de Bariloche, ProvinciaRío Negro.

b) Datos del Comprador: HI TRIP S.R.L., CUIT33-71406419-9, con domicilio en Mitre 171de la localidad de San Carlos de Bariloche, Provinciade Río Negro, representado por Jorge LuisFernández, en su carácter de socio gerente,argentino, casado, DNI 18.271.175, CUIT Nº 20-18271175-7.

c) Importe $ 15.000 (Pesos Quince mil).Se hace saber que las opciones deberán ser

deducidas en el plazo de diez (10) días a partir de lapublicación del edicto.-

San Carlos de Bariloche, 9 de Septiembre de 2019.-Dr. Matías Raúl Aciar, Inspector Regional de

Personas Jurídicas S. C. de Bariloche.-–——oOo——–

CONVOCATORIAS——

COLEGIO DE PSICOLOGOSDEL VALLE INFERIOR

DE RIO NEGROAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)De acuerdo a disposiciones estatuarias,

convocase a los Asociados a la AsambleaGeneral Ordinaria Fuera de Término que estaAsociación realizará el día 14 de Noviembre de2019, a las 20 horas en primera convocatoria y alas 20.30 horas en segunda convocatoria, arealizarse en la sede social del colegio sito en lacalle Dorrego N° 853 a los efectos de considerar elsiguiente:

ORDEN DEL DIA1º.- Designar dos Socios para refrendar con el

Presidente y la Secretaria el Acta de la Asamblea.2°.- Razones de la convocatoria fuera de

término.3°.- Consideración y aprobación de memoria y

balances cerrados al 31/03/2019.3°.- Consideración y aprobación sobre

porcentaje de actualización de cuota social y cuotade colegiación.

4°.- Lectura del informe anual por parte delTribunal de Ética y tratamiento de las renuncias dela Lic. Jofre Claudia y Lic. Sanchez Maria delRosario.

5°.- Información respecto al estado de la causapenal impulsada por esta comisión por el delito deadministración fraudulenta.

6°.- Elección de la Comisión Directiva yRevisora de Cuentas.

7°.- Elección del Tribunal de Etica.-Cristian G. Battcok, Presidente - Vassolo Analía,

Secretaria.-—oOo—

BIBLIOTECA POPULARLUCÍA EPULLÁN

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

En cumplimiento de las correspondientesdisposiciones estatutarias convócase a los señoressocios a la Asamblea General Ordinaria para el día16 de noviembre a las 18 hs. en su sede social deAlem 2311 de la ciudad de General Roca paratratarse el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1- Razones de la convocatoria fuera de

término.2- Designación de dos socios para firmar el acta

de Asamblea conjuntamente con el Presidente ysecretario

Page 25: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

25Viedma, 21 de Octubre de 2019 BOLETIN OFICIAL N° 5818

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

3- Lectura del Acta de la Asamblea Anterior4- Tratamiento y consideración de la Memoria,

Estado de Recursos y Gastos e Informe de la ComisiónRevisora de Cuentas correspondiente al ejercicioeconómico cerrado el 30 de Junio de 2019.-

Leonor Urquiza, Presidente - María LuisaIdiazabal, Secretaria.-

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ASOCIACION CIVILFUERZA DE AYUDA Y ENSEÑANZA

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

Dando cumplimiento a lo determinado pornuestros estatutos, la Comisión Directiva deAsociación Civil Fuerza de Ayuda y Enseñanza,convoca a los señores asociados a la Asamblea Gen-eral ordinaria F. T., a realizarse el día 4 de Noviembrede 2019 a las 20 horas en su sede social de Rivadaviay Corrientes de la ciudad de Ingeniero Huergo,provincia de Río Negro con la finalidad de tratar elsiguiente:

ORDEN DEL DIA1- Consideración de la Memoria, Balance General,

Estado de Recursos y Gastos, Estado de Evolución delPatrimonio Neto, Cuadros, Anexos, Notas e Informede la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente alejercicio nº 9 que finalizó el 31-01-2019.

2- Elección de dos asociados para firmar el acta.3- Motivos de la celebración de la Asamblea

fuera de término.

4- Elección de los miembros de la ComisiónDirectiva por finalización de mandato.

Llamase a segunda convocatoria con la presenciade los asociados que concurran a la asamblea gen-eral ordinaria a realizarse el 4 de noviembre de2019 a las 21 horas, en el mismo sitio y paraconsiderar el mismo orden del día.-

Carlos Gabriel Carbajal, Presidente.-—oOo—

RADIO CLUBGENERAL ROCA LU3VAL

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

General Roca, 2 de Octubre de 2019Cumpliendo con las disposiciones Estatutarias

vigentes la Comision directiva del Radio Club Gral,Roca convoca a sus asociados a la Asamblea Gral.Ordinaria a realizarse en la sede de Formosa yGüemes de nuestra ciudad el día sábado 2 deNoviembre del 2019 a la s 16.00 para considerar elsiguiente:

ORDEN DEL DIA1.- Eleccion de dos(2) socios paraque firmen el

Acta de la reunión juntamente con Presidente ySecretario

2- Lectura y consideración del Acta anterior3.- Lectura y consideración de la Memoria y

Balance e informe de la Comisión Revisora decuentas del ejercicio Nº XXXVII que finalizara el31 de Agosto del 2019.

4.- Renovacion total de la C.d y Com. Revisorade cuentas por finalización de mandato.-

Dr. Osvaldo O. Giannasi, Presidente - Juan C.Romero, Secretario.-

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ACLARACIONES——

Aclaración de fecha 3-10-2019.En el Boletín Oficial Nº 5813 - Ley Nº 5388.......

Título II de los vehículos en depósitos Provincialeso Municipales....

Donde Dice:“Capítulo III, Capítulo IV y Capítulo V”Debe Decir:“Capítulo II, Capítulo III y Capítulo IV”

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COLEGIO DE KINESIOLOGOSDE RÍO NEGRO

Se comunica que, por un involuntario erroradministrativo en la publicación del día 10 deOctubre, se publicó la convocatoria a “AsambleaGeneral Ordinaria” cuando en realidad debió decir“Asamblea General Ordinaria Fuera de Término”.Por esta razón, se incorpora al orden del día elpunto 3 referido al tratamiento de las razones de laconvocatoria fuera de término.-

Silvia Schubert, Presidente - Norma Airoldes,Secretaria.-

A V I S OS

IMPORTANTE

El Boletín Oficial de la provincia de Río Negro informa a los organismos públicos y usuarios en general que, para

realizar publicaciones, el material pertinente deberá remitirse en formato digital (Word o pdf de texto nativo,

exclusivamente) a las siguientes direcciones de correo electrónico:

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y la forma estipulados, con excepción de los edictos judiciales, cargados en la página web del Poder Judicial, que

se reciben por correo electrónico siempre que estén previamente confrontados.

CIERRE DE EDICIONES

Se hace saber a los interesados que las ediciones de este Boletín se cierran como último término,los LUNES Y MIERCOLES a las 12 horas para los JUEVES Y LUNES respectivamente,

días que son los de salida de esta publicación.Cabe aclarar que en fechas excepcionales (feriados nacionales, provinciales, etc.) las mismas se verán

afectadas y se informarán en las oficinas del Boletín.

Page 26: Nº 5818 - rionegro.gov.ar · Viedma, 21 de Octubre de 2019 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA Tel. (02920) - 423512 Fax 02920-430404

26Viedma, 21 de Octubre de 2019

Firmado Digitalmente por PAULINA BELEN OJEDA FERNANDEZ - Su validación se efectúa en http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

BOLETIN OFICIAL N° 5818

Boletín Oficial

Laprida 212 - Viedma - Provincia de Río Negro

–––Publicado en el Portal

de la Provincia de Río Negro en:http://rionegro.gov.ar/download/boletin/5818.pdf

Ley Nº 5261(sustituye texto de la Ley Nº 40)

Artículo 3°.- El texto de todas laspublicaciones efectuadas en el BoletínOficial, son tenidas por auténticas.

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.DECRETOS1350.- 27-09-2019.- Aprobar la Licitación Pública N° 01/2019, destinada a contratar la

ejecución de la obra: “Plan Castello — Obras de Desarrollo: Proyecto Desarrollo deRiego en la localidad de Campo Grande”, en la Provincia de Río Negro............................ 1a3

1351.- 27-09-2019.- Aprobar la documentación técnica confeccionada para posibilitar lacompra de material asfáltico de la obra: “Pavimentación urbana en Barrio del Rosario dela localidad de Río Colorado.-...................................................................................................3-4

1352.- 27-09-2019.- Aprobar el Modelo de Convenio para Ejecución de Obras, a firmarseentre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y Aguas Rionegrinas Sociedad Anónima,para la ejecución de la obra relacionada con el “Presurización de Redes de Agua Potable enBarrio Las Mutisias de la ciudad de San Carlos de Bariloche” ..............................................4a6

DECRETOS SINTETIZADOS......................................................................................................6-7RESOLUCIONES............................................................................................................................7a17CONTRATACIÓN DIRECTA.......................................................................................................17EXPURGO DOCUMENTAL.........................................................................................................17-18EDICTOS DE MENSURA.............................................................................................................18EDICTOS D.P.A. ............................................................................................................................ 18EDICTO I.P.P.V..............................................................................................................................18

SECCION JUDICIALEDICTOS......................................................................................................................................... 19a22REMATE.......................................................................................................................................... 22

SECCION COMERCIO, INDUSTRIA Y ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES, CONTRATOS, ETC........................................................................22a24CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES...............................................................................................24ACTA ................................................................................................................................................ 24TRANSFERENCIA FONDO DE COMERCIO............................................................................24CONVOCATORIAS........................................................................................................................24-25ACLARACIONES ...........................................................................................................................25AVISOS BOLETIN OFICIAL........................................................................................................25-26

S U M A R I O

A V I S O

IMPORTANTESe pone en conocimiento a los usuarios del Boletín Oficial, que por cualquier trámite

para Publicaciones, Suscripciones- y/o Adquisición de Ediciones, deberán solicitar previamente el costo de losmismos y luego depositar en la Cuenta Bancaria Nº 900001185 (CBU 0340250600900001185006) del BancoPatagonia - Sucursal 250 - Viedma, a nombre de la TESORERÍA GENERAL BOLETIN OFICIAL, y con el

comprobante ORIGINAL, el Organismo les entregará la factura y el recibo correspondiente.

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos,etc., a insertar en este Boletín,concurrir a:

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Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

9 de Julio 933 - Tel/Fax: 0298 - 4431230.– Cipolletti:

Teniente Ibañez 355 - Tel.: 0299 -4771719. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450 - Tel/Fax: 02944 - 428112.