niÑas, niÑos y adolescentes en los hogares
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Niños, niñas y adolescentes en los hogares
transferidos a la ciudad de Buenos Aires.
Análisis de sentencias judiciales. Año 2009.
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Dirección de Políticas Públicas e Investigación
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PRESIDENTA
Jessica Malegarie
VICEPRESIDENTA Gladys Suárez
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS Bruno Domeniconi
DIRECCION DE POLITICAS PÚBLICAS E INVESTIGACIÓN Cristina Erbaro
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS Camila Suárez
DIRECCIÓN DE RED DE DEFENSORÍAS ZONALES
Cecilia Sosa
Responsables del trabajo:
Calcedo, Adriana Ciordia, Carolina Díaz, Laura García, Martina Giménez, Roxana Jans, Silvia Laino, Cecilia Santoyanni, Patricia Spinelli, Gabriela Sucari, Gisella Vives, Carmela
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ÍNDICE
Introducción
5
Metodología
7
I.
Características de la Transferencia de servicios de atención directa. Reposicionamiento de los organismos especializados en infancia y adolescencia.
I.1. Del Consejo Nacional del Menor y la Familia a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia
10
I.2. La Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de derechos de niñas, niños y adolescentes y las facultades del órgano administrativo de aplicación
12
I.3. Transferencia de los servicios de atención directa
13
II. Presentación y análisis de datos estadísticos
II.1. Sistematización de la información brindada por la Dirección General de Niñez y Adolescencia (GCABA)
15
II.2. Relevamiento de niños, niñas y adolescentes en las instituciones transferidas a la CABA
23
Consideraciones finales
54
Anexo
57
Cuadro
Tipos de instituciones transferidas a la CABA. Definiciones.
Categorización de los motivos de ingreso de los nnya a las instituciones transferidas
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ÍNDICE DE CUADROS
II.1. Sistematización de la información brindada por la Dirección General de Niñez y Adolescencia (GCABA)
15
1 Tipo de institución según edad y sexo de la población alojada. 16
2 Institución que dispone el ingreso de los niños, niñas y adolescentes. 20
3 Institución que dispone el ingreso de los niños, niñas y adolescentes según el tipo de establecimiento.
21
II.2. Relevamiento de niños, niñas y adolescentes en la instituciones transferidas a la CABA
23
1 Niños, niñas y adolescentes relevados según tipo, nombre y localización de la institución en que se encuentran.
24
2 Total de niños, niñas y adolescentes por edad y sexo según tipo de institución. 26
3 Tiempo de permanencia en la institución actual según tipo de institución. 29
4 Años de institucionalización por edad de los niños, niñas y adolescentes. 31
5 Cantidad de instituciones en las que los niños, niñas y adolescentes estuvieron con anterioridad.
33
6 Institución anterior y actual de los niños, niñas y adolescentes relevados. 34
7 Cantidad de respuestas sobre los tipos de instituciones que los niños, niñas y adolescentes han recorrido.
36
8 Motivo de ingreso a la institución actual según Tipo de institución. 38
9 Plazos para el egreso de los niños, niñas y adolescentes según Tipo de institución. 42
10 Plazos para el egreso de los niños, niñas y adolescentes alojados en Hogares Convivenciales, según años en la institución actual.
43
11 Derivaciones realizadas. 45
12 Jurisdicción correspondiente al último domicilio del niño, niña o adolescente y jurisdicción de la institución en que actualmente se encuentra alojado/a.
47
13 Personas que mantienen contacto con los niños, niñas y adolescentes según el Tipo de institución en que se alojan.
49
14 Frecuencia del contacto entre los niños, niñas y adolescentes alojados en las instituciones y las personas que los visitan.
51
15 Lugar en el que se efectúa el encuentro entre los niños, niñas y adolescentes y las personas que los visitan, según el Tipo de institución en que se alojan.
53
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INTRODUCCIÓN
La presente investigación se propone conocer a la población de niños, niñas y
adolescentes (en adelante “nnya”) alojada en algunas de las instituciones transferidas al ámbito
de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del Acta Acuerdo para la Transferencia de Servicios
de Atención Directa de Protección de Derechos de nnya, en los términos del artículo 70 de la Ley
26.061.
En la primera parte de este trabajo se desarrollan las principales características de la
transferencia de servicios de atención directa, proceso que se inicia en concordancia con el
mencionado artículo de la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y
Adolescentes, y que conlleva un reposicionamiento de los organismos especializados en la
promoción y protección de los derechos de la infancia y la adolescencia. Con este objeto se hace
mención, en la primera parte, a la creación de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia (en adelante SENNAF) y se definen las nuevas competencias que asume el Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires, a través de distintas áreas, como resultado de tal proceso.
La segunda parte de este trabajo se dedica a presentar los datos estadísticos producidos
en dos momentos de la investigación.
En primer lugar, la única información con la que contaba el Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes (en adelante CDNNyA), para iniciar las intervenciones a fin de
garantizar los derechos de los nnya en las instituciones transferidas al ámbito de la CABA,
consistía en un listado en el cual figuraban los nombres y apellidos de cada nnya, edad, sexo, la
institución donde se encontraban, la fecha del ingreso a la misma y la institución que lo dispuso.
De este modo, en el punto II.1. se presentan los resultados de la sistematización de la
información disponible al inicio de la investigación.
En este sentido, y en segundo lugar, la necesidad de obtener información completa y
actualizada sobre cada uno de los nnya alojados en las instituciones transferidas definió el tema
de la presente investigación. En este sentido, en el punto II.2. se analizan los datos elaborados a
partir del relevamiento de nnya en la instituciones transferidas a la CABA, realizado por el Equipo
de Acciones Centralizadas (en adelante EAC) dependiente del Departamento de Asistencia
Técnica, Dirección Red de Defensorías Zonales del CDNNyA.
Cabe agregar que esta investigación es el resultado de una iniciativa conjunta de la
Dirección Red de Defensorías Zonales y la Dirección de Políticas Públicas e Investigación, y que
inaugura una modalidad de trabajo compartido entre ambas áreas.
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Se espera que la información resultante contribuya al diseño de políticas públicas
acordes y respetuosas a la legislación vigente, en el marco de la no institucionalización y
también de la desinstitucionalización.
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METODOLOGÍA
En un primer momento de la investigación, se procedió al procesamiento de la
información que la DGNyA recibió al efectuarse la transferencia y brindó a la Dirección Red de
Defensorías Zonales, respecto de la población alojada en las instituciones transferidas. De esta
manera, se estableció el total de nnya como así también información sobre las variables: edad,
sexo, tipo de institución que aloja a la población, e institución que dispuso los ingresos a los
distintos tipos de establecimientos.
A partir de la información disponible se construyó el instrumento de recolección de datos
y se realizó el trabajo de campo para el relevamiento de los nnya en las instituciones
transferidas. El relevamiento fue realizado por el EAC entre el 11 de marzo de 2008 y el 10 de
enero de 2009.
Objetivos
Objetivo general:
- Caracterizar a la población alojada en los Hogares transferidos a la Ciudad de Buenos Aires, a
partir de la sanción de la Ley 26.061.
Objetivos Específicos:
- Caracterizar a los nnya alojados en las instituciones transferidas a la Ciudad de Buenos Aires,
según edad, sexo, tipo de Hogar y contacto familiar.
- Identificar y analizar los períodos de permanencia de los nnya en distintas instituciones y
también los plazos para la externación.
- Conocer los motivos que dieron lugar al ingreso de los nnya a las instituciones transferidas a la
Ciudad de Buenos Aires, así como las carátulas de los expedientes.
Población objetivo
Se registraron todos los nnya alojados en instituciones transferidas al ámbito de la
CABA, en el marco del Acta Acuerdo para la Transferencia de Servicios de Atención Directa de
Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, en los términos del artículo 70 de la
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Ley 26.061. Por lo tanto, en el relevamiento no se incluyeron aquellos nnya que ingresaron a las
instituciones con posterioridad a la sanción de la ley antes mencionada. Ello porque los ingresos,
en esos casos, se produjeron en un nuevo marco jurídico y como consecuencia de una Medida
de Protección dictada por el órgano administrativo de protección de derechos. Estas medidas, de
carácter Especial o Excepcional, son tomadas por el CDNNyA como organismo de protección
local y forman parte de las estrategias de protección o restitución de derechos llevadas adelante
por la Dirección Red de Defensorías Zonales o por la Guardia Permanente de Defensa de
Derechos. Tampoco se relevaron a los nnya alojados en Comunidades Terapéuticas.
Recolección y procesamiento de la información
El EAC está integrado por operadores y profesionales que se dedicaron al relevamiento
de la información en las instituciones donde se alojan los nnya, y a la carga de la misma en una
base construida por el Departamento de Investigación, que tuvo a su cargo, además, la
elaboración del instrumento de recolección de la información y su procesamiento.
El EAC entrevistó a los profesionales de los equipos técnicos o a los directivos de las
instituciones; es importante señalar que en un alto porcentaje de entrevistas no fue posible
completar la información requerida ya que los entrevistados daban por terminado el encuentro
excusándose en el tiempo que dicho encuentro insumía.
En consecuencia, y paralelamente a la realización de entrevistas a los equipos técnicos
o a los directivos de las instituciones, el EAC recurrió a otras fuentes de información, como los
informes que trimestralmente elaboran los equipos técnicos de los hogares y presentan a la
DGNyA, a la Asesoría General Tutelar y al CDNNyA, entre otros. Además acudió al Área de la
DGNyA que tiene a su cargo la supervisión de las ONG’s, con el fin de relevar información
referida al ingreso del niño, niña o adolescente a un establecimiento, y las derivaciones, en el
caso de haberse producido.
En algunas ocasiones se realizaron entrevistas a nnya, especialmente en aquellos casos
en los cuales los equipos técnicos de las instituciones referían posibles egresos en un corto
plazo. Estas entrevistas fueron volcadas en actas redactadas por los profesionales del EAC y
firmadas por quienes fueron entrevistados. La información registrada en las actas permitió
poseer más elementos para la evaluación y derivación de los nnya entrevistados.
Dado que todos los nnya relevados fueron derivados a las Defensorías Zonales o bien a
los Servicios Locales del Sistema de Protección y Promoción de Derechos de la provincia de
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Buenos Aires, se considera que los resultados obtenidos permitirán poner a disposición de
ambos servicios, información completa y actualizada a partir de la cual tomar contacto con las
situaciones de los nnya, evaluar las posibilidades de egreso y elaborar las estrategias adecuadas
en cada uno de los casos.
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I. CARACTERÍSTICAS DE LA TRANSFERENCIA DE SERVICIOS DE ATENCIÓN
DIRECTA. REPOSICIONAMIENTO DE LOS ORGANISMOS ESPECIALIZADOS EN INFANCIA
Y ADOLESCENCIA.
I.1. Del Consejo Nacional del Menor y la Familia a la Secretaría Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia
La declaración de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, adoptada
por la Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989 y aprobada en nuestro
país por Ley Nº 23.849 en octubre del año 1990, modificó la concepción de la niñez y obligó al
Estado, a la familia y a la comunidad a establecer nuevas maneras de pensar y actuar. Este
nuevo posicionamiento implicó un desafío en tanto que fue necesario modificar las prácticas
institucionales según la lógica del nuevo modelo de promoción y protección integral a la niñez y
adolescencia, reconociendo como concepto fundamental que todos los nnya son sujetos plenos
de derecho, es decir, titulares de derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Dicho posicionamiento comienza a institucionalizarse no sólo a través de nuevas
prácticas y nuevos organismos sino también mediante la necesidad de cambiar la designación
del área encargada de la infancia: por Decreto Nº 295/01 el Consejo Nacional del Menor y la
Familia cambia su denominación por la de Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia,
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.
En el año 2005 el Congreso Nacional sancionó la Ley de Protección Integral de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Ley Nacional Nº 26.0611, a partir de la cual queda
derogada la Ley Nº 10.903 de Patronato de Menores. En cuanto a los órganos administrativos de
protección de derechos, la nueva ley los establece en tres niveles: nacional, federal y provincial.
En el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional la ley crea la SENNAF, “organismo
especializado en materia de derechos de infancia y adolescencia, que funcionará con
representación interministerial y de las organizaciones de la sociedad civil”2. Entre las funciones
asignadas a la SENNAF, se destacan las siguientes:
Garantizar el funcionamiento del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia y
establecer en forma conjunta la modalidad de coordinación entre ambos organismos con el fin de
establecer y articular políticas públicas integrales;
1 Esta normativa fue promulgada el 21/10/05 y publicada en el Boletín Oficial Nº 30.767 el 26/10/05. 2 Art. 43, Ley Nº 26.061.
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Elaborar con la participación del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia, un
Plan Nacional de Acción como política de derechos para el área específica, de acuerdo a los
principios jurídicos establecidos en la ley;
Realizar los informes previstos en el artículo 44 de la Convención sobre los Derechos del
Niño, y ejercer la representación del Estado Nacional en su presentación, constituyéndose en
depositario de las recomendaciones que se efectúen;
Promover el desarrollo de investigaciones en materia de niñez, adolescencia y familia;
Promover políticas activas de promoción y defensa de los derechos de las niñas, niños,
adolescentes y sus familias;
Coordinar acciones consensuadas con los Poderes del Estado, organismos
gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, para fomentar la participación activa de
las niñas, niños y adolescentes;
Efectivizar juntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia la
transferencia de los fondos a los Estados Provinciales para la financiación de dichas políticas;
Organizar un sistema de información único y descentralizado que incluya indicadores
para el monitoreo, evaluación y control de las políticas y programas de niñez, adolescencia y
familia.
La ley también establece la creación del Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y
Familia, el cual “estará integrado por quien ejerza la titularidad de la SENNAF, quien lo presidirá,
y por los representantes de los Órganos de Protección de Derechos de Niñez, Adolescencia y
Familia existentes o a crearse en cada una de las provincias y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires”3. Por último, en el nivel provincial, cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires determinarán el órgano de planificación y ejecución de las políticas de la niñez.
Este cambio fundamental en la normativa sobre infancia, implicó también la
transferencia de los servicios de atención directa de la infancia y sus recursos, a las provincias y
a la Ciudad de Buenos Aires.
I.2. La Ley Nacional Nº 26.061 de Protección Integral de derechos de niñas, niños y
adolescentes y las facultades del órgano administrativo de aplicación
3 Art. 45, Ley Nº 26.061.
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La Ley Nacional 26.061 define un nuevo sistema de Protección de Derechos que
consiste en la creación y articulación de servicios y programas destinados a garantizar los
derechos de la población infantil y adolescente y restituir aquellos que fueran vulnerados,
mediante las medidas de protección integral de derechos y las medidas de protección
excepcionales, que deberán ser tomadas por los organismos administrativos responsables del
área de la infancia. Dichas medidas son las únicas previstas por la nueva normativa.
Las Medidas de Protección Integral (arts. 33 a 38) tienen por objetivo preservar, restituir
o reparar las consecuencias de la amenaza o violación de los derechos de nnya. Las Medidas de
protección tenderán a que los nnya permanezcan conviviendo con su grupo familiar y, para ello,
estas medidas exigen que el Estado brinde respuestas a través de las políticas públicas
universales relativas a educación, vivienda, salud, etc.
Por otra parte, la ley establece que las Medidas Excepcionales de Protección de
derechos (arts. 39 a 41) sólo se deben aplicar en los casos en los cuales se evalúe necesario
privar temporalmente a los nnya de su medio familiar. Estas medidas deben dictarse una vez
agotadas todas las Medidas de Protección Integral posibles para cada caso, con el objetivo de
resguardar y proteger de manera central la integridad de los nnya. Las Medidas Excepcionales
deben priorizar la inclusión de los nnya en hogares de su familia extensa, de su propia
comunidad o en programas de convivencia, y promover el rápido regreso de los nnya a su grupo
familiar. Deben constituir actos jurídicamente fundados, ser limitadas en el tiempo y sólo podrán
prolongarse por la persistencia de las causas que les dieron origen.
La Ley Nº 26.061, en su artículo 40, prevé que las Medidas Excepcionales deberán
someterse al control de la autoridad judicial competente en materia de familia de cada
jurisdicción.
I. 3. Transferencia de los servicios de atención directa
La Ley de Protección Integral de los derechos de los nnya, en su artículo 70, dispone
que el Gobierno Nacional acuerde con los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires la transferencia necesaria de los servicios de atención directa que estuvieran
prestándose en cada jurisdicción, con sus respectivos recursos. En efecto, el 6 de septiembre de
2006 se firmó, entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Poder Ejecutivo de la CABA, el “Acta
Acuerdo para la transferencia de servicios de atención directa de protección de derechos de
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nnya en los términos del artículo 70 de la Ley 26.061”, que se aprobó en mayo de 2007 por la
Ley local Nº 2.339, y da inicio a dicho proceso.
En el Acta, la Ciudad asume “la competencia para la determinación, procedencia y
ejecución de las medidas ordinarias o excepcionales para la protección integral de derechos, en
relación a los nnya que residan y/o se encuentren en el territorio de la CABA”4. En particular, se
reconoce al CDNNyA, por sí o a través de las Defensorías Zonales, como el organismo que
adopta las medidas de protección, mientras que se identificó al ex Ministerio de Derechos
Humanos y Sociales de la CABA, hoy Ministerio de Desarrollo Social (MDS), como “la autoridad
de ejecución programática de las políticas públicas sociales de infancia y adolescencia y, en tal
carácter, el área de gobierno responsable de organizar y brindar las prestaciones necesarias
para dar respuesta a los derechos sociales demandados.”5
Cabe agregar que en el Acta de referencia, se hace mención al Plenario del CDNNyA
como el responsable de la “identificación de programas, recursos, entidades y servicios del
sector público o privado, a los fines de integrar el Sistema de Promoción y Protección Integral de
los derechos de los nnya en la CABA”.6
Para instrumentar lo dispuesto por la nueva normativa, en el ámbito del CDNNyA se creó
la Dirección de Procedimientos y Relaciones Interinstitucionales, y tiempo después la Comisión
Mixta de Restitución de Derechos –integrada por representantes de la DGNyA y del CDNNyA-
con el objetivo de evaluar y gestionar los recursos al área pertinente, para cumplimentar las
medidas dispuestas.
Paralelamente, para adecuar y formalizar los procedimientos a adoptar en el marco de la
nueva normativa, el CDNNyA elaboró un Manual de Procedimientos y Circuitos7 en el cual se
contemplan las distintas acciones a desarrollar por los diferentes servicios y programas que
dependen de él. Tal como se desarrolla en el art. 12, Capítulo II del Manual de Procedimientos
“…cuando el programa o política requerida dependa del Ministerio de Derechos Humanos y
Sociales, el oficio se dirige a la Comisión Mixta de Restitución de Derechos, acompañado de la
documentación que cada programa requiera para su solicitud…”. Una vez que finalizó el proceso
4 Ley 2.339 (17/05/2007) Aprobación del Acta Acuerdo para la transferencia de servicios de atención directa de protección de derechos de nnya. Cláusula primera. 5 Ley 2.339 (17/05/2007) Aprobación del Acta Acuerdo para la transferencia de servicios de atención directa de protección de derechos de nnya. Cláusula séptima. 6 Ley 2.339 (17/05/2007) Aprobación del Acta Acuerdo para la transferencia de servicios de atención directa de protección de derechos de nnya. Cláusula octava. 7 Resolución Nº 309 – CDNNyA 07
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de transferencia de los servicios de atención directa, se dieron por concluidas las funciones de la
Comisión Mixta, en el mes de octubre del 2007.
A partir de la creación de este circuito, los Juzgados Nacionales en lo Civil con
competencia en asuntos de familia comenzaron a derivar los requerimientos del Poder Judicial al
CDNNyA, ya que hasta ese momento muchas de las derivaciones las efectuaban al CONNAF,
que era el organismo al que tradicionalmente recurrían para solicitar recursos de diverso tipo
(vacantes en Hogares o institutos, subsidios, becas, inclusión en programas, etc.).
El Título III del Manual hace referencia específicamente a los nuevos procedimientos de
las Defensorías Zonales, que actualmente pueden adoptar tres tipos de medidas de protección
según la situación en la que se encuentren los nnya atendidos:
1. Medidas de Protección Integral (Ley 26.061 y Ley 114)
2. Medidas Especiales de Protección (Ley 114)
3. Medidas Excepcionales de Protección (Ley 26.061)8
8 Cada una de estas medidas ha sido desarrollada en el trabajo “Cambios y transiciones: de las medidas de protección de persona a las medidas de protección de derechos. Un estudio exploratorio sobre el traspaso de causas judiciales al CDNNyA”. Dirección de Políticas Públicas e Investigación y Dirección Red de Defensorías, año 2008.
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II. PRESENTACIÓN Y ANÁLISIS DE DATOS ESTADÍSTICOS
II.1. SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN BRINDADA POR LA DIRECCIÓN
GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (GCABA)
A partir de la información que la DGNyA brindó a la Dirección Red de Defensorías
Zonales se han podido construir y analizar los siguientes datos estadísticos relacionados con la
población alojada en las instituciones.
La distribución de la población según los diferentes tipos de instituciones, es la que
sigue:
Tipo de Institución Cantidad de nnya %
Hogares Convivenciales 190 32,2
Hogares Maternales 63 10,7
Hogares Terapéuticos 169 28,6
Comunidades Terapéuticas (adicciones) 90 15,3
Hogares para nnya con Discapacidad 78 13,2
Total 590 100
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de datos provistos por la Dirección Gral. de Niñez y Adolescencia. (MDS). GCABA. 2008
Es importante destacar que las tipificaciones que serán presentadas con relación a las
instituciones han sido suministradas por la DGNyA y que serán utilizadas en esta parte del
trabajo como dato descriptivo.
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Cuadro 1. Tipo de Institución según edad y sexo de la población alojada.
M V M V M V M V M V M V M V M V M V
CONVIVENCIAL
(mixto)1 2 6 7 8 8 7 16 11 41 16 31 8 8 -- 3 57 116 173
CONVIVENCIAL niñas -- -- -- -- 5 -- 4 -- -- -- 1 -- -- -- -- -- 10 0 10
CONVIVENCIAL
varones-- -- -- -- -- 3 -- 2 -- 2 -- -- -- -- -- -- 0 7 7
MATERNAL 8 15 5 5 2 -- -- -- -- -- 10 -- 16 -- 2 -- 43 20 63
SALUD MENTAL
Medio Camino-- -- -- -- -- -- -- -- 2 -- 4 3 5 2 1 -- 12 5 17
TERAPÉUTICO -- 1 -- 2 -- 2 12 17 26 21 22 13 22 12 1 1 83 69 152
-- -- -- -- -- 1 -- -- 1 3 5 47 1 32 -- -- 7 83 90 15,3
-- -- 7 1 6 9 6 12 8 12 3 6 6 1 1 -- 37 41 78 13,2
9 18 18 15 21 23 29 47 48 79 61 100 58 55 5 4 249 341 590 100,0
19 y más SubtotalS/I
28,6
Total (%)
42,9
Total
Franja etaria y sexo
13 a 154 a 6
Centro de día o Centro educativo terapéutico u
Hogar Permanente para niños, niñas y
adolescentes con discapacidades
Subtotal
Total
Hogar Convivencial
76 12733
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación (CDNNyA) sobre la base de los datos provistos por la Dirección General de Niñez y Adolescencia (MDS). GCABA.
161 9 59011327 44
Tipo de Institución
Comunidad Terapéutica (adicciones)
Hogar Terapéutico
16 a 180 a 3 7 a 9 10 a 12
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En lo que respecta a la distribución según sexo, del total de nnya el 42,2% (249) son
mujeres y el 57,8% (341) varones.
Del total de nnya alojados en los Hogares Convivenciales (42,9%), 143 son varones y
110 mujeres. Con relación a este tipo de Hogar, se observa que del total de nnya, el 68% se
encuentra en un Hogar convivencial mixto, el 24% en un Hogar convivencial para adolescentes
madres, el 4% en un Hogar convivencial para niñas y el 35% restante en uno para varones.
Según el convenio realizado con la DGNyA9, estos Hogares atienden a nnya que se
encuentran transitoriamente o no, desvinculados de su medio familiar o de su grupo de
referencia. Las estrategias se encuentran orientadas básicamente a la revinculación familiar o el
establecimiento de otros vínculos de importancia para cada niño, niña o adolescente, de manera
de asegurar que el tiempo de alojamiento sea el menor posible.
Todo Hogar Convivencial tiene la responsabilidad de brindar una atención integral a la
población y ofrecer alimentación y vestimenta adecuada y suficiente, educación, capacitación
laboral, actividades deportivas y recreativas. Además tiene la responsabilidad de promover
dentro del Hogar una dinámica grupal de funcionamiento que origine vínculos solidarios, que
promueva la participación en las actividades cotidianas y en ámbitos de reflexión, y propicie la
toma de decisiones en aspectos convivenciales acorde a las etapas evolutivas. Por último, se
propone fomentar la integración a la comunidad a través de contactos y actividades con las
instituciones públicas y privadas.
Estos Hogares deben contar con un equipo profesional interdisciplinario integrado por las
disciplinas sociales, culturales y recreativas y capacitado en temas de infancia, con el objetivo de
implementar y desarrollar un proyecto institucional que promueva estrategias de convivencia
para el grupo alojado, como así también el seguimiento personalizado de cada niño, niña o
adolescente y la vinculación y fortalecimiento familiar y comunitario. La institución también debe
contar con operadores capacitados en la temática infancia, y experiencia acreditada con nnya.
Los Hogares Terapéuticos concentran el 28,6% del total de la población. Se subsume
dentro de éstos a los de Salud Mental (Medio Camino) y albergan una población de hasta 18
años de edad con cuadros psicopatológicos que requieren de un abordaje especializado
relacionado a la salud mental. Se garantiza el derecho al bienestar, a la educación y la salud,
para el desarrollo físico, intelectual y afectivo. Algunos de los cuadros contemplados en la
atención de este tipo de institución incluyen “…retraso mental, trastornos de aprendizaje,
9 Convenio realizado entre los Hogares y la Dirección General de Niñez y Adolescencia. Decreto N° 874/04 CABA
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trastorno por déficit de atención y comportamiento perturbado, problemas relacionados con el
abuso o negligencia, psicosis compensada, patologías duales, donde el consumo de sustancias
psicoactivas sea secundaria a la patología de base, crisis depresivas graves, entre otras…”10.
Este tipo de institución cuenta con 3 etapas para el ingreso del niño, niña o adolescente:
en un primer momento la evaluación, luego el diagnóstico y por último el tratamiento. Cada
situación debe contemplar un tratamiento específico y respetar la singularidad de cada niño, niña
o adolescente con el objetivo de que pueda desarrollar sus propios recursos y establecer un
vínculo familiar, social, y comunitario.
Para la población próxima a cumplir la mayoría de edad la institución deberá propiciar la
autonomía de los adolescentes brindándoles herramientas necesarias para poder tomar
decisiones asertivas para su proyecto de vida. Además deberá promover la inserción laboral u
ocupacional y realizar acciones pertinentes para un adecuado trabajo entre las áreas
comunitarias, educativas, de promoción social. Para esto es necesario un equipo de trabajo con
abordaje interdisciplinario de la problemática, formado por psicólogos, trabajadores sociales,
docentes, talleristas, operadores socioterapéuticos, médico clínico y médico psiquiatra, como así
también disciplinas complementarias como nutricionistas, profesor de educación física, terapista
ocupacional, abogado.
De los nnya alojados en los Hogares Terapéuticos, el mayor porcentaje son mujeres (el
56,2%) y la franja etaria con mayor concentración de casos es la que va desde los 13 hasta los
15 años.
Con respecto a las Comunidades Terapéuticas, concentran el 15,3% de la población
total y el 92,2% son varones. En este caso no se logró obtener, a diferencia de los restantes
tipos de instituciones, la definición de la población objetivo ni de las características generales de
las intervenciones.
Por último, el 13,2% restante de la población está alojada en Hogares para niños, niñas
y adolescentes con necesidades especiales (78 nnya). Las mujeres representan el 47% y los
varones el 53%, y el 70% de la población allí alojada tiene entre 7 y 15 años.
Estos Hogares tienen por finalidad brindar asistencia integral a los requerimientos
básicos de los nnya con discapacidades11 que no puedan permanecer con sus familiares o
referentes.
10 Según normativa vigente ley 17.132, 23.277 resoluciones MS y AS 72/85, 1121/86 y modificatorias.
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Los recursos específicos brindados por el área de discapacidad, según el art. 32 de la
Ley 24.901, se dividen en:
- Centros de Día: son servicios que tienen como objeto posibilitar el más adecuado
desempeño en la vida cotidiana, a personas con discapacidad severa o profunda.
- Centros Educativos Terapéuticos: son servicios dirigidos a niños y jóvenes cuya
discapacidad motriz, sensorial y mental no les permita acceder a un sistema de
educación sistemático; tienen como objeto la incorporación de conocimiento y
aprendizaje de carácter educativo a través de enfoques, metodologías y técnicas de
índole terapéuticas.
- Hogares: son servicios que tienen por finalidad brindar cobertura integral a los
requerimientos básicos esenciales, vivienda, alimentación, y atención especializada a
personas con discapacidad sin grupo familiar propio o con grupo familiar no continente.
Tal como se observa en el Cuadro Nº 2, otra de las variables que ofrece la base de
datos brindada por la DGNyA, refiere a las instituciones que dispusieron el ingreso de los nnya a
los hogares. Se considera probable que en la categoría “Institución que dispone el ingreso” se
hayan consignado datos erróneos, dado que se encuentran incluidas las Defensorías Públicas
de Menores, aún cuando no se trata de organismos competentes para disponer el alojamiento de
nnya en Hogares.
11 Se define como discapacidad a “toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, motora, sensorial o mental, que en relación a su edad o medio social implique desventajas considerables en su integración familiar, social, educacional o laboral”. Art. 9, Ley 24.901
~ 20 ~
Casi la totalidad de los ingresos, el 87,6% (517 nnya), fueron dispuestos por la Justicia y,
de ellos, el 80,5%, fueron resueltos por los Juzgados Nacionales de 1ª Instancia en lo Civil. Esta
cifra representa, al mismo tiempo, el 70,5% del total de los ingresos (N=590).
A partir de la información recibida no se pudo establecer a qué refieren los 3 casos
consignados bajo el nombre “Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”. A su vez, el listado arrojó
un 8% de casos sin información respecto de la institución que dispuso el ingreso.
No es posible profundizar la lectura de los datos en términos del tiempo de permanencia
de los nnya en las instituciones ya que no se posee información acerca de las fechas en que los
mismos ingresaron.
De los 517 ingresos solicitados por la Justicia, es importante señalar que los Juzgados
Civiles dispusieron en el 28% de los casos el ingreso a Comunidades Terapéuticas, en el 25% a
Hogares Terapéuticos y en el 13% a Hogares para nnya con discapacidad. Los Juzgados de
Menores, los Juzgados Federales y los Tribunales Orales de Menores solicitan, en su mayoría,
ingresos a Comunidades Terapéuticas (Ver Cuadro Nº 3).
3
19
Defensorías Públicas de Menores e Incapaces 12
Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Civil 416
Juzgado Nacional de Menores 36
Juzgado Federal, Criminal y Correccional de Instrucción 7
Tribunal Oral de Menores 40
Tribunal de Familia (PBA) 2
Tribunal de Menores (PBA) 4
3
48
590
Cuadro 2. Institución que dispone el ingreso de los niños, niñas y adolescentes.
Po
de
r Ju
dic
ial
Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia
INSTITUCIÓN QUE DISPONE EL INGRESO TOTAL
Otros organismos del GCBA
S/I
Total
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación (CDNNyA) sobre la base de los
datos provistos por la Dirección General de Niñez y Adolescencia (MDS). GCABA.
~ 21 ~
* Referencias:
1. Comunidad Terapéutica (Adicciones)
2. Hogar Convivencial (mixto)
3. Hogar Convivencial (niñas)
4. Hogar Convivencial (varones)
5. Centro de Día o Centro Educativo Terapéutico u Hogar para niños, niñas y adolescentes con discapacidades.
6. Hogar Convivencial (maternal)
7. Hogar Terapéutico - Salud Mental Medio Camino
8. Hogar Terapéutico
Con respecto a la variable documentación, es posible afirmar que el 81% (476) de la población
alojada en las instituciones transferidas posee documentos.
SÍNTESIS DE ASPECTOS A DESTACAR
Respecto de los 590 nnya registrados en la base de datos analizada, se destaca que:
El 42,9% de los nnya se hallan en Hogares Convivenciales y el 28,6% en Hogares
Terapéuticos (Cuadro Nº 1).
1 2 3 4 5 6 7 8
Consejo de Derechos de Niños, Niñas y
Derechos-- -- -- -- -- 3 -- -- 3
Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y
Familia8 5 -- -- 1 2 -- 3 19
Defensorías Públicas de Menores e Incapaces 3 -- -- -- 2 5 1 1 12
Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Civil 14 139 10 6 65 39 15 128 416
Juzgado Nacional de Menores 17 6 -- -- -- 4 -- 9 36
Juzgado Federal, Criminal y Correccional de
Instrucción6 -- -- -- -- -- -- 1 7
Tribunal Oral de Menores 33 1 -- -- -- -- 1 5 40
Tribunal de Familia (PBA) 1 1 -- -- -- -- -- -- 2
Tribunal de Menores (PBA) -- 2 -- -- 1 -- -- 1 4
Otros organismos del GCBA 3 -- -- -- -- -- -- -- 3
S/I 5 19 -- 1 9 10 -- 4 48
TOTAL 90 173 10 7 78 63 17 152 590
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación (CDNNyA) sobre la base de los datos provistos por la Dirección General
de Niñez y Adolescencia (MDS). GCABA.
Cuadro 3. Institución que dispone el ingreso de niños, niñas y adolescentes según el Tipo de
Establecimiento.
TIPO DE ESTABLECIMIENTO
INSTITUCIÓN QUE DISPONE EL INGRESO TOTAL
~ 22 ~
Del total de nnya, el 42,2% (249) son mujeres y el 57,8% (341) varones.
El 87,6% de los ingresos a las instituciones es el resultado de una disposición judicial. Al
carecer de las fechas en que fueron dispuestos los ingresos no es posible establecer el
tiempo que los nnya llevan alojados en las instituciones presentadas. Contar con las
fechas de ingreso a las instituciones permitiría, además, corroborar si dichos ingresos se
produjeron con anterioridad al Acta de Transferencia.
Con respecto al resto de los ingresos (12,4%), no se dispone de información adecuada
para explicar las circunstancias en que se produjeron.
No fue posible, en esta etapa de la investigación, caracterizar las problemáticas que
dieron origen a la separación de estos nnya de su entorno familiar, ya que no se contó
con información referida a los motivos de ingreso de los nnya a las instituciones.
~ 23 ~
II.2. RELEVAMIENTO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LAS INSTITUCIONES
TRANSFERIDAS A LA CABA
Durante el proceso de relevamiento llevado a cabo por el EAC fueron relevados 351
nnya alojados en Organizaciones No Gubernamentales conveniadas con la DGNyA.
Cabe recordar que el listado brindado por la DGNyA arrojaba información sobre 590
nnya, y la diferencia se debe a que no fueron relevados los nnya que se encontraban alojados en
Comunidades Terapéuticas, ni aquellos casos en los que existía una Defensoría Zonal
interviniendo (dicha intervención pudo haberse iniciado por diversos motivos, entre ellos, la
demanda espontánea de algún familiar del niño, niña o adolescente o a partir del pedido de
intervención de un Juzgado). Por último, no se relevaron los nnya que ya habían egresado de la
institución si bien constaban en el listado otorgado por la DGNyA.
En el cuadro que presentamos a continuación, podemos observar el total de nnya
relevados según tipo de institución, nombre de la misma y localización.
Cuadro N° 1. Niños, niñas y adolescentes relevados según tipo, nombre y localización de
la institución en que se encuentran. Relevamiento de nnya. Año 2008.
~ 24 ~
Tipo Nombre
APAND - BARADERO PBA 15
HOGAR SAN FRANSISCO DE LA LOMA PBA 3
INST. PSICOPEDAGOGICO SAN PABLO PBA 1
INST. SANTA CLARA DE ASIS PBA 23
PROMOVER ASOCIACION MUTUAL CABA 9
SER ESPECIAL PBA 2
Fundación VITRA CABA 1
INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - CLINICA Y CLINICA DE AGUDOSCABA 12
INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA.
DE LUJAN - HOGAR CENTRO DE DIACABA 10
INST.DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA.
DE LUJAN - NEW LIFE - MUJERESCABA 10
INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA.
DE LUJAN - NEW LIFE - VARONESCABA 4
INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - CENTRO EDUCATIVO TERAPEUTICOCABA 5
AMPARO MATERNAL CABA 26
ASOC. CIVIL JESUS AMIGO - ESPERANZA CABA 14
ASOC. CIVIL JESUS AMIGO - NOCHEBUENA CABA 12
CASA DE ANDRES LA ESQUINA DE LAS
FLORES ASOC. CIVILCABA 6
FUNDACION ALBORADA - ALETEANDO PBA 6
FUNDACION ALBORADA - PITUFOS CABA 4
HOGAR MISERICORDIA ASOC. CIVIL CABA 11
IDEAS ASOC. CIVIL CABA 25
INST. CARLOS DE ARENAZA * PBA 10
JUANITO FUNDACION CABA 13
LA CASITA FUNDACION PBA 8
RESGUARDO DE LA FE 2, FAMILIA
ESPERANZA, ASOC. CIVILPBA 10
SAN BENITO LABRE ASOC. CIVIL CABA 4
LIGUEN ASOC.CIVIL CABA 7
CENTRO SAN PABLO CABA 18
FUNDACION VIVENCIA CABA 25
IMAI INSTITUTO MODELO DE ADAPTACION
INTEGRAL (S.R.L.)CABA 12
LA CASONA DE LOS BARRILETES ASOC.
CIVILCABA 14
MARIA DEL ROSARIO DE SAN NICOLAS
ASOC. CIVILCABA 11
PROGRAMA IMAGEN FUNDACION CABA 7
PRONAT´S HOGAR BS.AS. CABA 2
TUPA RAPE ASOC. CIVIL CABA 11
351 351 100
* El ex Instituto Arenaza funciona actualmente como Hogar Convivencial.
28,5
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total
Ho
ga
res T
era
pé
uti
co
s
Hogar
100 100
44,4
Niñas, niños y adolescentes
123
Niños y adolescentes varones7
Ho
ga
res C
on
viv
en
cia
les
Madres adolescentes y/o embarazadas26
156
11,7
Hospital de Día
10
Casa de Medio Camino
14
Otros
5
Ate
nc
ión
In
teg
ral
en
Sa
lud
Men
tal
Hogar - Clínica
12
41
Total Total (%)H
og
are
s p
ara
niñ
os
, n
iña
s y
ad
ole
sc
en
tes c
on
ne
ce
sid
ad
es e
sp
ecia
les
Hogar
53
54 15,4
Centro de Día1
Tipo, Nombre y Localidad de la InstituciónLocalidad
Niños, niñas y
adolescentesSubtotal
~ 25 ~
Las instituciones consignadas en el cuadro son organizaciones no gubernamentales que
mantienen convenios con la DGNyA del MDS del Gobierno de la CABA. Todas ellas se
encuentran inscriptas en el Registro de ONG’s del CDNNyA, que monitorea de manera
permanente a las organizaciones allí registradas, ya tengan domicilio en la Ciudad o en la
Provincia de Buenos Aires. Con relación a la localidad donde se sitúan las instituciones, el 77,8%
se halla en la Ciudad de Buenos Aires y el 22,2% en la Provincia de Buenos Aires.
Las instituciones que concentran mayor cantidad de población son las que se
encuentran dentro de la categoría “Hogar Convivencial”, con el 44,4%, dentro de la cual
predominan los Hogares convivenciales mixtos. La segunda categoría en importancia es aquella
que agrupa a los Hogares Terapéuticos, con el 28,5% de los casos.
El Tipo de institución “Hogares para nnya con necesidades especiales” abarca las
categorías “Hogar” y “Centro de Día”. Como se observa en el cuadro, sólo una persona se halla
en una institución incluida en el segundo tipo mencionado. En cuanto a las instituciones
comprendidas por la categoría “Atención Integral en Salud Mental”, se destaca que todas forman
parte del Instituto de Psicopatología Nuestra Señora de Luján.
Niñas, niños y adolescentes alojados en las instituciones
De acuerdo al trabajo de campo realizado por el EAC, todos aquellos nnya que fueron
relevados viven en las instituciones visitadas. Es decir, ninguno de ellos convive con su familia y
asiste a las instituciones de forma ambulatoria, aún cuando se trate de Centros de Día u
Hospitales de Día. Cabe señalar que estas instituciones pueden reunir las características de un
Centro de Día para otros nnya, pero no en lo que respecta a la población relevada.
En el siguiente cuadro se presenta la edad y el sexo de los nnya relevados, según el tipo
de institución en que se encuentran alojados.
~ 26 ~
Cuadro N° 2. Total de niños, niñas y adolescentes por edad y sexo según tipo de institución. Relevamiento de nnya. Año 2008.
S/I
V M V M V M V M V M V V M
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales1 2 9 8 11 12 1 2 2 5 -- 24 29 53 15,1
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales - Centro de Día-- -- -- -- -- 1 -- -- -- -- -- -- 1 1 0,3
Atención Integral en Salud Mental - Hogar/
Clínica-- -- -- -- 1 2 -- 3 3 2 1 5 7 12 3,4
Atención Integral en Salud Mental - Hospital de
Día-- -- -- -- 3 -- 3 2 2 -- -- 8 2 10 2,8
Atención Integral en Salud Mental - Casa de
Medio Camino-- -- -- -- 1 2 1 2 2 6 -- 4 10 14 4,0
Atención Integral en Salud Mental - Otros -- -- -- -- 2 -- 3 -- -- -- -- 5 -- 5 1,4
Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o
embarazadas6 5 -- 5 -- -- -- -- -- 10 -- 6 20 26 7,4
Hogar Convivencial - Niñas, niños y
adolescentes5 3 8 15 24 23 14 12 13 6 -- 64 59 123 35,0
Hogar Convivencial - Niños y adolescentes -- -- -- -- 4 -- 2 -- 1 -- -- 7 -- 7 2,0
Hogar Terapéutico -- -- 2 -- 17 9 19 26 13 14 -- 51 49 100 28,5
Subtotal 12 10 19 28 63 49 43 47 36 43 1 174 177
Total 1
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Tipo de Institución TotalSubtotal
0 a 4 5 a 9 10 a 14 15 a 17Total
(%)18 y más
Franja etaria
100,0
9022 79
351
112 35147
~ 27 ~
La franja etaria que se destaca es la que va desde los 10 hasta los 14 años (con 112
nnya) seguida por la de 15 a 17 años (con 90).
En el caso de los “Hogares convivenciales para madres adolescentes y/o embarazadas”
se relevaron tanto a las madres adolescentes como a sus hijos/as, es por ello que la franja etaria
de 0 a 4 años se distingue con respecto a las demás edades registradas en ese tipo de Hogar,
así como también sobresale con relación a los otros tipos de instituciones.
Los niños y niñas entre 0 y 9 años se concentran de manera predominante en
instituciones de tipo convivencial. En particular, 16 niños y niñas se encuentran viviendo junto a
sus madres en Hogares convivenciales para madres adolescentes y/o embarazadas. Como se
analizará más adelante, también otros nnya han transcurrido sus vidas, o gran parte de ellas, en
instituciones, pero en la situación presentada el sujeto de intervención es la madre y se traslada
esa situación a su hijo/a.
El tipo de institución que le sigue a la categoría “Hogar Convivencial” en cuanto a la
concentración de casos es “Hogar Terapéutico”, con el 28,5%. En este caso, el grupo etario que
se destaca es el que va desde los 15 hasta los 17 años.
Con respecto a la distribución por sexo, no se observan diferencias significativas en el
total de casos (49,6% son varones y 50,4% son mujeres).
Tiempo de permanencia en las instituciones
En relación con el tiempo de permanencia de los nnya en las instituciones es posible
precisar dos datos:
- El tiempo de permanencia de cada nnya en la institución actual, al tomar el período transcurrido
entre la fecha de ingreso y la fecha en que se realizó el relevamiento. (Ver Cuadro Nº 3)
- Los años de institucionalización, en términos generales. Esta definición contempla el tiempo
que cada nnya lleva alojado en la institución actual, sumado, en los casos que correspondiera, al
tiempo que ha estado institucionalizado con anterioridad, abarcando un máximo de tres
instituciones. (Ver Cuadro Nº 4)
Con respecto a la cantidad de años de institucionalización vale realizar dos comentarios
aclaratorios: el dato no permite conocer la cantidad total de años que los nnya han estado
institucionalizados durante sus vidas, ya que existe la posibilidad de que algunos de ellos hayan
~ 28 ~
estado en más de tres instituciones con anterioridad a la actual. No obstante ello, se considera
un dato válido para identificar los períodos, en muchos casos sumamente prolongados, que nnya
viven en una institución o circuito de instituciones.
Como segunda aclaración se menciona que ante la elevada cantidad de casos que no
ofrecieron información exacta respecto de la cantidad de años de institucionalización (como se
delimitó anteriormente, se ha considerado el tiempo transcurrido en la institución actual sumado
al pasado en tres instituciones anteriores, como máximo), se ha calculado una cantidad mínima
de años que los nnya han transcurrido en un circuito institucional. En este sentido, es importante
tener en cuenta que el cuadro Nº 4 incluye casos de información parcial.
El cuadro Nº 3, entonces, permite identificar la cantidad de años que los nnya relevados
llevan en las instituciones que los alojan en la actualidad, organizadas en las siguientes
categorías: “Hogares para nnya con necesidades especiales”, “Atención integral en Salud
Mental”, “Hogares Convivenciales” y “Hogares terapéuticos”. En el Anexo, se incluye un cuadro
que desagrega la información al interior de cada uno de los grupos de instituciones, ya que se
detalla el nombre de cada una de ellas.
~ 29 ~
Cuadro N° 3. Tiempo de permanencia en la institución actual según tipo de institución. Relevamiento de nnya. Año 2008.
Menos de un
año1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 S/I
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales2 17 11 2 12 4 3 1 1 -- -- -- -- -- 53
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales - Centro de Día-- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1
Atención Integral en Salud Mental - Hogar/ Clínica 1 5 3 2 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- 12
Atención Integral en Salud Mental - Hospital de Día 2 -- 2 2 1 1 -- -- -- -- -- -- -- 2 10
Atención Integral en Salud Mental - Casa de Medio
Camino1 4 2 2 3 -- -- -- -- -- -- -- -- 2 14
Atención Integral en Salud Mental - Otros -- 2 -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- 2 5
Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o
embarazadas3 4 5 1 2 6 4 -- -- -- -- -- -- 1 26
Hogar Convivencial - Niñas, niños y adolescentes 6 13 21 15 12 8 8 16 9 8 1 1 1 4 123
Hogar Convivencial - Niños y adolescentes -- 3 3 -- -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- 7
Hogar Terapéutico 7 16 28 10 7 7 19 2 -- 2 -- -- -- 2 100
Total 22 65 75 35 38 27 34 19 10 10 1 1 1 13 351
Total (%) 6,3 18,5 21,4 10,0 10,8 7,7 9,7 5,4 2,8 2,8 0,3 0,3 0,3 3,7 100
Cantidad de años en la institución actual
Tipo de Institución actual
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total
~ 30 ~
Del total de la población, el 40% lleva alojada en la institución actual entre 1 y 2 años
(18,5% y 21,4% respectivamente). Luego, el 38,2% de los nnya lleva entre 3 y 6 años en las
instituciones, distribuyéndose de manera relativamente homogénea.
Sólo el 6,3% del total relevado se encuentra en las instituciones por un período inferior a
los 12 meses.
Se registraron 19 casos en los cuales la permanencia en las instituciones data de 7
años, y en 20 casos data de 8 y 9 años.
En particular, los Hogares Convivenciales no sólo concentran la mayor cantidad de
nnya12, sino también denotan las estadías más largas en relación a los demás tipos de
instituciones. El 37% de los nnya alojados lo está hace 2 años como máximo, y el 63% restante
hace más de 3 años: los períodos máximos registrados corresponden a 3 casos en los cuales la
permanencia en el mismo Hogar Convivencial data de 10, 11 y 12 años.
Con respecto a los Hogares Terapéuticos, el 51% de la población alojada lo está hace 2
años, como máximo. La mitad restante lleva alojada en los Hogares entre 3 y 9 años,
registrándose un pico de 19% en permanencias de 6 años a la fecha en que se realizó el
Relevamiento.
Del total (351), en 13 casos no se logró relevar la fecha de ingreso a la institución actual,
por lo tanto, no es posible establecer el tiempo de permanencia en la misma.
En el siguiente cuadro se podrá observar la cantidad de años que los nnya han estado
institucionalizados, esta vez según la edad de los mismos. Esta relación permite identificar el
tiempo que representa la permanencia en las instituciones en la vida de los nnya.
Cabe mencionar que no se desprende del cuadro Nº 4 en qué casos los años
transcurridos en el circuito institucional han presentado interrupciones y en cuáles se han dado
de manera continua.
Cuadro N° 4. Años de institucionalización por edad de los nnya.* Relevamiento de nnya. Año 2008.
12 Del total de nnya relevados (351), 156 nnya se alojan en Hogares Convivenciales.
~ 31 ~
menos
de un 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 15 16 17 18 S/I
menos de un año 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1 3
1 -- 4 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 4
2 1 2 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 5
3 -- 1 1 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 4
4 -- 1 1 3 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 6
5 1 -- 2 2 1 3 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 9
6 1 1 1 -- 2 2 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 8
7 -- 2 2 -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 5
8 -- 2 1 1 1 1 1 2 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 11
9 -- 2 3 3 1 1 -- 2 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1 14
10 -- 3 4 1 1 1 -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1 12
11 -- 5 4 3 3 1 -- 1 1 -- -- 1 -- -- -- -- -- -- -- 19
12 1 3 2 3 6 3 2 1 1 2 -- -- 1 -- -- -- -- -- -- 25
13 1 4 7 3 5 3 1 -- 1 3 1 -- -- 1 -- -- -- -- -- 30
14 1 5 6 1 4 1 2 4 1 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- 26
15 2 4 3 3 4 2 7 2 3 4 -- 2 2 -- -- -- -- -- 3 41
16 -- 2 5 3 2 3 5 1 1 1 1 1 -- -- -- -- -- -- -- 25
17 -- 3 2 5 1 1 3 3 1 2 -- -- -- -- -- -- 1 -- 2 24
18 -- -- 5 2 1 3 5 -- 1 1 1 2 -- -- -- -- -- -- 1 22
19 -- 2 4 1 4 2 4 2 -- 2 1 1 -- -- -- -- -- -- 2 25
20 -- 2 1 -- 5 2 5 1 1 -- -- -- -- -- 1 1 -- 1 1 21
21 -- 1 -- -- 1 2 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1 7
22 -- -- -- 1 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 2
23 -- -- -- -- 2 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 2
S/I -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- -- 1
Total 10 50 56 37 47 31 38 20 14 16 4 7 3 1 1 1 1 1 13 351
Años de institucionalizaciónTotal
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Edad
* Para establecer la cantidad de años de institucionalización de los niños, niñas y adolescentes relevados se ha considerado el tiempo transcurrido en la institución
actual sumado al pasado en 3 instituciones anteriores, como máximo.
~ 32 ~
Es posible observar en el cuadro casos en los cuales la relación entre la cantidad de
años de institucionalización y la edad de los nnya indica que gran parte de la vida de los sujetos
ha transcurrido dentro de ámbitos institucionales.
Del total de nnya, el 27% (94 casos) ha transcurrido la mitad o más tiempo de sus vidas
en el ámbito institucional. En particular, se han resaltado al interior del cuadro aquellos casos en
los cuales la cantidad de años de institucionalización coincide con la edad de los nnya.
En el 74% de los casos (259) la información reunida respecto de la variable analizada
resultó parcial y no permitió establecer de manera precisa el tiempo de institucionalización de los
nnya. El alto porcentaje de casos sin información implica que la cantidad de años de
institucionalización podría ser mayor a la consignada en el cuadro Nº 4.
Con el objetivo de ampliar la información presentada, se han tomado algunos de los
casos señalados en el cuadro Nº 4, seleccionando aquellos en que los sujetos han pasado casi
toda su vida habitando en una institución. A continuación se describe el recorrido realizado en
cada caso:
Una niña estuvo junto a una Ama Externa durante 12 años. Luego, ingresó por
primera vez a un Hogar Convivencial para nnya, permaneciendo 3 años en él.
Posteriormente, fue derivada a un Hogar Terapéutico en el cual residió 2 años para
luego ingresar a otro Hogar Terapéutico, donde a los 17 años continúa internada.
Una niña estuvo institucionalizada en un Hogar Convivencial para madres
adolescentes y/o embarazadas, de lo cual puede inferirse que su madre ingresó a la
institución embarazada o con una beba de muy corta edad. Según la información
recabada durante el Relevamiento, permaneció allí hasta los 9 años de edad, cuando
es derivada a un Hogar Terapéutico. Actualmente la niña tiene 13 años y se aloja en
otro Hogar Terapéutico.
Dos niñas (una de 11 y otra de 8 años) y un niño de 8 años han vivido toda su vida
dentro de una misma institución. En los primeros casos se encuentran en un Hogar
Convivencial y el varón se halla en un Hogar para nnya con necesidades especiales.
~ 33 ~
En el cuadro Nº 4 se presentó el tiempo de permanencia en las instituciones,
complementariamente, el siguiente cuadro especifica la cantidad de instituciones en las que los
nnya transitaron con anterioridad, en aquellos casos que correspondiera registrarlo. Es
importante señalar que el universo de análisis, en este caso, es de 272 nnya (217
institucionalizados con anterioridad, más 55 de los que se desconoce la información)
Ante la elevada cantidad de casos en que no se contó con la información precisa, se
construyeron las siguientes categorías: “estuvo, al menos, en una institución” y “estuvo, al
menos, en dos instituciones” (además de la actual). De esta manera, se evitó perder la
información disponible que era parcial.
Cuadro Nº 5. Cantidad de instituciones en las que los niños, niñas y adolescentes estuvieron con anterioridad. Relevamiento de nnya. Año 2008.
De los 272 nnya, el 59,9% estuvo, al menos, en una institución con anterioridad, y sólo
una pequeña porción de este porcentaje confirmó haber estado solamente en una institución
antes de ingresar a la actual.
Como se puede apreciar, en más de la mitad de los 272 casos (55,9%) no se pudo
registrar con exactitud la información, por lo tanto, existe la posibilidad de que la cantidad de
instituciones anteriores ascienda.
El 26,1% de casos sin información refiere tanto a aquellas situaciones en las que se
desconoce si existió institucionalización anterior, así como a aquellos casos en que se confirmó
la institucionalización anterior del niño, niña o adolescente, pero no se pudo conocer con algún
Cantidad de instituciones anteriores Total Total (%)
Estuvo en una institución 11 4,0
Estuvo en dos instituciones 7 2,6
Estuvo en tres instituciones 11 4,0
Estuvo, al menos, en una institución 152 55,9
Estuvo, al menos, en dos instituciones 20 7,4
Sin información 71 26,1
Total 272 100,0
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos
suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
~ 34 ~
grado de exactitud la cantidad de instituciones en las que estuvo alojado o vinculado a través de
algún tipo de tratamiento.
En el siguiente cuadro se presenta el tipo de institución inmediatamente anterior a la que
actualmente aloja a los nnya. El total del cuadro refiere, una vez más, a todos aquellos que
hayan estado institucionalizados con anterioridad, así como a todos aquellos casos en los que no
se cuenta con esa información (272).
Cuadro Nº 6. Institución anterior y actual de los nnya relevados. Relevamiento de nnya. Año 2008.
Código
A
B
C
D
E
F
G
G
H
I
J
Hogares Terapéuticos - Otros
Amas Externas
Tipo de Institución
Atención Integral en Salud Mental - Hospital de Día
Atención Integral en Salud Mental - Casa de Medio Camino
Atención Integral en Salud Mental - Otros
Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o embarazadas
Hogar Convivencial - Niñas, niños y adolescentes
Hogar Convivencial - Niños y adolescentes
Hogares Terapéuticos
Atención Integral en Salud Mental - Hogar/ Clínica
Hogares para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales
A B C D F G H I J Otros S/I
A 7 -- -- -- -- 6 -- -- 5 -- 19 37
B 2 -- -- -- -- 2 1 -- -- -- 7 12
C -- 1 -- 2 -- 1 -- -- 2 -- 3 9
D -- 2 -- 1 1 4 2 -- 1 1 1 13
E -- 1 -- -- -- -- -- -- -- -- 3 4
F -- -- -- -- 2 3 -- -- -- 2 1 8
G 1 -- -- -- 4 56 3 -- 10 2 27 103
H 7 -- 1 -- -- 44 9 1 7 6 11 86
Total 17 4 1 3 7 116 15 1 25 11 72 272
Referencias: No se observa cambio en el Tipo de institución
Tipo de
institución
actual
Tipo de institución inmediatamente anterior Total
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
~ 35 ~
Como se puede observar, un poco más de la cuarta parte de los nnya se encuentra
alojada en el mismo tipo de institución en el que estuvieron con anterioridad, sólo 75 casos han
cambiado de tipo de institución. Los casos se concentran notoriamente en el tipo “Hogar
Convivencial - Niñas, niños y adolescentes”, que alcanzan los 56. El resto de los casos en los
cuales no se observa cambio en el tipo de institución, se encuentran en las siguientes
categorías: “Hogares para nnya con necesidades especiales”, “Atención Integral en Salud Mental
- Casa de Medio Camino”, “Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o embarazadas”,
“Hogares Terapéuticos”.
Con respecto a los casos en que sí fue evaluada la necesidad de modificar el tipo de
institución en que debían alojarse los nnya, podemos señalar algunos de los recorridos
identificados:
44 nnya han ingresado a un “Hogar Terapéutico” luego de permanecer en un “Hogar
Convivencial”. Se destaca que se trata casi de la mitad de los casos relevados en la
categoría “Hogar Terapéutico”.
10 nnya han ingresado a un “Hogar Convivencial” luego de permanecer junto a una Ama
Externa.
6 nnya han ingresado a un “Hogar para nnya con necesidades especiales” luego de
permanecer en un “Hogar Convivencial” y 5 luego de permanecer junto a una Ama
Externa.
El cuadro que se presenta a continuación, a diferencia del Nº 6 que sólo daba cuenta del
tipo de institución inmediatamente anterior a la que actualmente aloja a los nnya relevados,
ofrece información acerca de las tres últimas instituciones, para los casos en que correspondió
registrarlo.
~ 36 ~
Cuadro Nº 7. Cantidad de respuestas sobre los tipos de instituciones que los nnya han recorrido.* Relevamiento de nnya. Año 2008.
El total que se observa en el cuadro no corresponde a la cantidad de nnya que han
estado institucionalizados con anterioridad (272), sino que presenta la cantidad de veces que el
EAC registró respuestas afirmativas con relación a las otras instituciones por las que pasaron.
No se logró recabar esta información acerca del total de la población institucionalizada
con anterioridad (272), de modo que el total del cuadro sólo contempla las respuestas efectivas,
excluyendo aquellas que resultaron sin información.
El 57,2% del total de respuestas alude a Hogares de tipo convivencial, que se constituye
en el mayor porcentaje del total de respuestas obtenidas (250), en coincidencia con la
información expresada en el cuadro Nº 1, en cuanto a la mayor representatividad de los Hogares
Convivenciales dentro del conjunto de instituciones visitadas.
Tipo de Institución anteriorCantidad de
respuestas
Cantidad de
respuestas (%)
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales18 7,2
Atención Integral en Salud Mental - Hogar/ Clínica 4 1,6
Atención Integral en Salud Mental - Hospital de Día 2 0,8
Atención Integral en Salud Mental - Casa de Medio
Camino4 1,6
Hogar Convivencial - Madres adolescentes 7 2,8
Hogar Convivencial - Niñas, niños y adolescentes 143 57,2
Hogar Convivencial -Niñas y adolescentes 5 2,0
Hogar Convivencial - Otros 1 0,4
Hogares Terapéuticos 18 7,2
Hogares Terapéuticos - Otros 2 0,8
Amas Externas 33 13,2
Otros 13 5,2
Total 250 100,0
* El total contempla sólo las respuestas efectivas y excluye las respuestas sin información.
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por
el EAC. CDNNyA. GCBA.
~ 37 ~
La escasa información obtenida en este aspecto, en comparación con la que se
esperaba conocer, no permite dar cuenta con precisión de los tipos de instituciones por los
cuales pasaron los nnya antes de ingresar a la institución en que se alojan en la actualidad.
Motivo de ingreso a la institución actual
Con el fin de analizar los motivos de ingreso de los nnya a las instituciones se han
construido categorías de análisis a partir de la información relevada. Dado que en algunos casos
no se hacía referencia a un único motivo que justificara el ingreso, la construcción de las
categorías de análisis implicó la clasificación de los motivos encontrados y, en algunos casos, su
selección.
La circulación por distintas instituciones de la gran mayoría de los nnya relevados,
impone dudas acerca del grado de actualización de la información referida a los motivos. Es
decir, no es posible afirmar si los motivos de ingreso a las instituciones han ido redefiniéndose
con el tiempo a fin de proporcionar un registro preciso de la situación, o si se apela a los motivos
que explicaron la institucionalización inicial.
Cuadro Nº 8. Motivo de ingreso a la institución actual según Tipo de institución. Relevamiento de nnya. Año 2008.
~ 38 ~
Hogares para niños, niñas
y adolescentes con
necesidades especiales
Atención Integral en Salud
MentalHogar Convivencial Hogar Terapéutico
Violencia familiar 4 2 45 29 80 22,8
Problemas socioeconómicos 10 1 6 8 25 7,1
Conflictos familiares 12 5 2 11 30 8,5
Dificultades en la crianza de los niños/as 1 -- 12 6 19 5,4
Situaciones que imposibilitan la convivencia de
los padres con sus hijos/as-- 3 14 4 21 6,0
Internación solicitada por los adultos a
cargo 1 -- 11 5 17 4,8
Situación de riesgo -- -- 8 7 15 4,3
Abandono 7 1 5 5 18 5,1
Abuso 1 2 8 12 23 6,6
Consumo -- 2 4 -- 6 1,7
Tratamiento -- 4 -- 4 8 2,3
Padres institucionalizados -- -- 19 -- 19 5,4
Conflicto con la ley penal -- -- 3 4 7 2,0
Derivación 1 15 7 3 26 7,4
Sin Información 17 6 12 2 37 10,5
Total 54 41 156 100 351 100,0
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total (%)Motivo Total
Tipo de Institución
~ 39 ~
Para comenzar, se enunciarán algunas aclaraciones con respecto a las categorías:
La categoría “Violencia familiar” incluye aquellos motivos en los cuales se expresó que
los nnya padecían situaciones de violencia familiar así como también situaciones de maltrato.
En el caso de la categoría “Abuso” se subsumieron aquellos motivos que hacían
explícitamente mención a esta problemática. Vale aclarar, que aunque se presentara junto a otro
motivo, se optó por visibilizar los casos de abuso.
La categoría “Derivación” no alude a un motivo de ingreso en los términos que se
pretendía, sino que sólo informa que el niño, niña o adolescente proviene de otra institución
(Amas Externas, Hospital Tobar García, Instituto Borchez, etc.). Se utilizó esta categoría siempre
que ése fuese el único motivo encontrado.
Con respecto a la categoría denominada “Problemas socioeconómicos”, los motivos de
ingreso a las instituciones se encuentran definidos en los términos que siguen:
“Su madre se encontraba en una situación social y económica grave, y no podía hacerse
cargo del niño”
“Familia con permanencia en situación de calle”
“Sin posibilidad de asistencia y alojamiento familiar”
Es significativo resaltar que al interior de la categoría “Problemas socioeconómicos”,
varios de los motivos expresan que los nnya y sus familias se encuentran en situación de calle.
En este contexto, el ingreso de nnya a los Hogares constituyó una respuesta estatal a problemas
de índole social. A partir de la Ley 26.061, en su artículo 33, se expresa que “La falta de recursos
materiales de los padres, de la familia, de los representantes legales o responsables de las nnya,
sea circunstancial, transitoria o permanente, no autoriza la separación de su familia nuclear,
ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos, ni su institucionalización.”
Siguiendo con las categorías, entre las presentadas se puede leer “Situación de riesgo”.
Esta expresión, utilizada por quienes respondían al entrevistador en nombre de las instituciones
o extraída de los informes, ha sido conservada porque no es de naturaleza descriptiva sino
valorativa y, en consecuencia, no permite vislumbrar qué contenido se le ha asignado. A su vez,
se ha decidido conservar esta expresión para problematizarla y profundizar el análisis en una
segunda etapa de la investigación, de índole cualitativa. Además no podemos dejar de
mencionar que alude directamente a la denominada “situación irregular” en la que se basaba la
Ley 10.903, que no era aplicable en la Ciudad de Buenos Aires desde la entrada en vigencia de
la Ley 114, y finalmente derogada por la Ley 26.061.
~ 40 ~
En el Anexo se incluye el listado de los motivos de ingreso a la institución actual
esgrimidos por los equipos entrevistados o extraídos de los informes, y ordenados de acuerdo a
las categorías presentadas en el cuadro precedente.
Como se puede observar en el cuadro Nº 10, distintos motivos de ingreso están
presentes en los diferentes tipos de instituciones, no encontrándose una asociación definida
entre ambas variables.
De acuerdo con la información relevada, el motivo “Violencia familiar” se destaca con el
22,8%.
En consonancia con lo anterior, tanto en los Hogares Convivenciales como en los
Terapéuticos (los dos tipos de instituciones que más nnya albergan) el motivo que sobresale es
“Violencia familiar” con un porcentaje idéntico: 29% del total de la población alojada en Hogares
Terapéuticos y 29% del total de la población alojada en Hogares Convivenciales. En estos
últimos aparecen representados todos los motivos excepto aquel que indica “Tratamiento”. Dicha
categoría (si bien con un porcentaje muy bajo) sí se encuentra nombrada como motivo de
ingreso a las instituciones de Atención Integral en Salud Mental y a los Hogares Terapéuticos.
Con respecto a los Hogares Terapéuticos, las categorías que no registran ningún caso
son dos: “Padres institucionalizados” y “Consumo” (este último es el motivo menos nombrado).
De un total de 19, el motivo de ingreso a la institución de 16 niños y niñas reside en que
se encuentran en el mismo Hogar Convivencial que su madre (estos casos se hallan
comprendidos en la categoría “Padres institucionalizados”).
Las categorías “Conflictos familiares” y “Dificultades en la crianza de los niños/as”
reúnen aquellos motivos que dan cuenta de dificultades en la convivencia familiar. Ambas suman
el 14%. Entre los motivos que fueron incluidos en la categoría “Dificultades en la crianza de los
niños/as” se encuentran expresiones que se citan a continuación, las cuales responderán a
ciertas representaciones de familia o lo familiar, en sentido más general: “Madre con dificultad de
ejercer su rol materno”, “Familia disfuncional”, “Incumplimiento de rol materno”, “Familia
incontinente”, “Núcleo familiar desintegrado por la separación de los progenitores”.
Como se puede apreciar, en los motivos registrados se alude de manera recurrente a la
disfuncionalidad de las familias y a la desorganización de los roles, que operan justificando la
institucionalización de los nnya ante la “imposibilidad de convivencia familiar”.
~ 41 ~
Las “Situaciones que imposibilitan la convivencia de los padres con sus hijos/as” (6%)
aluden, en la mayoría de los casos, a la internación psiquiátrica de la madre y a la imposibilidad
de encontrar garantizado el cuidado de los nnya.
Entre los motivos con menos cantidad de casos se cuentan: Tratamiento, Consumo y
Conflicto con la ley penal. Este último motivo de ingreso a las instituciones responde a medidas
tutelares dispuestas por la Justicia (Tribunal Oral de Menores, Juzgados Nacionales).
Por último, se considera llamativo que en el 10,5% de los casos no haya sido posible
identificar, entre todas las fuentes consultadas, el motivo de ingreso a la institución, al no poder
ubicarlo en ninguna de las fuentes consultadas. Este porcentaje equivale a desconocer, por parte
de la DGNyA, el motivo de ingreso de 37 nnya relevados.
Externación de los niños, niñas y adolescentes
En el cuadro Nº 9 se presentan los plazos de egreso de los nnya de las instituciones;
esta información surge de las entrevistas a los equipos de los Hogares o de los informes
relevados.
La definición de los plazos (corto, mediano, largo y sin perspectiva), se encuentra
relacionada con el proceso de trabajo de los equipos técnicos de las instituciones y, de manera
decisiva en muchos casos, del otorgamiento de los recursos solicitados que posibiliten dicho
egreso.
A continuación definimos cada una de estas categorías:
Corto plazo: la externación se está por llevar a cabo.
Mediano plazo: los equipos técnicos de los hogares están trabajando en la externación,
están contactándose con familiares, solicitando recursos, etc.
Largo plazo: esta categoría se armó en función de respuestas de los equipos técnicos
que en las entrevistas respondían que no estaba contemplada la externación por el momento.
Sin perspectiva de egreso: No existe la posibilidad de vivir fuera de la institución.
~ 42 ~
Cuadro Nº 9. Plazos para el egreso de los niños, niñas y adolescentes según Tipo de institución. Relevamiento de nnya. Año 2008.
En más de la mitad de los casos los profesionales estimaron que el egreso de los nnya
que fueron relevados, podría producirse a largo plazo. Para una cuarta parte de la población el
egreso podría ser el resultado de un trabajo a mediano plazo.
La concentración en las categorías mencionadas (mediano plazo y largo plazo) es
elevada en todos los tipos de instituciones, excepto en los Hogares para nnya con necesidades
especiales, en los cuales cobra visibilidad la categoría “Sin perspectiva de egreso”.
Suman 125 los nnya alojados en Hogares Convivenciales con un probable egreso en el
mediano y largo plazo. En este punto se considera pertinente relacionar los plazos mencionados
con la cantidad de años que los nnya llevan alojados en dichos Hogares, cualquiera sea su
población objetivo (a- nnya, b- madres adolescentes, c- sólo varones).
Corto
plazo
Mediano
plazo
Largo
plazo
Sin perspectiva
de egresoS/I
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales2 9 17 19 6 53
Hogares para niños, niñas y adolescentes con
necesidades especiales - Centro de Día-- -- -- -- 1 1
Atención Integral en Salud Mental - Hogar/ Clínica 4 5 1 -- 2 12
Atención Integral en Salud Mental - Hospital de Día 3 6 -- 1 10
Atención Integral en Salud Mental - Casa de Medio
Camino1 6 5 -- 2 14
Atención Integral en Salud Mental - Otros -- -- 5 -- -- 5
Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o
embarazadas8 4 12 2 -- 26
Hogar Convivencial - Niñas, niños y adolescentes 2 33 71 8 9 123
Hogar Convivencial - Niños y adolescentes -- 3 2 -- 2 7
Hogar Terapéutico 3 22 70 1 4 100
Total 20 85 189 30 27 351
Total (%) 5,7 24,2 53,8 8,5 7,7 100
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Plazo para el egreso
Tipo de Institución Total
~ 43 ~
Cuadro Nº 10. Plazos para el egreso de los niños, niñas y adolescentes alojados en Hogares Convivenciales, según años en la institución actual. Relevamiento de nnya. Año 2008.
De acuerdo con la información registrada, de los 125 nnya que podrían egresar en el
mediano y largo plazo, muchos ya han transcurrido varios años en la institución actual. Es decir,
no se vislumbra un proceso breve aún cuando en muchos casos los períodos de permanecia en
los Hogares datan de varios años.
Más aún, este cuadro remite sólo a la institucionalización actual de los nnya, por lo tanto,
no permite advertir aquellos casos en que existe una experiencia previa en instituciones.
Volviendo al cuadro Nº 9, en los Hogares Terapéuticos, en particular, se acentúa la
concentración de la población en la categoría “largo plazo” para el egreso (70 casos sobre un
total de 100).
Los casos alcanzados por la categoría “Sin perspectiva de egreso” son 30. Resulta
llamativo encontrar, al interior de esta categoría, 10 casos correspondientes a Hogares
Convivenciales.
Mediano
plazoLargo plazo
Menos de un año -- 8 8
1 2 16 18
2 9 9 18
3 4 9 13
4 6 8 14
5 4 5 9
6 4 7 11
7 6 8 14
8 2 7 9
9 3 3 6
10 -- 1 1
11 -- -- 0
12 -- -- 0
Sin información -- 4 4
Total 40 85 125
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre
la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA.
GCBA.
Duración de la
institucionalización
actual en años
PlazoTotal
~ 44 ~
Derivación de los niños, niñas y adolescentes relevados
Tal como se desarrolló en la primera parte de este trabajo, uno de los objetivos
propuestos por el EAC, una vez relevada la población de los Hogares, es la derivación de los
niños a las Defensorías Zonales o a Servicio de Promoción y Protección de Derechos de la
Provincia de Buenos Aires.
Los criterios utilizados para realizar las derivaciones fueron los siguientes: en aquellos
casos en que se conocía el domicilio de la familia y/o referente afectivo del niño, niña o
adolescente, la derivación se realizó de acuerdo al mismo. Por el contrario, en aquellos casos en
que la permanencia de los nnya en las instituciones databa de un período prolongado y no se
relevó la existencia de relación con su familia, la derivación se realizó tomando como referencia
el domicilio del Hogar.
~ 45 ~
Cuadro Nº 11. Derivaciones realizadas. Relevamiento de nnya. Año 2008.
A través de la Dirección Red de Defensorías Zonales del Consejo de los Derechos se
derivó el 83,5% de los casos a las Defensorías Zonales del Organismo y el 16,5% restante, a los
Servicios de Promoción y Protección de Derechos de la Provincia de Buenos Aires.
La intervención de las Defensorías Zonales supone la evaluación de la situación de cada
unos de los nnya derivados (293), a través de los datos actualizados arrojados por el
relevamiento, así como también a partir del contacto personal con dichos nnya, siempre que se
Subtotal Total
Belgrano 29
Boca - Barracas 14
Caballito 25
Centro 27
Chacarita - Paternal 16
Devoto 38
Flores 31
Lugano - Piedrabuena 8
Mataderos - Liniers 40
Once 43
Palermo 3
Plaza Lavalle 5
Pompeya 5
Recoleta 2
Villa Urquiza 6
Sin información 1
Benavidez 2
Chacabuco 1
Tigre 1
José C. Paz 2
La Matanza 2
Moreno 4
Morón 1
Pilar 1
Quilmes 11
San Isidro 9
San Nicolás 13
Virrey del Pino 4
Sin información 7
Defensoría Zonal
(CDNNyA -
GCBA)
293
Servicio Zonal
(Municipio de
PBA)
Derivado a
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos
suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total 351
58
~ 46 ~
considerara pertinente, con el fin de evaluar y facilitar las posibilidades de externación de los
nnya.
Vinculación de los nnya con su grupo familiar o referentes afectivos
Tal como lo establece la Ley 26.061, el ingreso de los nnya a las instituciones y su
separación de la familia debe ser el recurso utilizado en última instancia y por el menor tiempo
posible: “Estas Medidas son limitadas en el tiempo y sólo se pueden prolongar mientras
persistan las causas que les dieron origen” (Artículo 39 – Medidas Excepcionales).
En este sentido, es necesario conocer de qué manera las instituciones garantizan la
vinculación entre nnya y sus familias u otros referentes afectivos en vistas al egreso, siempre
que fuera posible.
A partir de lo desarrollado en los párrafos anteriores, se considera relevante tomar las
siguientes relaciones:
A- el último domicilio de cada uno de los nnya relevados y la localidad en que se ubican las
instituciones que actualmente los alojan,
B- los lugares en los cuales se produce el contacto entre los nnya alojados en las
instituciones y quienes los visitan,
C- la frecuencia con que las visitas se producen.
Es importante señalar que para los puntos B y C se trabajó con respuestas múltiples, por
lo tanto, los totales no coinciden con el total de nnya relevados (351).
Asimismo, no se obtuvo información acerca de todos los nnya, por lo cual varias
respuestas (entre 1 y 5 como máximo) pueden referirse a un mismo niño, niña o adolescente.
Los totales expresados en los cuadros N° 13, N° 14 y N° 15 son distintos debido a que
la información disponible varió en cada caso. Es decir, se obtuvo cierta información respecto a la
cantidad de personas que visitan a los nnya, y el vínculo entre ellos; en menor medida acerca del
lugar en el que se produce el contacto, y la información disminuyó algo más al consultar la
frecuencia.
~ 47 ~
Cuadro Nº 12. Jurisdicción correspondiente al último domicilio del niño, niña o adolescente y jurisdicción de la institución en que actualmente se encuentra alojado/a. Relevamiento de nnya. Año 2008.
Como se observa en el cuadro N° 12, se dispone de información en 168 casos (CABA,
PBA, Otra Provincia). Cabe aclarar que del total de nnya relevados (351) se desconoce el último
domicilio en más de la mitad de los casos (183).
La proximidad entre el último domicilio registrado del niño, antes de ingresar a la
institución y el correspondiente a la institución, es un aspecto que puede contribuir a la
vinculación entre los nnya y sus familias y/o referentes afectivos. Además, la proximidad podría
favorecer la continuidad en el tiempo de dichas relaciones. Uno de los datos que destacamos,
relacionado con lo desarrollado es que esto no se ha tenido en cuenta, ya que el 71,4% de los
niños tienen domicilio en PBA y están alojados en Hogares de la CABA.
El siguiente cuadro expresa la cantidad de respuestas obtenidas al indagar respecto de
las personas con quienes tienen contacto los nnya alojados en las instituciones. De la población
total, el EAC registró respuestas afirmativas sobre 286 nnya (81,5%), y en cada caso era posible
registrar entre 1 y 5 personas.
Es posible afirmar que del total de personas que visitan a los nnya alojados en las
instituciones (se registraron 499 personas que visitan) se destacan los vínculos con familiares
directos: el 34,3% con la madre, el 15% con el padre y el 14,4% con los hermanos, constituyen
las categorías más nombradas.
CABA PBA
CABA 72,4 27,6 116 100,0
PBA 71,4 28,6 49 100,0
Otra provincia 100 -- 3 100,0
S/I 82,5 17,5 183 100,0
351 100,0
Último domicilio del
niño, niña o
adolescente
Domicilio de la
Institución Total
(%)
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados
por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total
Total
~ 48 ~
En el cuadro Nº 13 se observa en qué tipo de instituciones se encuentran los nnya que
mantienen contacto con su familia u otras personas significativas para ellos.
Se incluyó en el cuadro el total de nnya alojados en cada tipo de institución, como
referencia para su lectura. Cabe recordar que se trata de una respuesta múltiple y, por lo tanto,
era posible registrar entre 1 y 5 personas por cada niño, niña y adolescente.
~ 49 ~
Cuadro Nº 13.
Absolutos %
Hogares para niños, niñas y
adolescentes con necesidades
especiales
54 39 69 13,8
Atención Integral en Salud Mental 41 22 39 7,8
Hogar Convivencial 156 136 233 46,7
Hogar Terapéutico 100 89 158 31,7
Total 351 286 499 100,0
* El total contempla sólo las respuestas efectivas y excluye las respuestas sin información.
Personas que mantienen contacto con los niños, niñas y adolescentes según el Tipo de institución en que se
alojan.* Relevamiento de niños, niñas y adolescentes. Año 2008.
Tipo de institución actualTotal de niños, niñas y
adolescentes
Total de niños, niñas y
adolescentes que
mantienen contacto
con familiares y/o
referentes afectivos
Cantidad de personas que
mantienen contacto con los niños,
niñas y adolescentes
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
~ 50 ~
La mayoría de las visitas se registraron en los Hogares Convivenciales, con el 46,7%.
Luego, se destaca que el 31,7% de las respuestas refieren a personas que mantienen contacto
con nnya que se encuentran alojados en Hogares Terapéuticos. Es notoria la baja concentración
en la categoría Atención Integral en Salud Mental.
A continuación se profundiza la información concerniente a los vínculos y se indaga
respecto de la frecuencia del contacto y el lugar en que se efectúan los encuentros entre los
nnya y quienes los visitan (Cuadros Nº 14 y Nº 15). La cantidad de respuestas resultó diferente
en uno y otro caso, ofreciéndose en los dos cuadros que siguen la información recogida.
~ 51 ~
Cuadro Nº 14. Frecuencia del contacto entre los nnya alojados en las instituciones y las personas que los visitan.* Relevamiento de nnya. Año 2008.
Una vez
por
semana
Más de
una vez
por
semana
Quincenal Mensual Superior a
un mes
Superior a
un año
Sin
contacto
Hogares para niños, niñas y
adolescentes con necesidades
especiales
10 5 3 3 7 -- 9 37
Atención Integral en Salud Mental -
Hospital de Día2 1 1 -- 1 2 3 10
Atención Integral en Salud Mental -
Casa de Medio Camino2 2 7 -- 1 -- -- 12
Atención Integral en Salud Mental -
Otros6 -- -- 2 -- -- -- 8
Hogar Convivencial - Madres
adolescentes y/o embarazadas14 2 4 4 2 -- 2 28
Hogar Convivencial - Niñas, niños y
adolescentes60 1 23 17 15 10 1 127
Hogar Convivencial - Niños y
adolescentes4 -- 2 -- -- -- -- 6
Hogar Terapéutico 29 1 9 8 10 -- 13 70
Total 127 12 49 34 36 12 28 298
Total (%) 42,6 4,0 16,4 11,4 12,1 4,0 9,4 100
* El total contempla sólo las respuestas efectivas y excluye las respuestas sin información.
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Total de
respuestasTipo de institución actual
Frecuencia del contacto
~ 52 ~
Las respuestas que expresaron que el contacto entre los nnya alojados en las
instituciones y sus familiares y/o referentes afectivos se produce al menos una vez por semana
(categorías “una vez por semana” y “más de una vez por semana”), reúnen el 46,6% del total. De
este porcentaje, es mínima la frecuencia que habla de un contacto superior a una vez por
semana.
Le sigue en importancia la categoría “frecuencia quincenal” con el 16,4% de respuestas,
y luego se distribuye de manera homogénea entre una frecuencia de tipo mensual y la que
supera el mes.
En cuanto al lugar en el que se efectúa el encuentro entre los nnya y las personas que
los visitan (cuadro Nº 15), se logró un mayor número de respuestas en comparación con el
número obtenido sobre la frecuencia (356 en el primer caso y 298 en el segundo). Si se tienen
en cuenta los lugares de encuentro, aquellos que se realizan fuera de las instituciones
sobrepasan por unos puntos a aquellos que tienen lugar en las instituciones que alojan a los
nnya (46,9% y 39,9% respectivamente).
En algunos tipos de instituciones las diferencias en la distribución se acentúan, por
ejemplo: en los Hogares para nnya con necesidades especiales los encuentros registrados en
las instituciones duplican a los registrados en las casas de las familias o referentes afectivos de
los nnya. A la inversa sucede en los Hogares de tipo convivencial, donde se registró una mayor
cantidad de respuestas sobre encuentros fuera de las instituciones.
Se considera interesante tener en cuenta para otra etapa de la investigación, otros
aspectos relacionados a la vinculación de los nnya con familiares o referentes afectivos, entre
ellos: condiciones de privacidad, características de los espacios destinados a los encuentros,
flexibilidad en el establecimiento de días y horarios.
~ 53 ~
Cuadro Nº 15. Lugar en el que se efectúa el encuentro entre los nnya y las personas que los visitan, según el Tipo de institución en que se alojan.* Relevamiento de nnya en ONG’s conveniadas. Año 2008.
Casa del integrante
fliar y/o referente
afectivo
Institución donde
se aloja el niño/a
Institución donde
se aloja el
hermano/a
Lugares abiertos Otros
Hogares para niños, niñas y
adolescentes con necesidades
especiales
10 24 6 6 4 50
Atención Integral en Salud Mental -
Hospital de Día3 3 1 -- -- 7
Atención Integral en Salud Mental -
Casa de Medio Camino9 9 -- 1 1 20
Atención Integral en Salud Mental -
Otros7 1 -- -- -- 8
Hogar Convivencial - Madres
adolescentes y/o embarazadas27 2 -- -- -- 29
Hogar Convivencial - Niñas, niños y
adolescentes78 70 -- 4 7 159
Hogar Convivencial - Niños y
adolescentes6 1 -- -- -- 7
Hogar Terapéutico 27 32 1 14 2 76
Total 167 142 8 25 14 356
Total (%) 46,9 39,9 2,2 7,0 3,9 100,0
Lugar
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
TotalTipo de institución actual
* El total contempla sólo las respuestas efectivas y excluye las respuestas sin información.
~ 54 ~
CONSIDERACIONES FINALES
En esta etapa de la investigación se relevaron 351 nnya, la franja etaria que se destaca
es la que va desde los 10 a los 14 años, con 112 casos, seguida por la de 15 a 17 años, con 90.
El 44,4% del total de nnya relevados se encuentra en Hogares de tipo Convivencial y el
28,5% en Hogares Terapéuticos. Es importante señalar que todos los nnya relevados viven en
las instituciones visitadas, aún cuando se trate de Centros de Día u Hospitales de Día.
Con respecto al tiempo de permanencia en la institución actual, el 40% de los nnya lleva
alojado entre 1 y 2 años, y el 11% entre 7 y 9 años. Cabe destacar que son los Hogares
Convivenciales los que registran los períodos de institucionalización más largos.
El 61,8% de los nnya (217) estuvo institucionalizado con anterioridad y respecto del
15,7% no se logró obtener información. En este punto, el tiempo de institucionalización de los
nnya no se pudo establecer con precisión, ya que en la mayoría de los casos la información
reunida es parcial, indicando que el tiempo de institucionalización podría ser mayor. Sí se ha
podido identificar que el 27% del total ha transcurrido la mitad o más tiempo de sus vidas en el
ámbito institucional.
En cuanto a los motivos, el que reúne la mayor cantidad de casos es “violencia familiar”
con el 22.8%, luego le sigue “conflictos familiares” con el 8.5%. Otro motivo de ingreso se define
a partir de problemas socioeconómicos, en este caso con el 7.1%, indicando que estos ingresos
constituyen una respuesta estatal a problemas de índole social.
En esta etapa de la investigación se pudo conocer que los períodos de
institucionalización de los nnya no son sólo prolongados sino que también lo son los tiempos
proyectados para el egreso por parte de los profesionales de las instituciones. Es recurrente, en
todos los tipos de instituciones, que los tiempos estimados se ubiquen en el mediano y largo
plazo, excepto en los Hogares para nnya con necesidades especiales, en los cuales se destaca
la categoría “sin perspectiva de egreso”. Esta categoría también ha aparecido en la variable
“Hogares convivenciales”, en 10 oportunidades.
De los 351 nnya relevados el 81,5% (286) mantiene contacto con algún familiar y/o
referente afectivo, con distinta frecuencia.
Se posee información acerca del último domicilio del nnya en 168 casos, y no se cuenta
con esa información en más de la mitad. Sobre quienes sí se posee información (168) la mayoría
de los que refieren último domicilio en CABA, se encuentran en alguna institución ubicada en
~ 55 ~
CABA, pero sucede a la inversa con quienes poseen registro de último domicilio en PBA. Ello es
un elemento más a la hora de favorecer el contacto de los nnya con sus familias y/o referentes
afectivos.
Entre los aspectos que más dificultades presentaron para reunir la información de
manera completa se encuentran: los recursos solicitados por los profesionales en sus
intervenciones, así como las respuestas obtenidas a dichas peticiones, las carátulas de los
expedientes judiciales, y los períodos en que los nnya estuvieron en el circuito institucional con
anterioridad a su ingreso a la institución actual.
Resulta significativa la falta de información sobre distintos aspectos indagados en la
investigación. Esto podría deberse tanto a la falta de información en las carpetas consultadas por
el EAC, a la falta de información de los profesionales respecto del recorrido institucional previo,
así como también acerca de la historia familiar de los nnya.
A partir de la realización del relevamiento, se pudieron conocer las características de la
población de nnya alojados en las instituciones transferidas a la Ciudad de Buenos Aires. El
relevamiento brindó información acerca de las edades de los nnya, los motivos de ingreso, la
frecuencia de las visitas de los familiares o referentes, los períodos de institucionalización así
como los tiempos proyectados para el egreso por parte de los profesionales de las
institucionales, entre otros datos. Dicha información fue indispensable para que las Defensorías
Zonales o los Servicios de Promoción y Protección de Derechos de la Provincia de Buenos Aires
contasen con información actualizada con el fin de evaluar y planificar las acciones tendientes a
su externación.
La historia de cada nnya no puede resignarse a la hora de construir una estrategia de
intervención, reconocerlos como sujetos de derechos también implica que la institución pueda
valorar aquello que hace a sus historias de vida, y que antecede al ingreso a la institución. Es
decir, es parte de la responsabilidad de las instituciones que alojan a nnya el respeto por
aspectos constitutivos de su subjetividad, incorporando estos saberes en la definición de las
estrategias de trabajo de los equipos. En este sentido, es fundamental resaltar la singularidad de
cada uno de los nnya, y la historización en contraposición a una modalidad de abordaje
homogénea.
Al respecto, consideramos que es de suma importancia que las instituciones dispongan
de información actualizada, que la misma sea incorporada en la construcción de las estrategias,
y también pueda ser suministrada a otros actores involucrados en la defensa de los derechos de
los nnya.
~ 56 ~
En una próxima etapa de la investigación, de carácter cualitativo, resultará sumamente
relevante identificar cuáles son las diferentes líneas de trabajo que aparecen representadas en
las estrategias elaboradas por los equipos, con relación a los procesos de externación de los
nnya de las instituciones transferidas al ámbito de la CABA. Para ello se pretende realizar
entrevistas a algunos referentes institucionales y conocer cómo es entendida por los
profesionales la revinculación de los nnya alojados en las instituciones y sus familias y/o
referentes afectivos y qué lugar ocupa en las estrategias de desinstitucionalización. En este
sentido, es importante indagar qué imaginarios construyen con relación a estos nnya y sus
familias.
Las políticas de protección integral exigen la implementación de dispositivos que
contemplen una visión integral de derechos, y que dispongan de los recursos adecuados para su
funcionamiento. Asimismo, la existencia de dichas políticas no es suficiente si no se garantiza su
plena implementación. La disponibilidad o falta de recursos definen el curso de las
intervenciones, resulta interesante, entonces, pensar de qué manera se coordina la utilización de
los recursos disponibles con las características y necesidades de cada uno de los casos
atendidos, especialmente en situaciones de urgencia.
~ 57 ~
ANEXO
~ 58 ~
menos de
1 año1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 S/I
APAND- BARADERO 6,7 73,3 6,7 13,3 15 100
HOGAR SAN FRANSISCO DE LA LOMA 33,3 66,7 3 100
INST. SANTA CLARA DE ASIS 8,7 56,5 34,8 23 100
PROMOVER ASOCIACION MUTUAL 11,1 11 11,1 11,1 33,3 11,1 11,1 9 100
SER ESPECIAL 100 2 100
INST. PSICOPEDAGOGICO SAN PABLO 100 1 100
B Fundación VITRA 100 1 100
CINST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - CLINICA Y CLINICA DE AGUDOS8,3 41,7 25 16,7 8,33 12 100
D INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - HOGAR CENTRO DE DIA20 20 20 10 10 10 100
INST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - NEW LIFE - VARONES25 25 25 25 4 100
INST.DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - NEW LIFE - MUJERES30 20 10 30 10 10 100
FINST. DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SRA. DE
LUJAN - CENTRO EDUCATIVO TERAPEUTICO40 20 40 5 100
G Amparo Maternal 11,5 15,4 19,2 3,85 7,69 23,1 15,4 3,85 26 100
ASOC. CIVIL JESUS AMIGO - ESPERANZA 21,4 7,14 7,14 7,14 21,4 7,1 28,6 14 100
ASOC. CIVIL JESUS AMIGO - NOCHEBUENA 25 16,7 8,33 25 25 12 100
CASA DE ANDRES LA ESQUINA DE LAS
FLORES ASOC.CIVIL16,7 16,7 66,7 6 100
FUNDACION ALBORADA - ALETEANDO 33,3 16,7 16,7 33,3 6 100
FUNDACION ALBORADA - PITUFOS 25 25 25 25 4 100
HOGAR MISERICORDIA ASOC. CIVIL 27,3 27,3 9,09 27,3 9,09 11 100
IDEAS ASOC. CIVIL 8 28 24 16 16 8 25 100
INST. CARLOS DE ARENAZA 40 20 10 20 10 10 100
Nombre y Tipo de Institución según años de institucionalización del niño, niña o adolescente en el establecimiento actual (en porcentajes).
Relevamiento de nnya. Año 2008
Tipo Nombre de la InstituciónDuración de la institucionalización actual en años (%)
TotalTotal
(%)
A
E
H
~ 59 ~
JUANITO FUNDACION 30,8 7,69 7,69 15,4 15,4 7,69 15,4 13 100
LA CASITA FUNDACION 62,5 37,5 8 100
RESGUARDO DE LA FE 2, FAMILIA
ESPERANZA, ASOC. CIVIL20 50 10 20 10 100
SAN BENITO LABRE ASOC. CIVIL 100 4 100
I LIGUEN ASOC.CIVIL 43 43 14 7 100
CENTRO SAN PABLO 16,7 22,2 11,1 16,7 5,56 22,2 5,56 18 100
FUNDACION VIVENCIA 16 48 12 8 4 12 25 100
IMAI INSTITUTO MODELO DE ADAPTACION
INTEGRAL (S.R.L.)8,33 8,33 25 16,7 16,7 16,7 8,33 12 100
LA CASONA DE LOS BARRILETES ASOC.
CIVIL50 14,3 7,14 7,14 21,4 14 100
MARIA DEL ROSARIO DE SAN NICOLAS
ASOC. CIVIL18,2 9,1 36,4 9,1 9,1 9,1 9,1 11 100
PROGRAMA IMAGEN FUNDACION 57,1 14,3 14,3 14,3 7 100
PRONAT´S HOGAR BS.AS. 50 50 2 100
TUPA RAPE ASOC. CIVIL 9,1 27,3 63,6 11 100
22 65 75 35 38 27 34 19 10 10 1 1 1 13 351 100
Hogar Convivencial - Niños y adolescentes IHogares Terapéuticos - Hogar Permanente J
Hogar Convivencial - Madres adolescentes y/o embarazadas GHogar Convivencial - Niñas, niños y adolescentes H
Atención Integral en Salud Mental - Casa de Medio Camino EAtención Integral en Salud Mental - Otros F
Atención Integral en Salud Mental - Hogar Permanente/ Clínica C Atención Integral en Salud Mental - Hospital de Día D
Hogares para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales - Hogar Permanente AHogares para niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales - Centro de Día B
Total
Fuente: Dirección de Políticas Públicas e Investigación sobre la base de los datos suministrados por el EAC. CDNNyA. GCBA.
Referencias:
Tipo de Institución Código
J
H
~ 60 ~
DEFINICIÓN DE CADA UNA DE LAS INSTITUCIONES. DIRECCIÓN GENERAL DE NIÑEZ Y
ADOLESCENCIA- MDS (GCABA)
HOGARES CONVIVENCIALES DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
1. DEFINICIÓN
Cada Hogar Convivencial de Niños, Niñas y Adolescentes posee un Proyecto
Institucional que ha sido presentado a la DGNyA. Se ha generado un convenio
conforme a lo aprobado por el Decreto Nº 874/04, de la GCBA, en el que se
establecen las responsabilidades y obligaciones de las instituciones, la modalidad de
contraprestación y los criterios de supervisión y monitoreo, en el marco de la Ley 114
de la CABA y de la Ley Nacional 26.061.
El Hogar Convivencial es un espacio que brinda una atención personalizada a niños,
niñas y adolescentes que se encuentran transitoriamente desvinculados de su grupo
familiar o momentáneamente separados de su grupo de pertenencia.
Los niños alojados presentan la autonomía y maduración psicofísica acorde a su edad,
que les permite desarrollar una vida cotidiana socialmente integrada.
Este dispositivo garantiza un espacio institucional socioeducativo convivencial de
puertas abiertas, donde se establece un ambiente familiar, en el que se asegura el
crecimiento y desarrollo integral, velando por el cumplimiento de los derechos del niño,
establecidos en la Ley 114, quien incorpora plenamente lo establecido en la
Convención Internacional de los Derechos del Niño.
2. POBLACIÓN OBJETIVO
Niños, niñas y adolescentes de ambos sexos, de cero a dieciocho años, quienes se
encuentren transitoriamente o no, desvinculados de su grupo familiar o de su grupo
de pertenencia/referencia.
3. ESTRATEGIAS DE ABORDAJE
El Hogar Convivencial garantiza la atención de niños, niñas y adolescentes, las
veinticuatro horas del día, los doce meses del año.
Se trata de Hogares de “Puertas Abiertas”, que proporcionan una respuesta alternativa
a las instituciones tradicionales de alojamiento, cuya estructura se basa en un grupo
de convivencia estable.
Deben desplegarse estrategias orientadas a trabajar el proceso de revinculación con
su familia de origen o el establecimiento de otros vínculos significativos, con carácter
~ 61 ~
prioritario y constante, de manera de asegurar que el tiempo de alojamiento sea el
menor posible.
El Hogar Convivencial asume la responsabilidad de brindar una Atención Integral del
niño, niña, adolescente:
Brindando una alimentación y vestimenta suficiente y adecuada,
educación, capacitación laboral, actividades deportivas, recreativas y
atención de salud.
Promoviendo en el Hogar una dinámica grupal de funcionamiento que
promueva vínculos solidarios, participación en actividades cotidianas,
ámbitos de reflexión y toma de decisiones en aspectos Convivenciales
acorde a las etapas evolutivas.
Fomentando la integración a la comunidad a través de contactos con
las instituciones públicas y privadas de la misma.
4. RECURSOS HUMANOS
Todo Hogar Convivencial debe contar con:
Un Equipo Profesional interdisciplinario adecuadamente capacitado en temas de
infancia, disciplinas sociales, culturales y recreativas, con el propósito de implementar
y desarrollar un Proyecto Institucional socioeducativo que promueva estrategias de
convivencia para el grupo alojado, el seguimiento personalizado de cada niño, niña,
adolescente, y la vinculación y fortalecimiento familiar y comunitario. El equipo
profesional interdisciplinario debe estar compuesto como mínimo por un Licenciado
en Trabajo Social, un Licenciado en Psicología y un profesional en el área educativa.
Un Equipo Técnico compuesto por operadores con título secundario, con
capacitación en infancia y experiencia acreditada con niños, niñas, adolescentes.
Personal Auxiliar de cocina, limpieza, mantenimiento, etc.
~ 62 ~
HOGARES CONVIVENCIALES DE ADOLESCENTES EMBARAZADAS Y/O
MADRES
1. DEFINICIÓN
Prestación Institucional brindada en espacios Convivenciales de puertas abiertas
destinados a adolescentes embarazadas, adolescentes madres y sus hijos, donde se
garantiza el ejercicio de sus derechos y el desarrollo de una vida en comunidad.
2. POBLACIÓN OBJETIVO
Adolescentes embarazadas, adolescentes madres, hasta la edad de 21 años y sus
hijos, que se encuentren en situación de vulnerabilidad, desvinculados de sus núcleos
familiares, en situación de abandono, maltrato o momentáneamente inhabilitados para
cubrir sus necesidades básicas de forma autónoma.
3. ESTRATEGIAS DE ABORDAJE
El funcionamiento del Hogar Convivencial establece la atención las veinticuatro horas
del día, los doce meses del año.
Se establece una Atención Integral que garantiza el albergue, la alimentación
adecuada, la vestimenta acorde a la estación, el acceso a la educación o capacitación
y la atención integral de la salud.
El abordaje debe ser interdisciplinario, asegurando un adecuado acompañamiento de
la adolescente en su proceso de construcción de su rol y función materno.
Ante situaciones que así lo requieran se orientará psicológica y/o legalmente.
El Hogar asegura a la adolescente la continuación de su educación y/o alguna
modalidad de capacitación laboral.
Para las adolescentes que trabajen, la institución debe establecer una modalidad de
organización que les permita disponer del tiempo necesario para cumplir con sus
actividades, en donde, de ser necesario y adecuado, los hijos concurrirán a jardines
maternales cercanos.
Para los hijos se promoverá un ambiente familiar que estimule y favorezca el
desarrollo de sus potencialidades motrices y psicológicas, el aprendizaje y el juego.
Son procesos en los que la madre posee una presencia significativa y un rol activo en
la toma de decisiones respecto de sus hijos.
El Hogar debe promover la realización de actividades tanto grupales como singulares
que posibiliten la elaboración del nuevo rol materno.
~ 63 ~
Se deben garantizar las estrategias de vinculación y fortalecimiento, familiar y
comunitario, a fin de que el tiempo de alojamiento sea el menor posible, pudiendo
lograr un egreso favorable y en las mejores condiciones.
4. RECURSOS HUMANOS
Los Recursos Humanos que se desempeñen en Hogares de Adolescentes deben
contar con la formación y experiencia necesaria relacionada con la temática,
asegurando la contención cotidiana.
Deberán estar presentes en el Hogar dos adultos como mínimo.
Todo Hogar Convivencial de adolescentes embarazadas y/o madres debe contar con:
Un Equipo Profesional interdisciplinario adecuadamente capacitado en temas de
infancia, adolescencia, maternidad, con el propósito de implementar y desarrollar un
Proyecto Institucional socioeducativo que promueva el fortalecimiento del rol y la
función materna, la construcción de vínculos afectivo sanos, el autovalimiento.
El equipo promoverá estrategias de convivencia, el seguimiento personalizado de
cada adolescente / hijo, y la vinculación y fortalecimiento familiar y comunitario.
El equipo profesional interdisciplinario debe estar compuesto como mínimo por un
Licenciado en Trabajo Social, un Licenciado en Psicología y un profesional en el área
educativa.
Un Equipo Técnico compuesto por operadores con título secundario, con
capacitación y experiencia de trabajo acreditada con niños, niñas y adolescentes.
Personal Auxiliar de cocina, limpieza, mantenimiento, etc.
~ 64 ~
ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD MENTAL
1. DEFINICIÓN
Prestación institucional que atiende alteraciones de Salud Mental brindando asistencia
médica, psicosocial de la patología de base.
2. POBLACIÓN OBJETIVO
Destinado a niños y adolescentes de ambos sexos hasta 18 años con los siguientes
cuadros:
Neurosis graves.
Psicosis.
Crisis depresivas graves.
Patologías duales (donde el consumo de sustancias psicoativas sea
secundaria a la patología psiquiátrica).
Deficiencias mentales leves o moderadas con descompensaciones
psiquiátricas.
3. PLAN TERAPÉUTICO
El funcionamiento de la institución debe garantizar la atención las 24 horas, los doce
meses del año, proveer albergue, alimentación adecuada (desayuno, almuerzo,
merienda y cena), abrigo, vestimenta acorde con la época estacional, atención integral
de la salud a través de los efectores públicos correspondientes más cercanos. La
prestación básica debe incluir, atención especializada, transitoriedad y abordaje
interdisciplinario en el tratamiento. Debe contemplar también el trabajo con su familia
de origen y/o ampliada y la comunidad, favoreciendo la integración a través de
actividades educativas, sociales, lúdicas y laborales. La institución debe informar a la
Dirección General de Niñez una vez producido el ingreso, el diagnóstico presuntivo y
lineamientos de la estrategia terapéutica, las etapas a seguir, con el margen de tiempo
aproximado de las mismas. Deberá incluirse fotocopia de todo examen clínico
relacionado con él/ la joven. El abordaje socio-familiar debe estar detallado en la
historia clínica en forma completa.
~ 65 ~
ETAPA DE ADMISIÓN: Se debe llegar a evaluar al /la joven a fin de formular un
diagnóstico presuntivo, la apertura de la historia clínica que contemple la estrategia a
seguir y una aproximación a las etapas y plazos previstos.
ETAPA ASISTENCIAL: Se debe priorizar la implementación de un dispositivo
terapéutico, cuyo objetivo es fomentar el despliegue de los recursos simbólicos del
sujeto, que posibiliten un posicionamiento subjetivo diferente ante la problemática que
padece. Para facilitar el tratamiento, se deberá trabajar en forma de red tanto con los
recursos sociales cercanos a la institución como los de la zona de residencia del joven
y su familia. La administración de psicofármacos se debe reservar para aquellos
casos que así lo ameriten, estableciendo el criterio de la limitación al tiempo
adecuado. Sumándole estrategias de promoción educativas, sociales, laborales y
lúdicas.
ETAPA DE EGRESO: Desde el momento de ingreso a la institución se debe
trabajar la estrategia de egreso, incorporando a familiares y /o referentes en este
proceso.
4. MODALIDAD DE ABORDAJE
HOSPITAL DE DÍA
Destinado al tratamiento de los niños/ jóvenes que requieran atención ambulatoria
intensiva diaria, pudiendo ser de día completo o medio día.
CASA DE MEDIO CAMINO
Espacio para adolescentes con trastornos psicológicos que por su situación de
vulnerabilidad, conflictiva familiar o nivel de desvinculación, no cuentan aún con
posibilidades de egreso. Se considera como espacio abierto para pacientes
compensados y con mediano grado de autonomía. Desde este dispositivo se articula
y promueve la utilización de los recursos comunitarios (educación, salud,
capacitación, recreación, deportes, inserción laboral) realizando el seguimiento
psiquiátrico de los alojados.
5. RECURSOS HUMANOS
~ 66 ~
Todas las instituciones que prestan servicios de Salud Mental deberán contar en su
plantilla profesional con recursos humanos capacitados e idóneos en el tema,
debiendo ajustarse a toda normativa vigente. (Ley 17132, 23.277 resoluciones MS y
AS 72/85, 1121/86 y modificatorias). Además debe incluir trabajador/a social a fin de
favorecer procesos de fortalecimiento de vínculos y de integración social.
RECURSOS HUMANOS
Director/ Responsable (Psiquiatra): 8 horas de concurrencia diaria
Psicólogo: hasta 10 jóvenes, 20 hs semanales y recursos de la
comunidad.
Trabajador Social: hasta 10 jóvenes, 20 hs semanales.
Conviviente/ Operador: durante las 24 hs, en turnos rotativos, 2 cada 10
jóvenes.
Guardia 24hs: Psiquiatra- Operador- Psicólogo
Docente (Apoyo y seguimiento de la escolaridad): hasta 16 chicos, 25 hs
semanales.
Talleristas: hasta 16 jóvenes, 8 hs semanales
Personal auxiliar: 15 hs semanales
Asistencia Médica: 8hs semanales y recursos de la comunidad.
Psiquiatra: 4 hs diarias, sistema de emergencias y guardia pasiva.
Nutricionista: Concurrencia mensual o recursos de la comunidad. ( plan
nutricional por nutricionista de efector público o privado)
Musicoterapeuta: 12hs semanales cada 10 jóvenes
Terapista Ocupacional: 12 hs semanales cada 10 jóvenes
~ 67 ~
HOGARES TERAPÉUTICOS
1. DEFINICIÓN
Prestación institucional que contempla la atención a personas que requieran cuidados
especiales relativos a su salud mental. Garantizando el derecho al bienestar, a la
educación y las mejores condiciones posibles para el desarrollo, físico intelectual y
afectivo.
2. POBLACIÓN OBJETIVO
Dentro del marco de la Ley Nacional 26.061, y la Ley 114 del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, referido a la promoción y protección de los derechos de niños, niñas
y adolescentes; se trabaja sobre los derechos vulnerados en la población comprendida
hasta la edad de 18 años, que presenten cuadros psicopatológicos que requieran de
un abordaje especializado en salud mental.
Los cuadros que serán contemplados en la categoría Hogar terapéutico son:
- Trastorno de inicio en la infancia, la niñez o la adolescencia:
- Retraso Mental
- Trastornos del aprendizaje
- Trastornos por déficit de atención y comportamiento pertubador
- Trastorno de la eliminación
- Otros trastornos de la infancia, la niñez o la adolescencia
- Problemas relacionados con el abuso o negligencia
- Trastornos adaptativos
- Trastorno de la identidad sexual
- Trastornos de la personalidad
- Psicosis compensadas
- Trastorno del control de los impulsos
- Tendencia al descontrol agresivo
- Trastorno generalizado de la ansiedad
~ 68 ~
- Patologías duales donde el consumo de sustancias psicoactivas sea secundaria
a la patología de base.
- Crisis depresivas graves
3. MODALIDAD DE ABORDAJE
La prestación que realice la institución deberá respetar en su abordaje las etapas
de admisión (evaluación), diagnóstico y tratamiento del niña/a, adolescente- Para
ello deberá realizar un plan de tratamiento para cada uno de los alojados,
respetando su singularidad y con el objetivo que el niño, niña y/o adolescente
pueda desarrollar sus recursos propios a fin de poder restablecer su vínculo
familiar, social y educativo.
Una vez ingresado el niño/as y/o adolescente la institución deberá informar a la
DGNyA el diagnóstico presuntivo y lineamientos de la estrategia terapéutica, las
etapas a seguir con los márgenes de tiempo aproximados de los mismos.
La institución deberá elaborar legajos consignando los abordajes psicopatológicos,
clínicos y sociales. Plan de tratamiento, y pronóstico. Estrategias de revinculación
social y familiar (de origen o ampliada).
El tratamiento deberá ser abordado en un ambiente personalizado y cuya atención
integral sea apto para el resguardo de su intimidad.13
Para aquellos jóvenes próximos a cumplir su mayoría de edad, además de
garantizar su atención adecuada en salud mental y física, deberá la institución
interviniente trabajar para brindar al alojado un proyecto de vida independiente que
le permita alcanzar vínculos personales afectivos, estables y satisfactorios a la
inserción laboral u ocupacional.
Realizar las acciones pertinentes para un adecuado trabajo transdisciplinario entre
las áreas comunitarias, educativas, de promoción social y judiciales, a fin de
garantizar y efectivizar el cumplimiento de los Derechos del Niño/a y adolescentes.
Dispositivos, abordajes y procesos que deberá contar la prestación
. Proceso de Evaluación y Diagnóstico adecuado.
. Atención profesional especializada.
. Abordaje Familiar, tanto nuclear como extensa.
13 Ley de Salud Mental de la ciudad de Buenos Aires – Ley 448.
~ 69 ~
. Trabajo y dinámica en el marco social y comunitario.
. Proceso de Derivación a otra institución y/o Egreso progresivo al ámbito social.
4. RECURSOS HUMANOS
Es necesario un equipo de trabajo con abordaje interdisciplinario de la problemática
formado por: Psicólogos, Trabajadores Sociales, Docentes, Talleristas, Operadores
socioterapeúticos, Médico Clínico y Médico Psiquiatra.
Disciplinas que pueden ser complementarias en el abordaje: Nutricionista, Profesor de
educación física, Terapista Ocupacional, Abogado y Psicopedagogo.
Los profesionales y trabajadores deberán contar con la capacitación sobre temas de
infancia y adolescencia, debiendo ajustarse a toda la normativa vigente en la materia.
~ 70 ~
AREA DISCAPACIDAD
Hogares para niños/as y adolescentes con necesidades especiales
1. Definición
Se entiende por Hogar para niño/as con necesidades especiales al recurso
institucional que tiene por finalidad brindar cobertura integral a los requerimientos
básicos esenciales (vivienda, alimentación, atención especializada) a niños/as y
adolescentes con discapacidad que no puedan permanecer con su familia o
referentes.
El Hogar estará dirigido preferentemente a las personas cuya discapacidad y nivel de
autovalimiento e independencia sea dificultosa a través de los otros sistemas y
requieran un mayor grado de asistencia y protección. (Artículo 32- Ley 24.901)
2. Población objetivo
Niños, niñas y adolescentes que acrediten discapacidad; esto es toda aquel o aquella
que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, motora, sensorial o
mental, que en relación a su edad o medio social implique desventajas considerables
en su integración familiar, social, educacional o laboral. (Definición de discapacidad
conforme artículos 2 de la ley 22.431 y artículo 9 de la ley 24.901)
La DGNyA cubrirá la prestación hasta tanto obtenga la cobertura por PROFE.
3. Estrategias de abordaje
Las prestaciones básicas para los niños/as con discapacidad requeridas
fundamentalmente por la población asistida por la Dirección de Niñez del GCBA se
centran fundamentalmente en:
1- Servicios específicos
Centro de día (Jornada doble o simple) (
Ver Anexo A)
Centro Educativo Terapéutico
(CET) ( Ver Anexo B)
Es el Servicio que se brinda al niño o Es el Servicio que se brindará a las
~ 71 ~
joven con discapacidad severa o
profunda. Tiene como objetivo posibilitar
el más adecuado desempeño en su vida
mediante la implementación de
actividades tendientes a alcanzar el
máximo desarrollo de sus potenciales.
(Art. 24, Ley 24.901)
personas con discapacidad teniendo
como objeto la incorporación de
conocimiento y aprendizaje de carácter
educativo a través de enfoques,
metodologías y técnicas de carácter
terapéutico. Está dirigido a niños y
jóvenes cuya discapacidad motriz,
sensorial y mental no les permita acceder
a un sistema de educación especial
sistemático. (Art. 25, Ley 24.901)
2- Sistemas alternativos al grupo familiar: Nos centramos fundamentalmente en la
modalidad “Hogar” previamente descripta. (Artículo 32- Ley 24.901)- (Anexo C)
Los principios básicos que guían el trabajo de todas las modalidades de abordaje
están orientadas por el ejercicio pleno de los derechos del niño, su participación en la
elaboración de estrategias que permitan superar su situación, la implementación de
todo tipo de acciones que fortalezcan los vínculos familiares, la realización de acciones
destinadas a su posible egreso de la institución en el menor tiempo necesario posible
acorde al reconocimiento del carácter transitorio de su función en relación a cada niño,
niña o adolescente.
El Hogar debe poseer Equipo profesional y Técnico acorde a la población alojada
según normativas del Ministerio de Salud.
~ 72 ~
CENTRO DE DÍA
ANEXO A- CENTRO DE DIA
A través de las actividades que se desarrollen se procurará alcanzar los siguientes objetivos específicos:
a. Lograr la máxima independencia personal. b. Adquirir hábitos sociales tendientes a la integración social. c. Integrarse adecuadamente al medio familiar de pertenencia. d. Evitar el aislamiento en el seno familiar o institucional. e. Desarrollar actividades ocupacionales previamente seleccionadas y
organizadas de acuerdo a las posibilidades de los concurrentes. f. Apoyar y orientar a la familia. g. Implementar actividades tendientes a lograr la participación de los
concurrentes en programas de acción comunitaria, acordes con sus posibilidades.
El Centro de Día procurará fundamentalmente brindar contención a personas que por el nivel severo o profundo de su discapacidad no estén en condiciones de beneficiarse de programas de educación y/o rehabilitación, y tratará en todos los casos de estimular intereses y desarrollar aptitudes en los beneficiarios para alcanzar en cada caso el mayor nivel de desarrollo posible.
El tipo de discapacidad de los beneficiarios puede ser mental, motriz, sensorial o visceral, pero en todos los casos el nivel de la misma será severo o profundo o puede tratarse también de personas multidiscapacitadas. Niños, jóvenes y adultos con discapacidad severa o profunda imposibilitados de acceder a la escolaridad, capacitación y/o ubicación laboral protegida.
La edad mínima de ingreso a este tipo de servicios será a los 6 años, por cuanto en las etapas anteriores deberán en todos los casos procurar su atención en servicios de Estimulación Temprana.
~ 73 ~
CENTRO EDUCATIVO TERAPEUTICO
Definición conceptual
Se entiende por Centro Educativo Terapéutico a aquel que tiene por objetivo la
incorporación de conocimientos y aprendizajes de carácter educativo a través de
enfoques, metodologías y técnicas de carácter terapéutico.
El mismo está dirigido a niños y jóvenes cuya discapacidad (mental, sensorial, motriz)
no le permita acceder a un sistema de educación especial sistemático y requieren este
tipo de servicios para realizar un proceso educativo adecuado a sus posibilidades.
Fundamentalmente se benefician del mismo personas con discapacidad mental
(psicóticos-autistas) lesionados neurológicos, paralíticos cerebrales,
multidiscapacitados, etc. es decir, todos aquellos discapacitados que tienen trastornos
en la comunicación, en la percepción o en la afectividad y no pueden incorporar
conocimientos y aprendizajes sin un encuadre terapéutico.
Los beneficiarios de este tipo de prestación podemos agruparlos en:
a. Trastornos generalizados del desarrollo, esquizofrenia y otros trastornos
psicóticos, deficientes mentales con trastorno disocial (de acuerdo a los
criterios diagnósticos del DSM-IV y CIE-10).
La incorporación de este tipo de población en un CET deberá hacerse cuando
se encuentra compensado, ya que en la etapa de crisis requieren otro tipo de
abordaje.
b. Discapacitados motores con compromiso intelectual de grado moderado,
severo y profundo.
Los centros educativos terapéuticos pueden presentar diversas ofertas de atención,
como ser: escuela para psicóticos, capacitación laboral, adaptación y taller laboral,
apoyo para la integración escolar, etc.
La programación general de este servicio deberá estar explicitada en forma genérica y
flexible y establecida en cada caso en particular el tipo de tratamiento a realizar.
La atención deberá ser individual y grupal, optándose por una u otra de acuerdo a las
necesidades de cada persona discapacitada y al tipo de actividad a realizar.
~ 74 ~
Este tipo de servicio también es adecuado y conveniente para aquellos niños y
jóvenes que habiéndose incorporado a la educación especial han fracasado en ella,
por las dificultades personales que mencionáramos precedentemente y porque el
proceso de educación sistemática no les permite la incorporación de conocimientos y
aprendizajes.
Cuando se trate de discapacitados mentales (psicóticos - autistas) la incorporación a
un centro educativo terapéutico deberá hacerse cuando se encuentra compensado, ya
que en las etapas de crisis requieren otro tipo de abordaje.
Población Objetivo:
Niños y jóvenes discapacitados, sin posibilidades de acceder a un proceso educativo
sistemático.
Los límites etarios establecidos para este tipo de personas con discapacidad pueden
flexibilizarse en la edad máxima, por cuanto los mismos presentan en muchos casos
patologías de alto nivel de complejidad, lentitud en el ritmo de recuperación y/o tardía
iniciación del tratamiento.
Los Centros Educativos Terapéuticos deberán promover y facilitar la integración a
escolaridad para todo aquel niño que esté en condiciones de integrarse a una
escolaridad común o especial, debiendo tomarse en consideración los aspectos
descriptos.
~ 75 ~
HOGARES ANEXO C- HOGARES PERMANENTES
Definición conceptual
Se entiende por Hogar al recurso institucional que tiene por finalidad brindar cobertura integral a los requerimientos básicos esenciales (vivienda, alimentación, atención especializada) a personas con discapacidad sin grupo familiar propio o con grupo familiar no continente.
El Hogar estará dirigido preferentemente a las personas cuya discapacidad y nivel de autovalimiento e independencia sea dificultosa a través de los otros sistemas descriptos, y requieran un mayor grado de asistencia y protección.
Por las características del Hogar, deberá asegurarse en forma programada su funcionamiento en todos sus aspectos: alojamiento, alimentación y atención especializada, la que deberá ser suministrada por personal idóneo y capacitado a tales efectos.
No obstante, la vida en el Hogar deberá permitir a sus beneficiarios gozar del respeto a su individualidad y privacidad, y participar del mayor número posible de actividades fuera del mismo que faciliten su integración social.
El Hogar deberá estar destinado preferentemente a personas con similar discapacidad, y si se incorpora alguna que no lo fuera deberá tenerse en cuenta que esta situación no afecte la convivencia y el desenvolvimiento de los otros residentes.
Generalmente, el Hogar es un recurso destinado a aquellas personas con una discapacidad severa o profunda que requieren una infraestructura especializada para su atención, sin la cual se hace difícil su supervivencia.
El desarrollo de las actividades tanto como la disposición del alojamiento deberá realizarse teniendo en cuenta, edades, grado de discapacidad, aptitudes, e intereses, procurando en la medida de lo posible contar con espacios independientes para los diferentes grupos.
No obstante, también deben preverse espacios y actividades en común entre todos los residentes.
~ 76 ~
CATEGORIZACIÓN DE LOS MOTIVOS DE INGRESO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A
LA INSTITUCIÓN ACTUAL.
Los mismos se han extraído textualmente de las fichas de recolección de información
completadas por el EAC:
ABANDONO
- Abandonada por sus padres al nacer
- Guarda por padre biológico desconocido y abandono materno
- Fallecimiento de su madre y abandono por parte del padre
- Abandono materno en hospital
- Abandono materno y paterno en hospital
- Ingresa al circuito de Pequeños Hogares con sus hermanos por abandono materno
- Situación de abandono
- Abandonado en vía pública
- Ingresa por orden judicial, en delicado estado de salud, madre adicta que abandonó a todos sus hijos
- Ingresa por orden judicial, en delicado estado de salud, negativizó a los dos años de edad, madre adicta
que abandonó a todos sus hijos
- Abandono desde que era bebé, estuvo en Ama Externa y luego ingresó a APAND
- Abandono familiar, ingresó al programa Ama Externa y luego al Hogar APAND
- Abandono
- Situaciones traumáticas y de abandono por parte de su familia
ABUSO
- Violencia familiar y abuso
- Núcleo familiar violento, la joven fue víctima de maltrato físico y abuso sexual intrafamiliar
- Víctima de maltrato y abuso familiar
- Denuncia por abuso del padre hacia las hijas, el juzgado que intervino solicitó que todos los niños del
grupo familiar sean institucionalizados.
- Por maltrato y abuso familiar
- Su padrastro ejerció violencia y abuso sexual para con la joven, madre negligente en el cuidado de la
joven y sus hermanos.
- Institucionalizada desde los 8 años. Fue abusada por la pareja de la madre, ingresa embarazada
proveniente de un pequeño Hogar.
~ 77 ~
- Víctima de abuso sexual a los 10 años, por parte de un vecino en complicidad con su padrastro, ingresa
al Hogar con 13 años y su hija de 2 años derivada por el cierre del Hogar Amanecer
- Abuso sexual
- Situación de riesgo, situación presuntiva de abuso
- Denuncia de abuso por negligencia de la madre
- Núcleo familiar violento, la joven fue victima de maltrato físico y abuso sexual intrafamiliar
- Violencia y abuso sexual por parte del padrastro
- Abuso sexual y abandono
- Abuso por parte del padre a sus hijos, con complicidad de la madre
- Entorno familiar delincuente, su madre sigue detenida en la actualidad, él y sus hermanos fueron
víctimas de abusos físicos y psíquicos.
CONFLICTOS CON LA LEY PENAL
- Causa por robo, familia disfuncional, padre ausente
- Conflicto con la ley penal
- Disposición judicial por haber cometido transgresiones delictivas y consumo de sustancias
- Ingresa al Borchez por un episodio de trasgresión a la ley
- Ingresa derivado del Hogar la Casita de Paso del Rey, por situación de robo, no tiene referentes adultos
que se hagan responsables se desconoce el paradero de los padres.
- Sospechosa de robo junto a su hermano
CONFLICTOS FAMILIARES
- Imposibilidad de convivencia familiar
- Imposibilidad de vinculación familiar
- Imposibilidad de convivencia familiar derivada de APAND, Baradero
- Con presencia de la madre y otros familiares. No había condiciones de convivencia familiar y
sostenimiento de tratamiento.
- La niña ingresa al CONNAF solicitando amparo, refiriendo tener serias dificultades con su madre y
pareja.
- Embarazada con serios trastornos de conducta y dificultad en la aceptación de límites e internalización
de normas, conflictiva familiar, familia disfuncional, frecuentes episodios de violencia verbal por parte del
padre
- Estado de abandono y dificultades en la red vincular de la familia de origen
- Problemas convivenciales con la guardadora de hecho
- Situación conflictiva con su madre
~ 78 ~
- Vivía con su tía que por dificultades en el vínculo deja de responsabilizarse de ella
- Situación conflictiva en la convivencia con las personas que tenias a cargo su cuidado
- Imposibilidad de contención familiar, madre sola con dos hijos
CONSUMO
- Intoxicación por consumo de drogas, atendido en el hospital Piñero con secuelas neurológicas
- Descompensación por fallecimiento de su madre, la deriva el hospital Durand luego de ser atendida por
intoxicación alcohólica y sustancias psicoactivas
- Consumo de estupefacientes, falta de contención familiar
- Ingresa por fallecimiento de madre adoptiva y quedar sin referentes de cuidados, comienza con
situaciones de consumo.
DERIVACIÓN
- Ingresa el 01/08/2006 a la casa de medio camino de esta institución proveniente del hospital Tobar
García
- Derivada por la SENNAF de la institución Santa Clara (Glew) y anteriormente en la institución APAND
(Baradero)
- Derivada del Centro de Día de la institución Luján
- Derivada del hospital Tobar García
- Derivada del Hogar del Sur
- Derivada del hospital Alvear
- Derivada de la Fundación Vivencia por la SENAF
- Ingreso a varias instituciones
- Derivado al CET de nuestra Sra. de Luján por alta médica del Tobar García, ingresa a New Life
- Ingresa en junio de 2007 a la Clínica Luján y luego pasa a New Life
- Derivación del instituto IFIL
- Derivada por la SENAF de la fundación Felices los niños
- Ingresa por derivación de la Fundación Felices los niños
- Ingresa al instituto Borchez, por disposición judicial
- Ingresa al programa Amas Externas con su hermana en el año 1998
- Madre con retraso mental que requería atención y cuidados de terceros, fue derivado a una familia
guardadora que desistió de continuar atendiendo a Gonzalo
- Ingresa primeramente al programa de Ama Externa y por finalización de funcionamiento de la misma la
derivan a la institución actual
- Ingresa al Hogar a partir de la disolución del pequeño Hogar en el que residían junto con sus hermanos
~ 79 ~
- Baja de amas externa con quien convivía con sus hermanas pequeñas
- Derivado del instituto Fátima para favorecer el vínculo familiar.
DIFICULTADES EN LA CRIANZA DE LOS NIÑOS/AS
- Ingresa al instituto Fátima junto a sus hermanas debido a que su madre presentaba dificultades para el
adecuado cuidado de las mismas.
- Padre violento y en la actualidad se desconoce su paradero, madre con dificultad de ejercer su rol
materno
- Denuncia por abandono del Hogar por su madre, familia disfuncional proviene de nuestra Sra. del Valle
con su hijo de 2 meses de edad
- Por situación de desprotección, familia disfuncional, con 15 hermanos la mayoría institucionalizados
- La madre ingresa por causa por robo, familia disfuncional, padre ausente
- Madre con dificultades de asumir su rol
- Incumplimiento de rol materno, fracaso de un posible proceso de adopción
- Fernando fue alojado junto a su madre en instituciones desde los dos meses de vida, dado que la madre
no podía desempeñar el rol materno, luego ingresa a ama externa y después a familia de acogimiento
- Procede del instituto Arenaza con núcleo familiar disgregado
- Familia incontinente, falta de referentes adultos y afectivos que se hicieran cargo del niño
- Núcleo familiar desintegrado por la separación de los progenitores, en el año 2005 la madre es detenida
en el penal de Ezeiza. El joven se muda con su abuela paterna, luego con su hermana, no habiendo
referentes adultos contenedores se solicita la derivación del joven a un espacio convivencial abierto
- Son derivados del programa de fortalecimiento familiar, SENAF, luego de haber fracasado los intentos
de que su padre pudiera hacerse cargo de sus hijos
SITUACIÓN DE RIESGO
- Denuncia de situación de riesgo
- Madre negligente en el cuidado de sus hijos, padre biológico desvinculado
- Derivada del hospital Fernández con su hijo recién nacido, fugada del Hogar y por encontrarse en
situación de riesgo y en pareja con un adulto con antecedentes penales y maltrato físico y verbal hacia la
joven
- Situación de riesgo en la convivencia con sus padres
- Se inicia la intervención por el equipo profesional de la escuela de recuperación al que asistía,
considerando situación de riesgo al convivir con sus padres, fue derivado al hospital Tobar García y luego
a APAND, Baradero
- Situación de riesgo
~ 80 ~
- Riesgo social, padres adictos a las drogas
- Su situación al ingreso fue por negligencia materna, trastorno de conducta, su madre presenta un déficit
cognitivo
- Padres negligentes en el cuidado de sus hijos
INTERNACION SOLICITADA POR LOS ADULTOS A CARGO
- Padre adicto, su madre plantea que están más protegidos en el Hogar
- Situación de carencia habitacional, recursos económicos y laborales, la madre solicita la internación de
los hijos.
- La madre solicita la internación de los hijos por separarse de su marido y encontrarse sola sin recursos
para hacerse cargo de ellos.
- Por solicitud de la madre ante su critica situación habitacional y laboral
- Por pedido de la madre, por tener dificultad para contenerlo
- La madre solicita la internación por no contar con vivienda y recursos para hacerse cargo de los hijos
después del fallecimiento del marido
- Su abuela solicita la institucionalización del niño por tener dificultades para el cuidado y la atención del
niño
- Su padre fallece al año de vida y la madre decide la internación transitoria del niño
- Madre con problemas de salud mental quedan los hijos al cuidado de una Sra. XXX que denuncia ante
el juzgado el no poder cuidarlos
- Lo entrega su mama al CONNAF, familia violenta, madre con patología psiquiátrica
- El hermano mayor lleva a sus hermanos al CONNAF, porque la madre no los atendía, y son derivados a
la institución
- La familia solicitó su ingreso dado que aparentemente el chico se iba de la casa de manera permanente,
extraviándose
- Internación espontánea en el CONNAF
PADRES INSTITUCIONALIZADOS
- Ingresa embarazada de su primera hija luego de estar en el Hogar Nuestra Sra. del Valle
- Su mamá, XXX N° de Orden XXX, ingresa embarazada de XXX, derivada de Nuestra Señora del Valle.
- Se encuentra institucionalizada desde que ingresó con su madre, XXX N° de Orden XXX, a la institución
- Su mamá, XXX, N° de Orden XXX se encuentra en la institución después que nació su hermana
macarena
~ 81 ~
- Su mamá, XXX, N° de Orden XXX, ingresa embarazada con serios trastornos de conducta y dificultad
en la aceptación de límites e internalización de normas, conflictiva familiar, familia disfuncional, frecuentes
episodios de violencia verbal por parte del padre.
- Su madre ingresa a la institución embarazada por abuso
- Ingresa con su madre a la institución, la madre proviene de nuestra Sra. del Valle con su hijo de 2
meses de edad
- Su madre fue derivada del hospital Fernández con su hijo recién nacido, fugada del Hogar y por
encontrarse en situación de riesgo y en pareja con un adulto con antecedentes penales y maltrato físico y
verbal hacia la joven
- La madre fue víctima de abuso sexual a los 10 años, por parte de un vecino en complicidad con su
padrastro, ingresa al Hogar con 13 años y su hija de 2 años derivada por el cierre del Hogar Amanecer
- La madre ingresa por situación de desprotección, familia disfuncional, con 15 hermanos la mayoría
institucionalizados.
- La madre fue derivada del hospital Fernández dando a luz a su hija con Síndrome de Down,
encontrándose en estado de desprotección y abandono. En pareja con un adulto mayor con graves
antecedentes penales. Relación marcada por el sometimiento y la violencia.
PROBLEMAS SOCIOECONÓMICOS
- Imposibilidad de alojamiento familiar
- Su madre se encontraba en una situación social y económica grave y no podía hacerse cargo del niño
- Situación de calle
- Padre desvinculado sin paradero conocido, madre con dificultades y negligente en el cuidado de sus
hijos, sin recursos económicos y domicilio fijo
- Ingresa al Hogar Santa Catalina luego de haber estado en situación de calle,
- Permanencia en calle, situación de alto riesgo y hechos de trasgresión a la ley
- Familia con permanencia en situación de calle
- Derivado del hospital de niños luego de sufrir un accidente en la vía pública, tanto ella como sus padres
estaban en situación de calle
- Derivadas del Hogar infantil por cierre, se encontraban en situación de calle junto a sus padres, la madre
denuncia al padre de abuso a la hija mayor de estos
- Ingresa por fallecimiento de su madre, padre alcohólico y en situación de calle
- Su hermana mayor, XXX, que vivía en el Hogar El Arca, solicita el cuidado de sus hermanos que se
encontraban en situación de calle y cuatro hermanos fallecieron por negligencia en sus cuidados
- Situación de calle con su padre, quien fue detenido por robo y él quedo solo en la calle.
- Ingresa al hospital Gutiérrez por cuadro de desnutrición
- Sin posibilidad de asistencia y alojamiento familiar
~ 82 ~
- Grupo familiar disuelto por necesidades individuales, asistenciales y falta de posibilidad de alojamiento
- Sin posibilidad de asistencia y alojamiento familiar
SITUACIONES QUE IMPOSIBILITAN LA CONVIVENCIA DE LOS PADRES CON SUS HIJOS/AS
- Madre esquizofrénica, declarada insana
- Abandono de persona, desnutrición, madre internada en instituto psiquiátrico
- Ingresa junto con sus hermanos al instituto Borchez porque la madre no puede hacerse cargo de ellos
- Se encuentra institucionalizada desde los dos años por fallecimiento de su madre
- Abandono de persona, desnutrición, madre internada en instituto psiquiátrico
- Por internación psiquiátrica de la madre
- Ingresa por fallecimiento de su padre y su madre se encontraba con internación psiquiátrica
- Por internación psiquiátrica de la madre, alojados por negligencia y malos tratos
- Imposibilidad de cuidado por parte de sus progenitores
- Ingresa desde el hospital Piñeiro, los hermanos son retirados del domicilio familiar a partir de la
descompensación psiquiátrica de la madre
- Él y los hermanos son retirados del domicilio familiar a partir de la descompensación psiquiátrica de la
madre
- Ingresa a partir del intento de suicidio de su madre, sus hermanos mayores ya se encontraban en
guarda con sus abuelos y tíos paternos respectivamente, estos familiares no podían hacerse cargo de la
niña
- La niña estaba viviendo con una tía materna a solicitud de su madre. La tía desiste de ese cuidado,
dejando a la niña en el Hogar.
TRATAMIENTO
- El centro de admisión del Instituto Borchez solicita el ingreso para tratamiento especializado.
- Derivada por la SENAF de la institución APAND por presentar descompensación de su cuadro de base
- Por descompensación y conductas de riesgo para si y terceros
- Derivado del Hogar Ave María (Mercedes, PBA) por agresión a terceros y a sí mismo
- Insana
- El centro de admisión del instituto Borchez solicita el ingreso para tratamiento especializado
- Por internación al hospital Tobar García auto y heteroagresión
- Ingresa derivada del instituto Borchez y presentaba serios trastornos de conducta, normas de higiene y
dificultad para controlar impulsos
- Derivado del pequeño Hogar donde vivía, a consecuencia de las dificultades que presentaba para
controlar sus impulsos, lo que hacia inviable la convivencia.
~ 83 ~
VIOLENCIA FAMILIAR/ MALTRATO
- Situación de violencia y desamparo
- Situación de violencia con padre desvinculado
- Situación de violencia familiar
- Violencia familiar y cuidados negligentes
- Hogar desintegrado y violento
- Situación de violencia y desintegración familiar
- Denuncia por violencia familiar
- Disposición judicial. Violencia familiar. Abuso sexual a una hermana mayor.
- Padre violento está detenido por abuso de la hermana mayor del joven
- Padre violento esta detenido por abuso de la hermana mayor del joven, madre con dificultad para asumir
la crianza de sus hijos
- Madre fallecida, padre acusado de abusar sexualmente de la hermana mayor del niño
- Padre biológico violento condenado por haber abusado de su hermana mayor hija de otra pareja
- Maltrato familiar
- XXX es de Formosa y viaja para ser atendido en el hospital Tobar García por relación de violencia
familiar
- Denuncia de abuso a su hermana, padres fallecidos
- Violencia familiar, situación de calle
- Violencia familiar por parte de padre, derivado a Amas Externas
- Denuncia de violencia familiar, el niño permanecía solo en el hotel donde vivían
- Violencia familiar, abandono, imposibilidad de alojamiento y asistencia familiar
- Situación de violencia y condiciones de vida compleja en su familia.
- Madre con problemas psiquiátricos dificultad para el ejercicio del rol, vinculo violento madre e hija
- Abandonada por su madre y maltratos de su padre
- Por maltrato familiar y fuga
- Ingresó junto a su hermano (actualmente en la ONG Alborada) por situación de maltrato familiar
- Padres detenidos por ejercer violencia para con sus hijos
- Padre violento y negligente, madre fallecida
- Madre fallecida, padre acusado de abusar sexualmente de la hermana mayor del niño
- Madre fallecida, padre violento y negligente en el cuidado de la joven
- Derivada del hospital Fernández, dando a luz a su hija con Síndrome de Down, encontrándose en
estado de desprotección y abandono. En pareja con un adulto mayor con graves antecedentes penales.
Relación marcada por el sometimiento y la violencia
- Maltrato familiar
~ 84 ~
- La madre, menor de edad, ingresa con sus tres hijos al Hogar renacer, se va del mismo sin sus hijos,
luego vuelve, pero presenta conductas violentas hacia ellos
- El adolescente es de Formosa y viaja para ser atendido en el hospital Tobar García por relación de
violencia familiar
- Ingresa por fallecimiento de su madre, quedan al cuidado de una tía que ejerce maltrato a él y su
hermana
- Maltrato infantil y negligencia de cuidado materno
- Denuncia de malos tratos por parte de sus padres
- Violencia familiar, abandono imposibilidad de alojamiento y asistencia familiar
- Denuncia de la escuela por maltrato intrafamiliar, ya se encontraban desvinculados dos hermanos
- Posibles situaciones de maltrato o abuso directo o indirecto de parte de sus referentes
- Situación de violencia y condiciones de vida compleja en su familia