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Lunes 23 de marzo de 2015 549223 Año XXXII - Nº 13194 AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN PODER EJECUTIVO DEFENSA R.M. Nº 222-2015-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Colombia 549225 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 134-2015-MEM/DM.- Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Pasco, destinados a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión de su Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos 549226 R.M. Nº 135-2015-MEM/DM.- Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Moquegua, destinados a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestón de su Dirección Regional de Energía y Minas 549228 SALUD R.M. Nº 186-2015/MINSA.- Designan Director General de la Direccion de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud 549228 R.M. Nº 187-2015/MINSA.- Designan Directora General de la Dirección de Salud IV - Lima Este del Ministerio de Salud 549229 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA R.J. Nº 058-2015-J-OCMA/PJ.- Establecen cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para los meses de mayo, junio y julio de 2015, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la República 549231 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 094-2015-P-CSJV/PJ.- Disponen la incorporación a la labor jurisdiccional efectiva de magistrados en su condición de Jueces Titulares de juzgados de la investigación preparatoria, civil y penal unipersonal de Ventanilla 549231 Res. Nº 100-2015-P-CSJLN/PJ.- Aprueban cronograma de realización Trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias de las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el año judicial 2015 549232 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 1644-2015.- Autorizan a la Edpyme Solidaridad y Desarrollo Empresarial S.A.C. el cierre de agencias ubicadas en el departamento de Lima 549233 Sumario PUBLICACIŁN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION

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  • Lunes 23 de marzo de 2015

    549223Ao XXXII - N 13194

    AO DE LA DIVERSIFICACIN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIN

    PODER EJECUTIVO

    DEFENSA

    R.M. N 222-2015-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la Repblica de personal militar de Colombia 549225

    ENERGIA Y MINAS

    R.M. N 134-2015-MEM/DM.- Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Pasco, destinados a la contratacin de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestin de su Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos 549226R.M. N 135-2015-MEM/DM.- Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Moquegua, destinados a la contratacin de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestn de su Direccin Regional de Energa y Minas 549228

    SALUD

    R.M. N 186-2015/MINSA.- Designan Director General de la Direccion de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud 549228R.M. N 187-2015/MINSA.- Designan Directora General de la Direccin de Salud IV - Lima Este del Ministerio de Salud 549229

    PODER JUDICIAL

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    R.J. N 058-2015-J-OCMA/PJ.- Establecen cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para los meses de mayo, junio y julio de 2015, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la Repblica 549231

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 094-2015-P-CSJV/PJ.- Disponen la incorporacin a la labor jurisdiccional efectiva de magistrados en su condicin de Jueces Titulares de juzgados de la investigacin preparatoria, civil y penal unipersonal de Ventanilla 549231Res. N 100-2015-P-CSJLN/PJ.- Aprueban cronograma de realizacin Trimestral de Audiencias Pblicas Extraordinarias de las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el ao judicial 2015 549232

    ORGANOS AUTONOMOS

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 1644-2015.- Autorizan a la Edpyme Solidaridad y Desarrollo Empresarial S.A.C. el cierre de agencias ubicadas en el departamento de Lima 549233

    Sumario

    PUBLICACIN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS

    Se comunica a todas las Entidades del Sector Pblico que, conforme al Decreto Supremo N 014-2012-JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artculos 51 y 109 de la Constitucin Poltica del Per.

    LA DIRECCION

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549224

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015 549225

    PODER EJECUTIVO

    DEFENSA

    Autorizan ingreso al territorio de la Repblica de personal militar de Colombia

    RESOLUCIN MINISTERIALN 222-2015-DE/SG

    Lima, 20 de marzo de 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) Nro. 0173 del 6 de marzo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacin para el ingreso de personal militar de la Repblica de Colombia, sin armas de guerra;

    Que, con Ofi cio G.500-0921, del 27 de febrero de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinin favorable para el ingreso al pas del personal militar de la Repblica de Colombia;

    Que, el referido personal militar ingresar a territorio de la Repblica, del 24 de marzo de 2015 al 24 de marzo de 2016, con la fi nalidad de que se desempee como Ofi cial Enlace de Inteligencia en la ciudad de Iquitos;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacin y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Repblica, modifi cado por el artculo nico de la Ley N 28899 y por el artculo nico de la Ley N 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza,

    actividades de asistencia cvica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacin o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin de la resolucin, bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerial de autorizacin debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relacin de equipos transentes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitar opinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Per; y de conformidad con la Ley N 27856, modifi cada por la Ley N 28899 y la Ley N 30209;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la Repblica, sin armas de guerra, a un (01) militar de la Repblica de Colombia, del 24 de marzo de 2015 al 24 de marzo de 2016, con la fi nalidad de que se desempee como Ofi cial Enlace de Inteligencia en la ciudad de Iquitos.

    Artculo 2.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucin, a fi n que d cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a que se contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modifi cada por Ley N 28899 y Ley N 30209.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1214611-1

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549226

    ENERGIA Y MINAS

    Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Pasco, destinados a la contratacin de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestin de su Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos

    RESOLUCIN MINISTERIALN 134-2015-MEM/DM

    Lima, 19 de marzo de 2015

    VISTO:

    El Informe N 012-2015-MEM-OGP/DIR de fecha 05 de Marzo del 2015, de la Ofi cina de Desarrollo Institucional y Coordinacin Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energa y Minas; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el literal a) de la Vigsima Primera Disposicin Complementaria y Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015, se autoriz al Ministerio de Energa y Minas a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestin regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energtica, en el marco del proceso de descentralizacin, hasta por el monto de S/.3 000 000,00 (Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles);

    Que, la referida disposicin seala que dichas transferencias de recursos a ser fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energa y Minas por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolucin del titular del pliego, la que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, previa suscripcin de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energa y Minas y los Gobiernos Regionales;

    Que, asimismo, se establece la obligacin de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energa y Minas sobre los avances fsicos y fi nancieros de la ejecucin de dichos recursos, con relacin a su cronograma de ejecucin y a las disposiciones contenidas en los convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos;

    Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continen en forma adecuada con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, se ha suscrito en fecha 19 de Febrero del 2015, un Convenio de Cooperacin y Gestin entre el Ministerio de Energa y Minas y el Gobierno Regional de Pasco, con el objeto de fortalecer las capacidades de gestin y apoyar econmica y tcnicamente a la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos de Pasco, encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energtica al Gobierno Regional;

    Que, mediante el referido Convenio de Cooperacin y Gestin, el Ministerio de Energa y Minas se comprometi a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/. 120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energtica, a fin de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, segn lo sealado en el numeral 5.1. de la Clusula

    Quinta y en el numeral 6.1 de la Clusula Sexta del Convenio.

    Que, en ese sentido, en aplicacin de lo establecido en la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energa y Minas a favor del Gobierno Regional de Pasco, mediante la correspondiente resolucin del titular del pliego;

    De conformidad con lo dispuesto en la Vigsima Primera Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015; en la Ley N 28112, Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico; el Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N 304-2012-EF, y el Texto nico Ordenado de la Ley N 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorera, aprobado por Decreto Supremo N 035-2012-EF;

    Con la opinin favorable del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, con el Visto Bueno del Director General de la Ofi cina General de Asesora Jurdica y del Secretario General del Ministerio de Energa y Minas;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizacin de la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Pasco.

    Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/.120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Gobierno Regional de Pasco, para ser destinados exclusivamente a la contratacin de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestin regional de su Direccin Regional de Energa, Minas e Hidrocarburos, encargada de ejercer las competencias en materia minero energtica, de acuerdo al siguiente detalle:

    Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados

    Gastos Corrientes:2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.120 000.00

    Artculo 2.- Detalle de la transferenciaLa transferencia citada en el artculo 1 de la presente

    resolucin se efectuar segn el siguiente detalle:

    A la Regin Pasco : Organismo PblicoPliego : N 456 Gobierno Regional de Pasco Unidad Ejecutora : 001 Sede Central Regin PascoUnidad Ejecutora SIAF : N 000885 Entidad Bancaria : Banco de la Nacin Cuenta Corriente : N 00-501-019585CCI : N 018-501000-501019585-76RUC : N 20489252270

    Artculo 3.- Trminos y obligaciones de la transferencia

    Los trminos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperacin y Gestin celebrado, entre el Ministerio de Energa y Minas y el Gobierno Regional de Pasco correspondiente al ao 2015.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ROSA MARA ORTIZ ROSMinistra de Energa y Minas

    1214699-1

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015 549227

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549228

    Autorizan transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Moquegua, destinados a la contratacin de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestin de su Direccin Regional de Energa y Minas

    RESOLUCIN MINISTERIALN 135-2015-MEM/DM

    Lima, 19 de marzo de 2015

    VISTO:

    El Informe N 014-2015-MEM-OGP/DIR de fecha 10 de Marzo del 2015, de la Ofi cina de Desarrollo Institucional y Coordinacin Regional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energa y Minas; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el literal a) de la Vigsima Primera Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015, se autoriz al Ministerio de Energa y Minas a efectuar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestin regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energtica, en el marco del proceso de descentralizacin, hasta por el monto de S/.3000,000.00 (Tres Millones y 00/100 Nuevos Soles);

    Que, la referida disposicin seala que dichas transferencias de recursos a ser fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional correspondiente al ao fi scal del pliego Ministerio de Energa y Minas, se autorizan mediante resolucin del titular del pliego, la que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, previa suscripcin de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energa y Minas y los Gobiernos Regionales;

    Que, asimismo, se establece la obligacin de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energa y Minas sobre los avances fsicos y fi nancieros de la ejecucin de dichos recursos, con relacin a su cronograma de ejecucin y a las disposiciones contenidas en los convenios, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos;

    Que, en virtud a las precitadas disposiciones y a efectos que los Gobiernos Regionales continen en forma adecuada con el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, se ha suscrito un Convenio de Cooperacin y Gestin entre el Ministerio de Energa y Minas y el Gobierno Regional de Moquegua, con el objeto de fortalecer las capacidades de gestin y apoyar econmica y tcnicamente a la Direccin Regional de Energa y Minas de Moquegua, encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energtica al Gobierno Regional;

    Que, mediante el referido Convenio de Cooperacin y Gestin, el Ministerio de Energa y Minas se comprometi a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional por un monto de hasta S/. 120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), para que se contraten profesionales especializados, a propuesta de la Direccin Regional de Energa y Minas encargada de realizar las competencias y atribuciones en materia minero energtica, a fi n de garantizar el adecuado ejercicio de las funciones y facultades transferidas, segn lo sealado en el numeral 5.1. de la Clusula Quinta y en el numeral 6.1 de la Clusula Sexta del Convenio.

    Que, en ese sentido, en aplicacin de lo establecido en la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energa y Minas a favor del Gobierno Regional de Moquegua, mediante la correspondiente resolucin del titular del pliego;

    De conformidad con lo dispuesto en la Vigsima Primera Disposicin Complementaria Final de la Ley N 30281, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2015; en la Ley N 28112, Ley Marco de la Administracin Financiera del Sector Pblico; el Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N 304-2012-EF, y el Texto nico Ordenado de la Ley N 28693, Ley

    General del Sistema Nacional de Tesorera, aprobado por Decreto Supremo N 035-2012-EF;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizacin de la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Moquegua.

    Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/.120 000,00 (Ciento Veinte y Mil y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para ser destinados exclusivamente a la contratacin de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestin regional de la Direccin Regional de Energa y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero energtica, de acuerdo al siguiente detalle:

    Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados

    Gastos Corrientes:2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.120 000.00

    Artculo 2.- Detalle de la transferenciaLa transferencia citada en el artculo 1 de la presente

    resolucin se efectuar segn el siguiente detalle:A la Regin Moquegua : Organismo PblicoPliego : N 455 Gobierno Regional de Moquegua Unidad Ejecutora : 001 Sede Central Regin MoqueguaUnidad Ejecutora SIAF : N 880Entidad Bancaria : Banco de la Nacin Cuenta Corriente : N 0-141-027875CCI : N 01814100014102787526RUC : N 20519752604

    Artculo 3.- Trminos y obligaciones de la transferencia

    Los trminos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperacin y Gestin celebrado, entre el Ministerio de Energa y Minas y el Gobierno Regional de Moquegua correspondiente al ao 2015.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ROSA MARA ORTIZ ROSMinistra de Energa y Minas

    1214701-1

    SALUD

    Designan Director General de la Direccin de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud

    RESOLUCIN MINISTERIALN 186-2015/MINSA

    Lima, 20 de marzo del 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 330-2014/MINSA, se design al mdico cirujano Luis Alberto Huaman Palomino, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;

    Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo, siendo pertinente aceptar la misma y designar a quien ejercer dicho cargo;

    Que, por Resolucin Ministerial N 718-2014/MINSA, se design al mdico cirujano Renzo Renn Zavala Urteaga, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud del Ministerio de Salud;

    Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestin de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesora Jurdica, del Viceministro de Salud Pblica y de la Secretaria General; y,

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015 549229

    De conformidad con lo previsto en la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; en el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Pblico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Salud;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el mdico cirujano Luis Alberto Huaman Palomino al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Dar por concluida la designacin del mdico cirujano Renzo Renn Zavala Urteaga, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II del Despacho Viceministerial de Salud del Ministerio de Salud; dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 3.- Designar al mdico cirujano Renzo Renn Zavala Urteaga, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ANBAL VELSQUEZ VALDIVIAMinistro de Salud

    1214914-1

    Designan Directora General de la Direccin de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud

    RESOLUCIN MINISTERIALN 187-2015/MINSA

    Lima, 20 de marzo del 2015

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 747-2012/MINSA, se design al mdico cirujano Luis Alberto Fuentes Tafur, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud IV Lima Este, del Ministerio de Salud;

    Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo, siendo pertinente aceptar la misma y designar a quien ejercer dicho cargo;

    Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestin de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesora Jurdica, del Viceministro de Salud Pblica y de la Secretaria General; y,

    De conformidad con lo previsto en la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; en el Decreto Legislativo N 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Pblico, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Salud;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el mdico cirujano Luis Alberto Fuentes Tafur, al cargo de Director General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud IV Lima Este, del Ministerio de Salud; dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar a la mdico cirujano Janet Miriam Apac Robles, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, de la Direccin de Salud IV Lima Este, del Ministerio de Salud.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ANBAL VELSQUEZ VALDIVIAMinistro de Salud

    1214914-2

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549230

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015 549231

    PODER JUDICIAL

    CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    Establecen cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para los meses de mayo, junio y julio de 2015, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la Repblica

    RESOLUCIN DE JEFATURAN 058-2015-J-OCMA/PJ

    Lima, diecisiete de marzo del dos mil quince.

    LA JEFATURA SUPREMA DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL

    rgano Rector de Control del Poder Judicial, ejerce la direccin de su desarrollo institucional, estando investida para ello de las facultades establecidas en su Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF-OCMA);

    Para cumplir con lo previsto en el artculo 105 inciso 1) del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial, concordante con los literales 1) y 2) del artculo 11 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura OCMA, debe disponerse Visitas a los distintos Distritos Judiciales de la Repblica, para verifi car el desempeo funcional de los magistrados y auxiliares que integran los rganos jurisdiccionales, y el cumplimiento de las normas legales y administrativas de su competencia, adems de otros aspectos que puedan incidir en el servicio de justicia, conforme a lo establecido en los artculos 88 y 89 del mencionado Reglamento;

    En ese contexto, y atendiendo el Informe N 03-2015-MTAE-UVP-OCMA/PJ de fecha 16 de marzo del 2015 emitido por la Jefa de la Unidad de Visitas y Prevencin de la OCMA, debe establecerse el Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para los meses de Mayo, Junio y Julio del 2015, disponindose la realizacin de las mismas en las Cortes Superiores de Justicia que sean designadas.

    Por tales razones,

    SE RESUELVE:

    Primero: ESTABLECER el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para los meses de Mayo, Junio y Julio del 2015, a las diversas Cortes Superiores de Justicia de la Repblica, el mismo que como anexo forma parte de la presente resolucin; disponindose su oportuna tramitacin.

    Segundo: DISPONER que la ejecucin de las Visitas Judiciales Ordinarias se encuentren a cargo de la Unidad de Visitas y Prevencin de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, habilitndose en su oportunidad y caso, a los magistrados integrantes de las otras Unidades Contraloras para que brinden el apoyo que resulte necesario.

    Regstrese, comunquese y cmplase. ANA MARIA ARANDA RODRGUEZJueza Suprema Titular de la Corte Suprema de Justicia de la RepblicaJefa de la Ofi cina de Control de la Magistraturadel Poder Judicial

    ANEXO DE RESOLUCIN DE JEFATURA SUPREMAN 058-2015-J-OCMA/PJ

    FECHACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

    MES DAS

    MAYO 12,13,14 LORETO19,20 ICAJUNIO 9,10,11 TACNA

    FECHACORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

    MES DAS

    JULIO 7,8,9 CAJAMARCA23,24 VENTANILLA

    1213205-1

    CORTES SUPERIORES

    DE JUSTICIA

    Disponen la incorporacin a la labor jurisdiccional efectiva de magistrados en su condicin de Jueces Titulares de juzgados de la investigacin preparatoria, civil y penal unipersonal de Ventanilla

    CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLAPRESIDENCIA

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVAN 094-2015-P-CSJV/PJ

    Ventanilla, 18 de marzo de 2015

    VISTOS: La Resolucin Administrativa N 021-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 16 de octubre de 2014; Resolucin Administrativa N 023-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 16 de octubre de 2014; N 058-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 13 de noviembre de 2014; Resolucin del Consejo Nacional de la Magistratura N 047-2015-CNM, de fecha 05 de febrero de presente ao; y,

    CONSIDERANDO:

    PRIMERO: Mediante Resolucin Administrativa N 021-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 16 de octubre de 2014, se design a la doctora Graciela Bernab Quintanilla Saico, en el cargo de Jueza Supernumeraria del 1 de Juzgado de Investigacin Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

    SEGUNDO: Mediante Resolucin Administrativa N 023-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 16 de octubre de 2014, se design a la doctora Alicia Anglica Asencios Agama, en el cargo de Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

    TERCERO: Por Resolucin Administrativa N 058-2014-P-CSJVLNO/PJ, de fecha 13 de noviembre de 2014, se design al doctor Fernando Javier Espinoza Jacinto, en el cargo de Juez Supernumerario del Primer Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

    CUARTO: Segn Resolucin del Consejo Nacional de la Magistratura N 047-2015-CNM, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en mrito a la Convocatoria N 008-2014-SN/CNM, Concurso Pblico para cubrir plazas vacantes de Jueces Especializados, Fiscales Adjuntos Superiores, Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales, nombr como Jueces Especializados de este Distrito Judicial, a los seores Doctores: Ivn Alberto Velasco Lpez, Juez de la Investigacin Preparatoria de Ventanilla; Ricardo Jonny Moreno Ccancce, Juez Especializado Civil de Ventanilla; y Walter David Gmez Ampudia, Juez Especializado Penal (Unipersonal) de Ventanilla.

    En ese orden de ideas, habiendo procedido el Consejo Nacional de la Magistratura al Acto de Proclamacin y entrega de Ttulos efectuados en la presente fecha, corresponde al Despacho de esta Presidencia proceder a la ubicacin de los seores Jueces Nombrados, en los diferentes rganos jurisdiccionales de ste Distrito Judicial conforme corresponda, lo que originar consecuentemente, la variacin de la actual conformacin de los Juzgados de esta Corte Superior de Justicia.

    QUINTO: Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la mxima autoridad administrativa en el Distrito

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549232

    Judicial a su cargo y dirige la poltica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de Administracin de Justicia en benefi cio de los justiciables; por consiguiente y en virtud de las facultades conferidas puede designar y dejar sin efecto las designaciones de los Magistrados Supernumerarios que estn en el ejercicio de la funcin jurisdiccional.

    Por tales consideraciones, en uso de las facultades otorgadas por los incisos 3) y 9) del artculo 90 del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- DISPONER LA INCORPORACIN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor IVAN ALBERTO VELAZCO LOPEZ, en su condicin de Juez Titular del Primer Juzgado de la Investigacin Preparatoria de Ventanilla, a partir del da 19 de marzo del presente ao.

    Artculo Segundo.- DISPONER LA INCORPORACIN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor RICARDO JONNY MORENO CCANCCE, en su condicin de Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Ventanilla, a partir del da 19 de marzo del presente ao.

    Artculo Tercero.- DISPONER LA INCORPORACIN a la labor jurisdiccional efectiva del Doctor WALTER DAVID GOMEZ AMPUDIA, en su condicin de Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Ventanilla, a partir del da 19 de marzo del presente ao.

    Artculo Cuarto.- DAR POR CONCLUIDA la designacin de los seores doctores Graciela Bernab Quintanilla Saico, Fernando Javier Espinoza Jacinto y Alicia Anglica Asencios Agama, agradecindoles por los servicios prestados a esta Corte Superior de Justicia.

    Artculo Quinto.- DISPONER que bajo responsabilidad los ex Magistrados remplazados por designacin de los Jueces Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura debern presentar el inventario de los expedientes correspondientes a cada uno de los Despachos conferidos, as como debern proceder a la ENTREGA INMEDIATA de las credenciales de Magistrados otorgadas para el ejercicio de sus funciones, las mismas que debern

    ser devueltas ante la Secretara de la Presidencia de la Corte de Ventanilla.

    Artculo Sexto.- DISPONER el retorno de los ex Magistrados, que a la fecha ostentan la condicin de servidores en este Distrito Judicial, al cargo jurisdiccional o administrativo de origen, en el da y bajo responsabilidad funcional.

    Artculo Stimo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolucin del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia de Recursos Humanos del Poder Judicial, Ofi cina de Personal, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Ofi cina de Administracin Distrital y de los Magistrados, para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, publquese, cmplase y archvese.

    ELICEA INES ZUIGA HERRERA DE LEGUAPresidenta

    1214604-1

    Aprueban cronograma de realizacin Trimestral de Audiencias Pblicas Extraordinarias de las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el ao judicial 2015

    CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE

    RESOLUCIN DE PRESIDENCIAN 100-2015-P-CSJLN/PJ

    Independencia, veintinueve de enero del dos mil quince.

    VISTA:

    La Resolucin, Administrativa N 008-2011-SP-CS-PJ, del diez de marzo del dos mil once.

    REQUISITOS PARA PUBLICACIN DE DECLARACIONES JURADAS

    Se comunica a los organismos pblicos que, para efecto de la publicacin en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Pblicos del Estado, se deber tomar en cuenta lo siguiente:

    1. La solicitud de publicacin se efectuar mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas debern entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.

    2. La publicacin se realizar de acuerdo al orden de recepcin del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas.

    3. La documentacin a publicar se enviar adems en archivo electrnico (diskette o cd) y/o al correo electrnico: [email protected], precisando en la solicitud que el contenido de la versin electrnica es idntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumir la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacin o de la Fe de Erratas a publicarse.

    4. Las declaraciones juradas debern trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una lnea por celda.

    5. La informacin se guardar en una sola hoja de clculo, colocndose una declaracin jurada debajo de otra.

    LA DIRECCIN

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015 549233

    CONSIDERANDO:

    Primero: Que, mediante Decreto Ley N 25476 de fecha de mayo de 1992, se estableci el plazo para la realizacin de las Audiencias Pblicas Extraordinarias, estableciendo, en su artculo 2, que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarn un cronograma de realizacin trimestral de Audiencias Pblicas Extraordinarias a fin de garantizar que los procesos penales se tramiten en plazos fijados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.

    Segundo: Que, la Corte Suprema de Justicia de la Repblica, mediante Resolucin Administrativa N 008-2011-SP-CS-PJ, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de marzo del 2011, aprob El Reglamento de Audiencias Pblicas Extraordinarias, por el que se establecen las normas y el procedimiento para la realizacin de las mencionadas audiencias, previstas en el artculo 367 del Cdigo de Procedimientos Penales, conforme a la modifi cacin dispuesta por el Decreto Ley N 25476.

    Tercero: En tal sentido resulta necesario aprobar el cronograma de realizacin trimestral de Audiencias Pblicas Extraordinarias que efectuarn las Salas Penales y Primera sala Penal de Apelaciones (que en adicin a sus funciones conoce procesos tramitados con el Cdigo de Procedimientos Penales)

    Cuarto: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la mxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la poltica interna del mismo como titular de la Unidad Ejecutora, por lo que, entre otros tiene entre sus funciones la de cautelar la pronta administracin de justicia, en benefi cio del usuario judicial.

    Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artculo 90, incisos 4) y 9) del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial; la Presidencia

    RESUELVE:

    Artculo Primero.- APROBAR el cronograma de realizacin Trimestral de Audiencias Pblicas Extraordinarias que las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones (que en adicin a sus funciones conoce procesos tramitados con el Cdigo de Procedimientos Penales) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el ao judicial 2015, el mismo que se detalla a continuacin:

    Primer Trimestre:Fechas: 30 y 31 de marzo

    Segundo Trimestre:Fechas: 25 y 26 de junio

    Tercer Trimestre:Fechas: 28 y 29 de setiembre

    Cuarto Trimestre:Fechas: 28 y 29 de diciembre

    Artculo Segundo.- DISPONER que los Presidentes de las Salas Penales y Primera Sala Penal de Apelaciones (que en adicin a sus funciones conoce procesos tramitados con el Cdigo de Procedimientos Penales) de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, cumplan con efectuar las Audiencias Pblicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado en el artculo precedente, debiendo remitir a esta Presidencia los expedientes administrativos respectivos en el plazo sealado en el artculo 4 del Reglamento de Audiencias Pblicas Extraordinarias.

    Artculo Tercero.- Pngase la presente resolucin a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia, Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administracin, Ofi cina de Sistemas, y rganos jurisdiccionales aludidos; para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, comunquese y cmplase.

    GABINO ALFREDO ESPINOZA ORTIZPresidente

    1214601-1

    ORGANOS AUTONOMOS

    SUPERINTENDENCIA

    DE BANCA, SEGUROS Y

    ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Autorizan a la Edpyme Solidaridad y Desarrollo Empresarial S.A.C. el cierre de agencias ubicadas en el departamento de Lima

    RESOLUCIN SBS N 1644-2015

    Lima, 10 de marzo de 2015

    EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

    VISTO:

    Las solicitudes presentadas por la EDPYME Solidaridad y Desarrollo Empresarial S.A.C., para que se le autorice lo siguiente:

    i) El cierre de una agencia ubicada en la Asociacin Pro Vivienda La Estrella Mz. F. Lote 19, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y,

    ii) El cierre de una agencia ubicada en Av. Los Hroes N 720, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacin correspondiente para el cierre de dichas agencias;

    Estando a lo informado por el Departamento de Supervisin Microfi nanciera A; y,

    De conformidad con lo dispuesto por el artculo 32 de la Ley N 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucin SBS 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucin SBS N 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009;

    RESUELVE:

    Artculo nico.- Autorizar a la EDPYME Solidaridad y Desarrollo Empresarial S.A.C. lo siguiente:

    i) El Cierre de una agencia ubicada en la Asociacin Pro Vivienda La Estrella Mz. F. Lote 19, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; y,

    ii) El cierre de una agencia ubicada en Av. Los Hroes N 720, distrito de San Juan de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    DEMETRIO CASTRO ZRATEIntendente General de Microfi nanzas

    1214694-1

  • El PeruanoLunes 23 de marzo de 2015549234