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    CRITERIOS PARA LA EVALUACIN DE LA NORMAINTE-ISO/IEC 17020:2000

    Cdigo N :ECA-MC-C03

    Pginas:1 de 24

    Fecha emisin:02.04.2008

    Versin:02

    Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Fecha de entrada en vigencia:

    Comit Asesor de Organismosde Inspeccin

    Cynthia Jimnez JimnezGestora de Calidad a.i

    Maritza MadrizGerente

    02.04.2008

    Este documento se distribuye como COPIA NO CONTROLADA, favor confirmar su vigencia enwww.eca.or.cr antes de hacer uso de esta versin, por si ha sido modificada.

    TABLA DE CONTENIDO

    1 OBJETIVO ..................................................................................................................... 12 ALCANCE ...................................................................................................................... 13 DOCUMENTOS DE REFERENCIA ............................................................................... 24 DEFINICIONES ............................................................................................................. 25 CRITERIOS GENERALES............................................................................................. 46 REQUISITOS ADMINISTRATIVOS ............................................................................... 57 INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD E INTEGRIDAD ................................................. 68 CONFIDENCIALIDAD .................................................................................................... 89 ORGANIZACIN Y DIRECCIN ................................................................................... 910 SISTEMA DE LA CALIDAD ...................................................................................... 1111 PERSONAL .............................................................................................................. 1312 INSTALACIONES Y EQUIPO .................................................................................. 1413 PROCEDIMIENTOS Y MTODOS DE INSPECCIN ............................................. 1714 MANIPULACIN DE LOS ITEM Y MUESTRAS DE INSPECCIN ......................... 1915 REGISTROS ............................................................................................................ 1916 INFORMES DE INSPECCIN Y CERTIFICADOS DE INSPECCIN ..................... 2017 SUBCONTRATACIN ............................................................................................. 2118 RECLAMOS Y APELACIONES ................................................................................ 2219 COOPERACIN ...................................................................................................... 2220 IDENTIFICACIN DE CAMBIOS ............................................................................. 2221 ANEXOS .................................................................................................................. 23

    1 OBJETIVO

    Establecer los criterios de referencia que deben ser aplicados para la evaluacin y acreditacinde organismos de inspeccin de acuerdo con la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000. Asimismoestablecer requisitos complementarios a los citados en la Norma de Referencia.

    2 ALCANCE

    El presente documento debe ser aplicado por el personal de la Secretara de Acreditacin deOrganismos de Inspeccin, Cuerpo de Evaluadores y Expertos tcnicos, Comit Asesor deOrganismos de Inspeccin, Comisin de Acreditacin y OEC acreditados o en proceso deacreditacin.

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    CRITERIOS PARA LA EVALUACIN DE LA NORMAINTE-ISO/IEC 17020:2000

    Cdigo N :ECA-MC-C03

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    Fecha emisin:02.04.2008

    Versin:02

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    3 DOCUMENTOS DE REFERENCIA

    ECA-MC-P09 Procedimiento general de evaluacin y acreditacin.ECA-MC-P13 Ejecucin de la evaluacin.ECA-MC-P17 Poltica y criterios para la participacin en ensayos/pruebas de aptitud y otras

    comparaciones para los laboratorios.ECA-MC-P18 Poltica para uso de marca y smbolo de acreditacin.ECA-MC-P20 Poltica de trazabilidad e incertidumbre de las mediciones.ECA-MC-C01 Criterios para la utilizacin de laboratorios por los organismos de certificacin

    y organismos de inspeccin.ECA-MC-C02 Criterios generales para la evaluacin y acreditacin de organismos de

    evaluacin de la conformidad (OEC).Ley No. 8279 Sistema nacional para la calidad.Reglamento de estructura interna y funcionamiento del Ente Costarricense de Acreditacin.Norma INTE-ISO/IEC17020:2000 Criterios generales para la operacin de varios tiposorganismos que realizan inspeccin. Norma INTE-ISO/IEC 17000:2005 Evaluacin de la conformidad, vocabulario y principiosgenerales.INTE-ISO 10013:2001 Directrices para la documentacin de sistemas de gestin de calidad.INTE-ISO 9000:2000 Sistemas de gestin de la calidad. Conceptos y vocabulario.IAF/ILAC-A4:2004 Guidance on the application of ISO/IEC 17020.

    4 DEFINICIONES

    - Poltica: Toda aquella declaracin de actuacin, aun cuando no se le llame como tal u ostenteel titulo de poltica, a excepcin de la poltica de calidad.

    - Alta direccin de la organizacin: Personal directivo que es responsable de tomar lasdecisiones y de asignar los recursos humanos, materiales y financieros en la organizacin.

    - Muestreo: Obtencin de una muestra representativa del objeto de evaluacin de laconformidad, de acuerdo con un procedimiento.

    - Responsable de la validez tcnica del informe de inspeccin: Persona responsable defirmar el informe o certificado de inspeccin, emitidos por el organismo de inspeccin.

    - Mtodos normalizados o estndar: Mtodos que han sido publicados por ejemplo en Normaso Reglamentos tcnicos internacionales, regionales o nacionales, o por organizaciones tcnicasreconocidas, tales como ISO, ASTM, AOAC, EPA, USP, API, OECD, o por la cooperacin devarios organismos de inspeccin o que han sido publicados en textos o revistas cientficasrelevantes.

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    - Mtodos no normalizados: Mtodos desarrollados por el organismo de inspeccin, por elcliente u otros.

    - Inspeccin : Examen del diseo de un producto o examen del producto, servicio, proceso oinstalacin, y la determinacin de su conformidad con requisitos especficos o, sobre la base del

    juicio profesional, con requisitos generales.

    Nota 1: La inspeccin de un proceso puede incluir la inspeccin de personas, instalaciones,tecnologa y metodologa.

    Nota 2: Los resultados de la inspeccin pueden ser usados en apoyo de la certificacin.

    Nota 3: La definicin de inspeccin coincide con la de ensayos y la de certificacin de productocuando esas actividades tienen caractersticas comunes. Sin embargo, una diferenciaimportante es que muchos tipos de inspeccin se basan en un juicio profesional para evaluar elcumplimiento de unos requisitos generales y, por tanto el organismo de inspeccin tiene quedemostrar que posee la competencia necesaria para realizar esa tarea.

    Algunas diferencias entre inspeccin y certificacin de producto se mencionan en el siguientecuadro:

    Actividad Inspeccin Certificacin de Producto Naturaleza de laoperacin

    Inspeccin de productosindividuales, y no necesariamenterealizados por una tercera parte.

    Certificacin de series deproductos y realizados siempre portercera parte.

    DecisionesNo es necesario separar a laspersonas que toman lasdecisiones de inspeccin, de laspersonas que realizan lasinspecciones.

    Las decisiones de certificacinson tomadas por una o mspersonas diferentes de la querealiza la evaluacin.

    Concesin delicencias No se conceden licencias.

    Se autoriza a los proveedores aemitir certificados o poner marcas.

    Marcado deproductos

    Se marcan slo los productossometidos a la inspeccin.

    Se puede marcar un productocertificado siempre que sedisponga de licencia.

    Seguimiento Slo cuando es necesario comoapoyo a la inspeccin.Normalmente es necesario paraproporcionar un aseguramientocontinuo de la conformidad.

    Inspeccin deproductos enservicio

    Siempre por Inspeccin. Nunca mediante certificacin deproductos.

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    - OEC multisitios: Organismo que dispone de varias instalaciones fijas adems de la sedecentral desde las cuales ofrecen /realizan las actividades de inspeccin solicitadas en elalcance de acreditacin

    5 CRITERIOS GENERALES

    5.1 Parmetros de Inspeccin

    Los parmetros de Inspeccin pueden incluir temas de cantidad, calidad, seguridad,adecuacin de uso y el cumplimiento continuo de la seguridad de plantas de produccin ode sistemas en operacin.

    5.2 Codificacin de informacin establecida en el Anexo D de la nor ma INTE-ISO/IEC17020:2000

    D.1 Informacin general (nombre, direccin, nmeros telefnicos, etc., y el estado legal).

    D.2 Declaracin directiva sobre objetivos, poltica y compromiso con la calidad.

    D.3 Declaracin directiva nombrando a la persona designada en la clusula 7.4 de la NormaINTE-ISO/IEC 17020:2000.

    D.4 Descripcin de los mbitos de actividad y competencia del Organismo de inspeccin.

    D.5 Informacin (en su caso) de la relacin existente entre el Organismo de inspeccin y suorganizacin matriz u otras organizaciones asociadas.

    D.6 Estructura o estructuras organizacionales.

    D.7 Descripciones de puesto relevantes.

    D.8 Declaracin de la poltica a seguir, en lo que a formacin y capacitacin del personal serefiere.

    D.9 Procedimientos para el control de documentos.

    D.10 Procedimientos para efectuar auditoras internas.D.11 Procedimientos para los comentarios (retroalimentacin) y las acciones correctivas.

    D.12 Procedimientos para la revisin del Sistema de Gestin por parte de la Direccin.

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    D.13 Otros procedimientos, instrucciones o referencias a otros procedimientos e instruccionesque son requisito de la presente Norma.

    D.14 Lista de distribucin del Manual de Calidad.

    6 REQUISITOS ADMINISTRATIVOS

    Criterio ECA para el Requisito 3.1: En Costa Rica se manejan las Personas Fsicas yJurdicas.

    - Para la Persona jurdica solicitar Personera Jurdica y Cedula Jurdica.- Para la Persona fsica solicitar Cdula de Identidad (D.5)

    Criterio ECA para el Requisito 3.2: Un organigrama es un medio til de ilustrar la posicin delOrganismo de inspeccin dentro de una organizacin ms grande. Los diagramas quemuestran las relaciones con otras empresas u organizaciones y las relaciones entredepartamentos dentro de la misma organizacin son un apoyo til en la reivindicacin de laindependencia. Presentar organigrama que ilustre la posicin del Organismo de inspeccindentro de una Organizacin ms grande o Grupo de empresas (D.5)

    Para los organismos de inspeccin unipersonales, se deber describir cualquier otra actividadrelacionada y no relacionada con la inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 3.3: El alcance de acreditacin debe definirse con trminossuficientemente precisos como para que los clientes potenciales puedan saber con exactitud ysin ambigedad cul es el campo general de inspeccin, el tipo y el rango de la inspeccin y, ensu caso, los reglamentos, normas o especificaciones que contienen los requisitos frente a loscuales se realizar la inspeccin. Se deben presentar los documentos en los que se establezcacon claridad los mbitos de actividad y competencia del Organismo de inspeccin. Asimismo,debe establecerse con claridad en el Contrato de servicio el alcance de la Inspeccin (D.4)

    Debe hacerse referencia al contrato o pedido particular. Este requisito tiene como finalidadasegurar que exista un entendimiento claro y demostrable entre el organismo de inspeccin ysu cliente respecto al mbito del trabajo de inspeccin que realizar el primero. En muchoscampos de inspeccin no se firman contratos individuales con los clientes. En estos casos, elpedido se indica en algn documento relacionado, como en los reglamentos adoptados por lasautoridades competentes.

    Criterio ECA para el Requisito 3.4: El organismo de inspeccin debe ser capaz de demostrarcuales factores ha tomado en cuenta a la hora de fijar la cobertura del seguro contratado. Unode esos factores debe ser el riesgo asociado a la realizacin de las actividades de inspeccin.

    Antes de acreditarse, se deber presentar evidencia de que se cuenta con la pliza de seguro.

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    Criterio ECA para el Requisito 4.2.1: Otras actividades que realicen la empresa o elOrganismo de inspeccin no deben estar relacionadas con las actividades, productos oservicios a inspeccionar.

    Tambin aplica para actividades de asesora y consultora en el sector en que se realizan lasactividades de inspeccin.

    El Organismo de inspeccin tipo "A", que declare ser independiente de las partes involucradas,debe demostrar que no est vinculado a ninguna parte que este directamente relacionada conel diseo, manufactura, suministro, instalacin, compra, propiedad, uso o mantenimiento de loselementos inspeccionados o elementos similares de la competencia tales como:

    - Propiedad comn (excepto cuando los propietarios no tienen la habilidad de influenciar elresultado de la inspeccin) (Ver Nota abajo).

    - Directores comunes o propietarios designados por un consejo (o equivalente) de laorganizacin (excepto cuando stos tienen funciones que no puedan tener influencia en elresultado de la inspeccin).

    - Reportar directamente al mismo nivel superior de la administracin- Disposiciones contractuales (a excepcin de los contratos con clientes para servicios de

    inspeccin), acuerdos informales u otros medios que puedan influir en el resultado de lainspeccin.

    Nota Un ejemplo de esto, es una estructura del tipo cooperativa donde existe una grancantidad de accionistas, pero que (individualmente o como grupo) no tienen medios formalesde influencia en las polticas, estrategias u operacin del Organismo.

    Adicionalmente, un Organismo de inspeccin no puede ser un Organismo tipo A si otra partede la misma organizacin est directamente involucrada en el diseo, manufactura, suministro,instalacin, compra, propiedad, uso o mantenimiento de los elementos inspeccionados oelementos similares de la competencia, cuando tales partes de la organizacin no tienen unaidentidad legal separada.

    En todo momento, el representante legal de la organizacin de la cual el Organismo deinspeccin forma parte, deber definir una poltica documentada o procedimientos para elmantenimiento del estado del tipo de organismo. El Organismo de acreditacin examinar laevidencia de la efectividad de esta poltica con respecto a los intereses de propiedad,constitucin del consejo de directores, medios de financiamiento, toma de decisiones ycualquier otro factor que pudiera influir sobre la imparcialidad, independencia o integridad delOrganismo tipo A.

    Criterio ECA para el Requisito 4.2.2 Organismo de inspeccin Tipo B: Las doscaractersticas por las cuales se puede identificar a un organismo tipo B son las siguientes:

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    - Los organismos tipo B forman parte de una organizacin demostrablemente separada eidentificable, que est involucrada en el diseo, manufactura, suministro, instalacin,compra, propiedad, uso o mantenimiento de los elementos que inspeccionan.

    - Los organismos tipo B que proveen servicios de inspeccin solamente a lasorganizaciones o empresas que formen parte del Grupo o de la sociedad. Un organismo deinspeccin tipo B puede formar parte de una organizacin usuaria o proveedora.

    Criterio ECA para el Requisito 4.2.3 Organismo de inspeccin Tipo C: Una vez que iniciaoperaciones el organismo de inspeccin, debe evidenciar documentalmente (a travs deregistros) que se proveen los mecanismos de proteccin correspondientes para no ejercer suactividad en objetos de inspeccin, en los cuales haya intervenido en el diseo, manufactura,suministro, instalacin, uso reparacin, construccin, mantenimiento o proveedura del materialo equipo.

    Los Organismos de Inspeccin tipo C son distintos de los de tipo B por las siguientes razones:

    - Un Organismo de inspeccin tipo C no tiene que ser una parte separada de laorganizacin, pero si debe ser identificable dentro de la organizacin.

    - Un Organismo de inspeccin tipo C puede por si misma ser, el diseador, productor,proveedor, instalador, usuario o dar mantenimiento a los elementos iguales o similares a losque inspecciona.

    - Una Organismo de inspeccin tipo C puede ofrecer su servicio de inspeccin en elmercado o a cualquier otra parte y proveer servicio de inspeccin a organizacionesexternas.

    Las inspecciones realizadas por los organismos de inspeccin Tipo C no puedenclasificarse como inspecciones de tercera parte porque no cumplen los requisitos deindependencia de actividades que se establecen para los organismos de inspeccin Tipo A en el Anexo A de la Norma INTE-ISO/IEC 17020. Los organismos de inspeccin TipoC pueden cumplir algunos de los criterios relativos a la independencia respecto a otrosoperadores econmicos y la no participacin en actividades conflictivas y operaciones nodiscriminatorias que caracterizan a los organismos de inspeccin Tipo A y Tipo B. Perosiguen siendo organismos de inspeccin Tipo C en cuanto no cumplan todos los requisitosaplicables a los organismos de inspeccin Tipo A y B.

    Las actividades de diseo, fabricacin, suministro, instalacin, uso y mantenimiento y lainspeccin realizada por un organismo de inspeccin Tipo C no deben recaer en la mismapersona. Pero algunos requisitos reglamentarios u otras exigencias de las autoridadescompetentes pueden permitir que una persona de un organismo de inspeccin Tipo C seencargue tanto del diseo, fabricacin, suministro, instalacin, uso y mantenimiento comode la inspeccin.

    8 CONFIDENCIALIDAD

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    Criterio ECA para el Requisito 6.4: Se deben establecer con mucha claridad las personasque podrn firmar documentacin del Organismo de inspeccin y los mecanismos de controlestablecidos para evitar la emisin de documentos de evaluacin de la conformidad sin ladebida supervisin. (D.6 y D.7).

    El Organismo de inspeccin debe demostrar que est organizado de una manera tal que eltrabajo del personal que realiza inspecciones es supervisado por personal que estfamiliarizado con los objetivos de las inspecciones, con los mtodos y los procedimientosutilizados y las consecuencias de los resultados de la inspeccin. El grado, la naturaleza y elnivel de la supervisin ejercida deben estar conforme a las calificaciones, la experiencia, elentrenamiento, el conocimiento tcnico del personal de inspeccin, del tipo de inspeccin y eltamao de la organizacin.

    Slo podr alegarse una supervisin eficaz de las inspecciones cuando un supervisor puedarevisar, siempre que lo estime necesario, las observaciones reales y las decisiones deinspeccin, o cuando pueda verificar personalmente que las decisiones de inspeccin sonconfiables.

    Las Organizaciones unipersonales solicitantes de acreditacin como Organismos de inspeccinrequieren definir la forma de llevar a cabo su proceso de supervisin.

    La supervisin del personal de inspeccin puede incluir, pero no limitarse a, la revisin regularde los informes de inspeccin para asegurar que stos estn de acuerdo con la legislacin, losprocedimientos correspondientes y si es necesario con las obligaciones contractualesacordadas con el cliente.

    La supervisin del desempeo de las inspecciones debe incluir la testificacin en sitio de lasmismas. El programa de supervisin in situ de las inspecciones debe disearse de tal maneraque se supervise el trabajo de una muestra representativa de inspectores.

    La testificacin la debe realizar personal competente que sea lo suficientemente independienterespecto a la inspeccin para llevarla a cabo de manera objetiva.

    Como mnimo debe supervisarse el trabajo de cada inspector una vez durante el ciclo normalde acreditacin, en cada campo de inspeccin para el que hayan sido autorizados por elOrganismo de inspeccin. Deben mantenerse registros de las inspecciones observadas (Verpunto 12 de la norma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    Criterio ECA para el Requisito 6.5: Se debe establecer documentalmente la(s)designacin(es) de la(s) persona(s) que actua(n) en ausencia de cualquier Gerente Tcnico,considerando los motivos de la designacin (Ver punto 6.6. de la Norma INTE-ISO/IEC17020:2000). El sustituto no tiene, necesariamente, por qu ser un empleado permanente(vase 8.1a) del Organismo de inspeccin; pero debe contar con igual calificacin ycompetencia de quien sustituye.

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    Este punto no es aplicable para Organizaciones unipersonales. En estos casos, la ausencia delas personas claves lleva a detener las actividades de inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 6.6: Se debe establecer el perfil y descripcin del puesto detodo el personal del Organismo de inspeccin, detallndose el mismo para aquella(s)persona(s) que ocupa(n) la Gerencia Tcnica y los que actan en ausencia de cualquiergerente, describiendo el grado de escolaridad, capacitacin y experiencia necesarias paraocupar estos puestos.

    Se debe incluir tanto al personal administrativo como al personal tcnico (inspectores) dentrode los perfiles y descripcin de puesto.

    Estos perfiles se toman tambin en cuenta para la designacin de los sustitutos.

    Se debe presentar evidencia de la evaluacin de la(s) persona(s) que tiene(n) esta(s)responsabilidad(es) (Revisar tambin punto 8.2 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    10 SISTEMA DE LA CALIDAD

    Criterio ECA para el Requisito 7.1: Los objetivos y compromisos con la calidad deben serincluidos en el manual de calidad a travs de una declaracin formal, firmada por la ms altadireccin de la organizacin, expresando el compromiso de la direccin y del personal delOrganismo de inspeccin para proporcionar a los clientes servicios de inspeccin confiables(D.2).

    Criterio ECA para el Requisito 7.2: El Sistema de Gestin debe reflejar la operacin real delOrganismo de inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 7.3: Para una referencia rpida, se recomienda que el Manualde Calidad del Organismo de inspeccin incluya un mecanismo de referencia entre losapartados o secciones del manual de calidad y su cumplimiento con los requisitos de la NormaINTE-ISO/IEC 17020:2000. Para la documentacin del Sistema de Gestin y de losprocedimientos correspondientes, se puede utilizar como referencia la norma INTE-ISO10013:2001: Directrices para la documentacin de sistemas de gestin de calidad (D.1).

    Criterio ECA para el Requisito 7.4: El puesto de Gerente de Calidad o como se le denomine,debe estar claramente identificado en el organigrama. La persona que ocupe este puesto debeestar libre de presiones que puedan afectar la calidad de su trabajo (D.6).

    En Organizaciones unipersonales esta actividad la lleva a cabo el Titular del Organismo deinspeccin.

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    Criterio ECA para el Requisito 7.6: En los casos donde un Organismo de inspeccin sea unOEC multisitios debe cumplir con lo establecido enECA-MC-C02 Criterios generales para laevaluacin y acreditacin de organismos de evaluacin de la conformidad (OEC).

    No es suficiente con una declaracin de que los documentos sern controlados. Debe habermedios claros y autorizados para que todos los empleados identifiquen la versin vigente decualquier documento controlado.

    Si una sola persona no es responsable de todos los documentos tcnicos, debe siempre serposible identificar al individuo que es responsable de la validez tcnica de cualquier documentoespecfico.

    Debe tenerse una lista maestra de documentos actualizada o su equivalente.

    Criterio ECA para el Requisito 7.7: Se debe presentar el(los) procedimiento(s) queestablezca(n) las condiciones bajo las cuales se llevarn a cabo las Auditoras Internas.

    Asimismo, se debe presentar el programa de auditoras internas establecido por el Organismode inspeccin y el perfil que debe cubrir el personal que realizar dichas actividades (D.10).

    Cuando un Organismo de inspeccin tenga ms de un sitio en donde lleven a cabo actividadesde inspeccin, todos los aspectos relacionados con el Sistema de Gestin y todos los sitiosdeben ser auditados internamente. Adems deben cumplir lo establecido en ECA-MC-C02 Criterios generales para la evaluacin y acreditacin de organismos de evaluacin de laconformidad (OEC). Las auditoras internas deben mostrar evidencia de que se da seguimientoa las acciones correctivas generadas a partir de los incumplimientos detectados.

    Cuando una organizacin es unipersonal, se deben considerar auditoras internas realizadaspor personal externo.

    Por regla general, las auditoras internas deben organizarse de tal manera que el Sistema deGestin se examine por lo menos una vez al ao.

    El auditor interno debe conocer al menos la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000 y tambin debeestar capacitado en tcnicas de auditoras de sistemas de gestin.

    Criterio ECA para el Requisito 7.8: Los procedimientos para atender la retroalimentacin y larealizacin de las acciones correctivas deben estar relacionados con el control y supervisindel proceso de inspeccin, atencin de quejas, reclamos y apelaciones, e incumplimientos deauditoras internas y externas (D.11).

    Los procedimientos para la retroalimentacin y acciones correctivas deben contener, pero nolimitarse a:

    - Descripcin de la No Conformidad, retroalimentacin, etc.- Investigacin de la causa.

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    - Descripcin de la correccin, cuando aplique.- Descripcin de la accin correctiva, cuando aplique.- Identificacin del responsable de ejecutar la accin correctiva y/o correccin.- Fecha lmite para la implementacin de la accin correctiva y/o correccin.- Seguimiento del progreso de la accin correctiva y/o correccin.

    Criterio ECA para el Requisito 7.9: Se debe presentar el procedimiento o mecanismo bajo elcual se lleva a cabo la revisin del Sistema de Gestin. Se debe considerar toda la informacinrelevante, como informes del personal supervisor y directivo, la informacin derivada deauditoras internas/externas, supervisin, reclamos, quejas, apelaciones, acciones correctivas ypreventivas, cambios necesarios en el Sistema de Gestin, adecuacin de los recursoshumanos y materiales, planes para el futuro, estimaciones para nuevos trabajos y recursoshumanos adicionales, as como la necesidad de formacin de personal nuevo y existente(D.12).

    La frecuencia de la revisin del Sistema de Gestin debe ser determinada considerando losresultados de las auditoras internas y revisiones previas, tomando como mnimo una vez alao.

    11 PERSONAL

    Criterio ECA para el Requisito 8.1: Se entiende por personal permanente, todo aquel quetenga un acuerdo laboral con el Organismo de inspeccin. Se debe incluir al personal al que sele paga por prestacin de servicios. Debe existir un contrato establecido (Ver requisito 8.6 de laNorma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    La cantidad de personal debe establecerse de acuerdo con la complejidad y frecuencia de lostrabajos de inspeccin.

    En caso de que se contraten personas fsicas que cuenten con la acreditacin comoOrganismo de inspeccin en la(s) norma(s) solicitada(s) por su cliente, stas no podrn ocuparlos puestos de Gerente Tcnico o de sus sustitutos.

    Para los casos en que no se cuente personal de planta, se debe considerar un proceso desubcontratacin de acuerdo con la Seccin 14 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000.

    Se pueden realizar contrataciones de personal por periodos de tiempo previamente definidos.ste personal debe ser supervisado de conformidad con lo establecido en el Criterio ECA parael requisito 6.4 del presente documento.

    El Organismo de inspeccin debe notificar al ECA todos los cambios de personal (altas y bajas)que se presenten durante el periodo en el que se encuentre acreditado.

    Criterio ECA para el Requisito 8.2: Se debe presentar evidencia de la forma como se evalaal personal, de tal manera que se garantice cumplimiento de los perfiles y descripciones de

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    puesto establecidos por el Organismo de inspeccin y, que los mismos, sean relevantes para elorganismo y su actividad.

    Criterio ECA para el Requisito 8.3: La identificacin de las necesidades de capacitacin yentrenamiento de cada persona debe realizarse por lo menos una vez al ao. Estaidentificacin debe dar lugar a los planes documentados para la capacitacin y entrenamientoadicional o una declaracin de que por el momento no se requiere ninguna capacitacin y/oentrenamiento para la persona.

    El propsito de estos registros es el demostrar la competencia de cada miembro del personalque desempea actividades de inspeccin, y cuando sea relevante, la utilizacin del equipoespecfico.

    Los Organismos de inspeccin pueden recurrir a organizaciones externas competentes para laformacin de su personal.

    Criterio ECA para el Requisito 8.5: Las directrices pueden ser en forma de cdigo deconducta, el cual puede incluir aspectos relativos al trabajo tico, imparcialidad, seguridadpersonal, relacin con los clientes, reglamentos de la compaa y otros que aseguren unaconducta apropiada de los miembros del Organismo de inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 8.6: Se debe evidenciar la forma como se remunera alpersonal del Organismo de inspeccin.

    En caso de Organismos unipersonales, la remuneracin del Organismo de inspeccin debesiempre estar detallada en los contratos de prestacin de servicios de inspeccin u rdenes decompra.

    12 INSTALACIONES Y EQUIPO

    Criterio ECA para el Requisito 9.1: Se debe detallar el equipo que utiliza el Organismo deinspeccin para el desarrollo de sus actividades acreditadas o en proceso de acreditacin(D.13)

    - No se requiere que el Organismo de inspeccin sea el propietario de las instalaciones y/o elequipo que utiliza (puede ser alquilado, prestado, bajo contrato de arrendamiento, etc.). Sinembargo, en todos los casos el equipo y las instalaciones deben cumplir con los requisitosde la norma INTE-ISO/IEC 17020:2000, y el organismo de inspeccin es el responsable, sinexcepcin, de que el equipo sea el adecuado, est debidamente calibrado y cumpla con loestablecido en ECA-MC-P20 Poltica de Trazabilidad e Incertidumbre de las mediciones.

    Adems el Organismo de inspeccin debe garantizar instalaciones adecuadas y equiposuficiente para ejecutar sus actividades.

    - El Organismo de inspeccin es responsable del mantenimiento y calibracin del equipo,independientemente de que el Organismo de inspeccin sea el dueo o no.

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    - Se debe contar con un detalle del equipo que utiliza el Organismo de inspeccin para eldesarrollo de sus actividades acreditadas o en proceso de acreditacin en forma de lista uotro mecanismo, incluyendo las caractersticas metrolgicas bsicas y los criterios deconformidad para ser utilizados en las inspecciones.

    - En el caso de que las inspecciones requieran de condiciones ambientales controladas, elOrganismo de inspeccin debe medir y dar seguimiento a dichas condiciones con equipocalibrado, registrar los resultados y tomar nota si las condiciones estn fuera de los lmitesrequeridos para ejecutar la inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 9.2: El equipo y las instalaciones solo deben ser utilizados porpersonal autorizado. En el caso de que cualquier equipo haya salido del control directo o estfuera del control permanente del Organismo de inspeccin, ste debe tomar las medidasnecesarias para comprobar y confirmar su adecuacin para el uso previsto de los equipos(inspeccin visual, pruebas de funcionamiento, comprobaciones y/o re-calibracin). Elprocedimiento de comprobacin debe estar documentado y se deben mantener registros de losresultados. Cuando no se realice esta comprobacin, el informe o certificado de inspeccindebe ser emitido de manera que quede claro que no est cubierto dentro del alcance de laacreditacin y se debe informar al cliente.

    Criterio ECA para el Requisito 9.4: La identificacin debe ser nica para cada equipo. Estoasegura la trazabilidad cuando un equipo es reemplazado.

    Criterio ECA para el Requisito 9.5: El Organismo de inspeccin debe contar conprocedimientos en los que se establezca la forma en cmo se llevar a cabo el mantenimientode los equipos de medicin (D.13).

    Criterio ECA para el Requisito 9.6: El equipo de medicin debe ser calibrado y estar dentrodel programa de calibracin si las mediciones tienen influencia significativa en los resultados dela inspeccin (Ver ECA-MC-P20 Poltica de Trazabilidad e Incertidumbre de las Mediciones).Se debe tomar en consideracin lo indicado en el requisito 9.2, de la Norma INTE-ISO /IEC17020:2000, cuando el equipo no se encuentre de manera permanente dentro del alcance delOrganismo de Inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 9.7: Cumplir lo establecido en ECA-MC-P20 Poltica deTrazabilidad e Incertidumbre de las mediciones.

    Criterio ECA para el Requisito 9.8: Se debe identificar los patrones de medicin de referenciacon que cuente el organismo de inspeccin de manera nica. (Ver Requisito 9.4 de la NormaINTE-ISO/IEC 17020:2000). Estos patrones de medicin de referencia deben ser calibradoscon trazabilidad de acuerdo con ECA-MC-P20 Poltica de Trazabilidad e Incertidumbre de lasmediciones (D.13). Los patrones de referencia pueden ser utilizados tambin paracomprobaciones metrolgicas.

    Criterio ECA para el Requisito 9.9: La pertinencia de las comprobaciones puede tomar encuenta, por ejemplo, el historial de calibraciones del equipo, el uso y traslado del equipo y su

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    uso fuera de las condiciones establecidas por el fabricante, entre otros aspectos. Todos losregistros del mantenimiento, comprobaciones metrolgicas entre re-calibraciones regularesdeben mantenerse y estar disponibles.

    Criterio ECA para el Requisito 9.10: El uso de materiales de referencia debe cumplir con loestablecido en ECA-MC-P20 Poltica de Trazabilidad e Incertidumbre de las mediciones.

    Criterio ECA para el Requisito 9.11: Estos incisos son relevantes para la adquisicin deequipos de medicin, materiales e insumos que incidan en la calidad de los resultados deinspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 9.12: Este requisito aplica a equipo de medicin y suscomponentes, patrones y materiales de referencia o cualquier otro artculo que requiera decondiciones de almacenamiento especficos y que puedan afectar los resultados de lainspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 9.13: Se debe documentar la forma como las computadoras oequipos automatizados son utilizados en el proceso de inspeccin y cmo puede afectar lacalidad de la inspeccin en caso de que se presentaran fallas. Asimismo, se debe documentarlas acciones a tomar en caso de que se presentara alguna falla (D.13).

    En el caso de utilizar programas (software, hojas de clculo), deben ser validados antes de serusados. La validacin puede ser realizada, por ejemplo, a travs de un proceso manual. Elprograma debe estar protegido de alteraciones o modificaciones no autorizadas. Lasalteraciones no autorizadas deben ser prevenidas a travs de un proceso de validacinperidico. Los registros de los programas (versiones, actualizaciones, accesos, etc.) y lavalidacin correspondiente deben ser mantenidos como mnimo un periodo equivalente altiempo de vigencia de la acreditacin. Cuando los registros o parte de ellos son electrnicos, sedebe tener los mecanismos para su respaldo, conservacin y resguardo.

    Los procedimientos deben considerar las acciones a ejecutar en caso de que se presente unafalla que afecte el proceso de inspeccin.

    El software desarrollado internamente debe ser validado respecto a los requisitos de la norma,del cliente y de los mtodos y procedimientos de inspeccin. Las hojas de clculo o bases dedatos deben ser validadas en cuanto a las frmulas y ecuaciones de clculo. Estas validacionesdeben estar documentadas.

    Criterio ECA para el Requisito 9.14: Se debe establecer un plan de accin correctiva en elcaso de que se haya utilizado equipo defectuoso que pueda haber afectado los resultados deinspecciones previas y si se afecta el resultado de la inspeccin se debe informar al cliente. Sedebe detallar la forma como se da solucin a los posibles efectos que se deriven de dichasituacin.

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    13 PROCEDIMIENTOS Y MTODOS DE INSPECCIN

    Criterio ECA para el Requisito 10.1: Los requisitos contra los cuales se evala la conformidadnormalmente se encuentran en reglamentos, regulaciones, normas y especificaciones Lasespecificaciones pueden incluir requisitos del cliente o requisitos del organismo de inspeccin.

    Cuando los mtodos y procedimientos de inspeccin no se definen en reglamentos, normas oespecificaciones, el propio organismo de inspeccin tiene que definir y documentar los mtodosy procedimientos de inspeccin.

    En algunas circunstancias, el cliente del Organismo de inspeccin puede proporcionarinformacin para que ste la tenga en cuenta cuando realice la inspeccin.

    Cuando se utilice informacin de una entidad externa al Organismo de inspeccin paradeterminar la conformidad, el Organismo de Inspeccin debe demostrar que ha tomado lasmedidas para verificar la integridad de dicha informacin. Esto puede incluir informacinprovista por el cliente, un laboratorio de ensayo o calibracin, un organismo de certificacin,entre otros.

    Criterio ECA para el Requisito 10.2: Los procedimientos de inspeccin deben cubrir aquellascarencias del documento normativo que puedan afectar a la calidad de la inspeccin.

    Como mnimo deben incluir la siguiente informacin: Etapas y equipo necesario para lainspeccin, registros de datos, criterios de aceptacin y rechazo, tipo de inspeccin, medidasde seguridad del personal, entre otras.

    Se puede solicitar informacin sobre la capacitacin del personal que realiza la planificacin delmuestreo, la inspeccin y la interpretacin de los resultados, incluyendo la capacitacin en lastcnicas estadsticas que sean necesarias.

    Criterio ECA para el Requisito 10.3: Para los mtodos no normalizados, se debe demostrar laadecuacin mediante una validacin que asegure su efectividad (Estadsticas, ensayos, etc.).stos documentos deben estar autorizados por el responsable tcnico del Organismo deinspeccin.

    Los procedimientos de inspeccin deben contener toda la informacin necesaria paragarantizar la correcta realizacin de la inspeccin y su repetibilidad.

    Cuando el organismo de inspeccin utilice procedimientos internos de muestreo, stos debenser lo suficientemente detallados como para permitir realizar dicha actividad de formasatisfactoria incluyendo informacin sobre:

    - Productos o materiales a muestrear.- Plan de muestreo.- Criterios de aceptacin y rechazo.

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    - Tcnicas estadsticas para la seleccin y validez de la muestra.- Equipo necesario y detalles de su calibracin y mantenimiento antes de su uso.- Condiciones ambientales durante el muestreo.- Sistema de almacenamiento y transporte para asegurar la integridad de las muestras.- Identificacin de las muestras.

    Criterio ECA para el Requisito 10.4: El cumplimiento de este punto debe estar de acuerdocon lo establecido en el punto 7.6 de la norma INTE-ISO/IEC 17020:2000. Debe garantizarseque el personal tenga la posibilidad de consulta de la documentacin necesaria para laejecucin de la inspeccin, particularmente si se realiza en sitio.

    Criterio ECA para el Requisito 10.5: Para rdenes de trabajos rutinarios o repetidos se puederealizar una revisin simplificada que puede incluir consideraciones de tiempo y recursoshumanos que puede ser aceptada y firmada por una persona adecuadamente autorizada por elcliente.

    Cada contrato u orden de trabajo debe ser revisado por el Organismo de inspeccin con lafinalidad de asegurar que:

    - Los requisitos del cliente estn adecuadamente definidos, documentados y soncomprendidos.

    - Se tiene la capacidad de cubrir los requisitos de los clientes.- Las condiciones del contrato han sido aceptadas.- Se han identificado necesidades especiales de equipo.- Se han identificado necesidades de entrenamiento del personal.- Se han identificado requisitos legales o reglamentarios.- Identificacin de las condiciones de seguridad.- Identificacin de necesidad de subcontratacin.- Identificacin de documentacin necesaria para la realizacin del trabajo.- El contrato final u orden de trabajo aceptado por el organismo de inspeccin de acuerdo

    con la versin original que haya sido revisada.

    Los registros de la revisin del contrato deben ser conservados.

    En situaciones en que los acuerdos verbales se consideren aceptables, el Organismo deinspeccin debe mantener un registro de todos los pedidos e instrucciones recibidas de maneraverbal, las fechas y la identidad del representante del cliente.

    Criterio ECA para el Requisito 10.6 Las observaciones y datos obtenidos durante lasinspecciones, se deben registrar en el momento en que se efectan. El tiempo de retencin delos registros debe ser como mnimo un periodo equivalente al tiempo de vigencia de laacreditacin. Las hojas de trabajo y notas utilizadas para registrar las observaciones durantelas inspecciones se deben mantener como referencia.

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    Criterio ECA para el Requisito 10.7: Los puntos de supervisin deben ser identificados en losprocedimientos operativos. El nivel de supervisin debe estar claro (por ejemplo: revisin al100%, por consistencia tcnica, o aleatoriamente).

    Debe proveerse informacin suficiente de que la supervisin se ha llevado a cabo (Estaevidencia incluir a quien realiza la supervisin y en qu fecha.

    En caso de que la supervisin se lleve a cabo por muestreo, debe justificarse el mtodoutilizado para la determinacin del tamao de muestra (Ver punto 11 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    Criterio ECA para el Requisito 10.8: Este punto se refiere a la realizacin de las actividadesde inspeccin de manera segura. Estas instrucciones deben incluir procedimientos para laseguridad del personal y, cuando sea apropiado, del ambiente circundante.

    14 MANIPULACIN DE LOS ITEM Y MUESTRAS DE INSPECCIN

    Criterio ECA para el Requisito 11.1: El sistema de identificacin de tem a inspeccionarimplantado por el organismo debe asegurar, sin ninguna posible confusin, la rastreabilidadentre la muestra primaria, las posibles submuestras tomadas a partir de ella (cuando seaaplicable) y el lote muestreado.

    Asimismo, el Organismo de inspeccin debe conservar registros de la identificacin de losobjetos a ser inspeccionados y prevenir la confusin de los tems incluyendo los que semantengan almacenados.

    Criterio ECA para el Requisito 11.4: Se debe contar con registros de que se mantienen lascondiciones adecuadas para evitar el deterioro o dao de los tems de inspeccin.

    15 REGISTROS

    Criterio ECA para el Requisito 12.1: El sistema debe establecer claramente la forma cmo seadministran, resguardan y protegen los registros que se generan de la operacin tcnica delOrganismo de inspeccin, por ejemplo: Instrucciones del cliente, revisin de trabajo, detalles delos elementos inspeccionados, y en los casos en que aplique: los detalles de las condicionesambientales, informacin proporcionada por el cliente, quin efectu la inspeccin, equipousado, etc.

    Se debe considerar la forma de administrar, resguardar y proteger los registros que sonsolicitados en toda la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000.

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    Criterio ECA para el Requisito 12.2: Se debe garantizar la rastreabilidad entre los resultadosde la inspeccin y los registros de datos y los utilizados en la evaluacin y determinacin de losresultados.

    Criterio ECA para el Requisito 12.3: Se deben conservar todos los registros por un periodomnimo equivalente al periodo de vigencia de la acreditacin.

    16 INFORMES DE INSPECCIN Y CERTIFICADOS DE INSPECCIN

    Criterio ECA para el Requisito 13.1: El Organismo de inspeccin debe mantenerdocumentacin adicional respecto a la ejecucin de la inspeccin cuando esta informacin noaparezca en el informe o certificado de inspeccin pero sea relevante para la demostracin deltrabajo realizado. Debe ser posible asegurar la rastreabilidad de dicha documentacin alinforme o certificado de inspeccin.

    Criterio ECA para el Requisito 13.2: Los resultados de etapas del proceso de inspeccin quese hayan realizado por subcontratistas deben ser claramente indicados, haciendo referencia alo a los documentos bajo los cuales se sustentan los resultados de su actuacin.

    Cuando la inspeccin es para propsitos legales, las autoridades pueden solicitar requisitosespeciales sobre el informe de los resultados de la inspeccin.

    An cuando el cliente no requiera un informe o certificado detallado, el Organismo deinspeccin debe mantener los registros de la inspeccin con toda la informacin que requiere laclusula.

    El Organismo de inspeccin puede emitir informes y/o certificados donde se indique el estadode la acreditacin para las actividades descritas en el alcance de la acreditacin siguiendo loestablecido en ECA-MC-P18 Poltica para Uso de marca y smbolo de acreditacin.

    Criterio ECA para el Requisito 13.3: Debe ser posible identificar a la persona o personasresponsables de la emisin del informe o certificado de inspeccin (Ver puntos 6.3, 6.4 y 6.5 dela Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    A manera de ejemplo, otra forma de aprobacin puede ser por medio de un dispositivoelectrnico seguro o por un sello o por otro medio. En cualquier caso, el Organismo deinspeccin debe demostrar que el acceso y el uso de dicha autorizacin estn controlados demanera estricta.

    Criterio ECA para el Requisito 13.4: Las modificaciones a un informe despus de su emisindeben ser realizadas solamente en la forma de un nuevo documento que incluya la declaracinSuplemento al informe/certificado o una forma equivalente de redaccin. Dichascorrecciones deben cumplir con todos los requisitos de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000.Cuando sea necesario emitir un nuevo informe/certificado completo este debe serunvocamente identificado y debe contener una referencia al original que reemplaza.

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    17 SUBCONTRATACIN

    Criterio ECA para el Requisito 14.1: El Organismo de inspeccin, puede subcontratar losservicios de inspeccin dentro del alcance de la acreditacin, cuando por ejemplo: unasituacin imprevista o sobrecarga de trabajo, el personal clave est incapacitado, o lasinstalaciones y equipos se encuentren temporalmente incapacitados para su uso.

    A pesar de que los subcontratistas realicen cualquier tipo de trabajo que forme parte de lainspeccin, el Organismo de inspeccin es el responsable de la determinacin de laconformidad del elemento a ser inspeccionado.

    Criterio ECA para el Requisito 14.2: Es necesario presentar evidencia de la forma como hansido evaluados los subcontratistas del Organismo de inspeccin, as como tambin, se debenotificar al cliente el nombre del (de los) subcontratista(s), para que sea(n) aceptado(s) por elcliente.

    La competencia del subcontratado puede ser demostrada por cualquiera de las siguientesformas:

    - Que posea acreditacin en la norma INTE-ISO/IEC 17020:2000 en las inspeccionescorrespondientes junto con evidencia de los informes y/o certificados de inspeccin.

    - Que posea de la acreditacin en la norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 para los ensayosrelevantes relacionados con la inspeccin.

    - Evaluacin de la competencia del subcontratado por el mismo organismo de inspeccin.Cuando la evaluacin de la competencia del subcontratado la realiza el mismo Organismode inspeccin, se debe demostrar que el equipo de evaluacin es tcnicamente competentey conoce la norma INTE-ISO/IEC 17020:2000 y/o INTE-ISO/IEC 17025:2005.

    Cuando el Organismo de inspeccin contrata a individuos o empleados de otras organizacionespara suministrar recursos adicionales o experiencia, los individuos no se consideran comosubcontratados a menos que ellos sean formalmente subcontratados para operar bajo elSistema de Gestin del Organismo de inspeccin y deben tener el entrenamiento y registrosequivalentes al de los empleados permanentes (Ver clusula 8.1 de la Norma INTE-ISO/IEC17020:2000).

    Criterio ECA para el Requisito 14.3: Este punto deber cumplir con lo establecido en elrequisito 12 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000 (D.13).

    Si la competencia del subcontratado se basa parcial o totalmente en su acreditacin, el alcancede la acreditacin debe cubrir las actividades subcontratadas y el Organismo de inspeccindebe contar con los registros disponibles que muestren la revisin del estado delsubcontratado.

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    Si las organizaciones subcontratadas no estn acreditadas en las normas correspondientespara las actividades a subcontratar, el Organismo de inspeccin debe proporcionar evidenciaadecuada de la competencia del subcontratado, por ejemplo: registros de desempeo delpersonal calificado.

    Criterio ECA para el Requisito 14.4: En los casos en que se tenga una actividad cuyaespecializacin requiera de la subcontratacin de esa parte dentro del proceso de inspeccin,el Organismo de inspeccin debe contar con personal que pueda evaluar los resultadosemitidos por los subcontratistas correspondientes.

    18 RECLAMOS Y APELACIONES

    Criterio ECA para el Requisito 15.1: Los reclamos pueden incluir la retroalimentacin porparte de clientes insatisfechos, reguladores, accionistas o cualquier otra parte.

    Los motivos de reclamo pueden ser analizados como parte de la revisin de la direccin, paraque todas las causas puedan ser identificadas y se tomen las debidas acciones para minimizaro prevenir tales reclamos en el futuro (Ver clusula 7.9 Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000).

    Criterio ECA para el Requisito 15.3: El cumplimiento de este punto debe estar de acuerdocon lo establecido en el requisito 12 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000.

    19 COOPERACIN

    Criterio ECA para el Requisito 16: Se debe indicar si se participa o no en procesos denormalizacin o si se lleva a cabo el intercambio de experiencia con otros Organismos deinspeccin.

    20 IDENTIFICACIN DE CAMBIOS

    Motivo: Modificacin de documento

    Apartado / Inciso Pginas Cambio(s)

    7 8 Se agregan los prrafos 11 y 12 de este incisoObservaciones:

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    21 ANEXOS

    Elementos para ser considerados en los informes y/o certificados de inspeccin:

    Nota: Los elementos de los informes o certificados de inspeccin que son obligatorios para elcumplimiento de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000 estn marcados con (*).

    1. Designacin del documento, por ejemplo como un informe de inspeccin o certificado deinspeccin, segn sea lo apropiado. (*)

    2. Identificacin del documento, por ejemplo fecha de emisine identificacin nica . (*)

    3. Identificacin del Organismo de inspeccin emisor. (*)

    4. Identificacin del cliente. (*)5. Descripcin de la orden de trabajo emitida. (*)

    6. Fecha(s) de inspeccin. (*)

    7. Identificacin del objeto inspeccionado y cuando sea aplicable, identificacin de loscomponentes especficos que han sido inspeccionados y la identificacin de lasinstalaciones donde se han aplicado los mtodos. (*)

    8. Informacin sobre lo que se ha omitido del alcance original del trabajo. (*)

    9. Identificacin o breve descripcin del mtodo y procedimiento utilizados, mencin de lasdesviaciones, adiciones, exclusiones de los mtodos y procedimientos acordados. (*)

    10. Identificacin del equipo utilizado para la medicin/ensayo.

    11. Donde sea aplicable, y si no est especificado en el mtodo o procedimiento de inspeccin,mencionar la referencia o descripcin del mtodo de muestreo y la informacin de dnde,cundo y quines tomaron las muestras.

    12. Si alguna parte del trabajo de inspeccin fue subcontratada, se deben identificar claramenteestos resultados. (*)

    13. Informacin donde se realiz la inspeccin.

    14. Informacin de las condiciones ambientales durante la inspeccin, si es relevante.

    15. Los resultados de la inspeccin incluyen una declaracin de conformidad y cualquierdefecto u otras no-conformidades encontradas (los resultados pueden ser soportados portablas, grficas, bosquejos y fotografas). (*)

  • 7/22/2019 Norma 17020 V02

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    CRITERIOS PARA LA EVALUACIN DE LA NORMAINTE-ISO/IEC 17020:2000

    Cdigo N :ECA-MC-C03

    Pginas:24 de 24

    Fecha emisin:11.04.2007

    Versin:01

    Prohibida la reproduccin parcial o total de este documento sin previa autorizacin del Gerente del ECA.

    16. Una declaracin de que los resultados de la inspeccin se relacionan exclusivamente con laorden de trabajo, objetos o lote inspeccionado.

    17. Una declaracin de que el informe de inspeccin no se reproducir sin omitir nada, sin laaprobacin del Organismo de inspeccin y el cliente.

    18. Nombre (o identificacin) de los miembros del personal que hayan realizado la inspeccin(Ver punto 13.3 de la Norma INTE-ISO/IEC 17020:2000. (*)