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Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil R.B.D: 10.751-4 Av. Miraflores 173, Malloco Fono: 228140586 NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL MUNICIPALIZADO REPÚBLICA DE BRASIL RBD: 10.751-4

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Page 1: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil R.B.D: 10.751-4 Av. Miraflores 173, Malloco Fono: 228140586

NORMAS DE CONVIVENCIA

LICEO COMERCIAL MUNICIPALIZADO REPÚBLICA DE BRASIL

RBD: 10.751-4

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Fundamentación

En toda sociedad la convivencia, la disciplina y el respeto son elementos imprescindibles para que ésta

alcance sus objetivos y metas establecidas. El Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil, entendido

como una comunidad pluriestamental, no se excluye de esta aseveración, y, por lo tanto, considera

indispensable establecer condiciones de tranquilidad, orden, tolerancia y empatía que favorezcan un

aprendizaje comprensivo e inclusivo y, en definitiva, una educación de calidad. Al interior de nuestro

establecimiento se busca que todos sus integrantes se sientan cómodos y aceptados. Reconoce, además, de

modo preferencial en el conjunto de estudiantes, a personas dotadas de competencias que les estimula a

enfrentar los desafíos propios del aprendizaje.

Considerando que en el contexto del moderno curriculum se busca no sólo el aprendizaje de

contenidos conceptuales, sino que, también, procedimentales y actitudinales, el “aprender a convivir” está

llamado a ocupar un lugar central entre los objetivos de un establecimiento educacional. Así contribuye a

generar un ambiente favorable al aprendizaje e incide significativamente en el desarrollo ético, socio-afectivo

e intelectual de los estudiantes.

Educar en convivencia es educarse mutua y recíprocamente en valores, los cuales deben ser asumidos

y puestos en práctica por todos los miembros de la comunidad educativa. Sobre todo, por quienes

desempeñan el rol de educadores (padres y profesores) siendo el ejemplo a seguir por todos los estudiantes,

que, por estar formándose, están llamados a manifestar su aprendizaje con actitudes concretas. Unos y otros

deben manifestar disciplina, entendida esta como una disposición creciente a velar por una convivencia

democrática, participativa y que haga de la solución pacífica de las controversias su mecanismo favorito.

Entonces, se promueve un enfoque formativo para alcanzar una convivencia, es decir para vivir con otro y no

para evitar una determinada sanción.

Si bien todos los integrantes de esta comunidad educativa han de vivenciar en todo momento la

disciplina en los términos ya referidos, son los estudiantes –protagonistas centrales del aprendizaje- quienes

están llamados a comprender y manifestar en todo momento que al renunciar a parte de su libertad

contribuyen a un objetivo superior, cual es el bien de toda la comunidad escolar. Los estudiantes al tomar

consciencia de tal necesidad transitarán de manera gradual de un estado de heteronomía a otro de

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autonomía. En consecuencia, es un ejercicio de alcanzar creciente responsabilidad y de comprender que todo

derecho conlleva un deber, fomentando el respeto mutuo por la educación.

Las Normas de Convivencia, en consecuencia, cumple la función orientadora y articuladora del

conjunto de acciones que los integrantes de los diversos estamentos están llamados a emprender a favor de la

formación y el ejercicio de valores propios del Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil.

Nuestro Liceo, por ser Técnico-Profesional, tiene el mandato legal de formar personas capaces de

desenvolverse en los más variados ámbitos –muy en particular en lo laboral- constituyéndose así en la

principal fortaleza de aprendizaje en nuestros estudiantes.

A continuación, se presentan algunos de los principales cuerpos legales que sustentan la convivencia escolar y

el presente reglamento interno:

• Declaración Universal de los Derechos Humanos: la constitución política de Chile reconoce y ratifica en

su artículo 5° esta declaración, estableciendo que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación

el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana”.

• Declaración de los derechos del niño y la niña: que se rige por cuatro principios fundamentales; la NO

discriminación, el interés superior del niño, su supervivencia, desarrollo y protección y su participación

en las decisiones que los afectan.

• Ley N° 20.370 general de educación y sus modificaciones, contenidas en la ley N°20.536 sobre

violencia escolar: esta ley constituye el cuerpo legal regulatorio de todo sistema escolar. Para esta ley,

“la educación tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, efectivo, intelectual,

artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimiento y destreza.”

• La ley N° 20.536 sobre violencia escolar: se enmarca en estrategias de promoción de la buena

convivencia escolar y de prevención de la violencia escolar, estableciendo un plan de gestión y

protocolos de actuación ante situaciones de violencia. (ver anexos)

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• Les N° 20.609 contra la discriminación: busca resguardar el derecho de las personas a no sufrir ningún

tipo de exclusión.

• Ley N° 19.284 de integración social de personas con discapacidad: establece indicaciones sobre la

integración de personas con discapacidad.

• Ley N° 20.845 de inclusión escolar: prohíbe toda forma de discriminación arbitraria, permite sanciones

disciplinarias solo si están contenidas en el reglamento interno, establece un plan de apoyo a la

inclusión para fomentar la buena convivencia.

OBJETIVOS:

• Otorgar un marco regulatorio a los problemas de convivencia en la comunidad educativa del Liceo

Comercial Municipalizado República de Brasil.

• Orientar el comportamiento de los diversos actores que conforman la comunidad educativa, a través

de la definición de los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y

procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia.

• Definir sanciones y medidas reparatorias, proporcionales y ajustadas a derecho, susceptibles de

aplicar.

ASPECTOS GENERALES:

• El Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil es una institución de Enseñanza Media Técnico

Profesional de régimen diurno, adscrito al Departamento de Educación de la I. Municipalidad de

Peñaflor.

• Director: Sr. Ricardo Contador Sandoval

• Inspector General: Sr. Ricardo Contador Sandoval

• Jefe de UTP: Sr. Luis Borquez López

• Orientadores: Sra. Cecilia Esparza Mora y Sr. Guido Valdés Rojas.

• Encargado de Convivencia Escolar: Sra. Francisco Vergara Macaya

• Especialidades que imparte: Administración (menciones de Logística y Recursos Humanos) y

Contabilidad.

• Domicilio: Av. Miraflores 173, Malloco

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• Fono: 228140586

• Matrícula 2018: 213

• Horario de clases: días lunes, martes, miércoles y jueves, de 8:30 hrs. a 16:30 hrs. Día viernes de 8:30

hrs a 14:00 hrs.

En la elaboración de este reglamento hubo una activa participación de todos los estamentos de nuestro liceo:

• Equipo Directivo

• Equipo de Convivencia

• Cuerpo Docente

• Asistentes de la Educación

• Centro General de Padres y Apoderados

• Centro de Estudiantes

• Dupla Psicosocial

• Equipo PIE

➢ DERECHOS Y DEBERES DE LOS/LAS ESTUDIANTES.

• DERECHOS DE LOS/LAS ESTUDIANTES

El Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil tiene en todo momento presente que la Educación es un

Derecho Humano reconocido por la Constitución Política de la República y diversos acuerdos internacionales.

Siendo así, es necesario que al interior del establecimiento se contribuya a crear las condiciones para este

pueda hacerse efectivo y que los/las estudiantes como sujetos del derecho lo ejerzan con hechos concretos.

Teniendo presente lo anterior, cada uno de los/las estudiantes de nuestro establecimiento, tienen los

siguientes derechos:

1. El respeto a su dignidad personal, que implica la protección a su integridad física y psicológica, en

conformidad a la ley 20.536 año 2011 que trata el tema de la violencia en los establecimientos

educacionales, sin discriminación de sexo, genero, etnia, condición social y/o credo religioso por toda

persona que forme parte de la comunidad educativa.

2. Recibir una educación integral, de calidad y excelencia, que favorezca su desarrollo intelectual,

profesional, moral y social.

3. Manifestar con respeto sus inquietudes y discrepancias, respecto a temas y decisiones que les/las

afecten.

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4. Participar en igualdad de condiciones, frente a sus compañeros/as, cuando se trate de acceder a todos

los servicios educativos ofrecidos por el establecimiento, como, por ejemplo: campeonatos deportivos,

clases, talleres, etc.

5. Ser reconocido/a y estimulado/a por las conductas positivas logradas en su desempeño escolar, como

por ejemplo anotaciones positivas en el libro de clase.

6. Participar del proceso de enseñanza – aprendizaje, aun teniendo dificultades de aprendizaje, en

conformidad a la ley de Integración 20.201 año 2001 sobre estudiantes con necesidades especiales

permanentes y transitorias.

7. Ser Evaluado/a, cuando sea pertinente, a través de adecuaciones curriculares de acuerdo al decreto

911 inciso 2, y recibir apoyo pedagógico y psicopedagógico necesario, realizados por Equipo PIE, para

que logre los aprendizajes correspondientes

8. Disfrutar de un ambiente sano, limpio, cómodo y seguro para realizar sus trabajos escolares, donde

prevalezca el respeto mutuo entre todos los/las integrantes de la comunidad escolar.

9. Ser informados/as acerca de los principios y normas que regulan la vida escolar, como de los

instrumentos donde se plasman unos y otras: el “Proyecto Educativo Institucional”(PEI), el

“Reglamento Interno”, los “Planes y Programas de Estudios”, “Reglamento de Evaluación y Promoción

Escolar”, “Normas de Seguridad y Prevención de Riesgo”, etc.

10. Recibir de parte de los/las profesores/as una educación pertinente con su realidad y entorno próximo,

conociendo los objetivos que se proponen lograr c/u de ellos/as en cada subsector y/o determinada

unidad.

11. Conocer el resultado de sus evaluaciones en el plazo definido por el “Reglamento de Evaluación”

12. Ser escuchados/as y recibir respuestas, individualmente o en grupo, en cada una de las instancias de

interacción con profesores/as, asistentes de la educación u otros integrantes del personal del

establecimiento.

13. Participar de las actividades extra programáticas del Liceo.

14. Conocer el decreto 50 (2006) del Mineduc, que regula la organización y funcionamiento del Centro de

Estudiantes.

15. Elegir y ser electos como representantes del Centro General de Estudiantes y como miembros de las

directivas internas de cada curso, manteniendo el ejercicio de los principios de la democracia.

Participar en la Constitución del Consejo Escolar en representación de sus pares.

16. Ser considerados como un ser perfectible y con voluntad de cambio y recibir apoyo en sus esfuerzos

evidentes para rectificar sus errores.

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17. Derecho al debido proceso de evaluación de sus faltas, como asimismo el derecho de apelación o el de

expresar ante la Dirección del establecimiento, en compañía de su apoderado, su opinión y/o descargo

personal, ante situaciones de conducta personal indebida que le afecte y cuyo caso se encuentre en

estudio disciplinario.

18. Utilizar todos los recursos de infraestructura de que dispone el Establecimiento, tales como biblioteca,

laboratorio de informática, etc., y que contribuyen a su formación.

19. Ser atendido/a por medio del seguro escolar en caso de accidente, el que podría ocurrir dentro del

liceo, en el camino de ida al establecimiento, de regreso a su domicilio o en las actividades oficiales

programadas fuera del liceo.

• DEBERES DE LOS/LAS ESTUDIANTES: 1. Respetar la integridad moral y física de todos y cada uno de los integrantes que conforman la

comunidad educativa, dando así cumplimiento a la ley 20.536 de 2011 que trata el tema de Bullying

(violencia escolar) o acoso escolar.

2. Asistir diariamente a clases cumpliendo puntualmente con los horarios y responsabilidades

establecidas.

3. Respetar a las autoridades Directivas, Profesores, Asistentes de la educación, grupos de pares y

además miembros de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del establecimiento.

4. Respetar a sus compañeros y compañeras, tratándolos de manera cordial y deferente y evitando todo

tipo de discriminación por sexo, género, etnia, condición social, condición económica y/o credo

religioso.

5. Conocer y respetar el Proyecto Educativo del establecimiento aportando responsablemente al

cumplimiento de los objetivos de éste, como así mismo conocer las disposiciones incluidas en las

“Normas de Convivencia” del establecimiento, velando por su cumplimiento.

6. Demostrar un trato cortes y un lenguaje respetuoso en su comunicación con c/u de los/las integrantes

de la comunidad educativa.

7. Tener una actitud de respeto y seriedad durante el desarrollo de actos cívicos, ceremonias y actos

oficiales del establecimiento y, por sobre todo, dentro de la sala de clases al momento en que el/la

docente se encuentra desarrollando algún contenido.

8. Velar permanentemente por el prestigio del establecimiento actuando con responsabilidad en

situaciones en que represente, de manera oficial o no, al establecimiento.

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9. Cumplir con todas las instancias de evaluación; debiendo justificar su inasistencia mediante la

presentación de certificado médico o presentación del apoderado.

10. Mantener un buen cuidado y presentación personal, llevando adecuadamente el uniforme que posee

el Establecimiento.

11. Demostrar honestidad en relación con la propiedad ajena y en sus deberes y evaluaciones escolares.

12. Resguardar la integridad de documentos oficiales tales como los libros de clases, actas, certificados de

estudios, informes y pruebas de asignaturas.

13. Cuidar el mobiliario, los equipos computacionales, el material didáctico, los libros de biblioteca, los

materiales de laboratorio, como, asimismo, puertas, ventanas y escritorios. En caso de deterioro el/la

estudiante se hará responsable.

14. Mantener el aseo de la sala de clases, laboratorio, patio, baños, casino, pasillos, usando los basureros

respectivos.

15. El/La estudiante deberá atender y participar activamente en el desarrollo de las actividades

académicas, resguardando el proceso de enseñanza-aprendizaje y la relación pedagógica.

16. El/La estudiante deberá asumir las consecuencias de alguna falta –académica o de conducta- que se

encuentren estipuladas en el “Reglamento de Convivencia”. La medida que se considere deberá estar

en éste y se aplicará luego de escuchar los descargos que pudiere hacer el/la estudiante.

➢ PRESENTACIÓN PERSONAL. Conforme al acuerdo generado por Consejo Escolar del establecimiento, se sugiere que los estudiantes usen

uniforme completo y/o el buzo cuando corresponda, los que deben lucir siempre limpios y ordenados durante

la permanencia dentro del establecimiento y en las actividades externas.

• Primeros a Terceros Medios:

DAMAS: falda azul marino o jumper (con un largo de 5 cm. sobre la curva de la rodilla), blusa blanca o

polera del liceo, calceta azul marino, pantys azul marino, zapato negro, chaleco y/o chaqueta y/o parca

azul marino o negro. No obstante, lo anterior, las estudiantes podrán usar pantalón entre los meses de

mayo y septiembre. Sólo se aceptan pantalones color azul marino o negro y de corte recto.

Las bufandas, gorros, cuellos, guantes, coles y trabas deben ser de color azul marino o negro.

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VARONES: parca, vestón o chaleco azul marino o negro, camisa blanca o polera blanca del liceo,

pantalón gris y zapatos negros. Mochila y bolso azul marino o negro.

Situaciones especiales:

o Día de Educación Física: buzo del Liceo, Polera del Liceo, Zapatillas Blancas.

o Presentaciones de trabajo o exposiciones: se usará sólo traje similar al uniforme de los 4°

Medios Técnico Profesionales, si el/la docente lo solicita e incorpora en la pauta de evaluación

de la actividad.

• Cuartos Medios:

DAMAS: deben utilizar traje de un color obscuro. El corte de la chaqueta será clásico y la falda recta

con corte atrás, pantalón corte recto. Su largo será el mismo estipulado para el uniforme general, blusa

blanca, zapato reina, taco medio negro, panty color piel, sin diseño.

La blusa blanca deberá usarse todos los días lunes y en los actos oficiales, dentro y fuera del liceo.

Abrigo o parca del color del traje.

VARONES: terno color obscuro, camisa blanca, zapato negro, calcetín oscuro. Abrigo o parca del color

del traje.

No obstante, lo arriba señalado, damas y varones podrán usar una blusa o camisa alternativa, de un

color determinado por el curso en conjunto a su profesor jefe, según corresponda.

Damas y varones usarán abrigo o parca del color del traje.

En caso de que el estudiante y su familia se vean imposibilitados económicamente de cumplir con la

utilización del uniforme escolar de 1º a 3º medio y traje en 4º medio, deberá derivarse el caso a la

trabajadora social para evaluación y posterior ayuda a través de redes de apoyo.

CONSIDERACIONES ESPECIALES:

• En época de invierno se permitirá el uso de cuello, gorro, guantes y bufandas solo color azul marino o

negro.

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• Los/as estudiantes no deberán usar accesorios llamativos (aros, pulseras, cadenas, expansiones,

pircing) u otros a la moda.

• Queda prohibido traer accesorios electrónicos tales como: celulares, computadores, audífonos, a no

ser que sean ocupados como recurso de apoyo en las actividades de aula. Además, queda

estrictamente prohíbo traer al establecimiento alisadoras, secadoras de pelo y, en general, accesorios

que no tengan relación con los deberes académicos. El extravío o pérdida de artículos de valor es

responsabilidad de quien los porte y no del Liceo.

• Los varones deben usar el cabello corto. Deben asistir a clases afeitados a excepción de justificaciones

médicas.

ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Asistencia

De acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Educación para que los/las estudiantes sean

promovidos deberán asistir a lo menos un 85% de los días lectivos estipulados por calendario escolar.

No obstante, por razones de salud u otras causales cada inasistencia deberá ser justificada. El Director

del establecimiento podrá autorizar la promoción de estudiantes de 1° a 4° medio con un porcentaje

menor, teniendo en consideración el caso social de éstos.

En caso de enfermedades leves o situaciones imprevistas, se requerirá la justificación escrita por parte

del apoderado, la que debe ser presentada en un plazo no mayor a 48 horas, en inspectoría general,

profesor jefe correspondiente o profesor de asignatura. En caso de enfermedad prolongada, deberá

presentar certificado médico dentro del mismo plazo establecido.

Si el/la estudiantes debe retirarse del liceo por razones médicas, familiares u otros motivos, el

apoderado oficial o suplente, deberá retirarlo personalmente firmando el registro de salida. De no

poder asistir deberá comunicar telefónicamente el nombre de la persona que retirará al estudiante, el

cual debe ser mayor de edad, presentarse con cédula de identidad y estar previamente registrado en la

“Ficha de Matrícula del Estudiante”.

En los casos en que la inasistencia sea reiterada y no exista ningún tipo de justificación se procederá a

utilizar el protocolo de ausentismo e inasistencias estipulados en el presente reglamento interno.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS/LAS APODERADOS/AS.

DERECHOS DE LOS/LAS APODERADOS/AS:

1. Conocer el Proyecto Educacional Institucional del Establecimiento (PEI). Cada Apoderado/a tendrá

copia de éste y pueda así analizarlo.

2. Ser escuchado/a y recibir un trato respetuoso y cordial de parte de todo el personal del

establecimiento.

3. Informarse del avance en el proceso de enseñanza-aprendizaje de su/s pupilo(s)/a(s)

4. Ser atendido/a –previa solicitud de entrevista- con el debido respeto, por Dirección, Profesores o el Dupla Psicosocial.

5. Ser atendido por el Profesor o Profesora Jefe u otro docente en el horario de atención a apoderados/as

que será comunicado al inicio del año escolar.

6. Recibir de parte del Establecimiento y/o Profesor Jefe la información requerida de la situación de su

pupilo(a).

7. Plantear respetuosa y responsablemente, dudas, inquietudes y sugerencias, las cuales serán atendidas

por la entidad que corresponda.

8. Recibir los resultados de la formación integral de su pupilo/a (desarrollo personal).

9. Elegir y ser elegido como miembro directivo en los Sub Centros de Padres de cada curso y/o de la

Directiva General del Centro de Padres y Apoderados, según sus estatutos.

10. Consultar respetuosamente sobre las evaluaciones, comportamiento, sanciones, confort o trato

recibido por su pupilos/as.

11. Demandar una formación de calidad para su pupilo/a acorde con los lineamientos trazados por el

Ministerio de Educación y la formación Técnica Profesional.

12. Presentar reclamos y apelaciones ante Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, en forma escrita por

conductas contrarias a la sana convivencia escolar de cualquiera de los funcionarios del

establecimiento educacional, recibiendo una respuesta en un plazo no mayor a una semana por parte

de Dirección.

DEBERES DE LOS/LAS APODERADOS/AS:

1. Ser mayor de 18 años, tanto el Apoderado Titular como el suplente.

2. Estar en contacto con su pupilo/a y tener registrada su firma y Rut en la “Ficha de Matrícula” y “Libreta

de Comunicaciones”.

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3. Al momento de matricular a su pupilo/a debe presentar la documentación médica necesaria para

acreditar el estado de salud del mismo o misma. En caso de padecer alguna discapacidad del

aprendizaje, para ser parte del Proyecto de Integración del Establecimiento.

4. Comprometerse con el modelo de educación Técnico Profesional, impartido y declarado en el

“Proyecto Educativo Institucional” (P.E.I).

5. Cumplir con los compromisos contraídos con el establecimiento.

6. Cumplir, en lo que le atañe, con lo estipulado en el “Reglamento Interno y de Convivencia Escolar del

Establecimiento”.

7. Identificar al establecimiento como algo propio y, por tanto, apreciarlo y respetarlo.

8. Asistir a toda las reuniones ordinarias y extraordinarias programadas por el Sub Centro de Padres del

curso correspondiente y/o de la Directiva General del Centro de Padres y Apoderados.

9. Velar porque su pupilo/a respete y cumpla las obligaciones y deberes que tiene como estudiante del

establecimiento conforme lo establecen las “Normas de Convivencia”.

10. Supervisar permanentemente el trabajo escolar de su pupilo/a.

11. Velar por el correcto uso del uniforme de su pupilo/a.

12. Velar por la asistencia y puntualidad diaria de su pupilo/a.

13. Supervisar que su pupilo/a haga un buen uso de los textos proporcionados por el Ministerio de

Educación.

14. Participar y cooperar en las distintas actividades que la Comunidad Educativa proponga.

15. Concurrir a citaciones generadas por Dirección, Orientación, Profesores Jefes e Inspectoría, en días y

horarios establecidos por estos, para informarse y apoyar a su pupilo/a, en aquellos aspectos que dicen

relación con el rendimiento escolar, disciplina, enfermedades e imprevistos que lo afecten, así como

para informarse de los temas y ser partícipe de los acuerdos alcanzados en reuniones de apoderados.

16. Respetar los horarios de atención de apoderados señalados por Inspectoría, Orientación,

Profesores/as Jefes y Profesores/as de Asignaturas y/o Módulos.

17. Informarse, a lo menos con 48 horas de anticipación, de las reuniones de Subcentro.

18. Concurrir puntualmente a todas las reuniones Sub- Centro y Centro General de Padres y Apoderados.

19. Justificar personalmente toda inasistencia de su pupilo/a a las distintas actividades desarrolladas por la

unidad educativa: clases, talleres extraescolares, tutorías, pasantías, pre-prácticas y prácticas en

empresas u otras.

20. Informar oportunamente al/a la Profesor/a Jefe o Inspectoría, en caso de ausencia de su pupilo/a, ya

sea por enfermedad, tratamientos médicos prolongados y, en general, cualquier situación que

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provoque inasistencias de éste/a. Deberá presentar –si procede- Certificado/s Médico/s, que deberá/n

especificar la dolencia, tratamiento, y fechas de reposo.

21. Presentarse en el establecimiento cada vez que sea citado por razones académicas, disciplinarias y/o

administrativas.

22. Velar porque su pupilo/a cuente con los materiales que los Módulos y Asignaturas requieran, para el

desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

23. Respetar las disposiciones relacionadas con el proceso de titulación de los/as estudiantes, en el sentido

de no intervenir, ni interrumpir el trabajo en las empresas.

24. Entregar al Liceo los antecedentes del apoderado suplente y los cambios que hagan en relación con

ellos.

25. Velar activa y de manera permanente para que su pupilo/a no concurra al establecimiento con

artefactos que nada tengan que ver con el quehacer pedagógico.

26. En caso de embarazo de la estudiante el/la apoderado/a deberá hacerse responsable de todas las

obligaciones que el Liceo le demande con el objeto de que ella de cumplimiento a las exigencias

académicas dentro de un marco de flexibilidad contemplado por la Ley.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS PROFESORE/AS.

SON DERECHOS DE LOS/LAS PROFESORES/AS:

1. A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se

respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios,

degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

("Artículo 8° bis”, Ley 20.501)

2. A tomar medidas administrativas y disciplinarias para imponer el orden en la sala, pudiendo solicitar el

retiro de alumnos; la citación del apoderado, y solicitar modificaciones al reglamento interno escolar

que establezca sanciones al estudiante para propender al orden en el establecimiento. ("Artículo 8°

bis”, Ley 20.501)

3. A no ser sometido a “todo tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio,

incluyendo los tecnológicos y cibernéticos”. ("Artículo 8° bis”, Ley 20.501)

4. Ser consultados/as por el Director en la evaluación del desempeño de su función y la de todo el Equipo

Directivo, así como en las propuestas que hará al sostenedor para mejorar el funcionamiento del

establecimiento educacional. ("Artículo 8° bis”, Ley 20.501)

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5. A ser parte de los Consejos de Profesores que participarán en la elaboración de la cuenta pública del

Director, y en la evaluación de su gestión, de la del equipo directivo y de todo el establecimiento.

6. Proponer iniciativas para el progreso del establecimiento

7. Recibir colaboración por parte de toda la Comunidad Educativa en su tarea.

8. Utilizar el material, instalaciones y servicios existentes con las máximas garantías de seguridad, higiene

y calidad.

9. Convocar por propia iniciativa a las familias de los/las estudiantes con quienes trabaja, para tratar

asuntos relacionados con la educación de éstos/as.

10. Recibir información referente a los/as estudiantes que pueda contribuir a una mayor eficacia de la

labor educativa.

11. Participar activamente en las reuniones de los órganos de los que forma parte.

12. Ser informados oportunamente de todas las actividades del Liceo y de los asuntos que les atañan

directamente.

13. A que se le ofrezcan actividades de perfeccionamiento que contribuyan a la formación permanente.

14. A plantear reclamos ante Dirección, en forma escrita por conductas contrarias a la sana convivencia

escolar de parte de cualquier integrante de la comunidad educativa, el cual debe ser resuelto en un

plazo no mayor a 5 días hábiles.

SON DEBERES DE LOS/LAS PROFESORES/AS:

1. Conocer y vivenciar en su actuar profesional y desarrollo personal, el ideario y proyecto educativo del

Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil.

2. Actualizarse y perfeccionarse en su profesión e investigar los recursos didácticos más apropiados para

su trabajo escolar.

3. Impartir sus clases con puntualidad y profesionalismo.

4. Mantener una conducta respetuosa, solidaria y digna con todos los miembros de la comunidad

educativa, enmarcado en el “Plan de Convivencia Escolar”.

5. Asistir puntualmente –conforme a horario de contrato- a todas las reuniones de G.P.T u otras que

organice la Dirección del establecimiento, participando activamente en las mismas y cumpliendo los

acuerdos ahí tomados.

6. Colaborar en el orden y el desarrollo de las actividades generales para el buen funcionamiento del

Establecimiento.

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7. Informar a los padres sobre el desarrollo del programa educativo, las actividades que organice el Liceo,

y, también, los problemas que detecten en sus pupilos/as.

8. Mantener la debida reserva acerca de la información que se aporta de los/as estudiantes, la familia de

éstos y en general de toda materia que se trate con reserva.

9. Colaborar en el desarrollo personal del estudiante y, además, atender problemas que perjudiquen la

conducta individual y colectiva.

10. Ofrecer diferentes estrategias de aprendizaje que respondan a la diversidad de los/las estudiantes

presentes en el aula, a través de adecuaciones curriculares.

11. Orientar a los/las estudiantes en todo su proceso educativo.

12. Desarrollar una evaluación continua de todos los/las estudiantes, dando cuenta a ellos y ellas tantas

veces como sea oportuno.

13. Ser responsable de la disciplina de su clase.

14. Conocer, difundir, cumplir y hacer cumplir estas normas de convivencia.

15. Ser amables y mantener una actitud positiva, creando así un ambiente agradable dentro del

establecimiento educacional.

16. Denunciar a la Dirección del Liceo cualquier acción u omisión que revista carácter de delito y que

afecte a un integrante de la Comunidad Educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos,

abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico y consumo de sustancias ilícitas u otros.

17. Mantener un buen trato hacia todos los integrantes de la comunidad educativa evitando agresiones

físicas, psicológicas y verbales, que atenten contra una sana convivencia escolar.

HORARIO DE ATENCION DE PROFESORES PARA APODERADOS AÑO 2018.

Profesor Jefatura Día Hora

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS/LAS ASISTENTES DE LA EDUCACION SON DERECHOS DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:

1. A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. (Ley N° 19.464, artículo 4° bis)

2. A que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios,

degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

(Ley N° 19.464, artículo 4° bis)

3. A participar de las instancias colegiadas de la comunidad escolar (Ley N° 19.464, artículo 4° bis)

4. A proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento en los términos

previstos por la normativa interna. (Ley N° 19.464, artículo 4° bis)

5. Que se respete su dignidad personal y profesional.

6. Plantear con cortesía sus puntos de vista

7. Tener implementos necesarios para hacer bien su trabajo.

8. Que se les respete su carga horaria.

9. Recibir de manera oportuna toda la información necesaria para poder realizar sus funciones.

10. Utilizar los canales establecidos para hacer llegar al establecimiento cualquier sugerencia.

11. Tener un/a representante ante Dirección.

12. Plantear reclamos ante Dirección, en forma escrita por conductas contrarias a la sana convivencia

escolar.

SON DEBERES DE LOS ADMINISTRATIVOS Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:

1. Conocer y vivenciar en su actuar profesional y desarrollo personal, el ideario y proyecto educativo del

Liceo Comercial república de Brasil.

2. Respetar a todos los/las integrantes de la comunidad educativa.

3. Desarrollar con eficacia el trabajo que les ha sido encomendado.

4. Cumplir con los deberes inherentes a su oficio o profesión

5. Cumplir con su horario de jornada laboral.

6. Mantener buena disposición frente a las funciones que se le encomienden.

7. Mantener la debida reserva de la información que se maneja en cada oficina.

8. Cooperar con su conducta a favorecer un ambiente educativo que garantice el cumplimiento del

Proyecto Educativo del Liceo.

Page 17: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

17

9. Acoger de buena manera a padres, apoderados y estudiantes.

10. Controlar la utilización correcta de los recursos adscritos a su servicio.

11. Colaboración con el Liceo en todo aquello atingente a la función para la que fue contratado y mantener

un espíritu responsable.

12. Atención a las necesidades de mantenimiento y administrativas que se puedan presentar

eventualmente.

13. Denunciar ante Dirección del Liceo cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que

afecte a un integrante de la Comunidad Educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos,

abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros.

DERECHOS Y DEBERES DEL EQUIPO DIRECTIVO. SON DEBERES DEL EQUIPO DIRECTIVO:

1. Conocer y vivenciar en su actuar profesional y desarrollo personal, el ideario y Proyecto Educativo del

Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil.

2. Gestionar una sana convivencia escolar que proporcione condiciones de trabajo adecuadas para la

seguridad, salud y desarrollo de las funciones de todo el personal y los/las estudiantes que se

desempeñen y eduquen, respectivamente, en el Liceo.

3. Propiciar un ambiente educativo estimulante, creando condiciones favorables para el logro de los

objetivos en el marco del currículo propuesto, enmarcado en el plan de convivencia escolar.

4. Evaluar el rendimiento escolar, de acuerdo a los objetivos institucionales en el proceso de enseñanza-

aprendizaje, procurando que se determinen las estrategias para mejorarlo.

5. Preocuparse constantemente, de realizar acciones proactivas y reactivas, por la salud, bienestar,

formación valórica y desarrollo integral de los/las estudiantes entregando apoyo y gestión.

6. Considerar la necesidad de orientación a nivel grupal y personal.

7. Gestionar apoyo oportuno y calificado a padres y apoderados/as cuando estos/as lo requieran por

problemas que se hayan generado dentro del establecimiento y que afecten al educando.

8. Gestionar y coordinar medidas formativas ante situaciones conductuales de los/las estudiantes, a

través de los/las diversos/as especialistas que colaboran con el quehacer educativo dentro de la

institución.

9. Denunciar cualquier acción u omisión que revista carácter de delito y que afecte a un/a integrante de

la Comunidad Educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o

Page 18: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

18

tenencia ilegal de armas, consumo o tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante

Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los Tribunales

competentes, dentro de un plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio

de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Además, se gestionará, a

través de especialistas, un seguimiento y apoyo psicológico y formativo a los/las estudiantes

implicados/as.

CONVIVENCIA ESCOLAR ➢ Equipo de Convivencia Escolar:

• Director del Establecimiento

• Inspector General

• Jefe de Unidad Técnico Pedagógica

• Encargado de Convivencia Escolar

• Dupla Psicosocial

• Equipo PARE

• Orientadores

• Representante de los/las Profesores de aula

➢ Encargado de Convivencia

La Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar, que modifica la Ley General de Educación, agrega un inciso al

Artículo 15, donde se hace obligatorio para todos los establecimientos educacionales, contar con un/a

encargado/a de convivencia escolar.

Nuestro Liceo cuenta con un Encargado de Convivencia. En caso de ausencia temporal, sus funciones las

asumirá el Inspector General o quien designe el Director del Establecimiento. Su principal tarea es

implementar las medidas necesarias para una buena convivencia escolar dentro del establecimiento.

➢ Funciones del Encargado de Convivencia Escolar

• Conocer e implementar las orientaciones que entrega la Política Nacional de Convivencia Escolar.

Page 19: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

19

• Asumir el rol primario en la implementación de las medidas de Convivencia Escolar que determine el

Equipo de Convivencia

• Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia escolar en el Equipo de Convivencia

• Coordinar las actividades y procesos considerados en el Plan de Convivencia

• Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la Buena Convivencia y manejo de

situaciones de conflicto, entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

• Promover el trabajo y difundir las políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que

fomenten la buena convivencia escolar.

• Generar instancias reflexivas y reparatorias en los casos de los/las estudiantes que cometen faltas en el

establecimiento o cualquier miembro de la comunidad educativa.

MEDIDAS FORMATIVAS Y/O DISCIPLINARIAS FRENTE A FALTAS DE LOS ESTUDIANTES.

• FALTAS LEVES. Actitudes y comportamientos que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje

que no involucren daño físico o psicológico a otros/as integrantes de la comunidad. Como son:

• Ingresar al Liceo fuera de horario sin justificación del apoderado.

• Escaparse de clases en cualquier asignatura o permanecer fuera de ella (cimarra interna).

• Faltar a clases sin la debida justificación del apoderado o certificación médica. Si esto ocurre se

aplicará el protocolo de inasistencias.

• Utilizar cualquier medio tecnológico en el aula u otro sector del establecimiento sin

autorización previa.

• Botar basura o desechos en lugares no habilitados para tal efecto, así como también consumir

alimentos en sala de clases o lugares no habilitados para ello.

• Gritar o realizar cualquier ruido molesto que perturbe el desarrollo de la clase, como golear

puertas, lanzar objetos y/o inmobiliarios.

• Obstruir el libre paso de cualquier miembro de la comunidad educativa u otra persona externa.

• Descuido en el cumplimiento de sus obligaciones escolares, como por ejemplo: no presentarse

con sus útiles o materiales, bajar rendimiento académico, no prestar la atención en clases,

Page 20: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

20

desobedecer las instrucciones dadas por el/la profesor/a a cargo de la clase, sala de recursos y

Biblioteca CRA.

Procedimiento

Su aplicación será de forma gradual. 1. Conversación con el/la estudiante por el Profesor Jefe y/o de la asignatura u otro actor de la comunidad

educativa que se vea afectado, consignando en el libro de clases el acuerdo alcanzado con el/la estudiante

que ha cometido la falta.

2. Si la situación es reiterada, será el/la Profesor/a Jefe o de asignatura, quien deberá citar al apoderado

previa anotación en el libro de clases, donde se registrará además los acuerdos con el/la estudiante y su

apoderado, junto con las soluciones y medidas que implican acciones de reparación de las faltas

cometidas.

Posibles acciones reparatorias:

• Colaborar como ayudante de docentes durante el desarrollo de las clases.

• Desarrollar trabajo de investigación referente a tema relacionado con la falta.

• Elaborar diario mural con temática relacionada con la falta.

• Colaborar durante los recreos en la distribución y orden de los textos en Biblioteca.

• Cooperar en actividades desarrolladas dentro del Programa de Integración Escolar

• Participar en charlas de índole formativas organizadas por Liceo en conjunto con redes de

apoyo.

• Diseñar afiches preventivos que se relacionen con la falta, para su distribución al interior del

Liceo.

Las acciones deberán ser ejecutadas durante un plazo no inferior a 30 días hábiles.

3. Si el/la estudiante no revierte su conducta ante la intervención anterior, se le derivará al Encargado de

Convivencia, quien con el apoyo de la Dupla Psicosocial, buscará que el estudiante, acompañado de su

apoderado/a, reflexione ante la falta cometida y mejore la situación. Se informará a Inspectoría

General de los acuerdos alcanzados con el estudiante y el apoderado.

Page 21: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

21

FALTAS GRAVES Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la

comunidad de forma aislada, así como acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje y

que afecten la convivencia.

• Cualquier falta leve, de la misma naturaleza, que se reitere en al menos tres oportunidades

• La discriminación, agresión verbal y/o Psicológica entre estudiantes del establecimiento, de

estudiantes hacia docentes u otro integrante de la comunidad educativa. Si esta situación se reitera en

el tiempo pasa a ser falta gravísima.

• Destruir, romper, rayar, quemar, pintar cualquier mobiliario y/o infraestructura o dependencias

internos o externos del Liceo e implementos de Educación Física.

• Romper, rayar, destruir, quemar, pintar o atentar contra vehículos motorizados estacionados dentro y

fuera del establecimiento.

• Uso indebido de extintores y redes húmedas (abrir llaves, destruir chapas, romper vidrios, etc.).

Elementos de seguridad y de cuidado colectivo y/o personal.

• Que estudiantes sean sorprendidos fuera del establecimiento en horarios de clases (cimarras) sin haber

ingresado al Liceo, por cualquier directivo, docente o asistente de la educación.

• Fugarse del establecimiento educacional, durante el horario de clases.

• Falsificar comunicación, certificados médicos y/o firma de apoderado u algún adulto a cargo en

documentos como, por ejemplo, comunicación justificativo o salida antes del horario normal.

• Negarse en al menos tres ocasiones a cumplir con las actividades que se realizan durante las clases de

las/los diferentes asignaturas y/o módulos.

• Llegar atrasado en tres ocasiones tanto al inicio de la jornada escolar como tras los tiempos de recreo y

colación.

• Negarse a realizar todo tipo de evaluación que lleve una calificación.

• Ante una actividad contemplada y planificada en el módulo de Educación Física, negarse a participar en

éstas sin oportuna justificación médica.

• Que el estudiante no se presente con su apoderado luego de una citación por algún miembro del

establecimiento.

Page 22: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

22

Procedimiento 1. El profesor involucrado u otro funcionario de la comunidad educativa que presencie la situación deberá

dejar por escrito en el libro de clases la falta e informar al Encargado de Convivencia.

2. El Encargado de Convivencia conversa con el estudiante respecto a la gravedad de la falta para que se

recapacite acerca de la situación acontecida y alcanzar acuerdos en pro de que no se reitere la falta

3. Si la falta se reitera, Inspectoría General enviará comunicación y citará al apoderado del estudiante de

forma escrita y de ser necesario tomará contacto telefónico de forma inmediata. Si el apoderado luego

de la citación no se presenta en el establecimiento, se le informará al trabajador social para que ésta

pueda realizar visita domiciliaria.

4. Inspectoría General derivará al estudiante, si así fuese necesario, a psicóloga integrante de equipo

psicosocial, para un monitoreo de las conductas del educando, dejando por escrito los registros

correspondientes.

5. Al presentarse el apoderado, Inspector General y Encargado de Convivencia, le informarán de la

situación para lograr acuerdos de reparación y evitar la reiteración de la misma acción.

6. Se dejará por escrito en el libro de clases o libro de atención de apoderados, la toma de conocimiento

de la falta, la sanción, las medidas formativas de parte de la comunidad escolar y los acuerdos

correspondientes bajo firma.

Posibles acciones:

1. Participación del estudiante y apoderados en diferentes entrevistas, actividades o programas

propuestos por Equipo Psicosocial durante un periodo no inferior a un mes.

2. Acuerdo firmado por parte del apoderado en el que se compromete atención de especialistas, si así

fuese necesario, presentando medios de verificación de esta.

3. Trabajo comunitario de tipo formativo y académico, en un horario posterior a la jornada escolar.

4. Reflexión voluntaria de máximo 5 días para meditar en un contexto familiar con respecto a la/s falta/s

cometidas.

5. El equipo psicosocial realizará mediación en los casos que lo ameriten y seguimiento con el fin de evitar

que se reitere la falta, si fuese necesario buscaran apoyo en redes locales.

6. Si la situación no mejora en los plazos estipulados se informará al Encargado de Convivencia Escolar del

establecimiento para solucionar la situación.

FALTA GRAVÍSIMA

Page 23: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

23

Actitudes y comportamientos que atente contra la integridad física y/o psicológica de terceros, siendo

incompatible la convivencia del estudiante con el curso, dentro y fuera de la sala de clases.

• Destruir, dañar, robar o hurtar cualquier tipo de especies de integrantes del establecimiento o fuera

del establecimiento en un radio de 300 metros a la redonda.

• Actitudes de connotación sexual entre miembros del establecimiento dentro o en las inmediaciones

del establecimiento en un radio de 300 metros a la redonda, que incluya actitudes de acoso como

tocaciones de carácter sexual.

• Consumir drogas y/o alcohol dentro del establecimiento o en los alrededores de éste (300 metros a la

redonda), o en actividades programadas por el Liceo. Si procede, se deberá actuar de acuerdo al

protocolo de sospecha o detección de consumo de drogas o alcohol.

• Porte por tráfico o microtráfico de drogas y alcohol. Así como también inducir al dentro o fuera del

establecimiento. Si procede, se deberá actuar de acuerdo al protocolo de detección por tráfico o

microtráfico de drogas.

• Presentarse en estado de ebriedad o en evidente estado de consumo de drogas.

• Abuso o acoso sexual de un estudiante del establecimiento hacia otro. Si procede, se deberá actuar de

acuerdo al protocolo de abuso o acoso sexual.

• Agresión física, verbal o psicológica por parte de estudiante/s que violenten, discriminen y/o

amenacen, o representen acoso a profesores, asistente de la educación, Directivos o cualquier

miembro de la comunidad educativa o comunal, o invitado especial, en las inmediaciones del

establecimiento (500 metros a la redonda).

• Utilizar laboratorios de computación para acceder a páginas de alto contenido erótico o sexual, así

como también almacenar imágenes o videos de esta misma connotación y utilizarlos o compartirlos

con otros estudiantes al interior del Liceo.

• Dibujar grafitis con figuras pornográficas, de contenido grosero y vulgar en paredes o mobiliario del

establecimiento.

• Generar o estar involucrado en hechos de combustión de elementos inflamables al interior del

establecimiento, que pongan en peligro la integridad física de su persona o la de terceros.

• Realizar grabaciones de terceros sin su autorización, como peleas, discusiones dentro o fuera del

establecimiento.

• Agresiones verbales, físicas o psicológicas de parte de un adulto dentro del establecimiento a un

menor o entre adultos.

Page 24: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

24

• Acciones que representen acoso de un adulto a un menor.

• Robar, quemar, destruir, rayar, adulterar y/o agregar notas en documentos del establecimiento, como

por ejemplo informe de notas, libros de clases, registro de asistencia, certificados de estudio, pruebas

escritas, trabajos entre otros.

• Portar y/o manipular implementos o sustancias peligrosas (fulminantes, arma blanca, corta pluma,

corta cartón arma de fuego o de fogueo, manoplas, hondas, bates, piedras, trompos, químicos,

perdigones, etc.) dentro del establecimiento o fuera.

• Cometer acoso Escolar (Bulliyng) y /o montaje en todas sus variantes: amenazas, amedrentamientos

en cualquier de sus formas (verbal, escrito, físico, psicológico, cibernético o por cualquier medio

tecnológico).

Procedimiento

1. Anotación detallada de la situación acontecida en el libro de clases por quien presenció o fue

informado del hecho.

2. Inspectoría General notificará y citará al apoderado de manera inmediata vía telefónica y el

estudiante no podrá ingresar a clases mientras no se presente el apoderado y tome conocimiento

de la situación.

3. Se informará al Director del liceo quien debe solicitar al encargado de convivencia que convoque al

Equipo de Convivencia escolar para que realice la investigación y se tomen las medidas necesarias

de acuerdo a la situación.

4. De no concurrir el apoderado al establecimiento en la fecha y horario indicado, se procederá a

solicitar la visita domiciliaria por la Trabajadora Social.

5. Inspectoría general solicitará colaboración al equipo psicosocial del establecimiento de acuerdo con

las características del caso, quienes realizaran las intervenciones correspondientes y recurrirán a

redes de apoyo o derivaciones con otros especialistas, si fuese necesario.

6. El apoderado deberá concurrir junto al estudiante a la atención antes propuesta y tendrá que

comprobar su adherencia con documentos formales entregados por la institución.

7. Si los compromisos adquiridos no se cumpliesen o la falta pusiese en riesgo la integridad física o

psicológica de algún miembro de la comunidad educativa o se reiterase en más de dos ocasiones se

solicitará un cambio de ambiente escolar, asistencia solo a pruebas y entrega de material de

estudio, cancelación de matrícula o expulsión

Page 25: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

25

8. En caso necesario se informará la situación al encargado de convivencia escolar comunal para toma

de conocimiento y apoyo al caso.

Posibles Acciones:

1. Participación del estudiante y apoderados en diferentes entrevistas, actividades o programas

propuestos por Equipo de convivencia y/o Psicosocial durante un periodo no inferior a 3 meses.

2. Acuerdo firmado por parte del apoderado en el que se compromete a llevar al estudiante a atención

de especialistas, si así fuese necesario, presentando medios de verificación de esta.

3. Trabajo comunitario de tipo formativo y académico, de acuerdo a los resultados de la investigación

realizada por el equipo de convivencia escolar del establecimiento.

4. Reflexión voluntaria de máximo 5 días para meditar en un contexto familiar con respecto a la(s)

falta(s) cometidas.

5. Asistencia solo a pruebas y entrega de material de estudio

6. Cambio de ambiente escolar.

7. Cancelación de matrícula.

8. Expulsión

INSTANCIAS DE APELACIÓN. Apelación: Es la Instancia donde el/la estudiante y/o apoderado exige que una sanción sea revisada en su legalidad y en

su contexto antes de la aplicación o posterior a ella, en cualquiera de sus grados (leve, grave, gravísima) con la

finalidad de disminuir o derogar sanción.

Integrantes para proceder a la Apelación: La instancia estará integrada por el Director del establecimiento e integrantes del Equipo de Convivencia

Escolar, los cuales tomaran el caso recabando información pertinente y resolverán en un plazo no mayor de 3

días a contar de la fecha de la presentación de la apelación.

El procedimiento para apelar deberá contemplar:

Page 26: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

26

➢ Llenar un formulario, que se encontrará en Inspectoría General, que describe las circunstancias y

presentarlo ante el Director del Establecimiento.

➢ El plazo para apelar no puede exceder a los 2 días hábiles contando desde el momento de aplicada la

sanción.

➢ El estudiante recibirá una respuesta por escrito por parte de la dirección, y en entrevistas con Directivo

el cual informará de la resolución la cual, desde ese momento, será inapelable.

➢ Otras instancias de apelación pueden ser conformadas por integrantes nominados por el director para

el estudio o investigación del caso.

Ficha de Apelación Liceo Comercial República de Brasil

Page 27: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

27

R.B.D. Nº 10.751-4

Fecha: de de Nombre del Estudiante : Curso : Falta cometida : Fecha de la Falta : Nombre Apoderado : Nombre quien solicita Apelación : Nombre quien toma el caso : Cargo en el Establecimiento : Argumentos de Apelación ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

------------------------ --------------------------

Firma Apoderado Firma Estudiante

PROCESOS DE ACOMPAÑAMIENTO Y DE SUPERACIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Page 28: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

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El Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil tiene por objetivo que todos los estudiantes adquieran

normas de convivencias sanas y democráticas. Cuando esto no ocurre el Liceo cuenta con un plan remedial

con el fin de superar sus dificultades y evitar la deserción de los estudiantes del sistema:

➢ Observar circunstancias en las cuales el/la estudiante presente la conducta, dejando constancia en

el libro de clases. (Docente, inspector, especialista)

➢ Conversación con el estudiante. Se busca la toma de conciencia de la situación, se analiza de

diferentes perspectivas, se buscan estrategias de superación y se establecen compromisos.

(Docente, Profesor Jefe, Inspector General, Orientador)

➢ Conversación con el apoderado: Se buscan estrategias; se hacen compromisos con apoderados y el

estudiante. (Inspector General, Equipo Psicosocial)

➢ Si persiste el caso, se recurre al Encargado de Convivencia y/o Equipo psicosocial.

➢ Hacer seguimiento y registros de modificaciones de comportamiento (ya sean negativas o

positivas). (Equipo Psicosocial)

➢ Derivación a especialistas externos o programas de apoyo. (Equipo Psicosocial)

➢ Hacer seguimiento y registro de modificaciones en comportamiento, además de archivo de

documentos que acrediten la atención de especialistas y/o programas de apoyo.

REFERIDAS A LOS MATERIALES DE APOYO DEL CRA.

1. El uso del material existente en el CRA se hará en consulta o préstamo domiciliario con la

responsabilidad de quien lo solicita. En caso de los/las estudiantes que requieran del material,

adquirirá también la responsabilidad en la reposición de este su apoderado.

2. Los textos de estudio y material de apoyo facilitado por el Establecimiento deberán ser devueltos en

los plazos estipulados. (máximo 7 días hábiles desde la solicitud)

REFERIDAS AL INGRESO AL ESTABLECIMIENTO CON OBJETOS AJENOS AL QUEHACER PEDAGÓGICO

1. El establecimiento no se responsabiliza por la pérdida, deterioro, hurto o robo de las especies que el

estudiante ingrese a sus dependencias y que no tengan que ver con quehacer pedagógico.

Page 29: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

29

2. Los elementos mencionados en el Artículo anterior, serán retirados por los/las Profesores/as,

Directivos o Paradocentes y serán entregados a los Apoderados Titulares, solamente en horario de

atención de los mismos.

REFERIDAS A LA EXIMICIÓN TEMPORAL O PERMANENTE DE EDUCACIÓN FÍSICA.

1. El estudiante será eximido de hacer ejercicios físicos siempre y cuando el Apoderado lo avale con un

certificado médico de un profesional idóneo, que debe ser presentado en el momento oportuno.

REFERIDAS A LOS ESTUDIANTES QUE INGRESEN AL LICEO TERMINADO EL PRIMER SEMESTRE.

1. Los estudiantes que provengan de otro Establecimiento e ingresen a éste, ya terminado el primer

semestre, deberán presentar los documentos requeridos:

➢ Certificado de estudios de 8º básico si ingresa a 1º medio

➢ Certificado de estudios de cursos de enseñanza media si ingresase a otro nivel.

➢ Informe de personalidad del último año cursado.

➢ Informe de notas parciales.

➢ Certificado de nacimiento

➢ Certificado de traslado

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30

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA SITUACIÓN DE

EMBARAZOS, MATERNIDAD Y PATERNIDAD

La Ley General de Educación N° 20.370/2009 (LGE), señala en el Art. 11, que:

“El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer

en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las

facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos”.

Por lo tanto, a las estudiantes en situación de embarazo o maternidad les asisten los mismos

derechos y deberes que a los demás estudiantes en relación a las exigencias académicas y

conductuales. Sin embargo, el Liceo generará un “Plan de Acción” que otorgue facilidades

académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de los objetivos. Estas estudiantes no

podrán ser objeto de ningún tipo de discriminación.

En cuanto a los estudiantes en situación de paternidad el Liceo dará facilidades para que puedan

acompañar a la futura madre a los controles médicos correspondientes y, una vez nacido el-la hijo/a,

en caso de que requiera atención médica por enfermedad.

El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la situación de

embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan la permanencia de estos estudiantes en el

Liceo.

Derechos de Estudiantes en situación de Embarazo y/o Maternidad y en Estudiantes en

situación de Paternidad.

La estudiante al momento de comentarle a algún miembro de la comunidad educativa su estado de

embarazo debe informar a la Dupla Psicosocial quien realizará una investigación, entregando apoyo

y orientación en todo momento, que permita resguardar la salud física y psicológica de la estudiante.

En acuerdo con la estudiante, se comunicará la noticia al Director del establecimiento y al apoderado

quien finalmente será el responsable de llevarla a un centro médico y, así, comience con sus

cuidados y revisiones periódicas, además de solicitar el certificado correspondiente que acredite el

embarazo permitiéndole acceder a los beneficios que corresponden.

La estudiante tendrá derecho a ser evaluada con diferentes procedimientos de evaluación (pruebas,

carpetas, trabajos de investigación, etc.) los que pueden ser realizados a distancia, para que se

cumplan los objetivos de aprendizajes establecidos en los programas de estudios. Estos pueden ser

presenciales o enviados por correo electrónico, siempre que el apoderado presente un certificado

médico.

Page 31: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

31

Podrán ser promovidos con un porcentaje inferior a un 85% de asistencia previa presentación de

certificado médico y carnet de salud, previo cumplimiento de las tareas académicas asignadas.

El jefe de UTP será el encargado de asesorar y supervisar la parte académica del proceso.

Podrá acceder a permisos para asistir al baño las veces que lo requiera.

La madre al integrarse al establecimiento (post-parto), deberá comunicar a la Directiva el horario de

lactancia.

En caso de los controles médicos de la embarazada y enfermedad o controles del hijo/a la estudiante

contará con autorización para ausentarse de clases, justificando su inasistencia con certificados u

otros documentos del médico tratante.

La paternidad también tendrá los mismos derechos en situación comprobable, trayendo al

establecimiento el certificado de nacimiento de su hijo. Los beneficios serán:

o Permiso para acompañar a controles a la madre y al hijo.

o Además, en situación de enfermedad del hijo que requieran la presencia del padre, justificando

con documentos médicos los permisos.

Responsabilidad del Apoderado de la Estudiante Embarazada. En el caso de que la madre sea la primera en enterarse de la situación de embarazo de su hija

deberá informar al establecimiento, deberá además conocer los derechos de la alumna y

obligaciones, establecer un compromiso de acompañamiento de su hija para el cumplimiento de

obligaciones para evitar la deserción escolar, además de acompañarla en el proceso de embarazo.

Responsabilidad de la Trabajadora Social.

o Ingresar en el Sistema de Registro de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres de la

JUNAEB a sus estudiantes en esa condición.

o Orientar y asegurar que las estudiantes embarazadas, madre y/o padres accedan a los beneficios

que entrega el Ministerio de Educación:

A. Salas cunas Para que Estudie Contigo (PEC): ingreso preferente a los jardines y salas

cunas de la red JUNJI o INTEGRA.

B. Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE): aporte económico otorgado por la

JUNAEB, que beneficia a estudiantes con riesgo de deserción escolar por su condición

de embarazo, maternidad y paternidad.

C. Programa de Apoyo a la Retención Escolar de Embarazadas, Madres y Padres;

acompañamiento y orientación en lo académico, personal y familiar; este programa es

implementado por la JUNAEB.

Page 32: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

32

DEBERES DE LOS DOCENTES DIRECTIVOS.

o Propiciar un ambiente de sana convivencia escolar, entregando un trato armónico de integración

social entre todos los estamentos de la comunidad educativa y sociedad en general.

o Ofrecer un trato humano y cortés al personal a cargo de su dirección.

o Brindar orientación y asesoría a docentes, estudiantes, padres de familia y demás personal de la

institución.

o Fomentar la participación de los estamentos colaboradores de su gestión institucional, tales

como: Equipo de Convivencia Escolar, Consejo Escolar, CC.EE, CGPA.

o Mostrar un comportamiento ejemplar el cual puede ser tomado e imitado por los demás miembros

de la comunidad. Promoviendo la aplicación a cabalidad del presente Reglamento Interno.

o Dar información oportuna de las diferentes modificaciones e innovaciones que el Proyecto

Educativo Institucional contempla.

o Colaborar con la solución de los problemas de educandos, docentes y demás personal en la

medida que la circunstancia lo ameriten.

o Ofrecer solidaridad, motivación y ayuda a cualquier persona dependiente de la institución en

momento de dificultad.

o Propender por el fomento de valores, hábitos y aptitudes en educadores y educandos.

o Cumplir su jornada con puntualidad, estando dispuesto al diálogo y a la conservación.

o Buscar alternativas de solución ante los conflictos que se presenten en la comunidad educativa, a

través del equipo de convivencia del establecimiento.

o Hacer acuerdos internos de tal manera que se genere compromiso en el equipo de trabajo.

o Participar en todos los eventos programados por la institución y demás entes.

o Evitar solicitar a los estudiantes y al personal del plantel la prestación de servicios personales.

o Participar con los demás profesores que orienten clase en cada grado para originar la calificación

de comportamiento.

o Propiciar una convivencia sana que evitar el chisme, la calumnia, la mentira y el engaño como

medio para salir justificado en situaciones personales.

o Actuar de manera imparcial en el trato con cada uno de los estamentos que representan a la

comunidad educativa.

Page 33: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

33

PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A LOS CASOS DE ACOSO

ESCOLAR O BULLYING

El Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil, cumpliendo con la disposición de la Ley

sobre Violencia Escolar (LSVE) Nº 20.536 del 2011, emanada por el MINEDUC, ha diseñado un

“Protocolo de actuación ante denuncia de Bullying”.

Para los fines de este protocolo se ha considerado la definición del concepto de “acoso escolar”

(“bullying”) señalado en la LSVE:

“Toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterados (o bullying), realizada

fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de

indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último. Maltrato, humillación o fundado

temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro

medio, tomando en cuenta su edad y condición” (Art. 16 B. LSVE)

No se puede calificar de “acoso escolar” o “bullying” situaciones en las que un/a estudiante se relaciona con

otro/a de forma amistosa o como juego. Tampoco cuando dos estudiantes a un mismo nivel discuten, tienen

una disputa o se pelean.

ELEMENTOS PRESENTES EN EL “ACOSO ESCOLAR” O “BULLYING”

o Deseo inicial obsesivo y no inhibido de infligir daño, dirigido contra alguien indefenso.

o El deseo se materializa en una acción.

o Alguien resulta dañado. La intensidad y la gravedad del daño dependen de la vulnerabilidad de las

personas.

o El maltrato se dirige contra alguien menos poderoso, bien sea porque existe desigualdad física o

psicológica entre víctimas y actores, o bien porque estos últimos actúan en grupo.

o El maltrato carece de justificación.

o Tiene lugar de modo reiterado. Esta expectativa de repetición interminable por parte de la víctima es lo

que le da su naturaleza opresiva y temible.

o Se produce con placer manifiesto. El agresor/a disfruta con la sumisión de la persona más débil.

o Tiene que ser reiterado en el tiempo.

Page 34: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

34

FORMAS DE “ACOSO ESCOLAR”

El maltrato entre compañeros y compañeras puede aparecer de forma muy diversa. No solamente se

manifiesta a través de golpizas o agresiones físicas, con frecuencia se presenta como un conjunto de

intimidaciones de diferente índole que dejan al agredido/a sin respuesta. Estas son algunas de esas conductas

intimidatorias:

o MALTRATO VERBAL: Son insultos, sobrenombres, hablar mal de alguien o difamar, sembrar rumores.

o INTIMIDACIONES PSICOLÓGICAS: Se trata de amenazas para provocar miedo, lograr algún objeto o dinero

y también para obligar a hacer cosas contra su voluntad, chantaje y burlas públicas, escritos en paredes o

muros, notas, cartas, mensajes a móviles y correos electrónicos amenazantes.

o MALTRATO FÍSICO:

• Directo: Golpizas, lesiones con diferentes objetos, agresiones en forma de patadas,

• Indirecto: Robo y destrozo de material escolar, ropa y otros objetos personales.

o AISLAMIENTO SOCIAL: Ignorar y no dirigir la palabra, impedir la participación con el resto del grupo,

coaccionar a amigos y amigas de la víctima para que no interactúen con la misma. Rechazo a sentarse a su

lado en la sala.

ACTUACIÓN ANTE ACOSO ESCOLAR (BULLYING):

En caso de producirse una denuncia de “acoso escolar” (“bullying”) en el interior del Liceo, o fuera de

él y que afecte a estudiantes del establecimiento, el procedimiento oficial a seguir obligará como

parte del “Reglamento Interno de Convivencia” a todos los integrantes de la comunidad educativa del

“Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil” a comunicar los hechos al Encargado de

Convivencia del colegio, ya sea por escrito o de forma verbal solicitando una entrevista. Si decide

hacerlo por escrito dispondrá de una pauta guía con los elementos mínimos a considerar.

¿Cómo debe proceder un estudiante si se siente víctima de acoso escolar (bullying), o la

familia, el profesorado u otro integrante del establecimiento o algún compañero/a detecta una

situación de este tipo?

El primer paso será comunicar la situación de acoso en el colegio, ante:

o Un profesor o profesora con el que pueda existir más confianza.

o El Profesor Jefe

o El Equipo de Convivencia Escolar.

o Equipo Psicosocial.

Page 35: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

35

Cuando la denuncia se haya realizado, será necesario adoptar una serie de medidas que podemos

agrupar en tres fases: recogida de información, análisis y adopción de medidas y seguimiento

periódico.

Recogida de información

El Encargado de Convivencia deberá, ayudándose de la “Hoja de recogida de información” (ver más adelante): o Citar y recibir a la familia y al estudiante acosado/a en entrevista individual para conocer el alcance del

problema.

o Citar y recibir a la familia y al estudiante acosador presunto/a, así como al resto de implicados en

entrevista individual para conocer el alcance del problema.

o Convocar a profesor/a jefe para recopilar información.

o Convocar a profesores que atienden al estudiante para reunir antecedentes respecto al problema.

o Convocar a personal asistentes de la educación y/o administrativo para consultar antecedentes y/o

observaciones que pudieran haber realizado.

o Informar a las familias.

Cuando existe delito, hay personas que, por su responsabilidad social, están obligados a efectuar la denuncia.

Entre éstos se encuentran los directores, inspectores y profesores/as, los que deben proceder a la denuncia

cuando la infracción afecte a estudiantes o hubieren ocurrido en el recinto educacional, según lo señalado en

el Código Civil.

Familia de la presunta víctima:

Será informada de los pasos a seguir en la gestión del conflicto. Cuando existan evidencias claras de supuestos

hechos delictivos, se informará a la familia sobre la posibilidad, legalmente establecida, de denunciar los

hechos, si estos fueran constitutivos de delito.

Familia del presunto agresor/a o agresores/as:

También será informada de los pasos a seguir en la gestión del conflicto y se solicitará su implicación para la

solución del mismo.

Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a la familia sobre las

actuaciones legales que correspondan.

Antes de tomar cualquier medida, se contrastará la información procedente de varias fuentes: observación

directa, profesorado, alumnado, personal auxiliar, administrativo y familias. Para cada situación deberá ser

valorada la necesidad de recurrir a diferentes métodos, siempre exigiendo un alto grado de confidencialidad.

Page 36: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

36

También puede haber informes procedentes de otros servicios externos al Colegio, que han generado

atención previa del estudiante involucrado.

Análisis de la información y medidas a adoptar.

Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, se reunirá al equipo Directivo y profesor

jefe, convocados por el Encargado de Convivencia y persona Responsable de Bullying, y ayudados de la hoja de

recogida de información se tomarán las medidas necesarias para proteger al estudiante afectado/a, de

acuerdo con en el reglamento interno.

Entre las medidas que se adopten, están aquellas tendientes a la protección de la víctima, medidas

correctoras y formativas para el agresor, estas últimas de acuerdo al Reglamento interno del

establecimiento.

Medidas de protección al estudiante afectado:

o Cambio de curso.

o Supervisión, posterior al problema, de la conducta del estudiante acosado y acosador por parte del

Profesor Jefe, Inspectoría y Orientación.

o Derivación psicosocial.

o Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y del agresor, manteniéndoles en todo momento

informados de la situación.

o Talleres grupales de desarrollo personal y colectivo.

Medidas formativas para el agresor:

o Petición de disculpas formal a la víctima.

o Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias, a cargo del encargado de

convivencia u Orientación, Inspectoría General con apoyo de Equipo Psicosocial.

o Derivación psicosocial.

o Talleres grupales de desarrollo personal y colectivo.

o Si el agresor es adulto o mayor de edad denuncia por parte de la Dirección del Liceo a los tribunales

competentes.

o Aplicación del “Reglamento interno”, en concordancia con lo establecido como falta gravísima.

Seguimiento.

Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la fase anterior, el Encargado de Convivencia Escolar, hará

un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse. Igualmente observará la

evolución del afectado.

Page 37: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO O ABUSO SEXUAL

Será responsabilidad de toda la comunidad educativa mantener relaciones de respeto, propiciando

los valores insertos en nuestro PEI institucional. En este sentido se deberá de manera transversal,

en todas las asignaturas y espacios educativos estar atento a la prevención de conductas o

situaciones que pudieren conducir a Acoso sexual. En este sentido y de manera sistemática se

realizarán las siguientes acciones:

o Incorporación en la Planificación de la asignatura de Orientación, de una Unidad de prevención

del acoso sexual. Graduada de acuerdo a los niveles y estadios de desarrollo de los estudiantes.

o Será responsabilidad del Profesor/a jefe, junto a equipo psicosocial, el desarrollo de dicha unidad

en los respectivos cursos.

o Será responsabilidad del Encargado de Convivencia Escolar de monitorear el desarrollo de las

unidades por parte de lo/as profesores Jefes.

Si el acoso o abuso sexual, fuese de parte de un adulto a un/a menor de la comunidad educativa, éste debe ser

informado de manera inmediata al equipo psicosocial del establecimiento, quienes realizan las derivaciones

pertinentes con la debida protección a la víctima de acoso o abuso sexual.

o Se tomará conocimiento formal de la acusación por parte de Dirección.

o Se Informará al equipo psicosocial del establecimiento y al Departamento de Educación Municipal, a través

del encargado de convivencia con respecto al problema y se activarán los conductos que proceden frente a

una acusación de acoso o abuso sexual.

o Si procede la denuncia será derivada a tribunales de Justicia, a través de un informe realizado por la dupla

psicosocial y avalada por el director del establecimiento.

o Será de competencia de los tribunales de justicia, desarrollar el proceso investigativo y sancionador del

acusado, si se comprobaran los hechos.

o El Establecimiento Educacional pondrá a disposición de la fiscalía y los tribunales competentes los

antecedentes que recoja.

o El afectado/a tendrá apoyo Psicosocial, de parte del equipo del Liceo (Psicóloga) para reinsertarse en el

contexto de “escuela” y se garantice contención emocional efectiva, al mismo tiempo de derivar a la

estudiante y al apoderado a terapia psicológica que corresponda en este caso para la víctima.

Page 38: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

38

o El equipo de convivencia escolar (UTP, Orientación, Equipo psicosocial, Inspectoría General y Profesor/a

jefe) trabajarán en talleres con el curso al que pertenece la víctima, para garantizar apoyo y espacios

afectivos de calidad y acogida.

o Este mismo apoyo se prestará a las familias, con visitas domiciliarias y talleres de fortalecimiento afectivo

(contención), la que será función del equipo psicosocial.

o Se monitoreará el avance de la víctima y la familia, por parte de equipo psicosocial.

Page 39: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES

El presente protocolo tiene por objeto establecer las normas generales para la prevención y control

de accidentes.

1.- Generalidades

• Todo/a estudiante al ingresar al Liceo deberá llenar una ficha médica colocando los datos

solicitados, especialmente los que dicen relación con alguna afección o enfermedad que

presente para tener los antecedentes frente a una emergencia.

• Todo/a estudiante que sufra un accidente por leve o sin importancia que parezca, deberá dar

cuenta a algún/a profesor/a, a su profesor/a jefe, al inspector de patio o algún directivo.

2.-Procedimiento

Ante la información de un/a estudiante accidentado/a, el Liceo, aplicará el siguiente procedimiento:

o Ubicación y aislamiento del accidentado.

o Detección de la lesión, para dar los primeros auxilios.

o Si el-la estudiante ha recibido un golpe en la cabeza, no será levantado, hasta verificar su

estado y prestar los primeros auxilios correspondientes. En caso de pérdida de conciencia se

solicitará la concurrencia de la ambulancia.

o Aviso vía telefónica a su apoderado/a dando cuenta del hecho e informando la derivación del-la

estudiante al Servicio de Urgencia para la atención competente, según la gravedad de la lesión,

haciendo uso de la ley sobre Seguro de Accidente Escolar, y solicitando su asistencia a dicho

servicio.

o De no ser ubicado el apoderado el Liceo igualmente derivará el estudiante al Servicio de

Urgencia, en compañía de un Inspector.

3.-Seguridad

o Todo/a estudiante tiene el deber de colaborar en la investigación de los accidentes que ocurran al

interior de la Institución.

o Todo/a estudiante deberá dar cuenta al Inspector de toda anormalidad que observe en las

instalaciones o lugares del Liceo que presente peligro para él/ella o lo/as otro/as estudiantes.

o Para todo/a estudiante está prohibido permanecer o acceder a lugares peligrosos o que no le

correspondan.

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o Lo/as estudiantes no podrán alterar, cambiar, reparar o accionar instalaciones o equipos sin

haber sido encargados de ello o autorizados para realizarla.

o No está permitido a los estudiantes hacer deporte o Educación Física cuando han presentado

Licencia Médica.

Clasificación de Accidentes Escolares.

Leves: son aquellos que solo requieren de la atención primaria de heridas superficiales o golpes

suaves.

Procedimientos:

o Los estudiantes serán llevados a primeros auxilios del establecimiento, quien determinara los

pasos a seguir (ejemplo: limpiar la herida, otorgar hielo, etc.). si se encuentro en recreo será

llevado por un inspector de patio a la oficina.

o Se registrará la atención en el libro de Bitácora del establecimiento.

Menos Graves: son aquellos que necesiten de asistencia médica como heridas o golpes en otra

parte del cuerpo.

Procedimiento:

o Al momento que un estudiante se accidente al interior del establecimiento educacional, se acudirá

a la persona más cercana a buscar una camilla para traslados a enfermería del establecimiento.

o El encargado de primeros auxilios otorgará la primera atención.

o La asistente de la educación (secretaria), se contactará con el apoderado para que acompañe al

estudiante hasta el centro asistencial de salud pública. En caso de no contactar al apoderado o

familiar o que esté presente algún inconveniente que le impida acompañar al estudiante, el

Director coordinará el traslado del estudiante con un acompañante por parte del establecimiento

hasta la llegada del apoderado del estudiante o un familiar directo que sea mayor de edad.

El Director o la asistente de la educación, secretaria o quien este ocupando el cargo debe llenar

el formulario de Accidente Escolar de modo que la atención médica quede cubierta por el seguro

escolar.

Graves: son aquellos que requieren de atención inmediata de asistencia médica, como caídas de

altura, golpes fuertes de cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos,

Page 41: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

41

quebraduras de extremidades, pérdidas del conocimiento, quemaduras, atragantamiento por comida

u objetos.

Procedimiento:

o El docente o la persona más cercana al hecho auxiliará al estudiante de forma inmediata, al

mismo tiempo se solicitará el apoyo del encargado de primeros auxilios y se avisará al Director

del establecimiento. En caso que suceda en recreos, será el inspector de patio el responsable de

avisar.

o Se llamará de forma inmediata a la ambulancia para su traslado al centro asistencial y

simultáneamente se avisará a los padres.

o El Director y/o asistente de la educación, secretaria o quien este ocupando el cargo debe llenar el

formulario de Accidente Escolar de modo que la atención médica quede cubierta por el seguro

escolar.

Page 42: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SOSPECHA Y DETECCIÓN DE TRÁFICO O MICROTRÁFICO DE DROGAS Y/O ALCOHOL AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO POR PARTES DE ESTUDIANTES. DEFINICIÓN

El consumo de drogas desde el modelo biopsicosocial es una enfermedad que afecta tanto al

cerebro como al comportamiento de una persona, donde se identifican tanto factores biológicos

como ambientales (de riesgo y protección, que es lo que contribuye al desarrollo y progreso de esta

enfermedad). Por lo tanto, la conducta adictiva no es una condición crónica del individuo, sino que es

producto de la interacción de determinantes (factores) psicológicos, biológicos y sociales en un

momento dado.

FRENTE A SOSPECHA DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL:

1. En caso de sospecharse que un estudiante ha estado consumiendo alcohol, droga o cualquier

otro estupefaciente, dentro del establecimiento se informará a Inspectoría General, Director y/o

el Encargado de Convivencia Escolar.

2. Una de las personas informadas anteriormente, deberá llamar al apoderado quien tendrá que

presentarse a la brevedad en el establecimiento. Se le informará respecto de la sospecha del

consumo de drogas y/o alcohol por parte del estudiante y se le solicitará autorización para que

lo atienda la Dupla Psicosocial.

3. Una vez evaluado el caso, la Dupla Psicosocial determinará si se requiere atención externa y

la consiguiente derivación con especialistas. Se realizará seguimiento del caso a través de

entrevistas personales y evaluación de la conducta por un periodo determinado de tiempo,

informando tanto al apoderado de la situación de su pupilo, al profesor jefe y al Director del

establecimiento.

4. El Encargado de Convivencia junto a la Dupla Psicosocial, elaborarán un plan de acción que

incluya consejería y talleres en torno a la temática de adicciones a drogas y/o alcohol.

FRENTE A DETECCIÓN DE CONSUMO DE DROGAS Y/O ALCOHOL:

1. En el caso que se observe alguna conducta de consumo de drogas y/o alcohol por parte de

cualquier miembro de la comunidad educativa, éste deberá informar inmediatamente a

Inspectoría General, Director, y/o al Encargado de Convivencia del establecimiento.

2. Una de las personas informadas anteriormente, deberá llamar al apoderado, quien tendrá que

presentarse a la brevedad en el establecimiento y llevar a su pupilo al centro de salud más

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cercano. Si el apoderado demora en llegar al establecimiento, el estudiante será derivado al

centro asistencial más cercano primando la salud del afectado.

3. Se realizará evaluación y seguimiento de caso por parte de la Dupla Psicosocial por un

periodo de tiempo determinado, informando al apoderado, profesor jefe y Director del

establecimiento, respecto de la situación del estudiante.

4. El apoderado deberá informar al establecimiento de los programas asistenciales que se

encuentren interviniendo al estudiante y/o tratamientos que deberá realizar.

5. El Encargado de Convivencia junto a la Dupla Psicosocial, elaborarán un plan de acción que

incluya consejería y talleres en torno a la temática de adicciones a drogas y/o alcohol.

FRENTE A SOSPECHA POR PORTE, TRÁFICO O MICROTRÁFICO:

1. Una de las personas de la comunidad escolar que observe un posible tráfico o microtráfico

informará inmediatamente al Director o quien lo subrogue dentro del establecimiento. Quien a

su vez debe dar aviso a Carabineros/PDI/Fiscalía, los encargados de investigar la denuncia.

2. Al mismo tiempo, se informa al apoderado del estudiante de la situación en la que se

encuentra su pupilo, debiéndolo acompañar hacerse responsable de la resolución que tomen

los organismos antes mencionados.

3. Al interior del establecimiento se tomarán acciones orientadas a realizar seguimiento del caso,

a través de entrevistas al apoderado y al estudiante por parte del Equipo de Convivencia

Escolar quienes informarán al Director de la situación del estudiante involucrado.

4. El Encargado de Convivencia Escolar junto a la Dupla Psicosocial, entregarán asesoría tanto

al apoderado como al estudiante, sobre la temática de drogas y/o alcohol.

5. El establecimiento puede considerar la medida de un cambio de ambiente escolar, si la

resolución es desfavorable del estudiante.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR.

El resultado de una buena convivencia supone la participación activa y proactiva de todos los

estamentos de la comunidad educativa: estudiantes, padres, apoderados, funcionarios y

profesionales.

El protocolo distingue, según los involucrados, diferentes situaciones de violencia. Además se

consideran los principios generales, definiciones de conceptos relevantes, responsables, acciones

preventivas, procedimientos y finalmente las acciones remediales.

1. MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE. La ley plantea que revestirá especial gravedad cualquier forma de violencia física o psicológica,

cometida por cualquier medio en contra de un estudiante, realizada por alguien que tenga autoridad

o por cualquier adulto de la comunidad educativa.

Cualquier persona de la comunidad educativa que tenga conocimiento de un acto de violencia contra

un estudiante debe informar a la autoridad del establecimiento, de acuerdo a las normas de

convivencia del establecimiento.

La agresividad se define como un “conjunto de acciones que pueden manifestarse desde

expresiones verbales y gestuales hasta la agresión física”. El lenguaje cotidiano asocia la

agresividad con la falta de respeto, la ofensa o la provocación.

Se considerará constitutivas de violencia las siguientes conductas:

o Insultar o garabatear, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender a un estudiante de la

comunidad educativa.

o Amedrentar, amenazar, chantajear y/o burlarse de algún estudiante. (por ejemplo, utilizar

sobrenombres, mofarse de características físicas, etc.)

o Discriminar, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o

filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos

físicos o cualquier otra circunstancia.

o Atacar, injuriar, desprestigiar a un estudiante a través de chats, blogs, mensajes de texto, correos

electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o

cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, cartas manuscritas, etc.

o Manifestar alguna conducta de connotación sexual hacia un estudiante aun cuando no sean

constitutivo de delito.

Page 45: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

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Todas las acciones referidas anteriormente constituyen faltas que transgreden las normas para la

sana convivencia escolar. Una vez que se realiza cualquier de las conductas descritas con

anterioridad, quien presenció o sea víctima de la agresión, tendrá el derecho y deber de denunciar a

la Dirección del establecimiento o el Encargado de Convivencia Escolar, exponiendo todos los

antecedentes de la situación observada o vivida. La denuncia será acogida y se procederá a la

correspondiente investigación, en cuyo caso el Director del establecimiento tiene un plazo de 5 días

hábiles para entregar una respuesta adecuada a la denuncia e informar al Departamento de

Educación Municipal, DAEM.

Pasos a seguir en investigaciones referidas a situaciones de violencia de un adulto a un estudiante:

o La Dirección o el Encargado de Convivencia acogen la denuncia.

o El Director se reunirá con el comité de Convivencia Escolar del establecimiento para dar inicio a

una investigación interna. Además, informará tanto al apoderado -por medio de una entrevista

personal- como al Departamento de Educación Municipal la correspondiente denuncia

o La psicóloga junto a otro integrante del comité de convivencia realizará las entrevistas necesarias

con los involucrados en la situación de violencia (agredido, agresor, adulto responsable del menor

y testigo(s) (si los hubiere))

o Los encargados de la investigación deberán desarrollar informes para estos fines en donde se

establecen los relatos, participantes nombre firma y acuerdos.

o Los encargados de la investigación informarán al Director el resultado de ésta.

o Si el agresor es un funcionario interno del establecimiento se dará aviso de la situación al

Departamento de Educación Municipal para dar inicio a un sumario interno.

o Si se constata el maltrato y existieran lesiones se debe acudir al Hospital de Peñaflor a constatar

lesiones y con posterioridad denunciar ante carabineros e informar al Departamento de

Educación Municipal.

o Luego de la denuncia a carabineros, el caso referente al adulto involucrado (agresor) pasa de

inmediato a Fiscalía de Talagante y el estudiante involucrado por su etapa de desarrollo (menos

de edad) a Tribunales de Familia, quienes se hacen cargo.

o El equipo psicosocial evaluará si es necesario que se derive al estudiante a la red social local

para un tratamiento reparatorio o bien seguirá con acompañamiento dentro del establecimiento

por parte del mismo equipo.

o Se hará seguimiento del caso por parte del Encargado de Convivencia y Equipo psicosocial.

o Resguardo de la confidencialidad del caso para garantizar protección al agredido.

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Medidas Reparatorias: Tienen por objetivo que el agresor reconozca el daño infringido y lo repare.

Para la resolución de la situación, el Encargado de Convivencia dará la posibilidad de participar en

un proceso de mediación que, por medio del dialogo le permita tomar conciencia del daño

ocasionado.

Seguimiento: aquí se llevarán a cabo las medidas tendientes a prevenir la aparición de un nuevo

episodio de violencia y a reestablecer la estabilidad emocional del estudiante involucrado. Dichas

medidas buscan continuar con la protección de los involucrados y abordar las vivencias surgidas tras

la situación experimentada.

a) Respecto de la Victima:

o El Encargado de Convivencia Escolar y el equipo psicosocial, mantendrá entrevistas de

seguimiento con la o las víctimas, propiciando la expresión de sus vivencias en torno a lo

ocurrido.

o El Encargado de Convivencia Escolar realizará seguimiento de casos en la situación que la

víctima sea acompañada por un tratamiento psicológico externo.

b) Respecto al agresor:

o El Encargado de Convivencia Escolar, a través del Equipo de Convivencia realizará seguimiento

(conversaciones, exposiciones, participación en charlas y talleres, etc.) con el o los agresores,

con el objetivo de profundizar en la toma de conciencia respecto del daño causado y las acciones

que correspondan.

o El Encargado de Convivencia solicitará una acción concreta al agresor: la realización de

capacitaciones o talleres relacionados con la temática de violencia, resolución de conflictos y

comunicación asertiva con adolescentes.

o Estas acciones serán desarrolladas a la espera de los resultados de la Investigación sumaria

ejecutada por DAEM.

2. MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO ENTRE ADULTOS. Pasos a seguir en investigaciones referidas a situaciones de violencia de un entre adultos:

o Director y/o Encargado de Convivencia Escolar acogen denuncia de maltrato físico o psicológico

por parte del afectado o un testigo

o Director informa a Departamento de Educación Municipal, DAEM.

o Traslado al Hospital, para constatar lesiones.

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o Director y Encargado de Convivencia Escolar realizarán investigación interna para corroborar los

hechos. Se realizará entrevistas con los involucrados (agredido, agresor, testigo).

o El Director y Encargado de Convivencia Escolar elaborarán informe con evidencias y

seguimiento.

o Seguimiento del caso por parte del Encargado de Convivencia y/o Equipo Psicosocial.

o Estas acciones serán desarrolladas a la espera de los resultados de la Investigación sumaria

ejecutada por DAEM.

3. MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO ENTRE APODERADOS Y PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO.

o El afectado informará de la situación a la Dirección del establecimiento y ésta, a su vez, al Jefe

del Departamento de Educación Municipal, a través de un escrito con copia a la persona

encargada de convivencia escolar comunal.

o Traslado a hospital, para constatar lesiones

o Denuncia correspondiente a organismos pertinentes (Carabineros, PDI, Fiscalía)

o Psicóloga entrevista a los involucrados, recoge un relato preciso de los hechos e informa por

escrito al Director del establecimiento y Encargado de Convivencia.

Si el maltrato lo efectúa un apoderado y el afectado es personal del establecimiento, se procederá

como sigue:

o El caso será analizado por el Equipo de Convivencia Escolar junto con el/la Encargado/a de

Convivencia Escolar del DAEM, para buscar solución.

o Se dará el apoyo especializado necesario al funcionario afectado.

Si el maltrato lo efectúa un funcionario del establecimiento y el afectado es un apoderado se

procederá como sigue:

o La Dirección acogerá la denuncia del apoderado y se tomarán las medidas correspondientes

informando de la situación ocurrida al DAEM.

o La Dirección y Encargado de Convivencia Escolar, concertarán una reunión entre los

involucrados para que se ofrezcan disculpas del caso.

o Se dará apoyo especializado a los involucrados.

o Si se comprueban nuevas denuncias por maltrato del funcionario hacia apoderados se informará

al DAEM dicha situación.

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PROTOCOLO DE ACTUACION EN CASO DE AUSENTISMO Y/O

INASISTENCIAS REITERADAS A CLASES.

Se entenderá como Ausentismo Escolar las inasistencias que sobrepasen 2 días continuos y las

inasistencias intermitentes sin justificación por parte del apoderado.

Procedimiento:

1. Al segundo día de inasistencia, la Trabajadora Social realizará contacto telefónico con el/la

apoderado/a correspondiente.

2. Inspector General, Profesor Jefe o Dupla Psicosocial entrevista a apoderado/a en caso de ser

necesario.

3. En caso de que el profesor reciba un justificativo de las ausencias, el proceso cesará y deberá

ser consignado en Libro de Clases.

4. En caso que el/la estudiante tenga certificado médico, deberá ser entregado en secretaria al

momento del inicio del reposo, donde quedará registrado en el libro de entrega de documentos

con firma del apoderado.

5. Sólo los certificados médicos firmados por médico, dentista, kinesiólogo u otro profesional de la

salud calificado pueden ser utilizados para eventos estadísticos del SIGE (promoción y

repitencia).

6. En caso que no se logre contacto telefónico al tercer día de inasistencia, la Trabajadora Social

generará visitas domiciliarias en busca de causas y remediales.

7. La Trabajadora Social retroalimentará a Inspectoría General y profesor jefe de resultados de la

visita.

8. En caso que el/la estudiante no se reincorpore a clases se analizará el caso en conjunto con

Director y si es necesario el Equipo Psicosocial referirá el caso a OPD por medio de un informe

sobre el/la estudiante dando aviso y solicitando apoyo al DAEM.

Puntualidad

Los/las estudiantes deberán presentarse puntualmente todos los días de clases dando cumplimiento

al horario institucional establecido en las Normas de Convivencia del establecimiento.

Atrasos: Los/las estudiantes que se atrasen al inicio de la jornada escolar deberán presentarse en

Inspectoría General y solicitar autorización para ingresar a clases. A su vez, serán registrados en

“Libro de atrasos” por inspector de patio, quien compartirá esta información con la Trabajadora Social

y Profesor Jefe correspondiente, para las acciones pertinentes.

Después de 3 atrasos, durante la semana, se procederá a generar la citación, a través del Profesor

Jefe, al apoderado para ser informado y justificar en Libro de clases.

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PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTES EN ACTIVIDADES

ESCOLARES.

1. PROPOSITO:

Entregar al Estudiante una oportuna atención para evaluar su lesión una vez ocurrido el accidente,

esto permitirá un mejor diagnóstico para el éste, además de cumplir con lo establecido en el marco

legal:

a) Contar con un procedimiento estándar para la denuncia de los accidentes ocurridos en

actividades extraescolares y su posterior derivación a un centro de atención médica o lugar de

atención de urgencia más cercano.

b) Actuar adecuadamente ante la ocurrencia de un accidente escolar.

c) Informar a los apoderados e instituciones involucradas sobre accidente y medidas adoptadas.

d) Evaluar el accidente ocurrido, para aplicar medidas preventivas y/o acciones que disminuyan el

riesgo de nueva ocurrencia.

2. ALCANCE:

Este procedimiento será aplicable a todos los/las estudiantes pertenecientes a establecimientos

educacionales municipales y particulares participantes de actividades extra programáticas

organizadas por el DAEM Peñaflor.

3. DOCUMENTACION DE REFERENCIA:

Ley 16.744 de Accidentes Escolares D.S 313

4. DEFINICIONES:

o Accidente Escolar: Toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios,

o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o

muerte.

o Urgencia: Aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa y

gravedad variable que genera la conciencia de una necesidad inminente de atención, por parte

de una persona que lo sufre o de su familia. (OMS) Otra definición: aquella patología cuya

evolución es lenta y no necesariamente mortal, pero que debe ser atendida en máximo 6 hrs.

o Emergencia: Situación urgente que pone en peligro inmediato la vida de la persona o la función

de algún órgano. Según la OMS (Organización Mundial de la Salud), emergencia es el caso en

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que la falta de asistencia conduciría a la muerte en minutos y en el que la aplicación de primeros

auxilios por cualquier persona es de importancia vital.

o Riesgo Vital: Estado de salud que podría terminar con la vida del paciente de no mediar atención

especializada.

o Situación de emergencia con riesgo vital: Constituye una probabilidad de daño o

vulnerabilidad que compromete la vida.

o Documento del seguro Escolar: Registro que completa el encargado extraescolar de su

establecimiento que se entrega al personal de la unidad de urgencia del Hospital donde se realiza

el traslado.

o Derivación: Procedimiento de traslado al Servicio de Urgencia, Unidad de hospitalización que

pueda resolver las necesidades de diagnóstico y tratamiento de la persona

DISPOSICIONES LEGALES EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR, SEGÚN LEY 16.744 D.S 313

e) El artículo 11 D.S 313: Dispone imperativamente que la entidad Educacional deberá denunciar,

Inmediatamente, de producido, todo accidente. Se entiende por inmediatamente dentro de las

24 horas.

f) Los Coordinadores extraescolar que formulen una denuncia de accidente escolar, son

responsables de la veracidad e integridad de los hechos y circunstancias que mencionan en su

comunicado.

g) “Declaración individual de accidente escolar. Este documento deberá presentarse con toda la

información que indica su formato.

5. PROCEDIMIENTO.

EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR. Este procedimiento se inicia en el momento que ocurre

un accidente:

a. Si se produce un accidente dentro del establecimiento o lugar de desarrollo de la actividad

extraescolar, el adulto responsable del alumno afectado dará aviso al coordinador extraescolar,

quien tomara contacto con los medios de emergencia para que se trasladen al lugar, detallando

cómo, cuándo y donde ocurrió el accidente.

b. El adulto o profesor responsable dará aviso al director del establecimiento indicando como

ocurrieron los hechos.

c. Una vez que se encuentre la unidad de ambulancia en el lugar se solicitara al personal del área

de la salud que evalué al alumno y analizar su traslado al centro asistencial, en caso de ser

Page 51: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

51

trasladado deberá ser acompañado por el coordinador de su establecimiento tomado a cargo del

coordinador extraescolar comunal el grupo de alumnos de su escuela.

d. El formulario “Declaración individual de accidente escolar”, deberá ser enviada junto con el

menor en caso de su traslado al centro asistencial.

e. Una vez ingresado el alumno en el centro asistencial, el coordinador que lo acompaña deberá

tomar contacto con el apoderado para que se traslade al centro asistencial y poder hacerse

cargo del menor.

f. Procederá a informar al apoderado/a mediante sistema formal: (email, llamado telefónico o

mensajería instantánea).

TELEFONOS DE EMERGENCIA COMUNAL

o AMBULACIA: 1410

o BOMBEROS: 228125944

o CARABINEROS:229224056

o HOSPITAL DE PEÑAFLOR: 225742500

o DAEM: 224327851

6. RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN (Procedimiento administrativo en caso de

accidente escolar).

MUNICIPALIDAD DE PEÑAFLOR DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

QUIEN AVISA

ÁREA DÓNDE NOMBRE NÚMERO DE CONTACTO

Adulto Responsable

Educación Lugar de desarrollo

Sebastián Viveros: 224327857

+56990026640

[email protected]

Adulto Responsable

Educación Departamento de Educación

Oscar Martínez: 224327851

+56945556083

7. DISTRIBUCION: Instructivo: Este instructivo deberá ser informado a todas las Escuelas

Municipales y particulares y serán responsables de su aplicación.

Page 52: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

52

PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE ROBOS Y HURTOS EN EL

LICEO

Nota: La normativa interna del LICEO establece que los alumnos no deben traer objetos de valor

que no sean estrictamente necesarios para la actividad académica.

I. PROCEDIMIENTO ANTE UNA DENUNCIA DE ROBO O DE HURTO DE ESPECIES

II. PERSONALES OCURRIDO EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO, ENTRE

ESTUDIANTES Y O CON ADULTOS:

1. La persona conocedora del hecho o que reciba la denuncia debe acoger el relato del afectado/a y

derivarlo al Profesor Jefe y/o Encargado de Convivencia Escolar.

2.- El Profesor Jefe o Encargado de Convivencia, debe proceder con diligencia, dejando constancia

por escrito de los hechos relatados e informar a Inspector General. Si la denuncia ocurre al término

de la jornada, debe retomar el caso a primera hora del día siguiente.

3.- El Inspector General o Encargado de Convivencia citará a los apoderados de los estudiantes

involucrados para informarles de la situación. Se dejará una constancia escrita de la entrevista con

los detalles pertinentes del hecho, la que será firmada por los presentes.

4.- Si el hecho tiene características de robo, se requerirá inmediatamente la presencia de

Carabineros.

5.- En ambos casos se derivará al Equipo de Convivencia. Éste organismo deberá aplicar las

sanciones contempladas en las Normas de Convivencia.

6.- Se deberá registrar en la Hoja de Vida del estudiante responsable de la falta e informar al

apoderado/a de las acciones señaladas en el Manual de Convivencia.

7.- Se deja a criterio del afectado/a poder iniciar denuncia civil en forma personal en la Comisaría

más cercana, salvo que el Liceo haya procedido a la denuncia en caso del artículo 175 lera e) del

Código Procesal Penal.

II. PROCEDIMIENTO ANTE UNA DENUNCIA DE ROBO O DE HURTO DE ESPECIES

PERSONALES OCURRIDO EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO, POR UN FUNCIONARIO

DEL MISMO:

3. Si el denunciado fuera un funcionario del Liceo, se debe informar al Director, quien determinará lo

siguiente:

4. Se solicitará a encargado de convivencia realizar investigación y recopilar datos que deberán ser

presentados a Dirección en un plazo máximo de 48 horas.

Page 53: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

53

5. Con los antecedentes Dirección emitirá un informe que será presentado a Departamento de

Educación Municipal (DAEM) para proceder a dejar constancia laboral en la Inspección de

Trabajo y a determinar medidas.

6. El Director, junto al Equipo Directivo, determinará acciones reparatorias y sanciones. En el caso

de hurto, será considerado un atenuante el que el denunciado reconozca su falta.

7. Si el hurto se repite en más de una ocasión se informará a DAEM respecto al problema

solicitando a éste el traslado del funcionario y desvinculación del LICEO.

8. En el caso de robo, se procederá a dejar constancia en hoja de vida del funcionario y a valorar si

la acción amerita, por parte de DAEM, su despido inmediato.

9. Se deja a criterio del afectado/a poder iniciar denuncia civil en forma personal en la Comisaría

más cercana.

10. El Liceo, a petición del interesado, y solo en caso de denuncia formal, procederá a realizar los

trámites previos a la investigación penal.

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PROTOCOLO PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS

I. Indicaciones Generales:

Por salida pedagógica entendemos toda actividad, que en virtud de una planificación curricular,

implica la salida de los estudiantes fuera del liceo, dentro o fuera de la comuna de Peñaflor, para

complementar el desarrollo curricular en una asignatura o módulo determinado. Por lo mismo, la

salida pedagógica debe ser una experiencia académica práctica que ayude al desarrollo de las

competencias y habilidades de todos los estudiantes. El liceo no promueve ni auspicia paseos de fin

de año ni giras de estudios dentro del período lectivo, con la única excepción del Programa Gira de

Estudio de Sernatur.

Este documento tiene como finalidad dar a conocer a toda la comunidad escolar del Liceo Comercial

República de Brasil los pasos a seguir, cuidados, medidas y acciones de seguridad que deben

tomarse cada vez que un estudiante, grupo de estudiantes o curso/os deban salir del establecimiento

para realizar una visita, paseo, excursión, investigación en terreno, asistencia a algún espectáculo,

función; de carácter pedagógica, deportiva, competitiva, vocacional, etc.

El profesor o profesores a cargo de la salida deberán programar dicha actividad con al menos 1 mes

de anticipación, informando en primera instancia a Inspectoría General, quien a su vez informará a la

Dirección a través de ficha salida pedagógica.

Las salidas tendrán una duración de horas o jornadas completas de lunes a viernes.

Las actividades deberán ser informadas a lo menos con 15 días hábiles de anticipación a la Oficina

de Partes del Departamento Provincial, precisando su justificación y adjuntando la documentación

que debe ser presentada a ese departamento. Dicho trámite se hará a través de la Secretaria del

liceo:

o Declaración Simple de Salida Pedagógica (SECREDUC)

o Ficha Objetivos y Programa Salida (SECREDUC)

o Copia Ficha Salida Pedagógica c/ firmas pertinentes.

o Documentos con autorización escrita de los apoderados.

o Guía didáctica correspondiente al objetivo de la salida.

II. Instructivo de Seguridad:

1. Previo a la salida, con al menos 20 días de anticipación, el o los profesores responsables de la

salida a terreno deberán enviar las autorizaciones de salida a los apoderados, para su

correspondiente firma. Si es necesario, deberá informar las condiciones, exigencias, sistema de

transporte, costo, hora de salida y regreso, entre otros.

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2. Las salidas pedagógicas deben ser siempre en bus contratado para la ocasión y que cumpla con

los requerimientos para el transporte de personas, con sus revisiones y autorizaciones al día,

además debe salir desde el establecimiento y regresar al mismo.

3. La contratación de los servicios de transporte debe realizarla el Departamento de Educación,

previa solicitud del Director del liceo, preocupándose que cumpla con todas las normas.

4. El profesor a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta su término

(regreso al liceo), por lo que debe tomar todas las medidas de seguridad, de tal manera de

disminuir el riesgo de accidentes de los estudiantes.

5. El profesor deberá informar oportunamente si la salida será con uniforme, buzo deportivo o

vestimenta libre.

6. Las salidas pedagógicas para un mismo curso deben realizarse en días distintos de la semana

para no afectar a las mismas asignaturas o módulos.

7. Los estudiantes deberán salir acompañados del profesor responsable de la actividad, un

Paradocente u otro profesor de acuerdo al número de estudiantes.

8. Debe darse a conocer a Secretaría la hora de salida y retorno al establecimiento.

9. Ningún estudiante podrá salir sin haber sido debidamente señalado en el registro de asistencia.

10. Ningún estudiante podrá salir sin contar con la autorización escrita de su apoderado, la que

constará en un documento con el nombre de éste y el nombre y firma del apoderado.

11. Los estudiantes deberán salir debidamente uniformados, dependiendo del carácter de la salida

12. El día de la salida debe confeccionarse un listado con la nómina de los estudiantes que salen, la

cual debe coincidir con las autorizaciones enviadas 15 días antes a la Dirección Provincial.

13. Ante cualquier cambio de fecha de una salida el profesor o profesora deberá avisar

oportunamente a los estudiantes y sus padres el motivo de la suspensión.

14. Si la salida de los estudiantes se prolongara más allá del horario de colación, el profesor

conjuntamente con los apoderados definirán los alimentos, la hora y el lugar en donde los

estudiantes podrán almorzar. Siempre éstos estarán supervisados.

15. En caso de utilizar un transporte (bus, furgón, etc.) los estudiantes deberán mantener una

conducta apropiada y respetuosa y de las normas vigentes dentro del vehículo.

16. Los estudiantes que están autorizados y participen de la actividad están cubiertos por el Seguro

de Accidente Escolar, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 16.744 D.S. Nº 313.

17. Quedará estrictamente prohibido la salida de los estudiantes portando elementos tales como:

cigarrillos, alcohol, cualquier tipo de droga o alucinógeno, elementos que puedan ser peligrosos

(corta cartones, corta plumas, cuchillos o algún tipo de arma de fuego).

18. En toda salida pedagógica deben respetarse las siguientes medidas:

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a) El profesor responsable deberá confirmar las autorizaciones de los apoderados; además

deberá verificar que todos los/las estudiantes presentes estén debidamente registrados en

el Libro de Asistencia.

b) El docente responsable deberá portar un registro de números telefónicos de emergencia,

de la familia de cada estudiante y de los celulares de éstos si fuere el caso.

c) Los/las estudiantes deberán atenerse a las Normas de Convivencia de la misma forma

como lo hacen durante la jornada de clases.

d) Los estudiantes no podrán separarse del grupo liderado por el/los profesor/es o asistente,

ni alejarse a desarrollar actividades distintas de lo programado.

e) En caso que la visita tenga como destino un punto que contemple la cercanía con algún

lugar tal como playa, río, lago, piscina, etc. los estudiantes en ningún caso podrán acceder

a bañarse o realizar actividades recreativas o de juego sin que éstas estén contempladas

dentro de la guía didáctica y jamás sin ser supervisados por algún o profesor o

paradocente. No obstante lo anterior quedará estrictamente prohibido acceder a estos

lugares si no se cuenta con salvavidas o con alguna indicación que garantice la seguridad

del lugar.

f) Quedará estrictamente prohibido la ingesta de alcohol o cigarrillos.

g) Deberán abstenerse de proferir groserías, realizar rallados (grafiti) arrojar basura, envases

o escupir en la vía pública o en algún recinto cerrado. Lo anterior será considerado como

falta grave.

h) Los estudiantes deberán hacerse responsables de sus pertenencias, evitando dejarlas

olvidadas en los medios de transporte o en los recintos que sean visitados.

i) Toda vez que los estudiantes accedan a un recinto con el fin de interiorizarse de una

actividad, visitar una muestra, presenciar un espectáculo, ingresar a un museo, etc. éstos

tendrán especial cuidado de no causar ningún tipo de deterioro, destrozo o sustracción de

elementos que allí se encuentren.

j) Queda estrictamente prohibido durante el trayecto en el medio de transporte sacar la

cabeza o parte del cuerpo por las ventanas o puertas, correr o saltar en pasillo y asientos y

cualquier acción que atente contra su seguridad.

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ESTRACTO DE LA LEY DE INCLUSIÓN ESCOLAR QUE REGULA LA ADMISIÓN DE LOS Y LAS ESTUDIANTES, ELIMINA EL FINANCIAMIENTO COMPARTIDO Y PROHÍBE EL LUCRO EN ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE RECIBEN APORTES DEL ESTADO Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente Proyecto de ley:

"Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del

Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº20.370 con las

normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº1, de 2005:

Liceo Comercial Municipalizado República de Brasil R.B.D. Nº 10.751-4

AUTORIZACION DE SALIDA

Yo……………………………………………………………………………………………C.I. ……………………-………… Apoderado(a) del estudiante(a)…………………………………………………………………………………………. Quien cursa el ……………………autorizo el viaje y asistencia de mi pupilo a ………………………………………………………………………………………… ubicado en………………............. ……………………………………………………el día …………de………………de………, en horario correspondiente a ……………… hasta ……………. Con el motivo de.……………………………………. …………………………………………………………………enmarcado en el proyecto escolar. ………………………………………………………. Firma del apoderado(a)

Page 58: NORMAS DE CONVIVENCIA LICEO COMERCIAL …

58

1) Gratuidad. El Estado implantará progresivamente la enseñanza gratuita en los establecimientos

subvencionados o que reciben aportes permanentes del Estado, de conformidad a la ley.".

2) Diversidad. El sistema debe promover y respetar la diversidad de procesos y proyectos educativos

institucionales, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las familias que han elegido un

proyecto diverso y determinado, y que son atendidas por él, en conformidad a la Constitución y las leyes.

En los establecimientos educacionales de propiedad o administración del Estado se promoverá la

formación laica, esto es, respetuosa de toda expresión religiosa, y la formación ciudadana de los

estudiantes, a fin de fomentar su participación en la sociedad

3) Asimismo, el sistema educativo deberá promover el principio de la responsabilidad de los estudiantes,

especialmente en relación con el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes escolares,

cívicos, ciudadanos y sociales. Este principio se hará extensivo a los padres y apoderados, en relación con

la educación de sus hijos o pupilos.".

4) Flexibilidad. El sistema debe permitir la adecuación del proceso a la diversidad de realidades, asegurando

la libertad de enseñanza y la posibilidad de existencia de proyectos educativos institucionales diversos.".

5) Integración e inclusión. El sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que

impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes. Asimismo, el sistema propiciará que los

establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los y las estudiantes de distintas

condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión

6) Dignidad del ser humano. El sistema debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana

y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto, protección y promoción de los derechos

humanos y las libertades fundamentales consagradas en la Constitución Política de la República, así como

en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

7) Educación integral. El sistema educativo buscará desarrollar puntos de vista alternativos en la evolución

de la realidad y de las formas múltiples del conocer, considerando además, los aspectos físico, social,

moral, estético, creativo y espiritual, con atención especial a la integración de todas las ciencias, artes y

disciplinas del saber

8) "Es deber del Estado propender a asegurar a todas las personas una educación inclusiva de calidad.

Asimismo, es deber del Estado promover que se generen las condiciones necesarias para el acceso y

permanencia de los estudiantes con necesidades educativas especiales en establecimientos de educación

regular o especial, según sea el interés superior del niño o pupilo.".