normas de predicción

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ACTIVIDAD DE NORMAS DE PREDICCION. PD ISO/IEC Guide 73: 2002 ISO 14971:2007 ISO/EN 13849-1:2006 Norma ISO 14224 Norma SAE 1739-1011 Norma ASTM 1934 (Termografía) Norma IEC61000 (Calidad de Potencia) Norma EN50160 (Calidad de Potencia) Norma IEEE 519 (Calidad de Potencia) Norma IEEE 1159 (Calidad de Potencia) Resolución CREG024 (Calidad de Potencia) Norma IEEE C-57.104(Cromatografía de gases) ISO 2372, ISO 10816-3 (Máquinas en general con velocidad de operación entre 2.5 y 250 (rev/s).) ISO 7919 (Máquinas rotatorias con mediciones en el eje) 1. PD ISO/IEC Guide 73: 2002 Guía ISO/CEI 73 Gestión de riesgos – Terminología – Líneas directrices para el uso en las normas 1. Alcance Esta guía proporciona a los redactores de normas definiciones genéricas de términos relacionados con la gestión de riesgos. Está concebida como un documento genérico al más alto nivel para la redacción o revisión de normas que incluyan aspectos de la gestión de riesgos. El objetivo de esta guía es promover un enfoque coherente a la descripción de las actividades de gestión de riesgos y el uso de la terminología de la gestión de riesgos. Su fin consiste en contribuir a un entendimiento común entre los miembros de la ISO y la CEI, más que en facilitar directrices sobre la práctica de gestión de riesgos. La guía ISO/CEI 51 trata aspectos de seguridad. NOTA 1 El término "norma" – utilizado en esta Guía – incluye Informes Técnicos y Guías.

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Page 1: Normas de Predicción

ACTIVIDAD DE NORMAS DE PREDICCION.

PD ISO/IEC Guide 73: 2002 ISO 14971:2007 ISO/EN 13849-1:2006 Norma ISO 14224 Norma SAE 1739-1011 Norma ASTM 1934 (Termografía) Norma IEC61000 (Calidad de Potencia) Norma EN50160 (Calidad de Potencia) Norma IEEE 519 (Calidad de Potencia) Norma IEEE 1159 (Calidad de Potencia) Resolución CREG024 (Calidad de Potencia) Norma IEEE C-57.104(Cromatografía de gases) ISO 2372, ISO 10816-3 (Máquinas en general con velocidad de operación

entre 2.5 y 250 (rev/s).) ISO 7919 (Máquinas rotatorias con mediciones en el eje)

1. PD ISO/IEC Guide 73: 2002

Guía ISO/CEI 73Gestión de riesgos – Terminología – Líneas directrices para el uso en las normas

1. AlcanceEsta guía proporciona a los redactores de normas definiciones genéricas de términos relacionados con la gestión deriesgos.Está concebida como un documento genérico al más alto nivel para la redacción o revisión de normas que incluyan aspectos de la gestión de riesgos.El objetivo de esta guía es promover un enfoque coherente a la descripción de las actividades de gestión de riesgos y el uso de la terminología de la gestión de riesgos. Su fin consiste en contribuir a un entendimiento común entre losmiembros de la ISO y la CEI, más que en facilitar directrices sobre la práctica de gestión de riesgos.La guía ISO/CEI 51 trata aspectos de seguridad.NOTA 1 El término "norma" – utilizado en esta Guía – incluye Informes Técnicos y Guías.NOTA 2 Estas normas pueden versar exclusivamente sobre gestión de riesgos o pueden incluir cláusulas específicas de la gestión de riesgos.

2. Visión general de términos y definiciones relacionadas con la gestión de riesgos Las relaciones entre los términos y las definiciones de gestión de riesgos se muestran en las figuras 1a 3 de la Guía ISO/CEI 73.La gestión de riesgos forma parte de los procesos de gestión más amplios de las empresas. La gestión de riesgos depende del contexto en el que se utilice. La terminología utilizada en cada contexto puede variar.

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Cuando unos términos relacionados con la gestión de riesgos se usan en una norma, es imprescindible que no se tergiverse ni malinterprete el significado con el que se emplean dentro del contexto de la norma. Por consiguiente, estaGuía proporciona definiciones para los diferentes significados que puede tener cada término, sin aportar definiciones que se contradigan. Cada vez más, las empresas utilizan procesos de gestión de riesgos para optimizar la gestión de lasoportunidades potenciales. Esto difiere del proceso de evaluación de riesgos descrito en la Guía ISO/CEI 51, en la queel riesgo sólo puede tener consecuencias negativas.Sin embargo, ya que la comunidad empresarial adopta cada vez más el enfoque más amplio al riesgo, esta Guía pretende recoger ambas situaciones. Las definiciones de esta Guía son más amplias en cuanto a concepto que las de la Guía ISO/CEI 51.Para asuntos relacionados con la seguridad, las definiciones facilitadas en la Guía ISO/CEI 51 siguen vigentes. Estas constan en el Anexo A de la Guía ISO/CEI 73. Se proporciona una lista alfabética de términos en inglés y francés. NOTA Cuando un término definido en esta Guía se remite a otra definición, aparece en negrita junto con su remisión. Los términos citados en las notas aparecen en negrita pero sin remisiones.

3. Términos y definiciones

3.1 Términos básicos3.1.1 RiesgoCombinación de la probabilidad (3.1.3) de un suceso (3.1.4) y de su consecuencia (3.1.2)NOTA 1 El término "riesgo" suele utilizarse sólo en el caso de que exista, al menos, una posibilidad de consecuencia negativa.NOTA 2 En algunas situaciones, el riesgo surge de la posibilidad de desviación con respecto al resultado o suceso previsto.NOTA 3 Ver la Guía ISO/CEI 51 respecto a temas relacionados con la seguridad.3.1.2 ConsecuenciaResultado de un suceso (3.1.4)NOTA 1 Se puede derivar más de una consecuencia de un mismo suceso.NOTA 2 Las consecuencias pueden variar de positivas a negativas. Sin embargo, las consecuencias son siempre negativas en aspectos de seguridad.NOTA 3 Las consecuencias se pueden expresar cualitativa o cuantitativamente.3.1.3 ProbabilidadGrado en que un suceso (3.1.4) puede tener lugar.NOTA 1 ISO 3534-1: 1993, la definición 1.1 proporciona la siguiente definición matemática de probabilidad: "un número real situado en la escala de 0 a 1 asignado a un suceso fortuito. Puede estar relacionado con una frecuencia de ocurrencia relativa a largo plazo o con un grado de creencia de que ocurra un suceso. Para un alto grado de creencia, la probabilidad se acerca a 1".

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NOTA 2 Al describir el riesgo, se puede usar "frecuencia" en lugar de "probabilidad".NOTA 3 Grados de creencia acerca de la probabilidad se pueden elegir como clases o categorías, como– rara/improbable/moderada/probable/casi segura, o– increíble/improbable/remota/ ocasional/probable/frecuente.3.1.4 Suceso Ocurrencia de una serie de circunstancias particularesNOTA 1 El suceso puede ser cierto o incierto.NOTA 2 El suceso puede tener una sola ocurrencia o una serie de ocurrencias.NOTA 3 Puede calcularse la probabilidad asociada al suceso para un cierto período de tiempo.3.1.5 FuenteElemento o actividad que disponga de un potencial de consecuencia (3.1.2)NOTA En el contexto de seguridad, fuente se refiere a un peligro (ver Anexo A y la Guía ISO/CEI 51:1999).3.1.6 Criterio de riesgosTérminos de referencia por los que se evalúa la importancia del riesgo (3.1.1).NOTA Los criterios de riesgo pueden incluir costes y beneficios asociados, requisitos legales y estatutarios, aspectos socioeconómicos y ambientales, las preocupaciones de los interesados, prioridades y otras aportaciones a la evaluación.3.1.7 Gestión de riesgosActividades coordinadas para dirigir y controlar una empresa en relación con el riesgo (3.1.1).NOTA La gestión de riesgos incluye, por norma general, evaluación de riesgos, tratamiento de riesgos, aceptación de riesgos y comunicación de riesgos.3.1.8 Sistema de gestión de riesgosSerie de elementos del sistema de gestión de una empresa, relacionados con la gestión de riesgos (3.1.1)NOTA 1 Los elementos del sistema de gestión pueden incluir una planificación estratégica, toma de decisiones y otros procesos que traten el riesgo.NOTA 2 La cultura de una empresa queda reflejada en su sistema de gestión de riesgos.

3.2 Términos relacionados con personas o empresas afectadas por el riesgo3.2.1 Interesado (“Stakeholder”)Cualquier individuo, grupo o empresa que pueda afectar, estar afectado por o considerarse afectado por un riesgo(3.1.1).NOTA 1 El encargado de la toma de decisiones también es un interesado.NOTA 2 El término "interesado" incluye parte interesada (definida en ISO 9000:2000), pero tiene un significado más amplio.3.2.2 Parte interesada

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Persona o grupo que tiene un interés en el resultado o éxito de una empresa.EJEMPLOS: Clientes, propietarios, personal de una empresa, proveedores, banqueros, asociaciones, socios o sociedad. NOTA Un grupo puede comprender una empresa, una parte de esta, o más de una empresa.[ISO 9000:2000, definición3.3.7]3.2.3 Percepción de riesgosModo en el que un interesado (3.2.1) ve un riesgo (3.1.1), basándose en una serie de valores o asuntos. NOTA 1 La percepción del riesgo depende de las necesidades, problemas y conocimientos del interesado.NOTA 2 La percepción del riesgo puede diferir de los datos objetivos.3.2.4 Comunicación de riesgosIntercambio o puesta en común de información acerca del riesgo (3.1.1) entre el encargado de la toma de decisiones yotros interesados (3.2.1)NOTA La información puede estar relacionada con la existencia, naturaleza, forma, probabilidad, severidad, aceptabilidad, tratamiento y otros aspectos del riesgo.

3.3 Términos relacionados con la valoración de riesgos3.3.1 Valoración de riesgosProceso general de análisis de riesgos (3.3.2) y de evaluación de riesgos (3.3.6)3.3.2 Análisis de riesgosUso sistemático de información para identificar fuentes (3.1.5) y para calcular riesgos (3.1.1).NOTA 1 El análisis de riesgos proporciona una base para la evaluación, el tratamiento y la aceptación de riesgos. NOTA 2 La información puede incluir datos históricos, análisis teóricos, opiniones informadas y las preocupaciones de los interesados.NOTA 3 Ver Guía ISO/CEI 51 para el análisis de riesgos en el contexto de seguridad.3.3.3 Identificación de riesgosProceso por el que se encuentran, enumeran y caracterizan elementos de riesgo (3.1.1).NOTA 1 Los elementos pueden incluir la fuente o peligro, suceso, consecuencia y probabilidad. NOTA 2 La identificación de riesgos también puede reflejar las preocupaciones de los interesados.3.3.4 Identificación de fuentesProceso por el que se encuentran, enumeran y caracterizan fuentes (3.1.5)NOTA En el contexto de seguridad, la identificación de fuentes se conoce como identificación de peligros (Ver GuíaISO/CEI 51).3.3.5 Estimación de riesgosProceso utilizado para asignar valores a la probabilidad (3.1.3) y a las consecuencias (3.1.2) de un riesgo (3.1.1). NOTA La estimación de riesgos puede abarcar costes, beneficios, preocupaciones de los interesados y otras variables, según convenga a la evaluación de riesgos.

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3.3.6 Evaluación de riesgosProceso que consiste en comparar el riesgo (3.1.1) calculado con ciertos criterios de riesgos (3.1.6) para determinar la importancia del riesgo.NOTA 1 La evaluación de riesgos puede utilizarse para ayudar a tomar la decisión de aceptar o tratar un riesgo. NOTA 2 Ver Guía ISO/CEI 51 para la evaluación de riesgos en el contexto de la seguridad.

3.4 Términos relacionados con el tratamiento y control de riesgos3.4.1 Tratamiento de riesgosProceso de selección y puesta en aplicación de medidas para modificar el riesgo (3.1.1).NOTA 1 El término "tratamiento de riesgos" se utiliza a veces para las propias medidas.NOTA 2 Las medidas de tratamiento de riesgos pueden incluir evitar, optimizar, transferir o retener el riesgo.3.4.2 Control de riesgosAcciones que ponen en aplicación las decisiones de la gestión de riesgos (3.1.7).NOTA El control de riesgos puede incluir la supervisión, la reevaluación y la conformidad con las decisiones.3.4.3 Optimización de riesgosProceso relacionado con el riesgo (3.1.1) para minimizar las consecuencias (3.1.2) negativas y maximizar las positivas y sus respectivas probabilidades (3.1.3).NOTA 1 En el contexto de seguridad, la optimización de riesgos se centra en la reducción del riesgo.NOTA 2 La optimización de riesgos depende de los criterios de riesgos, incluyendo costes y requisitos legales. NOTA 3 Los riesgos asociados al control de riesgos pueden tenerse en cuenta.3.4.4 Reducción de riesgosAcciones tomadas para reducir la probabilidad (3.1.3), las consecuencias (3.1.2) negativas, o ambas, en relación con un riesgo (3.1.1).3.4.5 MitigaciónLimitación de cualquier consecuencia (3.1.2) negativa de un suceso particular (3.1.4).3.4.6 Elusión de riesgosDecisión de no involucrarse en una situación de riesgo o acción consistente en salir de la misma. NOTA La decisión debe ser tomada basándose en el resultado de la evaluación de riesgos.3.4.7 Transferencia de riesgosPuesta en común con otra parte de la carga de las pérdidas o el beneficio de las ganancias consecuencia de un riesgo(3.1.1).NOTA 1 Los requisitos legales o estatutarios pueden limitar, prohibir u ordenar la transferencia de cierto riesgo. NOTA 2 La transferencia de riesgos se puede llevar a cabo a través de un seguro o por otros medios.NOTA 3 La transferencia de riesgos puede crear nuevos riesgos o modificar un riesgo ya existente. NOTA 4 El traslado de la fuente no se considera transferencia de riesgos.

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3.4.8 Financiación de riesgosProvisión de los fondos necesarios para sufragar los costes del tratamiento de riesgos (3.4.1) y los costes afines.NOTA En algunas industrias, la financiación de riesgos se refiere sólo a la financiación de las consecuencias financieras relacionadas con el riesgo.3.4.9 Retención de riesgosAceptación de la carga de las pérdidas o el beneficio de las ganancias consecuencia de un riesgo (3.1.1) particular. NOTA 1 La retención de riesgos incluye la aceptación de riesgos que no se han identificado.NOTA 2 La retención de riesgos no recoge tratamientos que incluyan seguros o transferencia por otros medios.NOTA 3 Puede haber variabilidad en el grado de aceptación y dependencia de los criterios de riesgos3.4.10 Aceptación de riesgosDecisión de aceptar un riesgo (3.1.1).NOTA 1 El verbo "aceptar" se ha elegido para transmitir la idea de que la aceptación tiene el significado básico que consta en el diccionario.NOTA 2 La aceptación de riesgos depende de los criterios de riesgos.3.4.11 Riesgo residualRiesgo (3.1.1) que permanece después del tratamiento de riesgos (3.4.1).

NOTA Ver Guía ISO/CEI 51 para aplicaciones relacionadas con la seguridad.

2. ISO 14971 es una norma internacional ISO que contempla la Gestión de Riesgos de productos sanitarios. En esta norma se establecen los requisitos de la gestión de riesgos para determinar la seguridad de un producto sanitario por parte del fabricante durante todo el ciclo de vida del producto.

Esta norma adoptada por el CEN como EN ISO 14971:2007 esta armonizada con respecto a las directivas de producto sanitario europeas 93/42/EEC, 90/385/EEC y 98/79/EC. 1

Esta norma debe aplicarse a los productos sanitarios pues así está establecido en la ISO 13485 en el apartado 7.1 de planificación y es una norma armonizada con las directivas europeas de productos sanitarios 93/42/EEC, 98/79/EC y 90/385/EEC.

Los requisitos contenidos en esta norma internacional proporcionan a los fabricantes un marco de referencia en el que la experiencia, la intuición y la opinión se aplican de forma sistemática para gestionar los riesgos asociados con la utilización de productos sanitarios.

Esta norma internacional se desarrolló específicamente para los fabricantes de productos/sistemas sanitarios utilizando principios establecidos de gestión de los riesgos. Para otros fabricantes, por ejemplo, en otras industrias de asistencia sanitaria, esta norma internacional se podría utilizar como orientación informativa para desarrollar y mantener un sistema y un proceso de gestión de los riesgos.

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Esta norma internacional trata de los procesos para la gestión de los riesgos, que afectan principalmente al paciente, pero también al operador, a otras personas, a otros equipos y al ambiente.

De forma general, las actividades desarrolladas por un individuo, organización o gobierno pueden exponer a los mismos o a otros involucrados a peligros que pueden causar la pérdida o el deterioro de un bien. La gestión de los riesgos es una tarea compleja porque cada implicado valora de forma diferente la probabilidad de ocurrencia de un daño y su severidad.

Se acepta que el concepto de riesgo tiene dos componentes:

a) la probabilidad de ocurrencia de un daño;

b) las consecuencias de tal daño, esto es, de lo severo que podría ser.

Los conceptos de la gestión de los riesgos relativos a los productos sanitarios son particularmente importantes debido a la variedad de implicados que incluye a los médicos, organizaciones que proporcionan asistencia sanitaria, gobiernos, industria, pacientes y a los miembros del público.

Todas las partes involucradas necesitan entender que la utilización de un producto sanitario entraña algún grado de riesgo. La aceptabilidad de un riesgo para un implicado está influenciada por los componentes enumerados anterior- mente y por el riesgo que percibe el implicado. El riesgo percibido por cada implicado puede variar ampliamente dependiendo de sus antecedentes culturales, de los antecedentes socioeconómicos y educacionales de la sociedad a la que pertenece, del estado de salud real y percibido del paciente y de muchos otros factores. La forma en que se percibe un riesgo también tiene en cuenta, por ejemplo, si la exposición al peligro parece ser involuntaria, evitable, causada por una persona, debida a una negligencia, originada por una causa poco entendida, o afectar a un grupo social vulnerable. La decisión de utilizar un producto sanitario en un procedimiento clínico particular requiere sopesar los riesgos residuales respecto a los beneficios que se esperan del procedimiento. Tales decisiones deberían tener en cuenta la utilización prevista, las prestaciones y los riesgos asociados con el producto sanitario, así como los riesgos y beneficios asociados con el procedimiento clínico o las circunstancias de su utilización. Solamente un médico cualificado puede tomar algunas de estas decisiones con el conocimiento del estado de salud de un paciente individual o de la opinión del propio paciente.

Como una de las partes involucradas, el fabricante decide sobre la seguridad de un producto sanitario, incluyendo la aceptabilidad del riesgo, teniendo en cuenta el estado de la ciencia aceptado generalmente, para determinar la idoneidad de un producto sanitario puesto en el mercado para su utilización prevista. Esta norma internacional especifica un proceso mediante el cual el fabricante de

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un producto sanitario puede identificar los peligros asociados con el mismo, estimar y evaluar los riesgos asociados con estos peligros, controlar estos riesgos y realizar el seguimiento de la eficacia de tal control.

Para cualquier producto sanitario particular, otras normas internacionales podrían requerir la aplicación de métodos específicos para la gestión de los riesgos.

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma internacional especifica un proceso para que un fabricante identifique los peligros asociados con los productos sanitarios, incluidos los productos sanitarios para diagnóstico o e ro, para estimar y evaluar los riesgos asociados, para controlar estos riesgos, y para realizar el seguimiento de la eficacia de los controles.

Los requisitos de esta norma internacional se aplican a todas las etapas del ciclo de vida de un producto sanitario. Esta norma internacional no se aplica a la toma de decisiones clínicas.

Esta norma internacional no especifica los niveles de riesgo aceptables.

Esta norma internacional no requiere que el fabricante tenga instalado un sistema de gestión de la calidad. Sin embargo, la gestión de los riesgos puede ser una parte integrante de un sistema de gestión de la calidad.

3. ISO/EN 13849-1:2006

La norma EN ISO 13849 ha sido preparada por el CEN (Comité Europeo de Normalización) en colaboración con el organismo internacional ISO (International Organization for Standarization).

La norma se compone de tres partes:

EN ISO 13849-1:2006 – Seguridad de las máquinas. Partes del sistema de mando relativas a seguridad. Parte 1: Principios generales para el diseño

Pensada como la sustitución de la anterior EN 954-1:1996, esta norma es una revisión de la primera versión ISO 13849-1:1999 a la que cancela y reemplaza.

Se complementa con la IEC EN 62061:2005, aunque esta última está referida sobre todo a sistemas de mando eléctricos y electrónicos, mientras que la EN ISO 13849-1 abarca todo tipo de tecnologías.

EN ISO 13849-2:2004 – Seguridad de las máquinas. Partes del sistema de mando relativas a seguridad. Parte 2: Validación

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Inicialmente como proyecto de norma prEN 954-2, aparece, sin embargo editada como EN ISO 13849-2:2004, antes incluso que la primera parte. En esta segunda parte, para el proceso de validación se hace referencia en lo que respecta al diseño tanto a la EN 954-1 como a su sustituta ISO 13849-1.

Especifica los procedimientos a seguir para la validación por análisis y ensayo de las funciones de seguridad y las categorías del sistema de mando. No proporciona requisitos de validación completos para sistemas electrónicos programables. En este caso se hace referencia a la IEC EN 62061 y, sobre todo, a la IEC EN 61508.

ISO/TR 13849-100 – Seguridad de las máquinas. Partes del sistema de mando relativas a seguridad.

4. ISO 14224

Esta Norma internacional brinda una base para la recolección de datos de Confiabilidad y Mantenimiento en un formato estándar para las áreas de perforación, producción, refinación transporte de petróleo y gas natural, con criterios que pueden extenderse a otras actividades e industrias. Sus definiciones son tomadas del RCM.

Presenta los lineamientos para la especificación, recolección y aseguramiento de la calidad de los datos que permitan Cuantificar la Confiabilidad de Equipos y compararla con la de otros de características similares.

Los parámetros sobre Confiabilidad pueden determinarse para su uso en las fases de

DISEÑO MONTAJE, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO. Los principales objetivos de esta norma internacional son:a) Especificar los datos que serán recolectados para el análisis de:- Diseño y configuración del Sistema.- Seguridad, Confiabilidad y Disponibilidad de los Sistemas y Plantas.- Costo del Ciclo de Vida.- Planeamiento, optimización y ejecución del Mantenimiento. b) Especificar datos en un formato normalizado, a fin de:- Permitir el intercambio de datos entre Plantas.- Asegurar que los datos sean de calidad suficiente, para el análisis que se pretende realizar.Si bien la norma esta orientada al registro de fallas, son de gran importancia las posibilidades de aplicación que presenta para definir los límites y jerarquía de los equipos de Operación, como también la calificación de la jerarquía de las Fallas. Parte desde el Modo de Falla,( perdida de la función) hasta el detalle de la Causa de Falla y el componente (ítem mantenible para la norma), que provoca el evento. Esta calificación tiene como ventaja que limita la profundidad de detalle

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del análisis, acotando el nivel al que llega el Técnico de Mantenimiento (y las que quedan para un Especialista como metalografía, fractomecánica, etc.) FMEA.

Es una técnica aplicada al estudio Metódico de las consecuencias que provocan las Fallas de cada Componente (ítem mantenible para la norma ISO 14224) de un Equipo. Es un proceso sistemático para la identificación de las Fallas Potenciales del diseño de un producto o proceso antes de que éstas ocurran, con el propósito de eliminarlas o de minimizar el Riesgo asociado a las mismas. Sus objetivos principales son:ƒ Reconocer y evaluar los Modos de Fallas Potenciales y las causas asociadas con eldiseño y montaje, Operación y Mantenimiento de un equipo, a partir de losComponentes (ítem mantenibles para la norma ISO 14224).ƒ Determinar los Efectos de las Fallas Potenciales en el desempeño del Sistema,Identificar las acciones que podrán eliminar o reducir la ocurrencia de la FallaPotencial.ƒ Analizar la Confiabilidad del Sistemaƒ Cuantificar Riesgos y Confiabilidad.ƒ Documentar el proceso

CONSIDERACIÓN SOBRE FMEA

FMEA llega a los Modos de Falla partiendo de la Supuesta Falla de un Componente. Considerando que los componentes son perfectamente identificables, la supuesta falla total o parcial de cada uno nos lleva directamente a todos los Modos de Falla Potenciales (pérdida de la función.)Una tormenta de ideas en RCM NO asegura que se identifiquen TODOS los Modos deFalla.Los responsables de las perdidas de funciones de los Equipos (Sistemas), son losComponentes (Ítem Mantenibles, para la ISO 14224)Si se identifican desde un principio los Modos de Falla estándar para cada tipo de equipo, definidos bajo un criterio netamente operacional, y se listan Sistemas y Sub Sistemas, Componentes (Items Mantenibles), Causa de Fallas y Descriptores de Falla; y se los recorre en forma sistemática en esta secuencia ordenada, difícilmente pueda quedar afuera ninguna Falla supuesta que afecte a las Funciones del Equipo. Los operadores y mantenedores están muy identificados con las Fallas Funcionales y los Componentes que las provocan.

Las listas de Causas de Falla (que incluye todas las Causas preestablecidas) limitan así la profundidad de análisis. Están adaptadas al Nivel de Conocimiento del personal involucrado; lo que le otorga Confiabilidad al Dato.

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ESTRUCTURACIÓN DE JERARQUÍAS ISO 14224.

La norma ISO 14224 toma la máquina dividiéndola de mayor a menor jerarquía o grado de detalle:ƒ CLASESƒ SISTEMAƒ SUB SISTEMAƒ ÍTEM MANTENIBLEƒ COMPONENTE DE DETALLE (en un grado último de división, opcional)

Para mayor detalle puede consultarse la NORMA ISO 14224, donde se muestra como quedan perfectamente determinados los límites constituyentes de cada Clase de Equipo. Esta división es primordial y de la mayor importancia debido a que permite definir cómo se tratará a los Equipos, respecto a la posterior interpretación de los resultados; y luego cómo se asociarán los Registros de Operación y Mantenimiento, de modo de contar con metodologías sencillas de Análisis (y la aplicación de software avanzados)

Los Registros de Mantenimiento deben relacionarse con cada nivel dentro de la jerarquía del Equipo a fin de que puedan compararse.

CLASES DE EQUIPOS

A partir de la estructura presentada por la norma, acorde a un orden de JERARQUÍA, se establecen cuales son las Clases de Equipos (siendo este el nivel más alto)Se las puede asociar a Funciones; cada una en su contexto operacional; entendiendo porFunción, de acuerdo con la definición de RCM, a las razones por las cuales un equipo existe dentro del proceso.Acorde al glosario definimos como Clase a un determinado tipo de Equipo, que para la norma son los siguientes:

SISTEMAS

Bajo los conceptos de RCM / FMEA, y así lo toma la Norma ISO 14224, se considera Sistema a un conjunto que realiza una Función específica, en un Servicio determinado dentro del Proceso, pudiéndose identificar una entrada y una salida.Incluyen todos los equipamientos disponibles para la Operación de los mismos y, en general, comparten muy pocas partes con otros Sistemas.Como norma genérica para la fijación de sus límites, se pueden tomar todas las válvulasque lo aíslan.Para el caso de la norma quedan clasificados por:

• TIPOS DE EQUIPOS• APLICACIÓN

Ejemplos de Sistemas:

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• Sistema de Bomba Centrífuga Agua de Inyección• Sistema de Bomba Alternativa Trasvase de Petróleo

SUB SISTEMAS

Son aquellos Equipos que posibilitan que el Sistema realice su función operativa y se pueden dividir por sus funciones específicas. Todo Equipo calificado como Sub Sistema que falle, afecta directamente al Sistema.Por ejemplo, el Control, Monitoreo e Instrumentación (o instrumentación), pueden considerase como Unidad.A modo de ejemplo se toma la BOMBA, vista desde la norma ISO 14224.

5. E1934

– Guía Estándar para Examinar Equipo Eléctrico y Mecánico con Termografía Infrarroja. Mientras NFPA 70B proporciona unas cuantas guías sencillas (pero cruciales) para el termografista, ASTM E1934 proporciona direcciones mucho más detalladas para la metodología apropiada para realizar una inspección infrarroja. Parte de los elementos clave de E1934 incluyen:

Compile una lista de todos los sistemas y equipos que serán inspeccionados.

Un sistema de informe es recomendado para facilitar la cobertura de anomalías y dar seguimiento a la condición del equipo con el tiempo para comparar las condiciones actuales con las pasadas.

Un termografista calificado debe realizar inspecciones infrarrojas de equipo eléctrico energizado y debe ser asistido por un electricista con licencia, ingeniero profesional u otra persona que conoce el equipo y está calificado para trabajar en equipo eléctrico energizado.

Las inspecciones infrarrojas deben ser realizadas con cámaras infrarrojas (los radiómetros no son adecuados).

La carga eléctrica y las condiciones ambientales deben ser consideradas.

Los cercos del equipo deben ser abiertos para una vista directa de los componentes eléctricos siempre que sea posible.

Una escala subjetiva de priorización debe ser establecida para juzgar la criticalidad de las anomalías observadas.

6. Norma IEC61000

Calidad de la tensión según proyecto de norma IEC-61000-4-30

En la definición de la calidad de red a nivel de valor eficaz de la tensión, el proyecto de norma IEC-61000-4-30 propone cuatro ventanas o intervalos de observación estándar:

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• Ventana base de observación de 200 ms (10 ciclos para 50Hz y 12 ciclos para 60Hz)

• Intervalos muy cortos: Promedios de 3 segundos, observando todos los ciclos

• Intervalos cortos: Promedios y estadísticos 10 minutos.

• Intervalos largos: Promedios y estadísticos 10 minutos

Asimismo el proyecto de norma IEC-61000-4-30 propone medir distintos conceptos de forma separada, a saber:

• Medida de valores de tensión , basados en el valor eficaz de ½ ciclo, indicando intervalos de sobretensión (“swell”), baja tensión (“dip”) e interrupción (“interruption”).

• Medida de la frecuencia, promediando cada 10 segundos

• Medida de armónicos de tensión, según IEC-61000-4-7Por lo general se indican estadísticos con 95% de probabilidad (valor que no ha sido rebasado más que en un 5% de los ciclos)

• Medida de Flicker , según IEC-61000-4-15, en intervalos de 10 minutos (Pst) y de 2 horas (Plt)

• Medida del % de desequilibrio, usando las componentes fundamentales de U12 , U23, U31. El resultado se da en estadísticos con 95% de probabilidad.

7. Norma EN50160

Esta norma describe, en el punto de entrega al cliente, las características principales de la tensión suministrada por una red general de distribución en baja tensión y en media tensión en condiciones normales de explotación. Esta norma da los límites o los valores de las características de la tensión que todo cliente tiene derecho a esperar, y no da los valores típicos en la red general de distribución.

Objeto

El objeto de esta norma es definir y describir los valores que caracterizan la tensión de alimentación suministrada, tales como:

la frecuencia;

la amplitud;

Page 14: Normas de Predicción

la forma de la onda;

la simetría de las tensiones trifásicas.

En explotación normal, estas características están sujetas a variaciones debidas a modificaciones de carga de la red, per- turbaciones emitidas por ciertos equipos, y por la aparición de defectos debidos principalmente a causas externas.

Las características varían de manera aleatoria, a la vez en el tiempo en un punto de suministro dado, y en el espacio, en un instante dado. A causa de estas variaciones, los niveles de las características podrán ser sobrepasados alguna vez.

Ciertos fenómenos que tienen una incidencia sobre la tensión son particularmente imprevisibles de tal modo que es im- posible indicar el valor preciso de las características correspondientes. Conviene pues interpretar en consecuencia los valores dados en esta norma para estos fenómenos, a saber: huecos de tensión, interrupciones de tensión.

1.3 Definiciones

Para las necesidades de esta norma, se aplican las definiciones siguientes:

1.3.1 cliente: Comprador de electricidad a un distribuidor.

1.3.2 distribuidor: Suministrador de electricidad a clientes por medio de una red de distribución.

1.3.3 punto de suministro: Punto de enlace de la instalación del cliente con la red general.

NOTA Este punto puede ser diferente, por ejemplo, del punto de medida o del punto de conexión común.

1.3.4 tensión de alimentación: Valor eficaz de la tensión presente en un instante dado en el punto de suministro y medido en un intervalo de tiempo dado.

1.3.5 tensión nominal de una red (Un): Tensión que caracteriza o identifica una red y a la cual se hace referencia para ciertas características del funcionamiento.

1.3.6 tensión de alimentación declarada (Uc): La tensión de alimentación declarada Uc es generalmente la tensión nominal Un de la red. Si, como consecuencia de un acuerdo entre el distribuidor y el cliente, la tensión de alimentación aplicada en sus bornes difiere de la tensión nominal, entonces, aquella tensión corresponde a la tensión de alimentación declarada Uc.

Page 15: Normas de Predicción

1.3.7 baja tensión (abreviatura: BT): En el ámbito de esta norma, tensión utilizada para el suministro eléctrico, cuyo valor eficaz nominal es de 1 kV como máximo.

1.3.8 media tensión (abreviatura: MT): En el ámbito de esta norma, tensión utilizada para el suministro eléctrico, cuyo valor eficaz nominal está comprendido entre 1 kV y 35 kV.

1.3.9 condiciones normales de explotación: Condiciones que permiten responder a la demanda de la carga, a las ma- niobras de red y a la eliminación de las faltas por los sistemas de protección automática, en ausencia de condiciones excepcionales debidas a influencias exteriores o a casos de fuerza mayor.

1.3.10 perturbación conducida: Fenómeno electromagnético propagado a lo largo de los conductores de las líneas de una red de distribución. En ciertos casos, un fenómeno electromagnético se propaga a través de los arrollamientos de los transformadores y, por lo tanto, entre redes de diferentes niveles de tensión. Estas perturbaciones pueden degradar las prestaciones de un aparato, de un equipo o de un sistema, o provocar daños.

1.3.11 frecuencia de la tensión de alimentación: Tasa de repetición de la componente fundamental de la tensión de alimentación, medida durante un intervalo de tiempo dado.

1.3.12 variación de tensión: Aumento o disminución de tensión, provocada normalmente por la variación de la carga total de la red de distribución o de una parte de esa red.

1.3.13 variación rápida de tensión: Una variación del valor eficaz de una tensión entre dos niveles consecutivos man- tenidos durante intervalos de tiempo definidos pero no especificados.

1.3.14 fluctuación de tensión: Serie de variaciones de tensión o variación cíclica de la envolvente de la tensión(VEI 161-08-05).

1.3.15 parpadeo (Flicker): Impresión de inestabilidad de la sensación visual debida a un estímulo luminoso en el cual la luminosidad o la distribución espectral fluctúan en el tiempo (VEI 161-08-13).

NOTA Las fluctuaciones de tensión provocan variaciones de luminancia del alumbrado, lo que produce el fenómeno ocular llamado parpadeo. Por encima de un cierto umbral, el parpadeo se vuelve molesto. Esta molestia aumenta rápidamente con la amplitud de la fluctuación. Para ciertas tasas de repetición, amplitudes incluso débiles pueden resultar molestas.

Page 16: Normas de Predicción

1.3.16 severidad del parpadeo: Intensidad de la molestia provocada por el parpadeo definida por el método de me- dida UIE-CEI del parpadeo y evaluada según las cantidades siguientes:

severidad de corta duración (Pst) medida en un período de 10 min;

severidad de larga duración (Plt) calculada a partir de una secuencia de 12 valores de Pst en un intervalo de 2 h, según la fórmula siguiente:

Plt 12 33 sti i 1 12

1.3.17 hueco de la tensión de alimentación: Disminución brusca de la tensión de la alimentación a un valor situado entre el 90% y el 1% de la tensión declarada Uc, seguida del restablecimiento de la tensión después de un corto lapso de tiempo. Por convenio, un hueco de tensión dura de 10 ms a 1 min. La profundidad de un hueco de tensión es definida como la diferencia entre la tensión eficaz mínima durante el hueco de tensión y la tensión declarada. Las variaciones de tensión que no reducen la tensión de alimentación a un valor inferior al 90% de la tensión declarada Uc no son consi- deradas como huecos de tensión

1.3.18 interrupción de alimentación: Condición en la que la tensión en los puntos de suministro es inferior al 1% de la tensión declarada Uc. Una interrupción de alimentación puede ser clasificada como:

prevista, cuando los clientes son informados de antemano para permitir la ejecución de trabajos programados en la red de distribución, o

accidental, cuando está provocada por defectos permanentes o fugitivos, la mayoría de las veces ligadas a sucesos exteriores, a averías o interferencias. Una interrupción accidental puede ser clasificada como:

• interrupción larga (sobrepasando 3 min) provocada por un defecto permanente;• interrupción breve (hasta 3 min) provocada por un defecto fugitivo.

NOTA 1 Las repercusiones de una interrupción prevista pueden ser minimizadas por el cliente si toma las medidas apropiadas. NOTA 2 Las interrupciones accidentales son sucesos imprevisibles y esencialmente aleatorios.1.3.19 sobretensión temporal a frecuencia industrial: Sobretensión de una duración relativamente larga en un lugar dado.

Page 17: Normas de Predicción

NOTALas sobretensiones temporales son habitualmente debidas a maniobras o defectos (por ejemplo: reducción súbita de la carga, defectos monofá- sicos, no linealidades).

1.3.20 sobretensión transitoria: Sobretensión oscilatoria o no oscilatoria de corta duración generalmente fuertemente amortiguada y que dura como máximo algunos milisegundos.

NOTALas sobretensiones transitorias son generalmente debidas a rayos, a maniobras, o al funcionamiento de fusibles. El tiempo de subida del frente de las sobretensiones transitorias puede variar de menos de 1 microsegundo a algunos milisegundos.

1.3.21 tensión armónica: Tensión sinusoidal cuya frecuencia es un múltiplo entero de la frecuencia fundamental de la tensión de alimentación. Las tensiones armónicas pueden ser evaluadas:

individualmente, según su amplitud relativa (uh) con relación a la tensión fundamental U1, donde h presenta el orden del armónico,

globalmente, es decir, según el valor de la tasa de distorsión armónica total (THD) calculada utilizando la fórmula siguiente:

NOTA Las tensiones armónicas de la red de alimentación son principalmente debidas a las cargas no lineales de clientes conectadas en todos los niveles de tensión de la red de alimentación. Las corrientes armónicas que circulan a través de las impedancias del circuito dan lugar a ten- siones armónicas. Las corrientes armónicas, las impedancias de la red y por consiguiente las tensiones armónicas en los puntos de suminis- tro varían en el tiempo.

1.3.22 tensión interarmónica: Tensión sinusoidal cuya frecuencia se sitúa entre las frecuencias de los armónicos, es decir, cuya frecuencia no es un múltiplo entero de la frecuencia fundamental.

NOTA Tensiones interarmónicas que tengan frecuencias muy próximas pueden aparecer al mismo tiempo formando entonces un espectro de ban- da ancha.

1.3.23 desequilibrio de tensión: En un sistema trifásico, estado en el cual el valor eficaz de las tensiones de fases o los desfases no son iguales.

1.3.24 señales de información transmitidas por la red: Señal superpuesta a la tensión suministrada, con objeto de transmitir informaciones por la red general de distribución y a las instalaciones de los clientes. La red general de distri- bución permite transmitir los tres tipos de señales siguientes:

Page 18: Normas de Predicción

señales de telemando centralizado: tensión sinusoidal superpuesta en la gama 110 a 3 000 Hz,

señales de corriente portadora: tensión sinusoidal superpuesta en la gama 3 kHz a 148,5 kHz,

señales de marcado de onda: impulsos (transitorios) de corta duración superpuestos a la onda de tensión en ins- tantes elegidos.

8. Norma IEEE 519

1.1 Introducción. El uso de cargas no lineales conectadas a sistemas eléctricos de potencia incluyen convertidores estáticos de potencia, dispositivos descargadores de arco, dispositivos magnéticos saturados, y en un menor grado, máquinas rotativas. Los convertidores de potencia estática de potencia eléctrica son las mayores cargas no lineales y son usados en la industria para una gran variedad de propósitos, tales como fuentes de alimentación electromecánicas, variadores de velocidad, y fuentes de alimentación ininterrumpidas. Estos dispositivos son usados porque pueden convertir corrientes AC a DC, DC a DC, DC a AC, y AC a AC.

Las cargas no lineales cambian la naturaleza de la onda sinusoidal de la corriente de alimentación AC (y consecuentemente la caída de voltaje AC), resultando en un flujo de corrientes armónicas en los sistemas de potencia AC que pueden causar interferencia con los circuitos de comunicación y con otro tipo de equipos. Cuando es usada la compensación de potencia reactiva (en la forma de condensadores para mejorar el factor de potencia) con éstas cargas no lineales, pueden ocurrir condiciones de resonancia que resultan en altos niveles de distorsión de tensión y corriente armónica cuando ocurren las condiciones de resonancia con un armónico asociado a cargas no lineales.

1.2 Alcance. Está recomendación práctica pretende establecer los principios para el diseño de sistemas eléctricos que incluyan cargas lineales y no lineales. Son descritas las formas de onda de tensión y corriente que pueden existir en todo sistema, y se establecen los principios de distorsiones de formas de onda para el diseño de sistemas. Es descrita la interfaz entre fuentes y cargas como el punto de acoplamiento común; y la observación de los principios de diseño para minimizar la interferencia entre los equipos eléctricos.

Está recomendación práctica está dirigida a limitaciones de estado continuo. Se pueden encontrar condiciones transitorias que excedan estas limitaciones. Este documento establece la calidad de potencia que será proporcionada al punto de acoplamiento común. Este documento no cubre los efectos de interferencia en radio-frecuencia; sin embargo, incluye la interferencia electromagnética con los sistemas de comunicación.

1.3 Aplicación. Está recomendación práctica será usada como guía para el diseño de sistemas de potencia con cargas no lineales. Las limitaciones cubiertas son para operaciones de estado continuo y son recomendadas

Page 19: Normas de Predicción

para condiciones “en el peor de los casos”. Se pueden encontrar condiciones transitorias que excedan estos limites.

Definiciones y Símbolos de Letras

3.1 Definiciones. Las Definiciones dadas aquí están

ajustadas específicamente a los armónicos generados por

convertidores de potencia estática a las frecuencias del

sistema eléctrico. Las definiciones útiles adicionales se

encontrarán en las normas IEEE Std 100-1992 [6]6, IEEE Std

59-1962 [5], ANSI C34.2-1968 [1], e IEEE Std 444-1973 [9].

Área de la Muesca. El área del punto de tensión lineal.

Este es el producto de la profundidad del punto, en voltios,

por las veces el ancho de la medida del punto, en

microsegundos.

Armónico. Una componente sinusoidal de una onda periódica o

cantidad que posee una frecuencia múltiplo de la frecuencia

fundamental.

NOTA: Por ejemplo, en una componente, cuando la frecuencia es el doble de la fundamental es llamada segundo armónico.

Armónico, característico. Aquellos armónicos

producidos por equipos convertidores semiconductores

en el curso de la operación normal. En un convertidor de

seis pulsos, los armónicos característicos son los

armónicos impares diferentes a los múltiplos de tres, por

ejemplo, los 5th, 7th, 11th, 13th, etc.

h = kq ± 1

k = algún entero

q = número de pulso del convertidor

Armónico, no característico. Armónicos que no son

producidos por equipos convertidores semiconductores en

el curso de la operación normal. Estos pueden ser el

resultado de frecuencias oscilatorias; una demodulación de

Page 20: Normas de Predicción

armónicos característicos y la fundamental; o un desbalance

en los sistemas de potencia AC, el ángulo de retardo

asimétrico, o el funcionamiento del cicloconvertidor.

Carga no Lineal. Una carga que dibuja una onda de

corriente no sinusoidal cuando es proporcionada por una

fuente de voltaje sinusoidal.

Conmutación. Transferencia de corriente unidireccional

entre los elementos del circuito convertidor del tiristor

(o diodo) que conducen la sucesión.

Convertidor. Un dispositivo que cambia la energía

eléctrica de una forma a otra. Un convertidor

semiconductor es un convertidor que usa semiconductores

como elementos activos en el proceso de conversión.

Desviación de una onda seno. Un sencillo número de

mediciones de la distorsión de una sinusoidal debido a

componentes armónicos. Esto es igual a la relación del

valor absoluto de la diferencia máxima entre la onda

distorsionada y el valor pico de la fundamental.

Desviación de una onda seno, teóricamente máxima. Para una

onda no sinusoidal, es la relación de la suma aritmética de

las amplitudes (rms) de todos los armónicos en la onda a la

amplitud (rms) de la fundamental.

Distorsión Armónica Total (THD). Este término ha entrado en el uso común para definir el“factor de distorsión de ”tensión o corriente. Ver: factor de distorsión.

6Los números en el soporte corresponden a aquellos referidos a la Sección 3.

Page 21: Normas de Predicción

E

I

E

I

7

7

E K

I K

Distorsión Demandada Total (TDD). La suma de la raíz

cuadrada total de las distorsiones de corriente armónica en

porcentaje de la máxima corriente de carga demandada (15 o

30 demanda min).

Efectividad del Filtro (Paralelo). Es definido por los siguientes dos términos:

ρf = la relación de la impedancia que determina la

corriente por unidad que fluirá dentro del filtro paralelo

ρs = la relación de la impedancia que determina la

corriente por unidad que fluirá dentro de la fuente de

potencia

ρf puede acercarse a la unidad y ρs puede ser muy pequeño a la frecuencia afinada.

Factor Armónico. La relación del valor de la raíz cuadrada de la suma de los cuadrados (rss)de todos los armónicos al valor efectivo(rms) de la fundamental.

Factor

Factor

Armónico (Para

Tensión)

Armónico (Para

Corriente)

2 2 23 5E

12 2 23 5

I

1

Factor de Calidad. Dos veces п la relación de la máxima

energía guardada a la energía disipada por ciclo a una

determinada frecuencia. Una definición equivalente

aproximada es que la Q es la relación de la frecuencia de

resonancia al ancho de banda entre aquellas frecuencias

sobre los lados opuestos de la frecuencia de resonancia,

donde la respuesta de la estructura resonante difiere en

3dB de la resonancia. Si el circuito resonante comprende una

inductancia,

L, y una capacitancia, C, en serie con una resistencia efectiva, R, entonces el valor de Q es

Q 1 L R C

Page 22: Normas de Predicción

Factor de Distorsión (Factor Armónico). La relación de

la raíz cuadrada de los armónicos contenidos al valor

efectivo de la cantidad fundamental, expresado en

porcentaje de la

fundamental.

suma de los cuadrados de las amplitudes de todos los armóni cosDF 100 %cuadrado de la

amplitudde la

fundamenta l

Factor de Influencia Telefónica (TIF). Para una onda de

tensión o corriente en un circuito de alimentación

eléctrico, es la relación de la raíz cuadrada de la suma de

los cuadrados de los valores de raíz cuadrada ponderados de

todas las componentes de ondas seno (incluyendo las ondas

de corriente alterna fundamental y armónicas) al valor de

raíz cuadrada (no ponderada) de la onda completa.

Factor de Potencia, desplazamiento. La componente de

desplazamiento del factor de potencia; la relación de la

potencia activa de la onda fundamental, en vatios, a la

potencia aparente de la onda fundamental, en voltiamperios

(incluyendo la corriente de excitación del transformador

convertidor del tiristor).

Factor de Potencia, total. La relación de la potencia

total de entrada, en vatios, a la entrada en voltamperios

total del convertidor.

NOTAS:

Page 23: Normas de Predicción

(1) Estas definiciones incluyen el efecto de los armónicos

de corriente y tensión (distorsión del factor de

potencia), el efecto del desplazamiento de fase entre

corriente y tensión, y la excitación de corriente del

transformador. Los voltiamperios son el producto del voltaje

rms por la corriente rms.(2) El factor de potencia es determinado en los terminales de la línea AC del convertidor.

Factor Proporcional de Impedancia. La relación de la

impedancia de la fuente, en el punto del sistema bajo

consideración, a la impedancia total equivalente desde la

fuente a los elementos del circuito convertidor que conmutan

simultáneamente.

Filtro. Un término genérico usado para definir aquellos

tipos de equipos cuyo propósito es reducir el flujo de

corriente ó voltaje armónico en ó aplicado a las partes

específicas de un sistemas de potencia eléctrica, o en

ambos.

Filtro ajustado. Un filtro que generalmente consiste

de combinaciones de condensadores, inductores, y

resistores que se han seleccionado de tal manera que

presenten una impedancia mínima (máxima) relativa a una o

más frecuencias especificas. Para un filtro paralelo

(serie), la impedancia es un mínimo (máximo). Los

filtros ajustados generalmente tiene una relativamente

alta Q (X/R).

Filtro, amortiguado. Un filtro que generalmente consiste

de combinaciones de condensadores, inductores, y

resistores que han sido seleccionados de tal manera que

se presente una impedancia baja en un ancho rango de

frecuencias. El filtro usualmente tiene una relatividad baja

Q (X/R).

Filtro Paralelo. Un tipo de filtro que reduce los

Page 24: Normas de Predicción

armónicos proporcionando un camino de baja impedancia para

desviar los armónicos lejos de la fuente del sistema a ser

protegido.

Filtro Pasa Alto. Un filtro que tiene una banda de

transmisión sencilla extendida desde alguna frecuencia de

corte, diferente de cero, hasta la frecuencia infinita.

Filtro Serie. Un tipo de filtro que reduce los armónicos

colocando una impedancia alta en serie entre la fuente

armónica y el sistema a ser protegido.

Muesca de Voltaje Lineal. La caída del voltaje de suministro

en un convertidor debido al cortocircuito momentáneo de la

línea AC durante un intervalo de conmutación.

Alternativamente, la caída momentánea en la fuente de

voltaje causada por las caídas en los reactores del

circuito de alimentación durante las proporciones altas de

cambio en las corrientes ocurrirán en las líneas AC durante

la conmutación.

Número de Pulso. El número total de conmutaciones no

simultáneas sucesivas ocurridas dentro del circuito

convertidor durante cada ciclo cuando se opera sin el

control de fase. También es igual al orden del armónico

principal en la tensión directa, que es, el número de

pulsos presentes en la salida de tensión DC en un ciclo de

la tensión de suministro.

Producto I·T. La influencia inductiva expresada en

términos del producto de esta magnitud de raíz cuadrada

(I), en amperios, por las veces el factor de influencia

telefónica (TIF).

Producto kV·T. La influencia inductiva expresada en

términos del producto de esta magnitud de raíz cuadrada, en

kilovoltios, por las veces el factor de influencia

telefónica (TIF).

Page 25: Normas de Predicción

Profundidad de la Muesca. La profundidad promedio de la muesca

de voltaje de línea de la onda seno de voltaje.

Relación de Corto-Circuito. Para un convertidor semiconductor,

la relación de la capacidad de corto-circuito de la barra, en

MVA, en el punto de conexión del convertidor al valor del

convertidor, en MW.

3.2 Letras Simbólicas. El siguiente conjunto de letras simbólicas es usado para el análisis de circuitos convertidores tiristores y en el cálculo de las características del convertidor.

9. Resolución CREG 024

Repúblíca de Colombia

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No.. 024 DE 2012

O 8 MAR. 2012

Por la cual se modifican la Resolución CREG O11 de 2009 y las resolucionesCREG 050 y 051 de 2010

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524

y 2253 de 1994

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con la Ley 142 de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001, le corresponde a la Superintenden'!ia de Servicios Públicos Domiciliarios, en desarrollo de sus funciones de inspección y vigilancia, establecer, administrar, mantener y operar un sistema que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su control, inspección y vigilancia, para que su presentación al público sea confiable, conforme a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 142 de 1994.

Page 26: Normas de Predicción

La Comisión con la Resolución CREG 097 de 2008 aprobó los princ1p10s generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local, dentro de los cuales se incluye la modificación anual del porcentaje de gastos de administración, operación y mantenimiento a reconocer.

En similar forma, mediante la Resolución CREG O11 de 2009 se establecieron la metodología y fórmulas tarifarías para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional, en la cual también se contempla la actualización anual del porcentaje de gastos de administración, operación y mantenimiento a reconocer.

Posteriormente, mediante las resoluciones CREG 050 y 051 de 2010, laComisión precisó los mecanismos de verificación de la información de AOM

Page 27: Normas de Predicción

RESOLUCIÓN No. 024 O B MAR. 2012DE _ HOJA No. 2/5

Por la cual se modifican la Resolución CREO O11 de 2009 y las resoluciones CREOOSO 051 de 2010.

para el ajuste anual del porcentaje de AOM a reconocer, que deben entregar losTransmisores Nacionales y los Operadores de Red.

Mediante la Resolución SSPD 20121300003545 de 2012, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, modificó los plazos para "reportar al Sistema Único de Información, SU!, la información del Plan de Contabilidad y del Sistema de Costos y Gastos por Actividades a través del sitio www.sui.gov.co dispuesto para ello por la SSPD, de la siguiente manera: la información del primer semestre, a más tardar el 31 de julio de cada año y la información anual a 31 de diciembre, a más tardar el 5 de abril del año siguiente."

En cumplimiento de las resoluciones CREG 050 y 051 de 2010, tanto los Transmisores Nacionales como los Operadores de Red deben contratar firmas auditoras para verificar la información de AOM que reportan los agentes, como soporte de la modificación del porcentaje de AOM a reconocer anualmente.

Para realizar las actividades de conciliar la información de gastos y costos de AOM, con lo reportado al Sistema de Costos y Gastos y los saldos de contabilidad según el Plan Único de Cuentas, y además verificar la consistencia de la información con los valores totales por cuenta, los auditores requieren utilizar la información reportada al SUI.

Dada la modificación establecida en la Resolución SSPD 20121300003545 de2012 es necesario modificar, en las resoluciones CREG 050 y 051 de 2010, el plazo establecido para entrega de la información que sirve de base para elcálculo del porcentaje de AOM a reconocer.

La modificación de la fecha establecida para la entrega de información, hace necesario cambiar el plazo previsto en el último inciso del numeral 2.3 de la Resolución CREG O11 de 2009, en el cual se señala que el LAC deberá actualizar en el mes de abril de cada año el porcentaje de AOM a Reconocer a cada Transmisor Nacional.

En el caso de la actividad de distribución, en el numeral10.3 del anexo general de la Resolución CREG 097 de 2008 se establece que el porcentaje de AOM a reconocer al OR se aplicará a partir del mes de mayo de cada año, lo que no se ve afectado con la modificación de las fechas establecidas para la entrega de información para el cálculo del porcentaje de AOM a reconocer.

Por otra parte la información de AOM que se venía entregando a la Comisión en los plazos establecidos en virtud de las resoluciones CREG 050 y 051 de 201O es de carácter informativo, por lo cual no se considera necesario establecer a futuro plazos perentorios para la entrega a la CREG de dicha información.

De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo 9 del Decreto2696 de 2004 y el numeral 3 del articulo 2 de la Resolución CREG 097 de2004, la Comisión decidió por unanimidad no someter la presente Resolucióna las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulación previstas en el citado Decreto, debido a la existencia de razones de conveniencia general y deoportunidad, toda vez que es necesario que antes del 31 de marzo del presente año se prorrogue el plazo previsto en las resoluciones CREG 050 y 051 de2010, para la entrega de información de AOM.

Page 28: Normas de Predicción

RESOLUCIÓN No. Q 2 4 DE 0 8 MAR. 7012 HOJA No. 3/5

Por la cual se modifican la Resolución CREG O11 de 2009 y las resoluciones CREG OSO 051 de 2010.

Conforme al numeral 3 del artículo 4 del Decreto 2897 de 201O no se requiere la remisión del presente acto administrativo a la Superintendencia de Industria y Comercio para los efectos establecidos en el artículo 7 de la Ley 1340 de2009, por cuanto el acto busca ampliar unos plazos señalados en las normas mencionadas.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 514, llevada a cabo los días 7 y 8 de marzo de 2012, acordó expedir esta resolución.

RESUELVE:

Artículo l. Modificac16n de la Resoluci6n CREG 011 de 2009. Se modifica el último inciso del numeral 2.3 de la Resolución CREG 011 de 2009, el cual quedará así:

«El LAC deberá actualizar en el mes de mayo de cada año el porcentaje de AOM a Reconocer en el año a, PAOMRj,a teniendo en cuenta que cuando el valor de AOM demostrado por una empresa, durante cualquier año del periodo tarifario, sea superior o inferior al valor reconocido, se ajustará el porcentaje de AOM reconocido con la mitad de la diferencia entre el valor reconocido y el demostrado, considerando los limites establecidos en este numeral."

Articulo 2. Modificaci6n del artículo 3 ·de la Resoluci6n CREG 050 de2010. Se modifica el artículo 3 de la Resolución CREO 050 de 2010, el cual quedará así:

"Artículo 3. Fecha de entrega de información de AOM. Los Transmisores Nacionales deben entregar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a más tardar el 30 de abril de cada año, la información de AOM del año anterior junto con el informe del auditor contratado y la información adicional que se señala en esta Resolución.

La información presentada después de esta fecha se considerará como no entregada para efectos de lo previsto en el numeral 2.3 de la Resolución CREG O11 de 2009."

Artículo 3. Modificaci6n del articulo 4 de la Resoluci6n CREG 050 de2010. Se modifica el artículo 4 de la Resolución CREO 050 de 2010, el cualquedará así:

"Artículo 4. Porcentaje de AOM. El valor del AOM resultante de la información entregada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que cuente con el concepto de conformidad del auditor, se tomará como el valor del AOM demostrado (AOMDj,a-1}, el cual utilizará el Transmisor Nacional para calcular el porcentaje de AOM a reconocer en el año a (PAOMRj,a}, con la siguiente fórmula:

PAOMRj,a =PAOMRj,a-t + PAOMDra- 1

2

Page 29: Normas de Predicción

RESOLUCIÓN No. o 2 4 DE O 8 MAR. 201 2 _ HOJA No. 4/5

Por la cual se modifican la Resolución CREG O11 de 2009 y las resoluciones CREO 050 051 d e 2010.

Donde:

PAOMRj,a-1: Porcentaje de AOM reconocido al TN j, en el año a-1, establecido en cada resolución particular, para el caso de la primera actualización, o el actualizado el año anterior.

PAOMDj,a-1: Porcentaje de AOM demostrado por el TN j, en el año a-1, calculado como se establece en el numeral 2.3 del Anexo General de la Resolución CREG O11 de 2009.

El porcentaje de AOM a reconocer {PAOMRj,a} debe cumplir con las condiciones establecidas en el numeral 2.3 del Anexo General de la Resolución CREG O11 de 2009. El valor obtenido debe entregarse a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios junto con la respectiva explicación de su cálculo, a más tardar en la fecha prevista en el articulo 3 de la presente resolución"

Artículo 4. Modificación del artículo 5 de la Resolución CREG 050 de2010. Se modifica el articulo 5 de la Resolución CREG 050 de 20101 el cualquedará así:

«Artículo S. Aplicación del Porcentaje de AOM. A más tardar, el 30 de abril de cada año, mediante comunicación escrita, los Transmisores Nacionales informarán al LAG el nuevo porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,a}."

Artículo 5. Modificación del artículo 3 de la Resolución CREG 051 de2010. Se modifica el artículo 3 de la Resolución CREG 051 de 2010, el cualquedará así:

"Artículo 3. Fecha de Entrega de Información de AOM. Los Operadores de Red deben entregar a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a más tardar el 30 de abril de cada año, la información de AOM del año anterior junto con el informe del auditor contratado y la información adicional que se señala en esta resolución.

La información presentada después de esta fecha se considerará como no entregada para efectos de lo previsto en el numeral 10.3 de la Resolución CREG 097 de 2008."

Artículo 6. Modificación del artículo 4 de la Resolución CREG 051 de2010. Se modifica el artículo 4 de la Resolución CREG 051 de 201O, el cualquedará así:

«Artículo 4. Porcentaje de AOM. La información de AOM entregada a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, que cuente con el visto bueno del auditor se tomará como el valor del AOM demostrado{AOMDJk-1), el cual se utilizará para que el Operador de Red calcule el porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRj,k), en la forma prevista en el numeral 10.3 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008.

El valor de este porcentaje y de los nuevos cargos máximos, calculados en la forma prevista en el numeral 6.4 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008, deben informarse a la Superintendencia

Page 30: Normas de Predicción

024RESOLUCIÓN No. ------ DE _0_8_MA_R._20_12_ HOJA No. 5/5

Por la cual se modifican la Resolución CREG O11 de 2009 y las resoluciones CREGOSO 051 de 2010.

de Servicios Públicos Domiciliarios junto con la respectiva explicación sobre su cálculo, a más tardar en la fecha prevista en el articulo 3 de la presente resolución."

Articulo 7. Modificación del articulo 5 de la Resolución CREG 051 de2010. Se modifica el artículo 5 de la Resolución CREG 051 de 2010, el cualquedará así:

"Artículo 5. Aplicación del Porcentaje de AOM'. A más tardar, el 30 de abril de cada año, los Operadores de Red informarán, mediante comunicación escrita, al LAC y a cada uno de los comercializadores que atienden usuarios en su mercado de comercialización, el nuevo porcentaje de AOM a reconocer (PAOMRJ,k). Además, en la misma fecha, los Operadores de Red deberán informar a los comercializadores los nuevos cargos máximos de distribución que se aplicarán desde el mes de mayo, indicándoles que el LAC también modificará el valor del Cargo del Nivel de Tensión 4.

Por su parte, los comercializadores deberán incluir en el primer aviso de publicación de tarifas, posterior al recibo de la anterior comunicación,

·una anotación sobre el cambio del porcentaje de AOM a reconocer

(PAOMR.j,k)."

Articulo 8. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

10. Htht

11. Hhgf

Page 31: Normas de Predicción

12.