normas extraedad febrero 2008

97
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD Y PARA LA EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD DEL CONAFE PERIODO ESCOLAR 2007-2008 Consejo Nacional de Fomento Educativo Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación Febrero del 2008

Upload: others

Post on 29-Jun-2022

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN Y

CERTIFICACIÓN PARA LA EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD Y PARA LA EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITARIA

EXTRAEDAD DEL CONAFE PERIODO ESCOLAR 2007-2008

Consejo Nacional de Fomento Educativo Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación

Febrero del 2008

Page 2: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

2DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

POLÍTICA DE CALIDAD

ES COMPROMISO DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO BRINDAR AL ALUMNADO LOS CONOCIMIENTOS, HABILIDADES, ACTITUDES Y VALORES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA, QUE SATISFAGA LAS EXPECTATIVAS DE SUS PADRES Y MADRES DE FAMILIA, COMO DE LAS COMUNIDADES ATENDIDAS, MEDIANTE LA MEJORA CONTINUA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD DE EDUCACIÓN COMUNITARIA.

CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO (CONAFE)

POLÍTICA DE CALIDAD

ESTAMOS COMPROMETIDOS CON EL MEJORAMIENTO CONTINUO DE LOS SERVICIOS DE ACREDITACIÓN, PARA SATISFACER CON OPORTUNIDAD, EFICIENCIA Y EFICACIA, LOS REQUERIMIENTOS DE NUESTROS USUARIOS.

DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN (DGAIR)

Page 3: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

3DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ÍNDICE

Página

INTRODUCCIÓN 5

BASE LEGAL

8

I. OBJETIVO

II. NORMAS GENERALES

13

14

III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo b) Normas

1920

IV. REINSCRIPCIÓN a) Objetivo b) Normas

2425

V. ACREDITACIÓN a) Objetivo b) Normas

3334

VII. CERTIFICACIÓN a) Objetivo b) Normas

3940

ANEXO 1 CARTA-COMPROMISO TEMPORAL

47

2 PLAN DE ESTUDIOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

48

3 TABLA DE EQUIVALENCIA DE LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO CON OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS

49

Page 4: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

4DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

4 PLAN DE ESTUDIOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

51

5 TABLA DE EQUIVALENCIA DE LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO CON OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS

52

6 AVANCE DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR, PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

54

7 AVANCE DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR, SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

55

8 DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO-EUA (PRIMARIA)

56

9 DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO-EUA (SECUNDARIA)

58

10 TABLAS DE CORRESPONDENCIA DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA DE MÉXICO CON EL NOMBRE DEL NIVEL Y GRADOS DE OTROS PAISES

60

11 GLOSARIO

88

12 DIRECTORIOS TELEFÓNICOS

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LAS DELEGACIONES DEL CONAFE EN LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

95

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LAS ÁREAS DE REGISTRO Y CERTIFICACIÓN EN LAS ENTIDADES DE LA REPÚBLICA MEXICANA

96

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LOS COORDINADORES ESTATALES DEL PROGRAMA BINACIONAL DE EDUCACIÓN MIGRANTE MÉXICO-EUA (PROBEM)

97

Page 5: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

5DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

INTRODUCCIÓN

Las normas de control escolar establecidas en el presente documento son elaboradas y diseñadas por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), con la participación del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), para la Educación Primaria Comunitaria Extraedad y la Secundaria Comunitaria Extraedad en las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación y certificación, de los estudiantes que cursan el plan y programas de estudios correspondientes. Para educación secundaria de primero y segundo grado, con base en el plan y programa de estudios vigentes1 y de estudiantes de tercer grado que cursan el plan y los programas de estudio 19932 . Con el propósito de impulsar la adopción generalizada de tecnología en las áreas de registro y certificación del país, se han orientado acciones que permitirán contar con un “Manual para la Estandarización de la Operación Automatizada de los Servicios de Administración Escolar en las Entidades Federativas y su Vinculación como Fuente de Información para los Sistemas de Estadísticas Continuas”3, como eje rector y de parametrización del Sistema de Operación Local (SOL) y de los sistemas desarrollados, como procesos que apoyen la labor educativa y faciliten la toma de decisiones, en el marco del Sistema Nacional de Información Educativa. El artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de Educación sintetizan las aspiraciones de justicia y equidad de la población y que constituyen un valioso marco para revertir las desigualdades sociales. Este marco jurídico establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación y que el Estado tiene la obligación de proporcionar educación básica a la población, integrada por la educación preescolar, la educación primaria y la secundaria; así mismo, establece que la educación básica en México es obligatoria. De tal modo que, la tarea del Consejo tiene dos grandes vertientes; la primera es la Educación Comunitaria que es una respuesta del ejecutivo federal para cumplir con el mandato constitucional de ofrecer educación preescolar, primaria y secundaria a la población que, por diversas circunstancias, entre ellas, por habitar en localidades rurales marginadas y dispersas, en campamentos agrícolas o en zonas urbano marginales, no tienen acceso en condiciones de equidad a la oferta educativa regular.

1 Acuerdo número 384, por el que se establece el nuevo Plan y Programas de Estudio para Educación Secundaria, publicado en

el Diario Oficial de la Federación del 26 de mayo de 2006, Artículo 1, pág. 25. 2 Ibídem, Artículo Tercero Transitorio, pág. 41. 3 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 42, pág. 92.

Page 6: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

6DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

El CONAFE hace investigación, diseña, desarrolla y operara modalidades y programas educativos, flexibles, pertinentes, bilingües e interculturales… La segunda vertiente la constituyen los Acciones Compensatorias que se desarrollan en México como parte de una política educativa de equidad, orientada principalmente a las comunidades rurales, indígenas y urbano-marginales, mediante la intención de enfrentar el rezago educativo que se deriva de la reprobación y la deserción escolar, mediante la atención a la pertinencia y a la calidad de los servicios educativos. Ambas vertientes comparten la misión y visión del CONAFE y una misma concepción educativa y de gestión.4 El cumplimiento adecuado de las normas aquí señaladas, permite el seguimiento escolar de los estudiantes de educación primaria comunitaria extraedad y secundaria comunitaria extraedad del CONAFE. De ahí que resulte importante la colaboración del Departamento de Control Escolar en oficinas centrales del Consejo; en los estados, del Delegado, del Jefe de Programas Educativos, del Jefe de Información y Apoyo Logístico, del Coordinador de Control Escolar, del Auxiliar de Operación, del Capacitador-Tutor, del Asistente Educativo, del Instructor Comunitario y de la Asociación Promotora de Educación Comunitaria (APEC), con el fin de que el proceso escolar logre la homogeneidad en todo el país. El presente documento contiene la base legal, los objetivos y las normas de control escolar para la Modalidad Educativa Comunitaria en Primaria y Secundaria Extraedad, forma parte de los manuales, instructivos y demás ordenamientos que emite la Secretaría de Educación Pública (SEP), y debe permanecer en los centros de trabajo para su consulta por parte de la comunidad escolar. Vía Internet se puede dirigir al portal de la SEP: www.sep.gob.mx e ingresar la siguiente secuencia de menús “Institucional”, “Direcciones de la SEP”; “Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación”; “Dirección de Acreditación y Certificación”; “Documentos de normas”; “Educación Básica Extraescolar”.

4 CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO. Reglas de Operación de los Programas: Modelo Comunitario de

Educación Inicial y Básica para Población Mestiza, y Modelo Comunitario de Educación Inicial y Básica para Población Indígena y Migrante(CONAFE). Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 2007.

Page 7: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

7DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

Cualquier sugerencia, aportación o comentario al contenido de este documento, puede enviarse a:

− Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación. Arcos de Belén núm. 79, 5° piso, Col. Centro, C.P. 06010, Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F., Tel. 36-01-10-00 ext. 25052, dirección de correo electrónico: [email protected]

− Consejo Nacional de Fomento Educativo, Río Elba Núm.

20, 9º piso, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, México, D.F., Tel. (55) 52 41 74 00 ext. 7743, dirección de correo electrónico: [email protected]

Page 8: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

8DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

BASE LEGAL − Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos Tercero y Trigésimo

Primero. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación 12 de noviembre de 2002.

− Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Diario Oficial de la Federación del 29 de mayo de 2000.

− Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Diario Oficial de la Federación del 4 de agosto de 1994. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo de 2000.

− Ley General de las Personas con Discapacidad, Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2005.

− Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 1976. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de junio de 2006.

− Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de junio de 2006.

− Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Diario Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2002. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de agosto de 2006.

− Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Diario Oficial de la Federación del 1 de febrero de 2007.

− Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de 1993. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 2 de noviembre de

Page 9: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

9DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

2007. − Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Diario Oficial de la

Federación del 8 de febrero de 1984. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 21 de enero de 2008.

− Reglamento para la Educación Comunitaria, Diario oficial de la Federación del 21 de agosto de 1981.

− Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 21 de enero de 2005.

− Decreto mediante el cual se fija que el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE, tendrá por objeto allegarse recursos complementarios para aplicarlos al mejor desarrollo de la educación en el país, así como de la cultura mexicana, en el exterior, Diario Oficial de la Federación del 11 de febrero de 1982.

− Decreto por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona el artículo 3º., en su párrafo primero fracciones III, V y VI, y el artículo 31 en su fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002.

− Decreto por el que se crea la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y reforma la fracción IV, del artículo 7º. de la Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2003.

− Decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2003.

− Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Diario Oficial de la Federación del 31 de mayo de 2007.

− Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2008,

Page 10: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

10DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

Diario Oficial de la Federación del 13 de diciembre de 2007. − Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial de Educación 2007-2012, Diario

Oficial de la Federación del 17 de enero de 2008.

− Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración Educativa de septiembre de 2002.

− Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, Diario Oficial de la Federación del 19 de mayo de 1992.

− Acuerdo número 177 por el que se establece un nuevo Plan de Estudios para Educación Secundaria, Diario Oficial de la Federación del 4 de junio de 1993.

− Acuerdo número 181 por el que se establece un nuevo Plan de Estudios para Educación Secundaria, Diario Oficial de la Federación del 27 de agosto de 1993.

− Acuerdo número 195 por el que se modifica y adiciona el acuerdo número 85 que autoriza el Programa de Estudios que se aplica en Cursos Comunitarios operados por el CONAFE, como Modalidad de la Educación Comunitaria, Diario Oficial de la Federación del 25 de abril de 1994.

− Acuerdo número 200 por el que se establecen Normas de Evaluación del Aprendizaje

en Educación Primaria, Secundaria y Normal, Diario Oficial de la Federación del 19 de septiembre de 1994.

− Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población, Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 1996.

− Acuerdo No. 1/SPC por el que se suprime el trámite de violación de ciclo, Diario Oficial de la Federación del 17 de diciembre de 1997.

Page 11: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

11DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

− Acuerdo número 253 por el que se actualizan los diversos números 177 y 182,

mediante los cuales se establecieron, respectivamente, un nuevo plan de estudios para educación secundaria y los programas de estudio correspondientes, Diario Oficial de la Federación del 3 de febrero de 1999.

− Acuerdo número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo, Diario Oficial de la Federación del 30 de octubre de 2000.

− Acuerdo número 304 por el que se actualiza el diverso número 181, mediante el cual se establecen el Plan y los Programas de Estudio para la Educación Primaria, Diario Oficial de la Federación del 16 de noviembre de 2001.

− Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal, para la recepción de promociones que formulen los particulares en los procedimientos administrativos a través de medios de comunicación electrónica, así como para las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y las resoluciones administrativas definitivas que se emitan por esa misma vía, Diario Oficial de la Federación del 17 de enero de 2002.

− Acuerdo número 351 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 4 de febrero de 2005.

− Acuerdo Número 361 por el que se establecen el programa y material didáctico de la educación básica que se aplica en los cursos comunitarios operados por el Consejo Nacional de Fomento Educativo, Diario Oficial de la Federación del 17 de junio de 2005.

− Acuerdo número 384 por el que se establece el nuevo Plan y Programas de estudio

Page 12: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

12DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

para la Educación Secundaria, Diario Oficial de la Federación del 26 de mayo del 2006.

− Acuerdo número 404 por el que se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo

2007-2008, aplicable en toda la República para la educación básica, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, Diario Oficial de la Federación del 27 de junio de 2007.

− Acuerdo número 409 por el que emiten las Reglas de Operación de los Programas: Modelo Comunitario de Educación Inicial y Básica para Población Mestiza, y Modelo Comunitario de Educación Inicial y Básica para Población Indígena y Migrante(CONAFE), Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 2007.

− Manual General de Organización de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 16 de diciembre de 1994.

− Manual de Identidad Institucional del Gobierno Federal 2006-2012, Presidencia de la República, Enero 2007.

− Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Fomento Educativo, Diario Oficial de la Federación del 28 de julio del 2000.

− Convenios suscritos en el marco del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, celebrados entre el Ejecutivo Federal y los Ejecutivos Estatales, Diario Oficial de la Federación del 20 al 28 de mayo de 1992.

− Anexo VIII al Memorándum de Entendimiento sobre Educación entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, 2004-2006 suscrito el 9 de noviembre de 2004.

Page 13: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

13DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

I OBJETIVO Establecer las normas que se deberán aplicar en los Centros Educativos de Educación Primaria Comunitaria Extraedad y en la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, de las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación y certificación de los estudiantes.

Page 14: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

14DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

II. NORMAS GENERALES

1. Las normas establecidas en este documento son de observancia obligatoria para

las personas involucradas en el proceso de control escolar de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad y Secundaria Comunitaria Extraedad.

2. La DGAIR, en coordinación con el CONAFE deben:

a) Elaborar, implantar y difundir las normas para la operación del control escolar. b) Supervisar y evaluar periódicamente el cumplimiento de las normas y la

operación de los procedimientos de control escolar. c) Proporcionar asesoría permanente a las personas involucradas en estos

procesos administrativos. d) Dictaminar la resolución de los casos no previstos por las mismas

3. El CONAFE, por medio de la Dirección de Educación Comunitaria debe:

a) Establecer los lineamientos para el uso de los instrumentos de evaluación y

seguimiento para la acreditación y promoción de los estudiantes. b) Diseñar, reproducir y distribuir a las delegaciones del CONAFE en los estados,

los instrumentos de evaluación y seguimiento de acuerdo a los lineamientos establecidos.

c) Establecer las características de los formatos de apoyo e instructivos de llenado

correspondientes a la operación del proceso de control escolar. d) Integrar y actualizar el archivo de control escolar por cada entidad federativa. e) Proporcionar información cualitativa y cuantitativa que solicite la DGAIR,

referente a la aplicación de las normas y operación de control escolar. f) Distribuir a las delegaciones los formatos oficiales de certificación e instructivos

de llenado que correspondan.

Page 15: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

15DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

4. El CONAFE por conducto de la Delegación debe:

a) Organizar y supervisar la operación de los procedimientos de control escolar y el uso de los instrumentos de evaluación y seguimiento, de acuerdo a los lineamientos establecidos.

b) Reproducir y distribuir a los docentes los formatos de apoyo e instructivos de

llenado que correspondan a cada comunidad, para el proceso de control escolar. c) Integrar y mantener actualizados los expedientes académicos de los estudiantes. d) Obtener información cuantitativa y cualitativa generada en los procesos de

control escolar de cada periodo escolar y proporcionarla a las autoridades educativas correspondientes que la soliciten.

5. La DGAIR diseña, reproduce y distribuye anualmente al CONAFE los formatos

oficiales de certificación; conforme a la estadística que éste proporciona al inicio del ciclo escolar en la última semana del mes de noviembre y la de fin de cursos en la última semana de septiembre.

6. Los formatos oficiales de certificación que diseña, reproduce y distribuye la DGAIR

son:

a) Certificado de Terminación de Estudios. b) Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios c) Certificación de Estudios. d) Certificación de Estudios expedida a través de medios electrónicos. e) Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

7. El CONAFE diseña, reproduce y distribuye los siguientes formatos de apoyo.

PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

a) Boleta de Evaluación. b) Registro de Inscripción-Reinscripción de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad. c) Registro de Evaluación y Situación Final de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad. d) Avance de Aprovechamiento Escolar, Primaria Comunitaria Extraedad. e) Constancia de Evaluación de Educación Primaria Comunitaria Extraedad.

Page 16: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

16DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

f) Recibo de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios. SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD a) Boleta de Evaluación. b) Registro de Inscripción-Reinscripción de Educación Secundaria Comunitaria

Extraedad. c) Registro de Evaluación y Situación Final de Educación Secundaria Comunitaria

Extraedad. d) Avance de Aprovechamiento Escolar, Secundaria Comunitaria Extraedad. e) Constancia de Evaluación de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad. f ) Recibo de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios.

8. El Área de Control Escolar del CONAFE es la responsable de distribuir los documentos de normas e implantar éstas, mediante capacitaciones al interior de las delegaciones del Consejo, así como verificar su cumplimiento y asesorar permanentemente a las personas involucradas en estos procesos administrativos.

El Área de Información y Apoyo Logístico deberá coordinarse con los responsables del Área de Programas Educativos, a fin de llevar a cabo acciones que permitan garantizar la continuidad de los estudios de los estudiantes atendidos en los diferentes servicios educativos del sistema educativo nacional.

9. La aplicación de las normas y la información proporcionada por la Delegación del

CONAFE a la Dirección de Educación Comunitaria por medio de la documentación correspondiente, así como la expedición de formatos de certificación y los formatos de apoyo son absoluta responsabilidad del Delegado.

10. La consulta de información y/o documentación que sea solicitada entre los

responsables de las áreas de control escolar5 y las delegaciones del CONAFE, deberá ser atendida en forma ágil y oportuna, con el propósito de garantizar el libre tránsito de los estudiantes en el sistema educativo nacional.

5 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 5, pág. 87.

Page 17: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

17DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

11. Es responsabilidad de la Delegación, apoyar y motivar a los estudiantes de los centros educativos en el desarrollo de su escolaridad, con el propósito de que la continuidad de sus estudios hacia otros niveles educativos no se vea afectada.

12. El Delegado deberá tomar las medidas pedagógicas pertinentes que permitan el

ejercicio pleno del derecho a la educación6. De la misma forma deberá prevenir la discriminación7, así como promover la igualdad de oportunidades y de trato.

13. Las Delegaciones del CONAFE, a partir de la fecha del cierre de ciclo escolar,

contará con 20 días hábiles como máximo, para la entrega de los documentos de acreditación y certificación al estudiante o Presidente de la APEC del Centro Educativo.

14. El Área de Información y Apoyo Logístico de la Delegación, a través del Sistema de

Operación Local (SOL) será la responsable de emitir en forma continua y permanente las boletas de evaluación para la Educación Primaria Comunitaria Extraedad y para la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad y enviarlas a los centros educativos que las requieran.

15. Es responsabilidad del Área de Control Escolar en oficinas centrales del Consejo y

de las delegaciones brindar todas las facilidades para que la DGAIR efectúe el análisis y evaluación que tenga como propósito verificar la correcta aplicación de las presentes normas, así como los criterios normativos considerados en la parametrización del sistema de automatización del proceso de control escolar, el uso adecuado de los formatos de certificación y de apoyo al control escolar.

16. El Responsable del Área de Control Escolar en oficinas centrales del Consejo

enviará al Área Jurídica de la institución y a la DGAIR el Registro de Firmas Autógrafas de los Funcionarios Autorizados para Legalizar y Validar Certificados y Certificaciones de Estudio, en el formato oficial proporcionado por la DGAIR, en un plazo no mayor de 30 días naturales de haber asumido el cargo.

17. El Responsable del Área de Control Escolar en oficinas centrales del Consejo y el

Delegado deben fomentar el uso correcto y racionalizado de los formatos oficiales de certificación y de apoyo al control escolar.

6 Para mayor información al respecto, consúltense los artículos 2° y 32 de la Ley General de Educación. 7 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 25, pág. 90.

Page 18: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

18DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

18. El uso indebido de la información en medios electrónicos u otro medio así como la

falsificación de los documentos de certificación y sellos oficiales para el control escolar, deberán reportarse ante las instancias jurídicas correspondientes para que éstas ejerciten las acciones penales y administrativas a las que hubiere lugar.

Si lo apócrifo del documento se descubre con posterioridad a la integración del

estudiante al centro educativo, se deberá proceder a anular las calificaciones obtenidas y el Área de Programas Educativos en coordinación con el Delegado, determinarán las medidas pedagógicas para la normalización de sus estudios.

19. Es responsabilidad del Delegado, del Jefe de Programa, del Jefe de Información y

Apoyo Logístico y del Instructor Comunitario sensibilizar a los estudiantes a fin de generar actitudes para prevenir y combatir la corrupción, así como fomentar la transparencia en las acciones de la sociedad.

20. Los formatos de certificación y las especificaciones del sello oficial “SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL” los determina la DGAIR, con base en la legislación aplicable, mismos que son insustituibles e inalterables y que debido a su homogeneidad permiten el libre tránsito de los estudiantes dentro del Sistema Educativo Nacional.

21. El documento de Normas de Control Escolar relativas a la Inscripción,

Reinscripción, Acreditación y Certificación para la Educación Primaria Comunitaria Extraedad y para la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad del CONAFE, entrarán en vigor a partir del ciclo escolar 2007-2008.

Page 19: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

19DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo Regular el ingreso y registro de los aspirantes o estudiantes al primer nivel de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad o al primer grado de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, con el propósito de iniciar el proceso administrativo y facilitar su acceso al Sistema Educativo Nacional.

Page 20: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

20DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

b) Normas 1. La inscripción al primer nivel de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o al

primer grado de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, se proporciona a los interesados que habitan en pequeñas comunidades rurales mestizas, indígenas y urbanas marginales; es permanente durante todo el ciclo escolar y debe sujetarse al calendario de actividades de control escolar del CONAFE.

2. Tienen derecho a inscripción a la Educación Primaria Comunitaria Extraedad los

estudiantes que al inicio del ciclo escolar cuenten con una edad de 15 años o más, asimismo, para Secundaria Comunitaria Extraedad los estudiantes que al inicio del ciclo escolar cuenten con una edad de 16 años o más y tengan la primaria concluida.

Los aspirantes que tengan menos de 15 años de edad pueden inscribirse a los

programas y modalidades de educación comunitaria. 3. Los aspirantes a inscripción deben presentar en original y copia fotostática los

siguientes documentos: Educación Primaria Comunitaria Extraedad

− Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente8. − Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de

contar con ella. − Cartilla Nacional de vacunación o de Salud, en caso de contar con ella.

Educación Secundaria Comunitaria Extraedad

− Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. − Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de

contar con ella.

8 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 26, pág. 90.

Page 21: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

21DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

− Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria.

− Certificación de Estudios de Educación Primaria expedida a través de Medios

Electrónicos, en su caso.

− Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso.

− Cartilla Nacional de vacunación o de Salud, en caso de contar con ella. 4. En caso de no contar con estos documentos el Instructor Comunitario deberá

inscribir al estudiante siempre y cuando firme una Carta-Compromiso Temporal (Anexo 1).

De presentarse alguno de los siguientes supuestos, se procederá de acuerdo a lo

siguiente:

a) Si el aspirante no tiene copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente, el Instructor Comunitario deberá informar al aspirante para que se responsabilice a realizar el trámite correspondiente para obtenerla. La fecha límite para la entrega de este documento deberá ser previa a la etapa de certificación. El Instructor Comunitario orientará al aspirante para que acuda a la oficina del Registro Civil más próxima, en la cual le podrán proporcionar las copias certificadas del Acta de Nacimiento, aunque el registro se hubiere efectuado en otra entidad federativa distinta a la de su residencia. El Instructor Comunitario recomendará al aspirante nacido fuera del territorio nacional y que presente Acta de Nacimiento de otro país apostillada o legalizada; que mediante el trámite de inscripción de los actos registrales celebrados en el extranjero ante la oficina de Registro Civil, podrá obtener un Documento Legal Equivalente al Acta de Nacimiento (el documento que se obtenga de dicho trámite, será determinado por las disposiciones establecidas en el Código Civil de cada entidad federativa). El trámite de inscripción de los actos registrales celebrados en el extranjero ante la oficina del Registro Civil no es requisito indispensable para autorizar la inscripción del estudiante.

b) Si el aspirante no cuenta con la Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) ésta será tramitada, de manera gratuita, por el Área de

Page 22: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

22DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

Información y Apoyo Logístico correspondiente y el Número de Control será asignado mediante el Sistema de Operación Local (SOL), una vez autorizada la inscripción.

En caso de extravío o error en los datos del aspirante en la Constancia de la CURP, el Jefe de Información y Apoyo Logístico deberá proporcionar la orientación necesaria al aspirante para la reposición de la misma.

c) Si el aspirante de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, no tiene el documento oficial que compruebe el antecedente escolar de Educación Primaria, éste será solicitado por la Delegación del CONAFE al Área de Control Escolar correspondiente. Para tal efecto el aspirante, deberá entregar la documentación requerida para dicho trámite.

d) Si el aspirante no cuenta con la Cartilla Nacional de Vacunación, el Instructor

Comunitario del centro educativo deberá orientar al aspirante para que acuda a tramitarla gratuitamente a la unidad del Sistema Nacional de Salud que le corresponda y solicitar se registre o actualice la información de su cartilla.

No se debe negar la inscripción a ningún aspirante por falta de estos documentos o alguno de ellos.

5. En tanto se asigne la CURP con sus 18 dígitos por la Secretaría de Gobernación, el

Sistema de Operación Local (SOL) deberá generar el segmento raíz con sus 16 posiciones autogenerables.

Cuando el estudiante no cuente con la CURP ni con la copia certificada del Acta de

Nacimiento o Documento Legal Equivalente, se deben dejar en blanco los espacios correspondientes para dicha clave.

La presentación de la CURP no es requisito indispensable para autorizar la

inscripción del aspirante. 6. A los aspirantes a inscripción para la Secundaria Comunitaria Extraedad

provenientes del extranjero que no presenten la Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria se les inscribirá, conforme a lo establecido en la norma 4 inciso c) de esta etapa. El aspirante no deberá realizar ningún trámite adicional fuera de la Delegación, será el Área de Control Escolar del CONAFE quien solicite ante el área educativa correspondiente la Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, tal como si el particular acudiera directamente

Page 23: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

23DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ante ella para efectuar el trámite; una vez que el aspirante haya cubierto los derechos correspondientes para la realización del trámite.

La atención complementaria9 debe ser decidida conjuntamente entre el Área de

Información y Apoyo Logístico o Área de Programas Educativos y el estudiante. 7. El Instructor Comunitario deberá facilitar la inscripción inmediata de los

estudiantes, en el periodo establecido, y en su caso solicitará al Área de Información y Apoyo Logístico que proporcione la ayuda que se requiera.

8. El Instructor Comunitario debe anotar los datos del estudiante en el “Registro de

Inscripción–Reinscripción de Educación Primaria Comunitaria Extraedad”, o en el “Registro de Inscripción–Reinscripción de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad” los transcribirá textualmente de la copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. Debe verificar que el registro de los mismos sea fiel al original, aun en caso de faltas de ortografía, abreviaturas, guiones, etc.

9. La Delegación regresará los documentos originales a los estudiantes

inscritos, una vez terminado el proceso de inscripción y conservará en el archivo las copias fotostáticas cotejadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales.

9 Consultar. Anexo 11 “Glosario”, numeral 12, pág. 88.

Page 24: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

24DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

IV. REINSCRIPCIÓN

a) Objetivo Regular el reingreso y registro de los estudiantes que cursarán el nivel escolar de Educación Primaria Comunitaria Extraedad que corresponda o el grado escolar de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad que corresponda, con el propósito de llevar el proceso administrativo de la continuidad de sus estudios.

Page 25: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

25DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

b) Normas 1. La reinscripción a la Educación Primaria Comunitaria Extraedad o a la Educación

Secundaria Comunitaria Extraedad, se proporciona a los estudiantes que habitan en pequeñas comunidades rurales y urbano marginados, es permanente durante el ciclo escolar y debe sujetarse al calendario de actividades de Control Escolar del Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE).

2. Se debe reinscribir en cualquier momento del ciclo escolar a los estudiantes de

Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, del ciclo escolar inmediato o anteriores en el nivel escolar o grado escolar que corresponda, así como a los provenientes de otros servicios educativos.

3. El Instructor Comunitario deberá reinscribir incluso a los estudiantes que no

presenten Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente, en este caso el estudiante firmará una Carta Compromiso Temporal, (Anexo 1) en la cual se responsabilice a realizar el trámite correspondiente para obtenerla

Al Instructor Comunitario corresponderá orientar al estudiante para que acuda a la oficina más próxima del Registro Civil, en la cual le podrán proporcionar las copias certificadas del Acta de Nacimiento, aunque el registro se hubiere efectuado en otra entidad federativa distinta a la de su residencia. No se debe dar de baja a ningún estudiante por falta de este documento.

4. En caso de que el estudiante no cuente con la Constancia de la Clave Única de

Registro de Población (CURP) ésta será tramitada, de manera gratuita, por el Área de Información y Apoyo Logístico y se asignará o recuperará el Número de Control mediante el Sistema de Operación Local (SOL) una vez autorizada la reinscripción.

5. El Instructor Comunitario deberá facilitar la reinscripción inmediata de los

estudiantes en traslado, en el periodo establecido y en su caso solicitará al Área de Información y Apoyo Logístico del CONAFE, que proporcione el apoyo que se requiera.

Page 26: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

26DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

6. La Boleta de Evaluación de Primaria Comunitaria Extraedad o de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad es válida en los Estados Unidos Mexicanos y no requiere trámites adicionales de legalización. En caso de traslado del estudiante, la Boleta de Evaluación debe llevar la firma del Delegado o Jefe de Información y Apoyo Logístico o Jefe de Programas Educativos del CONAFE y el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”, para servir como único documento legal exigible de acreditación total o parcial de nivel o grado.

7. Es responsabilidad del Delegado la entrega oportuna de la documentación

que requiera el estudiante para su traslado. Por ningún motivo debe retener los documentos originales.

8. La Delegación regresará los documentos originales a los estudiantes, una vez

terminado el proceso de reinscripción y conservará en el archivo las copias fotostáticas cotejadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales.

ESTUDIANTES DEL MISMO CENTRO EDUCATIVO 9. Si el estudiante cursó un área, nivel o grado en el mismo centro educativo, el Jefe

de Información y Apoyo Logístico verificará y actualizará sus datos en el “Registro de Inscripción-Reinscripción de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad” o en el “Registro de Inscripción-Reinscripción de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad”.

ESTUDIANTES PROVENIENTES DE OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS O CENTROS EDUCATIVOS DEL CONAFE

10. Los estudiantes que soliciten reinscripción a la Educación Primaria Comunitaria

Extraedad y que provengan de otros servicios educativos10, centro educativo del CONAFE e inclusive del extranjero, deberán presentar original y copia fotostática de los siguientes documentos:

− Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente

(indispensable para los estudiantes de nivel III susceptibles de certificar).

10 Se refiere a los centros educativos que ofrecen el servicio de educación primaria mediante las modalidades escolar, mixta y

abierta.

Page 27: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

27DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

− Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella.

− Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México–EUA,

en su caso. (Anexo 8)

− Boleta de Evaluación del último grado cursado, debidamente requisitada.

− Boleta de Evaluación de Educación Primaria Comunitaria Extraedad.

− Cartilla Nacional de vacunación o de Salud, en caso de contar con ella.

− Kardex Escolar, en su caso.

Además dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color (indispensable para los estudiantes susceptibles de certificar). Asimismo, los estudiantes que soliciten reinscripción a la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad y que provengan de otros servicios educativos, otro centro educativo de CONAFE e inclusive del extranjero, deberán presentar original y copia fotostática de los siguientes documentos:

− Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente (indispensable para los estudiantes de tercer grado susceptibles de certificar).

− Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de

contar con ella.

− Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de Educación Primaria.

− Certificación de Estudios de Educación Primaria Expedida a través de Medios

Electrónicos, en su caso.

− Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Primaria, en su caso.

− Resolución de Revalidación de Estudios de Educación Secundaria de primero y/o segundo grado(s), en su caso.

− Resolución de Equivalencia de Estudios de Educación Secundaria de primero y/o

segundo grado(s), en su caso.

Page 28: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

28DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

− Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México–EUA de Educación Secundaria, en su caso. (Anexo 9).

− Boleta de Evaluación del último grado cursado, debidamente requisitada. − Informe de Calificaciones de Estudios Parciales, en su caso. − Constancia(s) de Examen(es) de Regularización debidamente legalizada(s), en

su caso.

− Constancia de Evaluación de Regularización, en su caso.

− Cartilla Nacional de Salud, en caso de contar con ella.

− Kardex Escolar, en su caso.

Además dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color (indispensable para los estudiantes susceptibles de certificar).

11. Los estudiantes que solicitan reinscripción y provengan de la modalidad mixta11 o abierta12, además de lo mencionado anteriormente, deberán presentar en original y copia fotostática el Informe de Calificaciones de Educación Secundaria (SECAB), Boleta de Evaluación (MODEBAS), Boleta de Calificación (PEBJA) o Informe de Calificaciones (INEA), según corresponda, debidamente requisitados, que compruebe(n) el(las) área(s) o asignatura(s) acreditada(s)13.

12. Se deberá reinscribir al estudiante proveniente de otro servicio educativo de acuerdo con la Boleta de Evaluación del último grado acreditado. ESTUDIANTES SIN ANTECEDENTES

13. El Instructor Comunitario debe reinscribir e integrar a los estudiantes al nivel o

grado correspondiente, aún cuando los estudiantes no cuenten con la documentación que respalde su escolaridad. Es responsabilidad del Área de

11 La educación básica en la modalidad mixta se imparte mediante los Centros de Educación Básica para Adultos (CEBA),

Centros de Educación Extraescolar (CEDEX), Misiones Culturales (MC) y Salas Populares de Lectura (SPL). 12 La educación básica en la modalidad abierta se imparte mediante el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA). 13 Estos documentos de acreditación se expiden a los estudiantes que cursaron algún(os) grado(s) en los centros educativos de la

modalidad mixta o abierta.

Page 29: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

29DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

Información y Apoyo Logístico determinar el criterio que corresponda de acuerdo a lo siguiente:

a) Si el estudiante proviene de otro servicio educativo, de la misma o de otra

entidad:

El Instructor comunitario informará al Área de Información y Apoyo Logístico para que ésta verifique los antecedentes escolares del estudiante en el Área de Control Escolar de procedencia y emita el registro correspondiente para que lo reinscriba conforme al nivel o grado cursado y la situación académica que indique el registro.

b) Si el estudiante proviene de otra entidad y está integrado a un servicio del

CONAFE, la información sobre los antecedentes escolares será responsabilidad de las áreas de información y apoyo logístico involucradas.

El Área de Información y Apoyo Logístico receptora deberá solicitar las calificaciones del estudiante al Área de Información y Apoyo Logístico de la entidad de procedencia por la vía que considere más conveniente. El área receptora deberá verificar y validar esta información para que lo reinscriban según el nivel o grado y la situación académica que exista en el registro escolar.

c) Si los antecedentes no se pueden verificar en el Área de Control Escolar o en el

Área de Información y Apoyo Logístico: El Instructor Comunitario en coordinación con el Área de Programas Educativos de la Delegación aplicará al estudiante una Evaluación Diagnóstica del Aprendizaje para determinar el nivel o grado escolar en que será inscrito el estudiante. Dicha evaluación deberá anexarse al Expediente del Estudiante. De igual forma el Instructor Comunitario aplicará al estudiante una Evaluación de Nivel14 o Grado15 que corresponda, un mes después de haber ingresado al centro educativo para respaldar sus antecedentes. En el Registro de Inscripción–Reinscripción correspondiente, se deberá anotar la leyenda “sin antecedentes”. Asimismo se deberán anotar los resultados obtenidos, el nivel o grado y la fecha de aplicación de la evaluación en el Registro de Evaluación y Situación Final, en el Avance de Aprovechamiento Escolar de Educación Primaria Comunitaria Extraedad (Anexo 6) o en el Avance de Aprovechamiento Escolar de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad (Anexo 7).

14 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 34, pág. 91.

15 Consultar Anexo 11 “Glosario”, numeral 33, pág. 91.

Page 30: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

30DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

14. Es responsabilidad del Área de Programas Educativos aplicar y calificar las evaluaciones y proporcionar los resultados obtenidos al Área de Información y Apoyo Logístico.

15 El Instructor Comunitario proporcionará los resultados obtenidos al estudiante,

quien tendrá derecho a presentar estas evaluaciones por única vez y recibir como comprobante del nivel o grado aprobado el Avance de Aprovechamiento Escolar correspondiente.

16. Los estudiantes que procedan de otra entidad federativa, deberán legalizar la(s)

Constancia(s) de Examen(es) de Regularización en el Área de Control Escolar de la entidad de procedencia. En caso de que el estudiante se traslade con la(s) constancia(s) sin la legalización correspondiente, la Delegación del CONAFE verificará y validará este documento por la vía que considere más conveniente, con el Área de Control Escolar de la entidad de procedencia del estudiante.

ESTUDIANTES EN TRASLADO 17. El Traslado es el cambio de estudiantes de un centro educativo a otro y se efectúa

en cualquier momento del periodo escolar. No se les debe negar su reinscripción.

18. En caso de traslado de un estudiante, el Área de Información y Apoyo Logístico

agilizará la entrega de la Boleta de Evaluación con las áreas o asignaturas aprobadas en Educación Primaria Comunitaria Extraedad o Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, cancelando con una línea horizontal continua los espacios en blanco de las áreas o asignaturas no acreditadas. Con el nombre y firma del Delegado o Jefe de Información y Apoyo Logístico o el Jefe de Programas Educativos del CONAFE y con el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”.

En caso de reinscripción de estudiantes por traslado el Área de Información y Apoyo Logístico receptora deberá registrar en el SOL las calificaciones obtenidas hasta el momento de su traslado. El Área de Información y Apoyo Logístico agilizará el traslado del estudiante, entregándole su Boleta de Evaluación con las indicaciones arriba mencionadas.

Page 31: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

31DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ESTUDIANTES PROVENIENTES DEL EXTRANJERO

19. Si el estudiante proviene del extranjero, el Instructor Comunitario deberá solicitarle

los documentos que respalden los estudios cursados en el país de procedencia y ubicarlo mediante la consulta de las Tablas de Correspondencia de la Educación Primaria y Secundaria de México con el Nombre del Nivel y Grados de Otros Países (Anexo 10). Si el país de procedencia no se encuentra en dichas tablas, la Delegación solicitará la información necesaria al Área de Control Escolar del CONAFE.

En este caso el estudiante no deberá realizar ningún trámite adicional fuera

del centro educativo y será el Área de Información y Apoyo Logístico quien solicite ante el área educativa correspondiente la Resolución de Revalidación de Estudios del(de los) grado(s) completo(s) de educación primaria o secundaria y/o del ciclo de educación primaria, en su caso, tal como si el estudiante acudiera directamente a efectuar el trámite de revalidación de estudios; una vez que el estudiante haya cubierto los requisitos correspondientes para la realización del mismo. En caso de que no cuente con estos documentos se deberá aplicar lo establecido en el inciso c) de la norma 13 de esta etapa.

El Jefe de Área de Programas Educativos y el Instructor Comunitario en coordinación con el estudiante, determinarán mediante la aplicación de una Evaluación Diagnóstica del Aprendizaje las medidas compensatorias que fueran necesarias para nivelar los conocimientos del estudiante.

20. El Instructor Comunitario deberá reinscribir a los estudiantes que presenten el

comprobante de escolaridad del último nivel o grado escolar cursado, expedido en la escuela del país de procedencia o el “Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA (Transfer Document for Binational Migrant Student USA-Mexico) expedido en los Estados Unidos de América, (Anexos 8 y 9) la ubicación de los estudiantes se realizará de inmediato en ambos casos conforme al nivel o grado escolar que indique el documento presentado, teniendo por acreditados los niveles o grados escolares anteriores del nivel educativo correspondiente. El Documento de Transferencia debe aceptarse sin ninguna restricción por las áreas de control escolar del CONAFE.

El Jefe de Área de Programas Educativos y el Instructor Comunitario en coordinación con el estudiante, determinarán mediante la aplicación de una Evaluación Diagnóstica del Aprendizaje las medidas compensatorias que fueran necesarias para nivelar los conocimientos del estudiante.

Page 32: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

32DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

21. Para el caso de estudiantes provenientes de los Estados Unidos de América, el

comprobante de escolaridad podrá ser el “Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA”, el cual no requiere de Resolución de Revalidación de Estudios.

22. La reinscripción de los estudiantes provenientes del extranjero se efectuará en

cualquier momento del año escolar, sujetándose a lo establecido en las normas 10, 13 y 17 de esta etapa.

23. Los estudiantes que no cuenten con el Documento de Transferencia del Estudiante

Migrante Binacional México-EUA o el comprobante de escolaridad del último nivel o grado escolar cursado, expedido en la escuela del país de procedencia, se deberá aplicar lo establecido en el inciso c) de la norma 13 de esta etapa.

El Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA no es requisito indispensable para la reinscripción de los estudiantes.

24. Los estudios realizados en otro país que correspondan al nivel de educación

primaria y educación secundaria, deberán obtener validez oficial mediante la Resolución de Revalidación de Estudios.

TRASLADO DE ESTUDIANTES AL EXTRANJERO 25. En caso de traslado de estudiantes a los Estados Unidos de América, el Área de

Información y Apoyo Logístico de la Delegación deberá expedir el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA16 como comprobante oficial de escolaridad, recomendando se acompañe a éste con la Cartilla Nacional de Salud.

Para los estudiantes que se dirigen a un país que no sea los Estados Unidos de América, la Delegación del CONAFE deberá orientar al estudiante sobre el trámite de apostille o legalización17 de documentos que corresponda.

16 Para el llenado y expedición podría apoyarse del Manual de Procedimientos para la Expedición y Uso del Documento de

Transferencia. 17 Consultar Anexo 11 “Glosario” numerales 4 y 41, págs. 87 y 92.

Page 33: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

33DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

V. ACREDITACIÓN a) Objetivo Dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las disposiciones correspondientes para el reconocimiento oficial de la aprobación de áreas, nivel escolar o nivel educativo de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad, así como la aprobación de asignaturas, grado escolar o nivel educativo de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

Page 34: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

34DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

b) Normas 1. Es obligación de la Delegación del CONAFE, evaluar el aprendizaje de los

estudiantes, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Secretarial núm. 200.

2. La evaluación del aprendizaje es permanente, de acuerdo con las características

del modelo educativo de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad del CONAFE, tomando como base los contenidos de los Planes de Estudios de Educación Primaria y Secundaria vigentes (Anexo 2 y 4).

3. La Boleta de Evaluación, el Documento de Transferencia del Estudiante

Migrante Binacional México-EUA y la Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios, son los únicos documentos legales exigibles de acreditación total o parcial de un nivel o grado.

4. La expedición de la Boleta de Evaluación es continua y permanente. Se expide

únicamente con calificaciones aprobatorias, al finalizar el ciclo escolar, cuando el estudiante efectúa un traslado y cuando aprueba el total de las áreas o asignaturas de un nivel o grado determinado.

Se podrá realizar reposición de la Boleta de Evaluación, previa solicitud por escrito del estudiante explicando los motivos que originan dicha petición.

5. La asignación de calificaciones debe de ser congruente con el aprovechamiento

alcanzado por el estudiante, de acuerdo con los propósitos de los programas de aprendizaje establecidos.

6. La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10. La calificación mínima

aprobatoria es de 6.0 7. En el Plan de Estudios de Educación Primaria Comunitaria Extraedad los

estudiantes podrán acreditar áreas, niveles escolares o el nivel educativo, mediante el siguiente sistema de evaluación:

Page 35: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

35DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

Sistema de Evaluación Comprende

Área por Nivel Comprende los contenidos programáticos de una área particular en un nivel determinado. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Área Comprende los contenidos programáticos de una área en los tres niveles. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Nivel Comprende los contenidos programáticos de todas las áreas correspondientes a un nivel determinado. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Nivel Educativo

Comprende los contenidos programáticos de todas las áreas correspondientes a los tres niveles. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

El Promedio por Nivel se obtiene al sumar las calificaciones de todas las áreas de un nivel determinado y dividir el resultado entre cuatro por ser éste el número de áreas evaluadas. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear. En el Plan de Estudios de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, los estudiantes podrán acreditar asignaturas, grados escolares o el nivel educativo, mediante el siguiente sistema de evaluación:

Sistema de Evaluación Comprende

Asignatura por Grado Comprende los contenidos programáticos de una asignatura particular en un grado determinado. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Asignatura Comprende los contenidos programáticos de una asignatura en los tres grados. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Grado Comprende los contenidos programáticos de todas las asignaturas correspondientes a un grado determinado. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Global por Nivel Educativo

Comprende los contenidos programáticos de todas las asignaturas correspondientes a los tres grados. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

El Promedio por Grado se obtiene al sumar las calificaciones de todas las asignaturas de un grado determinado y dividir el resultado entre el total de asignaturas del grado correspondiente. Se registra con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

Page 36: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

36DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

8. Después de cada evaluación el estudiante tendrá derecho a recibir como comprobante del(de los) nivel(es), grado(s), área(s) o asignatura(s) evaluada(s) el Avance de Aprovechamiento Escolar.

La calificación que obtenga el estudiante en cada área o asignatura, deberá coincidir con los anotados en el formato Registro de Evaluación y Situación Final del nivel educativo correspondiente.

9. Los documentos que se utilizan para dar validez a la acreditación de estudios de la

Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad son los siguientes: − Boleta de Evaluación de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de

Educación Secundaria Comunitaria Extraedad. − Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

− Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios.

− Expediente Escolar del Estudiante.

− Avance de Aprovechamiento Escolar de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

− Registro de Evaluación y Situación Final de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

10. El Instructor Comunitario debe informar al estudiante de la Educación Primaria

Comunitaria Extraedad o de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, del avance en su aprovechamiento escolar, así como las observaciones generales sobre sus fortalezas y dificultades que se detecten, con la finalidad de dar seguimiento a su proceso de enseñanza-aprendizaje, mediante el formato de Avance de Aprovechamiento Escolar. (Anexos 6 y 7)

11. Los estudiantes tendrán derecho a presentar sus evaluaciones, siempre y

cuando cubran el total de horas-asesoría de acuerdo a la siguiente tabla:

Page 37: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

37DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

HORAS-ASESORÍA SISTEMA DE EVALUACIÓN

10 Área por Nivel Asignatura por Grado

De 20 a 30 Global por Área Global por Asignatura

De 40 a 50 Global por Nivel Global por Grado

De 120 a 150 Global-Nivel Educativo

12. En caso de que el estudiante no apruebe una área o asignatura; un nivel o

grado escolar, el Área de Programas Educativos de la Delegación deberá indicar en el Avance de Aprovechamiento Escolar los aspectos de estudio sobre los que deba profundizar y buscar estrategias alternas para estimular su interés y motivación, a fin de que acredite los estudios correspondientes.

13. Los instrumentos utilizados para el sistema de evaluación en la Educación Primaria

Comunitaria Extraedad y en la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, serán elaborados por la Dirección de Educación Comunitaria.

14. El Área de Programas Educativos de la Delegación será la responsable de la

aplicación y calificación de los instrumentos utilizados en la evaluación del nivel educativo correspondiente.

15. Con el propósito de iniciar el proceso de certificación, el Instructor Comunitario

deberá enviar para su validación a la Delegación, la información de cada estudiante relacionada con la acreditación de las áreas, asignaturas, nivel o grado escolar o nivel educativo correspondiente, de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

16. Las áreas que integran el Plan de Estudios de la Educación Primaria Comunitaria

Extraedad y las asignaturas de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad no son seriadas, por lo que el estudiante puede elegir el sistema de evaluación que

Page 38: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

38DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

más le convenga para acreditar los estudios correspondientes. 17. El Calendario de Expedición de Certificados de Terminación de Estudios de la

Educación Primaria Comunitaria Extraedad y de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad del CONAFE, se establece en coordinación con la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.

Page 39: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

39DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

VI. CERTIFICACIÓN a) Objetivo Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los estudiantes que hayan concluido la Educación Primaria Comunitaria Extraedad o la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad en el CONAFE, conforme al Plan y Programa de Estudios correspondiente a la Educación Primaria o a la Educación Secundaria vigentes.

Page 40: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

40DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

b) Normas 1. El proceso de Certificación es continuo y permanente. La delegación y el Área

de Programas Educativos del CONAFE, agilizarán este proceso y por ningún motivo deberán demorarlo.

2. La Boleta de Evaluación se expide a todos los estudiantes que acreditan una área

de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o una asignatura de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

3. La Boleta de Evaluación, el Documento de Transferencia del Estudiante

Migrante Binacional México-EUA y la Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios, son los únicos documentos legales exigibles de acreditación total o parcial de un nivel o grado.

4. Es responsabilidad del Delegado del CONAFE la entrega oportuna de la Boleta

de Evaluación, del Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA y del Certificado de Terminación de Estudios al estudiante. Por ningún motivo deben retenerse estos documentos oficiales.

5. Los documentos oficiales que se utilizan para dar validez al proceso de

certificación son los siguientes:

− Certificado de Terminación de Estudios. − Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios.

− Certificación de Estudios.

− Certificación de Estudios Expedida a través de Medios Electrónicos.

− Boletas de Evaluación.

− Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

− Avance de Aprovechamiento Escolar.

Page 41: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

41DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE ESTUDIOS 6. Se expide Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria

Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, en original una sola vez, a aquellos estudiantes que hayan acreditado y concluido los estudios correspondientes.

7. El estudiante debe presentar para la expedición del Certificado de Terminación de

Estudios: − Copia certificada y copia fotostática del Acta de Nacimiento o Documento Legal

Equivalente, (en caso de no haber presentado estos documentos en la etapa de inscripción o reinscripción).

− Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de

contar con ella.

− Dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o color, con el rostro descubierto (en caso de no haber presentado estos documentos en la etapa de reinscripción).

Las copias fotostáticas cotejadas que obran en los archivos de control escolar de aquellos estudiantes que presentaron los documentos originales solicitados en la norma 3 y 10 de las etapas de inscripción y reinscripción respectivamente, serán el soporte para la expedición del Certificado de Terminación de Estudios.

8. En el Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, el Área de Información y Apoyo Logístico debe anotar con tinta negra en impresora o máquina de escribir la siguiente información:

− El Promedio de Aprovechamiento o el Promedio General de Aprovechamiento, utilizando un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

− El lugar y fecha de expedición.

− El nombre completo del Delegado del CONAFE en función, omitiendo su

profesión. Además se recaba la firma autógrafa del Delegado y la fotografía del estudiante se cancela con el sello oficial “SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL”.

Page 42: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

42DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

9. El Promedio de Aprovechamiento o el Promedio General de Aprovechamiento,

se obtienen al sumar las calificaciones finales de las áreas o asignaturas y dividir el resultado entre el número total de éstas. Al anotar esta calificación en el Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, se utiliza un número entero y una cifra decimal, no se debe redondear.

10. En caso de error en el llenado de los certificados y certificaciones, éstos se

cancelan y se resguardan, para comprobar su destino final. En ningún caso se deben destruir los formatos de certificación.

11. En el Plan de Estudios de Educación Primaria Comunitaria Extraedad, el Promedio

de Aprovechamiento se obtiene según sea el caso, de la siguiente forma:

− Al sumar las 12 calificaciones aprobatorias de la evaluación Área por Nivel y dividir el resultado entre 12, por ser éste el número de áreas.

− Al sumar las calificaciones aprobatorias de la evaluación Global por Área y

dividir el resultado entre cuatro por ser este el número de áreas evaluadas.

− Al sumar las calificaciones aprobatorias de la evaluación Global por Nivel y dividir el resultado entre tres, por ser éste el número de niveles.

− De la calificación obtenida de la evaluación Global por Nivel Educativo.

12. En el Plan de Estudios de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, el Promedio General de Aprovechamiento se obtiene según sea el caso, de la siguiente forma:

− Al sumar el total de las calificaciones aprobatorias de la evaluación Asignatura-Grado y dividir el resultado entre el total de asignaturas de los tres grados.

− Al sumar las calificaciones aprobatorias de la evaluación Global-Asignatura y

dividir el resultado entre el total de las asignaturas evaluadas.

− Al sumar las calificaciones aprobatorias de la evaluación Global-Grado y dividir el resultado entre tres, por ser éste el número de Grados.

− De la calificación obtenida de la evaluación Global-Nivel Educativo.

Page 43: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

43DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

En caso de estudiantes sin antecedentes académicos, el(los) resultado(s) aprobatorio(s) obtenido(s) en la(s) Evaluación(es) del(de los) Nivel(es) o Grado (s) se sumará(n) al(a los) promedio(s) obtenido(s) en el(los) otro(s) nivel(es) o Grado (s) y se dividirá entre tres, por ser éste el número de niveles o grado (s). El Promedio General de Aprovechamiento se debe registrar con un número entero y una cifra decimal, sin redondear.

13. Los datos que se registran en el Certificado de Terminación de Estudios de

Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, deben coincidir con los anotados en el Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente, Registro de Inscripción-Reinscripción, Registro de Evaluación y Situación Final y en las boletas de evaluación.

14. El Jefe de Información y Apoyo Logístico es el responsable de regresar los

documentos originales a los estudiantes una vez que termine el proceso de certificación, así como de integrar y conservar el expediente del estudiante, con las copias fotostáticas cotejadas de los documentos antes mencionados. Por ningún motivo deberán retenerse los documentos originales.

15. La expedición de Certificados de Terminación de Estudios de Educación Primaria

Comunitaria Extraedad o la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, la realiza el Área de Información y Apoyo Logístico y el proceso debe validarlo el Delegado del CONAFE.

16. El Delegado es responsable de la expedición correcta de los documentos de

certificación y de la entrega oportuna a los estudiantes o interesados, quienes firmarán de recibido en el formato Recibo de Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios. En caso de existir irregularidades, se procederá conforme a la legislación aplicable para el fincamiento de las responsabilidades administrativas y penales a las que hubiere lugar.

17. La fecha oficial de expedición que se registre en los Certificados de

Terminación de Estudios, debe ser la señalada conforme al Calendario de Expedición de Certificados de Terminación de Estudios de la Educación Primaria Comunitaria Extraedad y de la Educación Secundaria Comunitaria Extraedad del CONAFE.

Page 44: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

44DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

18. En el supuesto de que el Delegado no pueda firmar los certificados de terminación

de estudios, se procederá a recabar el nombre, cargo y firma del Jefe de Programas Educativos o del Jefe de Información y Apoyo Logístico como responsable de la expedición de los formatos oficiales de certificación.

19. Los Certificados de Terminación de Estudios de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad que no sean recogidos por los interesados se archivan en la Delegación del CONAFE considerando la vigencia del formato, durante este tiempo los interesados pueden solicitarlo. Una vez cumplido dicho periodo, deben cancelarse para comprobar a la DGAIR su destino final cuando lo requiera.

20. El Área de Control Escolar en oficinas centrales tiene la facultad de solicitar a las

delegaciones del CONAFE que juzgue conveniente, los certificados debidamente llenados, sellados y firmados, junto con los antecedentes de los estudiantes, con la finalidad de verificar el correcto desarrollo del proceso de certificación.

CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS 21. La Delegación del CONAFE expide la Certificación de Estudios:

a) Cuando el interesado solicite duplicado del Certificado de Terminación de

Estudios de Educación Primaria Comunitaria Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad.

b) A los interesados que concluyeron la educación primaria y secundaria y

presenten como comprobante de estudios el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA de 6º y 9º grado respectivamente.

En el caso de interesados que realizaron sus estudios en una entidad

federativa distinta a la de su residencia, la Delegación del CONAFE en donde resida el interesado, será la responsable de solicitar la expedición de la Certificación de Estudios a la entidad en donde el interesado concluyo la educación primaria o secundaria.

22. Los estudiantes que hayan cursado parcialmente la educación primaria o

secundaria en algún centro educativo del CONAFE, que concluyan el nivel

Page 45: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

45DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

educativo en los Estados Unidos de América y que presenten su Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA con el objeto de continuar la educación secundaria o el nivel medio superior, la Delegación del CONAFE será la responsable de la expedición de la Certificación de Estudios correspondiente.

Para el caso de estudiantes que estudiaron parcialmente la educación primaria o

secundaria en algún centro educativo del CONAFE distinto al de su residencia, el interesado deberá solicitar directamente ante la Delegación del CONAFE de la entidad donde reside la expedición de la Certificación de Estudios.

En ambos casos la Delegación del CONAFE, deberá conformar el expediente del

interesado y el Documento de Transferencia será el respaldo para la expedición de la Certificación de Estudios.

23 Los estudiantes provenientes de los Estados Unidos de América que hayan

realizado el ciclo completo de Educación Primaria o secundaria en ese país, que presenten su Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA y soliciten la expedición de la Certificación de Estudios, deberán presentar original y copia fotostática los siguientes documentos:

− Solicitud por escrito de la expedición de la Certificación de Estudios. − Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.

− Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de

contar con ella.

− Antecedentes escolares de 1º a 5º grado de educación primaria, o de 1º y 2º grado de educación secundaria, en caso de contar con ellos.

− Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA de

sexto grado o noveno grado, expedido por la escuela de procedencia. Así como dos fotografías recientes, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o color, con el rostro descubierto. La Delegación del CONAFE expedirá la Certificación de Estudios e integrará el expediente del interesado, con las copias fotostáticas cotejadas de los documentos antes mencionados.

Page 46: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

46DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

24. En caso de extravío o mal uso de la documentación de certificación y sellos

oficiales, se deberá proceder a levantar un Acta ante el área que corresponda de acuerdo a lo siguiente:

− Si la irregularidad se presenta dentro de las instalaciones de la Delegación del

CONAFE, se deberá levantar Acta Administrativa con la participación del Área Jurídica de la institución.

− Si la irregularidad se presenta fuera de las instalaciones de la Delegación del

CONAFE, se debe levantar Acta ante el Ministerio Público.

25. El Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria Comunitaria

Extraedad o de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad, la Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios, la Certificación de Estudios, la Boleta de Evaluación y el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA, son válidos en los Estados Unidos Mexicanos y no requieren trámites adicionales de legalización.

26. Los estudios realizados en otro país se consideran fuera del Sistema

Educativo Nacional y deben obtener su validez oficial mediante la Resolución de Revalidación de Estudios, emitida por la autoridad educativa competente, con excepción de los estudiantes que utilizan el Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA.

Page 47: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

47DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 1 CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO

CARTA COMPROMISO TEMPORAL

FECHA: _________________ C.________________________________________ DELEGADO(A) DEL CONAFE EN EL ESTADO DE _______________________ PRESENTE Por este conducto, bajo protesta de decir verdad yo, __________________________________________

_________________________________________________________, de sexo___________________,

que nací en __________________________________________________________________________,

el ______________________________________, como aspirante/estudiante al/del _________________

_____________________________________, me permito hacer de su conocimiento que por el momento

no cuento con el(los) siguiente(s) documento(s):

( ) Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente. ( ) Certificado de Terminación de Estudios de Educación Primaria. ( ) Certificación de Estudios de Educación Primaria. ( ) Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios. ( ) Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA. ( ) Boleta de Evaluación.

Asimismo, hago constar que mi nombre completo, así como la fecha de mi nacimiento aquí asentados son verdaderos, por lo que quedo enterado(a) que la fecha límite para la entrega del(de los) documento(s) señalado(s) como faltante(s), deberá ser previa a la etapa de certificación. Bajo protesta de decir la verdad manifiesto que los datos aquí asentados son verdaderos.

A T E N T A M E N T E

___________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL ASPIRANTE/ESTUDIANTE

INSTRUCTOR COMUNITARIO O AUXILIAR DE OPERACIÓN _________________________________________

NOMBRE Y FIRMA c.c.p. Responsable del Área de Control Escolar del CONAFE.

Aspirante/Estudiante.

Primer Apellido

Segundo Apellido Nombre(s)

Estado Municipio Comunidad

Día Mes Año

Huella digital

Page 48: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

48DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 2

PLAN DE ESTUDIOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

NIVEL I (1° Y 2° grado)

NIVEL II (3° Y 4° grado)

NIVEL III (5° Y 6° grado)

ESPAÑOL ESPAÑOL ESPAÑOL

MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS MATEMÁTICAS

CONOCIMIENTO DEL MEDIO NATURAL CIENCIAS NATURALES CIENCIAS NATURALES

CONOCIMIENTO DEL MEDIO SOCIAL Y CULTURAL CIENCIAS SOCIALES HISTORIA Y

GEOGRAFÍA

Page 49: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

49DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 3

TABLA DE EQUIVALENCIA DE LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN PRIMARIA

COMUNITARIA EXTRAEDAD DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO CON OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS

MODALIDAD DE EDUCACIÓN PRIMARIA

COMUNITARIA EXTRAEDAD (CONAFE)

NIVEL I NIVEL II NIVEL III

MODALIDAD ESCOLAR 1° y 2° 3° y 4° 5° y 6°

MODALIDADES MIXTA Y ABIERTA

PRIAD* PRIMERA PARTE SEGUNDA PARTE TERCERA PARTE

PRIMAD* NIVEL I NIVEL II NIVEL III

MPEPA* PRIMARA PARTE SEGUNDA PARTE

MODEBA* PRIMERA PARTE SEGUNDA PARTE TERCERA PARTE

PEBJA* CICLO INICIAL CICLO AVANZADO

*PRIAD, PRIMAD, MPEPA, MODEBA y PEBJA son los modelos pedagógicos de educación primaria que se utilizan en los CEBA, CEDEX, MC y SLP.

Page 50: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

50DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ESCOLARIZADO PRIMARIA MEVyT

MÓDULOS POR ESTUDIAR EN MEVyT PARA

CERTIFICAR PRIMARIA

1º y 2º Nada Todos

3º La Palabra

Para Empezar Matemáticas para Empezar

Leer y Escribir Vamos a Conocernos

Los Números Saber Leer

Cuentas Útiles Figuras y Medidas

Vivamos Mejor Diversificado rojo

Diversificado

La Palabra Para Empezar Leer y Escribir

Matemáticas para Empezar Cuentas Útiles

Vamos a Conocernos Diversificado

Saber Leer Los Números

Figuras y Medidas Vivamos Mejor Diversificado

La palabra Para empezar Leer y escribir

Matemáticas para empezar Cuentas útiles

Vamos a conocernos Diversificado Saber Leer

Los Números

Figuras y Medidas Vivamos Mejor Diversificado

El MEVyT es la propuesta educativa el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA).

Page 51: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

51DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 4 PLAN DE ESTUDIOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA

COMUNITARIA EXTRAEDAD

PRIMER GRADO (1993)

SEGUNDO GRADO (1993)

TERCER GRADO (1993)

ESPAÑOL

ESPAÑOL

ESPAÑOL

MATEMÁTICAS

MATEMÁTICAS

MATEMÁTICAS

HISTORIA UNIVERSAL I

HISTORIA UNIVERSAL II

HISTORIA DE MÉXICO

GEOGRAFÍA GENERAL

GEOGRAFÍA DE MÉXICO

BIOLOGÍA

BIOLOGÍA

FÍSICA

FÍSICA

INTRODUCCIÓN A LA

FÍSICA Y QUÍMICA QUÍMICA

QUÍMICA

FORMACIÓN CÍVICA Y

ÉTICA

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA

FORMACIÓN CÍVICA Y

ÉTICA

PRIMER GRADO (2006)

SEGUNDO GRADO (2006)

TERCER GRADO (2006)

ESPAÑOL I

ESPAÑOL II

ESPAÑOL III

MATEMÁTICAS I

MATEMÁTICAS II

MATEMÁTICAS III

CIENCIAS I

CIENCIAS II

CIENCIAS III

GEOGRAFÍA DE MÉXICO Y

DEL MUNDO

HISTORIA I

HISTORIA II

ASIGNATURA ESTATAL

FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA

FORMACIÓN CÍVICA Y

ÉTICA

Para el ciclo 2007-2008 los contenidos para 1° y 2° grados serán del plan 2006 y para 3° grado del plan 1993. En el ciclo 2008-2009 se considera el total de contenidos de la actual Reforma de Secundaria 2006.

Page 52: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

52DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 5

TABLA DE EQUIVALENCIA DE LA MODALIDAD DE EDUCACIÓN SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD DEL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO

EDUCATIVO CON OTROS SERVICIOS EDUCATIVOS

MODALIDAD DE EDUCACIÓN

SECUNDARIA EXTRAEDAD

(CONAFE)

PRIMER GRADO SEGUNDO GRADO TERCER GRADO

MODALIDAD ESCOLAR 1ER GRADO 2° GRADO 3ER GRADO

MODALIDADES MIXTA Y ABIERTA

SECAB* 1ER GRADO 2° GRADO 3ER GRADO

MODEBAS* 1ER GRADO 2° GRADO 3ER GRADO

PEBJA* CICLO INICIAL CICLO AVANZADO

*PRIAD, PRIMAD, MPEPA, MODEBA y PEBJA son los modelos pedagógicos de educación primaria que se utilizan en los CEBA, CEDEX, MC y SLP.

Page 53: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

53DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

SECUNDARIA MEVyT MÓDULOS POR

ESTUDIAR EN MEVyT PARA CERTIFICAR

SECUNDARIA

Hablando se Entiende la Gente

Información y Gráficas 2 Diversificados

Vamos a Escribir Para Seguir

Aprendiendo Fracciones y

Porcentajes Operaciones

Avanzadas Nuestro Planeta, la

Tierra México, Nuestro

Hogar 2 Diversificados

1º y 2º

Hablando se Entiende la Gente

Información y Gráficas 2 Diversificados Vamos a Escribir Fracciones y

Porcentajes

Para Seguir Aprendiendo

Operaciones Avanzadas

Nuestro Planeta, la Tierra

México, Nuestro Hogar

El MEVyT es la propuesta educativa el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA).

Page 54: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

54DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 6

AVANCE DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR PRIMARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

COMUNIDAD:__________________________________________________________________________

MUNICIPIO:_________________________________ ESTADO:_________________________________

NOMBRE DEL ESTUDIANTE:_____________________________________________________________ FECHA DENACIMIENTO: EDAD:_____________________________

ÁREA NIVEL CALIFICACIÓN FECHA OBSERVACIONES

I II ESPAÑOL III I II MATEMÁTICAS III

CONOCIMIENTO DEL

MEDIO NATURAL I

II CIENCIAS NATURALES

III CONOCIMIENTO DEL

MEDIO SOCIAL Y CULTURAL

I

CIENCIAS SOCIALES

II

HISTORIA Y GEOGRAFÍA III

FECHA DE EXPEDICIÓN:

SELLO DE LA DELEGACIÓN

_____________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE (JEFE DE PROGRAMAS EDUCATIVOS O COORDINADOR DE CONTROL ESCOLAR

DÍA MES AÑO

DÍA MES AÑO

FOLIO

Page 55: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

55DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 7

AVANCE DE APROVECHAMIENTO ESCOLAR SECUNDARIA COMUNITARIA EXTRAEDAD

COMUNIDAD:__________________________________________________________________________

MUNICIPIO:_________________________________ ESTADO:_________________________________

NOMBRE DEL ESTUDIANTE:_____________________________________________________________ FECHA DENACIMIENTO: EDAD:_____________________________

ASIGNATURAS GRADO CALIFICACIÓN FECHA OBSERVACIONES

FECHA DE EXPEDICIÓN:

SELLO DE LA DELEGACIÓN

____________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE (JEFE DE PROGRAMAS EDUCATIVOS O COORDINADOR DE CONTROL ESCOLAR

DÍA MES AÑO

DÍA MES AÑO

FOLIO

Page 56: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

56DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 8

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO-EUA (Primaria)

ANVERSO

Page 57: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

57DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

REVERSO Información sobre el Programa Binacional de Educación Migrante, llamando gratis al 01800 767 4249

Page 58: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

58DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 9

DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DEL ESTUDIANTE MIGRANTE BINACIONAL MÉXICO-EUA (Secundaria)

ANVERSO

Page 59: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

59DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

REVERSO

Información sobre el Programa Binacional de Educación Migrante, llamando gratis al 01800 767 4249

Page 60: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

60DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 10 TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

LISTADO DE PAÍSES

1. AFRICA DEL SUR 2. ALEMANIA 3. ANGOLA 4. ARGENTINA 5. ARMENIA 6. AUSTRALIA 7. AUSTRIA 8. BÉLGICA 9. BELICE 10. BOLIVIA 11. BRASIL 12. BULGARIA 13. CANADÁ 14. CHILE 15. CHINA 16. CHIPRE 17. COLOMBIA 18. COREA 19. COSTA RICA 20. CUBA 21. DINAMARCA 22. ECUADOR 23. EL SALVADOR 24. ESLOVAKIA 25. ESPAÑA 26. ESTADOS UNIDOS 27. FEDERACIÓN RUSA 28. FILIPINAS 29. FINLANDIA 30. FRANCIA 31. GHANA 32. (GRAN BRETAÑA) INGLATERRA, GALES,

IRLANDA DEL NORTE Y ESCOCIA 33. GRECIA 34. GUATEMALA 35. HAITÍ 36. HOLANDA

37. HONDURAS 38. HUNGRÍA 39. IRÁN 40. IRLANDA 41. ISRAEL 42. ITALIA 43. JAMAICA 44. JAPÓN 45. JORDANIA 46. LÍBANO 47. MONGOLIA 48. NICARAGUA 49. NORUEGA 50. NUEVA ZELANDA 51. PAKISTÁN 52. PANAMÁ 53. PARAGUAY 54. PERÚ 55. POLONIA 56. PORTUGAL 57. PUERTO RICO 58. REPÚBLICA CHECA 59. REPÚBLICA DOMINICANA 60. RUMANIA 61. SIRIA 62. SUDÁN 63. SUECIA 64. SUIZA 65. TURQUÍA 66. UCRANIA 67. UGANDA 68. URUGUAY 69. VENEZUELA 70. YUGOSLAVIA

Page 61: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

61DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

1 MÉXICO AFRICA DEL SUR PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA BAJA

1 1 2 2 3 3 EDUCACION PRIMARIA SUPERIOR 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACION SECUNDARIA BAJA 1 7 2 8 3 9

2 MÉXICO ALEMANIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL DE ORIENTACIÓN 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO I 1 7 2 8

93 10 Curso de formación profesional*(optativo)

3 MÉXICO ANGOLA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA 3 1

Para la enseñanza básica, el calendario escolar se distribuye en tres periodos con una duración de once a trece semanas cada uno.

Page 62: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

62DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

SISTEMA ANTERIOR 4 MÉXICO ARGENTINA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 CICLO BÁSICO 2 1 3 2

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE 1993 MÉXICO ARGENTINA

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

La duración del año escolar es de 180 días hábiles como mínimo. Inicia en febrero y concluye en diciembre.

5 MÉXICO ARMENIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 EDUCACIÓN INTERMEDIA 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3

Page 63: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

63DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

6 MÉXICO AUSTRALIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO (1° etapa) 1 7 ó 1 2 1 ó 2 3 2 ó 3

Todos los estados y territorios, excepto Tasmania, imparten el año escolar en cuatro periodos los cuales inician a finales de enero y concluyen en diciembre. Tasmania dispone de tres periodos iniciando a mediados de febrero y finalizando en diciembre. El número de días escolares puede variar de un año a otro y de estado a estado, el rango general es de 200 a 209 días por año.

7 MÉXICO AUSTRIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA (AHS) SECUNDARIA BÁSICA 5 1 1 6 2 2

SECUNDARIA 1 3 3 2 4 4

ESCUELAS SUPERIORES DE GRADO MEDIO

3 5 1

8 MÉXICO BÉLGICA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA ENSEÑANZA SECUNDARIA INFERIOR 1 1 2 2 3 3

El año escolar en los niveles elemental y secundario consta de 182 días del trabajo.

Page 64: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

64DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

9 MÉXICO BELICE PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA 3 1

El año escolar para la educación pre-primaria, primaria y secundaria es aproximadamente de 175 días, con un mínimo de cuatro, cinco y cinco horas y media de clases por día, respectivamente; inicia en septiembre y finaliza a fines de junio. Las escuelas primarias normalmente dividen el año en tres periodos siendo el fin de cada periodo en navidad, pascua y vacaciones de verano.

NUEVO SISTEMA A PARTIR DE 1969 10 MÉXICO BOLIVIA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 CICLO MEDIO 3 1

En el nivel de la educación primaria y secundaria, el año escolar tiene una duración de 200 días y comprende un total de diez meses. Inicia en febrero y concluye en noviembre.

11 MÉXICO BRASIL PRIMARIA Encino Básico

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 3 8

Page 65: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

65DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 12 MÉXICO BULGARIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7

2 8 EDUC. SEC. GRAL /VOC.

(PLAN 5 AÑOS) 8

3 EDUC. VOC.

PLAN (3 AÑOS) 9

EDUC. SEC GRAL/VOC. (PLAN 4 AÑOS)

9 9

13 MÉXICO CANADÁ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 ó 7

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar en la educación elemental y secundaria comprende de 180-200 días de instrucción, dependiendo de la jurisdicción, generalmente inicia a principios de septiembre y concluye a fines de junio.

14 MÉXICO CHILE PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA 3 1

El año escolar inicia en marzo y concluye en diciembre.

Page 66: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

66DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 15 MÉXICO CHINA PRIMARIA ENSEÑANZA PRIMARIA

1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4

5 5 5 5

6 6 6 ESC. MEDIA SEC. SECUNDARIA ESC. MEDIA SEC. 1

1 7 1 2 2 8 2 3 3 9 3 4

16 MÉXICO CHIPRE PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar consta de 180 días, iniciando en septiembre y concluyendo en mayo, son impartidos en treinta semanas y divididos en dos semestres (septiembre-enero y enero-mayo).

17 MÉXICO COLOMBIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA (PRIMARIA)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 (SECUNDARIA) 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar en la educación básica y media consta de dos periodos semestrales de 20 semanas cada uno. Existen dos calendarios: Calendario A: febrero a noviembre y, Calendario B: septiembre a junio.

Page 67: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

67DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 18 MÉXICO COREA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA MEDIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar en la educación básica y media tiene una duración de dos periodos semestrales de 20 semanas cada uno.

19 MÉXICO COSTA RICA

PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar de la educación preescolar y de los dos primeros ciclos de EGB comprende 177 días lectivos. Inicia en febrero y concluye en diciembre.

20 MÉXICO CUBA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 BACHILLERATO 3 1

Page 68: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

68DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

NUEVO SISTEMA (A PARTIR DE 1989) MÉXICO CUBA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN GENERAL MEDIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar para las escuelas primarias y secundarias inicia en septiembre y concluye en julio y comprende un total de 200 días hábiles divididos en 40 semanas.

21 MÉXICO DINAMARCA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El curso escolar se divide en dos periodos: uno de septiembre a diciembre y otro de enero/febrero a mayo/junio.

22 MÉXICO ECUADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

Page 69: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

69DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

NUEVO SISTEMA MÉXICO ECUADOR

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

Existen dos calendarios escolares: el “Calendario de Costa y Galápagos” que inicia actividades escolares en mayo y finaliza en enero, y el “Calendario de Sierra y Amazonía” que inicia el primer lunes de octubre y concluye la segunda semana de julio.

23 MÉXICO EL SALVADOR PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

NUEVO SISTEMA (12 DE DICIEMBRE DE 1996)

MÉXICO EL SALVADOR PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

Page 70: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

70DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 24 MÉXICO ESLOVAKIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

25 MÉXICO ESPAÑA PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 BACHILLERATO ÚNICO POLIVALENTE 3 1

NUEVO SISTEMA (3 DE OCTUBRE 1990)

MÉXICO ESPAÑA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar tiene una duración de 9 meses, el año lectivo inicia en septiembre y concluye en junio.

Page 71: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

71DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 26 MÉXICO ESTADOS UNIDOS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA JUNIOR SCHOOL 1 7 2 8 3 9

En los niveles primario y secundario el año escolar empieza normalmente en septiembre y concluye durante la primera o segunda semana de junio.

MÉXICO FEDERACIÓN RUSA

27 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 4 3 ó 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA BÁSICA 5 1 5 6 2 6

SECUNDARIA 1 3 7 2 4 8 3 5 9

El año escolar tiene una duración de treinta semanas en el Grado I y no menos de treinta y cuatro en los Grados II-IX.

28 MÉXICO FILIPINAS PRIMARIA EDUCACIÓN ELEMENTAL

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACION SECUNDARIA 1 1 2 3 2

En la educación elemental y secundaria el año escolar inicia a principios de junio y concluye a finales de marzo.

Page 72: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

72DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 29 MÉXICO FINLANDIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA O PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia a mediados de agosto y termina a principios de junio. 30 MÉXICO FRANCIA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA O PRIMARIA 1 11 CLASE CP 2 10 CLASE CE1 3 9 CLASE CE2 4 8 CLASE CM1 5 7 CLASE CM2 6 6 CLASE

SECUNDARIA 1 5 CLASE 2 4 CLASE 3 3 CLASE

En la educación primaria y secundaria el año escolar dura 180 días.

GHANA 31 MÉXICO NUEVO SISTEMA SISTEMA ANTERIOR PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA1 1 7 2 2 8 SECUNDARIA3 3 1

El año escolar se divide en dos semestres y consta de cuarenta semanas para el nivel primaria y de cuarenta y cinco en la secundaria básica.

Page 73: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

73DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

32 MÉXICO (GRAN BRETAÑA) INGLATERRA Y GALES PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

ST2 ST3 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 1 ESC. MEDIA 4 5 5 2 1 ESC. MEDIA 6 6 3 2

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 4 3 2 8 1 SECUNDARIA 4 3 9 2

(GRAN BRETAÑA) MÉXICO IRLANDA DEL NORTE ESCOCIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 y 7 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 7 SECUNDARIA

2 2 1 3 3 2

El año escolar en las escuelas primarias y secundarias dura 190 días. 33 MÉXICO GRECIA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar en la educación primaria y secundaria inicia en septiembre y concluye en junio.

Page 74: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

74DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 34 MÉXICO GUATEMALA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende un total de 180 días. Inicia en enero y concluye en octubre. 35 MÉXICO HAITÍ

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA (PRIMARIA)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA (CICLO DE ORIENTACIÓN) 1 7 2 8 3 9

SISTEMA FRANCÉS MÉXICO HAITÍ

PRIMARIA PRIMARIA 1 11ª 2 10ª 3 9ª 4 8ª 5 7ª 6 6ª

SECUNDARIA BACHILLERATO 1 5ª 2 4ª 3 3ª

El año escolar comprende nueve meses cursados en cuatro periodos.

Page 75: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

75DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007) 36 MÉXICO HOLANDA (PREESCOLAR) EDUCACIÓN PRIMARIA

1 2

PRIMARIA 1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA VWO HAVO MAVO VBO 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 3 3 3 3 3

El año escolar comprende 200 días. TIPO DE ESCUELAS: MAVO: Middelbaar Algemeen Voorgezet Onderwijis HAVO: Hoger Algemeen Voortgezet Onderwijis VWO: Voorbereidend Wetenschappelijk Onderwijis VBO: Voorbereidend Beroepsonderwijis MBO: Middelbaar Beroepsonderwijis

37 MÉXICO HONDURAS PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO COMÚN 1 1 2 2 3 3

El año escolar inicia en febrero y finaliza en noviembre. Comprende un total de 40 semanas de clase. 38 MÉXICO HUNGRÍA

ENSEÑANZA BÁSICA PRIMARIA Sistema 8 Sistema 6+2 Sistema 4+4 1 1 1 1 2 2 2 2 3 3 3 3 4 4 4 4 ENS. SEC. 5 5 1 6 6 2

SECUNDARIA ENS. SEC. 1 7 1 3 2 8 2 4 ENS. SEC. 3 1 3 5

El año escolar se divide en dos periodos y comprende 185 días.

Page 76: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

76DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO IRÁN 39 PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 EDUCACIÓN SECUNDARIA INFERIOR 6 1

SECUNDARIA 1 2 2 3 EDUCACIÓN SECUNDARIA SUPERIOR 3 1

El año escolar en los niveles pre-primaria, enseñanza básica y secundaria inferior tiene una duración de diez meses (treinta y cinco semanas).

MÉXICO IRLANDA 40 EDUCACIÓN PREESCOLAR EDUCACIÓN PRIMARIA GRADOS 1 Y 2

PRIMARIA 1 3 2 4 3 5 4 6 5 7 6 8

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar inicia a principio de septiembre y finaliza en junio, con un total de 183 días escolares oficiales.

MÉXICO ISRAEL 41 PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

Page 77: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

77DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO ITALIA 42 PRIMARIA EDUCACIÓN ELEMENTAL 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6

SECUNDARIA ESCUELA MEDIA 1 1 2 2 3 3

El calendario escolar en las escuelas preescolares empieza en septiembre y concluye en junio. La educación primaria y secundaria, comprenden 200 días de actividades.

43 MÉXICO JAMAICA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 (opcional) 1 2 (opcional)

PRIMARIA PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA PRIMER CICLO DE SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia en septiembre y finaliza en agosto. Se divide en tres periodos y comprende 190 días. 44 MÉXICO JAPÓN PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar inicia en abril y concluye en marzo.

Page 78: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

78DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO JORDANIA 45 PRIMARIA EDUCACION BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA 1 7 2 8

3 9 El año escolar comprende alrededor de 191 días hábiles.

MÉXICO LÍBANO 46 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO INTERMEDIO 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende treinta y seis semanas.

47 MÉXICO MONGOLIA PREESCOLAR PREESCOLAR

3 No es obligatoria ( es para niños de 3 a 8 años) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 SECUNDARIA BAJA5 1 6 2

SECUNDARIA 1 3 2 3 4

El año escolar comprende treinta y cuatro semanas para la educación primaria y treinta y cinco en la educación secundaria baja.

Page 79: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

79DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO NICARAGUA 48 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA (CICLO BÁSICO)

1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende 200 días. 49 MÉXICO NORUEGA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 9

3 10 El año escolar se divide en dos semestres, inicia entre mediados y fines de agosto y concluye a fines de junio.

50 MÉXICO NUEVA ZELANDA PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN INTERMEDIA 1 1 ó 7° 2 2 ó 8° EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 ó 9° BACHILLERATO (NIVEL MEDIO SUPERIOR)

1 2 ó 10° 2 3 ó 11°

3 4 ó 12° 5

El año escolar inicia a fines de febrero o principios de marzo y concluye en noviembre.

Page 80: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

80DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

51 MÉXICO PAKISTÁN PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 EDUCACION SECUNDARIA (PRIMERA ETAPA)

6 6 SECUNDARIA

1 7 2 8 EDUCACION SECUNDARIA (SEGUNDA ETAPA)

3 9 El año escolar comprende de 180 a 190 días.

52 MÉXICO PANAMÁ PRIMARIA PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1° CICLO BÁSICO 1 1 2 2 3 3

El año escolar tiene una duración de 40 semanas. Inicia en marzo y concluye en diciembre.

MÉXICO PARAGUAY PARAGUAY (A PARTIR DE 1994) 53 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN ESCOLAR BÁSICA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

1 1 7 2 2 8 3 3 9

El año escolar se divide en trimestres e inicia entre febrero o marzo y se extiende hasta noviembre. Prevé un mínimo de 720 horas de clases por grado y tiene una duración de 36 semanas.

Page 81: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

81DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO PERÚ 54 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 (Sistema anterior)

SECUNDARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA PRIMER CICLO

1 1 2 2 3

El año escolar tiene una duración mínima de 36 semanas efectivas. Inicia en abril y concluye en diciembre. 55 MÉXICO POLONIA PRIMARIA EDUCACION PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA (GYMNASIUM) 1 7 2 8 3 9

MÉXICO PORTUGAL 56

PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar consta de por lo menos 180 días divididos en tres periodos.

Page 82: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

82DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO PUERTO RICO 57 PRIMARIA ELEMENTAL 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 HIGH SCHOOL

3 9

58 MÉXICO REPÚBLICA CHECA PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 SECUNDARIA INFERIOR

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 3 4

El año escolar inicia en septiembre y concluye en junio.

SISTEMA ANTERIOR A 1997 MÉXICO REPÚBLICA DOMINICANA 59 PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA BACHILLERATO 1 1 2 2 3 3

Page 83: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

83DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

NUEVO SISTMA (A PARTIR DE 1997) MÉXICO REPÚBLICA DOMINICANA

PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN MEDIA

3 1 El año escolar tiene una duración de 42 semanas para la educación inicial y educación básica, y de 43 para la educación media. Inicia en agosto y concluye en junio.

MÉXICO RUMANIA 60 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 EDUCACIÓN SECUNDARIA I

5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 9 El curso escolar inicia en octubre y concluye en junio.

MÉXICO SIRIA61 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

El año escolar consta de treinta y dos semanas (no incluye los períodos de examen), y se divide en dos periodos en todos los niveles.

Page 84: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

84DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

SUDAN MÉXICO Sistema actual Sistema anterior 62 PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA PRIMARIA

1 1 1 2 2 2 3 3 3 4 4 4 5 5 5 6 6 6

SECUNDARIA SECUNDARIA BÁSICA 1 7 1 2 8 2 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 3 El año escolar en todos los niveles educativos comprende 210 días. Inicia en agosto y concluye en abril.

63 MÉXICO SUECIA PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar se divide en dos periodos y comprende 178 días.

(TRES SISTEMAS) En los Cantones AI, AR, LU, NW, OW, SG FR,GE,GL, GR SZ,

TG, UR, VS SH, SO, ZG, ZH MÉXICO SUIZA 65 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA NIVEL SECUNDARIO I 1 1 2 2 3 3

Page 85: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

85DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO SUIZA PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

En los Cantones AG, BL, NE, 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 NIVEL SECUNDARIO I

6 1 SECUNDARIA

1 2 2 3 3 4

MÉXICO SUIZA

PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA En los Cantones BE, BS, JU, VD 1 1 2 2 3 3 4 4 NIVEL SECUNDARIO I 5 1 6 2

SECUNDARIA 1 3 2 4 3 5

CANTONES SUIZOS: Aargau Appenzell Ausser –Rhoden Appenzell Inner-Rhoden Basel-Landschaft Basel-Standt Bern Frinbourg Genève Glarus Granbünden Jura Luzern Neuchâtel Nidwalden

Obwalden Sankt Gallen Schafthausen Schwyz Solothurn Thurgau Ticino Uri Valais Vaud Zug Zürich

Page 86: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

86DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

El año escolar inicia en la segunda semana de septiembre y concluye en la segunda semana de junio.

MÉXICO UCRANIA 66 PRIMARIA EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 3 9

El año escolar tiene una duración de 160 a 165 días.

MÉXICO UGANDA 67 PRIMARIA ENSEÑANZA BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7

SECUNDARIA SECUNDARIA BAJA 1 1 2 2 3 3

65 MÉXICO TURQUÍA PREESCOLAR PREESCOLAR

1 1 (no obligatoria) PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA

1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 SECUNDARIA GENERAL SECUNDARIA TÉCNICA 3 1 1

Page 87: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

87DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

TABLAS DE CORRESPONDENCIA (2007)

MÉXICO URUGUAY 68 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA CICLO BÁSICO DE EDUCACIÓN MEDIA 1 1 2 2 3 3

En la educación primaria, el calendario escolar comprende de marzo a diciembre y en la educación media de marzo a noviembre.

MÉXICO VENEZUELA 69 PRIMARIA EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 3° CICLO DE EDUCACIÓN BÁSICA 1 1 2 2 3 3

El año escolar comprende 36 semanas. Inicia en septiembre y concluye en junio.

MÉXICO YUGOSLAVIA 70 PRIMARIA EDUCACIÓN PRIMARIA 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6

SECUNDARIA 1 7 2 8 EDUCACIÓN SECUNDARIA

3 1 El año escolar inicia en septiembre y concluye en junio.

Page 88: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

88DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 11

GLOSARIO

1. Acreditación: acción y efecto de certificar, que manifiesta el que una persona

posea las competencias necesarias para la aprobación de una asignatura, grado o nivel educativo.

2. Albergue: asentamiento determinado donde reside una población específica, que

labora durante distintos períodos de tiempo en trabajos agrícolas.

3. Apócrifo: documento que presentan los estudiantes para realizar trámites escolares, cuyas características contienen fundamentos falsos o inciertos.

4. Apostille: trámite por el que se certifica la autenticidad de la firma, la calidad en

que el signatario haya efectuado y, en su caso, la identidad del sello o timbre que el documento lleve, para el caso de los países suscritos a la Convención por la que se suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convención de la Haya).

5. Área de Control Escolar: instancia responsable de la administración de los procesos de registro y certificación durante la trayectoria escolar de los estudiantes. En las oficinas centrales del CONAFE se denomina Departamento de Control Escolar y en las Delegaciones del Consejo, Área de Información y Apoyo Logístico.

6. Área de Información y Apoyo Logístico: área al interior de las delegaciones

estatales del CONAFE encargada de actividades tales como el equipamiento de aulas, distribución de material didáctico para el alumnado, elaboración de la estadística interna y programación detallada, coordinación del proyecto Jóvenes CONAFE, seguimiento a exdocentes para el otorgamiento de becas, elaboración de nómina para pagos a figuras docentes y control escolar de los programas, modalidades y proyectos de Educación Comunitaria.

7. Área de Programas Educativos: área al interior de las delegaciones del CONAFE

con autoridad legal y moral, para validar y dar seguimiento a la operación técnico

Page 89: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

89DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

pedagógica de los programas, modalidades y proyectos educativos que proporciona el CONAFE.

8. Asesoría: es la acción de atender a las interrogantes o dudas que manifiesta el

estudiante de Educación Primaria Comunitaria Extraedad y de Educación Secundaria Comunitaria Extraedad y que surgen del trabajo de investigación que realiza de manera personal sobre alguna de las asignaturas de primaria o secundaria en un tiempo y espacio determinado. La asesoría se encuentra supeditada tanto a las necesidades y posibilidades de asistencia por parte del estudiante como a las posibilidades de atención de Instructor Comunitario.

9. Asistente Educativo: figura docente que prestó su servicio social como

Capacitador-Tutor y es coordinado por personal del Departamento de Programas Educativos, para desarrollar actividades de tipo técnico pedagógico y apoyar la labor del Capacitador-Tutor y de los instructores comunitarios.

10. Asociación Promotora de Educación Comunitaria (APEC): organización de

padres de familia de la comunidad, encargada de apoyar las actividades educativas de los programas y proyectos de la Educación Comunitaria.

11. Aspirante: toda aquella persona que realiza trámites de inscripción para los niveles

de preescolar, primaria o secundaria en algún programa, modalidad o proyecto del CONAFE.

12. Atención Complementaria: apoyo educativo que requiere el estudiante

proveniente de otro servicio educativo o del extranjero, en aquellos aspectos académicos que se consideran necesarios compensar.

13. Auxiliar de Operación: personal delegacional perteneciente al Departamento de

Información y Apoyo Logístico que desarrolla actividades relativas al control escolar. 14. Avance de Aprovechamiento Escolar: documento de seguimiento y registro del

avance escolar de los estudiantes, en el que se sistematizan sus logros por nivel o grado.

Page 90: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

90DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

15. Capacitador-Tutor: es el joven que prestó durante un ciclo escolar o más, su servicio social como Instructor Comunitario y por su destacada labor, el CONAFE lo invita a que participe en el siguiente ciclo escolar para coordinar, apoyar y orientar a los instructores comunitarios en reuniones de tutoría y en la comunidad.

16. Centro Educativo: espacio escolar designado por la comunidad, donde el

Instructor Comunitario lleva acabo su labor docente. 17. Certificación: procedimiento mediante el cual una autoridad educativa legalmente

facultada, da testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente un grado, curso, nivel educativo u otra unidad de aprendizaje, según lo establezca la regulación respectiva.

18. Certificación de Estudios Expedida a través de Medios Electrónicos:

documento oficial de certificación, de los estudios realizados en el sistema educativo nacional, expedido a través del portal de TRAMITANET.

19. Clave Única de Registro de Población (CURP): elemento del Registro Nacional

de Población e Identificación Personal de la Secretaría de Gobernación, que permite individualizar el registro de las personas. Se asigna a todas las personas domiciliadas en el territorio nacional, así como a los nacionales que radican en el extranjero y sustituye al Registro Federal Escolar (RFE).

20. Comunidad: localidad rural de difícil acceso, habitada por una población menor de

100 habitantes. 21. Coordinador de Control Escolar: personal delegacional responsable de dar

seguimiento a los procesos de registro, acreditación, regularización y certificación de los estudiantes que atiende el CONAFE.

22. Cursos Comunitarios: nombre genérico con que se denomina a las modalidades

de educación comunitaria del nivel básico que opera el CONAFE. 23. Delegado: funcionario del CONAFE en el Estado, facultado para otorgar

documentos de acreditación y certificación con carácter legal.

Page 91: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

91DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

24. Delegación del CONAFE: oficina en la que se concentran los Departamentos

Administrativo, de Programas Educativos y de Información y Apoyo Logístico, responsables de la operación de los programas, modalidades y proyectos educativos del CONAFE en los Estados.

25. Discriminación: toda distinción, exclusión o restricción que basada en el origen

étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

26. Documento Legal Equivalente: documento que equivale a la copia certificada del

Acta de Nacimiento para los estudiantes extranjeros. 27. Documento de Transferencia del Estudiante Migrante Binacional México-EUA:

documento de certificación que se expide a los estudiantes provenientes de los Estados Unidos de América y a los que se dirigen a ese país, facilitando su traslado entre ambos países y es equiparable a una Boleta de Evaluación del sistema educativo nacional.

28. Educación Primaria Comunitaria Extraedad: modalidad educativa que ofrece

Educación Primaria a estudiantes que al inicio del ciclo escolar cuentan con 16 años de edad o más y que viven en comunidades rurales, con un rango de atención de 5 a 29 estudiantes.

29. Educación Secundaria Comunitaria Extraedad: modalidad educativa que ofrece

Educación Secundaria a estudiantes que al inicio del ciclo escolar cuentan con 16 años de edad o más y que viven en comunidades rurales, con un rango de atención de 5 a 29 estudiantes.

30. Equivalencia de Estudios: acto administrativo a través del cual la autoridad

educativa declara equiparables entre sí, estudios realizados dentro del sistema educativo nacional.

Page 92: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

92DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

31. Estudiante: persona de 16 años de edad o más que cursa la Educación Primaria o Secundaria Comunitaria Extraedad.

32. Evaluación Diagnóstica del Aprendizaje: evaluación que se aplica a los

estudiantes que provienen de otro servicio educativo o del extranjero y no cuentan con antecedentes escolares para determinar su ubicación en el grado al que serán inscritos.

33. Evaluación de Grado: comprende los contenidos de las asignaturas que integran

un grado determinado y es aplicada a los estudiantes provenientes de otro servicio educativo, de la misma u otra entidad, que no cuentan con antecedentes escolares.

34. Evaluación de Nivel: comprende los contenidos de las asignaturas que integran un

nivel determinado y es aplicada a los estudiantes provenientes de otro servicio educativo, de la misma u otra entidad, que no cuentan con antecedentes escolares.

35. Evaluación de Regularización: examen que se aplica al estudiante para acreditar

las asignaturas o módulos cursados y no acreditados, de acuerdo con el Plan y Programas de estudios vigente o abrogado.

36. Expediente Escolar del Estudiante: documento de seguimiento y avance escolar

de los estudiantes inscritos en el Programa de Educación Primaria y Secundaria Comunitaria Extraedad.

37. Inscripción: registro de aspirantes o estudiantes al primer grado o nivel a el

Programa de Educación Primaria y Secundaria Comunitaria Extraedad con el fin de iniciar su historial académico.

38. Instructor Comunitario: joven motivado por la labor que desarrolla el CONAFE y

que presta en uno o dos ciclos escolares consecutivos su servicio social. Imparte educación preescolar, primaria y secundaria a niños, jóvenes y adultos de comunidades rurales marginadas del país.

39. Jefe de Programas Educativos: personal delegacional con autoridad legal y

moral, para validar y dar seguimiento a la operación técnico pedagógica de los

Page 93: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

93DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

programas, modalidades y proyectos educativos que proporciona el CONAFE. 40. Jefe de Información y Apoyo Logístico: personal delegacional con autoridad

legal para validar los procesos de registro, acreditación, regularización y certificación de los estudiantes que atiende el CONAFE.

41. Legalización: trámite de declaración de autenticidad de las firmas que figuran en

un documento oficial, así como de la calidad jurídica de la o las personas cuyas firmas aparecen en dicho documento.

42. Manual para la Estandarización de la Operación Automatizada de los Servicios

de Administración Escolar en las Entidades Federativas y su Vinculación como Fuente de Información para los Sistemas de Estadísticas Continuas: documento que establece los criterios de estandarización y parametrización, mediante los cuales deben desarrollarse los sistemas de operación automatizada para el control escolar de los servicios del sistema educativo nacional.

43. Modalidad educativa abierta: es la forma de desarrollar un proceso educativo de

manera autodidacta o con asesoría que se efectúa conforme a un plan y programa de estudios flexible; con un ritmo y duración conveniente al estudiante. Puede suplir o complementar a cualquier modalidad escolar.

44. Nivel: estructura en que está organizada la primaria comunitaria. Cada Nivel

equivale a dos grados de la primaria general. 45. Nivel Educativo: periodo que corresponde a una etapa determinada de la

Educación Básica, (Preescolar, Primaria o Secundaria). 46. Plan de Estudios: selección, orden y distribución por años, semestres, grados,

periodos o cursos, de los contenidos de enseñanza por nivel educativo, teniendo siempre presente el fin de la educación, las características de los estudiantes y las necesidades de la sociedad.

47. Plan abrogado: propuesta curricular anulada o suspendida por disposición legal de

acuerdo con la Ley General de Educación.

Page 94: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

94DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

48. Programa Binacional de Educación Migrante México-EUA: Programa de

cooperación entre las autoridades educativas de México y los Estados Unidos de América. Uno de los propósitos es la atención de los estudiantes migrantes que cursan una temporada escolar en México y otra en la Unión Americana y asegurar la continuidad de sus estudios.

49. Programa de estudios: documento que desarrolla los contenidos de cada una de

las asignaturas o áreas del plan de estudios. Regula la relación profesor-estudiante, explicitando con un orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, métodos didácticos, distribución del tiempo y los criterios de evaluación y acreditación.

50. Reinscripción: registro de los estudiantes que cursan un nivel educativo, con el fin

de continuar con su historial académico. 51. Revalidación de Estudios: acto administrativo a través del cual la autoridad

educativa otorga validez oficial a aquellos estudios que se realizan en el extranjero. 52. Sistema Operativo Local (SOL): base de datos donde se concentran la

información estadística y de diversa índole, sobre los programas, modalidades y proyectos educativos del CONAFE.

53. Traslado: cambio de estudiantes de un centro educativo a otro o de una modalidad

a otra, que se efectúa en cualquier momento del periodo escolar. 54. Validación: acción de autorizar la expedición de un documento por medio del

cotejo de los archivos mediante el registro de la firma del responsable y el sello correspondiente.

Page 95: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

95DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

ANEXO 12

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LAS DELEGACIONES DEL CONAFE EN LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

ENTIDAD CLAVE LADA TELÉFONOS

Aguascalientes (449) Conmutador 9-16-57-05, 9-16-57-30, Ext. 107 Fax 9-18-44-76 Baja California (686) 5-56-03-44, 5-56-13-21, Ext. 16, Fax 5-57-22-80, Módem 5-57-09-01 Baja California Sur (612) 1-24-20-18, Fax 1-24-20-17, Módem 1-24-20-19 Campeche (981) Conmutador 8-14-48-55, Ext. 8 y 19, Fax 8-16-16-29, Fax Módem 8-14-48-54 Coahuila (844) Conmutador 4-14-87-74, 4-14-73-89, Ext. 104, Fax 4-14-87-44 Colima (312) Conmutador 3-13-00-08, 3-12-65-54, Ext. 22, Fax 3-12-94-60 Chiapas (961) Conmutador 6-16-20-17, 6-16-66-32, 6-16-66-30, Ext. 212, Fax 6-16-20-25 Chihuahua (614) Conmutador 4-14-42-08, 4-13-92-02 Ext. 110, Fax 4-14-48-01 Distrito Federal (55) 52-41-74-35, 52-41-74-98, Fax 52-41-74-35 Durango (618) Conmutador 12-80-615 Ext. 20, Fax 12-80-615 Guanajuato (473) Conmutador 7-32-38-41, 7-32-36-48, Ext. Fax 7-32-31-08 Guerrero (747) Conmutador 2-65-90, Fax 2-65-37, Ext. 14, Módem 1-29-56 Hidalgo (771) Conmutador 7-17-17-09, Fax 7-17-17-00, Ext. 205 y 214, Fax Módem 7-17-17-01 Jalisco (33) Conmutador 6-42-15-77, 6-42-14-04, 6-40-31-67, Ext. 20, Fax 6-41-56-64 México (722) Conmutador 2-19-50-29, 2-19-50-31, Ext. 217, Fax 2-17-96-19 Michoacán (443) Conmutador 3-23-28-78-23-09-56, Ext. 217, Fax 3-23-15-24 Morelos (777) Conmutador 3-17-50-82, Fax 3-17-50-83, Módem 3-11-66-74 Nayarit (311) Conmutador 2-13-04-10, 2-13-30-69, Ext. 102, Fax 2-14-64-43 Nuevo León (81) Conmutador 83-44-53-73, Fax 83-44-51-81, Módem 83-44-55-54 Oaxaca (951) Conmutador Tel/Fax 6-82-27, 6-84-32 Ext. 103 Puebla (222) Conmutador 2-31-63-55, Fax 2-31-63-56 Querétaro (442) Tel/Fax 2-25-40-42, Conmutador 2-25-40-43, 2-25-40-44 Ext. 104 Quintana Roo (983) Conmutador 2-32-58 Ext. 108, Fax 2-21-45, Módem 2-99-54 San Luis Potosí (44) Conmutador 8-11-75-48 Ext. 119, Fax 8-11-75-49, Módem 8-11-75-33 Sinaloa (667) Conmutador 7-13-50-55, Directo 7-13-50-08, Fax 7-13-50-04 Módem 7-13-50-37 Sonora (262) Conmutador 2-62-11-96, Fax 2-62-92-32, Ext. 111 Tabasco (993) Conmutador 3-14-05-00, 3-14-51-64 Ext 108, Fax 3-14-42-54 Tamaulipas (834) Conmutador 3-12-99-09, 3-12-52-48 Ext. 107, Fax 3-12-39-05 Tlaxcala (246) Conmutador 4-62-24-92, 4-62-40-92 Ext. 2, Fax 4-62-36-63, Módem 4-62-56-41

Veracruz (228) Conmutador 8-19-20-13, 8-19-21-29 Ext. 105, Fax 8-19-2 0-11, Fax Módem 8-19-20-12

Yucatán (999) Conmutador 9-44-05-47, 9-48-32-04 Ext. 113, Fax 9-44-46-16 Zacatecas (492) Conmutador 9-21-13-32, 9-21-13-34 Ext. 19, Fax 9-21-13-36

Page 96: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

96DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LAS ÁREAS DE CONTROL ESCOLAR EN LOS

ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

ENTIDAD CLAV

E LADA

TELÉFONOS

Aguascalientes (449) 910-56-61, 974-11-79 Dctos. Fax 974-18-63 Baja California (686) 551-85-18, 55-85-00, Fax 551-85-20 Baja California Sur (612) 123-80-10, 123-81-23, Fax 123-80-10 Campeche (981) 813-13-48 Dcto. 813-06-35 al 40 Ext. 216, Fax 813-13-48 Coahuila (844) 411-88-93 Dcto. 411-88-00 Exts. 3309 y 3314, Fax 411-88-00 Ext. 3115 Colima (312) 316-15-67 Dcto. 316-15-00 Ext. 1661, Fax 316-15-42 Chiapas (961) 613-13-53, 613-53-91, 616-30-96, 616-30-97 Exts. 1308, 1309, 220, Fax 613-22-06 y 616-31-09 Chihuahua (E) (614) 429-36-11, Exts. 12341 y 12359, Fax 429-33-00 Chihuahua (F) (614) 429-13-35, 433-22-73 Ext. 13148, Fax Ext. 13149 CSEP (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Exts. 19251 y 19222, Fax Ext. 19266 CSES (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Ext. 13377, Fax 91-79-62-68 Ext. 13356 DEE (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Exts. 14220 y 14221 DGSEI (55) 56-86-00-43, 56-86-48-89, 56-85-76-03, Fax 56-86-00-43 DGEST (55) 30-03-10-00, 30-03-10-97, 91-79-60-00 Ext. 1339, Fax 55-88-24-22 INBA (55) 51-41-11-00 Ext. 1021 Durango (618) 829-04-32, Fax 829-04-45 Guanajuato (473) 733-23-32, 733-26-23 Exts. 16 y 17, Fax 733-23-32 Guerrero (747) 471-07-35 Dcto. 472-61-13 Ext. 288, Fax 471-07-35 Hidalgo (771) 717-35-12, Fax 717-35-12, 717-35-18, 717-36-39 Exts. 3592 y 3918

Jalisco (33) 38-19-59-61, 38-19-59-66 Dctos. 38-19-59-99, 38-19-59-50, 38-19-79-99 Exts. 56067, 56068 y 56069, Fax Ext. 56070

México (E) (722) 215-29-83, Fax 215-29-83 y 214-92-83 México (F) (722) 279-77-23 Dcto. 279-77-00 Ext. 7723, Fax Ext. 7560 Michoacán (443) 3-22-01-00 Exts. 1251 al 57, Fax 316-20-48

Morelos (777) 311-95-62 Dcto. 317-16-88, 317-16-43, 317-17-98, 317-17-99, 317-16-09, 317-17-10, 317-17-54 Ext. 178, Fax 311-95-62

Nayarit (E) (311) 210-39-08, 211-91-69 Dctos. 211-91-00 Ext. 463, Fax 210-06-13 Nayarit (F) (311) 211-91-35, 211-91-24, 211-91-25, Ext. 221, 211-91-00 Exts. 460 y 461, Fax 211-91-35 Nuevo León (81) 20-20-50-00, 20-20-52-90 al 94, Fax 20-20-52-91 Oaxaca (951) 513-50-45 Dcto. 515-39-00, 515-34-11 Ext. 482, Fax 513-50-45 Puebla (222) 229-69-37, Fax 229-69-37 Querétaro (442) 223-59-98 Dcto. 213-00-23, Ext. 169, Fax 213-08-62 Quintana Roo (983) 837-29-52 Dcto. 835-07-70, Ext. 4482, Fax 837-02-85 San Luis Potosí (E) (444) 839-24-90, 839-28-63, 829-27-07, 815-54-15 Exts. 232 y 234, Fax 820-69-49 San Luis Potosí (F) (444) 839-24-90 Dcto. 815-54-15 Ext. 239, Fax 820-69-49 Sinaloa (E) (667) 758-51-00 Ext. 209, Fax 758-51-00 Ext. 211 Sinaloa (F) (667) 758-51-00 Ext. 110 y 135, Fax Ext.135 Sonora (662) 212-66-29, 213-21-60 Ext. 106, Fax 212-66-29 Tabasco (993) 315-35-23 Dcto. 358-21-00, 358-21-49 Exts. 2249 y 2254, Fax 2249 Tamaulipas (834) 318-66-00, 318-66-47 Exts. 6210 a la 6215, Fax Ext. 6289 Tlaxcala “A” (246) 462-02-63 Dcto. 462-36-10, 462-36-01, 462-09-58, 462-25-89, 462-59-23 Ext. 26, Fax 462-02-63Tlaxcala “B” (246) 462-02-63 Dcto. 462-36-10, 462-36-01, 462-09-58, 462-25-89, 462-59-23 Ext. 25, Fax 462-61-06Veracruz (228) 813-63-36 Dcto. 812-58-04 y 812-57-97 Ext. 111, Fax 813-63-36 Ext. 102,104 y 105 Yucatán (999) 930-30-40 Exts. 51515, 51555, 51558, Fax 945-50-92 Zacatecas (492) 923-68-85 Dcto. 923-96-00 Exts. 121 y 165, Fax 923-68-85

ÁREAS UBICADAS EN EL DISTRITO FEDERAL: CSEP Coordinación Sectorial de Educación Primaria DGSEI Dirección General de Servicios Educativos Iztapalapa CSES Coordinación Sectorial de Educación Secundaria DGEST Dirección General de Educación Secundaria Técnica DEE Dirección de Educación Especial INBA Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura

Page 97: NORMAS EXTRAEDAD FEBRERO 2008

97DEC-DCE-FEBRERO DEL 2008

DIRECTORIO TELEFÓNICO DE LOS COORDINADORES ESTATALES

DEL PROGRAMA BINACIONAL DE EDUCACIÓN MIGRANTE MÉXICO-EUA (PROBEM)

ENTIDAD CLAVE LADA TELÉFONOS

Aguascalientes (449) 910-56-32, 974-11-79 Dctos. 910-56-64 Ext. 178, Fax 974-18-68 Baja California (664) 973-44-57, 973-44-58 Baja California Sur (612) 123-81-36, 123-81-70, 123-81-30, Fax 123-80-13 Campeche (981) 813-06-36 al 40 Exts. 125 y 167, Fax 813-23-80 Chiapas (961) 613-31-01 Ext. 1314, Fax 616-31-01 Ext. 1308 Chihuahua (614) 429-33-00 Ext. 12350, Fax 429-33-00 Ext. 12372 Coahuila (844) 411-88-00 Exts. 3616 y 3630 Fax 411 36 30 Colima (312) 316-15-67 Dcto. 316-15-00 Ext. 1661, Fax 316-15-42 Distrito Federal (55) 557-09-87-49, Fax 57-09-94-55 Instituto de los Mexicanos en el Exterior

(55) 36-86-51-00 Exts. 7524, 5844

Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Educación Pública (DGRI, SEP)

(55) 53-29-69-63, 53-29-69-58, 30-03-10 00 Ext. 18634 Fax 53-29-69-58

Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR, SEP)

Línea

gratuita

01-800-767 42 49

Durango (618) 130-10-60, 130-10-59 Ext. 107, Fax Ext. 104 Guanajuato (473) 735-10-42 Dcto., 735-10-00 Ext. 1438, Fax 735-10-54 Guerrero (747) 472-61-13 Ext. 294, Fax 471-07-39 Hidalgo (771) 719-30-18, Fax 719-30-18 Jalisco (33) 38-19-27-18, 38-19-27-13 Ext. 25383, Fax 38-19-27-25 México (722) 215-29-83, Fax 215-29-83 y 214-92-83 Michoacán (443) 317-89-60 Morelos (777) 311-95-60, Fax 311-95-60 Nayarit (311) 211-91-35, Fax 211-91-35 Nuevo León (81) 83-11-02-23, 20-20-53-70, Fax 81-10-96-05 Oaxaca (951) 514-97-16, Fax 516-70-15 Puebla (222) 229-69-00 Ext. 7035, Fax 248-78-86 Querétaro (442) 223-59-98 Dcto. 223-46-93, 223-46-95, 213-00-23, Ext. 169, Fax 213-08-62 Quintana Roo (983) 837-29-52 Dcto. 835-07-70 Ext. 4483, Fax 837-29-52 San Luis Potosí (444) 499-80-47, 499-80-49 Dctos. 499-80-00 Exts. 8047, 8049, 8144, Fax 499-80-47 Sinaloa (667) 758-51-00 Ext. 126, Fax 714-55-10 Sonora (662) 217-12-41, Fax 217-12-41 Tabasco (993) 315-35-23 Dcto. 358-21-00 Ext. 2249, Fax 2249 Tamaulipas (834) 318-66-00, 318-66-47 Ext. 6195, Fax 6195 Tlaxcala (246) 462-36-87, Fax 462-36-87 Veracruz (228) 812-57-86, 812-58-04 y 05 Ext. 234, Fax 812-57-86 Yucatán (999) 930-30-40 Exts. 51515, 51555 y 51558, Fax 945-50-92 Zacatecas (492) 923-96-00 Ext. 185, Fax 923-68-85