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Martes 24 de junio de 2014
525859Ao XXXI - N 12897
AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
R.S. N 199-2014-PCM.- Aceptan renuncia de Ministra deRelaciones Exteriores 525861R.S. N 200-2014-PCM.- Aceptan renuncia de Ministrodel Interior 525861R.S. N 201-2014-PCM.- Aceptan renuncia de Ministro deTransportes y Comunicaciones 525861R.S. N 202-2014-PCM.- Aceptan renuncia de miembrodel Directorio del Banco Central de Reserva del Per, enrepresentacin del Poder Ejecutivo 525861R.S. N 203-2014-PCM.- Nombran Ministro de RelacionesExteriores 525862R.S. N 204-2014-PCM.- Nombran Ministro del Interior
525862R.S. N 205-2014-PCM.- Nombran Ministro de Transportesy Comunicaciones 525862
AGRICULTURA Y RIEGO
R.D. N 0028-2014-MINAGRI-SENASA-DSV.- Actualizanrequisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en laimportacin de estacas enraizadas y estacas sin enraizarde vid (Vitis spp.) de origen de EE.UU. (Estado deCalifornia excepto de los Condados de Napa y regionesreglamentadas de Sonoma y Solona) y procedencia
EE.UU. 525862R.J. N 198-2014-ANA.- Encargan funciones de laAutoridad Administrativa del Agua Urubamba - Vilcanota
525863R.J. N 199-2014-ANA.- Encargan funciones de laAdministracin Local de Agua Chira 525864R.J. N 200-2014-ANA.- Encargan funciones de laAutoridad Administrativa del Agua Caete - Fortaleza
525864
DEFENSA
R.S. N 282-2014-DE/EP.- Autorizan viaje de Tcnico Jefedel Ejrcito del Per a Colombia, en misin de estudios
525865R.S. N 283-2014-DE.- Nombrar a personal tcnico delEjrcito del Per a rdenes del Ministerio de RelacionesExteriores, en misin diplomtica 525866Rectificacin.- En el sumario de la edicin de fecha22 de junio de 2014, dice R.S. N 181-2014-DE/MGP,debiendo decir R.S. N 281-2014-DE/MGP
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N 149-2014-EF.- Autorizan Transferencia de Partidasa favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuestodel Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 para financiarla elaboracin de estudios de pre inversin para laconstruccin, mejoramiento y rehabilitacin de caminosvecinales, as como para la ejecucin de proyectos deinversin pblica de telecomunicaciones 525866D.S. N 150-2014-EF.- Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014a favor de determinados Gobiernos Regionales, parafinanciar el pago de asignacin especial a los profesoresque laboran en los distritos que forman parte de losmbitos de intervencin directa y de influencia del Vallede los Ros Apurmac, Ene y Mantaro (VRAEM) 525869D.S. N 151-2014-EF.- Autorizan Transferencia dePartidas en el Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2014 a favor de la Superintendencia de TransporteTerrestre de Personas, Carga y Mercancas - SUTRAN
525871R.M. N 204-2014-EF/11.- Aprueban ndices deDistribucin del Canon Minero proveniente del Impuesto ala Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013 525872R.M. N 205-2014-EF/11.- Modifican ndices dedistribucin de los recursos que se recauden durante elAo Fiscal 2014 correspondientes al 2% de la Participacinen Rentas de Aduanas 525890
EDUCACION
R.S. N 025-2014-MINEDU.- Autorizan viaje de estudiantesque integran Delegacin Peruana que participar en la55th International Mathematical Olympiad - IMO 2014, arealizarse en la Repblica de Sudfrica 525891R.M. N 259-2014-MINEDU.- Delegan en el procuradorpblico la facultad de participar en proceso de conciliacinextrajudicial solicitado por la Empresa HidroingenieraS.R.L. 525892
INTERIOR
R.M. N 0758-2014-IN/DGPP.- Aprueban el Plan deModernizacin de la Gestin Institucional del Ministeriodel Interior 2014 - 2016 525892
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RR.SS. Ns. 128, 129 y 130-2014-JUS.- Acceden asolicitudes de extradicin activa de ciudadanos peruanosy ecuatoriano y disponen su entrega a Chile, Espaa yPanam 525893
Sumario
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014525860
PRODUCE
R.M. N 214-2014-PRODUCE.- Establecen RgimenProvisional de Pesca del recurso Merluza julio 2014 - junio2015 y autorizan actividades extractivas en rea martima
525895R.M. N 215-2014-PRODUCE.- Aceptan renuncia deAsesor II - Jefe de Gabinete de Asesores del DespachoMinisterial 525897Res. N 76-2014-ITP/DEC.- Designan Secretario Generaldel Instituto Tecnolgico de la Produccin - ITP 525898Res. N 77-2014-ITP/DEC.- Designan Jefa de la OficinaGeneral de Planeamiento y Presupuesto del InstitutoTecnolgico de la Produccin - ITP 525898
RELACIONES
EXTERIORES
R.S. N 101-2014-RE.- Dan trmino a nombramiento deEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario del Per en laRepblica Popular China, y como Embajador Concurrentedel Per ante la Repblica Popular Democrtica deCorea; Mongolia y ante la Repblica Islmica de Pakistn,con residencia en la ciudad de Beijing, Repblica PopularChina 525899R.M. N 0391/RE-2014.- Disponen difundir paraconocimiento y debida observancia, la actualizacin delista relativa a las sanciones contra Al Qaida, incluido lacongelacin de activos, prohibicin de viajar y embargode armas 525899
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
R.M. N 114-2014-TR.- Oficializan Taller InternacionalServicios Pblicos de Empleo y la Lucha contra laPobreza que se realizar en la ciudad de Lima 525900R.M. N 116-2014-TR.- Aceptan renuncia de Asesor II delDespacho Ministerial 525900
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
RR.MM. Ns. 415 y 416-2014-MTC/02.- Autorizan viajede inspectores de la Direccin General de AeronuticaCivil a Canad, EE.UU. y Brasil, en comisin de servicios
525901
VIVIENDAR.M. N 190-2014-VIVIENDA.- Autorizan al Programa deMejoramiento Integral de Barrios a realizar intervencionesen otros mbitos urbanos e intervenciones especiales demejoramiento barrial, a travs de proyectos de inversinpblica 525903R.M. N 191-2014-VIVIENDA.- Designan representantedel Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamientoante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia y Juntade Participacin Social de Piura 525904
ORGANISMOS EJECUTORES
BIBLIOTECA NACIONAL
DEL PER
R.D. N 099-2014-BNP.- Encargan a funcionario laDireccin General de la Oficina de Administracin de laBiblioteca Nacional del Per 525904
COMISION NACIONAL PARA EL
DESARROLLO Y VIDA SIN DROGASRes. N 101-2014-DV-PE.- Dan por concluida designacinde Director de la Direccin de Control de la Oferta deDEVIDA 525905
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
RR. Ns. 513 y 514-2014/SBN-DGPE-SDDI.- Apruebantransferencia de dominio de predios a favor del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, ubicados en la Bahade Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco,departamento de Ica 525905
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Acuerdo N 023-2014-APN/DIR.- Otorgan a la empresaPer LNG S.R.L. la habilitacin portuaria para iniciar obrade ampliacin de infraestructura portuaria, destinada a laconstruccin de plataforma de embarque 525909
ORGANISMO DE EVALUACION Y
FISCALIZACION AMBIENTAL
Res. N 083-2014-OEFA/PCD.- Autorizan transferenciafinanciera a favor del Ministerio del Ambiente parafinanciar la organizacin y realizacin de eventos COP20y CMP10, a realizarse en la ciudad de Lima 525910
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. N 149-2014-SUNARP/PT.- Disponen la publicacinde precedentes de observancia obligatoria aprobados enel Centsimo Vigsimo Primer Pleno del Tribunal Registralde la SUNARP 525911Res. N 152-2014-SUNARP/SN.- Delegan facultadesa diversos funcionarios de la SUNARP, en materiaadministrativa, registral, presupuestaria, tecnologas de lainformacin y de contrataciones del Estado 525912
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DELPODER JUDICIAL
Res. Adm. N 169-2014-CE-PJ.- Precisan quereconocimiento efectuado mediante la Res. Adm. N 134-2013-CE-PJ comprende a Jefe, Jueces, representantede la sociedad y personal auxiliar de la OficinaDesconcentrada de Control de la Magistratura del DistritoJudicial de La Libertad 525914
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Res. Adm. N 035-2014-P-CSJLE/PJ.- ConformanComisin Distrital encargada de llevar a cabo el procesopara la seleccin de Abogados Hbiles para el Registro de
Jueces Supernumerarios del Distrito Judicial de Lima Este525914Fe de Erratas Res.Adm. N 029-2014-P-CSJLE/PJ
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014 525861
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan renuncia de Ministra deRelacion es Exteri ores
RESOLUCIN SUPREMAN 199-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
Vista la renuncia que, al cargo de Ministra de Estadoen el Despacho de Relaciones Exteriores, formula laseora Eda Adriana Rivas Franchini; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministra deEstado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formulala seora Eda Adriana Rivas Franchini, dndosele lasgracias por los importantes servicios prestados a laNacin.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-1
Aceptan renuncia de Ministro delInterior
RESOLUCIN SUPREMAN 200-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estadoen el Despacho del Interior, formula el seor Walter JorgeAlbn Peralta; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estadoen el Despacho del Interior, formula el seor Walter Jorge
Albn Peralta, dndosele las gracias por los importantesservicios prestados a la Nacin.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-2
Aceptan renuncia de Ministro deTransportes y Comunicaciones
RESOLUCIN SUPREMA
N 201-2014-PCMLima, 23 de junio de 2014
Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado enel Despacho de Transportes y Comunicaciones, formulael seor Carlos Eduardo Paredes Rodrguez; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estadoen el Despacho de Transportes y Comunicaciones, formulael seor Carlos Eduardo Paredes Rodrguez, dndoselelas gracias por los importantes servicios prestados a laNacin.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-3
Aceptan renuncia de miembro delDi rector io del Banco Centr al de Reservadel Per, en representacin del PoderEjecutivo
RESOLUCIN SUPREMAN 202-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolucin Suprema N 294-2011-PCM se design al seor Jos David Gallardo Ku como
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Res. N 03210-R-2014.- Ratifican Resolucin de DecanatoN 421-D-FCA-14 que autoriza viaje de docentes de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos a EE.UU., encomisin de servicios 525915
MINISTERIO PUBLICO
Res. N 050-2014-MP-FN-JFS.- Designan Jefe de la OficinaDesconcentrada de Control Interno de Lima 525916Res. N 051-2014-MP-FN-JFS.- Designan Jefe de laOficina Desconcentrada de Control Interno de Piura,Tumbes y Sullana 525916
RR. Ns. 2454 y 2464-2014-MP-FN.- Dan por concluidasdesignaciones y nombramientos, nombran y designanfiscales en los Distritos Judiciales de Lima y Lambayeque
525917
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
Acuerdo N 70-2014-CR/GRM.- Rechazan y se oponen alos Proyectos de Leyes Ns 3191/2013-PE y 3355/2013-PE de Saneamiento y Organizacin Territorial de laprovincias y distritos de Jorge Basadre y Candarave deldepartamento de Tacna 525918
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014525862
miembro del Directorio del Banco Central de Reserva delPer, en representacin del Poder Ejecutivo;
Que, el seor Jos David Gallardo Ku ha presentado surenuncia al referido cargo, la que es necesario aceptar;
De conformidad con la Ley 27594 Ley que regula laparticipacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento ydesignacin de funcionarios pblicos;
SE RESUELVE:
Art culo 1 .-Aceptar la renuncia del seor Jos DavidGallardo Ku al cargo de miembro del Directorio del BancoCentral de Reserva del Per, en representacin del PoderEjecutivo, dndosele las gracias por los servicios prestados.
Ar tcu lo 2.- La presente Resolucin ser refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro deEconoma y Finanzas.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZ
Presidente del Consejo de MinistrosLUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas
1100945-4
Nombran Ministro de RelacionesExteriores
RESOLUCIN SUPREMAN 203-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
Vista la propuesta del seor Presidente del Consejode Ministros;
De conformidad con el Artculo 122 de la Constitucin
Poltica del Per; y,Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores, al seor Gonzalo Alfonso GutirrezReinel.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-5
Nombran Mini str o del I nteriorRESOLUCIN SUPREMA
N 204-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
Vista la propuesta del seor Presidente del Consejode Ministros;
De conformidad con el Artculo 122 de la ConstitucinPoltica del Per; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho delInterior, al seor Daniel Belizario Urresti Elera.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-6
Nombran Ministro de Transportes yComunicaciones
RESOLUCIN SUPREMAN 205-2014-PCM
Lima, 23 de junio de 2014
Vista la propuesta del seor Presidente del Consejode Ministros;
De conformidad con el Artculo 122 de la ConstitucinPoltica del Per; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Nombrar Ministro de Estado en el Despacho deTransportes y Comunicaciones, al seor Jos DavidGallardo Ku.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
1100945-7
AGRICULTURA Y RIEGO
Actualizan requisitos fitosanitariosde necesario cumplimiento en laimportacin de estacas enraizadas yestacas sin enraizar d e vid (Vit is spp.) de
origen de EE.UU. (Estado de Californiaexcepto de los Condados de Napa yregiones reglamentadas de Sonoma ySolona) y procedencia EE.UU.
RESOLUCIN DIRECTORALN 0028-2014-MINAGRI-SENASA-DSV
18 de junio de 2014
VISTO:
El INFORME N 01-2013-AG-SENASA-DSV-SARVF/SCV/DEIca-JNO/JGB/RBB/NWM de fecha 17 de abril de2013, el cual, sustenta la actualizacin de los requisitosfitosanitarios para la importacin de estacas enraizadas yestacas sin enraizar de vid (Vitis spp.) de origen EstadosUnidos (Estado de California-excepto de los Condados deNapa y regiones reglamentadas de Sonoma y Solano) yprocedencia Estados Unidos; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo N 1059 - LeyGeneral de Sanidad Agraria, el ingreso al pas comoimportacin, trnsito internacional o cualquier otrorgimen aduanero, de plantas y productos vegetales,animales y productos de origen animal, insumos agrarios,organismos benficos, materiales de empaque, embalajey acondicionamiento, cualquier otro material capaz deintroducir o propagar plagas y enfermedades, as comolos medios utilizados para transportarlos, se sujetarna las disposiciones que establezca, en el mbito de sucompetencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;
Que, el artculo 12 del Reglamento de la Ley Generalde Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo
N 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacionalde Sanidad Agraria - SENASA publicar los requisitosfito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y senotificarn a la Organizacin Mundial del Comercio;
Que, el artculo 38 del Decreto Supremo N 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, estableceque los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014 525863
cumplir para la importacin al pas de plantas, productosvegetales y otros artculos reglamentados, sernaprobados mediante Resolucin del rgano de LneaCompetente;
Que, el artculo 1 de la Resolucin Directoral N 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modificatorias, establece cincocategoras de riesgo fitosanitario, donde estn agrupadaslas plantas, productos de origen vegetal y otros artculosreglamentados cuyo riesgo fitosanitario se encuentra enforma ascendente;
Que, mediante Resolucin Directoral N18-2010-AG-SENASA-DSV fueron aprobados los requisitosfitosanitarios para la importacin de estacas enraizadas yestacas sin enraizar de vid (Vitis spp.) de origen EstadosUnidos (Estado de California) y procedencia EstadosUnidos;
Que, la Subdireccin de Anlisis de Riesgo de Plagasy Vigilancia Fitosanitaria y la Subdireccin de CuarentenaVegetal y consideran necesarios la actualizacin de losrequisitosfitosanitarios para garantizar un nivel adecuadode proteccin fitosanitaria al pas, minimizando el ingresode plagas cuarentenarias;
De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo N 1059, el Decreto Supremo N 018-2008-AG,el Decreto Supremo N 032-2003-AG, el Decreto SupremoN 008-2005-AG y modificatoria, la Resolucin DirectoralN 0002-2012-AG-SENASA-DSV y modificatorias y con elvisado de la Subdireccin de Cuarentena Vegetal y de laOficina de Asesora Jurdica;
SE RESUELVE:
Ar tcu lo 1.- Actualizar los requisitos fitosanitariosde necesario cumplimiento en la importacin de estacasenraizadas y estacas sin enraizar de vid (Vitis spp.) deorigen Estados Unidos (Estado de California excepto losCondados de Napa y regiones reglamentadas de Sonomay Solano) y procedencia Estados Unidos de la siguientemanera:
1. Que el envo deber contar con el Permiso Fitosanitario
de Importacin emitido por el SENASA, obtenido por elimportador o interesado, previo a la certificacin y embarqueen el pas de origen o procedencia.
2. El envo deber venir acompaado de un CertificadoFitosanitario oficial del pas de origen en el que seconsigne:
2.1. Declaracin Adicional:
2.1.1. El vivero se encuentra bajo el programa deCertificacin Oficial y Registro de Vid autorizado por elCalifornia State Department and Agriculture (CDFA) oCentros repositorios de germoplasma, que se encuentranbajo control vigente del California State Department andAgriculture (CDFA).
2.1.2. Para envos exportados en el ao 2014
2.1.2.1. Mediante anlisis de laboratorio el material seencuentra libre de: Red blotch virus, Guignardia bidwellii,Xylella fastidiosa, Pseudomonas syringae, Rhizobiumrhizogenes, Eutypa lata y Phaeoacremonium aleophilum(Indicar la tcnica utilizada en el diagnstico de cadaplaga).
2.1.2.2. Peach Rosette mosaic virus es ausente/ no esde ocurrencia conocida en el Estado de California.
2.1.3. Para envos exportados a partir del 2015
2.1.3.1. El material procede de plantas madres quehan sido inspeccionadas durante el ltimo periodo decrecimiento activo y mediante anlisis de laboratorioencontradas libres de: Red blotch virus, Guignardiabidwellii, Xylella fastidiosa, Pseudomonas syringae,Rhizobium rhizogenes, Eutypa lata y Phaeoacremoniumaleophilum(Indicar la tcnica utilizada en el diagnsticode cada plaga).
2.1.3.2. Peach Rosette mosaic virus esta ausente en
el Estado de California.2.1.4. Producto libre de: Amyelois transitella,
Brevipalpus lewisi, Colomerus vitis, Eotetranychuscarpini, Eotetranychus willamettei, Homalodiscacoagulata, Tetranychus kanzawai, Tetranychus mcdanieli,Tetranychus pacificus, Tetranychus turkestani.
2.2. Tratamiento pre embarque con:
2.2.1 spirodiclofen 0.14 (i.a) + abamectina 0.018 (i.a) + mancozeb (1.8 )
2.2.2 Cualquier otro producto de accin equivalenteregistrado por la ONPF del pas de procedencia.
3. Las estacas debern venir a raz desnuda, sinhojas y sin tierra. (Para estacas enraizadas). Las estacasdebern venir sin races, sin hojas y sin tierra. (Paraestacas sin enraizar).
4. Si el producto viene con sustrato o material deacondicionamiento, ste deber ser un medio estrily libre de plagas, cuya condicin ser certificada por laONPF del pas de origen y consignada en el CertificadoFitosanitario.
5. Los envases sern nuevos y de primer uso,cerrados y resistentes al manipuleo, libre de materialextrao al producto, debidamente rotulado con el nombredel exportador y nmero del lote.
6. Inspeccin fitosanitaria en el punto de ingreso alpas.
7. El inspector del SENASA tomar una muestradel envo para ser remitida a la Unidad del Centro deDiagnstico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el finde descartar la presencia de plagas enunciadas en ladeclaracin adicional del producto. El costo del diagnsticoser asumido por el importador.
8. El proceso de cuarentena posentrada tendra unaduracin de diecisis (16 meses). En dicho lapso el materialinstalado en el lugar de produccin ser sometido porparte del SENASA a cuatro (4) inspecciones obligatoriaspara el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una(1) inspeccin obligatoria al final para el levantamientode la cuarentena posentrada, de cuyos resultados sedispondr el destino final del producto.
9. A la instalacin del material bajo cuarentenaposentrada, las estacas deben someterse a un tratamientode inmersin en una solucin de hipoclorito de sodio al1% por 2 minutos.
Ar tculo 2.- Derogar la Resolucin Directoral N 18-2010-AG-SENASA-DSV.
Regstrese, comunquese y publquese.
MOISES PACHECO ENCISODirector GeneralDireccin de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria
1100506-1
Encargan funciones de la AutoridadAdministrativa del Agua Urubamba -Vilcanota
RESOLUCIN JEFATURAL
N 198-2014-ANALima, 20 de junio de 2014
VISTO:
El Informe N 403-2014-ANA-OA-URH de la Unidadde Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Reglamento de Organizacin yFunciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua,aprobado por Decreto Supremo N 006-2010-AG, lasAutoridades Administrativas del Agua son rganosdesconcentrados que dirigen en sus respectivos mbitosterritoriales, la gestin de los recursos hdricos en el marcode las polticas y normas dictadas por el Consejo Directivoy Jefatura;
Que, mediante Resolucin Jefatural N 190-2012-ANA,se encarg las funciones de la Autoridad Administrativadel Agua Urubamba Vilcanota, al seor Luis SantiagoAgero Mass;
Que, de acuerdo al informe del visto y la ResolucinJefatural N 196-2014-ANA, que autoriz el viajedel seor Luis Santiago Agero Mass, Director de la
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014525864
Autoridad Administrativa del Agua Urubamba Vilcanota,al exterior del pas, del 21 de junio al 21 de julio de 2014,resulta necesario cubrir su ausencia a fin que el normaldesarrollo de la unidad orgnica antes mencionada no se
vea afectada;Que, conforme a lo establecido en la PrimeraDisposicin Complementaria Transitoria del Reglamentode Organizacin y Funciones, aprobado por DecretoSupremo N 006-2010-AG, la Jefatura de la entidadest facultada transitoriamente para encargar medianteResolucin Jefatural las funciones de las AutoridadesAdministrativas del Agua;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594,Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo enel Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicosy el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) dela Autoridad Nacional del Agua, aprobado por DecretoSupremo N 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Ar tcu lo 1.-Encargar temporalmente, a partir del 21de junio hasta el 21 de julio de 2014, al seor CESARLUIS LUQUE DEL CARPIO, las funciones de la AutoridadAdministrativa del Agua Urubamba Vilcanota, en adicina las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios,suscrito con esta Autoridad.
Ar tcu lo 2.- Precsase que al trmino del encargo defunciones a que se refiere el artculo precedente, el seorLUIS SANTIAGO AGERO MASS, continuar ejerciendolas funciones de la Autoridad Administrativa del AguaUrubamba Vilcanota.
Regstrese, comunquese y publquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTERJefeAutoridad Nacional del Agua
1100634-1
Encargan fun ciones de la Admi ni stracinLocal de Agua Chira
RESOLUCIN JEFATURALN 199-2014-ANA
Lima, 20 de junio de 2014
VISTO:
El Informe N 405-2014-ANA-OA-URH de la Unidadde Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Reglamento de Organizacin yFunciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua,aprobado por Decreto Supremo N 006-2010-AG,las Administraciones Locales del Agua son unidadesorgnicas que administran las aguas de uso agrario y noagrario en sus respectivos mbitos territoriales;
Que, mediante Resolucin Jefatural N 443-2013-ANA, se encarg las funciones de la Administracin Localde Agua Chira, al seor Pantalin Huachani Mayta;
Que, de acuerdo al informe del visto y la ResolucinJefatural N 196-2014-ANA, que autoriz el viaje delseor Pantalin Huachani Mayta, Administrador Localde Agua Chira, al exterior del pas, del 21 de junio al 21de julio de 2014, resulta necesario cubrir su ausencia afin que el normal desarrollo de la unidad orgnica antesmencionada no se vea afectada;
Que, conforme a lo establecido en la Primera DisposicinComplementaria Transitoria del Reglamento de Organizaciny Funciones, aprobado por Decreto Supremo N006-2010-AG, la Jefatura de la entidad est facultada transitoriamentepara encargar mediante Resolucin Jefatural las funciones
de las Administraciones Locales del Agua;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594,Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo enel Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicosy el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) dela Autoridad Nacional del Agua, aprobado por DecretoSupremo N 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.- Encargar temporalmente, a partir del 21de junio hasta el 21 de julio de 2014, al seor SALOMON
VIDAL ESTEVES, las funciones de la AdministracinLocal de Agua Chira, en adicin a las funciones de suContrato Administrativo de Servicios, suscrito con estaAutoridad.
Ar tc ul o 2.- Precsase que al trmino del encargode funciones a que se refiere el artculo precedente,el seor PANTALIN HUACHANI MAYTA, continuarejerciendo las funciones de la Administracin Local deAgua Chira.
Regstrese, comunquese y publquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTERJefeAutoridad Nacional del Agua
1100634-2
Encargan funciones de la AutoridadAdministrativa del Agua Caete -Fortaleza
RESOLUCIN JEFATURALN 200-2014-ANA
Lima, 20 de junio de 2014
VISTO:
El Informe N 404-2014-ANA-OA-URH de la Unidadde Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Reglamento de Organizacin y
Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua,aprobado por Decreto Supremo N 006-2010-AG, lasAutoridades Administrativas del Agua son rganosdesconcentrados que dirigen en sus respectivos mbitosterritoriales, la gestin de los recursos hdricos en el marcode las polticas y normas dictadas por el Consejo Directivoy Jefatura;
Que, mediante Resolucin Jefatural N 551-2013-ANA,se encarg las funciones de la Autoridad Administrativadel Agua Caete Fortaleza, al seor Alberto DomingoOsorio Valencia;
Que, de acuerdo al informe del visto y la ResolucinJefatural N 196-2014-ANA, que autoriz el viaje delseor Alberto Domingo Osorio Valencia, Director de laAutoridad Administrativa del Agua Caete Fortaleza, alexterior del pas, del 21 de junio al 21 de julio de 2014,resulta necesario cubrir su ausencia a fin que el normaldesarrollo de la unidad orgnica antes mencionada no sevea afectada;
Que, conforme a lo establecido en la PrimeraDisposicin Complementaria Transitoria del Reglamentode Organizacin y Funciones, aprobado por DecretoSupremo N006-2010-AG, la Jefatura de la entidadest facultada transitoriamente para encargar medianteResolucin Jefatural las funciones de las AutoridadesAdministrativas del Agua;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594,Ley que Regula la Participacin del Poder Ejecutivo enel Nombramiento y Designacin de Funcionarios Pblicosy el Reglamento de Organizacin y Funciones (ROF) dela Autoridad Nacional del Agua, aprobado por DecretoSupremo N 006-2010-AG.
SE RESUELVE:
Artculo 1.- Encargar temporalmente, a partir del 21de junio hasta el 21 de julio de 2014, al seor RICARDO
FAAAN BAZALAR, las funciones de la AutoridadAdministrativa del Agua Caete Fortaleza, en adicin alas funciones de su Contrato Administrativo de Servicios,suscrito con esta Autoridad.
Artculo 2.- Precsase que al trmino del encargo defunciones a que se refiere el artculo precedente, el seorALBERTO DOMINGO OSORIO VALENCIA, continuar
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ejerciendo las funciones de la Autoridad Administrativa delAgua Caete Fortaleza.
Regstrese, comunquese y publquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTERJefeAutoridad Nacional del Agua
1100634-3
DEFENSA
Autorizan viaje de Tcnico Jefe delEjrcit o del Per a Colombi a, en m isinde estudios
RESOLUCIN SUPREMAN 282-2014-DE/EP
Lima, 23 de junio de 2014
VISTO:
El Oficio N 1126/DIEDOC/C-5.b, del 19 de mayo de2014, del Director de Educacin y Doctrina.
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio N 013/AMC, del 17 de enero de2014, el Coronel Ejrcito del Per Agregado de Defensay Militar a la Embajada del Per en la Repblica deColombia, hace de conocimiento del General de BrigadaDirector de Relaciones Internacionales del Ejrcito, ladisponibilidad de cursos y vacantes disponibles para elEjrcito del Per para el ao 2014, dentro de los cualesse encuentra considerado el programa integral paraSargentos Mayores de Alta Jerarqua a llevarse a cabo
en la ciudad de Bogot - Repblica de Colombia, duranteel perodo comprendido entre el 25 de junio de 2014 al 11de noviembre de 2014;
Que, con el documento del visto, el Director deEducacin y Doctrina del Ejrcito, comunica que el seorGeneral de Ejrcito Comandante General del Ejrcitoaprob la designacin del Tcnico Jefe EP Julio MarioZUIGA CONCHA, para que realice el Programa Integralpara Sargentos Mayores de Alta Jerarqua, en la Escuelade Armas y Servicios del Ejrcito Nacional de Colombia,en la ciudad de Bogot - Repblica de Colombia, en elperodo comprendido del 25 de junio al 11 de noviembrede 2014;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,autorizar el viaje al exterior en misin de estudiosdel Tcnico Jefe de Inteligencia ZUIGA CONCHAJulio Mario, lo que permitir dar cumplimiento a laPoltica de Comando, dentro de los Objetivos del PlanEstratgico Institucional 2002- 2021 (Objetivo 3), el cualestablece que El Ejrcito debe disponer de personalaltamente capacitado en todos los aspectos inherentesa su desarrollo humano, profesional y ocupacional, conestndares similares a pases desarrollados;
Que, los gastos que irroguen la presente designacinde viaje, se efectuarn con cargo al presupuestoinstitucional del ao fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora003, Ejrcito del Per, de conformidad con el artculo 13del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, del 05 de juniode 2002;
Que, teniendo en consideracin los itinerarios de losvuelos internacionales y con el fin de prever la participacindel personal militar durante la totalidad de la comisinmencionada, es necesario autorizar su salida del pas conun (01) da de anticipacin, as como su retorno un (01)da posterior al trmino de la misma, sin que estos dasadicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Pblico;
Que, el artculo 2 de la Resolucin Ministerial
N 778-2008-DE/SG de 25 de julio de 2008, disponeque los rganos competentes, organismos pblicosdescentralizados, unidades ejecutoras y empresas delSector Defensa, deben cumplir con incorporar en suspropuestas de Resolucin Suprema de autorizacinde viajes del personal militar y civil del sector, unadisposicin que precise, en los casos que corresponda,
que el otorgamiento de la compensacin extraordinariamensual por servicios en el extranjero se har por dasreales y efectivos, independientemente de la modalidaddel viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de
Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del SectorDefensa, aprobado por Decreto Supremo N 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias;
Que, de conformidad con el artculo 24 del DecretoLegislativo N 1144 Ley de Situacin Militar de losSupervisores, Tcnicos y Suboficiales u Oficiales deMar de las Fuerzas Armadas, concordante con suReglamento, aprobado mediante Decreto SupremoN 014-2013-DE, de fecha 04 de diciembre de 2013, elpersonal nombrado en misin de estudios por cuenta delEstado en el extranjero, est impedido de solicitar su pasea la situacin de disponibilidad o retiro hasta despusde haber servido en su respectiva institucin armada eltiempo mnimo previsto en el artculo 21 del presenteDecreto Legislativo, ms el tiempo compensatoriodispuesto en el citado artculo 24;
Que, de conformidad con el Decreto LegislativoN 1134, que aprueba la Ley de Organizacin y Funcionesdel Ministerio de Defensa; Ley N 30114 - Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el ao Fiscal 2014;Ley N 27619 - Ley que regula la autorizacin de viajesal exterior de servidores y funcionarios pblicos y suReglamento aprobado con el Decreto Supremo N 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias;el Decreto Supremo N 002-2004/DE/SG del 26 de enerode 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajesal exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;el Decreto Supremo N 024-2009-DE/SG del 19 denoviembre de 2009, que determina la jerarqua y uso delas normas de carcter administrativo que se aplicarn enlos distintos rganos del Ministerio; y,
Estando a lo propuesto por el General de EjrcitoComandante General del Ejrcito y lo acordado con elseor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Ar tculo 1.-Autorizar el viaje al exterior en Misinde Estudios al Tcnico Jefe EP Julio Mario ZUIGACONCHA, identificado con DNI N 09545359 y CIP N319478700, para que realice el Programa Integral paraSargentos Mayores de Alta Jerarqua, en la Escuela deArmas y Servicios del Ejrcito Nacional de Colombia, en laciudad de Bogot - Repblica de Colombia, en el perodocomprendido del 25 de junio al 11 de noviembre de 2014,as como autorizar su salida del pas el 24 de junio y suretorno el 12 de noviembre de 2014.
Ar tcu lo 2.- El Ministerio de Defensa - Ejrcito delPer, efectuar los pagos que correspondan, con cargo alpresupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a losconceptos siguientes:
Pasajes areos: Lima - Bogot - Lima (claseeconmica)
US $. 1,160.00 x 01 persona US $. 1,160.00
Compensacin Extraordinaria por Servicio en elExtranjero:
US $. 2,200.00/30 x 6 das x 01 persona US$ 439.99US $. 2,200.00 x 04 meses x 01 persona US$ 8,800.00US $. 2,200.00/30 x 11 das x 01 persona US$ 806.66 --------------------
Total a pagar : US$ 11,206.65
Ar tculo 3.- El otorgamiento de la compensacinextraordinaria mensual por servicio en el extranjero,se har por los das reales y efectivos de servicios enel exterior, conforme a lo dispuesto en el reglamentoaprobado por Decreto Supremo N 002-2004 DE/SG de26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargoal respectivo presupuesto institucional del ao fiscalcorrespondiente.
Ar tculo 4.-El Ministro de Defensa queda facultadopara variar la fecha de inicio y trmino de la autorizacina que se refiere el artculo 1, sin exceder el total de dasautorizados, sin variar la actividad para la cual se autorizael viaje, ni el nombre del participante.
Ar tculo 5.- El personal militar designado debercumplir con presentar un informe detallado ante el titular
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de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y losresultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentrode los quince (15) das contados a partir de la fecha deretorno al pas.
Ar tcu lo 6.-El personal militar revistar en la OficinaAdministrativa del Cuartel General del Ejrcito del Per,durante el perodo de tiempo que dure la misin deestudios.
Ar tcu lo 7.- El personal militar est impedido desolicitar su pase a la situacin militar de disponibilidad yretiro, hasta despus de haber servido en su respectivaInstitucin Armada el tiempo mnimo, ms el tiempocompensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Ar tcu lo 8.-La presente autorizacin no dar derechoa exoneracin ni liberacin de impuestos aduaneros deninguna clase o denominacin.
Ar tcu lo 9.-La presente Resolucin ser refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la RepblicaREN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa
1100944-4
Nombr ar a personal tcnico del Ej rci todel Per a rdenes del Ministeriode Relaciones Exteriores, en misindiplomtica
RESOLUCIN SUPREMAN 283-2014-DE
Lima, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el tercer prrafo del artculo 14 del DecretoLegislativo N 1144, que regula la Situacin Militar de losSupervisores, Tcnicos y Suboficiales u Oficiales de Marde las Fuerzas Armadas, establece que solo el personalen situacin de actividad podr postular y ser seleccionadopara ocupar un cargo en el exterior de la Repblica, enrepresentacin de su Institucin, hasta un ao (01) antesde estar incurso en las causales para el pase al retiroprevistas en los artculos 42 y 43 del mencionado DecretoLegislativo. Asimismo, tendrn los mismos derechos que elpersonal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores,establecidos en la norma que regule la materia;
Que, mediante Resolucin Suprema N 783-2013-DE/del 24 de diciembre de 2013, se crearon las vacantes de
los cargos a desempear por Personal Tcnico de lasFuerzas Armadas en las Agregaduras de Defensa a lasMisiones Diplomticas del Per en el exterior;
Que, mediante Acta del 18 de marzo de 2014 y deacuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artculo 8 delReglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadasen Misin Diplomtica, aprobado mediante DecretoSupremo N 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembrede 2006, la Comisin present al Ministro de Defensala relacin de Tcnicos propuestos para desempearsecomo Auxiliarles a las Agregaduras de Defensa y Militar,por un perodo mximo de dos (2) aos, a partir del 01 dejulio del 2014, como se indica en la parte resolutiva de lapresente Resolucin;
Que, el artculo 9 del mencionado Reglamentoestablece que el Presidente de la Repblica medianteResolucin Suprema debidamente refrendada por elMinistro de Defensa, nombra en Misin Diplomtica al
personal militar de las Fuerzas Armadas;De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo N 1144, el Decreto Supremo N 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la ResolucinMinisterial N 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de2008 y la Resolucin Suprema N 783-2013-DE/ de fecha24 de diciembre de 2013.
SE RESUELVE:
Artculo 1.-Nombrar en Misin Diplomtica a rdenesdel Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente
Personal Tcnico del Ejrcito del Per, a partir del 01 dejulio de 2014 y por un perodo mximo de dos (2) aos, enlos cargos que se detallan:
CARGO GRADONOMBRES Y APELLIDOSAuxiliar a la Agregadura de Defensa
y Militar a la Embajada del Per enla Repblica Argentina
Tcnico Jefe EPLuis Mximo Alarcn Camones
Auxiliar a la Agregadura de Defensay Militar a la Embajada del Per en
Canad
Tcnico Jefe Supervisor EPCarlos Dalmiro Ayquipa Mendoza
Auxiliar a la Agregadura de Defensay Militar a la Embajada del Per en
la Repblica de Corea
Tcnico Primero EPErwin Alfredo Montesinos Olaya
Auxiliar a la Agregadura de Defensay Militar a la Embajada del Per en
los Estados Unidos Mexicanos
Tcnico Jefe EP
Juan Emilio Moscoso Daz
Artculo 2.-El Ministerio de Defensa - Ejrcito delPer, efectuar los pagos que correspondan de acuerdocon lo dispuesto en el Decreto Supremo N 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimientode clculo de la remuneracin por servicio exterior,establecido por el Decreto Supremo N 16-95-RE defecha 16 de junio de 1995 y sus modificatorias.
Artculo 3.- El otorgamiento de la compensacinextraordinaria por servicio en el extranjero se har porlos das reales y efectivos de servicio en el exterior desdela asuncin del cargo hasta su trmino por los dos (2)aos autorizados, salvo lo previsto en el artculo 5 de lapresente Resolucin.
Artculo 4.-El citado Personal destacado al Ministeriode Relaciones Exteriores pasar revista en el Comandode Personal del Ejrcito, por el perodo que dure la MisinDiplomtica.
Artculo 5.- El Ministro de Defensa queda facultadopara variar la fecha de inicio y/o trmino de la MisinDiplomtica, sin exceder el perodo total establecido.
Artculo 6.-La presente Resolucin Suprema serrefrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y porel Ministro de Defensa.
Regstrese, comunquese y publquese.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
EDA A. RIVAS FRANCHINIMinistra de Relaciones Exteriores
PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa
1100944-5
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidasa favor de diversos GobiernosLocales en el Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2014 parafinanciar la elaboracin de estudiosde pre inversin para la construccin,mejoramiento y rehabilitacin decaminos vecinales, as como para laejecucin de proyectos de inversinpbl ica de t elecomun icaciones
DECRETO SUPREMON 149-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA
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CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N 30114, Ley de Presupuestodel Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, se aprueban,
entre otros, los crditos presupuestarios correspondientesa los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, losGobiernos Regionales y los Gobiernos Locales;
Que, el artculo 23 de la Ley N 29951, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2013,cuyos alcances han sido ampliados por la QuincuagsimaOctava Disposicin Complementaria Final de la Ley N30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico parael Ao Fiscal 2014, crea el Fondo para la InclusinEconmica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo delMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social (MIDIS), conla finalidad de financiar la elaboracin de estudios depre-inversin, la reformulacin de estudios de proyectosde inversin pblica que no se encuentren en etapade ejecucin, la ejecucin de proyectos de inversinpblica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades delGobierno Nacional y/o personas jurdicas privadas, parala ejecucin de infraestructura de agua y saneamiento,electrificacin, telecomunicaciones y caminos vecinales,as tambin para las intervenciones en infraestructurade caminos de herradura, las intervenciones en agua ysaneamiento, electrificacin y telecomunicaciones quepermitan el acceso de los centros educativos y de salud atales servicios, y en la fase de post inversin, la operacinde proyectos de inversin pblica; en los distritos que seencuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuentencon ms del 50 % de hogares en proceso de inclusinconforme a lo determinado por el citado Ministerio, ascomo en la zona del Valle de los Ros Apurmac, Eney Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas defrontera, y en las zonas de influencia de estos; con elobjeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de losservicios bsicos seleccionados, generando un impactoen el bienestar y mejora de la calidad de vida en loshogares rurales;
Que, asimismo, dicho artculo establece que lasentidades del gobierno nacional pueden suscribir
convenios, u otros documentos, con los gobiernosregionales, los gobiernos locales y/o personas jurdicasprivadas segn corresponda para la ejecucin delos mencionados proyectos de inversin pblica, y/oactividades, cuya transferencia para el caso de lasentidades del gobierno nacional se realiza bajo lamodalidad de modificacin presupuestaria en el nivelinstitucional aprobada mediante decreto supremorefrendado por el Ministro de Economa y Finanzas y elMinistro del Sector correspondiente, a solicitud de esteltimo, y se incorporan en el presupuesto institucional delos gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuentede financiamiento Recursos Determinados;
Que, mediante Decreto Supremo N 033-2014-EF, seautoriza la incorporacin de recursos del Fondo para laInclusin Econmica en Zonas Rurales (FONIE) va CrditoSuplementario en el Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2014, a favor del Pliego Ministerio deTransportes y Comunicaciones, entre otros, hasta por lasuma total de VEINTITRS MILLONES SETECIENTOSSESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETEY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 23 761 667,00), parael financiamiento de la elaboracin de estudios de preinversin, ejecucin de proyectos de inversin pblica,y/o mantenimiento, relacionados a infraestructurade caminos vecinales y de telecomunicaciones; ladesagregacin de los recursos autorizados por dichanorma, a nivel programtico, fue aprobada por el Titulardel Pliego Ministerio de Transportes y Comunicacionesmediante la Resolucin Ministerial N 075-2014-MTC/01, correspondiendo a la Unidad Ejecutora 010Provas Descentralizado la suma total de DIECIOCHOMILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILSETECIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 18 232 782,00) y a la Unidad Ejecutora011 Fondo de Inversin en Telecomunicaciones - FITELla suma total de CINCO MILLONES QUINIENTOS
VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCOY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 528 885,00);Que, del mismo modo, mediante Decreto Supremo
N 053-2014-EF, se autoriza la incorporacin de recursosdel Fondo para la Inclusin Econmica en Zonas Rurales(FONIE) va Crdito Suplementario en el Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2014, a favor del Pliego
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otros,hasta por la suma total de VEINTISIETE MILLONESQUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOSY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 581 700,00), para
el financiamiento de la elaboracin de estudios de preinversin, ejecucin de proyectos de inversin pblica, y/omantenimiento, relacionados a infraestructura de caminosvecinales y de telecomunicaciones; la desagregacin de losrecursos autorizados por dicha norma, a nivel programtico,fue aprobada por el Titular del Pliego Ministerio deTransportes y Comunicaciones mediante la ResolucinMinisterial N 123-2014-MTC/01, correspondiendo ala Unidad Ejecutora 010 Provas Descentralizado lasuma total de QUINCE MILLONES CIENTO SESENTAY SIETE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 15 167 605,00) y a la Unidad Ejecutora 011Fondo de Inversin en Telecomunicaciones - FITEL lasuma total de DOCE MILLONES CUATROCIENTOSCATORCE MIL NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 12 414 095,00);
Que, a travs del Memorando N 946-2014-MTC/09.03,la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, hace suyoel Informe N 589-2014-MTC/09.03 de la Oficina dePresupuesto de la citada Oficina General, y proponeun proyecto de Decreto Supremo que autoriza unatransferencia de partidas asignados en el PresupuestoInstitucional del Pliego Ministerio de Transportes yComunicaciones para la elaboracin de estudios depreinversin de mejoramiento y rehabilitacin y/oconstruccin de caminos vecinales y ejecucin deproyectos de inversin de telecomunicaciones, bajo lamodalidad de modificacin presupuestaria en el nivelinstitucional, en el marco del Fondo para la InclusinEconmica en Zonas Rurales(FONIE), contando paraello con los respectivos Convenios y con los recursospresupuestales asignados en el Presupuesto Institucionaldel Ministerio de Transportes y Comunicaciones parael Ao Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 010 ProvasDescentralizado y la Unidad Ejecutora 011 Fondo deInversin en Telecomunicaciones - FITEL, por la fuente de
financiamiento Recursos Determinados, para financiar lastransferencias de recursos requerida; en virtud de lo cual,con Oficio N 559-2014-MTC/04, el referido Ministeriosolicita la transferencia de recursos correspondiente;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar unatransferencia de partidas a favor de diversos GobiernosLocales, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONESSETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA YCINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 25 707 275,00), enel Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014,para financiar la elaboracin de estudios de pre inversinpara la construccin, mejoramiento y rehabilitacinde caminos vecinales, as como para la ejecucin deproyectos de inversin pblica de telecomunicaciones;
De conformidad con lo establecido en el artculo 23 dela Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2013, la Quincuagsima Octava ySeptuagsima Novena Disposiciones ComplementariasFinales de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto delSector Pblico para el Ao Fiscal 2014;
DECRETA:
Artculo 1.- Objeto
1.1 Autorzase una Transferencia de Partidas enel Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONESSETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA YCINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 25 707 275,00),del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicacionesa favor de diversos Gobiernos Locales, para financiarla elaboracin de estudios de pre inversin para laconstruccin, mejoramiento y rehabilitacin de caminosvecinales, as como para la ejecucin de proyectos deinversin pblica de telecomunicaciones, conforme alsiguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCIN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
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UNIDAD EJECUTORA 010 : Provas Descentralizado
PROGRAMAPRESUPUESTAL 0061 : Reduccin del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre
PROYECTO 2001621 : Estudios de pre inversin
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 7 764 295,00 ------------------- TOTAL UE. 010 7 764 295,00 ===========
En Nuevos Soles
UNIDAD EJECUTORA 011 : Fondo de Inversin en
Telecomunicaciones - FITEL
PROGRAMAPRESUPUESTAL 0047 : Acceso y Uso Adecuado de los Servicios Pblicos de Telecomunicaciones e Informacin Asociados
PROYECTO 2186720 : Ampliacin y Mejoramiento dela cobertura de los servicios de
Telefona Mvil, Telefona Fija Pblica y Telefona Fija Abonados, en las localidades de Ocobamba, Yanacocha,
Chacuas Cancha, Minas Rayan,Lirio y Tambo Real de
Huancabamba, distrito de Yauya
- Carlos Fermin Fitzcarrald- Ancash.
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 1 215 913,00
PROYECTO 2184769 : Ampliacin y Mejoramiento de la cobertura de Telefona Movil, Telefona Fija Pblica, Telefona Fija Abonados, en 27 Localidades, distrito de
Coporaque - Espinar - Cusco.
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
GASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 4 312 972,00
PROYECTO 2184768 : Instalacin de los servicios pblicos de
Telecomunicaciones: Internet, Intranet y Telefona IP para las Instituciones
Educativas, Postas de Salud y Locales Municipales de los Centros Poblados del distrito de Coporaque, provincia de Espinar, departamento de Cusco
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 7 121 657,00
PROYECTO 2179255 : Ampliacin y Mejoramiento del servicio de Telefona Fija Inalmbrica y Telefona Mvil
para las localidades rurales de
la Mancomunidad Cuenca Alta del Ro Pampas, en Vilcanchos, Paras y Pillpichaca, Victor Fajardo, Cangallo, Huaytara, distrito de Vilcanchos - Vctor Fajardo - Ayacucho
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 4 172 984,00
En Nuevos Soles
PROYECTO 2179178 : Ampliacin, Mejoramiento de la cobertura de acceso al servicio de Telefona Fija Abonados, Telefona Pblica y Telefona Mvil en la zona rural de Limn de Porcuya, distrito de
Huarmaca - Huancabamba - Piura
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 1 119 454,00 -------------------
TOTAL UE. 011 17 942 980,00 =========== TOTAL EGRESOS 25 707 275,00 ===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCIN SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos Locales
PROGRAMAPRESUPUESTAL 0061 : Reduccin del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 7 764 295,00
PROGRAMAPRESUPUESTAL 0047 : Acceso y uso Adecuado de los Servicios Pblicos de Telecomunicaciones e Informacin Asociados
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 5 : Recursos DeterminadosGASTOS DE CAPITAL 2.6 ADQUISICIN DE ACTIVOS
NO FINANCIEROS 17 942 980,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 25 707 275,00 ===========
1.2 Los Pliegos habilitados en la seccin segundadel numeral 1.1 del presente artculo y los montos detransferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en elAnexo 01 Transferencia de Partidas a favor de diversosGobiernos Locales parafinanciar la elaboracin de estudiosde pre inversin para la construccin, mejoramiento yrehabilitacin de caminos vecinales, con recursos del
FONIE y Anexo 02 Transferencia de Partidas a favorde diversos Gobiernos Locales para el financiamiento deproyectos de telecomunicaciones, con recursos del FONIEque forma parte integrante del presente Decreto Supremoy se publica en el Portal Institucional del Ministerio deEconoma y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministeriode Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) en
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la misma fecha de la publicacin de la presente norma enel Diario Oficial El Peruano.
Ar tcu lo 2.- Procedimiento para la Aprobacin
Institucional2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados
en la presente Transferencia de Partidas, aprueban medianteResolucin, la desagregacin de los recursos autorizadosen el artculo 1 de la presente norma, a nivel programtico,dentro de los cinco (5) das calendario de la vigencia delpresente dispositivo legal. Copia de la Resolucin serremitida dentro de los cinco (5) das de aprobada a losorganismos sealados en el numeral 23.2 del artculo 23del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley Generaldel Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado medianteDecreto Supremo N 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen los Pliegos involucrados, solicitar a la Direccin Generalde Presupuesto Pblico las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporacin de nuevas Partidasde Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los Pliegos involucrados, instruir a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artculo 3.- Limi tacin al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artculo 1 del presente Decreto Supremono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.
Artculo 4.- Refr endoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economa y Finanzas y por el Ministro deTransportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrsdas del mes de junio del ao dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas
CARLOS PAREDES RODRGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones
1100944-1
Transferencia de Partidas en elPresupuesto d el Sector Pbli co para elAo Fiscal 20 14 a favor de determ in adosGobiernos Regionales, para financiarel pago de asignacin especial a losprofesores que laboran en los distritosque forman parte de los mbitos deintervencin directa y de influenciadel Valle de los Ros Apurmac, Ene yMantaro (VRAEM)
DECRETO SUPREMON 150-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) de la Dcima DisposicinComplementaria, Transitoria y Final de la Ley N 29944,Ley de Reforma Magisterial, establece que el Poder
Ejecutivo asegura el financiamiento de la Ley en menciny garantiza su aplicacin ordenada para tal fin; losmontos establecidos por concepto de remuneraciones,asignaciones e incentivos se efectivizan en dos tramos,correspondiendo el Segundo Tramo a la implementacininmediata de las asignaciones e incentivos a partir del 1de enero de 2014;
Que, la Octava Disposicin Complementaria,Transitoria y Final de la citada Ley N 29944 dispone,adicionalmente, a las asignaciones establecidas enesa Ley, que los profesores que laboren en el Valle de
los Ros Apurmac, Ene y Mantaro (VRAEM) percibirnuna asignacin especial, cuya vigencia, periodicidad ymonto sern fijados por el Poder Ejecutivo a propuestadel Ministerio de Educacin, concordante con la NovenaDisposicin Complementaria Final de su Reglamento,aprobado mediante Decreto Supremo N 004-2013-ED;
Que, mediante Decreto Supremo N 021-2008-DE-SG, modificado por los Decretos Supremos N 074-2012-PCM, N 090-2012-PCM y N 003-2014-DE, se determinlos distritos que forman parte del mbito de intervencindirecta del Valle de los Ros Apurmac, Ene y Mantaro -VRAEM;
Que, el Decreto Supremo N 014-2014-EF establecila vigencia, caractersticas, criterios y montos de lasAsignaciones por Tipo y Ubicacin de Institucin Educativa,as como la Asignacin Especial por labores en el Valle delos Ros Apurmac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marcode la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial;
Que, el artculo 1 de la Ley N 30202, Ley que otorgaAsignacin Especial por laborar en el Valle de los RosApurmac, Ene y Mantaro (VRAEM) a los profesorescontratados y dicta otras disposiciones, dispone que losprofesores contratados en instituciones educativas pblicasde Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productivaperciban, de manera excepcional, la asignacin especiala que se refiere la Octava Disposicin Complementaria,Transitoria y Final de la Ley N 29944, por servicio efectivoen el mbito de intervencin directa o de influencia delVRAEM; asimismo, seala que esta asignacin no tienecarcter remunerativo ni pensionable, no se incorpora a laremuneracin del profesor, no forma base de clculo parala asignacin o compensacin por tiempo de servicioso cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones oentregas, ni est afecta a cargas sociales;
Que, adicionalmente, el artculo 2 de la citada LeyN 30202 establece que la asignacin especial a ser otorgadaa los profesores contratados, a que se refiere el artculo 1 de
la misma Ley, equivale a la determinada en el marco de laOctava Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de laLey N 29944; y precisa que el monto de la citada asignacinespecial, as como su vigencia y periodicidad puede sermodificado mediante decreto supremo refrendado por elMinistro de Economa y Finanzas y el Ministro de Educacin,a propuesta de este ltimo; asimismo, en el segundoprrafo del referido artculo 2 se seala que los profesorescomprendidos en la Carrera Pblica Magisterial que laboranen los distritos que forman parte del mbito de influencia delVRAEM perciben una asignacin especial equivalente a laque reciben aquellos que laboran en los distritos del mbitode intervencin directa del referido Valle, determinada en elmarco de la Octava Disposicin Complementaria, Transitoriay Final de la Ley N 29944;
Que, el artculo 3 de la Ley N 30202 establece que laaplicacin de la misma se financia con cargo al presupuestoinstitucional de los gobiernos regionales, sin demandarrecursos adicionales al Tesoro Pblico; asimismo, que, parael ao fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de Educacina realizar modificaciones presupuestarias en el nivelinstitucional a favor de los Gobiernos Regionales, hastapor la suma de DIECISIETE MILLONES SETECIENTOSCUARENTA Y SIETE MIL CIEN Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 17 747 100,00), a fin de financiar con cargoa su presupuesto institucional y sin demandar recursosadicionales al Tesoro Pblico, el costo del pago de laasignacin especial a favor de los profesores nombradosque prestan servicio efectivo en el mbito de influenciadel VRAEM y de los profesores contratados que laboranen los mbitos de intervencin directa o de influenciadel VRAEM; quedando para tal efecto, el Ministerio deEducacin y los Gobiernos Regionales exceptuados delo dispuesto en el numeral 9.1 del artculo 9 de la Ley30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2014; asimismo, el citado artculo 3 dispone que lasmodificaciones presupuestarias en el nivel institucional
autorizadas se aprueban mediante decreto supremorefrendado por los ministros de Economa y Finanzas y deEducacin, a propuesta de este ltimo, dentro de los treintadas hbiles de publicada Ley N 30202;
Que, a travs del Memorndum N 1047-2014-MINEDU/SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal de la OficinaGeneral de Administracin del Ministerio de Educacin
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determin el costo de la asignacin especial a favor deprofesores nombrados que prestan servicio efectivo enel mbito de influencia del VRAEM y de los profesorescontratados por el servicio efectivo en colegios pblicos y
de educacin tcnico productiva que laboran en los distritosque forman parte de los mbitos de intervencin directa o deinfluencia del VRAEM, costo que corresponde del mes dejunio al mes diciembre del presente ao fiscal, el mismo queasciende a la suma de TRECE MILLONES OCHOCIENTOSTRES MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 13 803 300,00); asimismo, la Unidad de Presupuestode la Secretaria de Planificacin Estratgica del Ministeriode Educacin, a travs del Informe N 172-2014-MINEDU/SPE-UP, seala que en el presupuesto institucional delpliego 010: Ministerio de Educacin, Unidad Ejecutora 026:Programa de Educacin Bsica para Todos, en la Fuentede Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta conrecursos para ser transferidos a favor de los pliegos de losGobiernos Regionales para financiar el pago de la referidaasignacin especial, hasta por el costo sealado por laUnidad de Personal de la Oficina General de Administracindel Ministerio de Educacin;
Que, en el marco de lo indicado precedentemente, conOficio N 1059-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educacinsolicita la aprobacin del Decreto Supremo que autorice unatransferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2014, a favor de determinados GobiernosRegionales hasta por la suma de TRECE MILLONESOCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 13 803 300,00), a fin de financiar elotorgamiento de la asignacin especial para el periodocorrespondiente del mes de junio al mes de diciembre delpresente ao fiscal, a favor de los profesores nombrados queprestan servicio efectivo en el mbito de influencia del VRAEMy de los profesores contratados que laboran en los mbitos deintervencin directa o de influencia del VRAEM, en el marcode lo dispuesto por el artculo 3 de la Ley N 30202;
De conformidad con el artculo 118 de la ConstitucinPoltica del Per, Ley N 29158, Ley Orgnica del PoderEjecutivo; el Texto nico Ordenado de la Ley N 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF ymodificatorias; Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial,la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2014 y la Ley N 30202, Ley que otorgaAsignacin Especial por laborar en el Valle de los RosApurmac, Ene y Mantaro (VRAEM) a los profesorescontratados y dicta otras disposiciones;
DECRETA:
Ar tcu lo 1.- Objeto
1.1 Autorzase una Transferencia de Partidas en elPresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, delpliego Ministerio de Educacin, hasta por la suma de TRECEMILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 803 300,00), a favor delos pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos deApurmac, Ayacucho, Cusco, Huancavelica y Junn, parafinanciar el otorgamiento de la asignacin especial a favor delos profesores nombrados que prestan servicio efectivo enel mbito de influencia del Valle de los Ros Apurmac, Eney Mantaro (VRAEM), y de los profesores contratados quelaboran en los mbitos de intervencin directa o de influenciadel VRAEM, conforme a lo indicado en la parte considerativade la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 010 : Ministerio de EducacinUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educacin Bsica
para TodosASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5000667 : Desarrollo de la Educacin Secundaria de MenoresFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 13 803 300,00
TOTAL EGRESOS 13 803 300,00 ===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGO : Gobiernos Regionales
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 13 803 300,00
TOTAL EGRESOS 13 803 300,00 ===========
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 delpresente artculo y los montos de transferencia por pliego,se consignan en el Anexo Costo de Asignacin Especial
para profesores que laboran en los distritos que formanparte de mbito de intervencin directa e influencia delVRAEM, que forma parte integrante del presente DecretoSupremo, el cual se publica en los portales institucionalesdel Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe) y delMinisterio de Economa y Finanzas (www.mef.gob.pe), enla misma fecha de publicacin de la presente norma en elDiario Oficial El Peruano.
Artculo 2.- Procedimiento para la AprobacinInstitucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador yhabilitados en la presente Transferencia de Partidasaprueban mediante resolucin, la desagregacin de losrecursos autorizados en el artculo 1 del presente DecretoSupremo a nivel programtico, dentro de los cinco (5) dascalendario de la vigencia del presente dispositivo legal.Copia de la Resolucin ser remitida dentro de los cinco(5) das de aprobada a los organismos sealados en elnumeral 23.2 del artculo 23 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los Pliegos involucrados, solicitar a la DireccinGeneral de Presupuesto Pblico del Ministerio deEconoma y Finanzas, las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporacin de nuevasPartidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesen los Pliegos involucrados instruirn a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en el presente DecretoSupremo.
Artculo 3.- Limi taci n al uso de los recur sosLos recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artculo 1 del presente Decreto Supremono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.
Artculo 4.- Del refrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por
el Ministro de Economa y Finanzas y el Ministro deEducacin.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrsdas del mes de junio del ao dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVMinistro de Educacin
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Autorizan Transferencia de Partidasen el Presupuesto del Sector Pblicopara el Ao Fiscal 2014 a favor de
la Superintendencia de TransporteTerrestre de Personas, Carga yMercancas - SUTRAN
DECRETO SUPREMON 151-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N 29380, se crea laSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas,Carga y Mercancas (SUTRAN), adscrita al Ministeriode Transportes y Comunicaciones, encargada denormar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividadesdel transporte de personas, carga y mercancas.Tiene personera jurdica de derecho pblico interno,con autonoma tcnica, funcional, administrativay presupuestal; asimismo, constituye un pliegopresupuestal, y cuenta con Reglamento aprobadomediante Decreto Supremo N 033-2009-MTC;
Que, la Octogsima Octava DisposicinComplementaria Final de la Ley N 30114, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014, autoriza, excepcionalmente, al Ministerio deTransportes y Comunicaciones a realizar modificacionespresupuestarias en el nivel institucional, durante el AoFiscal 2014, a favor del pliego Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas(SUTRAN), para el fortalecimiento de sus operaciones defiscalizacin. Para tal fin, se excepta al pliego Ministeriode Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto en elliteral c) del numeral 41.1 del artculo 41 y en los artculos76 y 80 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF, debiendoser autorizadas mediante decreto supremo refrendadopor el Ministro de Economa y Finanzas y el Ministro deTransportes y Comunicaciones, a solicitud de este ltimo;
Que, a travs del Oficio N 377-2014-SUTRAN/01.2,la Superintendente de la Superintendencia de TransporteTerrestre de Personas, Carga y Mercancas (SUTRAN),en el marco de lo dispuesto en la Octogsima OctavaDisposicin Complementaria Final de la Ley N 30114, hasolicitado al Ministerio de Transportes y Comunicacionesrecursos adicionales para el presente ao fiscal, para elfortalecimiento de la capacidad de fiscalizacin y sancinde los servicios de transporte terrestre de personas,carga y mercancas, con la finalidad que se desarrollenen adecuadas condiciones de seguridad y calidad a favorde los usuarios, en las regiones donde la SUTRAN tienepresencia;
Que, a travs del Memorndum N 121-2014-MTC/20,el Director Ejecutivo del Proyecto Especial ProvasNacional, Unidad Ejecutora del Pliego 036: Ministerio deTransportes y Comunicaciones informa que, de acuerdoa la proyeccin del gasto al cierre del ao fiscal 2014,dicha unidad ejecutora cuenta con recursos, en la fuentede financiamiento Recursos Ordinarios, que pueden serdestinados al pedido realizado por la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas(SUTRAN);
Que, a travs del Memorando N 1078-2014-MTC/09.03,la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, adjuntael Informe N 659-2014-MTC/09.03 de la Oficina dePresupuesto de la citada Oficina General, y proponeun proyecto de Decreto Supremo que autoriza unatransferencia de partidas, a favor de la Superintendenciade Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas(SUTRAN), en el marco de lo dispuesto en la OctogsimaOctava Disposicin Complementaria Final de la Ley
N 30114, para el fortalecimiento de la capacidad defiscalizacin y sancin de los servicios de transporteterrestre de personas, carga y mercancas, sealandoque en el presupuesto institucional del ao fiscal 2014del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones,Unidad Ejecutora 007: Provas Nacional, por la fuente definanciamiento Recursos Ordinarios, existen recursos que
pueden ser destinados a la citada transferencia; en virtudde lo cual, con Oficio N 644-2014-MTC/04, el referidoMinisterio solicita la transferencia de recursos;
Que, en consecuencia, en aplicacin de lo dispuesto
en la Octogsima Octava Disposicin ComplementariaFinal de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del SectorPblico para el Ao Fiscal 2014, resulta necesarioaprobar una Transferencia de Partidas hasta por la sumade DOCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.12 000 000,00), con cargo a la fuente de financiamientoRecursos Ordinarios, del presupuesto institucional delao fiscal 2014 del pliego 036: Ministerio de Transportesy Comunicaciones, Unidad Ejecutora 007: ProvasNacional, a favor del pliego 202: Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancas(SUTRAN), para los fines sealados en los considerandosprecedentes;
De conformidad con lo establecido en la OctogsimaOctava Disposicin Complementaria Final de la Ley N30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el AoFiscal 2014;
DECRETA:
Ar tcu lo 1.- ObjetoAutorzase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal2014, hasta por la suma de DOCE MILLONES Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 12 000 000,00), del pliego Ministeriode Transportes y Comunicaciones, a favor del pliegoSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas,Carga y Mercancas (SUTRAN), para el fortalecimiento dela capacidad de fiscalizacin y sancin de los servicios detransporte terrestre de personas, carga y mercancas, deacuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 007 : Provas NacionalPROGRAMAPRESUPUESTAL 0061 : Reduccin del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema deTransporte Terrestre
PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre InversinFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisicin de Activos No Financieros 12 000 000,00
TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 202 : Superintendencia de TransporteTerrestre de Personas, Carga yMercancas - SUTRAN
UNIDAD EJECUTORA 001 : Gestin y Administracin GeneralPROGRAMAPRESUPUESTAL 0061 : Reduccin del Costo, Tiempo e
Inseguridad Vial en el Sistema deTransporte Terrestre
PRODUCTO 3000478 : Servicios de Transporte Terrestre yComplementarios Fiscalizados
ACTIVIDAD 5003418 : Fiscalizacin al Servicio de TransporteTerrestre de Personas
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 5 473 824,00
GASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisicin de Activos No Financieros 1 512 752,00
ACTIVIDAD 5003419 : Fiscalizacin al Servicio de TransporteTerrestre de Mercancas
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 699 310,00
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5/23/2018 Normas Legales 24-06-2014 [TodoDocumentos.info]
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014525872
GASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisicin de Activos No Financieros 1 056 330,00
ACTIVIDAD 5003424 : Procedimiento Sancionador al Servicio
de Transporte Terrestre de Personas,Mercancas, Trnsito y ServiciosComplementarios
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 1 157 784,00
ACTIVIDAD 5004390 : Fiscalizacin del Trnsito a Vehculosde Transporte Terrestre
FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES2.3 Bienes y Servicios 1 500 000,00
GASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisicin de Activos no Financieros 600 000,00 TOTAL EGRESOS 12 000 000,00
Ar tculo 2.- Procedimiento para la Apr obacinInstitucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitadoen la presente Transferencia de Partidas, apruebanmediante Resolucin, la desagregacin de los recursosautorizados en el artculo 1 de la presente norma, a nivelprogramtico, dentro de los cinco (5) das calendario dela vigencia del presente dispositivo legal. Copia de laResolucin ser remitida dentro de los cinco (5) das deaprobada a los organismos sealados en el numeral 23.2del artculo 23 del Texto nico Ordenado de la Ley N28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga susveces en los Pliegos involucrados, solicitar a la DireccinGeneral de Presupuesto Pblico las codificaciones quese requieran como consecuencia de la incorporacin de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades deMedida.2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, instruir a las UnidadesEjecutoras para que elaboren las correspondientes Notaspara Modificacin Presupuestaria que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Ar tcu lo 3.- Limitacin al uso de los recursosLos recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artculo 1 del presente Decreto Supremono podrn ser destinados, bajo responsabilidad, a finesdistintos para los cuales son transferidos.
Ar tcu lo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economa y Finanzas y por el Ministro deTransportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrsdas del mes de junio del ao dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas
CARLOS PAREDES RODRGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones
1100944-3
Aprueban ndices de Distribucin delCanon Min ero pr oveni ente del Im puestoa la Renta correspondiente al EjercicioFiscal 201 3
RESOLUCIN MINISTERIALN 204-2014-EF/11
Lima, 20 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el artculo 77 de la Constitucin Polticadel Per dispone que corresponde a las respectivas
circunscripciones, conforme a ley, recibir una participacinadecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos porel Estado en la explotacin de los recursos naturales encada zona en calidad de canon;
Que, la Ley N 27506, Ley de Canon, determina losrecursos naturales cuya explotacin genera Canon, yregula su distribucin en favor de los gobiernos regionalesy gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichosrecursos naturales;
Que, el artculo 9 de la Ley N 27506, Ley de Canon,seala que el Canon Minero est constituido por el50% (cincuenta por ciento) del total de ingresos y rentasobtenidos por el Estado en la actividad minera, por elaprovechamiento de los recursos minerales, metlicos yno metlicos;
Que, el numeral 5.2 del artculo 5 de la citada Ley N27506, y normas modificatorias, establece los criterios y
porcentajes para la distribucin del Canon Minero a losgobiernos regionales y locales beneficiarios, de acuerdoa los ndices de distribucin que fije el Ministerio deEconoma y Finanzas en base a criterios de Poblacin yNecesidades Bsicas Insatisfechas;
Que, de acuerdo al numeral 5.3 del mismo artculo5, cuando el titular minero posee varias concesionesen explotacin ubicadas en circunscripciones distintas,el Canon Minero se distribuir en proporcin al valorde venta del concentrado o equivalente proveniente decada concesin, segn declaracin jurada sustentada encuentas separadas que formular el titular minero a losMinisterios de Economa y Finanzas y de Energa y Minas;siendo que, en el caso de la minera no metlica, el canonminero se distribuye en funcin del valor del componenteminero. Cuando la extensin de una concesin mineraen explotacin comprenda circunscripciones vecinas, ladistribucin se realizar en partes iguales;
Que, el literal a) del artculo 2 del Reglamento de la Leyde Canon, aprobado por el Decreto Supremo N 005-2002-EF y sus modificatorias, establece la base de referenciapara calcular el Canon Minero, y dispone que en el casode empresas que cuenten con alguna concesin minerapero cuya principal actividad no se encuentre reguladapor la Ley General de Minera se aplicar un factor sobreel Impuesto a la Renta pagado por dichas empresas afin de determinar el monto del citado Impuesto que serutilizado para calcular el Canon. Agrega que este factorse obtendr de la estructura de costos de produccin dela Estadstica Anual Manufacturera del Ministerio de laProduccin;
Que, el literal g) del artculo 2 del Reglamento dela Ley de Canon, seala que en el caso de empresasque realizan diversas actividades de las que se derivanms de un Canon proveniente del Impuesto a la Renta,
el monto total a distribuirse por este concepto serel 50% del mencionado Impuesto pagado por dichasempresas. Para efectos de la determinacin de la basede referencia del Canon Minero, Canon Gasfero, CanonHidroenergtico y Canon Pesquero, dicho monto total serdividido de manera proporcional en funcin a la UtilidadBruta o Ventas Netas de cada una de sus actividades,en ese orden de prioridad, para lo cual los Ministerioscorrespondientes solicitarn tal informacin a las referidasempresas. En el caso de empresas que no cuenten coninformacin desagregada de la Utilidad Bruta o VentasNetas por actividades, la base de referencia de dichosCanon se determinar en partes iguales;
Que, el literal a) del artculo 5-A del citado Reglamentoestablece que cuando el titular minero posee variasconcesiones en explotacin ubicadas en circunscripcionesdistintas, el Canon Minero ser distribuido en proporcin alvalor de venta del concentrado o equivalente provenientede cada concesin, segn declaracin jurada sustentadaen cuentas separadas que formular el titular minero alMinisterio de Energa y Minas y al Ministerio de Economay Finanzas;
Que, asimismo, el literal e) del citado artculo disponeque la informacin que el Ministerio de Energa y Minas
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5/23/2018 Normas Legales 24-06-2014 [TodoDocumentos.info]
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El PeruanoMartes 24 de junio de 2014 525873
remite al Ministerio de Economa y Finanzas en atencin alo dispuesto en el literal a) del artculo 7 del mencionadoReglamento, deber consolidar, coordinar y uniformizar lainformacin contenida en la declaracin jurada referida en
el prrafo precedente;Que, el literal a) del artculo 7 del Reglamento de la
Ley de Canon establece que para la determinacin delmonto del Canon Minero proveniente del Impuesto ala Renta, el Ministerio de Energa y Minas informar alMinisterio de Economa y Finanzas respecto a los titulareso concesionarios o empresas, ubicacin distrital delrecurso explotado y su RUC correspondiente, que duranteel Ejercicio gravable del ao anterior hayan realizadoactividades extractivas de recursos naturales;
Que, por su parte, el literal b) del numeral 15.5 delartculo 15 del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,aprobado por el Decreto Supremo N 304-2012-EF, enconcordancia con lo dispuesto en la Cuarta DisposicinComplementaria Final del Decreto Supremo N 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organizacin
y Funciones del Ministerio de Economa y Finanzas,establece que los ndices de distribucin del Canon Mineroson aprobados por el Ministerio de Economa y Finanzasmediante Resolucin Ministerial sobre la base de losclculos que para tal efecto formule la Direccin Generalde Presupuesto Pblico de este Ministerio, segn loscriterios establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la informacin proporcionada porel Instituto Nacional de Estadstica e Informtica mediantelos Oficios Ns. 060 y 589-2014-INEI/DTDIS; por el Ministeriode Energa y Minas mediante los Oficios Ns. 086, 099, 108y 117-2014-MEM/VMM; por la Superintendencia Nacionalde Aduanas y de Administracin Tributaria mediante elOficio N 306-2014-SUNAT/100000; por el Ministerio de laProduccin mediante el Oficio N 0062-2014-PRODUCE/DVMYPE-I y por la Direccin General de Endeudamientoy Tesoro Pblico mediante Memorando N 217-2014-EF/52.07, la Direccin General de Presupuesto Pblico deeste Ministerio ha efectuado los clculos correspondientespara la determinacin de los ndices de Distribucindel Canon Minero proveniente del Impuesto a la Rentacorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2013, segn lo indicadoen el Informe N 030-2014-EF/50.03;
Que, en virtud de lo sealado en los considerandosprecedentes resulta necesario aprobar los ndices deDistribucin del Canon Minero proveniente del Impuesto ala Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013;
De conformidad con lo dispuesto en el literal b) delnumeral 15.5 del artculo 15 del Texto nico Ordenadode la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N 304-2012-EF, la Ley N 27506, Ley de Canon, su Reglamentoaprobado por el Decreto Supremo N 005-2002-EF, y susnormas modificatorias;
SE RESUELVE:Ar tcu lo 1.-Aprubense los ndices de Distribucin
del Canon Minero proveniente del Impuesto a la Rentacorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2013, a ser aplicados alos gobiernos regionales y gobiernos locales beneficiarios,conforme al Anexo que forma parte de la presenteResolucin Ministerial.
Artculo 2.- Los ndices de Distribucin del CanonMinero proveniente del Impuesto a la Renta correspondienteal Ejercicio Fiscal 2013 consideran la informacin remitidapor el Ministerio de la Produccin, el Instituto Nacional deEstadstica e Informtica, la Superintendencia Nacionalde Aduanas y de Administracin Tributaria, as como porel Ministerio de Energa y Minas.
Artculo 3.-La presente Resolucin Ministerial y surespectivo Anexo sern publicados en el Diario OficialEl Peruano y en el portal institucional del Ministerio deEconoma y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regstrese, comunquese y publquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMiinistro de Economa y Finanzas
ANEXONDICES DE DISTRIBUCIN
CANON MINEROAO 2013
GOBIERNOS LOCALES (DEPARTAMENTO / PROVINCIA/ MUNICIPALIDADES) Y GOBIERNOS REGIONALES
NDICE
TOTAL 1.0000000000
GOBIERNOS LOCALES
AMAZONAS
CHACHAPOYASCHACHAPOYAS 0.0000000003
ASUNCION 0.0000000000
BALSAS 0.0000000004
CHETO 0.0000000000
CHILIQUIN 0.0000000000CHUQUIBAMBA 0.0000000000
GRANADA 0.0000000000
HUANCAS 0.0000000000
LA JALCA 0.0000000002
LEIMEBAMBA 0.0000000001
LEVANTO 0.0000000000
MAGDALENA 0.0000000000
MARISCAL CASTILLA 0.0000000000
MOLINOPAMPA 0.0000000001
MONTEVIDEO 0.0000000000
OLLEROS 0.0000000000
QUINJALCA 0.0000000000SAN FRANCISCO DEDAGUAS
0.0000000000
SAN ISIDRO DE MAINO 0.0000000000SOLOCO 0.0000000000
SONCHE 0.0000000000
BAGUA
BAGUA 0.0000000000
ARAMANGO 0.0000000000
COPALLIN 0.0000000000
EL PARCO 0.0000000000
IMAZA 0.0000000001
LA PECA 0.0000000000
0.0000000000
BONGARA 0.0000000000
JUMBILLA 0.0000000000
CHISQUILLA 0.0000000000
CHURUJA 0.0000000000COROSHA 0.0000000000
CUISPES 0.0000000000
FLORIDA 0.0000000000
JAZAN 0.0000000000
RECTA 0.0000000000
SAN CARLOS 0.0000000000
SHIPASBAMBA 0.0000000000
VALERA 0.0000000000
YAMBRASBAMBA 0.0000000000
CONDORCANQUINIEVA 0.0000000001
EL CENEPA 0.0000000000
RIO SANTIAGO 0.0000000001
LUYALAMUD 0.0000000000
CAMPORREDONDO 0.0000000000
COCABAMBA 0.0000000000
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