obligados a presentar declaración de situación patrimonial desde el nivel de jefe de unidad...
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Obligados a presentar Obligados a presentar declaración de declaración de situación patrimonialsituación patrimonial
Desde el nivel de Jefe de Unidad Departamental hasta el Jefe de Gobierno.
Agentes del Ministerio Público y policías judiciales; y
En el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, Magistrados y Secretarios o sus equivalentes.
LEY FEDERAL DE LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOSPÚBLICOS
(Genérica)
Artículo 80, fracciones V, VI Y VII
Señala quienes son los Servidores Públicos obligados a presentar declaración de situación patrimonial de acuerdo a la función desarrollada. Ir a
Independientemente de la función desarrollada, quienes tengan el cargo o sueldo equivalente a partir de Líder Coordinador de Proyecto. ($14,774) Las personas bajo el
régimen de honorarios. cuyas funciones o nivel de percepciones correspondan a los servidores públicos comprendidos en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y en el presente acuerdo.
Obligados a presentar Obligados a presentar declaración de declaración de situación patrimonialsituación patrimonial
Acuerdo publicado en la GODF el 15 de agosto de 2002
ACUERDO MEDIANTE EL ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DETERMINA A CUAL SE DETERMINA A LOS SERVIDORES LOS SERVIDORES PÚBLICOS QUE DEBERAN PÚBLICOS QUE DEBERAN PRESENTAR PRESENTAR DECLARACIÓN DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN ADICIÓN PATRIMONIAL EN ADICIÓN A LOS QUE SEÑALA LA A LOS QUE SEÑALA LA LFRSPLFRSP
Plazos para presentar la Plazos para presentar la declaración de declaración de situación patrimonialsituación patrimonial
CONCLUSIÓNCONCLUSIÓN
Dentro de los 30 días naturales siguientes a la conclusión del encargo, y
INICIALINICIAL
Dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión.
ANUAL (MODIFICACIÓN)ANUAL (MODIFICACIÓN)
Durante el mes de mayo de cada año se presenta la declaración anual de situación patrimonial.
Salvo que en ese mismo año se hubiese presentado la declaración inicial.
Artículo 81 Artículo 81 fracciones I,II y III fracciones I,II y III de la LFRSPde la LFRSP
Que se debe manifestar Que se debe manifestar en cada declaraciónen cada declaración
El ingreso mensual neto por el cargo publico que concluye
Los bienes muebles, inmuebles y vehiculos que tenga el declarante al concluir el cargo
Las inversiones y gravámenes que tenga al concluir el encargo
La aplicación mensual de los recursos
CONCLUSIONCONCLUSION
El ingreso anual neto por el cargo publico
Los bienes muebles, inmuebles y vehiculos adquirido en el ejercico que declara
Las inversiones y gravámenes que tenga al 31 de diciembre del ejercicio que declara
La aplicación anualde los recursos
ANUALANUAL
INICIALINICIAL
El ingreso mensual neto por el cargo publico que inicia
Los bienes muebles, inmuebles y vehiculos que tenga el declarante al inicio del cargo
Las inversiones y gravámenes que tenga al inicio del encargo
La aplicación mensual de los recursos
Obten la clave de usuario y contraseña en la dirección www.contraloria.df.gob.mx
1.- Si cuentas con antecedentes patrimoniales ante la CGDF, digita la información que aparece en el acuse de recibo de la última declaración presentada.
2.- Si no cuentas con antecedentes patrimoniales ante la CGDF, digita la información que se solicita en la pantalla.
AAIngresar al formato para presentar la declaración inicial, conclusión o anual digitando la clave de usuario y contraseña, manifestar la información requerida, señalar si desea hacer público su patrimonio y en su caso hacer su propia versión pública, y transmitir la declaración.
BBSi no tenias antecedentes ante la CGDF, deberas presentar en el módulo de Av. Juárez 92, la solicitud de inscripción al registro patrimonial que podras imprmir una vez hayas trasmitido la declaración inicial.
Si ya constabas con un antecedente patrimonial ante la CGDF con la transmisión concluyes el trámite.
CC
El El A B CA B C para presentar para presentar la declaración en line@la declaración en line@
regresar
En la Secretaría de Gobierno: Los Procuradores Auxiliares, y los Verificadores o Inspectores de Trabajo.En la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda: Los certificadores en el Registro de los Planes y Programas de Desarrollo Urbano
En la Secretaria del Medio Ambiente: Los Inspectores o Verificadores Ambientales
En la Secretaria del Medio Ambiente: Los Inspectores o Verificadores Ambientales
En la Secretaria de Salud: Los Inspectores o Verificadores Sanitarios.
En la Secretaria de Finanzas: Los Coordinadores de Auditoria Supervisores de Auditoria, Coordinadores de Verificación Fiscal, Peritos Valuadores Auditores, e Inspectores de Espectáculos.
En la Secretaría de Transportes y Vialidad: los Inspectores del Servicio Público del Transporte, Jefes de Oficina de Licencias, Jefes de Oficina de Control Vehicular y Jefes de Oficina de Revista Vehicular
En la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal: Los Oficiales Secretarios del M.P. y los Peritos.
En la Consejería Jurídica y de Servicios Legales: Los Jueces Cívicos y del Registro Civil y sus respectivos Secretarios, así como los registradores en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
En los Órganos Político Administrativos: Los Verificadores o Inspectores de Establecimientos Mercantiles, Espectáculos Públicos, Mercados. Vía Pública. Uso de Suelo y Construcciones.
En la Contraloría General del Distrito Federal: Los servidores públicos que por sus funciones tienen el carácter de confianza. (ENLACE)
En los Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal: Los servidores públicos que realicen funciones de Verificación (Verificador o Dictaminador Sanitario o Especializado) o Inspección
En el Fideicomiso Central de Abastos: los servidores públicos que realicen funciones de Supervisión, Verificación o Inspección.