operaciones bancarias activas - operaciones auxiliares de gestiÓn de tesorerÍa

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MÓDULO “OPERACIONES AUXILIARES DE GESTIÓN DE TESORERÍA” - GESTIÓN ADMINISTRATIVA DAVID ESPINOSA SALAS - I.E.S. GREGORIO PRIETO (VALDEPEÑAS) UNIDAD 9. OPERACIONES BANCARIAS ACTIVAS www.davidespinosa.es UNIDAD 9 132 Unidad 9. Operaciones bancarias activas 0. ÍNDICE. 1. INTRODUCCIÓN A LAS OPERACIONES BANCARIAS ACTIVAS. 2. LAS CUENTAS DE CRÉDITO 2.1. Concepto. 2.2. Liquidación de una cuenta de crédito. 3. LOS PRÉSTAMOS. 3.1. Préstamos personales. 3.2. Préstamos hipotecarios. 4. EL DESCUENTO DE EFECTOS. 4.1. La letra de cambio. 5. EL DESCUBIERTO EN CUENTA CORRIENTE. ACTIVIDADES FINALES.

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Unidad 9 del módulo profesional "Operaciones auxiliares de Gestión de Tesorería" correspondiente al ciclo formativo de grado medio "Gestión Administrativa".

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UNIDAD 9. OPERACIONES BANCARIAS ACTIVAS

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UNIDAD 9

132

Unidad 9. Operaciones bancarias activas 0. ÍNDICE.

1. INTRODUCCIÓN A LAS OPERACIONES BANCARIAS ACTIVAS.

2. LAS CUENTAS DE CRÉDITO

2.1. Concepto. 2.2. Liquidación de una cuenta de crédito.

3. LOS PRÉSTAMOS.

3.1. Préstamos personales. 3.2. Préstamos hipotecarios.

4. EL DESCUENTO DE EFECTOS.

4.1. La letra de cambio.

5. EL DESCUBIERTO EN CUENTA CORRIENTE.

ACTIVIDADES FINALES.

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1. INTRODUCCIÓN A LA OPERACIONES BANCARIAS ACTIVAS. Las operaciones activas, que se formalizan en un contrato bancario, son todas aquellas operaciones mediante las cuales las entidades bancarias prestan fondos a los clientes que los necesitan. Las operaciones activas representan para las entidades bancarias un derecho de cobro frente a los clientes, figurando en el activo de sus balances. Es decir, estas entidades tienen derecho a recuperar el dinero prestado y a percibir los intereses pactados. Las operaciones activas más importantes, son las siguientes:

• Las cuentas de crédito. • Los préstamos. • El descuento de efectos. • El descubierto en cuenta corriente.

2. LAS CUENTAS DE CRÉDITO. 2.1. Concepto. Una cuenta de crédito es un contrato mediante el cual, una entidad bancaria pone a disposición de un cliente una cantidad de dinero o límite de crédito. El cliente va disponiendo de ese dinero a medida que lo necesita, teniendo que pagar intereses por las cantidades dispuestas y una comisión por el capital no utilizado. La póliza de crédito es el documento en el que se formalizan las cuentas de crédito. En este documento se recogen las condiciones generales y particulares acordadas por las partes. La póliza es intervenida por un fedatario público, acreditando las condiciones particulares del contrato. Otras características de las cuentas de crédito son las siguientes:

• Los plazos de concesión del crédito suelen ser por semestres y años renovables.

• Una vez abierta la cuenta de crédito, la entidad bancaria carga en la misma los gastos iniciales de la operación que son por cuenta del cliente: comisión de apertura (en tanto por mil sobre el límite del crédito concedido); gastos de corretaje (derivados de la intervención del fedatario público, también se calculan aplicando un tanto por mil sobre el límite del crédito concedido); etc.

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• El titular de la cuenta de crédito puede efectuar pagos a través de ella, como en una cuenta corriente normal (domiciliaciones, cheques, etc.). De la misma forma, el titular puede realizar ingresos en la cuenta, con el fin de reducir el saldo dispuesto.

• El cliente puede sobrepasar el límite de la cuenta de crédito, es decir, puede sacar más dinero del inicialmente previsto. En estas circunstancias, se le aplica un interés distinto por el capital excedido, que es superior al interés aplicable por disposiciones dentro de los límites acordados.

• La entidad bancaria cobra una comisión de no disponibilidad, que se calcula sobre el saldo medio no dispuesto en relación con el límite (puede llegar hasta el 1%). Otra de las comisiones que puede cobrar la entidad bancaria es la que se aplica sobre el mayor saldo excedido.

• La liquidación de intereses y de la comisión de no disponibilidad se suele realizar de forma trimestral.

• La cancelación de la cuenta puede efectuarse en el momento en que lo desee el cliente, u obligatoriamente en la fecha en que finalice el período estipulado (a menos que éste sea renovable). El cliente reintegra el saldo que hubiera a favor de la entidad, después de efectuada al correspondiente liquidación, quedando extinguidas las relaciones entre ambas partes. 2.2. Liquidación de una cuenta de crédito. Al igual que en las cuentas corrientes, liquidar una cuenta de crédito es calcular los intereses y las comisiones que se han generado como consecuencia de las distintas operaciones realizadas entre dos fechas de liquidación consecutivas. El formato que se utilizará a la hora de liquidar una cuenta de crédito es el siguiente:

Fecha Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

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El método que se suele utilizar en la liquidación de las cuentas de crédito es el método hamburgués o de saldos (prescindiremos de la columna “fecha” dado que no influye en la liquidación). A continuación, se comentan los pasos a seguir para liquidar una cuenta de crédito: 1º PASO: anotar en el debe de la columna de capitales la comisión de apertura, los gastos de corretaje, etc. (con fecha valor correspondiente al día de apertura de la cuenta de crédito, y siempre que se trate de la primera liquidación). Registrar, a continuación, el resto de las operaciones en el debe o en el haber (según proceda), ordenadas según la fecha valor o fecha de vencimiento. Al mismo tiempo, se debe ir calculando el saldo después de cada anotación, como diferencia entre los capitales del debe y del haber. Ejemplo 1. Efectuar la liquidación correspondiente al tercer trimestre del año 200X, de una cuenta de crédito abierta el 1 de julio de 200X, a partir de los siguientes datos:

• Límite de crédito: 15.000€ • Comisión de apertura: 5 por mil (mínimo 60€). • Gastos de corretaje: 2 por mil. • Operaciones:

Concepto Capital Vencimiento Letra a su cargo 13.000€ 5/7 Cheque a su cargo 300€ 15/7 Abonaré 850€ 2/8 Compra de valores 4.000€ 16/8 Dividendo activo 100€ 2/9 Recibo a su cargo 550€ 23/9 Abonaré 6.200€ 28/9

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

Com. de apertura Gtos. de corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra de valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

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2º PASO: hallar los días, que se cuentan de vencimiento a vencimiento, y del último vencimiento a la fecha de cierre.

Ejemplo 1 (continuación).

3º PASO: determinar los números comerciales multiplicando los saldos por los días. Si en algún momento el saldo deudor es superior al límite del crédito concedido: a) se multiplicará el saldo deudor hasta el límite del crédito concedido (15.000€) por los días, anotándose en la columna de números deudores; b) se multiplicará el saldo deudor en la parte que exceda del límite del crédito concedido por los días, anotándose en la columna de números deudores excedidos. Finalmente, se sumarán los números deudores, los números deudores excedidos y los números acreedores.

Ejemplo 1 (continuación).

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

Com. de apertura Gtos. de corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra de valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

0 4 10 18 14 17 21 5 2

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

Com. de apertura Gtos. de corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra de valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

0 4 10 18 14 17 21 5 2

0 420

131.050 241.290 175.770 255.000 315.000 75.000 21.610

1.215.140

26.435 30.555 10.025

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4º PASO: calcular los intereses deudores, los intereses deudores excedidos y los intereses acreedores (poco habituales), dividiendo los números entre los divisores fijos correspondientes. A continuación, se anotarán los intereses deudores y los deudores excedidos en el debe de la columna de capitales, y los intereses acreedores en el haber.

Ejemplo 1 (continuación): el interés anual deudor es el 10%, el interés anual deudor excedido es el 16% y el interés anual acreedor es el 0,25%. INTERESES A N/F = = = 332,92€

3.650 365 365

DIVISOR FIJO DEUDOR = = = 3.650 0,1 INTERESES A N/F EXCEDIDOS = = = 29,38€

2.281,25 DIVISOR FIJO 365 365 DEUDOR EXCEDIDO = = = 2.281,25

INT ANUAL DEUDOR EXC. 0,16

SUMA DE NÚMEROS DEUDORES

DIVISOR FIJO DEUDOR

INTERÉS ANUAL DEUDOR

1.215.140

SUMA DE NÚMEROS DEUDORES EXCEDIDOS

DIVISOR FIJO DEUDOR EXCEDIDO

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Ejemplo 1 (continuación).

5º PASO: anotar la comisión de no disponibilidad y la comisión sobre el máximo excedido en el debe de la columna de capitales. Dichas comisiones consisten en un tanto por mil sobre el saldo medio no dispuesto y sobre el saldo máximo excedido, respectivamente SALDO MEDIO NO DISPUESTO = LÍMITE DE CRÉDITO – SALDO MEDIO DISPUESTO SALDO MEDIO DISPUESTO = SUMA DE NÚMEROS DEUDORES / DÍAS DE LIQUIDACIÓN Ejemplo 1 (continuación): comisión de no disponiblidad 5‰; comisión sobre el máximo excedido 1‰ SALDO MEDIO DISPUESTO = 1.215.140€ / 91 = 13.353,19€ SALDO MEDIO NO DISPUESTO = 15.000€ - 13.353,19€ = 1.646,81€ COMISIÓN DE NO DISPONIBILIDAD = 0,005 × 1.646,81€ = 8,23€ COMISIÓN SOBRE EL MÁXIMO EXCEDIDO = 0,001 × 2.005€ = 2,01€

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

Com. de apertura Gtos. de corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra de valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

0 4 10 18 14 17 21 5 2

0 420

131.050 241.290 175.770 255.000 315.000 75.000 21.610

1.215.140

26.435 30.555 10.025

67.015

Intereses a n/f Inter. a n/f exced.

332,92€ 29,38€

11.137,92€ 11.167,3€

30/9 30/9

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Ejemplo 1 (continuación).

6º PASO: calcular el saldo a cuenta nueva, como diferencia entre el debe y el haber de capitales, registrándolo en la columna con menor importe, con el fin de equilibrarlas.

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Acreedor Deudores Deudores excedidos

Acreedores

Com. de apertura Gastos corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra de valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

0 4 10 18 14 17 21 5 2

0 420

131.050 241.290 175.770 255.000 315.000 75.000 21.610

1.215.140

26.435 30.555 10.025

67.015

Intereses a n/f Inter. a n/f exced. Com. no disponib. Com. máx. exc.

332,92€ 29,38€ 8,23€ 2,01€

11.137,92€ 11.167,3€ 11.175,53€ 11.177,54€

30/9 30/9 30/9 30/9

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Ejemplo 1 (continuación).

3. LOS PRÉSTAMOS. En la unidad 6, se estudió el concepto y los elementos de un préstamo, así como algunos de los sistemas de amortización más utilizados. Los préstamos bancarios son operaciones activas consistentes en la entrega de una cantidad de dinero por parte de una entidad bancaria (prestamista) a un cliente (prestatario), quien se compromete a devolver dicha cantidad más los intereses correspondientes en la forma y plazos acordados. En esta pregunta, se van a comentar dos de los préstamos más importantes: el préstamo personal y el préstamo hipotecario.

Concepto Capitales Saldo Vto. Días Números

Debe Haber Deudor Ac. Deudores Deudores excedidos

Acree.

Com. de apertura Gastos corretaje Letra a su cargo Cheque a su cargo

Abonaré Compra valores Dividendo activo Recibo a su cargo

Abonaré

75€ 30€

13.000€ 300€

4.000€

550€

850€

100€

6.200€

75€ 105€

13.105€ 13.405€ 12.555€ 16.555€ 16.455€ 17.005€ 10.805€

1/7 1/7 5/7 15/7 2/8 16/8 2/9 23/9 28/9

0 4 10 18 14 17 21 5 2

0 420

131.050 241.290 175.770 255.000 315.000 75.000 21.610

1.215.140

26.435 30.555 10.025

67.015

Intereses a n/f Int. a n/f exced Com. no disponib. Com. máx exc.

Sdo cta nueva n/f

332,92€ 29,38€ 8,23€ 2,01€

11.177,54€

11.137,92€ 11.167,3€ 11.175,53€ 11.177,54€

30/9 30/9 30/9 30/9 30/9

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3.1. Préstamos personales.

Los préstamos personales son aquellos que se conceden en base a la garantía de solvencia económica del cliente (ingresos periódicos suficientes) y/o la solvencia de otras personas que actúan como avalistas de la operación. Los avalistas contraen la obligación de pagar el préstamo en caso de que no lo haga el prestatario. Los préstamos personales son concedidos a particulares y a empresas. Los primeros suelen destinarlos al consumo: compra de un coche, de un ordenador, etc. Las segundas los utilizan para adquirir elementos del activo (maquinaria, elementos de transporte, existencias, etc.). En cualquier caso, el período de amortización de este tipo de préstamos suele estar comprendido entre uno y cinco años (aunque puede ser mayor). El préstamo personal se suele formalizar en un documento denominado póliza de préstamo, que es el contrato mediante el cual se comprometen las partes (entidad bancaria, cliente y avalistas) a cumplir las condiciones generales y particulares de la operación. En el momento de la firma del contrato, puede intervenir un fedatario público, quien da fe de la operación, convirtiendo de esta forma la póliza en un documento público. Entre los gastos que suele cargar la entidad bancaria a sus clientes por la concesión, formalización y cancelación del préstamo personal, se pueden destacar: comisión de apertura, comisión de estudio, gastos de corretaje, seguro de vida temporal de amortización del préstamo y compensación por cancelación anticipada.

Se puede pactar con la entidad financiera, un período de carencia (que puede ser total o de amortización).

3.2. Préstamos hipotecarios. Las entidades bancarias conceden, además de los préstamos personales, otros tipos de préstamos en los que las garantías exigidas a los clientes son bienes inmuebles o muebles (préstamos reales). Entre éstos, los más frecuentes son los préstamos hipotecarios. La mayoría de los préstamos hipotecarios son concedidos con garantía de hipoteca inmobiliaria sobre los bienes inmuebles (edificios y terrenos) propiedad del cliente.

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Mediante la hipoteca inmobiliaria, la entidad bancaria, en caso de que el cliente no cumpla sus obligaciones de pago, puede embargar los bienes inmuebles y posteriormente venderlos en pública subasta para resarcirse de la cantidad adeudada. La formalidad de los préstamos hipotecarios exige escritura pública, redactada por un notario y firmada por éste, la entidad bancaria y el cliente. Además, la escritura debe inscribirse en el Registro de la Propiedad. El período de amortización de este tipo de préstamos es más largo que el de los préstamos personales, pudiendo llegar hasta los cuarenta años. Entre los gastos que suele cargar la entidad bancaria a sus clientes por la concesión, formalización y cancelación del préstamo hipotecario, se pueden destacar: comisión de apertura, comisión de estudio, seguro de vida temporal de amortización del préstamo, seguro multirriesgo del hogar y compensación por desistimiento. Además de los anteriores gastos, el cliente debe soportar: gastos de tasación de la vivienda; gastos de notaría (escritura de constitución del préstamo y escritura de cancelación del préstamo); Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (por la escritura de constitución, y no por la de cancelación); gastos de inscripción de las escrituras de constitución y cancelación en el Registro de la Propiedad; gastos de gestoría, etc. 4. EL DESCUENTO DE EFECTOS. Como se comentó en la unidad 3, el descuento o negociación de efectos comerciales es el anticipo por parte de una entidad financiera del crédito (formalizado en uno o varios efectos) que la empresa tiene sobre sus clientes. En estos casos, se establece una línea de descuento en la que se especifica el importe máximo de efectos que la entidad financiera está dispuesta a descontar. También se indicó, que la entidad financiera no entrega a la empresa el nominal del efecto o efectos, sino el resultado de restar a éste el importe del descuento comercial, las comisiones (que pueden variar en función de que los efectos estén o no domiciliados en la entidad) y otros gastos (correo, etc.). El descuento de letras, con sus respectivos cálculos financieros, se recoge en un documento-factura denominado liquidación de efectos descontados. Su envío al cliente es obligatorio en todos los casos.

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Figura 1. Factura de liquidación de efectos descontados

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4.1. La letra de cambio.

La letra de cambio es un documento por el que una persona ordena a otra, pagar una suma determinada a un tercero o a ella misma. Este documento proporciona a la persona que lo emite o a quien lo tiene en su poder una mayor garantía de cobro. La letra de cambio es un documento “timbrado”, cuyo timbre, que representa el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, depende del nominal de la letra. Son impresas por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y se adquieren en estancos y establecimientos autorizados por el Estado. El modelo de letra de cambio fue aprobado en julio de 1999 para adaptarlo a la introducción del euro:

Figura 2. Anverso de una letra de cambio

Timbre

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Figura 3. Reverso de una letra de cambio Las tres figuras que suelen aparecer en las letras de cambio son: a) el librador (persona que emite el documento, dando la orden de pago); b) el librado (persona que recibe la orden de pago); c) el tomador o tenedor (persona a quien ha de efectuarse el pago de la suma de dinero indicada en la letra). Cuando el librado declare en la propia letra, que asume el pago, se convertirá en aceptante. Además, las letras de cambio pueden contener: a) un aval, es decir, cuando una persona –avalista- garantiza al tenedor el pago de la letra, si no lo hace el librado-aceptante; b) un endoso, que se produce cuando el tenedor de la letra –endosante- transmite ésta a un tercero –endosatario-, junto con los derechos que incorpora.

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Esquema 1. El endoso en la letra de cambio Los requisitos formales de una letra de cambio son los siguientes: a) llevar inserta la denominación de letra de cambio; b) el mandato puro y simple de pagar una suma determinada (en euros o en otras monedas admitidas a cotización oficial); c) el lugar y fecha de libramiento, así como la firma del librador; d) el nombre del librado y del tomador o tenedor; e) el vencimiento de la letra de cambio; f) el lugar de pago. Además de estos requisitos formales, la letra de cambio puede contener una serie de cláusulas potestativas, como por ejemplo, la cláusula sin gastos, la cláusula no a la orden, etc. Cualquier letra de cambio puede librarse con vencimiento: a) a fecha fija (la letra vence el día señalado); b) a un plazo contado desde la fecha (el vencimiento se produce el día que resulta de añadir a la fecha de libramiento el plazo correspondiente); c) a un plazo contado desde la vista (igual que el anterior, pero tomando como referencia la fecha de aceptación); d) a la vista (la letra vence cuando se presenta al cobro). En los tres primeros casos, la letra de cambio se podrá cobrar el día de su vencimiento o en uno de los dos días hábiles siguientes. Cuando el vencimiento sea a la vista, la letra se podrá cobrar, como norma general, dentro del año siguiente a la fecha de libramiento. El impago de la letra, permitirá a su tomador o tenedor ejercer alguna de las siguientes acciones cambiarias: a) acción directa, contra el librado-aceptante o sus avalistas, sin necesidad de protesto; b) acción de regreso, contra el librador, los endosantes o sus

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avalistas, respondiendo todos ellos de forma solidaria. Esta última acción, exigirá que la letra de cambio se haya presentado al cobro a su debido tiempo, y que la falta de pago se acredite mediante protesto notarial o declaración equivalente.

5. EL DESCUBIERTO EN CUENTA CORRIENTE. Los descubiertos o “numeros rojos” son situaciones de saldo deudor en una cuenta corriente (excepcionalmente, también en las cuentas de ahorro). Las entidades bancarias tienen dos opciones cuando se le presenta a un cliente un pago superior al saldo acreedor que tiene en su cuenta: a) atender dicho pago, originándose el descubierto; b) no atender el pago, procediendo a la devolución del documento a cargar. A veces, las situaciones de descubierto se producen por la valoración diferente de los abonos y de los cargos, aunque realmente no exista un saldo deudor en la cuenta. Fijémonos, por ejemplo, en la siguiente situación: a una persona que tiene un saldo acreedor de 100€ en su cuenta corriente, el día 16 de mayo se le abona una transferencia por el importe de la nómina (1.500€) y se le carga un recibo (400€). Dado que en las transferencias bancarias procedentes de otras entidades en España, la fecha de valoración a efectos del devengo de intereses es el segundo día hábil siguiente al de su adeudo al ordenante, nos podemos encontrar con un descubierto de 300 euros durante algunos días. Como se ha comentado anteriormente, la entidad bancaria, por el crédito que concede al cliente cuando tiene su cuenta al descubierto, cobra unos intereses que son muy superiores a los pagados por la cuenta. Es habitual que las entidades fijen un máximo para el descubierto y que cobren a sus clientes una comisión de descubierto. Todo ello debe estar recogido en el correspondiente contrato bancario de cuenta corriente.

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ACTIVIDADES FINALES

1. Principales diferencias entre las cuentas de crédito y los préstamos. 2. Principales diferencias entre los préstamos personales y los préstamos hipotecarios. 3. Efectuar la liquidación correspondiente al primer trimestre de 200X, de una cuenta de

crédito cuyas operaciones y datos básicos son los siguientes:

Fecha Concepto Capital Vencimiento 9/1 Recibo a su cargo 3.850€ 9/1 20/1 Compra de valores 1.600€ 20/1 17/2 Amortización préstamo 6.000€ 17/2 18/2 Abonaré 3.000€ 19/2 26/2 Letra a su cargo 5.600€ 26/2 3/3 Transferencia a su favor 1.200€ 4/3 23/3 Adm. y custodia de valores 15€ 23/3

- Apertura de la cuenta: 01-01-200C - Límite de crédito: 9.000€. - Comisión de apertura: 5 por mil (mínimo 60€). - Gastos de corretaje: 2,4 por mil. - Interés anual deudor: 8%. - Interés anual deudor excedido: 14%. - Interés anual acreedor: 0,40%. - Comisión sobre el mayor saldo excedido: 1,25 por mil - Comisión de no disponibilidad: 4 por mil. 4. Elabora la factura de liquidación de los siguientes efectos, descontados el día 24 de

marzo de 200X : NOMINAL DÍAS DE DESCUENTO DOMICILIACIÓN 1.000€ 40 Sí 18.000€ 70 No 30.000€ 10 Sí 13.000€ 80 Sí Las condiciones que establece la entidad bancaria en la operación son las siguientes:

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COMISIONES:

• 4 por mil para efectos domiciliados (mínimo 25€). • 7 por mil para efectos no domiciliados (mínimo 30€).

DESCUENTO COMERCIAL SIMPLE:

• Hasta 30 días: el 10% anual. • Más de 30 días y hasta 60 días: 12% anual. • Más de 60 días y hasta 90 días: 14% anual.

GASTOS DE CORREO: 1 € por efecto. 5. Efectúa la liquidación correspondiente al segundo trimestre de 200X, de una cuenta de

crédito cuyas operaciones y datos básicos son los siguientes:

Fecha Concepto Capital Vencimiento 15/4 Compra de valores 6.200€ 15/4 21/5 Recibo a su cargo 4.800€ 21/5 27/5 Adm. y custodia de valores 400€ 27/5 1/6 Abonaré 2.000€ 2/6 16/6 Venta de valores 7.000€ 17/6

- Apertura de la cuenta: 1 de abril de 200X - Límite de crédito: 10.000€. - Comisión de apertura: 4 por mil (mínimo 50€). - Gastos de corretaje: 2,8 por mil. - Interés anual deudor: 9%. - Interés anual deudor excedido: 15%. - Interés anual acreedor: 0,50%. - Comisión sobre el mayor saldo excedido: 1,5 por mil - Comisión de no disponibilidad: 3,7 por mil. 6. Averigua las diferencias entre la novación y la subrogación de un préstamo hipotecario.

7. Una letra de cambio librada el 18 de octubre y aceptada el 25 de ese mes, tiene fijado

un vencimiento a 60 días fecha. Bajo estas condiciones, ¿cuándo se podrá cobrar la letra?. ¿Y si el vencimiento fuera a 60 días vista?.

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8. A través de internet busca la respuesta a las siguientes preguntas:

- Una letra de cambio en la que no se indique específicamente el lugar de emisión, ¿dónde se considera librada?.

- En las letras de cambio, ¿en qué consiste un “endoso en blanco”?. - En una letra de cambio, ¿qué significa la claúsula “devolución sin gastos”?.

9. ¿Por qué un descubierto en una cuenta corriente se considera una operación de activo?. 10. ¿Qué significa que una póliza de crédito es intervenida por un fedatario público?.

11. Diferencias más importantes entre la liquidación de una cuenta corriente y de una

cuenta de crédito.

12. ¿Por qué crees que en la liquidación de una cuenta corriente lo normal es que el saldo sea acreedor y en la liquidación de una cuenta de crédito sea deudor?.

13. ¿Qué significa que un préstamo se pacta con período de carencia?.

14. Averigua en qué consiste la comisión de apertura y la comisión de estudio de un

préstamo (http://www.bde.es/clientebanca/home.htm).

15. Averigua cuál es el importe máximo que una entidad bancaria nos puede cobrar en concepto de “compensación por desistimiento” en un préstamo hipotecario (http://www.bde.es/clientebanca/home.htm).

16. ¿Qué es un seguro de vida temporal de amortización de un préstamo?. ¿Quién crees

que se beneficia del mismo?.

17. ¿Qué significa que una letra de cambio es un documento “timbrado”?.

18. Averigua qué es una hipoteca inversa.

19. Averigua cuánto se desgrava fiscalmente una persona que está pagando un préstamo hipotecario correspondiente a su vivienda habitual.