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MUNICIPALIDAD DE ORATORIO ORATORIO, SANTA ROSA
GUATEMALA, CA. TELÉFONOS: 7880-4653/7880-4653
ti
CONTRATO 1 2 - 2 0 1 6
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION DE OBRA NÚMERO DOCE GUIÓN DCS MIL DIECISEIS (12-2016), CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD pE ORATORIO, SANTA ROSA, Y EL SEÑOR TOMAS SARCEÑO JIMENEZ, REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DENOMÍNADA DIMINSA, PARA EL PROYECTO "CONSERVACION (ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA); PARA MANTENIMIENTO CEMENTERIO, CABECERA MUNICIPAL, ORATORIO, SANTA ROSA".
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN DE OBRA NÚMERO DOCE GUIÓN DC
( 1 2 - 2 0 1 6 ) , En el municipio de Oratorio del departamento de Santa Rosa, el día veintitrés de
S MIL DIECISEIS
noviembre del año dos mil dieciséis, NOSOTROS: señor Ely Yovany Orozco Martínez, de cua
tres años de edad, casado, guatemalteco, con domicilio en el municipip de Oiatorio,
departamento de Santa Rosa, me identificado con el Documento Personal de Identificación
con el Código Único de Identificación -CUl- dos mil seiscientos ochenta y ociio espacio cinct enta y j
u n mil setecientos espacio cero seiscientos seis ( 2 6 8 8 5 1 7 0 0 0 6 0 6 ) , extendidoIpor el R;gistro
Nacional de Personas -RENAP- en Oratorio, Santa Rosa; actúo en representación de LA
MUNICIPALIDAD DE ORATORIO, DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA, CON CUENTACANCIA
No. T-3-6-6, en mi calidad de Alcalde Municipal y representante legal de la Municipalidad de <'íOratorio, de conformidad con lo establecido por el artículo cincuenta y dos del código mu l i c i p a l ; Z
—acreditó la personería que ejercita, mediante certificación que iiace constar su hombram ento y
^ —toma de posesión del cargo, extendida, por el Secretario Municipal de Oratorio, con fecha quince
E de enero del año dos mil dieciséis; adicionalmente, presentó copia simple del acuerdo rúmero
ero ocho guión dos m i i quince, de fecha siete de octubre del año dos mil quince, emitido por el
TRIBUNAL SUPREMO E L E a O R A L , Junta Electoral Departamental de Santa Rosa, mediante el cual
se declaró la validez de la elección de la corporación municipal de Oratorio, departamento de
Santa Rosa y se le adjudicó el cargo; también presentó credencial, que lo acredita como ta!,
extendida por el Tribunal Supremo Electoral; quien en el transcurso deí presente contrato se
podrá denominar "LA MUNICIPALIDAD"; y por la otra parte, el señor Tomas Sarceño Jiménez, de
cincuenta y ocho años de edad, casado, guatemalteco, quien se identifica con el documento
persona! de identificación -DPI-, número de código único de identificación -CUl- dos mil
seiscientos cuarenta y uno, espacio cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta y uno, espacio dos
m i l doscientos doce ( 2 6 4 1 ' 5 1 4 6 1 2 2 1 2 ) , extendido p o r el Registro Nacional de Personas -RENAP-
en el municipio de Jalpatagua departamento de Jutiapa, comparezco en nombre propio y en mi
calidad de representante íegal de la empresa denominada DIMINSA, lo cual acredito con fotocopia
de mandato legal, realizado por el Notario José Jorge Granados Mayes, de fecha veintiuno de junio
del año dos mil once, fotftcopia de la Patente de Comercio, inscrita bajo el núrriero de r:;gistro
veintinueve mil trescientos treinta y dos ( 2 9 3 3 2 ) , folio cuarenta y dos ( 2 1 3 ) , libro ciento doce
e n t a y
-DPI-,
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SANTA mSA
CONTRATO 12-2016
(136) de Categoría Única del Registro Mercantil General de la República de Guatemala. Señalo
novena
:ipio de
como lugar para recibir citaciones, notificaciones y emplazamientos la siguiente qirección:
calle once guión setenta y ocho colonia castillo Lara, oficina No. 1 segundo nivel, del muni
Guatemala del departamento de Guatemala, a quien en lo sucesivo se denomin¿rá "EL
CONTRATISTA". Ambos comparecientes manifestamos ser de los datos de identificación personal
antes consignados, hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, que la
representación con la que actúan las partes, es suficiente a nuestro Juicio y conforme a la ey para
la celebración del presente contrato de la ejecución del Proyecto denominado "CONSERVACION
(ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA) PARA MANTENIMIENTO CEMENTERIO, CABECERA
MUNICIPAL, ORATORIO, SANTA ROSA" de conformidad con las siguientes cláusulas. PRIMERA:
BASE LEGAL: El presente contrato se suscribe con fundamento en la Ley de Contrataciones del
Estado, Decreto cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República,
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo ^ número un mil
cincuenta y seis guión noventa y dos (1056-92) y sus reformas; artículo cincuenta y tre¡, literal
"I", del Decreto doce guión dos mil dos (12-2002) Código Municipal, y demás leyes ap ¡cables,
Publicado en Guatecompras con el NOG 5505054. Así mismo el Acuerdo de aprobación del
Concejo Municipal, Punto SEGUNDO del acta número cuarenta y nueve guión dos!mi¡ dieci:;éis (49-
2016), de fecha diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis, a través del cual se apiueba la
adjudicación del proyecto objeto del presente contrato. SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE FORMAN
PARTE DEL CONTRATO: Forman parte de este contrato y quedan incorporados al mikmo los
siguientes documentos; 1) Las bases de cotización; 2) Especificaciones Técnic s Generales del
i .
O
Proyecto; 3) El Cuadro que contiene la descripción de Renglones, Unidad de Medida, Cantidades,
Precio Unitario y Monto Total; 4) Planos; 5) La oferta técnica y económica presentad;i por EL
CONTRATISTA; 6) Acta de Adjudicación número once guión dos mil dieciséis (11-2016) ele fecha
quince de noviembre de dos mil dieciséis. TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO: Manifiesta =\r
Tomas Sarceño Jiménez, que por este instrumento acepta la obligación de ejecutar el proyecto
denominado "CONSERVACION (ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA) PARA MANTENIMIENTO
CEMENTERIO, CABECERA MUNICIPAL, ORATORIO, SANTA ROSA" de conformidad ton los
siguientes renglones de trabajo, y a los precios siguientes:
No RENGLON CANTIDAD UNIDAD p/UNrrARio TO
1 MOTONIVELADORA (con Operador + disel) 48 HORA 0.575.00 02: ,600.00
2 VIBRO-COMPACTADORA (RODO) (con operador + disel) 48 HORA Q400.00 QIS ,200.00
SAMIA RDSA ' '
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CONTRATO 12-2016
3 RETROEXACAVADORA (con operador + disel) 60 HORA. Q470.00 028,200.00
4 BULLDOSER 06 (con operador + disel) 80 HORA Q700.00 056, )00.00
5 EXCAVADORA (con operador + diseí) 90 HORA Q766.00 Q6S, 140.00
TOTAL 1 Q199, 140.00
Debiendo ejecutar los mismos, siguiendo las especificaciones técnicas generales estabi ¡
términos de referencia, así como los planos suministrados por LA MUNIQPALIDAD CU
icidas,
ARTA:
PRECIO DEL CONTRATO. FORMA DE PAGO Y FONDOS A LOS CUALES SE IMPUTARA EL GASTO. A)
2? <
PRECIO DEL CONTRATO: El precio total del presente contrato es de CIENTO NOVENTA Y liUEVE
NOVECIENTOS CUARENTA QUETZALES EXAaOS (Q.199, 940.00), monto que incluye el lm|)uesto I
al Valor Agregado -IVA-. El precio citado es fijo e inalterable, por lo que EL CpNTRATISTA no
tendrá derecho a otros beneficios, pagos, subsidios, sobrecostos o compensaciones que nc estén
expresamente estipulados en este contrato, salvo que se trate de orden de cambio, or<en de
trabajo suplementario o acuerdo de trabajo extra, siempre y cuando fueren debidahnente
aprobados por LA MUNICIPAUDAD, cuyos valores y plazo de ejecución cuando porresporjda, se
cohará constar expresamente en dichos documentos. Estos documentos formarán parte integral del
gl iontrato. B) FORMA DE PAGO: El precio del referido contrato será pagado a EL CONTRATI! TA de
siguiente forma: 1) Un primer desembolso, en concepto de anticipo equivalen e al veirte por
ciento (20%) del valor total del contrato, cuando EL CONTRATISTA inmediatamente entn gue a
entera satisfacción de LA MUNICIPALIDAD los siguiení&s documentos: a) Progrima de trabajo
detallando los renglones de trabajo que conforman el proyecto, en donde se veríl^que que dichos
trabajos deberán ser finalizados completamente en el tiempo contractual, así cono el programa I
de inversión del anticipo, b) Póliza de la fianza de anticipo y de cumplimiento de contrato que más
adelante se indica; c) Bitácora del Proyecto autorizado por la Contraloría Genera! dé Cuentas. 2) El
ochenta por ciento (80%) restante, será pagado conforme avance físico (Estimaciones), para lo
cua! los informes que EL SUPERVISOR genere servirán de base para el pago de las estimaciones de
avance físico. C) IMPUTACIÓN DEL GASTO: Los pagos deberán imputarse a la partida
presupuestaria que para el efecto designe la municipalidad, fuente de financia miento Fondos
Propios Municipales. QUINTA: PLAZO: EL CONTRATISTA se obliga a terminar totalmente y a
entera satisfacción de LA MUNICIPALIDAD, los trabajos contratados dentro de un plazo de
SESENTA (60) DIAS CALENt)ARlO, lo cual se hará constar en Acta que deberá suscribir la Dirección i
Municipal de Planificación de LA MUNICIPAUDAD al momento de entregar el área de trabajo.
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SMTAflOSA r
CON RATO 12
quedando entendido que en el plazo al que se alude en esta cláusula incluye díis inhábi
plazo contractual entra en vigencia cuando LA MUNiCIPALIDADentregue el primer desembolso a
EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA deberá concluir la obra dentro del plazo estipulado, quedando
expresamente establecido que LA MUNICIPALIDAD no reconocerá ninguna prórjroga del plazo
para la terminación de los trabajos, salvo que este plazo se ampliara por caso jortuito, fuerza
-2016
es. El
mayor o por causas imputables a LA MUNICIPAUDAD. SEXTA: OBUGACIONES DEL CONTRA
EL CONTRATISTA se obliga a: a) Ejecutar los trabajos a entera satisfacción de LA MUNICIPALIDAD,
ajustándose estrictamente a este contrato y a los documentos que forman parte del misno. A
este respecto EL CONTRATISTA declara que ha estudiado cuidadosamente dichos documentes y se
compromete a señalar cualquier error, omisión, contradicción, o incongruencia que a su!juicio i
pudiesen presentar, debiendo en tal caso efectuar consultas y hacer las observaciones pertinentes
antes de efectuar el trabajo que pudiese resultar afectado; b) Aceptar la supervisión del proyecto
por personal designado por LA MUNICIPALIDAD, quien tendrá carácter de autoridad ante EL
CONTRATISTA; c} Acatar instrucciones, indicaciones y recomendaciones que le formule por
escrito EL SUPERVISOR, quien tiene la obligación de rechazar los trabajos o la obra que no se ajusten a las especificaciones convenidas y ordenar la paralización de la misma :uando existan
causas que justifiquen esta medida; d) A ejecutar el proyecto en el lugar indicado et i este cor trato,
el cua! ya es conocido por EL CONIHATISTA en su localización; e) A contratar un profesional
colegiado activo en la rama de la construcción, para el cargo de SUPERVISOR DE PLANTA y la
mano de obra necesaria y suficiente para la realización del proyecto cuyo perional de)ende
directamente de ella; f) A no subcontratar total o parcialmente los proyectos sjin autorización
expresa y por escrito de LA MUNCIPAUDAD; g) A comprar ios materiales que sean
su cuenta y ponerlos en el lugar donde se ejecutarán los trabajos; h) Aportar todo ei e
maquinaria, herramienta, materiales, mano de obra y personal técnico, aunque no
en las bases y especificaciones técnicas, que sean necesarios, lo que incluye cualquier equ
necesan Ds por
íuipo. estén previstos
seguridad vial, así como toda obra temporal que se necesite, siendo a su cargo todos tos gas :os en
que incurra, eximiendo a LA MUNICIPAUDAD, de cualquier responsabilidad, ya sea civil, p mal o
laboral; i) Presentar ante LA MUNICIPAUDAD el LIBRO DE BITACORA para el referit o proye( to, en
aras de que LA MUNICIPALIDAD lo revise, debidamente autorizado por la Contral9r[a Gene ral de
Cuentas. En dicho libro EL SUPERVISOR, como una de sus funciones, anotará las observa :iones
referentes al proceso de ejecución del proyecto. El libro de Bitácora servirá de baSe para resolver
controversias que pudiesen surgir en el proceso de ejecución del proyecto; J) El contratista
obligado a que al momento de gestionar el pago de^lguna estimación, presentará juego de
fotografías impresas que comprueben el avance físico del proyecto. Asimismo al finalizar k
deberá entregar en forma digital el juego completo de fotografías, desde el inicio del prdyecto
po de
jueda
obra.
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SAHTA ROSA '
CONTRATO i:!-2016 5
en la Diracción
k) A mantener
quien deberá
1) Todo trabajo
lo establezcan
ser corijegído,
costo.
hasta su completa finaíización con dos (2) copias, para ser entregadas una original
Municipal de Planificación, una copia en la DAFIM yotra en la Secretaria Municipal;
permanentemente a un delegado responsable de la dirección técnica del proyectq, quien 0eberá
permanecer en horas laborales en el lugar en donde sa ejecutarán los trabajos;
defectuoso, ya sea por la calidad del material empleado o ía mano de obra, segúri lo establezcan
las especificaciones técnicas de construcción aplicables a este contrato, deberá
reemplazado o construido de nuevo por EL CONTRATISTA, sin compensación aigu ia y a su
dentro del plazo contractual. Así mismo los materiales defectuosos o rechazados por LA i •
MUNICIPALIDAD deberán ser retirados de la obra por cuenta y cargo de EL CONTRATISTA
inmediatamente y sin necesidad de requerimiento alguno; m) Será a cargo y por cuenta! de EL
CONTRATISTA la obtención y pago de cualquier permiso, licencia o estudio que fuere necesario
para la ejecución de los trabajos; n) Los salarios que EL CONTRATISTA debe pagar a sus
trabajadores no serán inferiores a los fijados por las leyes laborales vigentes en la República de
Guatemala, y empleará el número de trabajadores guatemaltecos y extranjeros, en los porcentajes
que establece el Código de Trabajo; ñ) Los profesionales, técnicos, especialistas o cualquier otro
recurso humano nacional o extranjero que empleare EL CONTRATISTA en la realización de los
trabajos, lo hará bajo su estricta responsabilidad, por lo que LA MUNICIPALIDAD no tendrá con
dichos profesionales, técnicos, especialistas y personal ninguna relación labqral, civil j ni de
cualquier otra naturaleza; y en consecuencia EL CONTRATISTA por su cue ita y biijo su
responsabilidad pagará honorarios, sueldos y salarios, planillas de mano de ob-a y cuo:as de
seguridad social y demás cuotas que le impongan las leyes vigentes en materia labe raí y asurnirá la i
calidad de patrono, eximiendo en forma expresa a LA MUNICIPALIDAD de cualquier
responsabilidad por tal concepto; o) Promover o concurrir a las reuniones de trébajo que fuere
citado Y cumplir con las instrucciones y recomendaciones formuladas por la sup ;rvisión Ide LA i
MUNICIPALIDAD; p) Participar en Ía recepción de los trabajos del proyecto y en la liquidaciián del
contrato, debiendo cumplir con las recomendaciones emitidas por la Comisión Receptora y
Liquidadora; y q) EL CONTRATISTA se compromete por su propia cuenta a coloca|r al inicie de la
obra, un rótulo identificando el proyecto que realice, en un lugar visible, y el personal que abore
en la obra, deberá utilizar chalecos que identifiquen a LA MUNICIPALIDAD, de conformidad con
las especificaciones que la Dirección Municipal de Planificación de LA MUNICIPALIDAD le
proporcione para el efecto. SÉPTIMA: GARANTIAS: A) FIANZA DE CUMIfLIMlENTO: EL
CONTRATISTA deberá constituir a favor de LA MUNICIPALIDAD una fianza que garantice el
cumplimiento de todas la^obligaciones que adquiere por este instrumento, la cual deberá cubrir
el diez por ciento (10%) del monto total del contrato, cuya póliza deberá entregar a LA
MUNICIPALIDAD previo a efectuarse el primer desembolso, la que deberá permanecer v gente
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hasta que LA MUNICIPALIDAD compruebe que todas ias obligaciones contract jales han sido
cumplidas y extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía d e conservación
de la obra. Esta garantía cubrirá el cumplimiento del contrato de acuerdo con l(is docunrientos
contractuales, así como la ejecución de la obra en el tiempo y calidad estipulada. \si mismq esta
fianza cubrirá las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución diil proyecto. Es
entendido que cualquier incumplimiento garantizado por esta fianza será cubierto en su totalidad
y no mediante porcentaje alguno, mientras se encuentre dentro de los límites de la suma que
garantiza la póliza de fianza correspondiente. LA MUNICIPALIDAD ejecutará la fian: a de
cumplimiento en cualesquiera de los casos siguientes: a) En caso de evidente negligencia de EL
CONTRATISTA en la ejecución de los trabajos, debido a la insuficiencia de la mano de obra, fí Ita de
equipo, materiales, insolvencia económica o cualquier otra causa debidamente ¡comprobada e
imputable a EL CONTRATISTA, que le impida cumplir con el programa de trabajo aprobado en su I
oportunidad y asegurar la conclusión de la obra en el plazo fijado en este contrat^; si ejecita los
trabajos en forma inadecuada, si interrumpe la ejecución de la obra o si por ojtras causas no
desarrolla el trabajo en forma aceptable y d¡lrgente.N.a negligencia se comprobará cí n los
dictámenes o informes de EL SUPERVISOR de LA MUNICIPALIDAD; b) Si fuese objeto de cua Iquier
medida cautelar, EL CONTRATISTA, el equipo, maquinaria, fondos, implementos yjmaterialt s que
se usen en la obra o cualquier suma que deba pagarse a EL CONTRATISTA por trabajo ejecutado, si
el monto de la medida cautelar le impide cumplir con sus obligaciones contractuales; c) Si
cometiese actos dolosos o culposos en perjuicio de la ejecución dei trabajo contratado, a juicio y
calificación de LA MUNICIPALIDAD; d) Si EL CONTRATISTA rehusa proseguir y dejase de ejectJtar el
trabajo parcial o totalmente, de tal forma que no cumpla con el programa de trabajo aprobado, ni
garantice su terminación dentro del plazo establecido en este contrato, o de cualquier prórroga o
ampliación que se le conceda; e) Si deja EL CONTRATISTA de cumplir con cualesquiera de las
obligaciones que le impone el presente contrato; f) Si no efectúa a LA MUNICIPALIDAD el pago de
las sanciones que conforme a este contrato le fueren impuestas; y g) Si no cumple con efectuar la
reparación de las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución de ios trabajos,
dentro del plazo que LA MUNICIPALIDAD le fije. B) FIANZA DE CONSERVACIÓN DE LA OBRA: De
conformidad con el artículo sesenta y siete (67) de la Ley de Contrataciones dpl Estadq, ésta
cubrirá el quince por ciento (15%) del valor original del contrato y deberá ser constituida meiJiante
fianza cuya póliza será entregada a LA MUNICIPALIDAD como requisito previo para la recepción
de la obra. Estará vigente durante el período de dieciocho (18) meses contados a pEirtir de la'fecha
de recepción de la obra y q ibrirá el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le
sean imputables a EL CONTRATISTA. LA MUNICIPALIDAD al verificar las fallas y/o desperfectos
que resultasen en la obra por causas imputables a EL CONTRATISTA, lo hará de su conoclnhiento
• - '
SUiU ROSA ' '
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CONTRATO
fijando un plazo para iniciar y terminar los trabajos de reparación que fueren necesarios y si EL
CONTRATISTA no diese inicio a los trabajos dentro del plazo que se le fije, LA MUNCIPAUDAD sin
más trámite ordenará su ejecución, ya sea con su personal, et de EL CONTRATISTA, o de terceros,
cargando los gastos a la fianza de conservación de obra. C) FIANZA DE SALDOS DEUDORES: Esta
fianza garantizará el pago de cualquier saldo deudor'que pudiere resultar a favori de LA
MUNICIPALIDAD o de terceros, por el cinco por ciento (5%) del valor original del presente
contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con ia conservación de la obríi, como
requisito previo para la recepción de la obra. Aprobada la liquidación, si no hubierer saldos
deudores, se cancelará esta garantía. D) EJECUCIÓN DE LAS FIANZAS: lA MUNICIPALIDAD
ejecutará las fianzas a que se refiere la presente cláusula con base en el infonne que rinda EL
SUPERVISOR, documento que EL CONTRATISTA acepta como suficiente para qte la afianzadora
haga efeaiva la fianza que corresponda. De dicho informe LA MUNICIPALIDAD Jará audiencia a
LA AFIANZADORA y a EL CONTRATISTA por el plazo de diez (10) días, para que acompañando las
pruebas y documentación necesaria expresen lo que estimen pertinente, LA MIJNICPALIDAD si
fuere procedente, ordenará sin más trámite el requerimiento y LA AFIANZADORA deberá efectuar
el pago dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la fecha en qje se ordenó el
requerimiento. LA AFIANZADORA deberá hacer constar en la póliza que emita, que acepta las
condiciones de esta cláusula. OCTAVA: SUPERVISIÓN DE LA OBRA. RECEPCIÓN! Y UQUIpACIÓN
DEL CONTRATO: A) SUPERVISIÓN: EL CONTRATISTA deberá permitir en cualquier momertto que
las personas autorizadas por LA MUNICIPALIDAD Inspeccionen las actividades y trabajos que se
relacionen con la obra e instruirá a su personal para que atienda a dichas personas
proporcionándoles la información que requieran. B) RECEPCIÓN: Cuando la obra esté terminada,
EL CONTRATISTA deberá presentar la garantía de conservación de la obra y de saldos deudores y
deberá dar aviso por escrito a EL SUPERVISOR que designe LA MUNICIPAUDAD,;de la cor clusión
de los trabajos y con esta diligencia se interrumpirá éK plazo de ejecución. EL SUPERVIS )R que
designe LA MUNICIPALIDAD hará la inspección final dentro de los quince (15) días hábiles
siguientes de haber recibido el aviso de EL CONTRATISTA, plazo dentro del cual, i la obra io está
conforme a los planos y especificaciones, manifestará por escrito sus observaciones a EL
CONTRATISTA, para que proceda a corregir las deficiencias y si los trabajos estjvieren
correctamente concluidos, EL SUPERVISOR rendirá un informe pormenorizado a LA
MUNICIPALIDAD, quien dentro de los cinco (5) días siguientes, nombrará a LA COMISIÓN
RECEPTORA y LIQUIDADORA de la obra, integrada por tres (3) miembros. LA COMISIÓN 'i
RECEPTORA y LIQUIDAD( RA deberá elaborar el acta de recepción definitiva dentro de los: treinta
y cinco (35) días siguientes a la fecha de notificación del nombramiento. Si LÁ COMISIÓN
RECEPTORA y LIQUIDADORA comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente
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suscribirá el acta de recepción de los mismos, en caso contrario se liará constar
correcciones o trabajos que deba efectuar EL CONTRATISTA;- b) El tiempo a emplearse; c) el
tiempo necesario para ejecutar satisfactoriamente los requerimientos indicados er
antecede, forma parte del plazo contractual o si procede conceder tiempo acicional para su
realización. Al recibirse aviso por escrito de EL CONTBAtiSTA, de encontrarse satisfechos los
requerimientos de LA COMISIÓN RECEPTORA y LIQUIDADORA, ésta dentro del pl azo de cinco (5)
días, procederá a efectuar una nueva inspección suscribiendo el acta correspondie ite. La fecha de
la recepción definitiva de la obra será la de cierre de la última acta. C) UQUIDACIÓN DEL
CONTRATO: Después que la obra haya sido recibida LA COMISIÓN RECEPTORA yi LIQUIDA DORA,
en un plazo de noventa {90) días procederá a efectuar la liquidación del contrato y a estabi 2cer el
importe de los pagos o cobros que deban hacerse a EL CONTRATISTA. NOVENA: S M Ü f i ^ ^ : En
CONTRATO i:[-2016
en a c t a : a) Las
la literal a) que
caso de que EL CONTRATISTA por causas que le sean imputables, no cumpla con entregar los
trabajos contratados dentro dei plazo estipulado, será sancionada por LA MUNICIPALIDAD! con el
pago de una multa por cada día de atraso en que incurra, equivalente al cero punto cinco (0.5) por
millar del valor total del contrato, sin que exceda del cinco por ciento (5%) del valor del mismo, ya
que si excede de dicho monto se procederá a la terminación o rescisión del contrato por parte de
LA MUNICIPALIDAD, sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de las responsabilidades civiles
y penales que el incumplimiento conlleve, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente
comprobados y confirmados por EL SUPERVISOR. Si EL CONTRATISTA contraviene totat o
parcialmente las especificaciones del contrato en perjuicio de LA MUNIQPALIDJAD, variando la
calidad, cantidad, omitiendo bienes, materiales o mezclas de éstos, será sancionada con un¿ multa
del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negoc ación. DECIMA:
CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR: Únicamente se autorizará prórroga de pidzo y suspensión
de la obra por causa de caso fortuito o de fuerza mayor. Cuando por caso fortuito o de
mayor se solicitare prórroga del plazo, EL CONTRATISTA dentro del plazo de diez (10) qías de
ocurrido el hecho, notificará a EL SUPERVISOR, indicando las implicaciones en la ejecución de los I
trabajos para que una vez verificados los hechos, este a su vez informará a su jefe inrrediato
superior, quien aprobará la suspensión, mediante acta. Desaparecidas las causas (|ue moti\aron a
EL CONTRATISTA a solicitar la suspensión, ésta lo hará del conocimiento de EL SIJPERVISOR para
que tramite ante su jefe inmediato y se suscriba nueva acta en la que se hará constar que t rmina
la suspensión y ta prórroga a que tiene derecho EL CONTRATISTA. Los hechos que c curran
considerados como causa de caso fortuito o de fuerza mayor, que impidan el ciimplimlento del
contrato, relevan a las lurtes de responsabilidad, debiendo producirse la inmediala común cación
por escrito en que se pruebe el hecho ocurrido, el cual será verificado por EL SUPERk/ISOR, dejando constancia en acta. LA MUNICIPALIDAD no cubrirá indemnizaciones qu ; proven ;an de
fuerza
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CONTRATO
casos fortuitos o de fuerza mayor. Si por causa de caso fortuito o de fuerza mayor se pa
ejecución de los trabajos por más de un (1) mes LA MUNICIPALIDAD podrá dar por terminado el
contrato unilateralmente sin responsabilidad de su parte, quedando facultado para terninar la
contratación de los trabajos con otro constructor. DECIMA PRIMERA: PROHIBIcloNES: Lti queda
proiiibido a EL CONTRATISTA ceder, transferir, enajenar o negociar total o parcialmente, en
cualquier forma los derechos y obligaciones objeto de este contrato, sin la previa
escrito de LA MUNICIPALIDAD, así como proporcionar información a terceros s
autorización por
abre los asuntos
2-2016
aliza la
que son de su conocimiento, como consecuencia de ía obra que ejecuta. DECIMA SEGUNDA:
co "to
E o O
TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO: LA MUNICIPALIDAD puede dar por termihado el
presente contrato, así como dar por terminado el derecho de EL CONTRATISTA para iiíciar o
proseguir la ejecución de la obra contratada, en forma unilateral sin necesidal de declaración
judicial alguna y sin ninguna responsabilidad de su parte, cuando ocurran cuálesquiert de las
circunstancias siguientes: a) En caso de evidente negligencia de EL CONTRATISTA en la ejecución
de la obra o por la negativa infundada de cumplir con sus obligaciones; b) Si se le embargare a EL ¡
< CONTRATISTA sumas que debieran pagarse por la obra a ejecutar siempre que le impida Cumplir y) 2 con sus obligaciones; c) Por vencimiento del plazo, siempre que no se haya acordado prórroga
^ 5 alguna; d) Por incumplimiento de tas obligaciones contractuales; e) Si EL CONTRATISTA no
Q presentase las fianzas a que está obligado conforme al presente contrato; f) Por convenir a los
intereses de LA MUNICIPALIDAD por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor; y g) Si EL
CONTRATISTA paraliza o abandona la obra sin causa justificada por más de tres (3) díasi hábiles I
consecutivos. Este contrato también podrá ser cancelado parcial o totalmente cuando convenga a
los intereses de LA MUNICIPALIDAD por causa de caso fortuito o de fuerza mayor. En :aso de
cancelación parcial o total de la ejecución de los trabajos contratados LA MUNICIPALIDAD pagará
en la liquidación del contrato a EL CONTRATISTA una cantidad igual a: a) El "alor del trabajo
terminado o en proceso de terminación si es que aún no ha sido pagado segur lo certüique EL
SUPERVISOR, menos los pagos efectuados previamente y menos el valor de cualq jier recla|mo que I
LA MUNICIPAUDAD pudiera tener contra EL CONTRATISTA con base a este contn ito; y b) Un pago
equitativo por los gastos debidamente computados incurridos por EL CONTRATIS TA que no hayan
sido pagados a causa de dicha terminación pero sin dejar ningún margen for concepto de
ganancias pre calculadas sobre el trabajo no ejecutado. Sin embargo, en ningún naso pod^á dicho
pago exceder al costo total expresado en la cláusula CUARTA de este contrato. En todo caso LA i
MUNICIPALIDAD podrá desde el momento de la declaratoria de terminacón, rescisión o
resolución de este contrato, contratar a otro constructor para que concluya las obras que
quedaron inconclusas, independientemente de que el presente contrato quede parcl; Imente
vigente para su liquidación y/ o cobro de fianzas. DECIMA TERCERA: CONTROVERSIAS a) Los
SANTÍt fiOSft ' *
MUNICIPAUDAD DE ORATORIO ORATORIO, SANTA ROSA
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CONTRATO 12-2016
Otorgantes convienen expresamente en que cualesquiera diferencias o reclamos que Sjurgieren I
entre ias partes derivadas de este contrato, serán resueltas directamente por LA¡MUNICIPALIDAD
y EL CONTRATISTA con carácter conciliatorio, pero si no fuere posible llegar a un acterdo, la
cuestión o cuestiones a dilucidarse se resolverán conforme a la Ley de lo Con:encioso
Administrativo, b) Los comparecientes expresamos que nos sometemos a las leyi ÍS de la República
de Guatemala y para ese efecto EL CONTRATISTA renuncia al fuero de su domic lio y se sámete a
los Tribunales que LA MUNICIPALIDAD elija y señala como lugar para recibir notificaciones la
dirección iridicada en la introducción del presente documento, en donde se endrán por bien
hechas, mientras no sea señalado otro por escrito y haya sido notificado a LA MI NICIPALI DAD; c)
En caso de reintegros de saldos o devolución de dinero que deba hacer EL CC'NTRATISTA a LA
MUNICIPALIDAD, LA MUNICIPAUDAD, podrá recurrir a la CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS,
para plantear la obligación de devolución del recurso, debiendo para el efecto, fcrmar el
expediente respectivo; todo lo anterior, sin perjuicio de las otras acciones que por su naturaleza
así lo ameriten, aceptando expresamente las partes que el presente documento constitu/e título
ejecutivo. DECIMA CUARTA: IMPUESTO^ Y RETENCIONES: Queda entendido que cada pago que
se le haga a EL CONTRATISTA estará afecto al pago de las obligaciones fiscales y tributí rias que
regulen ias leyes vigentes del país. Asimismo, está obligado al pago del timbre prífesional
correspondiente por el monto total de este contrato, lo cual hará adhiriendo los timbre; al final:;
del presente instrumento. Lo aquí estipulado, no excluye a EL CONTRATISTA de cualqi ier otro
pago de carácter tributario que surja en el futuro de cohformidad con las leyes de la Repi blica de
Guatemala. DECIMA QUINTA: INTERESES MORATORIOS: Se cobrarán intereses por atraso en el
pago de las estimaciones a que se refiere el artículo sesenta y tres (63) del ¡Decreto número
cincuenta y siete guión noventa y dos (57-92) del Congreso de la República que contiene h Ley de
Contrataciones del Estado. DÉCIMA SEXTA: CLAUSULA RELACIONADA CON EL LAVikDO DE
DINERO: Con el objeto de dar cumplimiento a lo que para el efecto estipula el Decreto 67-1001 del
Congreso de la República de Guatemala Ley contra el Lavado de Dinero u Otros ActíVos; El
Contratista, se obliga desde ya a proporcionar a la Superintendencia de Bancos, a través de la
Intendencia de Verificación Especial, las informaciones y reportes, cuando ésta se los r e q u i e r a ,
para el cumplimiento de sus funciones, siendo responsable de garantizar que la información
proporcionada sea la correcta. Asimismo, permitirán a dicha Superintendencia, el libre acceso a
todas sus fuentes y sistemas de información para la verificación o ampliación de las informaciones
proporcionadas por ei mismo, o cuando esto sea necesario para el análisis de casos relacionados i
con el fínanciamiento de terrorismo. Por último declara que los activos o fondos que forman parte
de su empresa no fueron adquiridos directa ni indirectamente de la recaudación derivada de un
delito o actividad ilegal. DÉCIMA SÉPTIMA: CLAUSULA DE OBLIGACIÓN DE ENTE¿ RECEPTORES DE
MUNICIPAUDAD DE ORATORIO ORATORIO, SANTA ROSA
GUATEMALA, CA. TELÉFONOS: 7880-4653/ 7880-4653
I CONTRATO 12-2016
RECURSOS PÚBLICOS: Con el objeto de dar cumplimiento a lo que para el efecto estipula el
artículo número dos del acuerdo no. a-144-2006, de la 'Contraloría General de Cu mtas; El
Contratista, se obliga a lo siguiente: a) contribuir al desarrollo de las actividades de fiscalización
que por mandato legal deba efectuar la contraloríjvgeneral de cuentas, proporciona ido a la
misma los documentos libros y cualquier información^que los auditores reí 1 uieran. )ebe de
cumplir con lo establecido en el ACUERDO MINISTERIAL 24-2010. NORMAS DEl TRANSPARENCIA
en los procedimientos de compra o contratación pública, de fecha 22 de abrjil de 2030, en su
Artículo 3. "CLAUSULA RELATIVA AL COHECHO Yo el contratista, manifiesto que corozco las
penas relativas al delito de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del
Título Xlll del DecretCK.17-73 del Congreso de La República, Código Penal. Adicionalmente,
conozco \asn r cfnras jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada, para i
aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación
en el sistema GUATECOMPRAS" DÉCIMA OCTAVA: APROBACIÓN DEL CONTRATO: Para que el
presente contrato surta efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de
conformidad con lo que determina el articulo cuarenta y ocho (48) de la Ley de Contrataciones dei
Estado (Decreto Número 57-92) y articulo veintiséis (26) de su Reglamento (Acuerdo Gutíernativo
Número 1056-92). DECIMA NOVENA: LEaURA Y ACEPTACIÓN: Los otorgantes ien forma expresa
hacemos constar que hemos leído lo escrito y enterados de su contenido, objeto, validez y demás
efectos legales lo aceptamos, ratificamos y firmamos en seis (6) hojas de p;ipel menibretado
anverso y reverso, de la Municipalidad de Oratorio, Departamento de Santa Rosa, ipipresas
únicamente en su anverso.
Ely Yovany Orozco Martínez Alcalde Municipal
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En el Municipio de Oratorio del Departamentx) de Santa Rosa, el i veintitrés ds noviembre del año dos mil dieciséis COMO NOTARIO DOY FÉ; A) Que las firmas que aparen en el lado ANVERSO son AUTENTICAS pcjr haber sido puestas el día de hoy en mi presencia por los señores EL^ YOVANY OROZCO MARTÍNEZ quien se identifica con documento personal de identifícación (DPI) con código i&nico de Identífícaci&n número dos mil seiscientos ochenta y ocho espacio cincuenta y un mil setecientos espacio cero seiscientos seis, extendido por el Registro Nacional de las Pereonas (RENAP.); TOMAS SARCEÑO JIMÉNEZ quien se identHlca con documento personal de identiflcaci^ (DPI) códlgs único de identificación número dos mil seiscientos cuarenta y uno espacio cincuenta y un mil cuatrocientos sesrata y unt espacio dos mii doscientos doce, extendido por el Registro Nación il de lis Personas (RENAP.)- B) Los signatarios vuelven a firmar la presente egalizafión de firmas con el notario que autoriza.
'Tk^u rüVrttAf Ornee 'hianmz Al C A L D Ü MUNICIPAL DE ORATORIO, SANTA ROJiA
1 = ANTE MI:
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