organización politica, económica y social de la
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El dominio español en América comprendió desde el sur de Estados
Unidos hasta la Tierra de Fuego, abarcando territorios de Centro y
Suramérica .
Desde un comienzo, España centralizó todo lo referente a la administración de las colonias que poseía en América y Asia, teniendo a la cabeza al rey, quien era asesorado por el Consejo de Indias
España era regida por una monarquía absolutista Las instituciones se crean para gobernar las colonias Desde España se estipularon las leyes, formas de gobierno y las autoridades. Las principales instituciones administrativas son
Fue fundado en 1511 y reformado en 1524 por Carlos V. Era el órgano más importante de la administración indiana. Asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
Las leyes y mandatos del Consejo de Indias se llamaban Cedulas Reales. Esta institución
desapareció con el ascenso de los Borbones
Dependía del Real Consejo de Indias Fundada en 1503 y se estableció en Sevilla
Tenía a su cargo los asuntos relacionados con el comercio entre España y sus colonias
Controlaba las exportaciones e importaciones Se encargaba de elaborar los mapas de los nuevos
territorios Tenia facultades judiciales para decidir sobre pleitos
relacionados con la actividad comercial.
: (AYUNTAMIENTO) principal
autoridad de cada ciudad
Sesionaba de dos formas: ordinaria y abierta
Cabildo ordinario, se reunían únicamente los
miembros que pertenecían a él.
Cabildo abierto participaban los mandatarios
y los habitantes
Funciones del cabildo:
velar por el aseo; calles, plazas y paseos; servicios públicos como el de
agua potable; higiene, etc., de la ciudad. También se preocupaba del
estado de las cárceles.
Llevaba el control de la calidad y precios de los alimentos, y de otros
artículos y servicios esenciales para la comunidad, entre ellos de la
medicina y la farmacia.
Poseía atribuciones judiciales.
Ocuparse de la policía local, pudiendo reclutar hombres para proveer a
la defensa de la ciudad o de su territorio cuando fuese necesario.
Dictar normas para la edificación. Inspeccionar y controlar los
hospitales, el estado de los caminos, el culto público divino, el
abastecimiento local y los precios de los productos esenciales.
Fueron territorios dirigidos por un jefe
militar que desarrollaba el poder civil y judicial.
Durante la Colonia eran
cuatro capitanías generales:
Cuba, Guatemala, Venezuela y
Chile.
Estaban localizadas en territorios que podían
ser atacados por extranjeros.
Estaba conformada por la unión de
varias ciudades.
Estaba a cargo de un gobernador
que ejercía funciones políticas y
administrativas
supremo tribunal de justicia durante
la época colonial.
Fue un organismo político-administrativo que residía en las
principales ciudades de América.
Formado por cuatro oidores o magistrados, era tribunal de
primera instancia en algunos casos, y de apelación de las
sentencias de los jueces inferiores. Protegían a los
indígenas, y fiscalizaban a los virreyes y gobernadores.
Era el órgano político-administrativos más
importante de la América española, en los que se
designaba a un virrey para que gobernase en
nombre de la Corona. El virrey
poseía atribuciones administrativas, militares,
judiciales y financieras.
LA MINERÍA
El principal metal de
explotación fue el oro
y, durante todo el siglo
XVI y buena parte del
XVII, se convirtió en el
principal producto de
exportación hacia la
metrópoli .
La extracción del oro
se llevó a cabo
mediante la utilización
de mano de obra
indígena y el sistema
de encomienda.
La plata constituyó
otro metal de
extracción en Mexico y
Potosí (Bolivia)
Los únicos puertos
autorizados para el
comercio fueron: Sevilla
y Cádiz en España; La
Habana, Veracruz,
Portobello y Cartagena
en América.
El control del comercio estaba a
cargo de la Casa de Contratación
de Sevilla
Resguardo: Los resguardos fueron tierras que la corona española entregó a los indígenas, para que fueran trabajadas y explotadas por la comunidad. Estas tierras no eran transables y los indígenas poseían una relativa autonomía para manejar sus propios asuntos.
La sociedad
colonial era de
tipo estamental.
Había separación
jurídica y de
nacimiento entre
los grupos
sociales.
Una persona
nacida esclava no
podía dejar de
serlo nunca, y sus
hijos heredaban
esta misma
condición social.