órganos de gobierno, coordinación y participación (presentación)

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ÓRGANOS DE GOBIERNO, COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS Estefanía Jenner, Andrés Logroño y Patricia Ibáñez Grupo A2 Magisterio Infantil

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ÓRGANOS DE

GOBIERNO,

COORDINACIÓN Y

PARTICIPACIÓN DE LOS

CENTROS EDUCATIVOS

Estefanía Jenner, Andrés Logroño y Patricia

Ibáñez

Grupo A2 Magisterio Infantil

ÍNDICE

Órganos de Participación

Consejo Escolar

AMPAS

Asociación de Alumnos

Órganos de Coordinación

CCP/COM de

Coordinación Pedagógica

Equipos de Ciclos

Junta de Profesores o

Evaluación

Orientación y Tutoría

Órganos de Gobierno

Unipersonales

Equipo directivo

Director

Jefe de Estudios

Secretario

Colegiados

Consejo Escolar

Claustro de Profesores

ÓRGANOS DE

PARTICIPACIÓN

Consejo Escolar, AMPAS, Asociación de Alumnos y

Asociaciones de Ex-Alumnos

Consejo Escolar

Los Consejos Escolares son elegidos según lo

dispuesto en el reglamento orgánico de las escuelas

de educación infantil y de los colegios de educación

primaria, aprobado por el real decreto y

desempeñarán sus funciones hasta el término del

plazo que fueron elegidos.

Aquellos centros que no tengan la situación anterior,

en las primeras elecciones al consejo escolar con

posterioridad a la publicación del real decreto, cada

sector de la comunidad educativa elegirán a sus

representantes.

Una vez renovado el consejo escolar se procederá tal

y como se establece en el reglamento orgánico.

Consejo Escolar

Los órganos personales de gobierno elegidos

con arreglo a lo previsto en el real decreto

819/1993 de 28 de mayo, por el que se aprueba

el reglamento orgánico de las escuelas de Ed.

Infantil y de los colegios de Ed. Primaria

continuarán desempeñando sus funciones hasta

finalizar su mandato, salvo que se produzca

alguna de las cusas de cese establecidas en el

reglamento.

AMPAS

La representación de los padres en el consejo escolarcorresponderá a estos o a los representantes legalesde los alumnos. El derecho a elegir y ser elegidocorresponde al padre, la madre o tutores legales.

Serán elegibles todos los padres o tutores legales delos niños que estén matriculados en el centro yfigurarán en el censo. La elección será entre loscandidatos admitidos por la junta.

La elección de los representantes de los padres delos alumnos estará precedida por la constitución de lamesa encargada de presidir la votación.

Si el consejo escolar va a formarse por primera vez, lamesa estará formada por el director y cuatro padres otutores legales designados por sorteo.

AMPAS

Actuará de secretario el representante de los

padres de menor edad.

Podrán actuar como supervisores de la votación

los padres o tutores legales de los alumnos

matriculados en el centro propuestos por una

asociación de padres de alumnos del mismo.

El voto será directo, secreto y no delegable.

A fin de conseguir la mayor participación posible,

los padres de los alumnos podrán utilizar el voto

por correo.

AMPAS

Las asociaciones de padres de alumnos podrán: Llevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto

educativo y de la programación general anual.

Informar al consejo escolar de aquellos aspectos de la marcha del centro que considere oportuno.

Informar a los padres de su actividad.

Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo.

Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de este.

Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior. Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.

Conocer los resultados académicos y la valoración que los mismos realice el consejo escolar.

Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones.

Asociación de Alumnos

Constitución

Las asociaciones de alumnos/as son asociacionesformadas por alumnos de centros públicos oprivados que imparten Educación Secundaria,Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzasartísticas, enseñanzas deportivas, de idiomas y deeducación de personas adultas.

En cada centro docente se podrán constituir cuantasasociaciones de estudiantes sean promovidas porlos alumnos y las alumnas.

Podrán ser miembros de las asociaciones deestudiantes el alumnado que esté cursando estudiosen los centros educativos.

Asociación de Alumnos

Funciones Expresar la opinión del alumnado en todo aquello que

afecta a su situación en los centros.

Colaborar en la labor educativa de los centros y en lasactividades complementarias y extraescolares del mismo.

Promover la participación del alumnado en los órganoscolegiados del centro.

Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento dela acción cooperativa y de trabajo en equipo.

Presentar candidaturas diferenciadas para las eleccionesde representantes del alumnado al Consejo Escolar delcentro.

Participar en la elaboración y revisión del proyectoeducativo del centro.

Participar, a través de sus representantes, en el ConsejoEscolar del centro

ÓRGANOS DE

COORDINACIÓN

CCP/COM de Coordinación Pedagógica, Equipos de Ciclos,

Junta de Profesores o Evaluación, Orientación y Tutoría

CCP/COM de Coordinación

Pedagógica

Composición

Está compuesta por el director del centro, elsecretario, el orientador y todos los coordinadores deciclo.

Coordina permanentemente todos los trabajosacadémicos y la actividad lectiva del centro.

Se reúnen todos los meses.

Dentro de ésta comisión se puede formar unasubcomisión, la Unidad de Apoyo Educativo, que estáformada por el orientador, el logopeda, el profesoradode pedagogía terapéutica y el jefe de estudios delcentro. (También pueden participar en ella cuidadoreso auxiliares de hábitos y autonomía).

CCP/COM de Coordinación

Pedagógica

Funciones Establecer las directrices

generales para elaborar yrevisar los Proyectoscurriculares de etapa, asícomo dirigirlos ycoordinarlos.

Asegurar la coherenciaentre el PEC, losProyectos Curriculares y laPGA, así como proponer alClaustro su evaluación,aprobación ymodificaciones.

Velar por el cumplimientode los ProyectosCurriculares en la prácticadocente, así como suevaluación.

Elaborar la organizaciónde la orientación educativay del Plan de AcciónTutorial.

Proponer el Claustro elplan de formación delprofesorado.

Elaborar propuestas decriterios y procedimientospara las adaptacionescurriculares y planes sobrela diversidad delalumnado.

Equipos de Ciclo

Funciones Coordinador de Ciclo

Participar en la elaboración del Proyecto Curricular de

etapa y elevar a la CCP las propuestas formuladas

por el equipo de ciclo.

Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del

ciclo y la enseñanza en el correspondiente ciclo de

acuerdo con el Proyecto Curricular de etapa.

Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de

estudios en el área de su competencia,

especialmente las relativas a refuerzo educativo,

adaptación curricular y actividades complementarias.

Equipos de Ciclo

Funciones Equipos de Ciclo

Formular propuestas al equipo directivo y alClaustro relativas a la elaboración del PEC yla PGA.

Formular propuestas a la CCP relativas a laelaboración de los Proyectos Curriculares deetapa.

Mantener actualizada la metodologíadidáctica.

Organizar y realizar las actividadescomplementarias y extraescolares.

Junta de Profesores o

Evaluación

Composición

Está compuesta por todo el profesorado que imparte

clase a un grupo.

Se reúnen cada trimestre con motivo de las

evaluaciones

Funciones

Decidir si se pasa de curso o se repite.

Poner en común detalles de un grupo u otro.

Decidir si se expulsa o no a alguien.

Orientación y Tutoría

Composición

Está formado por los tutores de los

diferentes grupos.

Está coordinado por el jefe de estudios,

que da las pautas de cómo llevar la

tutoría en el aula.

Orientación y Tutoría

Funciones Participar en el desarrollo del

plan de acción tutorial y en las

actividades de orientación, bajo

la coordinación del Jefe de

Estudios. Para ello podrán

contar con la colaboración del

equipo de orientación educativa

psicopedagógica.

Atender a las dificultades de

aprendizaje de los alumnos,

para proceder a la

adecuación personal del

currículo.

Facilitar la integración de los

alumnos en el grupo y

fomentar su participación en

las actividades del centro.

Informar a los padres,

maestros y alumnos del

grupo de todo aquello que

les concierna en relación

con las actividades

docentes y el rendimiento

académico.

Facilitar la cooperación

educativa entre los

maestros y los padres de

los alumnos.

Atender y cuidar, junto con

el resto de los profesores

del centro, a los alumnos

en los períodos de recreo

y en otras actividades no

lectivas.

ÓRGANOS DE

GOBIERNO

Unipersonales y Colegiados

UNIPERSONALES:

EQUIPO DIRECTIVO

Director, Jefe de Estudios y

Secretario

Director

Nombramiento

El Director es la máxima autoridad dentro de un centro

educativo.

EI Director será elegido mediante una votación por

una Comisión y nombrado por el Director Provincial

del Ministerio de Educaci6n y Ciencia por un periodo

de cuatro anos.

La votación se efectuará mediante sufragio directo y

secreto. La elección se producirá por mayoría

absoluta.

EI nombramiento y la toma de posesi6n se realizaran

con efectos del 1 de julio siguiente a la celebraci6n de

las elecciones.

Director

Funciones

Algunas de las funciones que cumple son las

siguientes:

Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás

disposiciones vigentes.

Dirigir y coordinar todas las actividades del centro

Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al

centro y controlar la asistencia al trabajo.

Gestionar los medios materiales del centro.

Convocar y presidir los actos académicos.

Realizar las contrataciones de obras, servicios y

suministros de acuerdo con las disposiciones

vigentes.

Jefe de Estudios y Secretario

Nombramiento

EI Jefe de estudios y el Secretario serán maestros,funcionarios de carrera en situaci6n de servicio activocon destino definitivo en el centro designados por elDirector.

En situaciones excepcionales y con autorizaci6nexpresa del Director provincial, podrá ser nombradoun profesor que no tenga destino definitivo en elcentro.

La duración del mandato del Jefe de estudios y elSecretario será la que corresponda al Director que loshubiera designado.

EI nombramiento y la toma de posesi6n se realizarácon efectos del 1 de julio siguiente a la celebraci6n delas elecciones.

Funciones del Jefe de Estudios

Funciones

Algunas de las funciones que desempeña son:

Sustituir al Director en caso de ausencia o

enfermedad.

Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.

Coordinar y dirigir la acción de los tutores y del

maestro orientador del centro.

Organizar los actos académicos.

Fomentar la participaci6n de los distintos sectores de

la de la comunidad escolar.

Organizar la atenci6n y cuidado de los alumnos en los

periodos de recreo y en horas de actividades no

lectivas.

Funciones del Secretario

Funciones

Algunas de las funciones que realiza son:

Ordenar el régimen administrativo del centro.

Custodiar los libros y archivos del centro.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto delcentro.

Ordenar el régimen econ6mico del centro.

Participar en la elaboración de la propuesta deproyecto educativo y de la programaci6n generalanual junto con el resto del equipo directivo.

Velar por el mantenimiento material del centro entodos sus aspecto.

ÓRGANOS DE

GOBIERNO:

COLEGIADOS

Consejo Escolar y Claustro de

Profesores

Consejo Escolar

EI consejo escolar de las escuelas de educaci6ninfantil y los colegios de educación primaria es elórgano de participaci6n de los diferentes miembrosde la comunidad educativa.

Dependiendo de las unidades que tengan, el consejode los centros estará constituido por: Director del centro

Jefe de Estudios

Maestros

Representantes de los padres

Representante personal de administración y servicios

Concejal o representante del Ayuntamiento del Municipio

Secretario del Consejo

Consejo Escolar

De los representantes de los padres de

alumnos que componen el Consejo Escolar,

uno de ellos será elegido por la asociación de

padres de alumnos.

Los alumnos podrán estar representados en el

consejo escolar del colegio de Ed. Primaria,

con voz, pero sin voto.

Consejo Escolar Algunas de las funciones

que lleva a cabo el Consejo

escolar son las siguientes:

Las reuniones del consejo

escolar se celebraran en

el día.

Podrán realizarse

convocatorias

extraordinarias.

EI consejo escolar se

reunirá una vez al

trimestre y siempre que

convoque el Director. Se

realizará una reunión a

principio de curso y otra al

final de este.

Decidir sobre la admisi6n

de alumnos.

Elegir al Director del

centro.

Aprobar el proyecto de

presupuesto del centro y

la ejecuci6n del mismo.

Promover la renovaci6n de

las instalaciones y equipo

escolar, y vigilar su

conservaci6n.

Aprobar y evaluar la

programaci6n general del

centro.

Analizar y evaluar la

evuluci6n del rendimiento

escolar general del centro.

Conocer las relaciones del

centro con las

instituciones de su

entorno.

Claustro de Profesores

EI claustro es el órgano propio departicipación de los maestros en el centro.

Está constituido por todos los que seanprofesores en el Centro Educativo.

Tiene la responsabilidad de planificar,coordinar, decidir e informar sobre todos losaspectos docentes del mismo.

EI claustro será presidido por el Director yestará integrado por la totalidad de losprofesores que presten servicios en el centro.

Claustro de

Profesores

Algunas de las funciones

que desempeña son las

siguientes:

Establecer los criterios

para la elaboraci6n de

los proyectos

curriculares de etapa.

Elegir a sus

representantes en el

Consejo Escolar.

Coordinar las funciones

referentes a la

orientación, tutoría,

evaluaci6n y

recuperaci6n de los

alumnos.

Aprobar los criterios

para la elaboraci6n de

los horarios de los

profesores.

Analizar y valorar

trimestralmente la

situaci6n econ6mica del

centro.

Conocer las relaciones

del centro con las

instituciones de su

entorno.

Aprobar los criterios

pedag6gicos para la

elaboraci6n de los

horarios de los alumnos.

Aprobar los aspectos

docentes de la

programación general