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REPUBLICA DE COLOMBIA
SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DEL HUILA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN MARCOS
PACTO DE CONVIVENCIA
“Sembramos semillas, para un mejor futuro”
2011, Acevedo (Huila)
2
CONTENIDO
CAPITULO I .................................................................................................................................. 7
DE LA NATURALEZA JURIDICA Y LOS REFERENTES CONTEXTUALES ......................................... 7
ARTICULO 1. NATURALEZA JURIDICA Y LEGAL. .................................................................. 7
CAPITULO II. ................................................................................................................................. 7
HORIZONTE INSTITUCIONAL E IDENTIDAD SANMARQUINA ..................................................... 7
ARTICULO 2. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL ............................................................................... 7
ARTICULO 3. MISION DE LA INSTITUCIÓN ............................................................................. 8
ARTICULO 4. VISION DE LA INSTITUCIÓN .............................................................................. 8
ARTICULO 5. PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN ..................................................................... 8
ARTICULO 6. VALORES DE LA INSTITUCIÓN ....................................................................... 11
ARTICULO 7. NUESTROS SIMBOLOS ..................................................................................... 12
ARTICULO 8. PERFIL DEL ESTUDIANTE SANMARQUINO ...................................................... 13
ARTICULO 9. PERFIL DE DOCENTE SANMARQUINO .......................................................... 14
ARTICULO 10. PERFIL DEL COORDINADOR ........................................................................ 14
ARTICULO 11. PERFIL DEL RECTOR (A) ................................................................................ 15
ARTICULO 12. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA .................................................................... 16
CAPITULO III ............................................................................................................................... 16
DEL GOBIERNO ESCOLAR ......................................................................................................... 16
ARTICULO 13. PERIODO DE CONFORMACION ................................................................. 16
ARTICULO 14. ORGANOS QUE CONFORMAN EL GOBIERNO ESCOLAR ........................ 17
ARTICULO 15. DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVOS. .................................. 18
ARTICULO 16. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO. ........................................ 18
ARTICULO 17. DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO ACADÉMICO. ................................ 20
ARTÍCULO 18. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO. ................................... 20
ARTICULO 19. DE LAS FUNCIONES DEL RECTOR ................................................................ 22
ARTICULO 20. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR ................................................. 23
ARTICULO 21. DE LAS FUNCIONES DE LOS DOCENTES ..................................................... 24
3
CAPITULO IV .............................................................................................................................. 28
OTRAS INSTACIAS Y ORGANOS DE PARTICIPACION............................................................. 28
ARTICULO 22. CONSEJO DE ESTUDIANTES. ....................................................................... 28
ARTICULO 23. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL .................................................... 29
ARTICULO 24. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. ........................................................ 29
ARTICULO 25. PROCESO DE ELECCION DEL PERSONERO Y EL PERSONERITO. .............. 30
ARTICULO 26. FUNCIONES DEL PERSONERO. .................................................................... 30
ARTICULO 27. REQUISITOS PARA SER PERSONERO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN
MARCOS. .............................................................................................................................. 31
ARTICULO 28. CAUSALES DE DESTITUCION Y/O PERDIDA DE INVESTIDURA DEL
PERSONERO ESTUDIANTIL. .................................................................................................... 31
ARTICULO 29: EL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL. ......................................... 32
ARTICULO 30. DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE CONVIVENVIA INSTITUCIONAL. . 32
ARTICULO 31. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LAS MESAS DE CONCILIACION
ESCOLAR. ................................................................................ ¡Error! Marcador no definido.
ARTICULO 32. DE LOS PROCESOS DE ATENCION Y CONCILIACION ESCOLAR. ............ 33
ARTICULO 33. DE LOS COMITES DE GRADO. ..................................................................... 33
ARTICULO 34. CONFORMACION Y FUNCION DE LOS COMITES DE GRADO. ................ 34
ARTÍCULO 35. DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. ..................................................... 34
ARTICULO 36. DE LA ELECCIÓN DE SUS DELEGADOS. ..................................................... 34
ARTÍCULO 37. DE LA ESTRUCTURA DEL CONSEJO DE PADRES. ....................................... 35
ARTICULO 38. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. ................... 35
CAPITULO V ............................................................................................................................... 36
DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE SAN MARQUINO Y SU ADMISIÓN ...................................... 36
ARTÍCULO 39: REQUISITOS PARA OBTENER LA CALIDAD DE ESTUDIANTES ..................... 36
ARTICULO 40: DE LOS REQUISITOS PARA QUE LOS ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN
ESPECIAL INGRESEN A LA INSTITUCIÓN. ............................................................................. 37
ARTÍCULO 41. DE LA MATRÍCULA. ....................................................................................... 37
ARTÍCULO 42. ........................................................................................................................ 38
ESTUDIANTES NUEVOS: ............................................................................................................. 38
ESTUDIANTES ANTIGUOS. .......................................................................................................... 38
ARTÍCULO 43. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE SAN MARQUINO. .................. 38
ARTICULO 44. PERDIDA DE CUPO PARA EL SIGUIENTE AÑO ELECTIVO. ......................... 39
ARTICULO 45. DEL UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES. ........................................................ 39
ARTICULO 46. DE LOS UNIFORMES DE LOS ESTUDIANTES POR CICLOS ........................... 40
4
ARTÍCULO 47. JORNADA ESCOLAR ................................................................................... 40
CAPITULO VI .............................................................................................................................. 40
DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ................................................................................ 40
ARTICULO 48. FUNDAMENTO LEGAL Y EPISTEMOLÓGICO. ............................................. 40
ARTICULO 49. DERECHOS CONVIVENCIALES. ................................................................... 41
CAPITULO VIª. ............................................................................................................................ 42
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. ................................................................................................. 42
ARTICULO 50. COMPROMISOS CONVIVENCIALES ........................................................... 42
CAPITULO VII. ............................................................................................................................ 45
CONVIVENCIA .......................................................................................................................... 45
ARTICULO 51. DEFINICIÓN DEL TERMINO CONVIVENCIA. ............................................... 45
ARTICULO 52. COMPROMISOS .......................................................................................... 45
ARTICULO 53. VALORACIÓN .............................................................................................. 45
CAPITULO VIII. .......................................................................................................................... 46
PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES ..................................................................................... 46
ARTICULO 54. EL ESTUDIANTE SAN MARQUINO TIENE PROHIBIDO: ................................. 46
CAPITULO IX. ............................................................................................................................. 47
FALTAS DISCIPLINARIAS. ........................................................................................................... 47
ARTICULO 55. CLASIFICACION Y DEFENICION ................................................................. 47
ARTICULO 56. Constituyen FALTAS GRAVISIMAS ............................................................. 48
ARTICULO 57. Constituyen FALTAS GRAVES ..................................................................... 48
CAPITULO X. ............................................................................................................................. 49
PRINCIPIOS DISCIPLINARIOS DE LA INSTITUCION. ................................................................. 49
ARTICULO 58. El proceso disciplinario que se cumple en la Institución Educativa San
marcos obedece a los siguientes principios: ................................................................... 49
ARTICULO 59. En cuanto a las sanciones debe tenerse en cuenta que: ................... 50
CAPITULO XI .............................................................................................................................. 51
DE LA CALIFICACION DE FALTAS, INSTANCIAS Y DEBIDO PROCESO .................................. 51
ARTICULO 60. CALIFICACION DE FALTAS: ......................................................................... 51
ARTICULO 61. COMPETENCIAS. .......................................................................................... 51
ARTICULO 62.CONDUCTO REGULAR. ................................................................................ 51
5
ARTICULO 63. CONDUCTO REGULAR CONVIVENCIAL. ................................................... 51
ARTICULO 64. CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO ........................................................ 51
ARTICULO 65. CRITERIOS DEL DEBIDOPROCESO............................................................... 52
ARTICULO 66. INSTANCIAS DEL DEBIDO PROCESO. ......................................................... 52
ARTICULO 67. CRITERIOS CORECTIVO CON BASE EN DEBIDO PROCESO. ..................... 54
ARTICULO 68. RECURSOS Y PROCEDIMENTOS. ................................................................. 55
CAPITULO XII. ........................................................................................................................... 56
DEL BIENESTAR ESTUDIANTIL . ................................................................................................... 56
ARTICULO 69. ESTIMULOS..................................................................................................... 56
ARTICULO 70. PROCESO PARA ACCEDER A LOS DIFERENTES SERVICIOS DE LA
INSTITUCION. ......................................................................................................................... 57
ARTICULO 71. MEDIOS DE EXPRESION Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL .................. 59
CAPITULO XIII. .......................................................................................................................... 60
PARTICIPACION EN DEPORTES, EXCURSIONES Y VISITAS DE ESTUDIO. ................................ 60
ARTICULO 72. Para la participación en actividades deportivas se observarán las
siguientes normas: ............................................................................................................... 60
ARTICULO 73. En cuanto a la realización de visitas de estudio ..................................... 60
ARTICULO 74. La Institución legalmente no puede organizar ni realizar actividades
tendientes a recolectar recursos económicos con fines pro-excursiones o paseos. . 61
CAPITULO XIV ............................................................................................................................ 61
DE LOS PADRES DE FAMILIA ..................................................................................................... 61
ARTICULO 75. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA. ................................................... 61
ARTICULO 76. COMPROMISOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA. ....................... 61
ARTICULO 77. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILA Y/O ACUDIENTES: ........................ 63
CAPITULO XV ............................................................................................................................. 63
DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO ........................................................................ 63
ARTICULO 78. DERECHOS DE LOS DOCENTES ................................................................... 63
ARTICULO 79. DEBERES DE LOS DOCENTES ....................................................................... 64
ARTICULO 80. ESTIMULOS A LOS DOCENTES. .................................................................... 65
ARTICULO 81. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO. .......................................... 66
ARTICULO 82. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO. .............................................. 66
ARTICULO 83. ESTIMULOS AL PERSONAL ADMINISTRATIVO. ............................................. 67
6
CAPITULO XVI ............................................................................................................................ 67
DE LAS MODIFICAICONES, TEMPORALIDAD Y VIGENCIA DEL MANUAL O PACTO DE
CONVIVECIA ............................................................................................................................. 67
ARTICULO 84. MODIFICACIONES AL MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA. ............... 67
ARTICULO 85. TEMPORALIDAD DEL MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA. ................. 68
ARTICULO 86. VIGENCIA ..................................................................................................... 68
7
CAPITULO I
DE LA NATURALEZA JURIDICA Y LOS REFERENTES CONTEXTUALES
ARTICULO 1. NATURALEZA JURIDICA Y LEGAL. La Institución Educativa
San Marcos, obtuvo su reconocimiento oficial, así: para preescolar y la
educación básica (primero a noveno) mediante decreto N° 422 de 7
de mayo de 2004, el cual lo reconoce como Centro Educativo; con
ocho centros docentes rurales anexos; los cuales fueron: Copalito,
Peñas Blancas, San Luis, La Cabaña, Versalles, San José de Corinto, La
Florida y La Barniza. Obtiene el reconocimiento oficial como Institución
Educativa mediante Resolución N° 850 de 26 de marzo de 2009. El ciclo
de educación media es reconocido Mediante Resolución N°2492 de 22
de julio del 2010.
Es un establecimiento público y oficial mixto, adscrito a la Secretaria de
Educación Departamental del Huila, con domicilio: Corregimiento San
Marcos, del municipio de Acevedo (Huila). Imparte educación Formal
de Carácter Académico, en los niveles de Preescolar, Primaria,
secundaria y Media, en jornada completa.
Las normas del presente MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA se basan
en la Constitución de la República de Colombia, la Ley 1098 de 2006 de
Infancia y Adolescencia, y Jurisdicción de Familia, en los Derechos
Universales del Niño promulgados por la Organización de las Naciones
2002, decreto 1850 de 2002, decretos 3020 y 3055 de 2002; y en las
demás normas educativas legales vigentes.
El presente MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA contiene los
fundamentos principales del Proyecto Educativo Institucional HACIA LA
CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO Y EL AFIANZAMIENTO EN VALORES para
una sana convivencia en sociedad.
CAPITULO II.
HORIZONTE INSTITUCIONAL E IDENTIDAD SANMARQUINA
ARTICULO 2. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL
La calidad de la educación que ofrece la Institución es el producto de
una participación colectiva de quienes conforman la familia
Sanmarquina. Cada integrante es promotor de desarrollo pedagógico
y formativo que constituye la razón de ser institucional. Los procesos
8
cognitivos, socioafectivos y psicomotores que forman al estudiante,
deben darse simultáneamente con el fortalecimiento de valores como
la libertad, el amor, el ejercicio de la democracia, el respeto, la
tolerancia y la solidaridad entre todos. Por consiguiente, las pautas
consensuadas son el producto de una reflexión unificada permitiendo
la autonomía y la apropiación de los convenios de convivencia. Puesto
que un convenio no debe ser letra muerta sino que lo ideal es cumplirlo
sin necesidad de presiones externas, propiciando una participación
comunitaria, teniendo en cuenta las diferencias y oportunidades.
ARTICULO 3. MISION DE LA INSTITUCIÓN
Ofrecer a los niños y jóvenes del municipio de Acevedo, una
educación integral de excelente calidad en los niveles de preescolar,
básica y media; con énfasis en la investigación agropecuaria
fundamentada en principios y valores, utilizando como modelo
pedagógico el Constructivismo; desde un marco educativo
caracterizado por su transversalidad e interdisciplinariedad, que
permitan mejorar permanentemente las condiciones de la comunidad.
ARTICULO 4. VISION DE LA INSTITUCIÓN
Hacia el año 2016 la institución será pionera en la formación de niños,
niñas y jóvenes lideres que proyecten a la comunidad mejores
condiciones de vida, brindándoles los conocimientos técnicos
agropecuarios, haciendo uso de principios democráticos y de
convivencia ciudadana .
ARTICULO 5. PRINCIPIOS DE LA INSTITUCIÓN
La institución educativa adopta como principios los contenidos en el
Capítulo I del Título primero de la Ley 30 de 1992.
A partir de los principios establecidos por la Ley, La institución educativa
San marcos decidió formular un decálogo propio que sea coherente
con la filosofía y con el desarrollo institucional. Estos principios fueron
avalados por el Consejo Académico y el Consejo Directivo. Ellos son:
1. Principio de la Responsabilidad social. Se instituye para el
cumplimiento de su Misión y Visión, teniendo en cuenta que responde
ante la sociedad mediante sus órganos de gobierno.
9
2. Principio de Excelencia académica. Encamina su labor docente
hacia la consecución de niveles de excelencia, para lo cual no
escatima esfuerzos que conduzcan a obtener logros cada vez mayores
en los procesos académicos.
3. Principio de Innovación. Apoya y fomenta actividades conducentes
a la innovación en los campos de la docencia, la investigación y la
extensión con el fin de contribuir de manera eficiente y constante al
desarrollo local, regional y del país.
4. Principio de Equidad. Se compromete a llevar a cabo sus
actuaciones con justicia, sin discriminación de credo, etnia, opinión
política e ideológica y se obliga a hacer
Públicos todos sus actos, en los órganos de comunicación establecidos.
5. Principio de Pluriversidad. Orienta sus procesos hacia las corrientes
del pensamiento, con el fin de contribuir a la permanente actualización
de sus programas dentro de un espíritu ínter y transdisciplinario que
garantice la prestación de todos sus servicios.
6. Principio de Apertura al diálogo. Acoge y fomenta la convivencia
entre las personas que la conforman, y la apertura al diálogo como el
medio más eficaz para el mantenimiento del buen clima
organizacional.
7. Principio de Solidaridad. Reconoce en todas las personas su dignidad
como pilar fundamental para el progreso y desarrollo de las relaciones
interpersonales y de la sociedad.
8. Principio de Sentido de ciudadanía. En su labor de formar
ciudadanos libres, promueve una actitud crítica y participativa, la cual
se manifiesta en la participación de todos los sectores del Centro
educativo en su gobierno y administración.
9. Principio de Convivencia. Establece como uno de sus principios
básicos el de la convivencia de sus participantes, la que garantiza
mediante el respeto mutuo de todos para con todos y el sometimiento
a los principios de la dignidad humana la cual emana de su condición
de persona.
10. Principio de Transparencia. Para asegurar la firmeza de sus
propósitos y de sus valores y actitudes establece la transparencia, que
se reafirma en el acceso público a todo documento interno de la
10
institución educativa, salvo a los declarados confidenciales, lo cual se
constituye en norte de su acción, y en respaldo a todas y cada una de
sus actuaciones tanto académicas, como administrativas.
11. Principio de Bienestar. Toda situación educativa debe propiciar que
estudiante se sienta plenamente considerado en cuanto a sus
necesidades e intereses de protección, protagonismo, afectividad y
cognición, generando sentimientos de aceptación, confortabilidad,
seguridad y plenitud, junto al goce por aprender de acuerdo a las
situaciones y a sus características personales. Junto con ello, involucra
que los niños vayan avanzando paulatina y conscientemente en la
identificación de aquellas situaciones que les permiten sentirse
integralmente bien, y en su colaboración en ellas.
12. Principio de Actividad. El estudiante debe ser efectivamente
protagonista de sus aprendizajes a través de procesos de apropiación,
construcción y comunicación. Ello implica considerar que los niños y
jóvenes aprenden actuando, sintiendo y pensando, es decir,
generando sus experiencias en un contexto en que se les ofrecen
oportunidades de aprendizaje según sus posibilidades, con los apoyos
pedagógicos necesarios que requiere cada situación y que
seleccionará y enfatizará la educadora.
13. Principio de Singularidad. Cada estudiante, independientemente
de la etapa de vida y del nivel de desarrollo en que se encuentre, es un
ser único con características, necesidades, intereses y fortalezas que se
deben conocer, respetar y considerar efectivamente en toda situación
de aprendizaje. Igualmente, se debe tener en cuenta que la
singularidad implica que cada niño o joven aprende con estilos y ritmos
de aprendizaje propios.
14. Principio de Potenciación. El proceso de enseñanza-aprendizaje
debe generar en los estudiantes un sentimiento de confianza en sus
propias capacidades para enfrentar mayores y nuevos desafíos,
fortaleciendo sus potencialidades integralmente. Ello implica también
una toma de conciencia paulatina de sus propias capacidades para
contribuir a su medio desde su perspectiva de niño o joven.
15 Principio de Relación. Las situaciones de aprendizaje que se le
ofrezcan al estudiante deben favorecer la interacción significativa con
otros niños, jóvenes y adultos, como forma de integración, vinculación
afectiva, fuente de aprendizaje, e inicio de su contribución social. Ello
conlleva generar ambientes de aprendizaje que favorezcan las
11
relaciones interpersonales, como igualmente en pequeños grupos y
colectivos mayores, en los cuales los modelos de relación que ofrezcan
los otros juegan un rol fundamental. Este principio involucra reconocer
la dimensión social de todo aprendizaje.
16. Principio de Unidad. El estudiante como persona es esencialmente
indivisible, por lo que enfrenta todo aprendizaje en forma integral,
participando con todo su ser en cada experiencia que se le ofrece. Ello
implica que es difícil caracterizar un aprendizaje como exclusivamente
referido a un ámbito específico, aunque para efectos evaluativos se
definan ciertos énfasis.
17. Principio del Significado. Una situación educativa favorece mejores
aprendizajes cuando considera y se relaciona con las experiencias y
conocimientos previos de las niñas y niños, responde a sus intereses y
tiene algún tipo de sentido para ellos. Esto último implica que para el
estudiante las situaciones educativas cumplen alguna función que
puede ser lúdica, gozosa, sensitiva o práctica, entre otras.
18. Principio del Juego. Enfatiza el carácter lúdico que deben tener
principalmente las situaciones de aprendizaje, ya que el juego tiene un
sentido fundamental en la vida del estudiante. A través del juego, que
es básicamente un proceso en sí para todos los estudiantes,
especialmente los más pequeños y no sólo un medio, se abren
permanentemente posibilidades para la imaginación, lo gozoso, la
creatividad y la libertad.
ARTICULO 6. VALORES DE LA INSTITUCIÓN
Todos aquellos que lleve a la persona a defender y crecer en su
dignidad, la cual depende exclusivamente de la elección libre del
sujeto.
Nuestra institución educativa adoptara como valores los siguientes:
1. Emprendimiento: Personas con capacidad de innovar, entendida
ésta como la capacidad de generar bienes y servicios de una forma
creativa, metódica, ética, responsable y efectiva.
2. Responsabilidad: Cualidad de quien responde positivamente ante si
mismo y los demás.
3. Autonomía: Facultad de la persona para actuar libremente dentro
de un marco de valores predeterminados por la sociedad.
12
4. Sentido de Pertenencia: Identificación de la persona convicción con
una manera de pensar en una institución.
5. Tolerancia: Respeto y consideración hacia la manera de ser, obrar o
pensar de los demás, contraria a la propia.
6. Respeto: Valorar con prudencia una persona una idea o una
institución.
7. Social: Capacidad de relacionarse con otras personas en diferentes
ámbitos asumiendo las diferencias.
8. Solidaridad: Manifestación emotiva de la sociabilidad, por la cual
una persona se siente vinculada a una causa, sentimiento o
actuación.
9. Honestidad: Personas de recto proceder.
10. Sencillez: Cualidad de quien tiene un concepto equitativo de si
mismo y de los demás.
11. Proactivo: Actitud dinámica y visionaria de quien tiene la
capacidad de autogestionar su proyecto de vida.
ARTICULO 7. NUESTROS SIMBOLOS
BANDERA:
ESCUDO:
HIMNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SAN MARCOS
CORO
13
En san marcos trabajamos con orgullo,
buscando un horizonte feliz
con trabajo y estudio en las aulas
lograremos un gran porvenir.
I
Valores ciencia y trabajo,
Tres palabras que exigen amor.
San marquino cantemos unidos
Nuestro himno que es gloria y amor.
II
Con familia y maestros activos
El progreso ya hemos venido
Paz, libertad y liderazgo
Solidarios hay que conseguir. (coro)
III
A san marcos orgulloso debemos
El nombre que nos dejó en este lindo pedazo de tierra.
Al sur de nuestra nación donde
Sembramos semillas pensantes
Que a la patria brinda lo mejor.
Letra:
Música:
ARTICULO 8. PERFIL DEL ESTUDIANTE SANMARQUINO
El estudiante sanmarquino debe ser comprometido plenamente con la
Institución y debe poseer las siguientes características:
Persona inquieta y preocupada por su formación integral.
Consciente de su realidad y entorno
Capas de valorar y cuidar de los recursos del medio ambiente.
Se manifiesta dinámico, propositivo y visionario
Cumpla responsablemente con sus compromisos académicos y de
convivencia.
Tenga un alto grado de autoestima y superación personal.
Que desarrolle sentido de pertenencia, reconozca y valore los
elementos que le brinda la institución para su cuidado y de su
entorno.
Respeto por sí mismo y por lo demás.
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Que participe activa y críticamente en la construcción de su
conocimiento.
Solidario y respetuoso de la diferencia.
Que se distinga por su desempeño productivo y visión empresarial.
A través de los valores inculcados proyecte su estilo de vida.1
ARTICULO 9. PERFIL DE DOCENTE SANMARQUINO
Debe ser una persona comprometida plenamente con la institución y
poseer las siguientes características:
Persona innovadora, investigadora y comprometida con su labor
pedagógica, conscientes, transformador de las nuevas tendencias
de nuestra sociedad, con capacidad para construir
colectivamente.
Demostrar sentido de pertenencia con la institución a través de su
testimonio de vida, respetando las diferencias individuales y
posibilitando a la participación en toda actividad.
Orienta la convivencia facilitando un ambiente de tolerancia,
respeto, solidaridad, autonomía y honestidad que conlleven a la
formación integral.
Persona que ama la naturaleza e inculca en sus estudiantes este
amor.
Liderar y coordinar estrategias que promuevan el sentido de
pertenencia en la institución.
Demostrar liderazgo en su quehacer pedagógico motivando la
participación activa de sus estudiantes en las actividades escolares
y extra-escolares.
Emprendedora, tolerante, dinámica, diligente, comprensiva,
exigente, puntual, autocontrolada, supremamente organizada y
creativa.
Consciente de sus capacidades, debilidades y con disposición para
capacitarse y actualizarse de acuerdo a las necesidades
institucionales.
ARTICULO 10. PERFIL DEL COORDINADOR
Debe ser una persona comprometida plenamente con la institución
que representa y posee las siguientes características:
o Es ecuánime y consecuente con las decisiones que tome. 1 De acuerdo al Artículo 43º, OBLIGACION ETICA FUNDAMENTAL DE
LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS, de la Ley 1098 de 2006 (Código de la infancia y la adolescencia) Concordancias: Artículo 25 Ley 115 de 1994:
15
o Tener claridad por las normas legales y conocer profundamente el
MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA de la institución.
o Ser conciliador siguiendo los parámetros establecidos por la
comunidad en el PACTO DE CONVIVENCIA.
o Poseer una gran calidad humana, especialmente en lo que refiere a
la resolución de conflictos y conciliación.
o Que se distinga por su emprendimiento, creatividad,
responsabilidad, puntualidad, honestidad, liderazgo, tolerancia,
dinamismo, exigencia, organización, creatividad, capacidad de
servicio y alto grado de solidaridad.
o Persona con cualidades humanas de comprender, respetar y
aceptar a otro sin distingo de condiciones.
o Con idoneidad académica, pedagógica, intelectual y profesional,
con habilidad y disposición para planear, ejecutar y evaluar
procesos académicos con la comunidad educativa.
o Capaz de crear estrategias para la conciliación y solución de
conflictos de índole académico.
o Con liderazgo para el perfecto desarrollo y desempeño de sus
actividades diarias dentro y fuera de su ámbito de trabajo.
ARTICULO 11. PERFIL DEL RECTOR (A)
EL Rector debe ser una persona comprometida plenamente con la
institución que representa y poseer las siguientes características:
ʘ Que entienda la autoridad como un servicio.
ʘ Capaz de liderar procesos, proyectos con respeto por las ideas.
ʘ Formador dentro de los lineamientos de democracia participativa.
ʘ Con una formación pedagógica, profesional y humanística por lo
cual debe manejar un bagaje cultural frente a las áreas del saber.
ʘ Que se distinga por sus cualidades humanas: responsabilidad,
puntualidad, honestidad, capacidad de servicio y alto grado de
solidaridad.
ʘ Capaz de interrelacionarse con los demás, trabajo en equipo, buen
nivel de escucha, análisis, interpretación y uso apropiado de la
información con el propósito de crear canales de comunicación.
ʘ Con actitud positiva, disposición permanente al cambio y de trato
agradable.
ʘ Emprendedor, creativo, dinámico y autocontrolado.
ʘ Capaz de planear y ejecutar las actividades propuestas en
beneficio de la comunidad.
ʘ Equitativo y justo en el trato con todos los miembros de la
comunidad.
ʘ Conocedora del contexto normativo de la Educación Colombiana.
16
ʘ Dar testimonio de vida.2
ARTICULO 12. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
Debe ser una persona comprometida plenamente con la institución a
la cual llega, y debe poseer las siguientes características:
ѳ Responsable frente a la formación de sus hijos.
ѳ Testimonio de vida ante su familia y comunidad.
ѳ Afectuoso, que brinde amor, cariño y ternura.
ѳ Propiciadores del dialogo para una mejor y adecuada
comunicación entre la institución y la familia.
ѳ Atentos, honestos y respetuosos con todos los miembros de la
comunidad educativa.
ѳ Generosos, que brinde apoyo económico y moral a su familia.
ѳ Colaboradores, dinámicos en los eventos realizados por la
institución.
ѳ Flexibles, sensibles ante el sufrimiento de los niños.
ѳ Conscientes y dinámicos en los eventos realizado por la institución.
ѳ Con sentido de pertenencia y leales a la institución.
ѳ Voceros de la problemática educativa, plateando alternativas de
solución.
ѳ Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su
responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para
mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores
ciudadanos. 3
CAPITULO III
DEL GOBIERNO ESCOLAR
ARTICULO 13. PERIODO DE CONFORMACION
La institución conformara y organizara el gobierno escolar dentro de los
primeros sesenta días calendario siguiente al de la iniciación de clases
de cada periodo lectivo anual. Con tal fin el rector convocara con la
debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las
elecciones correspondientes. 4
2 De acuerdo al Artículo 39º, OBLIGACIONES DE LA FAMILIA, de la Ley 1098 de 2006 (Código de la
infancia y la adolescencia) Concordancias: Artículo 7 Ley 115 de 1994:
3 (Decreto 1286 de 2005- articulo 3)
4 De acuerdo al Artículo 32º Concordancias: Artículo 143 Ley 115 de1994
17
Los representantes en los órganos de colegiados serán elegidos para
periodos anuales pero continuara ejerciendo sus funciones hasta
cuando sea reemplazado. En caso de vacancia se elegirá su
reemplazo para el resto del periodo.
PARAGRAFO 1. Los integrantes de los órganos del Gobierno Escolar,
serán elegidos por los distintos estamentos educativos y cumplirán las
funciones de su cargo siguiendo lo preceptuado en normas legales
vigentes y este MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA, igualmente
llevaran las actas de los acuerdos producidos en ellos.
PARAGRAFO 2. El presente Manual, la expresión Directivas del colegio,
se refiere al Rector y Coordinadores.
ARTICULO 14. ORGANOS QUE CONFORMAN EL GOBIERNO ESCOLAR
Para garantizar a todos los estamentos su participación democrática
en la toma de decisiones, la comunidad del Colegio San Marcos se
organiza de la siguiente manera, conforme a la ley General de
Educación 115 de 1994 y al Decreto 1860 de1994 y ley de 2001.
1. El consejo Directivo, como instancia directica, de participación de
la comunidad educativa y de orientación académica y
administrativa del establecimiento.
2. El Rector, como representante del establecimiento ante las
autoridades educativas, responsables de la gestión administrativa y
curricular, ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar.
3. El consejo Académico, responsable de la organización, orientación
pedagógica, ejecución y mejoramiento continúo del plan de
estudio; así como de revisar y hacer ajustes al currículo, y participar
en la evaluación institucional anual.
4. El consejo de Estudiantil es la instancia de participación de los
alumnos en la vida institucional.
5. El Comité de Convivencia es un órgano consultor del consejo
directivo y del rector, encargado de asesorar o estas instancias en la
resolución de situaciones relacionadas con la convivencia y la
disciplina.
6. El consejo de Padres de Familia, órgano en cargado de la veeduría
de los diferentes procesos que se llevan a cabo en la institución.
18
7. Asamblea General de Padres de Familia, Son los responsables de del
ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso
educativo de sus hijos.
8. Personero Estudiantil, en cargado de promover el ejercicio de los
derechos y deberes de los estudiantes establecidos en la
Constitución, las leyes, los reglamentos y el pacto de convivencia.
9. Asociación de Padres de Familia, responsables de apoyar la
ejecución del PEI y el Plan de mejoramiento; promover la formación
de los padres para que cumplan adecuadamente la tarea
educativa que les corresponde.
ARTICULO 15. DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVOS.
EL consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales estará
integrado por:
1. El Rector, quien lo presidirá y convocara ordinariamente una vez por
mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de
los votantes en una asamblea de docentes.
3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por la Junta
Directiva de la Asociación de Padres de Familia.
4. Un represente de los estudiantes elegidos por el Consejo de
Estudiantes, entre los alumnos que se encuentra cursando el último
grado de educación ofrecido por la institución.
5. Un representante por los ex alumnos elegidos por el Consejo
Directivo, de terna presentadas por las organizaciones que
aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya
ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de
representante de los estudiantes.
6. Un representantes de los sectores productivos organizados en el
ámbito local o subsidiariamente de la entidades que auspicien o
patrocinen el funcionamiento del establecimiento educativo,. El
representante será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
ARTICULO 16. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes:
19
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución,
excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como
las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los
establecimientos privados;
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre
docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento
educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos
en el reglamentos o PACTO DE CONVIVENCIA;
3. Adoptar el MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA y el reglamento de
la institución;
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la
admisión de nuevos alumnos;
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad
educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado;
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal
docente presentado por el Rector;
7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo
institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la
consideración de la Secretaria de Educación respectiva o del
organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento
de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
8. Estimular y controlar el buen funcionamientos de la institución
educativa;
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño
académico y social del alumno que han de incorporarse al
reglamento o PACTO DE CONVIVENCIA. en ningún caso pueden ser
contrarios a la dignidad del estudiante;
10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y
personal administrativo de la institución;
11. Recomendar criterios de participación de la institución en
actividades comunitarias, culturales, deportivas, y recreativas;
12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones
en la realización de actividades educativas, culturales, deportivas y
sociales de la respectiva comunidad educativa;
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con
otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones
juveniles;
20
14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y
de estudiantes;
15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente
Decreto;
16. Aprobar el presupuesto de ingreso y gastos de los recursos propios y
los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por
los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales
como derechos académicos, uso de libros de texto y similares,
17. Darse su propio reglamento.
18. Y las demás contempladas en el decreto reglamentario 992 del 21
de mayo 2002
ARTICULO 17. DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO ACADÉMICO.
En cumplimiento de art. 24 del decreto 1860 de 1994, el Consejo
Académico de la institución estará conformado por:
1. El Rector(a) o su delegado, quien lo presidirá y convocará
ordinariamente mensualmente en el espacio que sea asignado de
acuerdo con la estructura académica de la institución y
extraordinariamente cuando lo considere conveniente.
2. El coordinador.
3. Un representante de cada área definida en el Plan de Estudio.
PARAGRAFO 1. Todos los dignatarios tienen voz y voto en las
deliberaciones que se realicen. Los invitados, si los hay o cuando los
hubiere, podrán participar con voz pero sin voto.
ARTÍCULO 18. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO.
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la
propuesta del proyecto educativo institucional.
2. Conformar la Comisión de Evaluación y Promoción de los
educandos, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general
de evaluación.
3. Hacer el estudio de la propuesta curricular, establecer las
modificaciones y ajustes pertinentes.
4. servir de instancia para resolver los conflictos académicos que se
presenten entre docentes y estudiantes, después de haber agotado
los procedimientos previstos en el Pacto de Convivencia.
21
5. Establecer políticas y definir criterios de evaluación y promoción del
estudiante y fijar, mediante acuerdos, los lineamientos institucionales
que sean pertinentes de acuerdo con las tendencias universales de
la educación.
6. Hacer las modificaciones que anualmente requiera el Pacto de
Convivencia y presentarlas al Consejo Directivo para su adopción.
7. Fijar criterios para asesorar al coordinador respecto a políticas y
procedimientos requeridos para la administración eficiente y eficaz
del currículo.
8. Estudiar las necesidades de capacitación y actualización de los
docentes, para presentarlo al Consejo Directivo por intermedio del
Director (a) antes de finalizar el primer periodo del año lectivo.
9. Diseñar políticas, estrategias y etapas de planeación, control y
evaluación del Plan de Estudios y del PEI.
10. Organizar el Plan de Estudios y propiciar su continuo mejoramiento,
introduciendo las modificaciones pertinentes.
11. Estimular la gestión de docentes y estudiantes y la de todos aquellos
que participan pro-activamente para lograr el éxito del PEI.
12. Recomendar políticas y acciones de control de la gestión de los
sectores y estamentos relacionados con el desarrollo académico y
en todo caso, garantizar el buen funcionamiento de la institución.
13. Recomendar diferentes tipos de estímulos al buen desempeño
académico y social de los estudiantes y otros miembros de la
comunidad.
14. Diseñar políticas, instrumentos y estrategias para la evaluación del
rendimiento escolar de acuerdo con los lineamientos del Proyecto
Educativo Institucional.
15. Diseñar instrumentos y procedimientos para la evaluación de
docentes, directivos docentes y personal administrativo de la
institución.
16. Recomendar y fijar criterios de participación de la institución en
congresos, foros, seminarios, reuniones y otras actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la
Comunidad Educativa.
17. Promover permanentemente el mejoramiento académico a través
de programas de control y evaluación.
18. Revisar los planes operativos y de gestión de los consejos de área,
asignatura y proyectos pedagógicos.
22
19. Establecer y definir el cronograma anual de actividades
pedagógicas y ajustarlo cada bimestre de acuerdo con las
necesidades del PEI.
20. Estudiar y definir el programa de sistematización del registro escolar
de valoración.
21. Establecer y definir un programa de apoyo y seguimiento a los
estudiantes que presenten dificultades.
22. Establecer y definir un programa para estudiantes reprobados.
23. Establecer un programa de acompañamiento a los estudiantes que
superen ampliamente los logros establecidos en el Plan de estudios.
24. Recibir, estudiar y decidir sobre las quejas y reclamos que presenten
los estudiantes con relación a los asuntos académicos, después de
haber agotado el debido proceso.
25. Establecer criterios institucionales para la promoción anticipada
cuando se presentes solicitudes y definir procedimientos cuando sea
necesario promover anticipadamente a un estudiante que lo
merezca.
26. Estructurar, organizar y asignar funciones al Consejo de Convivencia.
27. Otras afines de acuerdo con la naturaleza de este organismo.
28. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores
que le atribuya el proyecto educativo institucional.
ARTICULO 19. DE LAS FUNCIONES DEL RECTOR
Le corresponde al Rector del establecimiento educativo:
1. Dirigir la reorganización del PEI con la participación de los distintos
actores de la comunidad educativa.
2. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar
las decisiones del gobierno escolar;
3. Presidir el consejo directivo y académico de la institución,
coordinar los distintos órganos del gobierno escolar. Representar el
establecimiento ante las entidades educativas y la comunidad
escolar.
4. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad
y dirigir su ejecución.
5. Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por
incentivo se le asignen, en los términos de la presente ley.
6. Promover y gestionar recursos ante las diferentes entidades
estatales y/o privadas para el mejoramiento de la institución
educativa.
23
7. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos
interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
8. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones
correspondientes al personal docente y administrativo, reportar las
novedades e irregularidades del personal a la secretaria de
educación municipal, departamental o quien haga sus veces.
9. Administrar el personal docente asignado a la institución en lo
relacionado con las novedades y los permisos.
10. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal
docentes y en su selección definitiva.
11. Distribuir las funciones académicas y demás funciones de
docente, y administrativos a su cargo, de conformidad con las
normas sobre la materia.
12. Realizar y socializar la evaluación anual de desempeño de los
docentes y administrativos a su cargo.
13. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir
capacitación.
14. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o
municipio de acuerdo con sus requerimientos.
15. Responder por la calidad de la prestación de servicios en su
institución.
16. Rendir un informe al consejo directivo de la institución al menos
cada 6 meses.
17. Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta
prestación del servicio educativo.
18. Promover actividades de beneficios social que vinculen al
establecimiento con la comunidad local;
19. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado,
atinentes a la prestación del servicio público educativo
ARTICULO 20. DE LAS FUNCIONES DEL COORDINADOR
El coordinador General depende del Rector del plantel, le corresponde
la administración académica y disciplinaria de la Institución. De él
dependen los jefes de departamento y por la relación de autoridad
funcional, los profesores; sus funciones son:
1. Participar en el Comité Académico y en los demás en que sea
requerido.
2. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación Institucional.
3. Dirigir la Planeación y Programación Académica, de acuerdo con
los objetivos y criterios curriculares.
24
4. Organizar a los profesores por áreas y proyectos de acuerdo con las
normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los
objetivos.
5. Coordinar la acción académica con la Administración de alumnos y
profesores.
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades
académicas.
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar
acciones para mejorar la retención escolar.
9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el
horario general de clases del plantel.
10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos
educativos.
11. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas
vigentes.
12. Rendir periódicamente informe al Rector del plantel sobre el
resultado de las actividades académicas.
13. Asumir las funciones del Rector (a) encargado, en la ausencia del
titular de la Institución.
14. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutorias
inmediatas de la administración de alumnos.
15. Llevar los registros y control necesarios para la administración de
profesores y alumnos.
16. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los
equipos y materiales confiados a su manejo.
17. Cumplir las demás funciones que se le asignan de acuerdo con la
naturaleza del cargo.
ARTICULO 21. DE LAS FUNCIONES DE LOS DOCENTES
Los docentes dependen del rector, les corresponde planear, ejecutar,
hacer seguimiento y evaluar el proceso de desarrollo formativo del
estudiante de conformidad con los lineamientos del Proyecto
Educativo Institucional y el Decreto 1290.
1. Elaborar la programación curricular teniendo en cuenta los
estándares de calidad.
a. Investigar los factores socioeconómicos y culturales del medio
para mejorar la calidad del proceso enseñanza aprendizaje.
b. Diagnosticar la situación académica de los alumnos a su
cargo de todas las áreas, elaborar planes de mejoramiento al
respecto.
25
c. Adquirir una visión integral de la estructura de las
programaciones en las diferentes áreas a desarrollar.
d. Planear las actividades integradas y las áreas a desarrollar en
el respectivo nivel y grado.
e. Prever el material requerido para el desarrollo de las áreas.
f. Diligenciar oportuna y ordenadamente los libros
reglamentarios determinados para cada sede.
g. Suministrar cumplidamente y con buena presentación los
informes solicitados por el rector.
2. Planear y organizar las actividades relacionadas con el inicio del
calendario escolar.
a. Organizar la decoración de la escuela y recibimiento de los
escolares.
3. Asistir puntualmente y participar activamente en las reuniones a las
cuales sea convocado.
a. Informarse sobre la agenda de las reuniones, llevar el material
requerido.
b. Cumplir con las tareas y compromisos que le sean asignados.
c. Colaborar eficazmente en la reorganización del PEI.
d. Participar en los actos educativos de la comunidad,
excluyendo los contemplados en la circular 04, emanada por
la secretaría de educación departamental
4. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo
con las normas vigentes.
a. Desarrollar las clases de acuerdo con las normas pedagógicas
requeridas y el horario establecido.
b. Atender la visita y asesoría del Rector y de otros agentes
educativos.
c. Dedicar el tiempo necesario para orientar a los educandos.
5. Analizar en consejo académico los casos especiales de los alumnos
a su cargo.
a. Comunicar al Rector del Institución Educativa las novedades
que se presenten con los estudiantes una vez se haya hecho
el seguimiento adecuado sin lograr la superación del
incidente.
b. Asistir a las reuniones del consejo académico cuando sea
requerido (a) por este organismo, cumplir con los acuerdos.
6. Dirigir y participar en la ejecución de las actividades
complementarias.
a. Participar activamente en la elaboración del POA, socializarlo
y ejecutarlo con la comunidad.
b. Elaborar el cronograma general de actividades y colocarlo en
lugar visible.
26
c. Coordinar las actividades bajo su responsabilidad con los
demás docentes del Institución Educativa.
d. Controlar, orientar y evaluar el desarrollo de las actividades.
e. Elaborar el plan de actividades complementarias a la jornada
laboral.
f. Orientar y ejecutar con la comunidad educativa pequeños
proyectos que beneficien a los educandos
7. Controlar diariamente la asistencia de los alumnos.
a. Dar orientación a los alumnos para que realicen su
autocontrol de asistencia.
b. Registrar sus ausencias en el control de asistencia.
8. Mantener la disciplina en las clases y colaborar fuera de ellas o en
cualquier circunstancia que se requiera.
a. Dar a conocer a la Comunidad Educativa el Pacto de
Convivencia que rige en el Institución Educativa.
b. Definir las exigencias disciplinarias que deberán tener en
cuenta los alumnos en clase.
c. Cumplir y colaborar con los turnos de disciplina o vigilancia.
d. Velar por el cumplimiento del Pacto de Convivencia del
Institución Educativa.
e. Informar al Rector del Centro sobre los casos de indisciplina,
para analizarlos y establecer correctivos.
9. Planear y ejecutar actividades tendientes a fomentar actitudes de
estudio e investigación, honradez, responsabilidad, sinceridad,
compañerismos, liderazgo y buenos modales en los alumnos.
a. Identificar periódicamente los aspectos de comportamiento y
rendimiento académico en los alumnos.
b. Programar acciones que respondan a las situaciones
encontradas.
c. Asesorar individualmente a los alumnos.
d. Desarrollar el proyecto de orientación escolar y presentar
evidencias de su ejecución.
10. Dirigir las reuniones de los padres de familia.
a. Organizar y presidir las reuniones de padres de familia.
b. Promover la escuela de paz y convivencia familiar de forma
amena.
c. Fomentar el aula hogar y llevar registro al respecto.
d. Cumplir e informar por escrito a los padres de familia sobre las
fechas y agenda en cada reunión.
e. Entregar periódicamente al padre de familia los informes
descriptivos y explicativos sobre el rendimiento académico y
disciplinario de sus hijos.
f. Atender oportuna y cordialmente al padre de familia.
27
11. Asistir y participar en los comités operativos o capacitaciones
pedagógicas.
a. Informarse sobre la agenda del taller y llevar el material
requerido, participar puntual y activamente.
b. Socializar los conocimientos recibidos con los demás docentes.
c. Dar sugerencias para la elaboración del Plan de Capacitación
anual.
d. Replicar lo aprendido con sus estudiantes y comunidad en
general.
12. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los
muebles, equipos y materiales confiados a su cargo, al igual, que la
planta física.
a. Entregar mediante inventario a la asociación de padres de
familia los objetos y materiales a su cargo.
b. Cuidar los materiales y planta física de la escuela.
c. Concientizar a los estudiantes y padres de familia sobre el
buen uso de los muebles, equipos y demás materiales
existentes en la sede.
13. Colaborar en la organización del Gobierno Escolar.
a. Orientar la elaboración del plan de trabajo.
b. Organizar comités.
c. Coordinar la elaboración del manual de funciones interno.
14. Cumplir con los demás funciones que le sean asignadas de acuerdo
con la naturaleza del cargo. 5
PARÁGRAFO 1: el profesor encargado de la dirección de grupo tendrá
además las siguientes funciones:
1. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de
sus efectos en los estudiantes.
2. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su
comportamiento y aprovechamiento académico, en
coordinación con los servicios de bienestar.
3. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos
y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más
adecuadas.
4. Establecer comunicaciones permanentes con los profesores y
padres de familia o acudientes, para coordinar la acción
educativa.
5. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los
alumnos de grupo a su cargo, en coordinación con los servicios
de bienestar.
5 De acuerdo a los Artículos 18, Articulo 44 No. 9 de la ley 1098.
28
6. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes de
su grupo a su cargo.
7. Ser continuo con el seguimiento de los alumnos (Observador)
8. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas
realizados a los coordinadores del plantel.
9. realizar una semana de disciplina de acuerdo al horario
establecido.
PARÁGRAFO 2: el profesor encargado de la disciplina tendrá además
las siguientes funciones:
1. Supervisar la llegada de estudiantes y el buen porte del uniforme.
2. Realizar las formaciones para rendir honores a los símbolos
patrios y dar las informaciones respectivas.
3. Encargarse de los cambios de clase.
4. Reporte diario de estudiantes que almuerzan en el restaurante.
5. Estar pendiente de la permanencia de los estudiantes en la
institución.
6. Colaborar en el restaurante con la disciplina y hacer pasar los
respectivos grados al almuerzo.
7. Actualizar el periódico mural.
8. Supervisar las horas de descanso.
9. Encargarse del aseo de las áreas comunes.
10. Tratar de solucionar como primera instancia los problemas que se
presentan en la institución.
11. Encargarse del buen uso de las baterías sanitarias.
12. La buena utilización de la planta física de la institución.
CAPITULO IV
OTRAS INSTACIAS Y ORGANOS DE PARTICIPACION
ARTICULO 22. CONSEJO DE ESTUDIANTES.
En todos los establecimientos educativos el Consejo de Estudiantes es el
máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo
ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará
integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el
establecimiento o establecimientos que comparten un mismo Consejo
Directivo.
El Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las
cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas
asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el
29
fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, un vocero
estudiantil para el año lectivo en curso.
Los alumnos de nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo
de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir
un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.6
ARTICULO 23. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1. Identificar las necesidades a nivel académico y comportamental
de los estudiantes.
2. Velar por el cumplimiento del plan de estudios de acuerdo con las
normas legales vigentes y de concertación con los estudiantes.
3. Promover el cumplimiento del plan de acción de cada comité.
4. Fomentar en los escolares el cumplimiento de sus deberes, para un
mejor desarrollo curricular.
5. Programar y ejecutar reuniones mensuales que les permite
intercambiar experiencias a nivel cognitivo y socioafectivo.
6. Coordinar la asignación de responsabilidades a los líderes de los
comités.
7. Promover la realización de proyectos en pro de todos los
estamentos del Institución Educativa.
8. Ayudar en la orientación, dinamización, partición y control de la
acción del gobierno estudiantil en coordinación con el maestro.
9. Elegir su representante ante el consejo de apoyo institucional y
consejo directivo.
10. Ser el receptor de sus compañeros en sus reclamos y propuestas al
personero y representante de los estudiantes en el consejo
directivo
ARTICULO 24. EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES.
Sera un estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución
encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los
estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, lo
reglamentos y el PACTO DE CONVIVENCIA.
PARAGRAFO 1: Crease la figura del personerito, el cual será elegido
como formula acompañante del personero de los grados quintos de
primaria para el mismo periodo y al mismo tiempo que el personero.
6 De acuerdo leyes y normas del código de la infancia Articulo 31, 32, 15 Concordancias Articulo 143
Ley 115 de 1994
30
ARTICULO 25. PROCESO DE ELECCION DEL PERSONERO Y EL PERSONERITO.
El personero de los estudiantes será elegido dentro de los sesenta días
calendarios siguientes al de iniciación de clases de un período lectivo
anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes
matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y
mediante voto secreto.
El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible
con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
ARTICULO 26. FUNCIONES DEL PERSONERO.
Son funciones del personero:
1. Elaborar, socializar y ejecutar el plan de acción de acuerdo a las
necesidades de cada establecimiento educativo.
2. Promover el cumplimento de los derechos y deberes de los
estudiantes.
3. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentes los
educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule
cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las
obligaciones de los alumnos.
4. Presentar ante el rector o administrativos según sus competencias,
las soluciones de oficio o petición de parte que considere
necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar
el cumplimiento de sus deberes.
5. Fiscalizar las reuniones del Consejo de Estudiantes.
6. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando la necesidad lo
requiera.
7. Cuando lo considere necesario apelar ante el consejo directivo o
el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector
respecto a las peticiones presentadas por su intermediario.
8. Rendir informe bien sea al Consejo de Estudiantes, al Consejo
Directivo o bien a ambos, de los aspectos negativos y positivos,
que merezcan tenerse en cuenta para la formación de la
comunidad.
9. Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo de Estudiantes.
PARAGRAFO 1. DE LAS FUNCIONES DEL PERSONERITO. Además de
acompañar al personero en el desarrollo y cumplimiento de sus
31
funciones, a los cuales se obliga este de el consejo deberá ser vocero
principal del los estudiantes del nivel de preescolar y primaria,
multiplicador de información y líder de las actividades programadas
desde la personería y el consejo estudiantil, así como el cumplimiento
pleno de las funciones del personero en estos niveles de educación.
PARAGRAFO 2. El consejo directivo delega en el comité de democracia
o área de sociales de cada jornada, la planeación, organización
desarrollo y elección de personero, consejo estudiantil y monitores.
ARTICULO 27. REQUISITOS PARA SER PERSONERO DE LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA SAN MARCOS.
1. Ser estudiante regular del colegio (estar matriculado.)
2. No haber sido sancionada disciplinariamente
3. Haber observado y mantener excelente rendimiento a académico y
con vivencial.
4. Ser líder propositivo, respetuoso, excelente presentación personal y
dar ejemplo de superación y convivencia.
ARTICULO 28. CAUSALES DE DESTITUCION Y/O PERDIDA DE INVESTIDURA
DEL PERSONERO ESTUDIANTIL.
1. Por incumplimiento de algunas de las funciones adquiridas o
extralimitaciones en cualquiera de ellas.
2. Cuando se demuestre que se ha recibido algún beneficio personal
(ya sea económico o de cualquier índole) por el cumplimiento de
sus funciones.
3. Cuando se compruebe fraude, falsedad o parcialidad de sus
informes.
4. Cuando infrinja en cualquiera de sus artículos del PACTO DE
CONVIVENCIA
5. Cuando después de presentar sus descargos por incumplimiento y/o
extralimitación de sus funciones, ante los miembros de la comunidad
estudiantil se decida su destitución en un porcentaje de mayoría.
PARAGRAFO 1: si se le comprobare que denigra de la institución o de
cualquiera de sus miembros y atenta contra la filosofía de la misma, su
destitución será inmediata e irrevocable.
32
PARAGRAFO 2: En caso de destitución o incapacidad para ejercer el
cargo de personero lo reemplazara el segundo en votación.
ARTICULO 29: EL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL.
Las finalidades principales de los comités de convivencia serán las
siguientes:
1. Ente asesor y consultor de los comités delegados (o subcomités)
2. Llevar a cabo actividades que fomenten la sana convivencia entre
la comunidad educativa y utilizar la conciliación como instrumento
ideal para resolución de los conflictos.
3. Desarrollar foros y talleres con la comunidad educativa con el
objetivo de promover la sana convivencia y valores dentro de los
ámbitos institucional, estudiantil y familiar.
4. Evaluar y mediar los conflictos que se presenten entre docentes,
docentes y estudiantes, y los que surjan entre los estudiantes mismos.
5. Llevar a cabo el seguimiento al cumplimiento de las disposiciones
establecidas en el Pacto de Convivencia.
6. Crear, estructurar, reformar y concertar normas y procedimientos de
convivencia
7. Crear y estructurar funciones y reglamentos internos tanto de los
subcomités como de los comités de convivencia general.
8. Darse su propio reglamento.
9. Establecer su propio cronograma de actividades y reuniones.
ARTICULO 30. DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE CONVIVENVIA
INSTITUCIONAL.
Harán parte integral de los subcomités de convivencia:
1. Los dos (2) representantes de los docentes ante el concejo directivo
u otros dos elegidos por los profesores para tal fin.
2. El representante de los estudiantes ante el concejo directivo u otro
elegido por los estudiantes a través del concejo estudiantil.
3. El representante del concejo estudiantil, el cual debe ser miembro
activo de este.
4. El personero de los estudiantes.
5. Dos (2) representantes de los padres de familia, elegido a través del
concejo de padres.
33
6. El coordinador de la institución, o quien haga sus veces, quien lo
presidirá.
7. Un (1) representante del personal administrativo y operativo del
plantel, elegido por estos mismos.
PARÁGRAFO 1: Podrán ser invitados permanentes como ente asesor,
los orientadores escolares que viene de la secretaria de educación o
los psicólogos de la ESE del municipio.
ARTICULO 31. DE LOS PROCESOS DE ATENCION Y CONCILIACION
ESCOLAR.
Los procesos de conciliación se originaran a partir de la solicitud por
escrito de una de las partes involucradas en el conflicto y a la
asistencia a cada una de las secciones de conciliación. También se
puede generar dicho proceso a solicitud del director de curso.
ARTICULO 32. DE LOS COMITES DE GRADO.
Teniendo en cuenta la problemática de nuestros estudiantes frente al
rendimiento académico, convivencia, su falta de identidad y
compromiso se crea el comité de grado cuyo propósito se fundamenta
en la formación integral del estudiante de manera que se le brinde
elemento para enfrentar los retos y cambies que le impone la vida
diaria. Considerando al individuo con todas sus capacidades y
habilidades apropiadas para el desarrollo de procesos de formación,
autoformación y mejoramiento de sus condiciones de vida escolar
familiar y social, dejando atrás el castigo por acciones preventivas. La
formación debe ser un seguimiento al estudiante en sus aspectos
cognitivo, valorativos, comportamentales, actitudinales, atreves de una
intervención directa tanto con el estudiante como con su núcleo
familiar con el fin de generar momentos de reflexión sobre aspectos
que le impiden construir una cultura de sana convivencia además de
un desarrollo físico, intelectual y afectivo.
Se espera que atreves de las acciones desarrolladas por el comité el
estudiante reconozca sus derechos y deberes que a partir de allí
oriente sus acciones por “convicción y no por represión” que sea un ser
integral reflexivo critico, creativo, que presentara comportamientos que
reflejan los valores establecidos en el PEI, evidenciados en la
puntualidad, la asistencia, el aseo, y presentación personal.
34
Los casos que por su complejidad no pueden ser abordados por el
comité de grado serán remitidos a otras instancias.
ARTICULO 33. CONFORMACION Y FUNCION DE LOS COMITES DE GRADO.
E l comité de grado estará conformado por los directores de curso de
cada uno de los grados escolares, dos estudiantes que sobresalgan por
su rendimiento académico y su disciplina; y con acompañamiento del
coordinador del plantel. Y entre sus propósitos están:
1. Orientar a los estudiantes para que reflexiones sobre sus errores y
encuentre la manera de corregirlos.
2. Propiciar ambientes para la solución pacifica de conflictos.
3. Orientar a los estudiantes en el descubrimiento de fortalezas y
debilidades afín de que sean optimizadas o modificas.
4. Realizar una intervención directa manteniendo una comunicación
continúa con padres de familia o acudientes, en caso de encontrar
variables exógenas (núcleo familiar, social) que estén afectando la
formación integral del estudiante.
ARTÍCULO 34. DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.
El consejo de padres de familia es un órgano de participación de los
padres de familia del colegio, destinado a asegurar su continua
participación en el proceso educativo y elevar los resultados de
calidad del servicio.
Estará integrado por mínimo un (1) y máximo (3) padres de familia por
cada uno de los grados que ofrezca la Institución, de conformidad con
lo que establezca el proyecto educativo institucional – PEI. La
conformación del consejo de padres es obligatoria.7
ARTICULO 35. DE LA ELECCIÓN DE SUS DELEGADOS.
Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la
fecha de iniciación de las actividades académicas, el rector de la
Institución Educativa convocará a los padres de familia para que elijan
a sus representantes en el consejo de padres de familia.
7 (Decreto 1286 del 27 de abril del 2005, Art 5 y 6)
35
La elección de los representantes de los padres para el
correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por
mayoría, con la presencia de, al menos el cincuenta por ciento (50%)
de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la
primera hora de iniciada la reunión.
ARTÍCULO 36. DE LA ESTRUCTURA DEL CONSEJO DE PADRES.
Podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el
proyecto educativo Institucional y el plan de mejoramiento del
establecimiento educativo designado por el rector para tal fin.
El consejo de padres es un órgano de participación educativa que no
requiere registro ante ninguna autoridad y para pertenecer a él no se
podrán establecer cuotas de afiliación o contribución económica de
ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por
convocatoria del rector o por derecho propio. Las sesiones del consejo
de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos
mismos.
ARTICULO 37. DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA.
Corresponde al consejo de padres de familia:
1. Contribuir con el rector en el análisis, difusión y usos de los
resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y
pruebas SABER.
2. Exigir que en el establecimiento todos sus estudiantes participen en
las pruebas de competencia realizadas por el instituto colombiano
para el fomento de la educación superior.
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas
que organice el establecimiento educativo orientado a mejorar
las competencias de los estudiantes en las distintas áreas incluidas
la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
4. Promover actividades de formación de los padres de familia
encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los
estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes,
fomentar la practica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar
la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente
aquellas a promover los derechos del niño.
5. participar en la elaboración de planes de mejoramiento y el logro
de los objetivos planteados.
36
6. Propiciar un clima de confianza entendimiento, integración,
solidaridad y concertación entre todos los miembros de la
comunidad educativa.
7. Presentar propuestas de mejoramiento de manual de convivencia
en el marco de la constitución y la ley.
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la
salud, física y mental de los educandos, la solución de las
dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de
integración escolar y mejoramiento del medio ambiente.
9. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo
directivo en el establecimiento educativo, con la excepción
establecida en el parágrafo 2 del decreto 1286, art. 9 del 27 de
abril de 2005.
10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo
institucional que surjan de los padres de familia de conformidad
con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del decreto 1860 del 94
PARAGRAFO 1. Proporcionara toda la información necesaria para
que el concejo de padres pueda cumplir sus funciones.
PARAGRAFO 2. El concejo de padres de la institución ejercerá estas
funciones en directa coordinación con el rector y requerirá expresa
autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al
establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
CAPITULO V
DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE SAN MARQUINO Y SU
ADMISIÓN
ARTÍCULO 38: REQUISITOS PARA OBTENER LA CALIDAD DE ESTUDIANTES
1. Realizar la correspondiente inscripción para ingresar a la educación
pública, si el aspirante procede de colegio privado u otro sector, o
tramitar la solicitud de traslado en las fechas señaladas por la S.E.D.
si se encuentra registrado en el sistema oficial educativo.
2. Los estudiantes antiguos deben estar a PAZ y SALVO con la
institución todos los aspectos de carácter académico, disciplinario y
de prestación de servicios (cafetería, biblioteca, orientación,
pagaduría, mobiliarios, otros)
3. Reconocer y asumir las directrices y la filosofía de la institución
37
4. Presentar en el tiempo señalado la documentación requerida para
obtener la orden de matrícula. Esta será únicamente expedida por
la Secretaria de Educación, el Rector o su delegado.
5. Presentarse con el padre, madre de familia, o acudiente para
legalizar la matrícula en los días y horas señaladas por la institución.
ARTICULO 39: DE LOS REQUISITOS PARA QUE LOS ESTUDIANTES DE
EDUCACIÓN ESPECIAL INGRESEN A LA INSTITUCIÓN.
Buscando ofrecerles un apoyo real, no todos los niños con deficiencia
cognitiva pueden estar integrados. 8
Nuestros criterios de ingreso son:
1. No presente trastornos asociados, como autismo grave,
deficiencia cognitiva grave
2. Diagnóstico neurológico y/o psicológico, según el caso
(Valoración C.I.)
3. Nivel de lenguaje comprensivo básico
4. Habilidades básicas cotidianas
5. Control de esfínteres
6. Edad mínima 5 años
7. Niños mayores de 8 años sin escolaridad deben tener repertorios
básicos mínimos (Atención, tolerancia al trabajo, manejo
institucional sencillo)
ARTÍCULO 40. DE LA MATRÍCULA.
La matrícula es el acto por el cual el aspirante es admitido, previa
autorización del Rector adquiere la calidad de estudiante SAN
MARQUINO y constituye un Contrato entre la institución, el padre de
familia y/o acudiente. Las partes se obligan a cumplir y ejercer sus
derechos y responsabilidades según el MANUAL O PACTO DE
CONVIVENCIA y las normas educativas vigentes.
PARAGRAFO 1. La matrícula otorga el cupo en la institución, el grado y
el curso serán asignados por las directivas del mismo de acuerdo con la
disponibilidad, conveniencias institucionales y aspectos académicos
y/o convivencia del educando.
8 De acuerdo al código de la infancia Articulo 36
38
PARÁGRAFO 2. Para el caso de los estudiantes del ciclo de educación
para jóvenes y adultos, si al momento de la matrícula tienen la mayoría
de la edad, no se les exigirá el prerrequisito del acudiente y/o padre de
familia.
ARTÍCULO 41. DOCUMENTO PARA LA MATRICULA.
Para diligenciar la matrícula todo aspirante esta obligado a:
1. Presentar la documentación que señala el reglamento para el
respectivo grado y nivel en el cual va a efectuarse la matrícula.
2. Estos documentos son los siguientes:
ESTUDIANTES NUEVOS:
Fotocopia del registro civil de nacimiento o tarjeta de identidad
Tres fotografías recientes tamaño 3 x 4 cms.
Certificados de vacunación. (Carné) menores de 15 años.
Certificados de estudios de años anteriores expedidos de acuerdo
a planes y normas vigentes del Ministerio de Educación Nacional.
Un recibo de servicio público.
Fotocopia de documento de identidad del acudiente.
Paz y Salvo.
Fotocopia de la ficha del SISBEN actualizada
Carpeta azul
ESTUDIANTES ANTIGUOS.
Dos fotografías recientes tamaño 3 x 4 cm
Paz y Salvo del año anterior.
Fotocopia de la ficha del SISBEN
Comprobante del sistema de salud contribuyente al que esté
afiliado.
ARTÍCULO 42. PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE SAN MARQUINO.
La calidad de estudiante SAN MARQUINO se pierde:
1. Cuando haya culminado satisfactoriamente los estudios
correspondientes a Educación Básica y/o Media o educación por
ciclos.
2. Por retiro voluntario que, con el visto bueno del Coordinador y las
firmas respectivas, hagan el interesado y su acudiente en Secretaria
Académica.
39
3. Cuando no se haga uso del derecho de matrícula o de renovación
de esta, dentro de los plazos fijados por la institución y sin causa
justificada. Las Directivas de la institución decidirán al respecto.
4. Cuando se compruebe falsedad en la información o en la
documentación presentada para ingresar a la institución.
5. Por cancelación de matrícula ordenada por el Consejo Directivo.
6. Por traslado del estudiante a otra institución.
ARTICULO 43. PERDIDA DE CUPO PARA EL SIGUIENTE AÑO ELECTIVO.
El cupo para el año siguiente en la institución se pierde por:
1. Acumular inasistencias a días completos continuos sin justificar
oportunamente por encima de lo establecido en el decreto 230 de
2002
2. La reincidencia en faltas disciplinarias o el incumplimiento de los
compromisos convivenciales contenidos en este Pacto de
Convivencia
3. Incumplir parcial o totalmente los compromisos adquiridos por el
estudiante y el acudiente al firmar la Matricula Condicional
4. Reprobar un grado académico por segunda vez
5. Por decisión del Consejo Directivo a consecuencias de un proceso
disciplinario por su rendimiento académico y por faltas disciplinarias
PARAGRAFO 1. El acompañamiento y gestión escolar académica y
convivencia del padre de familia y/o acudiente, se observará y tendrá
en cuenta como parte integral del proceso de los estudiantes, en el
momento de definir la perdida de cupo en la institución.
ARTICULO 44. DEL UNIFORME DE LOS ESTUDIANTES.
Es el traje que visten los estudiantes de la I. E. San Marcos para asistir a
la jornada diaria de estudio y a los actos de comunidad será; el
establecido por el Decreto 1382 de 25 Nov. De 2002 de la Secretaría de
Educación del Huila. A demás:
1. Los estudiantes asistirán a la institución bien presentados y aseados.
2. Las estudiantes cuando porten el uniforme de la Institución no
deben usar maquillaje ni adornos extravagantes y costosos, tales
como anillos, cadenas, aretes u otros de alto valor económico.
40
3. Los varones deben presentarse con atuendo propio de su (género,)
sexo viril, el buso se portara dentro del pantalón y con corte de
cabello uniforme y corto.
4. El uniforme de Educación Física, debe portarse completo los días
que corresponda (sudadera, buso, tenis blancos, medias blancas;
adicional a esto pantaloneta) para un mejor desempeño del área.
Para con este uniforme tanto hombre, como mujeres deberán llevar
el buso por dentro de la sudadera.
5. Para la Ceremonia de Graduación de Bachiller se concertará con la
Rectoría, estudiantes y padres de familia el uso del uniforme o el
traje ceremonial (toga y birrete) de usanza propia para la ocasión;
de tal forma que haya uniformidad en el acto ceremonial.
6. Para prácticas de laboratorio, se usará una BATA BLANCA.
PARAGRAFO. Los uniformes para uso diario y para educación física,
deberá portar un escudo sobrepuesto, distintivo de la institución; debe
ser usado en las salidas pedagógicas y representaciones internas y
externas que requiera la institución.
ARTICULO 45. DE LOS UNIFORMES DE LOS ESTUDIANTES POR CICLOS
Los estudiantes por ciclos no están obligados a porta uniforme de uso
diario ni deportivo, pero su presentación personal debe ser adecuada,
sobria y/o elegante, tanto en mujeres como en hombres.
ARTÍCULO 46. JORNADA ESCOLAR
El horario que se dispondrá para que los diferentes niveles reciban sus
clases las cuales serán de una duración de 60n minutos, es el siguiente:
Preescolar: Hora de entrada a las 8:00 a.m., y la hora de salida 12:30
m., para un total de 4 horas efectivas.
Primaria: Hora de entrada a las 8:00 a.m., y la hora de salida 2:30
p.m., para un total de 5 horas efectivas.
Básica y Media Académica: Hora de entrada a las 8:00 a.m., y la
hora de salida 3:30 p.m., para un total de 6 horas efectivas.
CAPITULO VI
DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 47. FUNDAMENTO LEGAL Y EPISTEMOLÓGICO.
Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de la personalidad,
sin más limitaciones que las que les imponen los derechos de los demás
41
y el orden jurídico>> (Art. 16 C. N.), es decir, la libertad personal esta
condicionada y limitada por las exigencias de la convivencia,
exigencias que pueden sintetizarse en <<Respetar los derechos ajenos y
no abusar de los propios>> (Art. 95, numeral 1, C. N.). Por tanto el
ejercicio de la libertad y de los derechos a nivel personal y grupal,
excluyen el abuso e implican claros deberes frente a la convivencia
con los demás.
ARTICULO 48. DERECHOS PARA LA CONVIVENCIA.
1. Conocer el MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA al iniciar el año
académico.
2. Tener a la protección, el cuidado y la asistencia necesaria para
lograr un adecuado desarrollo físico, mental, moral, social y cultural
(Código de la nueva infancia) en concordancia con la filosofía de
la Institución y las características y valores de los estudiantes.
3. Ser tenido en cuenta en sus diferencias individuales, sus limitaciones
físicas, mentales o sensoriales.
4. Presentar oportuna y respetuosamente los reclamos y apelaciones
de orden académico y disciplinario que considere necesarios y
obtener oportuna respuesta, sea esta favorable o no para el
estudiante.
5. Ser valorados como personas y tratados con respeto, sin
discriminaciones de ninguna índole, pero teniendo en cuenta las
diferencias individuales.
6. Presentar reclamos e iniciativas por sí, por sus representantes del
Consejo estudiantil o por el Personero de los estudiantes al Profesor
de la asignatura, al Asesor de grado, a la Coordinación y/o a la
Rectoría.
7. Sugerir en forma oportuna, ante quien corresponda, propuestas de
actividades que puedan realizarse en la Institución para mejorar el
logro de los objetivos de la comunidad educativa.
8. Gozar de las condiciones de higiene y salubridad que pueda
ofrecer el plantel.
9. Ser eximido de algún requerimiento de la Institución cuando por
justa causa, debidamente sustentada, lo solicite.
10. Recibir enseñanza actualizada y orientación psicopedagógica
acorde con los recursos existentes y con los métodos adecuados
para la comprensión y aprendizaje.
11. Hallar solución a las dudas y dificultades que se presenten respecto
a cada asignatura.
42
12. Conocer los registros que sobre su comportamiento y desempeño
escolar se hagan en el observador del alumno o en cualquier otro
documento interno de la institución.
13. Solicitar oportunamente y con el debido respeto la corrección de
notas o evaluaciones erróneas.
14. Obtener información oportuna y participar en lo posible en eventos
culturales, sociales, deportivos y religiosos.
15. Organizar el Consejo de estudiantes y otras corporaciones: Elegir y
ser elegidos para los mismos y aportar sugerencias que se
consideren benéficas para la marcha de la Institución.
16. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de
acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
17. Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la
Institución para actividades propias de la vida escolar.
18. Conocer el listado de desempeños de cada asignatura, al
comenzar cada periodo académico.
19. Recibir los estímulos y reconocimientos a que se haga acreedor por
su liderazgo positivo.
20. Escuchar y ser escuchado cuando sea inculpado de haber
cometido alguna falta grave.
21. Tener acceso al restaurante escolar siempre y cuando cumpla con
los requisitos establecidos.
CAPITULO VI°.
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.
ARTICULO 49. COMPROMISOS PARA LA CONVIVENCIA
1. Conocer, interiorizar y llevar a la práctica la filosofía, los principios de
la Institución y el Perfil del estudiante.
2. Conocer y aplicar el contenido del MANUAL O PACTO DE
CONVIVENCIA en el trato diario con los demás miembros de la
comunidad educativa.
3. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y
cada una de las asignaturas, y presentar puntualmente las
evaluaciones y trabajos asignados. El incumplimiento de este deber
podrá ser causal de exclusión de la Institución cuando el
comportamiento mostrado no sea el correcto
4. Respetar la institución, sus símbolos (himno, escudo, bandera,
uniforme), sus principios y sus objetivos.
5. Respetar de hecho y palabra a los directivos, profesores, empleados
y demás estudiantes de la institución.
43
6. Responsabilizarse de los objetos personales dentro y fuera del
plantel, asumiendo las consecuencias en caso de pérdida.
7. Aprovechar el tiempo de descanso para la sana recreación en los
espacios dispuestos para ello y abstenerse de permanecer en los
sitios no habilitados para el efecto.
8. Evitar en su presentación personal cualquier tipo de accesorio,
aditamentos y maquillajes que distorsionen los uniformes del colegio,
así como cualquier otra pieza de vestir distinta de las que
conforman este. Este debe ser vestido adecuadamente, con
respeto y dignidad.
9. Vestir el uniforme de educación física, únicamente el día que le
corresponde según horario o en las oportunidades especiales en
que su uso sea solicitado.
10. Colaborar con el orden, la compostura y el respeto al turno de fila
en la cooperativa, restaurante escolar y etc.
11. Proveerse de los libros y materiales de trabajo para las diversas
asignaturas.
12. Hacer uso adecuado y responsable del servicio de internet cuando
el docente encargado lo autorice.
13. Estar puntuales en las clases y demás actos de comunidad.
14. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres, implementos
deportivos e instalaciones en consideración a que son bienes de uso
común.
15. Responder por los daños y perjuicios que cause en la planta física,
muebles y enseres e implementos deportivos de la institución y
pertenencia de los compañeros.
16. Asistir con puntualidad al plantel en los días y horas señaladas por el
horario o por algún directivo o docente.
17. Aceptar con agrado y buen sentido de colaboración, las
disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de
disciplina, monitoria o cualquier otra actividad formativa o de
beneficio común propia del gobierno escolar.
18. Solicitar ante quien corresponda (coordinador o rector), los permisos
estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse,
llegar tarde o no asistir al plantel.
19. Abstenerse de traer a la institución objetos ajenos a sus actividades
escolares, que interfieran la atención, concentración y participación
en las respectivas clases (radios, MP3, grabadoras, celulares, juegos
electrónicos, naipes, y otros similares)
20. Aceptar y valorar las costumbres, tradiciones y leyes de la familia, de
la Institución, de la localidad y del país.
21. Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los
recursos naturales.
44
22. Participar activamente en la clase, en la ejecución de tareas,
dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos.
23. Cuidar la presentación personal en todas las circunstancias y, de
manera especial cuando se lleve alguna insignia del colegio.
24. Solidarizarse con los problemas de la familia, de la comunidad
educativa y del municipio, buscando desde las condiciones
particulares alternativas de solución a los mismos.
25. Respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona dentro y
fuera de la Institución.
26. Al término del año escolar, entregar en buenas condiciones todos
los muebles, implementos y materiales utilizados para las labores
académicas y deportivas.
27. Respetar los horarios de las clases y no interrumpir a compañeros de
otros grados durante las mismas.
28. Solucionar los problemas o dificultades académicas o disciplinarias
siguiendo los conductos regulares definidos en el Manual o Pacto de
convivencia.
29. Cumplir con las obligaciones que se derivan de la Constitución
Nacional y de las demás leyes de la nación.
30. Proveerse de los documentos de identidad ordenados por la ley.
31. Para los alumnos de 10° y 11°, cumplir en su totalidad con los
programas y compromisos adquiridos por la Institución para dar
cumplimiento a lo estipulado por el Ministerio de Educación
Nacional en lo referente a Servicio social y Pruebas SABER.
32. Participar como ciudadanos responsables en los actos
democráticos, cívicos, culturales y sociales dentro y fuera de la
Institución.
33. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad
escolar.
34. Representar dignamente a la Institución en eventos culturales,
sociales, religiosos y deportivos cuando sea designado para ello.
35. Practicar las normas de cortesía y urbanidad.
36. Cumplir cabalmente las normas sobre uniformes, presentación e
higiene personal que la Institución ha establecido y están
consignadas en este Manual.
PARÁGRAFO 1. La autorización para que el estudiante se ausente de la
institución antes de finalizar la jornada, será expedida por el
coordinador, solamente si el padre y/o acudiente se hace presente a
solicitarlo o lo hace llegar por escrito el permiso, debidamente firmado.
PARÁGRAFO 2. Cuando un estudiante llegue tarde se le impondrán un
correctivo formativo y luego será conducido por el docente de
45
disciplina a su salón para que el docente a cargo de la clase, le haga
una anotación en el observador del alumno. Cuando un alumno
llegue en tres ocasiones tarde se le deberá citar a su acudiente, para
infórmale de dicha falta, e imponer compromisos para que dicha falta
no se repita.
PARÁGRAFO 3. Los estudiantes del nivel de Educación Media cumplirán
con el SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO, como requisito para obtener su
grado bachiller, de acuerdo con las normas vigentes y las orientaciones
del PEI. Asimismo, los estudiantes varones de grado undécimo y ciclo
sies, deberán acreditar tener resuelta su situación militar también como
requisito previo para optar al grado de bachiller y presentar las pruebas
SABER DIES.
CAPITULO VII.
CONVIVENCIA
ARTICULO 50. DEFINICIÓN DEL TERMINO CONVIVENCIA.
La convivencia se concibe como el desarrollo armónico de todas las
actividades producto de la interacción de los diferentes estamentos de
la comunidad educativa, enmarcadas dentro de la tolerancia, el
respeto, la solidaridad y la práctica de las buenas costumbres, además
del cumplimiento de las normas establecidas en los derechos, deberes
y prohibiciones del presente manual.
ARTICULO 51. COMPROMISOS
Son ciertos parámetros relacionados con el perfil del estudiante y la
filosofía de la Institución para su buena imagen y la de sus educandos.
1. El estudiante con su comportamiento contribuirá a crear un
ambiente de convivencia donde reine el respeto, la armonía, la
cordialidad y la amistad con sus compañeros, directivos, docentes y
empleados del colegio.
2. Todo estudiante es responsable del buen nombre de la Institución;
considerará un honor pertenecer a ella y procurará acrecentar la
buena imagen y el prestigio de la misma dentro y fuera del claustro,
con su distinción y buen comportamiento.
ARTICULO 52. VALORACIÓN
La valoración del comportamiento del estudiante se dará
periódicamente en cada informe académico y estará condicionado
46
por dos ámbitos de valoración estrechamente relacionados,
enunciados a continuación, así:
1. Los Desempeños de convivencia de cada área del Plan de
Estudios, que mostrarán el comportamiento del estudiante en el
desarrollo de las clases; por consiguiente será el profesor titular de
cada materia o del curso quien dará la valoración respectiva,
aplicando los principios de auto evaluación, coevaluación,
heteroevaluación y demás procesos propuestos para tal fin.
2. Los logros de convivencia general, los cuales indicarán el
comportamiento del estudiante frente a los compromisos y deberes
contraídos como miembro de la comunidad educativa. Será el
Consejo de Profesores quien determinará la valoración del logro
alcanzado por el estudiante a partir de los registros consignados en
el observador del estudiante y de los criterios y observaciones
presentados por cada uno de los docentes.
3. Tanto los logros de convivencia de las áreas como los de
convivencia general de cada período serán consolidados en el
informe final entregado al terminar el año escolar y en lo posible
deben ser consistentes entre sí.
CAPITULO VIII.
PROHIBICIONES DE LOS ESTUDIANTES
ARTICULO 53. EL ESTUDIANTE SAN MARQUINO TIENE PROHIBIDO:
1. Embriaguez y uso de estimulantes o estupefacientes dentro de la
Institución. 9
2. Fumar al interior de la institución o en actividades en que participe
la comunidad estudiantil.
3. Demostraciones eróticas dentro y fuera de la Institución.
4. El porte de armas de cualquier tipo.
5. Ingresar al establecimiento o abandonarlo sin la debida
autorización.
6. Ingresar al establecimiento en horario extraclase sin la debida
autorización.
7. Abandonar la institución en horas académicas sin la debida
autorización.
8. Asistir a espectáculos y actividades sociales extra institucionales
portando el uniforme del plantel, salvo cuando la asistencia a tales
actos se realice en comunidad y bajo la supervisión de la Institución.
9 ( Ley 1098 de 2006 Art. 44, )
47
9. Escribir letreros o pintar dibujos que denigren u ofendan la sana
moralidad de cualquier persona o institución y que deterioren la
propiedad privada o la presentación de la planta física y muebles
del establecimiento.
10. Utilizar el nombre de la I.E para cualquier actividad social, cultural,
económica o recreativa no autorizada por la misma.
11. Todo acto que dentro y fuera del colegio cause escándalos o actos
denigrantes contra la comunidad educativa.
12. Ingreso a la sala de profesores o áreas administrativas sin
autorización.
13. Manejo indebido de los muebles, enseres y dependencias locativas
de la Institución.
14. Estar fuera del salón en tiempo de clase y dentro del salón en
tiempo de recreo o de descanso.
15. Las pugnas de carácter político, ideológico o religioso y campañas
contra el orden, la disciplina y la unidad del centro educativo.10
16. Los juegos de azar o de suerte, donde se comprometa dinero o
artículos en especie.
17. Utilizar accesorios, joyas, maquillaje, uñas pintadas, etc. que no son
compatibles con el uniforme.
18. Usar aretes, pearcing, manillas, collares, cortes de cabello o
peinados extravagantes y prendas que no hacen parte del
uniforme.
19. Manifestaciones amorosas que causen escándalo portando el
uniforme de la institución.
20. Utilizar el celular en horas de clase.
21. Comer o masticar chicle en horas de clase.
CAPITULO IX.
FALTAS DISCIPLINARIAS.
ARTICULO 54. CLASIFICACION Y DEFENICION
1. FALTAS LEVES. Se consideran faltas leves el eventual incumplimiento
de algunos de los deberes consignados en este Manual y toda
conducta que sin mayor trascendencia afecte el normal desarrollo
de las actividades de la Institución y/o los derechos de los demás.
2. FALTAS GRAVES. Se consideran faltas graves las alteraciones de
importancia al normal desarrollo de las actividades en
circunstancias que impliquen reiterado incumplimiento de algunos
10 (Ley 1098 de 2006 Art. 32)
48
de los deberes, la violación flagrante de las prohibiciones, o
desconocimiento e intromisión culposa en los derechos de los
demás. Estas circunstancias conllevan a las sanciones disciplinarias
correspondientes.
3. FALTAS GRAVÍSIMAS. Se consideran faltas gravísimas las alteraciones
de importancia al normal desarrollo de las actividades escolares, a
la privacidad e integridad física y emocional de los miembros de la
comunidad educativa y que pueden implicar acciones policiales y
judiciales.
ARTICULO 55. Constituyen FALTAS GRAVISIMAS de carácter disciplinario
las siguientes conductas:
1. El irrespeto físico y/o verbal a directivos, profesores, empleados,
compañeros y demás personas de la comunidad educativa, dentro
y fuera de la Institución, cuando las causales del acto tengan origen
en la interacción propia del ámbito escolar.
2. El robo, hurto o sustracción de bienes y documentos, propios de la
Institución.
3. La amenaza, el chantaje, la estafa en materia de lo cual se haga
víctima a cualquier miembro de la Comunidad educativa, que esté
relacionada con las actividades académicas y pedagógicas en
general.
4. Ejecutar actos de inmoralidad o perversión sexual o inducir a otros a
su ejecución
5. El daño intencional de elementos, dotación, domicilio, instalaciones,
propios de la Institución, compañeros o de algún otro miembro de la
comunidad educativa en general, cuando los motivos de los hechos
tengan relación directa o provengan del ámbito escolar.
6. Traer a la Institución, ingerir y/o distribuir bebidas alcohólicas,
sustancias alucinógenas y estimulantes.
ARTICULO 56. Constituyen FALTAS GRAVES de carácter disciplinario las
siguientes conductas:
1. La reincidencia por tres veces o más en una falta calificada como
leve.
2. El menosprecio de los símbolos patrios, religiosos o de la Institución.
3. Presentarse a la Institución en estado de embriaguez.
4. Traer a la Institución y/o difundir libros, revistas, videos u otro material
pornográfico.
5. El porte de armas, elementos o materiales que puedan poner en
peligro la integridad de las personas.
49
6. La adulteración o fraude en los documentos y registros valorativos
de los docentes.
7. Sustracción, copia, cambio y/o modificación de evaluaciones o
trabajos presentados.
8. El encubrimiento de cualquier falta grave de la cual se tenga un
conocimiento directo.
9. La reiterada indisciplina en clase, impuntualidad e inasistencia a
clase y a los demás actos de comunidad.
10. No entrar a clase sin justificación estando en la Institución.
11. Salir del colegio o ingresar a él sin autorización.
12. Hacer caso omiso repetidamente de las órdenes, observaciones y
sugerencias.
13. La inasistencia, impuntualidad y no participación en actos de
comunidad que programe o en los que participe la Institución.
14. Realizar actos que atenten gravemente contra el ambiente
ecológico.
15. No asistir a las jornadas académicas normales, haciendo creer a sus
padres que está en la Institución.
16. Comprometer y desprestigiar el nombre de la Institución, mediante
la denigración.
CAPITULO X.
PRINCIPIOS DISCIPLINARIOS DE LA INSTITUCION.
ARTICULO 57. El proceso disciplinario que se cumple en la Institución
Educativa San marcos obedece a los siguientes principios:11
1. El objetivo fundamental de la disciplina es contribuir a la mejor
formación del alumno.
2. Tanto los estímulos como las sanciones son medios para el
mejoramiento de la disciplina y no fines en sí mismos.
3. Las sanciones tienen como fin principal el desarrollo de la
conciencia individual y colectiva en los aspectos que tienen que ver
con la ética del comportamiento.
4. Deben existir trámites claros, suficientemente conocidos por toda la
comunidad educativa, para estudiar, analizar y resolver las
situaciones disciplinarias y estos trámites deben respetarse.
11 En referencia con el Art 45 de la Ley 1098 tenemos:
50
5. En todo proceso disciplinario existe siempre el derecho a la defensa
por parte del implicado, y ninguna sanción tendrá vigencia si este
derecho no ha sido reconocido y ejercido.
6. La suspensión de una clase no constituye sanción disciplinaria en sí,
aunque puede producirse como consecuencia de una sanción más
adelante.
7. No se impondrán sanciones colectivas por faltas individuales sino de
acuerdo al grado de culpabilidad de cada uno, a juicio de la
Comisión de convivencia y por la autoridad competente.
8. Los posibles sancionados no pueden exigir penas iguales a faltas
diferentes o de culpabilidad desigual.
ARTICULO 58. En cuanto a las sanciones debe tenerse en cuenta que:
1. Los correctivos y sanciones deben ser proporcionales a las faltas y en
lo posible relacionados con ellas.
2. Dependiendo de la gravedad de la falta la primera instancia será el
profesor en cargado de la disciplina, el deberá llevar a cabo el
debido proceso con las instancia necesarias.
3. El Comité de Grado debe intervenir en el proceso de las faltas y en
la asignación y estudio del correctivo o sanción a aplicar en cada
caso, de acuerdo a lo establecido en el presente Manual lo cual se
consignará en el acta respectiva elaborada por el secretario de la
Institución.
4. Deben comunicarse al estudiante y a sus padres en forma escrita
por parte del Rector o Coordinador.
5. Una vez acordada la imposición de una sanción, esta debe
cumplirse con absoluta seriedad.
6. Debe hacerse un registro escrito de las sanciones impuestas por la
Comisión Grado en el Observador del Alumno por parte del Rector o
la Coordinación.
7. Todos los integrantes del plantel, estudiantes, profesores, directivos,
empleados administrativos y de servicios, padres de familia, etc.,
tienen la obligación de intervenir cuando observen en forma directa
la faltas disciplinarias o el incumplimiento de los derechos por parte
de otros integrantes de la Institución.
51
CAPITULO XI
DE LA CALIFICACION DE FALTAS, INSTANCIAS Y DEBIDO
PROCESO
ARTICULO 59. CALIFICACION DE FALTAS:
Dependiendo del impacto social causado, de los antecedentes del
estudiante y de las circunstancias que motivaron el hecho, las faltas
que no aparecen reglamentadas ni clasificadas en este MANUAL O
PACTO DE CONVIVENCIA, podría, ser clasificadas como leves, graves y
muy graves, por el Coordinador y\o subcomité de convivencia,
respetando los criterios del debido proceso.
ARTICULO 60. COMPETENCIAS.
De las faltas leves conocerán los directores de grado quienes mediaran
con la colaboración del autogobierno de aula, y comités de grado.
De las faltas graves y muy graves conocerán los coordinadores de
convivencia y\o subcomités de convivencia.
ARTICULO 61.CONDUCTO REGULAR.
Para dar una oportuna y justa solución a los reclamos y\o dificultades,
los estudiantes y padres de familia y\o acudientes deberán agotar el
dialogo y la concertación desacuerdo con el conducto regular.
ARTICULO 62. CONDUCTO REGULAR CONVIVENCIAL.
1. El profesor respectivo
2. El director de curso
3. El autogobierno de aula o comité de conciliación escolar
4. El coordinador
5. El comité de grado y\o comité institucional de convivencia
6. El rector y\o consejo directivo
ARTICULO 63. CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO
1. El profesor de la asignatura
2. El director de curso
3. El jefe de área respectivo
4. El coordinador
52
5. La comisión de evaluación y promoción
6. El consejo académico
7. El rector y\o consejo directivo
ARTICULO 64. CRITERIOS DEL DEBIDOPROCESO
1. Garantizar el principio de normas preexistentes a la situación que
se investiga o pretende resolver
2. Garantizar y agotar la aplicación de las instancias del conducto
regular de acuerdo a lo contemplado en el MANUAL O PACTO
DE CONVIVENCIA
3. Derecho a ser escuchado y presentar descargos
4. Participar en actividades donde se discuten y recaudan pruebas,
aportándolas.
5. Controvirtiéndolas, pudiendo manifestar su desacuerdo con la
decisión que se tome recurriendo o apelando a instancias
superiores.
6. Debido proceso que genere reflexión y cambio
7. En caso de mayor gravedad (según el MANUAL O PACTO DE
CONVIVENCIA) se tendrá en cuenta la historia convivencial del
estudiante.
ARTICULO 65. INSTANCIAS DEL DEBIDO PROCESO.
Cuando un estudiante incurre a las normas contempladas en el
presente Manual tiene derecho al siguiente proceso:
1. Primero: El o la docente que conozca la falta dialogarán con el
estudiante, propiciando espacio para la reflexión y la toma de
conciencia. Registrara la situación presentada en la planilla
personal para garantizar el seguimiento o anotación en el
observador del estudiante si es el caso.
2. Segundo: Si reincide en las faltas, interviene el director de curso
quien dialogara con el estudiante permitiendo que haga sus
descargos. Realizara acciones pedagógicas individuales o en
grupo, propiciando la reflexión. Citará a los acudientes para
establecer acuerdos y compromisos si el caso lo amerita. Se hará
registro en el observador del estudiante con las respectivas firmas.
53
3. Tercero: si se agotan las instancias anteriores y si se continúa con el
incumplimiento de los compromisos y si el caso lo requiere se hará
remisión al comité de grado, quien define estrategias
psicopedagógicas con citación al padres de familia o acudiente
legal.
Coordinación hace acompañamiento para garantizar que se
cumplan los procedimientos indicados.
Si hay falta de interés y voluntad de cambio, el estudiante será
enviado (a) a un período de reflexión en su casa hasta por tres días
con las respectivas consecuencias académicas.
Durante los tres días de periodo de reflexión el estudiante realizara
un trabajo asignado por coordinación con apoyo el director de
grupo, y con un alto nivel de exigencia dirigido especialmente al
análisis de su incumplimiento y las consecuencias del mismo. Al
regresar a la institución presentará el trabajo escrito y con el visto
bueno de coordinación hará la respectiva sustentación frente a sus
compañeros de curso o colegio.
4. Cuarto: si se persiste en la dificultad o incumplimiento, el Director de
curso hace remisión a Coordinación, si es falta de convivencia o si
es incumplimiento académico. Coordinación establece nuevas
acciones orientadas al cambio de actitud. Se firmará compromiso
académico o convivencia con los padres de familia o acudiente
legal según el caso.
Todo estudiante que sea remitido a coordinación u orientación por
parte de un docente, se debe presentar por escrito todo el
seguimiento a las acciones pedagógicas que el docente ha
realizado para corregir el problema, esto con el fin de demostrar
que se han agotado todas las posibilidades a su alcance. Sin este
seguimiento no se podrán remitir estudiantes a otras instancias de la
institución.
5. Quinto. Agotado todo el proceso correctivo, formativo y frente a la
persistencia de la falta el estudiante será remitido(a) al Comité de
Convivencia Institucional por faltas de comportamiento o a la
comisión de evaluación y promoción por faltas académicas. Para el
estudio del caso, se hará citación al padre de familia o acudiente
legal.
54
El Comité de Convivencia Institucional y/o la comisión de evaluación
definirán las acciones correctivas o resolutorias según sea el caso.
La acción correctiva se establece cuando el estudiante, los padres de
familia o acudiente legal, demuestran un alto grado de compromiso
para superar las dificultades, se establecen periodos de prueba y
observación con el respectivo registró.
ARTICULO 66. CRITERIOS CORECTIVO CON BASE EN DEBIDO PROCESO.
Para las faltas graves y gravísimas se aplicarán los siguientes criterios
correctivos, previo debido proceso:
1. Compromisos convivenciales y/o académicos institucionales,
establecido por la coordinación.
2. Periodos de reflexión hasta por tres días en la casa, establecido por
el coordinador.
3. Matricula en condicional previo paso por el Comité de Convivencia
Institucional.
4. Perdida del cupo para el año siguiente en la institución definido por
el subcomité de convivencia, previa revisión del debido proceso.
5. No proclamación de bachiller en ceremonia para estudiantes de los
grados 9°, 11° y ciclo 6 por faltas disciplinarias graves, matricula en
observación y/o por bajo rendimiento académico, a criterio del
subcomité de convivencia y/o comisión de evaluación y
promoción, según el caso.
6. Cancelación de matricula por parte del consejo directivo.
PARAGRAFO 1: El consejo directivo delega en el coordinador y/o
directivas de la institución o entes de participación reglamentados. La
aplicación de las sanciones disciplinarias contenidas en el MANUAL O
PACTO DE CONVIVENCIA.
PARAGRAFO 2: Los anteriores criterios correctivos no son secuenciales y
dependerán de la gravedad de la falta o el debido proceso.
PARAGRAFO 3: Cuando un docente, el director de curso, el
coordinador o el rector, citen al padre de familia o acudiente de un
estudiante y no se presente en la fecha indicada, se emitirá una
segunda citación con el aval de la coordinación y si se repite la no
presentación del acudiente o padre de familia, el estudiante no podrá
55
ingresar a la institución o a clases, hasta tanto no cumpla con este
requerimiento.
PARAGRAFO 4: Los profesores no podrán suspender ni sacar los
estudiantes de clase; esta facultad es exclusiva de los antes
reglamentados en el debido proceso y este MANUAL O PACTO DE
CONVIENCIA.
PARAGRAFO 5: Las faltas disciplinarias no contempladas en el presente
Manual, serán de competencia del coordinador o quien haga sus
veces, quienes impondrán las sanciones respectivas.
PARAGRAFO 6: Los elementos cuyo uso o tenencia son claramente
prohibidos por la institución podrán ser retenidos por el coordinador. Su
devolución se hará al padre de familia o acudiente, la institución no se
hace responsable por su pedida. Si estos elementos no son reclamados
se rifaran entre los estudiantes del curso respectivo. Si se tratara de la
retención de comestibles traídos para la comercialización, estos serán
distribuidos entre los estudiantes.
ARTICULO 67. RECURSOS Y PROCEDIMENTOS.
Ante la decisión positiva de cancelación de matrícula por parte del
consejo directivo Institucional, y notificada por el Rector al afectado; el
estudiante y padre de familia o acudiente legal podrán interponer ante
este, el recurso de reposición, con los argumentos y pruebas necesaria,
el cual deberá ser resuelto dentro de los treinta (30) días hábiles
siguientes a la fecha de radicación. El cual deberá considerarse y
discutirse en un nuevo Consejo Directivo, produciendo una respuesta a
este, la cual será nuevamente notificada. Por el Rector al afectado.
En caso de revocatoria de la decisión de cancelación de matricula, el
estudiante deberá presentar un proyecto de convivencia personal y de
vida, con actividades, cronogramas, recursos y participantes, que
demuestren el propósito de cambio de actitud en el proceso
convivencial, además de los compromisos de el estudiante y
acudiente, este deberá ser considerado, modificado o aprobado por
el Consejo Directivo en su próxima reunión ordinaria, según su
reglamentación interna y cronograma; en el consejo donde se trate de
dicho asunto, podrá contar con miembros de la junta directiva del
consejo de Padres, los cuales tendrán voz pero no voto.
56
CAPITULO XII.
DEL BIENESTAR ESTUDIANTIL
ARTICULO 68. ESTIMULOS.
El adecuado comportamiento, el buen rendimiento académico, la
puntualidad, la solidaridad, la colaboración, el compañerismo, la
buena presentación personal y el esfuerzo del estudiante merecen ser
reconocidos por la institución a través de los siguientes estímulos:
1. Felicitación personal y escrita en el observador del estudiante.
2. Inclusión en el cuadro de estudiantes distinguidos.
3. Ser reconocidos en izadas de bandera por sus procesos de
formación y desempeño académico o convivencial.
4. Representar al curso o a la institución en eventos especiales
organizados por la institución, la localidad, la SED, u otras entidades.
5. Hacer reconocimiento ante la comunidad educativa a los mejores
estudiantes por sus logros en los procesos convivenciales y
académicos destacándolos en el cuadro de honor.
6. La publicación o difusión de los mejores trabajos en el periódico, en
cartelera o a través de la emisora.
7. Recibir trofeos, condecoraciones, menciones especiales y
representar al curso en eventos especiales con notificación al
padre de familia y anotación al observador del estudiante.
8. Exaltación en público a los tres estudiantes que obtengan puntajes
representativos en LAS PRUEBAS del ICFES a las que haba la SED
9. Reconocimiento al mejor bachiller.
10. Reconocimiento a estudiantes que cursaron todo su ciclo
educativo en la institución, destacándose como mejores
estudiantes.
11. Participación de los mejores estudiantes como candidatos al
Consejo Estudiantil, personero, vocero o monitor de curso.
12. Salidas recreativas y pedagógicas cuando el premio es colectivo
para todo el curso.
PARAGRAFO 1. El observador del estudiante permanecerá en la
respectiva Coordinación de Convivencia, será revisado
periódicamente por el Director de Grupo, en particular al finalizar cada
periodo, en el cual se consignaran todos los estímulos recibidos por el
(la) estudiante con un lenguaje positivo y en reconocimiento a su
desempeño.
PARAGRAFO 2. Algunos estímulos se acreditaran así:
1. Inclusión en el CUADRO DE ESTUDIANTES DISTINGUIDOS. la hará el
respectivo Coordinador de Convivencia, al finalizar cada periodo y
57
por solicitud del Director de Grupo, y no tiene amonestaciones
escritas; también se registrará en el Observador del Estudiante.
2. Derecho a IZAR BANDERA. La obtendrá el estudiante cuando se
haya distinguido en el curso por su rendimiento académico u otros
logros especiales, se deberá dejar constancia en el Observador del
estudiante.
3. MENCIÒN DE EXCELENCIA PERDOMISTA. Será otorgada por las
directivas del Colegio al finalizar el año escolar, a los estudiantes de
cada curso que hayan acumulado las mayores distinciones, previa
solicitud escrita de los Directores de Curso respectivos. Se le
comunicara al padre de familia y/o acudiente y se registrara en el
Observador del estudiante para que haga parte de su historial en
el momento de la clausura.
4. MATRICULA DE HONOR. Será otorgada mediante Acuerdo del
Consejo Directivo, al mejor estudiante de cada curso que al finalizar
el año escolar haya alcanzado los logros académicos,
comportamentales y de convivencia de manera EXCELENTE. El
director de grupo y el curso elegirá el estudiante merecedor de
esta distinción.
5. LA SALIDA RECREATIVA. Será concedida por las Directivas del
Colegio, al curso o grupo de estudiantes que se haya destacado
por su cooperación en algún programa especial o por su nivel de
Convivencia o resultados académicos excelentes.
ARTICULO 69. PROCESO PARA ACCEDER A LOS DIFERENTES SERVICIOS DE
LA INSTITUCION.
1. SECRETARIA. La atención a padres de familia se hará de acuerdo a
los horarios establecidos y publicados a comienzo del año lectivo,
para las jornadas de la mañana, tarde y noche.
La atención a estudiantes se hará de lunes a viernes en la
hora del descanso.
Para solicitar certificados el proceso es el siguiente:
La solicitud del recibo de pago en la secretaria y dejar los
datos requeridos para tal fin.
La cancelación en el Banco del valor correspondiente.
La entrega de la constancia, es al tercer día hábil, previa
presentación del recibo de pago.
2. ORIENTACION. Los estudiantes pueden recibir este servicio cuando
lo requieran personalmente o cuando le sea indicado por el
director de grupo, la coordinación, el padre de familia, acudiente o
58
rector. Se debe diligenciar el respectivo formato de remisión y así
formalizar la remisión.12
El orientador deberá evaluar las estrategias de los docentes,
director de curso, coordinador académico y/o convivencial y
asignara la cita según la prioridad del caso. Para solicitar este
servicio se debe sacar una cita con anterioridad. La atención a
padres de familia se hará según el horario establecido y publicado
a comienzo de año.
3. COORDINACION. 13 El estudiante puede recibir este servicio cuando
lo quiera personalmente en horario de descanso o cuando le sea
indicado por el Director de Grado o por un profesor. Para ser
atendido en coordinación debe llevar la remisión del docente
responsable, esta remisión debe estar acompañada del
seguimiento que el maestro le haya hecho al estudiante, lo mismo
que las acciones pedagógicas realizadas en ellos, que demuestran
que se han agotado todas las posibilidades de solución al
problema presentado el conducto regular y el debido proceso. Sin
este seguimiento, El coordinador no atenderán al estudiante y lo
devolverán al maestro para que haga los seguimientos
correspondientes. Una vez atendido se le hará la respectiva
constancia de atención. La atención a padres de familia se hará a
través de citación en cada jornada de acuerdo al horario de cada
docente y el horario de atención a padres de familia publicado a
comienzos de año.
4. PORTERIA.
a. Una persona ajena a la institución solo podrá ingresar con previa
autorización de Rectoría o Autorización.
b. Una vez cerrada la puerta ningún docente está autorizado para
dejar salir o ingresar estudiantes. Solo el coordinador está
autorizados para hacerlo.
c. Después de las 6:30 p.m. ninguna persona ajena a la institución
tiene autorización para ingresar a la institución.
d. Los maestros que por motivo de sus funciones requieran quedarse
en la institución después de la jornada, deben solicitar
autorización de Rectoría.
e. Ninguna persona podrá ingresar a la institución en día que no
sean laborales, sin previa autorización de rectoría.
f. Todo paquete que entre o salga de la institución debe ser
revisado y registrar su contenido en la minuta de la portería.
12 (Ver art. 42 y 44 del código de infancia y adolescencia). 13 Ver art. 42 y 44 del código de infancia y adolescencia).
59
g. Todo vehículo que ingrese a la institución debe ser revisado,
igual a la salida.
5. TIENDA ESCOLAR. El horario de atención de la tienda escolar será
únicamente en los espacios de descanso de los estudiantes. Se
debe cerrar inmediatamente suena el timbre de finalización del
descanso.
Se debe seguir las siguientes pautas de comportamiento:
- Organizar filas frente a la caseta para agilizar el servicio.
- Ser ordenado respetuoso y honesto en el momento de la
atención.
- Presentar reclamos justos oportunos y de manera cordial.
ARTICULO 70. MEDIOS DE EXPRESION Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
1. EMISORA ESCOLAR. Para pertenecer al equipo de Emisora Escolar el
estudiante debe tener un excelente comportamiento. El proyecto
estará dirigido por las áreas de Humanidades y/o Tecnología e
Informática; los coordinadores quienes brindaran las estrategias y
parámetros para el manejo y cuidado de la misma.
Las emisiones se organizaran semanalmente para evitar la
improvisación y se contribuya a dinamizar los procesos
comunicativos y alcanzar los objetivos del proyecto particular de la
misma y correlacionarlo con el Proyecto Institucional.
2. PERIODICO ESCOLAR. Al igual que la emisora es otra estrategia
pedagógica que permite la libre expresión de los estudiantes está
liderada por el área de Humanidades.
Se puede participar a través de escritos orientados en las diferentes
clases de las asignaturas y de acuerdo con los cronogramas
establecidos.
3. PAGINA WEB. Es una estrategia de comunicación tecnológica de la
comunidad educativa y de inserción institucional al panorama
mundial. Estará liderada por el área de Tecnología e Informática.
Su diseño, actualización y mantenimiento se hará con información
participativa de los diferentes miembros de la comunidad
educativa, bajo la dirección técnica del área de Tecnología e
Informática. El consejo directivo facilitará los recursos y
procedimientos para su permanencia en el ciberespacio.
60
CAPITULO XIII.
PARTICIPACION EN DEPORTES, EXCURSIONES Y VISITAS DE
ESTUDIO.
ARTÍCULO 71. Para la participación en actividades deportivas se
observarán las siguientes normas:14
1. Los alumnos deberán tener las prendas de sus uniformes en
perfecto estado de aseo y orden.
2. El cambio de uniformes se hará en los sitios indicados por el profesor
del área de Educación física, en forma rápida y ordenada.
3. Durante las clases y actividades de Educación física y de deportes
los alumnos deben observar un comportamiento cortés y buenas
maneras, en especial en el trato con sus compañeros, y mostrar
actitudes de respeto y cuidado con los elementos e instalaciones
de la Institución.
ARTICULO 75. En cuanto a la realización de visitas de estudio, se
establecen las siguientes normas:15
1. La coordinación o rectoría es la dependencia que tiene a cargo
estudiar, autorizar o negar la realización de visitas o salidas
pedagógicas como actividades complementarias de las áreas
académicas. Estas actividades se regirán por la siguiente
reglamentación:
El profesor del área respectiva y el Director de Curso elaborarán
y presentarán a la rectoría un plan general de la actividad
incluyendo en el mismo el itinerario del evento propuesto,
detalles de la organización, los recursos necesarios, y la forma de
financiación.
Para asistir a cualquier salida pedagógica los estudiantes
deberán presentar autorización escrita de sus padres o
acudientes. El profesor a cargo del evento, una vez autorizado
éste por la Rectoría, será el delegado de la autoridad y el
responsable del grupo de alumnos.
Una vez cumplida la salida o visita de estudio, el profesor
encargado de ella redactará y presentará a la Rectoría un
breve informe sobre la realización de la misma.
14 (Ver art. 32 del código de infancia y adolescencia). 15 Art. 9, 10, 39 del código de infancia y adolescencia).
61
ARTICULO 76. La Institución legalmente no puede organizar ni realizar
actividades tendientes a recolectar recursos económicos con fines pro-
excursiones o paseos.
CAPITULO XIV
DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTICULO 77. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Los Padres de los estudiantes San Marquinos tienen los derechos
reglamentados en el Decreto 1286 de 2006, al igual que en el Articulo
39 de la Ley 1098 del 2006 Código de infancia, adolescencia y familia,
los cuales aplican en los siguientes ítems:
1. Una atención cordial y oportuna por parte de los distintos
estamentos del colegio según el horario establecido o previa
citación.
2. La información sobre rendimiento académico convivencia de sus
hijos o hijas en forma oportuna detallada.
3. Acceder a los servicios de orientación ofrecidos por el colegio.
4. A la participación en las actividades para padres de familia,
programadas por el colegio como; talleres, Reuniones, escuela de
padres, proyecto, etc.
5. La participación en la asociación de Padres de Familia, concejos
de padres, Concejo Directivo y demás comités existentes en el
colegio.
6. Participación en la elaboración del PEI y el PACTO DE
CONVIVIENCIA.
7. La presentación de su hijo o acudido en todas las actuaciones en la
que sea necesario o conveniente, especialmente cuando se le
aplique el debido proceso.
8. El conocimiento de la filosofía, orientación y reglamentación del
colegio.
ARTICULO 78. COMPROMISOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Los padres de los estudiantes San Marquinos tienen los deberes
reglamentados en el decreto 1286 de 2005 y los siguientes;
1. Asistir puntualmente a todas las reuniones, citaciones, talleres y
demás actividades que se programen en la institución.
2. Solicitar información, hacer reclamos y aclaraciones de una manera
respetuosa, siguiendo el conducto regular.
62
3. Brindar a sus hijos: Amor protección, atención, respeto, compromiso
y buen ejemplo.
4. Brindar a sus hijos los uniformes completos y de acuerdo al modelo,
al igual que los elementos, útiles y materiales que lo permitan un
buen desempeño académico.
5. Responder por los daños causados por su(s) Hijos(s) a los elementos
e instalaciones del colegio o por los datos causados a los útiles de
un compañero.
6. Responde por los gastos médicos cuando su hijo ó hija haya
agredido a un compañero y el seguro o servicio médico no los
cubra.
7. En caso de necesitar un permiso para su hijo o hija, durante la
jornada, se hará presente para retirarlo(a) y firmar el registro en
coordinación, en caso de enfermedad, no enviará a su hijo o hija
al colegio, lo llevara al médico y presentara constancia en
coordinación.
8. Solicitar por escrito, si necesita ser atendido por un docente o en
coordinación.
9. En caso de inasistencia de su(s) hijo(s) presentar excusa escrita, si es
por un día, si la inasistencia es de dos o más días se presentara
personalmente a coordinación para presentar la justificación
pertinente.
10. Si hay ausencia de una o más semanas si justificación previa u
oportuna, el caso será informado al Instituto de Bienestar Familiar de
acuerdo con la ley de 1018 de2006 y a través del servicio de
Orientación.
11. En caso de incumplimiento académico o con vivencial presentarse
al colegio para firmar el respectivo compromiso y conocer las
acciones pedagógicas sugeridas por los docentes, Coordinadores u
orientadores(a).
12. Revisar los cuadernos y manual, firmar las notas que allí estén
consignadas.
13. No permitir que su hijo o hija lleve elementos a su casa que no le
pertenecen, en caso de llevarlos informar al colegio para prevenir
el hurto.
14. Ser leal con la institución, no difamar el buen nombre del colegio, ni
de las personas que aquí laboran.
15. Leer el MANUAL O PACTO DE CONVIVIENCIA, dialogar con su(s)
hijo(s) y enfatizar en sus deberes y derechos especiales.
16. Orientar a sus hijos en el consumo adecuado del refrigerio dándole
el valor que este tiene como complemento nutricional. No aceptar
que los niños lo lleven a la casa porque al permanecer más de dos
63
horas fuera del refrigerador se convierte en un riesgo para la salud
de quien lo consuma (puede haber intoxicación).
17. Los padres de niños pequeños que no los recojan puntualmente a la
salida, se hacen directos responsables de lo que se pueda
presentar. Si se incumple con esta responsabilidad dos o más veces
se reportara el caso al Instituto del Bienestar Familiar.
PARAGRAFO. La no asistencia o acompañamiento del acudiente y/o
de la familia en forma repetida a reuniones, escuelas de padres,
citaciones, justificación de ausentismos, entregas de informes
académicos y con vivenciales, o actividades programadas por el
colegio; obliga a la institución a elevar las denuncias al Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar, demás autoridades que establezcan
las leyes vigentes.
ARTICULO 79. ESTIMULOS A LOS PADRES DE FAMILA Y/O ACUDIENTES:
1. Como miembros de la comunidad San Marquina se les hace
reconocimiento público a los padres en general por su asistencia y
participación en los eventos programados a nivel Institucional.
2. Tienen oportunidad de participar en el Consejo de Padres de y ser
elegidos como miembros de la asociación y como representante al
Consejo Directivo.
3. Reciben felicitación en público los padres cuyos hijos son
reconocidos por su buen rendimiento y comportamiento.
4. Reciben exoneración de pago de costos educativos por uno de sus
hijos, los padres que colaboran y participan con sentido de
pertenencia en actividades institucionales.
5. Tienen reconocimiento especial el día de la conmemoración de la
familia San Marquina, los padres que han demostrado sentido de
pertenencia y colaboración por la institución.
CAPITULO XV
DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
ARTICULO 80. DERECHOS DE LOS DOCENTES
Los docentes gozan de todos los derechos consagrados en el Estatuto
Docente, en la Constitución Nacional, en la Ley 115 (General de
Educación), y en las normas promulgadas por el Estado y de los
siguientes de orden institucional:
6. Conocer y poner en práctica el MANUAL O PACTO DE
CONVIVENCIA.
64
7. Ser valorado y respetado como persona y profesional en la
docencia.
8. Ser estimulado verbalmente y por escrito por su labor realizada.
9. Participar y ser elogiado en los procesos democráticos de carácter
Institucional.
10. Presentar peticiones, solicitudes y reclamos respetuosos a los
Directivos y Consejo Directivo y ser oportunamente atendido.
11. Presentar propuestas, sugerencias y/o proyectos que tiendan a
mejorar organización y rendimiento escolar.
12. Tomar parte activa en la planeación y programación educativa del
plantel.
13. Fomentar permanentemente la comunicación y el diálogo con los
Directivos, Directores de curso, Compañeros, Estudiantes y demás
personas de la comunidad educativa.
14. Contribuir con la dinamización, evaluación y desarrollo del Gobierno
Escolar.
ARTICULO 81. DEBERES DE LOS DOCENTES
Los docentes cumplirán con todos los deberes y obligaciones
reglamentadas en la Constitución Nacional, en la Ley 115 (General de
Educación), decreto 2277 de 1979, decreto 1278 de 2002 y en las
normas promulgadas por el Estado y de los siguientes:
1. Conocer y poner en práctica el PACTO DE CONVIVENCIA.
2. Participar en los programas de capacitación y actualización
profesional que desarrolle la Institución, el Ministerio de educación
Nacional y la Secretaría de educación Distrital.
3. Respetar a todas las personas, sin importarle las creencias filosóficas,
políticas religiosas; y en el particular, respetar a los Estudiantes.
4. Conservar y procurar buenas relaciones interpersonales con padres,
estudiantes, directivos y compañeros.
5. Participar en la construcción, organización, conocimiento,
divulgación, mejoramiento y desarrollo del Proyecto Educativo
Institucional (PEI) y del MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA.
6. Mejorar permanentemente le proceso de enseñanza – Aprendizaje,
mediante el aporte de las ideas y sugerencias a través del consejo
Directivo, del Consejo Académico y reuniones de área, etc.
7. Asistir puntualmente a la jornada de trabajo, a las reuniones y a los
demás actos comunitarios que programa el plantel.
8. Presentar al Rector la respectiva incapacidad por el servicio médico
que corresponde, en caso de ausentarse uno o varios días de la
institución.
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9. Orientar y fortalecer el proceso de enseñanza aprendizaje de cada
uno de los estudiantes y contribuir a la obtención de los logros
académicos y de convivencia previstos.
10. Permanecer dentro del plantel durante toda la jornada laborar
establecida.
11. Solicitar permiso cuando, por razones válidas deba retirarse
temporalmente del plantel, o cuando tenga la necesidad de no asistir
para lo cual debe dejar organizadas las actividades correspondientes.
12. Informar a la persona pertinente según el conducto regular y el
debido proceso sobre las irregularidades que se presente en los
estudiantes.
13. Evaluar a los estudiantes integral y continuamente.
14. Inculcar en los estudiantes el amor por los valores históricos y
culturales de la nación y el respeto por los símbolos patrios.
15Realizar actividades de Dirección de Grupo, o las que se presenten
en clase.
16. Promover salidas pedagógicas, culturales, recreativas y
convivenciales y demás que considere necesarias para la formación
integral de sus educandos. Citar y dialogar con los padres de familia
cuando sea necesario. Contribuir en todo momento a la formación de
un ambiente agradable. Controlar la asistencia y participación de los
estudiantes o para la familia de este.
18. Apoyar a los estudiantes que tienen dificultades académicas o de
convivencia con herramientas pedagógicas suficientes para dar
soluciones a sus problemas. Solucionar las dificultades presentadas con
los estudiantes y/o padres de familia, agotando todos los recursos a su
alcance. Desempeñar función con ética profesional.
19. Abstenerse de adquirir compromisos, pactos u obligaciones que
comprometan a la institución, ya sea en el campo jurídico, económico
o de su buen nombre, sin previa autorización del estamento pertinente.
20. Abstenerse de pedir contribuciones o aportes económicos a los
estudiantes cuando estos no están autorizados y en todo caso todo
aporte o contribución debe ser administrado por el fondo de servicios
de docentes de la institución.
21. Presentar un completo seguimiento y acciones pedagógicas
llevadas a cabo con un estudiante, cuando determine que debe ser
remitido a otra instancia, ya sea por problemas académicos o
convivenciales.
ARTICULO 82. ESTIMULOS A LOS DOCENTES.
Además de los estímulos que por ley los docentes de la institución se
hacen creadores a:
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1. Disponer los recursos necesarios y de un espacio agradable y digno
de su labor.
2. contar con el apoyo por parte de las directivas para el desarrollo de
sus proyectos de aula o de áreas.
3. La participación, según su interés en curso de mejoramiento,
seminarios.
4. exposiciones, a los cuales sea invitada la institución.
5. la programación y participación en actividades de integración que
favorezcan el crecimiento personal y el ambiente institucional.
6. El reconocimiento en actos culturales y/o izadas de bandera de la
labor desempeñada por el docente.
7. Memorandos de reconocimiento con copia a la hoja de vida.
8. Mención de honor o placa honorífica al finalizar el año escolar en
acto público por su excelente labor, desempaño y compromiso
institucional. La elección de estos docentes se hará en forma
democrática y será ratificada por el consejo directivo.
9. Mención de honor y/o placa honorífica a los (las) docentes que se
retiran y/o pensionan en la institución por su labor y compromiso
institucional.
ARTICULO 83. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas legales y los manuales de
funciones, la institución establece los siguientes derechos.
1. Cumplir con todas y cada una de sus funciones de manera eficaz,
eficiente y oportuna.
2. Brindar una información clara y oportuna a quien se la solicite.
3. Prestar una atención amable, cordial respetuosa.
4. Cumplir con el horario de trabajo.
5. Demás que contemple el código de ética como empleados de la
SED.
6. En caso de tener que retirarse de la institución por una jornada
completa o por algunas horas, debe solicitar el respectivo permiso a
rectoría o su delegado y no retirarse si este le es negado.
ARTICULO 84. DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las normas legales, la institución
establece los siguientes deberes.
1. Un trato respetuoso y justo.
2 La atención e información oportuna por parte de Rectoría,
Coordinación y profesores cuando sea requerida.
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3. Expresar sus puntos de vista y opiniones con carácter propositivo que
redunden en beneficio de su desempeño laboral.
4. Ser estimulado cuando su labor se destaque o a ser corregido
oportunamente cuando lo amerite, recibiendo pautas para mejorar.
ARTICULO 85. ESTIMULOS AL PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Son reconocidos como miembros de la comunidad San Marquina y se
les hace partícipe de las actividades institucionales.
1. Disponer de recursos necesarios y espacios dignos del ejercicio de su
labor.
2. Exaltar su labor de servicio a la comunidad en la conmemoración de
la familia San Marquina.
3. Participación en cursos de formación, eventos y seminarios
programados por otras entidades en beneficio de su desempeño
profesional.
4. programación y participación en actividades de integración que
favorezcan el crecimiento personal y el ambiente institucional.
CAPITULO XVI
DE LAS MODIFICAICONES, TEMPORALIDAD Y VIGENCIA DEL
MANUAL O PACTO DE CONVIVECIA
ARTICULO 86. MODIFICACIONES AL MANUAL O PACTO DE
CONVIVENCIA.16
Los estamentos educativos podrán solicitarle al Consejo Directivo, la
modificación del presente Manual o parte del mismo, anexando
solicitud con no menos del 20% de firmas del estamento respectivo, el
cual deberá considerar, estudiar y pronunciarse con respecto a la
viabilidad o aprobación de la modificación propuesta.
El Consejo directivo tiene la facultad para modificar el MANULA O
PACTOI DE CONVIVENCIA, mediante Acuerdo que serán publicados
para conocimiento de la comunidad educativa y constituirán parte
integral del mismo.
16 (art. 43, numeral 3, ley 1098)
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ARTICULO 87. TEMPORALIDAD DEL MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA.
El MANULA O PACTO DE CONVIVENCIA será revisado, ajustado y
modificado con la participación de todos los elementos de la
comunidad educativa, en los años 2010 y 2011 de forma consecutiva y
transitoria. A partir de este periodo su revisión, ajuste y modificación se
hará en forma integral y general cada tres años o en forma parcial,
dentro de los términos establecidos en el artículo anterior.
ARTICULO 88. VIGENCIA
El presente MANUAL O PACTO DE CONVIVENCIA rige a partir de su
aprobación y publicación en la Institución Educativa San Marcos, de
Acevedo Huila.