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Marzo 2018 http://www.congreso.gob.pe/Didp
INFORME DE INVESTIGACIÓN
PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LA MUJER
EN ELECCIONES CONGRESALES, EN EL
PERÚ Y OTROS PAÍSES DE
LATINOAMÉRICA
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INTRODUCCIÓN
El Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria ha elaborado el Informe
temático titulado “Participación política de la mujer en elecciones congresales, en el Perú y
otros países de Latinoamérica”, que tiene por finalidad presentar: información sobre las
recientes y más novedosas políticas regulatorias adoptadas para incentivar y generar
espacios de participación política de la mujer como candidatas al Parlamento, así como
data estadística reciente sobre los avances en esta materia.
El informe se divide en cuatro partes. En la primera parte se describen los acuerdos
internacionales más relevantes que buscan posicionar a la mujer en los ámbitos de toma de
decisiones, en general; así como las políticas del Estado peruano implementadas con miras
a lograr los objetivos trazados y compromisos asumidos a nivel internacional.
En la segunda parte se presenta información que permite evidenciar los reales avances en
el Perú con relación a la participación de la mujer en los procesos de elección de
congresistas. Seguidamente, como tercer punto, se muestran estadísticas a nivel mundial y,
con mayor precisión, a nivel del continente americano, sobre los espacios de poder
logrados por la mujer en las elecciones parlamentarias.
El informe culmina con una breve descripción de la legislación que fomenta la participación
de la mujer en los cargos de elección popular —específicamente en el cargo de
congresista— como la ley de cuotas y otras, en los países de Chile, Colombia y Brasil; que
son, en comparación con la mayoría de los demás países de América, los que menor
porcentaje de representación femenina tienen en sus respectivos parlamentos.
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Cabe señalar que los espacios de participación política de la mujer pueden ser a nivel del
Parlamento, como del Poder Ejecutivo; así como en otros cargos de elección popular; sin
embargo, para los fines de este trabajo, solo se analizará y presentará información
relacionada al ámbito congresal.
De esta manera, el Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria procura
brindar información oportuna y de utilidad para la toma de decisiones.
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PARTICIPACIÓN POLÍTICA DE LA MUJER EN ELECCIONES CONGRESALES, EN
EL PERÚ Y OTROS PAÍSES DE LATINOAMÉRICA
1. Antecedentes normativos
a. Internacionales
Luego de la Segunda Guerra Mundial, se celebraron diversos compromisos
internacionales a fin de reconocer y garantizar el respeto a los derechos humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) fue el primero adoptado
por la Asamblea General de las Naciones Unidad, en el año 1948, que, como ideal
común de convivencia entre las naciones, ha servido de inspiración para el desarrollo
de otros tratados internaciones para proteger los derechos de aquellos grupos en
condiciones de vulnerabilidad, como son las mujeres y los niños, entre otros.
Hace menos de cien años no se podía concebir la idea de que las mujeres pudieran
ejercer derechos políticos, como sí le eran reconocidos a los hombres. Este tipo de
diferencias entre el ejercicio de los derechos de los hombres y de las mujeres generó
que la Organización de las Naciones Unidas fomentara una serie de compromisos
internacionales o declaraciones a favor de reconocer, proteger y fomentar la
participación política de la mujer. Entre estos documentos podemos mencionar los
siguientes:
• La Convención sobre los derechos políticos de la mujer, adoptada en el año 1953,
es el primer instrumento internacional desarrollado por la Comisión de la Condición
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Jurídica y Social de la Mujer de las Naciones Unidas, en el que se reconocen los
derechos de participación en la política de las mujeres1.
Dicho documento, ratificado por 123 países2, entre otros derechos políticos,
reconoce a las mujeres el derecho de: votar en las elecciones en igualdad de
condiciones que los hombres, ser elegibles para todos los organismos públicos
electivos establecidos en las leyes nacionales, a ocupar cargos públicos y ejercer
funciones públicas en las mismas condiciones que los hombres, entre otros.
• Otro importante avance es la Declaración sobre la eliminación de la discriminación
contra la mujer, aprobada en 1967, y que dio origen a la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) —
aprobado en el año 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y con más
de 185 países miembros — que resalta por representar un documento con efectos
vinculantes pues establece ciertas obligaciones de los Estados y una agenda política
para acabar con la discriminación3.
Entre los compromisos que asumieron los Estados, se encuentran: Adoptar medidas
legislativas para prohibir y sancionar toda discriminación contra la mujer, tomar
medidas apropiadas para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer, sobre
todo en las esferas política, social, económica y cultural, garantizando el ejercicio de
sus derechos en igualdad de condiciones.
1 También redacto otros instrumentos relacionados con otros derechos de las mujeres, como la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada, la Convención sobre el consentimiento para el matrimonio o el Convenio relativo a la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres; entre otros. Sin embargo, en el presente informe sólo se hará referencia a aquellos documentos que fomentaron y desarrollaron los derechos de participación política de la mujer. 2 Perú lo ratificó en el año 1975. Ver la lista de países que firmaron y ratificaron el documento en https://treaties.un.org/pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no=XVI-1&chapter=16&lang=en 3 http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/
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Con relación a la participación de la mujer en la vida política y pública, el artículo 7
de la CEDAW señala que los Estados han de tomar las medidas necesarias para
garantizar, en otros derechos, a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todoslos organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución deéstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos losplanos gubernamentales;c) Participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupende la vida pública y política del país.
• También es importante mencionar la Declaración y la Plataforma de Beijing del año
19954, que representa un compromiso de 189 países para establecer un marco para
la elaboración de políticas con miras a alcanzar la igualdad de género. Este
documento, en su capítulo IV, establece objetivos estratégicos y medidas, entre los
cuales se puede mencionar que en el ámbito “la mujer en el ejercicio del poder y la
adopción de decisiones”, se presentaron una serie de objetivos estratégicos. El
siguiente cuadro resume algunas las medidas más saltantes para lograr el objetivo
propuesto.
Cuadro 1 Declaración y la Plataforma de Beijing Objetivos: estratégicos y medidas a adoptar por parte de los gobiernos para lograr fomentar la participación de la mujer en el ejercicio de poder y
la toma de decisiones Objetivos estratégicos
específicos Medidas a implementar
Adoptar medidas para garantizar a la mujer igualdad de acceso y la plena participación en las estructuras de poder y en la adopción de decisiones
Lograr el equilibrio entre mujeres y hombres en los ámbitos gubernamentales, en las entidades de la administración pública, entre otras. Inclusive se debe establecer medidas tendientes a aumentar sustancialmente el número de mujeres con miras a lograr una representación paritaria de las mujeres y los hombres. Adoptar medidas en los sistemas electorales para alentar a los partidos políticos a integrar a las mujeres en los cargos públicos
4 Ver todo el documento en http://www.unwomen.org/-/media/headquarters/attachments/sections/csw/bpa_s_final_web.pdf?la=es&vs=755
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electivos y no electivos en la misma proporción y categorías que los hombres
Aumentar la capacidad de la mujer de participar en la adopción de decisiones y en los niveles directivos
Desarrollar mecanismos y proporcionar capacitación para alentar a la mujer a participar en los procesos electorales, las actividades políticas y otros sectores relacionados con las actividades de dirección
Fuente: Declaración y la Plataforma de Beijing del año 1995. Páginas 137 a la 145. Elaboración: Área de Servicios de Investigación (DIDP).
• Es importante resaltar la resolución aprobada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas, de 20115, la que exhorta a todos los Estados a: i) eliminar todas
aquellas normas o prácticas que impidan o limiten la participación de las mujeres en
los temas políticos, ii) fomentar la participación activa de este género en actividades
políticas y de dirección en asuntos públicos, incluyendo la formulación de políticas
gubernamentales y su respectiva ejecución, entre otras, iii) examinar los efectos de
los sistemas electorales en la participación política de la mujer y su representación
en órganos electivos, para juntarlos o reformarlos, y iv) alentar a los partidos políticos
a eliminar los obstáculos contra la participación de la mujer, etc.
Todos estos instrumentos internacionales han motivado a los Estados a implementar
acciones o consolidar, en algunos casos, el reconocimiento y protección de los derechos
de participación política de la mujer en los procesos de elección popular, cargos
públicos, entre otros y, claro, han servido como hoja de ruta para el desarrollo normativo
interno de cada país firmante o adoptante de estos acuerdos, con miras a promover que
la mujer participe de manera más activa en la vida política y de esta manera, lograr una
equiparación en el porcentaje de participación entre hombres y mujeres en todas las
esferas del poder.
5 Ver la resolución en http://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/66/130&referer=http://hq.unwomen.org/en/what-we-do/leadership-and-political-participation&Lang=S
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b. Nacionales
Sobre la base de los compromisos internacionales asumidos por el Perú en materia de
igualdad de derechos entre hombres y mujeres y la erradicación de la discriminación
contra la mujer, el Estado ha venido desarrollando una serie de planes para lograr estos
objetivos.
• El más reciente que se puede mencionar es el Plan Nacional de Igualdad de Género
2012-2017, aprobado por Decreto Supremo 004-2012-MINP6, en el que se
establecen objetivos estratégicos7 relacionado con el incremento de la participación
de mujeres y hombres en la toma de decisiones y la participación política y
ciudadana. La siguiente tabla muestra los resultados, metas y medios de verificación:
Tabla 1 Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017. Objetivo Estratégico 7
Resultados, metas y medios de verificación
6 https://www.mimp.gob.pe/files/planes/planig_2012_2017.pdf 7 Sólo se hace mención de aquellos objetivos relacionados con la participación política de la mujer.
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Fuente y elaboración: Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017
Como se puede observar, este documento, que además, incluye una evaluación del
grado de cumplimiento del plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y
varones 2006-2010, tenía entre sus metas al 2017, que todos los partidos políticos y
movimientos cumplieran con la cuota de género establecida en la Ley 28983, Ley de
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, del año 2007.
• La Ley 28983, entre otras disposiciones, establece importantes lineamientos que
diversos sectores deben cumplir a fin de garantizar a todos el ejercicio de los
derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía,
impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada,
propendiendo a la plena igualdad entre hombres y mujeres.8
En el siguiente cuadro se presentan los lineamientos establecidos por la Ley relativos
a la promoción de la participación política de la mujer, por órgano competente.
8 Artículo 1 de la ley.
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Cuadro 2 Lineamientos para el fomento a la participación política de la mujer, según Ley 28983
Órgano Lineamientos Poder Ejecutivo • Aprobar normas que garanticen los derechos de igualdad entre mujeres y
hombres, en todos los ámbitos de su desempeño; siguiendo loslineamientos de los compromisos internacionales asumidos, debiendomejorar la legislación a fin de eliminar cualquier tipo de discriminación.
• Fiscalizar el cumplimiento de las normas y políticas de igualdad deoportunidades y de equidad de género.
Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales
• Promover y garantizar la participación plena y efectiva de mujeres yhombres en la consolidación del sistema democrático.
• Promover la participación económica, social y política de las mujeresrurales, indígenas, amazónicas y afroperuanas, así como su integración enlos espacios de decisión de las organizaciones en general, garantizando suacceso a una remuneración justa y goce de sus derechos laborales, enigualdad de condiciones con los hombres.
Organismos Constitucionales Autónomos
• Del sistema electoral competente: Implementar acciones educativas y depromoción de la participación política de la mujer en el ejercicio delderecho de sufragio, como electora y como candidata, así como en el usode mecanismos de participación ciudadana.
• Del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: Concluir con lasacciones de identificación de toda la población que se encuentramarginada del registro de ciudadanos, especialmente las mujeres y niñas.
Fuente: Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres Elaboración: Área de Servicios de Investigación
• Otra norma que fomenta la participación activa de la mujer en los asuntos políticos
es la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, del año 1997, que hasta antes de la
modificación del año 2000, obligaba a que los partidos políticos que propugnan
representación ante el Parlamento, deben establecer en sus listas de candidatos, a
un número no menor del 25% de mujeres o varones9. Con la Ley 27387, que modificó
artículos de la Ley Orgánica de Elecciones, el porcentaje subió un 5%; es decir,
ahora, el porcentaje de hombres o mujeres en las listas de candidatos al Congreso
9 Artículo 116 de la ley.
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en cada distrito electoral no debe ser menor al 30%, en tanto que en las
circunscripciones que se inscriban listas de 3 candidatos, por lo menos uno debe ser
mujer u hombre.
• Por su parte, la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, del año 2003, señala que
tanto en las listas de candidatos a cargos de dirección de la organización, como en
las de elección popular, el porcentaje de hombres o mujeres que integren las listas
no puede ser inferior a 30.
2. Participación de la mujer en las elecciones congresales en el Perú
En el año 1956 se realizó el primer proceso electoral con participación de mujeres como
candidatas al Parlamento. En aquel entonces fueron elegidas 1 senadora y 8 diputadas,
lo que representaba un 4% del total de escaños. Así lo indica el Reporte sobre la
participación político electoral de la mujer en el Perú, elaborado en el año 2016, por el
Observatorio de la Gobernabilidad y el Jurado Nacional de Elecciones. En las últimas
elecciones congresales del año 2016, 36 mujeres han sido elegidas como representantes
al Parlamento, lo que representa un 27% del total congresistas electos.
Si bien muchas organizaciones civiles, como la Asociación Civil Transparencia,10
coinciden en identificar un efecto positivo entre la entrada en vigencia de la disposición
relativa a la cuota de género y el incremento del número de autoridades del género
femenino elegidas a nivel nacional; existen aún brechas importantes a superar sobre
todo en el ámbito de las elecciones locales y regionales.
10 Cuadernos para el Diálogo 4, Año 2013, Página 21. Ver todo el documento en http://transparencia.org.pe/documentos/retos_para_la_participacion_politica_de_la_mujer.pdf
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Al respecto, Irune Aguirrezabal, Asesora Regional de ONU Mujeres para las Américas y
el Caribe manifestó que se debe aún avanzar más a fin de superar el déficit de
participación de la mujer en los cargos de elección popular a nivel local, ya que, en las
últimas tres décadas, no se ha superado aún el 3.8% de representación de mujeres
electas en las alcaldías distritales11.
El siguiente gráfico muestra la cantidad de hombres y mujeres elegidas como
representantes al Parlamento, por género y periodo parlamentario.
Grafico 1 Hombres y mujeres elegidos como representantes al Parlamento
1995-2021
Fuentes: Reporte sobre la participación político electoral de la mujer en el Perú- Infogob-JNE12, Compendio Estadístico Perú 2015 del
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)13, página oficial de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).}
Elaboración: Área de Servicios de Investigación.
11 Manifesto en la sede de ONPE, durante su participación en el conversatorio “Democracia Paritaria, Alternancia y Reforma Electoral”. Fuente: https://www.web.onpe.gob.pe/sala-prensa/notas-prensa/onpe-onu-mujeres-coinciden-necesidad-ir-alla-de-cuota-genero/ 12 Reporte 5 Serie EG 2016. Ver todo el reporte en http://www.infogob.com.pe/Reportes/eg2016/Reporte_eg2016-5.pdf 13 https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1253/cap10/cap10.pdf
1995-2000 2000-2001 2001-2006 2006-2011 2011-2016 2016-2021hombres 107 94 98 85 102 94mujeres 13 26 22 35 28 36
10794 98
85
10294
1326 22
3528
36
0
20
40
60
80
100
120
hombres mujeres Lineal (mujeres)
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El gráfico 1, que comparado con los resultados de otros países, no refleja un avance
importante en la representación femenina en el Parlamento, tampoco está directamente
relacionado con los efectos de la cuota de género en las listas de candidatos al
Congreso, ya que el que estas personas ocupen cargos representativos podría deberse
más a la afinidad o identificación de los votantes con los candidatos al momento de la
elección que al establecimiento de cuotas, aunque no queda duda que esta obligación
implica un avance hacia el fortalecimiento de mecanismos para lograr fomentar el
escalamiento de mujeres en las esferas del poder.
Al respecto, la Unión Interparlamentaria, en su estudio sobre “Las mujeres en el
Parlamento en 2015”14 señaló que las cuotas electorales marcaron una gran diferencia
en la elección de mujeres al Parlamento e indicó que en aquellos países donde había
cuotas, más mujeres obtuvieron escaños y que en aquellos donde aún no se había
implementado este sistema, el porcentaje de mujeres electas no era mayor al 13.7%.
El siguiente gráfico muestra los porcentajes de mujeres elegidas al Parlamento según
países con cuotas o sin ellas.
Gráfico 2 Porcentaje de mujeres en Parlamentos, según países con ley de cuotas o no
Fuente y elaboración: Unión Interparlamentaria Las mujeres en el Parlamento en 2015
14 Página 12. Ver todo el documento en https://oig.cepal.org/sites/default/files/wip2015-s.pdf
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Como se observa en el gráfico, los países con cuotas por ley llegaron a obtener
representación femenina en el Parlamento en un porcentaje del 23.2% en tanto que
aquellos donde aún no existe esta obligación, el Congreso llega a estar integrado por
mujeres en un 13.5. Es decir, entre aquellos que sí aplican las cuotas por ley y los que
no, existe una diferencia de sólo 10% del porcentaje de féminas al Parlamento; lo que
definitivamente permite inferir que se requieren aun de otros mecanismos que
consoliden una participación más activa de la mujer.
Lo paradójico de este gráfico es que muestra que aquellos países en que las cuotas de
género son voluntarias, es decir, queda a discreción de los partidos políticos, la
representación femenina llega hasta el 28%.
La Ley Orgánica de Elecciones, como se comentó párrafos antes, sólo obliga a que en
la lista de candidatos a parlamentarios un 30% esté conformada por mujeres u hombres,
pero no establece en qué orden deben ser ubicados; salvo en aquellas listas en las que
haya tres candidatos, en el que una mujer u hombre debe estar considerados en ella;
pero ¿Qué pasa en aquellas circunscripciones donde la lista deba ser integrada por más
de 3 personas?
El siguiente gráfico muestra el porcentaje de candidatas mujeres que se presentaron en
elecciones para el Congreso, por organización política en las elecciones del año 2016.
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Gráfico 3 Candidatas mujeres al Parlamento, por organización política. Año 2016
Fuente y elaboración: Infobog. Reporte 5. Participación político electoral de la mujer en el Perú.
Como se puede observar, todas las organizaciones políticas que participaron en las
elecciones generales del año 2016, integraron en sus listas un porcentaje aproximado
de entre 37 y 40% de mujeres; lo que significa que el aproximadamente el 60% estuvo
representado por candidatos del sexo masculino.
Estas organizaciones políticas cumplieron con lo establecido en la Ley General de
Elecciones —30 % de hombres o mujeres—, sin embargo, no se ha logrado obtener
información sobre el orden en que fueron presentados los candidatos en las listas por
cada circunscripción electoral, es decir, si fue alternado uno de cada género, o no; data
que resulta relevante a fin de determinar si debido a este vacío legal, las organizaciones
políticas, de alguna manera, priorizan la representación masculina sobre la femenina.
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El siguiente grafico muestra el porcentaje de las listas presentadas al Congreso
encabezadas por mujeres, por organización política, en las elecciones generales del año
2016.
Gráfico 4 Listas de candidatos al Congreso encabezadas por mujeres. Año 2016
Fuente y elaboración: Infobog. Reporte 5. Participación político electoral de la mujer en el Perú
Este gráfico muestra que el porcentaje de las mujeres que estuvieron en los primeros
números de las listas de candidatos al Parlamento varía, dependiendo del partido
político. Los porcentajes varían entre 3.85% —caso de Perú Posible— y el 45.5% —del
partido Progresando Perú—. Esta importante variación de porcentajes permite inferir
que muchos de los partidos que participan en elecciones populares cumplen con la
cuota de género, pero no necesariamente ubican a las mujeres entre los primeros
puestos de las listas. Es más, se podría inclusive afirmar que la mayoría de estas
organizaciones han preferido que los hombres encabecen sus listas.
Las organizaciones políticas que obtuvieron representación en el Parlamento fueron:
Acción Popular, Alianza Popular, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Peruanos por
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el Kambio y el Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; siendo los tres primeros los
que mayor cantidad de mujeres colocaron en los primeros puestos en sus listas (30.77%).
El tema de la alternancia de género en las listas de candidatos a cargos populares no es
un tema de reciente discusión que permanece aún pendiente de debate y decisión.
3. Participación de la mujer en las elecciones parlamentarias a nivel latinoamericano
El contexto político y legal del Perú con relación al cumplimiento de objetivos trazados
en compromisos internacionales para promover y apoyar la participación activa de la
mujer en los cargos públicos, sobre todo como autoridades electas no es muy distinto
a lo que se presenta en otros países vecinos.
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) conjuntamente con el Instituto
Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA Internacional) en el año
2008 presentaron un estudio denominado “Mujer y Política, el impacto de las cuotas de
género en América Latina”15, que finalmente concluye en que las mujeres aún tienen
poco poder y voz en las estructuras de los partidos políticos, puesto que muestra que
solo el 26.6 % de los escaños en América Latina son ocupados por mujeres, a pesar que
en 15 países existen leyes de cuotas.16
15 https://www.idea.int/sites/default/files/publications/mujer-y-politica-el-impacto-de-las-cuotas-de-genero-en-america-latina.pdf 16 Información obtenida desde la página oficial del BID, visto la última vez el día 08 de marzo de 2018. Ver el siguiente link http://webpoc.iadb.org/es/temas/genero-pueblos-indigenas-y-afrodescendientes/mujeres-y-politica-en-america-latina,9160.html?actionuserstats=subscribe&valcookie=
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Gráfico 5 Porcentajes de mujeres en Parlamentos en el mundo
Fuente y elaboración: BID. Estudio denominado “Mujer y Política, el impacto de las cuotas de género en América Latina
Este estudio que analizó el papel de las mujeres en 98 partidos políticos de 18 países
revela que si bien estas están muy presentes en las bases, esa misma intensidad no se
refleja al momento de ocupar cargos de decisión; y que aunque en el caso e
candidaturas se observa que aproximadamente el 31% de candidatos son mujeres, solo
logran se elegidas sólo la mitad.
Recientemente, Unión Interparlamentaria y ONU Mujeres presentaron un mapa global
de la participación política de la mujer en diversas esferas del poder, el mismo que
parcialmente delimitado17, muestra información al año 2017 relacionada con los
promedios mundial y regional de mujeres en los parlamentos.
Si bien en América el porcentaje de participación de las mujeres en cargos de
representación popular —Parlamento— en general es de 28.1%; a nivel de países de
este continente es posible evidenciar una disparidad en los porcentajes. El siguiente
mapa muestra lo que se afirma.
17 Del mapa mundial se ha extraído el que corresponde al continente americano.
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50 a 60% de mujeres en parlamentos
40 a 49.9% de mujeres en parlamentos
30 a 34.9% de mujeres en parlamentos
25 a 29.9% de mujeres en parlamentos
20 a 24.9% de mujeres en parlamentos
15 a 19.9% de mujeres en parlamentos
10 a 14.9% de mujeres en parlamentos
Mapa 1 Porcentaje de mujeres electas a Parlamentos en América
Fuente y elaboración: Unión Interparlamentaria y ONU Mujeres. Mapa global de la participación política de la mujer en los parlamentos.
Como se observa,1819 Bolivia es el país con mayor cantidad de parlamentarias electas,
con 53% de féminas en su cámara baja y 47.2% en el Senado; seguido por Cuba con
48.9%, Nicaragua, con 45.7%, México, con 42.6% y 36.7% respectivamente; y Ecuador,
con 41.6%.
18 Cabe indicar que el mapa ha sido recortado para resaltar los casos de América. Asimismo, la leyenda ha sido elaborada por el Área de Servicios de Investigación, siguiendo la distribución de colores que aparece en el mapa completo que puede ser visto en https://www.ipu.org/resources/publications/infographics/2017-03/women-in-politics-2017 19 Toda la data ha sido tomada de mapa.
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Entre los países que cuentan con porcentajes entre los 35 a 39.9% de mujeres aparecen
Argentina y Costa Rica; y entre los que tienen una representación de entre 30 y 34.9%
se puede mencionar a El Salvador, con 32%.
Perú aparece entre los países con representación que fluctúa entre el 25 a 29.9%,
conjuntamente con Canadá, Honduras y República Dominicana; y es solo superada en
menor porcentaje por, Venezuela (22%), Uruguay (20%), Estados Unidos (19 y 21%),
Colombia (18.7%), Panamá (18.3), Chile (15.8% en ambas cámaras), Paraguay,
Guatemala, Brasil y Haití. Brasil cuenta con solo un 10.5 de representación femenina y
Haití con 2.6%.
4 Estadísticas y leyes sobre participación de la mujer en Chile, Colombia y Brasil
A nivel de Sudamérica, es posible afirmar que el Perú se encuentra entre los 3 países
con mayor representación femenina en sus parlamentos. Sólo es superado por Bolivia y
Ecuador; siendo Chile, Colombia, Brasil y Paraguay los que menor representación
muestran.
• En el caso de Chile, en el año 2015 se aprobó la Ley 20.84020, Ley que sustituye el
sistema electoral binominal por uno de carácter proporcional, inclusivo y fortalece
la representatividad del Congreso Nacional, por la que se establece que ni los
candidatos hombre ni las candidatas mujeres pueden superar el 60% del total de las
listas a candidatos a diputados o senadores.
20 https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1077039&buscar=20.840
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El siguiente grafico muestra la evolución de escaños ocupados por mujeres desde el
año 1990 al 2018, en Chile.
Gráfico 6 Porcentaje de mujeres elegidas en el Parlamento de Chile
Fuente y elaboración: Infografía Participación Política de las Mujeres, ONU Mujeres Chile21.
Al respecto, es importante mencionar que el sistema de cuotas en Chile fue aplicado
en las elecciones del año 2017 (noviembre) y los resultados muestran que este
mecanismo ayudó al crecimiento del porcentaje de mujeres elegidas a cargos de
diputadas y senadores. Específicamente aumentó en 7%; es decir, a la fecha, la
representación de féminas al Parlamento es del 23% en el Senado y de 22.5% en la
Cámara de Diputados22.
• En Colombia, desde el año 2000 existe una ley que estableció un régimen de cuotas
en cargos de decisión y en otros niveles de la administración pública. Es la Ley
Estatutaria 581, que dispuso una cuota de 30% de mujeres en cargos de máximo
nivel decisión, así como en los cargos de otros niveles decisorios.
21 http://www.cl.undp.org/content/chile/es/home/ourwork/democraticgovernance/infografias/participacion-politica-mujeres.html 22 Información obtenida de diversos medios de comunicación de Chile, entre las que podemos mencionar la que se puede visualizar en el siguiente enlace: http://www.t13.cl/noticia/politica/ley-cuotas-mujeres-congreso
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Esta ley fue materia de evaluación sobre su constitucional por parte de la Corte
Constitucional de Colombia, quienes emitieron una sentencia (C-321/00)23 que
Posteriormente, en el año 2011, se aprobó la nueva Ley 147524, que entre otras
cosas, establece que los partidos y movimientos políticos deben considerar las
cuotas de genero para elecciones representativas, pero sólo en los listas donde se
elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular, debiendo estar
integradas por hombres y mujeres en una proporción mínima de 30% de cualquier
género. Esta obligación no se aplica para aquellas circunscripciones donde se deban
elegir menos de 5 curules.
El siguiente gráfico muestra el porcentaje de participación de la mujer en el
Congreso, en Colombia, durante el periodo comprendido entre los años 1990 al
2014.
Tabla 2 Porcentaje de mujeres electas al Parlamento en Colombia 1990-201425
Fuente y elaboración: Mujeres y Política. Un panorama sobre la adopción de las cuotas de género y sus efectos en
América Latina y Colombia.26
23 Ver la sentencia completa en http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2000/C-371-00.htm 24 Ver la ley en http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1475_2011.html 25 Cámara de Representantes (diputados). 26Autora: María Inés Tula. Este trabajo fue presentado en el marco del foro "Poder, representación y equidad: retos para la participación política de las mujeres", organizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); la
estableció que esta imposición no podía ser aplicada para el ámbito electoral.
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Una propuesta poco común en América Latina es la que señala el artículo 17 de esta
ley, que en la distribución de los montos por financiamiento estatal de los partidos
o movimientos políticos, establece27 que el 5% será repartido por partes iguales en
proporción al número de mujeres elegidas en las corporaciones públicas28.
• Brasil, país con poca representación de mujeres en su Parlamento Nacional, cuenta
con la Ley 12.034, del año 2009, que establece: i) que de los fondos del partido, el
5% debe destinarse a la promoción de la participación políticas de las mujeres, ii)
que el 10% del tiempo del programa del partido también debe centrarse en la
promoción y divulgación de la participación de mujeres en política y iii) el 30% de
las listas debe estar compuesta, como mínimo, de hombres o mujeres o como
máximo el 70% por cada sexo29.
En el supuesto de que no haya suficiente cantidad de mujeres u hombres para
completar las cuotas, las plazas quedan abiertas, puesto que no posible que sean
cubiertas con otros del sexo opuesto.
El siguiente gráfico30 muestra la cantidad de candidatos hombres y mujeres a la Cámara de Diputados y su evolución en el tiempo.
Organización de Estados Americanos (OEA, entre otros. Año 2015. Ver todo el documento en ); http://revistas.uexternado.edu.co/index.php/opera/article/view/4139/4821 27 En el numeral 6 del artículo 17 de la Ley 1475 28Al respecto, cabe precisar que la Corte Constitucional ha señalado que la distribución será entre los partidos y movimientos políticos, dependiendo del número de mujeres elegidas en las corporaciones públicas.
29 Artículo 10, numeral 3 de la Ley. Ver la ley completa en http://www2.camara.leg.br/legin/fed/lei/2009/lei-12034-29-setembro-2009-591412-norma-pl.html. El antecedente normativo de esta ley es la Ley 9.504 del año 1997 que establecía similar proporción en la lista de candidatos. 30 Tomado del estudio “Más Mujeres al Poder, Las mujeres en las elecciones del año 2014”. Diciembre 2014, página 13. ver el documento completo en http://www.spm.gov.br/sobre/publicacoes/publicacoes/2014/as-mulheres-nas-eleicoes-2014-livro.pdf.
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Gráfico 7
Evolución de candidatas mujeres al Parlamento en Brasil, periodo 1982 a 2014
Fuente y elaboración: Estudio “Más Mujeres al Poder, Las mujeres en las elecciones del año 2014”.
El siguiente gráfico31 muestra los porcentajes de mujeres y hombres elegidos en la
Cámara de Diputados y el Senado de Brasil, periodos 2006, 2010 y 2014.
Gráfico 8
Porcentaje de mujeres y hombres elegidos en el Parlamento de Brasil, 2006-2014
Fuente y elaboración: Estudio “Más Mujeres al Poder, Las mujeres en las elecciones del año 2014”.
31 Tomado del estudio “Más Mujeres al Poder, Las mujeres en las elecciones del año 2014”. Diciembre 2014, página 13. ver el documento completo en http://www.spm.gov.br/sobre/publicacoes/publicacoes/2014/as-mulheres-nas-eleicoes-2014-livro.pdf.
Cámara de Diputados Senado
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Como se puede observar las mujeres elegidas como representantes de la Cámara de
Diputados no supera el 9.9%, en tanto que, para el Senado, el porcentaje es de 13.6%
al año 2014, lo que evidencia que la obligatoriedad de cuotas de género en las
legislaciones sólo podría asegurar la participación de la mujer en las listas de
candidatos, mas no así en la elección efectiva de estas como autoridades con poder en
la toma de decisiones en el país.
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CONCLUSIONES
• El ámbito político es uno de los espacios en los que es posible evidenciar acciones
de discriminación contra la mujer, sobre todo en lo que corresponde a la
participación activa de la mujer en cargos de elección popular. Por ello a nivel
internacional, la mayoría de los países han venido asumiendo una serie de
compromisos a fin de lograr la equidad de género y protección a la mujer contra
actos de violencia.
• A nivel nacional, se han aprobado ciertas políticas regulatorias a fin de crear espacios
de participación política para la mujer. Una de ellas es el establecimiento de la cuota
de género en las listas a candidatos al Parlamento y de otros cargos de elección
popular.
• Aunque algunos afirman que la imposición de cuotas por género en las listas ha
fomentado la elevación de porcentajes de mujeres electas como parlamentarias, la
evidencia empírica no refleja que realmente exista una relación directa entre la
obligación legal y el resultado final. Las investigaciones han mostrado inclusive que
existe mayor representación femenina en países donde no existe el mandato legal
de cuotas.
• A nivel del continente, Perú se encuentra entre los países en los que la
representación femenina fluctúa entre el 25 y 29.9%. Ello permite colocar al Perú en
el medio del ranking de países con mayor cantidad de mujeres en el parlamento.
• Los países con menor representación femenina son Chile, Colombia, Brasil y
Paraguay, con porcentajes inferiores al 20%. La existencia de leyes de cuotas en
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estos países y su relación con porcentajes muy bajos de representación de mujeres
en sus parlamentos evidenciaría la necesidad establecer otras medidas para lograr
la eficacia del objetivo trazados por los Estados de fomentar la participación
femenina en la toma de decisiones.
PATRICIA DURAND VÁSQUEZ Especialista Parlamentario
ÁREA DE SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
• Perú
o Asociación Civil Transparencia www.transparencia.org.pe
o Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) www.inei.gob.pe
o Jurado Nacional de Elecciones. Observatorio para la gobernabilidad Infogob
http://www.infogob.com.pe/
o Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables https://www.mimp.gob.pe
o Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) www.onpe.gob.pe
o Sistema Peruano de la Información Jurídica http://spij.minjus.gob.pe/
• Chile
o Biblioteca del Congreso Nacional de Chile. Ley Chile
https://www.leychile.cl/Consulta/homebasico
o ONU Mujeres Chile http://www.onu.cl/es/
• Colombia
o Corte Constitucional de Colombia http://www.corteconstitucional.gov.co/
o Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD Colombia
http://www.co.undp.org/
• Brasil
o Cámara de Diputados de Brasil http://www2.camara.leg.br/l
o Secretaría de Gobierno de la Presidencia de la República http://www.spm.gov.br/
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• Otras fuentes
o Banco Interamericano de Desarrollo (BID) https://www.iadb.org/es
o Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) www.cepal.org
o IDEA Internacional www.idea.int
o Organización de las Naciones Unidas (ONU Mujeres) http://www.unwomen.org/ y 1
http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/
o Unión Interparlamentaria https://www.ipu.org/
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