participacion de los trabajadores en las utilidades

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ESCUELA: CONTABILIDAD” INTEGRANTES : CURSO: LEGISLACION EMPRESARIAL TEMA: PARTICIPACIÓN,TASAS,EJERCICIO GRABABLE PIMENTEL DOCENTE: CABANILLAS ÑAÑO SARA ISABEL

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Page 1: participacion de los trabajadores en las utilidades

ESCUELA: “CONTABILIDAD”

INTEGRANTES:

CURSO: LEGISLACION EMPRESARIAL

TEMA: PARTICIPACIÓN,TASAS,EJERCICIO GRABABLE

PIMENTEL

DOCENTE: CABANILLAS ÑAÑO SARA ISABEL

Page 2: participacion de los trabajadores en las utilidades

DIFERENCIAS TEMPORALES

Y PERMANENTES.

PARTICIPACIÓN DE LOS

TRABAJADORES EN LAS

UTILIDADES.

DE LAS TASAS DEL IMPUESTO.

DEL EJERCICIO GRAVABLE.

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Page 4: participacion de los trabajadores en las utilidades

Dos diferencias mas importantes

Diferencias temporales

BASE CONTABLE

Método empleado

para el registro

de la información

sobre las

transacciones

BASE

TRIBUTARIA

Valor de toda la

propiedad que

recae dentro de la

jurisdicción de la

autoridad

impositiva

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*

LA DIFERENCIAS TEMPORALES Se clasifican EN DOS GRUPOS

DIFERENCIA TEMPORAL NEGATIVA

cuando se produce un decremento de la

cuota a pagar en el ejercicio ,cuyo

ejercicio, implica la operación de un

impuesto diferido en el pasivo del balance

DIFERENCIA TEMPORAL POSITIVA

Si la diferencia temporal produce un incremento de la cuota a pagar en el ejercicio, implicando la

operación de un impuesto anticipado del

activo del balance

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BÁSICAMENTE PUEDEN DARSE

CUATRO TIPOS DE CAUSAS

Gastos o perdidas devengadas

Contablemente antes de que se

Aclaren fiscalmente

Ingresos que se declaran fiscalmente antes de ser reconocidos

contablemente

Ingresos devengados contablemente antes de que se declaren fiscalmente

Gastos o perdidas que se aclaran fiscalmente antes de ser reconocidos

contablemente

Page 7: participacion de los trabajadores en las utilidades

Son aquella que nunca es aceptada

tributariamente las diferencias permanentes

no afectan el cálculo del Impuesto a la

Renta en el futuro.

Page 8: participacion de los trabajadores en las utilidades

Sanciones administrativas:

Se ha reconocido el importe de S/.35,000 por

concepto de infracciones tributarias y laborales, el

resultado del ejercicio 2011 es S/.505,000.

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Al respecto, es necesario precisar que el gasto de las sanciones administrativas S/.35,000 forma parte de mi resultado contable, y que su especificación tributaria como un GASTO NO DEDUCIBLE, implica que la empresa pague la tasa del Impuesto a la Renta (30%) sobre dicho importe, motivando un mayor GASTO de IMPUESTO A LA RENTA, debiendo sumarse a la base contable para obtener la renta neta imponible.

El registro contable será:

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Para esta ocasión veremos 11 principios de la participación de utilidades

Trabajadores con derecho

Trabajadores sin derecho

Monto de la participación

Base de calculoDistribución de las utilidades

Plazo para la distribución

Hoja de liquidación

Fondo empleoSituaciones especiales

Tratamiento tributario

Multas inspectivas

Page 15: participacion de los trabajadores en las utilidades

Trabajadores con

derecho

Empresas generadoras de renta de tercera categoría

que además se encuentren sujetas al régimen laboral de la actividad

privada

Que la empresa contenga no menos de 20 trabajadores

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Trabajadores sin derecho

los trabajadores de las cooperativas, las empresas autogestionarias, las sociedades civiles.

Todas las empresas con menos de 20 trabajadores

¿Cómo determinamos si una empresa a ejercido sus actividades con 20

trabajadores o mas?

Fácil:Suma de

trabajadores mensual entre

12 meces

Si la fracción sale mayor o igual a 0.5 se procederá a redondear

Page 17: participacion de los trabajadores en las utilidades

Monto de la participación

Las utilidades se reparten de acuerdo el tipo de actividad que esta realice

Si una empresa realiza mas de una

actividad comercial solo se tomara en cuenta

la que genere mayo ingresos

Page 18: participacion de los trabajadores en las utilidades

La base de cálculo sobre la que se aplican los porcentajes señalados es la renta anual antes de impuestos.

las utilidades se calcula sobre del saldo de la renta imponible del ejercicio gravable que resulte después de haber compensado pérdidas de ejercicios anteriores, de acuerdo con las normas del Impuesto a la Renta

Base de cálculo

Page 19: participacion de los trabajadores en las utilidades

Se han propuesto 2 criterios:

En función a los días laboradosEn función a las remuneraciones

percibidas

Un 50% de la participación se liquida a porrata entre los

trabajadores ¿cómo?:Participación /días laborados por todos los trabajadores *

días laborados por cada trabajador.

El otro 50% se distribuye en relación a las remuneraciones

¿cómo?:Se divide dicho porcentaje

entre todas las remuneraciones percibidas * numero de remuneraciones de cada

trabajador.

Días laborados:

cumple con la jornada

ordinaria de la empresa

Tiene un limite máximo el

trabajador no debe percibir mas

de 18 remuneraciones

mensuales

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Page 21: participacion de los trabajadores en las utilidades

Intereses al vencimiento del plazo: al no ser cancelado asta la fecha de plazo este genera intereses moratorios

Plazo en caso de suspensión de relación laboral: tiene 30 días para cancelar a partir de la reincorporación.

Exigencia judicial de pago: si el trabajador exige el pago de sus utilidades el empleador se entenderá requerido con la citación de la demanda.

Plazo en casos de término de la relación laboral: en caso de haber terminado su labor antes del reparto de utilidades

tiene derecho a hacerlo en el plazo de prescripción.

El monto correspondiente será distribuido dentro de los 30 días después de la declaración jurada anual

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Leyes que regulan la prescripción

Acciones por derechos derivados

Page 23: participacion de los trabajadores en las utilidades

Al momento del pago de las utilidades las empresas se encuentran obligadas a entregar a los trabajadores y ex trabajadores, con derecho a este beneficio, una liquidación, la cual deberá contener diversa información:

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Page 25: participacion de los trabajadores en las utilidades

En los casos de fusión, disolución o

escisión de empresas, las

utilidades serán calculadas al día

anterior de la fecha de

entrada en vigencia de dichas

situaciones.

De extinguirse la relación laboral,

el pago se efectuará dentro

de los 15 días útiles siguientes a la entrada en

vigencia de estos eventos

En caso de fusión, el cálculo de los períodos posteriores, se

realizará tomando como base los estados

financieros consolidados.

Page 26: participacion de los trabajadores en las utilidades

La participación en las utilidades otorgadas por mandato legal y las que el

empleador otorgue unilateralmente a sus

trabajadores, o por convenio individual o convención

colectiva, constituyen gastos deducibles para efectos del Impuesto a la Renta. Para

este efecto, deberán aplicarse

las normas pertinentes sobre el Impuesto a la Renta.

Page 27: participacion de los trabajadores en las utilidades

Según la Ley N° 28806 (22.07.2006) y su Reglamento, aprobado por el D.S. N° 019-2006-TR (29.10.2006), si en un procedimiento de inspección se verifica el incumplimiento del pago de las utilidades se impondrá una multa al empleador, de acuerdo con el siguiente cuadro

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DE LAS TASAS DEL IMPUESTO

El impuesto a cargo de personas naturales , sucesiones

indivisas y sociedades conyugales que optaron por tributar

como tal domiciliadas en el país, se determina aplicando a la

suma de su renta neta del trabajo y las rentas de fuente

extranjera .

Suma de la renta neta del trabajo y renta de

fuente extranjera

Tasa

Hasta 27 UIT 15%

Por el exceso de 27 UIT y hasta 54 UIT 21%

Por el exceso de 54 UIT 30%

Page 31: participacion de los trabajadores en las utilidades

Las personas naturales y sucesiones indivisas no domiciliadas en

el país estarán sujetas al impuesto por sus rentas de fuente

peruana con las siguientes tasas:

Tipo de renta Tasa

Dividendos y otras formas de distribución de

utilidades.

4.1%

Rentas provenientes de enajenación de bienes. 30%

Los intereses cuando los pague o los acredite un

generador de rentas de 3era categoría que se

encuentre domiciliado en el país.

4.99%

Ganancias de capital provenientes de la

enajenación de valores mobiliarios realizadas fuera

del país.

30%

Otras rentas provenientes del capital. 5%

Rentas del trabajo . 30%

Rentas por regalías. 30%

Rentas de artistas , interpretes ejecutantes por

espectáculo en vivo realizados en el país.

15%

Page 32: participacion de los trabajadores en las utilidades

El impuesto a cargo de lo preceptores de rentas de tercera

categoría domiciliadas en el país se determinara aplicando la tasa

del (30%).

El impuesto a las personas jurídicas no domiciliadas en el país se

determinará aplicando las siguientes tasa:

a) Intereses provenientes de créditos externos (4.99 %)

b) Rentas derivadas del alquiler de naves y aeronaves (10 %)

c) Regalías (30 %)

d) Asistencia técnica (15%)

e) Rentas provenientes de la enajenación de valores mobiliarios

realizado dentro del país (5% )

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Page 34: participacion de los trabajadores en las utilidades

1

Ene

ro

31 diciem

bre

PERIODO

Page 35: participacion de los trabajadores en las utilidades

LAS RENTAS SE IMPUTARÁN AL EJERCICIO GRAVABLE DE

ACUERDO CON LAS SIGUIENTES NORMAS

Las rentas de la tercera categoría se considerarán producidas en el ejercicio

comercial en que se devenguen

Las rentas de primera categoría se imputarán al

ejercicio gravable en que se devenguen.

Las demás rentas se imputarán al

ejercicio gravable en que se perciban

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Page 37: participacion de los trabajadores en las utilidades

El mismo año calendario que

comienza el primero de enero y termina el 31 de

diciembre

El ejercicio gravable o periodo fiscal es el lapso

de tiempo sobre el cual se debe reportar la

información relacionada con los diferentes

impuestos

En los casos en que se liquida la empresa, el

periodo fiscal en el impuesto de renta va

desde el 01 de enero hasta la fecha en que se liquide

la empresa

Cuando la empresa ha sido creada durante el año, el

periodo fiscal del impuesto de renta será entre la fecha

de constitución de la empresa hasta el 31 de

diciembre del mismo año

Por cada periodo fiscal se debe presentar una

declaración tributaria, ya sea la declaración de renta y

complementarios, de IVA o de retención en la fuente

Page 38: participacion de los trabajadores en las utilidades

CIERRE CONTABLE DEL EJERCICIO GRAVABLE 2013

COMUNICADO

Comunicamos a nuestros proveedores que con motivo del CIERRE

CONTABLE del Ejercicio Gravable 2013, la fecha límite de

recepción de Comprobantes de Pago, tales como: facturas, recibo

por honorarios, notas de crédito y notas de débito que sustenten

costo o gasto correspondientes al periodo 2013, serán recibidos

hasta el día Lunes 30 de diciembre del 2013.

A partir del 02 de enero del 2014, únicamente se recibirán los

comprobantes de pago emitidos con fecha del ejercicio 2014.

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