pequeña y mediana empresa

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Pequea y mediana empresa

CONCEPTO:Lapequea y mediana empresa(conocida tambin por elacrnimoPyME,lexicalizadocomopyme, o por lasiglaPME) es unaempresacon caractersticas distintivas, y tiene dimensiones con ciertos lmites ocupacionales y financieros prefijados por losEstadoso regiones. Las pymes son agentes con lgicas, culturas, intereses y un espritu emprendedor especficos. Tambin existe el trminoMiPyME(acrnimo de "micro, pequea y mediana empresa"), que es una expansin del trmino original, en donde se incluye a lamicroempresa.Las pequeas y medianas empresas son entidades independientes, con una alta predominancia en el mercado de comercio, quedando prcticamente excluidas del mercado industrial por las grandes inversiones necesarias y por las limitaciones que impone la legislacin en cuanto al volumen de negocio y de personal, los cuales si son superados convierten, por ley, a una microempresa en una pequea empresa, o una mediana empresa se convierte automticamente en una gran empresa. Por todo ello una pyme nunca podr superar ciertas ventas anuales o una cantidad de personal.

CONSTITUCIN:Existen dos formas de constituirse, en un slo acto (Constitucin Simultnea), o en forma sucesiva (Constitucin por Oferta a Terceros). En ambos casos es imprescindible la intervencin del Notario Pblico. Tambin, en ambos casos, los fundadores de la sociedad debern entregar al Notario los documentos e informacin necesarias para poder iniciar su constitucin.

a) Constitucin Simultnea El aporte de capital social debe ser depositado en una cuenta abierta en una Institucin Financiera del Per. Una vez efectuado el depsito, los fundadores redactarn la Minuta de Constitucin, la cual deber estar debidamente refrendada por un abogado, y la llevarn as firmada al Notario, quien la elevar a Escritura Pblica, con la finalidad de que se inscriba en el Registro Mercantil correspondiente al lugar donde se constituya. b) Constitucin por Oferta a Terceros Los fundadores debern redactar un programa de constitucin que llevarn al Notario para efectos de legalizar sus firmas. Una vez legalizadas las mismas, se depositar en el registro mercantil a efectos de proceder a su publicacin posterior, con la finalidad de encontrar potenciales suscriptores. La asamblea de suscriptores deber realizarse en el lugar y hora establecido en el programa, o en su defecto, en los que seale la convocatoria que hagan los fundadores. Dentro de los 30 das siguientes a la celebracin de la asamblea, la persona o personas designadas, otorgarn la Escritura Pblica de Constitucin de la sociedad, la cual deber inscribirse en el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad.FOMAS DE PAGOLos acuerdos de pagos ms comunes entre las PYME y sus proveedores

Al momento de una empresa adquirir un bien o servicio por parte de unsuplidortiene que evaluar con detenimiento las diferentes formas de pago vlidas. Claro est, esto depender en gran medida de la situacin econmica del adquiriente, siendo las formas de pago ms comunes alcontadoy aplazo.DesdeImpulsa Popularqueremos detallarte cada una, para que a partir de los conocimientos adquiridos, tengas la potestad de saber elegir elacuerdo correcto, en relacin a los trminos de pagoque ms le conviene a tu PYME.En el caso de que decidas pagar al contado, debes entregarle dinero lquido al proveedor, quien debe firmar un recibo de pago como acuse de recibo que acredite que recibi una suma de tu PYME.Otra forma de pago al contado es a travs de uningreso en efectivoen la cuenta corriente del proveedor. En esta, por lo general, el contable de la empresa se dirige a un banco y realiza un depsito.Tambin estn lastransferencias bancariasdonde no hay que moverse de la oficina, ya que se pueden hacer desde un computador.Elchequees otra forma de pago al contado, donde se coloca el monto estipulado a favor del proveedor. Adems, en este grupo tambin se pueden contar lastarjetas de dbito y crditoy lascartas de crdito(muy utilizadas en operaciones de comercio exterior).Por otro lado, estn las formas de pago a plazo. En esta los suplidores le facilitan los pagos a las PYME, que pueden ser de tres tipos: a plazos, cuotas o abonos. Suelen ejecutarse para pagar bienes de alto costo o proyectos que involucran la generacin de entregables en diferentes etapas.En nuestro pas la modalidad de acuerdo de pago ms comn es el pago va cheque bancario a 30 das, luego de emitida la factura comercial, sin embargo, esto vara dependiendo de la relacin y acuerdo al que se arribe con los proveedores.

LIBROS CONTABLES PARA LAS PYMELas empresas con ingresos menores a las 100 UIT al ao sern las beneficiadasEste ao la declaracin de impuestos de las pequeas empresas ser distinta, ms gil y menos costosa. Al parecer ese es el espritu de las normas publicadas ayer por la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria (Sunat).Como parte de las modificaciones para la formalizacin masiva de las pequeas empresas, adems de las normas anteriormente publicadas, que reducen los requisitos para el acogimiento del Rgimen Unico Simplificado (RUS) y el Rgimen Especial del Impuesto a la Renta (RER), ahora los cambios implementados por la Sunat referidos a los libros y registros vinculados a los asuntos tributarios de las empresas estn orientados a facilitar el cumplimiento de las obligaciones con el fisco.La principal modificacin establecida es que los contribuyentes con ingresos anuales menores a 100 UIT (S/.345 mil) podrn optar por llevar una contabilidad simplificada que permitir reemplazar el uso de los libros contables obligatorios por un documento simplificado para efectos tributarios.As el libro diario simplificado reemplazara al libro diario (registro de operaciones contables diarias, como la compra y venta), al libro mayor (utilizado para el desarrollo del balance) y al libro de caja y bancos (este debe contener la informacin mensual proveniente del movimiento de dinero).A la luz de la resolucin emitida por el ente recaudador el fin de semana ltimo, tambin se establecen nuevas disposiciones para estandarizar la informacin que los libros y registros deben contener.En forma similar se ha establecido medidas referidas al procedimiento para la autorizacin de uso de libros y registros contables, la forma en que deben ser llevados, los plazos mximos de atraso y las acciones que se deben tomar en caso de prdida o destruccin de los mismos. En este ltimo punto, se establece un plazo de 15 das hbiles para comunicar el hecho ante la Sunat, y se cuenta con 60 das calendario para rehacer los libros y registros perdidos o destruidos.Cabe sealar que estos cambios son el resultado de la labor que realiza la Sunat con los gremios empresariales a travs del grupo de trabajo de tributos internos, que mensualmente evala aspectos vinculados a la simplificacin de procedimientos administrativos, devolucin de impuestos y libros contables.RGIMEN LABORAL DE LA MICRO Y PEQUEA EMPRESA:

El Rgimen de Promocin y Formalizacin de las MYPES se aplica a todos los trabajadores sujetos al rgimen laboral de la actividad privada , que presten servicios en las Micro y Pequeas Empresas, as como a sus conductores y empleadores. Los trabajadores contratados al amparo de la legislacin anterior continuarn rigindose por las normas vigentes al momento de su celebracin. No estn incluidos en el mbito de aplicacin laboral los trabajadores sujetos al rgimen laboral comn, que cesen despus de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N 1086 y sean inmediatamente contratados por el mismo empleador, salvo que haya transcurrido un (1) ao desde el cese. Crase el Rgimen Laboral Especial dirigido a fomentar la formalizacin y desarrollo de las Micro y Pequea Empresa, y mejorar las condiciones de disfrute efectivo de los derechos de naturaleza laboral de los trabajadores de las mismas.

Incluye los siguientes derechos:MICRO EMPRESAPEQUEA EMPRESA

Remuneracin Mnima Vital (RMV)Remuneracin Mnima Vital (RMV)

Jornada de trabajo de 8 horasJornada de trabajo de 8 horas

Descanso semanal y en das feriadosDescanso semanal y en das feriados

Remuneracin por trabajo en sobretiempoRemuneracin por trabajo en sobretiempo

Descanso vacacional de15 das calendariosDescanso vacacional de15 dascalendarios

Cobertura de seguridad social en salud a travs delSIS(SEGURO INTEGRAL DE SALUD)Cobertura de seguridad social en salud a travs del ESSALUD

Cobertura PrevisionalCobertura Previsional

Indemnizacin por despido de10 das de remuneracin por ao de servicios(con un tope de90 dasde remuneracin)Indemnizacin por despido de20 das de remuneracin por ao de servicios(con un tope de120 dasde remuneracin)

Cobertura de Seguro de Vida y Seguro Complementario de trabajo de Riesgo (SCTR)

Derecho a percibir2 gratificacionesal ao (Fiestas Patrias y Navidad)

Derecho a participar en las utilidades de la empresa

Derecho a la Compensacin por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente a 15 das de remuneracin por ao de servicio con tope de 90 das de remuneracin.

Derechos colectivos segn las normas del Rgimen General de la actividad privada.