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Aprobado por la Comisión Interministerial para la aplicación efectiva del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud (24 de mayo de 2016) PLAN NACIONAL DE ACTUACIONES PREVENTIVAS DE LOS EFECTOS DEL EXCESO DE TEMPERATURAS SOBRE LA SALUD AÑO 2016

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  • Aprobado por la Comisión Interministerial para la aplicación efectiva del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud (24 de mayo de 2016)

    PLAN NACIONAL

    DE ACTUACIONES PREVENTIVAS

    DE LOS EFECTOS

    DEL EXCESO DE TEMPERATURAS

    SOBRE LA SALUD

    AÑO 2016

  • 2

    ÍNDICE

    1. PRESENTACIÓN .......................................................................................... 3 2. TEMPERATURAS EXCESIVAS ....................................................................... 5

    2.1 Efectos sobre la salud. ....................................................................................... 7 2.2 Impacto sobre la Mortalidad. ............................................................................. 9 2.3 Factores de riesgo. ............................................................................................. 9

    3. PLAN DE CONTROL Y PREVENCIÓN ........................................................... 11

    3.1 Comisión Interministerial. Coordinación de las Administraciones. ................... 11 3.2 Sistema de Información Ambiental y Monitorización de la Mortalidad. ............ 12 3.3 Comunicación e información a la población, grupos de mayor riesgo, profesionales de la sanidad y servicios sociales. .................................................... 15 3.4 Programa de atención de personas más vulnerables. ....................................... 16 3.5 Coordinación con entidades públicas y privadas competentes. ........................ 16

    4. NIVELES DE TEMPERATURAS EXCESIVAS ................................................. 17

    4.1 Criterios para la asignación de los umbrales de referencia de temperaturas máximas y mínimas. .............................................................................................. 17 4.2 Criterios para la asignación de los niveles de riesgo derivados de temperaturas excesivas. .............................................................................................................. 18

    5. ACCIONES PREVENTIVAS ASOCIADAS POR NIVEL DE TEMPERATURA ....... 20

    5.1 De carácter general – Asociadas a los NIVELES 0 y 1: ...................................... 20 5.2 Asociadas al NIVEL 2: ...................................................................................... 21 5.3 Asociadas al NIVEL 3: ...................................................................................... 22

    6. MONITORIZACIÓN DE LA MORTALIDAD (MoMo). SEÑALES DE ALERTA .... 22

    6.1 Metodología. .................................................................................................... 22 6.2 Señales de alerta. ............................................................................................ 23 6.3 Actuaciones. .................................................................................................... 24

    7. PROPUESTA DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR PARA LA CAMPAÑA 2017 24

    7.1 Categorización de Niveles de riesgo. ................................................................ 24 7.2 Valorar la definición de zonas subprovinciales (comarcalización) .................... 24

    8. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ........................................................... 25 ANEXO ..................................................................................................... 26

  • 3

    1. PRESENTACIÓN

    La aplicación del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los efectos del

    exceso de temperaturas sobre la salud, está teniendo un impacto positivo

    en relación con la prevención de problemas y enfermedades relacionadas

    con la exposición al calor excesivo. La aplicación del Plan está cumpliendo

    su principal objetivo: la prevención de daños a la salud provocados por el

    exceso de calor. En términos generales se ha venido informando a la

    población cómo protegerse y cuidar a las personas de mayor riesgo y

    evitando problemas a los colectivos más desprotegidos.

    El funcionamiento de la Comisión Interministerial creada por Orden del

    Ministerio de Presidencia, Orden PRE/1518/2004, está siendo muy eficaz y

    permite coordinar las actividades de las administraciones implicadas.

    El diseño y desarrollo de los sistemas de información meteorológica y de

    mortalidad ha sido una pieza clave del éxito del plan.

    Uno de los resultados que merece la pena resaltar es la ejecución de un

    Sistema de Información y Análisis de la Mortalidad que permite un

    seguimiento de la mortalidad diaria muy útil para la detección rápida de

    otros problemas de salud.

    La experiencia adquirida durante los años de ejecución del Plan ha

    permitido detectar los cambios necesarios para mejorar su efectividad.

    Desde un enfoque sanitario, la exposición a temperaturas excesivas afecta

    especialmente a los niños, a las personas mayores y a los enfermos con

    patologías crónicas de base. Desde un punto de vista social, la marginación,

    el aislamiento, la dependencia, la discapacidad, las condiciones de

    habitabilidad de las personas con menos recursos, añaden factores de

    riesgo que hacen aún más vulnerables a colectivos que, precisamente por

    sus condiciones socio-económicas, deberían estar más apoyados.

  • 4

    El Plan establece las medidas para reducir los efectos asociados a las

    temperaturas excesivas y para coordinar las instituciones de la

    Administración del Estado implicadas. Así mismo propone acciones que

    puedan ser realizadas por las Comunidades Autónomas y la Administración

    Local.

    El Plan establece las acciones previstas para la prevención y control,

    estructuradas en varios niveles de actuación según el nivel de riesgo

    alcanzado como consecuencia del incremento de las temperaturas. Además,

    plantea la recogida de información predictiva sobre temperatura ambiental

    e información diaria sobre los cambios cuantitativos de la mortalidad y

    establece los criterios del sistema de información que permite la vigilancia

    activa de los riesgos asociados a la exposición a temperaturas excesivas.

    En este sentido, los resultados de la monitorización de la mortalidad

    obtenidos en los años de vigencia del Plan permiten, además, identificar

    excesos de mortalidad aún antes de que ésta supere los umbrales de riesgo

    por incremento de temperatura establecidos en las sucesivas campañas

    estivales. Para ello en 2016, como en los veranos anteriores, se pondrán en

    marcha mecanismos que establezcan señales de alerta que indiquen un

    exceso de mortalidad asociado a altas temperaturas.

    Un aspecto importante de este Plan es la implicación con los Servicios

    Sociales, ya que son las personas mayores, especialmente las más

    desprotegidas, las más vulnerables. La participación de las administraciones

    tanto a nivel central como autonómico y local, de organizaciones sociales y

    sobre todo la concienciación y el apoyo a los colectivos más sensibles,

    resultan esenciales para evitar en la mayor medida posible daños en la

    población.

    Otro elemento primordial es la información a los ciudadanos, a los grupos

    de mayor riesgo y a los profesionales sanitarios y de los servicios sociales.

    En marzo de 2015 se finalizó el análisis de la implementación del Plan

    Nacional desde su inicio en 2004 hasta 2014. Este trabajo permitió

  • 5

    sintetizar las lecciones aprendidas, sistematizar resultados e identificar

    aquellos aspectos necesitados de profundización, así como espacios de

    mejora que permitan garantizar el cumplimiento de sus objetivos en salud

    pública. Es por ello que en ya en la campaña del 2015 el conjunto del Plan

    introdujo algunas modificaciones respecto a ediciones anteriores. (1)

    La Comisión Interministerial, en su reunión anual de mayo de 2015, acordó

    iniciar los trabajos encaminados a mejorar la información y comunicación a

    los ciudadanos, a través de la convergencia en los niveles de riesgo por

    exceso de temperaturas considerados por las instituciones que integran la

    Comisión y en el conjunto del territorio español.

    2. TEMPERATURAS EXCESIVAS

    Durante las últimas décadas ha aumentado la preocupación por los efectos

    del “Cambio Climático” que se ha materializado en la Convención Marco de

    las Naciones Unidas, en el Protocolo de Kyoto y más recientemente en el

    acuerdo alcanzado en la cumbre de París (COP21, de diciembre de 2015).

    Las conclusiones de los grupos de trabajo I, II y III del Quinto Informe de

    Evaluación (AR5) del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el

    Cambio Climático (IPCC), publicados entre septiembre de 2013 y marzo de

    2014, pusieron de manifiesto que el calentamiento global observado debido

    al cambio climático es inequívoco, que los impactos del cambio climático

    están influyendo ya negativamente sobre muchos sistemas físicos y

    biológicos y que estos efectos irán en aumento. El calentamiento global

    continuado originado por el aumento de las concentraciones de gases de

    efecto invernadero en la atmósfera tendrá un impacto amplio y significativo

    en la economía, el medio ambiente y la salud. Los efectos que se proyectan

    debidos al cambio climático son muy variados, afectan a un amplio espectro

    de sistemas ecológicos y sectores socioeconómicos y se distribuyen

    desigualmente a través de los distintos territorios y las distintas regiones.

    La región mediterránea se ha identificado como una de las áreas más

    vulnerables al cambio climático.

  • 6

    Con el fin de mejorar y fortalecer la capacidad del sector sanitario para

    afrontar la lucha frente al cambio climático, desde los Ministerios de

    Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de Agricultura, Alimentación y

    Medio Ambiente, vinculado a las políticas del Gobierno en Cambio Climático,

    se ha creado el Observatorio de Salud y Cambio Climático, como

    instrumento de análisis, diagnóstico, evaluación y seguimiento de los

    impactos del cambio climático en la salud pública y en el Sistema Nacional

    de Salud, de la situación de la salud que se ve alterada por el cambio

    climático en nuestro país, evaluando escenarios y modelos, para de esta

    forma ayudar a la toma de decisiones, priorizar problemas y proponer

    acciones que los resuelvan.

    A la luz del conocimiento científico actual, las previsiones indican un

    aumento en la frecuencia y la intensidad de los episodios de calor intenso.

    Aunque no existe actualmente una definición consensuada a nivel

    internacional de estos episodios, se acepta que este fenómeno viene

    asociado a temperaturas máximas y mínimas anormalmente altas respecto

    a la época considerada, y a su persistencia en el tiempo.

    En los Estados miembros de la UE se estima que la mortalidad aumenta

    entre 1-4% por cada incremento de un grado en la temperatura. La OMS ha

    estimado que en personas mayores de 65 años, se podrían añadir 13.528

    muertes adicionales en el año 2030 y 27.266 hacia 2050 por el incremento

    en la frecuencia de las olas de calor (sin medidas de adaptación) en la

    Región Europea. (2)

    El territorio español presenta una importante variabilidad geográfica que es

    necesario tener en cuenta a la hora de proponer y aplicar las medidas de

    control y de protección de la salud. Aún persiste cierta incertidumbre sobre

    las temperaturas umbrales a considerar como temperaturas de referencia

    en relación con estos episodios, al presentar los modelos actuales ajustes

    diferentes para la definición de dichas temperaturas, y esto ha llevado

    recientemente a la revisión de los mismos.

  • 7

    El establecimiento de las temperaturas umbrales y la asignación de niveles,

    son los elementos básicos para la caracterización del fenómeno de

    temperaturas excesivas, y ambos elementos han sido establecidos

    conjuntamente y de forma flexible, por el Ministerio de Sanidad, Servicios

    Sociales e Igualdad y la Agencia Estatal de Meteorología (Ministerio de

    Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente), teniendo en cuenta las

    aportaciones realizadas por las Comunidades Autónomas.

    Según las proyecciones del AR5 del Grupo Intergubernamental de Expertos

    sobre el Cambio Climático (IPCC), a lo largo del siglo XXI se producirán

    cambios en el clima entre los que cabe destacar:

    • Más episodios relacionados con extremos de altas temperaturas y

    menos relacionados con extremos de bajas temperaturas.

    • Las olas de calor serán más frecuentes y tendrán mayor duración

    • En ausencia de grandes erupciones volcánicas y de cambios

    significativos en la irradiación solar, el aumento en la temperatura

    superficial media global previsto para el periodo 2016-2035 respecto al

    periodo de referencia (1986-2005) estará en un rango entre 0,3ºC y

    0,7ºC.

    • En la Región Mediterránea tendrá lugar un incremento de temperatura

    superior a la media global, más pronunciado en los meses estivales.

    La posibilidad de que se repitan veranos excesivamente calurosos en

    cualquier país europeo es verosímil, lo que justifica en sí mismo la

    continuidad del Plan.

    2.1 Efectos sobre la salud.

    La exposición humana a temperaturas ambientales elevadas puede provocar

    una respuesta fisiológica insuficiente del sistema termorregulador. El calor

    excesivo puede alterar nuestras funciones vitales cuando el organismo es

    incapaz de compensar las variaciones de temperatura corporal.

  • 8

    Una temperatura muy elevada produce pérdida de agua y electrolitos que

    son necesarios para el normal funcionamiento de los distintos órganos.

    En algunas personas con determinadas enfermedades crónicas, sometidas a

    ciertos tratamientos médicos y con discapacidades que limitan su

    autonomía, los mecanismos de termorregulación pueden verse

    descompensados.

    La exposición a temperaturas excesivas puede provocar problemas de salud

    como calambres, deshidratación, insolación, golpe de calor (con problemas

    multiorgánicos que pueden incluir síntomas tales como inestabilidad en la

    marcha, convulsiones e incluso coma). La rúbrica identificada como causa

    de mortalidad directa por exceso de temperatura ambiental en la

    Clasificación Internacional de Enfermedades y Causas de Muerte, 10ª

    revisión, es “X 30: Exposición al calor natural excesivo“.

    El impacto de la exposición al calor excesivo está influido por el

    envejecimiento fisiológico y las enfermedades subyacentes. Normalmente

    un individuo sano tolera una variación de su temperatura interna de

    aproximadamente 3ºC sin que sus condiciones físicas y mentales se alteren

    de forma importante. A partir de 37ºC se produce una reacción fisiológica

    de defensa.

    Las personas mayores y los niños muy pequeños son más sensibles a estos

    cambios de temperatura. Los primeros tienen reducida la sensación de calor

    y por lo tanto la capacidad de protegerse, existiendo un paralelismo entre la

    disminución de la percepción de sed y la percepción del calor,

    especialmente cuando sufren enfermedades neurodegenerativas. A ello se

    suma la termólisis reducida del anciano (numerosas glándulas sudoríparas

    están fibrosadas y la capacidad de vasodilatación capilar disminuida). La

    capacidad de termólisis menor ocurre también en la diabetes y las

    enfermedades neurodegenerativas.

    Los niños que tienen problemas crónicos de salud o los que toman

    determinados medicamentos, pueden ser, como los adultos, más

    susceptibles a enfermedades relacionadas con el calor. Pero además en la

  • 9

    infancia se dan características fisiológicas específicas, en su mayoría

    relacionadas con la composición del agua corporal, el patrón de sudor y la

    producción de calor metabólico, que ponen a los niños en desventaja

    termorreguladora en comparación con los adultos, sobre todo cuando hacen

    ejercicio o están muy activos físicamente en ambientes calientes o

    húmedos. Por otro lado los pequeños -e incluso hasta la adolescencia- no

    pueden o no toman las medidas necesarias para prevenir o reponer la

    pérdida de líquidos, y se exponen hasta la extenuación al sol directo si no

    son supervisados por un adulto. Los niños con sobrepeso o que visten con

    demasiada ropa, sobre todo si no transpira, son también más susceptibles.

    2.2 Impacto sobre la Mortalidad.

    El exceso de mortalidad se ha asociado a períodos de 3 o más días

    consecutivos de temperaturas altas y no habituales, y sus efectos se

    pueden observar durante dichos períodos o con un retraso de hasta tres

    días.

    2.3 Factores de riesgo.

    Los principales factores de riesgo asociados con la exposición a olas de calor

    son:

    Factores personales

    • Personas mayores de 65 años.

    • Lactantes y menores de 4 años.

    • Enfermedades cardiovasculares, respiratorias y mentales (demencias,

    Parkinson, Alzheimer,…).

    • Enfermedades crónicas (diabetes mellitus, obesidad mórbida,…).

    • Ciertos tratamientos médicos (diuréticos, neurolépticos,

    anticolinérgicos y tranquilizantes).

    • Trastornos de la memoria, dificultades de comprensión o de

    orientación o poca autonomía en la vida cotidiana.

    • Dificultades en la adaptación al calor.

  • 10

    • Enfermedades agudas durante los episodios de temperaturas

    excesivas.

    • Consumo de alcohol y otras drogas.

    Factores ambientales, laborales o sociales

    • Personas que viven solas, en la calle y/o en condiciones sociales y

    económicas desfavorables

    • Ausencia de climatización y viviendas difíciles de refrigerar.

    • Exposición excesiva al calor por razones laborales (trabajo manual en

    el exterior o que exigen un elevado contacto con ambientes

    calurosos), deportivas (deportes de gran intensidad física) o de ocio.

    • Contaminación ambiental.

    • Ambiente muy urbanizado.

    • Exposición continuada durante varios días a elevadas temperaturas

    que se mantienen por la noche.

    Factores locales

    Si bien los mecanismos anteriores actúan de forma general, los factores

    locales juegan un papel decisivo, ya que condicionan la temperatura de

    confort, las temperaturas umbrales a considerar y la asociación

    temperatura-mortalidad, es decir la magnitud del impacto.

    Los principales factores locales son:

    • La demografía, que determina la composición de la pirámide de

    población, y por tanto, la importancia de los grupos susceptibles.

    • La climatología, en la medida que los individuos se adaptan al clima

    local. Ello explica que el efecto de los extremos térmicos no dependa

    de valores absolutos, sino de que nos encontremos, o no, dentro del

    intervalo de normalidad de las temperaturas en un cierto lugar.

  • 11

    3. PLAN DE CONTROL Y PREVENCIÓN

    El objetivo del presente Plan es reducir el impacto sobre la salud de la

    población como consecuencia del exceso de temperatura.

    La estrategia se basa en las siguientes actuaciones:

    - Desarrollo del sistema de Información Ambiental que incluye la

    predicción de las temperaturas

    - Información a la población sobre los efectos del calor excesivo y

    sobre medidas de protección y prevención.

    - Desarrollo del Sistema de Información sobre Mortalidad.

    - Información a los profesionales sanitarios y de los servicios sociales.

    - Coordinación con los servicios sociales para la identificación de los

    grupos de riesgo, especialmente tanto niños como personas muy

    mayores.

    - Coordinación con las administraciones y entidades competentes.

    3.1 Comisión Interministerial. Coordinación de las Administraciones.

    Con el fin de garantizar la aplicación efectiva del Plan, la Comisión

    Interministerial continuará realizando las funciones asignadas en la Orden

    PRE/1518/2004, de 28 de Mayo, por la que se crea la Comisión

    Interministerial para la aplicación efectiva del Plan Nacional de Actuaciones

    Preventivas de los Efectos del Exceso de Temperaturas sobre la Salud.

    La Comisión es presidida por el/la titular de la Dirección General de Salud

    Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

    Igualdad y está integrada por un representante de las siguientes

    instituciones con rango de Subdirector/a General:

    • Ministerio del Interior. Dirección General de Protección Civil y

    Emergencias.

    • Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Agencia

    Estatal de Meteorología (AEMET).

  • 12

    • Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Secretaría de

    Estado de Servicios Sociales e Igualdad. Instituto de Mayores y Servicios

    Sociales (IMSERSO).

    • Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Dirección General

    de Salud Pública, Calidad e Innovación. Subdirección General de Calidad

    y Cohesión.

    • Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Dirección General de

    Coordinación de la Administración Periférica del Estado.

    Actuará como secretario el/la titular de la Subdirección General de Sanidad

    Ambiental y Salud Laboral del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

    Igualdad.

    Las funciones de esta Comisión son las siguientes:

    1. Elaborar las directrices para el cumplimiento del Plan a nivel del Estado.

    2. Establecer las estrategias preventivas y de control que se consideren

    apropiadas a luz de las nuevas evidencias.

    3. Activar los niveles de información en coordinación con las Comunidades

    Autónomas y teniendo en cuenta los marcos competenciales.

    4. Proponer las medidas organizativas, estructurales y preventivas

    necesarias para evitar o reducir el impacto de los extremos térmicos

    sobre la salud.

    5. Elaborar los planes de evaluación, gestión y comunicación del riesgo.

    La Comisión Interministerial solicitará, cuando lo considere necesario, el

    asesoramiento de las Sociedades Científicas y las entidades públicas y

    privadas que considere más adecuadas para el desempeño de sus

    funciones.

    3.2 Sistema de Información Ambiental y Monitorización de la

    Mortalidad.

    Los sistemas de vigilancia de la salud actuales disponen de sistemas de

    información adecuados para conocer anticipadamente el riesgo de los

  • 13

    incrementos de temperatura con aceptable fiabilidad así como el impacto

    que tienen estas temperaturas sobre la salud de la población medido en

    términos de mortalidad.

    Objetivos del Sistema:

    • Conocer anticipadamente el riesgo de temperaturas excesivas que

    puedan afectar a una población determinada residente en un ámbito

    geográfico concreto.

    • Conocer el impacto real de temperaturas excesivas sobre la salud de

    la población.

    • Identificar la necesidad de reforzar los recursos asistenciales

    disponibles.

    Características:

    En el marco institucional es un sistema cooperativo de diferentes ámbitos

    de la Administración, sanitaria y no sanitaria. (AEMET, Ministerio de

    Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, IMSERSO, Ministerio de Justicia,

    CC.AA. etc.).

    Se establecen diferentes niveles de información, según el riesgo, de acuerdo

    a los antecedentes y características de cada territorio, a las series

    temporales disponibles y a las predicciones de temperatura disponibles.

    Sistema de Información Ambiental

    La prevención de los efectos de calor es posible en gran medida. La Agencia

    Estatal de Meteorología en la actualidad es capaz de predecir las

    temperaturas máximas y mínimas con elevada fiabilidad y con cinco días de

    antelación.

    Variables meteorológicas

  • 14

    Las variables meteorológicas que se tienen en cuenta son: las temperaturas

    máximas y mínimas previstas a cinco días, las temperaturas máximas y

    mínimas registradas el día anterior al de la fecha de la predicción y las

    temperaturas umbrales máximas y mínimas.

    Esta información, junto con la asignación de niveles de riesgo en base a los

    criterios aprobados por la Comisión Interministerial, es facilitada

    diariamente por la AEMET, desagregada por provincias, y remitida por vía

    electrónica. Dicha información, también diariamente y por vía electrónica,

    se distribuirá a los miembros de la Comisión Interministerial y a las

    Direcciones Generales de Salud Pública de las Comunidades Autónomas.

    Monitorización de la mortalidad

    En el marco de este Plan, la monitorización de la mortalidad diaria es

    complementaria a la información meteorológica. Por una parte, permite

    evaluar situaciones de riesgo para la salud, valorar el impacto del exceso de

    temperatura sobre la mortalidad e identificar excesos de mortalidad general

    por todas las causas.

    Se continuará con el seguimiento de la información de mortalidad atribuible

    al calor proporcionada por las CCAA.

    Se continuará realizando el seguimiento diario comparando la mortalidad

    diaria con la esperada-estimada a partir de los datos observados en el

    periodo 2004-2010, declarados por los hospitales al Conjunto Mínimo Básico

    de Datos (CMBD). Los modelos predictivos serán desarrollados por el Centro

    Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III y los datos

    observados serán notificados por las Direcciones Generales de Salud Pública

    de las Comunidades Autónomas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales

    e Igualdad.

    El sistema de monitorización de la mortalidad diaria analiza la información

    procedente de los Registros Civiles del Ministerio de Justicia, distribuidos

    entre todas las Comunidades Autónomas y que incluye las 52 capitales de

  • 15

    provincia. Esta información es relativa a las defunciones informatizadas en

    las bases de datos de dichos registros.

    Las estimaciones de mortalidad esperada se realizan mediante modelos

    basados en la mortalidad observada del 1 de enero 2007 al 31 de diciembre

    2012 (excluyendo el 2006 asociado a un exceso de mortalidad detectado en

    el periodo estival), procedente del Instituto Nacional de Estadística (INE).

    Periodo de activación del Plan:

    Con carácter general el Plan se activa el 1 de Junio hasta el 15 de

    septiembre de cada año.

    Se introduce un criterio de flexibilidad que permita la activación fuera de

    este período, mediante el seguimiento durante los quince últimos días del

    mes anterior y un mes posterior al periodo de activación del Plan Nacional

    antes mencionado.

    Ámbito de desagregación territorial:

    52 Capitales de provincia y Comunidad Autónoma.

    En aquellas CCAA que cuenten con Planes propios de Actuaciones

    Preventivas puede disponerse de otros ámbitos de desagregación

    específicos para sus territorios geográficos.

    3.3 Comunicación e información a la población, grupos de mayor

    riesgo, profesionales de la sanidad y servicios sociales.

    Se proporcionará información a los medios de comunicación destinada a

    facilitar consejos útiles y medidas prácticas para prevenir los efectos de la

    exposición a temperaturas elevadas. Estas actividades de sensibilización

    tendrán como objetivo aumentar la capacidad de prevención individual y

    afrontar el calor aplicando medidas fáciles y accesibles.

    Un objetivo esencial es la previsión y la anticipación de los riesgos. Para ello

    se pretende fomentar la solidaridad y la capacidad de prevención del

  • 16

    entorno familiar, vecinal y comunitario, especialmente para atender a las

    personas enfermas y socio-económicamente más necesitadas.

    Se potenciarán las medidas ya establecidas de ámbito nacional en el área

    de los servicios sociales para que las personas en situación de riesgo, sus

    familias, vecinos, etc. puedan comunicar situaciones de emergencia o

    recibir información y movilización de ayuda si fuese preciso.

    3.4 Programa de atención de personas más vulnerables.

    A través de la red de servicios sociales municipales, responsables de la

    gestión de servicios como la ayuda a domicilio, la teleasistencia y los

    centros sociales, se trabajará en la identificación de la población diana,

    puesto que los dos primeros servicios se dirigen a los grupos indicados en el

    apartado anterior.

    La distribución de información para la protección y la prevención a través de

    esta red procurará llegar a la población más susceptible. Con este objetivo

    se podrán establecer acuerdos de colaboración con la Federación Española

    de Municipios y Provincias para conseguir llegar a los ayuntamientos.

    La activación del resto de los recursos especializados (centros de día,

    residencias, viviendas, centros ocupacionales, etc.), se coordinarán a través

    de las Comunidades y Ciudades Autónomas.

    La identificación y atención de personas más vulnerables se realizará por los

    servicios disponibles en las redes de atención sanitaria y social.

    3.5 Coordinación con entidades públicas y privadas competentes.

    La Comisión Interministerial es el órgano responsable de la coordinación

    con las entidades públicas y privadas y con las competencias necesarias

    para la ejecución de este Plan.

  • 17

    En este sentido se establecerán los mecanismos de coordinación que

    garanticen la aplicación del Plan con las siguientes entidades:

    • Consejerías de Sanidad y de Servicios Sociales de las Comunidades

    Autónomas.

    • Ministerios del Interior (Dirección General de Protección Civil y

    Emergencias), de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

    (AEMET y Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y

    Medio Natural) y de Justicia (Registro Civil).

    • Medios de Comunicación públicos y privados.

    4. NIVELES DE TEMPERATURAS EXCESIVAS

    Diariamente, la AEMET proporcionará las temperaturas máximas y mínimas

    esperadas para ese día y las predicciones para los cinco días siguientes.

    Esas temperaturas se proporcionarán desagregadas por Comunidad

    Autónoma y capital provincial. Se valorarán los niveles de riesgo a partir de

    los cuales comunicar con la Comunidad Autónoma afectada para poner en

    marcha conjuntamente con ellos las medidas previstas en el nivel

    correspondiente.

    Al objeto de planificar las acciones preventivas para paliar o mitigar los

    riesgos sanitarios de las temperaturas excesivas sobre la salud, y en base a

    las predicciones meteorológicas de temperaturas, a las temperaturas

    umbrales consensuadas, y ponderando la persistencia del riesgo, se

    establecen cuatro niveles de riesgo por temperaturas excesivas utilizando

    los siguientes criterios:

    4.1 Criterios para la asignación de los umbrales de referencia de

    temperaturas máximas y mínimas.

    Se han modificado las temperaturas máximas y mínimas, previamente

    basadas mayoritariamente en el p95 de las series históricas para las

    temperaturas máximas y mínimas durante el verano.

  • 18

    El criterio actual se basa en las temperaturas “de disparo” de la mortalidad

    máximas y mínimas para cada una de las 52 capitales de provincia

    españolas. La asignación de estas temperaturas se ha basado en series

    temporales de temperatura máxima y mínima correspondiente al

    Observatorio Meteorológico ubicado en cada capital provincial y

    proporcionadas por la AEMET y en series de mortalidad por causas

    orgánicas (CIE10: A00-R99) en los municipios de más de 10.000 habitantes

    del Instituto Nacional de Estadística.

    Se adjunta tabla con las temperaturas umbrales consideradas en Anexo.

    En algunas capitales de provincia no se han obtenido temperaturas

    máximas o mínimas de disparo de la mortalidad. En estos casos, se

    mantiene la temperatura correspondiente al p95 de la serie temporal más

    reciente de temperaturas máximas y mínimas durante el verano.

    4.2 Criterios para la asignación de los niveles de riesgo derivados de

    temperaturas excesivas.

    El criterio para asignar niveles de riesgo para situaciones de exceso de

    temperaturas, se basa en la superación simultánea de las temperaturas

    umbrales máximas y mínimas establecidas, y la persistencia en el tiempo de

    dicha superación.

    La asignación de los niveles de riesgo (Tabla 1) se realiza utilizando los

    siguientes criterios:

    1. Si el número de días en que la temperatura máxima y mínima

    previstas superan simultáneamente los valores umbrales de

    referencia respectivos es cero, el índice es “0”, el nivel asignado se

    denomina “NIVEL 0” o de ausencia de riesgo, y se representa con

    el color verde.

  • 19

    2. Si el número de días es uno o dos, los índices son respectivamente

    “1” y “2”, el nivel asignado se denomina “NIVEL 1” o de bajo

    riesgo, y se representa con el color amarillo.

    3. Si el número de días es tres o cuatro, los índices son

    respectivamente “3” y “4”, el nivel asignado se denomina “NIVEL 2”

    o de riesgo medio, y se representa con el color naranja.

    4. Si el número de días es cinco, el índice es “5”, el nivel asignado se

    denomina “NIVEL 3” o de alto riesgo, y se representa con el color

    rojo.

    La información proporcionada diariamente por AEMET al Ministerio de

    Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, desde el 15 de mayo al 15 de

    octubre, será la siguiente:

    - Datos de temperaturas máximas y mínimas observadas el día

    anterior, en todas las capitales de provincia y en Ceuta y Melilla.

    - Matriz de predicciones objetivas de temperaturas máximas y mínimas

    de todas las capitales, entre D+1 y D+5.

    - Mapa de asignación de niveles de riesgo por capitales de provincia

    basados en los criterios establecidos en el Plan Nacional.

    - Mapa de asignación de niveles de riesgo basados en los criterios

    establecidos por la AEMET.

    Tabla 1. Niveles de riesgo según días de superación de temperaturas umbrales

    Nivel Riesgo

    Denominación Nº días en que las Tª máxima y mínima previstas rebasan los umbrales simultáneamente

    Índice

    0 Ausencia de riesgo cero 0

    1 Bajo riesgo uno o dos 1 y 2

    2 Riesgo medio tres o cuatro 3 y 4

    3 Alto riesgo cinco 5

  • 20

    5. ACCIONES PREVENTIVAS ASOCIADAS POR NIVEL DE TEMPERATURA

    5.1 De carácter general – Asociadas a los NIVELES 0 y 1:

    Las acciones descritas a continuación se refieren a aquellas que se realizan

    de modo sistematizado para la activación y puesta en marcha del Plan y que

    se mantienen en los periodos de tiempo en los que niveles de riesgo sean 0

    y 1.

    • Comunicar a las autoridades sanitarias de las Comunidades

    Autónomas la puesta en marcha del Plan en su campaña anual el día

    15 de mayo, así como la solicitud de información relativa a urgencias,

    ingresos y fallecimientos atribuidos a golpe de calor o efectos de

    temperaturas excesivas.

    • Puesta en marcha de los programas de actuación por parte de los

    convenios de servicios sociales.

    • Información a la población de la existencia del Plan y de su

    compatibilidad con los de las Comunidades Autónomas que ya lo

    tuvieren.

    • Información a la población sobre medidas generales de protección y

    prevención individuales y en el entorno inmediato.

    • Información a la población sobre personas y grupos más vulnerables

    • Información a la población sobre el significado de niveles de riesgo.

    • Distribución diaria vía electrónica por el Departamento, a los

    miembros de la Comisión Interministerial, a los departamentos

    ministeriales integrados en ella, a cada uno de los representantes

    comunicados por las Comunidades Autónomas y a las autoridades del

    Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de los mapas

    por provincias de niveles de temperaturas excesivas y de la

    información en que se basan.

    • Incorporación diaria a la página Web del Departamento de la

    información de niveles de temperaturas excesivas, desagregado por

    Comunidades Autónomas, activando hipervínculos con sistemas de

  • 21

    información propios, para aquellas Comunidades Autónomas que así

    lo dispongan.

    • Actualización y mantenimiento de directorios de autoridades de las

    Administraciones Públicas implicadas en el Plan.

    • Coordinación con las autoridades sanitarias de las Comunidades

    Autónomas que elaboran y aplican su propio Plan.

    • Coordinación con las Comunidades Autónomas de la aplicación de la

    campaña de información a los profesionales y de sensibilización al

    público.

    • Seguimiento de la información relacionada con actividades relativas a

    política social.

    • Implementación del Sistema de Información y Vigilancia Sanitaria de

    la mortalidad atribuible al calor.

    • Elaboración de resúmenes estadísticos periódicos de las

    informaciones meteorológicas y socio-sanitarias generadas por los

    distintos Sistemas de Información.

    5.2 Asociadas al NIVEL 2:

    Además del mantenimiento de las medidas previstas para los dos niveles

    previos se contemplan:

    • Comunicación inmediata a los miembros de la Comisión

    Interministerial de la presentación del nivel a través de medios

    telemáticos (SMS).

    • Comunicación inmediata a los responsables en las Comunidades

    Autónomas afectadas por vía telemática (SMS).

    • Intensificación de la coordinación con las Comunidades Autónomas

    para la información a los profesionales sanitarios y de servicios

    sociales.

    • Intensificación de la información sobre el significado del nivel, y

    emisión de consejos y recomendaciones sanitarias acordes al nivel.

    • Intensificación de la información a la población sobre las personas y

    grupos más vulnerables a la exposición a calor excesivo.

    • Valoración de la adopción de medidas adicionales de carácter general

    o dirigidas a colectivos específicos.

  • 22

    5.3 Asociadas al NIVEL 3:

    • Refuerzo de las medidas aplicadas en el Nivel 2.

    • Intensificación de la información sobre el significado del nivel, y

    emisión de consejos y recomendaciones sanitarias a la población de

    riesgo.

    • Comunicación inmediata a los miembros de la Comisión

    Interministerial y a los responsables de las Comunidades Autónomas

    de la presentación del nivel, para la valoración de las actuaciones que

    pudiesen ser necesarias en cada caso para gestionar el riesgo.

    • Valoración por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias

    Sanitarias del estado de la situación.

    6. MONITORIZACIÓN DE LA MORTALIDAD (MoMo). SEÑALES DE ALERTA.

    Como en campañas anteriores, en 2016 se priorizará la obtención rápida de

    datos sobre mortalidad general y la identificación de señales de alerta que

    indiquen un exceso de mortalidad que pudiera estar asociado a altas

    temperaturas (exceso de mortalidad severo).

    El objetivo será mejorar la capacidad de prevención y respuesta. El Centro

    Nacional de Epidemiología del Instituto de Salud Carlos III, responsable del

    sistema de monitorización de la mortalidad diaria, informará diariamente al

    Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de las señales de alerta

    detectadas, según los criterios definidos.

    6.1 Metodología.

    Se realizarán dos análisis complementarios:

    • Comparación de la mortalidad diaria registrada con la mortalidad

    esperada, y

  • 23

    • Control de las variaciones de tendencia de la mortalidad diaria a

    corto plazo.

    Los análisis se efectuarán para:

    • El total de los municipios informatizados

    • Cada comunidad autónoma

    • Cada capital de provincia

    • Zonas de temperaturas homogéneas máximas y mínimas en verano

    determinadas por la Agencia Estatal de Meteorología.

    Cada análisis se estratificará por grupo de edad (74 años), sexo y grupo de edad y sexo.

    6.2 Señales de alerta.

    A partir de los datos obtenidos del análisis global de la mortalidad de las

    temporadas anteriores, el Centro Nacional de Epidemiología del Instituto de

    Salud Carlos III, establece tres tipos de señales de alerta:

    • Exceso Puntual Continuado: Se determina la señal de alerta por

    exceso puntual continuado cuando la mortalidad observada supera

    al menos dos días el límite superior del IC (99%) para la mortalidad

    diaria esperada en los últimos cuatro días.

    • Exceso de Mortalidad Continuada: Se determina la señal de alerta

    por exceso de mortalidad continuada a partir del momento en

    que se supera el umbral CUSUM1 en el percentil 90 de días

    consecutivos y en el que la mortalidad observada acumulada en ese

    periodo supera en más de tres desviaciones estándar la mortalidad

    esperada.

    • Exceso de Mortalidad Severo: Se determina la señal de alerta por

    exceso de mortalidad severo cuando el exceso de mortalidad

    continuada se acompaña de, al menos, un exceso puntual o se

  • 24

    supera el límite superior al 95% de la suma de la mortalidad

    esperada durante ese mismo periodo. En esta situación hay una alta

    probabilidad de que el exceso de mortalidad observado esté asociado

    al calor.

    6.3 Actuaciones.

    Cuando se produzca una señal de alerta por exceso de mortalidad severo

    se comunicará a las Autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas

    a través del CCAES.

    7. PROPUESTA DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR PARA LA CAMPAÑA 2017

    7.1 Categorización de Niveles de riesgo.

    Tras el Análisis del periodo 2004-2014 del Plan Nacional de Temperaturas

    efectuado en 2015 se pone de manifiesto una cierta disparidad en cuanto a

    niveles de riesgo asignado y las actuaciones preventivas asociadas a dichos

    niveles tanto en el Plan Nacional como en el de muchas CCAA.

    En base a ello se estima conveniente revisar la categorización de los niveles

    de riesgo de manera consensuada con las Comunidades Autónomas,

    reconsiderando la definición distintiva de situaciones de riesgo y de alerta

    (revisar la Tª y otras variables). El hecho de realizarlo conjuntamente con

    las CCAA permitiría una mayor armonización, dado que en las comunidades

    coexisten situaciones muy diversas.

    7.2 Valorar la definición de zonas subprovinciales (comarcalización)

    Paralelamente a las tareas de revisión de las categorías de riesgo sería de

    utilidad empezar a tomar en consideración variables y zonas climáticas

    homogéneas dentro de cada provincia que sirvan a la mejor identificación

    1 CUSUM: Análisis de tendencia a corto plazo. Mide el número de días consecutivos en los que la mortalidad observada se mantiene por encima de la mortalidad diaria esperada.

  • 25

    de los niveles de riesgo por exceso de temperaturas, avanzando de modo

    conjunto con las Comunidades Autónomas y la Agencia Estatal de

    Meteorología en este aspecto.

    8. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

    (1) Recomendaciones a introducir en el Plan Nacional de Actuaciones

    Preventivas frente a los excesos de temperatura sobre la salud para 2015

    (2) World health Organization (WHO). Quantitative risk assessments of the

    effects of climate change on selected cause of death, 2030s and 2050s http://who.int/globalchange/publications/quantitative-risk-assessment/en/.accessed 13.March 2015)

  • 26

    ANEXO Temperaturas Umbrales Máximas y Mínimas

    Capital de

    Provincia

    Temperaturas

    máximas

    Temperaturas

    mínimas

    Capital de

    Provincia

    Temperaturas

    máximas

    Temperaturas

    mínimas

    A Coruña 26 20 La Rioja 36 18

    Álava 34 16.6 (*) Las Palmas 32 24

    Albacete 36 20 León 32 16

    Alicante 32 24 Lleida 36 20

    Almería 36 26 Lugo 34 18

    Asturias 30 18 Madrid 34 22

    Ávila 32 22 Málaga 40 26

    Badajoz 38 20 Melilla 33 (*) 23.8 (*)

    Baleares 36 22 Murcia 34 23 (*)

    Barcelona 32 24 Navarra 36 18

    Burgos 34 16 Ourense 36 18.4 (*)

    Cáceres 38 22 Palencia 33.9 (*) 16.4 (*)

    Cádiz 32 24 Pontevedra 30 18

    Cantabria 32 20 Salamanca 34 16

    Castellón 32 22.6 (*) Santa Cruz de Tenerife 32 24

    Ceuta 34 (*) 23.2 (*) Segovia 34 22

    Ciudad Real 38 26 Sevilla 40 24

    Córdoba 40 22 Soria 34 15.8 (*)

    Cuenca 34 18.6 (*) Tarragona 36 22 (*)

    Girona 36 20 Teruel 36 14

    Granada 36 18.8 (*) Toledo 38 24

    Guadalajara 38 16 Valencia 34 24

    Guipúzcoa 30 20 Valladolid 36 18

    Huelva 36 22 Vizcaya 30 20

    Huesca 34 20 Zamora 36 16

    Jaén 36 22 Zaragoza 36 20

    (*) Temperaturas que se corresponderían con los percentiles 95 de las series de temperaturas máximas y mínimas más altas del verano (Fuente

    AEMET)

    Fuente: Temperaturas aprobadas por el Comisión Interministerial para la aplicación efectiva del Plan Nacional de Actuaciones Preventivas de los efectos del exceso de temperaturas sobre la salud (2015).